CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA SUPERVISOR DE MÓDULO QUE RECIBE APOYO ECONÓMICO MENSUAL DEL CONAFE
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA SUPERVISOR DE MÓDULO QUE RECIBE APOYO ECONÓMICO MENSUAL DEL CONAFE
ESCENARIO B2
CONVENIO DE CONCERTACIÓN VOLUNTARIA QUE PARA LA PROMOCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS ACCIONES COMPENSATORIAS DENTRO DEL PROGRAMA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EDUCACIÓN INICIAL Y BÁSICA BAJO EL MODELO DE EDUCACIÓN COMUNITARIA, CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL CONAFE”, REPRESENTADO POR SU DELEGADO (A) EN EL ESTADO DE , EL (LA) C. , EN COORDINACIÓN CON LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ESTATAL A TRAVÉS DE SU ÓRGANO EJECUTOR ESTATAL A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ EL “OEE”, REPRESENTADO POR EL (LA)
Y POR LA OTRA EL (LA) C. A QUIEN SE LE DENOMINARÁ EN LO SUBSECUENTE “EL (LA) SUPERVISOR (A) DE MODULO”, DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha “EL CONAFE” y la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ESTATAL suscribieron el Convenio Específico de Coordinación.
DECLARACIONES
1. DE “EL CONAFE”:
1.1. Que es un Organismo Descentralizado creado por el Ejecutivo Federal, que tiene por objeto el fomento educativo a través de la prestación de servicios de educación inicial y básica con Equidad Educativa e Inclusión Social a la población a tres años once meses y niñas, niños y adolescentes hasta los 16 años de edad, que habitan en localidades preferentemente rurales e indígenas que registran altos y muy altos niveles de marginación y/o rezago social, bajo el modelo de Educación Comunitaria, de conformidad con el Decreto que lo rige publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx xxxxx de 2016.
1.2. Que es representado en este acto por su Delegado(a) Estatal quien cuenta con facultades para la celebración de este instrumento en términos del artículo 25 fracción I, del Estatuto Orgánico de “EL CONAFE” aprobado por su Junta Directiva de fecha 19 de septiembre de 2016 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre del mismo año.
1.3. Que en cumplimiento de su objeto, tiene entre otras funciones en términos del artículo 4 fracciones I y II del Decreto invocado en el numeral 1.1, investigar, diseñar, establecer, programar, ejecutar y dar seguimiento a los modelos de educación comunitaria que contribuyan a mejorar y ampliar la cobertura de la educación inicial y básica y el nivel cultural de la Población Potencial, de conformidad con las disposiciones que la efecto emita la SEP.
1.4. Que en cumplimiento al artículo 34 de la Ley General de Educación lleva a cabo Programas Compensatorios cuya finalidad es asegurar que la población en edad escolar tenga la posibilidad de ejercer plenamente su derecho a la educación, bajo condiciones de equidad e igualdad de oportunidades, que permitan no sólo su acceso sino también la permanencia y terminación de su Educación Básica, y coadyuvar así a abatir las causas del rezago mejorando las oportunidades de acceso, permanencia y éxito de las niñas y los niños que cursan la Educación Básica cuya población escolar presenta situación de mayor riesgo y/o marginación, así como la promoción de la Educación Inicial.
1.5. Que para la promoción de la Educación Inicial, se requiere el apoyo y asistencia voluntaria de los integrantes de las comunidades rurales e indígenas, que se quieran comprometer concertadamente con el servicio comunitario voluntario en la comunidad que radican, para realizar actividades de promoción educativa las cuales serán reguladas de conformidad con lo señalado en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial.
1.6. Que para los efectos de este Convenio señala como domicilio legal el ubicado en
.
2. DEL “OEE”:
2.1. Que es la Unidad administrativa designada por la máxima autoridad educativa del Gobierno del Estado que funciona de enlace entre la Federación y el Gobierno Estatal en lo concerniente a los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en coordinación con “EL CONAFE”.
2.2. Que ha sido designado para ejecutar los Programas Compensatorios acordados entre “EL CONAFE”, así como de la vigilancia al cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicha operación.
2.3. Que mediante Oficio número la Secretaria de Educación Estatal nombró al C.
en su carácter de , como Órgano Ejecutor Estatal de los Programas Compensatorios Federales.
2.4. Que está integrado dentro de la estructura de la Secretaría de Educación Estatal, con su respectivo personal técnico y recursos necesarios para la adecuada operación de los Programas Compensatorios en la entidad.
2.5. Que para los efectos de este Convenio señala como domicilio legal el ubicado en:
.
3. DE “XX (LA) SUPERVISOR (A) DE MODULO”:
3.1. Que es su voluntad participar, en términos de lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley de Planeación, en la ejecución de la Educación Inicial, realizando las tareas de “SUPERVISOR (A) DE MODULO” que le sean asignadas y que cuenta con los conocimientos y la capacidad para cumplir con las obligaciones estipuladas en el presente instrumento.
3.2. Que conoce los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria, y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial.
3.3. Que señala como su domicilio legal para recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en esta localidad
(de acuerdo a su comprobante de domicilio, se pone su dirección completa).
Con base en lo anterior, las partes manifiestan que es su voluntad celebrar el presente Convenio de concertación, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- El objeto del presente Convenio de concertación es la participación voluntaria por parte de “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MODULO” en la ejecución de las acciones de Educación Inicial, en el universo de atención que le sea previamente determinado por “EL CONAFE” y el “OEE”.
SEGUNDA.- El programa de Educación Inicial tienen como propósito “Propiciar a través de “EL (LA) PROMOTOR(A) EDUCATIVO(A)”, procesos reflexivos en torno a la crianza de niñas y niños, con las familias y personas que habitan en comunidades rurales e indígenas con alta marginación o con mayor rezago educativo y social; a fin de incidir de manera significativa en la vida de niñas y niños menores de 4 años”. Para lo cual, “EL (LA) SUPERVISOR (A) DE MÓDULO” orientará al “PROMOTOR (A) EDUCATIVO (A)” a través de acciones formativas y de asesoría in situ, en temas relacionados con la primera Infancia y la reflexión sobre prácticas de crianza.
TERCERA.- A fin de que “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MODULO” esté en posibilidad de realizar las actividades que le sean encomendadas, “EL CONAFE” le proporcionará:
a) La cantidad mensual de $2,952.00 (dos mil novecientos cincuenta y dos pesos 00/100 M.N.), por concepto de apoyo para realizar actividades técnicas y operativas.
b) La cantidad mensual de $550.00 (quinientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) como apoyo económico para las visitas de supervisión de los trabajos realizados en las comunidades del universo de su atención.
c) De igual manera, “EL CONAFE” le proporcionará los apoyos para su formación, de conformidad con lo que establecen los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de la Educación Inicial vigentes a la fecha de la firma de este Convenio. Las acciones formativas en las que participa “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MODULO”, se señalan a continuación:
▪ Taller estatal de formación. Inicio del ciclo operativo.
▪ Reunión de asesoría. (Noviembre y Mayo)
▪ Taller estatal intermedio de desarrollo profesional.
▪ Reunión final de evaluación final del trabajo con padres. Nivel zona
▪ Reunión final de evaluación de ciclo operativo. Nivel estatal
El apoyo económico que le proporcionará “EL CONAFE” a “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MODULO” para las acciones de formación será para cubrir los gastos de alimentación, hospedaje y traslado, de acuerdo con lo anunciado por la Dirección de Administración y Finanzas de “EL CONAFE”.
CUARTA.- “EL CONAFE” Proporcionará a “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO” un apoyo económico para atención médico- quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, en caso de accidente, enfermedad o incapacidad hasta por la cantidad que determine “EL CONAFE”, de acuerdo con lo que se estipula en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación
Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este convenio y previa satisfacción de los requisitos administrativos establecidos por la Junta Directiva del Consejo.
QUINTA.- “EL CONAFE” se compromete a otorgar en caso de muerte de “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO” a su(s) beneficiario(s) designado(s) un apoyo económico para gastos de funeral por la cantidad de $50.000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M. N.). Para efectos de lo anterior “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO” designa como su(s) beneficiario(s) a
, quien(es) es (son) mayor(es) de edad, mismo(s) que será(n) reconocido(s) con ese carácter por “EL CONAFE” hasta en tanto aquél/aquélla no realice nueva designación.
SEXTA.- Por su parte, “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO” se compromete a lo siguiente:
▪ Realizar las acciones de Educación Inicial que le sean encomendadas (asesorar y dar seguimiento al desempeño de los Promotores Educativos de su Módulo), mismas que ejecutará atendiendo puntualmente a las indicaciones que reciba por parte de “EL CONAFE” y la Coordinación de Zona, evitando que sean realizadas por terceros.
▪ Apegarse a las funciones señaladas en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria, así como apoyar en la recopilación de información en el SIIINAFE (Sistema Integral de Información e Infraestructura para el Fomento Educativo), en los términos de los propios lineamientos y demás instrumentos normativos que regulan la administración, operación y ejecución de Educación Inicial.
▪ Hacer del conocimiento de la Coordinación de Zona, y de “EL CONAFE”, cualquier hecho o circunstancia que pueda beneficiar, dañar o perjudicar los intereses de las personas encargadas de la ejecución del programa.
▪ Elaborar y entregar en tiempo y forma a la Coordinación de Zona la información que como consecuencia del cumplimiento de su participación se genere, y aquella que adicionalmente le sea requerida por cualquiera de las autoridades firmantes.
SÉPTIMA.- “EL CONAFE” y el “OEE” supervisarán el desarrollo, avances y resultados de las actividades que realice “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO”.
OCTAVA.- Las partes convienen que toda la información que “EL CONAFE” y el “OEE” proporcionen a “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MODULO”, será utilizada exclusivamente para cumplir con el objeto del presente Convenio y a no divulgarla o reproducirla en provecho propio o de terceros.
NOVENA.- En el supuesto de que “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO” no cumpla con los compromisos contraídos en el presente Convenio, el “OEE” en mutuo acuerdo con “EL CONAFE” a efecto de evitar daños y perjuicios que pudieran ocasionarse al servicio por causa de incumplimiento, darán por rescindido el Convenio sin responsabilidad alguna para “EL CONAFE”, previa compilación de evidencias que sustenten dicho incumplimiento.
DÉCIMA.- Las partes convienen en que el presente Convenio tendrá una vigencia del 01 de julio de 201 al 31 de diciembre de 201 _; pudiendo establecer un nuevo Convenio de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de “EL CONAFE”, considerando el siguiente periodo: 0x xx xxxxx xx 000 _ xx 00 xx xxxxx de 201 . Lo anterior, de conformidad con lo que establecen en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este convenio. De no cumplir los Convenios con las fechas especificadas líneas anteriores por cada periodo, se dará por invalidado dicho Convenio.
DÉCIMA PRIMERA.- El “OEE” en mutuo acuerdo con “EL CONAFE” dará por terminado el presente Convenio, sin responsabilidad para las partes, por causas de interés social, necesidades del servicio o en el momento en que se determine la conclusión de los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en Educación Inicial y Básica, informándole por escrito a “EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO”, con quince días de anticipación.
DÉCIMA SEGUNDA.- El “OEE” en mutuo acuerdo con “EL CONAFE” a fin de asegurar el interés general y garantizar la ejecución del programa, darán por terminado en forma anticipada el presente Xxxxxxxx, sin necesidad de declaración judicial, cuando “EL (LA) SUPERVISOR (A) DE MÓDULO” incurra en los siguiente supuestos que se detallan de manera enunciativa, más no limitativa en razón de lo siguiente:
a) Incumpla los compromisos derivados del presente Convenio, o
b) Utilice el programa con fines de lucro o proselitistas.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes convienen que las obligaciones derivadas del presente Convenio no constituyen relación laboral alguna entre ellas, en virtud de que el presente acuerdo de voluntades constituye una participación concertada en términos de lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley de Planeación, para llevar a cabo una estrategia académica y social, para el
cumplimiento de los objetivos de los Programas Compensatorios para Abatir el Rezago Educativo en Educación Inicial y Básica en la entidad federativa, por lo que de presentarse cualquier controversia, se resolverá en amigable composición.
DÉCIMA CUARTA.- Las partes convienen que para cualquier interpretación de hechos que no estén acordados en el presente instrumento, se aplicará lo dispuesto en los Lineamientos Operativos del Programa Prestación de Servicios de Educación Inicial y Básica bajo el Modelo de Educación Comunitaria o en el instrumento normativo vigente a la fecha de la firma de este Convenio.
Leído que fue por las partes el presente convenio y enteradas de su contenido y alcance, lo firman en tres ejemplares originales, en la Ciudad de del Estado de el día del mes de del dos mil .
POR “EL CONAFE” POR EL ÓRGANO EJECUTOR ESTATAL
EL (LA) DELEGADO(A) EN | |
EL ESTADO | (CARGO DEL TITULAR DEL OEE) |
NOMBRE Y FIRMA |
NOMBRE Y FIRMA |
“EL (LA) SUPERVISOR(A) DE MÓDULO”
NOMBRE Y FIRMA
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.