CUENTA UNO PAGATODO
CUENTA UNO PAGATODO
CONTRATO DE DEPÓSITO BANCARIO DE DINERO A LA VISTA, (EN LO SUCESIVO, EL “CONTRATO”), QUE DE COMÚN ACUERDO CELEBRAN POR UNA PARTE, COMO DEPOSITARIO, BANCO PAGATODO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, (EN LO SUCESIVO “PAGATODO”), Y POR LA OTRA PARTE, COMO DEPOSITANTE LA PERSONA FÍSICA QUE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LA CIRCULAR 3/2012 ADQUIERE UNA CUENTA NIVEL 1 (EN LO SUCESIVO DENOMINADOS INDISTINTAMENTE EN LO INDIVIDUAL Y/O EN SU CONJUNTO COMO, EL “CLIENTE”), DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES, TÉRMINOS Y CONDICIONES.
DECLARACIONES
Declara PagaTodo bajo protesta de decir verdad que:
I. Es una sociedad anónima debidamente constituida conforme a la legislación mexicana y autorizada para operar como Institución de Banca Múltiple.
II. Sus representantes cuentan con las facultades necesarias para celebrar el presente Contrato y obligarse en los términos del mismo en representación de PagaTodo, mismas que a la fecha no les han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.
Declara el Cliente bajo protesta de decir verdad que:
I. Está interesado en contratar el producto UNO PagaTodo que se señala en este Contrato.
II. Conoce el contenido y las consecuencias jurídicas de las disposiciones que les resulten aplicables a PagaTodo y al Cliente conforme a, derivado de, o como consecuencia de este Contrato.
Con base en las declaraciones anteriores, las partes en este acto se obligan al tenor de los siguientes:
TÉRMINOS Y CONDICIONES CAPITULO I
DEFINICIONES
CLÁUSULAS
PRIMERA.- TÉRMINOS Y DEFINICIONES DEL CONTRATO. Los
términos que se definen a continuación tendrán los siguientes significados y serán considerados como términos definidos de este Contrato; en el entendido que también se considerarán términos definidos de este Contrato aquellos términos que se hayan definido en el proemio o en las declaraciones de este Contrato o sean definidos más adelante en el clausulado de este Contrato y las cuales serán igualmente aplicables en sus formas singular y plural:
Anexo: significa cada documento debidamente firmado por las Partes que se agregue al Contrato para formar parte integrante del mismo, que contendrá, dependiendo de su naturaleza, información relativa a las operaciones y servicios objeto de este Contrato, así como otros datos e instrucciones necesarias para el perfeccionamiento o complemento del Contrato.
PagaTodo: significa Banco PagaTodo, S.A., Institución de Banca Múltiple.
Carátula: significa cada formulario para captura de información, en el cual se precisarán las características de cada producto o servicio efectivamente contratados por el Cliente.
CLABE: significa la clave bancaria estandarizada que PagaTodo asignará a la Cuenta del Cliente para la recepción de depósitos mediante el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI).
Cliente: significa la persona física titular de la Cuenta UNO PagaTodo. CONDUSEF: la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
Cuenta: significa la Cuenta bancaria nivel 1 en la que la suma de los abonos en el transcurso de un mes calendario no podrá exceder el equivalente en moneda nacional a 750 UDIS. En ningún momento el saldo de la Cuenta podrá exceder al equivalente en moneda nacional a 1,000 UDIS.
Día Hábil: significa cualquier día en que deban estar abiertas al público las Instituciones de Crédito en México para realizar operaciones, de acuerdo al calendario publicado por la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores, así como aquellos días del año en que no se requiera que dichas cierren sus puertas al público y suspendan sus operaciones, de acuerdo con las disposiciones que al efecto dicte la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y las demás autoridades competentes.
Medio de Disposición: significa la tarjeta de débito vinculada a la Cuenta Xxxxx 0.
Negocios afiliados: significa aquellos proveedores de bienes, servicios o efectivo que se encuentren afiliados a la marca de la Tarjeta de Débito y que por ende, acepten dicha tarjeta como instrumento de pago o medio de disposición del dinero depositado en la Cuenta.
NIP: significa el Número de Identificación Personal.
Oficina Administrativa: Serán aquellas instalaciones en donde PagaTodo realizará, entre otras, las siguientes actividades: i) asesorar a sus Clientes, ii) realizar actividades de promoción, iii) recibir aclaraciones o quejas, iv) llevar a cabo la apertura y cierre de cuentas, v) entregar tarjetas de débito, vi) celebrar contratos con el Cliente vii) realizar operaciones bancarias a través de medios electrónicos, viii) consultas de saldos y movimientos.
Saldo Disponible: significa la cantidad de dinero que se encuentre depositado en la cuenta a disposición del titular de la misma.
Sistema de Atención Telefónico: Centro de atención al público cuyo servicio es prestado por PagaTodo a través de sistemas de comunicación telefónica y de audio respuesta (IVR), por medio del cual el Cliente podrá realizar entre otros, la consulta de saldo y movimientos de su cuenta, reporte por robo o extravío, solicitud de información y reportes por mal funcionamiento del medio de disposición.
Registro de Contratos de Adhesión (RECA): es la base de datos que administra la CONDUSEF, de los contratos de adhesión ofertados por los Bancos al público en general, incluyendo el presente instrumento, y que se encuentra disponible para su consulta en la página xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/.
Tarjeta de Débito: significa el medio de disposición de depósitos a la vista e instrumento de pago, que puede utilizarse para obtener recursos; (i) a través de equipos y sistemas automatizados y; para (ii) adquirir bienes y servicios en negocios afiliados hasta el límite del saldo disponible en la Cuenta.
UNE: significa la unidad especializada de atención a usuarios de “PagaTodo”, cuyo objeto es atender cualquier queja o reclamación del Cliente.
CAPITULO II
CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO, SERVICIOS y MEDIO DE DISPOSICIÓN
SEGUNDA.- OBJETO. PagaTodo y el Cliente celebran el presente contrato de Depósito Bancario de Dinero a la Vista, exclusivo para personas físicas, Cuenta clasificada como Nivel 1, vinculada a una tarjeta de débito para uso exclusivo en los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Circular 3/2012 emitida por el Banco de México.
TERCERA.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO.
PagaTodo otorga a favor del Cliente una Cuenta de depósito bancario de dinero a la vista y las partes están de acuerdo que la suma de los abonos realizados en la Cuenta en el transcurso de un mes calendario no podrá exceder el equivalente en moneda nacional a 750 UDIS. El saldo no podrá exceder equivalente en moneda nacional a 1,000 UDIS. Asimismo, la Cuenta tendrá asociado una Tarjeta de Débito, la cual será utilizada como único medio de disposición.
CUARTA.- CONSENTIMIENTO Y ENTREGA DE CONTRATO. El
Cliente manifiesta que PagaTodo puso a su disposición el presente instrumento a través de su página de internet, Oficina Administrativa y/o RECA para que sea consultado en cualquier momento por él, enterado de su contenido y alcance legal es su deseo celebrarlo, por lo que se obliga expresa y voluntariamente a observar y cumplir con todas las obligaciones derivadas del presente instrumento, en el entendido de que para la formalización del presente contrato, bastará con el primer uso que el Cliente haga del Medio de Disposición.
QUINTA.- DEPÓSITOS. La Cuenta únicamente recibirá depósitos mediante transferencias o traspasos entre cuentas a nombre del Cliente o de Terceros, los cuales serán abonados en la Cuenta en la misma
fecha en que se reciban siempre que se trate de días hábiles y horario bancario, de lo contrario, los recursos se acreditarán el siguiente día hábil bancario. Para poder llevar a cabo las transferencias o depósitos se deberá de tomar los dieciséis dígitos de la Tarjeta de Débito o bien la CLABE que para tal efecto asigne PagaTodo.
SEXTA.- DISPOSICIONES. El Cliente está de acuerdo que el único medio de disposición es la Tarjeta de Débito asociada a su Cuenta, con la cual podrá disponer de efectivo en cajeros automáticos, a través de comisionistas bancarios, negocios afiliados, pagar bienes y servicios. El Cliente no podrá disponer de los recursos en el extranjero, mediante teléfonos móviles, trasferencia electrónicas de recursos, o cualquier otro medio que PagaTodo o la autoridad competente determine.
SÉPTIMA.- COMISIONES. El Cliente se obliga a pagar a PagaTodo las comisiones que se señalan en la caratula, anexo y/o cuadro informativo que forman parte del presente Contrato, más el impuesto correspondiente de cada comisión. Las comisiones serán pagaderas con cargo a los recursos de la Cuenta.
Se darán a conocer al Cliente en la Oficina Administrativa, Página de Internet y cualquier otro medio que PagaTodo determine, los incrementos al importe de las comisiones, así como las nuevas comisiones que pretenda cobrar, por lo menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha prevista para que estas surtan efectos.
CAPITULO III DISPOSICIONES GENERALES
OCTAVA.- LIMITE DE RESPONSABILIDAD. PagaTodo es ajeno a las relaciones que surjan entre el Cliente y los establecimientos afiliados a este tipo de tarjetas.
NOVENA.- DOMICILIOS PARA RECIBIR NOTIFICACIONES. PagaTodo
señala como domicilio para recibir cualquier tipo de notificaciones o requerimientos el ubicado en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xx. 00, Xxx. Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx XXX Xxxxxxx, X.X. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Distrito Federal.
DÉCIMA.- REPORTE POR MAL FUNCIONAMIENTO, ROBO, EXTRAVIÓ DE LA TARJETA DE DÉBITO, HECHO ILÍCITO O
FALLECIMIENTO. El Cliente se obliga a avisar a PagaTodo, de manera inmediata, a través del Centro de Atención Telefónica, de cualquiera de las eventualidades como el robo, extravío de la Tarjeta de Débito, hecho ilícito, así como de su retención en cajeros automáticos; en el entendido de que PagaTodo no tendrá responsabilidad alguna por los retiros o disposiciones que se hubieren efectuado por la utilización de la Tarjeta de Débito con anterioridad a dicho aviso.
Una vez que el Cliente haya dado el aviso a que se refiere el párrafo anterior, PagaTodo bloqueará la Tarjeta de Débito emitida, momento a partir del cual cesará la responsabilidad del Cliente por el uso de la misma.
PagaTodo estará facultado para retener, bloquear, cancelar o sustituir en cualquier momento la Tarjeta de Débito por cualquiera de las cuestiones que se enuncian a continuación, de manera no limitativa: (i) por la terminación del presente Contrato; (ii) por motivos de seguridad; (iii) derivado de su robo o extravío; (iv) por la implementación de nuevas tecnologías o; (v) por la implementación de nuevas marcas.
PagaTodo no asumirá responsabilidad alguna, si: cualquiera de los Negocios afiliados no admite la Tarjeta de Débito, si el Cliente no puede efectuar retiros por la suspensión de servicios en PagaTodo o en los cajeros automáticos, si el Cliente no puede utilizar la Tarjeta de Débito por daños en la banda magnética de la misma, por la cantidad, calidad y cualquier otra característica de las mercancías y servicios adquiridos por el Cliente mediante la utilización de la Tarjeta de Débito, así como de la entrega o ejecución de los mismos. En los casos señalados en el párrafo anterior, el Cliente sólo podrá presentar cualquier reclamación exclusivamente ante el Negocio afiliado de que se trate.
DÉCIMA PRIMERA.- ACLARACIONES. El Cliente tendrá un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx o, en su caso, de la realización de la operación o servicio respectivo, para objetar, aclarar o reclamar ante PagaTodo, mediante escrito recibido en la Oficina Administrativa, Centro de Atención Telefónica o cualquier otro medio por el que se pueda comprobar fehacientemente su recepción por PagaTodo.
Recibida la solicitud de aclaración, PagaTodo tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales, para entregar al Cliente, por escrito y firmado por personal facultado para ello, el dictamen correspondiente, mismo que se acompañará de copias simples de aquella documentación o evidencias consideradas para la emisión del dictamen, lo anterior en el entendido de que si en el dictamen se determina que no es procedente la aclaración solicitada, el Cliente deberá cubrir el adeudo a PagaTodo, solamente, la cantidad a su cargo derivada de la aclaración presentada más los intereses ordinarios que en su caso se hubieren generado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago como resultado de haber presentado la reclamación.
Dentro del plazo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales contados a partir de la entrega del dictamen a que se refiere el párrafo anterior, PagaTodo pondrá a disposición del Cliente en la Oficina Administrativa de PagaTodo, el expediente que se originó con motivo de la solicitud de aclaración, así como la documentación e información que obre en su poder y que se encuentre relacionada directamente con la aclaración presentada por el Cliente, sin incluir aquellos datos que sean correspondientes a operaciones relacionadas con terceras personas.
No obstante lo anterior, una vez transcurrido el plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx o de la fecha de la realización de la operación o servicio correspondiente sin haberse presentado aclaración alguna por escrito a PagaTodo, se entenderá para todos los efectos a que haya lugar, que el Cliente está conforme con todos y cada uno de los asientos, movimientos, cargos o servicios.
El procedimiento antes descrito es sin perjuicio del derecho que tiene el Cliente de acudir a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros o ante la autoridad jurisdiccional correspondiente, sin embargo una vez ejercido éste derecho, el procedimiento de aclaración antes referido quedará sin efectos.
En el evento de que el Cliente realice alguna reclamación por consumo(s) y/o disposición(es) en efectivo no reconocido(s), efectuado(s) con tarjeta de débito que carezca de circuito integrado (Chip) en cajeros automáticos (ATM) y/o terminales punto de venta (TPV), PagaTodo bonificará el importe reclamado dentro de las 48 hrs. siguientes contadas a partir de la recepción de la aclaración de conformidad con lo establecido en la presente cláusula.
DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA. La vigencia del presente Contrato es por tiempo indefinido, sin embargo el Cliente tiene la facultad de darlo por terminado, en cualquier momento, dando aviso por escrito entregado en la Oficina Administrativa, la cual surtirá efectos a partir de la fecha en que PagaTodo reciba la solicitud de terminación y que el Cliente, realice el retiro de los fondos depositados en la Cuenta.
PagaTodo acusara de recibido las solicitudes de terminación, siempre y cuando previo a ello se cerciore de forma plena de la autenticidad y veracidad de la identidad del Cliente que lo solicita, en el entendido de que la solicitud de terminación deberá ser entregada de forma personal en la Oficina Administrativa por el Cliente con el fin de confirmar su identidad.
El Cliente que haya solicitado la cancelación del Contrato deberá hacer entrega de los Medios de Disposición de la Cuenta a cancelar o, en su defecto, manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad que éstos fueron destruidos o que no cuenta con ellos, recibidos los Medios de Disposición, o bien la manifestación referida, PagaTodo procederá a la cancelación de los mismos.
Asimismo, el Cliente deberá de retirar el saldo a favor que exista en la Cuenta para lo cual PagaTodo pondrá a disposición del Cliente la suma de dinero que resulte a su favor, mediante la expedición de un cheque que será entregado al Cliente en la Oficina Administrativa de PagaTodo, o bien, a través de transferencia electrónica de fondos a la Cuenta que el Cliente indique, lo anterior, sin perjuicio del derecho de PagaTodo de consignar el dinero ante la autoridad y por la vía, forma y términos conducentes.
Actualizados los supuestos antes mencionados, PagaTodo dará por terminado el presente Contrato, por lo que rechazará cualquier intento de disposición que se pretenda efectuar con posterioridad, sin que se generen nuevos cargos.
Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá cancelar, sin responsabilidad alguna a su cargo, el presente Contrato dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la entrega del Medio de Disposición, siempre y cuando no haya utilizado u operado los productos y/o servicios consignados en el presente instrumento.
DÉCIMA TERCERA.-MODIFICACIONES. PagaTodo podrá modificar el presente Contrato, dando aviso al Cliente con cuando menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a la entrada en vigor de dicha modificación, ya sea mediante correo electrónico, el Centro de Atención Telefónica o bien la página de internet de PagaTodo. Si el Cliente no está de acuerdo con la modificación respectiva, podrá solicitar la terminación del Contrato dentro de los 30 (treinta) días naturales posteriores al aviso referido, sin responsabilidad alguna a su cargo, debiendo cubrir los adeudos que ya se hubieren generado a la fecha en que el Cliente solicite dar por terminado el Contrato. Transcurrido ese plazo, las modificaciones se tendrán por aceptadas y surtirán plenos efectos legales.
En caso de que el Cliente no reciba el aviso que contenga las modificaciones y, aun recibiéndolo, éste llegue a solicitar y/o realizar operaciones existiendo los nuevos términos del Contrato, implicará que aquél por el sólo hecho de realizar dichas solicitudes o realizar dichas operaciones, acepta plenamente los nuevos términos del Contrato.
DÉCIMA CUARTA.- PRESCRIPCIÓN DEL SALDO DE LA CUENTA EN
FAVOR DE LA BENEFICIENCIA PÚBLICA. El Cliente en este acto reconoce que PagaTodo le informó, que de conformidad con lo establecido por el artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, el principal de las cantidades depositadas en la Cuenta, que en el transcurso de 3 (tres) años no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros y, después de que se haya dado aviso por escrito, en el domicilio del Cliente que conste en el expediente respectivo, con 90 (noventa) días de anticipación, serán abonados en una cuenta global que llevará PagaTodo para estos efectos.
El dinero aportado a la cuenta global únicamente generará un interés mensual equivalente al aumento del Índice Nacional de Precios al Consumidor en el período respectivo y, en ningún caso, PagaTodo podrá cobrar comisiones sobre los recursos depositados conforme a lo señalado en este párrafo.
Cuando el Cliente se presente para realizar un depósito o retiro, o a reclamar una transferencia, PagaTodo deberá retirar de la cuenta global el importe total, a efecto de abonarlo a la Cuenta o entregárselo al Cliente.
Los derechos derivados de los depósitos y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de 3 (tres) años contados a partir de que éstos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 300 (trescientos) xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, prescribirán a favor del patrimonio de la beneficencia pública, por lo que PagaTodo estará obligado a entregarle dichos recursos dentro de un plazo máximo de 15 (quince) días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el supuesto previsto en este párrafo.
DECIMA QUINTA.- CONSULTA DE SALDO Y MOVIMIENTOS. El
Cliente podrá consultar el saldo, la fecha xx xxxxx, transacciones y movimientos efectuados a su Cuenta mediante: i) Centro de Atención Telefónica; y ii) Oficina Administrativa, siendo requisito para ello la Tarjeta de Débito y/o información de la Cuenta, así como autentificar al Cliente mediante algún factor de autentificación y/o identificación, según el medio por el que se consulte, en el entendido de que PagaTodo no tendrá la obligación de expedir al Cliente ningún estado de cuenta.
DÉCIMA SEXTA.- CESIÓN DE DERECHOS. El Cliente en este acto manifiesta su absoluta conformidad y acuerda con PagaTodo que no podrá ceder o transmitir en cualquier forma los derechos derivados de su Cuenta, ni otorgarlos en garantía, con la salvedad de que PagaTodo otorgue su consentimiento para tal efecto.
DÉCIMA SÉPTIMA.- SECRETO BANCARIO. PagaTodo no podrá dar información alguna sobre este Contrato ni de las operaciones realizadas al amparo del mismo, sino al Cliente, a las Personas Autorizadas o a sus representantes legales, sus beneficiarios en caso de fallecimiento del titular y/o a las autoridades señaladas en el artículo 142 de la Ley de
Instituciones de Crédito o precepto legal que lo sustituya, ya sea de manera telefónica, por escrito ó a través de cualquier otro medio.
DÉCIMA OCTAVA- PROTECCIÓN DEL IPAB. PagaTodo hace del
conocimiento del Cliente que cuenta con la protección a que se refiere la Ley de Protección al Ahorro Bancario.
DECIMA NOVENA.- CONDUSEF. En este acto PagaTodo da a conocer el número telefónico, dirección de Internet y el correo electrónico de la Unidad Especializada de Atención al Público, así como los números telefónicos, dirección en Internet y correo electrónico del Centro de Atención Telefónica de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (en adelante “CONDUSEF”), cuyos datos a la fecha de este Contrato son los siguientes:
Unidad Especializada de Atención al Público Teléfono: 000000000000 y 52495030
Página de Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx Correo electrónico: xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx CONDUSEF
Teléfonos: 00 000 000 00 00 lada sin costo desde cualquier parte del país y 53 400 999 para el Distrito Federal y zona metropolitana
Página de Internet: xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Correo electrónico: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
VIGÉSIMA.- ANEXO DE DISPOSICIONES LEGALES. El Cliente tendrá
a su disposición un Anexo que contiene los preceptos legales a los que se hace referencia en el texto del Contrato, el cual podrá ser consultado en nuestra página de internet, RECA, así como en la Oficina Administrativa.