Contract
Cambios o actualizaciones | ||||
Nivel de revisión | Páginas modificadas | Descripción del cambio | Fecha | Aprobador del cambio |
1.0 | 11 | Actualización y aclaración de políticas y actividades; Cambio de codificación del documento. | 06/06/2014 | Gerente de la Unidad de Negocio CELEC EP Transelectric |
Índice
4. Terminología y Definiciones 4
8. Inventario de Entradas – Salidas y Aplicaciones Tecnológicas 15
1. Propósito del Documento
1.1 Establecer las políticas que regulan el proceso para la evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes.
1.2 Detallar el procedimiento bajo el cual se llevan a cabo las actividades para la evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes.
2. Objetivo del Subproceso
2.1 Analizar la capacidad técnica, económica, financiera y de producción de la empresa que sea propuesta por el Contratista adjudicado, como subcontratista o fabricante, para participar en la ejecución de proyectos administrados directamente por la Unidad de Negocio CELEC EP Transelectric.
3. Alcance
3.1 Las políticas y procedimientos contenidos en este documento abarcan las actividades del subproceso de evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes
3.2 Las políticas y procedimientos contenidos en este documento son de aplicación para todas las ubicaciones geográficas de la Unidad de Negocio CELEC EP Transelectric.
3.3 Las excepciones no contempladas en este documento deben ser consultadas y aprobadas por el Gerente de la Unidad de Negocio CELEC EP Transelectric.
4. Terminología y Definiciones
• Administrador de Contrato | En todo contrato, la entidad contratante designará de manera expresa un administrador del mismo, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar. |
• Área Requirente | Corresponde al Área que solicita el inicio de una actividad a un tercero. |
• Buenas prácticas de ingeniería y construcción | Se refiere a aquellas prácticas, normas, métodos, códigos, especificaciones y equipos a los cuales se hace referencia en las Especificaciones Técnicas y en la Oferta presentada por el Contratista, que siguen o utilizan los contratistas, subcontratistas, profesionales de diseño, ingeniería o construcción a nivel nacional e internacional, involucrados en Proyectos de envergadura similares a este Proyecto, y que son confiables y seguras, protegen el medio ambiente y son económicamente eficientes y efectivas. |
• Contratación Pública | Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los de consultoría. Se entenderá que cuando el contrato |
implique la fabricación, manufactura o producción de bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Se incluyen también dentro de la contratación de bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de compra | |
• Contratista | Es la persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o asociación de éstas, contratada por las Entidades Contratantes para proveer bienes, ejecutar obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría. |
• Documentos Contractuales | Son los documentos legales tales como el Contrato, Libro de órdenes, libro de pedidos y libro de obras, que obligan legalmente a las partes a cumplir con las obligaciones pactadas. |
• Entidad Contratante | Corresponde a la entidad que está dispuesta a comprar bienes, contratar obras o adquirir servicios. |
• Fabricante | Persona natural o jurídica, que elabora, procesa, transforma uno o más bienes, con el propósito de obtener uno o más productos destinados al consumo intermedio o final. |
• Política | Criterio o directriz elegida que regula un proceso. |
• Procedimiento | Forma especificada para llevar a cabo un proceso. |
• Proceso | Conjunto de actividades mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman elementos de entrada en resultados. |
• Proveedor | Persona natural o jurídica que proporciona productos y/o servicios complementarios que son relevantes para el servicio final entregado por CELEC EP Transelectric. Para efectos de este procedimiento, se entenderá como proveedor únicamente a un subcontratista. |
• Representante legal del Subcontratista | Es una persona natural que en representación del Subcontratista suscribe el Contrato para intervenir en su nombre o representación, como responsable del cumplimiento de todas las obligaciones contractuales establecidas en el mismo, en tal virtud constituye la contraparte frente al Administrador para la conducción de la relación contractual. |
• Responsable | Corresponde al funcionario que realiza la actividad. |
• RGLOSNCP | Sigla correspondiente a Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas. |
• Subcontratación | Corresponde a la práctica mercantil de organización productiva en virtud de la cual el Contratista encarga a un Subcontratista parte de lo que a él se le ha encomendado ejecutar. |
• Subcontratista | Corresponde a las personas naturales o jurídicas registradas en el RUP que asumen contractualmente ante el contratista el compromiso de ejecutar cierta parte del contrato. |
• Titular de Área Requirente | Corresponde al Subgerente; y, en el caso de que el Departamento dependa directamente de la Gerencia de la Unidad de Negocio, el Titular corresponderá al Jefe del Departamento. |
5. Responsabilidades
5.1 Es responsabilidad de los servidores involucrados en el proceso, realizar sus actividades de acuerdo a lo que se detalla en el presente documento.
5.2 Es responsabilidad del Subgerente del Proyecto 500 kV, establecer y notificar al Departamento de Programación, Seguimiento y Calidad, cualquier propuesta de cambio al presente documento.
5.3 Es responsabilidad del Departamento de Programación, Seguimiento y Calidad, analizar los cambios, gestionar la aprobación al presente documento y difundirlo.
6. Políticas
6.1.1 Inobservancia del presente documento aprobado por la Gerencia
Los titulares de las Subgerencias de áreas técnicas o de aquellas en las que se aplique la figura de subcontratistas o fabricantes, velarán por el cumplimiento de lo enunciado en las políticas y procedimientos establecidos en el presente documento para lo cual, se observará lo señalado en el Reglamento Interno de Trabajo xx XXXXX EP, Título II, “De las Sanciones Disciplinarias”.
6.1.2 Subcontratación (no aplica para fabricantes)
El contratista podrá subcontratar la ejecución parcial del contrato con personas naturales o jurídicas registradas en el Registro Único de Proveedores (RUP), únicamente si la subcontratación esta previamente definida en el contrato y siempre que la entidad contratante apruebe por escrito la subcontratación.
Tratándose de subcontratación de consultoría, ésta sólo podrá realizarse para las actividades que expresamente se establezcan en los pliegos y que conste en la oferta adjudicada. En los contratos de consultoría que prevean la ejecución de servicios de apoyo que no puedan ser provistos de manera directa por el consultor, éstos podrán ser subcontratados en los porcentajes previstos en la negociación, sin que haya límite para ello. (Art. 35 del RGLOSNCP)
Las subcontrataciones no se las podrá realizar con personas inhabilitadas para contratar de acuerdo con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, ni podrán superar el treinta (30%) por ciento del monto del contrato reajustado.
Las subcontrataciones se efectuarán de preferencia con las pequeñas y micro empresas.
6.1.3 Cesión de los contratos
El o la contratista seleccionado por la Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP o por la Unidad de Negocio CELEC EP TRANSELECTRIC no podrá ceder los derechos y obligaciones emanados en el contrato. Así mismo, el contratista no pierde su responsabilidad respecto a la obligación de cumplimiento del contrato con CELEC EP o la Unidad de Negocio CELEC EP
TRANSELECTRIC, la misma que no asume responsabilidad principal ni solidaria o subsidiaria con el subcontratado y con su personal.
6.1.4 Entrega de información para el proceso de evaluación de subcontratistas o fabricantes
Es responsabilidad del Administrador del Contrato entregar al o la Contratista la información acerca de los requisitos a presentar junto con los formularios respectivos, así como la metodología para la calificación dentro del proceso de evaluación de subcontratistas o fabricantes (ver anexo 1: Requisitos para la evaluación y calificación de subcontratistas o fabricantes), previo a la recepción de la solicitud para la evaluación y aprobación por parte del o la contratista.
La solicitud de información adicional y aclaraciones será tratada directamente entre el Administrador del Contrato y el/la Contratista.
6.1.5 Solicitud de evaluación y aprobación de Subcontratistas o Fabricantes
Los Contratistas deberán solicitar la calificación para la evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes, mediante una solicitud por escrito dirigida al Administrador del Contrato, en la que se adjunte la información de los mismos en los formularios definidos para el efecto, con los respectivos documentos de respaldo de manera impresa y digital conforme el formato de solicitud que se anexa a este documento. (Ver anexo 2: Oficio de solicitud de evaluación)
6.1.6 Comité para la evaluación y aprobación de subcontratista o fabricante
Para la calificación de los subcontratistas o fabricantes como parte del proceso de evaluación y aprobación de los mismos se conformará un Comité que estará integrado por las siguientes personas:
• Administrador del Contrato o su delegado
• Delegado de la Subgerencia en la que se gestione el contrato
• Delegado de la Subgerencia Financiera1
El Comité será responsable en primera instancia de verificar el cumplimiento de lo establecido en la política 6.1.2 y/o 6.1.5 de este documento, según corresponda para el/la subcontratistas o fabricantes. A partir de esta verificación, el Comité validará la veracidad de la información entregada por el subcontratista o fabricante, evaluará el cumplimiento de los parámetros exigidos para la calificación de un subcontratista o fabricante (política 6.1.8 y 6.1.9 de este documento) y emitirá un informe de evaluación el mismo que luego será remitido a la Gerencia de la Unidad de Negocio para su conocimiento
En el caso de requerirse, el Comité tiene la potestad de solicitar la participación de un servidor o servidora de cualquier Subgerencia de la Unidad de Negocio CELEC EP TRANSELECTRIC para colaborar en el proceso de evaluación de subcontratistas o fabricantes.
1 El delegado de la Subgerencia Financiera participará únicamente cuando se realice la evaluación a subcontratistas.
6.1.7 Revisión del proceso para la evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes
El Gerente de la Unidad de Negocio CELEC EP - TRANSELECTRIC, podrá emitir observaciones en cualquier etapa del proceso de evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes. En el caso de existir alguna observación solicitará al Comité la aclaración de las observaciones, las cuales deberán presentarse dentro del plazo de dos (2) días laborables. Una vez solventadas dichas observaciones, el Gerente de la Unidad de Negocio autorizará la continuación del proceso.
6.1.8 Parámetros de evaluación para subcontratistas
CELEC EP - TRANSELECTRIC, realizará la evaluación de los subcontratistas mediante la solicitud de la información pertinente a través de la empresa contratista, la misma que exigirá la documentación requerida a las empresas subcontratistas interesadas en participar en el proceso de evaluación. Dicha información será presentada mediante la utilización de los siguientes formatos:
Formulario 1: Información general del subcontratista Formulario 2: Experiencia del subcontratista Formulario 3: Cronograma y plan de trabajo Formulario 4: Disponibilidad de Recursos Humanos Formulario 5: Disponibilidad de equipos y maquinaria
Para el caso de la información financiera, se presentará la documentación detallada en el Formulario 6: Situación Financiera
La valoración para la evaluación de los subcontratistas se realizará en base al análisis de varios parámetros calificados sobre un total de 100 puntos. Un subcontratista podrá ser seleccionado siempre y cuando cumpla al menos con la calificación mínima determinada en cada parámetro.
A continuación se detallan los parámetros de evaluación:
Cuadro 1: Parámetros de calificación - Subcontratista
Parámetros | Calificación máxima | Calificación mínima |
1. Análisis Financiero | 20 | 10 |
2. Experiencia | 40 | 30 |
Cronograma y plan de trabajo - Alcance - Metodología - Cronograma | 20 5 5 10 | 15 |
3. Recursos -Personal mínimo requerido - Equipo y maquinaria | 20 10 10 | 15 |
TOTAL | 100 | 70 |
1. Análisis Financiero: Se evaluará la capacidad económica y financiera de la empresa según el siguiente esquema:
Cuadro 2: Calificación – Análisis Financiero
Monto de la subcontratación | Plazo contrato | Índice | Fórmula | Criterio 1 | Puntuación máxima* | Criterio 2 (Rango) | Puntuación mínima* |
Desde 0 hasta 500.000 | Menor o igual a un (1) año | Liquidez | Activo Corriente/Pasivo Corriente | Mayor o igual a 1 | 20 | Mayor o igual a 0.75 hasta 0.99 | 10 puntos |
Sin importar el monto | Mayor a un (1) año | Liquidez | Activo Corriente/Pasivo Corriente | Mayor o igual a 1 | 10 | Mayor o igual a 0.75 hasta 0.99 | 5 puntos |
Endeudamiento | Pasivo Total / Activo Total | Menor o igual a 1.5 | 10 | Mayor o igual a 1.51 hasta 2.00 | 5 puntos |
* La puntuación máxima será otorgada si los resultados de los índices financieros evaluados cumplen con lo establecido en el “Criterio 1”, de lo contrario se verificará si dichos resultados se encuentran al menos dentro del rango establecido en la columna “Criterio 2”; y, en este caso, se otorgará únicamente la puntuación mínima establecida.
Los factores para su cálculo estarán respaldados en la correspondiente declaración del impuesto a la renta (Formulario 101 o Formulario 102) del ejercicio fiscal inmediato anterior presentado al Servicio xx Xxxxxx Internas (SRI) y los Estados Financieros (firmados por el Gerente General y Xxxxxxxx) que sustenten dicha declaración (en caso de personas naturales o jurídicas nacionales); y, Estados Financieros Auditados con corte al último ejercicio económico exigible obligatoriamente certificado por la autoridad competente, apostillado o legalizado en el exterior (para el caso de personas jurídicas extranjeras).
2. Experiencia: Se evaluará la experiencia del subcontratista que evidencie la ejecución de proyectos de características similares, los mismos que estarán respaldados por el Acta de Entrega-Recepción Definitiva o certificados de cumplimiento del contrato, los cuales serán sustentados por la empresa contratante.
El contratista deberá presentar al menos cinco (5) certificados que cumplan las características antes mencionadas, con la presentación de dichos certificados se otorgará la calificación mínima y con más de cinco certificados se otorgará la calificación máxima. En total se otorgará un máximo de cuarenta (40) puntos para este parámetro.
3. Cronograma y Plan de trabajo: Se deberá describir el enfoque de la obra o servicio, la declaración de alcance y la metodología que el subcontratista empleará para ejecutar el trabajo y sobre esta base presentar un cronograma completo sobre las actividades a desarrollar, como se detalla a continuación:
- Alcance: se deberá describir detalladamente lo que se ejecutará en el proyecto y los productos a entregar, incluyendo además lo que no se ejecutará en el proyecto.
Como parte de esta descripción se deberá incluir el diagrama de Estructura de Desglose de Trabajo (EDT).
o Descripción proyecto y productos (2 puntos)
o EDT (3 puntos)
- Metodología: se deberá describir una metodología basada en las mejores prácticas de la industria y especificar el procedimiento que se va aplicar para la ejecución del proyecto. (5 puntos)
- Cronograma: se deberá detallar al menos los siguientes aspectos:
o Descripción de actividades y tiempos de ejecución de las mismas así como los hitos del proyecto (2 puntos)
o Productos a entregar al final de cada actividad (2 puntos).
o Responsables asignados para la ejecución de cada actividad (2 puntos)
o Recursos Asignados (2 puntos)
o Ruta Crítica del proyecto (2 puntos)
4. Disponibilidad de Recursos: Se analizará la disponibilidad del recurso humano y equipos con el que cuenta el subcontratista para garantizar el cumplimiento del contrato considerando lo establecido en la oferta técnica y el contrato.
Si el equipo o maquinaria no es propia del Subcontratista, se deberá presentar una carta de compromiso en la cual se indique la empresa con la cual arrendará los equipos y maquinaria.
6.1.9 Parámetros de evaluación para fabricantes
CELEC EP - TRANSELECTRIC, realizará la evaluación de los fabricantes mediante la solicitud de la información pertinente a través de la empresa contratista, la misma que exigirá la documentación requerida a las empresas fabricantes interesadas en participar en el proceso de evaluación. Dicha información será presentada mediante la utilización de los siguientes formatos:
Formulario 1: Información general del fabricante Formulario 2: Capacidad de producción Formulario 3: Valoración Técnica
Formulario 4: Calidad
La valoración para la evaluación de los fabricantes se realizará en base al análisis de tres parámetros calificados sobre un total de 100 puntos y en función de su capacidad para suministrar los productos de acuerdo a los requisitos establecidos en las especificaciones técnicas contenidas
en el contrato suscrito entre CELEC EP y la contratista. Un fabricante podrá ser seleccionado siempre y cuando cumpla al menos con la calificación mínima determinada en cada parámetro.
A continuación se detallan los parámetros de evaluación:
Parámetros | Calificación máxima | Calificación mínima |
1. Capacidad de producción | 45 | 32 |
2. Valoración Técnica | 45 | 45 |
3. Calidad | 10 | 6 |
TOTAL | 100 | 70 |
1. Capacidad de producción: Se analizará la capacidad de producción de la empresa y la demanda mediante la presentación del formulario 02 en el que se detalle la siguiente información:
- Información sobre la capacidad instalada y utilizada del fabricante (25 puntos, los mismos que serán repartidos en función de la demanda proyectada y considerando la demanda que CELEC EP haya estipulado en el contrato; de esta manera, si el fabricante es capaz de producir la totalidad de los equipos requeridos por CELEC EP, entonces se le otorgará 25 puntos y si la capacidad de producción es menor a la demanda establecida por CELEC EP, la calificación disminuirá proporcionalmente al cumplimiento de dicha demanda). Ver cuadro 3:
Cuadro 3: Ejemplo para aplicar la calificación de Capacidad de Producción
Demanda CELEC EP (B) | Capacidad utilizada | Demanda proyectada | Total demanda | Diferencia (A) | Factor = A/B=C =C*25=D =25-D=E | Calificación (E) |
5 | 8 | 1 | 6 | + 2 | =>1 | 25 puntos |
5 | 3 | 2 | 7 | - 4 | 4/5=0.80 0.8*25=20 25-20=5 | 5 puntos |
5 | 2 | 0 | 5 | - 3 | 3/5=0.6 0.6*25=15 25-15=10 | 10 puntos |
- Listado de equipos y/o herramientas: (10 puntos por la presentación del listado y los documentos de sustento).
- Lista de Personal calificado: (10 puntos por la presentación del listado y los documentos de sustento).
2. Valoración Técnica: Se evaluará el cumplimiento de las normas técnicas definidas en las especificaciones técnicas de los equipos conforme a lo establecido en los documentos contractuales. El fabricante deberá presentar un índice de documentos técnicos de los equipos o bienes conforme el formulario 03. Estos documentos deberán evidenciar el cumplimiento de dichas especificaciones, tales como certificados de pruebas bajo las normas definidas en las especificaciones; si el fabricante utiliza otras normas, diferentes a las mencionadas en las especificaciones técnicas, deberá proveer la norma que propone, en castellano o inglés, demostrando que las mismas son equivalentes o superiores a las establecidas por CELEC EP.
3. Calidad: Se verificarán las certificaciones de calidad que posea la empresa. El fabricante deberá presentar al menos una certificación de calidad, la misma que deberá estar vigente, y con la cual obtendrá la calificación mínima, con más de una certificación se otorgará la calificación máxima.
6.1.10 Calificación en caso de excepción
El subgerente del área donde se gestiona la aprobación del subcontratista o fabricante, podrá solicitar a la Gerencia de la Unidad de Negocio CELEC EP Transelectric, la autorización para aceptar al subcontratista o fabricante, aunque los mismos no hayan cumplido al menos con la calificación mínima exigida, justificando para esto, mediante un informe del Administrador de Contrato, la no afectación a los intereses públicos y la respectiva ejecución del contrato.
6.1.11 Idioma para la presentación de la documentación
Es responsabilidad del Administrador del Contrato notificar al Contratista que los formularios exigidos en este procedimiento para subcontratistas o fabricantes, deberán ser presentados en idioma castellano y únicamente los documentos que sustentan la información registrada en dichos formularios podrán ser presentados en idioma castellano o inglés.
6.1.12 Confidencialidad de información para la evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes.
Toda documentación generada como parte del procedimiento para la evaluación y aprobación de los subcontratistas o fabricantes es confidencial y no está permitida su divulgación.
6.1.13 Creación de base de subcontratistas y fabricantes
Es responsabilidad de la Subgerencia Administrativa a través del Departamento de Adquisiciones, gestionar la creación y administración de una base de datos de los subcontratistas y fabricantes aprobados y no aprobados para participar en los proyectos que ejecute la Unidad de Negocio CELEC EP - TRANSELECTRIC.
La base de datos deberá contener al menos la siguiente información:
- Datos básicos del subcontratista o fabricante
- Fecha de aplicación del proceso de evaluación del subcontratista o fabricante
- Resultados del proceso de evaluación de los subcontratistas o fabricantes
- Información relativa a las novedades o lecciones aprendidas respecto a la actuación del subcontratista o fabricante.
6.1.14 Registro de Subcontratistas aprobados por Contrato (no aplica para fabricantes)
Una vez aprobado el subcontratista, es responsabilidad del Administrador de Contrato registrar la información del mismo en la base de datos para posterior control de los subcontratistas que participan en el Contrato y del monto máximo que se puede subcontratar (30%).
6.1.15 Aplicación de la normativa vigente y del procedimiento aprobado por CELEC EP Transelectric.
La evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes se llevará a cabo bajo el total apego a la normativa vigente como leyes, reglamentos y resoluciones que haya emitido el Servicio Nacional de Contratación Pública así como otras instituciones relacionadas con el objetivo de este proceso.
De igual manera, el presente procedimiento es de aplicación obligatoria para todos aquellos proyectos administrados por la Unidad de Negocio CELEC EP - TRANSELECTRIC y en cuyo contrato haya quedado establecido y aprobada la subcontratación por parte del Contratista.
7. Procedimiento
7.1 Evaluación y aprobación de subcontratistas o fabricantes
Involucrados: Gerente de la Unidad de Negocio CELEC EP - TRANSELECTRIC, Subgerente del Área, Delegado de la Subgerencia del área, Delegado de la Subgerencia Financiera, Administrador del Contrato o su Delegado.
7.1.1 Revisar la documentación entregada por la contratista: Una vez que la Contratista ha entregado la información requerida para el proceso de evaluación, el responsable designado por el Administrador del Contrato (suscrito entre la contratista y CELEC EP), revisa que la información presentada cumpla con los formularios exigidos para tal efecto y que los mismos se encuentren completos y debidamente suscritos por las partes involucradas.
Una vez cumplida la revisión, el responsable designado notifica al Administrador del Contrato que el subcontratista o fabricante cumple con la presentación de la información requerida, de lo contrario comunica al Administrador del Contrato sobre cualquier novedad u observación que requiera ser comunicada al contratista para ser solventada dentro del plazo de cinco días laborables.
Luego, el Administrador del Contrato solicita al Subgerente del área correspondiente iniciar con el proceso de evaluación mediante la conformación del Comité, una vez que se ha cumplido con la revisión mencionada.
7.1.2 Conformar el comité de evaluación de subcontratistas o fabricantes: El Subgerente del área correspondiente designa dentro de los siguientes dos días laborables, a un delegado (o delegados) del área quien trabajará en conjunto con el Administrador del Contrato para realizar la calificación dentro del proceso de evaluación y aprobación del subcontratista o fabricante, conforme a los parámetros establecidos en el presente documento.
Adicionalmente, el Subgerente del área solicitará a la Subgerencia Financiera la designación de un delegado dentro del mismo plazo de dos días laborables, para conformar el Comité de evaluación y quien apoyará en el análisis de los parámetros financieros para el caso de subcontratistas.
7.1.3 Revisar información: Una vez conformado el Comité, dentro de los siguientes cinco (5) días laborables a partir de su conformación, el Comité revisa la información presentada por la contratista respecto a los documentos del subcontratista o fabricante conforme lo establecido en la política 6.1.2 y 6.1.5 de este documento. En caso de requerirse, se coordinará una reunión de trabajo con la Contratista para aclarar cualquier novedad que pudiera surgir en este proceso.
7.1.4 Realizar calificación: Luego de la revisión de la información, el Comité realiza la calificación del subcontratista o fabricante en base a lo establecido en las políticas 6.1.8 y/o
6.1.9 de este documento y dentro de los siguientes cinco días laborables a partir de la revisión de la información.
El Comité emite un informe con los resultados de la calificación, el mismo que será suscrito por los integrantes del Comité y remitido, mediante memorando a través del sistema documental Quipux a la Gerencia de la Unidad de Negocio CELEC EP - TRANSELECTRIC para su conocimiento (ver política 6.1.6 y 6.1.7 de este documento).
7.1.5 Comunicar los resultados: Una vez solventada cualquier observación del informe de evaluación de subcontratistas o fabricantes, el Administrador del Contrato comunica al contratista, el resultado del proceso de evaluación, adjuntando el informe que sustenta dicho resultado e indicando si el subcontratista o fabricante ha sido o no autorizado para ejecutar los trabajos requeridos.
Adicionalmente el Administrador del Contrato o su delegado, registrará este resultado dentro del siguiente día laborable, en la base de datos de Subcontratistas y Fabricantes.
8. Inventario de Entradas – Salidas y Aplicaciones Tecnológicas
Cód. | Sub proceso | Entradas | Salidas | Aplicación |
7.1 | Procedimiento para la evaluación y aprobación de Subcontratistas o fabricantes | • Solicitud para evaluación y aprobación de Subcontratistas o fabricantes | • Informe de evaluación y aprobación de Subcontratistas, suscrito por los integrantes del Comité. | • Sistema Documental Quipux • Base de datos de subcontratistas y fabricantes |