Contract
CONTRATO DE SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE MI- CROSOFT WINDOWS SERVER PARA LOS SISTEMAS DE INFOR- MACIÓN DE LA AGENCIA DE OBRA PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA (AOPJA).
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES.
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EXPEDIENTE: GGI0298PAT0
TIPO XXXXXX | |
XXXXXX DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES | GGI0298PAT0 |
Agencia de Obra Xxxxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxxx, 0000
xxx.xxxxxxxxxxxx.xx xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xx CIF: X0000000X
Servicios Centrales
Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx 0. 00000 Xxxxxxx Teléfono: 00 000 00 00
Fax: 00 000 00 00
Centro de Trabajo de Granada
Dirección postal: Xxxx. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx x/x, 00000 Xxxxxxx Teléfono: 000 00 00 00
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Fax: 000 00 00 00
Centro de Trabajo de Málaga
Dirección postal: X/ Xxxxxxx 00, xxxxxxx X/ Xxxxxx xxx Xxxxxx, 00000 Xxxxxx Teléfono: 000 000 000
Fax: 000 000 000
ÍNDICE
1 OBJETO
2 EL PROVEEDOR
3 DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
4 ALCANCE DEL SUMINISTRO
5 PLAZO DE ENTREGA
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6 CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
TIPO PLIEGO | 3 | |
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULA- RES | GAA0105OSV0 | |
1 OBJETO
El presente Pliego tiene por objeto definir el alcance de los servicios de mantenimiento o suscripción de licencias de software de herramientas CAD, Mediciones y presupuestos y software base de Explotación de infraestructuras de la Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (En lo sucesivo AOPJA.) relacionado en el presente documento, de acuerdo con el alcance descrito en el punto 4 del mismo.
2 EL PROVEEDOR
El licitador que resulte adjudicatario del contrato de suministro, recibe la denominación de Proveedor Adjudicatario o más abreviadamente Proveedor.
El Proveedor se responsabilizará, enteramente de la exactitud de los trabajos y del cum- plimiento y formalización de todas las relaciones contractuales relacionadas en este Plie- go.
3 DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
El Gerente de los trabajos, en adelante Gerente del Contrato, será el técnico que resulte nombrado por parte de la AOPJA a tal efecto.
El Gerente del Contrato desempeñará funciones de inspección técnica, administrativa y económica, estableciendo los criterios y líneas generales de la actuación del Proveedor, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetos perseguidos por la AOPJA.
Durante el desarrollo de los trabajos, todas las relaciones directas del Proveedor con la AOPJA. se desarrollarán a través del Gerente del Contrato, de no expresarse en otro sentido el presente pliego.
4 ALCANCE DEL SUMINISTRO
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En la actualidad, dentro de la infraestructura de sistemas de información de la Agen- cia de Obra Pública de la Junta de Andalucía (AOPJA), se encuentran en explotación un conjunto de servidores dotados de sistema operativo Windows Server 2012 R2 tanto en entorno físico como virtual.
De acuerdo con la información de ciclo de vida de soporte de Microsoft publicado ac- tualmente, el fabricante ha establecido la finalización del soporte técnico extendido de Windows Server 2012 R2 en sus diferentes versiones el día 10.10.2023.
En virtud de lo expuesto, el objeto de este concurso es la adquisición de la licencias xx
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Microsoft Windows 2022 necesarias par cada uno de los servidores que en la actualidad disponen de licencias de Windows Server 2012 R2 o que son de reciente adquisición y ca- recen de ellas actualmente.
El objeto del presente expediente de contratación tiene por objeto el suministro de las licencias de Microsoft Windows Server Datacenter 2022 y Microsoft Windows Server Standard 2022 para los siguientes servidores y cores, ubicados en las diferentes sedes.
Sede | Numero Servidores | Descripción | Numero Cores por Servidor | Total Cores Datacenter | Total Cores Standard |
CPD CICA | 3 | Lic. Windows Server 2022 DataCenter | 32 | 96 | |
CPD CICA | 2 | Lic. Windows Server 2022 Estándar | 16 | 32 | |
SSCC Sevilla | 2 | Lic. Windows Server 2022 Estándar | 16 | 32 | |
Sede Chiclana | 1 | Lic. Windows Server 2022 Estándar | 16 | 16 | |
Nº Cores/ Tipo de Lic. | 96 | 80 |
Nº Cores/ Tipo de Lic. | N.º Licencias 2 Cores | Descripción | SKU | Importe Unitario Estimado | Subtotal |
96 | 48 | Licencias Microsoft Windows Server DataCenter Core 2022 SLng 2L | 9EA-01291 | 750 | 36.000,00 |
80 | 40 | Licencias Microsoft Windows Server Standard Core 2022 SLng 2L | 9EM-00832 | 135 | 5.400,00 |
Total sin IVA | 41.400,00 |
Las licencias objeto del presente expediente de contratación deberán ser modalidad Select Plus para la Administración Pública, sin software assurance.
El suministro incluirá los servicios de asistencia técnica necesaria, en su caso, para las tareas de suscripción o activación de las licencias mediante el procedimiento establecido por el fabricante de las mismas.
5 PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega para las licencias objeto del presente concurso será de un máximo de 30 días naturales.
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6 CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO Información necesaria para la realización de los trabajos.
La AOPJA, facilitará a la empresa adjudicataria cuanta información sea necesaria para la realización de los trabajos y relacionada con las materias objeto del mismo. Toda la información que se proporcione será considerada confidencial y no podrá ser utilizada en ningún caso, a menos que se cuente con la autorización expresa por escrito de la AOPJA.
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Propiedad intelectual de los Trabajos.
Todos los estudios y documentos, así como los productos y subproductos elabora- dos por el contratista como consecuencia de la ejecución del presente contrato serán propiedad de la AOPJA, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o par- cialmente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor material de los trabajos. El adjudicatario renunciará expresamente a cualquier derecho que sobre los trabajos realizados como consecuencia de la ejecución del presente contrato pudiera correspon- derle, y no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos utiliza- dos o elaborados en base a este pliego de condiciones, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, original o reproducida, sin autorización expresa de la AOPJA, espe- cíficamente todos los derechos de explotación y titularidad de las aplicaciones informá- ticas y programas de ordenador desarrollados al amparo de esta contratación, corres- ponden únicamente a la AOPJA.
La presente cláusula no será de aplicación a los productos y herramientas preexis- tentes empleados para la ejecución del contrato protegidos por derechos industriales o de propiedad intelectual.
Seguridad.
Las proposiciones deberán garantizar el cumplimiento de los principios básicos y re- quisitos mínimos requeridos para una protección adecuada de la información que cons- tituyen el Esquema Nacional de Seguridad (ENS), regulado por el Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
En concreto, se deberá asegurar el acceso, integridad, disponibilidad, autenticidad, confidencialidad, trazabilidad y conservación de los datos, informaciones y servicios utilizados en medios electrónicos que son objeto de la presente contratación. Para lo- grar esto, se aplicarán las medidas de seguridad indicadas en el anexo II del ENS, en función de los tipos de activos presentes y las dimensiones de información relevantes, considerando las categorías de seguridad en las que recaen los sistemas de información objeto de la contratación según los criterios establecidos en el anexo I del ENS.
Los sistemas objeto del presente concurso alcanzan la categoría de seguridad BÁSI- CA.
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Deberá también tenerse en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1/2011, de 11 de enero, por el que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía (modificado por el De- creto 70/2017, de 6 xx xxxxx) y en su desarrollo a partir de la Orden de 9 xx xxxxx de 2016, por la que se efectúa el desarrollo de la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones en la Administración de la Junta de Andalucía y normativa asociada.
Se atenderá también a la normativa interna de la AOPJA en materia de Seguridad TIC.
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Además, se deberá atender a las mejores prácticas sobre seguridad recogidas en las series de documentos CCN-STIC (Centro Criptológico Nacional - Seguridad de las Tecno- logías de Información y Comunicaciones), disponibles en la web del CERT del Centro Criptológico Nacional (xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/), así como a las guías y procedimien- tos aplicables elaborados por la Unidad de Seguridad TIC Corporativa de la Junta de Andalucía.
Interoperabilidad.
Las ofertas garantizarán un adecuado nivel de inteoperabilidad técnica, semántica y organizativa, conforme a las estipulaciones del Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica (ENI). En concreto, se cumplirán las Nor- mas Técnicas de Interoperabilidad establecidas por dicho esquema. Se cuidarán espe- cialmente los aspectos de interoperabilidad orientados a la ciudadanía, de tal forma que se evite la discriminación a los ciudadanos por razón de sus elecciones tecnológi- cas.
El sistema implantará los protocolos ENIDOCWS y ENIEXPWS para que los documen- tos y expedientes electrónicos que se gestionen en el mismo puedan, a partir de sus có- digos seguros de verificación, ser puestos a disposición e interoperar de manera estan- darizada con otros sistemas y repositorios electrónicos de la Junta de Andalucía, así como remitirse a otras Administraciones si procede.
También se atenderá a los modelos de datos sectoriales relativos a materias sujetas a intercambio de información con la ciudadanía, otras Administraciones Públicas y enti- dades, publicados en el Centro de Interoperabilidad Semántica de la Administración (CISE) que resulten de aplicación.
En relación con el desarrollo de soluciones para la tramitación electrónica de los procedimientos, en todo caso se garantizará la plena interoperabilidad de las solucio- nes implantadas, de acuerdo con el art. 37.4 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización orga- nizativa de la Junta de Andalucía.
Gestión de Usuarios y Control de accesos.
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En todo lo relativo a la implementación de la funcionalidad de gestión de usuarios y control de accesos del sistema de información a desarrollar, se tendrán en cuenta las estipulaciones que sobre seguridad hace la legislación vigente en materia de tratamien- to de datos personales, Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Con- sejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que res- pecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como de la legislación nacional vigente en materia de protección de datos, y el Real De- creto 3/2010 por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, modificado por el Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre.
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En particular, se perseguirá:
•la correcta identificación de los usuarios (medida op.acc.1 del anexo II del ENS).
•la adecuada gestión de derechos de acceso (medida op.acc.4).
•la correcta selección e implantación de los mecanismos de autenticación (medida op.acc.5).
a) En relación con las directrices corporativas que se creen en materia de gestión de identidades.
En todo lo relativo a la implementación de la funcionalidad de gestión de usuarios y control de accesos del sistema de información a desarrollar (roles, gestión de login y pa- ssword, ) se deberán respetar las directrices que la Junta de Andalucía elabore en lo
referente a la gestión de identidades y en su caso, adaptándose a la solución de single sign-on que la Junta haya provisto. Dichas Directrices se proporcionarán con la suficien- te antelación, aportando la documentación técnica existente para tal fin.
b) En el caso de que en alguno de los sistemas, aplicaciones, herramientas, etc. objeto de contratación se gestionen trámites y actuaciones que se realizan con la Administra- ción de la Junta de Andalucía por razón de la condición de empleado público.
El sistema deberá admitir, para los trámites y actuaciones que su personal realice con ella por razón de su condición de empleado público, el sistema de identificación de la plataforma de Gestión Unificada de Identidades de Andalucía (GUIA) de acuerdo con el artículo 25.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electróni- ca, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Anda- xxxxx.
Uso de infraestructuras TIC y herramientas corporativas.
En el marco de lo dispuesto sobre el impulso de los medios electrónicos en el art.
36.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplifi- cación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, se tendrán en cuenta todas las infraestructuras TIC (sistemas de información, tecnologías, frameworks, librerías software, etc.) que en la Junta de Andalucía tenga la considera- ción de corporativas u horizontales y sean susceptibles de su utilización. Se considera- rán, entre otras, las siguientes:
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• Para el modelado y tramitación de los flujos de trabajo ligados a procedimientos administrativos se deberá utilizar el tramitador XXXX@ y herramientas asociadas (eximiéndose de esta obligación en El certifiel caso de flujos de trabajo que no es- tén ligados a procedimientos).
• @firma: la plataforma corporativa de autenticación y firma electrónica para los procedimientos administrativos, trámites y servicios de la Administración de la Junta de Andalucía.
• Autoridad de Sellado de Tiempo de la Junta de Andalucía.
• @ries: el registro unificado de entrada/salida.
• notific@: prestador de servicios de notificación.
• LDAP del correo corporativo para la identificación y autenticación de usuarios, hasta que se
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produzca la implantación definitiva del Directorio Corporativo de la Junta de An- dalucía.
• port@firma: gestor de firma electrónica interna.
• etc.
Metodología
Tanto para la organización del trabajo como para las fases de desarrollo y los pro- ductos a obtener se tendrá como referencia la metodología para la planificación y el de- sarrollo de sistemas de información METRICA v3 publicada por el Ministerio de Adminis- traciones Públicas. Dadas las especiales características de este trabajo, los procesos y las actividades que indica la metodología se adaptarán al mismo con el objeto de con- seguir la mayor eficacia en su desarrollo. Las empresas oferentes indicarán en el docu- mento técnico que presenten la adecuación metodológica al proyecto que proponen.
La Dirección del Proyecto aprobará al comienzo del mismo las directrices metodoló- gicas e interpretará de igual modo las posibles dudas que sobre su aplicación puedan surgir a lo largo de la ejecución del proyecto.
Conformidad con los xxxxxx metodológicos de desarrollo de software de la Junta de Andalucía.
Durante la realización de los trabajos se tendrán en cuenta los recursos proporciona- dos por los xxxxxx metodológicos vigentes de desarrollo de software en la Junta de An- dalucía, así como las pautas y procedimientos definidos en éstos.
Accesibilidad
Todos los sitios webs y aplicaciones para dispositivos móviles desarrollados o que sean mejorados de manera significativa en el marco del presente contrato deberán ser accesibles para sus personas usuarias y, en particular, para las personas mayores y per- sonas con discapacidad, de modo que sus contenidos sean perceptibles, operables, comprensibles y robustos. La accesibilidad se tendrá presente de forma integral en el proceso de diseño, gestión, mantenimiento y actualización de contenidos de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles.
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En este ámbito se deberán cumplir lo establecido por el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. En particular, se deberán cumplir los requisitos pertinentes de la norma UNE-EN 301-549:2019, de Requisitos de accesibilidad de productos y servi- cios TIC, o de las actualizaciones de dicha norma, así como de las normas armonizadas y especificaciones técnicas en la materia que se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea y/o hayan sido adoptadas mediante actos de ejecución de la Comisión Europea.
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Por último, como obliga la normativa se deberá realizar al menos una revisión anual de la accesibilidad de los sitios web y sistemas desarrollados o mejorados de manera significativa en el marco del contrato, así como actualizar y en su caso, elaborar, la co- rrespondiente Declaración de accesibilidad de conformidad con el modelo europeo es- tablecido Decisión de Ejecución (UE) 2018/1523 de la Comisión de 11 de octubre de 2018 por la que se establece un modelo de declaración de accesibilidad de conformidad con la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la accesibi- lidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.
Normalización xx xxxxxxx y registros administrativos.
Con la finalidad de asegurar la compatibilidad e interoperabilidad con otras fuentes y registros administrativos, el tratamiento de variables demográficas (sexo, edad, país de naci- miento, nacionalidad, estado civil, composición del hogar), geográficas (país, región y provincia, municipio y entidad de población, dirección, coordenadas) o socioeconómicas (situación labo- ral, situación profesional, ocupación, sector de actividad en el empleo, nivel más alto de estu- dios terminado) que se haga en el sistema seguirá las reglas para la normalización en la codifica- ción de variables publicadas por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía accesibles a través de la URL:
xxxx://xxx.xxxx.xxxxx-xxxxxxxxx.xx/xxxxxx/xxx/xxxxxxxxxxxxx/XxxXxxxxxxxxxxxx.xxx
Apertura de Datos.
El diseño y desarrollo informático deberá facilitar el acceso y descarga de todos los datos exis- tentes en la aplicación, así como posibilitar su publicación en el Portal de Datos Abiertos de la Junta de Andalucía. Los datos se proporcionaran en formatos estructurados, abiertos e intero- perables, de acuerdo con la normativa vigente de publicidad y reutilización de información pú- blica.
Los sistemas de información desarrollados deberán permitir la descarga de todos los datos en bruto y desagregados en varios formatos no propietarios como, por ejemplo, CSV, JSON, XML o también un estándar de facto como EXCEL (de las tablas que constituyan el núcleo de la aplica - ción, así como las tablas auxiliares para su interpretación) preferiblemente mediante API REST (interfaz de programación de aplicaciones), basado en estándares abiertos que permitirá el ac- ceso automático a los datos y en tiempo real.
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Si los anteriores conjuntos de datos contienen información de carácter personal, se realizaran la extracción de datos mediante un proceso de disociación o anonimización que garantice el cum - plimiento de la Ley de Protección de Datos.
Apertura de Servicios.
Las ofertas presentadas deberán estar orientadas a la estrategia “API First”, teniéndose en cuen- ta la necesidad de definir y publicar servicios comunes que puedan ser consumidos desde varios canales, sistemas u organismos. Este enfoque esta basado en definir en la fase inicial una API xx
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servicios externos e internos de la organización o sistema, para que los distintos interlocutores y canales puedan utilizar los servicios de la API en cuanto se publique.
La especificación OpenAPI (OAS) define un estándar para la descripción de APIs REST, que per- mite tanto a humanos como a servicios de integración descubrir y entender las capacidades y características de un servicio sin necesidad de acceder a los detalles de implementación del có- digo fuente, documentación técnica, o detalles del trafico de mensajes. Los servicios definidos apropiadamente a partir del estándar OpenAPI, permiten que un consumidor pueda entender e interactuar con un servicio remoto a partir de una implementación mínima.
En concreto, la definición de los servicios de la API se realizara cumpliendo las especificaciones OpenAPI establecidas por dicha organización (OAS). En relación a los estándares a emplear en el marco del presente contrato, las ofertas deben garantizar el cumplimiento y utilización del es- tándar y normas establecidas por OpenAPI, en los casos que fuese necesario.
Protección de Datos de Carácter Personal.
La empresa adjudicataria, en cumplimiento de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales”, únicamente tratará los da- tos de carácter personal a los que tenga acceso en el marco del presente contrato conforme a las instrucciones de la AOPJA, y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al estipulado, ni los co - municará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
En el caso de que la empresa, o cualquiera de sus miembros, destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será responsable de las infracciones cometidas. Una vez finalizada la relación contractual, los datos de carácter per- sonal tratados por la adjudicataria, así como el resultado del tratamiento obtenido, deberán ser destruidos o devueltos a la AOPJA en el momento en que ésta lo solicite.
Formato de la Documentación.
Toda la documentación generada será entregada en soporte electrónico, en los for- xxxxx ODF (ISO 26300) y/o PDF/A (ISO 19005-1:2005). La documentación podrá ser com- plementada en otros formatos, con el consentimiento expreso de la AOPJA.
Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxx
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Jefe del Área de Calidad, Organización y Sistemas de Información. Agencia de Obra Pública de la Junta de Andalucía.
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