Contract
CONTRATO DE SERVICIOS DE CORRESPONSALIA.
CONTRATO No SAYSTIE/001/DG/OCT/2022
.
Contrato de Servicios Profesionales de Corresponsalía o de Director Responsable de Obra Electromecánica, que celebran por una parte el Ing. ----------------------------
----------------------------, a quien en lo sucesivo se le denominara el
CORRESPONSABLE O DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA
ELECTROMECANICA; y por otra parte El Propietario del Inmueble denominada
PROPIETARIO representada por el Sr/ Sra. --------------------------------------------------
-- a quien se le denominara la EL PROPIETARIO O LA EMPRESA CONTRATANTE, sujetándose ambas partes al tenor de las siguientes declaraciones y clausulas:
DECLARACIONES
1.- Declara la EL PROPIETARIO O LA EMPRESA CONTRATANTE por medio de
su apoderado el Sr y/o Sra. .
A).- Ser una sociedad constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, tal como se acredita en los términos de la copia certificada del testimonio de la Escritura Pública número ----------------------------------------------------
Tomo ---------, volumen ---------, de fecha ------------------------------------, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número ------------ , de la ciudad de --------------------
Tabasco , Licenciado ----------------------------------------------, documento inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx ------------------------
, xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx ; el día ------------------------------- , en el folio mercantil
electrónico numero ----------- , folio ---------------- , inscripción publica número ---------
vol.
con domicilio en Xxxxx
Xx Xxx.
.Xxxxx XXX-
X.X. 00000 en
..
Tabasco con R.F.C.-
B). - Que está representada en este acto por el C. ,
en su carácter de Apoderado Legal según consta en la misma Escritura Pública ; y que la personalidad con la que se ostenta no le ha sido revocada ni limitada en forma alguna , por lo que gozan de las facultades suficientes para la celebración del presente contrato.
C).- Que dentro del objeto de la sociedad se encuentra : La realización de cualquier tipo de Supervisión y Validación de cualquier construcción Electromecánica, de Sistemas de Instalaciones Eléctricas , Hidromecánicas, Térmicas o en general cualquier construcción que soliciten su participación tales como calculo , proyectos , supervisión y control de - y certificaciones en especial las de ISO 9000, relativos a los procedimientos de construcción y protección del impacto ambiental para todo tipo de actividad, Diseño y Construcción de todo tipo de redes y sistemas de contra incendio.
D). - Que actualmente cuenta con la capacidad, conocimientos, experiencia, recursos técnicos y personal calificado para llevar a cabo y a buen fin todos y cada uno de los trabajos encomendados por EL PROPIETARIO, y que se contemplan descritos en el Clausulado de este contrato y todos y cada uno de sus anexos; que forman parte Integral del presente contrato.
E).- Que para los efectos legales a que haya lugar su domicilio fiscal , así como para el presente contrato , está ubicado en Xxxxx ----------------------------------- Xx ----
X.X.X.
Xxx.
X.X. 00000 en
.Folio SAT- .
Tabasco con
F).- Que tiene pleno conocimiento de las obras que deben ser realizadas y supervisadas, conforme al presente CONTRATO y PROYECTOS EJECUTIVOS REVISADOS Y APROBADOS CON LA FIRMA, SELLO Y CARTA DEL CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES Y/O DIRECTOR RESPONSABLE
DE OBRAS ELECTROMECANICAS, a fin de llevar a cabo la Supervisión de dichas obras en tiempo y conforme a las especificaciones del contrato; así como del lugar en donde se desarrollaran las obras y ha tomado en cuenta las condiciones y circunstancias ambientales existentes en el sitio y sus alrededores, que pudieran afectar el monto del contrato, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.
2.- Declara la EL CORRESPONSABLE y/o DIRECTOR RESPONSABLE DE OBRA ELECTROMECANICA por medio del Ingeniero -----------------------------------
-------------------------------------.
A). - Ser una persona física con Actividad Empresarial en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
B). - Se encuentra registrado ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico en el Registro Federal de Contribuyentes con clave número ,
y declara bajo protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente en el pago de sus impuestos y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
C). - Que tiene capacidad jurídica para obligarse de conformidad con el objeto de este instrumento.
D). - Que es su libre voluntad celebrar el presente contrato de supervisión técnica en virtud de estar de acuerdo con el estado físico que guarda el inmueble objeto de este contrato.
E).- Señala como domicilio fiscal y legal, para los efectos del presente contrato, el ubicado en la Calle --------------------------------, Fraccionamiento -------------- en la
Colonia
Tabasco.
, C.P. 00000, en la ciudad de
F).- Que dentro del objeto social está previsto que podrá proporcionar los servicios de Dirección Técnica y Supervisión de Obras de Instalaciones Electromecánicas, Supervisión de las Pruebas de Operación y Seguridad de Obras de Instalaciones de Aire Acondicionado y Extracciones, Elevadores, Eléctricas en Media y Baja Tension,Hidraulicas, Sanitarias, Pluviales, Tratamientos de Agua Potable y de Alcantarillado, y en general cualquier tipo de servicio de Ingeniería Especializada de Instalaciones para cualquier tipo de edificación, comercio, Industria, u Local.
G). - Que tiene pleno conocimiento de las obras que deben ser realizadas y supervisadas conforme al presente CONTRATO, a fin de puedan y deban llevarse a cabo dichas obras en tiempo y conforme a las especificaciones del contrato; así como del lugar en donde se desarrollaran las obras y ha tomado en cuenta las condiciones y circunstancias ambientales existentes en el sitio y sus alrededores, que pudieran afectar el monto del contrato, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su ejecución.
I). - Ambas partes manifiestan bajo protesta de decir verdad que están de acuerdo en celebrar el presente contrato de acuerdo a las siguientes clausulas:
3.- DECLARAN LAS PARTES:
1.- Que el presente CONTRATO, se sujetara a los términos y condiciones que a continuación se señalan, así como al contenido de todas y cada una de las clausulas que forman parte integral del mismo.
2.- Que la capacidad económica y jurídica respectivamente expresada les permite efectuar el mismo en los términos del presente instrumento.
3.- Bajo protesta de decir verdad, todas y cada una de las declaraciones e información proporcionada para la firma del presente contrato son ciertas, precisas y de las mismas nace la voluntad de las partes para obligarse en los términos del presente instrumento. Por ende, asumen toda la responsabilidad sobre dichas declaraciones e información, y cualquier perjuicio que pudiere causarle a su contraparte.
4.- Que se reconocen la personalidad y capacidad con la que comparecen a la celebración del presente instrumento, libres de toda violencia, mala fe, dolo o cualquier otro vicio del consentimiento, así como las siguientes:
En virtud de lo anterior las partes convienen en otorgar las siguientes clausulas:
CLAUSULAS
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: La EMPRESA CONTRATANTE O EL
PROPIETARIO DE LA OBRA: Establecen las siguientes obligaciones del CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES Y/O EL DIRECTOR RESPONSABLE DE LA OBRA;
A). - Presentar el presupuesto de los servicios profesionales acotando con precisión los alcances esperados, costos, condiciones del pago y clausulas complementarias, Aclarando que la firma de dicha Licencia de Construcción, estará condicionado a reunir las condiciones de seguridad necesarias para su operación segura.
B). - Especificar en el mismo presupuesto la partida y costo de las visitas de seguimiento durante la construcción, aclarándolas como complementarias e indispensables a la Licencia de Construcción , y condicionantes de la participación del Corresponsable en el Tramite de Terminación de obra, ocupación, u Vo Bo de Operación y Seguridad inicial.
C). - Revisión y Firma de los Proyectos Ejecutivos de las Instalaciones Electromecánicas, levantando un acta en donde se informe de las deficiencias encontradas y con firma de aceptación del CONTRATANTE del servicio, así como su obligación de la corrección en el papel impreso y/o en el Campo.
D). -Revisión y firma de las memorias de cálculo de todas las instalaciones, levantando un acta o reporte en donde se informe de las deficiencias encontradas y con firma de aceptación del CONTRATANTE, del servicio, así como su obligación de las correcciones en papel y en el Campo.
E). - Acudir con el D.R.O. a la delegación o municipio correspondiente para la firma de los formatos y descarga de licencia de construcción.
F). - Realizar las visitas de seguimiento de la obra, programadas con el CONTRATANTE, del servicio, cuidando de asentar sus visitas en la Bitácora de la Obra y de ser necesario presentar un informe técnico respaldado con las evidencias técnicas y legales de las observaciones y deficiencias detectadas.
G).- Conservar el expediente correspondiente por cada obra, copias de los formatos firmados y todos los datos técnicos y fotografías como evidencia de la revisión de campo realizada para futuras aclaraciones , así como los términos de referencia contenidos, en el (los) anexo(s), hasta su total terminación , acatando para ello lo establecido en el presente instrumento , la normatividad de obras y construcción vigente en el Estado de Tabasco, y en el Reglamento de Construcciones para el Estado vigentes , así como los referentes a la protección ecológica y ambiental vigentes y aplicables en el lugar donde deban realizarse los trabajos, mismas que se tienen por reproducidas como parte integrante de este instrumento.
En el supuesto de que el CONTRATISTA realice trabajos no contemplados en el presente CONTRATO, sin autorización de la EMPRESA CONTRATANTE, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los trabajos excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.
SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO : El monto del presente contrato será la
cantidad de $ ( ).
Cuando por requerimientos en la ejecución de la OBRA se tenga que efectuar modificaciones o cambios al proyecto o a las especificaciones, el CONTRATISTA se obliga a notificar por escrito a las EMPRESA CONTRATANTE, en el domicilio por esta señalado en el cuerpo del presente escrito con 15 días naturales de anticipación para obtener el consentimiento por escrito de la EMPRESA CONTRATANTE y la Aprobación y Validación del Corresponsable y/o Director Responsable de la Obra Electromecánica.
TERCERA. PLAZO DE EJECUCION: EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la Supervisión y Validación de los trabajos objeto de este contrato el día del
mes---------------------- del 2017 y a terminarlos a más tardar el día -----------------------
-----------------, de conformidad con el programa de Obra.
CUARTA. VIGENCIA Y TERMINO DE LA OBRA: El presente contrato empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente hasta la
conclusión de la OBRA a entera satisfacción de la EMPRESA CONTRATANTE, plazo que no podrá exceder de 12 meses, desde su inicio en el mes de --------------
del año .
El incumplimiento en el plazo previsto en el párrafo anterior dará lugar a la recisión del presente CONTRATO, sin necesidad de declaración judicial y sin responsabilidad para la EMPRESA CONTRATANTE, o para el CORRESPONSABLE O DIRECTOR RESPONSABLE DE LA OBRA ELECTROMECANICA.
Si el Contratista se atrasa en la terminación de varias partes o en la totalidad de la OBRA, comprendida en este contrato debido a caso fortuito o fuerza mayor, conflictos laborales o provocados por la EMPRESA CONTRATANTE, el CONTRATISTA, deberá informar a la EMPRESA CONTRATANTE, por escrito dentro de los cinco (5) días naturales siguientes a dicho atraso, y el termino para concluir dicha OBRA se extenderá un periodo igual al de dicho atraso justificado.
QUINTA. DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS
ADMINISTRATIVOS: La EMPRESA CONTRATANTE se obliga a poner a disposición del CORRESPONSABLE Y/o DIRECTOR RESPONSABLE DE LA
OBRA ELECTROMECANICA el (los) inmueble(s) en que deban llevarse a cabo los trabajos materia de este contrato, a partir de la firma del presente instrumento.
En los casos en el que la(s) OBRA (S) consistan en construcción de edificio(s) nuevo(s) o remodelaciones que pudiesen tener un impacto en la estructura original de (los)edificio(s) el CONTRATISTA ,se obliga por este instrumento legal a llevar a cabo la(s) memoria(s) de cálculo, de las instalaciones , así como el proyecto ejecutivo completo de instalaciones y que se encuentre avalado por un perito con certificado vigente para que en caso de controversia , dicho perito las pueda avalar en el sentido de que dicho diseño y construcción de la OBRA , se encuentra dentro de los parámetros de seguridad y requeridos por la EMPRESA CONTRATANTE , dentro del desarrollo de la OBRA.
Las partes convienen en que el CONTRATISTA se obliga a presentar las certificaciones correspondientes que avalen y demuestren la calidad del trabajo que será desarrollado por personal capacitado y calificado en la OBRA.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
El CONTRATISTA será totalmente responsable de la ejecución adecuada de la
OBRA.
Los cambios en la OBRA o modificaciones, estarán sujetos a previa autorización por ambas partes Y avalados por el CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES quienes definirán el tiempo y costo adicionales o menores que impliquen dichos cambios, mismos que deberán constar por escrito y con la firma de ambas partes, de lo contrario será causa de responsabilidad para el CONTRATISTA.
SEPTIMA. FORMA Y LUGAR DE PAGO: El pago al CORRESPONSABLE DE
INSTALACIONES se hará de la siguiente forma:
1er Anticipo:
La EMPRESA CONTRATANTE, le otorgara un anticipo por la revisión, firma, sellado de los planos y memorias de cálculo, y la entrega de la carta del CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES con el aval y sello del colegio correspondiente al pago del 50% del Importe del Presupuesto aprobado.
2ª Avance de OBRA:
Los siguientes pagos que la EMPRESA CONTRATANTE hará al CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES, de forma en que haya avance( % )y trabajos realizados de la OBRA objeto de este contrato, y se realizaran de acuerdo a lo señalado por el siguiente cuadro:
Fecha
Trabajos Realizados Monto
Siempre y cuando se compruebe el avance de la OBRA y de los trabajos realizados, a plena satisfacción de la EMPRESA CONTRATANTE.
El pago que realice la EMPRESA CONTRATANTE se considerara como aceptación de los trabajos, toda vez que esta se reserva expresamente el derecho de reclamar por los trabajos faltantes o mal ejecutados, por el Contratista.
OCTAVA. RELACIONES LABORALES: Los que trabajen por cuenta del CONTRATISTA o suministren materiales para los servicios no tendrán acción en contra de la EMPRESA CONTRATANTE en ninguna cantidad, ni forma, haciéndose el CONTRATISTA responsable total respecto de lo anterior.
El CONTRATISTA es responsable del trabajo ejecutado por las personas que ocupe. En la inteligencia de que, si procediera, alguna acción, todas las
erogaciones, que, por concepto de honorarios profesionales, viáticos, y/o indemnizaciones entre otros, que se realicen serán con cargo al CONTRATISTA.
El CONTRATISTA expresamente reconoce que el presente CONTRATO, es de prestación de Servicios de Supervisión y Corresponsalía de las Instalaciones, por lo tanto, no será considerado de ninguna manera como trabajador o empleado de la EMPRESA CONTRATANTE, comprometiéndose a proporcionar los servicios objeto del presente contrato con sus propios recursos materiales y humanos, manifestando expresamente que entre estos últimos y la EMPRESA CONTRATANTE no existe relación de carácter subordinado.
Ambas partes están de acuerdo en que el CONTRATISTA, será el único responsable en su calidad de Patrón, del desempeño de su personal consecuentemente la EMPRESA CONTRATANTE no tendrá ninguna responsabilidad por los trabajadores del CONTRATISTA, sea esta de carácter laboral, fiscal, de riesgo profesional, de seguridad social, de sistema de ahorro para el retiro o de cualquier otra índole o interés de carácter jurídico, ni aun como patrón sustituto.
De acuerdo a lo anterior , el CONTRATISTA expresamente se obliga a sacar en paz y a salvo en todo momento a la EMPRESA CONTRATANTE para el caso de que esta ultima sea objeto de una demanda o reclamación de cualquier naturaleza
, incluyendo sin limitación alguna, de carácter laboral, fiscal, de riesgo profesional, de seguridad social, del sistema de ahorro para el retiro o de cualquier otra índole o interés de carácter jurídico , aun como patrón substituto, interpuesta en su contra por alguno de los trabajadores o empleados del el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de los servicios materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, el CONTRATISTA conviene por lo mismo responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores o colaboradores presenten en su contra o en contra de la EMPRESA CONTRATANTE, en relación con los trabajos objeto de este contrato.
Asimismo, EL CONTRATISTA podrá suspender temporalmente en todo o en parte los trabajos en cualquier momento por causas justificadas, dentro de ellas, terremotos, temblores, inundaciones, incendios, y en general, caso fortuito, debiendo reanudar sus actividades inmediatamente después que haya cesado la causa justificada que dio origen a la suspensión de los trabajos.
NOVENA. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA: El CONTRATISTA se
obliga a designar anticipadamente a la iniciación de los trabajos, un representante que permanecerá en el sitio de realización de los mismos y que actuará como su Supervisor de Obra, para efectos de este instrumento se designa como el RESIDENTE quien deberá tener poder amplio y suficiente para tomar decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de este contrato.
La EMPRESA CONTRATANTE se reserva el derecho de la aceptación del
RESIDENTE, derecho que podrá ejercer en cualquier tiempo.
EL CONTRATISTA se obliga también a que los materiales y equipo que se utilicen en los trabajos objeto de este contrato, cumplan con las normas de construcción señaladas en el Reglamento de Construcciones para el Estado de Tabasco y relacionados y las especificaciones particulares del proyecto ejecutivo de instalaciones que forman parte de este instrumento, y a que la realización de todas y cada una de la partes de dicha OBRA , se efectúen a satisfacción de la EMPRESA CONTRATANTE, así como a responder por su cuenta y riesgo de los defectos y vicios ocultos de la misma y de los daños y perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte se lleguen a causar a la EMPRESA CONTRATANTE, o a terceros , en cuyo caso se hará efectiva la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato , hasta por el monto total de la misma.
Igualmente, no se autoriza a EL CONTRATISTA, poder llevar a cabo subcontratos en forma parcial o total ni ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivados de este contrato, sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se deberá contar con la aprobación previa y por escrito de la EMPRESA CONTRATANTE.
El CONTRATISTA será pleno y único responsable de la consecución, obtención, compras, descarga, almacenamiento, y entrega del material que se necesite para la OBRA, así como responsable de su cuidado y protección.
DECIMA. SUPERVISION DE LOS TRABAJOS: La EMPRESA CONTRATANTE
establecerá a una persona que efectuara la Supervisión al inicio de la OBRA, la que será responsable directa de la Supervisión, Dirección, Vigilancia, Control y Revisión de los trabajos, incluyendo el visto bueno del pago que presente el CONTRATISTA.
Asimismo, la EMPRESA CONTRATANTE podrá realizar la inspección de todos los materiales, equipos, y accesorios que vayan a usarse en la ejecución de los trabajos, en el lugar en donde se efectúe la OBRA.
La EMPRESA CONTRATANTE tendrá la facultad de verificar si los trabajos objeto de este contrato se están ejecutando por el CONTRATISTA, de acuerdo con el Proyecto Ejecutivo de Instalaciones Aprobado por el CORRESPONSABLE DE INSTALACIONES, las normas, especificaciones, y con el programa de trabajo aprobados, para lo cual, la EMPRESA CONTRATANTE, revisara el avance de los trabajos ejecutados mediante el personal que para tal efecto designe.
Independientemente de lo anterior, previo al momento de efectuar el último pago (Finiquito) la EMPRESA CONTRATANTE podrá realizar una última verificación de los trabajos ejecutados objeto del contrato.
DECIMA PRIMERA. SUSPENSION TEMPORAL DEL CONTRATO: La
EMPRESA CONTRATANTE, podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, la OBRA contratada, lo cual comunicará por escrito al CONTRATISTA inmediatamente después de que se presenten las causas que la originen.
El presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión, mediante la suscripción de un addendum en el que se pacte la recalendarización de los trabajos objeto de este contrato.
En todos los casos de suspensión, la EMPRESA CONTRATANTE deberá levantar un acta circunstanciada en la que hará constar como mínimo lo siguiente:
a). - Lugar, fecha, y hora en que se levanta el acta.
b). - Nombre y firma de la persona de Supervisión de la EMPRESA CONTRATANTE y del RESIDENTE del CONTRATISTA, así como del titular de la Dirección de la EMPRESA CONTRATANTE.
c). - Datos de Identificación de los trabajos que se habrán de suspender, si la suspensión es temporal, solo se identificara la parte correspondiente y las medidas que habrán de tomarse para su reanudación.
d). - Declaración de los motivos que dieron origen a la suspensión.
e). - Una relación pormenorizada de la situación legal, administrativa, técnica, y económica en la que se encuentren los trabajos o la parte que se vaya a suspender, debiendo hacer constancia del personal y equipo que se retira y del que se autoriza su permanencia, de acuerdo con el programa de ejecución convenido.
f). - El tiempo de duración de la suspensión, Cuando la reanudación de los trabajos está ligada a un hecho o acto de realización cierta, pero de fecha indeterminada, el periodo de la suspensión estará sujeto a la actualización de este evento.
g). - Señalar las acciones que seguirá la EMPRESA CONTRATANTE, las que deberán asegurar los bienes y el estado de los trabajos, así como procurar la conclusión de los mismos.
h). - Determinación del programa de ejecución que se aplicará, el que deberá considerar los diferimientos que la suspensión original, ajustando sin modificar los periodos y procesos de construcción indicados en el programa de ejecución convenido en el contrato.
I). - En su caso, las medidas de protección que resulten necesarias para salvaguardar los trabajos realizados, el lugar de trabajo, sus instalaciones y equipos.
DECIMA SEGUNDA. PENAS CONVENCIONALES: En caso de incumplimiento de las obligaciones que contrae el CONTRATISTA en virtud de este contrato, la EMPRESA CONTRATANTE podrá optar por exigir la rescisión o el cumplimiento del mismo, mas el pago en ambos casos de la pena convencional que aquí se pacta, sin necesidad de previa declaración judicial.
La pena convencional que el CONTRATISTA, pagara a la EMPRESA CONTRATANTE, en un término que no excederá de 10 días naturales, en el domicilio que para tal efecto señale la EMPRESA CONTRATANTE será igual al 20% (Veinte por ciento) del monto total pactado en el presente contrato.
DECIMA TERCERA. TERMINACION ANTICIPADA: LA EMPRESA
CONTRATANTE en cualquier momento, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para esta, y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, dando aviso por escrito al CONTRATISTA con 30 (treinta) días naturales de anticipación. En todo caso, la EMPRESA CONTRATANTE deberá cubrir únicamente los pagos, que correspondan por los servicios prestados y que haya recibido a su entera satisfacción.
DECIMA CUARTA. RESICION DEL CONTRATO: Las partes convienen en que la EMPRESA CONTRATANTE podrá rescindir el presente contrato en caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA. Dicha rescisión operara en pleno derecho, sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello las causas siguientes:
a). - Si no cumple los servicios de objeto del contrato en la vigencia pactada, siempre que a juicio de la EMPRESA CONTRATANTE no pueda ser objeto de reprogramación.
b). - Si suspende injustificadamente o indefinidamente los servicios o se niega a llevarlos a cabo en su totalidad o en alguna parte de ellos.
c). - Si no proporciona los servicios establecidos, de conformidad con lo estipulado en este instrumento, sin motivo justificado a la EMPRESA CONTRATANTE.
d). - Si es declarado en concurso mercantil en cualquiera de sus dos fases.
e). - Si no da a la EMPRESA CONTRATANTE las facilidades y datos necesarios que permitan verificar que los servicios profesionales se han estado proporcionando adecuadamente y a satisfacción de la EMPRESA CONTRATANTE.
En general, por exceso o defecto en el cumplimiento a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos, a las disposiciones relativas al Código de Comercio, Código Civil, para el Estado de Tabasco, a las leyes y reglamentos aplicables.
Por su parte el CONTRATISTA podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de previa declaración judicial, por incumplimiento de la EMPRESA CONTRATANTE a cualquier obligación prevista en este contrato.
DECIMA QUINTA. DE LOS VICIOS OCULTOS Y DEFECTOS: Recibidos y
aprobados los trabajos y/o servicios, EL CONTRATISTA será totalmente responsable por los defectos, irregularidades y deficiencias que aparezcan y procedan de vicios ocultos, mala calidad de los materiales empleados, así como de cualquier anomalía que proceda a cargo de la ejecución de los servicios con una duración máxima de 12 (doce) meses a partir de la fecha de entrega de la obra el día ------- del mes de--------------- del año --.
DECIMA SEXTA. INTERPRETACION Y JURISDICCION: Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de los servicios profesionales objeto de este contrato, a todas y cada una de las clausulas que lo integran, así como a lo previsto por los términos, lineamientos, procedimientos, y requisitos que establece el Código de Comercio y el Código Civil y renuncia voluntaria de jurisdicción para el Estado de Tabasco en esta materia.
DECIMA SEPTIMA : Ambas partes declaran que en el presente contrato no existe dolo, error , mala fe, ni vicio alguno, por lo que un vez leídas las clausulas anteriores y estando conformes con ellas, por ser la expresión libre de su consentimiento , lo firman por duplicado en la ciudad xx Xxxxxxxxxxxx , Tabasco el
día
del mes de
del año .
LA EMPRESA CONTRATANTE CORRESPONSABLE DE INSTAL.
Sr y/o Sra.------------------------------. Ing. --.