Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados División Compras y Contrataciones – Policlínico Pami I
Instituto Nacional de Servicios Sociales Para Jubilados y Pensionados
División Compras y Contrataciones – Policlínico Xxxx X
Xxxxxxxxx 455/71 – (2000) ROSARIO – Te. (0000) 0000000
PLIEGO DE BASES y CONDICIONES PARTICULARES
EXPEDIENTE N° 521-2012-01075-8-0000
Organismo Contratante: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
TRAMITE SIMPLIFICADO N º 227/2012 S/RESOLUCION N° 135/2003
Fecha de Apertura: 14/02/2013 Hora: 10,00
ARTICULO 1°: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
La presente tiene por objeto la CONTRATACION SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE ASCENSORES Y MONTAPLATOS POLICLINICO PAMI I y EDIFICIO ANEXO, POR EL TERMINO DE DOS (2) MESES CON OPCION A PRORROGA POR IGUAL PERIODO, Y CON CLÁUSULA DE RESCISIÓN DE CONTRATO, según especificaciones consignadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxxxx - XXXXX X. X XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXX XX.-
XXXXXXXX 0x: EL PRESENTE LLAMADO SE RIGE POR:
El Régimen General de Contrataciones, aprobado por Resolución Nro. 135/03, Artículo 19 d) Trámite Simplificado, la Resolución 306/10y Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares.
ARTICULO 3º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas deberán ser presentadas únicamente en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo establecido por los Artículos 7º y 10º xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones Generales, el mismo deberá estar firmado en cada una de sus hojas con su correspondiente aclaración xx xxxx y letra, en División Compras y Contrataciones Xxxxxxxxx 000/00 0x Xxxx (0000) Xxxxxxx, conteniendo la siguiente documentación:
Su mejor propuesta.
ARTICULO 4º: LUGAR DEL ACTO DE APERTURA Y PLAZO DE RECEPCION DE LAS OFERTAS:
Las propuestas serán admitidas hasta la hora fijada para la apertura del Acto en DIVISIÓN COMPRAS - POLICLINICO PAMI I - ROSARIO - xxxxx XXXXXXXXX 000/00 – 0x Xxxx (0000) XXXXXXX. TE/FAX 000-0000
ARTICULO 5º: APERTURA DE LAS OFERTAS.
El acto de apertura de los sobres, se efectivizará en el lugar y hora indicados ut supra. Cumplido el mismo se procederá a labrar un acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar:
El número de orden asignado a cada oferta.
La denominación del oferente. Oferta económica.
Las observaciones del acto de apertura, si las hubiere.
El Acta será firmada por las Autoridades del acto y por los oferentes que así lo desearen, dejándose constancia de la hora de cierre.
ARTICULO 6º: FORMA DE COTIZAR.
Las ofertas serán aceptadas únicamente en pesos.
ARTICULO 7º: CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS.
La Comisión Evaluadora, analizará la documentación correspondiente, de acuerdo a lo establecido en el Pliego General, Particular y Anexo I a efectos de verificar su debido cumplimiento. La adjudicación se realizará conforme los lineamientos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 8º: MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS.
Las ofertas tendrán validez por un tiempo mínimo de treinta (30) días hábiles a contar desde la fecha del acto de apertura, quedando prorrogadas automática y sucesivamente por idéntico plazo, salvo comunicación fehaciente en su contrario del oferente, la que deberá enviarse con una antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles del vencimiento del plazo.
ARTICULO 9º: GARANTIA DE ADJUDICACION.
Dentro de los ocho (08) días de la recepción de la Orden de Compra, el adjudicatario deberá presentar garantía o aval conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, equivalente al 10 % del valor total de la adjudicación.
ARTICULO 10º: ADJUDICACION DE OFERTAS.
El Instituto podrá adjudicar de las siguientes formas:
Total o parcialmente lo cotizado, según lo considere más conveniente a sus intereses.
Por el total de lo cotizado, por ítem y aún por parte del ítem, a uno o más proveedores.
ARTICULO 11º: FACTURACION.
El adjudicatario deberá presentar la facturación en XXXXXXXX XX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX X, XXXXXXXXX 000 - 0x XXXX – TE. 480-3544 - (2000) Rosario de lunes a viernes de 08 a 13 horas, cumplimentando los siguientes requisitos:
Ajustarse a las normas de la Dirección General Impositiva (Resolución Nro. 3419 y complementarias).
La presentación de las facturas será acompañada con el original de la Orden de Compra correspondiente, sellada.
ARTICULO 12º: CONDICIONES DE PAGO.
Los pagos se rán parciales y se realizarán a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de la fecha en que haya sido efectuada la recepción de conformidad, o de la fecha de presentación de la factura, si esta fuera posterior a aquella. Se facturará mensualmente, a mes vencido, las presentes condiciones de pago se aplicarán a cada una de las facturas presentadas y conformadas, dándose por aceptada con la sola presentación de la oferta. Cualquier cláusula que difiera de esta condición no será tenida en cuenta a los fines de la evaluación. Los pagos se realizarán en Tesorería PAMI I - Xxxxxxxxx 000/00 0x xxxx - XX. (0000) 000-0000/0 9Int. 128 (2000) Rosario.-
ARTICULO 13º: REQUISITOS DE LA PRESTACION.
La atención del servicio deberá ser permanente hasta la terminación del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones, huelgas, ni por ningún otro evento.
ARTICULO 14°- REQUISITOS DE LOS OFERENTES.
Para participar de la presente licitación los oferentes deberán reunir, los siguientes requisitos:
Los oferentes y en su caso, sus miembros, no podrán ser miembros de otro oferente, ni presentarse como otro oferente a título individual.
b) Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer el equipamiento y el servicio objeto del presente Tramite Simplificado.
c) De existir documentación o texto en idioma extranjero en la presentación, esta deberá estar traducida al idioma nacional por traductor público nacional
d) Acreditar su capacidad para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego, xxx XXXXXX UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES y agregar, especialmente, copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los dos ( 2 ) últimos ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la oferta,
con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que conste en el Estatuto Social o Contrato, en estos casos sólo deberá presentar los antecedentes que registren. La documentación detallada en este punto no será necesaria de contar el oferente con su registración autorizada en el Sistema de Proveedores y Prestadores del Instituto.
e) Constituir domicilio especial en la Ciudad xx Xxxxxxx y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de correo electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO.
F) Cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Xxxxxx.
ARTICULO 15º: PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR
No podrán contratar con el Instituto:
Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el Instituto.
Las personas físicas o jurídicas que se encontraren litigando contra el Instituto.
Los agentes y funcionarios del Sector Publico Nacional y las Empresas en las cuales aquellos tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido en la Ley Pública Nº 25.188.
Los empleados y personal directivo del Instituto, sus parientes hasta el 4º grado de consanguinidad y 2º de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de incompatibilidades y anticorrupción.
Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena
Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la propiedad, o contra la administración Pública Nacional, o contra la fe Pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social.
ARTICULO 16º: RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO.
Inciso a) Será por cuenta exclusiva de la firma / empresa adjudicataria, todos los gastos que demande su personal, jornales, seguros, aguinaldos, despidos, jubilaciones y cualquier otro concepto motivado por cargas sociales y/o especiales establecidas en las normas vigentes.
Inciso b) La firma / empresa adjudicataria tendrá la total responsabilidad por toda clase de accidentes de trabajo que sufriera el personal perteneciente a la misma acaecidos en el cumplimiento del contrato, como asimismo todo pago o gasto que le correspondiere al accidentado.
Inciso c) Correrá por cuenta de la firma / empresa adjudicataria la atención de impuestos, tasas, multas, etc., relacionadas con la prestación de este servicio que rijan actualmente o que se establezcan dentro del término del contrato por autoridades nacionales, provinciales y/o municipales, como así también todo gasto no previsto en el presente pliego que tal prestación demande.
Inciso d) El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que, por causas imputables a él o a su personal, pudieran sufrir los bienes patrimoniales del Instituto. También le alcanzará responsabilidad por robo, hurto, daños intencionales y/o accidentales, etc., de objetos y/o servicios del Instituto.
Inciso e) Verificada la culpabilidad, el adjudicatario deberá reponer lo desaparecido y/o dañado, o bien reintegrar el importe que a tal efecto determine el Instituto en su carácter de damnificado, como así también, ante hechos que dañen los edificios y/o instalaciones en sí.
Inciso f) Todo objeto hallado dentro de las áreas donde desarrolle sus actividades el adjudicatario, tanto él mismo o por su personal, deberá ser entregado inmediatamente a la División Personal.
Inciso g) El adjudicatario proveerá todo el material necesario para ejecutar los trabajos, debiendo contar con todos los elementos para llevar a cabo los mismos, al igual que la totalidad de la mano de obra.
Inciso h) En caso de incumplimiento en la entrega de materiales a proveer, los mismos serán provistos por el Instituto, con los descuentos correspondientes a dicha empresa por las sumas que se originen.
ARTICULO 17º: COMPETENCIA DEL PERSONAL
El contratista solo empleara operarios competentes y en número suficiente para que la ejecución de los trabajos sea regular y progresiva con la actividad exigida para el exacto cumplimiento del contrato y dentro de los plazos previstos para tal fin. La inspección de obra podrá iniciar el retiro de aquel personal que considere no idóneo para la ejecución de la obra, debiendo el contratista retirarlo de obra en un plazo de 24 horas y proceder a su reemplazo en igual plazo.
En todos los casos que el Instituto considere conveniente, el personal del contratista podrá ser registrado por el personal de seguridad propio del Instituto o contratado para tal fin, durante su permanencia, entrada y/o salida del edificio. Antes de comenzar las tareas de ejecución la empresa adjudicataria deberá presentar nomina de las personas a sus ordenes afectadas a las mismas indicando nombre y apellido, documento de identidad o cédula de identidad y tipo de tareas y / o cargo que desempeñara cada uno de ellos, debiendo comunicar cualquier modificación que se produjera en la dotación.
La inobservancia de esta información podrá dar lugar al Instituto a no permitir la entrada y / o permanencia de toda persona no inserta en la nomina citada. La nomina requerida deberá incluir la cantidad de operarios adjudicada para cada destino.
El personal deberá vestir durante la permanencia en el edificio, uniforme adecuado al trabajo; conforme a lo estipulado por la ley de higiene y seguridad del trabajo, debiendo llevar cada uno en el bolsillo superior la identificación de la empresa y los datos personales.
ARTICULO 18º: DISCREPANCIAS ENTRE DISTINTAS PARTES DEL CONTRATO.
En caso de aparecer discrepancias o contradicciones entre las diferentes partes del contrato se tendrá en cuenta el siguiente orden de prioridad:
Pliego de Cláusulas Particulares.
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Demás normas internas del Instituto.
Si el orden enumerado precedentemente no permitiera aclarar la discrepancia el Instituto resolverá la interpretación correspondiente.
ARTICULO 19°: INSCRIPCION REGISTRO DE PROVEEDORES
Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a la presentación de la factura. será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a la emisión de la Orden de Compra.
A los fines expuestos deberán dirigirse a Registro División Contable – Edificio Anexo Policlínico Pami I, Xxxxxxxxx 000/00 - (0000) Xxxxxxx – Pcia. de Santa Fe.
ARTICULO 20º: PENALIDADES
Además de las penalidades establecidas en el articulo 25 xxx xxxxxx único de bases y condiciones generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el instituto queda facultado a aplicar las sanciones y penalidades que se anuncien a continuación
MULTA: Por la demora en la iniciación de los trabajos y/o entrega de la mercadería, se aplicara una multa equivalente al 0,5 % del monto total adjudicado, por cada día corrido xx xxxx.
Por la no realización de los trabajos y/o entrega de la mercadería, conforme a las obligaciones indicadas en el Anexo del presente Xxxxxx, según corresponda:
Primer llamado de atención: por el primer incumplimiento del servicio en tiempo y forma, se descontara un 5% de la facturación mensual total presentada por el adjudicatario.
Segundo llamado de atención: se descontara un 10 % de la facturación total presentada por el adjudicatario.
Tercer llamado de atención: se descontara un 20 % de la facturación mensual total presentada por el adjudicatario.
RESCISION. Ante la reiteración de las causales antes citadas o si el monto acumulado por las multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el Instituto podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor, sin perjuicio de iniciar acciones legales por los daños ocasionados y con perdida de la garantía de cumplimiento contractual. Si por falta de personal u otras causas, no se efectuara el trabajo en la forma dispuesta, este Instituto se reserva el derecho de rescindir el contrato con las penalidades correspondientes.
Asimismo el Instituto se reserva la facultad de rescindir el contrato, en cualquier momento de la relación contractual, sin necesidad de expresión de causa, no generando tal decisión ningún derecho a favor del adjudicatario de reclamar indemnización en concepto alguno ni de iniciar acciones judiciales o extrajudiciales, debiendo notificarse dicha resolución con una antelación de 30 - TREINTA DIAS
Las sanciones que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que pueden originarse por daños al personal del Instituto y perjuicios a los afiliados.
ARTICULO 21º: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA ), se hace saber que el Instituto es considerado como exento.
ARTICULO 22º: DECRETO 1075/01- MIP y MES.
De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 1075/2001, las micro, pequeñas y medianas empresas (en adelante MIP y MES) y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la Ley Nro. 25300, que coticen bienes y servicios producidos en el país para ser adjudicatarios de las licitaciones o concursos para la provisión de los mismos y ofrezcan precios con una diferencia que no supere en más de un CINCO POR CIENTO (5%) la mejor oferta presentada por una empresa NO MIP y MES, serán invitadas por única vez, para que puedan igualar la mejor oferta. Asimismo cuando la mejor oferta corresponda a bienes de origen no nacional, se aplicará la preferencia a favor de las MIP y MES en la forma dispuesta en el Artículo 39º de la Ley Nro. 25300, de acuerdo al procedimiento establecido en el Xxxxxxx Xxx. 000 de fecha 12 de Octubre del 2000. Si la invitación comprendiera a más de UN (1) oferente que revistiere el carácter de MIP y MES o formas asociativas, la adjudicación recaerá sobre aquella Empresa que hubiera optado por igualar y cuya oferta original haya sido la más próxima a la oferta que fuera objeto de igualación. De subsistir el empate se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Las micro, pequeñas y medianas empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la Ley 25300, podrán presentar ofertas parciales conforme lo
establecido en el Artículo 40º de la misma ley, las que no podrán ser inferiores al VEINTE POR CIENTO (20%) ni superiores al TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) del total de la oferta o renglón de la oferta según corresponda. En consecuencia todos los oferentes deberán declarar al presentar su respectiva oferta si se encuentran comprendidos en las citadas disposiciones. Todas las medidas tendientes a facilitar e incrementar la participación de las MIP y MES en la adjudicación de las contrataciones se regirán por las Disposiciones del Decreto Nro. 1075/01, de la normativa enunciada en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
ARTICULO 23º: COMPETENCIA.
Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que puedan suscitarse entre el I.N.S.S.J.P. y los interesados, oferentes y adjudicatarios estos se someterán a la competencia de los TRIBUNALES XX XXXXXXX, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 14 DE LA LEY 19.032, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción.
ARTICULO 24º: VIGENCIA DEL SERVICIO.
POR EL TERMINO DE DOS (02) MESES A PARTIR DE LA RECEPCION DE LA ORDEN DE COMPRA Y/O COMUNICACION FEHACIENTE, CON OPCION A PRORROGA POR IGUAL PERIODO, Y CON CLÁSULA DE RESCISION DE CONTRATO.
Una vez vencido el contrato, y de no haberse renovado el mismo a esta o de no haberlo realizado con otra Empresa, la Firma deberá continuar con el mismo servicio que venía prestando, por un plazo similar, con el objeto de preservar la seguridad del funcionamiento de los elevadores, permitiendo a la Institución realizar la tramitación correspondiente para realizar una nueva contratación.
Esta extensión del servicio estará encuadrada dentro de las condiciones contractuales establecidas en la Orden de Compra.
ARTICULO 25º: LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO.
Item 01: POLICLINICO PAMI I sito en xxxxx Xxxxxxxxx 000 – TE 480-3520/29 (2000) Rosario.
Item 02 : EDIFICIO ANEXO sito en xxxxx Xxxxxxxxx 000/00 – TE 480-3508/09 (2000) Rosario.
ARTICULO 26°: DETALLES E INFORMES.
Para más detalles e informes, dirigirse a DIVISIÓN COMPRAS - POLICLINICO PAMI I - ROSARIO - xxxxx XXXXXXXXX 000/00 – 0x Xxxx (0000) XXXXXXX. TE/FAX. (0000) 000-0000 y ver Condiciones Particulares – ANEXO I.
ARTICULO 27º: PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES.
El oferente declara conocer y aceptar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales que deberá consultar en Internet: xxx.xxxx.xxx.xx
ARTICULO 28º: FLETE Y ACARREO.
A cargo de la firma proveedora.
ARTICULO 29º: REQUISITOS PARA EMPRESAS UNIPERSONALES Y SOCIEDADES
Constancia de inscripción AFIP de Internet
Inscripción en API ingresos brutos
Inscripción en Municipalidad
ARTICULO 30º: REQUISITOS PARA SERVICIOS
Nomina de personal que afectara a la tarea requerida.
Copia de la clave del alta temprana de dicho personal.
Certificado de cobertura vigentes de seguro de vida obligatorio y obligatorio con nomina.
Nomina de personal asegurado ART.
Formulario 931 de los últimos tres meses. Presentación y pagos. Dichos formularios podrán remplazarse por el certificado para contratar otorgado por AFIP.
ARTICULO 31º: VISITA DE EDIFICIO.
Será indispensable y obligatoria la visita al efector a los efectos de tomar debida nota de todos los inconvenientes que pudieran presentarse ya que no se reconocerá ningún tipo de adicional. Adjuntando a la oferta el certificado de visita de obra firmado por el Sector de mantenimiento, así como los informes solicitados en las presentes Especificaciones Técnicas.
RAZÓN SOCIAL ...................................................................
DOMICILIO ...........................................................................
LOCALIDAD .........................................................................
SELLO COMERCIAL FIRMA DEL PROVEEDOR
ANEXO I – TRAMITE SIMPLIFICADO Nº 227/2012
ITEM |
DESCRIPCION |
01 |
POLICLINICO PAMI I
ASCENSOR XXXXXXXXX Xxxxx XXXX, motor Otis de 10 HP, control electrónico con microprocesador, seis (6) paradas, puerta manual, un acceso.
ASCENSOR PASAJEROS. Máquina Xxxxxx, motor Siam de 7.5 HP, control electrónico con microprocesador, cinco (5) paradas, puerta manual, un acceso.
MONTAPLATOS. Motor de 1 HP, cuatro (4) paradas, un acceso.
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02 |
EDIFICIO ANEXO POLICLINICO PAMI I
ASCENSOR PASAJEROS Máquina Stygler, motor 7HP, una velocidad, control electromecánico, tres paradas.
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EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO COMPRENDERÁ LOS SIGUIENTES TRABAJOS
Las rutinas de mantenimiento se efectuarán en un todo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes (Ordenanza Municipal Nº 6.935/95, decreto Reglamentario y dos Anexos) y en los siguientes plazos:
QUINCENALMENTE:
Efectuar limpieza del solado, cuarto de máquinas y fondo del pasadizo. La misma se realizará por medio de barrido o aspirado de tierra, papeles y /o todo otro elemento ajeno al lugar. No se encuentran comprendidos en dichos trabajos, aquellos que sean necesarios a causa de accidentes, siniestros, inundaciones o todo otro hecho ajeno al normal uso de los equipos de elevación.
Controlar que con apertura de las puertas exteriores operando en el primer gancho de seguridad, no se permita la abertura total de las mismas y que no cierre el circuito eléctrico no hallándose la cabina en el piso y que quedando la puerta abierta y trabada en el segundo gancho de seguridad no permita la apertura de la puerta no hallándose la cabina en el piso, produciendo además la apertura del circuito eléctrico.
MENSUALMENTE:
Control y limpieza del selector o registrador xx xxxxxx en los pisos, regulador o limitador de velocidad, tablero, controles, techo de cabina, guiadores, poleas de desvío y/o reenvío y puertas.
Ejecutar lubricación de todos los elementos expuestos a rotación, deslizamientos y/o articulaciones, componentes del equipo. Controlar nivel de aceite en los cojinetes de las máquinas.
Verificar el correcto funcionamiento y estado de los contactos eléctricos en general y muy especialmente de cerraduras de puertas, interruptores de seguridad, sistema de alarma, parada de emergencia, frenos, reguladores de velocidad, poleas, guiadores de cabina y contrapeso, control de nivel de los coches con respecto al piso, sistema de llamado (memoria de llamadas, pulsadores y displays internos y externos) y estado general, debiendo presentar informes mensuales respecto al estado en que se encuentre el equipo controlado y las tareas efectuadas en el mismo.
Controlar el accionamiento de las llaves de límites finales que interrumpen el circuito de maniobra y el circuito de fuerza motriz, y que el mismo se produzca a la distancia correspondiente en cada caso cuando la cabina rebasa los niveles de los pisos extremos.
Constatar la efectividad de la conexión de puesta a tierra de las partes metálicas de la instalación.
Mantener el buen estado de la pintura de puertas, defensas y cabinas; reparación y/o restitución de manijas de puertas e iluminación interna de cabinas.
Realizar la limpieza del fondo y laterales del pasadizo, así como del techo del coche.
BIMESTRALMENTE
Constatar el estado de tensión de los cables de tracción y accionamiento así como de sus amarres. Realizar control de maniobras y de sus elementos componentes como paragolpes o sistema de paracaídas y operadores de puertas.
Constatar el estado del cable del regulador o limitador de velocidad, del cable o cinta del selector o registrador xx xxxxxx en los pisos y el cable de maniobra, particularmente su aislamiento y amarre .
El estado de los elementos controlados bimestralmetne deberá ser incluído en el informa mensual correspondiente.
ATENCIÓN DE LLAMADAS LAS 24 HS.
La Firma mantenedora deberá atender en forma urgente(con demoras no mayores de 45 minutos) las llamadas que se formulen por desperfectos en el servicio, las cuales serán sin cargo para el Instituto.
La Firma proveerá al Instituto de un libro de asistencias, el que se encontrará en la cabina de atención telefónica y poseerá los espacios necesarios en donde se dejará constancia de la hora de llamada, la firma de quien realiza la llamada, la causal de la misma y el horario de llegada del personal para la atención del reclamo, con la firma del operario concurrente.
MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Quedan incluidas bajo la cobertura del este mantenimiento, las siguientes reparaciones, las que deberán ejecutarse por roturas ocasionadas por razones de cualquier índole:
Desgaste o rotura de:
Guiadores del coche y contrapeso
Patines y cerraduras para la traba de puertas
Componentes del sistema de comando del ascensor, cerebro electrónico, cables De conducción, botoneras, displays, sensores de nivel, protectores de motor, etc.
Puertas de coche y de Piso, así como sus guías y manijas o picaportes (incluyendo reposición de pintura deteriorada)
Elementos componentes del interior del coche como paneles laterales, cielorrasos, piso e iluminación.
Componentes del sistema de fuerza, como motor, sistema de frenado, bujes, rulemanes, crapodinas, coronas, poleas, accesorios, etc.
Nota:
Siempre que los trabajos de reparación deban efectuarse con necesidad de detener el funcionamiento del ascensor, implicando esto traslados impostergables en los mismos para la atención de los internos, las tareas se deberán realizar en horarios de menor movimiento de personas y pacientes, lo cual puede implicar horarios nocturnos o días feriados.
Los trabajos de reparación de urgencia que impliquen el uso de repuestos o accesorios y siempre que su importe no supere el 30% del monto del contrato, deberán efectuarse En forma inmediata, previa comunicación a la Jefatura del Sector Mantenimiento informando la razón de la falla y el costo de los materiales para su reparación.
De superarse este monto, deberá requerirse la autorización necesaria por la autoridad competente.
En todos los casos, será únicamente a cargo del Instituto el costo del repuesto y/o accesorio, el que deberá ser justificado por el Prestador con la factura pertinente, encontrándose todo otro rubro incluído dentro del precio de la contratación . El Instituto se reserva el derecho a verificar, previo pago, si los importes facturados por conceptos de repuesto y/o accesorios, coinciden con los precios normales xxx xxxxxxx.
GENERALIDADES
Con el objeto de deslindar responsabilidades respecto al estado de deterioro en el que se encuentre el equipamiento y poder realizar el control del servicio de mantenimiento que se efectúa, la Firma adjudicada, en forma previa al comienzo de la prestación de los servicios regidos por la Orden de Compra que se desprenda de la presente contratación, y en coordinación con la Jefatura de Mantenimiento, deberá hacer una revisión de la situación en que se encuentra el equipamiento en ese momento, dejando sentado por escrito la descripción del estado de los componentes del mismo y las reparaciones que fueren necesario efectuar por fuera de la Orden de Compra para el correcto y seguro funcionamiento, así como para la preservación de la funcionalidad de sus partes, detallando urgencias y programación de tareas con plazos previstos. El referido informe se entregará al Sector de Mantenimiento, con copia a la División Higiene y Seguridad Laboral del Policlínico.
Deben incluirse en la prestación de los servicios, los de mantenimiento en cuanto a pintura de puertas, defensas y cabinas; reparación y/o restitución de manijas de puertas e iluminación interna de cabinas, reparación y/o reposición de botoneras de comando y funcionamiento adecuado del sistema de memoria, suministrando los elementos necesarios para la realización de los trabajos, con posterior facturación de los repuestos necesarios al Instituto, en los términos del título anterior (Nota).
Todos los trabajos comprendidos en el presente pliego serán realizados en días y horas hábiles de esta Institución, con excepción de las llamadas realizadas por razones de interrupción en el funcionamiento de los elevadores que afecten operaciones impostergables en la Institución.
El listado de tareas a realizar es meramente indicativo. La Empresa adjudicataria deberá realizar dentro del precio del contrato todos aquellos trabajos que considere necesarios para la correcta conservación y funcionamiento de los equipos, se encuentren estos o no, comprendidos en el presente pliego.
La Firma que realice la conservación de los equipos elevadores, deberá confeccionar los siguientes informes escritos:
Recibida la Orden de Compra y antes de comenzar la prestación de los servicios:
Descripción del estado de los equipos de elevación, dejando constancia de las condiciones en que se encuentran las partes constitutivas de los mismos que puedan apreciarse visualmente por personas idóneas en el rubro; debiendo incluirse estado de puertas, coches, guías, sala de máquinas, cables de tracción, tableros de control, instalación eléctrica, comandos, seguridad, etc.
Quincenalmente:
Constancia de prestación de los trabajos de rutina con periodicidad quincenal, conformada por personal de Mantenimiento o telefonía, donde constará el nombre del técnico que realice el servicio, así como la fecha y hora de prestación.
Mensualmente:
Descriptivo de trabajos de conservación y de reparación realizados (Deberá acompañar, firmado por el Jefe de Mantenimiento, la facturación del abono mensual).
Informe sobre mantenimiento predictivo que permita efectuar las reservas horarias y económicas correspondientes para efectuar reparaciones programadas.
Puntualmente:
Anomalías o roturas causadas por agentes externos al propio funcionamiento de los equipos.
Fallas, desgastes o deterioros que puedan poner en riesgo la seguridad de los equipos o personas, o que sean capaces de sacar de servicio a los elevadores.
Aquellas que se consideren como de urgente toma de conocimiento por parte del Instituto.
Los informes se efectuarán por triplicado, quedando una de las copias en poder de la Empresa, otro en poder del Sector de Mantenimiento del Policlínico y uno en poder de la División de Higiene y Seguridad en el Trabajo, pudiendo presentarse los mismos por escrito o vía correo electrónico.
Los trabajos de rutina comprendidos en el presente pliego serán realizados los primeros y terceros miércoles de cada mes, en horarios posteriores a las 16 horas, o cualquier día de la semana después de las 20 horas. Se exceptúan de esta condición los emergentes de las llamadas realizadas por razones de interrupción en el funcionamiento de los elevadores, los que deberán ser efectuados inmediatamente o las reparaciones de orden extraordinario las cuales se deberán realizar consensuando días y horarios con las autoridades del Policlínico.
PENALIDADES
Además de las penalidades y sanciones establecidas en el Artículo 25º xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones Generales en la Resolución 135/03 y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder en los casos específicos de incumplimiento de la Prestadora a sus obligaciones de: presentar un informe mensual de los trabajos realizados y/o a realizar los trabajos de conservación y/o concurrir en tiempo y forma a solucionar los reclamos por fallas en los elevadores, el Instituto queda facultado para aplicar las penalidades que se enuncian a continuación:
Primer llamado de atención: 10% sobre facturación mensual.
Segundo llamado de atención: 15% sobre la facturación mensual.
Tercer llamado de atención: 20% sobre la facturación mensual.
Previo a la aplicación de la multa se notificará el incumplimiento al proveedor otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término, la Dirección Administrativa del Efector Sanitario Propio, aplicará la multa sin más trámite.
El Prestador acepta que las multas le sean debitadas de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a su favor.
HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Queda estipulado que la Empresa adjudicada no contrae responsabilidad por accidentes sufridos por el uso de los elevadores, con excepción de aquellos causados por ignorancia, negligencia o impericia en las tareas efectuadas por su propio personal, que sean debidamente comprobados.
La Firma deberá contar con asesoría en Higiene y Seguridad Laboral interna o externa, y presentar el Procedimiento de Trabajo seguro que describa la metodología segura de trabajo que se utilizará para la realización del mantenimiento y las reparaciones, así como los Elementos de Protección Personal que se deberán utilizar en cada caso.
El personal a cargo de la Empresa adjudicada deberá estar asegurado ante accidentes de trabajo por medio de ART y capacitado para las tareas a realizar y para el uso de los elementos de protección personal correspondientes, lo cual deberá estar debidamente documentado y apto para el control por parte del Servicio de Higiene y Seguridad Laboral, en el momento de presentarse la Empresa a la licitación, debiendo ser la cobertura por todo el período de la contratación.
La Empresa adjudicada deberá proveer y sus operarios utilizar los elementos de protección necesarios durante la realización de las tareas, a los fines xx xxxxxx y/o proteger el lugar de trabajo con el objeto de evitar acercamientos riesgos o caídas al mismo o a distinto nivel.
Dadas las características del lugar donde se encuentran emplazados los elevadores, en todo momento de la realización de las tareas se deberá tener especial cuidado en cuanto a la proyección de partículas, generación de humos y olores, generación de ruidos, y otro tipo de hechos que afecten o puedan afectar la higiene del sector y/o a los pacientes que se encuentran hospitalizados.
A los efectos de prevenir un siniestro, toda vez que sea necesario realizar tareas en caliente como soldaduras de arco o autógenas, calentamiento xx xxxxxx o perfiles u otras actividades de esa índole, se deberá dar aviso con antelación al Sector de Mantenimiento del efector donde se estén realizando las tareas.
Con el mismo objeto, se deberá verificar la existencia de extintores en la cercanía del lugar, debiendo conocer los operarios de la Firma el manejo de los mismos.
El Instituto se reserva el derecho de intervenir o detener todo trabajo que no sea realizado dentro de las normas de seguridad correspondientes.
GARANTIA: Por el término de dos (2) meses prolongándose el mismo de acuerdo a sucesivas prórrogas.
VISITA TECNICA
Es de carácter obligatorio la visita previa para que las empresas concursantes, constaten el estado del Equipamiento e instalaciones en tal oportunidad se entregará un certificado de visita que deberá adjuntar al PBC sin la cual no será considerada válida la propuesta.
En consecuencia no podrá alegar posteriormente causa alguna de ignorancia, en lo que a condiciones de realización del servicio se refiere y a los elementos necesarios para la ejecución de los trabajos encomendados , aún cuando para ello, sea necesario la realización de trabajos, provisión de elementos o realización de trámites no especificados taxativamente en este pliego.
La visita deberá ser efectuada hasta el día anterior a la presentación de la oferta, debiendo ser coordinada por el personal del Sector mantenimiento del Efector Sanitario Pami I, sito en xxxxx Xxxxxxxxx 000 (0000) Xxxxxxx.
NOTA: Se deberán adjuntar a las facturas, a los fines de que estas sean conformadas, los informes o remitos correspondientes a las visitas e intervenciones efectuadas y trabajos realizados en ese período, firmados por personal del Sector de Mantenimiento del efector. Esto no exime a la empresa de completar el libro de registro de mantenimiento en cada visita realizada, el cual será controlado periódicamente por personal de Instituto.
CONDICIONES PARA ACEPTACION DE LA OFERTA: Será obligatorio adjuntar a la oferta el certificado de visita de obra firmado por el Sector mantenimiento, así,como los informes solicitados en las presentes especificaciones técnicas,
ANEXO II
PLANILLA DE COTIZACION
Trámite Simplificado Nro.: 227/2012
Expediente Nro.: 521-2012-01075-8-0000
Fecha de Apertura:
Hora de Apertura:.
Nombre del oferente…....................................................................................................…….
Xxxxxxxxx…...............................................................................Localidad….............................
Dirección Electrónica: …........................................................ Nº tel/fax …..............................
ITEM |
DESCRIPCION |
IMPORTE MENSUAL |
IMPORTE POR DOS (2) MESES |
01 |
POLICLINICO PAMI I
ASCENSOR XXXXXXXXX Xxxxx XXXX, motor Otis de 10 HP, control electrónico con microprocesador, seis (6) paradas, puerta manual, un acceso.
ASCENSOR PASAJEROS. Máquina Xxxxxx, motor Siam de 7.5 HP, control electrónico con microprocesador, cinco (5) paradas, puerta manual, un acceso.
MONTAPLATOS. Motor de 1 HP, cuatro (4) paradas, un acceso.
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02 |
EDIFICIO ANEXO POLICLINICO PAMI I
ASCENSOR PASAJEROS Máquina Stygler, motor 7HP, una velocidad, control electromecánico, tres paradas.
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IMPORTE TOTAL |
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SON PESOS:......................................................................................................................................
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NOTA: Podrá cotizar por separado los opcionales que ofrezca y que no estén comprendidos en el presente pliego, en caso de no hacerlo se considerarán todos los elementos descriptos como de provisión normal.
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FIRMA Y ACLARACION
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