Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ESENCIALES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD COMUNITARIA, DEL MANTENIMIENTO DE LOS ELEVADORES DEL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO XX XXXXXXX.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del presente pliego el establecimiento de las estipulaciones jurídicas, administrativas, técnicas y económicas con arreglo a las cuales ha de efectuarse el contrato de asistencia para el mantenimiento de los cuatro ascensores y el elevador mini-cargas instalados en el edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, sito en la calle Xxxxx xx Xxxxxx, 1 xx Xxxxxxxx.
Dicha asistencia se realizará conforme a lo establecido en el Anexo III del presente pliego, que formará parte del contrato que se firme con el adjudicatario.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO
En cumplimiento de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, se adjudicará un contrato de asistencia, incluido en el epígrafe CPV (Common Procurement Vocabulary) 50750000-7 – Servicios de mantenimiento de ascensores. La adjudicación se efectuará mediante procedimiento negociado sin publicidad comunitaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 70 y 74 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, en el que se invitará a participar al menos a tres empresas, y el criterio de adjudicación del contrato será exclusivamente el precio ofertado, según se recoge en el presente pliego.
Las partes contratantes quedan sometidas a lo establecido en el presente pliego, y a la Ley 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
- Tramitación: ordinaria.
- Procedimiento: negociado sin publicidad comunitaria, previsto en el artículo 74 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
- Criterio de adjudicación: exclusivamente el precio ofertado.
- Unidad gestora del contrato: Servicios Generales.
- Órgano adjudicador: Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx
El desconocimiento de estas disposiciones y de las cláusulas y anexos xxx xxxxxx no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento.
3.- IMPORTE DEL CONTRATO
3.1. El importe máximo del contrato es de 9.000,00 euros, IVA excluido, que se financiará con cargo a la partida “21300 – Reparación maquinaria, instalaciones y utillaje” del presupuesto de gastos de la Cámara para 2015 y 2016, en proporción a su ejecución contractual y sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
La propuesta económica de los licitadores no podrá superar los 9.000,00 euros, IVA excluido, desestimándose las ofertas cuya cuantía económica sea superior a dicha cifra.
De acuerdo con lo anterior, según lo establecido en la LF 6/2006, y teniendo en cuenta las posibles prórrogas anuales del contrato, el valor estimado del mismo es de 36.000,00, IVA excluido, que se financiarán con cargo a la partida “21300 – Reparación maquinaria, instalaciones y utillaje” del presupuesto de gastos de la Cámara del ejercicio correspondiente, sujeto a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para ello.
3.2. Se advierte a los licitadores que la oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
4.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurídicas, de naturaleza pública o privada, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, solvencia económica y financiera, técnica o profesional, y no se encuentren incursas en causa de prohibición de contratar, conforme a lo establecido en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, requisitos que deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de las ofertas.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con el artículo 10.2 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos. Dicha participación se instrumentará mediante la aportación de un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa. Los contratistas que participen conjuntamente en un contrato responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
En todo caso, los licitadores han de ser personas naturales o jurídicas, cuya finalidad o actividad profesional tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales o se acredite debidamente y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
5.- PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en sobre cerrado en el plazo xx xxxx días naturales a partir de la fecha de remisión de la invitación a participar en el procedimiento, en el Registro General del Parlamento xx Xxxxxxx, calle Xxxxx xx Xxxxxx nº 1 xx Xxxxxxxx, (el horario del Registro General del Parlamento xx Xxxxxxx es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas), o en otros Registros conforme al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuando las proposiciones se envíen por correo o se presenten en otros Registros conforme al citado artículo 38.4, deberá hacerse dentro del plazo establecido, y justificar la fecha y la hora de imposición del envío en la oficina de Correos, o de registro de entrada en otros Registros. Asimismo, se comunicará a la unidad gestora del contrato la remisión de la oferta mediante correo electrónico (en la dirección: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx), fax (en el número 948.228444), telex o telegrama, en el que se consignará la denominación del contrato y el nombre del licitador. El correo electrónico, fax, telex o telegrama deberá haberse remitido igualmente dentro del plazo y horario fijados.
A efectos de justificar que el envío por correo o la presentación en otros Registros se hace dentro de la fecha y hora límites señaladas para la admisión de proposiciones, se exigirá como medio de prueba que en el texto del correo electrónico, fax, telex o telegrama se haga referencia al número de certificado del envío hecho por correo, o en su caso, al número de registro de entrada en el Registro correspondiente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, o si la comunicación de la remisión es recibida con posterioridad al transcurso del plazo establecido para la recepción de proposiciones, la oferta no será admitida.
En cualquier caso, transcurridos los diez días naturales siguientes a la fecha indicada sin haber recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la aceptación incondicional de las cláusulas xxx xxxxxx de condiciones esenciales, y la declaración responsable de que reúne todas las condiciones exigidas para contratar con el Parlamento xx Xxxxxxx.
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, el encargado del Registro extenderá un certificado en el que consten las proposiciones presentadas.
6.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en un único sobre cerrado, identificado en el exterior con el título “Mantenimiento elevadores Parlamento xx Xxxxxxx” y con la denominación, firma y sello de la empresa licitadora.
En el interior de dicho sobre se incluirán dos sobres cerrados, señalados con los números 1 y 2, y su respectivo título, así como la denominación, firma y sello de la empresa licitadora.
En ningún caso podrá aportarse, finalizado el plazo de presentación de proposiciones, documentación complementaria o aclaratoria que no haya sido solicitada expresamente por la unidad gestora.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en participación conjunta con otros licitadores si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. La infracción de esta cláusula dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas que hubiera suscrito.
1) Sobre nº 1: Documentación general.
Toda la documentación a presentar en el sobre nº 1 por los licitadores habrá de ser ORIGINAL o COPIA AUTENTICADA administrativa o notarialmente.
Este sobre contendrá los siguientes documentos:
a) Denominación de la empresa o proponente, NIF, nombre y apellidos de la persona que firme la proposición y el carácter con que lo hace y dirección, teléfono, persona de contacto y correo electrónico para la realización de notificaciones a través de medios telemáticos.
b) Declaración responsable del licitador, conforme al modelo del Anexo I que se adjunta al presente pliego, indicando que cumple las condiciones exigidas para contratar y no se encuentra incurso en causa de exclusión del procedimiento de licitación, que se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y del cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las disposiciones vigentes, y cumple con el convenio laboral del sector. El licitador en cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar la posesión y validez de los documentos exigidos en la cláusula 11 del presente pliego, en el plazo máximo de siete días naturales desde la notificación de la adjudicación.
c) Declaración responsable de tener contratada una póliza de Responsabilidad Civil señalando su importe, que deberá ser superior a 300.000,00 euros por siniestro, con daños personales y/o materiales.
d) Si la proposición es suscrita por licitadores que participen conjuntamente, se incorporará un documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación que corresponde a cada uno y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato hasta la extinción del mismo. El escrito habrá de estar firmado tanto por las diversas empresas concurrentes como por el citado apoderado.
En el caso de existir licitadores que participen conjuntamente, la documentación que se exige en los apartados a y b deberá ser presentada por todos y cada uno de los licitadores que participen.
Cualquier referencia en la documentación de este sobre a precios o a la oferta económica, determinará la exclusión de la licitación.
2) Sobre nº 2: Proposición económica.
En el interior del sobre se incluirá únicamente la proposición económica, que será formulada conforme al modelo que se adjunta como Xxxxx XX a este Pliego.
En el caso de que se presente una proposición económica por licitadores que participen conjuntamente, aquélla deberá estar firmada por la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente al Parlamento xx Xxxxxxx.
7.- CALIFICACIÓN PREVIA DE LOS DOCUMENTOS PRESENTADOS
La unidad gestora del contrato examinará en primer lugar, en acto interno, el contenido del sobre n.º 1 (Documentación general) y calificará los documentos presentados por los licitadores en tiempo y forma, acordándose la admisión o rechazo de los licitadores.
Si la unidad gestora del contrato observara defectos materiales en la documentación presentada podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a cinco días naturales para que el licitador subsane los defectos o complete la documentación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador que en el plazo concedido no subsane los defectos correspondientes.
8.- APERTURA DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS
En el lugar, día y hora que se comunicará por correo electrónico a los licitadores con una antelación mínima de 72 horas, tendrá lugar en acto público la apertura y lectura de los sobres nº 2 de proposiciones económicas presentadas por las empresas admitidas.
Previamente a la apertura, la unidad gestora del contrato notificará, en su caso, las proposiciones rechazadas y causa de su inadmisión, y las proposiciones admitidas.
La unidad gestora del contrato, tras la apertura de las ofertas económicas, elevará a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx dichas propuestas, las actas, la propuesta de adjudicación y las observaciones que estime pertinentes. La unidad gestora del contrato podrá solicitar, antes de formular su propuesta, cuantos informes técnicos considere oportunos en orden a la adjudicación.
9.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación será exclusivamente el precio ofertado, resultando adjudicatario el licitador que presente la oferta más económica.
En caso de empate entre dos o más licitadores, se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que éste no sea inferior al 3 por 100; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste no sea superior al 10 por 100 y, en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género, atendiendo en todos los supuestos a la concurrencia de las citadas circunstancias en el momento de la finalización del plazo de presentación de ofertas.
A tal efecto, se requerirá a las empresas afectadas la documentación pertinente, otorgándoles un plazo de cinco días para su aportación.
En el caso de que en la aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
10.- ADJUDICACIÓN
La Mesa del Parlamento adjudicará el contrato siguiendo el orden de la propuesta presentada por la unidad gestora, salvo que se hubiera formulado con infracción del ordenamiento jurídico o presuma fundadamente que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de bajas desproporcionadas o temerarias, en cuyo caso actuará de conformidad con lo previsto en la legislación vigente. Todo ello sin perjuicio de declarar desierta la licitación por motivos de interés público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92.6 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
La Mesa del Parlamento, previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de veinte días a partir del día siguiente al de la apertura pública de las ofertas.
La resolución de la adjudicación será motivada, deberá especificar los motivos por los que se ha rechazado una oferta y las características o ventajas de la oferta seleccionada, y se notificará a los interesados de conformidad con lo dispuesto en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.
La adjudicación se entenderá condicionada a la presentación de los documentos a que hace referencia la cláusula 11 del presente pliego.
11.- OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
En el plazo máximo de siete días naturales desde el día siguiente a la notificación de la adjudicación, el licitador que haya resultado adjudicatario deberá presentar los siguientes documentos:
1. Documentación acreditativa de la personalidad jurídica y representación:
a) Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV del Decreto Xxxxx 236/2007 de 5 de noviembre, por el que se regula la Junta de Contratación Pública y los procedimientos y registros a su cargo (BON nº 149, de 30 de noviembre de 2007), será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la presentación de copia del
certificado expedido por el registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que se manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Si la empresa no está inscrita en el Registro a que se refiere el párrafo precedente, habrá de acreditar su personalidad y representación a través de los siguientes medios:
b.1.) Si los licitadores son personas jurídicas, copia autenticada notarial o administrativamente de la escritura de constitución o en su caso, de modificación, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuere exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaran las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso en el correspondiente Registro oficial.
Si los licitadores son personas naturales, será obligatoria la presentación de la copia autenticada notarial o administrativamente del DNI o del documento que reglamentariamente le sustituya.
b.2) Copia autenticada notarial o administrativamente de Poder notarial, inscrito en el Registro Mercantil si este requisito fuera exigible conforme a la normativa registral, a favor de la persona que hubiere firmado la proposición en nombre del licitador, y del DNI, o documento que reglamentariamente le sustituya, de la persona apoderada.
Las empresas no españolas acreditarán su capacidad de obrar según lo establecido en los artículos 11.3 y 12 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, y 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
2. En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una unión de empresas, deberán estas acreditar la constitución de la misma en escritura pública dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato, y el nombramiento de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, así como el CIF asignado a dicha unión.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión y por el apoderado.
La responsabilidad será siempre solidaria e indivisible para el conjunto de obligaciones dimanantes del contrato.
3. Certificados positivos, vigentes en la fecha de finalización de presentación de proposiciones, expedidos por las Haciendas que correspondan (Hacienda Xxxxx Navarra y/o Hacienda Estatal y/o Haciendas Forales) y por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativos, respectivamente, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4. Certificado de la empresa aseguradora que acredite la vigencia de seguro de cobertura mínima de 300.000,00 euros por responsabilidad civil por cada siniestro, con daños personales y/o materiales.
En el caso de ofertas presentadas por uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto o por licitadores que participen conjuntamente, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá presentar los certificados señalados.
La falta de aportación de esta documentación supondrá, previa audiencia del adjudicatario, que la adjudicación quede sin efecto, con abono por parte de éste, de una penalización equivalente
al dos por ciento del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda de dicho porcentaje.
12.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará en documento administrativo en el plazo de quince días naturales a contar desde la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación. De acuerdo con el artículo 93 de la LF 6/2006, de Contratos Públicos, en los contratos de asistencia de valor estimado inferior al umbral comunitario, la eficacia de la adjudicación queda suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
Al contrato se unirá como anexo un ejemplar del presente pliego junto con sus correspondientes Anexos, que serán firmados, en prueba de conformidad por el adjudicatario.
Cuando el contrato no pudiera formalizarse por causas imputables al adjudicatario, el Parlamento xx Xxxxxxx, acordará su resolución, previa audiencia del interesado, quien deberá abonar al Parlamento xx Xxxxxxx una cantidad equivalente al dos por ciento del importe estimado del contrato e indemnización complementaria de daños y perjuicios en todo lo que exceda dicho porcentaje.
13.- ENTRADA EN VIGOR Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor el 1 de octubre de 2015. La adjudicación de la asistencia se hará por el plazo de un año, sin perjuicio de la posibilidad de prórroga, que serán anuales. De acuerdo con el artículo 177 de la LFCP 6/2006, este contrato no podrá tener un plazo de vigencia superior a cuatro años, incluidas todas sus prórrogas, que deberán tener carácter expreso.
En ningún caso se entenderá que el contrato ha sido tácitamente prorrogado si no media expresa notificación de la concesión de la prórroga por parte del Parlamento xx Xxxxxxx.
No obstante, cualquiera de las partes y con al menos tres meses de antelación al vencimiento del contrato, podrá comunicar a la otra parte su voluntad de no prorrogar el mismo.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas del presente pliego que sirve de base al contrato, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato establecidas por la legislación vigente.
El contrato se ejecutará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario, sin que éste pueda solicitar alteración de los precios contratados, siendo a su cargo la indemnización de todos los daños que cause al Parlamento xx Xxxxxxx o a terceros por su ejecución.
14.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL.
El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la empresa contratista.
15.- ABONO DEL PRECIO
El servicio de mantenimiento objeto del contrato se abonará trimestralmente. El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en el plazo de 30 días, tras la presentación de la
correspondiente factura, y previa conformidad a la misma de los Servicios Generales de la Cámara.
En el supuesto de prórroga anual, el precio se revisará conforme al índice de garantía de competitividad (IGC) del periodo inmediatamente anterior al inicio de la prórroga, publicado por el INE. Este índice establece una tasa de revisión de precios consistente con la recuperación de competitividad frente a la zona euro, y será igual al índice de precios al consumo armonizado (IPCA) de la UEM menos una parte de la pérdida de competitividad acumulada por España desde 1999.
Cuando la tasa de variación de este índice se sitúe por debajo de 0 por ciento, se tomará este valor como referencia, lo que equivaldría a la aplicación de la regla de no revisión. Cuando la tasa de variación de este índice supere el objetivo a medio plazo de inflación anual del BCE (2
%), se tomará este valor como referencia.
16.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato, además de las señaladas en estas cláusulas administrativas y en los artículos 124 y 181 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, las siguientes:
a) El incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las condiciones establecidas en su oferta o en este pliego, así como las reiteradas deficiencias en el cumplimiento de sus obligaciones.
b) El incumplimiento de las normas laborales y tributarias por parte de la empresa.
Si el contrato se resuelve por causas imputables al adjudicatario deberá indemnizar al Parlamento xx Xxxxxxx por los daños y perjuicios correspondientes.
El Parlamento xx Xxxxxxx podrá dejar sin efecto el contrato antes del vencimiento si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante el resarcimiento de los daños que se causaren en la forma y con los requisitos establecidos en la legislación de Contratos Públicos.
17.-. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN
La Mesa del Parlamento tiene la facultad de interpretar el contrato administrativo a que se refiere el presente Xxxxxx y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por causa de interés público y acordar su resolución dentro de los límites, con sujeción a los requisitos y con los efectos establecidos en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx citada y normativa complementaria.
Los acuerdos que dicte la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el ejercicio de sus competencias de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
18.- RECLAMACIONES, JURISDICCIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 210 y siguientes de la LFCP, las empresas, profesionales e interesados en la licitación y adjudicación de un contrato público, podrán interponer ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx, las reclamaciones en materia de contratación pública contra los actos de trámite o definitivos, que les excluyan de la licitación o perjudiquen sus expectativas, dictados por una entidad sometida a la presente Ley Xxxxx, en los casos y a través de los procedimientos establecidos en el Libro Tercero,
Título II, de la citada ley xxxxx. Todo ello, sin perjuicio de que puedan hacer uso de los recursos administrativos y contenciosos previstos en la legislación vigente.
El contrato que regula el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares tiene naturaleza administrativa. Todas las incidencias que se deriven de su ejecución y de la interpretación por el Parlamento xx Xxxxxxx de las cláusulas del presente pliego serán resueltas en primer término, por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, contra cuyas resoluciones podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxx en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, o mediante recurso potestativo de reposición ante la propia Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx en el plazo de un mes a partir de su notificación.
El contrato a que se refiere el presente Xxxxxx se regirá por lo dispuesto en el mismo y en el Pliego de prescripciones técnicas particulares, y en lo no previsto en los mismos, por la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y demás normativa que resulte de aplicación.
19.- DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
Los licitadores deberán señalar una dirección de correo electrónico en la que se realizarán todas las comunicaciones del Parlamento xx Xxxxxxx, con el adjudicatario y el resto de licitadores, incluida la notificación del Acuerdo de adjudicación aprobado por la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx.
20.- CLÁUSULA DE INFORMACIÓN Y CONSENTIMIENTO (Ley Orgánica 15/1999 de
Protección de Datos de Carácter Personal)
Se le informa de la existencia del fichero automatizado, “Contabilidad y Gestión Económico- Financiera”, con la única finalidad de la gestión administrativa de los expedientes de contratación.
Mediante el envío o la presentación de la documentación solicitada, los licitadores otorgan su consentimiento para el tratamiento autorizado de los datos de carácter personal, contenidos en dicho fichero.
Al mismo tiempo se informa del derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales. Para ejercer estos derechos se deberá dirigir un escrito a la Mesa del Parlamento xx Xxxxxxx, X/ Xxxxx xx Xxxxxx, 0, 00000 Xxxxxxxx (Xxxxxxx), Tfno: 000 000 000, Fax: 000 000 000 o en la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, manifestando su petición al efecto.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES NECESARIAS PARA CONTRATAR
(a incluir en el sobre nº 1 de documentación general)
El que suscribe D/X.x , con D.N.I. nº
actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en
,
, calle
Informado del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad comunitaria, del mantenimiento de los elevadores instalados en el edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx Xxxxxx de condiciones esenciales que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA
Que la empresa cumple las condiciones exigidas para la contratación de dicha asistencia, y que no está incursa en ninguna de las causas de exclusión señaladas en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Que la empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Que la empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones de seguridad y salud en el trabajo y de prevención de riesgos laborales impuestas por las obligaciones vigentes.
Que la empresa cumple con el convenio laboral del sector.
En , a de de 2015
Firma y sello del licitador
ANEXO II
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA
(a incluir en el sobre nº 2 de proposición económica)
El que suscribe D/X.x , con D.N.I. nº
actuando en representación de la empresa
en calidad de , con CIF nº
y domiciliada en
,
, calle
Informado del procedimiento para la contratación, mediante procedimiento negociado sin publicidad comunitaria, del mantenimiento de los elevadores instalados en el edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, y xxx Xxxxxx de condiciones esenciales que rige la licitación, cuyo contenido conoce y acepta incondicionalmente,
DECLARA que cumple las condiciones exigidas para la contratación de dicho suministro e instalación, y presenta la siguiente oferta:
Importe anual mantenimiento: euros, IVA excluido.
En , a de de 2015
Firma y sello del licitador
ANEXO III
CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO DE LOS ELEVADORES INSTALADOS EN EL EDIFICIO SEDE DEL PARLAMENTO XX XXXXXXX
1. OBJETO DEL CONTRATO
Los elevadores objeto del contrato de mantenimiento están instalados en el edificio sede del Parlamento xx Xxxxxxx, sito en la calle Xxxxx xx Xxxxxx, 1 xx Xxxxxxxx, y son los siguientes:
Nº instalación | Nº RAE | Carga (Kgr) | Capacidad (personas) | Año fabricación | Nº accesos | |
Ascensor Schindler | 19082002674 | 009374 | 1.000 | 13 | 26.06.2002 | 6 |
Ascensor Schindler | 19082003657 | 009372 | 600 | 8 | 26.06.2002 | 5 |
Ascensor Schindler | 19082003668 | 009373 | 600 | 8 | 26.06.2002 | 5 |
Ascensor hidráulico Schindler | 19082003085 | 009375 | 600 | 8 | 26.06.2002 | 3 |
Mini-cargas MH hidráulico Hidral | 19082004007 | 100 | --- | 2002 | 2 |
2. ALCANCE DEL MANTENIMIENTO
El adjudicatario se compromete a revisar, inspeccionar y efectuar el mantenimiento preventivo de los elevadores y realizar las operaciones descritas a continuación, usando métodos de mantenimiento reconocidos y de acuerdo con la legislación vigente. En todo momento observará las disposiciones legales que incluyen seguridad y demás disposiciones de organizaciones de normalización nacionales e internacionales que sean aplicables.
a) Inspecciones periódicas de mantenimiento preventivo.
Comprenderán, como mínimo, lo siguiente:
- comprobación del funcionamiento y ajuste de la unidad de tracción, medios de suspensión, caja del reductor, frenos, polea y tambor de tracción, cables, polea de desvío, puertas de hueco y guías de los ascensores.
- lubricación de los componentes mencionados en la medida adecuada al uso de los ascensores.
- comprobación y ajuste de las condiciones de viaje de los ascensores, en especial de su precisión xx xxxxxx.
- verificación funcional de la conexión, maniobra, monitorización y demás equipos de seguridad, y de los displays y equipos de iluminación.
- comprobación del funcionamiento del sistema de llamadas de emergencia y de las medidas prescritas para el rescate de pasajeros.
- comprobación de funcionamiento y posibles daños de los ascensores.
- revisión del nivel de aceite de la unidad de tracción.
- en la medida requerida para mantener la instalación en funcionamiento, limpieza de la suciedad que se origine dentro de la instalación en los componentes anteriormente mencionados.
- dos veces al año, limpieza de la suciedad acumulada en el cuarto de máquinas, el techo de la cabina y el foso del hueco.
- en el caso del mini-cargas, el mantenimiento preventivo consistirá en la revisión periódica de la instalación, prestando especial atención al estado de los elementos y dispositivos de seguridad (mecánicos, eléctricos, o electrónicos) y ejecutando los trabajos preventivos y los ajustes necesarios para el correcto funcionamiento de la instalación.
Tras cada revisión, se informará por escrito al Parlamento de los aparatos que no ofrezcan garantías de correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento, o no cumplan las disposiciones vigentes que les sean aplicables.
Dicho informe será razonado técnicamente e irá acompañado de un plazo para subsanar las deficiencias.
b) Fallos de funcionamiento.
El adjudicatario corregirá sin cargo para el Parlamento xx Xxxxxxx los fallos de funcionamiento que se detecten durante las inspecciones periódicas del mantenimiento preventivo, o que se produzcan durante la jornada, en horario de lunes a viernes de 8:30 a 21:00 y sábados de 9:30 a 18:00 horas, y sean puestos en su conocimiento por el Parlamento xx Xxxxxxx. Este servicio incluye el desplazamiento del técnico a las instalaciones del Parlamento xx Xxxxxxx, así como el tiempo necesario para la resolución de la incidencia detectada, siempre que esta sea posible. Los servicios realizados fuera de estas horas se facturarán por separado como cargo adicional.
El tiempo máximo de respuesta para los avisos de avería será de dos horas, entendiéndose por tal el tiempo transcurrido entre la comunicación de la emergencia y hasta que un determinado equipo de especialistas está en disposición física de proceder a su solución.
Si la avería no puede ser corregida en el momento por ser necesario material de repuesto, primero se realizarán, sin coste alguno, todas las tareas necesarias para eliminar cualquier riesgo a las personas o bienes. En segundo lugar, se presentará presupuesto de reparación desglosado en material y mano de obra para su aprobación por el Parlamento xx Xxxxxxx.
El tiempo de reparación de los elevadores será como máximo de quince días, salvo que por razones técnicas debidamente justificadas por la adjudicataria sea necesario un plazo de tiempo superior. En este caso, la empresa comunicará de forma inmediata y aportando un informe escrito al Parlamento xx Xxxxxxx, las circunstancias de la anomalía o deficiencia advertida y el periodo de tiempo exigible para su reparación. En todo caso, la empresa mantenedora se compromete a poner todos los medios a su alcance para proponer al Parlamento xx Xxxxxxx una solución provisional en vistas a la utilización del elevador averiado hasta su solución definitiva.
c) Reparaciones y recambios.
El adjudicatario vendrá obligado a instalar piezas certificadas y homologadas para la seguridad de la máquina, así como de los usuarios, quedando expresamente prohibido el uso de piezas de bajo coste sin garantía de fábrica que no garantice ni el buen funcionamiento ni la seguridad de los ascensores a corto o a largo plazo.
El adjudicatario reparará o sustituirá por su propia cuenta los componentes que sea necesario reponer debido al desgaste o rotura, por ejemplo: elementos del limitador de velocidad, del freno, selectores mecánicos de pisos, elementos de accionamiento de puertas, del operador de la puerta y polea de desvío, siempre que estos trabajos no obliguen a la sustitución de componentes principales de la instalación y sus características técnicas. Asimismo sustituirá las lámparas dañadas o defectuosas de la cabina durante las inspecciones periódicas del mantenimiento preventivo.
El adjudicatario sustituirá a tiempo los cables de tracción, los cables del selector mecánico de pisos, las poleas de tracción, los volantes de tracción, y las mangas de maniobras, con el fin de garantizar la seguridad de las instalaciones.
También cambiará el aceite de las unidades de tracción de los elevadores, de acuerdo a las instrucciones del fabricante y eliminará convenientemente el aceite.
Todas las reparaciones estarán garantizadas por un plazo de un año a partir de la finalización de los trabajos.
d) Centro de atención de avisos para emergencias.
El adjudicatario dispondrá de un Centro de atención de avisos propio para atender, los 365 días al año y durante las 24 horas del día, las llamadas de emergencia que pudieran producirse, tanto desde el teléfono de la cabina del ascensor como del exterior.
Se entiende como emergencia todo requerimiento de intervención para rescatar personas encerradas en la cabina, ascensores parados que impiden el desplazamiento de usuarios discapacitados o de capacidad física disminuida, y en accidentes en que se producen o se puedan producir daños a personas físicas o cosas. El tiempo máximo de respuesta será de media hora, entendiéndose por tal el tiempo transcurrido entre la comunicación de la emergencia y hasta que un determinado equipo de especialistas está en disposición física de proceder a su solución.
e) Servicios excluidos.
No se incluyen en el contrato, y por tanto serán objeto de facturación aparte, los trabajos que se detallan a continuación, para los que se requerirá presentación previa de presupuesto y la correspondiente autorización del Parlamento xx Xxxxxxx para su ejecución.
El mantenimiento que resulte necesario por actos de fuerza mayor, abuso o uso indebido de las instalaciones, sobrecarga, vandalismo, fuego, agua, humedad o sobretensión de las líneas de alimentación eléctrica. Igualmente, las mejoras técnicas, modificaciones reglamentarias y adaptaciones a nuevas disposiciones recomendadas u ordenadas por los organismos oficiales responsables. También quedan excluidas las reparaciones o sustitución de elementos estructurales del edificio y de elementos no incluidos en la instalación original.
f) Inspecciones Periódicas Reglamentarias I.P.R.
El adjudicatario comunicará al Parlamento xx Xxxxxxx con la suficiente antelación la fecha en que le corresponden las inspecciones oficiales reglamentarias y le proporcionará apoyo, asistencia y asesoramiento técnico durante las mismas. Los servicios prestados por los Órganos de Control Autorizados (O.C.A.) ajenos al adjudicatario, no estarán cubiertos por el contrato.
g) Obligaciones del Parlamento xx Xxxxxxx
El Parlamento xx Xxxxxxx impedirá el acceso a las instalaciones de las personas no autorizadas de acuerdo con la vigente reglamentación, sin el previo conocimiento y la presencia de los técnicos responsables del adjudicatario.
El Parlamento xx Xxxxxxx informará al adjudicatario de cualquier situación anómala o maniobra extraña que pudiera poner en riesgo la seguridad de las personas y a mantener fuera de servicio el aparato elevador afectado, hasta la eliminación de la incidencia.
Para poder realizar la asistencia, el Parlamento xx Xxxxxxx permitirá al adjudicatario el acceso a todos los componentes de la instalación en todo momento. Asimismo, le comunicará con la suficiente antelación cualquier modificación del edificio que pudiera impedir el funcionamiento normal de los elevadores.
h) Medios personales
La empresa adjudicataria designará un responsable directo como interlocutor con el Parlamento xx Xxxxxxx, que tendrá facultades de dirección, control y supervisión del servicio con el que habrá de relacionarse para la correcta ejecución del contrato, y atenderá las incidencias relacionadas con el mismo (facturación, preparación de presupuestos, inspecciones de industria, etc.)