GOBIERNO DE CORDOBA MINISTERIO DE SALUD
GOBIERNO XX XXXXXXX MINISTERIO DE XXXXX
XXXXXX DE BASES CONDICIONES GENERALES, PARTICULARES
y ESPECIFICACIONES TECNICAS
OBJETO:
Contratación Servicio de Mantenimiento Equipo de
Hemodiálisis Destino: Hospitales de Capital e Interior
EXPEDIENTE Nº: 0425-292468/15
PRESUPUESTO ESTIMADO: $ 350.000
DOMICILIO:
XXXX . XXXXX XXXXXXXXX 0000 – AREA MARRON, OFIC. 11 TELE/FAX: 054-0351- 000-0000
PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
Artículo 1. DE LA PRESENTACION
La presentación de las propuestas deberá ser efectuada en sobre o paquete cerrado, y sin membrete, con la leyenda:
Objeto: CONTRATAR EL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE EQUIPO DE HEMODIALISIS.
1.1 El sobre o paquete deberá contener:
Carpeta N* 1, incluyendo:
La propuesta económica básica, en original y tres copias, debidamente firmadas por el representante legal o quien tenga uso de la razón social. No serán admitidas cotizaciones en formas alternativas y que modifiquen la forma de pago establecidas en el presente pliego.-
Carpeta N* 2 - Contenido: Documentación del oferente exigida en el Artículo 3 del presente Xxxxxx, ordenado de acuerdo a lo consignado en el citado artículo.
Carpeta Nº 3. Documentación Técnica:
a) La propuesta técnica, la que se hará de acuerdo a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y sobre todos los servicios e instalaciones requeridas para las prestaciones y ofertas de servicios accesorios que no estén especificados en el Pliego de Especificaciones Técnicas pero que contribuyan al mejoramiento de las prestaciones solicitadas. Esta propuesta deberá ser presentada en original y una copia en papel membretado, debidamente suscriptas en todas y cada una de sus fojas, por el Representante Legal o Apoderado con facultades suficientes para obligar al oferente.
b) Cronograma de implementación del servicio ofertado y/o tiempos de reparación de los equipos requeridos s/Pliego de Especificaciones Técnicas.
c) El oferente deberá incluir, nota con el detalle pormenorizado de los servicios y repuestos que cubre la oferta y los que no se encuentran incluidos en la misma, con las reservas de lo establecido en el art. 12 xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
d) Precio oficial unitario de todos y cada uno de los repuestos que se incluyen en el servicio de mantenimiento, según lo solicitado en pliego.
e) Constancia de la condición del Services Oficial de las marcas de los equipos incluidos en la presente Contratación
Artículo 2. DE LA APERTURA
La presentación de la oferta en condiciones establecidas en el Articulo 1º del presente Pliego, podrá realizarse hasta el día 17 xx Xxxxx de 2015, a las 11:00 horas en el Ministerio de Salud, Jefatura Area de Contrataciones; Area Marrón, Oficina 10, sito en la Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx 0000- 0000 Xxxxxxx.
Si por cualquier causa, el día fijado fuese declarado NO LABORAL O INHABIL para la Administración Pública Provincial, la apertura tendrá lugar el primer día hábil siguiente a la misma hora.
Artículo 3. DEL CONTENIDO DE CARPETA 2
a) Certificado de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado vigente y en el rubro relacionado con el objeto de la Contratación, o la constancia de iniciación del respectivo trámite, debidamente presentado en Mesa de entradas del Centro Cívico del Bicentenario, sito en el Centro Civil del Bicentenario Gobernador Xxxx X. Xxxxxx, entendiéndose por tal el formulario de inscripción generado a través de su cuenta de usuario de compras públicas, la cual podrá gestionarse ingresando a la dirección: xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xxx.xx, en la sección proveedores.
Si no contara con la constancia de inscripción en el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado vigente, o constancia de inicio del trámite de inscripción, deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
b) Personas Jurídicas: Contrato social o estatuto, y cuando corresponda, actas de autorización para presentarse al procedimiento de selección articulado, debidamente inscriptos.
Documental social de designación de las autoridades que concurran en representación de la persona jurídica o, en su caso, poder general o especial que otorgue las facultades suficientes para obligar al sujeto ofertante.
c) Personas Físicas: Copia certificada de la primera y segunda hoja del documento nacional de identidad, y del cambio de domicilio si lo hubiere.
d) Declaración jurada, constituyendo el Domicilio Especial en la Ciudad xx Xxxxxxx.-
e) Declaración Jurada mediante la cual el proponente manifieste su expresa renuncia al Fuero Federal o a cualquier otro de excepción que le pudiese corresponder, y su sometimiento a la jurisdicción de competencia de las Cámaras en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad xx Xxxxxxx.
f) Deberá presentar constancia de visita en los términos previstos por el artículo 9° del presente pliego de condiciones generales.
3.1 – De la Documentación presentada en copia
La documentación solicitada podrá presentarse en copia simple o certificada por escribano público. En caso de optar por copia simple, deberá presentarse el original correspondiente.
Artículo 4. DEL MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes se obligarán al mantenimiento de su oferta por el término de treinta (30) días corridos, a contar desde la fecha fijada para el cierre de su presentación, entendiéndose que tal compromiso se prorroga automáticamente cada treinta (30) días, de no mediar manifestación expresa en contrario por parte del oferente, con una antelación no menor a tres (3) días hábiles a la fecha de cada uno de los vencimientos.
Artículo 5. DE LAS GARANTIA
Para afianzar el cumplimiento de sus obligaciones, los proponentes y adjudicatarios deben presentar obligatoriamente las siguientes GARANTIAS:
A) De Mantenimiento de Oferta: Equivalente al tres por ciento (3%) del valor total de la oferta, deberá ser presentada conjuntamente con la respectiva oferta.
Las garantías podrán constituirse a través de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante deposito en cuenta oficial en el BANCO DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX Sucursal CATEDRAL, Cuenta Corriente NC 900-03381/1, CBU 0200900501000000338115; Titular: MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA XX XXXXXXX, acompañando el original de la Boleta de Deposito pertinente.
b) En títulos aforados en su valor nominal de la deuda pública nacional, provincial o municipal, bonos xxx xxxxxx o cualquier otro valor similar. En caso de los valores a que se refiere este apartada, se formulará cargo por los gastos que ella ocasiones y por la diferencia que resultare si se liquidares bajo la par.
c) Con aval bancario u otra fianza a favor del Ministerio xx Xxxxxxx de Salud de la Provincia xx Xxxxxxx, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano , y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
d) Con Seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación extendidas a favor del Estado provincial.
e) Con pagaré suscripto por quienes tengan el uso de la razón social o actúen con poder suficiente del oferente o adjudicataria. En el cuerpo de este documento deberá constar la autenticación de la firma por escribano público, autoridad policial o bancaria.
Artículo 6. DEL RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
Serán objeto de rechazo; las propuestas:
A) Condicionadas o que se aparten de las bases de la Contratación previstas en el Pliego de Bases Y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas.-
B) Que no estén firmadas por el proponente o su responsable Legal.-
C) Que no cumplan con los emplazamientos que se le formulen para subsanar defectos formales y/o presentar la documentación que se les requiera.
D) Formuladas por firmas dadas de baja, suspendidas o inhabilitadas en los rubros solicitados y/u otros rubros que no guarden relación con los elementos o servicios pedidos.
E) Formuladas por Personas Físicas o Jurídicas que han sido declaradas en quiebra, mientras no se opere su rehabilitación. Si el proponente está en concurso de acreedores, deberá presentar junto a la propuesta, el acuerdo de acreedores homologado judicialmente.
Artículo 7. DE LA ADJUDICACION
La adjudicación recaerá en la propuesta que ajustada a las bases y condiciones de la contratación, resulte la más conveniente teniendo en cuenta el Precio que surja de la cotización del Renglón Único en las Especificaciones Técnicas del presente pliego.
Artículo 8. DE LAS CONSULTAS:
De lunes a viernes, en el horario de 8,00 a 14,00 hs. en la Jefatura Area de Contrataciones de la Dirección General de Compras y Suministros del Ministerio de Salud , sito en Xxxx. XXXXX XXXXXXXXX 0000 - Xxxxxxx Xx 00 (Xxxx Xxxxxx) - COMPLEJO XXXXX XXXXXXXX – Córdoba.
Artículo 9 CONSTANCIA DE VISITA
El oferente deberá presentar al momento de la Apertura, una constancia firmada por el Director de Arquitectura o que este disponga. En dicha oportunidad, deberá tomar conocimiento de aquellas especificaciones no previstas en el presente pliego. A los fines de su presentación, se deberá observar el formato previsto en el apéndice I del presente pliego de condiciones generales.
Artículo 10. DE LAS DISPOSICIONES LEGALES
Esta contratación se regirá:
A) Por el presente Pliego de Condiciones Generales el de Particulares y el de Especificaciones Técnicas.
B) Ley Nº 10.155, Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración pública provincial, sus modificatorias y disposiciones complementarias y Decreto Reglamentario Nº 305/2014.
C) Ley 10.250 Ley Impositiva de la Provincia xx Xxxxxxx, Ley 10.248 Presupuesto General de la Administración Publica Provincial
D) Para los casos no previstos expresamente en los cuerpos legales antedichos, se aplicarán las disposiciones que rigen el procedimiento administrativo de la Provincia, Ley Nº 5.350, los principios generales del Derecho Administrativo y subsidiariamente los del Derecho Privado.
E) Por los Principios y Normas del Derecho Civil Argentino.
APENDICE I – MODELO CONSTANCIA DE VISITA (Art. 9º)
CERTIFICADO DE VISITA TECNICA
Por la presente se deja expresa constancia que la empresa………………………………….……..
Ha realizado la correspondiente VISITA TECNICA para la contratación n° /2015
Objeto: contratar …………………………………….................................................................
Destino:………………………………………………………………………………………………...
En la ciudad xx Xxxxxxx, a los ………..días del mes de ………………………………. Del………..
………………………………………. Firma, aclaración y/o sello responsable del establecimiento | ………………………………………. Firma, aclaración y/o sello responsable de la empresa |
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Artículo 1. FORMA DE COTIZAR
En su propuesta económica, los proponentes deberán cotizar la prestación de Un Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para la totalidad de equipos detallados en el Anexo X xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, los que conforman el Renglón Único.
Indicando precio unitario de mantenimiento de cada uno de los distintos tipos de equipos, precio total de la prestación por el plazo de 2 (dos) meses de vigencia de la contratación.
Artículo 2. CERTIFICACION DE ANTECEDENTES. FORMA DE PRESENTACIÓN.
a) Acreditar experiencia en la prestación de servicios de mantenimiento de los equipos tratados en la presente contratación, tanto en ámbito privado como público.
Artículo 3. CANTIDAD DE EQUIPOS.
La cantidades de equipos a mantener, podrán variar en hasta un 20% en más o en menos, de acuerdo a la fluctuación del Servicio, entendiéndose, que se da por hecho la conformidad del prestatario.
Artículo 4. DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS
a) La prestación del servicio adjudicado, en un todo de acuerdo al pliego de especificaciones técnicas, se realizará en los lugares indicados en la Orden de Provisión.
b) Todo servicio realizado y facturado deberá respaldarse mediante el correspondiente informe técnico elaborado por el área solicitante la que otorgará el V°B° técnico y estará certificado por la máxima autoridad del Área/ Dirección, con los datos de la efectiva prestación. Cuando la prestación del servicio no reúna las características de lo solicitado y aprobado, la adjudicataria deberá realizarlo nuevamente hasta lograr la conformidad de la Institución, para ello se fijará un plazo de tiempo a fin de cumplimentarlo nuevamente.
Artículo 5. CONTROL DE GESTION
La Dirección de Jurisdicción de Arquitectura será responsable del control de gestión y el control de calidad e inspección de los trabajos realizados, quienes verificarán la correcta ejecución de los mismos. Esta inspección no exime al adjudicatario de la responsabilidad por errores, negligencia o culpa de cualquier género en la ejecución de la obra. El personal designado deberá obligatoriamente dejar constancia en el Libro de Actas de toda observación y/o recomendación atinente a la prestación del servicio. La Dirección General de
Xxxxxxx y Suministros o quién ésta designe, podrá solicitar el Libro de Actas en cualquier instancia a fin de corroborar el cumplimiento de lo previsto precedentemente como así también realizar los controles que estime conveniente.
La prestación del servicio adjudicado, en un todo de acuerdo al PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, se realizará en los lugares que determine el Ministerio de Salud de la Provincia xx Xxxxxxx indicados en la Orden de Provisión/Compra.
Artículo 6. DE LA FACTURACION Y PAGO:
6.1 - La firma adjudicataria, deberá facturar de la siguiente manera:
-Por duplicado (facturas y remitos) y de acuerdo a normas legales vigentes en la materia, a nombre del Ministerio de Salud – Provincia xx Xxxxxxx – C.U.I.T. 30-99925718-2, aclarando entre paréntesis el nombre del Establecimiento usuario del servicio.
-El Adjudicatario deberá emitir FACTURA por el o los renglones adjudicados debiendo consignar (además de los usuales) los siguientes datos:
a) Número de Orden de Compra o de Provisión.-
b) Número de Resolución o Decreto de Adjudicación de la contratación en caso de corresponder.-
c) Forma de Pago.-
d) Total general en números y letras.-
e) La conformidad de la (s) factura (s) será (n) efectuada (s) según lo previsto en el presente Artículo.-
6.2 - Procedimiento:
El Director o Subdirector del establecimiento usuario, certificará la prestación mensual del servicio, conformando mediante firma y sello en original cada remito presentado o en su defecto nota mensual que certifique la prestación del servicio.
La firma adjudicataria presentará la facturación para su conformidad, en la Dirección de Jurisdicción de arquitectura adjuntando los remitos y o notas de conformidad de todos y cada uno de los establecimientos incluidos en la factura, certificados como se establece en el punto. Asimismo, junto con la facturación deberá presentarse la constancia de entrega de los repuestos. Asimismo deberá adjuntar por cada establecimiento, un detalle de los equipos mantenidos o reparados en el mes facturado
La factura conformada por la DJA se presentará en la Dirección General de Compras y Suministros. El Ministerio de Salud de la Provincia no se responsabiliza por la demora y/o extravío de la documentación que no ingrese en la forma señalada.
En caso que existan diferencias entre los conceptos facturados y no consignados, serán devueltas a la adjudicataria anulando el plazo de 30 (treinta) días de tramitación del pago. Su nueva presentación se considerará como trámite inicial.-
6.3 - Pago:
La forma de pago se estima dentro de los 30 (treinta) días hábiles tomados desde la fecha en que la facturación sea presentada, conformada y se encuentre en condiciones de ser liquidada.-
La Dirección del Establecimiento será responsable de entregar en tiempo y forma al proveedor el remito y la documentación requerida en el punto 6.2, dentro de los 5 (cinco) días hábiles de recibida debidamente conformada, siendo también responsable por su incumplimiento y por cualquier recurso legal que por ésta causa, plantee la firma adjudicataria.-
Artículo 7. EQUIPOS Y GARANTIAS
Los servicios de reparaciones deberán utilizar repuestos nuevos y sin uso. Se deberá especificar la Garantía de los mismos, así como la garantía de las reparaciones efectuadas, durante el mismo el adjudicatario será responsable de la reparación de los defectos y/o desperfectos provenientes de la mala calidad de los materiales, o de la ejecución deficiente de los trabajos.
Artículo 8. DE LA INSTALACION:
En todos los casos de reparaciones de instalaciones y/o equipamiento, los mismos serán recibidos con “recepción provisoria”, emitiéndose la “recepción definitiva” una vez que se hayan realizado las pruebas de funcionamiento y comprobado por el personal técnico del Área de Equipo Medico dependiente de la Dirección de Arquitectura el correcto funcionamiento de los mismos.
En estos casos dentro del precio final cotizado se entiende que están incluidos todos los costos (fletes, traslados, mano de obra, etc.) que pueda demandar la reinstalación y/o puesta en funcionamiento.
El Adjudicatario será responsable, como Empleador, de la seguridad de los obreros, que estos sean de su absoluta responsabilidad en relación de dependencia, estando a su cargo la contratación de seguros por accidentes de trabajo en Compañías autorizadas a tal efecto, cubriendo todos los riesgos derivados de la presente Contratación (Ley Nac. Nº 9688 y decretos reglamentarios o disposiciones que lo sustituyan), corriendo con todos los gastos que de ocurrir un siniestro surgieren, como así también será de su responsabilidad, toda tramitación de orden legal que de ello derivaren.
Artículo 9. DEL SERVICIO TECNICO:
El oferente deberá presentar Declaración Jurada indicando las condiciones y lugares de prestación del servicio técnico autorizado, debiendo contar con dicho servicio en el ámbito de la República Argentina y de ser posible en la Provincia xx Xxxxxxx.
La Declaración solicitada deberá indicar mínimamente los siguientes conceptos:
Nombre del servicio técnico
Domicilios y teléfonos de los servicios técnicos disponibles. Indicar si es servicio técnico Oficial
Responsable técnico de los mismos.
Horarios de atención y cobertura.
Condiciones para solicitar el servicio técnico (si las hubiere)
Artículo 10. CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO
Ante la necesidad de contar con un servicio permanente para cubrir Emergencias y Urgencias, el adjudicatario deberá:
Establecer una guardia pasiva para la realización de las tareas encomendadas, las 24 horas diarias durante la vigencia del contrato (se deben contar días hábiles, feriados, fin de semana).
Establecer una línea telefónica (fija y/o celular) donde se puedan realizar los pedidos cualquier día y a cualquier hora durante la vigencia del contrato. La respuesta a las solicitudes no deberá exceder las 72 horas desde el momento en que se solicitó.
La Dirección de Arquitectura efectuará los pedidos de tareas en función del requerimiento realizado por alguno de los hospitales incluidos en este contrato.
Una vez efectuado el pedido se coordinará la asistencia de la Inspección y el Representante Técnico del adjudicatario al lugar de las tareas, para evaluar las acciones a tomar y establecer el inicio de las mismas y el plazo de ejecución, así como los horarios de desarrollo de las tareas.
Artículo 11. PROPUESTAS ALTERNATIVAS DE MATERIALES O EQUIPOS
Cuando por circunstancias extraordinarias, que deberá apreciar y evaluar la Inspección, no fuera posible la normal provisión de materiales, artefactos, o equipos especiales previstos en el proyecto, el adjudicatario, previa demostración de la imposibilidad de dar cumplimiento a lo exigido, podrá proponer materiales o equipos alternativos, para lo que deberá presentar a la Inspección, toda la documentación técnica, ensayos, etc., que demuestren que, la calidad, material, forma, dimensiones, etc., de lo que propone, son iguales o mejores que los especificados originalmente.
Además deberá asegurar su producción y provisión por fabricantes de reconocida solvencia y permanencia suficiente en el mercado, a juicio de la Inspección.
La documentación deberá ser presentada por el adjudicatario inmediatamente de conocida la imposibilidad de su provisión
Artículo 12. EJECUCION DE LOS TRABAJOS DE ACUERDO A SU FIN:
El adjudicatario ejecutará los trabajos de tal suerte que resulten completos y adecuados a su fin, en la forma que se infiere de la documentación contractual, aunque en esta documentación no se mencionen todos los detalles necesarios al efecto.
La ambigüedad o falta de precisión en la documentación no liberan a el adjudicatario de sus obligaciones, ya que en estos casos prevalecerá la intención que corresponde al concepto general “la ejecución de la reparación completa y de acuerdo a los fines previstos”.
Artículo 13. MATERIALES – INSTALACIONES -
El adjudicatario deberá proveer la cantidad de materiales necesarios para la reparación completa del equipo y aún de aquellos que no estuvieran específicamente indicados en pliegos y que resulten necesarios para que el mismo quede arreglada a su fin, procediendo en este caso según lo establecido en el presente pliego.
Artículo 14. DE LA RESCICIÓN DEL CONTRATO:
La Dirección de Arquitectura podrá a su exclusivo criterio y de acuerdo a la valoración de la gravedad del incumplimiento, rescindir el contrato en caso de que el adjudicatario incurriere en alguno de los siguientes supuestos:
1. Incumplimiento de una orden de servicio que se hubiera impartido
2. demora injustificada en el inicio de los trabajos encomendados, o incumplimiento de los plazos por demoras injustificadas.
3. Dotación de personal insuficiente y/o falta de idoneidad de los mismos para realizar los trabajos encomendados.
4. Carencia de elementos, equipos, máquinas, etc., para prestar el servicio
5. Incumplimiento de las exigencias de la Ley de Higiene y Seguridad Laboral
6. Falta injustificada de provisión, en tiempo y forma, de los materiales requeridos para realizar las tareas y que redunde en demoras en la ejecución de las tareas asignadas.
Asimismo y a efectos de asegurar el cumplimiento de los plazos y ante la falta de respuesta de el adjudicatario ante una orden de servicio o su notificación de imposibilidad de realizar el mantenimiento en tiempo y forma, la Dirección de Arquitectura podrá asignar la misma a alguna otra Empresa que estuviere en condiciones de realizar el misma, no teniendo el adjudicatario motivo de reclamo alguno por esta decisión.
Artículo 15. COMIENZO DEL CONTRATO
Se iniciará en la fecha que se indique en la orden de compra.-
La empresa adjudicataria, al comenzar la prestación y/o cuando se lo requiera, deberá presentar a las autoridades de los establecimientos, la siguiente información:
a) Nómina del Personal que se desempeñará en el servicio con los respectivos Documentos de Identidad, de domicilio, libreta de sanidad, certificado de antecedentes y certificación que acredite adiestramiento y
capacitación en el cumplimiento del servicio contratado.- En caso de reemplazo, deberá presentar la novedad con los mismos requisitos.
a.1) comprobantes de los seguros obligatorios que cubra a todo el personal de su dependencia, por el término que dure la prestación.
a.2) Comprobante de la boleta de depósito de Aportes Previsionales y
A.R.T.
Artículo 16. ORDEN DE COMPRA – ENTREGA
El servicio adjudicado, deberá ser prestado, en los lugares determinados por la Orden de Compra y bajo las bases y condiciones previstas en los presentes pliego.
Las autoridades del Ministerio de Salud podrán autorizar la eventual modificación de la prestación del Servicio, en caso de presentarse emergencias derivadas en la presentación del mismo.-
Artículo 17. PERSONAL A CARGO DE LA EMPRESA
En caso de que los titulares de la EMPRESA PRESTATARIA no dirijan en forma personal el Servicio, deberán designar un responsable o representante, que coordinará la prestación del servicio siendo el nexo entre la Empresa y el Ministerio de Salud. La prestataria deberá notificar al personal afectado a la prestación del servicio su total desvinculación laboral con el Ministerio de Salud mientras dure la prestación. La notificación aludida, firmada por el personal, se entregará a las autoridades de cada Establecimiento Usuario. Para desarrollar las tareas, deberá contar con el personal necesario constante, que le permita brindar una prestación óptima en las condiciones previstas en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 18. CALIDAD DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
El prestatario será responsable de los daños y perjuicios que por causas imputables a él o a sus dependientes, pudieran ocasionarse en la salud o la vida de las personas o en el patrimonio de los Establecimientos, haciéndose cargo además de todo gasto asistencial que este hecho genere. En tal caso el prestatario deberá reponer los bienes desaparecidos o dañados o reintegrar el importe del daño ocasionado, que será determinado por los establecimientos usuarios.-
Artículo 19. INDEMNIDAD
La prestataria se compromete a mantener indemne al Ministerio respecto de cualquier demanda, acción y/o reclamo judicial o extrajudicial provenientes de sus empleados y/o de los terceros y a reembolsar de inmediato a aquel todo lo relativo a cualquier perjuicio originado de tal naturaleza incluyendo los honorarios profesionales.-
Asimismo la prestataria renuncia a reclamar al Ministerio de Salud y lo mantendrá indemne de cualquier reclamo por indemnización y/o gastos por
cualquier daño que se pueda producir a sus intereses, personas, o bienes y/o a los intereses o personas o bienes de sus dependientes o sub-adjudicatarios, a sus intereses, personas o bienes de terceros, por el hecho o en ocasión del cumplimiento del contrato.-
Artículo 20. INTERRUPCIÓN DEL SERVICIO
Será sancionada la interrupción total y/o parcial del servicio bajo cualquier circunstancia imputable al prestador de servicio. La interrupción aludida deberá ser notificada fehacientemente dentro de las 24 horas de producida a la Dirección de Arquitectura.
Artículo 21. PROVISION DE ELEMENTOS
La provisión de repuestos y/o elementos se hará de acuerdo a lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 22. DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Y PENAL
Toda patología producida por elementos utilizados en la prestación del Servicio, será imputable (en caso de demostrarse) a la empresa adjudicataria, la que responderá civil, penal y administrativamente dentro del encuadramiento legislativo correspondiente. Entendiendo comprendidas dentro de la presente normativa las faltas graves que pongan en riesgo la salud e integridad física y/o psíquica de la población asistida.-
Artículo 23. SERVICIO – MODIFICACIÓN
Cuando razones de fuerza mayor así lo obliguen, la firma adjudicataria podrá solicitar autorización a la Dirección de Arquitectura para modificar eventualmente la prestación del servicio.
La firma está obligada a presentar dentro del término de VEINTICUATRO (24) horas, los justificativos que correspondan, los que serán merituados y en consecuencia autorizados o no definitivamente. En ningún caso la modificación podrá significar una disminución de calidad ni reconocimiento de mayores costos.-
Artículo 24. SANCIONES
Se considera el incumplimiento de lo previsto en el presente Xxxxxx cuando se constate:
1. Carencia de infraestructura, equipamiento y/o máquinas necesarias para prestar el servicio.-
2. Interrupción del servicio.-
3. Toda otra anormalidad o deficiencia que afecte a la más correcta y completa ejecución de los trabajos contratados y vulnere las demás condiciones establecidas en los Pliegos.-
24.1. SANCIONES – APLICACIÓN – DESCARGO
Constatada la omisión por parte de la prestataria, de una falta que la haga pasible de sanción conforme las previsiones de este Pliego, se labrará el Acta respectiva y se notificará a ésta para que dentro del término de CUARENTA Y OCHO (48) horas, formule su descargo.
Presentado éste o vencido el plazo, la Dirección de Arquitectura resolverá sobre el particular y una vez notificada a la adjudicataria, remitirá todo lo actuado a la Dirección General de Xxxxxxx y Suministros para la confección de la planilla del importe de la multa a descontar de lo facturado en el mes en que se constató la infracción, si correspondiere.-
24.2. MULTA Y/O SANCIÓN
La Dirección del Establecimiento está facultada a aplicar sanciones, de acuerdo a la siguiente escala:
a) Por incumplimiento del ART. 24º), inciso 1ª el 1% (uno por ciento) por día de infracción.-
b) Por incumplimiento del ART. 24º), inciso 2ª el 2% (dos por ciento) por día de infracción.-
c) Por incumplimiento del ART. 24º), inciso 3ª el 3% (tres por ciento) por día de infracción.-
d) Por cada nueva reiteración, se incrementara el 1% (uno por ciento).-
Los importes pertinentes serán descontados del monto total mensual que le corresponda percibir en el mes que se constató la infracción o en el que se resuelva la sanción.-
Artículo 25. DE LA RESCISIÓN
Si el valor de las multas aplicadas, en las condiciones previstas en el artículo 24º del presente pliego de condiciones particulares superara el 15% del valor de la prestación total para cada hospital, será motivo de rescisión automática del contrato.-