Contract
El Comité Técnico del Fideicomiso denominado Fondo de Garantías Complementarias y Créditos Puente, con fundamento en lo dispuesto en la cláusula octava inciso g, del contrato del citado fideicomiso, tiene a bien emitir las siguientes:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL FIDEICOMISO FONDO DE GARANTÍAS COMPLEMENTARIAS Y CRÉDITOS PUENTE
A) SOBRE EL MANEJO Y ADMINISTRACIÓN DE CUENTAS.
1. Mantener la titularidad del patrimonio fideicomitido, mismo que distribuirá y administrará, previas instrucciones que le gire por escrito el COMITÉ TÉCNICO, en subcuentas que serán denominadas;
a) 2000699-1 Sin Operación o Asignación
b) 2000699-2 Recursos Estatales
c) 2000699-3 XXXXX
d) 2000699-4 FOGABAC
e) 2000699-5 Garantías Líquidas
f) 2000699-6 INAES antes FONAES
g) 2000699-7 SADER antes SAGARPA
h) 2000699-8 Recursos Federales
i) 2000699-9 Recursos Estatales
j) 2000699-10 Recuperaciones
2. Crear, con los recursos que se encuentren disponibles en las cuentas referidas y hasta donde el patrimonio fideicomitido alcance, una fuente alterna de pago que documentará mediante la emisión de las constancias fiduciarias, hasta por el monto que para cada crédito autorice que reciban los FIDEICOMISARIOS “A” o que el COMITÉ TÉCNICO haya designado. Los recursos que formen parte del patrimonio fideicomitido, en su caso, solo podrán retirarse al término de la vigencia de cada constancia fiduciaria y por la parte proporcional del patrimonio amparado por la misma, para entregarse en la forma y términos y a favor de los FIDEICOMISARIOS “A” que señale por escrito el COMITÉ TÉCNICO;
3. Retener cualquier parte del patrimonio que se encuentre comprometida por constancias fiduciarias no liberadas, de la que no podrá disponerse sino hasta el pago de los financiamientos que les dieron origen, o al vencimiento y devolución de los originales de las constancias fiduciarias, acompañadas de la carta finiquito que en relación con cada constancia otorgue el FIDEICOMISARIO “B” correspondiente, documentos que serán recabados por el COMITÉ TÉCNICO para ser entregados a EL FIDUCIARIO.
4. Aperturar las subcuentas necesarias para la operación del Fideicomiso, previa autorización del Comité Técnico y de la Fiduciaria.
5. Manejar cuenta en dólares americanos, (Programa de Compras Consolidadas de Insumos, Fondos de Coberturas o Programas Estratégicos del Gobierno del Estado, entre otros programas o proyectos autorizados por el COMITÉ TECNICO del FOGABAC).
B) ESQUEMA DE FINANCIAMIENTO OBJETO DE CONSTANCIAS FIDUCIARIAS O CERTIFICADOS FIDUCIARIOS.
Entregar de las subcuentas que forman parte del patrimonio del fideicomiso, las cantidades suficientes para cubrir total o parcialmente los créditos autorizados por el COMITÉ TÉCNICO de acuerdo con las reglas de operación, a favor de los FIDEICOMISARIOS “A”; conforme a las instrucciones que por escrito le indique el COMITÉ TÉCNICO.
1. Para el cumplimiento de lo anterior, el COMITÉ TÉCNICO deberá acompañar a la carta de instrucciones que gire a EL FIDUCIARIO, la correspondiente tabla de amortizaciones, la copia del pagaré vencido o el estado de cuenta del crédito de que se trate, en que conste que la o las amortizaciones correspondientes se encuentran vencidas y no pagadas, así mismo, se le proporcionará, tanto los datos necesarios para que pueda realizar cada pago, como el monto que respectivamente cargará a las subcuentas referidas en el numeral 1, equivalente en todo caso al valor de una o de las demás amortizaciones vencidas del crédito otorgado y amparado por las constancias fiduciarias citadas en el mencionado numeral.
2. Una vez cubierta la totalidad de los créditos, por instrucciones del COMITÉ TÉCNICO y las reservas por constancias fiduciaria o certificados fiduciarios, se podrá disponer nuevamente de los recursos liberados.
3. Enviar mensualmente al Comité Técnico el estado de cuenta fiduciario que refleje los movimientos del patrimonio fideicomitido, a efecto de que éste a su vez informe dichos movimientos al FIDEICOMITENTE, a las instituciones acreedoras y a las demás entidades que se requiera.
C) EMISIÓN DE CONSTANCIAS FIDUCIARIAS O CERTIFICADOS FIDUCIARIOS.
1. Emitir a favor de los FIDEICOMISARIOS “B”, hasta donde baste y alcance el patrimonio fideicomitido, las constancias fiduciarias o certificados fiduciarios que le instruya por escrito el COMITÉ TÉCNICO, sin que EL FIDUCIARIO asuma responsabilidad alguna de pago en lo personal ni respecto de sus bienes.
2. Vigilar que el valor de las constancias fiduciarias que expida, en ningún caso sobrepase el monto de los recursos líquidos fideicomitidos.
D) INVERSIÓN DEL PATRIMONIO
1. Invertir y reinvertir el patrimonio fideicomitido y los intereses que se generen, de acuerdo a las instrucciones que le gire por escrito el COMITÉ TÉCNICO, en cualquier institución integrante del Grupo Financiero Santander o Institución Financiera en el País, de conformidad con los términos y condiciones siguientes:
a) Plazos de Acuerdo con los Flujos Operativos del FOGABAC.
b) Tasas Competitivas.
c) Instrumentos Gubernamentales.
d) No de Capital de Riesgo
e) Como un Buen Padre de Familia.
E) OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS
1. Para el otorgamiento de créditos, abonar las cantidades que señalen las instrucciones que previamente reciba EL FIDUCIARIO del COMITÉ TÉCNICO, de la cuenta número 2000699 en BANCO SANTANDER (MÉXICO) S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER MÉXICO, Fid F-20006990 representante general del fideicomiso realice la correspondiente derrama de recursos a favor de los FIDEICOMISARIOS “A” y lleve el control administrativo pormenorizado del otorgamiento y recuperación de tales créditos, en el entendido de que EL FIDUCIARIO no tendrá ninguna obligación de atender directamente a dichos FIDEICOMISARIOS “A”, quienes para tratar cualquier asunto relacionado con este fideicomiso deberán dirigirse al COMITÉ TÉCNICO o al Representante General del FOGABAC.
2. Para realizar las Ministraciones de los créditos, será necesario incluir los siguientes datos bancarios del FIDEICOMISARIO A: banco, plaza, cuenta, clabe, Beneficiario y en caso de ser depósitos a terceros se requerirá autorización por escrito del FIDEICOMISARIO A.
3. Previa autorización del Comité Técnico se podrán realizar ministraciones por medio de los diferentes instrumentos bancarios.
F) ENTREGA DE RECURSOS
1. Transferir los recursos necesarios a la Secretaría de Planeación y Finanzas, para el pago de conceptos relacionados con la estructura administrativa.
2. Entregar los recursos necesarios para el pago de los honorarios profesionales de los prestadores de servicios que resulten necesarios para la administración y consecución de los fines de este fideicomiso, contratados con cargo al patrimonio del mismo, en la forma y términos que señale por escrito el COMITÉ TÉCNICO.
3. Entregar los recursos necesarios para el pago de los préstamos otorgados por la Secretaria de Planeación y Finanzas del Gobierno del Estado.
4. Entregar los recursos necesarios de las aportaciones realizadas por el Gobierno del Estado y/o Gobierno Federal para la dispersión o apoyos otorgados a FIDEICOMISARIOS A
G) PAGOS
1. Pagar con cargo al patrimonio fideicomitido, el importe de todos los gastos de operación, comisiones o cualquier otra erogación que se deriven de los actos o contratos que se hayan celebrado para efectuar las inversiones, y que esté autorizado por el Comité Técnico de acuerdo con el Presupuesto Anual.
2. Pagar con cargo al patrimonio fideicomitido, o aportaciones gubernamentales especiales, en cumplimiento con los acuerdos que señale por escrito el COMITÉ TECNICO.
H) ENTREGA DE REMANENTE
1. Entregar, por instrucciones del COMITÉ TÉCNICO, los remanentes del patrimonio fideicomitido, previa deducción de los honorarios de EL FIDUCIARIO y de cualquier otro gasto derivado de la administración de este fideicomiso, una vez que se hayan cumplido todos y cada uno de los fines del presente fideicomiso, y en consecuencia extinguido totalmente.
2. EL FIDUCIARIO no estará obligado a verificar que los recursos que entregue en cumplimiento de este contrato, se destinen a cubrir los conceptos previstos en el mismo, quedando dicha responsabilidad a cargo del FIDEICOMITENTE o del COMITÉ TÉCNICO, según corresponda.
3. EL FIDUCIARIO podrá entregar las cantidades de dinero que le sean instruidas mediante cheque de caja, depósito a cuentas de cheques establecidas en Banco Santander, (México) S.A. Institución de Banca Múltiple grupo financiero Santander o transferencia electrónica, así como orden de pago SPEUA, de conformidad con lo que se indique en las respectivas instrucciones.
4. EL FIDUCIARIO deberá recibir las instrucciones de pago con una anticipación no inferior a dos días hábiles a la fecha en que se deban realizar.
OBJETIVOS DEL FIDEICOMISO
Promover, Desarrollar y Otorgar el Acceso a Esquemas de Financiamiento a Proyectos Viables de los Productores Bancarizables de los Sectores Agropecuarios, Acuícolas y Pesquero del Estado, en forma Competitiva y Oportuna.
Promover, Desarrollar y Otorgar esquemas de Garantías para la Administración del Riesgo a las Instituciones financieras, para que otorguen los Créditos a Productores o Empresas organizadas del sector primario, de proyectos viables, sustentables y rentables, en forma Competitiva y Oportuna.
Vincular, Coordinar y Operar todo tipo de actos por medio de los cuales se canalicen apoyos adecuados a las necesidades de las empresas agropecuarias y pesqueras, de los proyectos estratégicos del estado que sean, trasparentes y oportunos, que logren incrementar la productividad del sector primario, con retorno de la Inversión o que generen un bienestar a la población rural del estado.
Elaborar y Desarrollar los planes operativos para la recepción, análisis, Evaluación, Autorización, formalización, Supervisión, Seguimiento, Control, y Recuperación, de forma eficiente, transparente y en apego a la normatividad gubernamental de las solicitudes de los productores.
Coordinar, Controlar y Administrar los Recursos económicos, materiales y de capital humano, en Beneficio de los Productores de baja california en apego a las Reglas, Normas y Legislación vigente.
Desarrollar y Operar los Objetivos y Fines del Fideicomiso, en Beneficio de los Productores, en apego a la normatividad vigente del Estado de Baja California, en forma trasparente para la ciudadanía.
PATRIMONIO: El patrimonio del presente fideicomiso estará integrado por:
1. La cantidad que el FIDEICOMITENTE entregó a EL FIDUCIARIO, con fecha 31 xx xxxxxx de 2005.
2. Las cantidades de dinero que en lo futuro transmita el FIDEICOMITENTE a EL FIDUCIARIO, incrementando el patrimonio del presente fideicomiso.
3. Los rendimientos que generen las inversiones que realice EL FIDUCIARIO con el patrimonio fideicomitido, en cumplimiento de sus fines.
4. Los Ingresos propios (Intereses y Comisiones Cobradas Capitalizables) del FOGABAC.
5. Los recursos en numerario del FIDEICOMITENTE, aporten al patrimonio del fideicomiso terceras personas, públicas o privadas.
6. Los derechos de crédito vencidos y no vencidos otorgados con cargo al patrimonio del FOGABAC.
7. Los bienes muebles adquiridos con cargo al patrimonio del FOGABAC.
8. Las obligaciones derivadas de los Certificados Fiduciarios x Xxxxxxx Alternas de Pago.
9. Las obligaciones derivadas de los Mandatos de los Productores xxx Xxxxx de Mexicali, para la constitución xx Xxxxxxx Alternas de Pago.
10. Los convenios de colaboración que el FIDEICOMITENTE celebro o celebre con la Secretaría de Agricultura, y Desarrollo Rural (SADER antes SAGARPA).
11. Con el convenio de coordinación de acciones para el otorgamiento de la aportación destinada a la ampliación del patrimonio del FOGABAC, celebrado por el Instituto Nacional de la Economía Social (INAES antes FONAES).
12. Los demás bienes y derechos que, previa aprobación de EL FIDUCIARIO pasen a formar parte del patrimonio fideicomitido.
13. Todas las aportaciones que se hagan a este fideicomiso mediante títulos de crédito, se entenderán recibidas por EL FIDUCIARIO “salvo buen cobro”.
14. Las Aportaciones al Patrimonio que se realicen por parte del Gobierno Federal.
15. Daciones en pago, embargo de bienes
EL FIDUCIARIO
El Fiduciario contará con todas las facultades necesarias para el desempeño de su encargo y para el cumplimiento de los fines del Fideicomiso.
1. Cuando para el cumplimiento de la encomienda Fiduciaria, se requiera la realización de actos urgentes, cuya omisión pueda ocasionar perjuicios al Fideicomiso, si no es posible reunir al Comité Técnico por cualquier circunstancia, EL FIDUCIARIO queda con facultades para ejecutar los actos necesarios por conducto del Representante General del Fideicomiso.
2. En caso de defensa del patrimonio fidecomitido, EL FIDUCIARIO solo estará obligado a otorgar el poder tan amplio como en derecho proceda, a las personas que deban efectuar dicha defensa de acuerdo a lo previsto en el párrafo anterior. En caso de atenciones normales o programadas el Comité Técnico o El Presidente del Comité Técnico, Instruirá a EL FIDUCIARIO para decidir que tipo de Poderes Otorgar y a que personas.
3. El FIDUCIARIO no será responsable por ningún motivo, de la actuación, ni de los honorarios del Representante General designado para la defensa y la Administración General del Fideicomiso.
4. EL FIDUCIARIO, responderá de las obligaciones que se contraigan en el desempeño de los fines del Fideicomiso únicamente hasta donde alcance el patrimonio fideicomitido.
PRODUCTORES (FIDEICOMISARIO “A”)
Son sujetos de los apoyos financieros, las unidades económicas de producción que ya estén instaladas o las que quieran constituirse, ya sean personas físicas o personas xxxxxxx, así como organizaciones con personalidad jurídica que se dediquen a las actividades del sector agrícola, ganadero, forestal, acuícola y pesquero en el Estado de Baja California, con las siguientes características;
1. Mexicanos.
2. Mayores de Edad.
3. Para las Actividades de explotación o comercialización o transformación o distribución y/o producción de los siguientes sectores:
a) Agrícola
b) Ganadero
c) Forestal
d) Acuícola
e) Pesquero
f) Personas Físicas x Xxxxxxx en población en el Sector Rural.
4. Que se dedique personalmente a la administración ó explotación ó comercialización o transformación y/o producción en sus empresas agropecuarias, forestales o pesqueras.
5. Que sean dueños o usufructuarios de sus terrenos ó que cuenten con las facultades y/o poderes necesarios para la explotación o producción de los bienes propios o de terceros.
6. Presentar una solicitud (datos generales del solicitante, descripción de la actividad, resumen del proyecto de inversión, necesidades de la solicitud) con base al proyecto productivo donde se demuestre la viabilidad técnica y financiera de la inversión solicitada, que será complementaria a las aportaciones por los productores para lograr la consolidación de sus empresas o actividades.
7. Que demuestren capacidad técnica y solvencia moral.
8. Deberán participar directamente en la producción y administración de sus empresas y que estas representen su principal fuente de ingresos.
9. Personas Físicas x Xxxxxxx con Personalidad Jurídica que desarrollen actividades agropecuarias, forestales o pesqueras en el Estado de Baja California, que presenten Solicitudes de Proyectos Productivos, Viables y Rentables, o que estén vinculados y dictaminados como proyectos o programas estratégicos para Gobierno del Estado.
10. Personas Físicas x Xxxxxxx con Personalidad Jurídica o Fideicomisos constituidos con el fin de garantizar créditos otorgados por Instituciones Bancarias Públicas o Privadas o Instituciones Auxiliares del Crédito, que presenten Solicitudes de Proyectos Productivos Viables y Rentables con necesidades de garantías líquidas, o que estén dictaminados como proyectos o programas estratégicos con necesidades de garantías complementarias con avales o garantías líquidas, para el Gobierno del Estado.
11. Personas Físicas x Xxxxxxx con Personalidad Jurídica, que sean dictaminados como sujetos de crédito, por parte del Comité Técnico del FOGABAC o por el Presidente del Comité Técnico del Fideicomiso.
HABILITADORES (FIDEICOMISARIOS “B”)
Las Instituciones Financieras que otorguen financiamientos que estén soportados con garantías complementarias del FOGABAC, para los productores agropecuarios, forestales y pesqueros individuales y/o organizados del Estado de Baja California.
TIPOS DE SERVICIOS
Los tipos de servicios financieros, son los préstamos, son los créditos y capital de riesgo, para otorgar los recursos económicos necesarios para la producción, desarrollo, transformación, comercialización de las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, acuícolas y pesqueras en Baja California.
Así como las garantías líquidas o complementarias, y Avales Gubernamentales, para lograr el acceso al financiamiento por parte de instituciones financieras Nacionales o Extranjeras, o Auxiliares de Crédito. Enlistando en enunciativa y no limitativa los siguientes:
x. Xxxxxxxx o Crédito Puente. Crédito Puente Directo Crédito Puente Especial Crédito Puente Factoraje
Crédito Puente Procampo Crédito Puente Progan Crédito Puente Especial Crédito Puente Tasa Cero
b. Crédito de Habilitación o Avió.
c. Crédito Simple Crédito a Corto Plazo Crédito a Largo Plazo
Crédito Simple Tasa Cero
d. Crédito Revolvente
e. Crédito Refaccionario
Créditos Refaccionarios Especiales Crédito Refaccionario Xxxx Xxxx
f. Capital de Riesgo Capital de Riesgo PBI Capital de Riesgo OTP
g. Factoraje Financiero
h. Tratamientos de Xxxxxxx Reestructura Reestructura XXXXX Prorroga
Convenio Judicial Sustitución de Deudor Renovación
i. Avales Gubernamentales
j. Garantías Líquidas
k. Garantías Mutualistas
l. Garantías Complementarias
GLOSARIO:
GOB BC: Gobierno del Estado de Baja California. SEFOA: Secretaría de Fomento Agropecuario SEDAGRO: Secretaría de Desarrollo Agropecuario SEPESCA: Secretaria de Pesca y Acuacultura
FOGABAC: Fondo de Garantías Complementarias y Créditos Puente
INTERMEDIARIOS FINANCIEROS: Las instituciones nacionales de crédito, organismos auxiliares, instituciones nacionales de seguros y fianzas y demás instituciones o entidades legalmente autorizadas para constituirse como medios de enlace, entre el acreditante de un financiamiento y el acreditado, obteniendo una comisión por su labor de concertar los créditos en los mercados de dinero nacionales e internacionales.
BANCO: Es una institución financiera, Es un establecimiento público cuyos servicios tienen que ver con el asunto de préstamos, créditos, cambios, etc.
SOFOM: Se define a la SOFOM como sociedades anónimas que en sus estatutos sociales, contemplen expresamente como objeto social principal la realización habitual y profesional de una o más de las actividades relativas al otorgamiento de crédito, así como la celebración de arrendamiento financiero o factoraje financiero
SOFOL: Son sociedades anónimas especializadas en el otorgamiento de créditos a una determinada actividad o sector, por ejemplo: hipotecarios, al consumo, automotrices, agroindustriales, microcréditos, a pymes, bienes de capital, transporte, etc. Para realizar dicha actividad la Ley de Instituciones de Crédito las faculta a captar recursos provenientes de la colocación, en el mercado, de instrumentos de deuda inscritos en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios; también pueden obtener financiamiento bancario.
SAGARPA: Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación SADER: Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural
FIRCO: Fideicomiso de Riesgo Compartido INAES: Instituto Nacional de Economía Social
FONEAS: Fondo Nacional de Apoyo a Empresas de Solidaridad Parámetros de Medición de las Bolsas o Tipos de Créditos:
a. Monto Máximo de Apoyo: Importe Máximo de Recursos Económicos, que de acuerdo con el Tipo de Crédito, el Comité Técnico autorice. En casos especiales se podrá autorizar un importe mayor.
b. Periodo Máximo de Pago: El Plazo de vigencia del financiamiento será de acuerdo al Tipo de Crédito, en casos especiales el Comité Técnico podrá autorizar un plazo mayor.
c. Tasa de Referencia: Será la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) a 28 días del periodo anterior publicado, la cual se fijará al momento de la autorización del Comité Técnico.
d. Puntos de Interés Normal: Es el margen de intermediación máximo del Tipo de Crédito, que se sumará a la Tasa de Referencia a 28 días más los puntos adicionales que Autorice el
Comité Técnico, que servirá de cálculo de los intereses por el periodo vigente del financiamiento.
e. Tasa Fija: La tasa Fija se determina con la TIIE Fija a 28 días más el Margen de Intermediación del FOGABAC.
f. Puntos Tasa Interés Moratoria (XXX): Es el factor por el cual se determina la tasa moratoria, la cual se aplicará en el periodo vencido del financiamiento, se calculara multiplicando la Tasa Fija por Puntos de XXX.
g. Puntos Tasa de Interés Vencida (TIV): Es igual a la Tasa Fija determinada. (Esta Tasa más puntos adicionales)
h. Comisión: Es el factor para el cobro de la comisión del FOGABAC, se calculará multiplicando el porcentaje autorizado por el importe del crédito ejercido al momento de la ministración.
i. Número de Días a Formalizar: Es el periodo de tiempo que tiene el FOGABAC para la formalización del Financiamiento o Garantía.
j. Número de Días para complementar la comprobación documental: Es el periodo de tiempo que tiene el FOGABAC para integrar el expediente de acuerdo con los requisitos de las presentes reglas.
k. Iníciales para Folios: Siglas que identifican a la Bolsa o Tipo de Crédito.
l. Tipo de Crédito: Identificación del Instrumento Financiero.
m. Contrato: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito
n. Pagaré: Es un Titulo de Crédito de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito.
x. Xxxxxx Alterna de Pago: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito, en este caso en lo particular es para las Garantías.
p. Certificado Fiduciario: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito, en este caso en lo particular es para las Garantías.
q. Constancia de Derechos No Negociables: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito, en este caso en lo particular es para las Garantías.
r. Constancia Fiduciaria: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito, en este caso en lo particular es para las Garantías.
s. Créditos a Corto y Largo Plazo con Beneficios al Costo Financiero: Es el Instrumento de Formalización de la Bolsa o Tipo de Crédito, en este caso con beneficios en la Comisión por Disposición y así como en la Tasa, deberán ser sujetos en Cultura de Pago.
El Fideicomiso podrá otorgar a los sujetos que reúnan los requisitos previstos en las presentes Reglas de Operación, los créditos que a continuación se indican:
PRÉSTAMO O CRÉDITO PUENTE: Préstamo a corto plazo que proporciona financiamiento provisional hasta disponer de un mayor nivel de financiamiento permanente, con un plazo máximo de 90 días.
CRÉDITO PUENTE DIRECTO.- Para el desarrollo de las actividades de los sujetos de crédito, son Préstamos para solventar problemas de liquidez transitorios, otorgándose cuando exista una seguridad de pago a corto plazo. Deberán proporcionar los recursos necesarios para consolidar los sujetos de crédito, que se presente con soporte de pago a corto plazo menor a 90 días, con la cesión de derechos, avales reales, contratos de comercialización, y/o oficios de autorización por parte de Instituciones de Crédito o Instituciones Auxiliares de Crédito.
Nombre de la Bolsa | PUENTE DIRECTO | |
Mínimo | Máximo | |
Monto Máximo de Apoyo | 1 | 8,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Día | 90 Días |
Puntos TIIE | 7 Puntos | 10 Puntos |
Puntos XXX | 1.0 Veces Tasa Fija | 2.00 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 7 Puntos | 10 Puntos |
Comisión por Apertura | 1.00% | 3.00% |
No. días para Formalizar | 3 días | 5 días |
No. días para completar comprobación doc. | 10 días | 15 días |
Iníciales para Folios | PD | PD |
Tipo de Crédito | Puente | Puente |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
Nota: Instrumento para sujetos con antecedentes con el FOGABAC, con fuente de recursos segura (Créditos Bancarios, Apoyos y Subsidios Gubernamentales) para cubrir el financiamiento.
CRÉDITO PUENTE ESPECIAL TASA CERO.- Para el desarrollo de las actividades de los sujetos de crédito, son Préstamos para solventar problemas de liquidez transitorios, otorgándose cuando exista una seguridad de pago a corto plazo. Deberán proporcionar los recursos necesarios para consolidar los sujetos de crédito, que se presente con soporte de pago a corto plazo menor a 90 días, con la cesión de derechos, avales reales, contratos de comercialización, y/o oficios de autorización por parte de Instituciones de Crédito o Instituciones Auxiliares de Crédito Y Estratégicos para el Gobierno del Estado.
Nombre de la Bolsa: Crédito Puente Especial Xxxx Xxxx | Xxxxxx | Xxxxxx |
Monto Máximo de Apoyo | 1 | 2,000,000.00 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Día | 90 Días |
TIIE | Cero | 10 Puntos |
Puntos XXX | 12% | 12% |
Puntos TIV | 12% | 12% |
Comisión por Apertura | 0% | 1.0% |
No. días para Formalizar | 3 días | 5 días |
No. días para completar comprobación doc. | 10 días | 15 días |
Iníciales para Folios | PDE | PDE |
Tipo de Crédito | Puente | Puente |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
Nota: Crédito Puente Tasa de Intereses Cero y Cero Comisión
Nota: Instrumento para sujetos con antecedentes con el FOGABAC, con fuente de recursos segura (Créditos Bancarios, Apoyos y Subsidios Gubernamentales) para cubrir el financiamiento.
CRÉDITO PUENTE FACTORAJE.- Crédito para solventar problemas de Liquidez a corto plazo, por el tiempo que tarde el pago de las facturas de los productos por parte del comprador al sujeto de crédito. Previa autorización del comprador se realizará el descuento de la factura, por un periodo de tiempo no mayor a 90 días.
Nombre de la Bolsa: Crédito Puente Factoraje | Puente Factoraje |
Monto Máximo de Apoyo | 50,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 90 Días |
Puntos TIIE | 0 Puntos |
Puntos XXX | 2.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 6 Puntos |
Comisión | 2% |
No. días para Formalizar | 3 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | PF |
Tipo de Crédito | Puente |
Contrato | NO |
Pagare | SI |
Certificado | NO |
Nota; Para sujetos promovidos por la Secretaria de Desarrollo Agropecuario por medio de la Dirección de Comercialización y/o Desarrollo Empresarial del Campo, con facturas pendientes de pago por consumidores confiables, el periodo del financiamiento es de acuerdo con ciclo operativo de pago del proveedor.
CRÉDITO PUENTE PROCAMPO.- Para solventar problemas de liquidez a corto plazo, sujetos de crédito que tengan derechos de Procampo vigentes en el ciclo o para capitalización de Procampo, entregando la cesión de los derechos de procampo (FAS), como los formatos y normativa vigente por parte de ASERCA. La cuota será de acuerdo con la normativa vigente de ASERCA.
Nombre de la Bolsa: Crédito Puente Procampo | Puente Procampo |
Monto Máximo de Apoyo | Importe de Acuerdo con Xxxxxx xx XXXXX (antes SAGARPA) pesos por Ha. |
Periodo Máximo (Plazo) | 90 Días |
Puntos TIIE | 0 Puntos |
Puntos XXX | 2.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | Hasta 4 Puntos |
Comisión | 3% |
No. días para Formalizar | 3 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | PPC |
Tipo de Crédito | Puente |
Contrato | NO |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nota: La Comisión de 3% será de un día hasta 90 días, en caso de un periodo mayor justificado será una tasa fija de intereses de 1% mensual o por fracción de mes.
CRÉDITO PUENTE PROGAN.- Para solventar problemas de liquidez a corto plazo, sujetos de crédito que tengan derechos de Progan vigentes en el ciclo ó para capitalización de Progan, entregando la cesión de los derechos del PROGAN (FAS), como los formatos y normativa vigente por parte de ASERCA. La cuota será de acuerdo con la normativa vigente de ASERCA.
Nombre de la Bolsa: Crédito Puente Progan | Puente Progan |
Monto Máximo de Apoyo | Importe de Acuerdo con SADER ( antes SAGARPA) por cabeza de ganado |
Periodo Máximo (Plazo) | 90 Días |
Puntos TIIE | 0 Puntos |
Puntos XXX | 2.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | Hasta 4 Puntos |
Comisión | 3% |
No. días para Formalizar | 3 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | PPG |
Tipo de Crédito | Puente |
Contrato | NO |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nota; La Comisión de 3% será de un día hasta 90 días, en caso de un periodo mayor justificado será una tasa fija de intereses de 1% mensual o por fracción de mes.
CRÉDITO PUENTE ESPECIAL.- Para solventar problemas de Liquidez a mediano plazo, el objetivo es la obtención de liquidez, vía el pago anticipado de facturas comercializadas, o la obtención de descuentos por el pago anticipado o para la realización de compras consolidadas, por un periodo de tiempo no mayor a 270 días.
Nombre de la Bolsa: Crédito Puente Especial | ||
Xxxxxx | Xxxxxx | |
Monto Máximo de Apoyo | 1 | 5’000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Día | 270 Días |
Puntos TIIE | 0 Puntos | 10 Puntos |
Puntos XXX | 1.0 Veces Tasa Fija | 2.00 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 1.0 Veces Tasa Fija | 2.00 Veces Tasa Fija |
Comisión por Apertura | 0.00% | 3.00% |
No. días para Formalizar | 3 días | 3 días |
No. días para completar comprobación doc. | 10 días | 15 días |
Iníciales para Folios | PE | PE |
Tipo de Crédito | Puente | Puente |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
Nota: Instrumento para sujetos con antecedentes favorables en el FOGABAC, con fuente de recursos segura (Créditos Bancarios, Apoyos y Subsidios Gubernamentales) para cubrir el financiamiento. Se cobrará la comisión o los intereses en forma anticipada, en caso de pago anticipado del Credito se reembolsaran los intereses, de acuerdo con la previa autorización del Comité.
CRÉDITOS DE HABILITACIÓN O AVÍO.- Créditos para líneas de uso general para los sujetos de crédito, para el capital de trabajo estipulado en el paquete tecnológico, para el desarrollo y producción de una línea específica de los sectores agrícolas o ganaderos o forestal y/o pesqueros, complementando hasta un máximo del 90% en productores de Bajos Ingresos y de hasta 80% a otro tipo de productores, los paquetes tecnológicos serán elaborados y dictaminados por las direcciones del sector que les correspondan, como la validación de las Direcciones de SEDAGRO (antes SEFOA) o SEPESCA, de las líneas específicas que deberán ser proyectos estratégicos para el Gobierno del Estado.
Nombre de la Bolsa: Créditos de Habilitación o Xxxx | Xxxxxx | Xxxxxx |
Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxx * | 80% | 90% |
Periodo Máximo (Plazo) | 6 Meses | 12 Meses |
Puntos TIIE | 7 Puntos | 10 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija | 1.5 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 7 Puntos | 10 Puntos |
Comisión por Apertura | 1% | 3% |
No. días para Formalizar | 3 días | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 10 días | 15 días |
Iníciales para Folios | H | H |
Tipo de Crédito | Habilitación o Avió | Habilitación o Avió |
Contrato | SI | SI |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
Nota Los recursos serán entregados de acuerdo con el Paquete Tecnológico previamente validado por la Representación General del FOGABAC, en los montos y periodos que este establezca.
CRÉDITOS A CORTO PLAZO.- Destinados a proporcionar a los sujetos de crédito, para el capital de trabajo suficiente para mantener o incrementar los niveles de aprovechamiento de la producción, complementando hasta un máximo del 90% de los Productores de Bajos Ingresos o de 80% para otro tipo de Productores para los costos de producción autorizados por el Comité Técnico o Instituciones Financieras Gubernamentales, se podrán incluir los gastos de comercialización y activos fijos menores.
Créditos Simples a Corto Plazo | Mínimo | Máximo |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx | 10,000 | 2,500,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 12 Meses | 36 Meses |
Puntos TIIE | 7 Puntos | 10 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija | 1.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 7 Puntos | 10 Puntos |
Comisión por Apertura | 1% | 3% |
No. días para Formalizar | 7 días | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | SCT1 | SCT3 |
Tipo de Crédito | Simple | Simple |
Contrato | SI | SI |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
CRÉDITO LARGO PLAZO.- Este tipo de crédito está enfocado a fortalecer o incrementar los activos fijos del productor, dentro del sector agropecuario, pesquero y ganadero. Una parte del crédito puede destinarse para cubrir responsabilidades fiscales y otros pasivos incurridos por el acreditado por gastos de explotación, por la compra de activos fijos o ejecución de obra, siempre y cuando dichos adeudos se hayan realizado dentro del año anterior a la fecha del contrato.
Créditos Simples Largo Plazo | Mínimo | Máximo |
Xxxxx Xxxxxx Xxxxx | 1 | 5,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 3 Años | 7 Años |
Puntos TIIE | 1 Puntos | 7 Puntos |
Puntos XXX | 1 Vez Tasa Fija | 1 Vez Tasa Fija |
Puntos TIV | 1 Puntos | 7 Puntos |
Comisión por Apertura | 1% | 3% |
No. días para Formalizar | 7 días | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | XXXX0 | XXXX0 |
Tipo de Crédito | Simple | Simple |
Contrato | SI | SI |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
CRÉDITO REVOLVENTE.- Un crédito revolvente o crédito cuenta corriente es un tipo de crédito que no tiene un número fijo de cuotas, en contraste al crédito convencional. Son créditos revolventes son los asociados a las tarjetas de crédito. Las entidades que tienen instrumentalizados estos créditos de forma corporativa los usan típicamente para conseguir liquidez para las operaciones del día a día de la compañía.
Nombre de la Bolsa: Crédito Revolvente | Capital de Trabajo Revolvente |
Monto Máximo de Apoyo | 7’500,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 36 Meses |
Puntos TIIE | De 2 a 9 Puntos |
Puntos XXX | 1.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | De 2 a 9 puntos |
Comisión por Apertura | 1% a 3% |
No. días para Formalizar | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | CSR |
Tipo de Crédito | Simple |
Contrato | SI |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nota; Es para clientes sujetos con antecedentes con el FOGABAC, se entenderá como revolvente por el ejercicio de los saldos disponibles cada 360 días, en el periodo de vigencia del financiamiento.
CRÉDITOS REFACCIONARIOS.- Créditos para la Adquisición de Infraestructura, Maquinaria y Equipo para la capitalización y desarrollo de las actividades relacionadas con los sectores agropecuarios y pesqueros, o de los procesos de transportación, transformación, y comercialización de productores, con una plazo de 1 a 5 años.
Nombre de la Bolsa: Créditos Refaccionarios | Xxxxxx | Xxxxxx |
Monto Máximo de Apoyo | 30,000 | 2,500,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Año | 5 Años |
Puntos TIIE | 7 Puntos | 10 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija | 1.5 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 7 Puntos | 10 Puntos |
Comisión por Apertura | 2% | 3% |
No. días para Formalizar | 7 días | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | RME1 | RME3 |
Tipo de Crédito | Refaccionario | Refaccionario |
Contrato | SI | SI |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
CRÉDITOS REFACCIONARIOS ESPECIALES.- Créditos para la Adquisición de Infraestructura, Maquinaria y Equipo para la capitalización y desarrollo de las actividades relacionadas con los sectores agropecuarios y pesqueros, o de los procesos de transportación, transformación, y comercialización de productores, con una plazo de 1 a 5 años.
Nombre de la Bolsa: Créditos Refaccionarios Especiales | Xxxxxx | Xxxxxx |
Monto Máximo de Apoyo | 30,000 | 2,500,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Año | 5 Años |
TIIE | 0 Puntos | 10 Puntos |
XXX | 12% Tasa Fija Anual | 12% Xxxx Xxxx Xxxxx |
TIV | 12% Tasa Fija Anual | 12% Xxxx Xxxx Xxxxx |
Comisión por Apertura | 0% | 3% |
No. días para Formalizar | 7 días | 7 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | RMEE1 | RMEE3 |
Tipo de Crédito | Refaccionario | Refaccionario |
Contrato | SI | SI |
Pagaré | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
CAPITAL DE RIESGO PBI.- Apoyo para financiar el inicio en la formación de productores del sector primario, para lograr establecer un historial crediticio para su bancarización, deberán ser proyectos de alto riesgo, por ser proyectos primarios, como sujetos sin antecedentes crediticios o con malos antecedentes crediticios. De riesgo muy elevado.
Nombre de la Bolsa: Capital de Riesgo PBI | Capital de Riesgo |
Monto Máximo de Apoyo | Hasta 200 mil pesos |
Periodo Máximo (Plazo) | Hasta 270 días |
TIIE | 0 (Cero) |
XXX | 12% |
TIV | 12% |
Comisión | 0% |
No. Días para Formalizar | 5 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 20 días |
Iniciales para Folios | CCPBI |
Tipo de Crédito | Simple |
Contrato | SI |
Pagare | SI |
Certificado | NO |
CAPITAL DE RIESGO OTP.- Apoyo para financiar en capital social de sociedades mercantiles del sector primario, para lograr incrementar sus operaciones en el sector primario, para capitales de trabajo o capitalización de unidades de producción con baja capacidad de pago o con un nivel medio de riesgo.
Nombre de la Bolsa: Capital de Riesgo OTP | Capital de Riesgo |
Monto Máximo de Apoyo | Hasta 200 mil pesos |
Periodo Máximo (Plazo) | 3 Años |
Puntos TIIE | 5 Puntos |
Puntos XXX | 2.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | Hasta 5 Puntos |
Comisión | 2% |
No. Días para Formalizar | 5 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 20 días |
Iniciales para Folios | CCPBI |
Tipo de Crédito | Simple |
Contrato | SI |
Pagare | SI |
Certificado | NO |
ESQUEMAS DE GARANTIAS
Garantías: El deudor garantiza con un bien el pago de una deuda. En el caso de incumplir, el acreedor podrá vender el bien y saldar la deuda con el dinero obtenido, devolviendo al deudor el excedente.
Garantías Líquidas.- Otorgar Garantías Líquidas por el monto del proyecto autorizado por la Institución Bancaria o Instituciones Auxiliares del Crédito de acuerdo a la Viabilidad y Rentabilidad del Proyecto Autorizado por la misma, siempre y cuando el proyecto cumpla con los requisitos exigidos por las fuentes de financiamiento a la satisfacción del Comité Técnico del Fideicomiso, con reserva de recursos económicos en el Fiduciario.
Nombre de la Bolsa: Garantías Líquidas | Mínimo | Máximo |
Monto Máximo de Inversión | 1 | 25,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Año | 6 Años |
Comisión | 1% | Hasta 2% |
Hasta Porcentaje | 1% | 30 % |
No. Días para Formalizar | 15 Días | 15 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 15 Días | 15 días |
Iníciales para Folios | GL | GL |
Tipo de Crédito | Garantías | Garantías |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | NO | NO |
Certificado | SI | SI |
Nota: Monto máximo de apoyo hasta el 30% del Capital Autorización con el Intermediario Financiero.
Garantías Complementarias.- Otorgar garantías complementarias hasta el 30% del monto del proyecto autorizado por la fuente financiera o mayor según la viabilidad y rentabilidad del proyecto autorizado, siempre y cuando el proyecto cumpla con los requisitos exigidos por las fuentes financieras y a satisfacción del Comité Técnico del Fideicomiso con avales del Congreso del Estado.
Nombre de la Bolsa: Garantías Complementarias | Mínimo | Máximo |
Monto Máximo de Inversión | 1 | 12,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Años | 1 Años |
Comisión | Hasta 0% | Hasta 2% |
Hasta Porcentaje | 1% | 30 % |
No. Días para Formalizar | 15 días | 15 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | GC | GC |
Tipo de Crédito | Garantías | Garantías |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | NO | NO |
Certificado | SI | SI |
Nota: Monto máximo de apoyo hasta el 30% del Capital Autorización con el Intermediario Financiero.
Avales Gubernamentales.- Otorgar garantías complementarias hasta el 30% del monto del proyecto autorizado por la fuente financiera o mayor según la viabilidad y rentabilidad del proyecto autorizado, siempre y cuando el proyecto cumpla con los requisitos exigidos por las fuentes financieras y a satisfacción del Comité Técnico del Fideicomiso.
Nombre de la Bolsa | Avales Gubernamentales |
Monto Máximo de Apoyo | 12,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 5 Años |
Comisión | Hasta 1% |
Hasta Porcentaje | 30% |
No. Días para Formalizar | 15 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | AG |
Tipo de Crédito | Garantías |
Contrato | NO |
Pagaré | NO |
Certificado | SI |
Nota: Los importes y Porcentajes de Garantías o Avales, serán autorizados en forma expresa por el Comité Técnico de acuerdo con la Solicitud del Productor o Habilitador, hasta el 30% del Capital Autorización con el Intermediario Financiero.
Garantías Mutualistas.- Otorgar garantías complementarias hasta el 10% del monto del proyecto autorizado por la fuente financiera o mayor según la viabilidad y rentabilidad del proyecto autorizado, siempre y cuando el proyecto cumpla con los requisitos exigidos por las fuentes financieras y a satisfacción del Comité Técnico del Fideicomiso, para las líneas de crédito para soportar los proyectos estratégicos del estado, la bolsa en conjunto que sea soportada para estos proyectos por FIDEICOMISARIO B se acumulara para pagar los saldos no cubiertos por los FIDEICOMISARIOS A.
Nombre de la Bolsa: Garantías Mutualistas | Xxxxxx | Xxxxxx |
Monto Máximo de Apoyo | 1 | 12,000,000 |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Año | 3 Años |
Comisión | Hasta 0% | Hasta 0% |
Hasta Porcentaje | 0% | 30% |
No. Días para Formalizar | 15 días | 15 días |
No. Días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | GM | GM |
Tipo de Crédito | Garantías | Garantías |
Contrato | NO | NO |
Pagaré | NO | NO |
Certificado | NO | NO |
TRATAMIENTOS DE CARTERA.
Los tratamientos de cartera vencida serán los siguientes: Prorroga de la fecha de Vencimiento del Crédito Original, Reestructuración o Recalendarización de vencimientos, Renovación de Créditos, Dación en Pago, Sustitución de Deudor, Quitas de Intereses y Castigo de Cartera o Cuentas Incobrables.
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Reestructura |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Capital e Intereses Convenio Original |
Periodo Máximo (Plazo) | 10 Años |
Puntos TIIE | 6 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 6 Puntos |
Comisión por Apertura | 0% |
No. días para Formalizar | 15 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | TRN |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera |
Contrato | SI |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Reestructura XXXXX |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Capital e Intereses Convenio Original |
Periodo Máximo (Plazo) | 10 Años |
Puntos TIIE | 0 |
Puntos XXX | 2.0 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | TIE mas 12 Puntos |
Comisión por Apertura | 0% |
No. días para Formalizar | 15 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | TPEART |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera |
Contrato | SI |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Prorroga |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Igual al Contrato Original |
Periodo Máximo (Plazo) | Plazo Igual al Contrato Origen |
Puntos TIIE | Igual al Contrato Original |
Puntos XXX | Igual al Contrato Original |
Puntos TIV | Igual al Contrato Original |
Comisión por Apertura | 0% |
No. días para Formalizar | 15 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | TP |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera |
Contrato | No |
Pagaré | SI |
Certificado | NO |
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Convenio Judicial | |
Mínimo | Máximo | |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Capital e Intereses Convenio Original | Importe Capital e Intereses Convenio Original |
Periodo Máximo (Plazo) | 1 Año | 10 Años |
Puntos TIIE | 0 Puntos | 6 Puntos |
Puntos XXX | Sin Tasa | Sin Tasa |
Puntos TIV | Sin Tasa | Sin Tasa |
Comisión por Apertura | 0% | 0% |
No. días para Formalizar | 60 días | 60 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días | 15 días |
Iníciales para Folios | TCJ | TCJ |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera | Tratamiento de Cartera |
Contrato | SI | SI |
Pagare | SI | SI |
Certificado | NO | NO |
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Sustitución de Deudor |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Capital e Intereses Convenio Original |
Periodo Máximo (Plazo) | 10 Años |
Puntos TIIE | 6 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 6 Puntos |
Comisión por Apertura | 0% |
No. días para Formalizar | 15 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | TSD |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera |
Contrato | SI |
Pagare | SI |
Certificado | NO |
Nombre de la Bolsa | Tratamiento Renovación |
Monto Máximo de Apoyo | Importe Capital e Intereses Convenio Original |
Periodo Máximo (Plazo) | 10 Años |
Puntos TIIE | 6 Puntos |
Puntos XXX | 0.5 Veces Tasa Fija |
Puntos TIV | 6 Puntos |
Comisión por Apertura | 0% |
No. días para Formalizar | 15 días |
No. días para completar comprobación doc. | 15 días |
Iníciales para Folios | TSD |
Tipo de Crédito | Tratamiento de Cartera |
Contrato | SI |
Pagare | SI |
Certificado | NO |
FACTORAJE FINANCIERO
En finanzas, el factoraje (o factoring) consiste en la adquisición de créditos provenientes de ventas de bienes muebles, de prestación de servicios o de realización de obras, otorgando anticipos sobre tales créditos, asumiendo o no sus riesgos. Por medio del contrato de factoraje un comerciante o fabricante cede una factura u otro documento de crédito a una empresa de factoraje a cambio de un anticipo financiero total o parcial. La empresa de factoraje deduce del importe del crédito comprado la comisión, el interés y otros gastos.
Las empresas de factoraje suelen ser bancos, cajas de ahorro u otras compañías especializadas. Además del anticipo financiero, la compañía de factoraje puede:
• Asumir el riesgo de cambio, si la factura es en moneda extranjera
• Realizar la gestión de cobranza
• Realizar el cobro efectivo del crédito y asesorar a su propia compañía aseguradora
• Asesorar al cliente sobre la salud financiera de los deudores
El factoraje suele ser utilizado por las PYMEs para satisfacer sus necesidades de capital circulante, especialmente en los países en los que el acceso a préstamos bancarios es limitado. El factoraje es útil a las PYMEs que venden a grandes empresas con elevados niveles de solvencia crediticia.
RECALENDARIZACION DE VENCIMIENTOS, es el tratamiento de cartera para créditos o reestructuras con más de una amortización, para el cambio de fecha de vencimiento de una amortización, por problemas eventuales de flujo de efectivo para afrontar el pago de la misma, se determinara el nuevo vencimiento de dicha amortización de acuerdo a su capacidad de pago proyectada.
CAPITAL DE TRABAJO (también denominado capital corriente, capital circulante, capital de rotación, fondo de rotación), es el excedente de los activos de corto plazo sobre los pasivos de corto plazo, es una medida de la capacidad que tiene una empresa para continuar con el normal desarrollo de sus actividades en el corto plazo. Se calcula restando, al total de activos de corto plazo, el total de pasivos de corto plazo.
CAPITAL DE RIESGO.- (Capital Semilla). Tomar participación en empresas que pertenezcan a sectores dinámicos de la economía, de los que se espera que tengan un crecimiento superior a la media. Una vez que el valor de la empresa se ha incrementado lo suficiente, los fondos de riesgo se retiran del negocio consolidando su rentabilidad, en caso de un decremento no imputable al socio
OPERACIÓN:
1.- REQUISITOS GENERALES
La Representación General del FOGABAC, de acuerdo con el análisis y dictaminación de la solicitud del productor, determinará los requisitos, enlistados en forma enunciativa los apartados:
1. Solicitud formato abierto.
2. Identificación Oficial.
3. Registro Federal de Contribuyentes
4. Clave Única de Registro Población
5. Comprobante de Domicilio
6. Acta Constitutiva (En su caso)
7. Comprobante para el desarrollo de la Actividad o Concesiones o Licencias Vigentes.
8. Comprobantes del Lugar de Inversión
9. Descripción de Infraestructura y Equipo.
10. Relación de Garantías Otorgadas
11. Estados Financieros.
12. Comprobantes de los Conceptos de Inversión. (Cotizaciones o presupuestos)
13. Situación Fiscal
14. Referencias Comerciales o Bancarias.
15. Datos de la cuenta Bancaria.
Se integrara expedientes cronológicamente para el seguimiento de los siguientes:
1. Tarjeta Ejecutiva
2. Acuerdos del Comité
3. Documentos Valor (Contratos-Convenios-Pagares)
4. Carta Compromiso
5. Instrucciones Fiduciarias
6. Comprobantes de los Conceptos de Inversión
a. Paquete Tecnológico
b. Facturas de Maquinaria, Equipo y Semovientes
c. Facturas e Insumos o Materia Prima, Cotización y/o Presupuestos
d. Demás que Autorice la Dirección del Fogabac o El Comité Técnico
7. Comprobante de Pagos Parciales
8. Recibo de Pago Total o Liberación de Garantías
Se integraran Expedientes de Supervisión, Seguimiento y Cobranza.
El Expediente de Supervisiones se Integra en un solo expedientes todas las acciones de supervisión realizadas en el Año
El Expediente de Seguimiento se integra en un solo expediente todas las acciones de seguimiento a las ministraciones de los créditos autorizados, realizadas en el Año.
El Expediente de Cobranzas se integra en un solo expediente todas las acciones de cobranza, en el periodo de un Año. Siendo las Siguientes:
1. Aviso de Vencimiento
2. Cobranza – Pagos
3. Notificación de Vencimiento
4. Cobranza Administrativa
5. Turno a Cobranza Extrajudicial
6. Cobranza Extrajudicial
7. Turno a Cobranza Judicial
8. Copia de Entrega de Cartera Física
2.- SUB COMITÉ DE CREDITO
Organismo Auxiliar del Comité Técnico para el análisis de las solicitudes de créditos, garantías y tratamientos de cartera, para determinar la viabilidad técnica productiva, y su dictaminacion en base a la capacidad de pago del proyecto.
DICTAMEN DE SOLICITUDES
Remanente de Operación; La diferencia entre los ingresos contra los egresos de la solicitud, base para determinar la capacidad de pago de la solicitud.
• Remanente de Operación
o Positivo
o Negativo
Determinación de Costo de Operación: La determinación de los costos para el desarrollo de la actividad productiva, de acuerdo con las inversiones que se deberán realizar de acuerdo con la zona productiva o los costos de los bienes adquiridos con el Financiamiento para la capitalización de la unidad de producción.
• Determinación del Costo de Operación
o Positivo
o Negativo
Capacidad de Pago: Se determina con base a los ingresos proyectados menos los egresos de la solicitud, entre la solicitud de recursos.
• Capacidad de Pago al 80%
o Mayor a 1.5
o Menor a 1.5
• Capacidad de Pago al 100%
o Mayor a 1.0
o Menor a 1.0
Rentabilidad: Es la diferencia entre los ingresos proyectados contra los costos de operación o inversión, determina la viabilidad financiera del proyecto o solicitud.
• Rentabilidad
o Mayor al 5%
o Menor al 5%
Relación Garantía contra Crédito: Es la relación que existe entre los bienes muebles o inmuebles ofrecidos con soporte del pago del crédito, contra los recursos económicos otorgados como financiamiento, determina que en caso de no cubrir en forma directa el pago del crédito, existen como pagar el mismo con otra fuente de recursos.
• Relación Garantías contra Crédito
o Mayor a 1 vez
o Menor a 1 vez
Estratificación de la Solicitud: Determina la prioridad de la solicitud de acuerdo con los lineamientos, políticas y planes del Gobierno del Estado.
• Estratificación de la Solicitud
o Estatal
o Sector
o Dirección
o Fogabac
o Normal
Viabilidad: Es la posibilidad de técnica, productiva y xx xxxxxxx de realizar o producir lo solicitado en la zona y ubicación del proyecto.
Rentabilidad: Es la posibilidad Financiera de obtención de recursos excedentes a los egresos, como beneficio al solicitante, y base para la determinación de la viabilidad financiera de la solicitud.
• Resultado
o Viable y Rentable
o No Viable y Rentable
o Viable y No Rentable
o No Viable y No Rentable
Prioridad: Es la necesidad de los recursos de acuerdo a la disponibilidad presupuestal contra las necesidades del proyecto o solicitud.
• Prioridad
o 5 Urgente
o 4 Alta
o 3 Normal
o 2 Regular
o 1 Baja
Dictamen Positivo: Es una solicitud viable y rentable de acuerdo a las normas, políticas, y reglas de operación del Fideicomiso.
Dictamen Negativo; Es una solicitud no viable o no rentable de acuerdo con las normas, políticas, solvencia moral y reglas de operación del Fideicomiso.
• Dictamen del Sub Comité de Crédito
o Positivo
o Positivo Condicionado
o Negativo
Observaciones o Recomendaciones: Son los comentarios técnicos, operativos o financieros del Comité de Crédito, hacia el Comité Técnico respecto a la solicitud.
• Observaciones al Proyecto
Forman parte a las presentes Reglas de Operación del Fogabac, las Reglas de Operación del Sub Comité de Crédito, como anexo No. 2.
3.- COMITÉ TECNICO
La evaluación de las solicitudes presentadas por los sujetos al FOGABAC, se deberán realizar los siguientes análisis:
a) Scoring Fogabac
b) Scoring Gob BC
c) Razones Financieras
d) Capacidad de Pago
e) Relación Garantía Vs Crédito
f) Solvencia Moral
g) Proyecto Estratégico Estatal
Scoring se refiere al uso de conocimiento sobre el desempeño y características de préstamos otorgados en el pasado a productores del sector primario y con base en los resultados obtenidos, se podrá pronosticar el desempeño de los préstamos futuros. Este análisis se realizará en base a la experiencia real en el sector y/o con la información de una base de datos electrónica.
a) Scoring Actividad/Fogabac
1 Edad del Solicitante: De acuerdo con el Promedio de la Edad de 25-60 años los sujetos en la producción agropecuaria, forestal y pesquera, en este rango están la mayor parte, quienes cuentan con experiencia en la actividad y los medios necesarios para la correcta explotación de la actividad. En la edad mayor de 60 años los productores tienen mucha experiencia, pero se corre un mayor riesgo. Y en el caso de los productores de 18 a 24 años, en la mayoría de los casos cuenta con escasa experiencia productiva.
2 Antigüedad en el negocio: Las Empresas o Productores con experiencia de más de 5 años en la producción están en su etapa madura en estos sectores. En el caso de negocios con 1 a 5 años están en su proceso de maduración y menores a un año en la actividad se corren un mayor riesgo.
3 Giro del negocio: Los sujetos que se encuentran integrados a una cadena productiva, donde incluyan la transformación o la comercialización directa de un producto terminado su viabilidad es mayor. En el caso de sujetos con procesos de valor agregado, estos diferencian sus productos a mejores mercados. Y la producción primaria esta en base únicamente al mercado de productos básicos.
4 Maquinaria y Equipo: En mayor grado de equipamiento e infraestructura los proyectos productivos reducen sus márgenes de costos y gastos pagados a terceros. En el caso de sujetos con maquinaria suficiente para la realización de las actividades productivas mínimas necesarias. Cuando no se cuenta con Maquinaria e Infraestructura necesaria se corre mayores gastos pagados a terceros.
5 Activos Fijos: En mayor grado de infraestructura los proyectos productivos reducen sus márgenes de costos por arrendamientos pagados a terceros. Cuando no se cuenta con Infraestructura necesaria se corre mayores gastos pagados a terceros.
6 Empleos generados y conservados: Con prioridad gubernamental la generación de empleos.
Campo | Condición | Valor | |
1 | Edad del solicitante | 25 - 60 años | 5 |
Mayor de 60 años | 3 | ||
18 - 24 años | 1 | ||
2 | Antigüedad en el negocio | Más de 5 años | 5 |
1 - 5 años | 3 | ||
Menos de 1 año | 1 | ||
3 | Giro del negocio | Transformación | 5 |
Valor Agregado | 3 | ||
Producción | 1 | ||
4 | Maquinaria y Equipo | Equipo Completo | 5 |
En Operación | 3 | ||
Renta/Maquila | 1 | ||
5 | Activos Fijos | Colonia | 2 |
Ejidal | 2 | ||
Sin Activos Fijos | 1 | ||
6 | No. de empleos conservados | Más de 5 | 5 |
De 2 - 5 | 3 | ||
1 | 1 | ||
7 | No. de empleos a generar | Más de 3 | 5 |
De 1 - 3 | 3 | ||
Ninguno | 1 |
b) Scoring Gob BC:
1 Invertirá en nueva o mejor tecnología: A mayor grado de tecnificación más eficiencia en los procesos productivos.
2 Adquirirá más del 50% de los insumos, equipos, maquinaria e infraestructura dentro del estado: El Gob BC es importante la adquisición a empresas establecidas en el estado, para la generación de riqueza y empleo.
3 Diversificara sus mercados: El Estado promueve la diversificación de los mercados, para lograr una mayor penetración a nuevos nichos xx xxxxxxx.
4 Contratara adultos mayores: El Gob BC es prioritario la conservación y generación de empleos para adultos mayores.
5 Contratara personas con carrera técnica o profesional: Para el Estado es importante la preparación técnica y profesional de sus ciudadanos, así como se disminuye los riesgos en la empresa con este tipo empleados.
6 Generación de Empleos Indirectos: El Gob BC es importante la adquisición a empresas establecidas en el Estado, para la generación de riqueza y empleo.
Campo | Condición | Valor | |
1 | Invertirá en nueva o mejor tecnología | SI | 5 |
NO | 1 | ||
2 | Adquirirá más del 50% de los insumos, equipos, maquinaria e infraestructura dentro del estado | SI | 5 |
NO | 1 | ||
3 | Diversificará sus mercados | SI | 5 |
NO | 1 | ||
4 | Contratará adultos mayores | SI | 5 |
NO | 1 | ||
5 | Contratará personas con carrera técnica o profesional | SI | 5 |
NO | 1 | ||
6 | Generación de Empleos Indirectos | SI | 5 |
NO | 1 |
c) Razones Financieras
1 Índice de Liquidez. Esta razón es la que mide la capacidad de la empresa cuando esta solicita un crédito a corto plazo, es decir, mide la habilidad para cubrir sus deudas y obligaciones a corto plazo.
2 Índice de Solvencia Inmediata o Prueba del Ácido. Esta razón mide la capacidad de la empresa respecto a sus deudas a corto plazo y/o a su habilidad de pagar sus deudas y obligaciones cuando esas vencen, con base a sus cuentas y documentos para cobrar a corto plazo.
3 Capital de Trabajo: Esta razón mide la capacidad crediticia ya que representa el margen de seguridad para los acreedores o bien la capacidad de pagar de la empresa para cubrir sus deudas a corto plazo, es decir es el dinero con que la empresa cuenta para realizar sus operaciones normales.
4 Endeudamiento. Este grupo de razones tiene como finalidad conocer la proporción que existe en el origen de la inversión de la empresa, con relación al capital propio y ajeno.
5 Capital Propio. Estas razones muestran la relación que guardan los bienes estables con el capital propio que es una inversión permanente más el capital ajeno a largo plazo; la finalidad es que muestre la posibilidad que tiene la empresa de adquirir nuevos activos fijos.
6 Índice de Rotación de Activos. Estas razones financieras nos permiten medir la eficiencia en la utilización de los activos fijos así como la estructura total de dichos activos, mostrando el número de veces de su utilización.
7 Índice de Rotación de Inventarios. Estas razones financieras nos ayudan para medir la eficiencia en nuestras ventas, por medio del desplazamiento de nuestros inventarios; así mismo nos ayuda a conocer el número de días promedio necesarios para vender dichos inventarios; de igual manera nos ayuda a conocer indirectamente si la política administrativa ha sido acertada.
8 Índice de Rotación de Cuentas por Cobrar. Esta razón financiera nos permite conocer el grado de eficiencia en el cobro de las cuentas, así como la efectividad política en el otorgamiento de créditos. Para ello es necesario otorgar solo las ventas a crédito deduciendo de ellas las devoluciones, rebajas, bonificaciones y descuentos para poderlas comparar con el promedio de los saldos mensuales de los clientes para conocer el número de veces que este promedio se desplaza, es decir, ese índice nos indica la eficiencia del departamento de cobranzas.
9 Retorno de Activos. Estas razones financieras miden la eficiencia en la utilización de capital propio o el capital en movimiento como apoyo a las ventas.
10 Margen de Utilidad o de Productividad. Este conjunto de razones financieras nos muestran el rendimiento que por ventas obtiene la empresa en sus operaciones propias, y de la utilidad que le representa a cada uno de los socios de acuerdo al número de a acciones en su poder.
11 Apalancamiento. La razón deuda a inversión mide cuanto se debe, comparado con lo invertido por los socios (existen las modalidades de corto y largo plazos).
Campo | Condición | Valor | |
1 | Liquidez | Mayor a 1.5 | 5 |
De 0.5 - 1.5 | 3 | ||
Menor a 0.5 | 1 | ||
2 | Prueba del ácido | NO Aplica | 0 |
NO Aplica | 0 | ||
NO Aplica | 0 | ||
3 | Capital de trabajo | Mayor a 30,000 | 5 |
Menor o Igual a 30,000 | 3 | ||
4 | Endeudamiento | Menor a 0.2 | 5 |
0.2 a 0.6 | 3 | ||
Mayor a 0.6 | 1 | ||
5 | Capital propio | Mayor a 0.5 | 5 |
0.2 a 0.5 | 3 | ||
Menor a 0.2 | 1 | ||
6 | Rotación del activo total | Mayor a 0.5 | 5 |
0.1 a 0.5 | 3 | ||
Menor a 0.1 | 1 | ||
7 | Rotación de inventarios | Menor a 180 | 5 |
Mayor o igual a 180 | 1 | ||
8 | Rotación de cuentas por cobrar | Menor a 270 | 5 |
Mayor o igual a 270 | 1 | ||
9 | Retorno de activos | Mayor a 0.5 | 5 |
0.1 a 0.5 | 3 | ||
Menor a 0.1 | 1 | ||
10 | Margen de utilidad | Mayor a 0.3 | 5 |
0.1 a 0.3 | 3 | ||
Menor a 0.1 | 1 | ||
11 | Apalancamiento | Menor a 0.1 | 5 |
0.1 a 0.05 | 3 | ||
Mayor a 0.05 | 1 |
d) Capacidad de Pago y Relación Garantía-Crédito
Campo | Condición | Valor | |
1 | Capacidad de Pago al 80% | Mayor a 3 veces | 6 |
2 a 2.9 veces | 4 | ||
Menor a 2 ves | 1 | ||
2 | Capacidad de Pago sin Ptmo. | Mayor a 2 veces | 6 |
1 a 1.9 veces | 4 | ||
Menor a 1 ves | 1 | ||
3 | Relación Garantía Vs Crédito | Mayor de 2 a 1 | 4 |
De 1.1 a 1.9 | 2 | ||
Menor o Igual 1 a 1 | 1 | ||
4 | Relación Garantía Vs Crédito sin Gtia Natural | Mayor de 1 a 1 | 4 |
De 0.6 a 0.9 | 2 | ||
Menor o Igual 0.5 a 1 | 1 |
e) Solvencia Moral
Solvencia Moral: Es la capacidad del sujeto de afrontar sus compromisos, por tener un alto nivel de solvencia moral o responsabilidad para cumplir con sus compromisos. Para la determinación de la clasificación en este punto, la Representación General del FOGABAC deberá de constar y cuestionar las referencias comerciales y financieras en su caso para determinar, el grado de confiabilidad de los sujetos que presenten solicitudes, y que anteriormente no se cuente con antecedentes en el FOGABAC, además de la verificaciones con productores de la zona de influencia, demás proveedores de insumos, y comercializadores de productos.
Campo | Condición | Valor | |
1 | Solvencia Moral | Excelente | 5 |
Buena | 4 | ||
Regular | 2 | ||
Mala | 1 |
f) Proyecto Estratégico Estatal
Es importante para la SEDAGRO antes SEFOA y el GOB BC; el Ordenamiento productivo de los sectores agropecuarios y pesqueros en el Estado con este propósito.
Campo | Condición | Valor | |
1 | Proyecto Estatal | Prioritario | 5 |
En Desarrollo | 3 | ||
No Prioritario | 1 |
FACTORES Y VALORES
Valor Scoring Actividad/Fogabac: En este scoring están los conceptos que determinan la capacidad para el desarrollo de la actividad, sobre la evaluación total representan el 20%.
Valor Razones Financieras: El Análisis de acuerdo con los estados financieros entregados por el Sujeto, se determinara la capacidad financiera de la solicitud, que solo representara el 10% de la evaluación. De Acuerdo con el comportamiento de los sectores a apoyar los Márgenes de Utilidad, Retorno de los Activos y Niveles de Apalancamiento, están sobre la media de otras actividades.
Valor Scoring Gob BC: En este scoring están los conceptos que el Gobierno del Estado de Baja California considera prioritarios para el desarrollo del Estado, se considera el 10% sobre la evaluación final.
Valor Capacidad de Pago y Relación Garantía-Crédito: Estos parámetros son los fundamentales para el análisis de solicitudes de sujetos que se encuentran en las etapas de introducción o incubación o fortalecimiento, que son los prioritarios del FOGABAC, el factor es del 30% de la evaluación.
Valor de Solvencia Moral: La Representación General del FOGABAC determinará de acuerdo a un análisis la solvencia moral del sujeto, el valor del factor es de 10% de la evaluación, en esta punta adicionalmente se deberá incluir una conclusión de los factores de scoring Fogabac y Gob BC, así como de la Razones Financieras.
Valor de Proyectos Estratégicos Estatales: El Gobierno del Estado de acuerdo con sus prioridades y necesidades de desarrollo del Estado, se evaluará con el 20%. Además se contara con la facultad de transferir a una solicitud de un sujeto de un nivel inferior al inmediato superior (Xx Xxxx a Amarillo o de Amarrillo a Verde).
Factor e Indicador: El Factor es determinado por el valor porcentual de los análisis divido entre la suma de los puntos máximos. La determinación del Indicador será de acuerdo con los puntos obtenidos de la solicitud del Sujeto (Valor de Evaluación), por el factor determinado anteriormente.
Valor | % | Valor Evaluación | Factor | Indicador | ||
I | Scoring Actividad/Fogabac | 20% | 9 | 0.00625 | 5.6% | |
Mayor | 32 | |||||
Intermedio | 25 | |||||
Menor | 10 | |||||
II | Razones Financieras | 10% | 7 | 0.002 | 1.4% | |
Mayor | 50 | |||||
Intermedio | 26 | |||||
Menor | 7 | |||||
III | Scoring Estatal | 10% | 6 | 0.003333 | 2.0% | |
Mayor | 30 | |||||
Menor | 6 | |||||
IV | Capacidad de Pago y Relación Garantía | 30% | 20 | 0.02 | 40.0% | |
Mayor | 20 | |||||
Intermedio | 12 | |||||
Menor | 4 | |||||
V | Solvencia Moral | 10% | 1 | 0.02 | 2.0% | |
Bueno | 5 | |||||
Regular | 3 | |||||
Malo | 1 | |||||
VI | Proyecto Estatal | 20% | 1 | 0.04 | 4.0% | |
Mayor | 5 | |||||
Intermedio | 3 | |||||
Menor | 1 | |||||
1 | 43 | 0.071583 | 53.0% |
4.- DICTAMEN
La dictaminación de la Evaluación de la Solicitud de los sujetos, se realizará en base a un semáforo, el color verde indicará que la solicitud del sujeto se encuentra en un rango positivo de 76% al 100%, en el semáforo color amarillo indicará que la solicitud de sujeto se encuentra en un rango medio regular del 56% al 85%, y en el caso del color rojo indica que la solicitud del sujeto se encuentra en un rango inferior al 55% de los indicadores en base a puntos obtenidos en la evaluación.
Verde | 76% a 100% |
Amarillo | 56% a 75% |
Rojo | 0% a 55% |
5. AUTORIZACIÓN
Los Resultados del Análisis, Evaluación y Autorización en su caso, deberán quedar plasmados en el Acta de Comité Técnico, vía los acuerdos que son parte integral de la misma.
Sesiones de Autorización del Comité Técnico: Los Integrantes del Comité Técnico en Sesiones Ordinarias o Extraordinarias, la Representación proporcionará e informará al Comité Técnico Previo a la Sesión, por medio de los sistemas de informática el siguiente:
a. Convocatoria
b. Orden del Día.
c. Solicitudes de Crédito, Tratamientos de Xxxxxxx y Garantías.
d. Tarjeta Ejecutiva por solicitud
En la Sesión una vez teniendo quórum legal, y de acuerdo con el Orden del Día, dentro del punto Asuntos Propios de la Entidad, La Representación General del FOGABAC, dará lectura a la Tarjeta Ejecutiva, la cual deberá contener cuando menos lo siguiente:
• Generales del Sujeto
• Generales de la Solicitud
• Condiciones del Financiamiento
• Resultados del Análisis
o Scoring Fogabac
o Scoring Gob BC
o Razones Financieras
o Capacidad de Pago
o Relación Garantía Vs Crédito
o Solvencia Moral
o Proyecto Estratégico Estatal
• Observaciones de la Representación General del FOGABAC.
• Planteamiento del Acuerdo del Comité.
o Nombre del Sujeto
o Tipo de Crédito
o Línea
o Importe
o Tasa
o Comisión
o Plazo
o Vencimiento
• Autorización.
o Condicionar
o Negar
o Dar por no Presentada
o Autorizar
Facultar la Autorización en Línea en Sistema de Administración: El Comité Técnico facultará a la Representación General del FOGABAC, para la autorización de solicitudes de crédito presentadas y que de acuerdo con los parámetros de medición de las bolsas o tipos de crédito, de acuerdo con los tiempos de atención de las solicitudes, si en el periodo de presentación de la solicitud por parte del sujeto, rebasa el periodo de días para a completar la documentación, por no haber en ese periodo una Sesión de Comité Técnico, el Representante General del FOGABAC estará facultado para la autorización de dicho financiamiento, previamente cumpliendo lo siguiente:
• Envió Electrónico de la Tarjeta Ejecutiva a los Integrantes de Comité Técnico, 4 días antes del parámetro de días para a completar la documentación.
• Tomar en Consideración y Dar a conocimiento de los demás Integrantes del Comité Técnico las Observaciones o Recomendaciones realizadas por vía electrónica a la Tarjeta Ejecutiva enviada.
• De no recibir por escrito o vía electrónica ninguna observación o recomendación de la solicitud, se entenderá como Autorizada, siempre y cuando se encuentre con semáforos amarrillo o verde en un rango igual o superior a 75 puntos.
• El Representante General en los sistemas de administración, dará la autorización de la Solicitud, e iniciará con la formalización del financiamiento.
• El Representante General del FOGABAC, informará las operaciones realizadas bajo este esquema de autorización, en la siguiente Sesión del Comité Técnico, donde se acordaran.
POST-OPERACION
Formalización de las Operaciones: La Representación General del FOGABAC formalizará los servicios que presenta de acuerdo con los parámetros de medición de las Bolsas o Tipos de Crédito. En Pagarés, o Contratos de Crédito y Pagares o Certificados o Constancias Fiduciarias, cumpliendo con las Leyes Vigentes.
Facultades de Operación: El Comité Técnico o el Representante General tendrán las facultades de ajustar ministraciones o recuperaciones en montos, destinos, forma y plazos de amortización de capital, intereses generados normales o penales, y garantías de los apoyos que el Fideicomiso canalice a los productores.
Calendario de Amortizaciones: La disposición de los créditos para los acreditados se hará de acuerdo al calendario de ministraciones que para tal efecto, autorice el comité técnico para cada caso en particular, debiéndose reservar el FOGABAC, en los respectivos contratos de crédito la facultad del mismo para cubrir directamente a los proveedores de los bienes a financiados en los casos que así estime convenientes, previo endoso del cheque del beneficiario.
Registro de Contratos: Se establecerá en los contratos de crédito, que la disposición de los recursos quedará condicionada a su inscripción previa en el registro de crédito agrícola o el que determine el Comité Técnico, así como a la entrega al FOGABAC por parte del acreditado de un ejemplar en original del contrato debidamente inscrito en el citado registro y del certificado de gravamen en el que aparezca que las garantías hipotecarias otorgadas a favor del fideicomiso quedaron inscritas en primer lugar de prelación convenido, o en caso contrario previa autorización del Comité Técnico.
Cobro de Intereses: Los intereses se cobrarán sobre saldos insolutos pagaderos al vencimiento del plazo de amortización previamente pactado.
Registro Contable de Intereses y Comisiones: El registro de los intereses y comisiones serán registrados contablemente, hasta que sean efectivamente cobrados, afectándose el resultado de la operación del Fogabac, dentro del ejercicio en el que esto ocurra.
Registro Contable Emisión de Constancias o Certificados Fiduciario: El registro contable de las reservas por la emisión de las Constancias o Certificados Fiduciarios, se realizara un registro en cuentas de orden, para fijar la responsabilidad que se tenga con FIDEICOMISARIOS B, los recursos reflejados en esta cuenta especial, no serán liberados por el FIDUCIARIO, hasta tener la liberación de los documentos que le dieron origen.
Registro Contable por la Afectación de Constancias o Certificados Fiduciarios: El registro contable de las reservas por la afectación o cobro de las reservas generadas por los Constancias o Certificados Fiduciarios, por el no cubrir con la responsabilidad de los créditos por los FIDEICOMISARIOS A, se registraran como Aplicaciones Patrimoniales.
Reservas Máximas de Garantías: Las garantías complementarias que otorgue el fideicomiso a las instituciones que acrediten a productores rurales que requieran garantías adicionales, se destinaran considerando hasta un 70% del patrimonio fideicomitido y solamente se podrá
disponer de ese porcentaje, siempre y cuando la solicitud de estos fondos sean la presentación de una serie de documentación que sancionará a su satisfacción el Comité Técnico. Siempre y cuando no sea con Avales Autorizados con el Congreso del Estado.
FACULTADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ TECNICO
El Fideicomitente en los términos del tercer párrafo del artículo 80 de la ley de Instituciones de Crédito y lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato de Fideicomiso constituye un Comité Técnico que representará el órgano máximo para la toma de decisiones y estará conformado por cada una de las siguientes instancias;
a) 6 (seis) representantes del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California, (1) Consejo de Vigilancia del Poder Ejecutivo del Estado de Baja California y 2 (dos) representantes del Poder Ejecutivo Federal, que en todo caso serán las personas que ocupen los siguientes cargos:
(1) Secretario de Desarrollo Agropecuario Presidente
(1) Subsecretario de Desarrollo Agropecuario Vicepresidente
(1) Secretario de Planeación y Finanzas Secretario
(1) Secretario de Desarrollo Económico Vocal
(1) Oficial Mayor de Gobierno Vocal
(1) Secretario de Acuacultura y Pesca Vocal
(1) Representante del INAES Vocal
(1) Gerente Estatal en Baja California de FIRCO Vocal
(1) Contralor General del Estado Consejo de Vigilancia
Por cada uno de los miembros se nombrará un suplente, quien tendrá voto en ausencia del titular y únicamente voz en caso de que este asista, a excepción del Contralor General del Estado y/o sus representantes, quienes solo tendrán voz.
A las Sesiones del Comité Técnico, concurrirá el Delegado Fiduciario y el Representante General del fideicomiso con voz pero sin voto.
El cuerpo colegiado sesionará de acuerdo con el Calendario presentado por el Representante General del Fideicomiso y será convocado por el Representante General del fideicomiso y/o Presidente del Comité Técnico y/o por el Fiduciario.
Habrá quórum cuando concurran por lo menos 5 de sus miembros, siempre y cuando se encuentre presente el presidente quien, en caso de ausencia podrá ser representado por el vicepresidente, así también deberá estar presente el Representante General o EL FIDUCIARIO, los acuerdos se
tomarán por mayoría de votos de los presentes, teniendo el presidente o el vicepresidente voto de calidad en caso de empate.
En cada Sesión Ordinaria se levantará el acta correspondiente que firmarán los que en ella intervengan, misma que deberá contener:
1. Identificación de la Entidad, Acta y Sesión.
2. Contenido del Acta
x. Xxxxx, fecha y hora de inicio.
b. Orden del Día.
1. Lista de Asistencia y Declaración del Quórum Legal.
2. Lectura de Orden del Día y Aprobación o Modificación en su caso.
3. Lectura y Aprobación en su caso del Acta de Sesión Anterior.
4. Seguimiento de Acuerdos.
5. Informe del Titular de la Entidad
a. Avance Programático.
b. Avance Presupuestal.
c. Estados Financieros
6. Solicitud de autorización de modificaciones: Enunciado el número de estas.
a. Programática
b. Presupuestal
7. Asuntos Propios de la Entidad,
8. Asuntos Generales
9. Lectura de Acuerdos Celebrados durante la Sesión.
10. Clausura de la Sesión.
Para cada Sesión Ordinaria del Comité Técnico, se deberá elaborar un cuaderno de trabajo que contenga los asuntos a tratar de conformidad con el orden del día previamente establecido, quedando bajo la responsabilidad del Representante General del fideicomiso su integración, mismo que deberá ser enviado con la convocatoria respectiva por lo menos cinco días antes de la fecha en que se haya programado la sesión, con la finalidad de que pueda efectuarse el análisis correspondiente.
Sobre el punto 7 Asuntos Propios de la Entidad se presentarán los siguientes temas:
a. Solicitudes de Crédito.
b. Solicitudes de Esquemas de Garantías.
c. Solicitudes de Tratamientos de Xxxxxxx.
d. Gastos de Operación del Fogabac.
e. Solicitud de Ampliación de Gastos de Operación.
f. Programas y Proyectos del FOGABAC.
La presentación de las solicitudes se realizará en las tarjetas ejecutivas, las cuales formaran parte integral del Acta de Comité Técnico.
Sobre el punto 9 Acuerdos Celebrados durante la Sesión, se determina los puntos mínimos a contener el acuerdo en caso de servicios financieros:
a. Número de Acuerdo
• Identificación de tipo de Sesión (SO Sesión Ordinaria, y SE Sesión Extraordinaria).
• Número de Sesión de Comité Técnico, identificado las Ordinarias y las Extraordinarias.
• Número Consecutivo de Control, inicia en la primera Sesión de Comité Técnico al inicio del año.
• Y Fecha de la Sesión de Comité Técnico.
b. Nombre del Beneficiario.
c. Importe.
d. Tipo de Crédito.
e. Línea.
f. Concepto de Inversión.
g. Tasa.
h. Comisión.
i. Plazo.
j. Vencimiento. k.
Tratándose de Sesiones Extraordinarias, también deberá levantarse el acta correspondiente que firmarán los que en ella intervengan, y ésta deberá contener:
1. Identificación de la Entidad, Acta y Sesión.
2. Contenido del Acta
x. Xxxxx, fecha y hora de inicio.
b. Orden del Día.
1. Lista de Asistencia y Declaración del Quórum Legal.
2. Listado de asuntos a resolver y que motivaron la convocatoria de la Sesión (el número de éstos varía dependiendo la problemática a resolver)
3. Lectura de Acuerdos Celebrados durante la Sesión.
4. Clausura de la Sesión.
Para cada Sesión Extraordinaria del Comité Técnico, se deberá elaborar un cuaderno de trabajo que contenga los asuntos a tratar de conformidad con el orden del día previamente establecido, quedando bajo la responsabilidad del representante general del fideicomiso su integración, mismo que se procurará enviar con la convocatoria respectiva por lo menos con veinticuatro horas de anticipación a la fecha en que se haya programado la Sesión o en su defecto entregarlo antes de iniciar el desarrollo de la sesión con la finalidad de que pueda efectuarse el análisis correspondiente, el envío podrá realizarse por medios electrónicos.
Facultades del Comité Técnico.- El Comité Técnico tendrá, para el cumplimiento de los fines establecidos en el presente contrato, las facultades y obligaciones que a continuación se indican, sin perjuicio de las que se le confieren en otras cláusulas:
a. Instruir a EL FIDUCIARIO para que realice las entregas de dinero que determine, especificando la persona o personas a quienes se les entregarán dichas cantidades, así como el monto, la aplicación y el destino del patrimonio fideicomitido, de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta de este contrato y hasta donde dicho patrimonio baste y alcance.
b. Otorgar las Facultades necesarias a la Representación General del FOGABAC para que pueda Instruir a EL FIDUCIARIO para que realice las entregas de dinero que determine, especificando la persona o personas a quienes se les entregarán dichas cantidades, así como el monto, la aplicación y el destino del patrimonio fideicomitido, de conformidad con lo establecido en la cláusula cuarta de este contrato y hasta donde dicho patrimonio baste y alcance.
c. Vigilar la correcta aplicación del patrimonio líquido que en cumplimiento de sus instrucciones entregue EL FIDUCIARIO, de acuerdo con los fines establecidos en este instrumento. E instruir a EL FIDUCIARIO respecto de la inversión de los recursos líquidos fideicomitidos, de conformidad con lo previsto en la cláusula quinta de este contrato.
d. Establecer la congruencia con los programas sectoriales, las políticas generales y definir las prioridades a las que deberá sujetarse el Fondo relativas a la producción productividad, comercialización finanzas investigación desarrollo tecnológico y administración general.
e. Solicitar, revisar y aprobar, en su caso, la información periódica que le proporcione LA FIDUCIARIA, respecto del estado que guarde el patrimonio fideicomitido, quedando facultado para solicitar cualquier aclaración respecto de la misma conforme a lo establecido en la cláusula décima séptima del Contrato.
f. Solicitar, y revisar, en su caso, la información periódica que le proporcione a el FIDEICOMISARIO, respecto del estado que guarde el patrimonio fideicomitido, presupuestos, programático y estados financieros, además de la autorización de los gastos de operación del FOGABAC, quedando facultado para solicitar cualquier aclaración respecto de la misma conforme a lo establecido en la normativa estatal vigente.
g. Aprobar los proyectos de programas operativos anuales y financieros de presupuestos de ingresos y egresos del FOGABAC, y sus modificaciones, en los términos de la legislación aplicable: además, deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Estado (antes SEFOA), sin perjuicio de las atribuciones que en materia presupuestal correspondan al Congreso del Estado.
h. Aprobar la solicitud de enajenación a título gratuito u oneroso de los bienes, instalaciones, concesiones o derechos, que afecten el patrimonio de las entidades paraestatales, en los términos de la legislación aplicable.
i. Fijar y ajustar los márgenes de intermediación y comisiones, estipulados en las presentes reglas, por los servicios financieros y de apoyo que presta el FOGABAC.
j. Aprobar la concentración de los préstamos para el financiamiento de la entidad con créditos internos, observando la normatividad que dicte el Gobierno del Estado.
k. Aprobar anualmente, previo informe de los comisarios, los estados financieros y el cierre del ejercicio presupuestal del FOGABAC, autorizando su publicación en el Periódico Oficial del Estado, así como el cierre programático.
l. Solicitar, revisar y aprobar en su caso los Manuales Administrativos para el adecuado funcionamiento del Fideicomiso, y aprobar el proyecto de reglamento interno en el que se establezcan las bases de organización, estructura, atribuciones que habrán de desarrollar los profesionistas, así como las facultades obligaciones que correspondan a sus titulares y la manera de suplir a estos en su ausencia.
m. Aprobar la estructura básica de la organización.
n. Sujetarse a la Ley de la materia, las normas y bases para la adquisición, arrendamiento y enajenación de bienes que la entidad paraestatal; requiera para la prestación de sus servicios, con excepción de los inmuebles que se estarán sujetos a lo que la Ley aplicable disponga. El reglamento, xx Xxx establecerá los procedimientos respectivos.
o. Proporcionar oportunamente a EL FIDUCIARIO la información que ésta le solicite.
p. Proporcionar oportunamente al FIDEICOMISARIO la información que ésta le solicite.
q. Analizar y aprobar en su caso, los informes trimestrales que rinda el titular de la entidad paraestatal con la intervención que corresponda a los comisarios.
r. Acordar con respaldo de las disposiciones legales relativas, los donativos o pagos extraordinarios que realice y verificar que los mismos se apliquen a los fines señalados en las instrucciones de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Estado (antes SEFOA).
s. Aprobar la solicitud para condonar adeudos a cargo de terceros y a favor del FOGABAC cuando fuere notoria la imposibilidad práctica de su cobro, previa opinión de la
Dirección de Control Gubernamental y la Secretaría de Desarrollo Agropecuario del Estado (antes SEFOA).
t. Autorizar las solicitudes de financiamiento y xx xxxxxxx alternas de pago (liquidas y constancias fiduciarias), cuyo procedimiento se indica en el presente instrumento (Reglas de Operación).
u. Otorgar las Facultades Necesarias a la Representación General del FOGABAC para Autorizar las solicitudes de financiamiento y xx xxxxxxx alternas de pago (líquidas y constancias fiduciarias), cuyo procedimiento se indica en el presente instrumento (Reglas de Operación).
v. Emitir las Reglas de Operación del FOGABAC y, en su caso, sus modificaciones.
w. Autorizar las Reglas de Operación del FOGABAC.
x. Instruir a EL FIDUCIARIO la entrega de los recursos necesarios para el pago de los honorarios profesionales de los prestadores de servicios que resulten necesarios para la administración y consecución de los fines de este fideicomiso, contratados con cargo al patrimonio del mismo, sin que lo anterior constituya relaciones laborales con EL FIDUCIARIO y el fideicomiso.
y. Instruir a EL FIDUCIARIO para que otorgue los poderes generales o especiales que, en su caso, se requieran para formalización, operación y administración de los créditos y/o para la defensa del patrimonio fideicomitido, conforme a lo previsto en la cláusula décima sexta.
z. Vigilar el adecuado funcionamiento del fideicomiso, así como informar al FIDEICOMITENTE, cuando así se lo requiera, sobre el avance en la entrega de los recursos y del estado de cuenta que guarde el FOGABAC.
aa. Instruir a EL FIDUCIARIO para que, previa su autorización, celebre los actos que sean necesarios en cumplimiento de los fines del presente fideicomiso.
bb. Informar por escrito a EL FIDUCIARIO sobre cualquier cambio en las personas que integren el COMITÉ TÉCNICO, anexando los datos y documentos necesarios para actualizar el Anexo “D” de este convenio, en el entendido de que si EL FIDUCIARIO no recibe la notificación de tales cambios, no será responsable por cualquier acto suyo que tenga como base la última documentación que le haya sido entregada.
cc. Designar ante EL FIDUCIARIO, en documento por separado, al Representante General del FOGABAC, quien fungirá como depositario de los derechos, bienes, expedientes y convenios que se refieren en los incisos e), f), g), h), i), y j) de la cláusula tercera (Patrimonio) del Contrato y tendrá las facultades y obligaciones que se señalan en la cláusula vigésima séptima siguiente.
dd. Determinar la manera de aplicar el remanente que, en su caso, llegare a existir respecto de los recursos del patrimonio fideicomitido y en consecuencia, instruir para que se extinga totalmente el presente fideicomiso, por el cumplimiento de sus fines.
ee. Designar al fiduciario que fungirá como sustituto para el caso de que EL FIDUCIARIO en funciones renuncie a su cargo, sea removido del mismo, o en general, cuando por cualquier circunstancia sea necesario hacer tal designación.
ff. Autorizar y Otorgar las facultades necesarias a la Representación General del FOGABAC para iniciar y proceder con los procedimientos legales para la recuperación de la cartera del FOGABAC.
gg. Las demás que puedan derivar, dada la naturaleza de los fines del presente.
hh. Las que señalan las otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables con las únicas salvedades a que se contrae estas Reglas de Operación.
El Fiduciario quedará relevado de toda responsabilidad por los actos que ejecute el representante general que designe el comité técnico del fideicomiso y únicamente, responderá de tales actos con el patrimonio fideicomitido.
Representante General del Fogabac: El Representante General del Fogabac que designa por escrito el Comité Técnico ante EL FIDUCIARIO en documento por separado, es a su vez nombrado por el FIDICOMITENTE, en documento por separado, para que ejerza el cargo de depositario de los derechos, bienes, expedientes convenio que se refieren en los incisos e), f), g), h), i) y j) de la cláusula tercera del contrato, por lo que el propio FIDEICOMITENTE instruye a EL FIDUCIARIO, para que en este acto los entregue al citado depositario en posesión y custodia, mismo que tendrá, además del cúmulo de facultades y obligaciones que le derivan de la ley las siguientes, que se mencionan de manera enunciativa y no limitativa:
a. Administrar y representar legalmente al Fogabac.
b. Administrar y custodia los bienes muebles que forman parte del patrimonio del Fogabac, vigilando su estado físico y buen uso:
c. Formular los proyectos de los programas institucionales y de los operativos anuales, así como los presupuestos del FOGABAC y presentarlos para su aprobación al COMITÉ TÉCNICO.
d. Establecer los métodos que permitan el óptimo aprovechamiento de los bienes muebles e inmuebles del FOGABAC.
e. Tomar las medidas pertinentes a fin de que las funciones del FOGABAC se realicen de manera articulada, congruente y eficaz.
f. Establecer los procedimientos para controlar la calidad de los suministros y el programa de recepción que aseguren la continuidad en la producción, distribución o prestación del servicio.
g. Recabar información y elementos estadísticos que reflejen el estado de las funciones del FOGABAC para mejorar la gestión de la misma.
h. Establecer los sistemas de control necesarios para alcanzar las metas u objetivos propuestos.
i. Establecer los mecanismos de evaluación que destaquen la eficiencia y eficacia con que se desempeña la entidad y prestar al COMITÉ TÉCNICO por lo menos dos veces al año, la evaluación con gestión de detalle que previamente se acuerde con el órgano y escuchando al comisario público.
j. Ejecutar el acuerdo que dicte el COMITÉ TÉCNICO.
k. Suscribir en su caso, los contratos del FOGABAC.
l. Las que señalan las otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas aplicables con las únicas salvedades a que se contrae esta Ley.
m. Administrar la cartera de créditos que integra el patrimonio del fideicomitido, en los términos y condiciones que al efecto se establezcan en el acta circunstanciada de protesta de cargo y recibo de la encomienda del mismo; incluyendo lo relativo a la formalización de contratos y a la operación y administración de los recursos económicos que genera dicha cartera.
n. Depositar en la cuenta de EL FIDUCIARIO, el dinero que obtenga de la cobranza de la cartera que integra el patrimonio fideicomitido que se le ha encomendado;
o. Entregar a EL FIDUCIARIO mediante deposito a su cuenta concentradora, cuyo número en su oportunidad le dará a conocer, los recursos derivados de la administración de la cartera, a efecto de que EL FIDUCIARIO los registre en las subcuentas del FOGABAC que se le señalen, debiendo incluir en dicha entrega la recuperación de los créditos totales que integran la materia fideicomitida.
p. Entregar la documentación o información que le requiera EL FIDUCIARIO dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que reciba el requerimiento. Llevar el control pormenorizado de:
• Créditos Otorgados o Avance Físico Financiero.
• Créditos Cobrados o Recuperación de Cartera.
• Créditos No Cobrados o Cartera sin Movimientos.
• Incremento de Créditos o Responsabilidad de Xxxxxxx.
• Saldos de Cartera Total.
• Colocación de Esquemas de Garantías.
• Relación de Certificados Vigentes.
• Relación de Garantías Afectadas.
• Aplicación de intereses generados por la cartera de créditos (Intereses cobrados, provisión de intereses, etc.)
• Informe de cartera vencida y en su caso provisiones para su castigo.
q. Contratar por instrucciones del COMITÉ TÉCNICO, a los prestadores de servicios profesionales que este le instruya, cuya contratación será con cargo a los recursos del fideicomiso, bajo la modalidad del régimen de prestación de servicios profesionales independientes, por lo que no tendrán relación laboral alguna con EL FIDUCIARIO, EL FOGABAC, EL FIDEICOMITENTE ni el COMITÉ TÉCNICO.
r. Análisis, Dictaminar, Autorizar e Instruir la dispersión de recursos, de las solicitudes presentadas por los sujetos con antecedentes favorables previos en el FOGABAC, por recursos económicos menores a los 6,000 salarios mínimos vigentes en el Estado, las solicitudes deberán estar en los semáforos amarillos o verdes y el puntaje deberá ser mayor a 90 puntos.
s. Las demás que le otorgue por escrito el COMITÉ TÉCNICO.
EL FIDEICOMITENTE notificará por escrito al depositario su nombramiento, con copia para EL FIDUCIARIO, a efecto de que el propio depositario rinda también por escrito con copia para esta última, la protesta del fiel y xxxx desempeño de su cargo, incluyendo asimismo lo mencionado en el inicio b) de esta cláusula.
DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS AL FIDEICOMISO
Para el adecuado cumplimiento de los fines para lo que fue creado, el Fideicomiso por conducto del Representante General del mismo, contratará a los Prestadores de Servicios Profesionales Independientes de conformidad a las cargas de trabajo, bajo el régimen de honorarios profesionales con cargo directo al Patrimonio del mismo y aprobado por el Comité Técnico.
PROGRAMACIÓN OPERATIVA Y PRESUPUESTAL
Con el objeto de que el Fideicomiso pueda realizar con éxito los fines específicos del mismo, la instrumentación de sus programas anuales de apoyo crediticio y de garantía, el representante general, será el responsable de la elaboración de los mismos, de acuerdo a las siguientes estrategias;
A).- Identificar y seleccionar las actividades del sector agropecuario y pesquero, con objeto de determinar en la región de influencia, aquellas actividades económicas que deban ser promovidas atendiendo su impacto en la zona, cuantificando sus niveles de inversión y empleo teniendo prioridad de atención aquellas que consoliden la vocación regional considerando la producción, transformación, prestación de servicios, mercadeo y comercialización, de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo.
B).- Elaborar un diagnóstico por rama y actividad de los sectores a apoyar, con el objetivo de contar con una visión global y objetiva de aquellos factores que incidan en ellas.
C).- Cuantificar la demanda de apoyo con el FOGABAC de garantía complementaria como alternativa para el desarrollo y consolidación de las empresas de productores rurales.
D).- Determinar las acciones de apoyo crediticio y de cumplimiento de garantías para satisfacción de las necesidades detectadas en las empresas a apoyar, una vez realizado lo anteriormente señalado, de tal forma que les permita su desarrollo productivo, eficiente y competitivo.
Criterios para la selección de apoyos.- La promoción del Fideicomiso se ajustará a los siguientes:
A).- Los apoyos económicos deberán estar orientados a desarrollar actividades productivas que permitan a los beneficiarios una rápida incorporación a los mercados de trabajo.
B).- Deberán planear con claridad la correlación entre la actividad productiva y las necesidades de la comunidad, así como también su mercado potencial.
C).- Los Proyectos que se presenten deberán ser viables y factibles desde el punto de vista técnico y financiero para que puedan permitir a los beneficiarios cumplir con los pagos del crédito adquirido.
D).- La selección de los apoyos y de los beneficiarios se realizará con base en criterios de madurez y responsabilidad, así como de acuerdo a la normatividad de las entidades promotoras y habilitadoras.
Criterios para integrar solicitudes de apoyo.- Para la presentación de solicitudes de apoyo al fideicomiso, las personas físicas, xxxxxxx y organizaciones deberán presentar sus planteamientos en sus solicitudes de financiamiento de acuerdo con los siguientes criterios:
A).- Elaborar una solicitud de apoyo de acuerdo al formato respectivo que vaya dirigido al fideicomiso y firmada por el solicitante, deberá contener registro federal de Contribuyentes o CURP, Datos de Generales de Identificación de la Empresa y/o Productor (Escrituras, Actas de Constitución y Modificatorias y Poderes de Representantes e identificación Oficial, Acta de Nacimiento y de Matrimonio en su caso, Descripción, Lugar de Inversión, datos de identificación del predio, Importe del Proyecto, monto solicitado, plazo de amortización, detalle de garantías a ofrecer y documentos que acredite el usufructo y/o propiedad del predio a explotar).
B).- Los perfiles y proyectos, deberán contener en forma muy clara el calendario de ministraciones, y recuperaciones de acuerdo al tipo de inversión, así como información suficiente de los antecedentes productivos, experiencia en la actividad, información financiera, mercado actual, mercado potencial, ventas esperadas, costo de operación (Avaladas por la instancia normativa) impacto del proyecto y proyección de utilidades.
C).- En cuanto a la utilización de apoyos del Fondo de Garantías Complementarias, estas solicitudes deberán ser presentadas con la documentación necesaria solicitada por las instancias habilitadoras para que esta pueda sancionar en paquetes la etiquetación de recursos, no se podrá atender solicitudes directas de los productores.
D).- El representante general del Fideicomiso verificará que todas las solicitudes cumplan con la normativa exigida por el fideicomiso y las instituciones que participan en los diversos programas.
El Fideicomiso a través de sus prestadores de servicios contratados bajo el régimen de honorarios profesionales, realizará las supervisiones de aplicación de los recursos, así como del avance del programa de recuperaciones y pago de las garantías a las instituciones bancarias que hayan utilizado recursos del fondo de garantía complementaria en caso de que se utilicen los recursos asignados, previo análisis de la liquidación final que se efectúe al finiquito de la línea de crédito del cultivo apoyado.
POLÍTICAS INTERNAS DEL FIDEICOMISO
La entidad de fomento deberá ajustarse a las políticas siguientes:
A).- En caso de que el Fiduciario, actuando por cuenta propia financie el proyecto en comento, las garantías que en su caso se constituyan, a favor del propio banco se deberán constituir en una institución de crédito distinta y la justificación y autorización previa del Comité Técnico.
B).- Los Recursos de personas físicas y/x xxxxxxx, privadas o públicas, que sean aportados distintos a los dados por el Fideicomitente se otorguen con carácter de donativos a título gratuito.
C).- El importe total de los créditos que en ejecución del fideicomiso se contraten, así como el patrimonio fideicomitido, se destinen única y exclusivamente a la realización de los fines del FOGABAC.
D).- En las operaciones que se efectúen, en ningún momento deberá existir concurrencia de derechos u obligaciones, o bien, se reúnan las calidades de acreedor y deudor en esa institución actuando por cuenta propia o como Fiduciario.
E).- En los contratos que se instrumenten las operaciones de crédito deberán estipular el orden de prelación en el cumplimiento de las obligaciones con cargo al patrimonio Fideicomitido.
F).- Los créditos que otorguen las instituciones de Banca Múltiple o Instituciones Auxiliares de Crédito o demás instituciones con facultades previstas en ley, con cargo al fideicomiso, deberán sujetarse a lo dispuesto en las Reglas para los requerimientos de Capitalización de las Instituciones de Banca Múltiple expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 xx xxxx de 1991, así como sus modificaciones, en el entendido de que dichos financiamientos quedaren comprendidos en el grupo cuatro de la primera de las citadas reglas, asimismo, dicho régimen deberá señalarse expresamente en los documentos que instrumenten los financiamientos provenientes de las citadas instituciones de crédito.
G).- Los recursos que transitoriamente se encuentren líquidos y no se destinen al fin principal del Fideicomiso, los instrumentos en que se invertían podrán estar inscritos o no en el registro nacional de valores e intermediarios; no debiendo invertirse en papel comercial sin aval bancario, salvo que cuenten con la autorización previa y por escrito del Banco de México con el envío previo de la solicitud correspondiente de la gerencia de autorizaciones y asuntos jurídicos del mencionado Banco de México.
Los recursos de Fideicomisos mandatos o comisiones cerrados, no deberán invertirse total o parcialmente en otros fideicomisos.
Así mismo la aplicación del reglamento se regirá de acuerdo a su manual de operaciones, que el representante general del fideicomiso deberá presentar al Comité Técnico para análisis y autorización correspondiente.
PREVISIONES FINALES
Las situaciones no previstas en el contrato del Fideicomiso Fondo de Garantías Complementarias y Créditos Puente, y en las presentes REGLAS DE OPERACIÓN, serán resueltas por mayoría de votos de los integrantes del COMITÉ TÉCNICO, siempre y cuando se ajusten a los fines del Fideicomiso.
El COMITÉ TÉCNICO del Fideicomiso informará por escrito a EL FIDUCIARIO de la aprobación de las presentes REGLAS DE OPERACIÓN para el Fideicomiso Fondo de Garantías Complementarias y Créditos Puente, anexándole un ejemplar firmado por todos los integrantes del mismo.
Las presentes REGLAS DE OPERACIÓN entraran en vigor a partir de su suscripción por los integrantes del COMITÉ TÉCNICO del Fideicomiso.
Se dejan sin efecto las reglas de operación, suscritas con anterioridad a la fecha descrita en las presentes Reglas.
Las presentes REGLAS DE OPERACIÓN se firman por triplicado en la ciudad de Mexicali, Baja California, a 26 del mes de Diciembre de dos mil dieciocho.
INTEGRANTES DEL COMITÉ TÉCNICO
Xxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Secretario de Desarrollo Agropecuario Presidente | |
Xxxxx Xxxxx Xxxxx Subsecretario de Desarrollo Agropecuario Vicepresidente. | Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Secretario de Planeación y Finanzas Secretario |
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Secretario de Desarrollo Económico Vocal | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Oficial Mayor de Gobierno Vocal |
Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx Representante Estatal del INAES Vocal | Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Gerente Estatal de FIRCO Vocal |
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Contralor General del Estado | Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Secretario de Pesca y Acuacultura |
Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Representante General del FOGABAC | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx de Banco Santander |