ESCRITURA PÚBLICA DE MUTUO PRENDARIO
ESCRITURA PÚBLICA DE MUTUO PRENDARIO
NUMERO .- En la ciudad de , a las horas del día
de de dos mil . Ante mí, , Notario, de este domicilio; COMPARECEN: Por una parte, la señora
, quien es de años de edad, , del domicilio de , Departamento de ; a quien conozco portadora de su Documento Único de Identidad número , que en adelante se denominará “la acreedora”, y por otra parte el señor , quien es de años de edad, , del domicilio de
; a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número ; quien en lo sucesivo se denominará “el deudor”; y ME DICEN: I) Que el deudor ha recibido en este acto y a su entera satisfacción en calidad de Mutuo de parte de la señora , la
cantidad de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA. II) INTERESES: La suma mutuada devengará el interés convencional del POR CIENTO MENSUAL ( %) sobre saldos, ajustable y pagadero mensualmente. En caso xx xxxx, a la tasa de interés convencional aplicada
vigente a la fecha de la xxxx, se le incrementará el POR CIENTO
ANUAL, sin que ello signifique prórroga del plazo, y sin perjuicio de los demás efectos legales de la xxxx, el cual se mantendrá fijo hasta la extinción de la obligación. El interés moratorio se calculará y pagará sobre la xxxx y no sobre el saldo total.- III) PLAZO Y FORMA DE PAGO: El deudor se obliga a pagar la expresada suma, dentro del plazo de MESES, contados a partir de esta fecha, por medio de _CUOTAS, mensuales, que comprenderán capital, e intereses por el valor de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, pagaderas los días de cada uno de los meses comprendidos dentro del plazo. IV) LUGAR PARA HACER LOS PAGOS: El deudor pagará a la ACREEDORA, la cuota estipulada en la dirección siguiente: .- V) DESTINO: El dinero procedente de este crédito será invertido en . VI)
CADUCIDAD DEL PLAZO: El plazo señalado se tendrá por caducado y la obligación a cargo del deudor, se volverá exigible en su totalidad como de plazo vencido en los siguientes casos: a) Por falta de pago de una cuota de este o de cualquier otro crédito a cargo del deudor; b) por incumplimiento de parte del deudor de cualquiera de las cláusulas o condiciones estipuladas en este documento; c) por ejecución judicial iniciada en contra del deudor, por terceros, d) si el deudor invierte parte o el total xxx xxxxxxxx, en fines distintos a los estipulados en esta escritura; y e) en todos los casos señalados por la ley VII) OTRAS OBLIGACIONES: El deudor se obliga: a) A pagar los gastos de esta Escritura, los de su cancelación, así como los derechos de registro que cause su inscripción; b) a pagar a la acreedora cualquier gasto que hiciere en el cobro judicial o extrajudicial de esta obligación.- VIII) GARANTÍA PRENDARIA: Para garantizar más las obligaciones el deudor, constituye PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO a favor de la acreedora sobre un vehículo de las características siguientes: (si es vehículo detallar todas las características y si son muebles detallar que tipo de muebles la marca, número de serie, etc.) valuado en
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. La Prenda
que hoy constituye el deudor, a favor de la acreedora estará vigente durante todo el plazo del presente contrato y mientras exista saldo pendiente de pago a cargo del deudor y a favor de la acreedora. Valuando toda la garantía prendaria en la
cantidad de DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA. La prenda radicará en un inmueble situado en . Si la prenda descrita se destruyese o deteriorase, al grado que no sea suficiente para garantizar la obligación de la parte deudora, la acreedora tendrá derecho a exigir mejoras en la garantía y si la parte deudora, no se allanare a ello o no pudiere cumplir con tal requisito vencerá el plazo de este contrato y se volverá exigible la suma prestada y sus respectivos intereses. Las expensas que hiciere la parte deudora para la conservación de la prenda serán de su cargo. Dicha prenda deberá ser mantenida por cuenta de la parte deudora en perfectas condiciones de funcionamiento, servicio y presentación en todos los aspectos. Es convenido que
el pago de impuestos, contribuciones y arbitrios fiscales o de cualquier naturaleza, vigentes o que se establezcan en el futuro y que graven la prenda serán de cargo de la parte deudora. La acreedora , de generales antes expresadas, manifiesta estar enterada y de acuerdo con los términos del presente contrato y acepta todas sus partes, especialmente en lo que se refiere a la garantía prendaria, dándose por recibida de los derechos conferidos. IX) DOMICILIO Y RENUNCIAS: Para todos los efectos legales de este instrumento el deudor señala como domicilio especial la ciudad de San Xxxxxxxx, a la jurisdicción de cuyos tribunales se somete expresamente. Nombra como depositaria de los bienes que se embarguen a la licenciada , a quien desde ahora releva de la obligación de rendir fianza. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento y leído que se los hube íntegramente, en un solo acto, sin interrupción, ratifican su contenido y firmamos.- DOY FE.