Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) SUTEL-BNCR
Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) SUTEL-BNCR
Concurso No. 002-2018
Contratación para proveer acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil a todas las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymí de Osa, Guaymí de Conteburica, Guaymí De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), ubicadas en los cantones de Buenos Aires, Corredores, Coto Xxxx, Golfito y Osa, provincia Puntarenas y los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, a los Centros de Prestación de Servicios Públicos ubicados en esas comunidades, con aporte del Fondo Nacional de Telecomunicaciones.
13 xx xxxxx del 2018
Contenido
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN 11
1.1. Institución que Promueve la Contratación 11
1.2. Descripción del Objeto de la Contratación 11
1.3.1. Descripción del alcance del proyecto 13
1.4. Caracterización de las Áreas de Atención 14
1.4.1. Delimitación de las Áreas de Atención 14
1.4.2. Distribución de la población en el área de servicio. 19
1.4.3. Condiciones socioeconómicas en el Área de Servicio 20
1.4.4. Centros de Prestación de Servicios Públicos identificados en el Área de Servicio 22
1.6. Entregables del proyecto 24
1.6.1. Descripción de los Entregables 24
1.7. Naturaleza de los Servicios Contratados 30
1.7.1. Asignación de los Recursos de FONATEL 30
1.7.2. Infraestructura y Equipamiento 31
2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL PROYECTO 31
2.1. Requerimientos técnicos del Acceso a los servicios 31
2.2. Requerimientos de calidad de los servicios 36
2.2.2. Calidad y disponibilidad del Servicio 36
2.3. Requerimientos Técnicos Generales 37
2.3.1. Descripción de los Requerimientos 37
3. ESPECIFICACIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN 40
3.1. Especificaciones Financieras 40
3.1.1. Subvención máxima para el proyecto 40
3.1.2. Contabilidad de Costos e Ingresos del Proyecto 45
3.2.4. Formalización del Contrato 52
3.2.5. Lugar y Fecha para la Firma 53
3.2.6. Finiquito del Contrato 53
3.2.7. Rescisión del contrato 53
3.2.8. Plazos de Entrega del Proyecto 53
3.3. DEL DESEMBOLSO DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA 56
3.3.2. Forma de Desembolso o Pago 57
3.3.3. Proceso de Desembolso o Pago 60
3.3.4. Recepción de los Entregables del Proyecto 61
3.4. MULTAS Y CLÁUSULA PENAL 63
3.4.1. Cláusula Penal por atraso en el plazo de entrega de la implementación del Proyecto en Etapa 1 63
3.4.2. Cláusula Penal por atraso en los entregables 63
3.4.3. Cláusula Penal por incumplimiento en la entrega de los servicios a los CPSP y usuarios finales 64
3.4.4. Multa por incumplimiento en la presentación de la manifestación del adjudicatario si no está dispuesto a prorrogar la vigencia del contrato 65
3.4.5. Comité Bilateral de conciliación de multas y cláusulas penales 65
3.5. DE LAS RESPONSABILIDADES LEGALES 66
3.5.1. Alcance de las Responsabilidades 66
3.5.2. Cesión de derechos y obligaciones 67
REQUERIMIENTOS FORMALES DE LA CONTRATACIÓN 68
4. Del Proceso de Contratación 68
4.1. Principios y Aclaraciones 68
4.1.1. Principios y Normativa Aplicable 68
4.1.2. Aclaraciones y Modificaciones al Cartel 68
4.2.1. Fecha y lugar de apertura 69
4.2.2. Requisitos de Admisibilidad de la oferta. 69
4.2.3. Presentación de las ofertas 70
4.2.4. Presentación de la Oferta Económica 71
4.2.5. Modalidades de participación 71
4.2.6. Prohibiciones de la contratación 72
4.3.1. Garantía de Participación 73
4.3.2. Garantía de Cumplimiento 74
4.4. PLAZOS PARA PRESENTACIÓN, VIGENCIA Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS 76
4.5. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y LA ADJUDICACIÓN 76
4.5.1. Criterios de Calificación de las Ofertas 76
4.5.2. Comparación de las Ofertas y Adjudicación 78
4.5.3. Declaratoria de concurso infructuoso o desierto 79
5.1. Centros de Prestación de Servicios Públicos 80
5.1.3. Centro Comunitario Inteligente 85
5.1.4. Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral 85
Elementos del Contrato de Fideicomiso de Gestión de Proyectos y Programas del Fondo Nacional de Telecomunicaciones 92
ANEXO DE FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS 94
8.1. Generalidades Sobre la Presentación de las Ofertas 94
8.2. Formulario: Documento Formal de Remisión 96
8.3. Formulario Resumen de la Oferta 99
8.4. Formulario Declaraciones 100
8.5. Formulario Certificaciones 101
8.6. Formulario Presentación de la Infraestructura 104
8.7. Formulario Presentación de Propuesta de Informes 108
8.8. -Formulario Presentación de Propuesta de Contabilidad Separada 109
8.9. Formulario presentación de la propuesta financiera 110
8.10. Formulario Garantías 111
8.11. Formulario Cálculo del DPSU 112
8.12. Detalle Cálculo DPSU 113
8.13. Formulario Cronograma 115
8.14. Formulario Subcontrataciones 117
8.15. Portafolio de productos, servicios y tarifas 118
8.16. Declaración Jurada para operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones que mantengan obligaciones 119
9. ANEXO 5 120
Lineamientos para presentar el plan y contenidos de la actividad de sensibilización 120
10. ANEXO 6 122
Guía para la Recepción de Obra-Etapa 1 122
10.1. Introducción 122
10.2. Objetivo 122
10.3. Guía de Recepción de Obra 123
10.3.1. Solución Técnica 123
10.3.2. Inventario Inicial 123
10.3.3. Inventario Proyectado 123
10.3.4. Despliegue de Infraestructura 124
10.3.5. Pruebas de la Unidad de Gestión 131
10.3.6. Pruebas de Cobertura 132
10.3.7. Pruebas de Servicio 132
10.3.8. Otras Pruebas 133
10.3.9. Sondeo de Percepción 133
10.3.10. Drivetest 133
10.3.11. Parámetros a considerar en las Pruebas 133
11. ANEXO 7 139
Guía para la gestión y control de los servicios en los CPSP 139
11.1. Introducción 139
11.2. Objetivo 139
11.3. Alcance 139
11.4. Desarrollo 140
11.4.1. Datos solicitados al operador referente a incidencias y operación de servicios 140
11.4.2. Presentación de SLA (Service Level Agreement) / Acuerdo de Nivel de Servicio Error! Bookmark not defined.
11.4.3. Análisis de cumplimiento de SLA (Service Level Agreement) / Acuerdo de Nivel de Servicio 147
11.4.4. Percepción de los Servicios (seguimiento) 148
11.5. Indisponibilidad de los servicios 148
11.6. Multas relacionadas 149
12. ANEXO 8 150
Guía de Recepción de CPSP - Etapa 3 150
12.1. Introducción 150
12.2. Objetivo 150
12.3. Alcance 151
12.4. Cronograma de instalación 151
12.5. Pruebas técnicas del contratista de prestación de servicios 151
12.6. Entrega de Información para Centros de Prestación de Servicios Públicos 152
12.7. Verificación del desempeño 155
12.8. Subsanaciones a información presentada por parte del contratista 156
12.9. Filtros de información 156
12.9.1. Encuesta: Satisfacción de servicios instalados 156
12.9.2. Llamada telefónica de confirmación 156
12.9.3. Correo electrónico de confirmación 156
12.9.4. Aclaraciones al contratista 157
13. ANEXO 9 157
Guía de Contabilidad Separada de los Proyectos Financiados con Recursos de FONATEL
.................................................................................................................................................... 157
13.1. PRESENTACIÓN 157
13.1.1. Principios de separación contable 158
13.1.2. Criterios de asignación 158
13.1.3. Flexibilidad en su aplicación 159
13.1.4. Auditabilidad de la información 159
13.1.5. No compensación (evitar las subvenciones cruzadas) 159
13.1.6. Transparencia 160
13.2. MARCO TEORICO 160
13.2.1. Marco institucional 160
13.2.1.1. Antecedentes de la Institución 160
13.2.2. Marco Legal 161
13.2.3. Productos y Servicios que deben llevar Contabilidad Separada 161
13.3. GUÍA DE PRESENTACIÓN CONTABILIDAD SEPARADA 162
13.3.1. Fuentes Para el Ingreso de Datos 162
13.3.1.1. Ámbito técnico 162
13.3.1.2. Ámbito Comercial 162
13.3.2. Modelos de Captura de Datos 163
13.3.2.1. Modelo técnico 163
13.4.2.2. Modelo Comercial 166
13.4.2.3. Creación contable del proyecto 168
13.4.2.4. Catálogo de Cuentas 168
13.4.2.5. Cuentas Auxiliares 171
13.4.2.6. Reportes Contables 172
13.4.2.7. Remisión de Contabilidad del Proyecto 172
13.4.2.8. Ejemplo de Flujo de Caja y notas aclaratorias 174
I Parte
EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
1. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
1.1. Institución que Promueve la Contratación
Esta contratación la promueve el Banco Nacional xx Xxxxx Rica en Calidad de Fiduciario del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR, número de identificación 0-000-000000, con el propósito de contratar a un operador de red de telecomunicaciones o proveedor de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, con la debida autorización para proveer el Acceso al Servicio de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil a todas las áreas de atención definidas dentro de territorios indígenas Zona Sur, ubicadas en los cantones xx Xxxxx, Xxxxxx y Talamanca, provincia xx Xxxxx; y Turrialba, provincia de Cartago; con aporte del Fondo Nacional de Telecomunicaciones.
1.2. Descripción del Objeto de la Contratación
El objeto de la presente contratación es proveer, con aportes del Fondo Nacional de Telecomunicaciones para todas las áreas de atención definidas dentro de territorios indígenas de Zona Sur, ubicadas en los cantones de Buenos Aires, Corredores, Coto Xxxx, Golfito y Osa, provincia Puntarenas:
• El Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las mismas condiciones comerciales que lo hace el oferente en el mercado.
• El Acceso a los servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija con una velocidad aprovisionada mínima de 3/1 Mbps.
• El servicio de Voz e Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a los Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) ubicados dentro de las áreas de atención definidas. Estas velocidades deberán aumentarse posteriormente conforme se indica en este cartel.
A continuación, se detallan los territorios indígenas que forman parte del alcance de este concurso.
a) Guaymi de Osa
b) Guaymi de Conteburica
c) Guaymi De Altos De San Xxxxxxx
d) Guaymi De Abrojos-Montezuma
e) Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba
f) Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx
g) Bribri de Cabagra
1.2.1. A continuación se presenta la Tabla con el estatus de los Acuerdos ADI por territorio indígena:
Tabla 1. Estatus de Acuerdos ADI por territorio indígena
Territorio Indígena | Acuerdo ADI |
Guaymi de Osa | Sí |
Guaymi de Conteburica | Sí |
Guaymi De Altos De San Xxxxxxx | Sí |
Guaymi De Abrojos- Montezuma | Sí |
Xxxxxx de Curre (Xxx Xxxxx) | Sí |
Térraba | Sí |
Cabécar de Ujarrás | Sí |
Bribri xx Xxxxxxx | |
Bribri de Cabagra | Sí |
Fuente: DGF, UG, 2017
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
En el presente Cartel se establecen los requerimientos que deberán cumplir los oferentes interesados en proveer acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil y los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, a los Centros de Prestación de Servicios Públicos ubicados en las áreas de atención definidas dentro de territorios indígenas de Zona Sur.
1.3. Alcance del proyecto
1.3.1. Descripción del alcance del proyecto
1.3.1.1. Este proyecto tiene tres componentes:
1.3.1.1.1. Proveer el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas que se adjuntan a este cartel.
1.3.1.1.2. Proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet, con una velocidad aprovisionada mínima de 3/1 Mbps, desde una ubicación fija en las áreas de atención definidas que se adjuntan a este cartel.
1.3.1.1.3. Proveer los Servicios de Voz e Internet con una velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) ubicados dentro de las áreas de atención definidas.
1.3.1.2. Este proyecto recibirá aportes del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL) y será asignado mediante el presente concurso a un operador de red o proveedor de servicios de telecomunicaciones disponibles al público. El proyecto se adjudicará al operador o proveedor cuya oferta cumpla todas las condiciones establecidas en este Cartel y resulte con la mejor puntuación en el sistema de evaluación.
1.3.1.3. El proyecto consistirá en la provisión de la infraestructura necesaria para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija a los hogares, CPSP y cualquier cliente potencial ubicado dentro de las áreas de atención definidas, y el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil dentro de las áreas de atención definidas; todo esto por el plazo y en las condiciones que se definen en este Cartel. Estos servicios serán suscritos según la demanda comercial de los usuarios. Este concurso no garantiza al contratista ningún volumen de demanda específico, por lo que operará por su cuenta y riesgo comercial.
1.3.1.4. El contratista podrá proceder con la instalación de los servicios para cada CPSP, una vez que tenga debidamente firmado un contrato marco para la prestación
de servicios de telecomunicaciones entre la institución beneficiaria (MEP, CCSS, MICITT y CEN-CINAI) y el contratista.
1.4. Caracterización de las Áreas de Atención
1.4.1. Delimitación de las Áreas de Atención
1.4.1.1. Los servicios se deberán proveer en todas las áreas de atención que se encuentran definidas dentro de los territorios indígenas de Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra, ubicados en la Zona Sur. La siguiente Tabla muestra los poblados, puntos de interés referenciados al momento del concurso:
Tabla 2 Puntos de interés en las áreas de atención definidas
Región Indígena | Cantón | Distrito | Localidad | Latitud | Longitud |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Buenos Aires | Bolas | 9,094380 | -83,213100 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Buenos Aires | Las Brisas | 9,143140 | -83,222700 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Buenos Aires | Las Juntas | 9,090270 | -83,202100 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Brazo De Oro | 9,119590 | -83,199100 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Cañas | 9,185150 | -83,197900 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Cartagos | 9,231151 | -83,198900 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Xxxxxxx Xxxxxx | Xx Xxxxxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Xxxxxxx Xxxxxx | Xx Xxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Las Delicias | 9,169450 | -83,166600 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Las Guacas | 9,124580 | -83,143000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Las Juntas | 9,088730 | -83,198900 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Xxxxxxx Xxxxxx | Xxx Xxxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Mollejones | 9,208080 | -83,206500 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Nueva York | 9,171310 | -83,196800 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Xxxxxxx | 9,131230 | -83,172100 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Xxxxxx Xxxxx Xx Xxxxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | San Xxxx | 9,150730 | -83,200500 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Xxx Xxxxxx Xx Xxxxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri de Cabagra | Buenos Aires | Potrero Grande | Santa Xxxxxxxx | 9,106190 | -83,134500 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Alto Xxxxxxxx | 9,168430 | -83,246700 |
Región Indígena | Cantón | Distrito | Localidad | Latitud | Longitud |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Buena Vista | 9,162650 | -83,284400 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Escalera | 9,241640 | -83,239100 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | La Fortuna | 9,192320 | -83,258000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Xxx Xxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Olan | 9,280390 | -83,209100 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Palmital | 9,233730 | -83,277500 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Puente | 9,179810 | -83,275800 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Río Azul | 9,208310 | -83,254500 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Salitre | 9,189670 | -83,304400 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | San Xxxxxxxxx | 9,225290 | -83,231900 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Santa Xxxxxxxxxx | 9,201040 | -83,218400 |
Xxxxxx xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Sebror | 9,178370 | -83,316200 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Sipar | 9,240080 | -83,246600 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Xxxxx | 9,196050 | -83,284500 |
Bribri xx Xxxxxxx | Buenos Aires | Buenos Aires | Yoavín | 9,187430 | -83,212900 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Boruca | Santa Xxxxx | 9,231150 | -83,304700 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Durika | 9,262480 | -83,245900 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | El Xxxxxx | 9,257820 | -83,297100 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Guanacaste | 9,274260 | -83,297600 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | La Piedra | 9,314710 | -83,302700 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | San Xxxxxxx | 9,262480 | -83,308300 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | San Xxxxxxx | 9,249000 | -83,295800 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Xxxxx Xxxx Xx Xxxxx Xxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Santa Xxxxx | 9,264300 | -83,284200 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Santa Xxxx | 9,285950 | -83,322500 |
Cabécar Ujarrás | Buenos Aires | Buenos Aires | Ujarrás | 9,235380 | -83,327800 |
Guaymi De Altos De San Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Canoas | Altos Del Brujo | 8,618380 | -82,828800 |
Guaymi De Altos De San Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Canoas | Altos San Xxxxxxx | 8,605200 | -82,853400 |
Guaymi de Conteburica | Corredores | Laurel | La Vaca | 8,376710 | -83,031700 |
Guaymi de Conteburica | Corredores | Laurel | Los Plancitos | 8,355970 | -83,015000 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Altamira | 8,376840 | -83,109500 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Alto Carona | 8,258210 | -82,978600 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Alto Conte | 8,373710 | -83,055900 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Alto Guaymi | 8,259660 | -82,975600 |
Región Indígena | Cantón | Distrito | Localidad | Latitud | Longitud |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | La Palma | 8,243280 | -82,974100 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Progreso | 8,405448 | -83,059113 |
Guaymi de Conteburica | Golfito | Xxxxx | Vista Dulce | 8,359190 | -83,105400 |
Rey Curré | Buenos Aires | Boruca | Curré | 8,979180 | -83,263400 |
Rey Curré | Buenos Aires | Boruca | San Xxxxx | 9,007450 | -83,287100 |
Rey Curré | Buenos Aires | Chánguena | Coyolar | 8,968800 | -83,285800 |
Rey Curré | Buenos Aires | Chánguena | Lagarto | 8,959190 | -83,305200 |
Rey Curré | Buenos Aires | Chánguena | Las Vegas De Changuena | 8,958550 | -83,272200 |
Rey Curré | Buenos Aires | Chánguena | Zapotal | 8,956040 | -83,237900 |
Rey Curré | Buenos Aires | Potrero Grande | La Campana | 8,987880 | -83,258700 |
Rey Curré | Osa | Palmar | El Progreso | 8,934160 | -83,322900 |
Rey Curré | Osa | Palmar | Paraíso | 8,926880 | -83,361000 |
Rey Curré | Osa | Palmar | Reserva Indígena Curre | 8,942200 | -83,353200 |
Rey Curré | Osa | Palmar | Santa Xxxxx | 8,926620 | -83,300800 |
Terraba | Buenos Aires | Boruca | Alto Mojón | 9,024610 | -83,304600 |
Terraba | Buenos Aires | Boruca | Alto Veragua | 9,056820 | -83,325300 |
Terraba | Buenos Aires | Boruca | Comancragua | 9,061260 | -83,348000 |
Terraba | Buenos Aires | BORUCA | La Sabana | 9,048370 | -83,339500 |
Terraba | Buenos Aires | Buenos Aires | San Xxxxxxx | 9,065580 | -83,270800 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | Bijagual | 9,060940 | -83,354100 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | El Ceibón | 9,061500 | -83,370800 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | La Sabana | 9,049180 | -83,339000 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | Las Parcelas | 9,041080 | -83,246500 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | Santa Xxxxxx (La Fila) | 9,042050 | -83,371800 |
Terraba | Buenos Aires | Pilas | Volcancito | 9,035570 | -83,280200 |
Terraba | Buenos Aires | Potrero Grande | Las Cataratas | 9,068480 | -83,271000 |
Terraba | Buenos Aires | Potrero Grande | Las Vueltas De San Xxxxxx | 9,057150 | -83,255500 |
Terraba | Buenos Aires | Potrero Grande | Mano De Tigre | 9,043290 | -83,297700 |
Terraba | Buenos Aires | Potrero Grande | San Xxxxxxx | 9,029520 | -83,300200 |
Territorio Guaymi de Osa | Osa | Bahia Xxxxx | Alto Laguna | 8,608840 | -83,515700 |
Territorio Guaymi de Osa | Osa | Bahia Xxxxx | Dos Brazos | 8,607510 | -83,500100 |
Fuente: INEC, 2011.
Nota 1: La Longitud y Latitud se basan en información de la Base de Datos INEC, 2011.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
1.4.1.2. Las Áreas de Atención son territorios delimitados tomando como base puntos de interés (poblados y CPSP) dentro de los territorios indígenas de Zona Sur, especificados en el numeral 1.2. En la tabla 2 se describen los poblados o puntos de interés que se identificaron a través de diferentes fuentes de información y que fueron consolidados en los Acuerdos de las Asociaciones con Desarrollo Integral Indígena (ADI) e incluidos en el alcance del proyecto. Copia de los acuerdos serán aportados en formato digital como referencia del concurso. El oferente deberá declarar en su oferta, de manera específica, que ha leído dichos acuerdos y que su oferta se ajusta en todos sus alcances a ellos.
1.4.1.3. Las coordenadas geográficas y la cantidad de poblados son referencia para proveer el acceso a los servicios solicitados en el presente concurso; el oferente deberá hacer el mejor uso de las mismas para corroborar la información suministrada y verificar todos los poblados, CPSP y demás puntos de interés dentro de las áreas de atención, con clientes potenciales para la prestación de los servicios. En el momento en que exista una solicitud de los servicios estipulados en el presente concurso, ya sea por parte de este Fideicomiso o por cualquier habitante dentro de las áreas de atención, la misma debe ser atendida de forma inmediata por el contratista, bajo las mismas condiciones de calidad y xx xxxxxxx vigentes y en atención a las disposiciones reguladas por la SUTEL.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
1.4.1.4. En caso que la solicitud se ubique fuera de las áreas de atención establecidas en el presente concurso, la Administración podrá solicitar al contratista, durante la vigencia del contrato, un diseño de solución y cálculo de subvención, para desarrollar nuevos requerimientos dentro de los territorios indígenas, como por ejemplo nuevos poblados, nuevos CPSP o una nueva delimitación de las áreas de atención; solicitud que debe ser atendida por el contratista, bajo las mismas condiciones de calidad y xx
xxxxxxx vigentes y en atención a las disposiciones reguladas por la SUTEL.
1.4.1.5. La siguiente figura es representativa de los territorios indígenas y las áreas de atención por servir dentro de estos, la misma no es a escala:
Figura 1 Delimitación de áreas de atención dentro de los territorios indígenas Zona Sur Fuente: Unidad de Gestión, 2017
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242- 2018)
1.4.1.6. El detalle de las áreas de atención (coordenadas georreferenciadas (longitud/latitud - X/Y) se incluye para este concurso, en un archivo en formato .tab y otro en formato .kml, ambos con los detalles relacionados en las cláusulas anteriores. Asimismo, se incluye en formato .xls la lista de
poblados y CPSP utilizados como referencia para la determinación de las Áreas de Atención, y los cuales tendrán que ser cubiertos con los servicios objeto del cartel. Cada área de atención definida deberá tener una cobertura con una potencia mejor a -105 dBm (valor de RSRP medido en exteriores) si se implementa una solución 4G y mejor a -95 dBm (valor de RSCP medido en exteriores) si se implementa una solución 3G. El cumplimiento de esta cobertura tendrá un margen de tolerancia máximo del treinta por ciento (30%) y debe aplicarse acorde al Reglamento de prestación y calidad de servicios vigente.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
1.4.1.7. No forma parte del alcance de este concurso suministrar acceso a los servicios de telecomunicaciones de Voz e Internet en territorios fuera de los enunciados en el numeral 1.2.
1.4.2. Distribución de la población en el área de servicio.
1.4.2.1. Las zonas dentro de los territorios indígenas de Zona Sur están ubicadas en los cantones xx Xxxxx, Xxxxxx y Talamanca, provincia xx Xxxxx; y Turrialba, provincia de Cartago. Según registros del Censo 2011 del INEC en los territorios indígenas indicados habitan aproximadamente 24.510 personas, de las cuales 20.376 son indígenas; en la siguiente Tabla se visualizan los datos segmentados por pueblo y territorio indígena. El oferente deberá utilizar sus propias fuentes alternas de información o realizar una inspección en el sitio por su cuenta para complementar los datos aquí compartidos. No se admiten reclamos posteriores derivados de la información de campo inexacta que el oferente haya recopilado para preparar y formular su oferta.
1.4.2.2. El oferente debe considerar en su propuesta que por las condiciones de acceso y ubicación geográfica, los sitios, ya de por sí, son de elevada dificultad, por lo que se requiere de parte del contratista un esfuerzo
adicional y extraordinario al que se puede presentar en otros sitios del país.
1.4.2.3. En el caso de este concurso, la negativa a atender un sitio basados en el argumento de “extrema dificultad”, deberá contener una justificación realmente extraordinaria, dada la relevancia especialmente social de este proyecto y la delimitación explícita de las áreas de atención.
Tabla 3 Cantidad de habitantes segmentado por territorio indígena en el año 2011
Territorios indígenas | Población total | Población indígena | Población no indígena | ||
Total | Total | Con pueblo | Sin pueblo | ||
Guaymí | 3858 | 2042 | 2033 | 9 | 1816 |
Osa | 159 | 108 | 108 | - | 51 |
Conteburica | 1863 | 1144 | 1143 | 1 | 719 |
Xxxxxx Xxxxxxxxx | 1494 | 610 | 603 | 7 | 884 |
Altos de San Xxxxxxx | 000 | 000 | 000 | 1 | 162 |
Brunca | 1089 | 660 | 653 | 7 | 429 |
Curré | 1089 | 660 | 653 | 7 | 429 |
Teribe o Térraba | 2084 | 1267 | 1193 | 74 | 817 |
Xxxxxxx Xxxxxxx | 1321 | 1119 | 1118 | 1 | 202 |
Bribri | 4995 | 3951 | 3922 | 29 | 1044 |
Xxxxxxx | 1807 | 1588 | 1573 | 15 | 219 |
Cabagra | 3188 | 2363 | 2349 | 14 | 825 |
TOTAL | 13347 | 9039 | 8919 | 120 | 4308 |
Fuente: INEC, Censo 2011
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA- 00242-2018)
1.4.3. Condiciones socioeconómicas en el Área de Servicio
1.4.3.1. El área de servicio presenta características geográficas y demográficas en función de las TICs que denotan en primera instancia una dificultad en cuanto al despliegue de la población dado el difícil acceso a algunas de las regiones. Según datos de Mideplan la extensión del territorio donde se ubica el Pueblo Ngäbe- Guaymí aquí descrito (Osa, Conteburica, Abrojos- Montezuma y Altos de San Xxxxxxx) alcanza 24.909 Has. que corresponden a un 8% de todo el territorio indígena nacional, con un 65% en manos de indígenas. Por su parte, en el caso del Pueblo Brunca (Curré) alcanza los
23.090 Has., los cuales corresponden a un 7% de todo el territorio indígena nacional; el territorio está en su mayoría en manos indígenas (60%). Los
territorios pertenecientes al Pueblo Bribrí ubicados en Zona Sur, tiene una extensión de 39.560 Has., lo que significa que se trata de los dos territorios indígenas (Salitre y Cabagra) con mayor extensión territorial de los grupos en estudio; un 12% de todo el territorio indígena nacional. Para el caso de los pueblos Teribe y Cabécar Ujarrás, estos cuentan con una extensión de
9.355 (3%) y 19.040 (6%) Has. respectivamente
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R- DCA-00242-2018)
1.4.3.2. La economía de las regiones indígenas ubicados en Zona Sur está basada principalmente en actividades agrícolas o pecuarias, siendo sus principales productos las raíces y tubérculos como el tiquizque; granos básicos, en particular, frijol y maíz, así como jornales en plantaciones de café. Se da la crianza de gallinas y cerdos, principalmente para autoconsumo.
1.4.3.3. En promedio los distritos donde se ubican las Regiones indígenas Zona Sur son calificados por MIDEPLAN como bajos y muy bajos (a excepción del distrito de Buenos Aires con un IDS Mayor, donde se ubican los Territorios Indígenas Cabécar Ujarrás y Bribrí Salitre); con respecto a la tasa de empleabilidad presenta características muy por debajo de la Región Brunca.
1.4.3.4. Desde la perspectiva del ingreso se toman como fuente los datos de la Región Brunca, la cual se encuentra conformada por una población culturalmente diversa (indígena, mestiza, campesina, obrera agrícola nacional y extranjera). Según el INEC, para el año 2015 el menor ingreso promedio por hogar a nivel nacional, para los hogares por encima de la línea de pobreza, fue de ₵194.541; en la Región Brunca alcanzó ₵113.431 estando por debajo del ingreso mínimo, lo cual significa un ingreso per cápita de ₵32.207. Estas condiciones promedio se encuentran inmersas dentro de las regiones indígenas.
1.4.3.5. En términos Tecnologías de la Información, según datos del INEC correspondientes a la Región Brunca, la penetración promedio de los servicios de telefonía fija para el año 2015 era del 23% de los hogares, telefonía móvil del 96% de los hogares y el servicio de internet del 45%.
1.4.3.6. En caso de considerarlo necesario, el oferente deberá verificar esta información mediante una inspección en el sitio por su propia cuenta. No se admitirán reclamaciones posteriores derivadas del desconocimiento del lugar de previo a preparar la oferta.
1.4.4. Centros de Prestación de Servicios Públicos identificados en el Área de Servicio
1.4.4.1. En el anexo 1 se describen los CPSP identificados en las áreas de atención que los oferentes deben considerar en el Diseño de la capacidad de la Infraestructura de Acceso, ya que estos son clientes potenciales para la provisión de los Servicios estipulados en el presente concurso. Dentro de estos se encuentran: Centros Educativos, Centros de Salud (EBAIS), Centros Comunitarios Inteligentes (CECI), Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral (CEN-CINAI). El objeto de esta licitación no garantiza al contratista que cada uno de los CPSP contrate los servicios de telecomunicaciones especificados en este cartel, por el plazo inicial del contrato que se suscriba para este concurso.
1.4.4.2. Se podrán solicitar los servicios estipulados en el presente concurso, para otros CPSP ubicados dentro de los territorios indígenas enunciados anteriormente, que no hayan sido listados inicialmente, y que su atención sea factible dentro del diseño y cobertura ofertados, bajo las mismas condiciones del presente concurso. En caso de que la solicitud no sea factible para ser cubierta con el diseño y cobertura ofertados, se solicitará al contratista diseñar la solución puntual y presentar el requerimiento técnico y económico como se indica en la cláusula 1.4.1.4. La factibilidad o no de estas solicitudes debe ser motivada y sustentada.
La etapa 1 es la etapa inicial del proyecto. Una vez finalizada, se habilita el inicio de las etapas 2 y 3, las cuales son concurrentes más no dependientes entre sí.
Implementación de la infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo del contrato. Cabe anotar que en esta etapa no se contempla la infraestructura requerida en el punto del cliente final, ya sea domiciliar o CPSP.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
Soporte y mantenimiento de la infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo del contrato.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
Provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos ubicados en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo inicial del contrato de este proyecto.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
1.6.1. Descripción de los Entregables
1.6.1.1. La infraestructura de Acceso que permita brindar Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, a los puntos de interés y CPSP ubicados en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas de Zona Sur que los requieran y contraten; con tecnologías estándar y protocolos abiertos que permitan la interoperabilidad de las redes de voz e Internet.
1.6.1.2. La operación, mantenimiento, actualización, adecuación o, en los casos que se requiera, la ampliación de la capacidad de la infraestructura provista, para que el acceso a los servicios especificados se mantenga disponible por el plazo del contrato según numeral 3.2.3, con las capacidades requeridas según el numeral 2.1 y los requerimientos de calidad de servicio según el numeral 2.2.
1.6.1.3. El oferente deberá entregar el diseño de red para la provisión del acceso y los servicios solicitados que cumpla con las condiciones de prestación de los servicios especificadas en este Cartel y de acuerdo con lo especificado en el Anexo 6 del presente concurso. Si el oferente requiere que estos datos sean manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentarlos en sobre cerrado por separado dentro de los documentos de la oferta. Este diseño debe adjuntarse en formato .tab, proyección WGS84. La ubicación de la infraestructura proyectada en el diseño debe ser previamente evaluada con las respectivas Asociaciones de Desarrollo Integral Indígena (ADI), de tal forma que exista una pre-factibilidad para el despliegue de la infraestructura ofertada. Cualquier situación que se considere con un potencial grado de impedimento debe ser descrita en oferta.
1.6.1.4. El oferente deberá entregar el diseño de la conexión para usuario final tanto para el servicio de Voz como de Internet, de acuerdo con lo especificado en el Anexo 6 del presente concurso. Si el oferente requiere que estos datos sean
manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentarlos en sobres cerrado por separado dentro de los documentos de la oferta. En caso de que el diseño de conexión para el usuario final, presentado por el oferente, implique la instalación de un mástil, se debe especificar claramente el tamaño de mástil requerido para instalar la antena, estas instalaciones se deben limitar a un mástil de máximo 5 metros de altura.
1.6.1.5. La documentación del trámite de los permisos para la instalación de la infraestructura que el adjudicatario requiera para el proyecto, debe presentarse formalmente recibida por las instancias respectivas, en un plazo no mayor a 60 días hábiles, contados a partir de la fecha de formalización del contrato y actualizar el estatus de los mismos dentro del informe mensual de estado de proyectos.
1.6.1.6. El oferente deberá entregar un Plan de Pruebas detallado y los resultados esperables, tanto para la entrega de la infraestructura (Etapa 1), como para la entrega de los servicios a los CPSP (Etapa 3). El Fideicomiso elaborará los lineamientos para la recepción de obra, según lo estipulado en los Anexos 6 y 8 del presente cartel, la cual formará parte integral del contrato, basada en el plan de pruebas, la oferta presentada, los parámetros de calidad de servicio aplicables a los servicios que se prestarán comercialmente, establecidos en el Reglamento de Prestación y Calidad de Servicios vigente y las resoluciones emitidas por el Consejo de la SUTEL en esta materia. La Unidad de Gestión del Fideicomiso será la encargada de verificar el cumplimiento de los parámetros establecidos en la guía. Los lineamientos generales para la elaboración del Plan de Pruebas y la Guía de Recepción de Obra y servicios, se encuentran explicados en los Anexos 6 y 8.
1.6.1.7. El contratista deberá realizar una actividad de sensibilización y difusión al año, en cada uno de los territorios indígenas indicados durante el período del contrato, sobre la disponibilidad, el uso y los beneficios de los servicios objeto de este concurso, adecuado a la zona, con cobertura suficiente para
llegar a los pobladores de todas las comunidades de las diferentes regiones. Esta actividad no debe entenderse ni ejecutarse como una actividad de mercadeo del contratista proveedor de los servicios y será atribuible como costos del proyecto e incluidos en la oferta presentada. El plan de esta actividad y sus contenidos debe estar dirigido a los habitantes y a instituciones locales, tales como las municipalidades, direcciones regionales de los CPSP, juntas comunales y otros entes multiplicadores de la comunicación en la zona. Dicho plan y contenidos deberán presentarse en la oferta, de acuerdo con los lineamientos establecidos en el anexo 5.
1.6.1.8. El oferente deberá adjuntar en su oferta el portafolio de productos, servicios y tarifas para los servicios objeto de este concurso. Este portafolio debe comprender tanto los rubros básicos como los precios de instalación, arrendamiento de equipos y en general el tarifario de la oferta comercial, tal como se solicita en el anexo 4. Dicha oferta comercial debe estar disponible para cualquier cliente que lo solicite, desde la aceptación de la etapa 1 en condiciones no discriminatorias para un servicio equivalente. Si el oferente requiere que estos datos sean manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentar la información en sobre cerrado, por separado, dentro de los documentos de la oferta.
1.6.1.9. El contratista deberá presentar un informe de la ejecución del proyecto para la etapa 1, que contenga un amplio detalle sobre el avance del proyecto, incidentes, riesgos, indicadores, entre otros. El formato de este informe será acordado con la firma del contrato.
1.6.1.10. Al final de cada una de las etapas, llámese entregas parciales o totales de la infraestructura ofertada para proveer el acceso a los servicios, y al finalizar la entrega de las instalaciones de los centros de servicio para la provisión de los servicios objeto de este concurso, el contratista deberá presentar al Fiduciario una declaración jurada suscrita por el representante legal, donde se indique que los bienes y servicios requeridos han sido provistos de
acuerdo con las especificaciones solicitadas en este cartel y el contrato. Para el caso de la etapa 3, provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos, una vez el contratista termine con la Instalación de todos los CPSP, ya sea parciales o totales, deberá entregar la declaración jurada, solicitada en esta cláusula.
1.6.1.11. El Cronograma de Trabajo para la Etapa 1 deberá ser entregado por el oferente con su respectiva oferta. Posteriormente, dicho cronograma deberá ser actualizado y acordado entre el adjudicatario y el Fiduciario antes de la firma del contrato. En el cronograma se definirán las etapas, tareas, entregables y demás actividades necesarias para el adecuado desarrollo y seguimiento del avance del proyecto.
1.6.1.12. El cronograma de trabajo entregado por el oferente debe ser detallado, coherente, bien estructurado y organizado de acuerdo con lo requerido en el Anexo 4 del presente cartel. El oferente deberá contemplar con total claridad todas aquellas actividades que influyen en el plazo de ejecución. Todas las actividades que involucren permisos con instituciones públicas no podrán exceder un plazo máximo de dos (2) meses para su obtención.
1.6.1.13. El contratista deberá contemplar dentro de su cronograma el plazo de 40 días hábiles para la firma de los convenios con las instituciones beneficiarias para la instalación de los servicios en los CPSP. Esto a fin de que se inicie con su instalación una vez recibida la Etapa 1. El Fideicomiso proveerá xx xxxxxxx de comunicación adecuados a fin de que el contratista puede llevar a cabo esta labor.
1.6.1.14. Una vez firmado el convenio, el contratista deberá firmar con un representante de la institución beneficiaria con autoridad suficiente, la orden de servicio respectiva. Para esta labor tendrá un plazo de 20 días hábiles.
1.6.1.15. El cronograma de trabajo entregado por el contratista para la instalación de los CPSP (Etapa 3) debe ser detallado, coherente, bien estructurado y organizado. El contratista deberá contemplar con total claridad todas
aquellas actividades que influyen en el plazo de ejecución. El cronograma deberá presentarse con una carta de entendimiento del mismo con la institución beneficiaria, que indique estar de acuerdo con los plazos presentados. El cronograma no debe exceder un plazo de 60 días hábiles, debe estar desglosado por CPSP, fecha y hora aproximada para el desarrollo de la instalación.
1.6.1.16. El contratista deberá presentar un informe detallado de las instalaciones a los CPSP, de manera mensual, que contenga el estatus, los incidentes presentados y la fecha de instalación de los servicios. Al finalizar el proceso de instalación el contratista informará a la Administración mediante la Declaración Jurada, para que ésta proceda con la Recepción de la Etapa 3, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Anexo 7 del presente pliego cartelario.
1.6.1.17. El contratista debe presentar un reporte de la operación de acuerdo con los siguientes lineamientos:
a) Cantidad de mantenimientos domiciliarios y de redes mensuales.
b) Cantidad de clientes vinculados por producto mensuales.
c) Reportes de los Centros de Prestación de Servicios Públicos, por tipo, productos adquiridos, número de contrato, monto, entre otros.
d) Reporte de cancelaciones de servicios, por producto, mensuales.
e) Reporte de tiempos de respuesta de mantenimientos e instalaciones El formato de este informe será acordado con la firma del contrato. Si el oferente requiere que estos datos sean manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentarlos en sobre cerrado por separado dentro de los documentos de la oferta, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4 del presente concurso.
1.6.1.18. El contratista debe presentar un reporte de la operación de los CPSP de acuerdo con los siguientes lineamientos:
a) Reportes de los Centros de Prestación de Servicios Públicos, por
tipo, productos adquiridos, número de contrato, monto, entre otros.
b) Reporte de cancelaciones de servicios, por producto, mensuales.
c) Reporte de tiempos de respuesta de mantenimientos e instalaciones
d) Reporte de solicitudes y mantenimientos del servicio en CPSP con tiempos de indisponibilidad, descuentos en la respectiva factura y soluciones implementadas. Se debe reportar cada CPSP con el número de servicio (Ticket) asignado.
El formato de este informe será acordado con la firma del contrato. Si el oferente requiere que estos datos sean manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentarlos en sobre cerrado por separado dentro de los documentos de la oferta, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4 del presente concurso.
1.6.1.19. El oferente debe presentar en su oferta, un acuerdo de nivel de servicio (SLA el detalle debe cumplirse de acuerdo a los especificado en anexos 6 y 7 del presente cartel en sus secciones respectivas) para la atención de instalación y averías en los CPSP y comunidades, dada la particularidad de las zonas, su dificultad de acceso y la coordinación que deba realizarse con el Fideicomiso, entre otros, ya que estos van a afectar los tiempos de respuesta para la atención de solicitudes (instalaciones, averías, contratación de servicios). Estos tiempos no podrán ser mayores a 30 días naturales. El plan será revisado con la Administración previo a la firma del contrato, en caso de requerir ampliar el detalle de los procedimientos.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
1.6.1.20. El oferente debe presentar una propuesta de contabilidad separada de acuerdo con los lineamientos definidos en este Cartel, de acuerdo con lo solicitado en el Anexo 9 del presente concurso.
1.6.1.21. La provisión de estos resultados o entregables será responsabilidad exclusiva del oferente, tanto en su oferta como al momento que se adjudique el proyecto, en las condiciones definidas en el contrato que se suscriba.
1.6.1.22. Durante las etapas 1, 2 y 3, los entregables se deben presentar al Fiduciario mediante documento Formal de Remisión.
1.7. Naturaleza de los Servicios Contratados
1.7.1. Asignación de los Recursos de FONATEL
Los recursos de FONATEL se asignarán para subvencionar, total o parcialmente, los siguientes servicios:
1.7.1.1. La provisión de Infraestructura que permita el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las Áreas de Atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo del contrato.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R- DCA-00242-2018)
1.7.1.2. El servicio de Soporte y Mantenimiento de la infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo del contrato.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
1.7.1.3. Los Servicios de voz e internet, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos ubicados en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Brunka
de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), durante el plazo inicial del contrato de este proyecto. Durante el plazo del presente contrato se podrá incluir el pago de estos servicios a otros CPSP adicionales, a los especificados en este cartel.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-
00242-2018)
1.7.2. Infraestructura y Equipamiento
1.7.2.1. La infraestructura y el equipamiento que el contratista utilice o despliegue para proveer el Acceso a los servicios de telecomunicaciones requeridos en esta contratación será propiedad de éste durante y al finalizar el plazo del contrato.
1.7.2.2. La infraestructura y el equipamiento que el contratista despliegue en los Centros de Prestación de Servicios Públicos (CPSP) para proveer los Servicios de voz e internet, desde una ubicación fija, requeridos en esta contratación será propiedad de éste durante y después de finalizar el plazo del contrato de este proyecto, por lo que el contratista deberá brindar mantenimiento, reparar o reponer esta infraestructura y equipos, de acuerdo con el Artículo 13 del Reglamento de Prestación de Servicios publicado en la Gaceta No. 82 del 29 xx xxxxx de 2009 por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
2. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL PROYECTO
2.1. Requerimientos técnicos del Acceso a los servicios
El contratista deberá implementar redes basadas en tecnologías estándar y protocolos abiertos que permitan la interoperabilidad de las redes. Asimismo, deberá brindar acceso al menos a los siguientes servicios de telecomunicaciones dentro del área de servicio establecida:
2.1.1.1. En el caso de que el contratista brinde el Servicio de Voz fija, deberá definir e implementar la solución tecnológica requerida, de conformidad con el artículo 3 del Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final del Servicio
de Telecomunicaciones publicado en la Gaceta N°72 del 15 xx xxxxx de 2010, definido como:
“Servicio telefónico que permite el intercambio bidireccional de tráfico de voz en tiempo real, entre diferentes clientes o usuarios cuyos terminales tienen un rango de movilidad limitado. En esta categoría se incluyen los servicios brindados mediante conmutación de circuitos y voz sobre IP, a través de medios alámbricos o inalámbricos.”
2.1.1.2. En este sentido, debido a que el servicio telefónico puede ser brindado a través de diferentes tecnologías, el contratista deberá cumplir con los requerimientos de calidad establecidos en el numeral 2.2.2.
2.1.1.3. El contratista deberá brindar el servicio con las tarifas autorizadas para el servicio de Voz, vigentes regulatoriamente.
2.1.2.1. El contratista, de conformidad con el artículo 3 del reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final del Servicio de Telecomunicaciones publicado en la Gaceta N°72 del 15 xx xxxxx de 2010, deberá brindar el servicio de acceso a Internet, para lo cual deberán definir e implementar la solución tecnológica requerida para que los usuarios de la zona puedan acceder a la red de Internet, la cual está definida de la siguiente forma:
“Red mundial de acceso público constituida por un conjunto descentralizado
de redes de comunicación interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP (Protocolo de control de transporte / Protocolo de Internet), tanto para su enrutamiento como para el control de los flujos de datos y aseguramiento de recepción de información, cuyo acceso se efectúa a través de diferentes tecnologías y medios alámbricos e inalámbricos.”
2.1.2.2. Para el servicio de acceso de Internet el contratista deberá cumplir con los parámetros establecidos en el numeral 2.2.2.
calidad de servicio domiciliar. No obstante el contratista podrá ofrecer velocidades mayores o menores de acuerdo a los requerimientos de usuarios particulares dentro del área de atención. El contratista deberá brindar en el Área de Atención una Oferta Comercial de Acceso a Internet con precios iguales o menores a su oferta comercial xx xxxxxxx, en condiciones asequibles y no discriminatorias para los usuarios finales, para un servicio equivalente y proveerlo con un contrato de adhesión homologado por la SUTEL.
2.1.2.4. Para los CPSP, el oferente debe proveer el servicio de Internet a velocidades mínimas de 6Mbps de descarga (bajada) y 1Mbps de carga (subida) con calidades de servicio ofrecidas a pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con el Reglamento de Prestación y Calidad de Servicios. El precio mensual del servicio de Internet a los CPSP se determinará en la oferta, de acuerdo con lo estipulado en la cláusula 4.5.1.4. El pago mensual de este servicio estará a cargo del Fideicomiso de conformidad con las Cláusulas 1.7.1.3, 3.2.2.1 y 3.2.2.3.
2.1.2.5. El diseño de la infraestructura para proveer el acceso a los servicios objeto del presente concurso, debe considerar los requerimientos de velocidad de acceso a Internet especificados en los numerales 2.1.2.3 y 2.1.2.4. La infraestructura instalada deberá soportar la escalabilidad de los servicios según los años y velocidades indicadas en la Tabla 4, con calidades de servicio ofrecidas a pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con el Reglamento de Prestación y Calidad de Servicios, para los CPSP que se definan durante el plazo de ejecución del contrato. El contratista no podrá solicitar subvención adicional para la infraestructura requerida para proveer dichas velocidades. El Fideicomiso cubrirá únicamente el pago mensual del servicio por la velocidad de 6Mbps de descarga (bajada) y 1Mbps de carga (subida) y la institución debe pagar la diferencia del precio mensual, por la velocidad mayor solicitada.
Tabla 4 Escalabilidad de los servicios para CPSP
Año | |||||
Velocidad / Año | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 |
Bajada | 6 Mbps | 8Mbps | 10 Mbps | 12 Mbps | 15 Mbps |
Año | |||||
Subida | 1 Mbps | 2 Mbps | 2 Mbps | 3 Mbps | 5 Mbps |
Fuente: DGF, Unidad de Gestión, 2017
2.1.2.6. Si durante la ejecución de los contratos se presentara una solicitud de aumento de velocidad de Acceso a Internet, por parte de un CPSP, que exceda la velocidad de los servicios cubiertos por las obligaciones definidas en los numerales 2.1.2.4 y 2.1.2.5 del cartel, el contratista estará obligado a presentar al Fideicomiso una propuesta para proveer la nueva capacidad del servicio, la cual puede ser, incluso, la prestación de servicios simétricos. El contratista y la institución solicitante negociarán directamente los plazos y costos de la solución de ser necesarios, y el precio del servicio mensual adicional, los cuales serán pagados por cada institución. El precio mensual de los servicios deberá mantenerse dentro de los límites de precios y ofertas xxx xxxxxxx nacional.
2.1.2.7. La administración no adquiere un compromiso a priori de contratación y pago de los servicios de internet a velocidades mayores a 6Mbps de descarga (bajada) y 1Mbps de carga (subida) para los CPSP. Para los casos en que se requieran los aumentos de velocidad, estos se solicitarán puntualmente al contratista, a lo cual el contratista y la infraestructura, deben estar preparados acorde con el numeral 2.1.2.5 y sujeto a la oferta estipulada en la cláusula 4.5.1.4. como máximo.
2.1.2.8. Para el servicio de Internet móvil, el área definida deberá tener una cobertura con una potencia mejor a -105 dBm (valor de RSRP medido en exteriores) si se implementa una solución 4G y mejor a -95 dBm (valor de RSCP medido en exteriores) si se implementa una solución 3G. El cumplimiento de esta cobertura tendrá un margen de tolerancia máximo del treinta por ciento (30%) y debe aplicarse acorde al Reglamento de prestación y calidad de servicios vigente.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
2.1.3.1. El contratista deberá ofrecer todos los demás servicios de Telecomunicaciones dentro de las áreas de atención del proyecto, que su solución tecnológica permita brindar de manera convergente o que sean distribuidos a través de la solución. Los ingresos por estos servicios deben ser incluidos e identificados en la contabilidad separada del proyecto.
2.1.3.2. La subvención asignada a los proyectos está afectada a la existencia de un déficit, por lo que es una obligación de los oferentes promover diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio para hacer el uso más eficiente de dichos recursos. El oferente se obliga a maximizar las inversiones aprovechando todas las posibilidades de explotación de la red subvencionada y todas las oportunidades de negocios posibles, aprovechándose de las economías de escala y de alcance. La oferta debe plantear un modelo de negocio orientado a la explotación de todos los tipos de servicios posibles. Esta obligación de eficiencia del uso de recursos públicos comprende concretar en la oferta la mayor rentabilización de los recursos, con lo cual se promueva una más pronta rentabilidad del proyecto (ingresos adicionales) y, sobre todo, una mayor cobertura de todo tipo de servicios rentables para los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto (economía de alcance).
2.1.3.3. Debido al carácter de fondos públicos (por la subvención), que los proyectos son actividades inherentes al Estado, así como las ventajas de ejecución de un proyecto subvencionado en una zona no rentable; el operador adjudicado no puede perjudicar las oportunidades de rentabilización del proyecto ni lesionar de ninguna forma el fin último al que está afectado la subvención que recibe y, sobre todo, en detrimento del derecho de los habitantes de las zonas cubiertas por el proyecto a beneficiarse del uso eficiente de la subvención y del proyecto en general.
2.1.3.4. Eliminado
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-
00242-2018)
2.1.3.5. El operador se compromete y obliga a no tomar ninguna decisión de negocio o realizar alguna conducta que perjudique al proyecto subvencionado, tales como, pero no limitado a: competir con el proyecto subvencionado de servicio universal con proyectos o despliegues de redes separados, sin ninguna justificación suficiente y viable, tanto técnica, financiera como jurídicamente. Es por ello, que las ofertas deben plantearse con diseños de red, uso de tecnologías y modelos de negocio que permitan prever el cumplimiento del uso más eficiente de los recursos y a través de la maximización de la explotación de las redes (economías de escala), sea para ofrecer todo tipo de servicios posibles (economías de alcance) sin restringirse a los servicios mínimos indicados en el cartel. Se exceptúan los proyectos que sean de acceso universal, servicio universal y solidaridad.
2.1.3.6. El contratista en caso de requerirse por parte de la SUTEL, deberá habilitar el servicio de ROAMING en las áreas que SUTEL establezca.
2.2. Requerimientos de calidad de los servicios
En la Tabla 2 se presentan los poblados a la fecha identificados que se encuentran en el Área de Servicio mostrada en la figura 1, dentro de la cual, los oferentes deberán garantizar, ya sea por una solicitud del usuario final o por el requerimiento establecido en este cartel, de manera inmediata, el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil a quien lo requiera dentro de las áreas de atención.
2.2.2. Calidad y disponibilidad del Servicio
El contratista deberá cumplir con los requisitos de acceso y disponibilidad de los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, así como los de acceso y disponibilidad de los Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, de acuerdo con los lineamientos establecidos en los contratos de adhesión por la prestación de servicios de telecomunicaciones, homologados
por SUTEL y los cuales se firmarían entre el mismo contratista y los respectivos clientes contratantes. El contratista está en la obligación de cumplir con el Reglamento de Prestación y Calidad de los Servicios que se encuentre vigente. Además, el mismo deberá aceptar la implementación de los sistemas de monitoreo de calidad y uso del servicio para los CPSP, que el contratante le requiera. Las partes acordarán la plataforma idónea y el contratante cubrirá la inversión de la misma.
2.3. Requerimientos Técnicos Generales
Además de los requerimientos específicos ya establecidos en el presente Cartel, los oferentes deberán garantizar el cumplimiento de los siguientes requerimientos generales, en caso de resultar adjudicatarios de este concurso:
2.3.1. Descripción de los Requerimientos:
2.3.1.1. La totalidad de los terminales para los Servicios de Voz e Internet que se incluyan en la oferta, tanto para los CPSP como para los hogares y habitantes; por ejemplo, terminales fijos o móviles, deberán estar homologados por la SUTEL. Estos terminales se refieren a los productos con que cuenta la oferta comercial usual que cada operador o proveedor de telecomunicaciones para el público en general al cual ofrecen sus servicios. Se entiende que es discrecional del contratista el tipo de dispositivo que ofrecerá a sus clientes en este proyecto.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
2.3.1.2. Todas las construcciones que se desarrollen, deberán contar con sus diseños formales y permisos de construcción, de acuerdo con la normativa costarricense para construcción. La siguiente lista incluye algunas de las instituciones de las que se requiere un permiso, visado, autorización o trámite para cumplir con las reglamentaciones locales. Esta lista no limita los permisos, ni trámites necesarios, que podrían variar de una localidad a otra. En cualquier caso se deben de cumplir todas las normativas vigentes en el
momento de la construcción para cada localidad, algunas como el Decreto Ejecutivo Nº 36159-MINAET-S-MEIC-MOPT, denominado: Normas Estándares y Competencias de las Entidades Públicas para la aprobación coordinada y expedita requerida para la Instalación o Ampliación de Redes de Telecomunicaciones; así como al reglamento de construcción de infraestructura de Telecomunicaciones vigente en cada municipalidad. Además, en caso de requerir construir en Áreas Silvestres Protegidas, a considerar lo establecido en el Decreto Ejecutivo Nº 26187-MINAE, denominado: Regula Puestos de Telecomunicaciones en Áreas Silvestres Protegidas, y sus reformas.
a. Asociaciones de Desarrollo Integral Indígena (ADI), acuerdos y consulta pública debidamente gestionada por la SUTEL.
b. Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) (visado de planos arquitectónicos, estructurales, mecánicos y eléctricos, ingenieros afiliados).
c. Municipalidad local (permiso de uso de suelo, permiso de construcción).
d. Ministerio de Salud.
e. Acueducto local (certificado de disponibilidad de agua y desagüe).
f. Secretaría Técnica de Nacional Ambiental (SETENA).
g. Compañía de distribución de electricidad local.
2.3.1.3. Los oferentes que incluyan dentro de su propuesta de solución sistemas inalámbricos, deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento para regular la exposición x xxxxxx electromagnéticos de radiaciones no ionizantes, emitidas por sistemas inalámbricos con frecuencias de hasta 300 GHz de la Gaceta N° 25 xxx xxxxxxx 4 de febrero del 2011.
2.3.1.4. Los oferentes deberán brindar una solución que garantice su sostenibilidad ambiental, cumpliendo con lo definido en artículo 3 inciso k) de la Ley General de Telecomunicaciones, Ley N° 8642, principalmente en la operación, los
sistemas de respaldo eléctrico, así como el posterior desecho de aquellos elementos eléctricos del sistema de protección como baterías y demás componentes. El oferente podrá aportar, si así lo considera, la certificación sobre la Norma INTE-12-01-07:2011, Sistema de Gestión Ambiental para el Sector Telecomunicaciones.
2.3.1.5. En caso de que el contratista requiera la construcción o alquiler de infraestructura física como xxxxxx, postes o ductos para proveer el acceso a los servicios solicitados en el presente Cartel, el contratista deberá cumplir con todas las disposiciones técnicas y legales aplicables a cada una de ellas. Para los sitios en donde no se cuente con fluido eléctrico y el contratista requiera la instalación de energía solar y sus respectivos albergues, el contratista deberá cumplir con todas las disposiciones técnicas y legales aplicables a cada una de ellas.
2.3.1.6. El contratista deberá cumplir con los requerimientos, protocolos y permisos previos, emitidos por la institución pública beneficiaria, para la instalación de los elementos necesarios para brindar los servicios solicitados por sus CPSP.
2.3.1.7. Las soluciones punto a punto por medio de enlaces inalámbricos (enlaces de microondas) serán solo admitidas para transporte (backchaul).
2.3.1.8. Las soluciones por medio de enlaces satelitales serán admitidas para transporte (backhaul). El contratista deberá detallar: (i) Las Secciones de backhaul donde será utilizada, (ii) tipo de tecnología satelital, (iii) Máximo escalamiento de velocidad soportado, (iv) alternativa a implementar en caso de requerir mayores velocidades en los casos en que alguno de los componentes de la infraestructura ofertada no soporte el escalamiento de las velocidades requeridas en las cláusulas 2.1.2.3., 2.1.2.4. y 2.1.2.5. En los casos se debe presente un incumplimiento de escalabilidad de acuerdo a los numerales citados debe indicar la situación y detallar ampliamente el impacto en los respectivos procesos de entrega y operación de las diferentes Etapas. (Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R- DCA-00242-2018)
2.3.1.9. Las soluciones por medio de enlaces satelitales serán también admitidas, cuando existan motivos de caso fortuito o de fuerza mayor debidamente sustentados dentro de una o varias áreas de atención, entre los que se pueden citar, sin estar limitados a: (i) limitaciones de instalación de infraestructura de transporte, (ii) en terrenos sujetos a informaciones posesorias, (iii) negativa del otorgamiento de permisos por parte de los entes competentes que no sean por causas imputables al contratista, (iv) por casos de expropiación de terrenos, entre otras imposibilidades para el despliegue de infraestructura. El contratista podrá implementar un enlace satelital directamente a un CPSP dentro del área de atención en cuestión y desde este sitio brindar los servicios que estén dentro del alcance de los componentes de la infraestructura, aclarando las limitantes de velocidad y servicios requeridos en las cláusulas 2.1.2.3., 2.1.2.4. y 2.1.2.5. El contratista debe indicar en su oferta: (a) potencial situación, (b) solución tecnológica, (c) tipo de tecnología satelital, (d) Máximo escalamiento de velocidad soportado, (e) detallar ampliamente el impacto en los respectivos procesos de entrega y operación de las diferentes Etapas. La administración valorará la alternativa presentada por el contratista, la razonabilidad de los costos y determinará la viabilidad o no de ejecución.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
3. ESPECIFICACIONES GENERALES DE LA CONTRATACIÓN
3.1. Especificaciones Financieras
3.1.1. Subvención máxima para el proyecto
3.1.1.1. Los recursos de FONATEL asignados para el cumplimiento de los objetivos definidos en el artículo 32 de la Ley 8642, Ley General de Telecomunicaciones, podrán ser destinados al desarrollo de programas y proyectos, tal como se establece en el inciso b) del Artículo 36 de la Ley 8642. Estos recursos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 el Reglamento de Acceso Universal,
Servicios Universal y Solidaridad, pueden aplicarse a: La inversión, la operación o mantenimiento y/o actividades complementarias necesarias para el funcionamiento de los servicios de telecomunicaciones, pudiendo abarcar entre otros, estudios técnicos, adquisición de equipos, materiales, obras civiles, así como programas de sensibilización, difusión y capacitación necesarios para el correcto cumplimiento de las Agendas Digitales y de Solidaridad, que forman parte integral del Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
3.1.1.2. Para efectos del presente proyecto se asignarán recursos de FONATEL para:
3.1.1.2.1. Subvencionar el déficit generado por el desarrollo de la infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur).
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la
República R-DCA-00242-2018)
3.1.1.2.2. Subvencionar el déficit generado por la provisión de los servicios de soporte y mantenimiento de la Infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur).
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la
República R-DCA-00242-2018)
3.1.1.2.3. Subvencionar en forma directa la provisión de los Servicios de Voz e
Internet, desde una ubicación fija, enunciados en este cartel, a Centros de Prestación de Servicios Públicos en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos- Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), y por el plazo inicial del contrato.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
3.1.1.3. Para determinar la subvención máxima, el Reglamento de Acceso Universal, Servicios Universal y Solidaridad, en el artículo 21, establece el cálculo del déficit derivado de la ejecución de los proyectos y programas (DPSU), lo cual responde a la subvención máxima estimada para el desarrollo del proyecto, especificado en este cartel. El artículo 21 del mencionado reglamento establece lo siguiente:
“Para la determinación del déficit derivado de la ejecución de los proyectos y programas de acceso o servicio universal, financiados con los recursos del FONATEL, denominado DPSU, se utilizará la siguiente fórmula de cálculo:
DPSU = Xxxxxx evitables – (Ingresos directos prestación del servicio universal + Ingresos indirectos resignados), donde:
Costos evitables: son los ahorros que tiene un operador eficiente a largo plazo si no presta el servicio. Se dice que los costos son de un operador eficiente, cuando estén basados en un dimensionamiento óptimo de su planta, valorada a costo de reposición, con la mejor y más eficiente tecnología disponible y en la hipótesis de mantenimiento de la calidad de servicio.
Ingresos directos prestación del servicio universal: son los ingresos que dejaría de obtener un operador si no prestara el respectivo servicio universal, e incluyen los ingresos por cargo de conexión, abono, tráfico generado por los clientes a los que se les dejaría de prestar dicho servicio.
Ingresos indirectos resignados: son los ingresos indirectos que dejaría de obtener un operador si no prestara el respectivo servicio universal, e incluyen los ingresos por las llamadas efectuadas por otros clientes del mismo operador u otros interconectados al mismo, con destino a los clientes a los que se les dejaría de prestar dicho servicio y los ingresos por llamadas de sustitución que realizarían los clientes y/o usuarios a los que se les dejaría de prestar el servicio desde teléfonos públicos u otros teléfonos del mismo operador.”
3.1.1.4. Aquellos operadores o proveedores de servicios de telecomunicaciones que mantengan obligaciones específicas de cobertura derivadas de sus respectivos títulos habilitantes, no podrán incluir dentro de la subvención solicitada para el proyecto, la porción de costos de la infraestructura, existente o proyectada, que corresponda al cumplimiento de esas obligaciones, en las áreas de servicio definidas para el proyecto. Dichos costos deberán quedar expresamente reflejados en el cálculo de la subvención solicitada en la oferta. Los operadores deben presentar en su oferta, una declaración jurada en donde se indique que la subvención solicitada no incluye obligaciones del plan de desarrollo de la red móvil, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4. Adicionalmente, deberán presentar en un mapa separado, la ubicación de los nodos instalados o por instalar, que se deriven de su obligación de cumplimiento del PDR, en el que se observe la cobertura de estos, junto con el detalle de esos equipos y sus costos.
3.1.1.5. La subvención máxima de FONATEL para este proyecto, determinada mediante la aplicación de los criterios descritos, es de US $30.333.844 (Treinta millones trescientos treinta y tres mil ochocientos cuarenta y cuatro dólares americanos), los cuales representan aproximadamente
₡00.000.000.000 colones (Diecisiete mil doscientos sesenta millones quinientos sesenta y tres mil novecientos trece colones) (Tipo de cambio
para las operaciones con el sector público no bancario del BCCR al 8 xx xxxxx del 2018). El WACC o Tasa Requerida de Retorno de Capital, para el presente cartel será de 13,95% antes de impuestos y 12,65% después de impuestos, de acuerdo con la resolución RCS-263-2014 publicada en La Gaceta Alcance Digital No. 217 del 11 de noviembre del 2014.
3.1.1.6. La subvención máxima especificada es para:
a. Subvencionar el déficit generado por el desarrollo de la infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur).
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República
R-DCA-00242-2018)
b. Subvencionar el déficit generado por la provisión de los servicios de soporte y mantenimiento de la Infraestructura para proveer el Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos- Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur).
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República
R-DCA-00242-2018)
c. De ser necesario el despliegue de una solución eléctrica para el sostenimiento de la(s) infraestructura(s) para proveer los accesos a los servicios desde una ubicación fija y los servicios móviles, la misma será subvencionada y el oferente deberá detallar la inversión y los costos de
operación en líneas independientes, al momento del cálculo del DPSU. Solo se aceptarán soluciones de suministro eléctrico a través de energía solar.
3.1.1.7. El oferente deberá incluir en su oferta los parámetros para el cálculo del DPSU correspondiente a su caso de negocio particular. Si el oferente requiere que estos datos sean manejados de manera confidencial debe solicitarlo expresamente en la oferta y presentarlos en sobre cerrado por separado dentro de los documentos de la oferta.
3.1.2. Contabilidad de Costos e Ingresos del Proyecto
3.1.2.1. El contratista deberá apegarse al principio de separación contable, el cual consiste en mantener contabilidad de costos independiente para el proyecto, separada de la contabilización del resto de sus operaciones. El objetivo de la contabilidad separada es comprobar los ingresos, costos y gastos asociados exclusivamente con el proyecto.
3.1.2.2. De acuerdo con el artículo 37 de la Ley General de Telecomunicaciones, en relación con la ejecución de fondos de FONATEL, se establece que:
“Los operadores o proveedores que ejecuten recursos de FONATEL, deberán mantener un sistema de contabilidad de costos separada, de conformidad con lo que se establezca reglamentariamente, el cual deberá ser auditado, anualmente, por una firma de contadores públicos autorizados, debidamente acreditada ante la SUTEL. Los costos de esta auditoría deberán ser cancelados por el operador o proveedor auditado…”
3.1.2.3. Por su parte en el artículo 34 de Reglamento de Acceso Universal, Servicios Universal y Solidaridad, establece en relación con el sistema de contabilidad, que: “Los operadores o proveedores que ejecuten proyectos financiados con recursos del FONATEL, deberán mantener un sistema de contabilidad de costos independiente (separada); el cual deberá ser auditado anualmente por una firma de contadores públicos autorizados, debidamente acreditadas ante la SUTEL. Los costos de esta auditoría deberán ser cancelados por el operador o proveedor auditado. Debe entenderse por
contabilidad separada, el registro contable de todas las transacciones financieras (ingresos; gastos; adquisición de activos; contratación, desembolso y cancelación de créditos y sus respectivos intereses; incrementos en el capital social, etc.), asociadas con la prestación de los servicios que sean financiados con recursos del FONATEL.” (subrayado es intencional).
3.1.2.4. Por lo tanto, el contratista deberá presentar mensualmente una contabilidad separada del proyecto, en la que se debe desagregar cada cuenta mayor en el nivel más detallado posible que sea razonable y permita identificar las cuentas más relevantes para el proyecto.
3.1.2.5. El contratista debe reportar todos los ingresos asociados al proyecto y acorde a los tipos de servicio ofrecidos. De igual forma, todos los aportes recibidos por concepto de la subvención solicitada deben ser registrados en su cuenta de ingresos de forma separada.
3.1.2.6. El contratista debe reportar todos los costos y gastos asociados al proyecto de forma explícita y separada dentro de la estructura establecida de la contabilidad separada, en atención a las condiciones que sobre este tema se incluyen en la Ley General de Telecomunicaciones, el Reglamento de Acceso Universal, Servicio Universal y Solidaridad; y la Guía de Contabilidad Separada de los Proyectos Financiados con Recursos de FONATEL referenciada en el punto 8.8 del ANEXO 4 del presente cartel.
3.1.2.7. El contratista no podrá reportar en la cuenta destinada a otros gastos dentro de su modelo propuesto de contabilidad separada, un monto mayor al 5% de los ingresos reportados en su cuenta de Ingresos totales.
3.1.2.8. Adicionalmente, el contratista debe presentar anualmente ante el BNCR, en su calidad de Fiduciario del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas de FONATEL, los Estados Financieros Auditados del proyecto por una firma de contadores públicos autorizados, previamente acreditada ante la SUTEL. La auditoría realizada debe ser de acuerdo con normas internacionales de Auditoría, basadas en los principios fundamentales de Auditoría Financiera y los procedimientos que le permitan al auditor expresar su opinión o dictamen,
sobre si los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco de referencia para la emisión de información financiera aplicable, o si los estados financieros se presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, o proporcionan una visión verdadera y justa de conformidad con dicho marco.
3.1.2.9. El Fideicomiso podrá excepcionalmente solicitar una auditoría externa de la contabilidad separada del proyecto cuando lo considere necesario, con cargo al Fideicomiso, adicional a la auditoría anual con cargo al contratista.
3.2. DE LOS CONTRATOS
Para esta contratación se suscribirá un contrato entre el adjudicatario y el Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR, número de identificación 3- 110-654956, para la provisión del Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil; así como el servicio de soporte y mantenimiento de la infraestructura asociada.
El contratista deberá suscribir un contrato por la prestación de servicios de telecomunicaciones, con un representante del CPSP, para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, a los CPSP de la zona. El procedimiento para la suscripción será determinado en la fase ejecución.
Las siguientes condiciones serán incluidas en el contrato o en la orden de trabajo que el contratista firmaría con el representante del CPSP, en referencia a las condiciones de prestación de los Servicios estipulados en el presente concurso para los CPSP:
3.2.2.1. El precio cotizado por los servicios de Voz para los CPSP deben estar dentro de los límites tarifarios establecidos para el tipo de servicio contratado. En el caso de las tarifas de internet los precios deben estar sujetos a su oferta comercial xx xxxxxxx. Para la confección de la oferta por el paquete de voz y datos, el oferente debe regirse por lo estipulado en la cláusula 4.5.1.4.
3.2.2.2. En el evento de caso fortuito o fuerza mayor, o en el cierre o traslado de un CPSP, el servicio asociado será cancelado sin ninguna penalidad adicional para el contratante y el contratista deberá informar de inmediato al Fideicomiso de tal situación.
3.2.2.3. El pago por los servicios de telecomunicaciones que se presten a los CPSP se hará mensualmente durante el plazo del contrato del presente proyecto. Para que el contratista pueda facturar los servicios a partir de finalizada su instalación, deben de cumplirse los siguientes supuestos: (a) Recibo de conformidad de la instalación y los servicios objeto del contrato por un representante del CPSP, (b) contar con la recepción por parte del Fideicomiso, acorde con la Guía de Recepción para Etapa 3, presentada en el anexo 8. Luego de dicha recepción, el contratista emitirá la factura por los CPSP debidamente recibidos, contando los días desde la fecha de instalación.
3.2.2.4. El contrato debe indicar que la factura será cancelada con recursos de FONATEL a través del Fideicomiso. Estos pagos son independientes al monto a la subvención estimada para el despliegue de infraestructura de la etapa 1 y el soporte y mantenimiento de dicha infraestructura de la etapa 2.
3.2.2.5. El contratista se compromete a que los equipos CPE que se instalen en los CPSP para el servicio de acceso a Internet, tengan la capacidad para manejar los protocolos IPV4 e IPV6 e integrarse a una Red Privada Virtual (VPN), mediante alguno de los siguientes protocolos IPsec, PPTP y L2TP.
contratista estará en la obligación de cotizar una solución que permita el acceso desde cualquier punto dentro del área de construcción civil en el CPSP; dicho requerimiento de cobertura dependerá del tamaño de la construcción civil de cada centro y será definida durante la ejecución de la etapa 3 del proyecto entre el contratista y el Fideicomiso. La razonabilidad de los precios de dicha cotización será valorada por el Fideicomiso. Al momento de la firma del contrato, el adjudicado deberá entregar información de referencia, cotizando los elementos típicos requeridos para brindar esta cobertura adicional.
3.2.2.7. El contratista se compromete a instalar, a precios xx xxxxxxx, el equipo final de usuario de acceso a la red (CPE) con la premisa de que si estos equipos generan un costo adicional a la factura mensual del servicio, este no podrá exceder de $2 (dos dólares americanos o su equivalente en colones).
3.2.2.8. Después de instalado el CPE y su respectivo punto de acceso WiFi, el contratista no tendrá responsabilidad sobre la administración de esta red inalámbrica local del CPSP. Excepto por las eventuales garantías comerciales usuales xx xxxxxxx sobre los bienes instalados.
3.2.2.9. El oferente deberá presentar en su propuesta una solución prototipo (base) a partir del uso de energía solar, que sea escalable, para el caso de aquellos CPSP que en etapa 3 así lo requieran, brindando de esta forma el suministro eléctrico de los equipos de telecomunicaciones (ej: modem con WiFi, antena, router, entre otros) que se contemplen en la instalación de dichos CPSP para brindar los servicios de telecomunicaciones objeto del presente concurso. Además, dicha solución eléctrica base o prototipo debe suministrar un circuito adicional, con suficiente potencia para conectar dos (2) laptops y dos (2) celulares simultáneamente (esto incluye el alambrado, protecciones, los tomacorrientes, en cumplimiento con el código eléctrico vigente). Es necesario que el precio cotizado se desglose por componentes en una
memoria de cálculo, contemplando los equipos y materiales necesarios, tales como, pero no exclusivamente, tipo de panel solar incluida la batería y precio, metro lineal de instalación eléctrica, otros equipos por su valor unitario. El oferente entiende que la preparación y detalle de esta memoria es de su responsabilidad y el objetivo es que en la fase de ejecución contractual los precios unitarios por componente así cotizados permitan hacer variaciones o ampliaciones de la solución fijando los precios correspondientes. Los precios de la instalación de la solución eléctrica y el soporte y mantenimiento de esta, deben estar acordes a los precios promedio xx xxxxxxx. La instalación de la solución eléctrica se pagará en un solo tracto, una vez instalada en cada CPSP, acorde a la forma de pago estipulada en el presente concurso. Los costos de soporte y mantenimiento de la solución deben ser incluidos en la factura mensual de servicios de cada CPSP, desglosada en líneas independientes o con facturas separadas por tipo de servicio. Estas facturas, que podrán ser por servicios separados, no obstante, deberán de agrupar todos los CPSP (una sola factura de soporte y mantenimiento de la solución eléctrica por todos los CPSP y una sola factura de servicios de telecomunicaciones para todos los CPSP). Todos estos rubros deben ser incluidos en la contabilidad separada del proyecto. La infraestructura y el equipamiento que el contratista utilice o despliegue para proveer la solución eléctrica a los CPSP requeridos en esta contratación será propiedad de éste durante y al finalizar el plazo del contrato.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-
DCA-00242-2018)
3.2.2.10. Dadas las particularidades de las zonas, su dificultad de acceso y la coordinación que deba realizarse con el Fideicomiso, van a afectar los tiempos de respuesta para la atención de incidentes, por tanto, el oferente debe presentar un acuerdo de nivel de servicio.
3.2.2.11. El contratista debe cumplir con todas las demás cláusulas que se relacionen en el presente cartel con la provisión de los servicios estipulados en este
concurso para los CPSP.
3.2.3.1. El plazo inicial del Contrato para la provisión del Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, así como el servicio de soporte y mantenimiento de la infraestructura asociada, será de cinco (5) años más el Plazo de Entrega de la Etapa 1 del proyecto ofrecido por el adjudicatario. Este plazo puede ser prorrogado en las condiciones que se definen en este cartel y el contrato.
3.2.3.2. El contrato de servicio de telecomunicaciones suscrito entre el contratista y un representante del CPSP legalmente facultado, para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, para los CPSP, estará supeditado, sin excederlo, al plazo inicial del contrato derivado de este proyecto (cinco años). Este plazo puede ser prorrogado en el caso de que el Contrato para la provisión del Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, así como el servicio de soporte y mantenimiento de la infraestructura asociada, sea prorrogado de acuerdo con lo establecido en este cartel y el contrato. En caso de que el Fideicomiso decida no prorrogar el contrato, en cuestión, los CPSP están en la libertad de asumir y continuar con la ejecución de los contratos de provisión de servicios que hayan suscrito con el contratista, para lo cual se debe proceder con el traspaso de los servicios a nombre de los beneficiarios, esto bajo las condiciones normales xxx xxxxxxx que existan en ese momento.
3.2.3.3. Ninguno de los aportes de FONATEL al proyecto se prolongará más allá del plazo del Contrato para la provisión del Acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil, así como el servicio de soporte y mantenimiento de la infraestructura asociada. No obstante, la Administración plantea que dado el caso y de común acuerdo, al terminar el año cinco, el Contrato para la provisión del Acceso a
los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, el Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil y el servicio de soporte y mantenimiento de la infraestructura asociada, podrá ser prorrogado sucesivamente por plazos adicionales de un año hasta un máximo de 5 años. Esta prórroga podrá ser aplicada a los contratos suscritos entre el contratista y los representantes de los CPSP legalmente facultados, para la provisión de los Servicios Fijos de Voz e Internet para los CPSP.
3.2.3.4. El contratista deberá manifestar formalmente por escrito, doce (12) meses antes del vencimiento del contrato, si no está dispuesto a prorrogar la vigencia del contrato, en las mismas condiciones originales pactadas. Si el contratista omitiere, en tiempo y forma, la manifestación sobre su no disposición para prorrogar la vigencia del contrato, se aplicará una multa según lo establecido en la Sección 3.4 xxx xxxxxx cartelario, si posteriormente a ese plazo comunica su intención de no continuar. El Fiduciario informará al contratista, con una antelación de al menos 12 meses a la fecha de finalización del contrato, si procederá a prorrogar la vigencia del contrato.
3.2.4. Formalización del Contrato
3.2.4.1. El adjudicatario deberá comparecer a firmar el contrato dentro del plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación.
3.2.4.2. El Fiduciario notificará la adjudicación mediante fax, oficio o cualquier otro medio idóneo.
3.2.4.3. El Fiduciario se reserva el derecho de prorrogar este plazo para la firma del contrato, en treinta (30) días hábiles adicionales, en cuyo caso el adjudicatario estará obligado a prorrogar la vigencia de su oferta.
3.2.4.4. Requisitos para la Formalización del Contrato
3.2.4.4.1. Personerías y Poderes acreditados: El adjudicatario deberá presentar certificación de personería que acredite el representante o apoderado para suscribir el contrato. En el caso de empresas extranjeras debe presentarse el documento equivalente.
3.2.4.4.2. Especies Fiscales: El adjudicatario cubrirá el 50% del costo de las especies fiscales requeridas para la firma del contrato sobre la subvención solicitada por el contratista adjudicado. (Artículo 272 del Código fiscal). El Fideicomiso se encuentra exonerado por la Ley 8642 Ley General de Telecomunicaciones en el artículo 35.
3.2.5. Lugar y Fecha para la Firma
Dirección Fiduciaria del Banco Nacional de Costa Rica, ubicada en San Xxxx, Xxxxx Rica, calles 2 y 4, avenidas 1 y 3, Segundo Piso, a la fecha y hora a convenir.
3.2.6.1. El finiquito se podrá dar por vencimiento del plazo del contrato, por acuerdo expreso y escrito de las partes, por finalización anticipada, por incumplimiento de los términos del contrato, o por no convenir a los intereses públicos que persigue el Fideicomiso, plasmados en la Ley General de Telecomunicaciones.
3.2.6.2. Se puede considerar un incumplimiento del contrato cuando el monto por aplicación de multas o cláusula penal alcance el monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) del total adjudicado.
Si por causas no imputables a ninguna de las partes contratantes, no fuera posible el desarrollo del proyecto, el contrato se podrá rescindir sin responsabilidad para las partes.
3.2.8. Plazos de Entrega del Proyecto
3.2.8.1. Etapa 1:
3.2.8.2. En un plazo máximo de entrega, acorde a lo establecido en la Tabla 5 y contados a partir de la fecha de firma del contrato, el contratista deberá tener disponible en su totalidad la infraestructura de Acceso a los servicios de telecomunicaciones requeridos, en las Áreas de Atención definidas para el proyecto, y en las condiciones definidas en el cartel. No obstante, antes de
ese plazo, el contratista podrá hacer entregas parciales de infraestructura con el propósito de generar una eficiencia temporal en el cronograma de implementación del proyecto. Para las entregas parciales o totales de obra, el contratista seguirá con el procedimiento descrito en la Guía de recepción de obra que se encuentra en el anexo 6 del presente concurso. Las entregas parciales incluirán los desembolsos asociados al OPEX. Las entregas parciales no comprometen la recepción total del objeto contractual el cual debe ser entregado funcionando de manera integral. El contratista deberá hacer su mejor esfuerzo y en la medida que el despliegue de la infraestructura se lo permita, el brindar acceso a los servicios objeto del presente concurso, priorizando los territorios indígenas que cuentan con un Recurso xx Xxxxxx, en el caso particular y a la fecha del presente concurso, en el territorio indígena Cabécar de Ujarrás, cuya comunidad se encuentra en el distrito de Buenos Aires con la siguiente latitud/longitud (9,248995 / - 83,295804).
Tabla 5 Plazo máximo de entrega
Territorios Indígenas | Plazo máximo (meses) |
Rey Curre Térraba Conteburica | 18 |
Bribri de Cabagra Bribri xx Xxxxxxx Cabécar de Ujarrás | 12 |
Abrojos-Montezuma Altos de San Xxxxxxx Guaymi de Osa | 6 |
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R- DCA-00242-2018)
3.2.8.3. Si por razones no atribuibles al contratista y debidamente demostradas, la obtención de permisos para la instalación de infraestructura que éste requiera para el proyecto tomara más de dos (2) meses a partir de la entrada en vigencia de la ejecución del contrato, el contratista podrá solicitar al
Fideicomiso la prórroga correspondiente, detallando las razones y adjuntando las pruebas que justifiquen la demora. El contratista deberá actuar con la debida diligencia en la tramitación de estos permisos, presentando solicitudes con información completa y debidamente documentada. No serán tomadas en cuenta para el análisis del otorgamiento de la prórroga correspondiente, las justificaciones que evidencien rechazos o devoluciones de la gestión producto de trámites presentados en forma indebida, defectuosa o incompleta.
3.2.8.4. Para que se le acredite la ampliación de este plazo, el adjudicatario deberá demostrar fehacientemente ante el Fiduciario que ha sido diligente y ha cumplido en tiempo y forma con todos los requisitos para la obtención de los permisos respectivos.
3.2.8.5. Adicionalmente se podrán autorizar prórrogas al plazo de entrega por razones no imputables al contratista, debidamente informadas y documentadas por el adjudicatario ante el Fiduciario, aportando la documentación de respaldo que demuestre que las razones del atraso no le son imputables.
3.2.8.6. En caso que el contratista, por razones debidamente acreditadas y justificadas, no pueda poner a disposición del Fiduciario la totalidad de la infraestructura contratada, el Fiduciario podrá valorar mediante un acto motivado, la posibilidad de realizar una aceptación definitiva parcial de la infraestructura, para lo cual deberá excluir del desembolso al contratista el costo de la infraestructura y servicios dejados de recibir. Lo anterior de ninguna forma relevará al contratista de su obligación de entregar la infraestructura que en su momento no fue recibida por el Fiduciario.
3.2.8.7. Etapa 2:
3.2.8.8. El plazo de entrega de esta etapa 2, inicia al día siguiente inmediato de la entrega y recibido a satisfacción de la etapa 1, con la firma del acta de
recepción definitiva.
3.2.8.9. Etapa 3:
3.2.8.10. El plazo de instalación para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, requerido para los Centros de Prestación de Servicios Públicos en las Áreas de Atención definidas en el anexo, será acordado entre las instituciones beneficiarias y el contratista y serán monitoreadas por el Fideicomiso a través del cronograma establecido para las instalaciones de dichos CPSP.
3.2.8.11. Si por razones no atribuibles al contratista, la obtención de permisos para la instalación de los equipos finales de usuario (CPE), que este requiera para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, para los CPSP, tomara más tiempo de lo establecido en el cronograma de instalación de CPSP, el contratista podrá solicitar con la debida justificación y probanzas, un plazo adicional, que en todo caso no sea superior a treinta días naturales, salvo casos demostrados de fuerza mayor o caso fortuito. En el caso que los plazos de instalación acordados sean incumplidos por razones imputables al contratista, sin que medie una justa causa, se aplicarán las respectivas cláusulas penales y sanciones.
3.2.8.12. El plazo de instalación para la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija requerido para los hogares que así lo soliciten, serán los establecidos en el Reglamento de Prestación de Servicios publicado en la Gaceta No. 82 del 29 xx xxxxx de 2009 por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP).
3.3.DEL DESEMBOLSO DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA
3.3.1.1. Con relación al adelanto de la subvención al contratista el Reglamento de Acceso Universal, Servicios Universal y Solidaridad, en el artículo 30 establece lo siguiente:
“Recibidas las obras e instalaciones del proyecto comprometido, la SUTEL efectuará el traspaso de fondos de los Fideicomisos a nombre de la beneficiaria. Si el proyecto contempla distintas etapas para su ejecución, SUTEL, de conformidad con lo que se establezca en el cartel de licitación del concurso público, puede traspasar, una vez recibidas las obras e instalaciones, los montos del subsidio correspondientes a cada etapa.
Asimismo, en el cartel de licitación del concurso público se podrá establecer la entrega anticipada de parte o la totalidad del subsidio adjudicado, previa entrega por el concesionario o permisionario o de la garantía que permita cautelar adecuadamente el patrimonio fiscal.”
3.3.2. Forma de Desembolso o Pago
3.3.2.1. Para la Etapa 1 se hará un desembolso correspondiente al monto solicitado por el contratista para la inversión inicial de la infraestructura a desplegar (CAPEX), con la firma del contrato, debidamente cautelado con una garantía colateral. Para esta clase de garantías se admitirán todos los medios descritos en el artículo 42 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa aplicado supletoriamente. Además el contratista deberá entregar copias, debidamente certificadas por un notario público, de las facturas o cotizaciones proforma con el detalle de la inversión de CAPEX, que respalden el desembolso solicitado. El contratista no está obligado a solicitar y recibir este desembolso de la etapa 1 contra la firma del contrato, advirtiéndose no obstante que el contratista, si opta por no solicitarlo en ese momento, no podrá incluir costos de financiamiento del capital en la contabilidad separada ni en la solicitud de la subvención, derivados de este concepto. El proceso de desembolso se hará acorde a la cláusula 3.3.3.
3.3.2.2. Para la Etapa 2 el monto restante de la subvención total solicitada por el contratista se desembolsará en 60 cuotas mensuales (Opex), iguales y sucesivas, dadas a partir de los 30 días naturales posteriores a la fecha de la Recepción Final de la Etapa 1 e inicio en operación del servicio. Esta
Subvención será el aporte del fondo por concepto de los gastos y el soporte y mantenimiento de la infraestructura, independientemente del modelo operativo y de costos del contratista, por tanto, este aporte debe cubrir la totalidad de los costos y gastos del proyecto, es decir, los flujos de caja después de los aportes no deben ser negativos ya que de lo contrario, el contratista deberá asumir dicha diferencia sin afectar el ejercicio contable. El desembolso mensual de Opex podrá tener ajustes, lo cual quedará sujeto a la verificación de si se presenta alguna de las condiciones de fuerza mayor (desastre natural, vandalismo, entre otras), para las cuales el contratista sustentará los eventos; en este caso la Administración procederá a realizar un ajuste al monto de la subvención asociado a la inversión y al Soporte y Mantenimiento de la infraestructura subvencionada, del mes en que se presentaron y justificaron los hechos.
3.3.2.3. En caso de que se acuerde una prórroga en el contrato, el monto nominal de la subvención asociado al Soporte y Mantenimiento de la infraestructura estará sujeto a los cambios en los costos y gastos de operación que el contratista justifique debidamente a la fecha en que se revise la posible prórroga y se desembolsará de acuerdo con las normas del presente concurso.
3.3.2.4. El proceso a seguir para el análisis y posterior decisión de eliminar la subvención solicitada por el oferente adjudicado, es el siguiente:
3.3.2.4.1. Análisis de la contabilidad separada: La contabilidad se debe presentar con una periodicidad mensual. El contratista tiene el compromiso de mantener la contabilidad separada del proyecto de acuerdo a lo definido en el numeral 3.1.2, y a lo establecido en la Guía de Contabilidad Separada de los Proyectos Financiados con Recursos de FONATEL referenciada en el punto 8.8 del ANEXO 4 del presente cartel.
3.3.2.4.2. El contratista realizará el cálculo mensual del FCLO del proyecto, con los datos suministrados en su contabilidad separada. El Fiduciario
partiendo de la buena fe de este, procederá con el análisis del flujo de caja libre de la operación (FCLO) del mes, presentado por el contratista; A este resultado del FCLO se le suma la subvención correspondiente a desembolsar por concepto de soporte y mantenimiento del mes, y se calcula el TIR del proyecto, con este dato final se debe tomar una de las siguientes acciones:
3.3.2.4.2.1. Si el TIR es menor o igual al WACC se debe pagar la cuota mensual por concepto de soporte y mantenimiento de la infraestructura.
3.3.2.4.2.2. Si el TIR es mayor al WACC, se debe recalcular el TIR con una disminución del subsidio correspondiente a pagar por concepto de soporte y mantenimiento, hasta que el TIR sea igual al WACC. Este valor del subsidio disminuido será el pagado al operador para el mes correspondiente de análisis.
3.3.2.4.3. Cuando por tres meses consecutivos de operación, el cálculo del FCLO sea positivo, sin incluir el monto de Opex correspondiente al mes evaluado y además, la rentabilidad sea mayor al WACC; la subvención se elimina y el operador debe garantizar la continuación de la operación, como mínimo, bajo los mismos estándares de servicio ofrecidos hasta el momento.
3.3.2.4.4. El WACC o Tasa Requerida de Retorno de Capital, para el presente cartel será de 13,95% antes de impuestos y 12,65% después de impuestos de acuerdo con la resolución RCS-263-2014 publicada en La Gaceta Alcance Digital No. 217 del 11 de noviembre del 2014. El contratista deberá presentar una factura por cada desembolso de la etapa 1.
3.3.2.5. El contratista deberá presentar una factura mensual por el desembolso del concepto de servicio de soporte y mantenimiento en la etapa 2.
3.3.2.6. El contratista en la etapa 3, deberá presentar una factura mensual, desglosada
por servicio, en donde se indique el precio mensual de la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, para cada uno de los CPSP seleccionados en el mismo contrato. El pago de estos servicios se hará con cargo a los recursos de FONATEL, una vez que los usuarios finales de estos servicios hayan suscrito un contrato por la prestación de servicios de telecomunicaciones y se cumpla con lo estipulado en los numerales 3.2.2.1 y
3.2.2.3 del presente cartel. El objeto de esta licitación no garantiza al contratista ningún nivel de suscripción de los servicios.
3.3.3. Proceso de Desembolso o Pago
3.3.3.1. Todo desembolso o pago se realizará como máximo dentro los veinte (20) días naturales siguientes a la fecha de presentación de la factura y la aceptación formal del entregable correspondiente.
3.3.3.2. Todo desembolso o pago será realizado mediante depósito a una cuenta que posea el contratista en el Banco Nacional xx Xxxxx Rica, a efecto de lo cual el contratista deberá indicar en la factura el número de cuenta.
3.3.3.3. En el caso de facturas en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, el desembolso o pago se hará, a opción del Fiduciario, en esa moneda o en colones, de acuerdo con el tipo de cambio previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica.
3.3.3.4. En caso de cancelarse en colones, la factura será cancelada al tipo de cambio del día en que se efectuara el pago, sin que se reconozcan variaciones en el tipo de cambio xxx xxxxx.
3.3.3.5. Para efecto del desembolso en la etapa 1, deberá presentar una única factura con el detalle de la inversión en la infraestructura.
3.3.3.6. Para efecto del desembolso en la etapa 2, deberá presentar una factura por mes vencido por concepto de servicios de soporte y mantenimiento de la infraestructura.
3.3.3.7. Para efectos del pago en la etapa 3, deberá presentar una factura por mes vencido desglosando el precio mensual de la provisión de los Servicios de Voz
e Internet, desde una ubicación fija, para cada uno de los CPSP.
3.3.3.7.1. En el momento de proveer un nuevo servicio a un CPSP, el contratista deberá informar por escrito al Fideicomiso sobre la entrada en operación del servicio, adjuntará una copia del contrato suscrito con el CPSP y una copia de la orden de trabajo con el recibido a satisfacción de la instalación y operación del servicio o de los servicios contratados. Igual obligación aplica para el contratista en el caso de cancelaciones de servicios que deben ser informados de manera inmediata, a fin de que no se facturen servicios inactivos.
3.3.3.7.2. El contratista podrá hacer una consolidación de facturas para grupos de CPSP acorde a las políticas de cada administración y previo acuerdo con el Fideicomiso.
3.3.3.7.3. El contratista deberá limitar el consumo por concepto del servicio de telefonía fija a los CPSP, a un máximo de 600 minutos por mes. Se deberá bloquear el acceso a llamadas internacionales y a números 900, el acceso a servicios de emergencia (911) debe ser irrestricto. Este tope de minutos podrá ser revisado y variado anualmente. No se permitirá que el contratista ofrezca recarga del servicio telefónico con cargo al Fondo.
3.3.3.8. Las facturas deben ser timbradas y cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Administración Tributaria.
3.3.4. Recepción de los Entregables del Proyecto
3.3.4.1. El contratista deberá cumplir con un Plan de Pruebas que cumpla lo establecido en la Guía para la Recepción de Obra-Etapa 1, incluida en el ANEXO 6. Dicho plan deberá cumplir con el objetivo de verificar que todos los ofrecimientos particulares hechos en la oferta sean verificables. El Fideicomiso, dentro de sus competencias para fiscalizar la ejecución del contrato y para documentar la Verdad Real, podrá agregar aquellos aspectos que considere necesarios (razonables y proporcionados al Fin), con el propósito de que lo anterior pueda ser comprobado y verificado posteriormente. En todo caso, de acuerdo con sus
indicadas potestades de fiscalización, el Fideicomiso podrá acudir, en cualquier momento, a cualquier otro medio de prueba lícito para verificar por su cuenta que el contratista está cumpliendo con los términos del cartel, con su oferta y en general, con las disposiciones regulatorias sobre la materia vigentes al momento.
3.3.4.2. Recepción Final Etapa 1: Una vez que el contratista notifique formalmente la finalización de la implementación del acceso a los servicios, el Fiduciario contará con un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles por cada territorio entregado para dar la Recepción Final, con base en el cumplimiento de los entregables, de acuerdo con los requerimientos y condiciones del presente Cartel y el contrato suscrito. Esto aplica para las entregas parciales de áreas de servicio. El Fiduciario se reserva el derecho de prorrogar este plazo. (Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R- DCA-00242-2018)
3.3.4.3. Si dentro del plazo de entrega establecido o durante el plazo para realizar la Recepción Final de la etapa 1, se determina que un entregable no cumple con los requisitos del presente Cartel, el Fideicomiso tiene el derecho de rechazar la entrega o bien otorgar al contratista un plazo de hasta diez días hábiles para realizar las modificaciones, correcciones y/o aclaraciones solicitadas para el debido cumplimiento de los requerimientos de este Cartel. Lo anterior no exime al contratista de la aplicación de las penalidades especificadas en la Sección 3.4 del presente Cartel.
3.3.4.4. Para las etapas 2 y 3 del proyecto, referentes a los procesos de soporte y mantenimiento de la infraestructura y la provisión de los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, para los CPSP; el contratista deberá cumplir con los informes que permitan hacer el monitoreo y seguimiento a la operativa del proyecto, bajo los estándares acordados en el contrato. Para la etapa 3, el contratista deberá informar al Director o representante de cada CPSP, sobre el uso y solución de problemas básicos de los servicios instalados. Asimismo, deberá indicar la forma y canales para reportar averías y disconformidades.
Esta información deberá ser entregada también por escrito.
3.3.4.5. El oferente entiende y acepta que en cualquier momento del plazo del contrato el Fiduciario o la SUTEL podrán revisar, sin previa notificación, el cumplimiento de los entregables del proyecto y de los parámetros de calidad de los servicios prestados que se especifican en el presente Cartel. De demostrarse incumplimientos se aplicarán las multas o ejecución de la Garantía de Cumplimiento, según corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en Sección
3.4 del presente Cartel.
3.3.4.6. En caso de que el contratista no subsane los incumplimientos detectados, el objeto del contrato no se dará por recibido, se retendrán los desembolsos y pagos o se aplicarán las multas correspondientes, o la cláusula penal y, además, el Fiduciario podrá aplicarle el régimen disciplinario previsto para esos casos en la Ley de Contratación Administrativa.
3.4. MULTAS Y CLÁUSULA PENAL
3.4.1. Cláusula Penal por atraso en el plazo de entrega de la implementación del Proyecto en Etapa 1
3.4.1.1. Por atraso en el plazo de implementación del Proyecto con respecto al plazo de entrega ofrecido por el contratista, incluyendo las prórrogas que apliquen, se aplicará una cláusula penal de $42.130 US dólares (Cuarenta y dos mil ciento treinta dólares americanos) por cada día hábil de atraso.
3.4.1.2. Para los efectos de esta multa, únicamente se considerará atraso justificado, circunstancias no imputables al contratista, originadas por caso fortuito, por fuerza mayor, o por atrasos en el otorgamiento de permisos para instalación de infraestructura.
3.4.2. Cláusula Penal por atraso en los entregables
3.4.2.1. Aplicará una cláusula penal por un monto de $15.167 US dólares (Quince mil ciento sesenta y siete dólares americanos) por cada día hábil de atraso en los siguientes supuestos: (a) Por atraso en la fecha de los entregables del proyecto
de acuerdo a lo especificado en el numeral 1.6.1.10 (cronograma de trabajo); (b) Por atraso en la fecha de los entregables en la etapa 2 (contabilidad separada, informe de operación y mantenimiento); (c) Por atraso en la respuesta a oficios y solicitudes con plazo establecido que se hagan mediante documentos oficiales emitidos por el Fiduciario, por ejemplo los numerados con el formato DFE- consecutivo-año. La penalización se hará de conformidad con la siguiente tabla:
Tabla 6 Distribución del cálculo de multas
Inciso | Entregable | % Atenuación | Monto Multa diaria cartel | Multa con Atenuación | Total Multa Diaria |
A | Por atraso en la fecha de los entregables del proyecto de acuerdo a lo especificado en el numeral 1.6.1.10 (cronograma de trabajo) del cartel del concurso | 0% | $ 15.167 | 0 | $ 15.167 |
B | Por atraso en la fecha de los entregables en la etapa 2 (contabilidad separada, informe de operación y mantenimiento) | 0% | $ 15.167 | 0 | $ 15.167 |
C | Por atraso en la respuesta a oficios y solicitudes con plazo establecido que se hagan mediante documentos oficiales emitidos por el fiduciario, por ejemplo los numerados con el formato DFE-consecutivo-año | ||||
De 1 a 3 días hábiles de atraso | 90% | $ 15.167 | $ 13.650 | $ 1.517 | |
De 4 a 5 días hábiles de atraso | 80% | $ 15.167 | $ 12.134 | $ 3.033 | |
De 5 a 10 días hábiles de atraso | 70% | $ 15.167 | $ 10.617 | $ 4.550 | |
Más de 10 días hábiles de atraso | 0% | $ 15.167 | $ - | $ 15.167 |
3.4.3.1. En los casos en que por causas atribuibles al contratista, existan atrasos en la instalación o atención de xxxxxxx, de los servicios contratados para los CPSP y para los demás usuarios finales, de acuerdo al numeral 1.6.1.19 (SLA), aplicará una cláusula penal por cada día hábil de atraso, el cual se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula.
CDA = PMS/20
Donde:
CDA: Costo Día de Atraso
PMS: Precio Mensual del servicio 20: días hábiles promedio mes
3.4.3.2. El contratista deberá calcular en horas el tiempo del mes que estuvo el servicio fuera de uso y procederá a descontarlo a título de multa en la siguiente factura al usuario final, de la siguiente manera:
TDF =HTM*(PMS/720)
Donde:
TDF: Total Descuento de la Factura
HTM: Horas Tiempo Mes servicio fuera de uso PMS: Precio Mensual del servicio
720: 30 días * 24 horas
3.4.3.3. El Fiduciario podrá revisar y recalcular estos montos cuando lo estime oportuno y prevenir al contratista para que haga los ajustes y compensaciones correspondientes al usuario final.
3.4.4.1. En caso de no hacer la manifestación en tiempo y forma sobre si no está dispuesto a prorrogar la vigencia del contrato y mientras se esté recibiendo la subvención, se aplicará al contratista una multa del 10% de la subvención que reste por desembolsarle en ese momento.
3.4.5. Comité Bilateral de conciliación de multas y cláusulas penales
3.4.5.1. La Sala Constitucional ha establecido en la sentencia N°006057-15, que el cobro de cláusula penal y multas no requiere seguir un debido proceso, sino que procede el rebajo automático de los montos por cancelar. Sin embargo, dada la complejidad de estos proyectos, en la fase de ejecución contractual se creará un Comité Bilateral de no más de seis miembros (tres de cada parte), para examinar
los casos de posibles penalidades por cláusula penal o multas, antes de ser aplicados. No obstante, el contratista deberá tomar en cuenta que no es un órgano de pares, dado que la Administración conserva, de manera irrenunciable, sus potestades xx xxxxxxx en cuanto a la decisión final, de manera que en este Comité se podrán tomar acuerdos, pero no bajo un sistema de votos o de mayorías.
3.4.5.2. Las funciones del Comité Bilateral consistirán en presentar los casos de posibles penalidades, analizarlos de acuerdo con las pruebas del caso, atender testigos o peritos de ser necesario, evacuar pruebas adicionales y otras diligencias necesarias para determinad la verdad real. En caso de que el Comité no logre llegar a un acuerdo sobre causales de exculpación, días imputables, bastanteo de pruebas, interpretaciones del cartel o el contrato y otros similares, la parte que representa a la Administración procederá a comunicar formalmente a la parte del contratista que las deliberaciones se dan por terminadas en cuanto a ese punto y procederá a recomendar lo que sus miembros estimen pertinente, de conformidad con un acto debidamente motivado y razonado que se comunicará al contratista, basados en el principio de la auto-tutela que cubre a la Administración Pública.
3.5. DE LAS RESPONSABILIDADES LEGALES
3.5.1. Alcance de las Responsabilidades
3.5.1.1. Corresponderá al contratista la responsabilidad exclusiva de verificar que el personal que preste servicios para el proyecto esté facultado, conforme a las leyes costarricenses aplicables, para ejercer su trabajo.
3.5.1.2. Si durante la ejecución contractual se determina que el contratista está incumpliendo la disposición anterior, se le prevendrá para que en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles proceda a corregirla.
3.5.1.3. Si vencido este plazo no se ha corregido la situación se tendrá por incumplido el contrato, reservándose el Fiduciario el derecho de proceder a la ejecución de
la garantía de cumplimiento y al cobro de daños y perjuicios en descubierto.
3.5.1.4. El contratista que desarrolle el Proyecto será el responsable de los procedimientos y las obligaciones laborales, fiscales y ambientales que se puedan derivar.
3.5.1.5. Las partes del Fideicomiso no asumirán responsabilidad laboral alguna que se pueda derivar de la prestación de estos servicios.
3.5.1.6. El contratista asumirá todas las obligaciones legales derivadas de la ejecución de los trabajos, tales como: Obligaciones Tributarias en general (Directo o indirecto), Pólizas de Riesgos Profesionales, Seguros y Relaciones Obrero- Patronales, cargas sociales, entre otras.
3.5.1.7. Es responsabilidad del contratista asegurarse, previo al inicio de la prestación de los servicios, que el personal que labore en el desarrollo del proyecto cuenta con los permisos laborales y migratorios que correspondan.
3.5.1.8. El Fiduciario no aceptará como justificante de atraso o inatención del contrato situaciones relacionadas con estas obligaciones.
3.5.1.9. El contratista deberá mantener los seguros que considere necesarios para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios requeridos. Los costos de estos seguros deben ser asumidos por el contratista.
3.5.2. Cesión de derechos y obligaciones
3.5.2.1. El oferente que resulte adjudicatario no podrá ceder ni traspasar sus obligaciones en todo o en parte, de forma directa o indirecta sin el aval previo y por escrito del Fiduciario.
REQUERIMIENTOS FORMALES DE LA CONTRATACIÓN
4. Del Proceso de Contratación
4.1. Principios y Aclaraciones
4.1.1. Principios y Normativa Aplicable
4.1.1.1. Esta contratación se regirá por los principios generales de la Ley de Contratación Administrativa definidos en los artículos 4°, 5° y 6°, el Régimen de Prohibiciones establecido en el artículo 22 y 22 Bis, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Contratación Administrativa y el Régimen Recursivo según oficio No.01227 (DCA-0270) del 08 de febrero del 2012, donde establece que le resultarían aplicables tratándose de régimen recursivo en un contrato de Fideicomiso de administración lo siguiente: “… le resultarán aplicables los plazos que regulan el recurso de apelación para aquellos entes, empresas y órganos públicos cuya actividad se rija por los principios de contratación administrativa. De manera tal que existirá un plazo de 5 días hábiles a partir de la notificación del acto de adjudicación, para su presentación ante el órgano contralor, que contará con un plazo de 30 días hábiles a partir del auto inicial para emitir la resolución final”.
4.1.1.2. Todas las obligaciones y condiciones del presente Xxxxxx serán parte de integral del contrato que se llegue a formalizar y tendrán prevalencia sobre disposiciones del contrato cuando exista contradicción entre ellas.
4.1.2. Aclaraciones y Modificaciones al Cartel
4.1.2.1. Cualquier solicitud de aclaración con respecto a los términos del presente Cartel y demás condiciones del concurso, deberá hacerse por escrito dentro del primer tercio del plazo otorgado para la presentación de las ofertas, dirigidas al correo electrónico xxXxxxxxxxxxxx@xxxx.xx.xx, o en forma física dirigidas a la señora Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, al segundo piso del edificio principal del Banco Nacional xx Xxxxx Rica, sita calle 4, avenida 1 y 3, Dirección Fiduciaria.
4.1.2.2. Cuando se trate de modificaciones al Cartel, el Fiduciario las comunicará mediante la publicación de un aviso tanto en un diario de circulación nacional, como en el sitio en Internet de la Fideicomitente, de conformidad con lo dispuesto en la Legislación Aplicable. En dicho diario aparecerá el aviso correspondiente, con indicación del lugar en el que los interesados podrán consultar las modificaciones.
4.1.2.3. Cuando se trate de simples aclaraciones solicitadas o de oficios, que no impliquen modificación al Cartel, el Fiduciario las incorporará al expediente y las comunicará por escrito, mediante correo electrónico o fax según la información proporcionada, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores a ser recibidas.
4.2.1. Fecha y lugar de apertura
4.2.1.1. Las ofertas deberán entregarse en la Dirección Fiduciaria del Banco Nacional de Costa Rica, ubicada en San Xxxx, calles 2 y 4, avenidas 1 y 3, Segundo piso, a más tardar a las 10 horas, según el reloj ubicado en esta oficina, del 13 de julio del 2018, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
4.2.1.2. Las notificaciones para el Fiduciario pueden ser enviadas al fax número 0000- 0000 o a la cuenta de correo electrónico Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xx.xx.
4.2.1.3. El Fideicomiso no reconocerá ningún pago por los gastos en que incurran los oferentes para la elaboración de su oferta, incluido los estudios de campo que realicen, resulte la misma adjudicada o no.
4.2.2. Requisitos de Admisibilidad de la oferta.
4.2.2.1. El Anexo 4 del presente concurso muestra el detalle de los requisitos de admisibilidad y presentación.
4.2.2.2. El oferente deberá cumplir con todos los requisitos especificados en el presente Cartel.
4.2.2.3. El oferente deberá tener al menos dos años de experiencia en la prestación servicios de voz e Internet y debe acreditar su experiencia en la prestación de servicios residenciales y móviles, y, servicios para pequeñas y medianas empresas. Para acreditar la experiencia el oferente debe presentar una declaración jurada de acuerdo al Anexo 4 del presente cartel.
La experiencia podrá haber sido realizada por el oferente o por una subsidiaria de la casa matriz de la cual forma parte. Deberá demostrar que tanto el oferente como la subsidiaria son de la misma casa matriz. En el caso de consorcios, dicha experiencia deberá ser acreditada en su totalidad por la empresa que directamente prestará el servicio final a los usuarios y que a la vez sea la titular del respectivo título habilitante que la faculta para ello.
4.2.2.4. Aquellos oferentes que mantengan obligaciones específicas de cobertura derivadas de sus respectivos títulos habilitantes, deben presentar en su oferta, una declaración jurada en donde se indique que la subvención solicitada no incluye obligaciones del plan de desarrollo de la red móvil, tal como se especificó en la cláusula 3.1.1.4.
4.2.3. Presentación de las ofertas
4.2.3.1. Todos los puntos del Cartel deben ser respondidos en la oferta en el mismo orden y secuencia, manifestando la aceptación total de cada una de ellos.
4.2.3.2. La oferta debe presentarse de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4 del presente concurso.
4.2.3.3. El Fiduciario se reserva el derecho de verificar por sí mismo o por medio de terceras personas y en forma independiente, la veracidad y autenticidad de la información contenida en la Oferta y el oferente acepta y autoriza esta verificación con el solo hecho de presentar su oferta al concurso.
4.2.3.4. De llegarse a determinar la existencia de información falsa o engañosa en alguna oferta, está quedará descalificada y se procederá a ejecutar la Garantía de Participación y a aplicar la sanción del artículo 100 de la Ley de Contratación
Administrativa.
4.2.3.5. Todo participante deberá consignar en la oferta el lugar donde recibir notificaciones, su dirección postal, domicilio exacto, teléfono, fax y cuenta de correo electrónico, de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4 del presente concurso.
4.2.3.6. Queda expresamente autorizado el uso del fax y del correo electrónico para hacer o recibir comunicaciones.
4.2.4. Presentación de la Oferta Económica
4.2.4.1. El precio de la Oferta deberá ser firme y definitivo e indicarse en números y letras. En caso de discrepancia prevalecerá el precio en letras. El precio debe incluir los impuestos que le apliquen.
4.2.4.2. La oferta económica deberá presentarse en el formato solicitado de acuerdo a lo solicitado en el Anexo 4 del presente concurso.
4.2.4.3. El precio ofertado podrá indicarse en colones costarricenses o moneda de curso de legal de los Estados Unidos de América. En caso de cotizar en dólares, se le aplicará la conversión a moneda nacional, para efectos de análisis y evaluación del factor precio, utilizando el tipo de cambio vigente para venta, definido por el Banco Central de Costa Rica al día de la apertura.
4.2.4.4. El oferente considerará en el precio ofertado todos los materiales, servicios y equipo necesario para proveer el acceso a los servicios requeridos en este cartel.
4.2.4.5. El oferente debe incluir en su oferta el monto de la subvención de FONATEL solicitado para proveer el acceso a los servicios requeridos en el Área de Servicio.
4.2.4.6. El monto de la subvención solicitada no puede superar el monto máximo de subvención especificado en el presente cartel en el numeral 3.1.1.5.
4.2.5. Modalidades de participación
4.2.5.1. El oferente deberá indicar en forma clara y precisa la condición en que participa.
4.2.5.2. El oferente podrá concurrir a través de cualquiera de las formas de representación reconocidas por el Derecho común o de un representante legal
con poder suficiente. En el caso de ofertar mediante representante se debe presentar con la oferta el poder correspondiente. No se admitirá la presentación de ofertas conjuntas.
4.2.5.3. Consorcios
4.2.5.3.1. Se podrá participar por medio de ofertas en consorcio para empresas que cuenten con el título habilitante, sin que ello implique crear una persona jurídica distinta. Si una empresa del consorcio no posee título habilitante, deberá indicarse con todo detalle el alcance de sus actividades en el proyecto ninguna de las cuales podrá relacionarse con aquellas que por ley requiere de la habilitación especial xx XXXXX, de manera que por medio de esta figura no se llegue a configurar un fraude xx xxx.
4.2.5.3.2. El requisito del punto 4.2.2.3. referido a la experiencia, deberá ser cumplido en su totalidad al menos por una de las empresas que conforman el consorcio, que deberá ser la misma que aporte el título habilitante suficiente para prestar los servicios y la misma que en dicho acuerdo asuma el compromiso y la responsabilidad de prestar los servicios al usuario final.
4.2.5.3.3. En caso de participación en Consorcio será necesario acreditar adjunto a la oferta la existencia de un acuerdo de consorcio en el cual se regulen, por lo menos, las obligaciones entre las partes firmantes y los términos de su relación con el Fiduciario que promueve esta licitación, como mínimo en los términos que exige el artículo 75 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
4.2.5.4. Subcontratación
4.2.5.4.1. Cuando proceda, se deberá aportar el listado de las empresas a subcontratarse de acuerdo a lo definido en el Anexo 4.
4.2.6. Prohibiciones de la contratación
4.2.6.1. El oferente deberá presentar una declaración jurada, suscrita por su
representante legal, de que no le alcanzan las prohibiciones para contratar establecidas en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa y las incompatibilidades descritas en este apartado. Asimismo, el oferente no deberá estar inhabilitado para contratar con la Administración Pública, por haber sido sancionado de acuerdo con el artículo 100 y 100 bis de la Ley de Contratación Administrativa, por estar inhabilitado para el ejercicio del comercio o que haya sido declarado en estado de insolvencia o quiebra.
4.2.6.2. Las prohibiciones establecidas para los potenciales oferentes en los artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa se extienden al Fiduciario, la Fideicomitente y la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos de Costa Rica (ARESEP). Las empresas a las que le alcance alguna de estas prohibiciones deberán abstenerse de participar en esta contratación.
4.2.6.3. No podrán participar en el presente proceso de selección, directa, indirectamente o por medio de consorcio, ningún operador de redes, proveedor de servicios de telecomunicaciones, que a la fecha de apertura de ofertas del presente concurso, no cuente con un título habilitante vigente para la prestación de los mismos servicios de telecomunicaciones disponibles al público en Xxxxx Rica que se solicitan en este cartel, en la misma zona geográfica objeto del concurso. Para corroborar este requisito el Fideicomiso solicitará una copia de la resolución correspondiente, donde se detallan los alcances de dicho título, a la SUTEL.
4.3.1. Garantía de Participación
4.3.1.1. El oferente deberá acompañar su oferta con una garantía de participación que será rendida en cualquiera de las formas indicadas en el Reglamento General de la Contratación Administrativa a favor del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR, por un monto de $303.350 US dólares (Trescientos tres mil trescientos cincuenta dólares americanos)
4.3.1.2. La vigencia de dicha garantía no podrá ser menor a sesenta (60) días hábiles contados a partir de la fecha señalada para la apertura de las ofertas.
4.3.1.3. Es una obligación del oferente mantener vigente la garantía de participación, mientras el acto de adjudicación queda en firme.
4.3.1.4. La garantía de participación no será devuelta al adjudicatario hasta tanto éste no haya satisfecho los requisitos conducentes a la formalización del contrato. La garantía será devuelta a quienes manteniendo invariable su oferta, no hayan sido favorecidos con la adjudicación, lo cual se hará dentro de los treinta (30) días naturales posteriores a la firmeza del acto de adjudicación.
4.3.1.5. En caso de presentar bonos o certificados, éstos se recibirán por su valor xx xxxxxxx y deberán acompañarse de una estimación efectuada por un operador de bolsa legalmente reconocido. Se exceptúan de la obligación de presentar esta estimación, los certificados de depósito a plazo emitidos por los Bancos estatales de Costa Rica, cuyo vencimiento ocurra dentro del mes siguiente al plazo máximo exigido en las reglas del concurso para la garantía respectiva.
4.3.1.6. En cumplimiento de la Directriz UIM/046 /06 /2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por el Fideicomiso, sin embargo los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.
4.3.1.7. Si la garantía de participación es presentada por medio de cheque del Sistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia.
4.3.2. Garantía de Cumplimiento
4.3.2.1. En el momento que la adjudicataria se presente a firmar el contrato, entregará a favor del Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR una garantía de cumplimiento vigente, que será rendida en cualquiera de las
formas indicadas en el Reglamento General de la Contratación Administrativa, por un monto como mínimo de $1.516.700 US dólares (Un millón quinientos dieciséis mil setecientos dólares americanos) Dicha garantía debe rendirse en la moneda en que se presentó la oferta.
4.3.2.2. La vigencia de esta garantía empezará a regir a partir de la fecha de firma del contrato y el adjudicatario debe mantenerla vigente por todo el plazo de la contratación y hasta por veinte (20) días hábiles siguientes posteriores a la fecha de finalización del Plazo del Contrato comprobado mediante documento suscrito por el administrador del contrato y la suscripción de un contrato de finiquito. Si un día hábil antes del vencimiento de la garantía, el contratista no ha prorrogado su vigencia, el Fiduciario podrá hacerla efectiva en forma preventiva y mantener el dinero en una cuenta bajo su custodia, el cual servirá como medio resarcitorio en caso de incumplimiento. En este caso el contratista podrá presentar una nueva garantía sustitutiva del dinero.
4.3.2.3. En cumplimiento de la Directriz UIM/046/06/2000 de la Bolsa Nacional de Valores, cuando la garantía sea rendida con títulos o valores que posean cupones, con el fin de asegurar la ejecución del documento deberán entregarse junto con el documento principal los citados cupones para que se tenga por bien rendida la garantía. No obstante no se reconocerán intereses por las garantías mantenidas en depósito por el Fiduciario; sin embargo, los que devenguen los títulos hasta el momento en que se ejecuten, pertenecen a su legítimo dueño o depositante.
4.3.2.4. Si la garantía de cumplimiento es presentada por medio de cheque del Sistema Bancario Nacional, sólo se aceptarán si son certificados o de gerencia.
4.3.2.5. En el caso de que el Fiduciario se viera obligado a ejecutar la garantía antes del vencimiento del contrato, el adjudicatario rendirá una nueva, de manera que el contrato en todo momento quede garantizado hasta su ejecución total. En caso de prórroga el adjudicatario deberá extender la vigencia de esta garantía.
4.4. PLAZOS PARA PRESENTACIÓN, VIGENCIA Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS
4.4.1. El oferente debe consignar claramente la vigencia de la oferta, la cual por la complejidad de los procesos de valoración, calificación y adjudicación, dada la naturaleza de los servicios por contratarse, no podrá ser inferior a sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
4.4.2. A partir de la fecha de apertura de las ofertas, el Fiduciario procederá, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, a comunicar la oferta seleccionada.
4.4.3. El Fiduciario se reserva el derecho de prorrogar este plazo para la adjudicación por un máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles adicionales, en cuyo caso, para mantenerse en el concurso, el oferente deberá mantener la vigencia de su oferta durante el plazo prorrogado.
4.5. DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y LA ADJUDICACIÓN
Las ofertas admitidas para este concurso serán las que cumplan con todos los requerimientos especificados en este Cartel.
4.5.1. Criterios de Calificación de las Ofertas.
Las ofertas admitidas serán calificadas de acuerdo con los criterios especificados en la Tabla de Distribución de la Calificación siguiente.
Tabla 7 Distribución de la Calificación
Parámetro | Puntaje |
i. Subvención de FONATEL Solicitada para proveer el acceso a los servicios de telecomunicaciones requeridos en las Áreas de Atención definidas. | 70 |
ii. Precios del Servicio de Voz y de Internet para CPSP | 30 |
TOTAL | 100 |
4.5.1.1. Subvención (70 Puntos, ítems i de la Tabla 6)
Los oferentes deberán presentar su oferta económica con un detalle de cada uno de los rubros incluidos en la Subvención Solicitada.
4.5.1.2. Subvención de FONATEL Solicitada para proveer la infraestructura que permita el Acceso a los servicios de telecomunicaciones requeridos en las Áreas de Atención.
4.5.1.3. Los oferentes deberán presentar en la oferta económica el monto de la Subvención de FONATEL Solicitada (SS) para implementar la infraestructura y el soporte y mantenimiento de ésta, que permita el Acceso a los servicios requeridos descritos en este Cartel. La calificación por este rubro se asignará mediante la siguiente fórmula:
SS= ((SS Menor) / (SS Evaluado)) x 70
Donde:
SS: Puntaje por el monto de la Subvención solicitada para proveer el acceso a los servicios.
XXXxxxx: Monto más bajo de Subvención Solicitada para proveer el acceso de las ofertas admitidas.
SSEvaluado: Monto de la Subvención Solicitada de la oferta en evaluación.
4.5.1.4. Precios del Servicio de Voz y de Internet para CPSP (30 Puntos)
Los oferentes deberán presentar su oferta de precios para proveer los servicios de Voz e Internet requeridos en el Área de Servicio para los CPSP. En la lista de precios, se debe partir de la velocidad aprovisionada mínima de 6/1 Mbps y 600 minutos de voz, desde una ubicación fija, cuyo precio máximo de este paquete será de Cuarenta y dos mil colones (42.000) y desde este, ofertar los precios por paquete y año, acorde con la siguiente Tabla (Tabla 7). De este modo, los precios de las ofertas por servicios y paquetes, se compararán de manera independiente acorde con la velocidad de bajada/subida y minutos. Al final se suma el puntaje total de este parámetro.
Tabla 8 Distribución de la Calificación del precio de servicios de Voz e Internet para CPSP
Año | |||||
Velocidad / Año | Paquete contratado por FONATEL Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 |
Bajada | 6 Mbps | 8 Mbps | 10 Mbps | 12 Mbps | 15 Mbps |
Subida | 1 Mbps | 2 Mbps | 2 Mbps | 3 Mbps | 5 Mbps |
Minutos | 600 | 600 | 600 | 600 | 600 |
Precio Ofertado | |||||
Puntaje | 10 | 8 | 6 | 3 | 3 |
Fuente: UG, 2017.
La calificación por este rubro se asignará mediante la siguiente fórmula:
PO= PO Menor / (PO Evaluado) x 30
Donde:
PO: Puntaje por el precio ofertado.
POMenor: Precio menor de las ofertas para cada columna de velocidad/año. POEvaluado: Precio de la oferta en evaluación para cada columna de velocidad/año.
4.5.2. Comparación de las Ofertas y Adjudicación
4.5.2.1. Este concurso se adjudicará a la oferta admitida que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo con los Criterios de Calificación de Ofertas especificados.
4.5.2.2. Los puntajes para cada aspecto evaluado se asignarán con dos posiciones decimales, sin redondeo.
4.5.2.3. El operador adjudicado para atender las zonas dentro de los territorios indígenas de la Zona Sur del país, no podrá ser el mismo que se adjudique para el concurso de las zonas dentro de los territorios indígenas de la Zona Sur. Para determinar la adjudicación, se tomará la combinación de las ofertas menores de dos operadores distintos, que sume la menor cantidad de subvención entre los dos proyectos. En caso de que solo se reciba una oferta en cualquiera de los dos proyectos, y que esta coincida con el oferente adjudicado en el otro proyecto, quedará a discreción de la administración, valorar su posible adjudicación en ambos.
4.5.2.4. Para la comparación del precio de las ofertas se considerará el precio en colones al tipo de cambio de referencia para la venta del Banco Central de Costa Rica del día de apertura de las ofertas.
4.5.2.5. El Fideicomiso no se obliga a aceptar la oferta si considera que ésta resulta
ruinosa, lo cual razonará mediante un acto suficientemente motivado.
4.5.2.6. En caso de empate, la adjudicación se hará a favor de la oferta que presente el mayor puntaje en el rubro de Precio. De persistir el empate, la oferta adjudicada se seleccionará por sorteo según el siguiente procedimiento:
a) Se comunicará a los Oferentes empatados, con cinco días hábiles de anticipación, la convocatoria del sorteo para la adjudicación.
b) El sorteo se realizará en la Sala de Sesiones de la Dirección Fiduciaria del Banco Nacional de Costa Rica, ubicada en San Xxxx, calles 2 y 4, avenidas 1 y 3, Segundo Piso.
c) De todo lo anterior los funcionarios del Fideicomiso levantarán un acta suscrita por los asistentes.
4.5.3. Declaratoria de concurso infructuoso o desierto
4.5.3.1. El concurso será declarado infructuoso cuando no se presenten ofertas o las que se presenten no se ajustaron a los elementos esenciales del concurso.
4.5.3.2. El concurso será declarado desierto cuando fueren presentadas ofertas elegibles, las cuales, por razón de protección del interés público, no resulten convenientes para el Fideicomiso.
4.5.4.1. En el caso que hubiese alguna razón que pueda derivar en que la adjudicación fuese insubsistente, no habrá responsabilidad para el Fideicomiso.
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Directora de Fideicomisos y Estructuraciones BN Fiduciaria
5. ANEXO 1:
5.1. Centros de Prestación de Servicios Públicos
A continuación se detallan los CPSP identificados en la zona, a los cuales se les debe proveer los Servicios de Voz e Internet, desde una ubicación fija, especificados en el presente cartel. Para una mayor precisión en la demanda potencial de los servicios para los CPSP, el oferente podrá, en caso de que lo considere necesario, utilizar fuentes alternas de información o realizar una inspección en el sitio por su cuenta.
5.1.1.1. En la siguiente Tabla se presenta la lista de los centros educativos identificados en la zona:
Tabla 9 Centros Educativos Públicos identificados en el Área de Servicio del Proyecto
Territorio Indígena | Provincia | Cantón | Distrito | Tipo CPSP | Nombre CPSP | Latitud | Longitud |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Bikakla | 9,202240 | -83,213300 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Bolas | 9,091460 | -83,212500 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Capri | 9,109260 | -83,145900 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Las Brisas | 9,143370 | -83,222400 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | San Xxxx | 9,154020 | -83,221200 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Ska Dikol | 9,147000 | -83,214000 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Yuavin | 9,186150 | -83,210100 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Brazo De Oro | 9,120000 | -83,199000 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Huacabata | 9,124290 | -83,143690 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Xxxxxxx | 9,116000 | -83,172000 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Sikebata | 9,133000 | -83,151000 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Secundaria | Liceo Rural San Rafael De Cabagra | 9,135000 | -83,195000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | 9,188460 | -83,306100 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Xxxxxxxx | Xxx Xxxxx | 0,000000 | -00,000000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Olan | 9,279650 | -83,209600 |
Territorio Indígena | Provincia | Cantón | Distrito | Tipo CPSP | Nombre CPSP | Latitud | Longitud |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Palmital | 9,234000 | -83,277000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Rio Azul | 9,206000 | -83,256000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | San Xxxxxxxxx | 9,225040 | -83,233900 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Sipar | 9,239000 | -83,247000 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Yeri | 9,205360 | -83,286500 |
Bribri xx Xxxxxxx | Puntarenas | Coto Brus | Buenos Aires | Secundaria | T.V. Yeri | 9,201110 | -83,282200 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Guanacaste | 9,264350 | -83,284100 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | San Xxxxxxx | 9,254670 | -83,298300 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Santa Xxxxx | 9,254910 | -83,297600 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Santa Xxxxx | 9,235490 | -83,327700 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Primaria | Ujarras | 9,231280 | -83,304500 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Secundaria | Liceo Rural Ujarras | 9,235120 | -83,297600 |
Guaymi Abrojo- Montezuma | Puntarenas | Corredores | Corredor | Primaria | San Xxxxxx Norte | 8,670000 | -82,900600 |
Guaymi De Altos De San Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Corredores | Canoas | Primaria | Altos De San Antonio | 8,605040 | -82,852700 |
Guaymi De Altos De San Xxxxxxx | Xxxxxxxxxx | Corredores | Canoas | Primaria | Altos Del Brujo | 8,619000 | -82,829000 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Primaria | Altamira | 8,376230 | -83,110600 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Primaria | Escuela El Progreso | 8,402000 | -83,062000 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Primaria | Irigui | 8,258200 | -82,978500 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Primaria | Kogoribtda | 8,354850 | -83,075900 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Secundaria | Liceo Rural Alto Comte | 8,371964 | -83,057347 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Secundaria | Liceo Rural Alto Guaymi | 8,266800 | -82,961200 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Secundaria | Liceo Rural El Progreso | 8,373630 | -83,055500 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Primaria | Curre | 8,981650 | -83,266300 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Primaria | Pueblo Nuevo | 9,007220 | -83,286000 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Primaria | San Xxxxx | 9,007310 | -83,285900 |
Territorio Indígena | Provincia | Cantón | Distrito | Tipo CPSP | Nombre CPSP | Latitud | Longitud |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Secundaria | Liceo Rural Yimba Caj | 8,981720 | -83,266200 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Chánguena | Primaria | La Sabana | 8,959120 | -83,305300 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Chánguena | Primaria | Lagarto | 8,958970 | -83,305200 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Chánguena | Primaria | Las Vegas | 8,957880 | -83,271500 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Chánguena | Primaria | Santa Xxxxx | 8,957350 | -83,273000 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Chánguena | Primaria | Zapotal | 8,956070 | -83,238000 |
Rey curré | Puntarenas | Buenos Aires | Palmar | Primaria | El Progreso | 8,932740 | -83,323600 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Primaria | Alto Xx Xxxxxxx | 9,056760 | -83,325300 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Pilas | Primaria | Bijagual | 9,062000 | -83,354200 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Pilas | Primaria | Ceibon | 9,061080 | -83,370200 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Pilas | Primaria | San Xxxx | 9,061490 | -83,353800 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | El Ceibón | 9,067780 | -83,287700 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Paso Real | 9,014980 | -83,230200 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | San Xxxxxxx | 9,029490 | -83,299500 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Primaria | Terraba | 9,067750 | -83,288000 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Secundaria | Liceo de Térraba | 9,060000 | -83,288000 |
Fuente: INEC, 2011
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
5.1.1.2. La confirmación de la ubicación específica de los Centros Educativos en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos- Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), deberá, en caso de que lo considere necesario, hacerla el oferente mediante una inspección en el sitio.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-
2018)
5.1.2.1. A continuación se presenta la lista de los Centros de Salud identificados en la zona.
Tabla 10 Centros de Salud identificados en el Área de Servicio del proyecto
Territorio Indígena | Provincia | Cantón | Distrito | Tipo CPSP | Nombre CPSP | Latitud | Longitud |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Centro De Salud | Ebais San Xxxxxx Xx Cabagra | 9,135430 | -83,194500 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Centro De Salud | Puesto De Salud Bolas | 9,097490 | -83,212400 |
Bribri de Cabagra | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | EBAIS | 9,133870 | -83,227600 | |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Centro De Salud | Centro de Salud | 9,263410 | -83,245400 |
Cabécar de Ujarrás | Puntarenas | Buenos Aires | Buenos Aires | Centro De Salud | Ebais Ujarrás | 9,247150 | -83,295300 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Laurel | Centro De Salud | Ebais | 8,373730 | -83,055400 |
Guaymi de Conteburica | Puntarenas | Golfito | Xxxxx | Centro De Salud | Ebais El Progreso | 8,402500 | -83,061700 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Boruca | Centro de Salud | San Xxxx / El Brujo | 9,042430 | -83,370400 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Pilas | Centro de Salud | Ebais San Xxxxxxx | 9,048920 | -83,339000 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Pilas | Centro de Salud | Puesto De Salud | 9,061790 | -83,354200 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Centro de Salud | Bijagual | 9,029520 | -83,299000 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Centro de Salud | Ebais Terraba | 9,070100 | -83,289700 |
Terraba | Puntarenas | Buenos Aires | Potrero Grande | Centro de Salud | El Ceibón | 9,072190 | -83,283100 |
Fuente: INEC, 2011
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
5.1.2.2. La confirmación de la ubicación específica y las condiciones de los Centros de Salud en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), deberá hacerla el oferente, en caso de que lo considere necesario, mediante una inspección en el sitio.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-
2018)
5.1.2.3. Los oferentes deben tener en cuenta los siguientes requerimientos técnicos de la Caja Costarricense de Seguro Social, ya que al momento de la interconexión de los puntos beneficiarios no se aceptarán reclamos:
1. Conexión a la red institucional CCSS (intranet) por medio de topología HUB and SPOKE. El cual deberá incluir un hub de respaldo para garantizar alta disponibilidad en los servicios que son accesados por los sitios remotos.
2. El enlace de comunicaciones principal (HUB) debe ser un enlace en fibra óptica, con instalación desde la nube del proveedor de servicios a las Oficinas Centrales CCSS. El proveedor de servicios deberá suministrar el equipamiento necesario para lograr la conexión a satisfacción. La fibra óptica deberá llegar al piso 11, centro de cómputo, del edificio Xxxxxx Xxxxxxxx, Oficinas Centrales (contando con todos los aditamentos necesarios para su buen funcionamiento).
3. Para garantizar alta disponibilidad a los sitios remotos se deberá instalar un enlace en fibra óptica redundante (hub de respaldo) de la nube del Proveedor de Servicios al Datacenter CCSS (ubicado en CODISA). Además se deberá utilizar un protocolo de enrutamiento dinámico (BGP) para re-direccionar el tráfico de los spokes en caso de fallar el hub principal. El proveedor de servicios deberá coordinar y suministrar el equipamiento necesario para lograr la conexión a satisfacción. La fibra óptica deberá llegar al punto de conexión en el Tier 3.
4. En lo concerniente al SPOKE, la conexión sería para los sitios de visita Periódica, aproximadamente 700 sitios y el proveedor debe asegurar la cobertura de señal 4G en dichos sitios (ubicados en todo el país). Dar acceso por medio de un dispositivo móvil (Tecnología 4G, ejemplo MIFI), mediante un APN generado por el proveedor de servicios. Los anchos xx xxxxx y el crecimiento proyectado de estos, son los estipulados en el presente concurso.
5. Para los efectos de esta cláusula, se ha de tomar en consideración el punto
1.4.4.1 de los carteles, que remiten a la vez al anexo 1, sobre los Centros de Prestación de Servicios Públicos, de manera que se circunscribe a lo ahí consignado.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República
R-DCA-00242-2018)
5.1.3. Centro Comunitario Inteligente
5.1.3.1. En los puntos de interés dentro de las áreas de atención definidas los oferentes deberán proyectar la inclusión de los servicios para Centros Comunitarios Inteligentes (CECI), los cuales están definidos como:
“Un espacio físico, dotado de la suficiente infraestructura telemática para poder acometer
diferentes actividades relacionadas con las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC`s) caracterizado por el hecho de que los actores que interactúan pueden desarrollar una adecuada combinación de relaciones presenciales y virtuales”
Tabla 11 CECI identificados en el Área de Servicio del proyecto Fuente: INEC, 2011
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
5.1.3.2. La confirmación de la existencia y condiciones de los Centros Comunitarios Inteligentes en las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), deberá hacerla el oferente en caso de que lo considere necesario, mediante una inspección en el sitio.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-
2018)
5.1.4. Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
5.1.4.1. A continuación se presenta la lista de los CEN-CINAI identificados en este proyecto:
Tabla 12 CEN-CINAI identificados en el Área de Servicio del proyecto
Fuente: INEC, 2011
5.1.4.2. La confirmación de la existencia y condiciones de los CEN-CINAI en las áreas
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-
2018)
6. ANEXO 2:
1. Acceso: Es la capacidad de utilizar los servicios de telecomunicaciones especificados, mediante equipos terminales.
2. Acceso desde una ubicación fija: Es la capacidad de utilizar los servicios de telecomunicaciones especificados, mediante equipos terminales instalados dentro de las instalaciones físicas del cliente, llámese hogar o CPSP.
3. Acceso a servicio de voz y banda ancha móvil: Es la capacidad de utilizar los servicios de telecomunicaciones especificados, mediante equipos de usuario (teléfonos inteligentes) tanto en interiores como en exteriores.
4. Adjudicatario: Persona jurídica, o un grupo de ellas actuando en Consorcio, en cuyo favor se ha dictado válidamente el acto de adjudicación de este Cartel y dicho acto se encuentre firme, todo de acuerdo al sistema de evaluación establecido en este cartel.
5. Áreas de atención: Se refiere a las áreas geográficas conformadas por puntos de interés (centros de población y CPSP) donde se identifican potenciales beneficiarios de los servicios de telecomunicaciones subsidiados a través del FONATEL, y en donde es necesario el despliegue de infraestructura para brindar el acceso a dichos servicios. Las áreas específicas se anexan a este cartel y su atención es de cumplimiento obligatorio por parte del contratista, de acuerdo con lo requerido en este concurso.
6. BNCR: Banco Nacional xx Xxxxx Rica.
7. Cartel: Constituye la normativa específica de la contratación que se promueve y se entienden incorporadas a su clausulado todas las normas jurídicas y principios constitucionales aplicables al respectivo procedimiento que constituye un cuerpo de especificaciones técnicas, claras, suficientes, concretas, objetivas y amplias en cuanto a la oportunidad de participar y la selección del adjudicatario.
8. Centros de prestación de Servicios Públicos (CPSP): Para el presente concurso los Centros de Prestación de Servicios Públicos son los Centros Educativos
públicos del MEP, los Centros Comunitarios Inteligentes (CECI’s) del MICITT, las Sedes de EBAIS de la CCSS y los Centros Infantiles de Atención Integral (CEN-CINAI) del Ministerio de Salud.
9. Consorcio: Forma de asociación, permitida por la Ley de Contratación Administrativa, para presentar ofertas en procedimientos de contratación administrativa y que, de resultar adjudicatario, implica la responsabilidad solidaria de los miembros del consorcio.
10. Contrato: Documento de formalización de la adjudicación del concurso, firmado entre el Fiduciario y el adjudicatario, donde se estipulan las obligaciones y derechos de las partes, así como las demás reglas establecidas en el Cartel y las condiciones de la Oferta.
11. Desembolso: Es el adelanto de la subvención otorgada por el DPSU del proyecto para la etapa 1 o las cuotas por concepto de servicio de soporte y mantenimiento en la etapa 2.
12. Día hábil: Un día hábil o día laboral es, por exclusión, aquel que no es un día feriado establecido por la Ley en Xxxxx Rica, ni está dentro del fin de semana.
13. Disponibilidad: Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.
14. Documento Formal de Remisión: El documento físico o electrónico por medio del cual el adjudicatario hace entrega formal al Fiduciario, de cada uno de los entregables acompañado de sus documentos de soporte, archivos electrónicos u otros que haya designado el Fiduciario. Este documento deberá cumplir con todos los requisitos y criterios de validación requeridos por el Fiduciario.
15. FCLO: Flujo de Caja Libre Operativo.
16. Fideicomisario: Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).
17. Fideicomiso: Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL- BNCR, número de identificación 0-000-000000.
18. Fideicomitente: Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.
19. Fiduciario: Banco Nacional xx Xxxxx Rica (BNCR).
20. FONATEL: Fondo Nacional de Telecomunicaciones.
21. LCA: Ley de Contratación Administrativa, Ley 7494.
22. LGT: Ley General de Telecomunicaciones, Ley 8642.
23. Manual de Compras del Fideicomiso: Documento que tiene como objeto regular la contratación de bienes y servicios con los recursos administrados por el Fideicomiso de acuerdo con los principios generales aplicables en la Contratación Administrativa y la adecuada asignación de las responsabilidades a los funcionarios que participan en las diferentes etapas de los procesos de contratación.
24. Monto total adjudicado: Es el monto de la subvención cotizada por el adjudicatario para el desarrollo del proyecto o programa en todas sus etapas y alcance.
25. Oferente: Persona física o jurídica, nacional o extranjera, interesada en participar del presente proceso de selección.
26. Oferta: Conjunto de documentos que responde a los requerimientos de este cartel y que incluye el precio ofertado y la documentación complementaria.
27. Operador: Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.
28. Órdenes de desembolso o pago: Son aquellas aprobaciones que el Fiduciario preparará para proceder con el desembolso o pago al adjudicatario, por concepto de la entrega y desarrollo de cada etapa de acuerdo con la recepción final de los entregables del proyecto.
29. Pago: Se refiere a un precio fijado de antelación a cambio de un servicio o bien. Esto aplica para el pago por los servicios ofrecidos a los CPSPs en la etapa 3.
30. PNDT: Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones 2015-2021, emitido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
31. Poblado: para el presente concurso debe entenderse como poblado, comunidad o centro de población, las áreas del distrito en donde se encuentren hogares habitados. Se pueden ubicar dentro de un poblado o en sus alrededores, entidades públicas o privadas. A todas estas áreas y entidades, se les deberá proveer el acceso a los servicios objetos de este cartel.
32. Precio Ofertado: Es el precio cotizado por los oferentes en su oferta para el desarrollo y ejecución de los servicios solicitados en el cartel.
33. Precio Total de la Oferta: Es el precio total utilizado para efectos de comparación en el presente cartel.
34. Proveedor: Persona física o jurídica, pública o privada, que proporciona servicios de telecomunicaciones disponibles al público sobre una red de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización, según corresponda.
35. Prevista en Infraestructura: Se conoce como prevista en el mercado de las telecomunicaciones el hecho de diseñar una infraestructura para que soporte el 100% de los clientes potenciales de cobertura, pero a nivel de ejecución del diseño solo se implementa dicha infraestructura con la demanda generada por clientes activos.
36. Reglamento sobre el Régimen de Protección al Usuario Final: Desarrolla lo descrito en el Capítulo II, del Título II, de la Ley General de Telecomunicaciones (Ley 8642) que establece las normas técnicas, económicas y jurídicas aplicables a las relaciones que con motivo de la prestación de los servicios de telecomunicaciones surjan entre los operadores de redes públicas de telecomunicaciones (operadores) y los proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público (proveedores) con sus clientes y usuarios, fijando las medidas técnicas y administrativas que permitan proteger los derechos y los intereses legítimos de los usuarios finales que utilizan servicios de telecomunicaciones.
37. Representante legal: Persona(s) nombrada(s) por un oferente y que está(n) autorizado(s) para actuar y representarlo en todos los asuntos vinculados con
este procedimiento de licitación, de conformidad con el presente Cartel y la Legislación Aplicable.
38. RLCA: Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo 33411-H.
39. SETENA: Secretaria Técnica Nacional Ambiental.
40. Subvención: Ayuda económica, generalmente oficial, para costear, sostener o mantener los proyectos de telecomunicaciones de acceso universal, servicio universal y solidaridad.
41. SUTEL: Superintendencia de Telecomunicaciones.
42. Usuario final: Usuario que recibe un servicio de telecomunicaciones, sin explotar redes públicas de telecomunicaciones y sin prestar servicios de telecomunicaciones disponibles al público.
43. WACC: Tasa Requerida de Retorno de Capital de acuerdo con la resolución RCS-263-2014 publicada en La Gaceta Alcance Digital No. 217 del 11 de noviembre del 2014.
7. ANEXO 3:
Elementos del Contrato de Fideicomiso de Gestión de Proyectos y Programas del Fondo Nacional de Telecomunicaciones
7.1 Antecedentes del Contrato de Fideicomiso
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL) es un órgano de desconcentración máxima adscrito a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), con personalidad jurídica instrumental propia, creada y regulada por la Ley No. 7593, Reformada por la Ley 8660 del 8 xx xxxxxx de 2008.
El artículo 34 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 8642 (LGT), crea el Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), como instrumento de administración de los recursos destinados a financiar el cumplimiento de los objetivos fundamentales de acceso universal, servicio universal y solidaridad establecidos en dicha Ley, de acuerdo con las metas y prioridades que se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
El artículo 33 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 8642 (LGT) establece que la SUTEL, de acuerdo con las metas y prioridades que se establezcan en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones, definirá los proyectos de acceso y servicio universal a realizar con cargo a FONATEL; y que, según lo establece el Artículo 36 de la misma Ley, la SUTEL los publicará anualmente.
El artículo 35 de la citada Ley No. 8642 establece que corresponde a la SUTEL la administración de los recursos del FONATEL, autorizándose a la SUTEL para que administre los recursos financieros del Fondo, estableciendo los Fideicomisos que le sean necesarios para el cumplimiento de sus fines, para lo cual deberá cursar invitación a los bancos públicos del Sistema Bancario Nacional y escoger la mejor oferta entre las recibidas.
En fecha 13 de julio del 2011, XXXXX realiza “Invitación para la selección de un Banco para la Constitución de un Fideicomiso como instrumento administrativo para la
gestión de los proyectos y programas que se ejecuten con los recursos del FONATEL”, mediante contratación directa No. 2011CD-000091-SUTEL.
Es así como el 05 xx xxxxxx del 2011, la SUTEL notifica que mediante acuerdo del Consejo de la SUTEL 001-062-2011, de la sesión extraordinaria 062-2011, celebrada el 03 xx xxxxxx del 2011, se selecciona al Banco Nacional Xx Xxxxx Rica (BNCR) como el encargado de la Constitución del citado Fideicomiso.
7.2. Finalidad del Fideicomiso
La finalidad del Fideicomiso es ser un instrumento jurídico y administrativo para la gestión de los proyectos y programas que se deben realizar con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Telecomunicaciones (FONATEL), para el cumplimiento de los objetivos fundamentales de acceso universal, servicio universal y solidaridad, establecidos en los artículos 31 y siguientes de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 8642.
7.3. Partes del Fideicomiso
a. | Fideicomitente: | SUTEL, representada por el Consejo de la SUTEL |
b. | Fideicomisario: | SUTEL |
c. | Fiduciario: | Banco Nacional xx Xxxxx Rica (BNCR) |
ANEXO DE FORMATOS DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
(Lista de Revisión)
8.1. Generalidades Sobre la Presentación de las Ofertas:
• Todos los ítems del Cartel deben ser respondidos en la oferta en el mismo orden y secuencia solicitada en el presente anexo.
• La oferta debe presentarse foliada de principio a fin de forma consecutiva iniciando en el 001.
• No se aceptarán ofertas sin foliar o con numeración de folio repetida.
• De ser necesario la incorporación de un anexo se deberá indicar cada anexo:
a) El número del anexo.
b) El título del anexo.
c) Los anexos deben venir numerados, este número de página se deberá utilizar para las referencias dentro de la oferta y coincidir con el consecutivo del folio de la oferta.
d) Deberá presentarse por escrito.
e) En idioma español, o con su correspondiente traducción oficial, en papel común.
• El original de la oferta deberá ser firmado por quien tenga la representación legal del Oferente, indicando el nombre completo y el número de documento de identificación.
• Se debe presentar la oferta (2 copias) en formato tanto físico como digital. El formato digital (CD o USB) debe ser compatible con Word y Excel de la versión office 2010. No se aceptarán documentos en otros formatos salvo que sean anexos técnicos. En caso de inconsistencias, ausencia de información o contradicciones, prevalecerá la oferta impresa en papel.
• Será de carácter obligatorio presentar la oferta tanto original como copia en sobre cerrado con la siguiente leyenda:
Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas del Fondo Nacional de Telecomunicaciones
SUTEL-BNCR
Concurso No. 001-2018
Contratación para proveer acceso a los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija y Acceso a Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil a todas las áreas de atención definidas dentro de los territorios indígenas Guaymí de Osa, Guaymí de Conteburica, Guaymí De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), ), ubicadas en los cantones de Buenos Aires, Corredores, Coto Xxxx, Golfito y Osa, provincia Puntarenas y los Servicios de Voz e Internet desde una ubicación fija, a los Centros de Prestación de Servicios Públicos ubicados en esas comunidades, con aporte del Fondo Nacional de Telecomunicaciones.
8.2. Formulario: Documento Formal de Remisión
Señora
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR Banco Nacional xx Xxxxx Rica, San Xxxx
San Xxxx, X de X 2018
Estimada Señora:
[El o los] abajo firmantes en calidad de representante[s] legal[es] de la empresa [XXX] ofrecemos proveer los recursos y servicios para proveer Acceso a Servicios de Voz e Internet con una velocidad de 3/1 Mbps, desde una ubicación fija y Servicios de Voz y Banda Ancha Móvil a las áreas de atención dentro de los territorios indígenas Guaymi de Osa, Guaymi de Conteburica, Guaymi De Altos De San Xxxxxxx, Guaymi De Abrojos-Montezuma, Xxxxxx de Curre (Rey Curre), Térraba, Cabécar de Ujarrás, Bribri xx Xxxxxxx y Bribri de Cabagra (Zona Sur), ubicadas en los cantones de Buenos Aires, Corredores, Coto Xxxx, Golfito y Osa, provincia Puntarenas y la provisión de los servicios de Voz e Internet de 6/1 Mbps, desde una ubicación fija, a Centros de Prestación de Servicios Públicos en estas áreas, de conformidad con su cartel [XXX-2016] de fecha [X] de [X] de 2017. Presentamos por medio de la presente nuestra propuesta, que consta de una propuesta técnica y una propuesta financiera.
(Modificado de acuerdo con resolución de la Contraloría General de la República R-DCA-00242-2018)
Declaramos que toda la información y afirmaciones realizadas en esta propuesta son verdaderas y que cualquier mal interpretación contenida en ella puede conducir a nuestra descalificación. Esta propuesta es de carácter obligatorio para nosotros y está sujeta a las modificaciones que resulten de las negociaciones del contrato.
Estamos presentando nuestra propuesta en [incluir aquí la condición de participación (empresa jurídica, consorcio, etc)] de conformidad con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y representada para estos efectos por [nombre del representante], de calidades [XXXX].
Para efectos de notificaciones al Teléfono: [XXX], Fax: [XXX], domicilio legal: [XXX], correo electrónico: [XXX], dirección postal [XXX]. [Indicar si Queda expresamente autorizado el uso del fax y del correo electrónico para hacer o recibir comunicaciones.]
Atentamente,
Firma autorizada [completa e iniciales]:
Nombre y cargo del signatario:
Adjuntos:
A. Personería de la representación legal del Oferente.
B. En caso de que aplique, el Acuerdo de Consorcio en el cual se regulen las obligaciones entre las partes firmantes.
C. En caso de que aplique, el Listado de Subcontratación con indicación de los nombres de todas las empresas con las cuales se va a subcontratar, con certificación de los titulares del capital social y de los representantes legales de aquellas. (En caso de subcontratación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, las empresas subcontratadas deberán de tener el título habilitante vigente.)
D. Serán oferentes de este concurso los operadores de redes públicas de telecomunicaciones o proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, que cuenten con un Título Habilitante vigente a la fecha de presentación de la oferta para este concurso y que permita prestar los servicios de telecomunicaciones requeridos, en el Área de Servicio y por el plazo mínimo de cinco años, definidos en este cartel. Se debe presentar en la oferta una copia del Título Habilitante mediante el cual se certifique que el (los) oferente(s) es (son) operadores de redes públicas de telecomunicaciones o proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público a la fecha de apertura de ofertas del presente concurso y que cuenten con un título habilitante, ya sea mediante autorización o concesión, para la prestación de los servicios de telecomunicaciones requeridos en este cartel. El Título Habilitante debe tener alcance geográfico suficiente para brindar los servicios en el área de servicio establecida en el alcance del presente concurso. Los oferentes deberán presentar junto con su oferta el cumplimiento de este requisito. Prevalecerá en todo caso, la resolución xx XXXXX o del Poder Ejecutivo donde se detallan los alcances de dicho título y éste deberá corresponder al alcance de uso de la frecuencia misma o los servicios que se pueden prestar con esa frecuencia. En los casos en que el oferente posea permisos para uso de frecuencia, el oferente debe presentar de forma detallada el alcance de uso de la frecuencia y/o los servicios que se pueden prestar con dicha frecuencia. El Título Habilitante que autorice el uso de frecuencias
del espectro radioeléctrico debe apegarse a lo establecido en el PNAF - Plan Nacional de Atribución de Frecuencias.
E. Para ser admitida una oferta en la que concurran varios operadores de redes públicas de telecomunicaciones o proveedores de servicios de telecomunicaciones disponibles al público, los oferentes deberán contar previamente con la autorización de concentración en los términos del artículo 56 de la Ley General de Telecomunicaciones.
F. Copia de los Contratos Homologados por la SUTEL y aprobados al momento de la oferta.
8.3. Formulario Resumen de la Oferta
San Xxxx, X de X 2018
Señora
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx
Fideicomiso de Gestión de los Proyectos y Programas SUTEL-BNCR Banco Nacional xx Xxxxx Rica, San Xxxx
Estimada Señora:
A continuación se detalla el resumen de la oferta
Rubro | Monto |
Subvención máxima | |
Precios de Instalación | |
Precios de servicios |
La oferta tiene una validez de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas.
Atentamente,
Firma autorizada [completa e iniciales]:
Nombre y cargo del signatario: