UE 149 - PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD
UE 149 - PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD
DENOMINACIÓN | CÓDIGO | |
COMPONENTE | GESTION | 2416127 |
PRODUCTO | GESTION ADMINISTRATIVA | S/N |
ACTIVIDAD | GESTION ADMINISTRATIVA | S/N |
ACCIÓN DE INVERSION | GESTION ADMINISTRATIVA | S/N |
NORMA DE CONTRATACIÓN APLICABLE | Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial: Adquisiciones en operaciones de financiamiento para proyectos de inversión: Bienes, Obras, Servicios de No-Consultoría y Servicios de Consultoría, vigente desde julio de 2016 y revisada en noviembre de 2017 y agosto de 2018. |
TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
“SUPERVISION DE LAS CONSULTORIAS INDIVIDUALES DE LA ACCION 1.1.2 ESTANDARIZACIÓN/FORMULACIÓN DE PROCESOS PARA LOS SIHCE, PARA EL DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DEL RENHICE DEL MINISTERIO DE SALUD, PARA EL PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD – PCRIS”
MAYO – 2024
Firmado digitalmente por XXXXX XXXXXXX Xxxxx Xxxxx FAU 20608664387 soft
Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 29.05.2024 15:18:24 -05:00
Firmado digitalmente por XXXXXXX XXXXX Xxxxx Xxxxx FAU 20608664387 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 24.06.2024 10:14:28 -05:00
INDICE
1. ANTECEDENTES 3
2. ÁREA USUARIA 4
3. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA 4
4. ALCANCE Y ENFOQUE DE LA CONSULTORÍA 4
5. ACTIVIDADES O TAREAS PARA REALIZAR 5
6. PRODUCTOS E INFORMES PARA ENTREGAR 5
7. DURACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA 6
8. RECURSOS Y FACILIDADES PARA PROVEER POR EL PCRIS 7
9. PERFIL DEL CONSULTOR 7
10. COSTO Y FORMA DE PAGO DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA 7
11. COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD 8
12. RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR Y SUBCONTRATACIÓN 8
13. DERECHOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 8
14. CONFLICTO DE INTERÉS, ELEGIBILIDAD Y PRÁCTICAS PROHIBIDAS 9
15. ANEXOS 9
TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL “SUPERVISION DE LAS CONSULTORIAS INDIVIDUALES DE LA ACCION 1.1.2 ESTANDARIZACIÓN / FORMULACIÓN DE PROCESOS PARA LOS SIHCE, PARA EL DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DEL RENHICE DEL MINISTERIO DE SALUD, PARA EL PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD
– PCRIS”
1. ANTECEDENTES
El 23 de octubre de 2018, el Programa Nacional de Inversiones en Salud (en adelante PRONIS) declaró la viabilidad del programa de inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” (en adelante Programa de Inversión o Programa) con código único de inversiones N° 2416127, cuyo objetivo es lograr un adecuado acceso de la población a servicios de salud oportunos, eficientes y de calidad en el primer nivel de atención, en función a sus necesidades. Para ello, se propone rediseñar y reorganizar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en Redes Integradas de Salud (RIS).
El 13 xx xxxxx de 2019, la República del Perú suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (en adelante BIRF), los Contratos xx Xxxxxxxx N° 4726/OC-PE y N° 8920-PE, respectivamente, cada uno hasta por los citados US$ 125´000,000.00 (Ciento veinticinco millones con 00/100 dólares americanos), destinadas a financiar parcialmente al Programa de Inversión, más el aporte local por la suma de US$ 65’650,000.00 (Sesenta y cinco millones seiscientos cincuenta mil con 00/100 dólares americanos), haciendo un total de US$ 315´650,000.00 (Trecientos quince millones seiscientos cincuenta mil con 00/100 dólares americanos).
Mediante Decreto Supremo N° 203-2021-EF publicado el 14 xx xxxxxx de 2021, se dispuso que la Unidad Ejecutora del Programa de Inversión fuese el Ministerio de Salud (en adelante MINSA). Después, mediante Resolución Ministerial N° 1015-2021/MINSA de fecha 20 xx xxxxxx de 2021, el MINSA encargó al PRONIS la ejecución del Programa de Inversión, en tanto se cree una nueva Unidad Ejecutora.
Luego, mediante Oficio Nº 728-2021-EF/52.04 del 20 xx xxxxxx del 2021, la Dirección General xxx Xxxxxx Público del Ministerio de Economía y Finanzas remitió al Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (en adelante DVMPAS) del MINSA una copia de las enmiendas a los citados contratos, debidamente suscritos, las mismas que establecieron que el MINSA, a través del Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” (en adelante PCRIS), será el Organismo Ejecutor del Programa. Las funciones del PCRIS en su rol de unidad ejecutora, se especificarán en el Manual Operativo del Programa.
Mediante la Resolución Ministerial N° 1177-2021/MINSA de fecha 18 de octubre de 2021 se formalizó, entre otros aspectos, la creación de la Unidad Ejecutora N° 149 - Programa de Inversión “Creación de Redes Integradas de Salud” en el pliego 011. Ministerio de Salud, la misma que se encuentra vinculada al DVMPAS del MINSA.
Mediante la Resolución de Coordinación General N° 001-2022-PCRIS-CG de fecha 4 de enero de 2022 se aprobó el Manual Operativo del PCRIS vigente, en concordancia con los Contratos xx Xxxxxxxx N° 4726/OC-PE y N° 8920-PE, sus enmiendas y la normativa nacional aplicable.
Para el cumplimiento de objetivos del PCRIS se plantea mejorar la capacidad resolutiva de la oferta asistencial actual, fortalecer los sistemas de información y comunicaciones, potenciar los servicios médicos de apoyo y optimizar la cadena de suministro.
El PCRIS está conformado por cinco (5) componentes, que agrupan a once (11) proyectos de inversión, y la gestión del Programa, según se señala a continuación:
• Componente 1: Mejoramiento y adecuado diseño del modelo de organización de IPRESS en Redes Integradas de Salud en Lima Metropolitana y regiones priorizadas.
• Componente 2: Mejoramiento y adecuada oferta en las IPRESS de primer nivel de atención en salud en Lima Metropolitana y regiones priorizadas.
• Componente 3: Mejoramiento y ampliación del Sistema Único de Información en Salud a nivel nacional.
• Componente 4: Mejoramiento de los servicios médicos de apoyo en Lima Metropolitana.
• Componente 5: Mejoramiento de la gestión de productos farmacéuticos y dispositivos médicos en áreas priorizadas en Lima Metropolitana y regiones priorizadas.
• Gestión del Programa.
En ese marco, como una medida que permita atender los compromisos institucionales hacia el cumplimiento oportuno de los procesos relativos a la ACTIVIDAD 1.1: Adecuada gobernanza de datos y estandarización de procesos, Acción 1.1.2: Estandarización/formulación de procesos para los SIHCE , del proyecto con CUI N° 2430242, mitigando riesgos, la Coordinación del Componente 03 requiere contar con un consultor individual que facilite la SUPERVISIÓN DE LAS CONSULTORÍAS INDIVIDUALES para el DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO DE LOS
PROCESOS DEL RENHICE, así como para el MINISTERIO DE SALUD. Esta contratación se efectuará bajo las regulaciones de adquisiciones del BM.
2. ÁREA USUARIA
El área usuaria a cargo de la presente contratación corresponde a la Coordinación del Componente 03.
3. OBJETIVOS DE LA CONSULTORÍA Objetivo general:
Contar con UNA (01) CONSULTORIA INDIVIDUAL para la SUPERVISION DE LAS CONSULTORIAS INDIVIDUALES DE LA ACCION 1.1.2 ESTANDARIZACIÓN/ FORMULACIÓN DE PROCESOS PARA LOS SIHCE, para el DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DEL RENHICE DEL MINISTERIO DE SALUD, PARA EL PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD – PCRIS.
Objetivo(s) específico:
• Supervisar las propuestas de la documentación de los procesos del RENHICE de los consultores individuales.
• Supervisar y evaluar la validez de la documentación de los procesos del RENHICE que presenten los consultores individuales.
4. ALCANCE Y ENFOQUE DE LA CONSULTORÍA
• El RENHICE es la infraestructura tecnológica especializada en salud que permite al paciente o a su representante legal y a los profesionales de la salud que son previamente autorizados por aquellos, el acceso a la información clínica contenida en las historias clínicas electrónicas dentro de los términos estrictamente necesarios para garantizar la calidad de la atención en los establecimientos de salud y en los servicios médicos de apoyo públicos, privados o mixtos, esto de acuerdo a la Ley N° 30024 y su modificatoria.
• En ese sentido, es necesaria la implementación del RENHICE para cumplir con los objetivos y finalidad establecidos en la Ley N° 30024 y su modificatoria; en esta línea se requiere que los procesos de operación del RENHICE, establecidos en el Reglamento se encuentren detallados y documentados para coadyuvar con la continuidad de la atención del usuario de salud en la IPRESS públicas y privadas del ecosistema de salud.
• Para el cumplimiento de ello, se precisa contar con un especialista para la supervisión a los consultores individuales sobre el diagnostico y fortalecimiento de los procesos del Registro nacional de Historias Clínicas Electrónicas – RENHICE.
5. ACTIVIDADES O TAREAS PARA REALIZAR
a) Dar seguimiento, revisar, evaluar y emitir opinión técnica de las propuestas de solución que los consultores desarrollen en el marco de las actividades del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE en marco del Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA. Las consultorías por supervisar son:
• Contratación de un Consultor Individual como Especialista 1 para el Diagnóstico y Fortalecimiento de los Procesos del RENHICE del Ministerio de Salud, para el Programa de Inversión Creación de Redes Integradas de Salud – PCRIS”
• Contratación de un Consultor Individual como Especialista 2 para el Diagnóstico y Fortalecimiento de los Procesos del RENHICE del Ministerio de Salud, para el Programa de Inversión Creación de Redes Integradas de Salud – PCRIS”
b) Controlar el avance y reportar las incidencias que podrían generar retraso en la ejecución de las actividades que se desarrollen en el marco de la Elaboración del Diagnóstico y Fortalecimiento de los Procesos del RENHICE del MINSA.
c) Verificar y analizar la información consignada sobre los productos elaborados por los consultores para el Diagnóstico y Fortalecimiento de los Procesos del RENHICE del MINSA, siendo de su responsabilidad detectar de manera oportuna las fallas o posibles inconsistencias o incompatibilidades de la propuesta de solución establecidos por su(s)contraparte(s)
d) Deberá aprobar cada entregable de los consultores que ejecuten las actividades de las acciones suscritas al Diagnóstico y Fortalecimiento de los Procesos del RENHICE del MINSA, previa verificación del cumplimiento y subsanación de observaciones (de ser el caso).
e) Organizar, asistir y participar permanentemente en las sesiones concurrentes y coordinaciones que sean necesarias en el marco de su especialidad en gestión de procesos.
f) En el desarrollo de sus funciones, debe verificar el cumplimiento del principio de vigencia tecnológica y estándares en la gestión de procesos (ISO/IEC 19510:2013).
g) En el informe mensual que corresponda deberá presentar copia del informe de revisión del entregable de los consultores.
h) Otras actividades requeridas del Programa de Inversión Creación de Redes Integradas de Salud – PCRIS ligado al proyecto en mención.
6. PRODUCTOS E INFORMES PARA ENTREGAR
Los entregables deberán ser presentados por mesa de partes del PCRIS, ubicado en Jr. Xxxxx Xxxxx N° 261, distrito Lince, provincia Lima, en horario de oficina, según el cronograma previsto para cada uno de ellos.
Los entregables se refieren a los informes enmarcados en el alcance descrito en el numeral 5 o pueden ser productos, los mismos que se presentan en original, firmado, visado y foliado en cada hoja.
Los entregables tienen el siguiente contenido:
Producto 1:
✓ Informe técnico de supervisión del primer entregable de los 02 consultores que desarrollan actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
✓ Acta de Conformidad del primer entregable de los 02 consultores a cargo del desarrollo de las actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
Producto 2:
✓ Informe técnico de supervisión del segundo entregable de los 02 consultores que desarrollan actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
✓ Acta de Conformidad del segundo entregable de los 02 consultores a cargo del desarrollo de las actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
Producto 3:
✓ Informe técnico de supervisión del tercer entregable de los 02 consultores que desarrollan actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
✓ Acta de Conformidad del tercer entregable de los 02 consultores a cargo del desarrollo de las actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
Producto 4 (Informe Final):
✓ Informe técnico de supervisión del cuarto entregable de los 02 consultores que desarrollan actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
✓ Acta de Conformidad del cuarto entregable de los 02 consultores a cargo del desarrollo de las actividades en el marco del Diagnóstico y Fortalecimiento de los procesos del RENHICE según el Reglamento de la Ley N° 30024 y su modificatoria para el MINSA.
En caso de existir observaciones a los entregables, el área usuaria notificará al consultor dentro de un plazo máximo de tres (03) días calendario posteriores a la recepción de cada entregable, para lo cual el consultor tendrá un plazo máximo de cinco (05) días calendario para levantar estas observaciones; dicho plazo comenzará a partir del primer día siguiente de notificada la comunicación.
Los requerimientos de revisión a las observaciones realizadas a los entregables podrán ser solicitados hasta en dos (02) oportunidades por cada entregable.
7. DURACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA
La consultoría tendrá una duración de ciento veinte (120) días calendario.
El plazo del servicio se iniciará a partir del día siguiente de la firma del contrato por parte de la persona contratada y hasta la entrega del informe consultoría con la conformidad del área usuaria, según el siguiente cronograma:
Cuadro. Cronograma de presentación
Producto | Plazo de Ejecución |
1er producto | Hasta los 30 días calendario |
2do producto | Hasta los 60 días calendario |
3er producto | Hasta los 90 días calendario |
4to producto | Hasta los 120 días calendario |
8. RECURSOS Y FACILIDADES PARA PROVEER POR EL PCRIS
El PCRIS brindará al CONSULTOR espacio de oficinas para la prestación del servicio que cuente con:
✓ Equipo de impresión
✓ Materiales de oficina
✓ Correo electrónico institucional
✓ Gestión documental, a través del SGD-PCRIS.
✓ Viáticos en caso de viajes de comisión de servicios.
Nota: El consultor deberá hacer uso de su herramienta de trabajo personal como laptop y/o equipo de cómputo para el desarrollo de sus actividades, la misma que debe contar con un software de antivirus actualizado y licenciado.
Adicionalmente, para los objetos del presente servicio, “EL PCRIS” podrá desembolsar o reconocer los gastos en que incurra “EL CONSULTOR” por costo de pasajes aéreos/terrestres, movilidad local y viáticos pertinentes, previa autorización expresa de la Coordinación Administrativa Financiera del PCRIS, previo requerimiento efectuado por el área usuaria de la contratación.
9. PERFIL DEL CONSULTOR
Corresponde a las características o condiciones mínimas que debe cumplir el consultor, tal como se indica a continuación:
A. Formación Académica
• Profesional titulado, colegiado y habilitado en Ingeniería de Sistemas o Ingeniería de Computación o Informática o Ingeniería Industrial o afines.
• Certificación en gestión por procesos y/o de gestión por procesos y/o similares o certificación CBPP (Certified Business Process Professional) o CBPA (Certified Business Process Associate) o OCEB 2 (OMG-Certified Expert in BPM 2) y/o similares.
• Curso, taller y/o entrenamiento de certificación gestión de proyectos y/o de gestión de proyectos y/o gestión de proyectos ágiles y/o similares o certificación PMP (Project Manager Professional).
• Curso de Scrum o certificación SMC (Scrum Master Certified) o SFC (Scrum Fundamentals Certified).
B. Experiencia General (*)
• Mínima de 08 años en el sector público y/o privado.
C. Experiencia Especifica (*)
• Mínima de cinco (05) años, realizando actividades de Gestión de Proyectos, Gestión por Procesos de Negocio, Tecnologías de la Información y Gestión Pública o similares.
(*) La contabilización de la experiencia es a partir de la fecha de egreso de la carrera profesional correspondiente.
10.COSTO Y FORMA DE PAGO DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA COSTO DEL SERVICIO
El costo total del servicio de consultoría es de S/ 48,000.00 (cuarenta y ocho mil con 00/100 soles) incluyendo los impuestos xx Xxx y todo costo o retención que recaiga en el servicio; no se procederá con pagos a cuenta por servicios no efectuados, ni adelanto alguno.
Asimismo, no incluye los costos por concepto de pasajes y viáticos que resulten necesarios para el desarrollo de la presente consultoría.
FORMA DE PAGO
Los pagos se efectuarán en soles en cuatro (04) armadas, previa presentación del entregable, del recibo por honorarios y además se haya otorgado la conformidad del correspondiente entregable, por parte del área usuaria.
Cuadro. Cronograma de pagos
Productos | Retribución por productos S/ |
1er producto | 12,000.00 |
2do producto | 12,000.00 |
3er producto | 12,000.00 |
4to producto | 12,000.00 |
Los pagos bajo este servicio de harán pagos a suma global contra los entregables que se indican en el presente TDR y de acuerdo con el cronograma de pagos establecido.
Dichos pagos se efectuarán mediante abono en cuenta bancaria, para estos efectos el CONSULTOR deberá presentar una carta de autorización para depósito en cuenta, indicando su número de su Código de Cuenta Interbancaria (CCI) y el nombre del banco el cual deberá estar vinculado a su RUC.
11.COORDINACIÓN, SUPERVISIÓN Y CONFORMIDAD
El supervisor del servicio será: la coordinación del Componente 3, responsable de la supervisión de la prestación del servicio, por lo que el CONSULTOR deberá reportar, informar y coordinar sus actividades con el citado supervisor.
La Coordinación del Componente 03 otorgará la conformidad al servicio prestado por el CONSULTOR en calidad de área usuaria.
El área Usuaria tendrá un plazo, no mayor xx xxxx (10) días calendario para dar conformidad a cada informe de actividades.
12.RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR Y SUBCONTRATACIÓN
El CONSULTOR es responsable por errores, deficiencias, calidad ofrecida y/o vicios ocultos, por un plazo no menor de dos (2) años contados a partir de la conformidad otorgada por el PCRIS.
Asimismo, el CONSULTOR es responsable de ejecutar la totalidad de las obligaciones a su cargo, de acuerdo con lo establecido en el contrato y sus documentos integrantes; por tanto, la contratación derivada del presente documento no es pasible de subcontratación.
13.DERECHOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El CONSULTOR acepta que en la medida de que el servicio prestado es por encargo, y el costo de su ejecución es asumida por el PCRIS; todo producto o materiales (impresos, estudios, informes, gráficos, programas, software de computación u otros), que se genere por el servicio, es de propiedad del PCRIS, no constituyéndose títulos de propiedad, derechos de autor y otro tipo de derechos para el CONSULTOR; el mismo que a mérito de los presente TDR, cede en forma exclusiva y gratuita, sin generar retribución adicional a lo estipulado en el presente documento.
Asimismo, durante la vigencia del servicio y dentro de los dos (2) años siguientes a su término, el CONSULTOR no podrá revelar ninguna información confidencial o de propiedad del PCRIS
relacionada con los servicios, con el contrato que se generé o las actividades u operaciones del PCRIS. Toda la información a la que el CONSULTOR tuviere acceso, durante o después de la ejecución del servicio, tendrán carácter confidencial, quedando expresamente prohibido su divulgación a terceros por parte del CONSULTOR, a menos que el PCRIS otorgue mediante pronunciamiento escrito la autorización correspondiente.
14.CONFLICTO DE INTERÉS, ELEGIBILIDAD Y PRÁCTICAS PROHIBIDAS
Para efectos de la decisión de participar en el proceso de selección y/o aceptación de la contratación, los candidatos deberán tener en cuenta las causales de conflicto de interés, condiciones de elegibilidad y las Normas para la Prevención y Xxxxx contra el Fraude y la Corrupción establecidas en la sección III (párr. 3.14 - 3.17, 3.21-3.24 y 3.33) de las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión, las cuales podrán ser consultadas en el link:
xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx/xx/xxx/0000xxx0xx000xx000x00x000xx0xx00- 0290032020/original/Procurement-Regulations-for-IPF-Borrowers-SPANISH-November- 2020.pdf
15.ANEXOS
En el Anexo N° 1 se establecen las especificaciones y estructura de los documentos a ser presentado por tipo de producto.
ANEXO N° 1
ESPECIFICACIONES DE LOS PRODUCTOS
I. ESPECIFICACIONES GENERALES
Los informes deben redactarse teniendo en cuenta las siguientes especificaciones:
1. Letra arial 11
2. Espacio simple
3. Carátula indicando entre otros, nombre de consultoría, nombre de consultor y número de entregable
4. Impresión a doble cara
5. Páginas numeradas en la parte inferior derecha
6. Índice numerado de páginas
II. ESPECIFICACIONES POR TIPO DE ENTREGABLE Informe del 1er al 4to Entregable
Tendrá la siguiente estructura:
1. Objetivo de consultoría
2. Productos alcanzados
3. Actividades realizadas
4. Resultados de los productos alcanzados
5. Conclusiones y Recomendaciones
6. Anexo(s)
III. Informe Final de Termino de consultoría
Tendrá la siguiente estructura:
1. Carátula
2. Resumen ejecutivo
3. Índice
4. Introducción
5. Objetivo de consultoría
6. Productos alcanzados
7. Conclusiones y Recomendaciones
8. Anexo(s)
ANEXO N° 2
DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN | VALOR DE LA CONTRATACIÓN |
CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL “SUPERVISION DE LAS CONSULTORIAS INDIVIDUALES DE LA ACCION 1.1.2 ESTANDARIZACIÓN / FORMULACIÓN DE PROCESOS PARA LOS SIHCE, PARA EL DIAGNOSTICO Y FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DEL RENHICE DEL MINISTERIO DE SALUD, PARA EL PROGRAMA DE INVERSIÓN CREACIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD – PCRIS” | S/. 48,000.00 |