CONTRATO EDUCATIVO DE ADHESIÓN
CONTRATO EDUCATIVO DE ADHESIÓN
El contrato educativo entre la familia y el Colegio San Xxxx se rige por los acuerdos del presente documento, mediante el cual se expresa adhesión al Proyecto Educativo-Pastoral Institucional e Ideario de los Colegios betharramitas.
I.- VIGENCIA CONTRACTUAL
El presente contrato educativo se extiende hasta la finalización del ciclo lectivo 2021.
II.- DEFINICIÓN INSTITUCIONAL
Nuestro colegio es una institución católica, fundada en marzo de 1902 por los Sacerdotes xxx Xxxxxxx Corazón de Xxxxx xx Xxxxxxxxx, conocidos también como Padres Bayoneses. La presencia pastoral de la congregación en la localidad tiene por finalidad responder a la necesidad de formación y educación de los niños y jóvenes, en comunión con la Iglesia local. Es una escuela pública, de gestión privada, inspirada en el carisma e ideario betharramitas: “La educación, desde esta perspectiva, se caracteriza por ser integradora, personalizada y liberadora, generadora y transmisora de la cultura, creadora de comunidad y evangelizadora” (Ideario 38 - 43). Junto con las otras instituciones educativas de la Provincia de Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Santa Fe, el Colegio San Xxxx forma el conjunto de las Comunidades Educativas betharramitas -encarnadas, abiertas a las necesidades del medio y a las demandas de la sociedad y el tiempo presentes- que son parte de la experiencia educativa más que centenaria de nuestra Congregación.
El Colegio San Xxxx de La Plata se encuentra ubicado en la Xxxxx 00 xxxxxx 000 xx xx Xxxxxx xx Xx Xxxxx. Posee además un campo de deportes, ubicado en Xxxxxxx 00 xxxxxx 0000 xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx.
III.- OBLIGACIONES ESENCIALES DE LOS PADRES/ADULTOS RESPONSABLES
Al elegir a nuestra institución para sus hijos, los padres (o responsables parentales):
III.I- Se comprometen a respetar, adherir y compartir el ideario institucional de los colegios betharramitas, colaborando con toda la comunidad, para poder llevar a cabo el proyecto pedagógico-pastoral propuesto por el Colegio San Xxxx.
III.II- Asumen la responsabilidad de ser los primeros educadores de sus hijos, acompañándolos en los valores de la fe cristiana y en los procesos de enseñanza y de aprendizaje definidos por el colegio.
III.III- En el marco de la Ley 26.150 y del Ideario institucional, el Colegio San Xxxx brinda a sus estudiantes educación sexual integral (ESI), de modo progresivo y acorde a la edad. Los contenidos correspondientes a cada año, ciclo y nivel son definidos por los directivos de nivel y Dirección General, en diálogo con la red de escuelas de Betharram (Proyecto Educación para el Amor). Además de ser un derecho inalienable de cada niño/joven, la ESI responde al Ideario betharramita y reviste carácter esencial dentro de la propuesta educativa y pastoral del Colegio San Xxxx y de la red de escuelas de Betharram.
III.IV- Se comprometen a contribuir al buen clima institucional, a sostener los buenos modales y compostura, y a respetar los canales de comunicación establecidos.
III.V- Se comprometen a cumplir responsablemente con las solicitudes institucionales referidas al seguimiento pedagógico de sus hijos y a asistir a todas las instancias de entrevistas, reuniones y eventos a las que sean convocados por la institución.
III.VI- Se comprometen a acercar anualmente, y cada vez que le sea requerida, la ficha médica con carácter de declaración jurada y la certificación que dé cuenta del estado de salud y
vacunación del estudiante. El colegio se reserva el derecho de solicitar otras certificaciones de salud u otras certificaciones pertinentes de relevancia.
III.VII- Se comprometen a abonar los aranceles en tiempo y forma.
III.VIII- Asumen la responsabilidad de comunicar al Colegio toda vez que cambien los datos brindados a la institución y/o deban actualizar domicilio real y electrónico, teléfonos de contacto y toda otra información de relevancia.
III.IX- Las responsabilidades enunciadas en este apartado (III.I a III.VIII) poseen carácter esencial.
IV- NIÑAS/OS Y JÓVENES
Los niños/as y jóvenes:
IV.I- Conocerán las normas de convivencia, sanciones previstas y criterios de aplicación, formulados en el reglamento y el acuerdo de convivencia institucional.
IV.II- Mantendrán el orden, el respeto y la adhesión a los valores institucionales expresados en el Ideario, ya que estos son fundamentales para lograr una sana convivencia y permitir el adecuado desarrollo del proyecto curricular. Utilizarán modales correctos y evitarán el vocabulario grosero y todo aquello que, dentro o fuera de la institución, menoscabe la imagen y desprestigie al colegio. Se exigirá guarden el mismo comportamiento en entornos virtuales.
IV.III- Procurarán mantener los espacios limpios. En caso de roturas serán convocados a reparar el daño y, de no poder realizarlo, serán los padres quienes se responsabilizarán por el perjuicio causado.
IV.IV- Reciben la recomendación de no concurrir con objetos de valor ya que el establecimiento no se responsabilizará por su pérdida o rotura.
V. PROPUESTA PEDAGÓGICA
V.I- Dentro del establecimiento, el orden pedagógico y de convivencia institucional se encuentra a cargo del Equipo de Conducción y el personal docente. El Colegio recibe y acompaña en su formación a los niños/as y jóvenes, de acuerdo con el presente contrato. Para aquellas cuestiones que no se encuentran regladas se utilizará como criterio el espíritu de nuestro Ideario, el Proyecto Educativo-Pastoral Institucional y el Acuerdo de Convivencia Institucional.
V.II- Nuestro colegio es una unidad educativa estructurada en tres niveles: inicial (N.I.), primario (N.P.) y secundario (N.S.)
El Nivel Inicial se encuentra conformado por tres SECCIONES:
1º SECCIÓN: Sala de tres años. 2º SECCIÓN: Sala de cuatro años. 3º SECCIÓN: Sala de cinco años.
El dictado de materias especiales se realiza en las áreas de catequesis, educación musical y educación física.
Al ingresar al nivel, cada grupo recibirá un color que lo identificará durante el curso de las tres secciones.
El Nivel Primario se compone de seis AÑOS divididos en dos CICLOS:
PRIMER CICLO: 1º, 2° y 3º año, cada uno con un docente a cargo de todas las áreas curriculares. La enseñanza en materias especiales para el primer ciclo abarca las áreas de catequesis, inglés, arte visual, educación física y computación.
SEGUNDO CICLO: 4º; 5º y 6º año, con un docente asignado a cada área curricular.
La enseñanza en materias especiales para el segundo ciclo abarca las áreas de catequesis, inglés, arte musical, educación física, computación.
El Nivel Secundario está conformado por seis AÑOS. Cada materia es dictada por un profesor a cargo especialista en el área. La enseñanza extracurricular se ofrece bajo modalidad electiva entre el dictado de dos módulos de artes y lenguas y dos módulos de ciencias por semana. Los módulos extracurriculares integran, con carácter fundamental,
el plan de enseñanza del Colegio San Xxxx. Por tal motivo, son obligatorios, a efectos arancelarios y de asistencia.
V.III- CATEQUESIS/ EDUCACIÓN RELIGIOSA: La institución brinda formación confesional y humana en todos los niveles, de acuerdo con la fe y doctrina de la Iglesia Católica Apostólica Romana, así como también de los itinerarios de humanización y de discípulo-misionero de las escuelas de Betharram. Los alumnos participarán de momentos de oración y celebraciones litúrgicas. Asimismo, se ofrecerán actividades pastorales complementarias (tales como convivencias y/o campamentos y/o retiros espirituales y/o misión solidaria).
VI.-SEGUIMIENTO DE LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES
VI.I- La modalidad del seguimiento de las trayectorias escolares queda supeditada a lo que dispongan las autoridades competentes y a las estrategias didácticas establecidas por los directivos y el cuerpo docente, en las propuestas sincrónicas y asincrónicas ofrecidas por el Colegio.
VI.II- En el Nivel Inicial niñas/os pertenecientes a la tercera sección podrán ser elegidos abanderados y escoltas mediante votación entre pares. Se propiciará tener en cuenta como criterio valores como compañerismo, colaboración, actitudes solidarias, desempeño y participación y esfuerzo personal.
En los niveles Primario y Secundario la elección se realizará, conforme a las disposiciones internas y reglamentarias vigentes, entendiendo que la conformación de los cuerpos xx xxxxxxx se realizará en un marco de libertad, participación responsable y reflexión de directivos, docentes y alumnos. Para ello, además del promedio de las calificaciones obtenidas se considerará que los jóvenes y niñas/os muestren una conducta ética y social demostrativa de su capacidad de tolerancia, respeto mutuo, responsabilidad, actitud pacifista e integración social, evitando que el promedio de calificaciones sea el único factor determinante de la elección.
VII.- CONTINUIDAD DE LAS ACTIVIDADES
VII.I- El Colegio podrá brindar su propuesta en forma presencial, virtual o mixta en cumplimiento de los lineamientos que emanen de las autoridades de supervisión. En todos los casos se respetarán las instrucciones de adecuación sin que su efecto pueda entenderse como una alteración de las condiciones contractuales.
VII.II- El Colegio se reserva la posibilidad de suspensión de actividades cuando el equipo de conducción lo considere oportuno. El criterio considerado para el cierre provisorio del establecimiento será asegurar el normal funcionamiento del Colegio, entendiendo para ello: el suministro de servicios básicos, las condiciones de higiene del lugar y la asistencia del personal y estudiantado en condiciones seguras. Para dar cumplimiento a lo dispuesto se avisará oportunamente a la autoridad de supervisión.
VIII- HORARIOS
VIII.I- Los estudiantes y sus familias deberán respetar y cumplir las pautas del colegio con respecto a los horarios establecidos e informados por la Dirección.
VIII.II- No se justificarán llegadas tardías a causa del transporte escolar o público. En caso de demoras reiteradas en el horario de ingreso y retiro se citará a los adultos responsables.
VIII.III- La recepción de niños/as, niños y jóvenes en la institución estará a cargo del personal docente.
VIII.IV- Fuera de los horarios establecidos, se garantiza el acceso y permanencia en el xxxx de entrada de calle 11, acompañado de los familiares hasta tanto el personal docente se aproxime al lugar.
VIII.V- Los horarios de ingreso y egreso en tiempos de actividades presenciales serán conforme a la siguiente tabla:
Nivel Inicial | |
Horario de inicio: todas las secciones a las 8 horas. | Acceso por calle 11 n° 972. El personal docente recibirá a niños y niñas desde las 7.45 horas. |
Horario de salida: 1° sección: 11.50 horas. 2° y 3° sección: 11.55 horas. | Egreso por calle 11. Podrán ser retirados únicamente por los adultos autorizados. El horario de cierre de puerta es a las 12.25 horas. |
Nivel Primario | |
Xxxxxxx de inicio: todos los años a las 7.45 horas. | Ingreso por Avenida 51. El/la docente de turno permanecerá en la puerta de acceso desde las 7.30 horas. |
Horario de salida: 1° año: 12.00 horas. 2° a 6° año: 12.10 horas. | Egreso por Avenida 51. Podrán ser retirados únicamente por los adultos autorizados. El horario de cierre de puerta es a las 12.25 horas. |
Nivel Secundario | |
Xxxxxxx de inicio: todos los años a las 7.35 horas. | Acceso por calle 11 n° 972. Los preceptores permanecerán en el xxxx de acceso desde las 7.20 horas. |
Horario de salida: Curricular: según grilla horaria por curso. Extracurricular: 15.30 horas. | Egreso por calle 11 n° 972. |
Educación Física: según xxxxxx xxxxxxx por curso. | El dictado de la materia se realizará en el predio correspondiente al Campo de Deportes del Colegio. Los días en que el clima no lo permita se dictarán clases áulicas en el establecimiento principal. |
IX.- VESTIMENTA
El uniforme es aquello que nos representa, nos identifica y nos aúna como comunidad; por lo tanto, su uso es de carácter obligatorio. El estudiantado deberá presentarse prolijamente: con el uniforme en condiciones, el cabello prolijo y, en caso de utilizar bijouterie, deberá ser discreta. Por razones de seguridad deberán evitarse los aros colgantes. Las cadenas no se permitirán para los niveles inicial y primario por considerarlas riesgosas.
IX.I- UNIFORME:
- Para el Nivel Inicial: equipo deportivo, pintor del color correspondiente al grupo, medias blancas, zapatillas blancas o negras, preferentemente con abrojo, y bolsita o mochila institucional.
- Para Nivel Primario: equipo deportivo según se detalla en IX.II. Para los días festivos y ceremoniales usarán el equipo deportivo con chomba institucional blanca.
- Para Nivel Secundario: chomba institucional blanca, pullover de xxxx x xxxx de algodón azul, pollera o pantalón gris, zapatos negros y medias azules.
En todos los casos la ropa de abrigo deberá ser gris oscuro, azul o negra.
IX.II- EQUIPO DEPORTIVO:
- Nivel Primario: Remera, pantalón o short y campera deportiva institucionales, zapatillas y medias blancas.
- Nivel Secundario: exclusivo para los días en que se dicta educación física. Se compone de remera, pantalón largo y campera deportiva institucionales, zapatillas y medias blancas.
X.- DISTINTIVO DE EGRESADOS
X.I- Los niños/as xx xxxx de 5 años realizarán junto a su docente y familias la bandera de la sala y con ella podrán intervenir su pintor.
X.II- Los niños/as y jóvenes de 6° año de E.P. y E.S. que deseen confeccionar una remera o buzo de egresados deberán solicitar la correspondiente autorización de la dirección del nivel, acordando un único modelo para todos los estudiantes del curso y respetando el uso de colores sobrios (preferentemente los colores institucionales).
XI.- COMUNICACIONES
XI.I- Les corresponde a los directivos definir las vías y modalidades de comunicación. Con excepción de las reuniones de padres convocadas por la institución, toda petición, entrevista o solicitud será realizada de modo personal, de acuerdo con la naturaleza individual del vínculo pedagógico.
XI.II- Toda necesidad o inquietud de los adultos responsables será canalizada a través del cuaderno de comunicados o la casilla de correo electrónico del nivel correspondiente, a saber:
xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
XI.III- El cuaderno de comunicados deberá ser presentado diariamente.
XI.IV- Los adultos responsables deberán notificar fehacientemente la recepción de las comunicaciones emitidas.
XI.V- El Colegio cuenta con espacios virtuales creados para acompañar y fortalecer las trayectorias escolares. Cada responsable recibirá un usuario y contraseña de uso personal e intransferible que le permitirá acceder a la plataforma donde podrá realizar el seguimiento de la trayectoria de su hijo/a y recibir comunicaciones del personal docente.
XII.- RETIROS E INASISTENCIAS
XII.I- Durante el horario escolar sólo los adultos responsables o personas autorizadas por ellos podrán retirar a los estudiantes de la institución. En todos los casos, deben ser mayores de edad y acreditar su identidad.
XII.II- Las inasistencias o retrasos de los estudiantes deberán ser comunicadas por los adultos responsables de inmediato. En caso de enfermedades que se extiendan por dos o más días o ante lesiones sufridas, se requiere la presentación de certificado con indicación de alta médica para poder reincorporarse a las clases.
XII.III- Las enfermedades infecto-contagiosas deben ser informadas de inmediato a las autoridades del nivel, con el fin de poder tomar las medidas de profilaxis necesarias.
XIII.- TRANSPORTE ESCOLAR
El contrato con el transporte escolar se realiza en forma particular entre los adultos responsables y el transportista, debiendo cumplir el horario estipulado por el Colegio para la entrada y la salida. El colegio se libera de toda responsabilidad respecto de este tipo de transporte. No
obstante, las familias deberán brindar la información correspondiente de los transportistas y celadores incluyéndolos en la ficha de retiro. De lo contrario, el menor, no podrá ser entregado.
XIV.- SALIDAS EDUCATIVAS
XIV.I- Los padres avalan la participación de sus hijos/as en las salidas educativas ya que estas integran el proyecto educativo institucional. En cada caso, los adultos responsables deberán enviar oportunamente la documentación requerida por la institución para tal fin.
XIV.II- Es responsabilidad de los padres que los estudiantes asistan puntualmente en el horario en que fueron convocados. La ausencia o retraso a las salidas educativas no genera para el Colegio compromiso de devolución de ningún cobro previo.
XV.- SIMULACROS DE EVACUACIÓN
El Colegio realizará todos los simulacros de evacuación que sean necesarios para garantizar la seguridad ante una eventualidad. Los simulacros implican que el estudiante podrá ser retirado por los docentes hasta la vía pública a un lugar de concentración cercano al colegio. Los simulacros podrán o no ser preavisados a los padres.
XVI- IMAGEN INSTITUCIONAL
En cumplimiento de nuestro Proyecto Educativo fundado en el Ideario betharramita, publicamos fotografías y/o filmaciones en la revista anuario y otros medios propios de comunicación con las familias. Se pretende reflejar la participación de nuestros estudiantes en las actividades de carácter pastoral, académico y social que se llevan adelante en el colegio. Estas publicaciones son efectuadas sin fines de carácter comercial, con un exclusivo y prioritario interés educativo y de comunicación con nuestra comunidad.
XVII- DISPOSITIVOS MÓVILES
El uso de dispositivos móviles dentro de la institución sólo será permitido con fines pedagógicos, a requerimiento explícito del docente.
XVIII- REINSCRIPCIÓN
XVIII.I- Las condiciones para la consideración de la misma son las siguientes:
- Haber sido promovido al curso superior (tanto en las materias curriculares como en las extra- programáticas). En el caso de los alumnos que recursen, su inscripción quedará supeditada a la existencia de vacantes.
- Adherir al Ideario Institucional, los criterios de enseñanza y los objetivos del colegio, así como no desconocer las decisiones de las autoridades del mismo.
- Cumplir con las obligaciones esenciales detalladas en el título IV.
- Cumplir con los requerimientos de carácter administrativo (presentación de la documentación, no tener deuda con el Colegio, etc.).
XVIII.II- La continuidad de un nivel al otro se encuentra supeditada al cumplimiento de los criterios pedagógicos y de convivencia enmarcados en nuestro Ideario y Proyecto Institucional; dicho cumplimiento será considerado tanto para las niñas, niños y jóvenes como para sus familias.
XVIII.III- Si existieran motivos graves de incumplimiento a los compromisos asumidos, tanto por los estudiantes como por los adultos responsables, el establecimiento se reserva el derecho de no renovar el presente contrato para el próximo ciclo lectivo, notificándose con la antelación pertinente y emitiendo la documentación para su admisión en otra institución educativa.
XIX. - ARANCELES - BONIFICACIONES
XIX.I- El servicio escolar tiene un costo anual que se informa en el mes de octubre de cada año o cuando sufriera alguna modificación autorizada por la Dirección de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires. Dicho costo anual se prorratea en 9 cuotas, que se pagan entre los meses xx xxxxx y noviembre. Este monto no se modificará en caso de variación de la modalidad (presencial/virtual/mixta) ni del grado de asistencia de los alumnos. Las cuotas de la escuela y de todos los servicios obligatorios y optativos deberán pagarse por cualquiera de los medios de pago habilitados por el colegio a tal efecto: BAPRO pagos, Banco Provincia, Red Link, Mercado Pago o débito automático de caja de ahorro. No se reciben pagos en cheques propios ni de terceros.
XIX.II- Cada cuota tendrá como fecha de vencimiento el día 10 de cada mes (o día hábil inmediato siguiente). A partir de la fecha de vencimiento indicada, el colegio establecerá los recargos por xxxx y/o intereses punitorios, mes a mes, en función de las variaciones del contexto socio- económico nacional y con los límites y/o pautas que pudieran fijar al respecto las autoridades jurisdiccionales respectivas.
XIX.III- La escuela se reserva el derecho de modificar el arancel anual y por ende el valor de las cuotas a vencer de acuerdo con los incrementos que se produzcan en su estructura de costos y/o modificaciones impositivas que pudieran incidir en los precios finales con los límites que hayan fijado o pudieran fijar las autoridades jurisdiccionales respectivas, según el nivel que corresponda. Asimismo, el establecimiento se reserva el derecho, siempre con previa autorización del organismo de aplicación, de incluir cuotas complementarias a las informadas. XIX.IV- Los nuevos ingresantes deberán, sin excepciones, presentar libre deuda, tanto al Departamento de Administración como a la Secretaría del nivel correspondiente (en caso de provenir de colegio privado).
XIX.V- La Reserva xx Xxxxxxx podrá ser desistida por los responsables del alumno, en caso de mediar razones de fuerza mayor, dando lugar a la devolución del importe abonado por tal concepto, a valores históricos, si tal decisión es comunicada fehacientemente al establecimiento antes de cumplirse los 10 días corridos a partir del pago. Con posterioridad a dicha fecha, así como en los casos en que el desistimiento obedezca a causas imputables a los responsables y/o alumnos, los importes abonados por tal concepto no serán reintegrados, sin excepción.
Cuando el desistimiento opere por decisión del establecimiento, sin expresión de causa, los importes abonados serán igualmente reintegrados a valores históricos.
XIX.VI- Los comprobantes de todos los pagos realizados deberán conservarse por el término de 3 años, período en el que podrán ser exigidos por el personal de Administración.
XIX.VII- El pago se asignará automáticamente a saldar la deuda más antigua que la familia tenga con el colegio, incluyendo la posibilidad de asignarlo a deudas que sean contraídas por servicios a hermanos autorizándolo así expresamente los firmantes del presente.
XIX.VIII- Para poder abonar la reserva xx xxxxxxx para el año siguiente, la familia deberá estar libre de toda deuda. Si, por algún motivo (ya sea por mantener deudas o por otro cualquiera), el alumno no hubiese abonado la matrícula que vence en el mes de diciembre, no podrá comenzar el nuevo ciclo lectivo hasta que la situación no esté resuelta. La vacante reservada es exclusivamente para el curso inmediato superior.
XIX.IX- El contrato de enseñanza quedará perfeccionado una vez operada la matriculación del alumno. Antes de ello el alumno no figurará como inscripto para el año inmediato posterior. El aludido contrato de enseñanza tendrá una vigencia de un año calendario.
XIX.X- Los padres de estudiantes del nivel primario y secundario abonarán en cada cuota el arancel correspondiente a la enseñanza extracurricular y/o materias especiales. El pago del arancel extracurricular es de carácter obligatorio e irrenunciable.
XIX.XI- Los padres abonan, junto con la cuota, un servicio de emergencia médica, que atiende situaciones que requieran la intervención urgente de un médico o requieran de un traslado inmediato en ambulancia. Cualquier otra situación de salud que no requiera intervención urgente será comunicada de inmediato a los padres, quienes deberán retirar al alumno del establecimiento ya que el Colegio no brinda el servicio “médico a domicilio”. El docente no puede suministrar medicamentos a los alumnos. Si un alumno se presenta con alguna lesión visible que, según el juicio médico, no le impide concurrir al establecimiento, deberá traer el certificado correspondiente.
XIX.XII- El otorgamiento de un arancel preferencial, en cualquier porcentaje, es facultad privativa del establecimiento, quien podrá concederlo o no según su libre criterio, no encontrándose tal decisión condicionada por factor alguno. Sin perjuicio de ello, serán tenidos especialmente en cuenta los siguientes aspectos: identificación institucional del grupo familiar; contribución con el buen clima institucional; trayectoria académica; relación entre ingresos, necesidades y características del grupo familiar; antecedentes disciplinarios; adhesión a las decisiones del equipo de conducción y del cuerpo docente; cumplimiento de lo regulado en este contrato, acuerdo de convivencia y demás normativa. Cualquier beneficio arancelario será reevaluado periódicamente.
XIX.XIII- Los pagos que deban efectuarse en concepto de matrícula, en ningún caso se encontrarán alcanzados por el beneficio arancelario que pudiera otorgarse.
XIX.XIV- En cualquier caso, el beneficio que se otorgue reviste el carácter de precario, pudiendo ser suprimido en cualquier momento cuando, al sólo juicio de las autoridades del establecimiento, se hubieren perdido las condiciones que llevaron a su otorgamiento, sin derecho a reclamo de ningún tipo. De igual forma, caducará automáticamente el mismo al vencimiento del período para el cual fuera otorgado, o en caso de operarse la baja del alumno por cualquier causa, así como en los casos en que se registre atraso en el pago del porcentaje del arancel no cubierto por el beneficio debiendo a partir de ese momento abonarse los aranceles por vencer en su totalidad sin descuento alguno y con los recargos que correspondan. XIX.XV- Cada familia brindará a la Administración del Colegio los datos del Responsable Económico del Contrato. Dicha información será utilizada para la emisión de las facturas correspondientes a los servicios tomados o a tomar. Sin perjuicio de ello, y atendiendo la normativa vigente, los adultos responsables son solidarios en el cumplimiento del contrato.
XIX.XVI- Las familias que se encuentren en situación de morosidad podrán ser convocadas a regularizar su situación, sin perjuicio del carácter automático de la xxxx. El colegio guarda la posibilidad de incluir intereses y cargos por gestión de cobros.
XIX.XVII- La comunicación desde y con el Departamento de Administración del Colegio será en todos los casos mediante envío de correo electrónico a la casilla xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
CONSENTIMIENTO Y ADHESIÓN
Debido al actual contexto de cuarentena, la adhesión al presente contrato se realizará a través de los domicilios electrónicos constituidos por las partes. Deberán adherir ambos responsables. La adhesión implica conocimiento, aceptación y obligatoriedad de la totalidad del contrato.
Ambas partes constituyen como domicilio físico y electrónico (e-mail), los que se consignan a continuación, en los que serán tenidas por válidas las notificaciones relacionadas con el presente y según lo normado por el art. 75 del Código Civil y Comercial de la Nación. Lo antedicho deberá efectuarse, sin perjuicio de que, una vez retomada la presencialidad, la institución pueda requerir la firma del documento en formato papel.
FAMILIA/ PADRE/ MADRE/ RESPONSABLE LEGAL: RESPONSABLE 1:
Nombre y apellido:
Domicilio físico:
Domicilio electrónico:
RESPONSABLE 2:
Nombre y apellido:
Domicilio físico:
Domicilio electrónico:
ENTIDAD PROPIETARIA:
Asoc. Civil Colegio de San Xxxx
Domicilio físico: Caxxx 00 Xx 000, Xxxxxx xx Xx Xxxxx (CP 1900)
Domicilio electrónico: xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx