INFORMACIÓN GENERAL
Cód. FO-ADQU-043 | Formato FO-ADQU Pliego de Condiciones - Menor Cuantía / Literal H / Salud | |
Versión. 9 | ||
INFORMACIÓN GENERAL
FECHA: Medellín, 21 de octubre de 2013 RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: Municipio de Medellín DIRECCIÓN CONTRATANTE: Xxxxx 00 00-000
PLIEGO DEFINITIVO: NO
UNIDAD EJECUTORA: SECRETARIA DE INCLUSION SOCIAL Y FAMILIA COMPETENCIA PARA ADJUDICAR: SECRETARIA DE INCLUSION SOCIAL Y FAMILIA
MODALIDAD: Selección Abreviada
CAUSAL: Menor Cuantía
PROCESO: 0009008641
OBJETO: Brindar atención sicosocial y ayuda humanitaria a las personas víctimas de emergencias naturales y/o causadas por el hombre
ALCANCE DEL OBJETO:
Se pretende a través de la ejecución del presente contrato brindar de manera oportuna y eficaz atención y acompañamiento a las familias afectadas por emergencias o desastres en la ciudad de Medellín, así como también del desarrollo de estrategias metodológicas y de trabajo en Red institucional y comunitaria, que faciliten con mayor calidad y oportunidad la atención y entrega de las ayudas humanitaria a las personas, familias y comunidades que sufran eventos de emergencia o desastres naturales. De la misma manera, generar a partir de la práctica y la cotidianidad, espacios de análisis, y discusión, con el equipo de servidores públicos de la Alcaldía de Medellín, que permitan mejorar la atención, calidad e integralidad en la atención de las familias y la comunidad afectada por los eventos. Igualmente, contar con un sistema de comunicación ágil y oportuna para la atención de la población más vulnerable de la ciudad, a través de los programas de la Secretaria de Inclusión Social y Familia.
ACTA COMITÉ: Comité de adquisición acta 2963 del 10 de octubre de 2013 PRESUPUESTO OFICIAL: CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO SIETE PESOS M.L ($493.853.107) EXCLUIDO DE IVA.
GRAVADO CON IVA: NO
APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: 0000000000 y vigencias futura según acuerdo 059 de
2013 viabilidad presupuestal 188-2014 CORREO ELECTRONICO: xxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx CONSULTA PLIEGOS: xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx RESOLUCION DE APERTURA: EN EL PLIEGO DE CONDICIONES
LUGAR DE EJECUCIÓN: MUNICIPIO DE MEDELLIN Y CORREGIMIENTOS
LUGAR DE AUDIENCIAS: XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXX X XXXXXXX XXXX 0
XXX 000 (LOGISTICA)
LUGAR CORRESPONDENCIA: XXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXX X XXXXXXX XXXX 0
XXX 000 (LOGISTICA)
LUGAR ENTREGA PROPUESTAS: SECRETARIA DE INCLUSIÓN SOCIAL Y FAMILIA PISO 4
OFI 416 (LOGISTICA)
TIPO DE ADJUDICACIÓN: TOTAL
CLASE DE CONTRATO: Prestación de Servicios
DURACIÓN CONTRATO: 127 DIAS CALENDARIO
PLAZO DE ENTREGA: 127 DIAS CALENDARIO
FORMA DE PAGO: PARCIAL
% ANTICIPO: NO
OFERTAS ALTERNATIVAS: SI
MULTAS: 5X1000 DEL VALOR DEL CONTRATO POR CADA EVENTO DE INCUMPLIMIENTO.
CLAUSULA PENAL: EQUIVALENTE AL DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR DEL CONTRATO.
1.1 CRONOGRAMA:
1. Aviso de Convocatoria Pública:
21 de octubre de 2013
2. Publicación Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones y Estudios Previos:
21 de octubre de 2013
3. Audiencia de Aclaraciones y de tipificación, estimación y asignación de riesgos
23 de octubre de 2013 a las 2:00 p.m
4. Respuesta a observaciones al Proyecto xx Xxxxxx de Condiciones:
00 xx xxxxxxx xx 0000
Xx xxxxxx
0. Elaboración de la Resolución de Apertura:
28 de octubre de 2013
6. Publicación xxx Xxxxxx de Condiciones:
28 de octubre de 2013
7. Manifestaciones de Interés (Requisito habilitante):
Hasta el 31 de octubre de 2013 a las 5:30 p.m
8. Audiencia de sorteo
No habrá sorteo
9. Plazo para la presentación de Observaciones al Pliego de Condiciones:
28 de octubre de 2013
10. Plazo para expedir Adendas y responder observaciones al Pliego de Condiciones:
31 de octubre de 2013
11. Cierre y audiencia de apertura de propuestas:
5 de noviembre de 2013 a las 11:00 a.m
12. Publicación solicitud de requisitos a subsanar:
7 de noviembre de 2013
13. Fecha límite para subsanar:
12 de noviembre de 2013
14. Publicación de Informe de Evaluación:
14 de noviembre de 2013
15. Plazo para presentación de observaciones al Informe de Evaluación:
19 de noviembre de 2013
16. Elaboración Acto de Adjudicación:
21 de noviembre de 2013
17. Firma del contrato:
26 de noviembre de 2013
2. REQUISITOS HABILITANTES Y DOCUMENTOS PARA SU VERIFICACIÓN
TIPO | DESCRIPCION | REQUERIDO |
JURIDICO | Diligenciar y firmar formato | |
ACTA DE CONFORMACION DE LA UNION TEMPORAL O CONSORCIO | Aportar documento si hay lugar a ello | |
AUTORIZACIÓN DE LA JUNTA O ASAMBLEA DE SOCIOS | Documento de conformación si aplica para este caso en particular | |
CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES | Diligenciar y firmar formato | |
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES | Diligenciar y firmar formato |
CERTIFICADO DE MULTAS Y/O SANCIONES | Certificado-Diligenciar y firmar formato | |
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL | Certificado xx Xxxxxx de Comercio con fecha de expedición no superior a un mes | |
REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) | Presentar Documento en firme | |
CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL PROPONENTE Y EL REPRESENTANTE LEGAL | Verificado por la Administración Municipal | |
CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL, PARA OBTENER DICHA CONSTANCIA | Certificado – Consulta la entidad en la página de la Contraloría | |
FOTOCOPIA DE LA CEDULA DE CIUDADANIA | Fotocopia del representante legal | |
FOTOCOPIA DEL REGISTRO UNICO TRIBUTARIO RUT | Aportar documento | |
Certificado – Suscrito por el Representante Legal - Consulta la entidad en la página de la Policía | ||
RUP en firme | Inscripción Registro Único de Proponentes | |
GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA | 10% del valor de la propuesta y vigencia de 3 meses | |
CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD, MYPE O MYPIMES | Certificado firmado por el Contador o revisor fiscal | |
TECNICO | PROPUESTA TECNICA | Conforme a las especificaciones técnicas |
PROPUESTA ECONOMICA | Diligenciar formato | |
CAPACIDAD FINANCIERA | RUP en firme y Certificado Índices Financieros con corte al 31 de diciembre del año 2011 firmado por Revisor Fiscal o Contador | El RUP debe estar en firme, para los indicadores que no se puedan verificar directamente del Registro Único de Proponentes, con la propuesta se deberá acreditar la Capacidad Financiera de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 del presente Pliego de Condiciones |
CAPITAL REAL DEL PROPONENTE | Igual o superior al veinte por ciento (20%) del presupuesto oficial. | |
ÍNDICE DE LIQUIDEZ | Igual o superior a un punto (1) | |
ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO | Igual o menor a punto setenta (0,70). | |
CAPITAL DE TRABAJO | Un Capital de Trabajo igual o superior al diez por ciento (10%) en relación al Presupuesto Oficial | |
INDICADOR DE RIESGO | Igual o menor a uno (1,0) | |
INDICADOR EBITDA | Igual o mayor a cero (0) | |
INDICADOR CRECIMIENTO EBITDA | Igual o mayor a (0) | |
ROTACIÓN DEL INVENTARIO | Igual o mayor a Cero (0) veces. | |
EXPERIENCIA | EXPERIENCIA PROBABLE COMO PROVEEDOR. | Se requerirá una experiencia probable de mínimo 5 años. RUP en firme |
EXPERIENCIA ACREDITADA | Formato diligenciado “SOPORTE DOCUMENTAL PARA LA ACREDITACIÒN DE EXPERIENCIA” firmado por Xxxxxxxx o Revisor Fiscal que de cuenta de hasta 3 certificados de experiencia relacionados con el objeto del presente proceso. La sumatoria de la experiencia acreditada en el formato deberá ser igual o superior al 60% del presupuesto |
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oficial en SMMLV. | ||
CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN | ORGANIZACIÓN OPERACIONAL | Se requerirá de una Organización Operacional del 35% del Presupuesto Oficial |
ORGANIZACIÓN TÉCNICA | El soporte documental para acreditar la Organización Técnica es la certificación suscrita por el representante legal de la persona jurídica o por el proponente si es persona natural, la cual se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento. En esta certificación se deberán detallar mínimo 2 personas vinculadas mediante relación contractual que desarrolle actividades referentes al objeto del proceso, con calidad de Profesionales | |
Verificación CIIU Clasificación RUP | Ver texto siguiente |
Se considera que el oferente cumple con la capacidad financiera solicitada por el Municipio de Medellín y que está habilitado para continuar en el proceso, si obtiene en cada indicador los márgenes anteriormente establecidos.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en el artículo 6.2.3.1, deberá estar clasificado conforme a los códigos CIIU adoptados por Colombia De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en el artículo 6.2.3.1, deberá estar clasificado conforme a los códigos CIIU adoptados por Colombia
SECCION | DIVISION | GRUPO | CLASE | DESCRIPCIÒN |
SECCIÓN Q. ACTIVIDADES DE ATENCIÓN DE LA SALUD… | 88-ACTIVIDADES DE ASISTENCIA SOCIAL SIN ALOJAMIENTO | 889-OTRAS ACTIVIDADES DE ASISTENCIA SOCIAL SIN ALOJAMIENTO. | 8890 | OTRAS ACTIVIDADES DE ASISTENCIA SOCIAL SIN ALOJAMIENTO |
SECCIÓN S. OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS | 94. ACTIVIDADES DE ASOCIACIONES | 949-ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES. | 9499 | ACTIVIDADES DE OTRAS ASOCIACIONES N.C.P. |
96-OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS PERSONALES. | 960-OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS PERSONALES | 9609 | OTRAS ACTIVIDADES DE SERVICIOS PERSONALES N.C.P. |
O de conformidad con lo establecido en los artículos 6.1.3.4 y 6.4.6 del Decreto 0734 de 2012, para los proponentes que tengan vigente el RUP, según el régimen establecido en el Decreto 1464 de 2010, será válido estar inscrito y clasificado en algunas o algunas de las siguientes especialidades y grupos:
ACTIVIDAD | ESPECIALIDAD | GRUPO |
3 – PROVEEDORES | 23- SERVICIOS | 30- GESTIÓN SOCIAL O SERVICIOS GENERALES |
42-SERVICIOS SOCIALES |
En caso de que el Proponente haya optado por inscribirse sin utilizar las clasificaciones consagradas en el Decreto 734 de 2012, la Administración Municipal verificará el presente requisito de acuerdo a las actividades económicas reportadas en el Registro Único Tributario RUT.
3. CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN
3.1 FORMATOS ANEXOS
Se deberán diligenciar los formatos anexos al Pliego de Condiciones, según el caso.
3.2 LEGISLACIÓN APLICABLE:
Serán aplicables al presente proceso de contratación la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1450 de 2011, Ley 1474 de 2011, Decreto 019 de 2012 y sus decretos reglamentarios y demás normas vigentes sobre la materia.
3.3 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX DE CONDICIONES
Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el Pliego de Xxxxxxxxxxx y todos los documentos y demás documentos que hacen parte del presente proceso de selección, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente.
Todos los documentos del proceso de selección se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en este Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, el Municipio de Medellín no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su oferta.
3.4 CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES Y OTRAS FORMAS DE ASOCIACIÓN
La forma asociativa deberá constituirse para el presente proceso de selección y así lo señalará expresamente, indicando las reglas básicas que lo regirán, independiente que las personas naturales o jurídicas que lo conformen, sean las mismas que hayan constituido consorcios o uniones temporales para otros procesos. Dichas formas asociativas no podrán ser disueltas ni liquidadas durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba y seis meses más.
Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos:
La forma asociativa deberá indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus integrantes, la cual no podrá ser inferior al 15%, ni ser modificada sin la autorización previa del Municipio de Medellín. En el documento de conformación de la forma asociativa se deberá designar la persona que para todos los efectos la representará con sus responsabilidades y facultades.
En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberán presentar ante el Municipio de Medellín el correspondiente RUT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación, cuyo NIT deberá ser único y exclusivo para cada contrato, lo anterior conforme el Decreto 2645 del 27 de julio de 2011, modificado por el Decreto 2820 del 9 xx xxxxxx de 2011.
De acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998 y el Instructivo de aspectos tributarios de la Secretaría de Hacienda Municipal, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse además, el nombre y el Nit de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo.
3.5 MANIFESTACIONES DE INTERES
De conformidad con el artículo 3.2.2.1 del Decreto 0734 de 2012, los oferentes interesados manifestarán su interés de participar en la contratación; esta inscripción será válida si y solo si se realiza a través de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx de la siguiente manera:
Paso 1: Si nunca se ha inscrito como usuario de la página web del Municipio de Medellín, deberá ingresar a la página xxx.xxxxxxxx.xxx.xx , dirigirse a "Regístrese" ubicado en la parte superior de la página y diligenciar las preguntas. Una vez contestadas las preguntas recibirá en su cuenta de correo electrónico la notificación del usuario y contraseña.
Nota: En caso de inscribirse como Unión Temporal, Consorcio u otra forma de asociación y no posea Número de Identificación Tributaria, cada uno de los integrantes deberá estar registrado como usuario de la página web del Municipio de Medellín (Paso 1), luego de ello, uno de los integrantes de Unión Temporal, Consorcio u otra forma de asociación, deberá realizar el paso 2, indicando que “representa a un Consorcio o Unión Temporal” e ingresar los demás integrantes.
Paso 2: Ingresar el usuario y contraseña respectivo, posteriormente al aparecer identificado como usuario del portal, deberá ingresar al presente proceso de Selección y diligenciar la inscripción al proceso en la opción “inscribirse”; luego de realizada la inscripción, la página le informará el número de inscripción asignado, con el cual participara en el sorteo si hay lugar a ello.
La manifestación de interés en participar es requisito habilitante para la presentación de la respectiva oferta.
Sorteo: Una vez recibidas las manifestaciones de interés y considerando que de acuerdo con el numeral 4, del Artículo 3.2.2.1 0 del Decreto 0734 de 2012, “En caso que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), la entidad podrá dar paso al sorteo de consolidación de oferentes de que trata el artículo 3.2.2.2 del presente decreto, para escoger entre ellos un número no inferior a este que podrá presentar oferta en el proceso de selección. …”, la Administración Municipal ha decidido no realizar el sorteo, por lo tanto se recibirán las propuestas a todos los inscritos que manifestaron interés de participar en el proceso. Para la inscripción es indispensable que el objeto social del proponente sea acorde con el objeto de la presente selección.
En caso de que la inscripción sea en Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, deberá definirse desde el momento de la inscripción el nombre de la asociación y la totalidad de sus integrantes, en ningún caso se aceptará la acepción “Y OTRO”. Igualmente si la inscripción se realiza en forma individual no podrá presentarse propuesta en ninguna de las asociaciones permitidas por la Ley 80 de 1993.
3.6 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP)
El proponente deberá aportar este certificado en firme a la fecha de cierre del proceso. Dicha exigencia aplica para cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación.
Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno los integrantes de la respectiva forma de asociación deberá acreditar la clasificación exigida en el Pliego de Condiciones.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre EN FIRME, firmeza que se produce diez (10) días HABILES después de su publicación en el Registro Único Empresarial (RUE).
Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia el Municipio de Medellín verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes.
Dicha verificación se efectuará con base en el diligenciamiento de los formularios modelo, utilizados por las cámaras de comercio, los cuales deberán ser descargados del siguiente link. (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxx/Xxxxxxxxx-Xxxxxxxxxxx/Xxxxxxxx-Xxxxx-xx- Proponentes/Inscripcion/Modelos-de-certificacion.aspx).
3.7 EXPERIENCIA
Para la verificación de la experiencia probable y acreditada, en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. En caso de no encontrarse allí dicha información, se verificará según los términos previstos en el numeral 1, de los artículos 6.2.2.2;
6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda.
La experiencia probable, se determinará con el documento idóneo presentado para el efecto, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012.
Se dará aplicación a las equivalencias establecidas para los constructores y consultores, siempre y cuando se alleguen los soportes documentales señalados en la citada norma.
Para la experiencia acreditada, los proponentes deberán aportar certificado suscrito por el contador público o revisor fiscal, según corresponda, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA LA ACREDITACIÒN DE EXPERIENCIA”, que dé cuenta del número de contratos ejecutados, relacionados con su actividad de clasificación (constructor, consultor o proveedor) y con el objeto del presente proceso de selección siempre y cuando sea necesario y se encuentre justificado en los estudios previos.
La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando ella no cuente con más de tres (3) años de constituida, según Artículo 2.2.7 Decreto 0734 de 2012. La acumulación se hará en proporción a la participación de los socios en el capital de la persona jurídica.
En el caso de los consorcios o uniones temporales, la experiencia habilitante será la sumatoria de las experiencias de los integrantes de manera proporcional a su participación en el mismo. No podrá acumularse a la vez, la experiencia de los socios y la de la persona jurídica cuando éstos se asocien entre sí para presentar propuesta.
3.8 CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (CO)
Para la verificación de la Capacidad de Organización (CO) en sus componentes de Organización Técnica y Operacional, en principio se tomará la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. En caso de no encontrarse allí dicha información, se verificará según los términos previstos en el numeral 3, de los artículos 6.2.2.2; 6.2.2.3 o 6.2.2.4 del Decreto 0734 de 2012, según corresponda.
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El soporte documental para acreditar la Organización Técnica es la certificación suscrita por el representante legal de la persona jurídica o por el proponente si es persona natural, la cual se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)” En esta
certificación se deberá detallar el personal de la empresa (calidad y cantidad), que desarrolle actividades referentes estrictamente al objeto del contrato.
La Organización Operacional no se verificará para consultores. En el caso de Constructores y Proveedores la Organización Operacional se determinará por el cálculo de los ingresos brutos operacionales, en lo referente a la actividad que concierne, calculado con base en lo establecido en los numerales 3.2 de los artículos anteriormente citados. Igual ocurrirá tratándose de personas naturales profesionales a quienes se les calculara dichos ingresos con base en los honorarios, salarios y prestaciones sociales percibidos en el año inmediatamente anterior a la presentación de la propuesta.
El soporte documental para acreditar la Organización Operacional cuando se trate de persona jurídica, es la certificación del contador público o revisor fiscal (si la persona jurídica tiene revisor fiscal), tratándose de persona natural, la certificación será suscrita por ella misma y se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento, diligenciando el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)”.
Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, la Capacidad de Organización (CO) en sus componentes de Organización Técnica y Operacional será la sumatoria de estas capacidades de los integrantes de manera proporcional a su participación en la misma forma asociativa.
3.9 CAPACIDAD FINANCIERA
De conformidad con lo establecido en el numeral 15 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 0734 de 2012, en el numeral 2 de los artículos 6.2.2.2; 6.2.2.3 o 6.2.2.4, según corresponda, de acuerdo con la actividad a contratar, la capacidad financiera será objeto de verificación a todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación, sin calificarse en cuanto no es factor de comparación de las ofertas. Los indicadores a verificar serán los siguientes:
Capital real del proponente: capital social efectivamente pagado más las reservas constituidas, más las utilidades retenidas, más las utilidades del ejercicio.
La liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente.
El nivel de endeudamiento: Pasivo total sobre activo total.
El capital de trabajo: Activo corriente menos pasivo corriente.
Indicador de Riesgo: Activos fijos sobre el patrimonio neto.
Indicador EBITDA (Utilidad antes de intereses, impuestos, depreciaciones y amortizaciones): utilidad operacional más el gasto depreciaciones y el gasto amortizaciones del período.
Indicador Crecimiento EBITDA: EBITDA del último año sobre el EBITDA del año inmediatamente anterior. (No aplica para los que tienen menos de un año fiscal).
Rotación del inventario: costos de ventas sobre inventario.
Para la verificación de los indicadores financieros solicitados en el numeral de Requisitos Habilitantes, los proponentes deberán aportar la siguiente información:
Si el Rup se encuentra actualizado con el Decreto 734 de 2012 debe aportar el Certificado de Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
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Si el RUP no está actualizado con la información del Decreto 734 de 2012, se deberá aportar los siguientes documentos:
1. Certificado de Registro Único de Proponentes vigente y en firme.
2. Un certificado del revisor fiscal o del contador, según el caso (Véase formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA”), en el cual conste cada uno de los valores de los indicadores tomados de la contabilidad, con fecha xx xxxxx al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al cierre del presente proceso. Para persona jurídica nueva o persona natural que haya iniciado operaciones en el presente año, aportará el Certificado teniendo en cuenta la información extraída de la contabilidad, con fecha xx xxxxx al último día calendario del mes anterior al cierre del presente proceso. La información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad contable por expresa disposición legal.
Cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que se modifica estará vigente hasta que la nueva información quede en firme.
En caso que por la naturaleza de algunos indicadores, se tenga denominador cero (0), la división daría una indeterminación y no habría un indicador lógico. Este resultado debe dejarse consignado en el formato anexo “SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD
FINANCIERA” y el Municipio de Medellín realizará el análisis respectivo, con el fin de verificar el cumplimiento del requisito.
Para garantizar la participación de las Personas Extranjeras no inscritas en el Registro Único de Proponentes por no tener domicilio o sucursal en el país (Decreto 0734 de 2012, Art. 6.4.5), a estas no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el Registro Único de Proponentes. En consecuencia, para los citados oferentes deberán aportar la información antes solicitada (indicadores) para verificar su capacidad financiera. Las personas extranjeras deberán presentar la certificación firmada por el Representante Legal, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores re-expresados a la moneda funcional colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un Contador Público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia.
Cuando se trate de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, los documentos soporte de la información financiera deberán presentarse en los términos señalados en los incisos anteriores, respecto de cada uno de los integrantes.
Para obtener los indicadores cuando el proponente sea un Consorcio, Unión Temporal u otra forma de asociación, se sumará el capital real, capital de trabajo, EBITDA de cada uno de sus integrantes, sin considerar el porcentaje de participación. Así mismo, para obtener los indicadores de liquidez, endeudamiento, riesgo, rotación de inventario y crecimiento EBITDA, se calcularán para cada uno de los integrantes, de acuerdo a su porcentaje de participación y se sumarán para obtener cada indicador.
El Municipio de Medellín si lo considera necesario, se reserva la facultad de solicitar información adicional, con el fin de verificar y/o aclarar los datos reportados en los certificados requeridos.
3.10 CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS EMPLEADOS
Deberá certificarse que está x xxx y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto
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Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, de conformidad con la Ley, de la siguiente manera:
Para personas jurídicas:
Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx.
Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal.
La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación.
Para personas naturales:
Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995; esto es, aportes para la seguridad social en salud y pensiones. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente.
3.11 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS
La Administración Municipal verificará el certificado de antecedentes disciplinarios a través de la página xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx respecto del proponente y su representante legal.
Con respecto a los socios de las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, dicha consulta debe ser realizada por el Representante Legal en forma previa a la suscripción del certificado de inhabilidades, incompatibilidades y/o consultas, en la que se deja constancia escrita y expresa que ninguno de los socios se encuentran incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o registra antecedentes disciplinarios.
3.12 CERTIFICADO DEL BOLETIN DE RESPONSABILIDAD FISCAL
La Administración Municipal verificará que no se encuentren reportados en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000, respecto del proponente y el representante legal.
Con respecto a los socios de las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, dicha consulta debe ser realizada por el Representante Legal en forma previa a la suscripción del certificado de inhabilidades, incompatibilidades y/o consultas, en la que se deja constancia escrita y expresa que ninguno de los socios se encuentran incursos en las causales de inhabilidad, incompatibilidad o se encuentran reportados en dicho boletín, consultar la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
3.13 VERIFICACION DE ANTECEDENTES JUDICIALES
La Administración Municipal verificará que no registren antecedentes judiciales, el proponente y su representante legal.
Con respecto a los socios de las personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra forma de asociación, con excepción de las sociedades anónimas abiertas, dicha consulta debe ser realizada por el Representante Legal en forma previa a la suscripción del certificado de
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inhabilidades, incompatibilidades y/o consultas, en la que se deja constancia escrita y expresa que ninguno de los socios tiene asuntos pendientes ni es solicitado por las autoridades judiciales.
Para realizar dicha verificación acceder al siguiente link: xxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx:0000/XxxXxxxxxxx/
3.14 DOCUMENTOS SUSCRITOS POR CONTADOR O REVISOR FISCAL
Los documentos y certificaciones que deban suscribir el contador público o revisor fiscal, según corresponda, deberán acompañarse de copia de la tarjeta profesional y anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición).
3.15 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O REGISTRO MERCANTIL
Aportar Certificado de Existencia y Representación Legal o el Certificado de Registro Mercantil, expedido por la entidad competente, se exceptúa para el ejercicio de profesiones liberales. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes deben anexar la certificación correspondiente.
Tratándose de sociedades extranjeras con sucursal en el país, la Existencia y Representación Legal se acreditará con el RUP, y en caso de no tener sucursal en el país, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:
Nombre o razón social completa del proponente
Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación
Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica
Duración de la entidad
Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
El objeto social o la actividad económica del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.
3.16 FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman.
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3.17 APODERADO PARA OFERENTES EXTRANJEROS
Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado (poder especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español x xxxxxxxxxx oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.
En cumplimiento de lo ordenado por el Artículo 6.4.5 del Decreto 0734 de 2012, el oferente extranjero, persona natural sin domicilio en Colombia o persona jurídica extranjera que no tenga establecida sucursal en el país, NO se encuentra obligado al registro en el RUP.
El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano.
3.18 AUTORIZACION PARA CONTRATAR
Cuando el representante legal de la firma proponente, de conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la entidad competente, tenga limitada su capacidad para participar en el proceso de selección y suscribir el contrato, deberá presentar la autorización del órgano directivo correspondiente. En caso que el proponente sea consorcio, unión temporal u otra forma asociativa, cada uno de sus integrantes debe anexar la certificación correspondiente. Cuando se actúe en calidad de apoderado, deberá acreditarse tal condición, mediante documento legalmente otorgado (Artículo 24 de la ley 962 de 2005).
La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.
3.19 REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT)
Deberá allegarse copia legible, teniendo en cuenta que debe encontrarse actualizado al régimen tributario que le aplique.
Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes.
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3.20 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
Se deberá anexar una garantía de seriedad de la propuesta, constituida ante una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia, y que contenga los siguientes aspectos:
Valor asegurado: Diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta presentada. No obstante cuando el valor asegurado supere 1.000.000 de SMLMV deberá ajustarse a lo dispuesto en el numeral 5.1.7.1 del Decreto 0734 de 2012.
Vigencia: Tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del proceso., contados desde el momento de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual.
Tomador y/o afianzado: Nombre del proponente.
Asegurado y beneficiario: Municipio de Medellín. Para el caso de los Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, debe figurar como tomador y/o afianzado, la respectiva forma asociativa.
Objeto: Garantizar la seriedad de la propuesta (Véase información general).
3.21 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
3.21.1 Consularización
De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.”
Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
3.21.2 Apostilla
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del
5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
Lo documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la Convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostilla.
Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil.
Nota: En el evento en que los documentos otorgados en el exterior no cumplan con lo señalado en el presente numeral, no serán tenidos en cuenta.
3.22 RÉGIMEN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el Art. 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás normas aplicables.
3.23 REGÍMEN DE INSOLVENCIA EMPRESARIAL
Con el objeto de cumplir con los fines Estatales y principios establecidos en la contratación administrativa, propendiendo al mismo tiempo que los proponentes favorecidos garanticen la efectiva prestación del servicio requerido por la Administración Municipal, las empresas que se encuentren sometidas al régimen de insolvencia empresarial podrán presentar propuesta siempre y cuando se presenten bajo la figura de Xxxxxxxxx y/o Unión Temporal sin que el porcentaje de participación del integrante que se encuentra bajo esta figura supere el 40% del presupuesto oficial.
3.24 RESUMEN ECONÓMICO
Se deberá diligenciar el formato “Resumen Económico”.
Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los precios unitarios como totales, incluyendo todos los conceptos relacionados con el objeto de la presente contratación. En caso de presentarse en moneda extranjera, la Administración automáticamente hará la conversión con base en la TRM que rige para el día del cierre, discriminando el IVA, AU y las exenciones si hay lugar a ello. Los demás conceptos no previstos en la oferta, no serán asumidos por el Municipio de Medellín.
3.25 CONDICIONES ECONÓMICAS
En el evento de no discriminar el IVA y que el valor de los bienes y servicios ofrecidos causen dicho impuesto, el Municipio de Medellín lo considerará incluido en el valor de la oferta o en el evento de discriminar el IVA y no causen dicho impuesto, éste no será tenido en cuenta.
En el caso de bienes y servicios excluidos de IVA no se deberán diligenciar los campos relacionados con este impuesto en el formato “Resumen Económico”.
Para el análisis del precio se confrontará la relación entre los precios unitarios y los totales por medio de las cuatro operaciones aritméticas básicas. En caso de encontrarse diferencia, el Municipio realizará las respectivas correcciones.
En caso de diferencia de precios en diferentes apartes de la propuesta, primará para todos los efectos, los que figuran en el formato “Resumen Económico”.
El proponente deberá presentar su propuesta de manera discriminada, toda vez que la base de evaluación del precio será el VALOR SIN IVA y con base en ello se asignará el puntaje correspondiente. En todo caso el valor ofertado más el impuesto al valor agregado a que haya lugar dependiendo del régimen aplicable, no podrá superar el presupuesto oficial establecido para la contratación.
Si la propuesta presentada incluye otros conceptos de pago, relacionados con el objeto de la contratación, los proponentes deberán indicarlo en su oferta, precisando claramente el concepto, valor y forma de pago que propone. Dichos conceptos serán objeto de consideración por parte de la Administración.
Todos los costos asociados a la preparación y presentación de la propuesta estarán a cargo del Proponente y el Municipio de Medellín, en ningún caso, será responsable de los mismos.
Cuando de conformidad con la información a su alcance el Municipio considere o estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, se deberá proceder conforme a lo dispuesto en Artículo 2.2.10 del Decreto 0734 de 2012.
3.26 METODOLOGÍA
El Municipio de Medellín, previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las ofertas con base en los aspectos jurídicos, técnicos, económicos y financieros, adjudicará la Contratación al oferente cuya propuesta se ajuste al Pliego de Condiciones y haya obtenido el mayor puntaje.
En caso de empate en el puntaje total se aplicará lo dispuesto en el Decreto 0734 de 2012 en su artículo 4.2.5, se determinarán los criterios de desempate de conformidad con las siguientes reglas sucesivas y excluyentes:
3.26.1 Se preferirá la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de calidad, si persiste el empate.
3.26.2 La propuesta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio precio.
3.26.3 En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3.26.4 Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Xxxxxxx, se preferirá a la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mipymes nacionales.
3.26.5 Si no hay lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
3.26.6 Si persiste el empate, se preferirá al proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
3.26.7 En caso que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997 referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
3.26.8 Si el empate se mantiene, se hará el sorteo por el método aleatorio de balotas.
Parágrafo.- En cualquier caso los factores de desempate contenidos en los numerales 3 al 5 se aplicarán de conformidad con el parágrafo 1 del Artículo 1 de la Ley 816 de 2003. Al efecto, los bienes y servicios originarios de países con los cuales Colombia tenga compromisos comerciales internacionales vigentes en materia de trato nacional para compras estatales, o de aquellos países en los cuales a las ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales; deberán ser tratados en el marco de los criterios de desempate como si fueren bienes o servicios nacionales colombianos. Para efectos de la reciprocidad se dará aplicación a lo dispuesto en Artículo 4.2.6 del Decreto 0734 de 2012.
3.27 CERTIFICACIÓN PARA ACREDITAR LA CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD, DE MYPES Y MIPYMES
Para efecto de los factores de desempate relacionados con la condición de discapacidad y las Mypes y Mipymes, el oferente debe acreditar con la oferta lo siguiente:
Para la condición de discapacidad la certificación expedida por la oficina de trabajo de la respectiva zona, las constancias de contratación del personal por lo menos con anterioridad a un año y la condición que deberán mantener por un lapso igual al de la contratación, o la constancia del representante legal y contador o revisor fiscal, según corresponda, de esta situación.
Para las Mypes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale que es una Mype (Micro, pequeña empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa y los activos totales de la misma expresados en smmlv. Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.
Para las Mipymes, la certificación expedida por el Contador o el revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale la clase de Mipyme que se trata (mediana empresa); la planta de personal con que cuenta la empresa, los activos totales de la misma expresados en smmlv, Certificado de la Cámara de Comercio que certifique su antigüedad la cual no puede ser inferior a un año.
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales cada uno de los integrantes que ostenten las condiciones anteriores, debe acreditarla.
4. CRITERIOS DE EVALUACION
El ofrecimiento más favorable se obtendrá de sumar el puntaje obtenido de acuerdo con los siguientes criterios:
Criterio | Puntaje Máximo |
Precio | 600 |
Calidad (Experiencia adicional del Equipo de Trabajo | 300 |
Estímulo a la industria Nacional Colombiana | 100 |
TOTAL | 1.000 |
4.1 PRECIO:
Al menor precio ofrecido se le asignará el puntaje máximo, los demás obtendrán un puntaje de acuerdo con la siguiente fórmula: P: Pm x Pb/Pc
Donde: | P: | Puntaje para el criterio precio |
Pb: | Valor de la propuesta más baja | |
Pc: | Valor de la propuesta comparada | |
Pm: | Puntaje máximo asignado al criterio |
Si la adjudicación es parcial, la evaluación del precio se hará por ítem o grupo.
4.2 CALIDAD:
Experiencia adicional del Equipo de Trabajo 300 puntos
Se asignaran hasta trescientos puntos (300) al proponente que ofrezca dentro de su equipo mínimo una experiencia adicional así:
COORDINACIÓN GENERAL DEL PROYECTO
Se asignaran hasta sesenta (60) puntos si el Coordinador general cuenta con una experiencia adicional a la mínima exigida así:
CARGO | Experiencia | PUNTAJE |
COORDINACIÓN GENERAL DEL PROYECTO | Mínimo 2 años de experiencia en la atención a emergencias ó en coordinación de proyectos de carácter social | 0 Puntos |
De 2.01 a 3 años de experiencia en la atención a emergencias ó en coordinación de proyectos de carácter social | 30 puntos | |
De 3.01 a 4 años de experiencia en la atención a emergencias ó en coordinación de proyectos de carácter social | 45 puntos | |
Más de 4 Años de experiencia en la atención a emergencias ó en coordinación de proyectos de carácter social | 60 Puntos |
PARA LA ATENCIÓN SICOSOCIAL CANTIDAD DE PROFESIONALES OCHO (8)
Se asignaran hasta treinta (30) puntos a la experiencia adicional de cada uno de los Profesionales para la atención sicosocial así:
CARGO | Experiencia | PUNTAJE |
PARA LA ATENCIÓN SICOSOCIAL (Profesionales en áreas Sicosociales cant. ocho(8) | Mínimo 2 años de experiencia profesional en la ejecución de proyectos de desarrollo social, trabajo comunitario y trabajo en Red | 0 puntos |
De 2.01 a 3 años de experiencia profesional en la ejecución de proyectos de desarrollo social, trabajo comunitario y trabajo en Red | 10 puntos |
De 3.01 a 4 años de experiencia profesional en la ejecución de proyectos de desarrollo social, trabajo comunitario y trabajo en Red | 20 puntos | |
Más de 4 años de experiencia profesional en la ejecución de proyectos de desarrollo social, trabajo comunitario y trabajo en Red | 30 Puntos |
Es fundamental que se anexe la documentación soporte que acredite la información sobre la experiencia de los profesionales aquí indicados, sólo así podrá obtener el puntaje correspondiente, de lo contrario se asignará cero (0) puntos.
4.3 ESTÍMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL COLOMBIANA.
En aquellos procesos en los que se involucren bienes y servicios de origen extranjero se asignará el puntaje señalado en el artículo 4.2.4 del Decreto 0734 de 2012, atendiendo a los siguientes criterios:
Para servicios de origen nacional
De conformidad con lo consagrado en el artículo 2 de la Ley 816 de 2003, se asignará el diez por ciento (10%) del puntaje total a los proponentes que acrediten que los servicios son de origen nacional, para lo cual se deberá aportar certificación suscrita por el representante legal y/o proponente tratándose de persona natural.
Para bienes y/o servicios de origen extranjero con la incorporación de componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos, se asignara el cinco por ciento (5%) del puntaje total a los proponentes que acrediten dicha condición para lo cual se deberá aportar certificación suscrita por el representante legal.
5. CAUSALES DE ELIMINACION DE PROPUESTAS
El Municipio de Medellín podrá rechazar, sin que haya lugar a su evaluación, o eliminar las propuestas presentadas, entre otras, si incurre en cualquiera de los siguientes casos:
5.1 Cuando el valor de la propuesta económica supere el presupuesto oficial.
5.2 Si vencido el plazo para subsanar, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad.
5.3 Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en la Ley 80 de 1993 y demás normas aplicables sobre la materia.
5.4 Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, si hay lugar a ello.
5.5 Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.
5.6 Cuando no se aporte la Garantía de Seriedad de la propuesta simultáneamente con la oferta.
5.7 Cuando en la propuesta económica no se coticen la totalidad de los ítems.
5.8 Cuando la inscripción en el RUP no se encuentre en firme
5.9 Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de ellas.
5.10 Quien entregue la propuesta en un xxxxx xxxxxxxxx x xx xxxxxxx 000 y que por esta causa no llegue antes de la hora del cierre a la Secretaria de Inclusión Social y Familia, de la dirección xxxxx 00 Xxx 00-000 xxxx 0 xxxxxxx 000.
6. PREPARACION Y ENTREGA DE DOCUMENTOS
6.1 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Tanto los documentos para verificar los requisitos habilitantes, como las propuestas técnicas y económicas deberán ser presentadas, así:
Las propuestas deberán ajustarse en cuanto a su forma a los siguientes parámetros:
Elaboradas a máquina o en procesador de palabras.
En original y una (1) copia.
La copia de la propuesta (mediante cualquier medio de reproducción), deberá coincidir en su contenido con el original. Si se presentare alguna diferencia entre el original y la copia, prevalecerá la información consignada en el original.
Tanto el original como la copia, deberán entregarse debidamente FOLIADOS y LEGAJADOS, serán colocados dentro de un sobre o paquete separados, debidamente cerrados y rotulados en su parte exterior respectivamente como “original” y “copia”.
Con el fin de evitar omisiones cada uno de los folios que conforman la oferta original deberán tener un visado o firma resumida en la parte inferior derecha del Representante Legal o un delegado del proponente.
Las propuestas deberán contener un índice o tabla de contenido, que permita localizar adecuadamente la información solicitada en el Pliego de Condiciones, especificando los números de página donde se encuentran los documentos requeridos.
Los sobres deberán identificarse de la siguiente manera:
Estarán dirigidos al Municipio de Medellín
Se indicará el número y el objeto de la contratación.
Se indicará, el nombre y dirección del proponente, con el fin de que sea posible devolver la propuesta sin abrir, en caso de ser presentada extemporáneamente.
El Municipio no se hará responsable por no abrir, o por abrir prematuramente los sobres mal identificados o incorrectamente dirigidos.
Se entenderán por fecha y hora de presentación las que aparezcan en el sello o escrito puesto sobre la oferta por el encargado de recibirla, en el momento de su llegada al sitio de entrega de la misma.
No se aceptarán propuestas que xxxx entregadas en una oficina diferente a la indicada en el presente documento, así sea recepcionada dentro del plazo señalado para la entrega de propuestas.
6.2 ENTREGA DE PROPUESTAS
Si la propuesta es enviada por correo, el proponente debe hacerlo con suficiente antelación para que sea recibida y depositada en la urna o lugar destinado para el efecto, en la dependencia anotada y antes de la hora límite de cierre. En todo caso, el Municipio de Medellín no será responsable del retardo o extravío que se derive de esta forma de presentación.
6.3 PROPUESTA ALTERNATIVA
Además de su propuesta básica, cualquier proponente podrá ofertar una alternativa a excepciones técnicas y económicas, siempre y cuando no signifiquen condicionamiento para la adjudicación, manifestando claramente los beneficios que obtendrá el Municipio de Medellín al adoptarlas señalando los cambios que se proponen, los precios correspondientes, el plazo de ejecución, e incluir toda la información requerida para la cabal comprensión y evaluación de la misma.
Estas propuestas deberán indicar en forma definitiva las diferencias sustanciales presentadas, determinando claramente los puntos xxx Xxxxxx de Condiciones que se modifican y el beneficio que ello conlleva para el Municipio de Medellín.
La propuesta alternativa deberá estar claramente soportada en sus aspectos técnicos y queda a discreción del Municipio de Medellín el no aceptarla, cuando a su juicio no satisfaga sus requerimientos o no esté suficientemente explicada, sin que haya lugar a reclamación alguna por parte de los oferentes respectivos.
En todo caso, el Municipio de Medellín, se reserva la facultad de estudiar solamente las propuestas alternativas presentadas por el proponente que de acuerdo con su propuesta básica, haya presentado la más favorable y sea adjudicatario.
6.4 RETIRO O MODIFICACIÓN DE LA PROPUESTA
Si un proponente desea retirar su propuesta antes del cierre de la contratación, deberá presentar una solicitud en tal sentido, firmada por la misma persona que firmó la carta de presentación de la oferta. La propuesta le será devuelta sin abrir, en el momento de la apertura de la urna, previa expedición de un recibo firmado por el servidor (a) responsable por parte de la Administración Municipal y por el solicitante.
Si el proponente quiere adicionar documentos a su oferta, podrá hacerlo en original y una copia, aportándolos antes del cierre de la contratación y el Municipio de Medellín le expedirá una constancia de este hecho.
No será permitido que ningún proponente modifique o adicione su oferta después de que la contratación se haya cerrado.
6.5 RESERVA EN DOCUMENTOS
El proponente deberá indicar expresamente en su oferta, qué información de la consignada tiene carácter de reservada, señalando expresamente la norma jurídica en la que se fundamenta, con el fin de que el Municipio de Medellín se abstenga de entregarla misma, cuando cualquier persona natural o jurídica ejerciendo el derecho de petición, solicite copia de las propuestas. En el evento de que no se señale la norma específica que le otorgue ese carácter, se tendrá por no escrito el anuncio de reserva.
6.6 IDIOMA DE LA PROPUESTA
Todos los documentos e información relacionada con la oferta y el contrato deben presentarse en idioma español. Si alguno de ellos está en cualquier otro idioma, deberá acompañarse de su respectiva traducción al español, la misma que el proponente avalará con su firma. En este caso, para los efectos del proceso de contratación y del contrato, regirá la traducción en español.
6.7 VALIDEZ DE LA OFERTA
La validez de la oferta será de tres (3) meses, contados a partir de la fecha límite para recibir los documentos para la verificación de los requisitos habilitantes de la contratación.
6.8 VISITAS
Durante el desarrollo de la evaluación el Municipio de Medellín podrá realizar visitas a las sedes de los proponentes con el fin de confrontar la realidad de la información suministrada.
6.9 INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE SELECCIÓN
Las irregularidades presentadas o las actuaciones indebidas realizadas por servidores públicos del Municipio de Medellín, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley 80 de 1993, con ocasión del trámite del procedimiento de selección, podrán ser informadas a la Oficina de Evaluación y Control o en la línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144, por cualquier medio.
Por otra parte, en el evento de conocerse casos especiales de corrupción, se debe reportar el hecho al Programa Presidencial “Lucha contra la Corrupción” a través de: los números telefónicos: (0) 000 00 00, (0) 000 00 00, y (0) 000 00 00; vía fax al número telefónico: (0) 000 0000; correo electrónico, en la dirección: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; al sitio de denuncias del programa, en la página Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; correspondencia o personalmente, en la dirección: Xxxxxxx 0 Xx 0-00, Xxxxxx, X.X.
7. ADJUDICACION Y GENERALIDADES DEL CONTRATO
7.1 PLAZO PARA ADJUDICAR
Se hará conforme al numeral 9, Artículo 30 de la Ley 80 de 1993, reglamentado en los Artículos
8.1.13 y 8.1.14 del Decreto 0734 de 2012
7.2 RIESGOS PREVISIBLES
DESCRIPCIÓN | ESTIMACIÓN | ASIGNACIÓN |
ECON.-ESCASEZ DE MATERIALES, MATERIAS PRIMAS O INSUMOS | BAJO | CONTRATISTA |
SOC.-ACTOS DE SABOTAJE Y TERRORISMO | BAJO | MUNICIPIO |
SOC.-CAMBIO DE GOBIERNO MUNICIPAL | BAJO | CONTRATISTA |
NAT.-TEMPORADA DE LLUVIAS | ALTA | MUNICIPIO |
NAT.-TEMPORADA DE SEQUIA | MEDIA-BAJA | MUNICIPIO |
TEC.-FALLO DE SOFTWARE | BAJA | MUNICIPIO |
TEC.-FALLO DE HARDWARE | BAJA | MUNICIPIO |
TEC.-FALLOS EN LAS TELECOMUNICACIONES | BAJA | MUNICIPIO |
TEC.-APARICIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS | MEDIA-BAJA | CONTRATISTA |
NAT.-INUTILIZACIÓN DE CALLES, CARRETERAS O CAMINOS POR CAUS | MEDIA ALTA | CONTRATISTA |
REG.-INCREMENTO DE TARIFAS | BAJA | MUNICIPIO |
DE IMPUESTOS, TASAS Y/O CONTRIB | ||
REG.-INCREMENTO DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL | BAJA | CONTRATISTA |
REG.-CAMBIO DE LAS NORMAS TÉCNICAS Y/O REGLAMENTARIAS APLICA | BAJA | CONTRATISTA |
OPER.-PLAZO INSUFICIENTE | MEDIA-BAJA | MUNICIPIO |
OPER.-PRESUPUESTO INSUFICIENTE | MEDIA-ALTA | MUNICIPIO |
OPER.-DEMORAS EN SUMINISTRO DE MATERIALES, MATERIAS PRIMAS O | BAJA | MUNICIPIO |
FRO.-ENDEUDAMIENTO PARA EJECUCIÓN | BAJA | CONTRATISTA |
SOC.-BLOQUEO DE VÍAS DEBIDO A PAROS Y/O MANIFESTACIONES | BAJA | MUNICIPIO |
La presentación de las ofertas implica la aceptación, por parte del proponente, de la distribución de riesgos previsibles efectuada por la entidad.
7.3 GARANTÍAS
Para la ejecución del contrato, quien resulte adjudicatario del presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el Título V del Decreto 0734 de 2012, deberá otorgar cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo a favor del Municipio de Medellín, con una vigencia igual a la duración del contrato y:
Descripción | Porcentaje | Duración adicional | Unidad de Medida |
CALIDAD DEL SERVICIO | 10% | 4 | MESES |
CUMPLIMIENTO | 10% | 4 | MESES |
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES | 5% | 3 | AÑOS |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | 5% del valor del contrato, sin que en ningún caso sea inferior a 200 smmlv. | LA DELCONTRATO |
7.4 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO
El perfeccionamiento y legalización del contrato, estará sujeto a lo establecido en la Ley 80 de 1993, sus Decretos Reglamentarios y las normas internas de la Administración Municipal.
El Municipio de Medellín dispondrá hasta xx xxxx (10) días a partir de la notificación del Acto de adjudicación, para elaborar y entregar el respectivo contrato al adjudicatario vía correo electrónico en formato Pdf, para su impresión y firma. El adjudicatario dispondrá de tres (03) días hábiles para devolver el contrato firmado en original (físico sin modificaciones) y acompañado de los documentos exigidos para su legalización y ejecución.
7.5 CONTRATO
El Municipio de Medellín celebrará con el proponente adjudicatario, el contrato para la ejecución del objeto, fundamentándose en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, estudios previos, el Pliego de Condiciones y los análisis técnico, jurídico, financiero
y económico de la propuesta. El adjudicatario deberá presentar para la suscripción del contrato los siguientes documentos:
7.5.1 Fotocopia de la cédula de ciudadanía del Representante Legal.
7.5.2 Original de la Garantía Única. Se deberán otorgar las garantías exigidas en la minuta del contrato.
7.6 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
El contrato estatal es intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Municipio de Medellín, quien tiene la potestad legal para celebrarlo.
7.7 INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO
El Municipio de Medellín, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993.
En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades excepcionales, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas.
Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición ante el Municipio de Medellín, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993.
7.8 ADICION CONTRACTUAL
El contrato podrá adicionarse hasta en un cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con la Ley.
7.9 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO
Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión.
Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o al Municipio, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o al Municipio, u otros similares.
La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el Municipio por no haberlas constituido o mantenido vigentes.
7.10 MULTAS
En el evento en que el Contratista incumpla parcialmente cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra el Municipio de Medellín.
Para la imposición de las multas de manera unilateral, el Municipio de Medellín, dará aplicación al debido proceso.
Una vez impuesta la declaratoria de incumplimiento por parte del Municipio de Medellín, el Contratista autoriza al Municipio de Medellín para que descuente el valor de las multas directamente de cualquier suma que le adeude, si la hubiere, o de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 8.1.10, Decreto 0734 de 2012.
La imposición de multas no libera al Contratista del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, so pena de que se le inicie un nuevo procedimiento sancionatorio ante nuevos incumplimientos.
7.11 CLAUSULA PENAL
Se estipula una cláusula penal que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad por parte del MUNICIPIO DE MEDELLIN o de declaratoria de incumplimiento grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se cobrará ejecutivamente. En todo caso, se dará observancia al debido proceso, artículo 17 Ley 1150 de 2007, artículo 8.1.10, Decreto 0734 de 2012 y se seguirá el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, el cual establece el procedimiento administrativo para imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento.
7.12 CADUCIDAD
Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, el Municipio de Medellín, por medio de acto administrativo debidamente motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993.
7.13 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
El contrato celebrado, será objeto de liquidación bilateral con un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la terminación del contrato.
Así mismo, en caso de no efectuarse la liquidación bilateral, el Municipio de Medellín procederá con la liquidación unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento del plazo para la liquidación bilateral, o en los términos del Artículo 11 de la Ley 1150 de 2007.
7.14 FUERZA MAYOR
El Contratista quedará exento de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor, debidamente comprobada, por fuera del control del Contratista y que no implique falta o negligencia de éste o de su personal.
Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana.
En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, el Contratista tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna del Municipio.
Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse al Municipio de Medellín por el medio más rápido posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan iniciado o se hayan presentado; dentro de los diez (10) días calendario siguientes el Contratista suministrará al Municipio de Medellín todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que la Administración puedan requerir.
Las suspensiones debidas a demoras en la adquisición de los equipos o daños en los mismos, a circunstancias de ocurrencia común de estos trabajos de la misma naturaleza de las contempladas en este contrato, a huelgas de su personal de trabajadores resultantes de convenios laborales, a la falta de cooperación del Contratista para resolver peticiones justas de sus trabajadores o cualquier otra suspensión que ordene el interventor por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor y no darán lugar a indemnización ni a ampliación en el plazo estipulado.
7.15 INSCRIPCIÓN PROVEEDORES Y/O CONTRATISTAS
En caso de que el proponente no esté inscrito y resulte adjudicatario, deberá diligenciar el formato de inscripción de proveedores y contratistas, tramitándolo en la taquilla 11, sótano del CAM, Servicios a la Ciudadanía, aportando los siguientes documentos:
Persona natural:
Documento de identidad-CC, CE, NUIP
RUT-Registro único Tributario DIAN-
Certificado Bancario expedido por la entidad, que contenga como mínimo: Nombre y apellidos completos, Número del documento de identidad del titular de la cuenta, Tipo de Cuenta- Corriente o Ahorros, Número de la cuenta.
Persona jurídica:
Además de los exigidos para las personas naturales, debe aportar:
Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio (Para las asociaciones, Escuelas o Juntas de Acción Comunal que no poseen Cámara de Comercio, copia de la Resolución de Creación que las acredita)
Si ya se encuentra inscrito como proveedor del Municipio, no será necesario diligenciar el formato. Sin embargo, si han cambiado algunos aspectos de los reportados inicialmente en el formulario, es conveniente su diligenciamiento para actualizar la inscripción.
7.16 SUPERVISIÓN Y/O INTERVENTORÍA
El ordenador del gasto, designará el(os) responsable(s) del seguimiento, monitoreo, control efectivo de las actividades y resultados comprometidos y pactados en el contrato, de acuerdo con la cuantía de la contratación y el conocimiento requerido para la ejecución del mismo, el cual actuará en calidad de Supervisor o Interventor. (De conformidad con artículo 83 de la Ley 1474 de 2011).
7.17 IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES
Con relación a las retenciones en la fuente a título de los diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad
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tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención.
Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:
El Municipio de Medellín será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el acuerdo 00 xx xxxxx 00 xx 0000 xxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx. Por lo que descontaran al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).
Estampilla "Universidad de Antioquia de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los acuerdos 08 xx Xxxxx de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de Medellín, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de Medellín hará el descuento en el pago o pagos del contrato.
El Municipio de Medellín a través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de la estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, al momento de la elaboración de la orden de pago de los contratos y adiciones suscritas, de conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010 (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV).
La retención en la fuente por Impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al dos por mil (2 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de Medellín, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.
La retención en la fuente por Impuesto Sobre la Renta para la Equidad – CREE correspondiente al 0.3%, 0.6% o 1.5% del valor total del contrato, antes de IVA.
En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente.
7.18 ASEGURAMIENTO METROLOGICO.
El contratista deberá presentar evidencia de un programa de aseguramiento metrológico, de conformidad con los Decretos 2269 de 1993, 3144 de 2008, 3257 de 2008 y 3735 de 2009. Los requisitos mínimos que deben contener dichas evidencias son:
Evidencia de personal capacitado en las actividades que ejecuta para dar cumplimiento al objeto del contrato.
Hoja de vida de los instrumentos y equipos utilizados en las actividades que se ejecutan para dar cumplimiento al objeto del contrato.
Cronograma de actividades Metrológicas (Mantenimientos preventivos y calibraciones).
7.19 IDENTIDAD GRÁFICA ALCALDÍA DE MEDELLÍN.
Atendiendo a los lineamientos de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía de Medellín, la estrategia de comunicación y todas las actividades que de ella se deriven, al igual que las piezas comunicacionales y publicitarias (vallas, plegables, cartillas, afiches, material audiovisual, souvenir, herramientas digitales, entre otros) y los elementos de identificación del personal; sin excepción, deberán ser aprobados por el comunicador representante de dicha dependencia. El manejo de la imagen institucional se hará de acuerdo con los lineamientos del Manual de Identidad Gráfica de la Alcaldía de Medellín.
Como política de comunicaciones, en las piezas y productos de comunicación publicitaria y en las estrategias de divulgación, no se permite la ubicación de los logos de las empresas operadoras de EVENTOS, cuando los recursos provengan exclusivamente de la Alcaldía de Medellín.
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No se autoriza ninguna publicación por parte de propios o contratistas, sin el visto bueno de la Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía.
La elaboración de chalecos, gorras y camisetas está sujeta a la autorización de la Dirección de Comunicaciones, con base en la pertinencia y necesidad de dichas piezas para el evento o proceso.
Para efectos de trámites administrativos y autorización de pagos, los interventores sólo procederán cuando se verifique que las publicaciones y materiales producidos corresponden totalmente a los diseños aprobados por la Dirección de Comunicaciones.
Para verificar en cada pieza publicitaria:
Limpieza.
Textos breves y directos.
Mensajes en positivo.
Imágenes que reflejen vida.
En el diseño debe manejarse la paleta de colores institucional o consistencia con la misma.
Protagonismo claro de la Alcaldía de Medellín.
Las fotos con personas reales o que reflejen nuestra identidad y cultura.
7.20 TRABAJOS EN ALTURA
Cuando para la ejecución del contrato, se requieran labores o desplazamientos a 1.5 metros o más sobre el nivel inferior, el contratista deberá cumplir con lo señalado en el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas, establecido en las resoluciones 3673 de 2008, 0736 de 2009 y la circular 0070 de 2009 del Ministerio de Protección Social, las resoluciones xxx XXXX 1486 y 1938 de 2009 y resolución 1409 de 2012 Ministerio del Trabajo.
8. PAGOS Y FACTURACION
8.1 FORMA DE PAGO
El Municipio de Medellín realizará la transferencia electrónica a la cuenta informada por el proponente en el formulario de inscripción en el Directorio de Proveedores y Contratistas del Municipio.
Si el adjudicatario no se encuentra x xxx y salvo con el Municipio de Medellín, con la suscripción del contrato, autoriza para que la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente y sin previo aviso realice el correspondiente xxxxx xx xxxxxxx, para compensar los valores que tenga en xxxx por cualquier concepto.
8.2 FECHA DE RECEPCIÓN DE FACTURACION
La facturación recibida durante los 10 primeros días de cada mes, serán reportados para pago en Contabilidad el 16 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m.
La facturación recepcionada después de los 10 días hábiles de cada mes, serán radicadas para pago en Contabilidad el día 20 de cada mes en el horario de 08:00 a 12:00 m.
8.3 RECIBO A SATISFACCIÓN
El recibo a satisfacción deberá expedirlo el interventor respectivo y deberá adjuntarse a la factura o documento equivalente.
8.4 REQUISITOS MÍNIMOS DE LAS FACTURAS
Las facturas de venta o documentos equivalentes deben cumplir como requisito mínimo las normas fiscales vigentes establecidas en el del Estatuto Tributario.
En la factura o documento equivalente se debe hacer alusión al número de contrato, la dependencia responsable, así como el nombre del interventor designado o funcionario responsable.
Detallar en la factura el concepto del bien o servicio que se está vendiendo o prestando.
Toda factura o documento equivalente se debe presentar en original y copia y entregarse al Interventor.
Las facturas o documentos equivalentes deberán entregarse a la Administración, para su respectivo trámite, durante el mismo mes de su expedición.
Cuando se haya entregado anticipo, deberá especificarse en la factura o documento equivalente el porcentaje del valor del contrato que fue entregado por este concepto.
ANEXOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS
La atención de las problemáticas que afectan a la población de la ciudad de Medellín implican la incorporación de enfoques que permitan la adecuada asistencia y que además, garanticen su coherencia con el Plan de Desarrollo “MEDELLÍN, UN HOGAR PARA LA VIDA”; estos enfoques son el territorial, de género, familia, poblacional y gestión social del riesgo, los cuales son aplicables en este caso específico a la población afectada por emergencias de carácter natural o antrópico.
ENFOQUE DEL MODELO DE ATENCION
El contratista seleccionado tendrá presente y aplicará los enfoques y lineamientos del Plan de Desarrollo 2012-2015, Medellín, “Un Hogar para la Vida”, así como la normatividad que enmarca el proyecto, los principios y protocolos establecidos para su operación.
Enfoques del Plan de Desarrollo 2012-2015 “Medellín, un hogar para la vida”:
Enfoque de derechos y capacidades: Este enfoque define los lineamientos macro que orientan las acciones y estrategias de la Administración Municipal hacia el avance del desarrollo humano integral. El enfoque de derechos es un marco conceptual utilizado para orientar las acciones tendientes a la garantía, promoción, protección, prevención de la vulneración y restitución de los derechos de la población. Su propósito es abordar las desigualdades sociales y problemáticas del desarrollo, corrigiendo aquellas prácticas que obstaculizan el bienestar de las personas y el desarrollo del territorio. La expansión de capacidades por su parte, indica el proceso de promoción de las potencialidades de la población (a partir de sus libertades civiles) y de su capacidad de agencia como sujeto que participa del desarrollo social, cultural, económico, ambiental y político de la ciudad.
Estos aspectos implican un replanteamiento de la política social en la ciudad, al reconocer a los sujetos como portadores de derechos y partícipes en el proceso de su desarrollo personal y en el de la ciudad. En su conjunto, se trata de concebir el desarrollo social centrado en sujetos que ejercen sus derechos, responden a sus responsabilidades civiles y ciudadanas, y desarrollan sus potencialidades para alcanzar objetivos comunes, desde los cuales se responde a los intereses ciudadanos y se atienden sus necesidades prioritarias. Con esta noción, el concepto de desarrollo trasciende la productividad económica y la producción de bienes y servicios hacia la construcción de un bienestar integral. El enfoque de derechos busca integrar en las etapas del proceso de diseño de políticas públicas y de programación para el desarrollo:
Las normas y los principios de los derechos humanos comprendiéndolos en su integralidad, interdependencia y universalidad, con el fin de promoverlos y protegerlos en el marco del desarrollo.
El principio de igualdad y no discriminación; para lo cual el enfoque hace uso a su vez de los enfoques poblacional y ciclo vital, equidad de género y territorial.
La expansión de capacidades de las y los ciudadanos, para que ejerzan sus derechos y responsabilidades.
Con base en este enfoque, la ciudad orienta el diseño de las acciones, bienes y servicios dirigidos a la protección y promoción de los derechos fundamentales de la población, y de la atención integral a aquella población en riesgo o situación de vulnerabilidad social, a fin de reducir la inequidad social, e incrementar el desarrollo de los individuos y calidad de vida de la sociedad. Con
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su implementación, el enfoque potencia la creación de entornos protectores y facilitadores en los cuales la ciudadanía puede ejercer sus derechos, desarrollar sus capacidades y potencialidades, y a su vez expandir sus oportunidades según su proyecto de vida.
Enfoque poblacional: Tiene como objeto el reconocimiento de la Administración Municipal a la pluralidad de adscripciones identitarias de la población de la ciudad: etarias, biológicas, sociales, culturales, políticas, por situaciones, condiciones o búsquedas sociales compartidas, las cuales les confieren necesidades específicas, que deben ser focalizadas en lineamientos de política, los cuales a través de programas y proyectos buscarán el desarrollo de los grupos poblacionales: Mujeres, Niñez y adolescencia, Juventud, Personas mayores, Población LGBTI, Población campesina, Población en situación xx xxxxx, Población en situación carcelaria, Población víctima de desplazamiento, Población afrocolombiana, Población indígena, Población en situación de discapacidad.
Trabajar desde este enfoque requiere de la ciudad y la Administración, todo un compromiso dirigido al reconocimiento de la diversidad, capacidades y necesidades de sus pobladores, las políticas públicas que propenden por su inclusión, protección y bienestar y la implementación de las mismas a través de las acciones institucionales, organizacionales y civiles.
Enfoque de equidad de género: El enfoque de género consiste en el derecho y capacidad que tienen tanto mujeres, como hombres, para disfrutar de los bienes sociales, las oportunidades, recursos y recompensas que se ofrecen y se producen en la ciudad. Tal búsqueda de equidad implica integrar a las mujeres en los procesos vigentes de desarrollo y que la expansión del ser, la garantía de derechos, oportunidades y el acceso a bienes y servicios, no estén sujetos a la condición del sexo de las personas.
Como enfoque de este Plan, la equidad de género implica pensar la gestión pública desde procesos de transformación política, social, cultural y económica, dirigidos a transformar las condiciones de vida de las mujeres y su posición en la ciudad: superando las brechas y desventajas sociales existentes por su condición de género, disminuyendo prácticas discriminatorias que atentan contra su desarrollo, incrementando su acceso a los recursos y redistribuir recursos y oportunidades, promoviendo la participación femenina en escenarios de decisión y promoviendo la expansión de sus capacidades y oportunidades, para que puedan realizarse como individuos y actuar colectivamente para alcanzar sus necesidades e intereses.
Se trata de un proceso de transversalización que implica la valoración de las implicaciones que puede tener para hombres y mujeres cualquier acción planeada: políticas, planes, programas y proyectos, en todas las áreas, niveles y sectores, de modo que ambos sexos se beneficien igualitariamente (PNUD, 2007:13).
Para esto, el Municipio trabaja por la gestión transversal del enfoque de género como un proceso estratégico, que conlleva al diseño e implementación de acciones, trátese de políticas o programas en todas las áreas y a todos los niveles (comunitario, gobiernos locales, instituciones, etc.) para poder tomar decisiones, medidas correctivas y preventivas de eliminación de la desigualdad y la discriminación.
Aquí la concepción de desarrollo humano integral está dirigida a la equiparación: Que todos los seres humanos tengan la posibilidad de disfrutar de los mismos derechos, opciones de acceso a bienes y servicios y de relaciones al interior de la sociedad (sociales, ideológico-simbólicas, normativas y políticas).
Enfoque territorial urbano - rural: visión sistémica del desarrollo: La superación de las inequidades expresadas en el territorio, será la gran apuesta que inspirará las acciones de la Administración Municipal en el próximo cuatrienio. Para ello, los procesos de planeación y la gestión de los acuerdos y alianzas, deberán ser innovadores, buscando incansablemente las
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alternativas para la inserción competitiva de la ciudad en el ámbito subregional, departamental, regional, nacional e internacional.
Objetivo Superior del Plan de Desarrollo:
El Desarrollo Humano Integral de los y las habitantes de Medellín desde la prevalencia del bien general, la justicia y la solidaridad, las condiciones de vida digna y la convivencia social, la promoción del equilibrado desarrollo territorial y la inserción competitiva de Medellín en los ámbitos subregional, regional, departamental, nacional e internacional. Este Desarrollo Humano Integral será el vehículo para alcanzar un modelo de ciudad equitativa: Incluyente en lo social, distributiva en lo económico, democrática en lo político y sostenible en lo ambiental.
Línea 2 Equidad, prioridad de la sociedad y del gobierno
Con la Línea 2 Equidad, prioridad de la sociedad y del gobierno del Plan de Desarrollo de Medellín 2012-2015 “UN HOGAR PARA LA VIDA”, se propende por construir una ciudad equitativa mediante la generación de oportunidades para que los y las habitantes se equiparen en el acceso y disfrute de servicios públicos esenciales: Educación, seguridad alimentaria, vivienda y hábitat, siendo prioritaria la familia y los grupos poblacionales niñez y adolescencia, mujeres, jóvenes, personas mayores, población afrocolombiana, indígena, campesina, LGBTI, las poblaciones víctima del conflicto y desplazamiento, y en situación de discapacidad, esto con el fin de consolidar un proyecto de ciudad incluyente, que promueve, garantiza y restituye los derechos de su población y potencia sus capacidades en igualdad de oportunidades.
En esta línea se encuentra el segundo de los énfasis del Plan de Desarrollo: Generar las condiciones básicas para que en nuestra sociedad demos un salto contundente en reducción de la exclusión de la inmensa inequidad que la caracteriza. Se plasman en ella, por tanto, los programas e iniciativas que buscan garantizar derechos, pero también mitigar aquellas condiciones que impiden que muchos de nuestros ciudadanos y ciudadanas puedan llevar una vida digna, y limitan sus posibilidades de acceder a las oportunidades del desarrollo en lo político, lo social y lo económico, atendiendo a la situación de vulnerabilidad poblacional y territorial, de modo que podamos llegar prioritariamente a las personas más desprotegidas.
Componente Bienestar e Inclusión Social
Programa Medellín incluyente con los grupos poblacionales en riesgo
El Programa Medellín incluyente con los grupos poblacionales en riesgo del Componente Bienestar e Inclusión Social de la Línea 2 del Plan de Desarrollo de Medellín 2012-2015 “Equidad, prioridad de la sociedad y del gobierno”, tiene como objetivo: Desarrollar acciones articuladas para prevención, mitigación y superación del riesgo social y la promoción de las capacidades humanas, que permitan el bienestar de la población (personas mayores, personas con discapacidad, población en emergencia natural o antrópicas, personas con problemas psicosociales y de alcoholismo y drogodependencia, personas en situación xx xxxxx y en ejercicio de prostitución), su constitución como sujetos de derechos y responsabilidades y la equiparación de oportunidades.
METODOLOGIA O RUTA DE ATENCION
Para desarrollar la atención psicosocial y humanitaria, desde la Administración Municipal se cuenta con un protocolo o ruta de atención, donde se especifican las actividades y los tiempos de atención a la población en riesgo y/o víctima de emergencias o desastres.
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El proceso de atención implica el desarrollo de las siguientes actividades:
1. Inicia cuando la comunidad reporta el evento a la línea 123 de Atención de Emergencias de la Ciudad, allí es registrada la información y remitida a la entidad competente que es la Comisión Técnica del DAGRD.
2. Una vez la Comisión Técnica registra la información en un informe técnico o Ficha Técnica es remitido a las entidades competentes, entre ellas, la Comisión de Protección Social de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, que procede a realizar la visita de carácter social donde el profesional diligencia con las personas, familias o comunidades según el caso, la Ficha Social y determina según los parámetros ya establecidos en esta, las condiciones de afectación, el impacto psicosocial de la misma y procede a cuantificar y/o determinar las ayudas humanitarias requeridas para apoyar a las familias en la mitigación de su situación de emergencia.
3. Se realizan las derivaciones y gestiones correspondientes al nivel interinstitucional (remisiones a ISVIMED, Inspecciones, programas de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, EPM, servicios exequiales, entre otras), con el fin de que las familias puedan ser objeto de una atención integral por parte de la Administración Municipal y a otras instituciones según el caso.
4. Atendidas las familias en primera instancia, se hacen luego seguimientos o acompañamientos sociales de acuerdo con las condiciones presentadas por la familia (esto es que presenten un mayor grado de vulnerabilidad social) y remisiones institucionales en los casos que lo ameriten.
5. Cuando exista un evento de emergencia o eventos de gran magnitud o impacto en el municipio de Medellín, el operador deberá hacer parte de los Comités Operativos que se establezcan desde la Comisión de Protección Social, adscrita a la Secretaría de Inclusión Social y Familia y cumplir con todos los requerimientos o tareas que asignen los coordinadores generales.
6. Entrega de paquetes alimentarios, kit de aseo, cocina, hogar y otras ayudas, de acuerdo con el protocolo establecido y entregado en el anexo 1; además, las actividades de atención social y humanitaria a la población víctima y vulnerable de emergencias y/o desastres.
El contratista deberá en todo momento, ajustarse a los protocolos de atención de emergencias del proyecto, los cuales se relacionan a continuación y se anexan al presente documento:
Anexo 1: Protocolos de atención Comisión Social (contiene todas las rutas establecidas en el proyecto para la atención de las visitas de riesgo y de emergencias: protocolo de remisiones, visitas de riesgo, atención de emergencias, Puesto de Mando Unificado (PMU), albergue, ayudas humanitarias.
Anexo: 2: Protocolo de seguridad.
Anexo: 3: Cadena de llamadas
PERSONAL MINIMO REQUERIDO
Para la atención a la población en emergencia se requieren los siguientes perfiles y el desarrollo de las siguientes actividades
PARA LA COORDINACIÓN GENERAL DEL PROYECTO: Uno (1)
Estudios: Profesional de las áreas sociales o de la salud, con especialización en el área social como Gerencia Social, Gestión Social, o afines a la Administración como Gerencia de servicios,
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Gerencia de proyectos, Control Organizacional, con mínimo dos (2) años de experiencia en la atención a emergencias ó en coordinación de proyectos de carácter social.
Perfil:
Profesional con conocimiento y experiencia de trabajo en programas de carácter social y comunitario.
Con sensibilidad social y actitud positiva hacia el trabajo en equipo.
Conocedor(a) de las instituciones de apoyo social en la ciudad, con excelentes habilidades de gestión de recursos y de trabajo en red.
Actividades:
Liderar con el Equipo Técnico la planeación estratégica de todo el contrato de acuerdo con los lineamientos de la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
Realizar, conjuntamente con el equipo de trabajo, las propuestas metodológicas de cada una de las actividades.
Organizar, dirigir y coordinar la ejecución de las actividades a desarrollar en el contrato.
Vigilar la correcta aplicación de las técnicas e instrumentos de evaluación por parte del personal que participe en el desarrollo del contrato.
Orientar y apoyar al equipo social en la atención de emergencias, visitas sociales, seguimientos y/otras actividades propias que desempeña el profesional Social dentro del proyecto cuando se requieran.
Realizar el seguimiento y evaluación del proyecto con base en los indicadores propuestos. Velar por la calidad y el cumplimiento de las actividades a desarrollar en la ejecución del contrato.
Proponer las modificaciones o ajustes necesarios en los procedimientos y actividades establecidas en los protocolos, de acuerdo con los resultados obtenidos en la operación del proyecto
Acompañar y liderar el equipo humano que se necesite para la ejecución del contrato.
Xxxxxxx, organizar, coordinar y evaluar las labores del personal que participe en el desarrollo del contrato.
Apoyar con su conocimiento el desarrollo de alternativas y estrategias para la solución de problemas en los sitios objeto del proyecto en el municipio de Medellín y sus corregimientos.
Asistir a reuniones y/o eventos que le sean encomendados en la Secretaría de Inclusión Social y Familia como: comisiones accidentales del Concejo de Medellín, reuniones con Líderes y la comunidad y reuniones interinstitucionales, entre otras.
Realizar presentaciones o informes parciales cuando se requieran con el apoyo de la Secretaría y el profesional de planeación.
Velar por el cumplimiento de todas las directrices que emita la supervisión y/o interventoría y la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
Elaborar y coordinar las tareas para la entrega oportuna de los informes mes a mes con el respectivo seguimiento.
Sistematizar y analizar la información de los usuarios atendidos y las actividades realizadas en desarrollo del proyecto. Responder de manera eficiente y oportuna todos los requerimientos que exijan actividades y productos del proyecto.
Informar, al supervisor y/o Interventor, cualquier situación que pueda afectar el buen desarrollo del proyecto.
ATENCIÓN PSICOSOCIAL
Profesionales en áreas Sociales: ocho (8)
Estudios: Profesionales en las áreas sociales (Trabajadores Sociales, Psicólogos (preferiblemente con énfasis en Psicología social), profesionales en Planeación del Desarrollo, Sociología, mínimo dos (2) años de experiencia profesional en la ejecución de proyectos de desarrollo social, trabajo comunitario y trabajo en Red.
Perfil:
Profesional con sensibilidad social, conocimiento y experiencia de trabajo en programas de carácter social y comunitario.
Con actitud positiva hacia el trabajo en equipo.
Conocedor(a) de las instituciones de apoyo social en la ciudad, con excelentes habilidades de gestión de recursos y de trabajo en red.
Actividades:
Realizar visitas domiciliarias y aplicar la ficha social en cada vivienda
Realizar oportunamente las entregas de carácter humanitario: como el paquete alimentario y los diferentes kits dispuesto por la administración municipal, el cual se hará por una sola vez en caso de pérdida de enseres y de acuerdo con los resultados de la evaluación realizada por el técnico que efectúa la intervención. Cada entrega deberá cumplir con los registros diligenciados en su totalidad y acompañados del registro fotográfico.
Dejar debidamente diligenciada la necesidad del requerimiento de remisión al programa del Instituto Social de Vivienda y hábitat de Medellín- ISVIMED de aquellas familias que en razón del evento o de la emergencia natural o causada por el hombre o en condiciones de riesgo inminente se les diagnostique, según recomendación en ficha técnica del DAGRD, desalojo definitivo o temporal de dicha vivienda (esta solicitud será entregada a la secretaría Administrativa del proyecto para que proceda con la remisión).
Realizar seguimiento a los casos especiales de las familias atendidas y que han sido víctimas de una situación de desastre y que presenten un alto grado de vulnerabilidad social y llevar a cabo las remisiones a las entidades respectivas, acompañar el proceso con el respectivo registro fotográfico.
Hacer el seguimiento a los casos remitidos por la Comisión Social a las diferentes instituciones, con el fin de cerciorarse que las personas, familias o comunidades estén recibiendo la intervención necesaria para mitigar su situación de vulnerabilidad.
Mantener actualizada una base de datos con la información de las instituciones y sus servicios, estableciendo vínculos directos con los responsables de cada entidad, permitiendo una eficiente gestión en las remisiones y en los procesos de seguimiento interinstitucionales.
Llevar a cabo el registro fotográfico y demás registros y formatos necesarios que permitan verificar y dar cuenta del desarrollo de las actividades.
Servir de enlace de manera permanente con las entidades que hacen parte de la cadena de atención, en especial el ISVIMED, las Inspecciones de Policía y el DAGRD
Asistir a reuniones de articulación institucional en los momentos que lo solicite la coordinadora del proyecto o supervisor y/o Interventor.
Trabajar de manera articulada con los servidores públicos asignados al proyecto por parte de la Secretaría de Inclusión Social y Familia en todo lo relacionado con el desarrollo del proyecto.
Entregar oportunamente los informes que le sean solicitados por supervisor y/o Interventor.
Presentar un consolidado mensual de las actividades realizadas (este informe debe interpretar la ficha social o censal que es aplicada a las familias, las cuales deben tener un análisis o interpretación de los resultados dados por cada variable.
Liderar acciones, en el ámbito institucional e interinstitucional, que propendan por el establecimiento de medidas efectivas en la atención de casos especiales.
Elaborar y presentar un cronograma de actividades semanal, con el reporte de las actividades a realizar, los días, horarios, lugares y recursos que requiere.
Participar en las reuniones convocadas por la coordinación y supervisor y/o interventor del proyecto, a fin de coordinar acciones y presentar informes verbales de las actividades realizadas y sugerencias.
Entregar diariamente, después de cada jornada, las fichas sociales diligenciadas al personal responsable de la digitación, en el cual deberá aparecer, el tipo de ayuda brindada y el número de paquetes alimentarios entregados. Es de estricto cumplimiento la entrega diaria del total de fichas diligenciadas.
Cuando el profesional Social atienda emergencias, este debe hacer entrega del informe correspondiente en el formato dispuesto por el Municipio a más tardar al siguiente día de atender la emergencia, de no hacerlo así incurrirá en incumplimientos de sus actividades.
Remitir al ICBF la población menor de 18 años, víctima de emergencias y/o desastres, cuando se requiera.
Mensualmente presentar al Coordinador Social un informe de actividades realizadas que contenga: número de fichas recibidas; número de visitas realizadas, listado de personas atendidas con paquetes alimentarios; listado de la remisión de usuarios a otros servicios y programas de la Alcaldía y la Secretaría de Inclusión Social y Familia, especificando la atención especializada requerida; número y listado de usuarios remitidos directamente al programa de temporalidad del ISVIMED.
Prestar el servicio con disponibilidad de tiempo permanente para la atención de las familias afectadas por emergencias (incluye los fines de semana y en la noche).
Una vez se requiera implementar albergues, debe apoyar con diligenciar el censo, por número de familias, número de personas que conforma cada núcleo familiar y especificar la población por sexo y rango de edad y demás variable requeridas para tal fin. Deberá acompañar todo el proceso de ingreso de la familia al Albergue temporal, la estadía en el mismo, con los procesos de convivencia y acercamiento institucional, así como el egreso y el seguimiento al grupo familiar.
Apoyar a la Secretaría de Inclusión Social y Familia, en la coordinación interinstitucional del albergue para satisfacer los requerimientos de salud, educación, alimentación, etc.
Xxxxxxx las demás tareas asignadas por la coordinación en virtud del proyecto.
Profesional en Planeación: Uno (1)
Estudios: Profesional en Administración de Empresas, Economía, Finanzas o Planeación y Desarrollo Social, con buenas habilidades de dirección, gestión y comunicación para la interacción. Acreditar experiencia de más de dos (2) años en labores relacionadas con las funciones del cargo.
Perfil: Persona con sensibilidad social, vocación de trabajo comunitario, con excelentes relaciones interpersonales, habilidades de líder, capacidad de trabajo en equipo, proactivo, propositivo, creativo, diligente, con alta capacidad de solución de conflictos.
Actividades
Suministrar, de manera correcta y depurada, los reportes estadísticos del proyecto, solicitados por la Secretaría de Inclusión Social y Familia, por variables
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sociodemográficas de la población atendida, actividades realizadas y demás variables que se requieran, en las fechas que defina la Secretaría.
Elaborar informes de avance y resultados, con base en los indicadores de seguimiento y evaluación formulados para el proyecto y las fuentes de verificación.
Apoyar a la Unidad de Programas Sociales Especiales UPSE, en las necesidades propias y relacionadas con la planeación.
Orientar la ejecución de los planes de mejoramiento del proyecto.
Realizar levantamiento y análisis estadístico de la información que se genera en el proyecto y apoyar, en caso de requerirse, los diferentes proyectos coordinados por la Unidad de Programas Sociales Especiales UPSE.
Realizar la evaluación y seguimiento al Plan de Acción y el Programa de Trabajo del Proyectos y entregar un (1) consolidado final de todos los seguimientos correspondiente al Plan Indicativo.
Mantener actualizados los procedimientos protocolos, formatos, acciones correctivas, preventivas, plan de mejoramiento del proyecto en el programa ISOLUCION, acorde con los lineamientos del Sistema Integral de Gestión.
Participar activamente en la implementación del Sistema Integral de Gestión de Calidad, participando en las reuniones que convoque la coordinación, articulando con los demás miembros de la Comisión Social del DAGRD, la realización de las actividades propias que exija la implementación de este sistema.
Mantener actualizadas las Fichas EBI (Estadísticas Básicas de Inversión) y de la Metodología DNP del proyecto de emergencias, según demanda.
Apoyar la elaboración de informes a los diferentes entes de control y entidades que lo soliciten (Procuraduría, Personería, Contraloría, Concejo), de acuerdo con los requerimientos xx xxx.
Xxxxxxx las funciones que le sean asignadas cuando por motivo de planes de contingencia se requieran.
Desempeñar las demás funciones asignadas por su coordinador inmediato, en relación con la atención de emergencias, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.
Auxiliares administrativos: Cuatro (4)
Estudios: Bachilleres, titulados en estudios básicos de sistemas, con experiencia laboral en funciones de apoyo administrativo, con conocimientos en el manejo de bases de datos y programas como: Word, Excel avanzado, ACCES, internet avanzado y afines, con experiencia de más de dos (2) años en labores relacionadas con el campo de sistematización.
Perfil: Persona con sensibilidad social, vocación de trabajo comunitario, con excelentes relaciones interpersonales, trabajo en equipo, ágil para digitar, que entregue con calidad y oportunidad los diferentes informes y trabajos.
Actividades:
Mantener actualizada de forma permanentemente toda la información de la población atendida.
Realizar la gestión de documentos y establecer un archivo.
Manejar los Sistemas de Información que el Municipio tiene implementados para la gestión de los datos y documentos: SIBIS e ISOLUCION.
Diligenciar las actas en formatos aprobados por la Alcaldía de Medellín e ingresarlos a los Sistemas de Información de la Alcaldía de Medellín. (ISOLUCION,SIBIS)
Mantener en perfecto estado de actualización y archivo, las fichas técnicas y sociales de la población atendida, por zona / comuna y subdividida por remisiones a subsidio de temporalidad y paquetes alimentarios suministrados y las carpetas que se generen
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en el desarrollo del contrato (Comisiones accidentales, reuniones con comunidad, correspondencia interna y externa, entre otras).
Realizar los documentos de remisión al programa del Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín – ISVIMED de aquellas familias que en razón de un evento (por una emergencia natural o causada por el hombre) se les diagnostique, según recomendación en ficha técnica del DAGRD, desalojo definitivo o temporal, de acuerdo con la información aportada por la trabajadora social y el DAGRD.
Mantener actualizado el registro de la población atendida por el proyecto, mes a mes, teniendo en cuenta el formato de Estadística y el Sistema Único de Beneficiarios que utilizan la Secretaría de Inclusión Social y Familia y el Departamento de Planeación Municipal.
Al finalizar el contrato, entregar el archivo pasivo y el generado organizado y actualizado, con base en las directrices de Gestión Documental del Archivo Municipal.
Elaborar y suministrar los informes verbales / escritos que en todo momento solicite la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
En caso de que la Secretaría de Inclusión Social y Familia deba implementar un plan de contingencia para atender una situación de emergencia, debe apoyar y acatar orientaciones y decisiones dadas por el coordinador social; además, su labor la deberá coordinar con los servidores y demás equipo logístico del proyecto y de la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
Apoyar las labores administrativas del orden secretarial en la UPSE cuando por necesidad del servicio así se le solicite.
Administrar y distribuir el material de papelería y suministros que sean asignados para la atención del proyecto, para lo cual deberá llevar un kárdex con sus respectivos registros.
Llevar el registro y seguimiento xx xxxxxxxx de libros y demás documentos a cargo del proyecto.
Xxxxxxx las demás tareas asignadas por la coordinación e supervisor y/o Interventor en virtud del proyecto.
Secretaria: una (1)
Estudios: Bachiller, titulada en estudios básicos de Secretariado, con experiencia laboral en funciones de apoyo administrativo, con conocimientos en el manejo de bases de datos y programas como: Word, Excel avanzado, ACCES, internet avanzado y afines, con experiencia de más de dos(2) años en labores relacionadas con actividades como secretaria y manejo de archivos físicos.
Perfil: Persona con sensibilidad social, vocación de trabajo comunitario, con excelentes relaciones interpersonales, capacidad para trabajo en equipo, ágil para digitar, que entregue con calidad y oportunidad los diferentes informes y trabajos, con conocimiento y manejo de información y documentación (archivos físicos, de acuerdo con normas establecidas).
Actividades:
Orientar a las familias, individuos y comunidad suministrándoles información, documentos o elementos, de conformidad con los trámites, procedimientos y autorizaciones establecidos y de acuerdo a la normatividad; además, debe realizar seguimiento a dichos trámites.
Informar al equipo directivo, administrativo y profesional sobre llamadas telefónicas, programación de reuniones y demás actividades que se presenten, para garantizar el cumplimiento oportuno a las mismas.
Direccionar la entrega, recibo y archivo de la correspondencia y demás documentación de la oficina, de acuerdo al procedimiento establecido, con el fin de agilizar su consulta y respuesta.
Transcribir los trabajos e informes que se requieran, utilizando las normas estipuladas para cada caso, garantizando su comprensión y presentación.
Organizar, clasificar y derivar la documentación al interior del proyecto.
Transcribir y radicar, en el sistema Mercurio de la Alcaldía de Medellín, los oficios que le sean entregados.
Asistir a las capacitaciones que organice la institución.
Contribuir con las buenas relaciones de todo el personal en general.
Garantizar a los usuarios el derecho a la confidencialidad.
Presentar los informes requeridos.
Desempeñar las demás funciones asignadas de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
Apoyar la gestión de las Coordinadora y supervisor y/o interventor.
Proponer un plan de trabajo orientado al mejoramiento del manejo de la documentación del proyecto.
Gestionar la asesoría de Servidores del Archivo Central del Municipio de Medellín, para coordinar el traslado del archivo pasivo del proyecto.
Mantener informada a la Coordinación del Proyecto sobre las novedades que se presenten con respecto a la Administración del Archivo.
Elaborar y presentar informe mensual de gestión
Elaborar y presentar informe final de gestión.
Atender el teléfono y anotar requerimientos de la comunidad y de las instituciones.
Profesional en sistemas de información: uno (1)
Estudios: Gerente en Sistemas de Información, con más de dos (2) años de experiencia profesional.
Perfil:
Persona con sensibilidad social, vocación de trabajo comunitario, excelentes relaciones interpersonales, habilidades de líder, capacidad de trabajo en equipo, proactivo, propositivo, creativo, diligente, con alta capacidad de solución de conflictos.
Actividades:
Manejo y seguimiento a la base de datos del proyecto que se tiene en ACCES.
Implementar estrategias que permitan el mejoramiento de los procesos de información en actividades de recolección, almacenamiento, procesamiento y presentación de la misma, acorde a cada componente y las necesidades del proyecto de atención a la población en emergencia.
Realizar consultas en las bases de datos, para suministrar de manera correcta y depurada la información estadística solicitada por la Secretaría, en términos de personas y familias atendidas, actividades realizadas y demás variables que se requieran, según el formato y en las fechas que defina la Secretaría de Inclusión Social y familia.
Realizar el soporte técnico en el área de informática a los profesionales del proyecto en el uso de la base de datos.
Apoyar a la Unidad de Programas Sociales Especiales en las necesidades propias y relacionadas con sistemas.
Apoyar en las cargas de información a los sistemas SUB y SIBIS y generar los reportes que se soliciten.
Apoyar y retroalimentar la elaboración de reportes y presentación de la información
Elaborar informes mensuales de actividades y proyecciones del área de sistemas.
Apoyar actividades del proyecto y realizar otras actividades asignadas.
Mantener actualizadas las bases de datos con la respectiva georreferenciación por zonas y comunas de acuerdo a las características de las emergencias atendidas, ayudas humanitarias entregadas, remisiones administrativas realizadas, zonas con prevalencia de atención y demás variables resultantes del proyecto que realizar seguimiento a los indicadores del proyecto.
En caso de que la Secretaría de Inclusión Social y Familia, deba implementar un plan de contingencia para casos de emergencia, debe apoyar su atención con el cumplimiento de las tareas que le sean asignadas por los coordinadores del proyecto, y demás equipo logístico y operativo.
Xxxxxx al coordinador social en la elaboración de los informes de las emergencias atendidas.
Participar en las reuniones de coordinación interna de los funcionarios de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, asignados a la Comisión Social, a fin de coordinar acciones y suministrar sugerencias e informes verbales y/o escritos de las actividades realizadas.
Mensualmente presentar al coordinador, en coordinación con el profesional en planeación, un informe de actividades realizadas que contenga: número de fichas recibidas; número de visitas realizadas, listado de personas atendidas con paquetes alimentarios; listado de la remisión de usuarios a otros servicios y programas de la Alcaldía y la Secretaría de Inclusión Social y Familia, especificando la atención especializada requerida; número y listado de usuarios remitidos directamente al programa de temporalidad de la Secretaría de Desarrollo Social.
Elaborar y suministrar los informes verbales y/o escritos que normal o extraordinariamente solicite la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
Elaborar manuales para el manejo de la información generada en las bases de datos.
Las demás que sean requeridas por el coordinador del proyecto componente.
OFICIOS VARIOS (auxiliar de apoyo logístico con motocicleta): Uno (1)
Estudios: Bachiller.
Perfil:
Seis (6) meses de Experiencia laboral, capacidad de trabajo bajo presión y/o en situaciones críticas, excelente capacidad de liderazgo y toma de decisiones, buenas relaciones interpersonales, buena presentación personal, con disponibilidad de tiempo permanente y habilidades de comunicación, en especial para recibir y dar información e instrucciones.
Metodología:
El servicio será prestado de acuerdo con las necesidades de servicio del Municipio de Medellín y se activará en el momento en que se presenten eventos críticos en la ciudad.
Actividades:
Coordinar la entrega de los paquetes alimentarios y los kits correspondientes para la atención de la emergencia ubicados en el Centro de Logística Humanitaria - CLH.
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Informar las necesidades de abastecimiento de la bodega o acopio de los paquetes alimentarios y ayudas Humanitarias.
Garantizar el almacenamiento técnico de los suministros que se tengan en el centro de acopio o bodega.
Garantizar la disponibilidad del Centro de acopio o bodega las 24 horas del día, durante la duración del contrato.
Apoyar la rotación de los elementos de ayuda humanitaria y su adecuado almacenamiento y conservación.
Presentar informes al supervisor y/o Interventor y al responsable sobre los movimientos efectuados en el centro de acopio o bodega cada mes o parciales a petición de quien tenga tal potestad delegada.
Implementar el manejo sistematizado de suministros humanitarios donados o adquiridos para la administración de los mismos.
Apoyar la recepción de los suministros definiendo sitios y realizando su debida clasificación.
Realizar la distribución de suministros de acuerdo con los lineamientos del proyecto de atención de emergencias o del superior funcional.
Velar porque el centro de acopio o bodega se mantenga en perfectas condiciones de orden e higiene. Informar sobre el control técnico de vectores a quien corresponda el mantenimiento locativo.
Compilar y presentar informes ordinarios y extraordinarios, según lo solicite la Secretaría de Inclusión Social y Familia, de acuerdo a los formatos preestablecidos, del total de ayudas entregadas y disponibles en las Bodegas a su cargo.
Realizar listado de los enseres recibidos a cada grupo familiar cuando se requiera custodiar en bodega observando su estado y relacionando cualquier novedad por escrito.
Realizar la entrega de los enseres a las familias una vez sean evacuados del albergue y reclamados por las mismas, verificando la pertenencia de los mismos y dejando las respectivas constancias de entrega.
Mantener actualizados los inventarios de dotación, papelería, insumos de cafetería y aseo.
Xxxxxxxx y entregar correspondencia, siendo prudente y con el cuidado que amerita los documentos públicos.
Apoyar en trámites administrativos a la secretaría y a los auxiliares administrativos las veces que sea necesario
Demás funciones asignadas por los coordinadores.
INFORMES.
MENSUALMENTE EL CONTRATISTA DEBERA PRESENTAR:
Un informe consolidado mensual con corte al veinticinco (25) de cada mes, en medio magnético y por escrito, el cual deberá ser entregado los primeros diez (10) días del mes siguiente, y debe contener:
- El reporte de las actividades realizadas durante la atención a la población afectada por emergencias y desastres, que incluya un análisis de las fortalezas y dificultades y las propuestas de solución a éstas.
- Un informe sobre los procesos de articulación institucional, reuniones comunitarias y comisiones accidentales en que se haya participado en apoyado a la Administración Municipal;
- Un informe sobre los procesos de seguimiento a casos especiales remitidos mensualmente a otras entidades del orden gubernamental y no gubernamental.
- El registro fotográfico de las acciones desarrolladas durante el mes, avances de ejecución del plan de trabajo aprobado para el proyecto, con los respectivos anexos.
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Asi mismo, informar sobre dificultades, situaciones imprevistas, aprendizajes y recomendaciones para la intervención.
Entregar el veintiocho (28) de cada mes, con corte al día 25 y según la metodología y formatos establecidos por la Secretaría de Inclusión Social y Familia, los informes estadísticos que permitan hacer seguimiento a las actividades ejecutadas y al plan de acción del proyecto: informe de personas atendidas, informe de trámites y servicios, informe de seguimiento.
Entregar la información de empleos generados por el proyecto cuando se solicite dicha información por parte del supervisor y/o interventor o la Secretaría de Inclusión Social y Familia, en los formatos establecidos por la Secretaría.
Veinte (20) días posteriores a la firma del acta de Inicio, el contratista deberá presentar el plan operativo para la ejecución de las actividades con el respectivo cronograma de ejecución que incluya: objetivos, estrategias, metas físicas, indicadores y resultados.
Presentar cuadro de ejecución presupuestal los primeros diez (10) días de cada mes.
Diligeniciar y entregar cuando el interventor y/o supervisior lo solicite, la planilla que contenga el registro diario del uso del transporte, la cual será suministrada por la Secretaría de Inclusion Social y Familia.
EXTRAORDINARIAMENTE:
Informes extraordinarios de avance y resultados, que solicite la Secretaría de Inclusión Social y Familia a través del supervisor y/o interventor.
AL FINALIZAR EL CONTRATO:
El contratista deberá hacer entrega de:
Disco Duro con los BACKUP realizado a los equipos utilizados en la ejecucion del proyecto, el ultimo dia del contrato.
Emblemas de identificacion de profesionales (chalecos, camisetas, carnet) y toda la dotacion entregada totalmente limpia, y los logos de los vehículos.
Inventario de todos los equipos entregados para su custodia, inventario de suministros de papeleria, cafeteria, llaves de escritorios, archivos, memorias USB.
Archivo contentivo de fichas sociales y seguimientos realizados actualizado. PARA LIQUIDAR EL CONTRATO
Presentar carpetas con informes, formatos, actas de asistencia y demás instrumentos definidos por la Alcaldia de Medellin, que permitan hacer una verificación de todas las actividades desarrolladas.
Informe final de intervencion el cual debera contener:
Balance de las ayudas humanitarias entregadas.
Presentar un consolidado de las remisiones realizadas durante el año al ISVIMED.
Consolidado de remisiones realizadas a las inspecciones.
Consolidado de remisiones realizadas a otras instituciones.
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Carpeta con información relacionada a las comisiones accidentales atendidas durante la ejecución del contrato así como de reuniones comunitarias e institucionales.
Estadística de atención, con indicadores de atención.
Bases de datos de las personas atendidas totalmente actualizadas, al igual que el sistema de información de beneficiarios.
Entrega de manuales, cartillas y demás material que se haya generado durante la ejecución del contrato en medio digital.
Presentar paz y salvo de pagos de honorarios, prestaciones sociales, parafiscales y seguridad social integral, de cada uno de las personas que presten el servicio en este contrato.
Presentar paz y salvo de todas las contrataciones realizadas con terceros, para el cumplimiento del objeto del contrato
Paz y salvo del Municipio de Medellín con el contratista
SEGUIMIENTO Y EVALUACION:
El contratista deberá presentar los resultados de los siguientes indicadores de manera mensual y consolidada con su respectivo análisis.
Indicadores:
Número de Visitas sociales realizadas
Número de Grupos Familiares atendidos con ayudas humanitarias
Número de Familias atendidas con paquete alimentario
Número de Familias atendidas con Kit de Xxxx
Número de Familias atendidas con kit de Hogar
Número de Familias atendidas con Kit de Cocina.
Número de Grupos familiares remitidos al programa de arriendo temporal
Número de Grupos familiares remitidos a otros programas
Número de personas y familias atendidos en otros programas
Numero de Articulaciones comunitarias realizadas.
Numero de remisiones realizadas a las inspecciones de Policía.
Mecanismos de Verificación:
Informes mensuales de actividades ejecutadas
Fichas Sociales a la población.
Oficios radicados con remisiones a arriendo temporal
Oficios de remisiones a otros programas.
Registro Fotográfico
Base de datos de las familias remitidas al ISVIMED y a inspecciones.
Bitácora o Diario de Campo de actividades en las diferentes zonas de atención en la ciudad y cronograma de actividades.
Planillas control de transporte.
Planilla de entrega de paquetes y Kits
Requerimientos escritos por parte del supervisor y/o Interventor al contratista.
Requerimientos realizados por parte del nutricionista al Contratista e Informe de seguimiento de las visitas de seguridad alimentaria.
Con respecto a los paquetes alimentarios el supervisor y/o Interventor mantendrá contacto permanente con el operador contratista que suministra el producto, y realizará actividades de
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seguimiento a la calidad, cantidad, presentación, fechas de vencimiento, envoltura, marcas, entre otros, conjuntamente con el profesional del área de Nutrición de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, quien realizará las recomendaciones del caso en el momento de requerirse.
OTROS SERVICIOS REQUERIDOS TRANSPORTE:
El contratista deberá Proveer el servicio de transporte liviano, con cuatro (4) vehículos tipo camioneta, 4x4 las 24 horas del día, los 7 días de la semana y deberá tener como como máximo de 5 años de antigüedad y (1) un vehículo tipo Jaula. Este servicio se deberá prestar con disponibilidad de tiempo permanente para la atención de las familias afectadas por emergencias (incluye los fines de semana y en la noche).
TIPO DE VEHICULO | CANT. | DISPONIBILIDAD | CARACTERISTICAS DEL SERVICIO |
Campero o camioneta 4x4, doble cabina, modelo 2009 en adelante Un vehículo tipo jaula, con estaca, cabina sencilla y con doble transmisión, con máximo de 5 años de antigüedad. | 4 | Todos los vehículos deben estas disponibles 9 horas diarias de lunes a viernes y al menos uno de ellos debe quedar con disponibilidad rotativa en las noches y fines de semana. | Este servicio se deberá prestar con disponibilidad de tiempo permanente para la atención de las familias afectadas por emergencias (incluye los fines de semana y en la noche). El conductor debe contar con telefonía móvil para comunicación oportuna con la base. La cual debe correr por su cuenta |
1 | Se utilizará para el transporte de enseres de las familias afectadas y que requieran el servicio, al igual que el servicio de camionetas, deberá estar disponible en la sede xx xxxxx donde opera el proyecto de manera permanente e inclusive en el caso en que la jaula no esté transportando enseres, deberá prestar el servicio para las visitas sociales de emergencia y riesgo. |
La prestación del servicio de transporte incluye el conductor quién obligatoriamente debe tener pase vigente, seguro obligatorio vigente (SOAT), certificado de emisión de gases, permiso del Ministerio de Transporte para servicio a terceros, matrícula y seguro del vehículo, y vivir preferiblemente en Medellín y póliza de responsabilidad civil extracontractual.
Asignar conductores para la prestación del servicio de transporte con amplio conocimiento de la ciudad y con el siguiente perfil: Persona amable, respetuoso, reservado con la información, prudente, bien presentado, con una actitud positiva de disponibilidad para llevar a cabo las tareas que se le asignan relacionadas con el objeto del contrato.
El contratista debe garantizar que el conductor tenga en todo momento celular con un mínimo de minutos disponible. Es de aclarar que el celular estará por cuenta y riesgo del conductor quien deberá sufragar los gastos de su línea celular
En el caso que se presente una novedad con el vehículo o conductor, el contratista beberá reemplazarlo de inmediato sin entorpecer la prestación del servicio, informando de inmediato al funcionario de la Comisión Social de turno o al supervisor y/o Interventor del contrato, cuál conductor queda en reemplazo y a qué teléfono debe comunicarse con él. El vehículo debe ser de las mismas características y el conductor deberá tener el perfil y disposición solicitada.
El automotor debe portar la imagen institucional de la Secretaría de Inclusión Social y Familia y la Administración Municipal de Medellín, sólo cuando esté prestando el servicio.
Aportar antes de la iniciación del contrato los siguientes documentos:
Revisión técnico- Mecánica, de acuerdo con las exigencias xx xxx.
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o Copia de la matrícula de propiedad del vehículo.
x Xxx y salvo de multas y contravenciones de la secretaría de tránsito municipal.
o Copia de la licencia de conducción vigente y para la categoría correspondiente al tipo de vehículo que prestará el servicio.
o Copia del seguro obligatorio de accidentes de tránsito SOAT
o Copia del seguro del vehículo, expedido por la Compañía de Seguros respectiva con cubrimiento de daños a terceros.
o Copia del certificado de emisión de gases vigente
Al momento de cambiar un vehículo o conductor el contratista debe aportar los mismos documentos requeridos en éste contrato para ambos.
Suministrar por cuenta propia los gastos inherentes a la prestación del servicio correspondientes a suministro de gasolina y mantenimiento en general del vehículo.
Efectuar oportunamente y por su cuenta las reparaciones necesarias al vehículo que este prestando el servicio de transporte.
Asumir los partes o multas en caso de que el conductor incurra en una infracción.
Llenar diariamente las planillas de traslado por cada recorrido realizado.
Pago de peajes:
El contratista deberá garantizar el pago de peajes cuando por necesidad del servicio deba desplazarse para la atención de emergencias y visitas de riesgo, se estima para la duración del contrato una cantidad de 40 viajes.
ELEMENTO | CANTIDAD | FRECUENCIA |
Peajes | 80 (ida y regreso) | Todo el contrato |
Servicio de Comunicaciones
Con el fin de mejorar las comunicaciones con la comunidad afectada, con el personal al interior del proyecto y como con las demás entidades y comisiones del DAGRD, se requiere:
CONCEPTO | CARACTERISTICAS DEL SERVICIO | DURACION | CANT. | ||
Plan de voz y datos para telefonía celular. | Servicio con control corporativo 1.250 minutos. | Todo contrato | el | 3 | |
Teléfono celular con disponibilidad de minutos. | Servicio con control corporativo 1.050 minutos | Todo contrato | el | 3 | |
Servicio de internet móvil | Plan ilimitado (1) de 10 MB 4G. Plan limitado(2) de 10MB 4G | Todo contrato | el | 3 | |
Tarjetas prepago telefonía celular de operadores | para varios | Tarjetas de máximo $10.000 pesos de recarga. | Todo contrato | el | 80 |
Compra y/o mantenimiento de equipos Black Xxxxx | Una vez | 2 |
Servicio de Albergue temporal Durante todo el contrato.
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El contratista deberá disponer de un albergue temporal, para aquellas familias afectadas por los eventos de emergencia y/o aquellos causados por el hombre y que no posean red de apoyo ni social, ni familiar, para lo cual deberá considerar o tener en cuenta el cumplimiento de los siguientes aspectos:
El contratita debe informar de manera oficial a la Secretaría De Inclusión Social y Familia, y enviar con la propuesta: la dirección, teléfono y datos de la persona(s) de contacto; de la sede(s) que se dispone de un albergue temporal para aquellas familias afectadas por los eventos de emergencia y/o aquellos causados por el hombre y que no posean red de apoyo ni social, ni familiar.
La alimentación será suministrada todos los días de la semana (de lunes x xxxxxxx), sin ninguna interrupción. Diariamente se ofrecerá a los usuarios los siguientes servicios: desayuno, media mañana, almuerzo, algo, comida. En caso de presentarse población gestante, lactante, o adulto mayor, deberá contemplarse un complemento alimentario tipo merienda, durante el tiempo de permanencia de estas familias en el albergue.
Los ciclos de menú deben ser programados con el fin de cubrir los requerimientos nutricionales de cada grupo de edad, basados en las recomendaciones de consumo diario de calorías y nutrientes para la población colombiana según Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Los menús de alimentación, deben ser elaborados partiendo de una dieta normal, sin ningún tipo de restricción o modificación. A partir de esta dieta, se realizará la derivación para la patología o condición nutricional que requiera la población atendida.
Se debe ofrecer variedad en las preparaciones y en la presentación de los alimentos, cumpliendo con características organolépticas de sabor, olor, color, textura, consistencia y temperaturas requeridas.
En los ciclos de alimentación se deben incluir preparaciones del agrado de la población objeto de atención.
Todos los alimentos utilizados para la preparación de los menús deben cumplir la normatividad que les aplique.
El empaque y rotulado de todos los alimentos a suministrar durante la ejecución del contrato deberá cumplir con lo estipulado en la Resolución 005109 de Diciembre 29 de 2005 y la Resolución 333 de 2011 y los demás que lo modifiquen o complementen en el desarrollo del contrato.
El servicio de alimentación debe ser flexible en los horarios de atención a los usuarios, de tal forma que si un usuario ingresa a la institución en un horario por fuera de los establecidos para la distribución de la alimentación se le pueda brindar alguna de las preparaciones que se encuentran dentro del menú del día.
El contratista u operador deberá cumplir con todo lo establecido en el Decreto 3075 de diciembre de 1997, garantizando el cumplimiento de las normas para el almacenamiento, preparación y distribución de alimentos, mediante programas de protección y conservación de los mismos, a fin de evitar deterioro en contenidos nutricionales y alteraciones que afecten la salud de los usuarios.
Acorde con lo establecido en el capítulo IX del Decreto 3075 de diciembre de 1997 con relación a la obligatoriedad del registro sanitario, todos los alimentos suministrados durante la ejecución del contrato, deberán tener marca de fábrica y registro o permiso sanitario, excepto los que se eximen en dicho capítulo.
Con el fin garantizar la calidad microbiológica, físico y organoléptica de la alimentación no se permitirán preparaciones del día anterior o de días anteriores, en ninguna comida, todo debe ser preparado del mismo día, cumpliendo a cabalidad con las BPM.
El personal encargado de la preparación de la alimentación deberá estar capacitado en todas las normas sanitarias y deberá ceñirse estrictamente al acatamiento de los reglamentos que sobre la materia aparecen en el Decreto 3075 de Diciembre de 1997, Capítulo III.
Acorde a lo establecido en el capítulo III artículo 15 literal H del Decreto 3075 de 1997, y teniendo en cuenta el riesgo de contaminación, será obligatorio el uso de tapabocas en los procesos de preparación de jugos y ensaladas, así como en el proceso de servida y distribución de todas las preparaciones que componen el menú del día.
En el momento de la servida todas las preparaciones deberán cumplir con las características de olor, sabor, textura, consistencia, color, presentación y temperatura requeridas, lo cual será evaluado por el Interventor.
Es responsabilidad del contratista u operador contar con una planta física adecuada para el procesamiento de alimentos, para lo cual deberá realizar las adaptaciones mínimas requeridas para el proceso de alimentos según Decreto 3075 de 1997, dotándola de equipos, menaje, vajilla y todos los demás utensilios requeridos para el adecuado almacenamiento, procesamiento y distribución de la alimentación.
Se debe contar con un Programa de saneamiento básico en el cual se deben desarrollar los programas de limpieza y desinfección, programas de manejo de residuos sólidos, y programa de control de plagas. Cada uno de estos programas debe contener objetivos y procedimientos definidos para disminuir el riesgo de contaminación alimentaria.
Se estima un cupo diario de hasta veinte (20) personas durante la ejecución del contrato, solo se reconocerá el valor del servicio prestado efectivamente.
CONCEPTO | No DE CUPOS DIARIOS | FRECUENCIA | OBSERVACIONES |
Servicio de Albergue temporal | 20 | 157 DIAS | Garantizar la atención de las personas damnificadas por emergencias, en el evento que se requiera en sitios de albergue garantizando instalaciones en buen estado, con capacidad física y condiciones higiénicas necesarias para el número de usuarios recibidos, avalado por licencia sanitaria actualizada, expedida por autoridad competente |
Bodegaje de enseres
El contratista en el evento de ser requerido deberá disponer de un espacio físico para el bodegaje de enseres de las familias afectadas por emergencias para lo cual se dispondrá de un techo presupuestal para la prestación de ese servicio. Deberá responder por el adecuado almacenaje, garantizar la custodia, el estado en que se reciben y generar los registros necesarios, inclusive el fotográfico de manera que haya claridad frente al tipo xx xxxxx que se custodia.
En caso de algún daño o pérdida de bienes durante el transporte y bodegaje de enseres, el contratista deberá responder por la reparación, reposición y adecuación de estos enseres, con los recursos destinados del proyecto.
CONCEPTO | CAN T | CARACTERISTICAS | FRECUENCIA | OBSERVACIONES |
Servicio de bodega | 1 | Espacio físico suficiente y adecuado para el bodegaje de enseres de las familias afectadas por emergencias.(De 100m2 aproximadamente) | A necesidad | Este espacio será contratado solo por el tiempo requerido y deberá estar disponible durante toda la ejecución del |
contrato. |
Servicio de fumigación
Se deberán realizar durante el contrato un (1) servicio de fumigación en la bodega donde se Almacenan los paquetes alimentarios (CLH), además la entidad contratista realizará el proceso de control de plagas, insectos y roedores, de la sede del proyecto ubicada en el Barrio Xxxxx Centro, realizando igualmente una (1) fumigación durante la ejecución del contrato, utilizando material inocuo para el usuario y efectuada por una empresa competente y con licencia para tal fin. La disposición y eliminación adecuada de residuos sólidos en la sede del proyecto es responsabilidad de la entidad contratista.
CONCEPTO | CARACTERISTICAS | OBSERVACIONES | |
Instalación y/o Lugar | Área en Metros2 | Frecuencia | |
Servicio de fumigación para las bodegas donde se ubiquen los paquetes alimentarios CLH | 120 metros 2 | 1 Vez durante la ejecución del contrato | Control de plagas, insectos y roedores, efectuada por una empresa competente y con licencia para tal fin. |
Instalaciones de la UPSE en Xxxxx Centro | 650 mt2 | 1 vez durante la ejecución del contrato. | Utilizando material inocuo para el usuario, efectuada por una empresa competente y con licencia para tal fin. |
Jornada de Apoyo psicotécnico (apoyo al apoyo)
El contratista deberá realizar dos (2) jornadas de apoyo psicotécnico para personal adscrito al proyecto, hasta para cuarenta (40) personas aproximadamente, durante la ejecución del contrato. La actividad Apoyo al Apoyo - Incluye: transporte, alimentación (almuerzo y 2 refrigerios), material de trabajo y profesional orientador. Los temas estarán relacionados con los procesos de atención de emergencias de alta y mediana magnitud y afines, a fin de cualificar el equipo del proyecto y serán acordados con el supervisor y/o Interventor. El contratista deberá presentar con antelación de por lo menos quince (15) días, las tres (3) propuestas para ser aprobadas (es decir, tres (3) opciones tanto del perfil del experto como del tema específico, el sitio del encuentro y de la alimentación), para ser aprobadas por el supervisor y/o Interventor.
Alimentación para atender eventos de emergencias:
El Contratista deberá proveer la alimentación para eventos de emergencia (equipos de trabajo y logísticos) personal operativo y administrativo del proyecto (almuerzos 200 y refrigerios 200), se estima para la duración del contrato una cantidad aproximada de cuatrocientas (400) raciones.
Dotación para el personal para el trabajo de campo:
El contratista debe proveer como mínimo la siguiente dotación para el personal que requerirá para la ejecución del proyecto
CANTIDAD
ARTICULO
Camiseta blanca tipo polo manga corta, en tela Jenerra (calidad de la tela) de 240 gramos 50% algodón, 50 % poliéster, cuello y puños tejidos con don franjas xxxxxxxxx en cuello y puño tono a tono con logos institucionales bordado policromía (varios colores). La muestra se pondrá a disposición por parte del contratante en la sede del proyecto. | 20 |
Camibuso de manga larga en poliéster al 65%, y 35% algodón con logos institucionales y cintas refléctivas reglamentarias. La muestra se pondrá a disposición por parte del contratante en la sede del proyecto. | 20 |
Chaleco en tela, 100% poliéster, antifluido y microfibra, impermeable con logo bordado, bolsillos, capucha, cintas reflectivas, color amarillo. La muestra se pondrá a disposición por parte del contratante en la sede del proyecto | 15 |
Riñonera en tela dril con los logos institucionales bordados, cinta reflectiva, con bolsillos, xxxxxx en riata gruesa y chapa no metálica. | 15 |
Stickers para vehículo en Lámina magnética 50 X 50 cms calibre 20, adhesivo reflectivo 3m, impreso en 720 dpi, acabados: laminado brillante troquelado; (colores y diseño establecido por el área de comunicación del municipio)-con logo, | 10 |
Cachuchas en tela dril de calibre grueso con logos institucionales bordados (color institucional) y cinta reflectiva. | 20 |
Reparación y mantenimiento de equipos de oficina.
El contratista deberá garantizar el mantenimiento de los siguientes equipos propiedad del Municipio de Medellín y que sirven al proyecto, certificando la calidad de dicho servicio; este mantenimiento se realizará por una vez durante el contrato.
ELEMENTOS | CARACTERISTICAS | CANTIDAD | A CARGO DE |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPO XX XXXX MARCA DELL VOSTRO 320 , TECLADO Y CPU | 3 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. |
VIDEO BEAM | EPSON LCD PROJECTOR MODEL :EMP-X5 POWERLITE 77C, serial JX8F74A034L | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. | |
COMPUTADOR PORTATIL | MARCA COMPAQ | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. | |
COMPUTADOR PORTATIL | MARCA SONY | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. | |
COMPUTADOR PORTATIL | MARCA DELL | 3 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. | |
COMPUTADOR PORTATIL | COMPAQ PRESARIO | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto | |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPOS XX XXXX MARCA SANSUNG, CON CPU Y TECLADO | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPOS XX XXXX MARCA THINKCENTRE LENOVO CON TECLADO Y CPU | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPOS XX XXXX MARCA HP, L1710, CON TECLADO Y CPU | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPOS XX XXXX HP, TECADO, PANTALLA Y CPU | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto |
EQUIPO COMPUTO | DE | EQUIPOS XX XXXX MARCA DELL, TECLADO, PANTALLA Y CPU | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto |
IMPRESORA | HP Deskjet 3050 | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto | |
IMPRESORA | HP Photosmart - C5280 all in one | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto | |
IMPRESORA | HP LASER JET M1522 | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. | |
IMPRESORA | HP LASERJET M4345 MFP | 1 | En cartera para uso del personal vinculado a la Oficina de la Familia y del personal Contratista del Proyecto. |
Con el fin de permitir el desarrollo y ejecución de las actividades para la atención de la población afectada por las emergencias, el contratista deberá aportar de manera ágil y oportuna y de acuerdo a solicitud del supervisor o Interventor designado por el Municipio de Medellín, el material
y los insumos requeridos, de acuerdo con las especificaciones técnicas y características establecidas.
Para determinar el valor de la contratación, la Secretaría de Inclusión Social y Familia ha realizado un estudio de precios y elementos a utilizar.
A continuación se hace una descripción de los elementos o insumos que se adquieren con los recursos del contrato para su ejecución, así como las cantidades respectivas.
COMPRAS:
Elementos de Oficina y Suministros.
Estos elementos se adquieren durante la vigencia del contrato y se solicitaran al contratista de acuerdo a las necesidades del proyecto.
ELEMENTO | PRESENTA CION | CANT | FRECUENCI A |
Papel Bond carta | Resma | 40 | Una vez |
Papel Bond oficio | Resma | 40 | Una vez |
Cinta de enmascarar diferentes dimensiones | Unidad | 10 | Una vez |
Cinta transparente | Unidad | 4 | Una vez |
Taquitos de papel para notas | Unidad | 20 | Una vez |
Bisturí | Unidad | 3 | Una vez |
Contac transparente | Metros | 5 | Una vez |
Marcador sharpie | Unidad | 3 | Una vez |
Cuaderno pequeño grapado | Unidad | 30 | Una vez |
Resaltador | cajas por 12 unidades | 5 | Una vez |
Lápices de mina negra | Unidades | 84 | Una vez |
Carpeta legajadora celuguia | Unidades | 15 | Una vez |
Tóner para impresora Láser Jet 4345 MFP- | Unidades | 4 | Una vez |
Tóner para impresora HP Laser Jet M1522 | Unidades | 2 | Una Vez |
Cartucho para impresora HP Photosmart - C5280 all in one | Unidades | 2 | Una vez |
Cartucho para impresora HP Deskjet 3050 | Unidades | 8(tinta negra 4 y a color 4) | Una vez en el contrato |
Sobres de Manila (tamaños: carta, media carta y oficio | Unidad(100 de cada uno) | 300 | Una vez |
Carpetas AZ (Tamaño Carta y Oficio) diez y diez | Unidades | 30 | Una vez |
Tijeras medianas | Unidades | 2 | Una vez |
Huellero | Unidades | 12 | Una vez |
Cartulina por 1/8 para legajar información | paquete por x 50 unidades | 1 | Una vez |
Pilas triple AAA | UNIDADES | 20 | Una Vez |
Pilas doble AA | Unidades | 20 | Una vez |
Clips pequeños para papelería | cajas x 100 unidades | 20 | Una vez |
Carpetas plásticas con cogedera, protección | Unidades | 20 | Una vez |
y porte de documentos y fichas sociales. | |||
Talonarios de Fichas Sociales, para consignar la información de las familias afectadas por emergencia o riesgo. Ver muestra aprobada en ISOLUCION. | Unidades por 100 | 50 | Una vez |
ELEMENTOS DE ASEO.
Concepto | Presentación | Cantidad | Periodicidad |
Detergente | 1.000 grs. | 3 | Mensual |
Hipoclorito | 1.000 cm3 | 3 | Mensual |
Guantes | Talla 8 y 8 ½ | 2 | Mensual |
Cepillos de aseo | 1 | Mensual | |
Trapeadores | 5 | Por todo el contrato | |
Escobas xx xxxxxx blandas plástica | 5 | Por todo el contrato | |
Jabón lavaplatos | 1.000 grs. | 8 | Por todo el contrato |
Jabón en polvo abrasivo | 500 grs. | 3 | Mensual |
Esponja lavaplatos | Unidad | 2 | Mensual |
Esponjilla | Paquete x 12 unidades | 1 | Mensual |
Bolsa para basura basurera de oficina | Paquete x 12 unidades | 2 | Mensual |
Bolsa para basura basurera de oficina | Paquete x 12 unidades | 2 | Mensual |
Papel higiénico | Paca x 48 unidades | 1 | Mensual |
Líquido para trapear con aroma | garrafa x 2 litros | 10 garrafas | Por todo el contrato |
Jabón antibacterial Líquido para manos | 10 Litros | 1 | Por todo el contrato |
Escobillón de baño con soporte | unidades | 3 | Por todo el contrato |
Toallas secadoras de papel | Caja por 18 paquetes | 4 | Por todo el contrato |
Bolsa verde 46 x 46 | paquete x 100 unidades | 8 paquetes | Por todo el contrato |
Bolsa de basura negra 65 x 90 | paquete x 100 und | 7 paquetes | Por todo el contrato |
INSUMOS PARA CAFETERÌA
ARTICULO | PRESENTACION | CANT. | PERIODICIDAD |
Café granulado. | Bolsa x 5 libras | 20 | Una vez |
Azúcar en bolsita paquetes por 100 unidades | Paquetes x 100 unidades | 100 | Una vez |
Aromáticas en cajas en bolsa | Caja por 20 | 15 | Una vez |
Aromáticas en cajas cubitos | Cajas x 24 | 12 | Una vez |
Vasos desechables para tinto | Paquete x 50 unidades | 200 | Una vez |
Vasos desechables para agua | Paquete x 50 unidades | 160 | Una vez |
Pitillo mesclador para tinto | Paquete por 1000 unidades | 4 pqtes | Una vez |
COMPRA DE BIENES Y/O EQUIPOS
ARTICULO | CANTIDAD | FRECUENCIA |
Equipos de cómputo xx Xxxx, Adquisición de Licencias de office Profesional que incluya Acces, y adquisición de las licencias corporativas a través del Select del Municipio de Medellín | 4 | Una vez durante el contrato |
ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIDAS PARA LA COMPRA DE EQUIPOS
DESCRIPCION DEL EQUIPO
Marca
Especificar
Modelo de referencia Especificar
Tipo de Chasis All-in-One / Todo en uno
Línea Corporativa
PROCESAMIENTO
Procesador Intel Core i5 3470S
Velocidad del bus de datos 1333 MHz
Velocidad de procesamiento 2.9 GHz
Memoria CACHÉ 3 MB
Chipset Si – Especificar
MEMORIA
Ram instalada 4 GB
Tipo DDR3 SDRAM 1333MHz
Dimms instalados 1 x 4GB
Soporte de crecimiento 8 GB ALMACENAMIENTO
Disco duro 500 GB, 7200rpm, SATA
Unidad óptica Interna DVD RW +/- 8X
Software de la unidad óptica Si - Incluida MONITOR Y ACCESORIOS
Monitor Integrado al equipo Si, con inclinación ajustable. WLCD o WLED o
CCFL.
Tamaño 19 ó 20”
Resolución HD 1600 x 900
Cámara Si - Integrada al monitor
Micrófono Si - Integrado al monitor
Parlantes Si - Integrados al monitor
PERIFERICOS
Teclado Estándar, Español. De la misma marca del equipo
PAQUETES ALIMENTARIOS PARA LA ATENCION DE EMERGENCIAS
La entidad contratista pondrá a disposición durante la vigencia del contrato de hasta cuatrocientos treinta (430) paquetes alimentarios tipo A y hasta cien (100) tipo B para ser entregados a las familias que resulten afectadas por situaciones de emergencia o riesgo, estos se entregaran de acuerdo con los protocolos establecidos para ello, según las características y cantidades señaladas en las especificaciones técnicas
PAQUETE ALIMENTARIO TIPO A
Paquetes alimentarios para las familias afectadas por las emergencias o desastres de acuerdo con los protocolos y especificaciones técnicas establecidos.
El contratista entregara a la Secretaría de Inclusion Social y Familia (Comisión Social del DAGRD), hasta cuatrocientos treinta (430) paquetes alimentarios de acuerdo con la necesidad del programa y según solicitud del interventor y/o supervisor.
Los productos alimentarios y las cantidades a suministrar serán las siguientes:
GRUPO DE ALIMENTOS | ALIMENTOS | Unidad de medida | Cantidad |
AZUCARES Y DULCES | Azúcar | Libras | 4 |
Panela | Libras | 6 | |
BEBIDAS | Chocolate amargo | Libras | 2 |
Café molido | Bolsa x 250 gr | 2 | |
Refresco instantáneo de sabor | Bolsa x 1000gr | 1 | |
CARNES | Atún lomos en aceite | Lata x 170gr | 4 |
Sardina en tomate | Lata x 425gr | 4 | |
Jamoneta | Lata x 370gr | 2 | |
CEREALES | Arroz excelso | Libras | 10 |
Harina de arepas | Libras | 3 | |
Pastas para sopa | Paquete x 250gr | 3 | |
Espaguetis | Paquete x 250gr | 3 | |
Avena en polvo | Bolsa x 250gr | 3 | |
Galletas saltines | Tacos de 315 gr | 3 | |
ACEITES Y GRASAS | Aceite vegetal | Litro | 2 |
LECHES Y LÁCTEOS | Leche en polvo entera | Bolsa x 380 o 400gr | 4 |
LEGUMINOSAS | Fríjol cargamanto de primera | Libras | 3 |
Lenteja | Libras | 3 |
Garbanzo | Libra | 3 | |
OTROS | Carve | Caja x 165gr | 2 |
Sal yodada y fluorizada | Libra | 1 | |
Caldo xx xxxxxxx | Cubos | 4 |
PAQUETES ALIMENTARIOS TIPO B
Paquetes alimentarios para las familias afectadas por las emergencias o desastres de acuerdo con los protocolos establecidos y que requieren de una bebida caliente durante la atencion del evento.
El contratista entregara a la Secretaría de Inclusión Social y Familia (Comisión Social del DAGRD), durante la vigencia del contrato de hasta cien (100) paquetes alimentarios tipo B de acuerdo con la necesidad del programa y según solicitud del interventor y/o supervisor.
Independiente cual sea la hora de la emergencia, inicialmente (0 a 4 horas) se deben ofrecer bebidas calientes, como café, agua de panela o aromática, esto con el fin de tranquilizar la población afectada.
Bebidas Calientes | Alimentos | Cantidad |
Agua de panela | panela Agua | 4 libras 24 litros |
Café o té | Café o té Azúcar Agua | 1 libra 3 libras 24 litros |
Consomé | 1 libra 24 litros 5 paquetes de 3 tacos | |
Consomé | Agua | |
Galletas Soda | Galletas saltín 3 tacos 315 gr |
NOTA: Se aclara que el agua no hace parte del costeo, es solo para indicar su cantidad en la preparación.
El contratista proporcionara por cada alimento, mínimo dos marcas comerciales, con las cuales suministrará los alimentos a lo largo de la ejecución del contrato; dichas marcas serán aprobadas en la etapa de evaluación de la propuesta y deben tener registro sanitario vigente, el cual se acreditara con la presentación física del registro. Una vez se adjudique el contrato el proveedor no podrá cambiar los víveres, ni las marcas de los alimentos que componen el paquete alimentario, deberá entregar las marcas relacionadas y aceptadas por el Municipio de Medellín en la evaluación de la propuesta. En caso de requerir cambiar una marca o suministrar una diferente a las planteadas en la propuesta, debe solicitar autorización por escrito del interventor y/o supervisor del contrato.
CALIDAD DE LOS PRODUCTOS
El empaque y rotulado de todos los alimentos a suministrar durante la ejecución del contrato deben cumplir con lo estipulado en la Resolución 005109 de Dic 29 de 2005 del Ministerio de Protección Social y los demás que lo modifiquen, complementen o sustituyan en el desarrollo del contrato.
Acorde con lo establecido en el capítulo IX del Decreto 3075 de diciembre de 1997 con relación a la obligatoriedad del registro sanitario, todos los alimentos suministrados durante la ejecución del contrato, deben tener marca de fábrica y registro o permiso sanitario vigente, excepto los que se eximen en dicho capítulo, los cuales deben ser rotulados o etiquetados a través de un sticker o impresión en el empaque con la demás información solicitada en la resolución (no incluirá marca ni registro sanitario) de igual forma la fecha de vencimiento y el número de lote deben estar impresos en el empaque primario del producto en relieve o en tinta indeleble. (Los productos excentos de registro sanitario serian arroz, lentejas, arvejas, frijol y garbanzo).
Todos los alimentos entregados en el paquete deben tener una fecha de vencimiento mínima de cuatro meses desde el momento de la entrega al Municipio de Medellín, a excepción del producto panela el cual podrá tener una fecha de vencimiento de mínimo dos (2) meses, dado las características de este producto y siempre y cuando cumpla con lo estipulado en el capítulo V de la Resolución 779 de 2006, específicamente relacionado con el empaque, garantizando que sea en material sanitario, individual o por unidades, conserve el producto en buenas condiciones y permita mantener la calidad e inocuidad de las panelas .
Los productos que no tienen fecha de vencimiento como sal y azúcar se deben entregar frescos y cumplir las normas de empaque y rotulación que les aplique.
Los productos del paquete alimentario serán de primera calidad, por ello, el contratista deberá utilizar alimentos que se ajusten a las especificaciones de calidad para cada producto que se relacionan.
En caso de que alguna o algunas de las marcas propuestas y aceptadas para el paquete alimentario no cumplan con las especificaciones de calidad o con las características físico- organolépticas y presenten problemas de rechazo por parte de los usuarios en el transcurso del contrato, será necesario cambiar dicha(s) marca(s) para las siguientes entregas con previa autorización por parte de la interventoría y/o supervision del contrato.
DISTRIBUCIÓN DE LOS PAQUETES ALIMENTARIOS:
El contratista durante el transcurso del contrato deberá hacer entregas de paquetes alimentarios, de acuerdo con los requerimientos que realice el Interventor y/o Supervisor y a la necesidad presentada por ocurrencia de emergencias en la ciudad.
El contratista deberá mantener en bodega paquetes que puedan ser entregados de forma inmediata para cumplir con los tiempos requeridos por las situaciones de emergencia.
En caso de que se presente una emergencia de gran magnitud el contratista deberá desplegar toda la logística necesaria y cumplir de manera oportuna con las entregas de acuerdo a lo requerido por el personal responsable de la entrega de ayuda humanitaria y de la interventoría o supervisor únicamente.
Para los casos en que no sea manifestó un nivel de urgencia, estos deberán ser suministrados de acuerdo con solicitud y pedido del interventor y/o Supervisor, en un lapso de tiempo no superior a 1 día, según la necesidad de las familias afectadas por situaciones de riesgo y o emergencia.
El contratista no debe hacer entrega de paquetes alimentarios a funcionarios diferentes a los autorizados, quienes deben previamente cumplir con los requerimientos establecidos por el protocolo y por la interventoría o supervisor .
En caso de ser entregados paquetes alimentarios a servidores o personas no autorizadas estos correrán por cuenta del contratista y serán incluidos en la factura de pago.
En cualquier momento el interventor y/o supervisor, la nutricionista o personal directivo de la UPSE podrá hacer revisión de los paquetes alimentarios, con el fin de hacer seguimiento y verificar la calidad de los productos y la oportunidad en la entrega.
Las entregas se realizarán por parte del contratista en el Centro de Logística Humanitaria del DAGRD, ubicado en la Xxxxxxx 00 Xx 00 - 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx (Teléfono 0000000), en cualquier momento el Municipio de Medellín podrá solicitar al contratista la entrega de paquetes alimentarios en cualquier otro sitio de la ciudad o de los corregimientos donde se requiera hacer entrega de los mismos.
En el momento de las entregas se verificará por parte del Municipio de Medellín el cumplimiento de las especificaciones técnicas, calidad de los productos, marca, cantidad y empaque. Producto que no cumpla con alguno de estos será devuelto al contratista quien lo deberá reponer en el mismo día de acuerdo con las condiciones exigidas.
TRANSPORTE
Los vehículos destinados para el transporte de los paquetes de alimentos deben ser adecuados para este fin y fabricados con materiales tales que permitan una limpieza fácil y completa. Igualmente se deben mantener limpios y, en caso necesario se deben someter a procesos de desinfección.
No deben disponer los paquetes de alimentos directamente sobre el piso de los vehículos. Para este fin se utilizaran los recipientes, canastillas, o implementos de material adecuado como estibas plasticas, de manera que aíslen el producto de toda posibilidad de contaminación y que permanezcan adecuadas condiciones higiénicas.
Los paquetes de alimentos no se deben transportar con otros productos o materias primas que representen riesgo de contaminación del alimento.
El Contratista garantizará el transporte requerido para la entrega de los paquetes alimentarios y tendrá vehículos disponibles para casos de contingencia; cada vehículo debe contar con la certificación sanitaria expedida por la autoridad competente del municipio de Medellín, esta evaluación debe tener concepto FAVORABLE. Además deberá cumplir con todas las normas de tránsito y transporte en especial Decreto 174 de 2001 el cual establece que la prestación de servicio público y especial deberá prestarse en vehículos de un modelo no inferior al 2001 y deberá tener la documentación al día incluida la revisión técnico mecánica del vehículo.
Cada uno de los vehículos utilizados para este fin deben contar con conductor, el cual deben tener certificación en manipulación de alimentos y portar uniforme de acuerdo a la normatividad vigente decreto 3075 de 1997 y que contenga la imagen corporativa actualizada, acorde al manual de identidad gráfica del Municipio de Medellín.
VEHICULO | ESPECIFICACIONES | OBSERVACIONES | |||||
Clase de Vehículo | Tipo de carrocería | Cantidades mínimas requeridas | Objeto del Vehículo | Características del Vehículo | |||
Víveres | Personal | Otros |
Camión | Furgón | 1 | X | Vehículo cabinado tipo Furgón, modelo no inferior a 2003, deberá tener la documentación al día, incluida la revisión técnico mecánica. Con capacidad de 2 toneladas como mínimo. Con licencia para el transporte de alimentos, en condiciones higiénico sanitarias adecuadas. | El conductor debe tener certificado en manipulación de alimentos. Debe estar identificado con aviso de la Secretaría de Inclusión Social y Familia, según manual de identidad gráfica del Municipio de Medellín. | ||
En la modalidad de domicilio el contratista debe entregar los paquetes alimentarios solicitados en el Centro Logístico Humanitario CLH o en el lugar solicitado por el proyecto donde se requiera su entrega. Se podrán utilizar vehículos de capacidad de dos (2) toneladas como mínimo, deben ser de servicio público y deben cumplir con la normatividad vigente para el transporte de alimentos (Resolución 2505 de 2004, Decreto 3075 de 1997 y demás vigentes), las pólizas de Responsabilidad Civil Extracontractual y SOAT vigentes. |
Los vehículos empleados deben ser de servicio público y deben cumplir con la normatividad vigente para el transporte de alimentos (Resolución 2505 de 2004, Decreto 3075 de 1997 y demás vigentes), las pólizas de Responsabilidad Civil Extracontractual y SOAT vigentes.
FORMA DE ENTREGA Y EMPAQUE
Cada uno de los productos que componen el paquete alimentario deberá ser entregado en forma individual, de la siguiente forma.
ALIMENTO | EMPAQUE INDIVIDUAL | FORMA DE ENTREGA DE LOS EMPAQUES INDIVIDUALES |
Aceite | Frasco plástico debidamente rotulado y sellado por litros | Empaque original de fábrica (cajas de cartón) |
Arroz excelso | Bolsa plástica transparente bien sellada por Kilo o Libra. | En costal de fibra o caja de cartón |
Atún lomitos en aceite | En lata debidamente rotulada por 170gr. | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Avena en polvo | Empaque original debidamente rotulado y sellado por ½ libra | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Azúcar | Empaque original debidamente rotulado y sellado por libra o kilo. | En costal de fibra o caja de cartón |
Garbanzo | Bolsa plástica transparente bien sellada por kilo o libra. | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Café molido | Empaque original debidamente rotulado y sellado por ½ libra | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Caldo xx xxxxxxx | Empaque original debidamente rotulado y sellado por unidades | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Carve | Empaque original debidamente rotulado y sellado por 165gr | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Chocolate amargo | Empaque original debidamente rotulado y sellado por libra | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Espaguetis | Empaque original debidamente rotulado y sellado por 250gr | Empaque original de fábrica (caja de cartón o bolsa plástica) |
Fríjol cargamanto de primera | Bolsa plástica transparente bien sellada por kilo o libra. | En costal de fibra o caja de cartón |
Galletas saltinas | Empaque original de celofán debidamente rotulado y sellado por tacos de 315 gr | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Harina de arepas | Empaque original debidamente rotulado y sellado por libras | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Jamoneta | En lata debidamente rotulada por 370gr | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Leche en polvo entera | En bolsa metalizada debidamente rotulada y sellada por 380gr o 400gr. | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Lentejas | Bolsa plástica transparente bien sellada por kilo o libra. | En costal de fibra o caja de cartón |
Panela | Bolsa de papel bien cerrada por xxxxx. | Paquete por libras, individual |
Pastas para sopa | Empaque original debidamente rotulado y sellado | Empaque original de fábrica (caja de cartón |
por 250gr | o bolsa plástica) | |
Refresco instantáneo de sabor | Empaque original debidamente rotulado y sellado por kilo | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Sal yodada y fluorizada | Empaque original debidamente rotulado y sellado por kilo o libra. | Empaque original de fábrica (caja de cartón) |
Xxxxxxx en tomate | En lata debidamente rotulada por 425gr | Empaque original de fábrica (caja de cartón |
La totalidad de los víveres anteriormente mencionados que componen cada uno de los paquetes alimentarios, deben ser empacados en costal de fibra limpio y resistente, de tal forma que se conserve la calidad de los productos en el transporte. Si en el momento de la entrega se encuentran dentro de los paquetes alimentarios productos que estén deteriorados por mal transporte o forma de empaque, será responsabilidad del contratista y debe cambiarlos antes de realizar la entrega al beneficiario respectivo (máximo tres días hábiles para reposición).
En cada entrega el contratista deberá llevar la cantidad exacta xx xxxxxxxx de acuerdo con los mercados solicitados por parte de Municipio.
El tamaño del costal debe ser suficiente para lograr empacar de forma adecuada todos los alimentos y cantidades de cada mercado, además el paquete alimentario deberá llevar la fecha de ensamble y el listado de productos.
En ningún momento se recibirá un paquete de víveres si se evidencia daño o deterioro en su empaque.
CONDICIONES HIGIÉNICO SANITARIAS
El contratista debe contar con una bodega para el empaque,y/o almacenamiento y/o distribución de los alimentos, que cumpla con las normas higiénico-sanitarias establecidas en el Decreto Nacional 3075/97 expedido por el Ministerio de Salud, la RESOLUCION NUMERO 00002674 De 2013 y las demás normas que lo modifiquen, complementen o sustituyan en el desarrollo del contrato.
La bodega para el empaque y/o almacenamiento y/o distribución de los alimentos debe tener un área que permita un adecuado almacenamiento de los productos y paquetes de alimentos y debe estar dotada de los equipos mínimos requeridos para llevar a cabo un adecuado almacenamiento y distribución de los alimentos tales como: canastillas plásticas, estibas plásticas, estanterías, báscula de alimentos.
De igual forma la bodega relacionada para la ejecución del contrato, debe contar con acta de visita de inspección sanitaria expedida por la autoridad competente con fecha no superior a doce (12) meses antes de la fecha de entrega de la propuesta; dicha evaluación debe tener concepto FAVORABLE. La bodega presentada por el contratista será visitada durante el periódo de evaluación con el fin de verificar la existencia de esta y la dotación mínima requerida.
Durante la ejecución del contrato la Secretaría de Inclusion Social y Familia, la interventoría y/o supervisor podran realizar visita en cualquier momento a la planta locativa de la bodega donde se empacan y distribuyen los paquetes alimentarios, al igual que podrá realizar visitas a los proveedores del futuro contratista, con el fin de verificar que se cumpla con la normatividad vigente sobre la materia. En el caso de que durante la ejecución del contrato, el contratista requiera cambio de bodega esta debe cumplir con todos los requerimientos estipulados en las especificaciones técnicas y debe ser aprobada por la interventoría o supervisor.
COSTOS
El contratista deberá presentar una muestra xx xxxxxxx, teniendo en cuenta que el total de paquetes alimentarios a suministrar de hasta Cuatrocientos treinta (430) unidades Tipo A, y Tipo B hasta cien (100) unidades.
El contratista deberá asumir los costos en los productos de acuerdo al mercado de oferta y demanda.
En ningún momento el contratista debe alterar las cantidades o calidades de los productos de acuerdo a la oferta y la demanda.
REQUISITOS TECNICOS FUNDAMENTALES PARA LA ENTREGA DE LA PROPUESTA DE PAQUETES ALIMENTARIOS:
El contratista deberá presentar muestra de cada uno de los víveres que conforman el paquete alimentario Tipo A y Tipo B en el empaque descrito en las especificaciones para cada uno de los productos.
El contratista deberá presentar dos marcas de cada uno de los productos, en el mismo orden del cuadro a continuación:
N° | PRODUCTO |
1 | Aceite |
2 | Arroz excelso |
3 | Atún lomos en aceite |
4 | Avena en polvo |
5 | Azúcar |
6 | Garbanzo |
7 | Café molido |
8 | Caldo xx xxxxxxx |
9 | Carve |
10 | Chocolate |
11 | Espaguetis |
12 | Fríjol cargamanto nacional |
13 | Galletas Saltinas |
14 | Harina de arepas |
15 | Jamoneta |
16 | Leche en polvo entera |
17 | Lentejas |
18 | Panela |
19 | Pastas para sopa |
20 | Refresco instantáneo de sabor |
21 | Sal yodada y fluorizada |
22 | Sardina en tomate |
Cada uno de los productos se evaluará de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de condiciones, verificando el gramaje por empaque, características y empaque.
En caso de que alguna(s) de las muestras presentadas no cumplan con algunos de los requisitos técnicos, se le solicitará al contratista el cambio de esta marca, para ser evaluada nuevamente, en caso de que este nuevo producto no cumpla con lo solicitado, la propuesta será descalificada. De ser necesario durante la evaluación de los productos se solicitará al contratista la ficha técnica de los mismos.
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS.
GRUPO DE ALIMENTOS: LECHES Y PRODUCTOS LÁCTEOS | ||||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO | |
Leche en polvo Entera | Leche en polvo entera, de color blanco crema, homogénea, olor y sabor característico al producto fresco, textura y consistencia suave, sin sustancias tales como edulcorantes, preservativos, sustancias toxicas y residuos de drogas o medicamentos. (Cumpliendo con Decreto 616 de febrero de 2006) | Empacada en material flexible sin atmósfera de gas inerte, con etiquetado según lo establecido en Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Empaque con incumplimiento de uno o más parámetros de la normatividad vigente, con presencia de abombamiento, perforado o averiado; sin fecha de vencimiento o vencida, rotulado ilegible, producto de color amarillento, olor desagradable, con impurezas o partículas extrañas, grumos; peso inferior al indicado en el rótulo. | |
Contenido xx xxxxx, edulcorantes, almidones o conservantes dentro de sus ingredientes. | ||||
GRUPO DE ALIMENTOS: PRODUCTOS DE MAR | ||||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO | |
Atún lomito en aceite | Nota: Recordar que el atún debe llevar contramarca de seguridad de la fábrica, con la marca del producto impresa en la cara superior de la lata. | Latas abre fácil, rotulado y etiquetado según lo establecido en la Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Atún rallado, lata sin rotular, según normatividad vigente, sin registro sanitario, sin fecha de vencimiento, fecha vencida o en estiquer, lata abollada, oxidada o abombada, al destapar olor rancio y color xxxxx o verdoso, con peso inferior al indicado en el rotulado. | |
GRUPO DE ALIMENTOS: CEREALES | ||||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES RECHAZO | DE |
Arroz blanco tipo excelso | Grano grande, grueso y entero, forma alargada, color blanco cristalino, completamente limpio, fortificado con vitaminas y minerales. | Bolsa plástica transparente y cerrada, transportada en canastilla plástica y desinfectada. | Mancha blancuzca, grano pequeño, quebrada, sucio, húmedo, presencia de piedras, insectos o impurezas. | |
Espaguetis y Pastas para Sopa | Color amarillo claro y uniforme, suaves, firme al tacto, crujientes al partirlas, empaque limpio, pastas de tamaño pequeño, enriquecida con hierro. | Bolsa plástica transparente, sellada por 250gr. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Muy quebradas, infestado por plagas, impurezas, olor extraño, averiado, con hongos, color blanco grisáceo no uniforme, diferente al característico, empaque sin rotular o rotulado incumpliendo la normatividad vigente, vencido, peso diferente al indicado en el rótulo. |
Galleta de sal | Forma de acuerdo al producto, crocantes, bien horneado, color y olor característico y firme al tacto. | Empacado en papel celofán transparente o metalizado, sellado. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Blanca, blanda, envejecida, coloración diferente a la original, presencia de humedad, quebrada, con impurezas, con hongos, empaque averiado, sin rotular o con rotulo incumpliendo la normatividad vigente. |
Harina para arepa | Color blanco o amarillo según el caso, uniforme, textura suave y sin grumos, ni humedad, sabor característico. | Presencia de insectos, impurezas, grumos, humedad, hongos, partículas arenosas, colores y sabores extraños, empaque sin rotular, sin registro sanitario, sin fecha de vencimiento, empaque deteriorado, peso inferior al solicitado en el empaque. | |
Avena en polvo | La harina xx xxxxx debe tener un color uniforme, ligeramente crema y debe estar libre de manchas oscuras, cascarilla y material extraño. | Bolsa plástica transparente, sellada y rotulada, etiquetado establecido en la Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 del Ministerio de la protección Social, que establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano, las demás normas que las modifiquen, complementen o sustituyan, en el desarrollo del contrato. | Presencia de insectos, impurezas, grumos, humedad, partículas arenosas, colores y sabores extraños, empaque sin rotular, según normatividad vigente, vencida, empaque deteriorado, con telarañas y levaduras, peso inferior al rotulado. |
GRUPO DE ALIMENTOS: LEGUMINOSAS | |||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO |
Fríjol cargamanto de primera | Grano en forma de riñón, grande, entero, con olor y manchas características del producto, brillante, limpias, secas y duras a la presión. | Bolsa plástica transparente sellada. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Grano dañado, partido, impurezas, infestado con plagas o presencia de hongos, perforado por gorgojo, arrugados, manchas por humedad, fríjol no nacional, peso inferior al solicitado por empaque. |
Lentejas | Forma redonda y convexa, color café opaco, superficie xxxx, grano tipo uno, seco, entero y duro a la presión, tamaño pequeño, limpio. | Bolsa plástica transparente sellada, con identificación del peso por bolsa. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Granos partidos, perforaciones producidas por insectos, presencia de plagas, impurezas, olor a moho, empaque averiado, sin rotular o rotulado incumpliendo la normatividad vigente, peso diferente al indicado en el rótulo. |
Garbanzo | Grano redondo irregular, de color crema, limpio, entero, seco y duro a la presión. | Bolsa plástica, transparente y cerrada, con identificación del peso por bolsa. Rotulado y etiquetado según Resolución | Grano dañado, partido, con impurezas, infestado con plagas o presencia de hongos, empaque averiado, manchas |
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005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | por humedad, sin rotular o rotulado incumpliendo la normatividad vigente, peso diferente al indicado en el rótulo. | ||
GRUPO DE ALIMENTOS: ACEITES Y GRASAS | |||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO |
Aceite vegetal puro o mezcla de girasol, soya o maíz. | Líquido, color amarillo claro, transparente, brillante, homogéneo, puro o mezcla de girasol, soya o maíz. Cumpliendo con la normatividad vigente. | Frasco plástico por 1000 c.c. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Color diferente al característico, olor desagradable, empaque averiado, sin rotular o rotulado incumpliendo con la normatividad vigente, vencido, con impurezas, opaco, presencia de sedimentos, estado semisólido o sólido; con mezcla de aceites xx xxxxx, algodón o coco. |
GRUPO DE ALIMENTOS: MISCELANEA | |||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO |
Sal Yodada y fluorizada | Color blanco, cristales finos y brillantes, limpio, enriquecida con yodo. Cumpliendo con Decreto 547 xx xxxxx de 1996 y su decreto modificatorio. | Bolsa plástica transparente, sellada, con peso de 500gr o 1000gr ó según existencia en el mercado. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Humedad, presencia de grumos, impurezas, color diferente al original, empaque averiado, sin rotular o rotulado incumpliendo con la normatividad vigente. |
Café granulado | Color café intenso uniforme, grano pequeño y aroma intenso, característico del producto. | Paquete de 250 gr. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Color diferente al característico, poco aroma, húmedo, con impurezas, empaque sin rotular o rotulado incumpliendo la normatividad vigente, averiado, peso inferior al rotulado. |
GRUPO DE ALIMENTOS: DULCES | |||
NOMBRE ALIMENTO | CARACTERÍSTICAS | EMPAQUE | CONDICIONES DE RECHAZO |
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Azúcar refinada | Cristales finos, sueltos, transparentes y brillantes, de color blanco, limpia. | Bolsa plástica transparente, cerrada. Rotulado y etiquetado según Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Humedad, suciedad, presencia de insectos o sustancias extrañas, con grumos, sin rotular o rotulado incumpliendo la normatividad vigente, peso diferente al indicado en el rótulo. |
Panela | Forma redonda o cuadrada, de color café claro o ámbar oscuro, textura firme. Cumpliendo con Resolución 000779 – Marzo 17/2006 y sus resoluciones modificatorias. | Envase individual o por unidades de panela, con rotulo y etiquetado establecido en la Resolución 005109 de diciembre 29 de 2005 y Resolución 333 de 10 febrero de 2011, emitidas por el Ministerio de la Protección Social y la demás normatividad vigente. | Color café claro, presencia de azúcar, humedad, coloración blancuzca o amarillo claro en la superficie, blanda, babosa, con adición de cloro u otros químicos, peso inferior al indicado en el rótulo, producto sin empacar, sin rotular según normatividad vigente, que el trapiche no se encuentre inscrito. |
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. Se constituye en obligación del contratista la atención de la población en emergencia natural o antrópica, de acuerdo al modelo diseñado por la Secretaría de Inclusión Social y Familia y contenido en la “Descripción Metodológica”.
2. El contratista deberá legalizar el contrato, en un término no mayor a tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la entrega del mismo.
3. El contratista deberá contar con todas las licencias, permisos o autorizaciones respectivas de acuerdo con la normatividad colombiana para el desarrollo del presente objeto contractual.
4. El contratista deberá de acuerdo al Artículo 5.1.6 del Decreto 734 de 2012 y demás normas que la modifiquen, mantener indemne al Municipio de Medellín – Secretaría de Inclusión Social y Familia, de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causal las actuaciones del contratista.
5. Presentar a la Secretaría de Inclusión Social y Familia, la propuesta técnica y económica para la ejecución presupuestal y los respectivos informes detallados de esta para su seguimiento.
6. El contratista deberá elaborar y presentar la cuenta de cobro en las fechas previstas por el Municipio de Medellín, adjuntando los soportes respectivos incluidos: el certificado xx xxx y salvo por concepto de salarios, parafiscales, seguridad social y riesgos profesionales de todas las personas contratadas.
7. Certificar mensualmente ante el Interventor y/o supervisor designado por la Secretaría de Inclusión Social y Familia, la afiliación del recurso humano vinculado para la ejecución del contrato al sistema de seguridad social y el pago de obligaciones para-fiscales y presentar, de acuerdo a solicitud del Interventor y/o supervisor, la constancia de los pagos de salud, pensiones, cesantías y ARL.
8. El manejo de los bienes muebles asignados al Proyecto se regirá mediante acta de compromiso, en la cual el contratista se compromete a la custodia de los bienes, a dar el uso adecuado y velar porque los usuarios y personal que emplee para la ejecución del proyecto, cumplan con igual requerimiento, realizando los mantenimientos que sean del caso, de aquellos bienes que así lo requieran y que sean prioritarios para el uso del proyecto; tramitará igualmente las garantías de aquellos equipos que aún se encuentran
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vigentes e informará al interventor y/o supervisor con todo el detalle los bienes que deben ser trasladados, reintegrados o de los cuales se carecen, justificando su necesidad para incluirlos en caso de ser necesario. Para cumplir con dicha obligación debe mantener al día el inventario de bienes, realizando los cambios al mismo y poniendo en conocimiento tal situación en los informes regulares solicitados por el interventor y/o supervisor. Se le asignaran los bienes para su uso al personal que se emplee en el proyecto mediante acta de compromiso de custodia, cuidado y buen uso, los cuales entregara al final de su contrato.
9. Entregar al interventor y/o supervisor del contrato copia de las facturas de compra de los bienes adquiridos con dineros del mismo, para la respectiva marcación de los bienes y asignación a la cartera del servidor público encargado.
10. El contratista entregará al Municipio de Medellín la garantía de los equipos adquiridos con el presupuesto asignado al proyecto.
11. Hacer inventario y entrega, mediante acta, de los suministros que hayan sido adquiridos con recursos del contrato (papelería, implementos de aseo, medicamentos, entre otros).
12. Interponer la respectiva denuncia en caso de pérdida de bienes asignados para la ejecución del proyecto; copia de la misma deberá ser entregada al interventor y/o supervisor del contrato dentro de los cinco (5) días hábiles después del conocimiento de la perdida.
13. El contratista deberá demostrar su capacidad logística con los soportes respectivos, desde el inicio del proceso de contratación y en cualquier momento que sea requerido por el Municipio de Medellín.
14. El contratista deberá dar inicio a las actividades propuestas una vez firmada el acta de inicio.
15. El contratista garantizará que el personal contratado para el desarrollo del contrato cumplirá con las obligaciones señaladas en las especificaciones técnicas debiendo ser vinculado mediante un proceso de selección transparente.
16. El contratista está en la obligación de garantizar y certificar al Municipio de Medellín que todo el personal vinculado para la ejecución del contrato es idóneo; deberá anexar una relación del personal a emplear con nombre completo, cedula, cargo, salario y/o honorarios, al momento de la firma del acta de inicio del contrato. Así mismo, deberá presentar una copia del contrato del personal, el cual deberá adelantar sus actividades en el municipio de Medellín. Además anexará a las hojas de vida los certificados de estudio y de experiencia entre otros que sean necesarios para verificar dicha idoneidad.
17. El contratista estará obligado a realizar trimestralmente evaluación del personal que emplee con el fin de garantizar una adecuada prestación del servicio y así mismo justificar su permanencia o retiro del proyecto, teniendo además en cuenta las observaciones que desde la interventoría y/o supervisión se realicen.
18. Devolver al término del Contrato, al Municipio de Medellín, los bienes muebles y enseres que se compren para la ejecución del Contrato, siendo de exclusiva propiedad del Municipio de Medellín.
19. Organizar el archivo que se genere con ocasión del presente contrato en especial lo relativo a memorias, bases de datos, actas, correspondencia, informes y demás documentos, según los parámetros establecidos por la Alcaldía de Medellín (Archivo Central). Toda la documentación y archivos físicos con que cuenta la Unidad de Programas Sociales Especiales deben permanecer en sus instalaciones. El contratista deberá continuar con el mantenimiento y organización de los archivos existentes y de los que resulten durante la ejecución del contrato; Una vez terminado el contrato, el contratista deberá entregar al Interventor y/o Supervisor todos los archivos organizados y actualizados.
20. En caso de realizarse alguna publicación deberá enviar tres (3) ejemplares a la Biblioteca de Planeación Municipal. Si el número de impresos es igual o superior a quinientos ejemplares, se enviarán diez (10) de estos a la citada biblioteca para fines de canje con otras bibliotecas, centros de investigación y documentación. De acuerdo a lo estipulado en el Decreto Municipal Nº 2211 de 2005, o de aquellos que lo modifiquen.
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21. Las imágenes, material pedagógico, investigativo, lúdico y promocional del proyecto, son propiedad del Municipio de Medellín, y no podrán usarse para fines publicitarios ni lucrativos; estas podrán compartirse dentro de un ambiente académico, para beneficio, desarrollo y gestión de proyectos, con el debido consentimiento informado y bajo estrictos lineamientos éticos de las academias profesionales respectivas y siempre con conocimiento y visto bueno del interventor y/supervisor, y del Profesional de la Secretaría de Inclusión Social a cargo del proyecto.
22. El contratista debe verificar que se reconozca la imagen institucional de la Secretaría de Inclusión Social y Familia del Municipio de Medellín, de la siguiente manera: En todos los eventos debe hacerse visible la imagen de la Secretaría – mediante pendones u otras piezas publicitarias según diseño aprobado por la oficina de comunicaciones de la Alcaldía de Medellín; adicionalmente, comprobar que el personal adscrito al proyecto porte de forma adecuada las prendas distintivas institucionales asignados para su labor.
23. Participar en las reuniones convocadas por la Interventoría y/o Supervisión de la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
24. Acatar oportunamente las instrucciones, recomendaciones y/o requerimientos que efectúe la Interventoría y/o supervisión.
25. El proyecto al pertenecer al ente público municipal, sus sedes, bienes y personal deben seguir la reglamentación y uso definido por las disposiciones de la Contraloría y Procuraduría en todas sus actividades.
26. Solo desde la Secretaría de Inclusión Social y Familia se podrán dar declaraciones públicas sobre y en nombre del proyecto o en su defecto, quien sea autorizado y/o delegado.
27. Presentación del Plan Operativo, en el cual se desagreguen las actividades, tiempos y responsables, dando respuesta al cumplimiento de los indicadores propuestos y fuentes de verificación. Este deberá presentarse a los 20 días luego de suscribirse la respectiva acta de inicio del contrato y en lo sucesivo de manera mensual.
28. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho en contra de la Ley. Cuando se presentaren tales peticiones o amenazas deberá informar inmediatamente de su ocurrencia a la Alcaldía de Medellín y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas correctivas que fueren necesarias. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos darán lugar a la terminación del Contrato.
29. El contratista deberá entregar una vez le sea adjudicado el contrato la siguiente información: cronograma de actividades de cada uno de los procesos y componentes, con el detalle de la actividad, el cronograma por mes, los indicadores de soporte y las metas requeridas.
30. El servicio de transporte contratado por el operador para el desarrollo del contrato, no podrá ser utilizado como vehículo de trasporte de personal directivo de manera exclusiva o permanente. El servicio de transporte deberá cumplir con los requerimientos y lineamientos establecidos desde las especificaciones técnicas y lo dispuesto por la interventoría y/o supervisión de la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
31. El contratista garantizará el cumplimento del servicio, durante todo el tiempo de ejecución del contrato.
32. Proveer, y mantener control y custodia de los insumos (materiales, suministros y bienes muebles) requeridos para el funcionamiento del proyecto.
33. Realizar una reunión de inducción en la primera semana con TODAS las personas que se vinculen por causa y con ocasión de la celebración del contrato que se suscriba entre las partes, con el objetivo de llevar a cabo la socialización de las especificaciones técnicas así como la presentación de la Secretaría de Inclusión Social y Familia y su modelo de atención, haciendo énfasis en la responsabilidad con el Municipio y el manejo ético de la población vulnerable; esta inducción debe darse igualmente durante la ejecución del contrato a las nuevas personas que ingresen al proyecto para llevar a cabo la ejecución del objeto contractual.
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34. Cada uno de los profesionales, deberá retroalimentar permanentemente el proyecto con insumos diagnósticos y análisis obtenidos a partir del diseño, aplicación y evaluación de procesos particulares de cada una de las fases, para el efecto se realizarán reuniones periódicas de acuerdo a la necesidad, para seguimiento técnico de la propuesta donde participarán los funcionarios de la Secretaría de Inclusión Social y Familia y empleados del contratista.
35. La estadística se manejará según los criterios establecidos por la Administración Municipal y su debida carga de datos, cumpliendo con las especificaciones informáticas que se requieran o con las modificaciones que se consideren pertinentes: Esta información será suministrada en forma oportuna, dentro de los términos establecidos por la oficina de planeación, la información para diligenciar la estadística mensual, el seguimiento al plan de acción, entre otros.
36. Evaluar los resultados y procesos, mediante indicadores que den cuenta de la evolución y avance del proyecto cuantitativa y cualitativamente, presentándolo en el informe técnico mensual. Para ello, se construirán indicadores de resultado e impacto como producto del contrato.
37. Dar respuesta oportuna y eficaz a las inquietudes de la comunidad en torno al proyecto y a lo establecido en las obligaciones del contratista.
38. El Contratista deberá encargarse, en caso de subcontratar, de los trámites pre- contractuales, contractuales de seguimiento y pos contractuales, para prestar los siguientes servicios complementarios descritos en la metodología, documentándolos en términos técnicos, administrativos y presupuestales:
Servicio de Alimentación
Servicio de Albergue Temporal
Servicio de Transporte
Los anteriores servicios susceptibles de ser subcontratados deberán tener pólizas de cumplimiento y calidad, y debiendo tener coherencia y articulación metodológica. Se debe realizar auditoria mensual con su respectivo informe y seguimiento técnico.
El personal que preste estos servicios debe cumplir con lo expresado en la obligación número 3.
39. Presentar ante el Interventor y/o supervisor designado informes mensuales de la ejecución técnica y financiera, de acuerdo al plan de trabajo de cada componente. La presentación de los mismos puede variar de acuerdo a la necesidad de la Secretaría de Inclusión Social y Familia.
40. Coordinar permanentemente con el Interventor y/o supervisor designado por la Secretaría de Inclusión Social y Familia la ejecución del contrato.
41. Incluir exclusivamente el logo de la Alcaldía en todas las piezas publicitarias, papelería, uniformes, dotación reglamentaria y chalecos, entre otros, utilizados para la ejecución del contrato. El color, tamaño, diseño y ubicación del logo deberán ser aprobados previamente por la oficina de comunicaciones de la Alcaldía. Los cuales únicamente deben ser usados en el horario y con fines laborales por parte del prestador del servicio y nunca por fuera de este.
42. Una vez finalizado el contrato se deberá suministrar al interventor y/o supervisor las bases de datos, la descripción y evaluación de los procesos adelantados y las recomendaciones para posteriores intervenciones de acuerdo a las especificidades acordadas con el contratista y en caso de terminación definitiva del contrato realizar empalme completo con la nueva institución.
43. El contratista se acogerá en la ejecución a la propuesta financiera presentada y aprobada por el contratante; cualquier cambio que se requiera en esta se realizará mediante acta de acuerdo entre las partes.
44. Solicitar al personal, al momento del retiro o finalización del contrato, la devolución de los chalecos y carnets por ser estos elementos de tipo institucional.
45. Al finalizar el contrato, el contratista suministrará paz y salvos de las entidades subcontratadas donde conste que se les ha pagado oportunamente.
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46. Xxxxxx a la Secretaría en la respuesta a derechos de petición, tutelas quejas y reclamos, tanto en la proyección del oficio de respuesta por escrito cuando la circunstancia lo amerite como en la efectiva evaluación y atención de los casos con un permanente direccionamiento desde la Secretaría de acuerdo con los términos y tiempos que la ley establece.
47. Contar con el aval técnico y metodológico permanente para el desarrollo del proyecto de la Secretaría de Inclusión Social y Familia teniendo en cuenta la trayectoria y experiencia que se tiene.
48. El contratista deberá utilizar los formatos indicados para la ejecución del proyecto, validados por la interventoría y/o supervisor, los cuales deberán tener los logos de la Alcaldía; el propio del contratista cuando aplique, basados en el manual de comunicaciones de la Administración vigente.
49. La asignación de sedes, oficinas y sus espacios se harán con visto bueno del interventor y/o supervisor designado.
50. Adoptar en todos los procesos el Sistema de gestión de Calidad que desde el Municipio de Medellín se viene implementando, apoyando de manera activa su retroalimentación.
51. Cualquier comunicación escrita o respuesta que salga del proyecto hacia la comunidad debe ser firmada por los Líderes de Proyecto o Programa de la UPSE.
52. EL CONTRATISTA deberá hacer entrega de manera inmediata y oportuna, de acuerdo con las especificaciones técnicas exigidas por el Municipio de Medellín y en concordancia con las necesidades de las familias afectadas por situaciones de emergencia de los paquetes alimentarios requeridos y en el sitio sugerido, así como las fichas sociales generadas.
53. El Contratista deberá garantizar que sea de obligatorio cumplimiento el porte de instrumentos de comunicación móvil, para todo el personal contratado para el proyecto.
54. Es importante prever situaciones de tensión, conflicto, para tomar medidas preventivas, para lo cual el ejecutor debe actuar en conformidad con las directrices dadas desde la supervisión y/o interventoría, las especificaciones técnicas y demás observaciones dadas por los jefes y líderes de la UPSE.
55. El contratista deberá mantener siempre disponible el servicio de transporte el cual deberá tener como punto de encuentro, las instalaciones del proyecto.
El contratista deberá tener en cuenta la disponibilidad del recurso humano y del transporte para la atención de emergencias la cual será siete (7) días a la semana, horas diurnas y nocturnas, para lo cual deberá tener en cuenta los costos que este servicio implica, lo anterior aplica especialmente para las profesionales del área social y el personal de oficios varios (auxiliar logístico con motocicleta), quien apoya la entrega de ayuda humanitarias desde el CLH.
Nota 1: Aquellos rubros que por circunstancias propias (Dinámica del proyecto) de la atención de emergencias no se utilicen en su totalidad (Alquiler de bodega, alimentación de emergencia, servicio de albergue entre otros) podrán modificarse ya sea aumentando o disminuyendo las cantidades según la necesidad, mediante acta de acuerdo firmada y/o Otrosí al contrato, avalado por el interventor y/o supervisor, siempre y cuando esto no altere el equilibrio económico del contrato; en caso contrario, deberá realizarse adición al contrato mediante Otrosí según lo estipulado en las normas. Estos recursos podrán ser así mismo trasladados para ser ejecutados en otro rubro en el cual exista mayor necesidad de inversión.
Nota 2: La propuesta presentada por el contratista y aceptada por el Municipio de Medellín y la totalidad de la información compilada, desarrollada y generada durante la ejecución del contrato son propiedad intelectual del Municipio de Medellín.
OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO DE MEDELLÍN
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1. Proporcionar las sedes para la ejecución del contrato.
2. Asumir el valor del pago de los servicios públicos en las sedes utilizadas para la ejecución del contrato siempre y cuando sean de propiedad del Municipio de Medellín.
3. Entregar en buen estado los equipos de cómputo, telefonía y otros bienes muebles del Municipio de Medellín, que sean necesarios para la ejecución del contrato.
4. Responder por el mantenimiento de las plantas físicas que sean de propiedad del Municipio de Medellín, en cuanto a arreglos mayores.
5. Realizar mantenimiento e instalación de las alarmas de las sedes pertenecientes al Municipio de Medellín.
6. El Municipio de Medellín se encargará de la vigilancia y seguridad de las sedes que sean solo de su propiedad.
SUPERVISION Y/O INTERVENTORIA.
La Supervisión/ interventoria del presente contrato estará a cargo de la Secretaria de Inclusión Social y Familia.
El Municipio ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos objeto del contrato a través de un Supervisor y/o interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento general de las obligaciones adquiridas por el Contratista.
El supervisor y/o interventor está autorizado para sugerir al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del Contrato.
El Contratista deberá tomar atenta nota a las sugerencias que le imparta por escrito el supervisor y/o interventor; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el supervisor y/o Interventor, si del cumplimiento de dichas sugerencias se derivaran perjuicios para el Municipio.
El Municipio podrá en cualquier momento, ordenar la suspensión del contrato, si por parte del Contratista existe un incumplimiento sistemático de las instrucciones impartidas por el supervisor y/o Interventor, sin que el Contratista tenga derecho a reclamos o ampliación del plazo.
Las principales funciones y atribuciones del supervisor y/o Interventor son:
Exigir el cumplimiento de las especificaciones y del contrato en todas sus partes.
Estudiar y recomendar los cambios que se consideren convenientes o necesarios en las especificaciones, y someterlos a consideración del Municipio.
Verificar los cómputos de cumplimiento de metas y/o productos y aprobar las actas de pago que prepara el Contratista.
Velar por el cumplimiento de las normas de seguridad.
Vigilar que el Contratista cumpla las disposiciones que sean necesarias y, en general, todas las atribuciones que se consideren como potestativas del Supervisor y/o interventor y las demás que le asigne el Municipio.
Tramitar y proyectar la imposición de multas al Contratista, cuando a ello haya lugar.
Informar a la Compañía de Seguros sobre las llamadas de atención e incumplimientos del contratista.
Cumplir los requisitos exigidos en el pliego de condiciones y en la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes.
La verificación del cumplimiento de la programación estará en cabeza del supervisor y/o interventor, quien deberá llevar dos tipos de control:
Verificación del cumplimiento al plan de inversiones o ejecución del presupuesto de manera mensual, con el fin de corregir cualquier situación de desviación de recursos. Para lo cual el supervisor y/o Interventor realizara las respectivas observaciones, las cuales de no cumplirse, podría generar la aplicación de multas por incumplimiento.
La responsabilidad del seguimiento a cargo del supervisor y/o Interventor no releva al contratista de su obligación de cumplir con el contrato tanto en sus plazos finales como en las fechas máximas para entrega de informes y productos.
Ciudad y fecha
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
(Utilice papel membreteado)
Señores
Secretaría de Inclusión Social y Familia Oficina 416
Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M.
El suscrito , identificado con la C.C. en nombre de , de acuerdo con las reglas que se estipulan en el Pliego de Condiciones y demás documentos de la contratación 0009008641 de 2013, cuyo objeto es Brindar atención sicosocial y ayuda humanitaria a las personas víctimas de emergencias naturales y/o causadas por el hombre
, me permito presentar la siguiente propuesta.
En caso de que me sea adjudicada, me comprometo a firmar el contrato correspondiente y a cumplir todas las obligaciones señaladas en el Pliego de Xxxxxxxxxxx y en mi propuesta.
Declaro así mismo:
1. Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta, ni en el contrato que de ella se derive.
3. Que ni el suscrito ni la sociedad que represento se hallan incursos en las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993 y demás normas sobre la materia.
4. Que el suscrito y la sociedad que represento se comprometen a entregar a satisfacción del Municipio de Medellín, en las fechas indicadas, el objeto de la contratación.
5. Que conocemos las leyes de la República de Colombia que rigen la presente contratación.
6. Que los precios de la propuesta se mantendrán sin variación durante la vigencia de la contratación y el contrato.
7. Que la presente oferta no tiene información reservada *
8. Que autorizo expresamente al Municipio de Medellín para verificar toda la información incluida en la propuesta y realice consultas en las listas de riesgos.
9. Que ofrezco entregar las cantidades que figuran en el cuadro de precios y valor total de la oferta, así como el cumplimiento de los requerimientos técnicos.
10. Que bajo la gravedad de juramento declaro que no me encuentro reportado en el Boletín de responsables fiscales que expide la Contraloría General de la República o en caso de estarlo, tener vigente un acuerdo de pago y me encuentro al día en los pagos.
11. Que bajo la gravedad del juramento declaro que no me ha sido notificado por parte de la Cámara de Comercio de ningún recurso de reposición frente a la información contenida en el RUP.
12. Que bajo la gravedad del juramento declaro no tengo conflicto de interés, ni los directivos de la sociedad que represento y el equipo de trabajo con que se ejecutarán los servicios contratados.
Proponente: Nit: Correo electrónico: Dirección: Teléfono: Fax: Nombre Representante Legal del proponente: Dirección: Teléfono: Documento de identificación: Firma del Representante legal: Firma Aval (en caso de requerirlo):
Nota: * Si el proponente cuenta con información reservada deberá detallarla.
RESUMEN ECONÓMICO
Contratación: 0009008641 de 2013
Objeto: Brindar atención sicosocial y ayuda humanitaria a las personas víctimas de emergencias
ITEM | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | VALOR IVA | PRECIO UNITARIO CON IVA | PRECIO TOTAL |
TOTAL |
naturales y/o causadas por el hombre Proponente:
CERTIFICADO DE PAGO DE LOS APORTES
Ciudad y fecha
Señores
Secretaría de Inclusión Social y Familia Oficina 416
Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M. ASUNTO: Carta de certificación de pago de aportes
Por medio de la presente me permito certificar, que la firma que represento o audito, se encuentra x xxx y salvo por todo concepto de pago de los aportes de los empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, aportes parafiscales y de contratación de aprendices al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF y Cajas de compensación Familiar.
Atentamente,
NOMBRE:
FIRMA:
CARGO:
Nota: Este documento deberá ser firmado por el Revisor Fiscal cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx o por el Representante Legal.
DECLARACION JURAMENTADA
Ciudad y fecha
Señores
MUNICIPIO DE MEDELLÍN
Ciudad
Asunto: Declaración de multas y/o sanciones
Yo identificado con cédula de ciudadanía y representante legal de , declaro bajo gravedad de juramento, que la firma que represento no ha sido objeto de multas y/o sanciones a consecuencia de incumplimientos cualquiera sea su denominación, durante los últimos dos (2) años.
Cordialmente,
Nombre, Apellidos o Razón Social Firma
Identificación Número
SOPORTE DOCUMENTAL PARA LA ACREDITACIÒN DE EXPERIENCIA
Certif1 | Certif 2 | Certif 3 | |
Número del contrato | |||
Nombre del contratista | |||
Nombre del contratante | |||
Objeto del contrato | |||
Valor del contrato en pesos | |||
Valor del contrato en SMMLV vigentes a la fecha terminación | |||
Fecha de inicio | |||
Fecha de terminación | |||
Clasificación CIIU hasta nivel 4 | |||
Porcentaje del valor del contrato que ejecutó como miembro de alguna forma de asociación | |||
Cumplimiento contrato | SI NO | SI NO | SI NO |
Porcentaje que se le asignó en la respectiva fusión o escisión |
Nota 1: Si el objeto del contrato certificado es general, deberá discriminar su alcance, para efectos de la verificación. De ser solicitada experiencia específica, deberá informar con cuales se acreditará esta.
Firma del revisor fiscal o contador Nombre:
Número de tarjeta profesional:
Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.
CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Y/O CONSULTAS
El suscrito declara que:
Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con las Leyes: 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia.
Así como las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en los artículos 26 numeral 7o. y 52 y los efectos legales consagrados en el Art. 44 numeral. 1o. del Estatuto Contractual. Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento, y que consultados los antecedentes disciplinarios, judiciales y el boletín de responsables fiscales, no se registra ningún antecedente respecto de las personas aquí señaladas.
Dado en el Municipio de a los del mes del 20
Nombre y firma del Representante Legal
SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD FINANCIERA
(Utilice papel membreteado)
Medellín,
Señores
Secretaría de Inclusión Social y Familia Oficina 416
Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M.
El (La) suscrito(a) contador(a) , identificado(a) con la cédula de
ciudadanía número y Tarjeta Profesional número
certifica los indicadores financieros del proponente identificado con Xxx número , para el proceso de selección cuyo objeto es "Digite el objeto" , así:
Cuenta(s) | Descripción | Valor en pesos | Resultado en pesos (sin decimales) | |
CAPITAL REAL DEL PROPONENTE | $ "Digite el resultado del indicador" | |||
"Digite número de la cuenta" | Capital social efectivamente pagado | $"Digite el valor" | ||
"Digite número de la cuenta" | Más las reservas constituidas | $"Digite el valor" | ||
"Digite número de la cuenta" | Más las utilidades retenidas | $"Digite el valor" | ||
"Digite número de la cuenta" | Más las utilidades del ejercicio | $"Digite el valor" |
Cuenta(s) | Descripción | Valor en pesos | Resultado en pesos (sin decimales) |
CAPITAL DE TRABAJO (Activo Corriente - Pasivo Corriente) | $"Digite el resultado del indicador" | ||
"Digite número de la cuenta" | Activo Corriente | $"Digite el valor" | |
"Digite número de la cuenta" | Pasivo Corriente | $"Digite el valor" |
Cuenta(s) | Descripción (No aplica para consultores) | Valor en pesos | Resultado en número (con dos decimales) |
INDICADOR DE RIESGO (Activos | |||
Fijos/Patrimonio Neto) | "Digite el resultado del indicador" | ||
"Digite número de la cuenta" | Activos Fijos | $"Digite el valor" | |
"Digite número de la cuenta" | Patrimonio Neto | $"Digite el valor" |
Cuenta(s) | Descripción (No aplica para consultores) | Valor en pesos | Resultado en pesos (sin decimales) | |
INDICADOR EBITDA (año 2012) | $ "Digite el resultado del indicador" | |||
"Digite número de la cuenta" | Utilidad Operacional (si es pérdida, digite cero) | |||
$"Digite el valor" | ||||
"Digite número de la cuenta" | Más gasto depreciación | $"Digite el valor" | ||
"Digite número de la cuenta" | Más gasto amortización | $"Digite el valor" |
Descripción | Valor en pesos | Resultado en número (con dos decimales) |
INDICADOR CRECIMIENTO EBITDA (Indicador Ebitda 2012/Indicador Ebitda 2011) Indicador Ebitda 2012 | $"Digite el valor" | "Digite el resultado del indicador" |
Indicador Ebitda 2011 | $"Digite el valor" |
Cuenta(s) | Descripción (Solo para proveedores) | Valor en pesos | Resultado en número (con dos decimales) |
ROTACIÓN DEL INVENTARIO (Costo de | |||
ventas/Inventario) | "Digite el resultado del indicador" | ||
"Digite número de la cuenta" | Costo de ventas | $"Digite el valor" | |
"Digite número de la cuenta" | Inventarios | $"Digite el valor" |
Firma del revisor fiscal o contador Nombre:
Número de tarjeta profesional:
Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.
SOPORTE DOCUMENTAL PARA ACREDITAR LA CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN (Co)
(Utilice papel membreteado)
"Digite la ciudad y la fecha"
Señores
Secretaría de Inclusión Social y Familia Oficina 416
Centro Administrativo Municipal "La Alpujarra" C.A.M.
Los (Las) suscritos(as) representante legal y contador(a) o revisor fiscal
, identificados(as) con las cédulas de ciudadanía números
y Tarjeta Profesional número
certificamos la capacidad de organización del proponente identificado con Xxx número , para el proceso de selección cuyo objeto es "Digite el objeto" , así:
Capacidad de organización, organización técnica | ||||
Cantidad | Perfil | Cargo | Calidad | Nombre y número de cédula |
Capacidad de organización, organización operacional | |||
Descripción | Valor año 1 | Valor año 2 | Promedio aritmético |
Ingresos brutos operacionales en pesos | |||
Ingresos brutos operacionales en SMMLV |
Firma del representante legal
Firma del revisor fiscal o contador Nombre:
Número de tarjeta profesional:
Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores.
MINUTA DEL CONTRATO
Cód. FO-ADQU-121 | Formato FO-ADQU Contrato | ||
Versión. 1 | Fecha de entrada en Vigencia: 04/abril/2013 | ||
CONTRATO "numero contrato marco" DE 2013
CONTRATANTE: MUNICIPIO DE MEDELLÍN – SECRETARÍA DE INCLUSION SOCIAL Y FAMILIA
NIT 890.905.211-1
CONTRATISTA: "Digite nombre o razón social del contratista" NIT "Digite número del Nit"
Representante Legal "Digite nombre del representante legal cuando aplique" OBJETO: Servicio de digitalización de documentos
VALOR: $ "Digite el valor en números"
VALOR GRAVADO: $ editable
IVA 16%: $ editable
SUBTOTAL: $ editable
VALOR TOTAL: $ "Digite valor total en números" DURACIÓN: Ciento once (111) días calendario
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía 98.535.385
en su calidad de SECRETARÍA DE INCLUSION SOCIAL Y FAMILIA, en uso de sus facultades legales y las otorgadas por el Decreto 0523 de 2013, expedido por el Señor Alcalde del Municipio de Medellín, de una parte, quien en adelante para este contrato se llamará EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN y "Digite nombre de Representante Legal" identificado con "Digite Nit o cédula" N° "Número del Nit o cédula" , "Digite \"Representado por\" (cuando aplique)" , "en calidad de (digite la calidad del que obra) cuando aplique" , de la otra parte, que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato luego de la Adjudicación de la Selección Abreviada por Subasta Por Literal H 0009008114, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. EL CONTRATISTA se compromete para con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN a Brindar atención Psicosocial y ayuda humanitaria a las personas víctimas de emergencias naturales y/o causadas por el hombre, de conformidad con el Pliego de Condiciones y sus documentos anexos, las especificaciones técnicas y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA y aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, los cuales hacen parte integrante del contrato.
PARÁGRAFO: ALCANCE DEL OBJETO. El alcance del objeto del presente contrato comprende:
SEGUNDA: VALOR. El valor del presente contrato asciende a la suma de
"Digite, valor en letras y números"
PESOS M/L
"incluido IVA / incluido AU / excluido IVA / exento IVA"
TERCERA FORMA DE PAGO. EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN cancelará al CONTRATISTA el
valor del contrato, mediante pagos parciales mensuales, previa presentación de la cuenta de cobro debidamente legalizada y certificación de recibo a satisfacción por parte del interventor del servicio recibido, a través de transferencia electrónica a la cuenta "Digite: ahorros o corriente" , número "Digite número de cuenta" del Banco "Digite nombre del Banco" reportada por el contratista al diligenciar el formato de inscripción de proveedores y contratistas, previa presentación de la factura o documento equivalente debidamente legalizada, con todos los soportes que aseguren que los productos fueron recibidos a entera satisfacción por parte del Supervisor del contrato.
PARÁGRAFO 1: La transferencia electrónica o consignación para la cancelación de cuentas, la hará EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN sujeto a la disponibilidad de recursos que presente la Subsecretaría de Tesorería y respetando el derecho de turno consignado en el artículo 19 de la Ley 1150 de 2007.
PARÁGRAFO 2: En caso de cambio del número de la cuenta bancaria informará de tal situación al MUNICIPIO con quince (15) días hábiles antes del pago programado, aportando una solicitud formal en la que justifique las razones del cambio de cuenta y un certificado original expedido por el banco.
CUARTA: DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato tendrá una duración de ciento noche (111) días calendario, contados a partir de la fecha del Acta de Inicio que será suscrita por EL CONTRATISTA y el Supervisor designado para tal fin, previa aprobación de la garantía única por parte de los abogados de Secretaría de Servicios Administrativos.
PARÁGRAFO: El presente contrato se podrá adicionar de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993 y demás normas que rigen la materia, siempre y cuando sea conveniente y favorable para el MUNICIPIO DE MEDELLÍN.
QUINTA: PERFECCIONAMIENTO: El presente contrato se entenderá perfeccionado una vez haya sido suscrito por las partes.
PARÁGRAFO: Una vez entregado el contrato, el CONTRATISTA, cuenta con un plazo máximo de tres (3) días hábiles, para devolverlo firmado y con la documentación necesaria para su legalización.
SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se obliga para con EL
MUNICIPIO DE MEDELLÍN a entregar los bienes adquiridos cumpliendo con todas las especificaciones técnicas que se relacionan en la propuesta presentada y aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN las cuales hacen parte integrante del contrato, acompañados de los respectivos manuales de operación y/o funcionamiento y garantías comerciales cuando a ello haya lugar, previa verificación por parte del interventor del contrato de los respectivos manifiestos de aduana cuando de bienes extranjeros se trate.
SÉPTIMA: PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o por el representante legal, requisito indispensable para el pago de cada una de sus facturas.
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OCTAVA: GARANTÍAS. EL CONTRATISTA prestará Garantía que avalará el cumplimiento de todas las obligaciones surgidas del contrato, aceptada por EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN, la cual cubrirá:
Descripción | Porcentaje | Duración adicional | Periodo |
CALIDAD DEL SERVICIO | 10% | 4 | MESES |
CUMPLIMIENTO | 10% | 4 | MESES |
PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES | 5% | 3 | AÑOS |
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL | 5% | LA DELCONTRATO |
NOVENA: RESTABLECIMIENTO, REPOSICION O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA. EL
CONTRATISTA está obligado a restablecer o reponer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido o agotado por razón de las reclamaciones efectuadas. En cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia según el caso. El incumplimiento de la obligación del CONTRATISTA de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al MUNICIPIO DE MEDELLÍN a declarar la caducidad del contrato.
DÉCIMA: MULTAS. En el evento en que EL CONTRATISTA incurriere en xxxx, deficiencia o faltare al cumplimiento de alguna (s) de las obligaciones contraídas en el presente contrato, se acuerdan multas, las cuales serán proporcionales al valor total del contrato y a los perjuicios que sufra EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN.
PARÁGRAFO 1: El valor de las multas, no podrá exceder el 5 X 1000 del valor total del contrato cada vez que se impongan.
PARÁGRAFO 2: Para la imposición de las multas, EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN dará aplicación al debido proceso.
PARÁGRAFO 3: Una vez declarado el incumplimiento del Contrato por parte del MUNICIPIO DE MEDELLÍN, el valor de las multas se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de hacer efectiva la cláusula penal o la Garantía de Cumplimiento del Contrato, y si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
PARÁGRAFO 4: La imposición de multas no libera al CONTRATISTA del cumplimiento de sus obligaciones contractuales, so pena de que se le inicie un nuevo procedimiento sancionatorio ante nuevos incumplimientos.
DÉCIMA PRIMERA: CLÁUSULA PENAL. Se estipula una cláusula penal a favor del MUNICIPIO DE MEDELLÍN equivalente al 10% del valor total de contrato, que se hará efectiva en caso de declaratoria de caducidad o del incumplimiento del contrato del contrato grave y definitivo. El valor de la cláusula penal se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude al CONTRATISTA, si la hubiere, o de la Garantía de Cumplimiento constituida, y si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la ley 1150 de 2007.
DÉCIMA SEGUNDA: CADUCIDAD. Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y se evidencie, a criterio del MUNICIPIO DE
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MEDELLÍN, que puede conducir a su paralización, éste, mediante acto motivado, lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre.
DÉCIMA TERCERA: INDEMNIDAD: Será obligación del CONTRATISTA mantener libre al MUNICIPIO DE MEDELLÍN de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes.
DÉCIMA CUARTA: IMPUTACIÓN DE GASTOS. Los gastos que demande la legalización del presente contrato correrán a cargo del CONTRATISTA, y los que implique para EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN el cumplimiento del mismo, se harán con cargo a la siguiente imputación presupuestal:
Fondos | Certificado de Disponibilidad Presupuestal | Número Registro Presupuestal | Valor Total |
Digite fondo | Digite número CDP asociado a cada posición del contrato marco – sin repetir numero | Digite todos los pedidos (registros) asociados al contrato marco | Digite valor total del respectivo registro presupuestal |
asociado a cada | |||
posición del | |||
contrato xxxxx – | |||
sin repetir | |||
numero |
DÉCIMA QUINTA: REPERCUSIONES LABORALES. EL CONTRATISTA se obliga a título de
contratista independiente, EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN en consecuencia, no adquiere con él, ni con las personas que ocupe, ningún vínculo de carácter laboral ni administrativo.
DÉCIMA SEXTA: PUBLICACIÓN. De conformidad con el numeral 18 del artículo 2.2.5 del Decreto 0734 de 2012 y el artículo 223 del Decreto-Ley 019 de 2012, el presente Contrato, una vez perfeccionado, deberá ser publicado por parte del MUNICIPIO DE MEDELLÍN en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP- que administra la Agencia Nacional de Contratación Pública-Colombia Compra Eficiente, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
DÉCIMA SÉPTIMA: SUPERVISIÓN. El equipo de Supervisión será designado por la Secretaria de Servicios Administrativos de acuerdo con los lineamientos definidos en el plan de Supervisión e Interventoría para el proceso de contratación que dio origen al presente contrato y constará en documento adjunto.
PARÁGRAFO 1: Los supervisores podrán ser sustituidos en cualquier momento por la Secretaria de Servicios Administrativos. En este evento el supervisor sustituido deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la sustitución el informe de Interventoría, que detalle el avance del contrato en lo técnico, jurídica, administrativo, financiero y contable.
PARÁGRAFO 2: Si en el desarrollo del objeto del contrato, se requiere la compra de bienes muebles no consumibles, el Supervisor deberá garantizar que al momento de la entrega estén debidamente marcados; para ello previamente debe remitir a la Unidad de Bienes Muebles los siguientes documentos: comunicación escrita y firmada con número de cédula por el responsable que recibirá los bienes, adjuntando fotocopia de la factura y detallando el número del contrato.
Entiéndase por bienes no consumibles, aquellos que no tienen una duración predeterminada, es decir que no se consumen por el primer uso que se hace de ellos, siendo susceptibles de reintegro o devolución.
DÉCIMA OCTAVA: PAZ Y SALVO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, estar x xxx y salvo con EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN. Adicionalmente, autoriza para que en la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso y siempre y cuando no exista
Acuerdo de Pago vigente entre EL CONTRATISTA y la Administración Municipal, hagan xxxxx xx xxxxxxx, para compensar los valores que tenga en xxxx por cualquier concepto.
DÉCIMA NOVENA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, CESIÓN Y CLÁUSULAS
EXCEPCIONALES. En materia de inhabilidades e incompatibilidades, cesión del contrato y de cláusulas excepcionales al derecho común sobre Terminación, Interpretación y modificaciones unilaterales, de Sometimiento a las Leyes Nacionales y Caducidad aspectos que se entienden inmersos en el presente contrato se regirán por las previsiones de las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y sus Decretos Reglamentarios.
VIGESIMA: IMPUESTOS: Antes del perfeccionamiento del contrato, EL CONTRATISTA deberá cancelar por su cuenta el valor de los impuestos que le correspondan en consideración al valor del contrato y la normatividad vigente.
PARÁGRAFO 1: Al momento de presentar la factura o documento equivalente, EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN efectuará las deducciones pertinentes al CONTRATISTA.
PARÁGRAFO 2: Si durante la ejecución del contrato ocurren cambios o modificaciones en la normatividad tributaria que afecten al CONTRATISTA respecto de las deducciones pertinentes, deberán ser informados al MUNICIPIO DE MEDELLÍN oportunamente.
VIGESIMA PRIMERA: LIQUIDACION: El presente contrato será objeto de liquidación bilateral en un término máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la terminación del mismo.
DOCUMENTOS DEL CONTRATO. Para todos los efectos legales se entienden incorporados al presente contrato: a) Certificado de Disponibilidad, b) Estudios previos y anexos, c) Solicitud de Pedido, d) Compromiso Presupuestal, e) Pliego de Condiciones y Adendas, f) Propuesta presentada por EL CONTRATISTA, g) Certificado de existencia y representación, y todos los demás documentos que se suscriban durante la ejecución del contrato.
Para constancia se firma en la ciudad de Medellín, a los "Digite fecha elaboración en letras" ("Digite fecha elaboración en números" ) del mes de "Digite nombre mes" del año dos mil trece (2013)).
XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Secretario de Inclusión Social y Familia
Contratante
"Digite nombre contratista"
Contratista
Elaboró: "Nombre completo, cargo" Revisó: "Nombre completo, cargo" Aprobó: "Nombre completo, cargo"