CONTRATO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS, EQUIPO CAMIONERO Y MAQUINARIA DEL GADM-E
Xxxxxxx y Esmeraldas N° 00-00 XXXX. 000-000 XXX 000-000 EL XXXXX - CARCHI - ECUADOR
SINDICATURA
CONTRATO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS, EQUIPO CAMIONERO Y MAQUINARIA DEL GADM-E
Nro. DE CONTRATO
Nro. DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
SIE-GADM-E-015-2017 CONTRATACIÓN PARA MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS, EQUIPO CAMIONERO Y MAQUINARIA DEL GADM- ESPEJO
36.73.08.13, “REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MAQUINARIA Y VEHÍCULOS”36.73.04.04 MAQUINARIA
Y EQUIPOS”,
CONTRATISTA XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXX VALOR $ 9.858,14 MAS IVA
ANTICIPOO 70%, SALDO 30% CONTRA ENTREGA DE
FORMA DE PAGO
LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS.
PLAZO 60 DÍAS
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Espejo, representado legalmente por el señor Prof. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx en su calidad xx Xxxxxxx, a quien en adelante se le denominará LA CONTRATANTE; y por otra parte el señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, con Cédula de Ciudadanía N° 000000000-2 y RUC 1001529872001, a quien en adelante se le denominará el CONTRATISTA O PROVEEDOR, las partes libre y voluntariamente convienen a celebrar el presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES.-
1.1.- De conformidad con los Arts. 22 de la Ley Orgánica del sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCEP, 25 y 26 de su Reglamento General, en el Plan Anual de Contrataciones, la contratante contempla la ejecución del proceso: MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPOS, ASI COMO, REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MAQUINARIA Y VEHICULOS
1.2.- Previos los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de la CONTRATANTE, resolvió aprobar los pliegos de Subasta Inversa Electrónica, mediante Resolución N° 099-2017-LCL-A del 20 de diciembre del 2017, para la contratación del MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS, EQUIPO
CAMIONERO Y MAQUINARIA del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xxx Xxxxxx.
1.3.- Se cuenta con la existencia y suficiente disponibilidad de fondos en las partidas presupuestarias 36.73.08.13, “REPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MAQUINARIA Y
VEHÍCULOS y ”36.73.04.04 MAQUINARIA Y EQUIPOS”, conforme consta en la certificación conferida por la Dirección de Gestión Financiera del GADM-E del 17 de
noviembre del 2017.
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G O B . e R ~ O A ^ O ~ . O O e s p e j o
— »- a s í r&a.’x sssFAX 977'147
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1 4 se realizó la respectiva invitación el 2U de x.xxxxx.L J l I J l I , T S v é s del Portal Institucional del SERCOP, www rnmpraspublicas.qob^ .
¿5¿¡Z
1 5 Luego del proceso correspondiente, el señor A £ a¡¡¡0e ^ . l o m C L - A d e T L de de la CONTRATANTE, SIE-GADM-E-
enero del 2018 adjudico la el contrato Pai M An t FNIMIENTO PREVENTIVO Y
GADM- ESPEJO al oferente señor Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx., CLÁUSULA SEGUNDA- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2,1.- Forman parte integrante del presente contrato, los siguientes documentos:
a) Documentos de acreditación .den" " ROVEEDOr .
3 partida presupuestaria y disponibilidad de
e) R e q u e rim ie n to " ^^ ! servicio de mantenimiento correctivo vebicuios, equipo
xxxxxxxx y maquinaria del GADM-E
f) Declaración juramentada de las Inhabilidades
gg)j OGdal rac unI UtíCaJ TI écnica
CLÁUSLA TERCERA.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS.
3 .1 , Los términos del Prese" te
de revelar claramente la intensión de los contratantes, en
sigue las siguientes normas:
1 ) Cuando los términos estén definidos en ^ ^ ^ d e rtT s u ^ n O T K te ra l.
de Contratación Pública, o en este con ra , sentido natural
2) Si no están definidos, se estará a lo d i s p u e s t o ¡ ntens¡6n de los y obvio, de conformidad con e I contrato y los documentos del contratantes. De existir contradicciones en re el contrato y l
3) ^ susr s'demanera
X entre todas ellas , Titulo XHI de,
4) Libro IV de^a'^odfficación d ^ Código Civil, de la interpretación de los contratos.
L - I D I i v — ----------
3.2 - Definiciones - En el presente contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación.
a) ..A d ju d ic a ta r io -, es el oferente a quien la Contratante le adjudica el contrato.
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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL XX XXXXXX
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b) “ Comisión Técnica”, es la responsable de llevar adelante el proceso, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, SU Reglamento
General, los pliegos aprobados y las disposiciones administrativas que fueron aplicables.
c) “ SERCOP” , Servicio Nacional Compras Públicas
d) ‘ LOSNCOP”, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
e) Oferente” , es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una “oferta”, en atención al llamado a subasta inversa electrónica;
f) Oferta” , es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios.
CLÁUSULA CUARTA: OBJETO DEL CONTRATO.
4 .1 - El contratista proveedor del servicio se obliga con la contratante a REALIZAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS, EQUIPO
CAMIONERO Y MAQUINARIA DEL GADM- ESPEJO a entera satisfacción de la CONTRATANTE, según las características y especificaciones técnicas constantes en la oferta que se agrega y forman parte de este contrato, requerimiento, Términos de Referencia y Proyecto.
4.2.- Adicionalmente el contratista o proveedor, garantiza la adecuada calidad del servicio, material y repuestos a colocar, así mismo se compromete al retiro, traslado, y/o reposición sin recargo alguno para el contratante, de los defectos o mal funcionamiento de repuestos y/o servicio, para mejoramiento del servicio.
CLAUSULA QUINTA: VALOR DEL CONTRATO.-
5.1.- El precio total del contrato que la CONTRATANTE, pagará al CONTRATISTA O PROVEEDOR, es la cantidad de NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DÓLARES CON CATORCE CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE
AMERICA ($9.858,14, MAS IVA de conformidad con el Acta de negociación de fecha
22 de enero del 2018, suscrita entre la Contratante y el Contratista 5.2.- TABLA DE PRECIOS Y CANTIDADES
NS CÓDIGO
1 871410 017
DESCRIPCION UNI. CANT.
SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVODE Y CORRECTIVO
VEHÍCULOS, EQUIPO CAMIONERO Y MAQUINARIA
V.UNIT. OFERTA
13 .377 ,99000
NEGOCIACIÓN
5% MENOS P. TOTAL
DEL GADM- ESPEJO- u 1
PROVINCIA XXX XXXXXX
518 ,86
9858 ,14
TOTAL 9858,14
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5.3.- Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al CONTRATISTA por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que
tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme se menciona en el numeral 5.1
CLÁUSULA SEXTA.- FORMA DE PAGO
6.1.- La CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, en el plazo xxxxxx xx xxxx días, contados desde la celebración del contrato el 70% en calidad de anticipo correspondiente al valor de ($ 6.900,70) SEIS MIL NOVECIENTOS DOLARES CON 70/100, DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, bajo las partidas
presupuestaria No. 36.73.08.13 y 36.73.04.04 denominadas "RFEPUESTOS Y ACCESORIOS PARA MAQUINARIA Y VEHÍCULOS" Y MAQUINARIAS Y EQUIPOS,
respectivamente.
6.2.- El valor por concepto de anticipo será depositado en una cuenta que el CONTRATISTA aperturará en una institución financiera estatal, o privada de propiedad del Estado en más de un cincuenta por ciento. El CONTRATISTA autoriza expresamente se levante el sigilo bancario de la cuenta en la que será depositado el anticipo. El administrador del contrato designado por la CONTRATANTE verificará que los movimientos de la cuenta correspondan estrictamente al proceso de ejecución contractual.
El anticipo que la CONTRATANTE haya otorgado al CONTRATISTA para la ejecución de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos maquinaria y equipo camionero objeto de este contrato, no podrá ser destinado a fines ajenos a esta contratación.
6.3.- La amortización del anticipo entregado se realizará conforme lo establecido en la Disposición General Sexta del RGLOSNCP.
6.4.- El valor restante, esto es el (30%), TREINTA POR CIENTO, se cancelará mediante contra entrega de los bienes y servicio, motivo del presente contrato, previo informes de Administrador del contrato, actas de Ingreso a bodega y acta entrega recepción.
CLÁUSULA SEPTIMA: GARANTÍAS.-
7.1.- Por la naturaleza del contrato, el contratista o proveedor presenta las garantías establecidas en los Art 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Garantía Técnica.
7.2.- Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos:
7.2.1.-LA DEL ANTICIPO:
a) Si el CONTRATISTA no la renovare cinco días antes de su vencimiento.
b) En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONTRATANTE el saldo adeudado del anticipo, después xx xxxx días de notificado con la liquidación del contrato.
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7.2.2.- LA GARANTIA TÉCNICA, esta será entregada por el fabricante, representante, distribuidor o vendedor autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el contrato.
CLÁUSULA OCTAVA.- PLAZO.-
8.1.- El plazo para la entrega y ejecución de la totalidad de los bienes y servicios contratados, “MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE VEHÍCULOS,
EQUIPO CAMIONERO Y MAQUINARIA DEL GADM- ESPEJO-, a entera satisfacción de la contratante es de SESENTA DÍAS, contados a partir de la suscripción del contrato, debiendo ser puesta la maquinaria en buen en funcionamiento, asícomo la capacitación pertinente al personal responsable del manejo de la maquinaria.
CLÁUSULA NOVENA: PRORROGAS DE PLAZO.-
9.1.- EL CONTRATANTE, prorrogará el plazo total o los plazos parciales, solo en los siguientes casos, siempre que el CONTRATISTA O PROVEEDOR. Así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos de aquella, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.
a) Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por la CONTRATANTE. La CONTRATISTA O PROVEEDORA, tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorroga por un periodo igual al tiempo de duración de las causas indicadas.
b) Por suspensión ordenada por la CONTRATANTE y que se deban a causas imputables al CONTRATISTA O PROVEEDOR.
CLAUSULA DÉCIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
10.1.- El contratista o proveedor se compromete a ejecutar el contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración.
10.2 El contratista o proveedor se compromete durante la ejecución del contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento técnico relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas técnicos que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas para resolverlos.
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10.3.- Queda expresamente establecido que constituye obligación del contratista ejecutar el contrato conforme a las especificaciones técnicas o términos de referencia establecidos en los pliegos y cumplir con el porcentaje mínimo del valor agregado ecuatoriano ofertado.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, el contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA.- OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE.
11.1.- Son obligaciones de la contratante las establecidas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente contrato.
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
12.1.- El valor de este contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto, solo en caso de incumplimiento se deberá aplicar lo establecido en el artículo 141 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública).
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
13.1 LA CONTRATANTE designa al Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Director de Obras Públicas, en calidad de Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato.
13.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual
bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
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CLÁUSULA DECIMA CUARTA.- TERMINACION DEL CONTRATO
14.1.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
a) Por cumplimiento de las obligaciones contractuales.
b) Por mutuo acuerdo de las partes.
c) Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo ha pedido del contratista o proveedor.
d) Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista
- proveedor.
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e) Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
14.2.- Causales de terminación unilateral del contrato.- tratándose de
incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP.
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CLÁUSULA DECIMA QUINTA.- DE LA RECEPCIÓN DEINITIVA DEL CONTRATO
15.1.- El Contratista, entregará a entera satisfacción de le entidad contratante todos los servicios previstos en el contrato, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual, la entidad contratante dispondrá que en el plazo de 3
días el Administrador del Contrato emitirá el informe, con las observaciones sí la hubiere.
15.2.- El Acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo establecido en el contrato, siempre que no exista observación pendientes en relación con los bienes motivo del presente contrato.
CLAUSULA DECIMA SEXTA.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
16.1.- La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el Art. 125 del RGLOSNCP.
CLÁUSULA DECIMA SEPTIMA.- MULTAS
17.1.- Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del Contratista, se aplicará la multa de. 1 por 1.000 del valor del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Sí respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento contencioso administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
18.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- DOMICILIO
19.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
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U I 1 1
Id
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Y h .-Izn éi eSfnbio 'béi^.óoierno ai^orioimo^eBCferítr^sibo'^'üTi'itip^ xx Xxxxxx , ubicado en esta ciudad de El Xxxxx, calle Esmeraldas y Xxxxxxx, teléfono: 0000000 y 0000000.
EL CONTRATISTA O PROVEEDOR.- Provincia de Imbabura, xxxxx Xxxxxxxxx Xx 0-00 y calle Oviedo.
Tlf. 000000000 o 0000000000
Las comunicaciones también podrán efectuarse a través de medios electrónicos. CLÁUSULA VIGESIMA.- ACEPTACION DE LAS PARTES
20.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen
y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales del Contrato de Subasta Inversa Electrónica, publicado en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de este Contrato que están suscribiendo.
Dado en la ciudad de El Xxxxx, a treinta y un días del mes de enero del dos mil dieciocho.
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