SEGURO ANULACIÓN DE ALQUILERES TEMPORALES
SEGURO ANULACIÓN DE ALQUILERES TEMPORALES
Resumen de las Garantías del contrato Grupo Nº FRBOTA15127
Estas garantías tienen como objeto permitir que los arrendatarios de alquileres temporales suscriban un seguro de Anulación y Asistencia para cualquier alquiler de una duración inferior a 90 días, en los países de Europa occidental.
NATURALEZA DE LOS ALQUILERES: Chalet, apartamento, caravana, mobile home.
ASEGURADOR: ACE European Group Limited – Compañía de seguros de derecho inglés con un capital de 544.741.144 € sita en 000 Xxxxxxxxxxx Xxxxxx, Xxxxxx, XX0X 3BP, inscrita con el nº 01112892, con sucursal para Francia sita en Le Colisée, 8, avenue de l’Arche en Courbevoie 92400, nº de identificación 450 327 374 Nanterre. ACE European Group Limited está sujeta al control de la Prudential regulation Authority PRA 00 Xxxxxxxx, Xxxxxx XX0X 0XX, Xxxxx Xxxxx, y de la Financial Conduct Authority FCA (25 Xxx Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxx X00 0XX, Xxxxx Xxxxx).
CORREDOR ASESOR: Cabinet DE BELEM, Correduría de Seguros, SARL con un capital de 30.000 €- RCS Bordeaux 483200747, Francia.
ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DE LAS GARANTÍAS: La garantía Anulación entrará en vigor a partir del día siguiente a mediodía del pago de la prima y durante el período comprendido desde la reserva hasta el término de la estancia. Las demás garantías sólo se aplicarán durante el tiempo de la estancia (incluyendo el viaje ida/vuelta para la asistencia). El beneficio de las garantías se adquiere mediante la firma concomitante del contrato de alquiler y el pago de la cuota prevista en el mismo contrato o en un boletín de adhesión independiente.
GARANTÍAS DE SEGURO PRESTACIONES DE ASISTENCIA
1 - Anulación / Interrupción de la estancia / Retraso de la estancia
El Asegurador garantiza al asegurado el reembolso de las cantidades abonadas en concepto de anticipo o de fianza y del saldo restante adeudado en caso de anulación de la estancia debido a los siguientes eventos, dentro del límite de 15.000 € por siniestro.
a) Enfermedad grave, accidente o fallecimiento del arrendatario o de cualquier otra persona mencionada expresamente en el contrato de reserva, de su cónyuge (o cualquier persona que viva maritalmente bajo el mismo techo), de sus ascendientes o descendientes directos, de sus hermanos, hermanas, cuñados o cuñadas, de sus yernos o nueras, de sus sobrinos o sobrinas (únicamente en caso de fallecim iento o de sus sustitutos en el marco de una profesión liberal (con la condición de que la sustitución se haya previsto antes de la suscripción de la garantía y de que el nombre figure en el contrato).
b) Daños importantes causados a los locales del arrendatario, ya se trate de un local profesional o privado, de una vivienda principal o secundaria, como consecuencia de incendio, explosión, daños por agua o robo, que se produzca en un plazo de 48 horas antes del comienzo de la estancia o durante la estancia y que requieran obligatoriamente la reparación de los locales y la presencia in situ del arrendatario durante el período de la estancia previsto inicialmente.
c) Daños graves que afecten al vehículo del arrendatario como consecuencia de un accidente que se produzca en un plazo de 48 horas antes de la salida e imposibilite su uso al asegurado.
d) Regulación de Empleo del arrendatario (o de su cónyuge) a reserva de que la convocatoria a la entrevista previa sea posterior a la reserva de la estancia.
e) Mudanza del arrendatario (o de su cónyuge), a iniciativa del empleador, que implique un cambio de domicilio con la condición expresa de que la notificación sea posterior a la reserva de la estancia.
f) Cordones policiales o huelgas debidamente justificados, que impidan al arrendatario llegar al lugar de la estancia por cualquier medio (camino, tren, avión, o barco) y le ocasionen un retraso mínimo de 48 horas
g) Catástrofes naturales según la ley del 13/07/1982 que impliquen la prohibición de estancia en el emplazamiento, por las autoridades durante la totalidad o parte del período de alquiler. Para que un evento de lugar a una garantía debe producirse posteriormente a la suscripción del seguro
h) Falta o Exceso de nieve. Cuando se produce en un dominio esquiable situado a más de 1.200 m de altitud, para cualquier salida comprendida durante período de apertura de las estaciones, y cuando implique el cierre de más de 2/3 los remontes mecánicos durante al menos durante 2 días consecutivos, en los 5 días anteriores a su salida.
i) Convocatoria para ejercer como miembro de un jurado con la condición de que la convocatoria sea posterior a la reserva de la estancia.
En Interrupción de estancia:
Reembolso de los forfaits, clases y alquiler de material deportivo no utilizado, a prorata temporis con un máximo de 300 €/persona. (Para cualquier deporte) excepto de paquetes de ofertas para estancias.
En individual accidente:
En caso de fallecimiento: 10.000 €/persona.-En caso de Incapacidad permanente parcial (IPP): 10.000 €/persona.
2 - Asistencia/Repatriación.
ACE Assistance organiza y se hace cargo de las siguientes prestaciones:
Gastos de repatriación o transporte médico: gastos reales.
Gastos de búsqueda y salvamento en Mar y Montaña: 20.000 €/evento. Regreso de los acompañantes asegurados: gastos reales /persona.
Reembolso complementario de los gastos médicos en el Extranjero: 5.000 €/persona.
Repatriación del cuerpo en caso de fallecimiento: gastos reales. Gastos de ataúd: 1.000 €/persona.
Asistencia jurídica en el Extranjero 5.000 €/persona. Anticipo de fianza penal en el Extranjero: 7.500 €/persona.
En caso de necesidad de Asistencia/repatriación
En caso de emergencia y antes de cualquier intervención que comprometa las garantías del contrato, póngase en contacto con ACE ASSISTANCE llamando al + 00(0) 0 00 00 00 25 e indique su nombre y apellidos, y el número de acuerdo 920 741 seguido del número de contrato.
3 - Seguro de Responsabilidad Civil Inmobiliaria.
El Asegurador garantiza las consecuencias pecuniarias en las que el asegurado pueda incurrir en su calidad de inquilino de un alquiler temporal debido a cualquier daño corporal o materia, causado a otro por un accidente que tenga su origen en los locales ocupados temporalmente.
R.C. arrendatario se compromete respecto al propietario: Incendio/explosión/implosión: límite/siniestro de | 1.500.000 | € |
Daños por agua: límite/siniestro de | 1.500.000 | € |
R.C. arrendatario se compromete respecto a los vecinos y terceros: Incendio/explosión/implosión: límite/siniestro de | 450.000 | € |
Daños por agua: límite/siniestro de | 450.000 | € |
4 - Cláusula Responsabilidad Civil Mobiliaria.
El asegurador indemniza al propietario hasta un total de 2.300 € por los daños materiales causados a los bienes muebles que forman parte del bien alquilado y resultantes de degradaciones involuntarias después de deducción de una franquicia de 45 €.
EXCLUSIONES.
NO ESTÁN GARANTIZADOS LOS SINIESTROS QUE RESULTEN:
- IMPUTABLES AL ASEGURADO DISTINTOS A LOS PREVISTOS EN EL CONTRATO
- DE HECHOS CONOCIDOS ANTERIORMENTE A LA RESERVA HABIÉNDOSE PRECISADO QUE LA AGRAVACIÓN NO PREVISIBLE DE UNA ENFERMEDAD PREEXISTENTE NO CONSTITUYE UNA SITUACIÓN CONOCIDA.
- DE COMPLICACIONES DE UN EMBARAZO O PARTO, NO JUSTIFICADOS POR TRATAMIENTOS MÉDICOS, OCURRIDOS POSTERIORMENTE A LA FECHA DE RESERVA.
- DE UNA ENFERMEDAD DE ORDEN PSICOLÓGICO NO ACOMPAÑADA DE UNA HOSPITALIZACIÓN MÍNIMA DE 4 DÍAS EN LA FECHA DE LA ESTANCIA
- DEL OLVIDO DE VACUNACIÓN POR UN ASEGURADO.
- DE ACCIDENTES DEBIDOS DE LA PRÁCTICA DE LOS SIGUIENTES DEPORTES: bobsleigh, escalada, skeleton, alpinismo,
- trineo de competición, deportes aéreos y los resultantes de una participación o un entrenamiento para partidos o competiciones.
- DE UNA INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA O MÉDICA PROGRAMADA ANTES DE LA RESERVA DE LA ESTANCIA O QUE PUEDA REALIZARSE DESPUÉS DE ÉSTA.
- DE LA EMBRIAGUEZ, EL CONSUMO DE DROGAS Y LA ALTERACIÓN DE SALUD RESULTANTE DE MEDICAMENTOS NO RECETADOS.
- DE LA CONTRAINDICACIÓN DE VACUNACIÓN O DE VIAJE AÉREO DEBIDO A PROBLEMAS DE SALUD PREEXISTENTES.
- DE AVERÍA DE APARATOS ELECTRODOMÉSTICOS PUESTOS A DISPOSICIÓN DEL ASEGURADO.
- DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE UN USO O UNA UTILIZACIÓN NO CONFORME CON EL CONTRATO DE ALQUILER.
- DE LOS DAÑOS SUFRIDOS EN LOS CIERRES, LOS POSTIGOS CORREDEROS Y LAS PERSIANAS.
- DE GUERRAS CIVILES O EXTRANJERAS, MOTINES, ATENTADOS O MOVIMIENTOS POPULARES.
- DE INCENDIOS DE ORIGEN NUCLEAR O QUÍMICO, O DE CATÁSTROFES NATURALES.
- DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS PRESTACIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO DE RESERVA INICIAL, INDEPENDIENTEMENTE DE LAS RAZONES.
- DE TODAS LAS DISPOSICIONES TOMADAS A INICIATIVA DEL ASEGURADO SIN NUESTRO ACUERDO PREVIO.
5 - DECLARACIÓN DE SINIESTRO.
En caso de siniestro Anulación, Interrupción de estancia, Retraso o Responsabilidad Civil.
Prevenir inmediatamente la agencia de alquiler e informar del siniestro por escrito, en los 5 días hábiles de la fecha en la que tuvo conocimiento al Cabinet DE BELEM, enviando el aviso de siniestro debidamente completado a la dirección:
Cabinet DE XXXXX 0, Xxxxx Xxx Xxxxxxxxx 00000 Xx XXXXXXX
Cuando realice el envío, no olvide mencionar su dirección completa, sus datos telefónicos, el nombre de su agencia de alquiler, la copia de su contrato de xxxxxxxx y las fechas de inicio y de fin de su estancia, así como todos justificante necesarios.
Además, nunca se reembolsa:
- la prima de seguro, los gastos de expediente y el conjunto de los gastos y prestaciones no incluido en el cálculo de la prima.
DEFINICIONES ESPECÍFICAS AL SEGURO: En el sentido de este contrato, se entiende por:
Asegurado: el arrendatario, así como cualquier persona que figure en el contrato de reserva inicial.
Enfermedad: alteración de salud debidamente constatada por una autoridad médica competente, que impida que el enfermo abandone su domicilio o el establecimiento hospitalario o esté en tratamiento en la fecha del inicio del período de reserva y que implique el cese absoluto y justificado de cualquier actividad profesional u otra, o le obligue a interrumpir la estancia.
Accidente: cualquier evento imprevisto, que ocasione al asegurado daños corporales no imputables al asegurado intencionalmente y que le impida realizar la estancia reservada o que le obligue a interrumpirla.
Si el contrato de alquiler prevé varios coinquilinos, cada uno está garantizado por su parte; en ese caso, es preciso proporcionarle a su agencia o al Cabinet De Belem el o los nombres del o de los cotitulares de la garantía.
Si fuera necesario, en caso de siniestro que conlleve la anulación, interrupción o retraso de la estancia, se compromete, a permitir que el médico del asegurador acceda al expediente médico, sin lo cual, no tendrá derecho a la aplicación de la garantía.
Las Condiciones Generales completas del contrato Grupo están a su disposición si lo solicita al Cabinet De Belem (xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx)
Cabinet De BELEM Société de Courtage d’Assurance. 0, Xxxxx xxx Xxxxxxxxx – 00000 Xx XXXXXXX – FRANCIA – Tel.: 00 00 00 00 00 E-mail: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx – Página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx
SARL con un capital de 30.000 € – RCS Bordeaux 483 200 747 - Código NAF 672Z – Siret 483 200 747 00010 – XXXXX N° 07 005 009