FECHA: 2 de julio de 2018
FECHA: 0 xx xxxxx xx 0000
XXXX: Xxxxxxx
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: “Consultor/a Ingeniero Civil o Arquitecto nacional, para
apoyo en gerenciamiento de obras menores” para establecer un Acuerdo a Largo Plazo (1.
NOMBRE DEL PROYECTO: IC PNUD LTA-717
PERÍODO DE LOS SERVICIOS: 1 Año (renovable hasta por 2 años adicionales)
LUGAR DE LOS SERVICIOS: Montevideo y/o Canelones
La propuesta deberá remitirse en idioma español, haciendo referencia al proceso abajo indicado y debe hacerse llegar vía correo electrónico a la dirección indicada hasta máximo el día viernes 13 de julio de 2018 hasta las 11:00 horas. No se recibirán ofertas que se presenten posteriores a esta fecha y hora.
Al enviar su oferta, asegúrese que la misma se encuentra libre de cualquier virus o archivo dañado y que su peso no exceda 10 MB por envío, se admitirán hasta máximos dos envíos.
Referencia: IC PNUD LTA-717 “Consultor/a Ingeniero Civil o Arquitecto
nacional, para apoyo en gerenciamiento de obras menores”
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx.xx@xxxx.xxx Sitio web: xxx.xx.xxxx.xxx
Cualquier solicitud de aclaración o consulta adicional deberá enviarse a más tardar el día lunes 9 de julio de 2018. La solicitud de aclaración debe enviarse a la dirección de correo electrónico arriba indicada. Se responderá por vía electrónica, incluyendo una explicación de la consulta, sin identificar la fuente, a todos los consultores. La respuesta se publicará a más tardar el día martes 10 de julio de 2018
Los procedimientos para adquisición de los servicios objeto de este llamado serán los que aplica el Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo. PNUD no publica valores referenciales de los concursos y promueve la libre competencia entre los/las participantes.
Cualquier oferta recibida de 2 o más personas conjuntamente, será rechazada, así como de aquellos cuyas referencias sean negativas.
En el marco de la igualdad de género, el PNUD alienta a mujeres y hombres a aplicar para este proceso de selección.
1 Un Acuerdo a Largo Plazo (LTA por sus siglas en inglés), es un acuerdo general que se podrá utilizar cuando se requieran los servicios del Consultor/Contratista, sobre la base especifica de un precio previamente acordado. A diferencia del contrato con anticipo de honorarios, el LTA no exige que el PNUD se comprometa financieramente al momento de suscribirlo. Los compromisos financieros se establecerán caso a caso, cada vez que se soliciten servicios que califiquen para el LTA, para lo cual se emitirá un contrato/orden específica.
1. ANTECEDENTES, OBJETIVOS, ALCANCE, RESPONSABILIDADES Y DESCRIPCION DEL TRABAJO INTELECTUAL REQUERIDO, EXPERIENCIA Y REQUERIMIENTOS
Favor remitirse a ANEXO 1-Términos de Referencia
2. DOCUMENTOS REQURIDOS EN SU PROPUESTA
✓ Carta del Oferente (ANEXO 2 - Carta del Oferente y Oferta Financiera) ✓ Breve nota indicando por qué se considera un candidato idóneo ✓ Curriculum Vitae ✓ Certificado o diploma (copia de grado/académico/s alcanzado/s) ✓ Referencias (incluir datos de contacto, teléfono y correo electrónico). En el evento que las referencias sean negativas la oferta será rechazada. |
✓ Oferta de la Propuesta Financiera (ANEXO 2 - Carta del Oferente y Oferta Financiera) La moneda de la propuesta será Dólares de los EUA. Los precios cotizados se mantendrán fijos durante la vigencia del Acuerdo a Largo Plazo y cubrirá los honorarios, gastos, alimentación, seguros, comunicaciones y cualquier otro gasto que se presente relacionado con el trabajo a realizar (Ver Términos de Referencia). Viajes: en caso de que se prevean viajes en los TdRs, deberán ser incluidos en su Propuesta Financiera (en general, el PNUD no acepta tickets aéreos que excedan las tarifas en clase económica, en caso de clases superiores, el Consultor se hará cargo de dichos costos. En caso de imprevistos, los pagos incluyendo tickets, alojamiento y gastos terminales se acordarán entre el Consultor y la Oficina del PNUD, previo al viaje y su reembolso. Exámen médico: el consultor de más de 62 años de edad, cuyas tareas involucren viajar, se someterán a un examen médico completo por su cuenta y cargo, que incluya examen de RX y obtendrán autorización médica antes de asumir las tareas. |
3. EVALUACION y ADJUDICACION
El Comité de Evaluación analizará las Propuestas a fin de determinar si las mismas están completas, bajo criterios de CUMPLE/NO CUMPLE y constatar que los consultores no están incluidos en la lista de consultores suspendidos o removidos del PNUD, y si las Propuestas están en orden en términos generales, sin desviaciones significativas.
Las ofertas recibidas serán evaluadas según se establece en ANEXO 1-Términos de Referencia –
Criterios de Evaluación.
Evaluación Técnica: La evaluación de los aspectos técnicos será un criterio de adjudicación con un peso de 60% del puntaje total de 100 (60 puntos).
Se evaluará las propuestas e información recibida en su aplicación, en función de su cumplimiento con los Términos de Referencia y los criterios de evaluación y selección establecidos para el presente proceso de selección.
Se recomendará la adjudicación del consultor/a que obtenga el mayor puntaje al totalizar la suma de los puntos obtenidos de la evaluación técnica y financiera.
ANEXOS
ANEXO 1 – TÉRMINOS DE REFERENCIA
ANEXO 2 - CARTA DEL OFERENTE y DESGLOSE DE COSTOS
ANEXO 3 – ACUERDO A LARGO PLAZO y su Anexo 1 MODELO DE CONTRATO Y TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN.
ANEXO 1 TERMINOS DE REFERENCIA
1. ANTECEDENTES, OBJETIVOS, ALCANCE, RESPONSABILIDADES Y DESCRIPCION DEL TRABAJO INTELECTUAL REQUERIDO, EXPERIENCIA Y REQUERIMIENTOS:
I. INFORMACION SOBRE LA CONSULTORIA |
Título: “Consultor/a Ingeniero Civil o Arquitecto nacional, para apoyo en gerenciamiento de obras menores” Supervisor/a: Gerente de Operaciones del PNUD Tipo de Contrato: Contrato Contratista Individual (IC) por Acuerdo a Largo Plazo Duración del contrato: 1 año (renovable hasta por 2 años adicionales), sujeto a evaluación de servicios satisfactorios. País: Uruguay Lugar de la Consultoría: Montevideo y/o Canelones Fecha estimada de inicio: julio 2018 |
II. ANTECEDENTES |
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, apoya a diversos proyectos de cooperación técnica en el Uruguay, actualmente los Proyectos están requiriendo el apoyo de personal profesional para llevar a cabo el gerenciamiento de ciertas obras menores, en los Departamentos de Montevideo y Canelones. En general las obras, tratan de la construcción de viviendas sociales, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de familias de alta vulnerabilidad social, medio ambiental y contemplando aspectos sociales para su realojamiento. Para el presente año, se prevé la realización de obras de remodelación o nuevas, cuyo presupuesto se estima entre los USD100,000 a los USD800,000. |
III. OBJETIVO |
El objeto de la consultoría es asesorar al PNUD en el seguimiento y monitoreo de las obras en su conjunto y certificar los avances de las mismas, mediante el establecimiento de un Acuerdo a Largo Plazo por espacio de un (1) año, renovables hasta por 2 (dos) años más El Contratista Individual ejercerá el seguimiento de las obras e informará al PNUD sobre el avance de la mismas. Pudiendo eventualmente, requerir el endoso de la certificará el avance de la obra de acuerdo al cronograma establecido para cada una. |
IV. ACTIVIDADES |
Las actividades requeridas, para las que se solicita la cotización podrán ser requeridas en forma total o parcial para cada obra, resultan ser: a. Asistir en el análisis y revisión de los requerimientos establecidos en el Documento de Licitación, verificación de la disponibilidad de terrenos, conexiones y redes de conexión entre los prototipos sin interferencia con el Contratista antes del inicio de la obra. b. Visitas a la/s obra/s con una presencia estimada en una vez por semana hasta su término, endoso de la certificación de avance de la obra, presentación de informe de avance de cada visita semanal y, en caso que se solicite un informe mensual. Previa coordinación y acuerdo con el PNUD, en caso de que una obra se encuentre en un radio mayor a 60 km desde el Xx 0 xx Xxxxxxxxxx, se podrá reembolsar el costo por uso de vehículo propio a razón USD 0,28 por kilómetro o el reembolso de tickets de transporte departamental correspondiente (pagadero en la moneda del ticket). En caso de otros traslados no previstos, éstos se tratarán mediante el acuerdo previo y escrito con el PNUD. |
V. PRODUCTOS ESPERADOS |
Para las intervenciones que se requieran oportunamente (a. y/o b.), el Contratista Individual cumplirá con las actividades y presentará los informes correspondientes. |
VI. CONTROLES Y SEGUIMIENTO |
Se realizará el seguimiento de los productos esperados por parte del Gerente de Operaciones del PNUD. El Contratista Individual deberá presentar para cada pago requerido, el Formulario de Certificado de Pago conjuntamente con su informe y la factura a efectivizarse. En caso de observaciones a los productos presentados, las mismas serán comunicadas dentro de los siguientes tres días hábiles. |
VII. PLAZOS, CRONOGRAMA DE PAGO Y COSTOS |
El LTA se mantendrá vigente por un (1) año, renovable por hasta dos (2) años adicionales, sujetos a evaluación de servicios satisfactorios. Bajo la modalidad de LTA, el contrato inicial y eventual extensión, no podrán superar el monto acumulado de USD 100,000. Es importante destacar que el PNUD no garantiza una contratación específica de servicios durante la vigencia del LTA. El LTA es de carácter no-exclusivo siendo que el PNUD no garantiza ni cantidad de servicios o monto, ni representa una promesa de consumo. |
Dentro del plazo del LTA, los pagos se realizarán en Dólares de los EUA, contra presentación de factura original emitida a nombre de PNUD-Proyecto [se indicará el número de Proyecto en su oportunidad], en cumplimiento de cada uno de los productos requeridos: El oferente indicará sus costos por cada Actividad antes detallada, de la siguiente forma: Actividad a: Costo por hora/ por media jornada (4 horas) y por jornada completa (8 horas) Actividad b: Costo por visita Todos los pagos serán realizados en Dólares de los EUA mediante transferencia a la cuenta bancaria del Contratista Individual. Los pagos serán por todo concepto (impuestos incluidos). Los pagos se realizarán a mes vencido de las actividades efectivizadas. |
VIII. PERFIL |
Requisitos excluyentes: ✓ Ingeniero Civil y/o Arquitecto: mínimo 5 años de egresado de instituciones universitarias reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura. ✓ Experiencia comprobable en Gerenciamiento de Proyectos. ✓ Experiencia comprobable en Gerenciamiento de Obras. Otras consideraciones: ✓ Ser ciudadano/a uruguayo/a (natural o legal). ✓ Contar con buena capacidad de relacionamiento interpersonal. ✓ Disponibilidad de locomoción propia ✓ Contar con elementos de seguridad propios para la visita de las obras, de acuerdo a la normativa vigente. Incompatibilidades: - Integrar las empresas oferentes/adjudicataria de las obras, cualquiera sea el vínculo. |
IX. EVALUACION Y CALIFICACION | |||||||||
Los consultores serán evaluados en sus aspectos técnicos y propuesta financiera utilizando las siguientes matrices: RESUMEN DE LOS CRITERIOS TÉCNICOS Y FINANCIEROS DE LAS PROPUESTAS RESUMEN DE EVALUACION DE ASPECTOS TECNICOS | |||||||||
CRITERIO | PUNTAJE MÁXIMO | CONSULTOR | |||||||
A | B | C | D | E | |||||
1 | Formación Profesional | Cumple/N o cumple | |||||||
2 | Experiencia General | 15 | |||||||
3 | Experiencia Específica | 30 | |||||||
4 | Entrevista Personal | 15 | |||||||
TOTAL | 60 | ||||||||
Las ofertas se evaluarán conforme al método de Puntuación Combinada según el cual la evaluación técnica tendrá un peso del 60%, mientras que la propuesta económica representa el 40% de la valoración. El postulante que reciba la Puntuación Combinada más alta, en aceptación de los Términos y Condiciones Generales del PNUD será el que reciba el contrato. Evaluación Técnica (Máximo 60 puntos) La evaluación técnica incluye antecedentes de formación y experiencia y el desempeño durante una entrevista. Se evaluarán considerando un máximo de 60 puntos y siguiendo los siguientes criterios: |
RESUMEN DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA | PONDERACIÓN | PUNTAJE MÁXIMO | CONSULTOR | |||||
A | B | C | D | E | ||||
1. | Evaluación de Aspectos Técnicos | 60% | 60 | |||||
2. | Evaluación de la Propuesta Financiera | 40% | 40 | |||||
TOTAL | 100 |
*Sólo pasarán a Entrevista un máximo de 4 consultores que alcancen un mínimo de 22 puntos al valorarse los Criterios 1 a 3. Sólo se considerará la propuesta económica de los consultores que alcancen un mínimo de 36 puntos en el total de la evaluación técnica (criterios 1 a 3 + entrevista) Evaluación de la propuesta económica (Máximo 40 puntos) El máximo número de puntos (40) se otorgará a la oferta más baja. Únicamente a los efectos de la evaluación, el monto de oferta, se entenderá en aplicación de: Actividad a. = (costo hora + costo media jornada + costo jornada completa) Actividad b. = (Costo por visita) x 2 Total de oferta = Actividad a. + Actividad b. Todas las otras propuestas consideradas recibirán puntos en proporción inversa, según la siguiente fórmula: P = 40 (x/y) Donde: |
CRITERIO | PUNTAJE MÁXIMO | |
1. | Formación • Ingeniero Civil y/o Arquitecto: mínimo 5 años de egresado de instituciones universitarias reconocidas por el Ministerio de Educación y Cultura. Requisito excluyente | Cumple/N o Cumple |
2 | Experiencia general en gerenciamiento de obras y/o proyectos de montos de USD 150,000 a USD 500,000, en los últimos 8 años • Sin experiencia: 0 punto • 1 a 5 experiencias: 5 puntos • De 6 a 10 experiencias: 10 puntos • Más de 10 experiencias: 15 puntos | 15 puntos |
3 | Experiencia comprobable en gerenciamiento de obras y/o proyectos de montos superiores a USD 500,000, en los últimos 8 años • Sin experiencia: requisito excluyente • 1 a 2 experiencia: 8 puntos • De 3 a 5 experiencias: 15 puntos • De 6 a 10 experiencias: 20 puntos • Más de 11 experiencias: 30 puntos | 30 puntos |
4. | Entrevista* | 15 puntos |
TOTAL | 60 |
P = puntos de la propuesta económica evaluada x = Monto de la oferta más baja y = Monto de la oferta evaluada |
ANEXO 2 – CARTA DEL OFERENTE Y DESGLOSE DE GASTOS CARTA DEL OFERENTE AL PNUD CONFIRMANDO INTERÉS Y DISPONIBILIDAD PARA LA ASIGNACIÓN DE CONTRATISTA INDIVIDUAL (CI)
Fecha
Señores
Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Montevideo – Uruguay
REF: IC-PNUD
Estimados Señores:
Por la presente declaro que:
a) He leído, entendido y acepto los términos de referencia que describen las funciones y responsabilidades del proceso [Indicar número y nombre]
b) También he leído, entendido y acepto las Condiciones Generales del PNUD para la contratación de servicios de contratistas individuales;
c) Por la presente propongo mis servicios y confirmo mi interés en realizar la asignación a través de la presentación de mi CV o Formulario de Antecedentes Personales (P11), que he firmado debidamente y que adjunto como Anexo 1
d) Propongo realizar los servicios basado en la las tarifas indicadas en mi oferta para:
Actividades a. y b. siendo cifras fijas y por todo concepto., pagaderas en la forma descrita en
los Términos de Referencia.
e) Para efectos de la evaluación, se incluye el desglose del monto de la suma global fija mencionada anteriormente;
f) Reconozco que el pago de las cantidades antes mencionadas se realizará con base a la entrega de mis productos dentro del plazo especificado en los Términos de Referencia, los cuales estarán sujetos a la revisión del PNUD, la aceptación de los mismos, así como de conformidad con los procedimientos para la certificación de los pagos;
g) Esta oferta será válida por un período total de (mínimo 30 días) después de la fecha límite de presentación;
h) Confirmo que no tengo parentesco en primer grado (madre, padre, hijo, hija, cónyuge/ pareja, hermano o hermana) con nadie actualmente contratado o empleado por alguna oficina o
agencia de la ONU [revele el nombre del familiar, la Oficina de Naciones Unidas que contrata o emplea al pariente, así como el parentesco, si tal relación existiese];
i) Si fuese seleccionado para la asignación, procederé a; [por favor marque la casilla apropiada]:
Firmar un Contrato Individual con PNUD;
Solicitar a mi empleador [indicar nombre de la compañía/organización/institución] que
firme con el PNUD, por mí y en nombre mío, un Acuerdo xx Xxxxxxxx Reembolsable (RLA por sus siglas en inglés). La persona de contacto y los detalles de mi empleador para este propósito son los siguientes:
Confirmo que [marcar todas las que apliquen]:
Al momento de esta aplicación, no tengo ningún Contrato Individual vigente, o cualquier otra forma de compromiso con cualquier Unidad de Negocio del PNUD;
Actualmente estoy comprometido con el PNUD y/u otras entidades por el siguiente trabajo:
Asignación | Tipo de Contrato | Oficina PNUD / Nombre de Institución / Compañía | Duración del Contrato | Monto del Contrato |
De igual manera, estoy esperando resultado de la convocatoria del/los siguiente(s) trabajo(s) para PNUD y/u otras entidades para las cuales he presentado una propuesta:
Asignación | Tipo de Contrato | Oficina PNUD / Nombre de Institución / Compañía | Duración del Contrato | Monto del Contrato |
j) Comprendo perfectamente y reconozco que el PNUD no está obligado a aceptar esta propuesta; también comprendo y acepto que deberé asumir todos los costos asociados con su preparación y presentación, y que el PNUD en ningún caso será responsable por dichos costos, independientemente del efecto del proceso de selección.
k) Si usted es un exfuncionario de las Naciones Unidas que se ha separado recientemente de la Organización, por favor agregue esta sección a su carta: Confirmo que he cumplido con la interrupción mínima de servicio requerida antes que pueda ser elegible para un Contrato Individual de tres (3) meses.
l) Asimismo, comprendo perfectamente que, de ser incorporado como Contratista Individual, no tengo ninguna expectativa ni derechos en lo absoluto a ser reinstalado o recontratado como un funcionario de las Naciones Unidas.
Nombre completo y Firma: Fecha:
Anexos [favor marcar todos los que apliquen]:
Curriculum Vitae
Oferta económica
Referencias
ANEXO 2 – CARTA DEL OFERENTE Y DESGLOSE DE GASTOS
QUE RESPALDAN LA PROPUESTA FINANCIERA TODO- INCLUIDO
A. Desglose de costos por Entregables:
Entregables [de conformidad con los Términos de Referencia] | Costo / hora (USD) | Costo / media jornada (USD) | Costo / Jornada completa (USD) |
Actividad a. | |||
Entregables [de conformidad con los Términos de Referencia] | Costo / visita (USD) | ||
Actividad b. |
El costo de la oferta deberá incluir al menos los siguientes rubros:
Rubro |
Costos que forman parte de la oferta: |
Honorarios Profesionales |
Seguro de vida |
Seguro médico |
Comunicaciones |
Transporte local |
Impuestos aplicables |
Nombre completo y Firma: Fecha:
ANEXO 3 - MODELO DE CONTRATO A LARGO PLAZO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA EL PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO
El presente Contrato a Largo Plazo es suscrito entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, un órgano subsidiario de las Naciones Unidas, con domicilio en su Sede Central ubicada en
0 XX Xxxxx, Xxxxx Xxxx, XX 00000 (en adelante se denominará el PNUD) y
(en adelante se denominará el Contratista) con domicilio en
_.
CONSIDERANDO que el PNUD suscribirá el presente Contrato a Largo Plazo para la prestación de Servicios que brindará el Contratista al PNUD, de conformidad con las Oficinas del PNUD a nivel mundial, puede llegar a acuerdos contractuales específicos con el Contratista, según lo indicado en el presente documento.
CONSIDERANDO que conforme a la Solicitud de Propuesta para la oferta del Contratista fue aceptada;
POR CONSIGUIENTE, el PNUD y el Contratista (denominados de aquí en adelante las “Partes”) por este medio acuerdan lo siguiente:
Artículo 1: ALCANCE DEL TRABAJO
1. El Contratista proveerá los tipos de servicios y productos, los cuales se encuentran enunciados en el Anexo 1 adjunto, conforme a lo negociado por el PNUD Sede Central o la Oficina de País del PNUD y reflejado en un contrato de Servicios Profesionales, según el modelo adjunto en el Anexo 2.
2. Tales Servicios se prestarán a los precios mencionados en el Anexo 1. Los precios se mantendrán vigentes por un período de un (1) año contado a partir de la fecha de entrada en vigor del presente contrato.
3. El PNUD no garantiza la adquisición de ninguna cantidad de Servicios durante el período de vigencia del Contrato, el cual será de un (1) año y hasta dos (2) años renovables.
Artículo 2: CAMBIOS EN LAS CONDICIONES
4. En la eventualidad de que ocurra alguna mejora tecnológica y/o reducción de precios de los Servicios durante la vigencia del presente Contrato, el Contratista notificará al PNUD de manera inmediata. El PNUD considerará el impacto que causaría cualquiera de estos eventos y podrá solicitar una enmienda al Contrato.
Artículo 3: REPORTES DEL CONTRATISTA
5. El Contratista le reportará al PNUD de manera semestral sobre los Servicios prestados al PNUD, incluyendo a sus Oficinas de País.
Artículo 4: TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES Y ESPECIALES
6. Las Condiciones Generales estándar del PNUD para Servicios adjuntas en el Anexo 2, aplicarán al presente Contrato y a cualquier Contrato subsiguiente, de acuerdo con el párrafo 1 arriba indicado.
Artículo 5: ACEPTACIÓN
7. El presente Contrato reemplaza todos los acuerdos escritos u orales previos, si los hubiere entre las partes y constituye todo acuerdo entre las partes con respecto al suministro de los Servicios mencionados en el presente documento.
8. El presente Contrato entrará en vigencia a partir de la fecha de la última firma realizada por los representantes de las Partes y tendrá un período de vigencia de un año , el cual podrá prorrogarse por dos años adicionales, por mutuo acuerdo de las partes.
EN FE DE LO CUAL, los representantes de las partes, debidamente autorizados, firman el presente acuerdo.
FUNCIONARIO AUTORIZADO: CONTRATISTA INDIVIDUAL:
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo
______________________________________________________________________ __________________________________________________________________
(Incluir nombre) (Incluir nombre)
Fecha Fecha:
Anexos
Términos de Referencia Contrato Contratista Individual
Precios de la empresa contratada.
Anexo 1 – Al Acuerdo a Largo Plazo CONTRATISTA INDIVIDUAL
El presente contrato celebrado el día de
Desarrollo (en adelante denominado el “PNUD”) y
de 2018 entre el Programa de Naciones Unidas para el
(en adelante denominado
“el Contratista Individual”) cuya dirección es
VISTO que el PNUD desea contratar los servicios del Contratista Individual bajo los términos y condiciones establecidas a continuación, y;
CONSIDERANDO que el Contratista Individual se encuentra preparado y dispuesto a aceptar este Contrato con el PNUD, conforme dichos términos y dichas condiciones,
A CONTINUACIÓN, las Partes acuerdan por el presente, lo siguiente:
1. Características de los servicios
El Contratista Individual deberá prestar los servicios como se describen en los Términos de Referencia, los cuales son parte integral de este Contrato y el cual se adjunta como (Anexo 1 en el siguiente Lugar(es) de Destino:
2. Duración
El presente Contrato Individual comenzará el [insertar fecha], y vencerá una vez que se cumpla satisfactoriamente con los servicios descritos en los Términos de Referencia mencionados arriba, pero no más tarde del [insertar fecha] a menos que sea rescindido previamente conforme a los términos del presente Contrato. El presente Contrato se encuentra sujeto a las Condiciones Generales de Contratos para Contratistas Individuales que se encuentran disponible en la página web del PNUD (xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx) y que se incorporan al presente como Anexo II.
3. Consideraciones
Como plena consideración por los servicios prestados por el Contratista Individual en virtud de los términos del presente Contrato, en los que se incluye, a no ser que se ha especificado de otra manera, el viaje hasta y desde el Lugar(es) de Destino; el PNUD deberá pagar al Contratista Individual una cantidad total de [moneda] de conformidad con la tabla descrita a continuación 2. Los pagos deberán realizarse seguidos de una certificación del PNUD que los servicios relacionados con cada uno de los productos entregables han sido alcanzados, si fuese el caso, antes o en la fecha establecida del cronograma que se especifican a continuación: io en cada fase.
Productos entregables | Fecha/Plazo de entrega | Monto (Moneda) |
Si viajes imprevistos fuera del Lugar(es) de Destino son requeridos por el PNUD, y bajo acuerdo previo por escrito; dicho viaje deberá ser sufragado por el PNUD y el Contratista Individual recibirá un per diem que no exceda la tarifa de subsistencia diaria.
2 Para pagos que no están basados a una suma global por productos, se debe indicar el número máximo de días/horas/unidades trabajados así como cualquier otro pago (viaje, per diem) y el correspondiente honorario en la tabla de Productos Entregables de arriba
Cuando dos monedas se encuentran involucradas, el tipo de cambio que se utilice será el de Naciones Unidas y que se encuentre vigente el día que PNUD le solicite a su banco que efectúe el pago (s).
4. Derechos y Obligaciones del Contratista Individual
Los derechos y deberes del Contratista Individual se limitan estrictamente a los términos y condiciones del presente Contrato, incluyendo sus Anexos. Por consiguiente, el Contratista Individual no tendrá derecho a recibir ningún beneficio, pago, subsidio, indemnización o derecho, a excepción a lo que se dispone expresamente en el presente Contrato. El Contratista Individual se responsabiliza por reclamos de terceros que surjan de actos u omisiones por parte del Contratista Individual en el curso de su desempeño del presente Contrato; y bajo ninguna circunstancia deberá tomarse al PNUD como responsable de dichos reclamos de terceros.
El Contratista Individual ha presentado un Certificado de buena salud y de confirmación de inmunización.
5. Beneficiarios
El Contratista Individual designa a como beneficiario de cualquier suma adeudada en virtud del presente Contrato en caso de fallecimiento del Contratista Individual mientras presta los servicios del presente. Esto incluye el pago de cualquier servicio incurrido de seguro de responsabilidad civil atribuibles a la ejecución de servicios al PNUD.
Dirección postal, correo electrónico y teléfono del beneficiario:
Dirección postal, correo electrónico y teléfono del contacto de emergencia (en caso de diferir con el beneficiario:
EN FE DE LO CUAL, las Partes mencionadas otorgan el presente Contrato.
En virtud de la firma del presente, yo, el Contratista Individual conozco y acuerdo haber leído y aceptado los términos del presente Contrato, incluyendo las Condiciones Generales de Contratos para Contratistas Individuales disponible en el sitio web del PNUD (xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxxx) y adjunto como Anexo II que forman parte integral del presente Contrato; y del cual he leído y comprendido y acordado a cumplir conforme a los estándares de conducta establecidos en el boletín del Secretario General ST/SGB/2003/13 del 9 de Octubre de 2003, titulado “Medidas Especiales para Proteger contra la Explotación y el Abuso Sexual” y el ST/SGB/2002/9 del 18 xx Xxxxx de 2002, titulado “Estatuto relativo a la Condición y a los Derechos y Deberes básicos de los Funcionarios que no forman parte del personal de la Secretaría y de los Expertos en Misión”.
FUNCIONARIO AUTORIZADO: CONTRATISTA INDIVIDUAL:
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (Incluir nombre)
______________________________________________________________________ __________________________________________________________________
CONDICIONES GENERALES PARA CONTRATOS DE SERVICIOS DE CONTRATISTAS INDIVIDUALES
1. CONDICIÓN JURÍDICA
Se considerará que el Contratista Individual tiene la condición jurídica de un contratista independiente con respecto al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y no será considerado bajo ningún concepto, como “miembro del personal” del PNUD, en virtud del Reglamento del Personal de la ONU, o como “funcionario” del PNUD, en virtud de la Convención de Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de Febrero de 1946. Del mismo modo, ninguna disposición dentro del presente Contrato o con relación al mismo establecerá la relación de empleado y empleador, mandante y agente, entre el PNUD y el Contratista Individual. Los funcionarios, representantes, empleados o subcontratistas del PNUD y del Contratista Individual, si hubiere, no se considerarán bajo ningún concepto como empleados o agentes del otro, y el PNUD y el Contratista Individual serán los únicos responsables de todo reclamo que pudiere surgir de la contratación de dichas personas o entidades o con relación a la misma.
2. ESTÁNDARES DE CONDUCTA
En General: El Contratista Individual no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad externa al PNUD en relación con el desempeño de sus obligaciones conforme a las disposiciones del presente Contrato. En caso de que cualquier autoridad externa al PNUD buscara imponer cualquier instrucción sobre el presente Contrato, con respecto al desempeño del Contratista Individual en virtud del presente Contrato, el mismo deberá notificar de inmediato al PNUD y brindar toda asistencia razonable requerida por el PNUD. El Contratista Individual evitará cualquier acción que pudiera afectar de manera adversa al PNUD y llevará a cabo los servicios comprometidos bajo este Contrato velando en todo momento por los intereses del PNUD. El Contratista Individual garantiza que ningún funcionario, representante, empleado o agente del PNUD ha recibido o recibirá ningún beneficio directo o indirecto como consecuencia del presente Contrato o de su adjudicación por parte del Contratista. El Contratista Individual deberá cumplir con toda ley, decreto, norma y reglamento a los cuales se encuentre sujeto el presente Contrato. Asimismo, en el desempeño de sus obligaciones, el Contratista Individual deberá cumplir con los estándares de conducta establecidos en el Boletín del Secretario General ST/SGB/2002/9 del 18 xx Xxxxx de 2002, titulado “Estatuto relativo a la Condición y a los Derechos y Deberes básicos de los Funcionarios que no forman parte del personal de la Secretaría y de los Expertos en Misión”. El Contratista Individual deberá cumplir con todas las Normas de Seguridad emitidas por el PNUD. El incumplimiento de dichas normas de seguridad constituyen los fundamentos para la rescisión del Contrato individual por causa justificada.
Prohibición de Explotación y Abuso Sexual: En el desempeño del presente Contrato, el Contratista Individual deberá cumplir con los estándares de conducta establecidos en el boletín del Secretario General ST/SGB/2003/13 del 9 de Octubre de 2003, titulado “Medidas Especiales para Proteger contra la Explotación y el Abuso Sexual”. Específicamente, el Contratista Individual no se involucrará en conducta alguna que pueda constituir la explotación o el abuso sexual, como se define en el boletín.
El Contratista Individual reconoce y acuerda que el incumplimiento de cualquier disposición del presente Contrato constituye un incumplimiento de una cláusula esencial del mismo y, junto con otros derechos jurídicos o soluciones jurídicas disponibles para cualquier persona, se considerará como fundamento para la rescisión del presente Contrato. Asimismo, ninguna disposición establecida en el presente limitará el derecho del PNUD de referir cualquier incumplimiento de los estándares de conducta antemencionados a las autoridades nacionales pertinentes para tomar la debida acción judicial.
3. DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD
El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por el PNUD al Contratista Individual para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato deberá permanecer con el PNUD y dicho equipamiento deberá devolverse al PNUD al finalizar el presente Contrato o cuando ya no sea necesario para el Contratista Individual. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo al PNUD, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al Contratista Individual, sujeto al deterioro normal. El Contratista Individual será responsable de compensar al PNUD por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo.
El PNUD tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el Contratista Individual haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución del presente Contrato, y el Contratista Individual reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación del PNUD. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del Contratista Individual: (i) que existían previamente al desempeño del Contratista Individual de sus obligaciones en virtud del
presente Contrato, o (ii) que el Contratista Individual pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, el PNUD no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el Contratista Individual concederá al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato. A solicitud del PNUD, el Contratista Individual deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos al PNUD, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente Contrato.
Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el Contratista Individual en virtud del presente Contrato será de propiedad del PNUD; y deberá encontrarse a disposición del PNUD para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados del PNUD al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.
4. NATURALEZA CONFIDENCIAL DE LOS DOCUMENTOS Y DE LA INFORMACIÓN.
La información considerada de propiedad del PNUD o del Contratista Individual y que es entregada o revelada por una de las Partes (“Revelador”) a la otra Parte (“Receptor”) durante el cumplimiento del presente Contrato, y que es designada como confidencial (“Información”), deberá permanecer en confidencia de dicha Parte y ser manejada de la siguiente manera: el Receptor de dicha información deberá llevar a cabo la misma discreción y el mismo cuidado para evitar la revelación, publicación o divulgación de la Información del Revelador, como lo haría con información similar de su propiedad que no desea revelar, publicar o divulgar; y el Receptor podrá utilizar la Información del Revelador únicamente para el propósito para el cual le fue revelada la información. El Receptor podrá revelar Información confidencial a cualquier otra parte mediante previo acuerdo por escrito con el Revelador así como con los empleados, funcionarios, representantes y agentes del Receptor que tienen necesidad de conocer dicha Información para cumplir con las obligaciones del Contrato. El Contratista Individual podrá revelar Información al grado requerido por ley, siempre que se encuentre sujeto y sin excepción alguna a los Privilegios e Inmunidades del PNUD. El Contratista Individual notificará al PNUD con suficiente antelación, cualquier solicitud para revelar Información de manera tal que le permita al PNUD un tiempo razonable para tomar medidas de protección o cualquier otra acción adecuada previa a dicha revelación. El PNUD podrá revelar la Información al grado requerido de conformidad a la Carta de las Naciones Unidas, a las resoluciones o reglamentos de la Asamblea General o los otros organismos que gobierna, o a las normas promulgadas por el Secretario General. El Receptor no se encuentra impedido de revelar la Información obtenida por un tercero sin restricciones; revelada por un Revelador a un tercero sin obligación de confidencialidad; que el Receptor conoce de antemano; o que ha sido desarrollada por el Receptor de manera completamente independiente a cualquier Información que le haya sido revelada en virtud del presente Contrato. Las obligaciones y restricciones de confidencialidad mencionadas se encontrarán vigentes durante la duración del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo; y, a menos que se disponga de otro modo en el Contrato, permanecerán vigentes una vez rescindido el Contrato.
5. SEGURO MÉDICO Y DE VIAJE Y SEGURO POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD
En caso de que el PNUD requiera que el Contratista Individual viaje más allá de la distancia habitual de la residencia del mismo, y bajo previo acuerdo por escrito, dicho viaje será cubierto por el PNUD. Dicho viaje será en categoría económica cuando sea realizado por avión.
El PNUD podrá requerir que el Contratista Individual presente un Certificado de Buena Salud emitido por un médico autorizado antes de comenzar con el trabajo en cualquiera de las oficinas o predios del PNUD o antes de comprometerse para cualquier viaje requerido por el PNUD o con relación al desempeño del presente Contrato. El Contratista Individual deberá brindar dicho Certificado de Buena Salud lo antes posible una vez se le haya requerido, y antes de comprometerse para cualquier viaje, y el Contratista Individual garantiza la veracidad de dicho Certificado, incluyendo pero no limitándose a ello, la confirmación de que el Contratista Individual ha sido completamente informado sobre los requisitos de inoculación para el país o los países a los cuales el viaje sea autorizado.
En caso de fallecimiento, accidente o enfermedad del Contratista Individual atribuible al desempeño de servicios en nombre del PNUD en virtud de los términos del presente Contrato mientras que el Contratista Individual se encuentra viajando a expensas del PNUD o desempeñando cualquier servicio en virtud del presente Contrato en cualquier oficina o predio del PNUD, el Contratista Individual o sus empleados, tendrán derecho a indemnización, equivalente a aquella brindada en virtud de la póliza de seguros del PNUD, disponible bajo petición.
6. PROHIBICIÓN PARA CEDER; MODIFICACIONES
El Contratista no podrá ceder, transferir, dar en prenda o enajenar el presente Contrato, en todo o en parte, ni sus derechos, títulos u obligaciones en virtud del mismo, salvo que contara con el consentimiento escrito previo del PNUD, y cualquier intento de lo antedicho será anulado e invalidado. Los términos y condiciones de cualquier trámite adicional, licencias u otras formas de consentimiento con respecto a cualquier bien o servicio a ser brindado en virtud del presente Contrato no será válido ni vigente contra el PNUD ni constituirá de modo alguno un Contrato para el PNUD, a menos que dicho trámite, licencia u otros formatos de Contratos son el sujeto de un trámite válido por escrito realizado por el PNUD. Ninguna modificación o cambio del presente Contrato será considerado válido o vigente contra el PNUD a menos que sea dispuesto mediante enmienda válida por escrito al presente Contrato firmada por el Contratista Individual y un funcionario autorizado o una autoridad reconocida del PNUD para contratar.
7. SUBCONTRATACIÓN
En el caso en que el Contratista Individual requiriera de los servicios de subcontratistas para desempeñar cualquier obligación en virtud del presente Contrato, el Contratista Individual deberá obtener la aprobación previa por escrito del PNUD para todos los subcontratistas.
El PNUD podrá, a su discreción, rechazar cualquier subcontratista propuesto o exigir su remoción sin justificación alguna y dicho rechazo no dará derecho al Contratista Individual de reclamar ningún retraso en el desempeño o de mencionar excusas para el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente Contrato. El Contratista Individual será el único responsable de todos los servicios y obligaciones prestados/as por sus subcontratistas. Los términos de todos los subcontratos estarán sujetos y deberán ajustarse a las disposiciones del presente Contrato.
8. UTILIZACIÓN DEL NOMBRE, EMBLEMA O SELLO OFICIAL DE LAS NACIONES UNIDAS
El Contratista Individual no publicitará o hará público el hecho de que está prestando servicios para el PNUD para su beneficio comercial o su activo, ni utilizará de modo alguno el nombre, emblema o sello oficial del PNUD o abreviatura alguna del nombre del PNUD con fines vinculados a su actividad comercial o con cualquier otro fin.
9. INDEMNIZACIÓN
El Contratista indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a su xxxxx al PNUD, a sus funcionarios, agentes y empleados contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidos todos los costos y gastos por litigios, honorarios de abogados, pagos y daños de liquidación, basándose o que surjan de o con relación a: (a) alegatos o reclamos sobre el uso por parte del PNUD de cualquier artículo patentado, material protegido por derechos de autor o por otros bienes o servicios brindados para el PNUD para su uso en virtud de los términos del presente Contrato, en todo o en parte, en conjunto o por separado, constituye una infracción de cualquier patente, derechos de autor, derechos de marca u otros derechos intelectuales de terceros; o (b) cualquier acto u omisión del Contratista Individual o de cualquier subcontratista o de cualquier persona empleada directa o indirectamente por los mismos para la ejecución del presente Contrato, que pudiera derivar en responsabilidad jurídica de cualquier parte ajena al presente Contrato, incluyendo pero no limitándose a ello, reclamos y responsabilidades que se vinculen con indemnizaciones por accidentes de trabajo de los empleados.
10. SEGUROS
El Contratista Individual deberá pagar al PNUD de inmediato por toda pérdida, destrucción o daño a la propiedad del PNUD causada por el Contratista Individual o por cualquier subcontratista, o por cualquier persona empleada en forma directa o indirecta por los mismos para la ejecución del presente Contrato. El Contratista Individual es el único responsable de tomar y mantener un seguro apropiado requerido para cumplir con todas sus obligaciones en virtud del presente Contrato. Asimismo, el Contratista Individual será el responsable de tomar a su costo, todo seguro de vida, salud o cualesquiera otros seguros que considere apropiados para cubrir el período durante el cual el Contratista Individual deberá prestar sus servicios en virtud del presente Contrato. El Contratista Individual reconoce y acuerda que ninguno de los arreglos de contratación de seguros que el Contratista Individual pudiera realizar, serán interpretados como una limitación de la responsabilidad del mismo que pudiera surgir en virtud del presente Contrato o con relación al mismo.
11. EMBARGO PREVENTIVO Y DERECHO DE GARANTÍA REAL
El Contratista Individual no provocará ni permitirá que un derecho de garantía real, embargo preventivo o gravamen constituido o trabado por alguna persona sea incluido o permanezca en el expediente de cualquier oficina pública o en un archivo del PNUD para cobrar cualquier deuda monetaria vencida o por vencerse al Contratista Individual y que se le deba en
virtud del trabajo realizado o por bienes o materiales suministrados conforme al presente Contrato o en razón de cualquier otra demanda o reclamo contra el Contratista Individual.
12. FUERZA MAYOR; OTRAS MODIFICACIONES EN LAS CONDICIONES.
En el caso de cualquier evento de fuerza mayor y tan pronto como sea posible a partir de que el mismo haya tenido lugar, el Contratista Individual comunicará este hecho por escrito con todos los detalles correspondientes al PNUD así como de cualquier cambio que tuviera lugar si el Contratista Individual no pudiera, por este motivo, en todo o en parte, llevar a cabo sus obligaciones ni cumplir con sus responsabilidades bajo el presente Contrato. El Contratista Individual también notificará al PNUD sobre cualquier otra modificación en las condiciones o sobre la aparición de cualquier acontecimiento que interfiriera o amenazara interferir con la ejecución del presente Contrato. El Contratista Individual deberá presentar también un estado de cuenta al PNUD sobre los gastos estimados que seguramente serán incurridos durante el cambio de condiciones o el acontecimiento, no más de quince (15) días a partir de la notificación de fuerza mayor o de otras modificaciones en las condiciones u otro acontecimiento. Al recibir la notificación requerida bajo esta cláusula, el PNUD tomará las acciones que, a su criterio, considere convenientes o necesarias bajo las circunstancias dadas, incluyendo la aprobación de una extensión de tiempo razonable a favor del Contratista Individual para que el mismo pueda llevar a cabo sus obligaciones bajo el presente Contrato.
En caso de que el Contratista Individual no pudiera cumplir con las obligaciones contraídas bajo el presente Contrato, ya sea parcialmente o en su totalidad, en razón del evento de fuerza mayor ocurrido, el PNUD tendrá el derecho de suspender o rescindir el presente Contrato en los mismos términos y condiciones previstos en el Artículo titulado “Rescisión”, salvo que el período de preaviso será de cinco (5) días en lugar de cualquier otro período de notificación. En cualquier caso, el PNUD tendrá derecho a considerar al Contratista Individual como permanentemente incapaz de prestar sus obligaciones en virtud del presente Contrato en caso de que el Contratista Individual sufriera un período de suspensión en exceso de treinta (30) días.
Fuerza mayor, tal como se la entiende en esta cláusula, significa actos fortuitos, xx xxxxxx (declarada o no) invasión, revolución, insurrección u otros actos de naturaleza o fuerza similar, siempre que dichos actos surjan por causas ajenas al control, falta o negligencia del Contratista Individual. El Contratista Individual reconoce y acuerda que, con respecto a cualquier obligación en virtud del presente Contrato que el mismo deberá desempeñar en o para cualquier área en la cual el PNUD se vea comprometido, o se prepare para comprometerse, o para romper el compromiso con cualquier operación xx xxx, humanitaria o similar, cualquier demora o incumplimiento de dichas obligaciones que surjan o que se relacionen con condiciones extremas dentro de dichas áreas o cualquier incidente de disturbio civil que ocurra en dichas áreas, no se considerarán como tal, casos de fuerza mayor, en virtud del presente Contrato.
13. RESCISIÓN
Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito. El período de notificación será de cinco (5) días para contratos con una duración menor a dos (2) meses; y catorce (14) días para contratos con mayor duración. La iniciación de un procedimiento arbitral o de conciliación según la cláusula que se indica más abajo, no se considerará como “justificación”, ni en sí misma una rescisión del presente Contrato.
El PNUD podrá sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en caso de que: (a) el Contratista Individual fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista Individual solicitara una moratoria sobre cualquier obligación de pago o reembolso, o solicitara ser declarado insolvente; (b) se le concediera al Contratista Individual una moratoria o se le declarara insolvente; el Contratista Individual cediera sus derechos a uno o más de sus acreedores; (c) se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista Individual, (d) el Contratista Individual ofrezca una liquidación en lugar de quiebra o sindicatura; o (e) el PNUD determine en forma razonable que el Contratista Individual se encuentra sujeto a un cambio materialmente adverso en su condición financiera que amenaza con dañar o afectar en forma sustancial la habilidad del Contratista Individual para desempeñar cualesquiera de sus obligaciones en virtud del presente Contrato.
En caso de cualquier rescisión del Contrato, mediante recibo de notificación de rescisión por parte del PNUD, el Contratista Individual deberá, excepto a como pudiera ser ordenado por el PNUD en dicha notificación de rescisión o por escrito: (a) tomar de inmediato los pasos para cumplir con el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato de manera puntual y ordenada, y al realizarlo, reducir los gastos al mínimo; (b) abstenerse de llevar a cabo cualquier compromiso futuro o adicional en virtud del presente Contrato a partir de y luego de la fecha de recepción de dicha notificación; (c) entregar al PNUD en virtud del presente Contrato, todo plano, dibujo, toda información y cualquier otra propiedad completados/as en su totalidad o parcialmente; (d) desempeñar por completo el trabajo no terminado; y (e) llevar a cabo toda otra acción que pudiera ser necesaria, o que el PNUD pudiera ordenar por escrito, para la protección y preservación de cualquier propiedad, ya
sea tangible o intangible, con relación al presente Contrato que se encuentre en posesión del Contratista Individual y sobre el cual el PNUD tiene o pudiera tener un interés.
En caso de cualquier tipo de rescisión del presente Contrato, el PNUD únicamente tendrá la obligación de pagar al Contratista Individual una indemnización en forma prorrateada por no más del monto real del trabajo brindado a satisfacción del PNUD de acuerdo con los requisitos del presente Contrato. Los gastos adicionales incurridos por el PNUD que resulten de la rescisión del Contrato por parte del Contratista Individual podrán ser retenidos a causa de cualquier suma que el PNUD le deba al Contratista Individual.
14. NO-EXCLUSIVIDAD
El PNUD no tendrá obligación o limitación alguna con respecto a su derecho de obtener bienes del mismo tipo, calidad y cantidad, o de obtener cualquier servicio del tipo descrito en el presente Contrato, de cualquier fuente en cualquier momento.
15. EXENCIÓN IMPOSITIVA
El Artículo II, sección 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, quedarán exentos del pago de todos los impuestos directos, salvo las tasas por servicios públicos; además se exime a las Naciones Unidas de pagar los derechos aduaneros e impuestos similares en relación con los artículos importados o exportados para uso oficial. Si alguna autoridad de gobierno se negase a reconocer la exención impositiva de las Naciones Unidas en relación con dichos impuestos, derechos o cargos, el Contratista Individual consultará de inmediato al PNUD a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes. El PNUD no tendrá responsabilidad alguna por concepto de impuestos, derechos u otros cargos similares a ser pagados por el Contratista Individual con respecto a cualquier monto pagado al Contratista Individual en virtud del presente Contrato, y el Contratista Individual reconoce que el PNUD no emitirá ningún estado de ingresos al Contratista Individual con respecto a cualesquiera de los pagos mencionados.
16. AUDITORIA E INVESTIGACIÓN
Cada factura pagada por el PNUD será objeto de una auditoría post pago realizada por auditores, tanto internos como externos del PNUD o por otros agentes autorizados o calificados del PNUD en cualquier momento durante la vigencia del Contrato y por un período de dos (2) años siguientes a la expiración del Contrato o previa terminación del mismo. El PNUD tendrá derecho a un reembolso por parte del Contratista Individual por los montos que según las auditorías fueron pagados por el PNUD a otros rubros que no están conforme a los términos y condiciones del Contrato.
El Contratista Individual reconoce y acepta que, de vez en cuando, el PNUD podrá llevar a cabo investigaciones relacionadas con cualquier aspecto del Contrato o al otorgamiento mismo sobre las obligaciones desempañadas bajo el Contrato, y las operaciones del Contratista Individual generalmente en relación con el desarrollo del Contrato... El derecho del PNUD para llevar a cabo una investigación y la obligación del Contratista Individual de cumplir con dicha investigación no se extinguirán por la expiración del Contrato o previa terminación del mismo. El Contratista Individual deberá proveer su plena y oportuna cooperación con las inspecciones, auditorías posteriores a los pagos o investigaciones. Dicha cooperación incluirá, pero no se limita a la obligación del Contratista Individual de poner a disposición su personal y la documentación pertinente para tales fines en tiempos razonables y en condiciones razonables y de conceder acceso al PNUD a las instalaciones del Contratista Individual en momentos razonables y condiciones razonables en relación con este acceso al personal del Contratista Individual y a la documentación pertinente. El Contratista Individual exigirá a sus agentes, incluyendo pero no limitándose a ello, sus abogados, contadores u otros asesores, cooperar razonablemente con las inspecciones, auditorías posteriores a los pagos o investigaciones llevadas a cabo por el PNUD .
17. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Resolución Amigable: El PNUD y el Contratista Individual realizarán todos los esfuerzos posibles para resolver en forma amigable cualquier disputa, controversia o reclamo que surgiese en relación con el presente Contrato o con alguna violación, rescisión o invalidez vinculada al mismo. En caso de que las partes desearan buscar una solución amigable a través de un proceso de conciliación, el mismo tendrá lugar de acuerdo con las Reglas de Conciliación de la CNUDMI (en inglés, UNCITRAL) vigentes en ese momento o conforme a cualquier otro procedimiento que puedan acordar las partes.
Arbitraje: A menos que las disputas, controversias o reclamos que surgieran entre las Partes con relación al presente Contrato, o con el incumplimiento, rescisión o invalidez del mismo, se resolvieran amigablemente de acuerdo con lo estipulado anteriormente, dicha disputa, controversia o reclamo podrá ser presentada por cualquiera de las Partes para la iniciación de un proceso de arbitraje según el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI vigente en ese momento. Las decisiones del tribunal arbitral estarán basadas en principios generales de Derecho Comercial Internacional. Para todo interrogatorio en busca de evidencia, el tribunal arbitral deberá guiarse por el Reglamento Suplementario que Gobierna la Presentación y Recepción de la
Evidencia en Arbitraje Comercial Internacional de la Asociación Internacional de Abogados, edición 28 xx Xxxx de 1983. El tribunal arbitral tendrá el derecho de ordenar la devolución o destrucción de los bienes o de cualquier propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, u ordenar la rescisión del Contrato, u ordenar que se tome cualquier otra medida preventiva con respecto a los bienes, servicios o cualquier otra propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, en forma adecuada, y de conformidad con la autoridad del tribunal arbitral según lo dispuesto en el Artículo 26 (“Medidas Provisionales de Protección”) y el Artículo 32 (“Forma y Efecto de la Adjudicación”) del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI.
El tribunal arbitral no tendrá autoridad para determinar sanciones punitivas. Asimismo, a menos que se exprese de otro modo en el Contrato, el tribunal arbitral no tendrá autoridad alguna para adjudicar intereses que excedan la tasa LIBOR vigente al momento, y cualquier interés deberá ser interés simple únicamente. Las Partes estarán obligadas por el fallo arbitral resultante del citado proceso de arbitraje a modo de resolución final para toda controversia, reclamo o disputa.
18. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
Nada que estuviere estipulado en el presente Contrato o que con el mismo se relacionare, se considerará como renuncia, expresa o tácita, a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas incluyendo a sus órganos subsidiarios.