Contract
1 Ámbito de aplicación
Estas condiciones rigen para la entrega de trabajos de mantenimiento de todo tipo, también de aparatos, máquinas e instalaciones (en lo sucesivo "prestaciones" y para negocios jurídicos entre empresas. Siempre que entre las partes contractuales no se acuerde lo contrario, se aplica la norma UNE EN 13306 en la versión del 1.10.2010 "Mantenimiento: denominaciones, definiciones y medidas".
2 Celebración del contrato
2.1 Rigen exclusivamente las condiciones del contratista, otras condiciones y divergencias de las condiciones por parte del contratista requieren de confirmación por escrito para ser eficaces.
2.2 El contrato se considera celebrado si el contratista después de recibir el pedido remite una confirmación por escrito o ha realizado una entrega.
2.3 De indicaciones de catálogos, prospectos, folletos publicitarios y explicaciones por escrito o verbalmente, que no consten en el contrato, no pueden derivarse ni derechos de garantía ni responsabilidades.
2.4 Las modificaciones o adiciones posteriores de estas condiciones requieren de confirmación por escrito para su validez.
3 Facturación de prestaciones
Si no acuerda lo contrario, las prestaciones se facturan según tiempo y esfuerzo (costes). Tras un acuerdo por escrito también es posible la facturación por un importe global. Si no se acuerda expresamente lo contrario, las prestaciones se llevan a cabo en el horario laboral normal del contratista.
3.1 Prestaciones según xxxxx
Las prestaciones del contratista se facturan como sigue:
Retribuciones al personal: El contratante le certifica al contratista el tiempo empleado mediante los correspondientes certificados.
El tiempo de trabajo empieza con la llegada y finaliza con la salida del personal en el emplazamiento del contratante. Si el contratante no lo certificara debidamente sin razón suficiente, serían válidas las anotaciones del contratista como base para el cálculo. Para el tiempo de trabajo empleado rigen las tarifas acordadas o determinadas en la oferta.
Piezas de repuesto: Las piezas de repuesto integradas por parte del contratista se facturan según el coste.
3.2 Prestaciones según precio global
El precio global cubre todas las prestaciones acordadas por escrito con el contratista. Prevé un ritmo de trabajo sin obstáculos y la finalización a tiempo de todas las prestaciones previas necesarias por parte del contratante. El incremento de los costes debidos a circunstancias no imputables al contratista como por ejemplo modificaciones posteriores del contenido o el alcance de la prestación, por tiempos de espera, etc. corren por cuenta del contratante.
3.3 Si no se acuerda lo contrario, el alojamiento y los gastos de viaje del personal del contratista no están incluidos en el precio y se facturan por separado.
3.4 Una oferta presentada por el contratista se considera vinculante en caso de duda.
3.5 Si en un encargo de puesta a punto, dicha puesta a punto no pudiera ser efectuada por el contratista, este tiene derecho a facturar los gastos por el tiempo empleado en la búsqueda del error.
3.6 Los precios no incluyen el impuesto sobre el valor añadido y, salvo acuerdo contrario, tampoco incluyen impuestos, tributos ni tasas.
4 Pago
4.1 Si las prestaciones se facturan según coste, una vez realizadas las prestaciones se facturan. Las prestaciones cuya duración, según cálculo del contratista, superen el plazo de un mes, se facturarán parcialmente a final de cada mes. Los importes globales correspondientes a prestaciones recurrentes (en particular mantenimientos) se pagarán por adelantado en el plazo acordado.
4.2 Los pagos deben efectuarse sin descuento alguno al domicilio de pago del contratista en la divisa acordada. Todos los intereses y gastos relacionados (como por ejemplo gastos por cobro o descuento) corren a cargo del contratante. Si no se cumplen los plazos de pago acordados, sin perjuicio de otros derechos que le asistan al contratista, se facturarán los intereses de demora legales correspondientes. Salvo acuerdo en otro sentido, las facturas deben abonarse en un plazo máximo de 14 días tras la presentación de la factura.
4.3 El contratante no está autorizado a retener pagos o compensarlos por reclamaciones de garantía u otras demandas.
4.4 Un pago se considera como efectuado en la fecha en la que está efectivamente a disposición del contratista.
4.5 Si el contratante se demora en un pago o una prestación acordado por este o por otro negocio jurídico, el contratista, sin que afecte a sus otros derechos, puede
a) aplazar el cumplimiento del resto de sus obligaciones hasta que el pago sea efectivo o aplazar otra prestación y tomar en consideración una prórroga adecuada del plazo de la prestación del servicio,
b) exigir el pago de todas las deudas pendientes derivadas de este u otros negocios jurídicos y exigir el pago de intereses de demora por dichos importes a contar desde la fecha de vencimiento siempre que el contratista demuestre los gastos que se le han ocasionado,
c) en caso de insolvencia, es decir de una segunda demora en el pago, a cumplir el resto de negocios solo previo pago por adelantado,
d) a rescindir el contrato de inmediato con un plazo de preaviso de 14 días.
En todos los casos el contratista está autorizado a facturar los gastos administrativos previos al contratante, en particular los gastos por monitorio y los honorarios de los abogados de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.
4.6 El contratista tiene derecho a remitir la factura por vía electrónica.
5 Deber de cooperación del contratante
5.1 El contratante está obligado a
a) hacer todo lo necesario para que las prestaciones puedan comenzar a tiempo y sin interrupciones,
b) preparar el lugar de montaje y realizar los preparativos necesarios por cuenta propia y bajo su responsabilidad y facilitarle al contratista toda la documentación necesaria
a tiempo (p. ej. documentación de la instalación, registros de la explotación y libros de control). Estos documentos son propiedad del contratante y el contratista o sus subcontratistas solo deben usarlos con el fin de llevar a cabo las prestaciones,
Condiciones generales de conservación y mantenimiento
editadas por el Fachverband der Elektro- und Elektronikindustrie Österreichs (FEEI), Asociación Profesional de la Industria de la Electricidad y la Electrotecnia de Austria.
c) a tomar por cuenta propia las medidas de prevención de accidentes necesarias. En particular, llamará la atención del contratista sobre las medidas de protección o para proteger a terceros o si deben respetarse normas legales o disposiciones de las autoridades,
d) antes de que el contratista vaya a realizar las prestaciones, a asegurar y desconectar los componentes de la instalación en los cuales se va a trabajar. El contratista tiene derecho a negarse a realizar prestaciones o a interrumpirlas si no está garantizada la seguridad,
e) a asegurar ampliamente a los empleados que pone a disposición y a asumir toda responsabilidad por dichos empleados,
f) a poner a disposición en el debido tiempo las piezas de repuesto u otros medios auxiliares si así se ha acordado y comprobar, antes de que se efectúen las prestaciones, junto con el contratista la integridad y los eventuales daños (por ejemplo, facilitar soportes incl. dispositivos de seguridad en buen estado),
g) a encargar, en caso necesario, sin coste alguno salas con calefacción o climatizadas, que se puedan cerrar y sanitarios para el personal del contratista,
i) a informar al contratista sobre la parada provisional de la instalación y si se producen averías,
j) a retirar por su cuenta y debidamente las piezas desmontadas, siempre que debido a un acuerdo no sean propiedad del contratista, los medios auxiliares no necesarios y otros residuos.
5.2 Si el contratante no cumpliera con sus obligaciones, el contratista tendrá derecho a negarse a realizar la prestación y rescindir el contrato de acuerdo con las normas legales aplicables. El contratante es responsable de todos los daños (p. ej. tiempos xx xxxxxx, etc.) ocasionados al contratista debidos al incumplimiento de sus obligaciones por parte del contratista.
5.3 El contratista tiene derecho a procesar por vía automática los datos de la instalación y a analizarlos estadísticamente en forma neutra.
5.4 El contratista tiene derecho a subcontratar para todas las entregas y otros aspectos del servicio con otras empresas siempre que se lo comunique al contratante.
6 Tiempo de realización
6.1 El plazo de realización indicado solo es vinculante si así se acuerda expresamente y por escrito.
6.2 La prestación se considera ejecutada si está lista para que la use el contratante, o la pruebe si el contrato prevé una prueba.
6.3 Si entre el contratante y el contratista se acuerda un plazo para la realización, dicho plazo se prorroga adecuadamente
a) si se produjesen circunstancias imprevistas o ajenas a la voluntad de las partes, como por ejemplo causas de fuerza mayor que impidiesen el cumplimiento del plazo de entrega acordado, entre las que se encuentran terrorismo, conflictos armados, intervenciones de las autoridades y prohibiciones, retrasos en el transporte y la aduana, daños en el transporte, escasez de recursos energéticos y materias primas, conflictos laborales, así como el fallo de un proveedor esencial, difícilmente reemplazable. Las circunstancias mencionadas también permiten la prolongación del plazo de entrega si le acaecen a los proveedores.
b) si el contratante no cumple con sus obligaciones (en particular las que figuran en el punto 5.1). El plazo se prorroga en todo caso por el tiempo en el que se han dado dichas circunstancias.
6.4 Si un caso de fuerza mayor (en el sentido del punto 6.3 lit a) se prolongara durante más de tres meses, las dos partes tienen derecho a rescindir el contrato, previa comunicación por escrito, sin que la otra parte pueda exigir indemnización.
7 Aceptación de la prestación
7.1 El contratista debe comunicarle al contratante la finalización de las prestaciones. El contratante deberá comprobar a la mayor brevedad dichas prestaciones y aceptarlas a continuación. El contratante no tiene derecho a denegar la aceptación por defectos leves.
7.2 Si la aceptación de las prestaciones se demora por razones no imputables al contratista, la aceptación se considerará válida pasadas dos semanas contadas desde la comunicación de la finalización de la prestación.
8 Cancelación y rescisión del contrato
8.1 Cada parte tiene derecho a rescindir el contrato si la otra parte, vulnerando una cláusula del contrato, en el plazo de 30 días después de haber recibido la solicitud por escrito de la otra parte para que repare el incumplimiento, no responde a dicha petición.
8.2 Si se abre procedimiento de insolvencia sobre el patrimonio de una de las partes o se desestima la apertura de un proceso de insolvencia por falta de patrimonio, la otra parte está autorizada a rescindir el contrato sin fijar una prórroga. Si se ejerce el derecho a dicha rescisión, será efectiva de inmediato en cuanto se tome la decisión de que la empresa no continua. Si la empresa continua, la rescisión será efectiva a los 6 meses de la apertura del procedimiento de insolvencia o después de desestimar la solicitud de apertura del proceso de insolvencia por falta de patrimonio. En todo caso, la rescisión del contrato es de efecto inmediato en cuanto el derecho de insolvencia, al que está sujeto la parte insolvente, no le corresponda o si la rescisión del contrato resulta insoslayable para evitar graves pérdidas económicas para la parte que suscribe el contrato con la parte insolvente.
8.3 La rescisión del contrato según el apdo. 1 no es base para fundamentar la responsabilidad de la parte que expresa la voluntad de la rescisión.
9 Reserva de propiedad
Hasta la entrada de todos los pagos a realizar, inclusive intereses y gastos, que se deriven del contrato, el contratista se reserva el derecho de propiedad de todos los accesorios y piezas de repuesto suministradas.
10 Garantía
10.1 El contratista, si se cumplen las condiciones de pago acordadas, conforme a las siguientes disposiciones, está obligado a subsanar cualquier defecto que afecte a la funcionalidad que exista en el momento de la entrega.
10.2 Los defectos constatados durante el periodo de garantía deben ser subsanados por el contratista de manera gratuita con la condición de que el contratante comunique
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por escrito dichos defectos de inmediato, a más tardar 14 días después de haberlos constatado, pero siempre dentro del periodo de garantía, y que el contratista asuma por escrito dichos defectos como incluidos en la garantía. En la reclamación de los defectos deben concretarse los defectos de manera que puedan valorarse los defectos y determinarse la causa (inclusive transmisión de todos los registros electrónicos relativos a la pieza defectuosa, el justificante del último mantenimiento, la descripción de las medidas ya llevadas a cabo por parte del contratante, etc.).
10.3 Si las prestaciones se interrumpen por razones no imputables al contratista, el plazo de garantía para las prestaciones efectuadas empieza a contar a más tardar 2 semanas después del inicio de la interrupción.
10.4 En tanto en cuanto no se llegue a otro acuerdo, quedan excluidos de la garantía los defectos que no hayan sido ocasionados por el contratista por una disposición y montaje indebidos, equipamiento insuficiente, inobservancia de las condiciones para la instalación y condiciones de uso, sobrecarga de los componentes por la potencia indicada por el contratista, uso negligente o indebido y uso inadecuado de los materiales y las piezas de repuesto; esto también se aplica en caso de defectos imputables a los materiales facilitados por el contratante. El contratista tampoco se responsabiliza de daños ocasionados por acciones de terceros, por descargas atmosféricas, sobrecargas, influjos químicos, accidente, fuego, fuerza mayor, catástrofes naturales (terremoto, huracán), descarga eléctrica, fallo de energía, terrorismo. La garantía no se aplica a la sustitución de piezas sometidas a un desgaste y deterioro natural. Además, el contratista no es responsable de las entregas y prestaciones del contratante o de terceros autorizados por este, de componentes de la instalación (instalaciones antiguas) no contemplados en el contrato.
La garantía se extingue de inmediato si el contratante, sin la previa autorización por escrito del contratista, lleva a cambio modificaciones o reparaciones en los objetos suministrados o autoriza a terceros a realizarlas. El contratante, en caso de reclamar un defecto, debe demostrar que no se da ninguna de dichas circunstancias.
10.5 Si después de haber realizado las acciones necesarias para determinar el defecto y de haberlo subsanado el contratista, se constatara que al contratista, de conformidad con estas cláusulas de garantía no le corresponde responsabilidad alguna, el contratante está obligado a abonarle al contratista los gastos de reparación correspondientes según la tarifa vigente en el momento de la reparación.
10.6 En caso de defecto, al contratista le corresponde en primer lugar el derecho a reparación.
10.7 Para la realización de trabajos relativos con la garantía en la empresa del contratante, deben ponerse a disposición el personal necesario, los dispositivos de elevación, andamiajes y materiales pequeños.
10.8 Las disposiciones 10.1 a 10.7 son aplicables mutatis mutandi también para cualquier garantía por otras razones legales.
11 Responsabilidad y seguro
11.1 El contratista es responsable de los daños que durante la realización de las prestaciones se ocasionen en la instalación o en objetos, siempre que se le puedan imputar (o a sus ayudantes) intencionalidad o negligencia grave, dicha responsabilidad total, en caso de negligencia grave, queda limitada al valor del encargo o de las tareas de mantenimiento con el límite del importe correspondiente a un año de las prestaciones acordadas. Por siniestro, la responsabilidad del contratante está limitada al 25% del valor neto del pedido.
11.2 Siempre que no se acuerde lo contrario, queda excluida la responsabilidad por negligencia leve, a excepción de daños personales, así como la indemnización por daños resultantes, daños netamente económicos, daños indirectos, daños mediatos, pérdida de producción, xxxxxx xx xxxxxx, gastos de financiación, gastos por energías sustitutivas, pérdidas de energía, datos o informaciones, por beneficios no obtenidos, ahorros no logrados, pérdidas de intereses y daños por derechos de terceros frente al contratista.
11.3 Si no se acuerda lo contrario, queda excluido todo derecho a indemnización en caso de incumplimiento de las condiciones para el montaje, la puesta en funcionamiento y el uso (como p. ej. indicadas en las instrucciones de uso) o las condiciones de admisión fijadas por las autoridades.
11.4 Si se han acordado cláusulas penales, quedan excluidos otros derechos del contratante que se deriven del título correspondiente.
11.5 Las disposiciones del punto 11 se consideran como determinantes para cualquier derecho del contratante frente al contratista, por cualquier fundamento y título legal y se aplican también a todos los empleados, subcontratistas y subproveedores del contratista.
11.6 Si al personal del contratista se le solicita directamente la prestación de otros servicios por parte del contratante, dichas prestaciones se realizaran exclusivamente bajo la responsabilidad del contratante y eximiendo al contratista de toda responsabilidad.
El encargo al personal del contratista por parte del contratante de tareas que vayan más allá de las acordadas requiere la autorización previa por escrito del contratista y se llevará a cabo a cambio de un importe fijado con anterioridad o por el importe habitual.
11.7 El contratante incluirá al contratista y sus eventuales subcontratistas y socios de consorcio, así como los riesgos del servicio de las prestaciones a realizar por parte del contratista en los libros de averías de la maquinaria y en los registros de interrupción del funcionamiento y vinculará la póliza del seguro a favor del contratista. A petición por escrito del contratista, el contratante, a la mayor brevedad, pero a más tardar en un plazo de siete días laborales, le presentará una confirmación por escrito de su compañía de seguros relativa al cumplimiento de todas las obligaciones de conformidad con este artículo.
12 Ejercicio de derechos
Todos los derechos del contratante deben reclamarse judicialmente en caso de pérdida de derechos en el plazo de 3 años desde la prestación de los servicios, siempre que disposiciones legales obligatorias no fijen un plazo diferente.
13. Cumplimiento de las normas de exportación
13.1 El contratante al transferir la mercancía suministrada por el contratista debe facilitar la documentación correspondiente, con independencia de la manera de la puesta a disposición o de las prestaciones efectuadas por el contratista, inclusive el apoyo técnico de todo tipo a terceros, debe cumplir las normas aplicables nacionales e internacionales relativas a la (re)exportación. En todo caso, al transferir las mercancías o los servicios a terceros deben respetarse las normas de (re)exportación
del estado sede del contratista, de la Unión Europea, del Reino Unido y de los Estados Unidos de América.
13.2 Siempre que sea necesario para realizar los controles de exportación, el contratante debe facilitarle al contratista de inmediato en cuanto se le solicite toda la información necesaria, entre otros, sobre destinatarios finales, uso final y objeto de las mercancías o servicios.
14. Generalidades
14.1 Si alguna de las disposiciones de este contrato o de sus condiciones fuese inefectiva, esto no afectaría a la eficacia del resto de disposiciones. La disposición inefectiva debe sustituirse por una válida cuyo objetivo se aproxime el máximo posible a la intención originaria.
14.2 El texto redactado en lengua alemana se considera la versión auténtica de las condiciones y también debe usarse para la interpretación del contrato.
15. Jurisdicción y derecho aplicable
Para resolver todo litigio derivado del contrato, inclusive los relativos a la existencia o no existencia, será competente exclusivamente la jurisdicción de la sede principal del contratista, en Viena la demarcación judicial correspondiente, Bezirksgericht Innere Stadt Wien, Xxxxxxxx. El contrato se rige por el derecho austriaco excluyendo las normas de remisión. Queda excluida la aplicación de la Convención UNCITRAL de las Naciones Unidas sobre contratos de compraventa internacionales.
16. Cláusula de reserva
El cumplimiento del contrato por parte del contratista queda sujeto a reserva, es decir que no haya impedimentos para el cumplimiento a causa de normas de (re)exportación nacionales o internacionales, sobre todo ningún embargo y/u otras sanciones.
Edición abril 2017