SERVICIOS ESPECIALIZADOS COMO INGENIERO, INCLUYENDO LA SUPERVISIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DEL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL PUERTO DE MANZANILLO EN EL MARCO DEL CONTRATO FIDIC LIBRO AMARILLO 2017
Xxxxxxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx (MOPC)
Solicitud de Propuestas para Firma Consultora
SERVICIOS ESPECIALIZADOS COMO INGENIERO, INCLUYENDO LA SUPERVISIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DEL DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DEL PUERTO DE MANZANILLO EN EL MARCO DEL CONTRATO FIDIC LIBRO AMARILLO 2017
Con la adición de Términos de Referencia para elaboración de Línea Base Ambiental en el Puerto de Manzanillo.
SDP No. 01/2023supervisionpuertomanzanillomopcbid5282 Emitida el: 15/01/2023
Tabla de Contenido
Sección II. Instrucciones a los Consultores (IAC) 1
4. Ventaja por Competencia Desleal 5
7. Consideraciones Generales 12
8. Costo de la Elaboración de la Propuesta 13
10. Documentos que Comprenden la Propuesta 13
12. Validez de la Propuesta 14
13. Aclaración y Corrección de la SDP 15
14. Preparación de las Propuestas – Consideraciones Técnicas 16
15. Formato y Contenido de la Propuesta Técnica 17
17. Entrega, Cerrado y Marcación de las Propuestas 18
19. Apertura de las Propuestas Técnicas 20
20. Evaluación de las Propuestas 20
21. Evaluación de Propuestas Técnicas 21
22. Propuesta de Precios para SBC (NO APLICA) 21
23. Apertura Pública de Propuestas de Precio (para métodos SBCC, SBPF y SBMC) 21
26. Conversión a una Moneda 23
27. Evaluación Combinada de Calidad y Costo 23
29. Conclusión de las Negociaciones 25
31. Notificación de Intención de Adjudicar el Contrato 26
32. Notificación de la Adjudicación del Contrato 27
33. Explicaciones proporcionadas por el Contratante 28
35. Quejas Relacionadas con la Selección y Contratación de Consultores 29
Sección IV. Propuesta Técnica – Formularios Estándar 42
Formulario TEC-1: Formulario de Presentación de Propuesta Técnica 43
Formulario TEC-4: Descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo para ejecutar el trabajo 45
Formulario TEC-5: Cronograma de los trabajos y planificación de entregables 46
Formulario TEC-6: Composición del equipo, trabajo e insumos de expertos clave 47
Formulario TEC-6 Currículo Vitae (CV) 48
Sección V. Propuesta de Precio – Formularios Estándar 51
Formulario FIN-1: Formulario de Presentación de la Propuesta de Precio 52
Formulario FIN-2: Resumen de Precios 54
Formulario FIN-3 Desglose de la Remuneración [*] 55
Formulario FIN-4 Desglose de Gastos Reembolsables * 60
Sección VI. Países Elegibles 0
Sección VII. Términos de Referencia 2
Sección VIII. Condiciones de Contrato 18
SERVICIOS DE CONSULTORÍA: SUMA GLOBAL 19
I. Formulario de Contrato – Suma Global 21
II. Condiciones Generales de Contrato – Suma Global 23
2. Relaciones entre las Partes 24
8. Autoridad del Integrante a cargo 24
9. Representantes Autorizados 25
11. Entrada en Vigor del Contrato 29
12. Terminación del Contrato por No Entrada en Vigor 29
13. Iniciativa de los Servicios 29
14. Vencimiento del Contrato 29
16. Modificaciones o Variaciones 29
21. Conflicto de Interés 33
22. Confidencialidad 34
23. Responsabilidad del Consultor 34
24. Seguros a ser tomados por el Consultor 34
25. Contabilidad, Inspección y Auditoria 34
26. Obligaciones para producir Reportes 34
27. Derechos de propiedad del Contratante en Reportes y Registros 34
28. Equipo, Vehículos y Materiales 35
29. Descripción de Expertos Clave 35
30. Reemplazo de Expertos Clave 35
31. Aprobación de Expertos Clave Adicionales 35
32. Remoción de Expertos o Subconsultores 36
33. Reemplazo/ Remoción de Expertos – Impacto en los Pagos 36
34. Horario laboral, Tiempo adicional, Permiso, etc. 36
35. Asistencia y Exenciones 36
36. Acceso a los Sitios del Proyecto 37
37. Cambio en la Ley Aplicable con respecto a Impuestos y Derechos 37
38. Servicios, Instalaciones y Bienes del Contratante 37
39. Personal de la Contraparte 37
40. Obligación de Pago 38
41. Monto Máximo 38
42. Remuneración y Gastos Reembolsables 38
43. Impuestos y Derechos 38
44. Moneda de Pago 39
45. Modo de Facturación y Pago 39
46. Intereses sobre Pagos en Xxxx 00
00. Xxxxx Xx 40
48. Resolución Amigable 40
49. Resolución de Conflictos 40
50. Elegibilidad 40
II. Condiciones Especiales de Contrato 42
Indemnización y Límite de Responsabilidad 79
III. Apéndices 84
Apéndice A – Términos de Referencia 84
Apéndice B – Expertos Clave 84
Apéndice C – Estimación del Costo de Remuneración 84
Apéndice D – Gastos Reembolsables – Estimación de Costos 87
Apéndice E – Formulario de Garantía de Pagos Anticipados 88
Apéndice F: Normas de Conducta ASSS 90
PARTE III 91
Sección IX. Formularios de Notificación de la Intención de Adjudicar y de Propiedad Efectiva 91
Notificación de Intención de Adjudicación 92
Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva 99
Apéndice E – Modelo de Fianza de Anticipo 121
Apéndice F – Declaración de Compromiso… 122
ANEXOS.
-Plan de Gestión Ambiental y Social. (PGAS)
-Plan de Gestión de Riesgo de Desastres y Cambio Climático (PGRD)
-Normas de Conducta ASSS
A. Disposiciones Generales | |
(a) “Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)” significa una asociación con una personería jurídica distinta de la de sus integrantes, de más de un Consultor, donde un integrante está autorizado para realizar todas las actividades comerciales para y en nombre de los demás integrantes de la APCA, y donde los integrantes de la APCA son conjunta y solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato. | |
(b) “Banco” significa el Banco Interamericano de Desarrollo. | |
(c) “CI” (esta Sección I de la SDP) significa la Carta de Invitación que el Contratante envía a los Consultores de lista corta. | |
(d) “Consultor” significa una firma consultora profesional legalmente constituida que pueda prestar o que preste los Servicios al Contratante de acuerdo con el Contrato. | |
(e) “Contrato” significa un acuerdo legalmente vinculante firmado entre el Contratante y el Consultor e incluye todos los documentos adjuntos que figuran en esa Cláusula 1 (Condiciones Generales del Contrato (CGC), Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y los Apéndices). | |
(f) “Contratante” significa la Agencia Ejecutora que suscribe el Contrato con el Consultor seleccionado por concepto de los Servicios. | |
(g) “Día” significa un día calendario. | |
(h) “Políticas Aplicables” significa las políticas del Banco Interamericano de Desarrollo que rigen el proceso de selección y adjudicación de contrato según se estipula en esta SDP. | |
(i) “Expertos” significa colectivamente, Expertos Clave, Expertos No Clave o cualquier otro personal del Consultor, Subconsultor o integrante(s) de la APCA. (j) “Experto(s) Clave” significa un profesional individual cuyas capacidades, calificaciones, conocimiento y experiencia son vitales |
para el desempeño de los Servicios conforme al Contrato y cuyo CV es tomado en cuenta en la evaluación técnica de la propuesta del Consultor |
(k) “Expertos No Clave” significa un profesional individual suministrado por el Consultor o su Subconsultor y quien es asignado para desempeñar los Servicios o alguna parte de ellos conforme al Contrato, y cuyo CV no es evaluado de manera individual. (l) “Filial(es)” significa un individuo o una entidad que controle, directa o indirectamente, o que esté bajo control común con el Consultor. (m) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante. |
(n) “Hoja de Datos” significa un complemento a la Sección II, Instrucciones al Consultor (IAC), que se utiliza para reflejar las condiciones específicas del país y de la contratación para suplementar más no para reemplazar las disposiciones de las IAC. |
(o) “IAC” (esta Sección II de la SDP) significa las Instrucciones a Consultores que suministren a los Consultores de lista corta toda la información necesaria para la preparación de sus propuestas. |
(p) “Legislación Aplicable” significa las leyes y cualquier otro instrumento que tenga fuerza xx xxx en el país del Contratante, o en el país que se indique en la Hoja de Datos, que sean expedidas y se encuentren vigentes de cuando en cuando. (q) “MIMARENA” significa el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (r) “MOPC” significa el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. (s) “PGAS” significa Plan de Gestión Ambiental y Social. |
(t) “por escrito” se entiende comunicado de manera escrita (por ejemplo, por correo postal, correo electrónico, fax e incluso, si así se especifica en la Hoja de Datos, distribuido o recibido a través del sistema electrónico de adquisiciones utilizado por el Contratante), con prueba de recibo. |
(u) “Prestatario” significa el Gobierno, la agencia del Gobierno u otra entidad que suscriba el contrato xx xxxxxxxx con el Banco. (v) “Programa” significa el Programa de Rehabilitación y Ampliación del Puerto de Manzanillo. |
(w) “Propuesta” significa la Propuesta Técnica y la Propuesta Económica del Consultor. | |
(x) “Servicios” significa el trabajo a ser realizado por el Consultor de acuerdo con el Contrato. | |
(y) “SDP” significa la Solicitud de Propuesta a ser elaborada por el Contratante para la selección de Consultores (z) “DEL” significa la Documento Estándar de Licitación del Banco que deberá ser utilizada por el Contratante como base de la preparación de la SDP. (aa) “Subconsultor” significa una entidad a la que el Consultor se propone subcontratar cualquier parte de los Servicios mientras siga siendo responsable al Contratante durante el desempeño del Contrato. (bb)“TDR” (esta Sección VII de la SDP) significa los Términos de Referencia que explican los objetivos, magnitud del trabajo, actividades y tareas a desempeñar, las responsabilidades respectivas del Contratante y del Consultor y los resultados y entregables esperados de la tarea. (cc) “ASSS” significa medidas ambientales, sociales (incluyendo explotación y abusos sexuales –EAS- y violencia de género –VBG), seguridad y salud en el trabajo. | |
2.1 El Contratante que se nombra en la Hoja de Datos seleccionará un Consultor de los que figuran en la Carta de Invitación, según el método de selección especificado en la Hoja de Datos. 2.2 Se invita a los Consultores de la Lista Corta a presentar una Propuesta Técnica y una Propuesta Económica, o una propuesta Técnica solamente, según se indique en la Hoja de Datos, por concepto de los servicios de consultoría requeridos para el trabajo que se indica en la Hoja de Datos. La Propuesta constituirá la base para las negociaciones del Contrato y, eventualmente, para la suscripción del Contrato con el Consultor seleccionado. 2.3 Los Consultores deben familiarizarse con las condiciones locales y tenerlas en cuenta en la preparación de sus Propuestas, incluida la asistencia a una conferencia previa a la presentación de las Propuestas, si en la Hoja de Datos se especifica dicha reunión. La asistencia a esta reunión es optativa y será a cargo de los Consultores. 2.4 Oportunamente el Contratante suministrará sin costo alguno para los Consultores, los insumos, datos del proyecto relevantes e informes requeridos para la preparación de la Propuesta del Consultor según se especifica en la Hoja de Datos. |
3.1 La política del Banco exige que los Consultores deben dar asesoramiento profesional, objetivo e imparcial y que en todo momento deben otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de las instituciones a que pertenece y sin consideración alguna de cualquier labor futura. 3.2 El Consultor tiene la obligación de revelar al Contratante cualquier situación de conflicto real o potencial que tenga impacto en su capacidad de atender los mejores intereses del Contratante. El hecho de no hacerlo puede conducir a la descalificación del Consultor o a la terminación del Contrato y/o a las sanciones que imponga el Banco. 3.2.1. Sin que ello constituya limitación alguna a lo anterior, no se contratará al Consultor bajo ninguna de las circunstancias que se indican a continuación: | |
a. Actividades Conflictivas | |
(i) Conflicto entre actividades consultoras y adquisición de bienes, obras o servicios fuera de consultoría: una firma que haya sido contratada por el Contratante para suministrar bienes, obras o prestar servicios diferentes a la consultoría para un proyecto, o para cualquiera de sus afiliadas, será descalificada para prestar servicios de consultoría que resulten o que se relacionen directamente con estos bienes, obras o servicios fuera de consultoría. Recíprocamente, una firma contratada para prestar servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto, o cualquiera de sus afiliadas, será descalificada de suministrar posteriormente bienes u obras o prestar servicios diferentes a la consultoría que resulten o que se relacionen directamente de los servicios de consultoría para dicha preparación o ejecución. | |
b. Trabajos Conflictivos | |
(ii) Conflicto entre trabajos de consultoría: No se podrá contratar a un Consultor (incluidos sus Expertos y subcontratistas) ni a ninguna de sus afiliadas para un trabajo que, por su naturaleza, pueda estar en conflicto con otro trabajo del Consultor para el mismo Contratante u otro. |
c. Relaciones Conflictivas | |
(iii) Relaciones con el personal del Contratante: no se podrá adjudicar un contrato a un Consultor (incluidos sus Expertos y subcontratistas) que tenga una estrecha relación familiar o de negocios con un personal profesional del Prestatario o el Contratante o de la Agencia Ejecutora o de un Beneficiario de una parte del financiamiento del Banco que esté directa o indirectamente involucrado en cualquier parte de (i) la elaboración de los Términos de Referencia del trabajo, (ii) el proceso de selección del Contrato, o (iii) la supervisión del Contrato, salvo que el conflicto que se derive de esta relación haya sido resuelto a través del proceso de selección y ejecución del Contrato de manera aceptable para el Banco. (iv) Cualquier otro tipo de relaciones conflictivas según se indica en la Hoja de Datos. | |
4.1 La equidad y la transparencia en el proceso de selección requieren que los Consultores o sus afiliadas que compitan para un trabajo específico no deriven una ventaja competitiva por haber prestado servicios de consultoría relacionados con el trabajo en cuestión. Para tal fin, el Contratante deberá indicar en la Hoja de Datos y poner a disposición de todos los Consultores de la lista corta junto con esta SDP, toda la información que en tal respecto daría a dicho Consultor alguna ventaja competitiva injusta sobre otros Consultores competitivos. | |
5.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco1 todo acto |
1 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción, y el acuerdo que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias;
(v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.
(a) A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes:
(i) Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID;
ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o
iii. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en el IAC 5.1 (f) de abajo, o sus derechos de acceso a la información;
(vi) Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;
vi. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas
equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad).
vii. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida.
viii. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la IAC 5.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario;
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los
licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
5.2 Los consultores al presentar sus ofertas, propuestas o solicitudes, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;
(b) que no han incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;
(e) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y
(f) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la IAC 5.1 (b).
6.1 El Banco permite que Consultores (individuos y firmas, incluidas APCAs y cada uno de sus integrantes) de los países elegibles que figuran en la Sección V, ofrezcan servicios de consultoría para proyectos financiados por el Banco. 6.2 Además, es responsabilidad del Consultor garantizar que sus Expertos, integrantes de la APCA, subconsultores, agentes (declarados o no), subcontratistas, proveedores de servicios, proveedores y/o sus empleados, cumplan con los requisitos de elegibilidad según se establece en la Política del Banco Interamericano de Desarrollo y en la Sección V de este documento. | |
6.3 Como excepción de las IAC 6.1 y 6.2: | |
a. Sanciones | |
6.3.1. Todo Consultor, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como principales que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en IAC 5, a la fecha de adjudicación del Contrato, será descalificada. | |
b. Prohibiciones | |
6.3.2. Firmas e individuos de un país o productos fabricados en un país podrán no ser elegibles si así o indica en la Sección VI y: | |
(a) como materia xx xxx o regulaciones oficiales, el país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país siempre y cuando el Banco sepa a satisfacción que dicha exclusión no impide la competencia efectiva para la prestación de los Servicios requeridos; o | |
(b) mediante un acto de cumplimiento con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tomada de acuerdo con el |
Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el País del Prestatario prohíbe la importación de productos de ese país o efectuar pagos a cualquier país, persona o entidad en ese país. | |
c. Restricciones para Empresas del Gobierno | |
6.3.3. Las empresas o instituciones de propiedad del Gobierno en el país del Prestatario serán elegibles sólo si pueden demostrar que (i) son legal y económicamente autónomas, (ii) realizan operaciones de acuerdo con el derecho comercial, y (iii) no son agencias dependientes del Contratante. | |
6.3.4. Como excepción a lo anterior, cuando los servicios de universidades o centros de investigación de propiedad del Gobierno en el país del Prestatario son de naturaleza única y excepcional y su participación es esencial para la ejecución del proyecto, el Banco podrá acordar la contratación de estas instituciones sobre base de caso por caso. Igualmente, profesores o científicos universitarios de institutos de investigación podrán ser contratados individualmente bajo financiamiento del Banco. | |
d. Restricciones para Empleados Oficiales | |
6.3.5. Ninguna agencia o empleados actuales del Contratante podrán trabajar como Consultores bajo sus propios ministerios, departamentos o agencies. Se acepta la contratación de ex – empleados oficiales del Contratante para que trabajen para sus anteriores ministerios, departamentos o agencias siempre y cuando no exista conflicto de interés. Cuando el Consultor nomine a algún empleado oficial como Experto en su propuesta técnica, dicho Experto deberá contar con la certificación escrita de su gobierno o empleador donde confirme que esa persona está en licencia de su cargo oficial sin remuneración y que se le permite trabajar tiempo completo fuera de su cargo oficial anterior. Esta certificación deberá ser entregada al Contratante por el Consultor como parte de su propuesta técnica. | |
B. Preparación de la Propuestas | |
7.1 Para la preparación de la Propuesta, se espera que el Consultor revise detalladamente la SDP. Deficiencias materiales en |
suministrar la información solicitada en la SDP podrá resultar en que la Propuesta sea rechazada. | |
8.1 El Consultor asumirá todos los costos asociados con la preparación y entrega de la Propuesta, y el Contratante no será responsable por tales costos, independientemente de la forma en que se haga el proceso de selección o el resultado de la misma. El Contratante no está obligado a aceptar ninguna propuesta, y se reserve el derecho de anular el proceso de selección en cualquier momento previo a la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en ninguna obligación para con el Consultor. | |
9.1 La Propuesta, así como toda la correspondencia y documentos relacionados con la Propuesta, que sean intercambiados entre el Consultor y el Contratante serán escritos en el/los idioma(s) que se indica(n) en la Hoja de Datos. | |
10.1 La Propuesta comprenderá los documentos y formularios que figuran en la Hoja de Datos. | |
10.2 Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor deberá incluir una declaración de compromiso de observar, para competir y ejecutar un contrato, las legislaciones del país del Contratante contra fraude y corrupción (incluido soborno) y prácticas prohibidas. | |
10.3 El Consultor deberá entregar información sobre comisiones, gratificaciones y honorarios a que hubiere lugar, pagados o que vayan a ser pagados a agentes o a cualquier otra parte con respecto a esta Propuesta, y en caso de adjudicación, la ejecución del Contrato según se solicita en el formulario de entrega de la Propuesta de Precio (Sección V). | |
10.4 La Propuesta comprenderá los documentos y formularios que figuran en la Hoja de Datos. | |
10.5 Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor deberá incluir una declaración de compromiso de observar, para competir y ejecutar un contrato, las legislaciones del país del Contratante contra fraude y corrupción (incluido soborno) y prácticas prohibidas. |
10.6 El Consultor deberá entregar información sobre comisiones, gratificaciones y honorarios a que hubiere lugar, pagados o que vayan a ser pagados a agentes o a cualquier otra parte con respecto a esta Propuesta, y en caso de adjudicación, la ejecución del Contrato según se solicita en el formulario de entrega de la Propuesta de Precio (Sección V). | |
11.1El Consultor (incluidos cada uno de los integrantes de cualquier APCA), entregará solamente una Propuesta, bien sea a nombre propio o como parte de una APCA en otra Propuesta. Si un Consultor, incluido un integrante de una APCA, entrega o participa en más de una propuesta, todas estas propuestas serán descalificadas y rechazadas. Sin embargo, esto no impedirá que un Subconsultor o personal del Consultor participe como Experto Clave y Experto No Clave en más de una Propuesta cuando lo justifiquen las circunstancias y si así se indica en la Hoja de Datos. | |
12.1 La Hoja de Datos indica el periodo durante el cual la Propuesta del Consultor permanecerá válida después de la fecha límite para la entrega de la Propuesta. | |
12.2 Durante este periodo, el Consultor deberá mantener su Propuesta original sin ningún cambio, incluida la disponibilidad de Expertos Clave, precios propuestos y el precio total. | |
12.3 Si se establece que algún Experto Clave que sea nominado en la Propuesta del Consultor no estaba disponible en el momento de entregar la Propuesta o que se incluyó en la Propuesta sin antes obtener su confirmación, dicha Propuesta será descalificada y rechazada para evaluación posterior, y podrá estar sujeta a las sanciones que se contemplan en la IAC 5. | |
a. Ampliación al Periodo de Validez | |
12.4 La Hoja de Datos indica el periodo durante el cual la Propuesta del Consultor permanecerá válida después de la fecha límite para la entrega de la Propuesta. | |
12.5 Durante este periodo, el Consultor deberá mantener su Propuesta original sin ningún cambio, incluida la disponibilidad de Expertos Clave, precios propuestos y el precio total. | |
12.6 Si se establece que algún Experto Clave que sea nominado en la Propuesta del Consultor no estaba disponible en el momento de entregar la Propuesta o que se incluyó en la Propuesta sin antes |
obtener su confirmación, dicha Propuesta será descalificada y rechazada para evaluación posterior, y podrá estar sujeta a las sanciones que se contemplan en la IAC 5. | |
b. Sustitución de Expertos Clave | |
12.7 Si alguno de los Expertos Clave no está disponible por el periodo de validez ampliado, el Consultor deberá entregar una justificación adecuada escrita y prueba a satisfacción del Contratante, junto con la solicitud de sustitución. En tal caso, un Experto Clave de reemplazo deberá tener calificaciones y experiencia iguales o mejores que las del Experto Clave propuesto inicialmente. Sin embargo, la evaluación técnica seguirá basándose en la evaluación del CV del Experto Clave original. | |
12.8 Si el Consultor no suministra un Experto Clave de reemplazo con calificaciones iguales o mejores, o si las razones expuestas para el reemplazo o justificación no son aceptables al Contratante, dicha Propuesta será rechazada con no objeción previa del Banco. | |
c. Subcontratación | |
12.9 El Consultor no podrá subcontratar la totalidad de los Servicios, salvo indicación al contrario en la Hoja de Datos. | |
13.1 El Consultor podrá solicitar una aclaración de cualquier parte de la SDP durante el periodo que se indica en la Hoja de Datos antes de la fecha límite para la entrega de Propuestas. Toda solicitud de aclaración deberá ser enviada por escrito o por medios electrónicos preestablecidos, a la dirección del Contratante que se indica en la Hoja de Datos. El Contratante responderá por escrito o por medios electrónicos normales, y enviará copias escritas de la respuesta (incluida una explicación de la averiguación pero sin identificar su origen) a todos los Consultores de la lista corta. En caso de que el Contratante estime necesario modificar la SDP como resultado de una aclaración, lo hará siguiendo el procedimiento que se describe a continuación: | |
13.1.1. En cualquier momento antes de la fecha límite para la entrega de la propuesta, el Contratante podrá modificar la SDP por medio de una modificación escrita o medio electrónico normal. La modificación será enviada a todos |
los Consultores de la lista corta y la misma será vinculante para ellos. Los Consultores de la lista corta acusarán recibo por escrito de todas las modificaciones. | |
13.1.2. En caso de que una modificación sea de fondo, el Contratante podrá ampliar la fecha límite para la entrega de la propuesta para dar a los Consultores de la lista corta tiempo razonable para tener en cuenta dicha modificación en sus Propuestas. | |
13.2 El Consultor podrá entregar una propuesta modificada o una modificación de cualquier parte de la misma en cualquier momento antes de la fecha límite para la entrega de la propuesta. Después de la fecha límite no se aceptarán modificaciones a la Propuesta Técnica o de Precio. | |
14.1 En la preparación de la propuesta, el Consultor deberá prestar especial atención a lo siguiente: | |
14.1.1. Si un Consultor de la lista corta considera que puede resaltar su experiencia para el trabajo si se asocia con otros consultores en forma de APCA o como Subconsultores, lo podrá hacer bien sea con (a) Consultor(es) que no estén en la lista corta, o (b) Consultores de la lista corta si así lo permite la Hoja de Datos. En todos los casos, un Consultor de la lista corta deberá obtener aprobación escrita del Contratante antes de entregar la propuesta. Cuando se asocie con firmas que no estén en la lista corta en forma de una APCA o una subconsultoría, el Consultor de la lista corta deberá ser un representante del grupo. Si Consultores de la lista corta se asocian entre sí, cualquiera de ellos podrá ser el representante del grupo. | |
14.1.2. El Contratante podrá indicar en la Hoja de Datos el insumo de tiempo estimado de los Expertos Clave (expresado en persona-meses) o el costo total estimado del Contratante para la conclusión de la tarea, pero en ningún caso ambos. Este estimativo es indicativo y la Propuesta se basará en los estimativos del Consultor. |
14.1.3. Si así se indica en la Hoja de Datos, el Consultor deberá incluir en su Propuesta al menos el mismo insumo de tiempo (en la misma unidad que se indica en la Hoja de Datos) de Expertos Clave y a falta de ello, la Propuesta de Precio será ajustada con el propósito de comparar las propuestas y la decisión de adjudicación de acuerdo con el procedimiento en la Hoja de Datos. | |
14.1.4. Para trabajos bajo el método de Selección Basada en el Presupuesto Fijo, no se divulga el insumo de tiempo estimado de los Expertos Clave. En la Hoja de Datos figura el presupuesto total disponible, excluyendo Impuestos, y la Propuesta de Precio no podrá exceder este presupuesto. | |
15.1 La Propuesta Técnica no incluirá ninguna información financiera. Una Propuesta Técnica que contenga información financiera será rechazada. | |
15.2 Dependiendo de la naturaleza del trabajo, el Consultor deberá entregar una Propuesta Técnica Extensa (PTE) o una Propuesta Técnica Simplificada (PTS) tal como se indica en la Hoja de Datos y utilizando los Formularios Estándar de la Sección IV de la SDP. | |
16.1 La Propuesta de Precio será preparada utilizando los Formularios de la Sección V de la SDP. La Propuesta deberá hacer una lista de todos los costos asociados con el trabajo, incluidos (a) remuneración de Expertos Clave y Expertos No Clave, (b) gastos reembolsables según se indica en la Hoja de Datos. | |
a. Ajustes de Precio | |
16.2 Para trabajos con una duración de más de 18 meses, se aplicará una provisión de reajuste de precio por concepto de inflación extranjera y/o local por concepto de remuneración si así se indica en la Hoja de Datos. | |
b. Impuestos | |
16.3 El Consultor y sus Subconsultores y Expertos son responsables por atender todas las obligaciones fiscales que surjan del |
Contrato, salvo que la Hoja de Datos indique otra cosa. La Hoja de Datos incluye información sobre impuestos en el país del Contratante. | |
c. Moneda de la Propuesta | |
16.4 El Consultor podrá expresar el precio de sus Servicios en la moneda o monedas que se indican en la Hoja de Datos. Si se indica en la Hoja de Datos, la porción del precio que representa el costo local se indicará en la moneda nacional. | |
d. Moneda de Pago | |
16.5 Los pagos de acuerdo con el Contrato se harán en la moneda o monedas en la en las que se solicite el pago en la Propuesta o en las monedas permitidas por el sistema de pago del Contratante, usando las tasas de conversión previamente convenidas entre Las Partes. | |
C. Entrega, Apertura y Evaluación | |
17.1 El Consultor deberá entregar una Propuesta firmada y completa que comprenda los documentos y formularios de acuerdo con la IAC 10 (Documentos que Comprenden la Propuesta). La entrega podrá hacerse por correo o a mano. Si la Hoja de Datos así lo indica, el Consultor tiene la opción de entregar sus Propuestas por medio electrónico. | |
17.2 Un representante autorizado del Consultor deberá firmar las cartas de entrega originales en el formulario requerido, tanto para la propuesta Técnica, y si fuere el caso, para la Propuesta de Prxxxx x deberá rubricar todas las páginas de ambas. La autorización será en forma de un poder escrito adjunto a la Propuesta Técnica. | |
17.3 Una Propuesta entregada por una APCA deberá ir firmada por todos los integrantes para que sea legalmente obligatoria para todos ellos, o por un representante autorizado que tenga un poder escrito firmado por el representante autorizado de cada uno de los integrantes. |
17.4 Toda modificación, revisión, interlineado, borradura o reemplazo será válida únicamente si es firmada o si tiene la rúbrica de la persona que firma la Propuesta. | |
17.5 La Propuesta firmada será marcada “Original”, y sus copias como “Copia” según sea el caso. El número de copias se indica en la Hoja de Datos. Todas las copias se tomarán del original firmado. En caso de discrepancia entre el original y las copias, prevalecerá el original. | |
17.6 El original y todas las copias de la Propuesta Técnica serán colocados dentro de un sobre sellado claramente marcado “Propuesta Técnica”, número de referencia, nombre y dirección del Consultor, y con la advertencia “No Abrir Hasta el 8 xx Xxxxx de 2023 a las 10:30 a.m.” | |
17.7 Igualmente, la Propuesta de Precio original (si se requiere para el método de selección aplicable) será colocada dentro de un sobre sellado marcado claramente “Propuesta Económica” seguido por el nombre del trabajo, número de referencia, nombre y dirección del Consultor con la advertencia “No Abrir con la Propuesta Técnica.” | |
17.8 Los sobres sellados que contengan las Propuestas Técnica y Económica serán colocados en un sobre exterior y sellado. Este sobre exterior deberá llevar la dirección de la entrega, el número de referencia SDP, el nombre del trabajo, nombre y dirección del Consultor, y marcado claramente “No Abrir antes del 8 xx Xxxxx de 2023 a las 10:30 a.m.” | |
17.9 Si los sobres y paquetes que contengan las Propuestas no son sellados y marcados tal como se indica, el Contratante no asumirá ninguna responsabilidad por el extravío, pérdida o apertura prematura de la Propuesta. | |
17.10 La Propuesta o sus modificaciones deberán ser enviadas a la dirección que se indica en la Hoja de Datos y recibidas por el Contratante a más tardar en la fecha límite que se indica en la Hoja de Datos, o en cualquier ampliación de esta fecha límite. Toda Propuesta o su modificación que reciba el Contratante después de la fecha límite será declarada como recibida tarde y rechazada y devuelta sin abrir. | |
18.1 Desde el momento en que se abran las Propuestas hasta el momento de adjudicación del Contrato, el Consultor no podrá ponerse en contacto con el Contratante acerca de ningún asunto relacionado con su Propuesta Técnica y/o Económica. La información relacionada con la evaluación de las Propuestas y recomendaciones de adjudicación no podrán ser reveladas a los Consultores que hayan entregado las Propuestas ni a ninguna |
otra parte que no esté involucrada oficialmente con el proceso, hasta que la información sobre la Intención de Adjudicar el Contrato se haya comunicado a todos Consultores de la lista corta, con arreglo a la IAC 31. | |
18.2 Todo intento de los Consultores de la lista corta o de cualquier parte a nombre del Consultor de influenciar indebidamente al Contratante en la evaluación de las Propuestas o en las decisiones de adjudicación del Contrato podrán resultar en que se rechace la Propuesta y podrá estar sujeta a la aplicación de los procedimientos prevalecientes de sanciones del Banco. | |
18.3 No obstante las anteriores disposiciones, desde el momento de apertura de la Propuesta hasta el momento de la publicación de adjudicación del Contrato, si un Consultor desea contactar al Contratante o al Banco sobre algún asunto relacionado con el proceso de selección, solo podrá hacerlo por escrito. | |
19.1 El comité de evaluación del Contratante procederá a abrir las Propuestas Técnicas en presencia de los representantes autorizados de los Consultores de la lista corta que opten por asistir (en persona, en línea si esta opción es ofrecida en la Hoja de Datos). La fecha, hora y dirección de la apertura se indican en la Hoja de Datos. Los sobres con la Propuesta de Precio permanecerán sellados y guardados bajo estricta seguridad con un auditor público reconocido o autoridad independiente hasta que sean abiertos de acuerdo con la IAC 23. | |
19.2 Cuando se abran las Propuestas Técnicas se leerá lo siguiente: (i) nombre y país del Consultor, o, en el caso de una APCA, el nombre de ésta, el nombre del integrante representante del grupo y los nombres y países de todos los integrantes; (ii) la presencia o ausencia de un sobre debidamente sellado con la Propuesta Económica; (iii) modificaciones a la Propuesta entregadas antes de la fecha límite para la entrega de propuestas; y (iv) cualquier otra información que se estime apropiada o según se indica en la Hoja de Datos. | |
20.1 Sujeto a lo que disponga la IAC 15.1, los evaluadores de las Propuestas Técnicas no tendrán acceso a las Propuestas de Precio sino hasta que se concluya la evaluación técnica y el Banco expida su “no objeción” según sea el caso. | |
20.2 El Consultor no podrá alterar ni modificar su Propuesta de ninguna forma luego de la fecha límite para la entrega de propuestas salvo según se permite en la 12.7 de estas IAC. Al evaluar las Propuestas, el Contratante hará la evaluación únicamente con base en las Propuestas Técnicas y Económicas presentadas. |
21.1 El comité de evaluación del Contratante evaluará las Propuestas Técnicas sobre la base de su cumplimiento con los términos de referencia, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos que se indica en la Hoja de Datos. A cada propuesta se le asignará un puntaje técnico. Una propuesta que en esta etapa no responda a aspectos importantes de la SDP, y particularmente a los términos de referencia o no logra obtener el puntaje técnico mínimo indicado en la Hoja de Datos, será rechazada. | |
22.1 Luego de calificar las Propuesta Técnicas, cuando la selección se base únicamente en calidad in SBC, el Consultor que obtenga el primer puesto será invitado a negociar el Contrato. | |
22.2 Si se solicitan Propuestas de Precio junto con las Propuestas Técnicas, únicamente la Propuesta de Precio del Consultor que obtenga el primer puesto en la Propuesta Técnica será abierta por el comité de evaluación del Contratante. Las demás Propuestas Económicas serán devueltas sin abrir una vez se concluyan con éxito las negociaciones del Contrato y se firme el Contrato. | |
23.Apertura Pública de Propuestas de Precio (para métodos SBCC, SBPF y SBMC) | 23.1 Una vez que haya finalizado la evaluación técnica y el Banco haya emitido su no objeción (si corresponde), el Contratante se pondrá en contacto con los Consultores cuyas Propuestas no hayan obtenido el puntaje técnico mínimo o se hayan considerado inelegibles por no responder a la SDP y a los Términos de Referencia, y les comunicará lo siguiente: (i) que su Propuesta no respondía a la SDP y a los Términos de Referencia o que no obtuvo el puntaje técnico mínimo necesario; (ii) el puntaje técnico general del Consultor y los puntajes obtenidos en cada criterio y subcriterio; (iii) que sus Propuestas Financieras les serán devueltas sin abrir una vez que haya finalizado el proceso de selección y se haya firmado el Contrato; (iv) la fecha, hora y lugar de la apertura pública de las Propuestas Financieras, a la que se los invita a asistir. |
23.2 Simultáneamente, el Contratante notificará por escrito a los Consultores cuyas Propuestas obtuvieron el puntaje técnico mínimo y se consideraron elegibles por responder a la SDP y a los Términos de Referencia, y les comunicará lo siguiente: |
(i) que su Propuesta respondía a la SDP y a los Términos de Referencia y que obtuvo el puntaje técnico mínimo necesario; (ii) el puntaje técnico general del Consultor y los puntajes obtenidos en cada criterio y subcriterio; (iii) que su Propuesta Financiera se abrirá en el acto de apertura pública de las Propuestas Financieras; (iv) la fecha, hora y lugar de la apertura pública de las Propuestas Financieras, a la que se los invita a asistir. | |
23.3 La fecha de la apertura deberá dar a los Consultores tiempo suficiente para hacer los arreglos necesarios para asistir al acto, por lo que no deberá ser anterior a los siete (7) días hábiles contados a partir de la fecha en que se notifican los resultados de la evaluación técnica, descripta en las IAC 23.1 y 23.2. | |
23.4 La asistencia del Consultor a la ceremonia de apertura de las Propuestas Financieras (ya sea en persona o en línea, si se ofrece esta posibilidad en la Hoja de Datos) es optativa y a elección del Consultor. | |
23.5 El comité de evaluación del Contratante abrirá las Propuestas Financieras en presencia de los representantes de los Consultores y de todo el que desee asistir. Toda parte interesada que desee asistir a esta apertura pública deberá ponerse en contacto con el Contratante siguiendo el modo indicado en la Hoja de Datos. Como alternativa, se podrá publicar un aviso sobre la apertura pública de la Propuestas Financieras en el sitio web del Contratante, si posee uno. En el momento de la apertura se leerán en voz alta los nombres de los Consultores y los puntajes técnicos generales, con el correspondiente desglose por criterio. Seguidamente, se examinarán los sobres de las Propuestas Financieras para confirmar que hayan permanecido cerrados y sellados. Se procederá entonces a abrirlos y a leer y registrar los precios totales. Se enviarán copias de este registro al Banco y a todos los Consultores que hayan presentado Propuestas. | |
24.1 Se asumirá que las actividades y los aspectos que se describen en la Propuesta Técnica, pero a los que no se les asigne precio en la Propuesta de Precio estarán incluidos en los precios de otras actividades o aspectos y no se harán correcciones a la Propuesta Económica. | |
24.1.1. Si la SDP incluye un contrato sobre Base de Tiempo Trabajado, el comité de evaluación del Contratante (a) corregirá cualquier error de cálculo o aritmético, y (b) ajustará los precios en caso de que no reflejen todos los |
insumos incluidos para las respectivas actividades o aspectos en la Propuesta Técnica. En caso de discrepancia entre (i) un monto parcial (subtotal) y el monto total, o (ii) entre el monto que resulte de la multiplicación del precio unitario con cantidad y precio total, o (iii) entre palabras y cifras, regirá lo primero. En caso de discrepancia entre la Propuesta Técnica y la Propuesta de Precio el comité de evaluación del Contratante corregirá la cuantificación que se indique en la Propuesta de Precio de manera que sea acorde con la que se indica en la Propuesta Técnica, será aplicable el respectivo precio unitario incluido en la Propuesta de Precio a la cantidad corregida, y corregirá el costo total de la Propuesta. | |
a. Contratos de Suma Global | |
24.1.2. Si la SDP incluye un contrato de Suma Global, se considerará que el Consultor ha incluido todos los precios en la Propuesta Económica, y por lo tanto, no se harán correcciones aritméticas ni reajustes de precio. El precio total, neto de impuestos entendido según la IAC 25 siguiente, especificado en la Propuesta de Precio (FormularioFIN-1) será considerado el precio ofrecido. | |
25.1 La evaluación de la Propuesta de Precio del Consultor excluirá impuestos y derechos en el país del Contratante de acuerdo con las instrucciones en la Hoja de Datos. | |
26.1 Para propósitos de evaluación, los precios serán convertidos a una sola moneda utilizando las tasas de cambio de venta, origen y fecha que se indica en la Hoja de Datos. | |
x. Selección Basada en Calidad y Costos (SBCC) | |
27.1 En el caso de SBCC, el puntaje total es calculado ponderando los puntajes técnicos y económicos y agregándolos de acuerdo con la fórmula e instrucciones en la Hoja de Datos. El Consultor que obtenga el puntaje técnico y económico combinado más alto será invitado a las negociaciones. |
D. Xxxxxxxxxxxxx x Adjudicación | |
28.1 Las negociaciones se harán en la fecha y en la dirección que se indican en la Hoja de Datos con el/los representantes(s) del Consultor quienes deberán tener un poder escrito para negociar y firmar un Contrato en nombre del Consultor. | |
28.2 El Contratante elaborará el acta de las negociaciones la cual será firmada por el Contratante y por el representante autorizado del Consultor. | |
a. Disponibilidad de Expertos Clave | |
28.3 El Consultor invitado deberá confirmar la disponibilidad de todos los Expertos Clave incluidos en la Propuesta como prerrequisito de las negociaciones, o, si fuere el caso, un reemplazo de acuerdo con la IAC 12. El hecho de no confirmar la disponibilidad del Experto Clave podrá resultar en que la propuesta del Consultor sea rechazada y que el Contratante proceda a negociar el Contrato con el Consultor que obtenga el siguiente puntaje. | |
28.4 No obstante, lo anterior, la sustitución de Expertos Clave en las negociaciones podrá considerarse si la misma se debe únicamente a circunstancias fuera del control razonable y no previsible del Consultor, incluida, más no limitada a muerte o incapacidad médica. En tal caso, el Consultor deberá ofrecer un Experto Clave sustituto dentro del periodo que se indica en la carta de invitación para negociar el Contrato, quien deberá tener calificaciones y experiencia equivalentes o mejores que las del candidato original. | |
b. Negociaciones Técnicas | |
28.5 Las negociaciones incluyen discusiones sobre los Términos de Referencia (TDR), la metodología propuesta, los insumos del Contratante, las condiciones especiales del Contrato y la finalización de la parte de “Descripción de los Servicios” del Contrato. Estas discusiones no deberán alterar sustancialmente el alcance original de los servicios de los TDR ni los términos y condiciones del contrato, mucho menos la calidad del producto final, su precio, ni se afectará la relevancia de la evaluación inicial. |
c. Negociaciones Financieras | |
28.6 Si el método de selección incluye costo como factor en la evaluación, no se negociará el precio total indicado en la Propuesta de Precio para una Suma Global. | |
28.7 En el caso de un contrato sobre Base de Tiempo Trabajado, no se harán negociaciones de tarifas unitarias, salvo cuando las tarifas de remuneración de los Expertos Clave y Expertos No Clave ofrecidos sean mucho más altas que las tarifas que normalmente son cobradas por consultores en contratos similares. En tal caso, el Contratante podrá solicitar aclaraciones y, si los precios son muy altos, solicitar cambiar las tarifas luego de consultas con el Banco. | |
28.8 En el caso de un contrato sobre Base de Tiempo Trabajado, no se harán negociaciones de tarifas unitarias, salvo cuando las tarifas de remuneración de los Expertos Clave y Expertos no Clave ofrecidos sean mucho más altas que las tarifas que normalmente son cobradas por consultores en contratos similares. En tal caso, el Contratante podrá solicitar aclaraciones y, si los precios son muy altos, solicitar cambiar las tarifas luego de consultas con el Banco. | |
29.1 Las negociaciones concluirán con una revisión del contrato preliminar, el cual será rubricado por el Contratante y por el representante autorizado del Consultor. | |
29.2 Si las negociaciones fracasan, el Contratante informará al Consultor por escrito todos los aspectos pendientes y desacuerdos y dará al Consultor una oportunidad final para responder. Si el desacuerdo persiste, el Contratante terminará las negociaciones e informará al Consultor las razones para hacerlo. Una vez obtenga la no objeción del Banco, el Contratante invitará al Consultor cuya propuesta haya recibido el segundo puntaje más alto para negociar el Contrato. Una vez el Contratante comience negociaciones con este último Consultor, el Contratante no reabrirá las negociaciones anteriores. |
30.1 El Contrato no se adjudicará antes de la finalización del Plazo Suspensivo. El Plazo Suspensivo será xx xxxx (10) días hábiles salvo que se extienda de conformidad con IAC 33. El Plazo Suspensivo comenzará cuando se envíe a cada Consultor la Notificación de Intención de Adjudicación del Contrato. Cuando solo se presente una Propuesta, o si este contrato es en respuesta a una situación de emergencia reconocida por el Banco, no se aplicará el Plazo Suspensivo. | |
31.1 El Contratante enviará a cada Consultor (que no haya sido ya notificado de que su Propuesta no ha tenido éxito) la Notificación de su Intención de Adjudicar el Contrato al Consultor seleccionado. La Notificación de la Intención de Adjudicar el Contrato deberá contener, como mínimo, la siguiente información: | |
(a) el nombre y la dirección del Consultor con quien el Contratante hubiera negociado exitosamente un contrato; (b) el precio del Contrato de la Propuesta seleccionada, la duración y un resumen del alcance del contrato; (c) los nombres de todos los Consultores incluidos en la lista corta, señalando aquellos que hubieran presentado propuestas; | |
(d) cuando así lo exija el método de selección, el precio ofrecido por cada Consultor, tal como se leyó en voz alta y se evaluó; (e) los puntajes técnicos generales y los puntajes asignados a cada criterio y su criterio para cada Consultor; (f) los puntajes finales combinados y la clasificación final de los Consultores; y (g) una declaración de los motivos por los cuales la Propuesta del destinatario a quien se remite la notificación no resultó seleccionada, a menos que el puntaje combinado consignado en el ítem (f) revele por sí solo los motivos. | |
(h) La fecha en que la que finaliza el Plazo Suspensivo. 31.2 Instrucciones sobre cómo solicitar una explicación o presentar un reclamo durante el Plazo Suspensivo. |
32.1 Antes del vencimiento del Período de Validez de la Propuesta, y una vez finalizado el Plazo Suspensivo, especificado en la IAC 30.1, o cualquier extensión de este, y cuando se hayan atendido satisfactoriamente las reclamaciones presentadas dentro del Plazo Suspensivo, el Contratante enviará una notificación de adjudicación del contrato al Consultor seleccionado, y a la vez solicitando al Consultor seleccionado que firme y devuelva el borrador de contrato negociado dentro de los ocho (8) días hábiles desde contados desde la fecha de recibió de la referida notificación. Si se requiere en la Hoja de Datos, el Contratante solicitará simultáneamente que el Consultor seleccionado presente el formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva establecido en la Sección IX. dentro de los siguientes ocho (8) días hábiles. 32.2 Dentro de los 10 días hábiles siguientes de la referida notificación, el Contratante publicará la Notificación de Adjudicación del Contrato, la cual deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: (a) nombre y dirección del Contratante; (b) nombre y número de referencia del Contrato que se adjudica, y el método se selección utilizado; (c) nombres de los Consultores que presentaron propuestas, y los precios de sus propuestas leídos en voz alta en la apertura de las propuestas financieras, según fueron evaluadas; (d) los nombres de todos los Consultores cuyas Propuestas fueron rechazadas o no fueron evaluadas, con las razones correspondientes; (e) el nombre del Consultor seleccionado, el precio final del contrato total, la duración del contrato y un resumen de su alcance.; y | |
(f) si especificado en la Hoja de Datos IAC 32.1, el Formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva el Consultor seleccionado. 32.3 La Notificación de Adjudicación del Contrato se publicará en el sitio web del Contratante —si este posee uno— y será de libre acceso, o se publicará al menos en un periódico de circulación nacional en el país del Contratante, o en el boletín oficial. El Contratante también publicará la notificación en UNDB en línea. |
33.1 Tras recibir la notificación de la Intención del Contratante de Adjudicar el Contrato a la que se hace referencia en la IAC 31.1, los Consultores tendrán tres (3) días hábiles para presentar por escrito una solicitud de explicaciones al Contratante. Este deberá proporcionar una explicación a todos los Consultores no seleccionados cuyas solicitudes se hubieran recibido dentro de este plazo. | |
33.2 Cuando se reciba un pedido de explicación dentro de este plazo, el Contratante deberá proporcionarla dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores, a menos que decida, por razones justificadas, hacerlo fuera de ese período. En ese caso, el Plazo Suspensivo se extenderá automáticamente hasta los cinco (5) días hábiles posteriores al envío de la mencionada explicación. Si se produce una demora de este tipo en más de una explicación, el Plazo Suspensivo no podrá finalizar antes de los cinco (5) días hábiles posteriores a la última explicación proporcionada. El Contratante informará sin demora y por el medio más rápido disponible a todos los Consultores acerca de la extensión del Plazo Suspensivo. | |
33.3 Cuando el Contratante reciba un pedido de explicaciones después de concluido el plazo de tres (3) días hábiles, deberá hacer llegar dicha explicación tan pronto como le sea posible y normalmente a más tardar a los quince (15) días hábiles después de la fecha de publicación de la Notificación de Adjudicación del Contrato. Las solicitudes de explicaciones recibidas una vez concluido el plazo de tres (3) días hábiles no darán pie a la prórroga del Plazo Suspensivo. 33.4 Las explicaciones a los Consultores no seleccionados podrán darse por escrito o mediante una reunión de información, o ambas, a opción del Contratante. Los gastos incurridos para asistir a la reunión a recibir las explicaciones correrán por cuenta del Consultor. | |
34.1 El Contrato se firmará sin demora antes de que expire la vigencia de la validez de la Propuesta, con posterioridad a la expiración del Plazo Suspensivo establecido en IAC 30.1 o sus extensiones, y luego de la atención satisfactoria de cualquier queja presentada dentro del Plazo Suspensivo. | |
34.2 Se espera que el Consultor inicie el trabajo en la fecha y en el lugar señalado en la Hoja de Datos. |
Relacionadas con la Selección y Contratación de Consultores | 35.1 Los procedimientos para presentar una queja relacionada con el proceso de selección y contratación de los consultores se especifican en la Hoja de Datos. |
A. Disposiciones Generales | |
IAC 1(p) | No aplica |
IAC 1 (q) | El Contratante no usará un sistema electrónico de adquisiciones para gestionar esta Solicitud de Propuestas (SDP). Se ha creado una dirección electrónica para este proceso de Solicitud de Propuestas que será utilizado para el intercambio de información relativa al mismo, entre la UEPFRE/MOPC y los posibles oferentes e interesados en participar. |
IAC 2.1 | Nombre del Contratante: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) Método de Selección: Selección Basada en Calidad y Costo (SBCC) |
IAC 2.2 | La Propuesta de Precio deberá ser presentada junto con la Propuesta Técnica: Sí X (en sobres separados) No Ambos sobres cerrados y sellados deberán a su vez colocarse en otro sobre cerrado y sellado. El nombre de los servicios es: Servicios Especializados como Ingeniero incluyendo la Supervisión y Gestión Integral del Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo en el Marco del Contrato FIDIC Libro Amarillo 2017. |
IAC 2.3 | Se realizará una reunión previa a la presentación de las propuestas: Sí o No X |
IAC 2.4 | El Contratante proporcionará los siguientes insumos: datos del proyecto, informes, etc., para facilitar la preparación de las Propuestas. Se entregarán planos y otros documentos técnicos correspondientes a la Información Suplementaria del proceso de contratación del Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo. Todos estos documentos, están disponibles en el siguiente link: Supervisión Puerto |
IAC 3.2.1 (iv) | No aplica |
IAC 4.1 | No aplica |
IAC 6.3.1 | En la página web externa del Banco xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx figura una lista de las firmas y personas inhabilitadas. |
B. Preparación de Propuestas | |
IAC 9.1 | Esta SDP ha sido expedida en español. Las Propuestas deberán ser presentadas en español. Todo intercambio de correspondencia se hará en español. |
IAC 10.1 | La Propuesta comprenderá lo siguiente: Para PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA (PTS): Primer sobre con la Propuesta Técnica: (1) Poder para firmar la Propuesta (2) TEC-1 (3) TEC-4 |
(4) TEC-5 (5) TEC-6 (6) TEC-7 Normas de Conducta ASSS. "El Consultor deberá presentar las Normas de Conducta que aplicarán al Personal Clave y otros expertos para asegurar el cumplimiento de las buenas prácticas en materia Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el trabajo (ASSS). El Consultor seleccionado deberá implementar las referidas Normas de Conducta a partir de la adjudicación del contrato." | |
IAC 10.2 | Se exige Declaración de Compromiso Sí X o No |
IAC 11.1 | Se permite la participación de Subconsultores, Expertos Clave y Expertos No Clave en más de una Propuesta. Sí o No X |
IAC 12.1 | Las Propuestas deberán permanecer válidas durante 105 días calendario luego de la fecha límite para la presentación de la propuesta. |
IAC 12.9 | El consultor sólo podrá subcontratar los servicios relacionados con: LEVANTAMIENTO DE LINEA BASE AMBIENTAL, según el alcance definido en los Términos de Referencia y el anexo específico de dicha actividad. |
IAC 13.1 | Podrán pedirse consultas o solicitar aclaraciones es hasta el día 17 de febrero del 2023. La información de contacto para solicitar aclaraciones es: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fé. segundo piso Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional. República Dominicana. Unidad Ejecutora de Proyectos Financiados con Recurso Externos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones., UEPFRE/MOPC E-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xxx. Teléfono 000-000-0000, Ext. 5062 |
IAC 14.1.1 | Los consultores de la Lista Corta se pueden asociar: (a) con otros Consultores que no pertenezcan a la Lista Corta: Sí No X (b) con otros Consultores de Lista Corta: Sí o No X |
IAC 14.1.2 | Insumo aproximado de tiempo de dedicación de Expertos Clave: Debe ser estimado dentro de la propuesta según requerimientos de los Términos de Referencia. Deben coincidir con los requerimientos de MOPC. |
IAC 14.1.3 | No corresponde |
IAC 14.1.4 y IAC 27.2 | No aplica |
IAC 15.2 | El formato de la Propuesta Técnica a ser presentada es: Propuesta Técnica Simplificada (PTS). La presentación de la Propuesta Técnica en un formato incorrecto podrá conducir a que la propuesta sea considerada como que no cumple con los requisitos de la SDP. |
IAC 16.1 | El Oferente deberá presentar un renglón totalizado, para los gastos reembolsables, que comprenderán, si aplica, los renglones siguientes: (1) asignación de viáticos, incluidos gastos de hotel, para los expertos por cada día que el personal esté ausente de la oficina sede a causa de los servicios; (2) costo por concepto de viaje por el medio de transporte más apropiado y ruta más directa; |
(3) costo por concepto de dotación de espacio de oficinas (el espacio físico será proporcionado por el contratista), incluidos gastos administrativos y apoyo; (4) costo de comunicaciones; (5) costo por arrendamiento y flete de instrumentos o equipo que el Consultor deba suministrar a causa de los servicios; (6) costo por concepto de elaboración de informes (incluida impresión) y entrega al Contratante; (7) otros trabajos según corresponda y sumas provisionales o fijas (si las hubiere) Nota: Estos gastos se pagarán como un valor total distribuido en montos iguales, durante cada mes de ejecución del contrato y los mismos se mantendrán constantes, sin posibilidad de ajuste. | |
IAC 16.2 | Una disposición de reajuste de precio será aplicada al final del mes número 19 del contrato, por concepto de inflación local en los costos de remuneración del personal, usando el Índice de Precios al Consumidor, publicado por el Banco Central de la República Dominicana, correspondiente al mes número 18 del contrato. |
IAC 16.3 | La información acerca de las obligaciones tributarias del Consultor en el país del Contratante puede encontrarse en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC). |
IAC 16.4 | La Propuesta de Precio será indicada en las siguientes monedas: El Consultor podrá expresar el precio por concepto de sus Servicios en cualquier moneda completamente convertible, sola o en combinación hasta de tres monedas, dependiendo de la moneda en que realizará dicho gasto. La Propuesta de Precio debe indicar los costos locales en la moneda del país del Contratante (moneda nacional): Sí X o No , considerándose un incumplimiento no subsanable, la presentación de gastos locales en moneda extranjera |
C. Entrega, Apertura y Evaluación | |
IAC 17.1 | Los Consultores no tendrán la opción de presentar sus Propuestas por medio electrónico. |
IAC 17.5 | El Consultor deberá presentar: a) Propuesta Técnica: un (1) original, (1) copia y una (1) copia electrónica (CD o USB); b) Propuesta de Precio: un (1) original, (1) copia y una (1) copia electrónica (CD o USB). Nota: Las copias digitales de las Propuestas Técnicas y Económicas deberán soportarse en dispositivos de almacenamiento de datos distintos, debiendo estar contenidos en los sobres correspondientes de cada propuesta, los cuales deben encontrarse debidamente identificados con la indicación de la propuesta que contienen, sin necesidad de que resulte necesario ingresar al dispositivo para conocer su contenido. El soporte o dispositivo de almacenamiento que contenga la Propuesta Técnica no puede contener ninguna tener información de la Propuesta Económica. |
IAC 17.6 y IAC 17.8 | Las Propuestas deberán ser presentadas a más tardar: Fecha: el 0 xx xxxxx xx 0000 Xxxx: 10:00 a.m. 1. El original y todas las copias de la Propuesta Técnica serán colocados dentro de un sobre sellado claramente marcado: Propuesta Técnica |
Contratación de la figura del Ingeniero para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo. Préstamo BID 5282/OC-DR Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional. República Dominicana. Unidad Ejecutora de Proyectos Financiados con Recursos Externos Atención: Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx: Dirección General de Reglamentos y Sistemas del MOPC, cuarta planta de la sede central. No Abrir Hasta el 3 xx xxxxx de 2023 a las 10:30 a.m. 2. El original y todas las copias de la Propuesta Económica será colocada dentro de un sobre sellado marcado claramente: Propuesta Económica Contratación de la figura del Ingeniero para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo. Préstamo BID 5282/OC-DR Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional. República Dominicana. Unidad Ejecutora de Proyectos Financiados con Recursos Externos Atención: Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx: Dirección General de Reglamentos y Sistemas del MOPC, cuarta planta de la sede central. No Abrir Hasta el 3 xx xxxxx de 2023 a las 10:30 a.m. La dirección para la entrega de Propuestas es: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx. | |
IAC 19.1 | Se ofrece una opción en línea de la apertura de las Propuestas Técnicas: Sí o No X La apertura tendrá lugar en: Dirección General de Reglamentos y Sistemas del MOPC, cuarta planta de la sede central. Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fe. Ciudad: Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxx, D.N. País: República Dominicana. Fecha: la misma que la fecha límite para la entrega que se indica en el punto 17.6 Hora: 10:30 A.M. |
IAC 19.2 | Adicionalmente, en el momento de la apertura de las Propuestas Técnicas se leerá lo siguiente en voz alta: (1) TEC-1 (2) TEC-4 (3) TEC-5 (4) TEC-6 (5) Declaración de compromiso |
IAC 21.1 | Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Técnicas Simplificadas son: La evaluación será realizada en dos etapas (a) y (b), según se indica a continuación: |
a) se evaluarán las ofertas técnicas presentadas. El mínimo puntaje técnico (pt) requerido para calificar es 60 puntos de un total de 100 puntos. En caso de que la propuesta de un oferente no obtenga este porcentaje mínimo requerido, en dicho renglón, dicha propuesta será descalificada.
b) A las firmas consultoras que alcancen el porcentaje mínimo requerido en la evaluación de la Propuesta Técnica, les serán aperturados los sobres de sus Propuestas de Precios, para continuar con el proceso. A las demás firmas le será devuelto el Sobre conteniendo su propuesta de Xxxxxxx, sin abrir, una vez adjudicado el contrato o declarado el proceso desierto.
SISTEMA DE PUNTOS DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Criterio | Puntaje |
Criterio (i): Lógica del Enfoque Técnico, Metodología y Plan de Trabajo | Max. 15 puntos |
Criterio (ii): Calificaciones del Personal Profesional clave y competencia para el trabajo | Max. 85 puntos |
TOTAL | Max. 100 puntos |
Se espera que la lógica del enfoque técnico de la propuesta presentada se corresponda con una descripción general de cómo sugiere el oferente alcanzar los resultados esperados de esta consultoría, correspondiéndose con las mejores prácticas reconocidas para este tipo de labores, la incorporación de tecnologías innovadoras que hagan más eficientes las labores de control y seguimiento, e incluyendo la descripción de principales procesos y técnicas a utilizar, recopilando las mejores experiencias de trabajos similares anteriores .
El Plan de trabajo debe contener mínimamente el cronograma de actividades principales, recursos requeridos y productos o entregables, entre otros.
- Criterio (i) Lógica del Enfoque Técnico, Metodología y Plan de Trabajo (máximo de 15 Puntos).
Al evaluar las propuestas presentadas, se verificará su cumplimiento con los requerimientos de los términos de referencia en cuanto a la lógica del enfoque técnico, metodología y plan de trabajo. El oferente deberá presentar un adecuado nivel de detalle, de claridad y de elaboración de las actividades a realizar.
- Criterio (ii) Calificaciones del Personal Profesional clave y competencia para el trabajo (máximo 85 Puntos).
Al evaluar las propuestas presentadas, se verificará su cumplimiento con los requerimientos mínimos de experiencia y formación académica para el profesional clave estipulado. El sistema otorga puntajes adicionales a partir de dicho cumplimiento.
DETALLES DE LA PUNTUACIÓN.
Criterio (i) Lógica del Enfoque Técnico, Metodología y Plan de Trabajo (15 puntos):
1. Lógica del Enfoque Técnico y Metodología propuesta para la ejecución [0-10 puntos]
La puntuación a asignar al Enfoque Técnico y Metodología presentado será de acuerdo al siguiente esquema: - Deficiente: Cuando la lógica del Enfoque Técnico y Metodología presentada no incluye un adecuado nivel de detalles de las actividades consideradas críticas para alcanzar los resultados esperados y no permite su adaptación a los cambios que puedan ocurrir durante la ejecución de los servicios. Los temas importantes previstos no se encaran de una manera innovadora y eficiente, reflejando que los consultores no han entendido los puntos principales de la consultoría y no proponen nuevas soluciones. No posee una estructura lógica con base a los términos de referencia. No se comprenden los objetivos de los servicios ni se presenta un enfoque adecuado para su obtención. Finalmente, si no se presentan actividades específicas relacionadas con los aspectos socioambientales y de salud y seguridad laboral del proyecto, junto con la implementación de herramientas innovadoras para el control de obras, ésta se considera deficiente, y se asignará un (1) punto. - Aceptable: Cuando la lógica del Enfoque Técnico y Metodología presentada detalla adecuadamente el manejo de los aspectos o actividades críticas del trabajo o la propuesta presenta medianamente los detalles de cómo mejorar los resultados y la calidad de la consultoría o presenta un enfoque para el manejo de los aspectos críticos, de forma general, sin reflejar las características específicas de los servicios a ejecutar, presentando un enfoque medianamente aceptable para la presentación de reportes, informes y canales de comunicación con el MOPC, ésta se considera aceptable y se asignará un puntaje de tres (3) puntos. - Bueno: Cuando la lógica del Enfoque Técnico y Metodología presentada permite su adaptación a los cambios que puedan ocurrir durante la ejecución de los servicios. Los temas importantes previstos se encaran de conformidad con los términos de referencia, presentando un enfoque adecuado para el manejo de los aspectos socioambientales y de salud y seguridad laboral, y un enfoque, según lo solicitado, para la presentación de reportes, informes y canales de comunicación con el MOPC, ésta se considera buena, y se asignará un puntaje de seis (6) puntos. - Muy Bueno: Cuando la lógica del Enfoque Técnico y Metodología presentada refleje que los consultores han entendido sustancialmente los puntos principales de la consultoría, tienen conocimiento de nuevas soluciones innovadoras y su implementación para el adecuado control de obra; presenta un enfoque adecuado para el manejo de los aspectos socio-ambientales y de salud y seguridad laboral y una estructura lógica apegadas a los términos de referencia, incluyendo un buen enfoque para la presentación de reportes, informes y canales de comunicación con el MOPC, ésta se considera muy buena y se asignará un puntaje xx xxxx (10) puntos. 2. Plan de trabajo: [0-5 puntos] La puntuación a asignar al plan de trabajo presentado será de acuerdo al siguiente esquema: - Deficiente: Cuando el plan de trabajo no incluye un adecuado nivel de detalles de las actividades, y/o estas actividades no se corresponden con el contenido de los términos de referencia, reflejando que los consultores no han entendido la lógica de secuencia de éstas, para alcanzar los resultados esperados. No presenta actividades específicas relacionadas con los aspectos ambientales y sociales del proyecto. En este caso, se asignará un (1) punto. |
- Aceptable: si el Plan de Trabajo responde medianamente a los Términos de Referencia; las actividades más importantes, entre ellas la gestión socioambiental y de salud y seguridad laboral, se indican en el cronograma de trabajo y su sincronización es medianamente apropiada y consistente con los productos de la consultoría. Si el plan de trabajo se considera aceptable, se le asignará un puntaje de tres (3) puntos.
- Bueno: si el Plan de Trabajo se corresponde en su contenido, alcance y nivel de detalles, con los Términos de Referencia; presenta una logística para la ejecución de las actividades más importantes, entre ellas la gestión socioambiental y de salud y seguridad laboral. La interrelación entre las distintas actividades es realista. Asigna un capítulo específico para explicar su consistencia con la metodología propuesta. El plan es flexible y permite prever contingencias y su posible seguimiento. Si el plan de trabajo se considera bueno, se le asignará un puntaje de cinco (5) puntos.
Criterio (ii) Calificaciones del Personal Profesional clave y competencia para el trabajo (85 puntos):
El personal profesional clave propuesto será evaluado con base a los siguientes criterios: Puntuación
Formación Académica | Max. 13 puntos |
Experiencia para el trabajo | Max. 72 puntos |
TOTAL | Max. 85 puntos |
DETALLES DE LA PUNTUACIÓN
En el siguiente cuadro se presenta un detalle de la puntuación máxima correspondiente a este criterio, para cada uno de los cargos de profesionales claves y los subcriterios mencionados anteriormente:
Personal Clave | Puntuación | ||
Académica | Experiencia | Total | |
Ingeniero de Contrato | 3,0 | 20,0 | 23,0 |
Residente de Supervisión | 1,0 | 9,0 | 10,0 |
Especialista en Control de Avance, Certificaciones, Cronograma y Costos | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista Ambiental | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista Social | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista en Calidad | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista Marítimo y Portuario | 1,5 | 6,0 | 7,5 |
Especialista en Geotecnia | 1,5 | 6,0 | 7,5 |
Especialista en Estructuras | 1,5 | 6,0 | 7,5 |
Especialista Sanitario | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Especialista Eléctrico y de Iluminación | 0,5 | 3,0 | 3,5 |
Coordinador Línea Base Ambiental | 0,5 | 2,0 | 2,5 |
Oceanógrafo | 0,5 | 2,0 | 2,5 |
Total | 13,0 | 72,0 | 85,0 |
Se evaluará el “Curriculum Vitae” de estos Profesionales Claves. Se requiere el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos para cada personal señalados en los Términos de Referencia, conforme a sus responsabilidades individuales asignadas.
Al evaluar las propuestas presentadas, se verificará su cumplimiento con los requerimientos mínimos de experiencia y formación académica para el profesional clave estipulado. El sistema otorga puntajes adicionales a partir de dicho cumplimiento.
A continuación, se presentan detalles para la evaluación de cada uno de estos subcriterios.
1. Formación Académica (máximo 13 Puntos).
La falta de cumplimiento con las titulaciones profesionales básicas requeridas será causal de incumplimiento. Si uno o más de los expertos señalados como parte del personal clave no cumple con este requisito mínimo definidos en los Términos de Referencia, la oferta será descalificada. A partir del cumplimiento de estos mínimos obligatorios, el sistema de evaluación otorga puntos de acuerdo con la siguiente tabla.
Personal clave | Puntuación máxima | Criterios de evaluación |
Ingeniero de Contrato | 3,0 | Posgrado terminado en gerencia y/o administración y/o dirección de proyectos: 1 puntos Certificación PMP vigente: 2 puntos |
Residente de Supervisión | 1,0 | Posgrado en alguna rama de la ingeniería civil: 1 puntos |
Especialista en Control de Avance, Certificaciones, Cronograma y Costos | 0,5 | Posgrado en gerencia y/o administración y/o área afín: 0,5 puntos |
Especialista Ambiental | 0,5 | Posgrado en área ambiental: 0,5puntos |
Especialista Social | 0,5 | Posgrado en área social: 0,5puntos |
Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo | 0,5 | Posgrado y/o Certificación en Seguridad y Salud en el Trabajo: 0,5 punto |
Especialista en Calidad | 0,5 | Posgrado en gerencia y/o gestión de calidad: 0,5 puntos |
Especialista Marítimo y Portuario | 1,5 | Posgrado en área marítima y/o portuaria: 1,5puntos |
Especialista en Geotecnia | 1,5 | Posgrado en geotécnica: 1,5 punto |
Especialista en Estructuras | 1,5 | Posgrado en estructuras: 1,5 puntos. |
Especialista Sanitario | 0,5 | Posgrado en ingeniería sanitaria y/o hidráulica: 0,5 puntos. |
Especialista Eléctrico y de Iluminación | 0,5 | Posgrado en área eléctrica y/o electrónica: 0,5 puntos. |
Coordinador Línea Base Ambiental | 0,5 | Posgrado en Biología Marina: 0,5 puntos. Si es Biólogo Xxxxxx de profesión obtiene los puntos. |
Oceanógrafo | 0,5 | Posgrado en oceanografía o dinámica costera: 0,5 puntos. |
Total general | 13,0 |
2. Experiencia para el Trabajo (máximo 72 puntos).
La falta de cumplimiento con los requerimientos de años mínimos de experiencia específica será causal de asignación xx xxxx (0) punto al personal evaluado. A partir del cumplimiento de los mínimos obligatorios definidos en los Términos de Referencia, el sistema de evaluación contempla el puntaje indicado en la tabla siguiente.
Personal clave | Puntuación máxima | Criterios de evaluación (Experiencia Específica) |
Ingeniero de Contrato | 20,0 | - Más de 15 años en la ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias: 10 puntos - Más de 5 años en el Gerenciamiento y/o Dirección de Supervisión de Obras Marítimas: 5 puntos - Participación en mínimo 3 proyectos portuarios de similar tamaño: 3 puntos. - Participación en un Contrato FIDIC, asumiendo la figura del Ingeniero: 2 puntos |
Residente de Supervisión | 9,0 | - Más de 13 años en la ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias: 5 puntos - 9 a 13 años en la ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias: 3 puntos - Participación en mínimo 3 proyectos portuarios de similar tamaño: 4 puntos |
Especialista en Control de Avance, Certificaciones, Cronograma y Costos | 3,0 | - Más de 8 años en control presupuestal, estimación de costos, valorización, verificación de facturación de Contratistas y seguimiento de cronogramas para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 8 años en control presupuestal, estimación de costos, valorización, verificación de facturación de Contratistas y seguimiento de cronogramas para proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 1 punto |
Especialista Ambiental | 3,0 | - Más de 8 años en seguimiento ambiental en proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 8 años en seguimiento ambiental en proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto donde se haya aplicado normatividad ambiental nacional: 1 punto |
Especialista Social | 3,0 | - Más de 8 años en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de participación ciudadana para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 8 años en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de participación ciudadana para proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 1 punto |
Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo | 3,0 | - Más de 8 en la elaboración, seguimiento o implementación programas de salud y seguridad ocupacional para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 8 años en la elaboración, seguimiento o implementación programas de salud y seguridad ocupacional para proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimos 1 punto |
Especialista en Calidad | 3,0 | - Más de 8 años en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de gestión de la calidad para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 8 años en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de gestión de la calidad para proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 1 punto |
Especialista Marítimo y Portuario | 6,0 | - Más de 10 años en el diseño y/o ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias: 4 puntos - 6 a 10 años en el diseño y/o ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias: 2 puntos - Participación en mínimo 1 proyecto de puerto offshore: 2 punto |
Especialista en Geotecnia | 6,0 | - Más de 10 años en la ejecución y/o supervisión de estudios geotécnicos para proyectos de infraestructura de transporte: 4 puntos - 6 a 10 años en la ejecución y/o supervisión de estudios geotécnicos para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 2 punto |
Especialista en Estructuras | 6,0 | - Más de 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños de estructuras de concreto reforzado para proyectos de infraestructura de transporte: 4 puntos - 6 a 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños de estructuras de concreto reforzado para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - Participación en mínimo 1 proyectos portuario o marítimo: 2 puntos |
Especialista Sanitario | 3,0 | - Más de 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños hidráulicos para facilidades en proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños hidráulicos para facilidades en proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 1 punto |
Especialista Eléctrico y de Iluminación | 3,0 | - Más de 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños de redes eléctricas y sistemas de iluminación para proyectos de infraestructura de transporte: 2 puntos - 6 a 10 años en la ejecución y/o supervisión de diseños de redes eléctricas y sistemas de iluminación para proyectos de infraestructura de transporte: 1 punto - Participación en mínimo 1 proyecto portuario o marítimo: 1 punto |
Coordinador Línea Base Ambiental | 2,0 | - Más de 18 años en la coordinación de estudios relacionados con las ciencias del mar: 2 puntos - 15 a 18 años en la coordinación de estudios relacionados con las ciencias del mar: 1 punto |
Oceanógrafo | 2,0 | - Más de 10 años en la realización de análisis de la morfología de playas: 2 puntos - 6 a 10 años en la realización de análisis de la morfología de playas: 1 punto |
Total general | 72,0 |
Con relación al Personal Clave: El Proponente deberá proporcionar los datos detallados sobre el personal propuesto y su experiencia, en los Formularios correspondientes.
Asimismo, deberá adjuntar:
Copia del título universitario y de los certificados que acrediten su experiencia en el cargo asignado en el proyecto, y la hoja de vida (CV) con el detalle de los antecedentes, firmada por el profesional y sumillada por el oferente.
Aclaración:
El Contratante se reserva el derecho de requerir a quien resulte adjudicatario:
- que acredite sus antecedentes a través de copia certificada de los títulos académicos y de corresponder copia de los certificados o Actas de Entrega- Recepción del ente que lo haya contratado.
- que acredite sus antecedentes a través de copia certificada y/o apostillada de los títulos académicos y de corresponder copia de las certificaciones del ente que lo haya contratado, siendo los consultores los únicos responsables de realizar las gestiones necesarias para ejercer en la Republica Dominicana. | |
IAC 23.4 | Se ofrece una opción en línea para la apertura de las Propuestas Técnicas: Sí _X_ o No . El MOPC proporcionará un link de conexión con los detalles necesarios para participar vía remota en la apertura. |
IAC 23.5 | Luego de evaluar las Propuestas Técnicas, el Contratante informará a todos los Consultores sobre el lugar, el día y la hora de la apertura pública de las Propuestas Financieras o Económicas. |
IAC 25.1 | Para propósitos de la evaluación, el Contratante evaluará el precio de la oferta, excluyendo: todos los impuestos nacionales indirectos que apliquen al contrato y que serán exigidos en las facturas del mismo, (por ejemplo, Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) y el Impuesto aplicable a las remuneraciones – impuesto sobre la renta - de los consultores). La firma que obtenga el puntaje combinado (técnico-financiero) más alto, será invitada a la negociación del contrato. En caso de adjudicación del Contrato, en el momento de hacer las negociaciones, todos estos impuestos serán analizados, finalizados (utilizando la lista desglosada como guía, pero sin limitarse a ella) y se agregarán al monto del Contrato como un renglón separado, indicando también cuáles impuestos serán pagados por el Consultor y cuáles serán retenidos total o parcialmente y pagados total o parcialmente, por el Contratante en nombre del Consultor, de acuerdo a las obligaciones tributarias del consultor, en virtud de la legislación vigente al respecto, en la República Dominicana, al momento de la firma del contrato. |
IAC 26.1 | La única moneda para la conversión de todos los precios expresados en varias monedas en una sola es: Dólares de los Estados Unidos, para efectos de comparación de las propuestas. La fuente oficial de la tasa de venta (cambio) es: La tasa de cambio del Banco Central de la República Dominicana, tipo vendedor. La fecha de la tasa de cambio es: La fecha de apertura de las propuestas técnicas. |
IAC 27.1 | La Propuesta de Precio (Fm) evaluada como la más baja recibe el máximo puntaje financiero (Sf) de 100. La fórmula para determinar el puntaje financiero (Fp) de todas las demás Propuestas es la siguiente: Sf = 100 x Fm/ F, donde “Sf” es el puntaje financiero, “Fm” es el precio más bajo, y “F” es el precio de la propuesta bajo consideración. Las ponderaciones asignadas a las propuestas técnicas (T) y de precio (P) son: T = 0.70 y P = 0.30 Las propuestas clasificadas de acuerdo con los puntajes combinados técnicos (St) y financieros (Sf) utilizando los pesos (T = el peso dado a la Propuesta Técnica; P = el peso dado a la Propuesta de Precio; T + P = 1) así: S = St x T% + Sf x P%. |
X. Xxxxxxxxxxx y Adjudicación | |
IAC 28.1 | Se prevé que la fecha y lugar para las negociaciones del contrato sean: Xxxxx: a acordar entre el MOPC y el adjudicatario, previo a la firma del contrato. |
Lugar: Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones. Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, código postal 10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, Distrito Nacional. República Dominicana. Oficinas de la UEPFRE. | |
IAC 32.1 | El Consultor seleccionado debe presentar el Formulario de Declaración de Propiedad Efectiva, luego de recibir la Carta de Aceptación de su propuesta, por el MOPC. |
IAC 34.2 | Fecha prevista para la iniciación de los Servicios: Fecha: primer semestre de 2023. |
IAC 35.1 | Los procedimientos para presentar una queja relacionada con la selección y contratación se realizarán conforme a lo estipulado en el documento de “Notificación de Intención de Adjudicación” de las Políticas GN-2350-15. |
Sección IV. Propuesta Técnica – Formularios Estándar
[Las Notas al Consultor que se muestran en corchetes { } en esta sección ofrecen una orientación al Consultor para preparar la Propuesta Técnica y no deben aparecer en las Propuestas que vayan a ser presentadas.]
Lista de Verificación de los Formularios Requeridos
Se requiere para PTE o PTS[*], (√) | FORMULARIO | DESCRIPCIÓN | Límite de página | |
PTE | PTS | |||
√ | √ | TECH-1 | Formulario de Presentación de la Propuesta Técnica. | 4 |
“√ “ Si corresponde | Anexo TECH-1 | Si la Propuesta es entregada por una APCA, adjuntar una carta de intención o copia de un acuerdo existente. | ||
“√” Si corresponde | Poder | No existe un formato/formulario predeterminado. En el caso de una APCA se requieren varios; poder para el representante autorizado de cada integrante de la APCA, y un poder para el representante del integrante principal que represente a todos los integrantes de la APCA. | ||
√ | TECH-2 | Organización y Experiencia del Consultor. | ||
√ | TECH-2ª | A. Organización del Consultor | ||
√ | TECH-2B | B. Experiencia del Consultor | ||
√ | TECH-3 | Comentarios o Sugerencias sobre los Términos de Referencia y sobre Personal e Instalaciones de la Contraparte a ser suministrados por el Contratante. | ||
√ | TECH-3A | A. Sobre los Términos de Referencia | ||
√ | TECH-3B | B. Sobre el Personal e Instalaciones de la Contraparte | ||
√ | √ | TECH-4 | Descripción del Enfoque, Metodología y Plan de Trabajo para la Ejecución del Trabajo | |
√ | √ | TECH-5 | Cronograma de los Trabajos y Planeación de Entregables | |
√ | √ | TECH-6 | Composición del Equipo, Insumos de los Profesionales Clave y Hoja de Vida (CV) adjunta |
Todas las páginas de la Propuesta Técnica y Económica original deberán ser rubricadas por el mismo representante autorizado del Consultor que firme la Propuesta.
Formulario TEC-1: Formulario de Presentación de Propuesta Técnica
[Xxxxx, Xxxxx]
A: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES
Estimados Señores:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría de la figura del Ingeniero para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo, de acuerdo con su Solicitud de Propuesta de fecha [Indique la Fecha] y nuestra Propuesta Técnica Simplificada: “Presentamos nuestra Propuesta, la cual incluye esta Propuesta Técnica y una Propuesta de Precio sellada en sobre separado”
[Si el Consultor es una APCA indique lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta en asociación/como consorcio/como APCA con: [Indique una lista con el nombre completo y la dirección de cada integrante e indique el nombre del miembro responsable del grupo.] Hemos adjuntado una copia [indique: “de nuestra carta de intención para conformar una APCA” o, si la APCA ya está conformada, “del acuerdo APCA”] firmada por cada uno de los integrantes participantes, la cual describe en detalle la posible estructura legal y la confirmación de la responsabilidad conjunta y solidaria de los integrantes de dicha APCA.
O
Si la Propuesta del Consultor incluye Subconsultores, indique lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta con las siguientes firmas como Subconsultores: [Indique una lista con el nombre completo y dirección de cada Subconsultor.]
Por la presente declaramos que:
(a) Toda la información y afirmaciones que se hacen en esta Propuesta son verdaderas y aceptamos que cualquier falsedad o interpretación falsa que contenga la misma podrá conducir a nuestra descalificación por parte del Contratante y/o podrá ser sancionada por el Banco.
(b) Nuestra Propuesta será válida y será obligatoria para nosotros por el periodo que se indica en la IAC
12.1 de la Hoja de Datos.
(c) No tenemos ningún conflicto de interés de acuerdo con IAC 3.
(d) Cumplimos con los requisitos de elegibilidad según IAC 6, y confirmamos nuestro entendimiento de nuestra obligación de someternos a la política del Banco con respecto a prácticas prohibidas según IAC 5.
(e) Salvo según se indique en la IAC 12.1 de Hoja de Datos, nos comprometemos a negociar un Contrato sobre la base de los Profesionales Clave propuestos. Aceptamos que la sustitución de los Profesionales Clave por razones diferentes de las que se indican en la IAC 12 e IAC 28.4 podrá conducir a la terminación de las negociaciones del Contrato.
(f) Nuestra Propuesta tiene carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a cualquier modificación que resulte de las negociaciones del Contrato.
(g) No tenemos ningunas sanciones pendientes del Banco ni de ninguna otra Entidad Financiera Internacional.
(h) Haremos todo lo que esté a nuestro alcance por ayudar al Banco en cualquier investigación.
(i) Acordamos que para competir (y, si el contrato nos es adjudicado, ejecutar el Contrato), nos comprometemos a observar las leyes contra fraude y corrupción y prácticas prohibidas, incluido soborno, vigentes en la República Dominicana.]
Si nuestra Propuesta es aceptada y el Contrato es firmado, nos comprometemos a iniciar los Servicios relacionados con el trabajo a más tardar en la fecha que se indica en la IAC 34.2 de la Hoja de Datos.
Entendemos que el Contratante no está obligado a aceptar ninguna Propuesta que el Contratante reciba. Cordialmente,
Firma Autorizada [Nombre complete e iniciales]: Nombre y Cargo del Signatario: Nombre del Consultor (nombre de la compañía o nombre del APCA):
En capacidad de: Dirección: Información de contacto (teléfono y dirección electrónica (e-mail):
[Para una APCA, todos los integrantes deberán firmar o únicamente el integrante responsable, en cuyo caso, se deberá adjuntar el Poderr legal para firmar en nombre de todos los demás integrantes]
Formulario TEC-4: Descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo para ejecutar el trabajo
Formulario TECH-4: una descripción del enfoque, metodología y plan de trabajo para realizar el trabajo, incluida una descripción detallada de la metodología propuesta y personal de capacitación, si los Términos de Referencia especifican capacitación como un componente específico del trabajo.
[Estructura sugerida de su Propuesta Técnica]
[Enfoque Técnico, Metodología y Organización del equipo del Consultor. [Explique lo que usted entiende por objetivos del trabajo según se indica en los Términos de Referencia (TDR), el enfoque técnico y la metodología que usted adoptaría en la ejecución de las tareas para entregar los resultados esperados, y el grado de detalle de dichos resultados. Por favor, no repetir/copiar aquí los TDR.]
[Plan de Trabajo y Personal. [Describa el plan para la ejecución de las principales actividades/tareas del trabajo, su contenido y duración, fases e interrelaciones, hitos (incluidas aprobaciones provisionales del Contratante) y fechas de entrega tentativas de los informes. El Plan de trabajo deberá estar acorde con el enfoque técnico y la metodología, indicando su entendimiento de los TDR y la capacidad de traducirlos en un plan de trabajo factible. Aquí se deberá incluir una lista de los documentos finales (incluidos informes) que vayan a ser entregados como resultado final. El plan de trabajo deberá estar acorde con el Formulario del Cronograma de Trabajo.]
[Comentarios (a los TdR y al personal e instalaciones de la contraparte) [Sus sugerencias deben ser concisas y puntuales y deben ser incorporadas en su Propuesta. Incluya también comentarios, si corresponde, sobre el personal e instalaciones de la contraparte que el Contratante vaya a proporcionar. Por ejemplo, apoyo administrativo, oficinas, transporte local, equipos, datos, informes de antecedentes, etc.]
Formulario TEC-5: Cronograma de los trabajos y planificación de entregables
N° | Entregables 1 (D-..) | Meses | |||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | ..... | n | TOTAL | ||
D-1 | {ej., Entregable #1: Reporte A | ||||||||||||
1) Recolección de información | |||||||||||||
2) Borrador | |||||||||||||
3) Informe inicial | |||||||||||||
4) Inclusión de comentarios | |||||||||||||
5) ......................................... | |||||||||||||
6) entrega del informe final al Contratante} | |||||||||||||
D-2 | {ej., Entregable #2 } | ||||||||||||
n | |||||||||||||
1 Haga la lista de los entregables con la distribución de actividades requeridas para producirlos y otros hitos tales como aprobaciones del Contratante. Para trabajos en fase, indique las actividades, entrega de informes e hitos por separados para cada fase.
2 La duración de las actividades se indicará en forma de gráfico xx xxxxxx.
3. Si es necesario, incluya una leyenda para ayudar a leer el gráfico.
Formulario TEC-6: Composición del equipo, trabajo e insumos de expertos clave
N° | Nombre | Insumos de Profesional (en persona/mes) por cada Entregable (que figure en TEC-5) | Total tiempo-insumo (en meses) | ||||||||||||||
Cargo | X-0 | X-0 | X-0 | ........ | D-... | Base | Campo | Total | |||||||||
EXPERTOS CLAVE | |||||||||||||||||
K-1 | {ej.: Mr. Abbbb} | [Líder del Grupo] | [Base] | [2 meses] | [1.0] | [1.0] | |||||||||||
[Campo] | [0.5 m] | [2.5] | [0] | ||||||||||||||
K-2 | |||||||||||||||||
K-3 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
EXPERTOS NO CLAVE | |||||||||||||||||
N-1 | [Base] | ||||||||||||||||
[Campo] | |||||||||||||||||
N-2 | |||||||||||||||||
n | |||||||||||||||||
Subtotal | |||||||||||||||||
Total |
1 Para Expertos Clave, el insumo debe indicarse de manera individual para los mismos cargos que se requieren en la Hoja de Datos IAC21.1.
2 Los meses se cuentan desde el comienzo del trabajo/movilización. Un (1) mes equivale a 22 días laborales (facturables). Un día laboral (facturable) no podrá ser menos de ocho (8) horas laborales (facturables).
3 “Base” significa trabajo en la oficina del país de residencia del profesional. Trabajo de “Campo” significa trabajo realizado en el país del Contratante o en cualquier otro país fuera del país de residencia del profesional.
Insumo tiempo completo Insumo tiempo parcial
Formulario TEC-6 Currículo Vitae (CV)
[Continuación]
Título del Cargo y No. | [ej., K-1, jefe de supervisión] |
Nombre del Profesional: | [Indique nombre completo] |
Fecha de nacimiento: | [día/mes/año] |
País de Ciudadanía/Residencia | [Indique el País] |
Educación: [Haga una lista de educación universitaria u otra clase de educación especializada, con los nombres de las instituciones educativas, fechas de asistencia, grado(s)/diploma(s) obtenido(s)]
Historia laboral relevante al trabajo: [Comenzando con el cargo actual, haga una lista en orden inverso. Indique fechas, nombre de la organización empleadora, títulos de los cargos ocupados, tipos de actividades realizadas y lugar del trabajo e información de contacto de contratantes anteriores y entidades laborales con las que se pueda contactar para propósitos de referencias. No se requiere incluir empleos pasados que no tengan relevancia al trabajo.]
Periodo | Entidad empleadora y su cargo/posición. Información de contacto para referencias | País | Resumen de actividades realizadas relevantes al Trabajo |
[ej., Mayo 2005- presente] | [ej., Ministerio de ……, asesor/consultor de … referencias: Tel /e- mail……; Sr. Xxxxxx, vice ministro] |
Miembro en Asociaciones y Publicaciones Profesionales:
Idiomas (indique únicamente los idiomas en los que puede trabajar:
Idoneidad para el Trabajo:
Tareas detalladas asignadas al Grupo de Profesionales del Consultor: | Referencia a Trabajos/Tareas Anteriores que mejor ilustre la capacidad para manejar las Tareas asignadas |
[Haga una lista de todos los entregables/tareas igual que en TECH- 5 en las que participará el Experto] |
Información de contacto del Profesional: (e-mail…………………., teléfono… )
Certificación:
El suscrito certifica, hasta el mejor de mis conocimientos, que este CV describe correctamente a mi persona, mis calificaciones y mi experiencia y que estoy disponible para asumir el trabajo en caso de que me sea adjudicado. Entiendo que cualquier falsedad o interpretación falsa aquí descrita podrá conducir a mi descalificación o retiro por parte del Contratante y/o a sanciones por el Banco.
[día/mes/año]
Nombre del Profesional Firma Fecha
[día/mes/año]
Nombre del Representante Firma Fecha Autorizado del Consultor
(El mismo que firma la Propuesta)
Si | No | |
(i) Este CV describe correctamente mis calificaciones y experiencia | ||
(ii) Soy empleado por la Agencia Ejecutora | ||
(iii) Formé parte del equipo que redactó los términos de referencia para este trabajo de servicios de consultoría | ||
(iv) Actualmente no estoy inhabilitado por un Banco desarrollo multilateral (Si la respuesta es “Sí”, identifique cuál) |
Certifico que he sido informado por la firma que ésta ha incluido mi CV en la Propuesta para [nombre del proyecto y contrato]. Confirmo que estaré disponible para realizar el trabajo para el que he presentado mi CV de acuerdo con las disposiciones de ejecución y cronograma señalados en la Propuesta.
O
[Si el CV está firmado por el representante autorizado de la firma. Adjuntar el acuerdo escrito]
Yo, como representante autorizado de la firma que presenta esta Propuesta para [nombre del proyecto y contrato], certifico que he obtenido el consentimiento del profesional mencionado para incluir su CV y que he obtenido una declaración escrita de dicho profesional en el sentido de que estará disponible para realizar el trabajo de acuerdo con las disposiciones de ejecución y cronograma señalados en la Propuesta.
Formulario TEC-7
Normas de Conducta
Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el trabajo (ASSS)
El Consultor debe presentar las Normas de Conducta que aplicará al personal clave y otros expertos para asegurar el cumplimiento de las buenas prácticas en materia Ambiental, Social y de Seguridad y Salud en el trabajo (ASSS) en la forma que se describe con más detalle en el Anexo de las Normas de conducta ASSS.
Sección V. Propuesta de Precio – Formularios Estándar
[Notas al Consultor en corchetes { } ofrecen una orientación al Consultor para preparar la Propuesta de Precio y no deben aparecer en las Propuestas que vayan a ser presentadas.]
Los Formularios Estándar de la Propuesta de Precio serán utilizados para la preparación de la Propuesta de Precio de acuerdo con las instrucciones de la Sección III.
FIN-1 Formulario de Presentación de la Propuesta Económica FIN-2 Resumen de Costos
FIN-3 Desglose de la Remuneración, incluido el Apéndice A “Negociaciones Económicas – Desglose de las Tarifas de Remuneración” en el caso del SBC.
FIN-4 Gastos reembolsables
Formulario FIN-1: Formulario de Presentación de la Propuesta de Precio
[Lugar, fecha]
A: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y COMUNICACIONES
Estimados Señores:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría de la figura del Ingeniero para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo, de acuerdo a su Solicitud de Propuesta de fecha (fecha de la invitación) y nuestra Propuesta Técnica.
Nuestra Propuesta de Precio es por la suma de [Indique la(s) suma(s) correspondiente(s) a la(s) moneda(s)
{Indique monto(s) en números y letras], [Indique “incluidos” o “excluidos”] todos los impuestos locales de acuerdo con la IAC 25.1 en la Hoja de Datos. El monto estimado de impuestos indirectos locales es [indique el monto] [en números y palabras] el cual será confirmado o reajustado, si se requiere, durante las negociaciones. [Observar que todos los montos deben ser los mismos que en la Formulario FIN-2].
Nuestra Propuesta de Precio será obligatoria para nosotros, con sujeción a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato, hasta el vencimiento del periodo de validez de la Propuesta, es decir, antes de la fecha que se indica en la IAC 12.1 de la Hoja de Datos.
A continuación se enumeran las comisiones y bonificaciones, si las hubiere, pagadas o pagaderas por nosotros a agentes en relación con esta propuesta y con la ejecución del contrato, en el caso de que el contrato nos sea adjudicado:
Nombre y Dirección de los Agentes / Otra Parte | Monto y Moneda | Propósito |
[Si no se hacen o prometen pagos, agregue la siguiente declaración: “No hemos pagado comisiones ni bonificaciones a agentes ni a ninguna otra parte en relación con esta Propuesta y en caso de ser adjudicado, con la ejecución del contrato.”]
Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las propuestas que reciban. Cordialmente,
Firma autorizada [nombre complete e iniciales]: Nombre y cargo del signatario: En capacidad de: Dirección: E-mail:
[Para una APCA, deberán firmar todos los integrantes o únicamente el integrante principal/responsable/Consultor, en cuyo caso se deberá adjuntar poder para firmar en nombre de todos los integrantes].
Formulario FIN-2: Resumen de Precios
Rubro | Precio | |||
{El Consultor deberá indicar los costos propuestos de acuerdo con la IAC 16.4 de la Hoja de Datos; suprima las columnas que no utilice} | ||||
{Indicar moneda extranjera # 1} | { Indicar moneda extranjera # 2,si se utiliza} | { Indicar moneda extranjera # 3, si se utiliza} | {Indicar moneda nacional, si se utiliza y/o requiere (16.4 Hoja de Datos} | |
Precio de la Propuesta de Precio | ||||
Incluye: | ||||
(1) Remuneración | ||||
(2) [Reembolsables] | ||||
Precio total de la Propuesta Económica: {debe concordar con el monto de la Formulario FIN-1} | ||||
Estimativos Impuestos Indirectos Locales – a ser revisados y finalizados en las negociaciones si el Contrato es adjudicado | ||||
(i) {indique el tipo de impuesto. ej., IVA, ITBIS o impuesto a las ventas} | ||||
(ii) {ej., impuesto xx xxxxx en profesionales no residentes} | ||||
(iii) Otros {indique el tipo de impuesto} | ||||
Total Estimado de Impuesto Indirecto Local: |
Nota al pie: Los pagos se harán en la(s) moneda(s) que se expresa(n) arriba (Referencia a IAC 16.4).
Formulario FIN-3 Desglose de la Remuneración [*]
Cuando se utilice para un trabajo con contrato de Suma Global, la información a ser suministrada en este Formulario será utilizada únicamente para demostrar la base del cálculo del monto xx xxxx del Contrato; para calcular impuestos aplicables cuando se hagan las negociaciones del contrato, y si se requiere, para establecer pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este Formulario no será utilizado como base para pagos bajo contratos de Suma Global.
A. Remuneración | ||||||||
No. | Nombre | Cargo (como en TECH-6) | Tarifa remuneración persona-mes | Insumo tiempo en Persona/Mes (de TECH-6) | {Moneda # 1- como en FIN-2} | {Moneda # 2- como en FIN-2} | {Moneda # 3- como en FIN-2} | {Moneda nacional como en FIN- 2} |
Expertos Clave |
|
|
|
|
|
|
| |
K-1 | [Base] | |||||||
[Campo] | ||||||||
K-2 | ||||||||
Expertos No Clave | ||||||||
N-1 | [Base] | |||||||
N-2 | [Campo] | |||||||
Costo Total |
Apéndice A. Negociaciones Finales – Desglose de Tarifas de Remuneración
1. Revisión de Xxxxxxx de Remuneración
1.1. Las tarifas de remuneración están conformadas por salario o por una comisión básica, gastos sociales, gastos administrativos, utilidades y cualquier prima o viático que se pague por concepto de trabajos fuera de la sede o de la oficina base. Se puede utilizar el Formulario adjunto de muestra para suministrar un desglose de tarifas.
1.2. Si la SDP solicita únicamente la presentación de una propuesta técnica, el Formulario de Muestra es utilizado por el Consultor seleccionado para preparar las negociaciones del Contrato. Si la SDP solicita la presentación de la propuesta económica, se deberá diligenciar el Formulario de la Muestra y adjuntarlo al Formulario Económico-3. Las hojas de desglose acordadas (en las negociaciones) formarán parte del Contrato negociado y se incluirán en este Apéndice D o C.
1.3. En el momento de las negociaciones, la firma deberá estar preparada para divulgar sus estados financieros auditados de los últimos tres años que justifiquen sus tarifas, y aceptar que sus tarifas propuestas y otros aspectos financieros serán objeto de escrutinio. El Contratante será responsable por la custodia de los fondos del gobierno y se espera que ejerza prudencia en el gasto de estos fondos.
1.4. Los detalles de las tarifas son los siguientes:
(i) Salario es el salario bruto regular o comisión pagada a la persona en la oficina sede de la firma. No contiene ninguna prima por trabajo lejos de la sede, ni bonificación (salvo cuando estos rubros estén incluidos por ley o por regulaciones oficiales).
(ii) Bonificaciones, normalmente se pagan de las utilidades. Para evitar doble contabilidad, las bonificaciones no se incluyen en el “Salario” y deben figurar por separado. Cuando el sistema contable del Consultor es tal que los porcentajes de los costos sociales y gastos administrativos se basan en ingresos totales, incluidas bonificaciones, esos porcentajes serán ajustados hacia debajo de conformidad. Cuando las políticas locales exijan pagar 13 meses por 12 meses de trabajo, no se ajustará hacia abajo el elemento de utilidad. Todas las conversaciones/discusiones sobre bonificaciones deberán ser soportadas mediante documentación auditada, la cual será tratada como confidencial.
(iii) Prestaciones (costos) sociales son los costos de beneficios no monetarios y pueden incluir, entre otros, Seguridad social (incluidos costos de pensión, médico y seguro de vida) y el costo de incapacidad y/o licencia anual. A este respecto, una licencia remunerada durante días festivos oficiales o una licencia anual tomada durante un trabajo si no se ha suministrado un reemplazo del Profesional, no se considerará costo social.
(iv) Costo de Licencia. Los principios de calcular el costo de días totales de licencia anual como porcentaje xxx xxxxxxx básico se calculan normalmente así:
Costo de licencia como % xxx xxxxxxx =
total días licencia
x 100
[000 - x - xx - x - s]
Donde w = fines de semana, ph = festivos oficiales, v = vacaciones, s = incapacidad.
Observar que la licencia podrá ser considerada como costo social solo si no se cobra al Contratante la licencia tomada.
(v) Gastos administrativos son los costos del negocio del Consultor que no tengan relación directa con la ejecución del trabajo y no serán reembolsados como rubros separados de acuerdo con el Contrato. Rubros típicos son costos de la sede (tiempo no facturable, tiempo de monitoria del proyecto por alto personal del Consultor, alquiler de las oficinas principales, personal de apoyo, investigación, capacitación de personal, mercadeo, etc.), el costo del personal del Consultor que no esté empleado actualmente en proyectos que generen ingresos, impuestos sobre actividades del negocio y costos de promoción del negocio. Durante las negociaciones, los estados financieros auditados, certificados como correctos por un auditor independiente y que incluyan gastos administrativos de los últimos tres años deberán estar a disposición para revisión, junto con las listas detalladas de rubros que conformen los gastos administrativos y el porcentaje mediante el cual se refiere a salario básico. El Contratante no acepta margen adicional (add-on) por cargos sociales, gastos administrativos, etc. para Profesionales que no sean empleados permanentes del Consultor. En este caso, el Consultor tendrá derecho únicamente a costos administrativos y a una comisión sobre los pagos mensuales cobrados por concepto de Profesionales subcontratados.
(vi) Utilidad se basa normalmente en la suma xx xxxxxxx, Costos Sociales y Gastos Administrativos. Si figuran bonificaciones pagadas sobre una base regular, se hará la correspondiente reducción en el monto de utilidad. No se permitirá utilidad en viajes ni en ningún gasto reembolsable.
(vii) Viáticos por Encontrarse fuera de la Base o Viáticos de Prima o Subsistencia. Algunos consultores pagan viáticos a Profesionales Técnicos que trabajan lejos de la sede o fuera de la base. Estos viáticos son calculados como un porcentaje xx xxxxxxx (o comisión) y se deben sacar de gastos administrativos o utilidades. Ocasionalmente, por ley, dichos viáticos pueden sacarse de costos sociales. En este caso, el monto de este costo social debe aparecer bajo costos sociales e indicar por separado el viático neto.
(viii)Se pueden usar como referencia las tarifas estándar de PNUD para el país en particular con el fin de determinar los viáticos de subsistencia.
Formulario de Muestra
Consultor: País:
Trabajo: Fecha:
Declaraciones del Consultor con respecto a Costos y Cargos
Por el presente confirmamos que:
(a) las comisiones básicas que se indican en la tabla adjunta son tomadas de los registros de nómina de la firma y reflejan las tarifas actuales de los Profesionales que figuran en la lista las cuales no se han elevado salvo dentro de la política normal de incremento anual de pago aplicada a todos los Profesionales del Consultor;
(b) se adjuntan copias correctas de los últimos comprobantes de pago de los profesionales que figuran en la lista;
(c) los viáticos por encontrarse fuera de la base que se indican abajo son los que el Consultor ha acordado pagar por este trabajo a los Profesionales de la lista;
(d) los factores que figuran en la tabla adjunta por concepto de cargos sociales y gastos administrativos se basan en la experiencia de costo promedio de la firma en los últimos tres años representados en los estados financieros de la firma; y
(e) dichos factores por concepto de gastos administrativos y cargos sociales no incluyen bonificaciones ni otros medios de distribución de utilidades.
[Nombre del Consultor]
Firma del Representante Autorizado Fecha Nombre:
Cargo:
Declaraciones del Consultor con respecto a Costos y Cargos (Modelo Formulario I)
(Expresado en [indique moneda*])
Personal | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | |||
Nombre | Cargo | Tarifa de Remuneración Básica por Mes/Día/Año de trabajo | Cargos Sociales1 | Gastos Administr ativos1 | Subtotal | Utilidad 2 | Viáticos fuera de Base | Tarifa Fija Propuesta por Mes/Día/Hora de trabajo | Tarifa Fija Propuesta por Mes/Día/Hora de trabajo1 | ||
Base | |||||||||||
País del Contratante | |||||||||||
* Si se utiliza más de una moneda, utilice tabla(s) adicional(es), una por cada moneda
1. Expresado como porcentaje de 1
2. Expresado como porcentaje de 4
Formulario FIN-4 Desglose de Gastos Reembolsables *
Cuando la información utilizada para un trabajo de contrato de Suma Global se suministre en este Formulario, solo será utilizada para demostrar la base de cálculo del monto tope del Contrato, calcular impuestos aplicables en el momento de las negociaciones del contrato, y si se requiere, para establecer pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este formulario no será utilizado como base para pagos bajo contratos de Suma Global.
B. [Reembolsable] | ||||||||
N ° | Tipo de [Gastos Reembolsables] | Unidad | Costo unitario | Cantidad | [Moneda # 1- como en FIN- 2] | [Moneda # 2- como en FIN- 2] | [Moneda# 3- como en FIN- 2] | [Moneda nacional – como en FIN- 2] |
[ej.: Viáticos diarios**] | [Día] | |||||||
[ej.: Vuelos internacionales] | [Tiquete ] | |||||||
[ej.: Transporte A/de aeropuerto] | [Viaje] | |||||||
[ej.: Costos de comunicación entre (indique lugar y lugar] | ||||||||
[ ej.: reproducción de | ||||||||
[ej.: alquiler de oficina] | ||||||||
.................................... | ||||||||
[Capacitación del personal del Contratante – si se requiere en los TDR] | ||||||||
Costos Totales |
Legenda:
Sección VI. Países Elegibles
“Países Elegibles: Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Colombia, Xxxxx Rica, Chile, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Ecuador, El Xxxxxxxx, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Holanda, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad & Tobago, Uruguay y Venezuela.
Territorios elegibles
(a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
(b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
(c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
(d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.”
Nacionalidad y origen de Bienes y Criterios para los Servicios
Las disposiciones de política hacen necesario establecer criterios para determinar: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para proponer o participar en un contrato financiado por el banco, y b) el país de origen de bienes y servicios. Para ello, se utilizarán los siguientes criterios:
(A) Nacionalidad.
a) Un individuo es considerado un nacional de un país miembro del Banco si cumple con los siguientes requisitos:
i. es ciudadano de un país miembro; o
ii ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente habilitado para trabajar en el país del domicilio.
b) Una firma es considerada que tiene la nacionalidad de un país miembro si cumple los siguientes dos requisitos:
i. está legalmente constituida o incorporada bajo las leyes de un país miembro del Banco; y
ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los integrantes de una APCA y todos los subcontratistas deben cumplir con los criterios de nacionalidad que se indican arriba.
(B) Origen de los Bienes.
Los bienes que tengan su origen en un país miembro del Banco, si han sido explotados, cultivados o producidos en un país miembro del Banco. Se considera que un producto ha sido producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamble, resulte otro artículo comercialmente reconocido que se diferencie sustancialmente en sus características básicas, función o propósito de la utilidad de sus partes o componentes.
Para que un producto que conste de varios componentes individuales que deban estar interconectados (bien sea por el proveedor, el comprador o un tercero) sea funcional e independientemente de la
complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho producto es elegible para financiamiento si el ensamble de los componentes tuvo lugar en un país miembro, independientemente del origen de los componentes. Cuando el producto sea un conjunto de varios productos individuales que normalmente son empacados y vendidos comercialmente como una unidad, se considera que ese producto se origina en el país donde el conjunto fue empacado y despachado al comprador.
Para propósitos de origen, los productos rotulados “hechos en la Unión Europea” serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los productos o la nacionalidad de la firma que produce, ensambla, distribuye o vende los productos no determina el origen de los mismos.
(C) Origen de Servicios.
El país del origen de servicios es el del individuo o firma que suministre los servicios según se determine en los criterios de nacionalidad que se indican arriba. Estos criterios son aplicables a servicios secundarios para el suministro de bienes (tales como transporte, seguro, construcción, ensamble, etc.).
Sección VII. Términos de Referencia
1. Antecedentes.
En el marco del Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 5282/OC-DR, suscrito entre el Gobierno de la República Dominicana y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, con el cual se financia la Rehabilitación y Ampliación del Puerto de Manzanillo, se han incluido recursos para la contratación de una firma consultora para la Contratación de la prestación de servicios de consultoría especializada como Ingeniero en marco del Contrato FIDIC Amarillo 2017 - Proyecto Rehabilitación del Puerto de Manzanillo, quien realizará las labores de Ingeniero conforme al Contrato FIDIC, lo que incluye asumir la administración, fiscalización y supervisión del Contrato FIDIC para el Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo (de ahora en adelante Contrato FIDIC), en la Región Noroeste de la República Dominicana, bajo la figura del “Ingeniero”. Lo anterior, incluye también la realización de los servicios de Levantamiento de Línea Base, según el alcance descrito en el Anexo No. 1 a los presentes Términos de Referencia, incluyendo la adquisición de equipos requeridos para elaborar dicha Línea Base.
El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), a través de la Unidad Ejecutora de Proyectos Financiados con Recursos Externos (UEPFRE), será el organismo encargado de llevar adelante el proceso de selección y contratación del Ingeniero, quien en virtud de la suscripción del Contrato que se derive del presente proceso, se compromete a cumplir con todas las obligaciones que establece a su cargo el Contrato FIDIC, cumpliendo estrictamente con los plazos y demás condiciones que éste contrato prevé. Nada de lo previsto en estos Términos de Referencia podrá interpretarse en el sentido de limitar ni modificar dichas obligaciones.
Por lo tanto, las estipulaciones de los presentes Términos de Referencia se considerarán como complementarias y –de ser el caso– adicionales, a las obligaciones que para el Ingeniero establece el Contrato FIDIC y el presente Contrato.
En el caso en que cualquier estipulación de estos Términos de Referencia límite, haga imposible el cumplimiento o reduzca el alcance de cualquiera de las obligaciones previstas a cargo del Ingeniero en el Contrato FIDIC, primará lo previsto en las Condiciones Particulares del Contrato FIDIC Amarillo 2017 para Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo.
Según lo definido en las Condiciones Generales del Contrato FIDIC, el Ingeniero será investido de toda autoridad necesaria para actuar como Ingeniero en el Contrato. Si el Ingeniero es una entidad legal, una persona natural empleada por el Ingeniero será designada y autorizada para actuar en nombre del Ingeniero en el Contrato.
Alcance del Proyecto
A título informativo a continuación se hace una descripción general del proyecto al cual el Ingeniero deberá realizar seguimiento, supervisión y control, partiendo de la base que se deberá cumplir con el objetivo contractual definido en el Contrato FIDIC.
El Propósito de la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo como terminal logística es proporcionar los medios y la organización necesarios para que el intercambio de cargas entre los modos de transporte terrestre y marítimo se produzca en las mejores condiciones de rapidez, eficiencia, seguridad, respeto al medio ambiente y economía.
Como Terminal Landlord, el objetivo del proyecto es proporcionar la totalidad de la infraestructura necesaria para que los operadores portuarios puedan emplear los equipos y la organización necesarios para el cumplimiento de este intercambio, según el estado actual del arte y para los tráficos marítimos y carreteros señalados más adelante.
El proyecto corresponde a la construcción xxx xxxxxx e instalaciones accesorias para la Terminal Logística Manzanillo, en la xxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, provincia de Montecristi, R.D., en la bahía de Montecristi. Funcionalmente será destinado a la carga y descarga de fruta, contenedores, graneles sólidos, graneles líquidos y cargas generales, de acuerdo a las proyecciones de demanda y análisis xx xxxxxxx realizadas.
Se trata de un muelle tipo sólido con 16 metros de calado, con un frente de atraque de una longitud de 242 m, que se conformará mediante 6 celdas circulares de 30.10 m de diámetro ejecutadas con tablestacas xxxxxx xx xxxxx interconectadas con arcos también de tablestacas planas. Las celdas se rellenan con material granular seleccionado proveniente de canteras habilitadas existentes en tierra o bancos de materiales granulares en el mar.
La superestructura sobre las celdas será un tablero de hormigón armado, que incluirá los muros de atraque, un túnel perimetral de servicios, y soportará las xxxxxx de iluminación y balizamiento, las defensas elastómeras y las bitas de amarre. El pavimento de hormigón será postensado.
El frente de atraque está orientado de Este a Oeste aproximadamente, paralelo a la xxxxx. El muelle propiamente dicho contará con una superficie para circulación y operación de equipos de carga y descarga con pavimento de hormigón postensado, una pasarela hasta la xxxxx de tablero de hormigón sobre pilotes
de 192 metros de longitud y 11 metros de ancho. Se construirá sobre pilotes prefabricados pretensados hincados, mediante la técnica de prefabricación de segmentos construidos en tierra, y postensado final.
Los componentes del Proyecto se listan a continuación:
• Obras en Agua:
5. Muelle Offshore macizo con Tablestacas Metálicas.
5.1. Longitud 242.0 metros
5.2. Ancho 35.0 metros.
5.3. Celdas Circulares de Tablestacas xx xxxxx autoportantes.
5.4. Relleno granular vibrocompactado.
5.5. Sub base, Base Granular y Pavimento Hormigón.
5.6. Estructura de Atraque Hormigón Armado y Ductos de servicios.
5.7. Escaleras de acceso al muelle, así como al muelle existente.
5.8. Instalación Eléctrica (Iluminación).
5.9. Defensas de Atraque y Bitas de Amarre.
5.10. Señalización y Ayudas a la Navegación.
6. Puente de Acceso al muelle.
6.1. Longitud 183.0 metros
6.2. Ancho 11.0 metros
6.3. Pilotes prefabricados de concreto pretensado
6.4. Tablero empujado
6.5. La superestructura será de hormigón armado y pretensado, con carpeta de hormigón armado.
6.6. Amortiguación de esfuerzos dinámicos, sísmicos o de huracanes por la instalación de amortiguadores de fluido viscosos.
6.7. Protección de talud
• Obras en Tierra
7. Edificaciones
7.1. Edificios de Administración y Control de Acceso
7.2. Servicios, Salud, bomberos, etc.
7.3. Circulación de Vigilancia L=458.54 m
7.4. Pavimentos
7.5. Iluminación
7.6. Señalización
8. Patio de Carga
8.1. Verja Perimetral
8.2. Iluminación
8.3. Señalización
8.4. Portones Automáticos
9. Vías de Acceso al Puerto.
9.1. Longitud 1424.60 metros
9.2. Ancho 8 metros con dos banquinas de 2 metros, ampliable a 16.0 metros con 4 carriles y paseos
9.3. Isleta Central divisoria
9.4. Canaleta de desagüe en un lado, drenaje subterráneo con cámaras del otro
9.5. Pavimento: Carpeta Asfáltica
9.6. Área de Parqueo (8,000.0) m2
9.7. Balanzas de camiones 20 m 100 toneladas
9.8. Señalización
9.9. Iluminación
Adicional al alcance descrito anteriormente, será responsabilidad del consultor que resulte seleccionado como Ingeniero, la realización de los servicios Levantamiento de Línea Base Ambiental del proyecto. Lo anterior contempla la realización de una primera campaña antes del inicio de las obras, para la identificación de una línea base a realizar durante los trabajos de construcción del puerto de Manzanillo. El detalle de este alcance se muestra en el Anexo 1 a los Términos de Referencia, incluyendo la adquisición de equipos requeridos para elaborar la Línea Base, los cuales pasarán a propiedad del MOPC, culminados los servicios.
2. Objetivos
La contratación del Ingeniero tiene por objetivo general, adicional a lo planteado en el Contrato FIDIC, realizar el seguimiento, control y supervisión de las actividades a cargo del Contratista de Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo.
Se prevé que el ingeniero, en complemento a los señalado en el Contrato FIDIC, ejecuten entre otras las siguientes actividades principales:
i. Realizar un efectivo control de todas las actividades que ejecute la empresa contratada por el MOPC para la rehabilitación del Puerto de Manzanillo.
ii. Realizar un seguimiento permanente del progreso del diseño y de las obras para dar cumplimiento a los plazos de ejecución fijados en el Contrato FIDIC;
iii. Realizar un control de cantidades/partidas de ejecución para asegurar que el costo de cada uno de los hitos definidos y del costo final de las obras reflejen el cumplimiento del objeto contractual;
iv. Comprobar que se adopten todas las medidas de salud y seguridad necesarias, durante la ejecución de las obras, para evitar accidentes que puedan afectar, tanto al personal involucrado en la obra como a las personas que residen o transitan por las inmediaciones de estas;
v. Verificar que el contratista adopte y cumpla las medidas de prevención o mitigación necesarias incluidos en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGAS) del Programa de Rehabilitación y Ampliación del Puerto de Manzanillo. Para esto coordinarán acciones, los especialistas ambientales y sociales de apoyo al Ingeniero y el equipo social y ambiental del MOPC.
vi. Asegurarse que el contratista cumpla con las especificaciones incluidas en los permisos ambientales de las obras otorgados por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA), incluyendo las restauraciones de Sitios xx Xxxxxxxx (minas, canteras, botaderos de material inservible) utilizadas en el proyecto por el Contratista, así como los planes de manejo y adecuación ambiental (PMAA), como resultado del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto.
vii. Asegurar el cumplimiento, por parte del Contratista, de todas las condiciones de su Contrato FIDIC; y en casos de incumplimientos solicitar las medidas que sean necesarias.
viii. Cogestionar, conjuntamente con el Contratista de obras, el seguimiento de solicitudes realizadas a través del MOPC para la participación y/o autorizaciones necesarias de las diferentes instituciones públicas, autoridades provinciales, etc. relacionadas con el proyecto. Para esto, recomendará acciones que faciliten la toma de decisiones más convenientes al logro de los objetivos propuestos.
ix. Inclusión en sus informes mensuales de toda la información relacionada con el cumplimiento de las medidas de gestión socioambiental, de salud y seguridad laboral para el proyecto.
x. Realización de los servicios Levantamiento de Línea Base Ambiental, incluidos en cada uno de los Planes y Programas correspondientes al Plan de Gestión Ambiental y Social del Proyecto. Lo anterior debe reflejarse a través de informes, según lo señalado en el Anexo 1 a los presentes Términos de Referencia.
xi. Adquisición de equipos requeridos para elaborar la Línea Base.
3. Alcances de los servicios
Los alcances de los servicios requeridos se encuadrarán en los términos y condiciones que se establecen en este documento y en el Contrato FIDIC. No obstante, todos los productos y actividades a su cargo se cumplirán apuntando al cumplimiento de los objetivos de la consultoría, sea que tal mandato aparezca explícito o no en los términos particulares de este proceso de adquisición de servicios. En este sentido, el papel del Ingeniero se enmarca, entre otros dentro del siguiente alcance:
o Diseño: Análisis de los conceptos presentados por el Contratista y no objeción a los estudios necesarios para la construcción del proyecto, teniendo en cuenta los Requerimientos del Contratante definidos en el Contrato FIDIC.
o Control de Calidad: Seguimiento, inspección y verificación del cumplimiento del Plan de Calidad, Plan de Desarrollo de las Obras, Plan integrado de ASS y demás herramientas de gestión definidas en el Contrato FIDIC para la etapa de ejecución.
o Verificación de pagos: Verificación y no objeción de las solicitudes de pago del Contrato FIDIC de acuerdo con el avance en los hitos definidos.
o Atención de Reclamos del Contratante y Contratista: Proceder de acuerdo a la cláusula 20 y 3.7 del Contrato FIDIC.
o Instrucción de Variaciones: Conforme al marco de la cláusula 13 del Contrato FIDIC. Entrega y puesta en marcha: Recepción y puesta en marcha de las obras, incluyendo los ensayos y pruebas definidos en los Requerimientos del Contratante.
Gestión del Contrato: En general cumplir con las obligaciones, plazos y procedimiento que el Contrato FIDIC Amarillo 2017 asigna al Ingeniero.
4. Obligaciones Técnicas del Ingeniero
El Ingeniero tendrá todas las obligaciones y responsabilidades técnicas que, de acuerdo con la sana práctica de la ingeniería, sean inherentes a la naturaleza de los servicios requeridos aún y cuando no se mencionen de manera expresa en los presentes términos de referencia o en el Contrato FIDIC. Por lo tanto, dedicará sus mejores esfuerzos y habilidad profesional en la prestación de los servicios que se especifican, quedando obligado a prestar el grado de cuidado que impone el buen ejercicio profesional en trabajos semejantes, protegiendo siempre los intereses del MOPC y las otras instituciones que de manera directa o indirecta se vean relacionadas con la ejecución del proyecto.
a. Obligaciones generales
i. El Ingeniero revisará los documentos técnicos (planos, diseños, especificaciones, memorias, etc.) que le serán entregados por el MOPC y verificará en campo que éstos se ajustan a las condiciones actuales, a fin de proponer al Contratante, mediante informe técnico, los aspectos observados acompañado de los soportes que justifiquen las modificaciones que consideren indispensables para solucionar los problemas identificados. Si es necesario realizar rediseño por parte del Contratista, el Ingeniero mediante un informe técnico con las justificaciones correspondientes, discutirá con MOPC estos alcances para ser incluidos dentro del Contrato de diseño y construcción FIDIC.
ii. En los casos en que el contratista proponga ajustes a los diseños, debido a la identificación de circunstancias imprevistas o por la adaptación del diseño a las condiciones reales del Lugar de las Obras, el Ingeniero deberán revisar dicha propuesta opinando sobre su viabilidad y conveniencia a los objetivos del proyecto.
iii. El Ingeniero brindará el apoyo técnico necesario en la gestión del proyecto, incluida la gestión de riesgos, el control de costos, la programación, el seguimiento y la presentación de informes al MOPC.
iv. El Ingeniero supervisará la elaboración del diseño y la construcción de los componentes del proyecto, aprobará y monitoreará los métodos de construcción y el control de calidad, certificará que la calidad de las obras se ajusta a las especificaciones, normas, estándares y planos, asegurando "mejores prácticas de Ingeniería Portuaria" según las actividades descritas en los Requisitos del Contratante.
v. El Ingeniero deberá desarrollar todas las actividades de carácter técnico y administrativo necesarias para asegurar que la firma constructora que realizará el diseño y ejecutará las obras cumplan en forma efectiva las estipulaciones contenidas en su contratos, en los diseños y en las especificaciones técnicas de los proyectos, especificaciones de gestión ambiental y social, salud y seguridad ocupacional y de resiliencia al cambio climático de acuerdo con los Requisitos del Contratante definidos en el Contrato FIDIC.
vi. El Ingeniero exigirá que el diseño y las obras se realicen dentro de las normas de calidad requeridas, de acuerdo con las mejores prácticas de ingeniería portuaria y observando todas las medidas de prevención y/o protecciones destinadas a la reducción del riesgo de desastres por el cambio climático, eliminar o mitigar posibles impactos socioambientales negativos, de
acuerdo con el Plan de Gestión Ambiental y Social del Programa y el Plan de Gestión de Riesgos de Desastres y Cambio Climático (PGRD) relacionados con la ejecución de esas obras.
vii. El Ingeniero preparará todos los documentos e informes que deben ser entregados periódicamente al MOPC, a fin de que este pueda efectuar el seguimiento correspondiente, tanto de las propias actividades del Ingeniero como del avance de las obras y el cumplimiento ambiental y social salud y seguridad ocupacional y de resiliencia al cambio climático.
b. Obligaciones específicas
Los servicios de supervisión a desarrollar por el Ingeniero deberán desarrollarse de acuerdo con los mejores estándares técnicos en todos sus aspectos. Se precisa que el Ingeniero debe desarrollar funciones bajo el estándar del Ingeniero de un Contrato FIDIC, siendo que estas funciones no se limitan únicamente a la supervisión. Las obligaciones específicas del Ingeniero deberán incluir, mas no limitarse, a:
i. Revisar el Plan de diseño, sus bases, y la realización de este, revisando de manera continuada los documentos que lo componen, y proponer su aprobación.
ii. Revisar el Plan de Desarrollo de las Obras presentado por el Contratista, a fin de evaluar su viabilidad y deberá presentar sus recomendaciones para ajuste.
iii. Revisar y acordar con el Contratista el flujo de información, acceso a los documentos e informes de revisión y a sus sucesivas actualizaciones y revisiones en el contexto del sistema de gestión de la documentación que se implante en obra.
iv. Presentar al Contratante, dentro de los quince (15) días posteriores a la no objeción del Plan de Desarrollo de las Obras, los ajustes en su Plan de Trabajo y en el Cronograma de Asignación de Personal, contenidos en su Propuesta Técnica, a fin de compatibilizarlos con el Plan de Desarrollo de las Obras no objetado, si ello fuera necesario.
v. Desarrollar un Manual de Supervisión que delinee un sistema consistente, integral y uniforme de garantía de calidad y control de calidad para los componentes, incluidos, entre otros, sistemas de verificación y revisión, que se aplicarán durante el diseño y la construcción para garantizar el más alto nivel de estándares de calidad.
vi. Verificar que el Contratista cuente en todo momento con el personal técnico calificado y equipos apropiados, en número y condición operativa suficientes para la ejecución de las obras, cumpliendo los plazos y estándares de calidad establecidos, de acuerdo con el Contrato FIDIC y el Plan de Desarrollo de las Obras no objetado.
vii. Revisar los documentos de diseño, proponer modificaciones en los casos en que sea requerido, hacer recomendaciones en pro del cumplimiento del objetivo plasmado en el Contrato FIDIC, cuando sea necesario; y finalmente dar su no objeción a la versión definitiva de los mismos. Lo anterior incluye la identificación de posibles mejoras de proyecto, cumpliendo con lo establecido en los Requisitos del Contratante establecidos en el Contrato FIDIC, que puedan repercutir en ahorros y mejoras de plazo.
viii. Comprobar que todos los materiales, suministros y productos manufacturados, que adquiera el Contratista de otros proveedores para ser incorporados en la obra, tengan las certificaciones de calidad, licencias y permisos que exige la legislación del país, así como la realización y el resultado de los ensayos y pruebas de recepción cuando corresponda.
ix. Resolver, con la mayor celeridad posible, cualquier discrepancia que pueda hallar el Contratista en la ubicación, extensión, o dimensiones de algunos de los elementos que figuran en el proyecto.
x. Supervisar y evaluar el desempeño de los servicios prestados por el contratista y todas las actividades que se desarrollan en el marco de la ejecución, lo cual implica el seguimiento e inspección durante y después de las actividades de diseño, de construcción; revisión de planos, diseños y esquemas de construcción; coordinación con las actividades del contratista; y otras tareas relacionadas, tales como la coordinación con APORDOM y los operadores portuarios para minimizar las interferencias entre la construcción y la operación del puerto.
xi. Asignar Inspectores calificados para que acompañen, en forma permanente, la ejecución de actividades críticas, como el hincado de tablestacas, armado de elementos metálicos, fundición de estructuras en concreto, etc., para los cuales se requiere un estricto control de la calidad de los materiales, de los procedimientos constructivos o la medición de los volúmenes ejecutados.
xii. Mantener permanentemente actualizada una base documental de las inspecciones y controles realizados de los materiales y la ejecución, que permitan la plena trazabilidad de la calidad de las obras, especialmente en caso de defectos o vicios ocultos o patologías que se manifiestan en tiempo diferido, como las debidas a la durabilidad o a los comportamientos reológicos de los materiales.
xiii. Identificar y gestionar los riesgos que puedan afectar costos, plazos, seguridad e higiene, medio ambiente, entre otros; y solicitar la puesta en marcha de acciones correctivas cuando sea necesario, de modo que se logre el máximo beneficio para el MOPC y las partes interesadas.
xiv. Comprobar que los muestreos, ensayos y monitoreo de parámetros de calidad ambiental que realice el Contratista, para asegurar la calidad de su trabajo, se realicen con la frecuencia y de acuerdo con las normas técnicas establecidas para cada caso y verificar, en forma aleatoria, la calibración de los instrumentos empleados por éste.
xv. Comprobar el cumplimiento de las normas sobre prevención y/o mitigación de los impactos ambientales que pueden ocasionar las actividades del Contratista, y el cumplimiento con el Plan de Gestión Ambiental y Social.
xvi. Verificación del cumplimiento, por parte del contratista, del Plan de Gestión Ambiental y Social, incluyendo el Plan de Control Ambiental de la Construcción y Plan de Gestión de Riesgos de Desastres y Cambio Climático (PGRD).
xvii. Realizar el levantamiento de la línea de base y posterior seguimiento en la fase de construcción de cada uno de los indicadores de los Planes y Programas correspondientes al Plan de Gestión Ambiental y Social durante la fase de obras y que se enlistan a continuación: i) Monitoreo de la Biota acuática Marina; ii) Monitoreo Fauna Marina; iii) Monitoreo Ruido Submarino; iv) Monitoreo de la Morfodinámica Costera; v) Monitoreo de la Calidad de los Sedimentos; vi) Monitoreo de la Calidad del Agua Costera; y vii) Monitoreos de Parámetro Oceanográfico.
xviii. Adquisición de equipos requeridos para elaborar la Línea Base.
xix. Comprobar si durante la ejecución de obras se presentan casos de correcciones del diseño, conceptuar sobre los mismos, no objetarlos y en los casos que sea necesario presentarlos al MOPC para su análisis.
xx. Comprobar que el Contratista haya colocado todas las señales y dispositivos de salud y seguridad necesarios para prevenir accidentes en las zonas en trabajo y que asigne personal capacitado para orientar y mantener la fluidez del tránsito en esas zonas. Asegurarse de que el
contratista mantiene un registro actualizado de la ocurrencia de accidentes relacionados con la ejecución de las obras.
xxi. Supervisar y monitorear el presupuesto del proyecto, el flujo de efectivo y las obligaciones para garantizar que se cumplan los entregables y que los pagos a los subcontratistas (cuando aplique), proveedores y al personal se reciban a tiempo. Lo anterior incluye el seguimiento a los avances en el cumplimiento de los hitos, la debida justificación de los pagos y el control adecuado del flujo de caga para garantizar la disponibilidad de recursos.
xxii. Mantener un registro actualizado del avance físico y financiero en la ejecución de las obras, discriminado por hitos y subhitos, que será incorporado en sus informes mensuales. Estos avances, representados en forma gráfica serán expuestos en un lugar visible en la oficina del Ingeniero o en el lugar de las obras.
xxiii. En adición, a la tecnología tradicional para las labores de supervisión, proponer el uso de herramientas innovadoras que permitan hacer una mejor gestión de los recursos y del manejo de la información.
xxiv. Efectuar reuniones periódicas con representantes del MOPC y el Contratista, con el objeto de evaluar el avance de las obras, analizar los problemas que pudieran presentarse y proponer medidas correctivas. El Ingeniero preparará una ayuda memoria de cada reunión administrativa con el contratista y con el MOPC, remitiendo una copia de la misma para su firma por los participantes y la misma quedará consignada y compartida a las Partes a través del canal de comunicaciones que se haya establecido en el Contrato FIDIC.
xxv. Evaluar eventuales reclamos que pudiera presentar el Contratista acerca de prórrogas del plazo de ejecución de las obras, trabajos no previstos, cambios de especificaciones, etc. y recomendar soluciones al Contratante.
xxvi. Conceptuar y no objetar en caso de que ocurran, las posibles variaciones que resulten necesarias al Contrato FIDIC, en términos de plazos y costos, con la previa coordinación y autorización de UEPFRE/MOPC.
xxvii. Realizar la medición final de las obras ejecutadas y preparar la documentación necesaria para la recepción y liquidación final. Adicionalmente, asegurar una buena entrega de las instalaciones a los beneficiarios del proyecto en consulta con el contratista, incluyendo la preparación de los documentos de traspaso de dominio que contemplan, pero no se limitarán a documentos legales y pólizas para el mantenimiento de las infraestructuras.
xxviii. Revisar y recomendar la no objeción de los planos y documentación “as built” (conforme a obra) que deberá elaborar el Contratista.
xxix. Realizar reuniones semanales con la UEPFRE/MOPC, presentado un Informe Ejecutivo del avance realizado, de acuerdo con el Plan de Desarrollo de las Obras del Contratista.
xxx. Elaborar, justificar y someter a la UEPFRE/MOPC, para su aprobación, las órdenes de cambio del Contratista que se requieran y procedan.
xxxi. Realizar las demás tareas relacionadas con la implementación del proyecto, en el marco de sus funciones de seguimiento, control y supervisión, según lo solicite el MOPC.
5. Duración de los servicios
El contrato para la prestación de servicios de Ingeniero para el Contrato FIDIC Amarillo 2017 para el Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo, tendrá una duración aproximada de veinte (20) meses, contados a partir de la emisión de la Orden de Proceder y comprende un periodo de treinta días, previo al inicio de las labores de diseño para la revisión de documentos técnicos entregados por el MOPC relacionados con el proyecto, para que en este tipo se presenten posibles sugerencias de modificaciones. Posterior a la emisión del Certificado de Cumplimiento conforme al Contrato FIDIC de las obras se prevén otros treinta días para la preparación de la liquidación final del Contrato de Obra y su Informe Final.
6. Informes y Documentos Forma de presentación
a. Todos los informes y documentos se presentarán en papel formato 8½” x 11” y los planos en doble de ese tamaño o múltiplos del mismo, en los casos que aplique. En la portada deberá constar claramente:
(i) el nombre del proyecto; (ii) nombre del Ingeniero; y (iii) el título, número y fecha del informe. Los informes y documentos incluirán un índice de su contenido y todas sus páginas deberán estar numeradas. En caso de ser una versión modificada de un informe o documento ya entregado, en la carátula se indicará en forma visible el número de esa nueva versión, así como la fecha de emisión, el motivo de la revisión, y la identificación del redactor y del revisor del documento.
b. El Ingeniero deben entregar un (01) original y dos (02) copias debidamente rotuladas y además una copia fiel en digital, no escaneado, que contenga la totalidad del informe o documento presentado.
c. Para el texto se usará el programa MSWord y para las tablas y planillas de cálculo el programa MSExcel. Para la programación y seguimiento de avance de las obras se empleará el MSProject y gráficos XXXXX. Cualquier documento o información generada por el consultor, deberá entregarse en los formatos nativos y en aquellos requeridos por el MOPC.
d. En el caso de los informes relacionados con las actividades de Levantamiento de Línea Base Ambiental, se deberá cumplir con lo señalado en el Anexo No. 1 a los presentes Términos de Referencia.
Tipos de informes
a. Informe Inicial: El Ingeniero deberá presentar este informe, dentro de los primeros treinta
(30) días, contados a partir de la Orden de Proceder, y en el deberá incluirse, como mínimo:
(i) observaciones y comentarios acerca del diseño conceptual del proyecto; (ii) la relación del personal de apoyo que ya se encuentra trabajando y sus fechas de incorporación para las labores de supervisión; (iii) las actividades que está desarrollando y cualquier modificación que se prevea en su Plan de Trabajo original, contenido en su Propuesta Técnica; (iv) la relación de los equipos y vehículos que ya ha puesto en operación; (v) el estado de la movilización del contratista y las actividades que ha iniciado, si es el caso; (vi) Implementación de los Planes que forman parte del PGAS y del PGRD; (vii) el Levantamiento de la Línea Base Ambiental; y (viii) cualquier otro asunto relevante que considere debe ser del conocimiento del Contratante.
b. Informes Mensuales: Dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, a partir del segundo mes de la consultoría, el Ingeniero deberá presentar los Informes Mensuales, los cuales incluirán como mínimo: (i) una breve descripción de los trabajos realizados por el Contratista en el correspondiente periodo; (ii) la relación de las actividades de supervisión y control que ha efectuado en relación con los trabajos del Contratista; (iii) los avances en la ejecución de cada uno de los hitos durante el periodo y los totales acumulados a la fecha (actualizados a la fecha de cada informe); (iv) el gráfico de avance físico-financiero de la obra; (v) una evaluación del desempeño del personal y equipos del Contratista y su capacidad para cumplir las condiciones del Contrato FIDIC; (vi) la relación y tiempos trabajados del personal de apoyo al Ingeniero; (vii) el resumen de resultados de ensayos y controles técnicos efectuados por el contratista y su revisión o comentarios por el Ingeniero; (viii) una breve descripción de los problemas que pueden haberse presentado, tratamiento que se les está dando y recomendaciones para su solución, así como el estado de las no conformidades, incluyendo muy especialmente las que han sido abiertas y/o cerradas en el período; (ix) estado de los pagos solicitados el Contratista y monto acumulado a la fecha, incluyendo retenciones y penalizaciones en su caso; (x) información (tablas, gráficos, fotografías, planos) que contribuya a interpretar mejor el contenido del informe y unificar y concentrar el avance de la obra entre el Ingeniero, Contratista y el Contratante; (xi) el estado de cumplimiento con el Plan de gestión ambiental y social; (xii) el de cumplimiento del Plan de Gestión del Riesgo de Desastres y Cambio Climático y El Plan de Gestión Ambiental y Social; y (xiii) avance de obras en forma analítica y gráfica.
c. Informes Especiales: Este tipo de informes se presentará, tanto a solicitud del Contratante como por iniciativa del Ingeniero. Tales Informes pueden ser respondiendo a una solicitud e información por parte del Contratante, o para poner en conocimiento de éste algún problema técnico (incluidos los temas de gestión socioambiental, Línea Base Ambiental y gestión de riesgo de desastres) o cualquier asunto administrativo surgido durante el desarrollo de la obra que requiere una decisión que supera las atribuciones del Ingeniero. En cualquier caso, los Informes Especiales deben contener: (i) una exposición de motivos clara y bien documentada;
(ii) un análisis del problema y de sus causas y el planteamiento de alternativas de solución, si es el caso; y (iii) una recomendación sobre la solución que se considera más viable, con un sustento cualitativo y/o cuantitativo de la misma.
d. Borrador de Informe Final: Este documento será el que utilice como base para la Recepción de Obra y deberá contener: la memoria de la obra incluyendo todas las modificaciones hechas al proyecto, cumplimiento de medidas de gestión socioambiental, salud y seguridad laboral y gestión de riesgo de desastres y cambio climático, los ajustes desarrollados al proyecto, los reclamos solucionados y pendientes, los planos y documentación “as built” (conforme a obra) y el balance de ejecución final.
e. Informe Final: Además de la información contenida en el Borrador, este informe incluirá el Certificado de Recepción, la verificación del cumplimiento de las observaciones hechas por el MOPC, los ajustes que hubieran generado en el balance del contrato, los reclamos pendientes y las metas alcanzadas.
f. Informe Final luego del Certificado de Cumplimiento: Además de la información contenida en el Borrador, este informe incluirá el Certificado de Cumplimiento que el Ingeniero debe emitir conforme a las disposiciones del Contrato FIDIC la verificación del
cumplimiento de las observaciones hechas por el MOPC, los ajustes que hubieran generado en el balance del contrato, los reclamos pendientes y las metas alcanzadas.
7. Personal profesional de apoyo
El Ingeniero deberá contar con un personal profesional y técnico de apoyo, con experiencia en la ejecución de Contratos FIDIC y en el cumplimiento de las funciones que tiene el Ingeniero en los Contratos FIDIC y en número suficiente, para cumplir a cabalidad todas las funciones que les serán encomendadas y de acuerdo con la naturaleza y volumen de las obras a supervisar.
El personal profesional mínimo que se estima necesario para cumplir con sus obligaciones como Ingeniero, incluyendo la supervisión y gestión integral del Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo en el marco del Contrato FIDIC Libro Amarillo 2017, y los comentarios asociados a cada profesional, constituyen obligaciones complementarias a todas las contenidas en el numeral 4 de este documento. El plantel profesional y técnico mínimo asignado para la prestación del Servicio de Ingeniero para el Contrato FIDIC Amarillo 2017 para el al Diseño y Construcción del Puerto de Manzanillo, y para elaboración de Línea Base Ambiental deberá incluir los siguientes cargos y especialidades:
● Ingeniero de Contrato: Grado de Ingeniero Civil con experiencia no menor xx xxxx (10) años en la ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias. Adicionalmente deberá demostrar experiencia en Gerenciamiento y/o Supervisión General de Obras Marítimas y la participación en mínimo 3 proyectos portuarios de similar tamaño. Su participación deberá ser a tiempo completo y por toda la duración del Contrato, su rol será asumir la figura del “Ingeniero” dentro del Contrato FIDIC, y aparte de las obligaciones descritas en dicho contrato, será el responsable de planificar, programar y dirigir y coordinar (interna y externamente) todas las actividades propias de la supervisión del proyecto. Debe contar con formación en Contratos FIDIC y experiencia desempeñando la función de Ingeniero en Contratos FIDIC.
● Residente de Supervisión: Grado de Ingeniero Civil con experiencia no menor de xxxx (8) años en la ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias. Su participación será a tiempo completo durante la ejecución de las obras. Debe contar con formación y experiencia en Contratos FIDIC.
● Especialista en Control de Avance, Certificaciones, Cronograma y Costos. Ingeniero Civil, con más de cinco (5) años de experiencia específica en control presupuestal, estimación de costos, valorización, verificación de facturación de Contratistas y seguimiento de cronogramas para proyectos de infraestructura de transporte. Su participación deberá ser a tiempo completo y durante toda la ejecución de las obras.
● Especialista Ambiental. Ingeniero Civil, Ingeniero Ambiental, Arquitecto, Agrimensor o Agrónomo, con mínimo cinco (5) años de experiencia específica relacionada con seguimiento ambiental en proyectos de infraestructura de transporte. Se prevé su participación a tiempo completo durante toda la ejecución de las obras.
● Especialista Social. Sociólogo, antropólogo, trabajador social, psicólogo social u otra licenciatura, con mínimo cinco (5) años de experiencia específica en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de participación ciudadana para proyectos de infraestructura de transporte. Se prevé su participación a tiempo completo durante toda la ejecución de las obras.
● Especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo. Ingeniero, trabajador social, psicólogo u otra licenciatura, con mínimo cinco (5) años de experiencia específica en la elaboración, seguimiento o implementación de programas de salud y seguridad en el trabajo para proyectos de infraestructura de transporte. Se prevé su participación a tiempo completo durante toda la ejecución de las obras.
● Especialista en Calidad. Ingeniero o administrador, con mínimo cinco (5) años de experiencia específica en la elaboración, seguimiento o implementación de planes de gestión de la calidad para proyectos de infraestructura de transporte. Se prevé su participación a tiempo completo durante toda la ejecución de las obras.
● Especialista Marítimo y Portuario. Grado de Ingeniero Civil o Ingeniero Naval con experiencia no menor de cinco (5) años en el diseño y ejecución y/o supervisión de obras marítimas y portuarias. Su participación será a tiempo parcial durante la elaboración del diseño y la ejecución de las obras, con un mínimo de dedicación de 5 meses.
● Especialista en Geotecnia. Grado de Ingeniero Civil con experiencia no menor de cinco (5) años en la ejecución y/o supervisión de estudios y diseños geotécnicos para proyectos de infraestructura de transporte. Su participación será a tiempo parcial durante la elaboración del diseño y la ejecución de las obras, con un mínimo de dedicación de 5 meses.
● Especialista en Estructuras. Grado de Ingeniero Civil con experiencia no menor de cinco (5) años en la ejecución y/o supervisión de diseños de estructuras de concreto reforzado para proyectos de infraestructura de transporte. Su participación será a tiempo parcial durante la elaboración del diseño y la ejecución de las obras, con un mínimo de dedicación de 5 meses.
● Especialista Sanitario. Grado de Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario con experiencia no menor de cinco (5) años en la ejecución y/o supervisión de diseños hidráulicos para facilidades en proyectos de infraestructura de transporte. Su participación será a tiempo parcial durante la ejecución de las obras, con un mínimo de dedicación de 5 meses.
● Especialista Eléctrico y de Iluminación. Grado de Ingeniero Civil o Ingeniero Eléctrico o Ingeniero Electrónico con experiencia no menor de cinco (5) años en la ejecución y/o supervisión de diseños de redes eléctricas y sistemas de iluminación para proyectos de infraestructura de transporte. Su participación será a tiempo parcial durante la ejecución de las obras, con un mínimo de dedicación de 5 meses.
Para el caso específico de las labores de Levantamiento de Línea Base Ambiental, deberá contar con el siguiente personal profesional mínimo:
● Coordinador Levantamiento Línea Base. Grado de Ingeniero Ambiental, licenciatura en Biología Marina u Oceanógrafa, Biología General o Ecología con experiencia no menor de quince
(15) años en la ejecución de estudios relacionados con las ciencias del mar. Su participación será a tiempo parcial durante la ejecución del levantamiento de la Línea Base Ambiental, mínimo 3 meses, y su función será planificar, programar y dirigir y coordinar (interna y externamente) todas las actividades propias del Levantamiento.
● Oceanógrafo. Grado de Oceanógrafo o Ingeniero Geólogo o Biólogo Xxxxxx con experiencia no menor xx xxxx (10) años en el análisis de la morfología de playas, las variaciones positivas (progresión) o negativas (retracción), entre otras actividades de la morfodinámica costera, interpretación de fotografías aéreas, levantamientos topográficos, análisis de datos y modelización hidrodinámica 3D. Su participación será a tiempo parcial durante la ejecución del levantamiento de Línea Base, con un mínimo de dedicación de 2 meses.
Los siguientes perfiles serán evaluables, pero no están incluidos dentro de la puntación del proceso:
● Biólogo. Grado de Biólogo Xxxxxx o Biólogo General con especialidad en Biología Marina, con experiencia no menor de ocho (8) años en la ejecución de estudios relacionados con las ciencias del mar. Su participación deberá ser por todas las campañas relacionadas con la Biota y Fauna Marina, calidad de agua, ruido y sedimentos del Levantamiento de Línea Base.
● Meteorólogo de interpretación de datos. Grado de Meteorólogo o Oceanógrafo o Ingeniero Geólogo o Biólogo Xxxxxx x Xxxxxxxxx, con experiencia no menor de cinco (5) años en Oceanografía Física e interpretación de datos Meteoceanográficos. Debe tener experiencia en procesamiento, análisis, gestión y manejo de equipos de lectura de parámetros oceanográficos.
● Ornitólogo. Grado de biólogo general con especialidad en ornitología o fauna alada con experiencia profesional no menor de tres (3) años. El tiempo de su participación, resultara de los levantamientos realizados en las campañas referentes a su especialidad.
● Mastozoólogo. Grado de biólogo general con especialidad en murciélagos o mamíferos en general y no menos de tres (3) años de experiencia profesional. El tiempo de su participación, resultará de los levantamientos realizados en las campañas referentes a su especialidad.
Nota:
El personal requerido y el tiempo de asignación de todo el personal clave estimado en la solicitud de propuesta constituyen los requisitos mínimos obligatorios a cumplir por el oferente, es decir, que todas las propuestas deben incluir, como mínimo, el personal clave estimado. Adicionalmente el oferente deberá estimar el equipo que a su criterio complemente al aquí solicitado y que requiera para el cumplimiento de sus obligaciones. Será considerado como incumplimiento no subsanable, la presentación de tiempos menores a los indicados como mínimos para la ejecución de los Servicios.
Los profesionales y técnicos que figuren en las Propuestas no podrán ser reemplazados, a menos que la persona no puede actuar como consecuencia de fallecimiento, enfermedad, incapacidad o renuncia, debidamente sustentada. El reemplazante deberá demostrar iguales o mejores calificaciones y estar en capacidad de incorporarse al equipo del Ingeniero en las mismas fechas y plazos propuestos originalmente, este personal deberá contar con la aceptación del Contratante de acuerdo al procedimiento indicado en el Contrato, el cual se reserva el derecho de objetar cualquier personal que no se ajuste a lo requerido en la solicitud de propuesta.
El Ingeniero podrá incluir en su oferta personal específico diferenciando la fase de diseño y la de construcción, si bien el Ingeniero de Contrato y los especialistas fundamentales han de tener continuidad en ambas etapas de diseño y la construcción.
En los casos en que aplique según su especialidad y labores a desarrollar, el personal profesional y técnico encargado de trabajos de sumersión deberán tener certificación comprobable con un mínimo de Advanced Open Water (presentar credencial y bitácora), de ninguna manera se aceptará el nivel inferior. De igual forma el personal de sumersión deberá estar acompañado de un Rescue Diver con certificación comprobable (presentar credencial y bitácora), el cual deberá estar presente durante todos los trabajos que impliquen sumersión.
Finalmente, el Ingeniero de contrato debe incorporar acciones relacionadas con el enfoque de género, incentivando la participación de la fuerza laboral femenina en las actividades de supervisión de las obras.
8. Vehículos y equipos mínimos necesarios
Para la prestación del Servicio de Ingeniero para el Contrato FIDIC Amarillo 2017, el oferente debe incluir en su oferta a su costo, el personal requerido para la ejecución de los servicios, aparte del calificable y todo el equipo que considere necesario para el desarrollo de sus servicios, como son:
• Transporte
• Teléfonos
• Drones
• Computadoras, etc.
• Teléfonos celulares o equipos móviles de radiocomunicación en número suficiente para permitir la permanente comunicación del personal de campo, entre sí y con sus oficinas base.
Adicionalmente deberá tener en cuenta el equipo requerido para las labores de Levantamiento de Línea Base Ambiental descrito en el Anexo 1 a los presentes Términos de Referencia.
9. Oficinas y Laboratorio
Al Ingeniero se le proveerá de un espacio físico al interior del Lugar de las obras, según lo definido en los Requisitos del Contratante del Contrato FIDIC Amarillo 2017. Cualquier elemento adicional que considere necesario para el cumplimiento de su objeto contractual deberán proveer a su cuenta y bajo las condiciones necesarias para desarrollar adecuadamente sus labores de seguimiento, supervisión y control.
En caso de requerirse el Ingeniero utilizará los servicios de un laboratorio independiente de contraste debidamente homologado, lo cual debe ser expresado en su Propuesta Técnica, para realizar las verificaciones con los alcances necesarios para identificar si existen desviaciones en los resultados entregados por el Contratista. Adicionalmente deberá contar en obra, con suficientes herramientas, instrumentos de medición y materiales necesarios para la apertura de calicatas y toma de muestras de diversos materiales, así como para la realización de pruebas en sitio y otros elementos para efectuar controles esporádicos o imprevistos.
Para el caso de las labores de Levantamiento de Línea Base Ambiental, deberá tener en cuenta lo señalado en términos de laboratorio en el Anexo 1 de los presentes Términos de Referencia.
10. Pago al Ingeniero
El contrato de los Servicios del Ingeniero se hará de conformidad con la modalidad de Contrato por Suma Global, bajo las condiciones de pago que se incluyen en la Solicitud de Propuestas y en el acápite 45 de las
Condiciones Generales (CGC) y especiales (CEC) del contrato. A tal efecto, el Ingeniero deberá presentar, informes mensuales con la documentación sustentadora de los pagos requeridos.
Recibirá pagos de la siguiente manera: (i) Avance inicial, luego de la firma del contrato; y (ii) pagos mensuales fijos (PF) y pagos proporcionales al avance del diseño y de la obra (PP) y (iii) pago final de retención contractual.
Los pagos fijos (PF) dependerán de los honorarios profesionales (incluyen los honorarios, beneficios sociales y factor multiplicador), más gastos reembolsables (incluyen pasajes aéreos, y gastos de viajes internacionales para el personal extranjero, y viáticos tanto para el personal nacional como extranjero, por el tiempo que permanezcan fuera de su domicilio permanente), presentados en la propuesta.
Los pagos proporcionales (PP) dependerán del avance de las obras supervisadas. Si cumplido los 20 meses del contrato y las obras no se finalizan en un 100%, se realizaría una reprogramación del contrato del Ingeniero, de acuerdo a las actividades de obras faltantes por ejecutar. El monto y la estructura de pago serán negociados entre Las Partes y presentado para la no objeción del BID.
PARTE II
Sección VIII. Condiciones de Contrato
F O R M A T O S D E C O N T R A T O E S T Á N D A R SERVICIOS DE CONSULTORÍA: SUMA GLOBAL
Prefacio
Contrato para Servicios de Consultoría
Suma Global
Nombre del Proyecto: Ingeniero para el Contrato FIDIC Amarillo 2017 para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo
Préstamo BID No. 5282/OC-DR
Contrato No.
entre
[Nombre del Contratante]
Y
[Nombre del Consultor]
Fecha:
20
I. Formulario de Contrato – Suma Global
[El texto en corchetes [ ] contiene instrucciones sobre información pertinente al proyecto; todas las notas deben eliminarse en el texto definitivo]
Este CONTRATO (referido en adelante, el “Contrato”) se celebra el [número] día del mes de [mes], [año], entre, de una parte, [Nombre del Contratante] (referido en adelante el “Contratante”) y, de otra parte, [Nombre del Consultor] (referido en adelante, el “Consultor”).
[Nota: Si el Consultor consiste de más de una entidad, lo anterior debe modificarse parcialmente para que quede así: “…(referido en adelante el “Contratante”) y, de otra parte, una APCA [Nombre de la APCA] consistente de las siguientes entidades, cada integrante de la cual será conjunta y solidariamente responsable para con el Contratante por todas las obligaciones del Consultor según este Contrato, es decir [Nombre del integrante] y [Nombre del integrante] (referido en adelante el “Consultor”).]
Para referirse a ambos se les denominará LAS PARTES.
PREÁMBULO
POR CUANTO
a) el Contratante ha solicitado al Consultor que preste ciertos servicios de consultoría según se define en este Contrato (referidos en adelante, los “Servicios”);
b) el Consultor, habiendo manifestado al Contratante que cuenta con las capacidades profesionales, experiencia y recursos técnicos, ha acordado prestar los Servicios de acuerdo con los términos y condiciones que se indican en este Contrato;
c) el Contratante ha recibido [o ha solicitado] un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo para cubrir el costo de los Servicios y se propone aplicar una porción del producto de este préstamo para pagos elegibles en virtud de este Contrato, entendiéndose que (i) los pagos por el Banco se harán solo a solicitud del Contratante y mediante aprobación del Banco; (ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos los aspectos, a los términos y condiciones del contrato xx xxxxxxxx, incluidas las prohibiciones de desembolso de la cuenta xx xxxxxxxx para propósitos de cualquier pago a personas o entidades, o para la importación de bienes, si dicho pago o importación, hasta donde el Banco tenga conocimiento, está prohibido por la decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tomada en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas; y (iii) ninguna Parte, diferente del Contratante, podrá derivar ningún derecho del contrato xx xxxxxxxx ni podrá reclamar el producto xxx xxxxxxxx;
POR CONSIGUIENTE, las Partes acuerdan lo siguiente:
1. Los siguientes documentos adjuntos se considerarán que forman parte integral de este Contrato:
a) Las Condiciones Generales de Contrato;
b) Las Condiciones Especiales de Contrato;
c) Apéndices:
Apéndice A: Términos de Referencia
Apéndice B: Expertos Clave
Apéndice C: Estimación de Costo de Remuneración Apéndice D: Estimación de Costos Reembolsables Apéndice E: Formulario de Garantía de Pagos Anticipados
Apéndice F: Oferta Técnica y Económica del Consultor (Propuesta Final)
Apéndice G: Contrato FIDIC Amarillo 2017 para la Rehabilitación del Puerto de Manzanillo
En caso de no concordancia entre los documentos, prevalecerá el siguiente orden de precedencia: las Condiciones Especiales de Contrato; las Condiciones Generales de Contrato; Apéndice A; Apéndice B; Apéndice C y el Apéndice D; Xxxxxxxx E; Apéndice F; Xxxxxxxx X. Xxxxxxxxx referencia a este Contrato incluirá, donde el contexto lo permita, una referencia a sus Apéndices.
2. Los derechos y obligaciones mutuas del Contratante y del Consultor serán las que se estipulan en este Contrato, en particular:
a) el Consultor prestará los Servicios de acuerdo con las disposiciones del Contrato; y
b) el Contratante efectuará los pagos al Consultor de acuerdo con las disposiciones del Contrato.
EN TESTIMONIO DE LO CUAL, las Partes han causado que este Contrato sea firmado en sus respectivos nombres en la fecha escrita al comienzo.
Por y en nombre de [Nombre del Contratante]
[Representante Autorizado del Contratante – Nombre, cargo y firma]
Por y en nombre de [Nombre del Consultor o Nombre de una APCA]
[Representante Autorizado del Consultor – Nombre y firma]
[Nota: Para una APCA, firmarán todos los integrantes o únicamente el integrante principal, en cuyo caso se adjuntará el poder para firmar en nombre de todos los integrantes.
Por y en nombre de los integrantes del Consultor [indique el Nombre de la APCA] [Nombre del integrante principal]
[Representante Autorizado en nombre de una APCA]
[Agregar bloques de firmas para cada integrante si todos firman]
II. Condiciones Generales de Contrato – Suma Global
A. Disposiciones Generales
1.1 Salvo que el contexto exija otra cosa, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación:
(a) “Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)” significa una asociación con o sin personería jurídica distinta de la de sus integrantes, de más de una entidad, donde un integrante tiene la autoridad para realizar todos los negocios para y en nombre de cualesquiera y todos los integrantes de la APCA, y donde los integrantes de la APCA son responsables conjunta y solidariamente para con el Contratante por la ejecución del Contrato.
(b) “Banco” significa el Banco Interamericano de Desarrollo.
(c) “CEC” significa las Condiciones Especiales de Contrato por las cuales el CGC podrá ser modificado o adicionado pero no reemplazado.
(d) “CGC” significa estas Condiciones Generales de Contrato.
(e) “Contratante” significa la Agencia Ejecutora que suscriba el Contrato con el Consultor por concepto de los Servicios.
(f) “Consultor” significa una firma o entidad de consultoría profesional legalmente establecida seleccionada por el Contratante para prestar los Servicios de acuerdo con el Contrato firmado.
(g) “Contrato” significa el contrato legalmente obligatoria suscrito entre el Contratante y el Consultor y el cual incluye todos los documentos que se indican en el parágrafo 1 del Formato del Contrato (las Condiciones Generales (CGC), las Condiciones Especiales (CEC) y los Apéndices.
(h) “Día” significa un día hábil salvo indicación al contrario.
(i) “Experto” significa, colectivamente, Expertos Clave, Expertos No Clave o cualquier otro personal del Consultor. Un Subconsultor o integrantes de una APCA asignados por el Consultor para prestar los Servicios o cualquier parte de los mismos de acuerdo con el Contrato.
(j) “Experto Clave” significa un profesional individual cuyas competencias, calificaciones, conocimiento y experiencia son esenciales para la prestación de los Servicios según el Contrato y cuya Hoja de Vida (CV) fue tomada en cuenta en la evaluación técnica de la Propuesta del Consultor.
(k) “Experto No Clave” significa un profesional individual proporcionado por el Consultor o su subconsultor para prestar los Servicios o cualquier parte de los mismos según el Contrato.
(l) “Fecha Efectiva” significa la fecha en que este Contrato entre en vigor de acuerdo con la Cláusula CGC 11.
(m) “Gobierno” significa el gobierno del país del Contratante.
(n) “Ley Aplicable” significa las leyes y cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza xx xxx en el país del Gobierno o en el país que se especifique en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar en vigencia
(o) “Moneda Extranjera” significa cualquier moneda diferente de la Moneda del país del Contratante.
(p) “Moneda Nacional” significa la Moneda del país del Contratante.
(q) “Parte” significa el Contratante o el Consultor, según sea el caso, y “Partes” significa ambos.
(r) “Políticas Aplicables” significa las Políticas de Selección y Contratación de Servicios de Consultoría Financiados por el BID, GN 2350-15.
(s) “Prestatario” significa el Gobierno de la República Dominicana, representada por el Ministerio de Hacienda.
(t) “Servicios” significa el trabajo a realizar el Consultor de acuerdo con este Contrato, según se describe en el Apéndice a adjunto.
(u) “Subconsultores” significa una entidad con la que el Consultor subcontrate alguna parte de los Servicios siendo exclusivamente responsable por la ejecución del Contrato.
(v) “Tercero o terceras personas” significa cualquier persona o entidad, excepto el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.
2. Relaciones entre las Partes
2.1 Nada de lo que aquí se incluye se interpretará como que se establece una relación de señor y servidor, de subordinación, ni de principal y agente entre el Contratante y el Consultor. Sujeto a este Contrato, el Consultor se encarga completamente de los Expertos y Subconsultores, si corresponde, que presten los Servicios y será totalmente responsable por los Servicios que ellos presten en su nombre de acuerdo con este Contrato.
3.1 Este Contrato, su significado e interpretación y la relación entre las Partes se regirá por la Ley Aplicable, para lo no previsto en el mismo.
4.1 Este Contrato se ha firmado en el idioma señalado en las CEC, por el que se regirán obligatoriamente todos los asuntos relacionados con el mismo o con su significado o interpretación.
5.1 Los encabezamientos no limitarán, alterarán o afectarán el significado de este Contrato.
6.1 Toda comunicación que deba o pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hará por escrito en el idioma que se indica en la Cláusula CGC 4. Toda notificación, solicitud o consentimiento se considerará dado o hecho cuando el mismo sea entregado personalmente a un representante autorizado de la Parte a la que se dirige la comunicación, o cuando sea enviado a esa parte a la dirección que se indica en las CEC.
6.2 Una Parte podrá cambiar su dirección de notificaciones mediante información escrita a la otra Parte sobre dicho cambio de la dirección que se indica en las CEC.
7.1 Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A y cuando no esté indicado en dónde habrá de cumplirse una tarea específica, se cumplirá en el lugar que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Gobierno o en otro lugar.
8. Autoridad del Integrante a cargo
8.1 En caso de que el Consultor sea una APCA, los integrantes autorizan al integrante que se indica en las CEC para que actúe en su nombre y representación en el ejercicio de todos los derechos y
obligaciones del Consultor para con el Contratante de acuerdo con este Contrato, incluido sin limitación, recibir instrucciones y pagos del Contratante.
9.1 Toda medida que se deba o pueda adoptar, y cualquier documento que el Contratante o el Consultor deba o pueda expedir de acuerdo con este Contrato podrá tomarse o expedirse por los funcionarios que se indican en las CEC.
10.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos participando en actividades financiadas por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, observar los más altos niveles éticos y denunciar al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas son las siguientes: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias;
(v) prácticas obstructivas y (vi) apropiación indebida. El Banco 3ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco ha adoptado procedimientos para sancionar a quienes hayan incurrido en Prácticas Prohibidas. Asimismo, el Banco suscribió con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) un acuerdo de reconocimiento mutuo de las decisiones de inhabilitación.
(a) A los efectos de esta disposición, las definiciones de las Prácticas Prohibidas son las siguientes:
(i) Una práctica corrupta consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte;
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción, y el acuerdo que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
i. destruir, falsificar, alterar u ocultar evidencia significativa para una investigación del Grupo BID, o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con la intención de impedir una investigación del Grupo BID;
ii. amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para una investigación del Grupo BID o que prosiga con la investigación; o
iii. actos realizados con la intención de impedir el ejercicio de los derechos contractuales de auditoría e inspección del Grupo BID previstos en la Subcláusula
10.1 (f) abajo, o sus derechos de acceso a la información;
(vi) Una apropiación indebida consiste en el uso de fondos o recursos del Grupo BID para un propósito indebido o para un propósito no autorizado, cometido de forma intencional o por negligencia grave.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de Sanciones del Banco, que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos Compradores incluyendo miembros de su personal, cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como, entre otros, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Comprador ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta oficial de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por un período determinado de tiempo, para la participación y/o la adjudicación de contratos adicionales financiados con recursos del Grupo BID;
vi. imponer otras sanciones que considere apropiadas, entre otras, restitución de fondos y multas equivalentes al reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones previstas en los Procedimientos de Sanciones.
Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas" (las sanciones “arriba referidas” son la amonestación y la inhabilitación/inelegibilidad).
vii. extender las sanciones impuestas a cualquier individuo, entidad o firma que, directa o indirectamente, sea propietario o controle a una entidad sancionada, sea de propiedad o esté controlada por un sancionado o sea objeto de propiedad o control común con un sancionado, así como a los funcionarios, empleados, afiliados o agentes de un sancionado que sean también propietarios de una entidad sancionada y/o ejerzan control sobre una entidad sancionada aun cuando no se haya concluido que esas partes incurrieron directamente en una Práctica Prohibida.
viii. remitir el tema a las autoridades nacionales pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) de la Subcláusula 10.1 (b) se aplicará también en los casos en que las partes hayan sido declaradas temporalmente inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, u otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida definitiva que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Con base en el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Decisiones de Inhabilitación firmado con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), cualquier firma, entidad o individuo participando en una actividad financiada por el Banco o actuando como oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, personal de los Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), entre otros, podrá verse sujeto a una sanción. A los efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una IFI aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, funcionarios o empleados, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes o agentes, y concesionarios le permitan revisar cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento del contrato, y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo licitante, oferente, proponente, solicitante, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los
empleados o agentes de los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de que las actividades han sido financiadas por el Banco, estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor debidamente designado. Si los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación, el Banco, discrecionalmente, podrá tomar medidas apropiadas en contra los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedor de bienes y su representante o agente, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario;
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones relativas a las Prácticas Prohibidas, y a las sanciones correspondientes, se aplicarán íntegramente a los licitantes, oferentes, proponentes, solicitantes, proveedores de bienes y sus representantes o agentes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes o agentes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles temporal o permanentemente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible por el Banco, este no financiará los gastos conexos y tomará las medidas que considere convenientes.
10.2 El Consultor declara y garantiza:
(a) que ha leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables de conformidad con los Procedimientos de Sanciones;
(b) que no ha incurrido o no incurrirán en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
(c) que no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de este contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, subcontratistas, subconsultores, directores, personal clave o accionistas principales son inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por el Banco;
(e) que ha declarado todas las comisiones, honorarios de representantes o agentes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; y
(f) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías podrá dar lugar a la imposición por el Banco de una o más de las medidas descritas en la Subcláusula 10.1 (b).
Comisiones y Honorarios
10.3 El Contratante exige al Consultor revelar todas las comisiones, gratificaciones u honorarios que puedan haberse pagado o que se vayan a pagar a los agentes o a cualquier otra parte con respecto al proceso de selección o ejecución del Contrato. Esta información deberá incluir al menos el nombre y la dirección del agente o de la otra parte, el monto y la moneda y el propósito de la comisión, gratificación u honorario. La falta en revelar dichas comisiones, gratificaciones u honorarios podrá resultar en la terminación y/o sanciones por parte del Banco.
B. Iniciación, Finalización, Modificación y Terminación del Contrato
11. Entrada en Vigor del Contrato
11.1 Este Contrato entrará en vigor en la fecha (la “Fecha Efectiva”) de la notificación del Contratante al Consultor con instrucciones a éste para que comience la prestación de los Servicios. Esta notificación confirmará que se han cumplido las condiciones de puesta en vigor que figuran en las CEC.
12. Terminación del Contrato por No Entrada en Vigor
12.1 Si este Contrato no ha entrado en vigor dentro del periodo siguiente a la firma del mismo que se indica en las CEC, cualquiera de las partes podrá, con un aviso de no menos de 22 días a la otra parte, declarar este Contrato nulo e inválido, y en caso de tal declaración por cualquiera de las partes, ninguna de las partes podrá reclamar contra la otra parte con respecto a lo mismo.
13. Iniciativa de los Servicios
13.1 El Consultor deberá confirmar la disponibilidad de Expertos Clave y comenzará a prestar los Servicios no más tarde que el número de días siguientes a la fecha Efectiva que se indica en las CEC.
14.1 Salvo terminación anticipada de acuerdo con la Cláusula CGC 19, este Contrato vencerá al final del periodo siguiente a la fecha Efectiva que se indica en las CEC.
15.1 Este Contrato contiene todos los convenios, estipulaciones y disposiciones acordados por las Partes. Ningún agente o representante de ninguna de las Partes está autorizado para hacer, y las Partes no estarán obligadas ni serán responsables por ninguna declaración, afirmación, promesa o acuerdo que no se contemple aquí.
16. Modificaciones o Variaciones
16.1 Toda modificación o variación a los términos y condiciones de este Contrato, incluida cualquier modificación o variación del alcance de los Servicios, solo podrá hacerse mediante acuerdo escrito entre las Partes. Sin embargo, cada una de las Partes considerará debidamente cualquier propuesta de modificación o variación que haga la otra Parte.
16.2 En casos de modificaciones o variaciones sustanciales se requerirá el previo consentimiento del Banco.
a. Definición
17.1 Para los propósitos de este Contrato, “Fuerza Mayor” significa un evento fuera del control razonable de una Parte y que no sea previsible, sea inevitable y haga el cumplimiento de las obligaciones de una Parte imposibles o tan imprácticas como se considere razonablemente según las circunstancias, y sujeto a dichos requisitos, incluyen, más no se limitan x xxxxxx, motines,
disturbios civiles, terremoto, incendio, explosión u otras condiciones climáticas adversas, huelgas, cierres u otra acción de la industria, confiscación o cualquier otra acción por parte de agencias del Gobierno.
17.2 Fuerza Mayor no incluirá (i) ningún evento que sea ocasionado por negligencia o acción intencional de una Parte o de los Expertos, Subconsultores o agentes o empleados de esa Parte, ni (ii) ningún evento que una parte diligente podría haber previsto de manera razonable tanto para tener en cuenta en el momento de la Conclusión de este Contrato, como para evitar o superar el desempeño y cumplimiento de sus obligaciones según este Contrato.
17.3 Fuerza Mayor no incluirá insuficiencia de fondos ni incumplimiento en hacer ningún pago requerido.
b. Ninguna Violación del Contrato
17.4 El incumplimiento de una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones no será considerada una violación o incumplimiento según este Contrato, en la medida que dicha incapacidad surja de un evento de Fuerza Mayor, siempre y cuando la Parte afectada por dicho evento haya tomado todas las precauciones razonables, debido cuidado y medidas alternativas razonables, todo con el objetivo de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato.
c. Medidas a Tomar
17.5 Una Parte afectada por un evento de Fuerza Mayor continuará cumpliendo con sus obligaciones según el Contrato en la medida que ello sea razonablemente práctico, y tomará todas las medidas razonables para minimizar las consecuencias de cualquier evento de Fuerza Mayor.
17.6 Una parte afectada por un evento de Fuerza Mayor deberá notificar a la otra Parte dicho evento tan pronto como sea posible, y en cualquier caso, no después de 14 días calendario siguientes al suceso, suministrará las pruebas de la naturaleza y causa de dicho evento, e igualmente dará aviso escrito de la restauración de las condiciones normales tan pronto como le sea posible.
17.7 Cualquier periodo dentro del cual una Parte, según este Contrato, finalice alguna acción o tarea, será prorrogado por un periodo igual al tiempo durante el cual esa Parte no haya podido realizar tal acción como resultado de la Fuerza Mayor.
17.8 Durante el periodo de su incapacidad en prestar los Servicios como resultado de un evento de Fuerza Mayor, el Consultor, por instrucciones del Contratante deberá:
(a) desmovilizarse, en cuyo caso, se reembolsará al Consultor por concepto de costos adicionales en que razonable y necesariamente haya incurrido, y si así lo exige el Contratante, en reactivar los Servicios; o
(b) continuar con los Servicios en la medida razonablemente posible, en cuyo caso, se continuará pagando al Consultor de acuerdo con los términos y condiciones de este Contrato y se le reembolsaran los costos en que razonable necesariamente haya incurrido.
17.9 En caso de desacuerdo entre las partes en cuanto a la existencia o alcance de la Fuerza Mayor, el asunto será transado de acuerdo con las Cláusulas CGC 48 y 49.
18.1 Mediante notificación escrita de suspensión al Consultor, el Contratante podrá suspender todos los pagos bajo este Contrato si el Consultor no cumple con cualquiera de sus obligaciones bajo el mismo, incluida la prestación de los Servicios, siempre y cuando dicha notificación de suspensión
(i) especifique la naturaleza del incumplimiento, y (ii) solicite al Consultor remediar dicho incumplimiento dentro de un periodo que no exceda 30 días calendario siguientes a que éste reciba dicha notificación.
19.1 Este Contrato podrá ser terminado por cualquiera de las partes de acuerdo con las disposiciones que se contemplan a continuación:
a. Por el Contratante
19.1.1. El Contratante podrá terminar este Contrato en caso de que suceda cualquiera de los eventos que se indican en los parágrafos (a) a (f) de esta Cláusula. En tal caso, el Contratante deberá dar al Consultor aviso escrito con al menos 30 días de antelación en caso de los eventos referidos en los literales (a) a (d); aviso escrito con al menos 60 días calendario de antelación en caso del evento referido en el literal (e); y aviso escrito con al menos 5 días calendario en caso del evento referido en el literal (f):
(a) Si el Consultor no subsana un incumplimiento de sus obligaciones según se indica en una notificación de suspensión de acuerdo con la Cláusula CGC 18;
(b) Si el Consultor queda (o, si el Consultor consiste de más de una entidad, si alguno de sus miembros queda) insolvente o en quiebra, o celebra acuerdos con sus acreedores para el alivio de deudas, o si aprovecha alguna ley en beneficio de deudores o si entra en liquidación o custodia, bien sea obligatoria o voluntaria;
(c) Si el Consultor incumple con cualquier decisión final que se llegue como resultado de una acción de arbitramento de acuerdo con la Cláusula CGC 49.1;
(d) si, como resultado de un evento de Fuerza Mayor, el Consultor no puede cumplir con una porción material de los Servicios por un periodo no menor de 60 días calendario;
(e) Si el Contratante, a su exclusiva discreción y por cualquier motive, decide terminar este Contrato;
(f) si el Consultor no confirma disponibilidad de los Expertos Clave de acuerdo con la Cláusula CGC 13.
19.1.2. Además, si el Contratante establece que el Consultor ha cometido prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para realizar o ejecutar el Contrato, entonces el Contratante, mediante notificación escrita con 14 días de antelación al Consultor, podrá terminar la contratación del Consultor bajo ese Contrato.
b. Por el Consultor
19.1.3. El Consultor podrá terminar este Contrato mediante notificación escrita al Contratante con no menos de 30 días calendario, en caso de que suceda alguno de los eventos señalados en los parágrafos (a) a (d) de esta Cláusula.
(a) Si el Contratante no paga alguna suma adeudada al Consultor de acuerdo con este Contrato y que no sea objeto de discrepancia de acuerdo con las Cláusulas CGC 49.1 dentro de 45 días calendario siguientes a que reciba la notificación escrita del Consultor de que dicho pago está vencido.
(b) Si como resultado del evento de Fuerza Mayor, el Consultor no puede proporcionar una porción material de los Servicios por un periodo no menor de 60 días calendario.
(c) Si el Contratante no cumple con alguna decisión final como resultado del arbitramento de acuerdo con la Cláusula CGC 49.1.
(d) Si el Contratante comete una violación material de sus obligaciones conforme a este Contrato y no ha subsanado la misma dentro de 45 días (o un periodo más largo que
el Consultor haya aprobado por escrito) luego de que el Contratante reciba notificación del Consultor donde indique dicha violación.
c. Cesación de Derechos y Obligaciones
19.1.4. Una vez termine este Contrato de acuerdo con las Cláusulas CGC 12 o CGC 19 del mismo, o cuando venza este Contrato de acuerdo con la Cláusula CGC 14, cesarán todos los derechos y obligaciones de las Partes, (excepto) (i) los derechos y obligaciones que puedan haberse causado en la fecha de terminación o expiración, (ii) la obligación de confidencialidad que se indica en la Cláusula CGC 22, (iii) la obligación del Consultor de permitir inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según se indica en la Cláusula CGC 25, y (iv) cualquier derecho que una Parte pueda tener según la Ley Aplicable.
d. Cesación de Servicios
19.1.5. Mediante terminación de este Contrato por notificación de cualquiera de las Partes a la otra, conforme a las Cláusulas CGC 19a o CGC 19b, el Consultor, inmediatamente despache o reciba dicha notificación, deberá tomar todas las medidas necesarias para cerrar los Servicios en forma pronta y ordenada y hará todo lo que esté a su alcance por mantener a un mínimo los gastos para este propósito. Con respecto a documentos elaborados por el Consultor y equipo y materiales entregados por el Contratante, el Consultor, procederá según se estipula, respectivamente, por las Cláusulas CGC 27 o CGC 28.
e. Pago a la Terminación
19.1.6. Una vez termine este Contrato, el Contratante hará los siguientes pagos al Consultor:
(a) remuneración de los Servicios prestados a satisfacción antes de la fecha efectiva de la terminación y gastos reembolsables por concepto de gastos incurridos realmente antes de la fecha efectiva de terminación; y de acuerdo con la Cláusula 42;
(b) en el caso de terminación de acuerdo con los parágrafos (d) y (e) de la Cláusula CGC 19.1.1, el reembolso de cualquier costo razonable incidental a la terminación pronta y ordenada de este Contrato, incluido el costo de viaje de regreso de los Expertos.
X. Xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxxx
a. Estándar de Cumplimiento
20.1 El Consultor prestará los Servicios y los desempeñará con toda la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con normas y prácticas profesionales generalmente aceptables, y observará prácticas de gestión sólidas y empleará una tecnología apropiada y equipo, maquinaria, materiales y métodos seguros y efectivos. Con respecto a cualquier asunto relacionado con este Contrato lo los servicios, el Consultor actuará siempre como un asesor xxxx al Contratante y apoyará y protegerá en todo momento los intereses legítimos del Contratante en tratos con terceros.
20.2 El Consultor empleará y suministrará los Expertos y Subcontratistas con experiencia que se requieran para la prestación de los Servicios.
20.3 El Consultor podrá subcontratar parte de los Servicios hasta un grado y con los Expertos Clave y subcontratistas que el Contratante pueda aprobar previamente. No obstante dicha aprobación, el Consultor conservará la plena responsabilidad de los Servicios.