EXCMO. AYUNTAMIENTO
EXCMO. AYUNTAMIENTO
MUY NOBLE Y MUY XXXX CIUDAD
Xx. Xxx Xxxxx, 0 – Tel. 000 00 00 00 – Fax 000 00 00 00
00000 XXXXX (Xxxxxxx)
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EL CONTRATO DE CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN REMODELACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL BAR “CASA DE LA BARCA”.
PRIMERA.- Objeto.-
Este Pliego tiene por objeto establecer las condiciones técnicas que han de regir durante la vigencia del contrato de CONCESIÓN DE OBRA PÚBLICA CONSISTENTE EN REMODELACIÓN Y EXPLOTACIÓN DEL BAR “CASA DE LA BARCA” .
SEGUNDA.- Precios y Horario.-
El horario de cierre del bar no sobrepasará el límite marcado por la normativa en vigor para esta clase de establecimientos, y los precios a percibir por los servicios que se presten serán los permitidos, igualmente, para esta clase de establecimientos.
La lista de precios de los productos ofertados, IVA incluido, deberá estar expuesta al público en lugar visible.
TERCERA.- Derechos del adjudicatario.-
El adjudicatario tendrá derecho a usar con la debida diligencia las instalaciones en las que se prestará el servicio objeto de este contrato.
CUARTA.- Obligaciones del adjudicatario.-
- Prestar el servicio objeto de este contrato de forma ininterrumpida durante el plazo contractual, y dentro del horario permitido, para lo cual deberá cotizar en el régimen correspondiente de la Seguridad Social, y contar con un número suficiente de personal contratado bajo su responsabilidad, que no tendrá vinculación alguna con el Ayuntamiento xx Xxxxx.
- Cumplir todas las disposiciones vigentes en materia tributaria, fiscal, laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud laboral, y cualesquiera otras que puedan resultar aplicables por razón de la materia.
- Obtener todos los permisos, autorizaciones y seguros que fueren necesarios para una correcta prestación del servicio objeto de este contrato.
- Abonar el canon correspondiente según lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
- Mantener en buen estado las instalaciones puestas a su disposición para la prestación del servicio, debiendo reponer cualquier elemento que se deteriore o inutilice por el uso o por la explotación del servicio. El material a reponer deberá ser de la misma calidad y diseño que el inutilizado, o, si ello no fuera posible, el más similar que se ofrezca en el mercado.
- Indemnizar a los terceros los daños que les ocasione el funcionamiento del servicio objeto de este contrato, salvo si el daño se derivare de actos realizados en cumplimiento de una orden impuesta por el Ayuntamiento, que deberá figurar por escrito.
- Solicitar autorización del Ayuntamiento para realizar cualquier obra en las instalaciones en las que se presta el servicio. En caso de realizar alguna obra, una vez obtenida la autorización municipal correspondiente, serán de cuenta del contratista, y quedarán en propiedad del Ayuntamiento, una vez extinguido el contrato, sin que el contratista pueda reclamar cantidad alguna por dicho concepto.
- Mantener las instalaciones en perfecto estado de limpieza, higiene, ornato y salubridad, siendo los productos de su cuenta y cargo y realizando las labores correspondientes en horario que no cause molestias a los usuarios del servicio.
- Destinar el bar al uso exclusivo de su finalidad.
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- Serán igualmente de cuenta del contratista la realización de los controles bacteriológicos y de calidad procedentes, así como la desinsectación, desratización y desinfección general de las instalaciones.
- El contratista abonará directamente a las empresas suministradoras los recibos correspondientes en concepto de agua, gas, energía eléctrica y teléfono, desde el momento de la formalización del contrato.
- Deberá, asimismo, abonar cualquier tributo o concepto no tributario que sea procedente por la prestación del servicio.
- Abonar los daños que puedan ocasionarse en el local que se entrega con motivo de la prestación del servicio. A estos efectos, deberá formalizar una póliza de seguros específica para el sector de hostelería, en la que se incluyan las coberturas de responsabilidad civil, daños materiales y otras garantías adicionales, por importe mínimo de 300.000 euros, que cubra el valor del continente y contenido que figura en el inventario anexo a este Pliego. En el momento de la formalización del contrato esta póliza deberá estar en vigor, y lo mantendrá durante todo el plazo contractual. En el momento de efectuar el pago del canon se aportará fotocopia compulsada de la póliza, y anualmente, del recibo correspondiente, en la Tesorería Municipal.
- Devolver las instalaciones, a la finalización del contrato, en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, teniendo derecho a retirar, exclusivamente, las mesas, sillas, electrodomésticos, etc. que haya aportado, pero no las instalaciones o elementos que, en su caso, haya incorporado de manera fija, contando con la autorización del Ayuntamiento.
- El adjudicatario y las personas por él encargadas de trabajar en el establecimiento tendrán carnet de manipulador de alimentos.
- Abandonar y dejar libre y a disposición del Ayuntamiento el bar al finalizar el plazo de la concesión, reconociendo expresamente por esta cláusula la potestad de la Administración Municipal para acordar y ejecutar por sí el lanzamiento en caso contrario.
- Asear los servicios y limpiar el aula del edificio de la pista de conducir al día siguiente de los exámenes.
Xxxxx, 00 xx xxxxx xx 0000 XX XXXXXXX,
Xxx. : Xxxx Xxxxxx XXXXXX XXXXXXXXXX
DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Pliego se ha aprobado por Resolución de la Alcaldía de fecha Xxxxx, 10 de julio de 2012.
Coria, 00 xx xxxxx xx 0000 XX XXXXXXXXXX GENERAL,
Fdo.: Xxxxxx XXXXXXX XXXXXX