CONTRATO DE ADHESION AL SISTEMA DE TARJETA DE CREDITOS
CONTRATO DE ADHESION AL SISTEMA DE TARJETA DE CREDITOS
- CARTERA DE CONSUMO -
TASA DE FINANCIACIÓN | |
Tasa Efectiva Anual: 52,55 % | Tasa Nominal Anual: 43,00 % |
CFTEA (*)con impuestos:66,43 % | CFTEA (*)sin impuestos: 52,55 % |
CLAUSULAS CONTRACTUALES
Este contrato regula el servicio de tarjeta de crédito entre Banco Santander Argentina S.A. (el, “Banco”) y quien lo solicita (la “Persona Titular”). Con la firma de este contrato, la Persona Titular solicita al Banco la emisión de la/s tarjeta/s de crédito (la/s “Tarjeta/s”) a su nombre y/o a nombre de las personas que indique (en adelante, los “Adicionales”) y recibe en este acto copia completa del mismo y su resumen. La emisión efectiva, los límites de crédito a otorgar y la entrega de la Tarjeta se encuentra sujeta a aprobación del Banco.
Vigencia: la vigencia de este contrato es de un año, salvo que finalice antes por alguna de las causales aquí previstas o por decisión de la Persona Titular. La renovación será automática, salvo que el Banco o la Persona Titular comuniquen su intención de no renovarlo. No obstante, los plásticos podrán ser utilizados hasta la fecha indicada en los mismos. En caso de que el Banco renueve la vigencia, los plásticos podrán ser utilizados hasta la fecha insertada en los mismos. En los casos de cese, la Persona Titular y Adicionales se obligan a abonar al Banco todas las obligaciones pendientes de pago a esa fecha. La Persona Titular debe devolver las tarjetas - suyas y de sus Adicionales- dentro de las 48 horas del cese de la relación.
Uso: El uso de la/s Tarjeta/s que haga la Persona Titular y sus Adicionales es personal e intransferible. La Persona Titular será responsable por los gastos o consumos efectuados con su/s tarjeta/s y la/s de su/s Adicional/es que se indiquen en el resumen. El Banco puede establecer condiciones especiales para la adquisición de bienes y/o servicios para lo cual puede fijar límites, cobrar intereses, cargos y/o comisiones, entre otros.
La/s Tarjeta/s no podrá/n ser utilizada/s para:
• comprar productos para revender
• para recibir devoluciones de efectivo por productos adquiridos con la/s misma /s.
La/s Tarjeta/s podrán ser utilizadas para:
• compras o locaciones de bienes, servicios u obras, en los comercios e instituciones adheridos.
• pedir y recibir adelantos en efectivo del Banco, según los límites y las modalidades que el Banco determine. El importe máximo a disponible es el equivalente al 20% del “Límite de Compra Asignado”. Los adelantos en efectivo devengan intereses, desde que la Persona Titular o un Adicional lo recibe hasta la fecha de vencimiento del resumen en el que figure el adelanto a la tasa que se pacte al momento de solicitarlo;
• Acceder a las redes de cajeros automáticos habilitadas para conocer su saldo deudor y pagarlo, así como para solicitar adelantos.
Uso en cajeros automáticos: Para usar la/s Tarjeta/s en cajeros automáticos, la Persona Titular deberá solicitar al Banco un NIP que luego deberá reemplazar por uno de su exclusivo conocimiento y cuyo manejo es de su exclusiva responsabilidad. El uso del NIP obliga a la Persona Titular y/o Adicionales como si las operaciones hubieran sido instrumentadas con su/s firma/s ológrafas.
Responsabilidad por consumos o servicios: El Banco, Visa, American Express o MasterCard no son responsables por los productos que la Persona Titular o los Adicionales adquieren o por los servicios que contratan en los establecimientos adheridos. La Persona Titular debe hacer sus reclamos en el comercio adherido.
Comisiones
CONCEPTO | TARJETA | DESCRIPCIÓN | PRECIO (1) | FRECUENCIA |
Comisión por reposición por robo, hurto o extravío | Visa Nacional | Reposición tarjeta de crédito por sustracción o pérdida. | $2.209,00 | Según uso |
Visa / American Express / MasterCard Internacional y Oro | Reposición tarjeta de crédito por sustracción o pérdida. | $2.712,00 | Según uso | |
Visa / American Express / MasterCard Platinum y Black | Reposición tarjeta de crédito por sustracción o pérdida. | $1.529,00 | Según uso | |
Comisión por Renovación anual | Visa Nacional | Renovación anual por tarjeta titular | $10.914,20 (*) | Anual |
Visa / American Express / MasterCard Internacional | Renovación anual por tarjeta titular | $18.051,99 (*) | Anual | |
Visa / American Express / MasterCard Oro | Renovación anual por tarjeta titular. | $41.206,55 (*) | Anual | |
Visa / American Express / MasterCard Platinum | Renovación anual por tarjeta titular | $55.513,59 (*) | Anual | |
Visa / American Express / MasterCard Black | Renovación anual por tarjeta titular | $69.398,34 (*) | Anual | |
Comisión por mantenimiento de cuenta | Visa Nacional | Mantenimiento de cuenta mensual | $842,00 (*) | Mensual |
Visa / American Express / Mastercard Internacional | Mantenimiento de cuenta mensual | $990,00 (*) | Mensual | |
Visa / American Express / MasterCard Oro | Mantenimiento de cuenta mensual | $990,00 (*) | Mensual | |
Visa / American Express / MasterCard Platinum y Black | Mantenimiento de cuenta mensual | $ 0,00 | Mensual | |
Comisiones por transacciones en cajeros automáticos | Aplica a todas las tarjetas | Adelantos en pesos y dólares | $8,00 | Según uso |
Cambio de PIN | $ 0,61 | Según uso | ||
Consulta de saldos | $ 1,82 | Según uso | ||
Pagos | $ 1,82 | Según uso |
(1) IVA Incluido (Consumidor Final). (*) bonificada mientras forme parte de un paquete de productos.
Límites: La/s Tarjeta/s (Personas Titulares y Adicionales), tienen -en conjunto- un límite de compra (el, “Límite de Compra”). Ese límite, que el Banco fija a su criterio, significa que el monto de la deuda financiada, más la originada por compras, contrataciones o anticipos de dinero, no puede superar dicho importe. En caso de que el Límite de Compra sea superado, la Persona Titular debe cancelarlo dentro de las 48 horas sin necesidad de notificación previa. En esos casos el Banco puede rechazar las operaciones y solicitar se anulen la/s Tarjeta/s. Las autorizaciones para las operaciones que superen los límites establecidos, obligan a la Persona Titular y/o los Adicionales al pago, como si hubieran sido efectuadas dentro de dichos límites. La Persona Titular puede asignar a sus Adicionales un porcentaje menor de Límite de Compra y éste quedará acotado a dicho tope. El Banco puede aumentar, disminuir, segmentar, dividir, unificar o establecer los límites por (i) aplicación de sus políticas comerciales, (ii) modificación de las circunstancias que motivaron su otorgamiento y, (iii) ante la ocurrencia de circunstancias que así lo ameriten.
Resumen de cuenta: el Banco emitirá un resumen mensual indicando fecha de vencimiento, cierre de liquidación, límites, modalidades de pago, importes de las op- eraciones realizadas, impuestos, comisiones y cargos que correspondan. El resumen será puesto a disposición en Online Banking y App Santander, o remitido vía correo postal, según su elección. Con la puesta a disposición, la Persona Titular da por cumplida la obligación del Banco referida a la emisión del resumen, no siendo obligación del Banco el envío del resumen a su domicilio postal, salvo que así lo haya elegido la Persona Titular. No obstante, la Persona Titular puede pedir una copia en la sucursal. Impugnación del resumen: Las objeciones o impugnaciones deben ser realizadas de forma escrita, detallada y aportando datos que sirvan para esclarecerla dentro de los 30 días de vencido el respectivo período. Si La Persona Titular no lo hace o si no reclama por la falta de recepción dentro de los mismos 30 días de vencido el período, se presume conformidad con los movimientos registrados. El Resumen no objetado hará los importes indicados exigibles.
Cierre y vencimiento: Cuando la Persona Titular no haya elegido una fecha como fecha de cierre mensual, se tendrá por seleccionado el día 30. Cuando la Persona Titular haya elegido una fecha de referencia como fecha de cierre mensual de una sola de sus Tarjetas, dicha fecha será replicada en las restantes Tarjetas. El vencimiento será mensual y se informará en el resumen. La Persona Titular también podrá informarse a través de Superlínea, Online Banking, App Santander, autoservicios, cajeros automáticos, Call Center de las marcas (Visa, Amex, MasterCard, etc.).
Importe a pagar: es el indicado en el resumen como “Pago Total”. No puede ser inferior al pago mínimo que se describe más adelante. En el caso que la Persona Titular seleccione la modalidad de pago “débito automático” pero no seleccione si es total o mínimo, el débito sea la forma en que debe debitarse automáticamente, se realizará por el “Monto Total”. Si la Persona Titular selecciona la forma en que debe realizarse el débito referido a una sola de sus Tarjetas, dicha forma de pago será replicada en la/s restante/s Tarjetas La Persona Titular no puede suspender ni demorar sus pagos motivado en reclamos o acciones legales contra cualquier establecimiento, por las mercaderías adquiridas o los servicios prestados. Los saldos acreedores que se generen no se actualizan ni devengan intereses. Tales saldos se compensan con saldos deudores que se registren en su cuenta.
Pago Mínimo: El Resumen indica el importe mínimo que debe pagar (el “Pago Mínimo”). El pago mínimo se calcula de la siguiente forma: 100% de los intereses y co- misiones del período; hasta el 20% de saldos adeudados de períodos anteriores y de las compras del período, hasta el 100% de las cuotas expresadas en la liquidación, el 100% de los adelantos en efectivo, el 100% del pago mínimo anterior impago, y el 100% de los saldos que excedan el Límite de Financiación asignado. En los Resúmenes se comunican los cálculos según el segmento, pero nunca la exigencia será mayor a la informada precedentemente
Forma de pagar: Con dinero efectivo, con cheque., por cajeros automáticos del país, orden de débito en cuenta, débito directo, cualquier otra orden de débito mediante terminales electrónicas o sistemas de atención telefónica, por Rapipago y por aquellos canales que el Banco habilite en un futuro. Los cheques deben ser a la orden de Banco Santander Argentina S. A. Al dorso debe anotar el número de cuenta del resumen que abona. Los pagos con cheques o giros se acreditan en cuenta al final del plazo de gestión de cobro. Si la fecha de acreditación es posterior a la FECHA DE VENCIMIENTO, fijada en el resumen, devengará los intereses correspondientes que se expresarán en las próximas liquidaciones.
Imputación del pago: Los pagos serán imputados en este orden: saldos financiados en pesos, compras del período en pesos, compras del período en dólares. Los saldos por consumos en moneda extranjera no cancelados a la fecha de vencimiento son financiados en pesos a las tasas vigentes a la fecha de la liquidación, por lo tanto, pasan a formar parte del capital en pesos al tipo de cambio de la fecha de vencimiento de cada resumen. Si el Banco permitiera financiar los consumos en moneda extranjera, los pagos son imputados en el siguiente orden: saldos financiados en pesos, saldos financiados en dólares, compras del período en pesos, compras del período en dólares. Pagos fuera de término: Los pagos posteriores a la fecha de vencimiento, los que se acrediten luego de esa fecha, o la diferencia no abonada entre el Pago Mínimo y el Pago Total, devengarán intereses sobre el importe adeudado desde la fecha de vencimiento. Los intereses punitorios se devengan desde el día siguiente a la fecha de vencimiento del resumen y sobre el pago mínimo impago. Los punitorios son el 50% de la tasa de financiación. Se registran en cuenta y se expresan en los Resúmenes. Tasa aplicable: Todo saldo adeudado generará un interés compensatorio calculado a una tasa de financiación variable mes a mes. La/s tasa/s y el costo financiero total son informados en los resúmenes, y son, para el primer período los que se indiquen en el encabezado. El Banco puede excluir de la financiación ciertos bienes y/o servicios. Xxxx: La falta de pago constituye automáticamente a la Persona Titular en xxxx, sin necesidad de notificación previa, y genera intereses compensatorios y punitorios. El Banco podrá resolver el contrato dando por caídos los plazos, aplicando intereses a la tasa máxima legalmente permitida hasta la cancelación de la deuda. Todo gasto que el Banco cubra a los fines de recuperar lo adeudado (judiciales, extrajudiciales, de intimación, protesto, u otros) será a cargo de la Persona Titular. La Persona Titular autoriza al Banco a debitar de su cuenta corriente aún en descubierto, o de su caja de ahorro las sumas para tal pago.
Impuestos: Todos los impuestos están a cargo de la Persona Titular
Consumos en moneda extranjera: Los gastos, consumos y otros cargos en moneda extranjera, se liquidarán, registrarán o cobrarán, conforme la normativa vigente a la fecha de la liquidación, registración o cobro. El monto entregado para cancelar cargos en moneda extranjera es considerado a cuenta de la liquidación definitiva, según la cotización al momento de la entrega del importe.
Extravío, robo o hurto: En la Personal Titular debe dar aviso de inmediato al Banco a través de los medios que éste notifique. Además de ello, y en caso de ser necesario, se obliga a confirmar por escrito al Banco tales hechos. Si recupera la/s Tarjeta/s, la Persona Titular debe avisar inmediatamente, absteniéndose de usarla.
Causales de resolución: Son: a) la falta de pago del Pago Mínimo al vencimiento; b) la presentación en concurso preventivo o haberse solicitado la quiebra, respecto de la Persona Titular, sus Adicionales o fiadores; c) la inclusión de la Persona Titular, sus Adicionales o Fiadores, en la Base de Datos de Cuenta Correntistas Inhabilitados del Banco Central de la República Argentina (BCRA); d) falsedad en los datos o informaciones suministradas al Banco, por la Persona Titular, sus Adicionales y/o fiadores; e) variación de las condiciones económico financieras tomadas en cuenta por el Banco al momento de otorgar la/s Tarjeta/s y que torne incierta o dudosa la capacidad de pago; f) la negativa, extemporánea, incompleta, y/o incorrecta presentación que la Persona Titular realice de documentación y/o información que el Banco le requiera; g) atraso en el pago de cualquier otro producto; h) el fallecimiento de la Persona Titular; i) si el Banco se desvincula del sistema de las Tarjetas Visa, American Express, Mas- tercard o cualquier que emita en el futuro; j) las demás causales previstas por la ley. Todos estos casos producen la xxxx, y opera la caducidad automática de los plazos acordados- Es exigible la totalidad de lo adeudado.
Cesión/Securitización: El Banco podrá transferir sus derechos por cualquier medio previsto por la ley y su cesionario adquirirá los mismos derechos, beneficios y acciones que el Banco. La Persona Titular sólo podré oponer al cesionario las excepciones previstas por la ley. De optar por la cesión del crédito como integrante de una cartera bajo un fideicomiso, la cesión podrá realizarse sin que me notifiquen y tendrá validez desde su formalización.
Programas de afinidad: El Banco podrá poner a disposición de la Persona Titular programas de afinidad que permitan la acumulación de puntos a través de consumos efectuados con la/s Tarjeta/s, para luego ser canjeados por productos y/o servicios. La participación de estos programas implica conocer y aceptar sus términos y condiciones. Comunicaciones: Todas las notificaciones relacionadas con este contrato, incluido el resumen, serán remitidas a la Persona Titular por los medios electrónicos (incluyendo
sin limitación Online Banking, e-mail del Solicitante, App Santander, entre otras) que el Banco considere apropiados. La Persona Titular se compromete a notificar al Banco cualquier modificación de su correo electrónico. La Persona Titular puede solicitar el cambio del medio para recibir notificaciones.
Información al BCRA: De estar incluido en la “Central de Riesgo” del BCRA y sujeto a clasificación de deudor, la Persona Titular puede pedir al Banco que le informe cuál es la última clasificación que se le asignó, los fundamentos, el importe total de deudas en el sistema financiero, y las clasificaciones que surjan de la información disponible en la central mencionada. Todo ello le será informado dentro de los 10 días corridos de presentada la solicitud.
Modificaciones: el Banco podrá modificar cualquier parte de este contrato en los plazos y del modo que indiquen las normas vigentes al momento de realizar la modificación.
Contratación de seguro: El Banco debe autoasegurarse o contratar un seguro sobre saldo deudor con cobertura de fallecimiento e invalidez total permanente.
La cobertura contratada o el autoseguro extingue totalmente el monto adeudado en caso de fallecimiento o invalidez total permanente de la persona titular, y en caso de cotitularidad, extingue la parte proporcional que corresponda a la persona afectada. El Banco no percibe de la persona titular xxx xxxxxxxx ningún tipo de comisión y/o cargo vinculado con el seguro de vida sobre saldo deudor.
Datos personales: Los datos que la Persona titular facilita son de carácter obligatorio ya que es imprescindible identificarlo para la aceptación de esta so- licitud y su posterior ejecución. La persona titular manifiesta que estos datos y cualquier otro que sea obtenido por el Banco podrán ser incorporados a los registros del mismo.
La persona titular presta su consentimiento expreso al Banco para que: i) trate, ceda y/o transfiera sus datos y/o legajos a sus afiliadas, subsidiarias, com- pañías vinculadas y/o terceros autorizando a hacerlo a las mencionadas empresas y/o entre sí, con fines: estadísticos, identificatorios y/o de validación de identidad, comerciales, publicitarios, de control, calificación crediticia y/o para el cumplimiento de (a) la normativa interna xx Xxxxxxxxx en materia de prevención del crimen financiero y sus obligaciones legales relacionadas y/o (b) el reporte regulatorio a las autoridades supervisoras; ii) se trate sus datos en procesos de apertura de cuentas y/o servicios y/o en relación al vínculo comercial que mantenga con el Banco y/o con dichas sociedades; iii) comparta su legajo y datos de identificación y vinculación comercial, el origen y licitud de fondos, con empresas vinculadas, afiliadas, controlantes directos e indirectos, subsidiarias o compañías relacionadas; iv) sus datos sean alojados y tratados en servidores propios o de terceros, en Argentina u otros países que podrían no tener legislaciones o niveles de protección adecuados. En ese caso, el Banco intentará lograr un acuerdo con el propietario del servidor para lograr niveles de protección adecuados; y v) que, en este proceso de contratación, los datos de su Documento Nacional de Identidad (incluyendo los biométricos, huella dactilar y reconocimiento facial) sean confrontados con la base de datos del Registro Nacional de las Personas para validar identidad y verificar la vigencia del DNI. Los datos confrontados serán destruidos una vez realizada la verificación.
La persona titular toma conocimiento que podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y supresión de sus datos en cualquier momento y a su sola solicitud ante el Banco. La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de Órgano de Control de la Ley N°25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que interpongan quienes resulten afectados en sus derechos por incumplimiento de las normas vigentes en materia de protección de datos personales.
Finalización: la Persona Titular podrá finalizar este contrato sin costo pero deberá pagar al Banco todo lo que adeude por el uso de los productos y servicios hasta ese momento. De no hacerlo al momento de la finalización, el Banco cobrará intereses sobre lo adeudado. El Banco podrá rescindir la presente solicitud sin expresar causas, del modo y en los plazos que establezcan las normas vigentes
Revocación: Ese contrato puede ser revocado dentro de los 10 (diez) días hábiles de su firma o desde que la Persona Titular reciba la/s Tarjeta/s, lo que pase último.
La revocación debe ser realizada por el mismo medio en que se firmó el contrato y es sin costo ni responsabilidad alguna para la Persona Titular, siempre y cuando no la haya utilizado. En caso de uso, la Persona Titular deberá abonar las comisiones y cargos proporcionales al uso, los impuestos, consumos y adelantos efectuados.
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