TÉRMINOS DE REFERENCIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
SERVICIO DE SOPORTE DE LICENCIAS ORACLE e-BUSINESS SUITE Y BASE DE DATOS
1. OBJETO DEL CONTRATO:
Se requiere contratar el servicio de soporte consolidado de las licencias de Oracle e-Business Suite y de la Base de Datos Oracle Enterprise Edition, denominado Software Update Licence & Support, a fin de acceder a nuevas versiones del producto, acceso al servicio de soporte mediante el sitio Web de “My Oracle Support” y el servicio de soporte On-Line al portal en el URL: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxx/xxxxxxxxx/xxxxxx/ cuando sea requerido.
2. FINALIDAD PÚBLICA:
Mantener vigente las actualizaciones de parches críticos, scripts de reparaciones, alertas de seguridad y la asistencia técnica del fabricante del producto 24 horas al día, 7 días a la semana con el fin de mantener la continuidad operativa de los módulos del Sistema Oracle e-Business Suite y la Base de Datos, base para reportar las operaciones financieras de la empresa y cumplimiento de su fin misional y social.
3. ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN:
La Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. (San Gabán S.A.) cuenta con una instalación y configuración de Oracle® e-Business Suite reléase 12.1.3 y un soporte técnico de licencias con Customer Support Identifier (CSI) N° 14143268; asimismo cuenta con un licenciamiento de Base de Datos Oracle® Enterprise Edition con CSI N° 20970452, para los cuales se necesita mantener vigente el soporte de licencias a fin de garantizar la continuidad operativa de los servicios asociados a dichos productos.
4. OBJETIVO GENERAL Y ESPECÍFICOS:
4.1 Objetivo General
Mantener vigente el soporte de licencias Oracle e-Business Suite y Base de Datos para asegurar la continuidad operativa de los servicios asociados a dichos productos.
4.2 Objetivos Específicos
Mantener vigente las actualizaciones de parches críticos, scripts de reparaciones, alertas de seguridad y la asistencia técnica del fabricante del producto 24 horas al día, 7 días a la semana para los módulos del Sistema Oracle e-Business Suite y Bases de Datos, durante el plazo de contratación.
5. SISTEMA DE CONTRATACIÓN:
El presente procedimiento se rige por el sistema de Xxxx Xxxxxx.
6. ADELANTOS:
No se otorgaran adelantos.
7. SUBCONTRATACIÓN:
No es procedente la subcontratación para el presente proceso de contratación.
8. NORMAS OBLIGATORIAS Y/O VOLUNTARIAS:
No se incluyen normas obligatorias y/o voluntarias.
9. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO:
Contratación del servicio de soporte de licencias de Oracle® e-Business Suite y Base de Datos Oracle® con las que cuenta San Gabán S.A., de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem | CSI | Nombre del Producto | Número de Usuarios |
1 | 14143268 | Financials & Sales Analyzers Applications User Perpetual | 5 |
Express Server – Named User Plus Perpetual | 5 | ||
E- Business Suite 2003 Professional User- Professional User 2003 | 20 | ||
2 | 20970452 | Oracle Database Enterprise Edition - Named User Plus Perpetual | 25 |
El servicio deberá considerar las siguientes características:
• Actualizaciones de programas, correcciones, alertas de seguridad y actualizaciones de mantenimiento críticas creadas durante el Soporte Premier y el Soporte Extendido (si se ofreciera y únicamente una vez finalizado el período de Soporte Extendido).
• Secuencias de comandos de actualización (la disponibilidad puede variar según el programa) creadas durante el Soporte Premier y el Soporte Extendido (si se ofreciera y únicamente una vez finalizado el Período de Soporte Extendido).
• Versiones principales de productos y tecnologías, siempre y cuando sean puestas a disposición adiscreción de Oracle, lo que podrá incluir versiones generales de mantenimiento, versiones de funcionalidad específica y actualizaciones de documentación.
• Asistencia para las solicitudes de servicio, en forma razonable en términos comerciales, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
• Acceso a los sistemas de soporte al cliente especificados en la sección “Sistemas de Soporte al Cliente a través de Internet” incluida mas adelante (sistemas de soporte al cliente a través de Internet 24x7), lo que incluye la posibilidad de registrar solicitudes de servicio en línea, a menos que se establezca lo contrario.
• Servicio no técnico de atención al cliente durante el horario de oficina normal.
• Todo lo anterior de conformidad con las políticas de soporte del fabricante Oracle®.
10. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN:
C | EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD |
Requisitos: El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a Ciento Cincuenta Mil con 00/100 soles (S/ 150,000.00), por la contratación de servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) |
años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. En el caso de postores que declaren en el Anexo N° 1 tener la condición de micro y pequeña empresa, se acredita una experiencia de Veintitres Mil Setecientos Noventa y Seis con 79/100 soles (S/ 23,796.79), por la venta de servicios iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben contar con la condición de micro y pequeña empresa. Se consideran servicios similares a los siguientes: Servicios de mantenimiento soporte de licencias Oracle. Acreditación: La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago1, correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad En el caso de servicios de ejecución periódica o continuada, solo se considera como experiencia la parte del contrato que haya sido ejecutada durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9. Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. |
1 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera reconocerse la validez de la experiencia”.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad | |||
Importante | |||
• Al calificar la experiencia del postor, se debe valorar de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del objeto contractual no coincida literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que ejecutó el postor corresponden a la experiencia requerida. • En el caso de consorcios, solo se considera la experiencia de aquellos integrantes que se hayan comprometido, según la promesa de consorcio, a ejecutar el objeto materia de la convocatoria, conforme a la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”. |
11. PLAZO DE EJECUCIÓN:
El plazo de ejecución del presente contrato es de 730 días calendario, el mismo que se computa desde la fecha que se establezca en el contrato y de acuerdo al siguiente detalle:
Ítem | CSI | Nombre del Producto | Fecha de Inicio | Fecha de Finalización |
1 | 14143268 | • Financials & Sales Analyzers Applications User Perpetual • Express Server – Named User Plus Perpetual • X- Xxxxxxxx Xxxxx 0000 Professional User- Professional User 2003 | 25/08/2021 | 24/08/2023 |
2 | 20970452 | • Oracle Database Enterprise Edition - Named User Plus Perpetual | 25/08/2021 | 24/08/2023 |
El único entregable de El Contratista es la carta de acreditación con el/los CSI para acceder al Servicio de Soporte, el mismo que debe contener la vigencia del servicio y cuyo plazo de entrega será como xxxxxx xx xxxx (10) días calendarios computados desde el dia siguiente de la firma del contrato.
12. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Oficinas administrativas de San Gaban S.A., sito en la Xx. Xxxxxx 000 – Xxxxxx Xxxxxxxxxx, xx xx xxxxxx, xxxxxxxx, xxxxxxxxx y departamento xx Xxxx.
El servicio se brindará de manera Online a través del acceso a la plataforma MyOracle Support.
13. PENALIDADES:
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = | 0.10 x monto vigente |
F x plazo vigente en días |
Donde:
F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado. Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
14. OTRAS PENALIDADES:
No se aplicarán otras penalidades.
15. PRESTACIONES ACCESORIAS:
No aplica para la presente contratación.
16. REAJUSTES:
No aplica para la presente contratación.
17. VICIOS OCULTOS:
La recepción conforme de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento; y por la garantía del servicio que ofrece el contratista en su oferta.
El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de 1 año contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.
18. CONFORMIDAD:
La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuyo plazo máximo de emisión es de siete
(07) días de producida la recepción del entregable descrito en el punto 11. La conformidad será otorgada por la División de Tecnologías de la Información.
19. FORMA DE PAGO
La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en pagos periódicos, de acuerdo al siguiente detalle:
Descripción | Porcentaje | Observaciones |
Primer pago: Servicio de soporte será por • Ns° de CSI: 14143268 y CSI: 20970452 | 50% del total del contrato (*) | La factura deberá ser presentada en el primer mes de inicio del plazo de servicio. |
Segundo pago: Servicio de soporte de servicio por: • Ns° de CSI: 14143268 y CSI: 20970452 | 50% del total del contrato (*) | La factura deberá ser presentada en el 12avo mes del plazo de servicio. |
(*) En la etapa de suscripción del contrato se establecerá el cronograma de pagos valorizado.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe contar con la siguiente documentación:
- Informe del funcionario responsable de la División de Tecnologías de la Información de San Gabán S.A. emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Para el primer pago: la carta de CSI
Dicha documentación se debe presentar en mesa de partes de San Gaban S.A., sito en Xx. Xxxxxx 000, Xxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxx, o en su defecto en la mesa de partes virtual: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx . Los documentos de pago, para las valorizaciones se presentarán en la cuenta xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
El primer pago se realizará de acuerdo a lo establecido en los Términos de Referencia del servicio, es decir a los diez (10) días calendario contados a partir de la conformidad emitida por el administrador del contrato de San Gabán S.A., conformidad que será otorgada dentro de los siete (07) días calendario de producida la recepción de la Carta de CSI y el comprobante de pago correspondiente, entregada por El Contratista.
El segundo pago se realizará a los diez (10) calendario contados a partir de la conformidad emitida por el administrador del contrato de San Gabán S.A., conformidad que será otorgada dentro de los siete (07) días calendario de producida la recepción del comprobante de pago correspondiente según lo establecido en los Términos de Referencia del servicio.
20. DOMICILIO PARA NOTIFICACIÓN EN EJECUCIÓN CONTRACTUAL
El postor ganador de la buena pro, consignará un correo electrónico, a donde se le notificará tosos los actos y actuaciones recaidos durante la ejecución contractual, como es el caso, entre otros, de ampliación de plazo. Asimismo señalará un domicilio legal a donde se le notificará los actos que tienen un procedimiento preesteblecido de nontificación, como es el caso de resolución o nulidad de contrato.
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXXXX Xxxxx Xxxxxxxx FAU 20262221335 hard
Motivo: Soy el autor de este documento
Ubicación: San Gabán S.A.
Fecha: 2021.06.21 11:12:57 -05'00'
Sello y firma del área usuaria