CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SEGURO SUSCRITO ENTRE UNIMEDI S.L., Y SEGUROS BILBAO S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Nº DE PÓLIZA 1/60/5249056
Póliza de Asistencia
en Viaje
En los momentos más difíciles...
Siempre Contigo.
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE SEGURO SUSCRITO ENTRE UNIMEDI S.L., Y SEGUROS BILBAO S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS. Nº DE PÓLIZA 1/60/5249056
Asegurado
Las personas clientes de UNITECO PROFESIONAL S.L. y UNIMEDI S.L., residentes en España, así como su cónyuge o pareja de hecho e hijos fiscalmente a su cargo, o que convivan con el Asegurado.
Accidente
La lesión corporal o daño material sufrido durante la vigencia del contrato, que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado.
Equipaje
Conjunto de ropas y enseres propios para la higiene personal necesarios en el transcurso del viaje y cualquier otro tipo de objetos contenidos en el interior de la/s maleta/s.
Robo
Sustracción de las cosas muebles ajenas con violencia o intimidación en las personas o empleando la fuerza en las cosas.
Hurto
Sustracción de las cosas muebles ajenas sin mediar violencia o intimidación en las personas ni fuerza en las cosas.
Ámbito de la Asistencia y duración
La asistencia será válida en España, Europa y resto del Mundo.
Se excluyen, en todo caso, aquellos países que aún reflejados en el ámbito territorial contratado, durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente.
Franquicia Kilométrica
Póliza de Asistencia en Viaje
La asistencia será válida a partir de 30 Kms. del domicilio habitual del Asegurado (15 km. en las Islas Canarias e Islas Baleares). Los Gastos médicos en España se cubrirán a partir del límite provincial del domicilio habitual del Asegurado.
Trámites en caso de Siniestro
Ocurrido un hecho que pudiera dar lugar a la prestación de alguno de los servicios
cubiertos en el contrato, será requisito indispensable la comunicación inmediata del siniestro, a través de llamada desde España al 902547255 y desde el extranjero al x00 000000000 u otro medio que deje constancia de la comunicación de dicho siniestro.
En caso de fuerza mayor que impida realizar este aviso, deberá efectuarse inmediatamente que cese la causa que lo impida.
Establecido el contacto, el Asegurado señalará: nombre y apellidos, lugar donde se encuentra, teléfono de contacto, e informará de las circunstancias del siniestro y del tipo de asistencia solicitada.
Recibida la notificación, SEGUROS BILBAO dará las instrucciones necesarias con el objeto de que se preste el servicio requerido. Si el Asegurado actuase de forma contraria a las instrucciones impartidas por SEGUROS BILBAO, serán de su cuenta los gastos en que incurra por dicho incumplimiento. Para reembolso de cualquier gasto será indispensable la presentación de justificantes originales.
Reembolso de gastos
En caso que SEGUROS BILBAO no haya intervenido directamente y para que proceda a reembolsar al Asegurado los gastos que él mismo haya realizado de acuerdo a las coberturas de esta Póliza, será igualmente imprescindible la comunicación prevista anteriormente, y que haya obtenido previo acuerdo de pago y autorización de SEGUROS BILBAO y presente posteriormente los documentos originales acreditativos de los desembolsos efectuados.
Reconocimiento de la Deuda
Todas las cantidades pagadas por SEGUROS BILBAO o el coste de los servicios prestados, a petición de los Asegurados y que en virtud de este contrato no sean a cargo de SEGUROS BILBAO, constituyen adelantos aceptados por los Asegurados que se obligan a reembolsarlos a SEGUROS BILBAO en el plazo máximo de 30 días, contados a partir del requerimiento que a este efecto les haga SEGUROS BILBAO.
Póliza de Asistencia en Viaje
En estos casos y en todas aquellas otras prestaciones en las que SEGUROS BILBAO adelante un pago por cuenta de los Asegurados, ésta se reserva el derecho a solicitar del mismo un aval o garantía suficiente que lo cubra antes de iniciar la prestación del servicio.
Límites Garantizados
Las cuantías económicas que figuran como límite en cada una de las prestaciones de este contrato, se entienden como importes máximos por siniestro.
Subrogación
SEGUROS BILBAO se subroga, hasta el total del coste de los servicios prestados por ella, en los derechos y acciones que hayan motivado su intervención. Cuando las prestaciones realizadas en ejecución del presente contrato sean cubiertas en todo o en parte por una entidad Aseguradora, por la Seguridad Social o por cualquier otra institución o persona, SEGUROS BILBAO quedará subrogada en los derechos y acciones del Asegurado frente a la citada compañía o institución. A estos efectos el Asegurado se obliga a colaborar activamente con SEGUROS BILBAO prestando cualquier ayuda u otorgando cualquier documento que se pudiera considerar necesario, sin gasto para el Asegurado.
En cualquier caso SEGUROS BILBAO tendrá derecho a solicitar del Asegurado la exhibición o entrega del título de transporte (billete de tren, de avión, etc.) detentado por éste, cuando los gastos de regreso hayan corrido a cargo de SEGUROS BILBAO.
Legislación y Jurisdicción
El Asegurado y SEGUROS BILBAO se someten a la legislación y jurisdicción española para los efectos del presente Contrato. Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivada del Contrato el del domicilio habitual del Asegurado.
ASISTENCIA EN VIAJE A LAS PERSONAS
Las presente garantías cesarán en el momento que el Asegurado regrese a su domicilio habitual o lugar de residencia en España, o cuando haya sido repatriado, por SEGUROS BILBAO, hasta su domicilio o centro hospitalario cercano a éste.
1. Gastos médicos en el extranjero.
En caso de enfermedad o accidente del Asegurado acaecido con carácter imprevisto en el transcurso de un viaje, SEGUROS BILBAO garantiza durante la vigencia del Contrato y hasta el límite económico de 12.000 euros, por siniestro y a cada Asegurado, los gastos enumerados a continuación:
- Honorarios médicos.
- Medicamentos recetados por un médico o cirujano.
- Gastos de hospitalización.
Póliza de Asistencia en Viaje
- Gastos quirúrgicos.
- Gastos de ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local.
Las cantidades garantizadas en el extranjero y en España no son adicionales. En caso de que SEGUROS BILBAO no haya intervenido directamente y para que tales gastos sean reembolsables, se deberán presentar las correspondientes facturas originales, que
deberán ir acompañadas del informe médico completo, con sus antecedentes, diagnóstico y tratamiento, que permita establecer el carácter de la enfermedad.
Los gastos ocasionados serán en todo caso motivo de subrogación por SEGUROS BILBAO a las percepciones que tenga derecho el Asegurado, por prestaciones de Seguridad Social o por cualquier otro régimen de previsión al que estuviera afiliado.
2. Gastos médicos en España.
En caso de enfermedad o accidente del Asegurado acaecido con carácter imprevisto en el transcurso de un viaje por España fuera de los límites de la provincia donde el Asegurado tiene su domicilio habitual, SEGUROS BILBAO garantiza durante la vigencia del Contrato y hasta el límite económico de 2.000 euros, por siniestro y a cada Asegurado, los gastos enumerados a continuación:
- Honorarios médicos.
- Medicamentos recetados por un médico o cirujano.
- Gastos de hospitalización.
- Gastos quirúrgicos.
- Gastos de ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local.
En cualquier caso, los primeros 20 euros serán a cargo del Asegurado. Las cantidades garantizadas en el extranjero y en España no son adicionales. En caso de que SEGUROS BILBAO no haya intervenido directamente y para que tales gastos sean reembolsables, se deberán presentar las correspondientes facturas originales, que deberán ir acompañadas del informe médico completo, con sus antecedentes, diagnóstico y tratamiento, que permita establecer el carácter de la enfermedad.
Los gastos odontológicos considerados de urgencia, excluidos la endodoncia, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, prótesis, fundas e implantes quedan cubiertos dentro de los importes establecidos para esta garantía hasta un máximo de 100 euros.
Los gastos ocasionados serán en todo caso motivo de subrogación por SEGUROS BILBAO a las percepciones que tenga derecho el Asegurado, por prestaciones de Seguridad Social o por cualquier otro régimen de previsión al que estuviera afiliado.
3. Prolongación de estancia en hotel por enfermedad o accidente.
Póliza de Asistencia en Viaje
Cuando la naturaleza de la enfermedad o accidente imposibilite al Asegurado continuar el viaje, y no fuera necesario el ingreso en clínica o centro hospitalario, SEGUROS BILBAO abonará los gastos que se deriven de la prolongación de estancia en hotel, prescrita por un médico de acuerdo con el servicio médico de SEGUROS BILBAO, hasta un máximo de 75 euros por día con un límite de 750 euros.
4. Traslado sanitario de enfermos y heridos.
En caso de enfermedad o accidente del Asegurado, durante la vigencia del contrato y como consecuencia de desplazamiento del lugar en que radica su domicilio habitual, y siempre que le imposibilite continuar el viaje, SEGUROS BILBAO, tan pronto sea avisada, organizará los contactos necesarios entre su servicio médico y los médicos que atienden al Asegurado.
Cuando el servicio médico de SEGUROS BILBAO autorice el traslado del Asegurado a un centro hospitalario mejor equipado o especializado cerca de su domicilio habitual en España, SEGUROS BILBAO efectuará dicho traslado según la gravedad del mismo, mediante:
- Avión sanitario especial.
- Tren primera clase.
- Helicóptero sanitario.
- Ambulancia.
- Avión de línea regular, ferrocarril o barco.
El avión sanitario especial, sólo se empleará en el ámbito geográfico de Europa y países ribereños del Mediterráneo. Sólo se tendrán en cuenta las exigencias de orden médico para elegir el medio de transporte y el hospital donde deberá ser ingresado el Asegurado. Si el Asegurado se negara a ser trasladado en el momento y condiciones determinadas por el servicio médico de SEGUROS BILBAO, se suspenderán automáticamente todas las garantías y gastos resultantes a consecuencia de esa decisión.
5. Transporte de restos mortales.
En caso de fallecimiento del Asegurado, acaecido en el transcurso de un desplazamiento cubierto en la Póliza, SEGUROS BILBAO organizará y tomará a su cargo el transporte de los restos mortales hasta el lugar de su inhumación en España en el término municipal de su residencia habitual, así como los gastos de embalsamamiento, ataúd mínimo obligatorio y formalidades administrativas. En ningún caso se extiende esta cobertura a los gastos de pompas fúnebres e inhumación.
6. Regreso anticipado de los Asegurados acompañantes.
Póliza de Asistencia en Viaje
Cuando al Asegurado se le haya trasladado por enfermedad o accidente en aplicación de la garantía “Traslado Sanitario”, o bien por fallecimiento y esta circunstancia impida al resto de los Asegurados su regreso hasta su domicilio en España por los medios inicialmente previstos, SEGUROS BILBAO se hará cargo de los gastos correspondientes al transporte de los mismos hasta el lugar de su residencia habitual en España o hasta el lugar donde esté hospitalizado el Asegurado trasladado.
7. Envío de medicamentos al extranjero.
En caso de que el Asegurado necesite un medicamento que no pueda adquirirse en el lugar donde se encuentre, SEGUROS BILBAO se encargará de localizarlo y enviárselo por el medio más rápido y con sujeción a la Legislación Local. El Asegurado tendrá que reembolsar a SEGUROS BILBAO, a la presentación de la factura, el precio del medicamento.
Quedan excluidos los casos de abandono de la fabricación del medicamento y su no disponibilidad en los canales de distribución en España.
8. Desplazamiento de un familiar para acompañar al Asegurado hospitalizado.
Si el Asegurado, durante el viaje, debe estar hospitalizado en el extranjero más xx xxxx días y ningún familiar directo se encuentra a su lado, SEGUROS BILBAO pondrá un billete de avión línea regular (clase turista) o tren (primera clase) ida y vuelta o dos billetes de ida, a disposición de un acompañante con domicilio habitual en España.
9. Estancia de un familiar para acompañar al Asegurado hospitalizado.
Si el Asegurado, durante el viaje, debe estar hospitalizado en el extranjero más xx xxxx días y ningún familiar directo se encuentra a su lado, SEGUROS BILBAO abonará en concepto de gastos de estancia, el alojamiento en hotel, previa presentación de las facturas correspondientes hasta un límite de 75 euros por día y hasta un máximo de 750 euros.
10. Regreso del Asegurado en caso de defunción de un familiar.
En caso de defunción del cónyuge, padres, hijos o hermanos del Asegurado que se halle en un desplazamiento cubierto por la presente póliza, SEGUROS BILBAO, comunicado el hecho, organizará y pondrá a disposición del mismo y para asistir al sepelio (en el periodo máximo de 7 días desde el fallecimiento), un billete de ida y vuelta en avión de línea regular (clase turista) o en tren, (primera clase), o dos billetes de vuelta cuando se regrese junto a un acompañante también Asegurado y hasta el lugar de inhumación en España.
11. Acompañamiento de menores o disminuidos.
Póliza de Asistencia en Viaje
Si los Asegurados que viajen con hijos disminuidos o hijos menores de 15 años, han sido trasladados conforme a la garantía “Traslado Sanitario” y les surge la imposibilidad de ocuparse de ellos, SEGUROS BILBAO organizará y tomará a su cargo el desplazamiento, ida y vuelta, de una persona residente en España designada por el Asegurado o su familia, o de una azafata de SEGUROS BILBAO, al objeto de acompañar a los niños en su regreso a su domicilio habitual en España, y en el menor tiempo posible.
12. Acompañamiento de restos mortales.
De no haber quién acompañe en su traslado los restos mortales del fallecido, SEGUROS BILBAO facilitará a la persona que designen los causahabientes, un billete de ida y vuelta en ferrocarril (primera clase) o avión (clase turista) para acompañar el cadáver hasta el lugar de la inhumación.
13. Gastos de asistencia jurídica efectuados en el extranjero.
SEGUROS BILBAO asumirá hasta un máximo de 1.000 euros para el pago en el extranjero de los honorarios de abogado y procurador surgidos como consecuencia de asistencia jurídica.
14. Transmisión de mensajes urgentes (derivados de las garantías).
SEGUROS BILBAO a través de un servicio de 24 horas, aceptará y transmitirá mensajes urgentes de los Asegurados, siempre que éstos no dispongan de otros medios para hacerlos llegar a su destino y siempre que éstos sean consecuencia de una garantía cubierta por el contrato.
15. Envío de objetos personales en el extranjero.
SEGUROS BILBAO organizará y tomará a su cargo el coste del envío de los objetos imprescindibles para el transcurso del viaje y olvidados en el domicilio antes del inicio del mismo. Esta garantía se extiende igualmente al envío a domicilio de aquellos objetos olvidados durante su viaje o recuperados después de un robo durante el mismo.
SEGUROS BILBAO únicamente asumirá la organización del envío, así como el coste de éste hasta un límite de 200 euros.
16. Adelanto del importe de la fianza penal exigida en el extranjero.
Si el Asegurado es encarcelado o procesado en el país que ocurra, SEGUROS BILBAO le concederá un anticipo equivalente al importe de la fianza penal exigida por las autoridades correspondientes, hasta un máximo de 15.000 euros. SEGUROS BILBAO se reserva el derecho a solicitar aval o garantía del Asegurado que asegure el cobro del anticipo. En cualquier caso las cantidades anticipadas deberán ser reintegradas a SEGUROS BILBAO en el plazo máximo de dos meses.
Póliza de Asistencia en Viaje
17. Búsqueda y localización de equipaje.
En caso de que el Asegurado sufra una demora o pérdida de su equipaje, SEGUROS BILBAO le asistirá en su búsqueda y localización, asesorándole en la gestión para interponer la correspondiente denuncia. Si el equipaje es localizado, SEGUROS BILBAO lo expedirá hasta el domicilio habitual del Asegurado en España, siempre que no sea necesaria la presencia del propietario para su recuperación.
18. Pérdida, daños y robo de equipaje.
Si en el transcurso de un viaje el equipaje facturado se pierde definitivamente o sufre un grave deterioro, ya sea por causa imputable a la Empresa transportista o por robo, SEGUROS BILBAO garantiza el pago como indemnización hasta un límite de 600 euros. No se indemnizarán de forma independiente las partes integrantes o accesorios de un objeto.
Para poder acceder a la indemnización deberá acreditarse la pérdida o el daño producido mediante el justificante facilitado por la Empresa Transportista, si la pérdida fuere debida a ella. En caso de robo de equipaje será indispensable la presentación de la correspondiente denuncia formulada ante la autoridad local competente junto con la reclamación ante el Establecimiento Público si el robo se hubiera producido en el mismo. En todos los casos será necesaria la relación detallada y valorada de los objetos robados o perdidos o dañados.
Quedan excluidos el hurto, el simple extravío, el dinero, los documentos, el robo de equipaje u objetos personales que se encuentren en vehículos o tiendas xx xxxxxxx.
Los objetos de valor quedan cubiertos hasta un 50% de la cobertura. Por objetos de valor se entienden las joyas, relojes, objetos de metales nobles, pieles, cuadros, objetos de arte, plata y orfebrería en metales preciosos, objetos únicos, cámaras y complementos de radiofonía, de registro o de reproducción de sonido o de la imagen, así como su accesorios, el material informático de toda clase, las maquetas y accesorios teledirigidos.
El equipaje y objetos personales dejados en vehículos automóviles, están asegurados solamente si está guardado en el maletero cerrado con llave, hasta el límite máximo de la indemnización, desde las 22 horas hasta las 6 horas del vehículo ha de permanecer en el interior de un aparcamiento cerrado y vigilado, salvo que el vehículo haya sido confiado a un transportista.
19. Demora del equipaje.
Póliza de Asistencia en Viaje
Si la demora en la entrega del equipaje facturado, por causa del transportista, es superior a 12 horas o transcurre una noche por medio, se reembolsarán los gastos por la compra de artículos de uso personal necesarios (debiendo presentarse las facturas correspondientes, así como el justificante de la demora expedido por la compañía transportista) y hasta un máximo de 150 euros.
Esta indemnización será deducible de la que corresponda al amparo de la cobertura “Pérdida, daños y robo de equipaje” de llegar a producirse la pérdida definitiva.
No habrá lugar a esta prestación si la demora se produce en la provincia en la que el Asegurado tiene domicilio habitual.
20. Demora de viaje.
Se garantiza el reembolso de los gastos reales que se produzcan por demora en transportes públicos sujetos a horarios establecidos, superior a 6 horas en la iniciación del viaje, previa presentación de las facturas correspondientes y del justificante de la demora, expedido por la compañía transportista y hasta los siguientes límites:
Hasta 50 euros si la demora fuera superior a 6 horas. Hasta 100 euros si la demora fuera superior a 12 horas. Hasta 150 euros si la demora fuera superior a 18 horas. Hasta 200 euros si la demora fuera superior a 24 horas.
Quedan excluidas de esta prestación las indemnizaciones por demoras producidas en vuelos no regulares.
21. Responsabilidad Civil.
Los Asegurados están incluidos en una póliza de responsabilidad civil colectiva suscrita por SEGUROS BILBAO. El seguro garantiza la indemnización hasta el límite de 60.100 euros por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales que puedan ser exigibles al Asegurado, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual.
Queda expresamente excluida la responsabilidad civil profesional, la derivada del uso, utilización y circulación de vehículos de motor, así como la derivada del uso o propiedad de artefactos y armas de cualquier tipo o naturaleza, así como las indemnizaciones a consecuencia de perjuicios económicos no derivados de un previo daño personal o material.
22. Pérdida de conexión de vuelo.
Si el medio de transporte público se retrasa debido a fallo técnico, incidencias climatológicas, intervención de las autoridades o de otras personas por la fuerza, y como consecuencia de ese retraso se imposibilitara el enlace con el siguiente medio de transporte público cerrado y previsto en el billete, SEGUROS BILBAO abonará, previa presentación de las facturas originales y justificantes oportunos, hasta un límite de 100 euros.
EXCLUSIONES:
Póliza de Asistencia en Viaje
Las presentes garantías cesarán en el momento que el Asegurado regrese a su domicilio habitual o lugar de residencia en España, o cuando haya sido repatriado, por SEGUROS BILBAO, hasta su domicilio o centro hospitalario cercano a éste. Quedan excluidas con carácter general aquellas prestaciones que no hayan sido
comunicadas previamente a SEGUROS BILBAO y aquellas para las que no se hubiera obtenido la correspondiente autorización.
En cualquier caso quedan excluidas de las garantías aseguradas los daños, situaciones, gastos y consecuencias derivadas de:
1. Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas por el Asegurado con anterioridad a la firma del Contrato o de su renovación o prórroga así como aquellas que se manifiesten durante la vigencia del mismo y con anterioridad al inicio del viaje.
2. Renuncia, retraso o adelanto voluntario por parte del Asegurado al traslado sanitario propuesto por SEGUROS BILBAO y acordado por su servicio médico.
3. Enfermedades mentales, revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética, el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida y aquellos casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica.
Asimismo, queda excluido el diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente, y siempre anterior al sexto mes.
4. La participación del Asegurado en apuestas, desafíos o riñas.
5. La práctica de deportes de competición o competición motorizada (carrera o rally, etc…), así como la práctica de actividades peligrosas o de riesgo enumeradas a continuación:
- Boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases), artes marciales, alpinismo con acceso a glaciares, inmersión con aparatos respiratorios, espeleología.
- Deportes aéreos en general.
- Deportes de aventura, tales como rafting, puenting, hidrospeed, barranquismo y similares.
6. Suicidio, intento de suicidio o autolesiones del Asegurado.
Póliza de Asistencia en Viaje
7. Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto.
8. Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos, salvo que estos últimos hayan sido prescritos por un médico.
9. Actos dolosos del Tomador, Asegurado, o causahabiente de éstos.
10. Guerras, manifestaciones, insurrecciones, movimientos tumultuosos populares, actos de terrorismo, sabotajes y huelgas, estén o no declaradas oficialmente.
La transmutación del núcleo del átomo, así como de las radiaciones provocadas por la aceleración artificial de partículas atómicas.
Movimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza.
Cualquier otro fenómeno de carácter catastrófico extraordinario o acontecimiento que por su magnitud o gravedad sean calificados como catástrofe o calamidad.
11. Quedan excluidos el hurto, el simple extravío, el dinero, las joyas, los documentos, el robo de equipaje u objetos personales que se encuentren en vehículos o tiendas xx xxxxxxx.
12. En ningún caso SEGUROS BILBAO sustituirá a los órganos xx xxxxxxx de urgencia. No obstante reembolsará los gastos que pudieran ser reclamados al Asegurado por dicho concepto, hasta un máximo de 450 euros.
Con independencia de lo anterior, quedan particularmente excluidas las siguientes situaciones:
1. El traslado sanitario de enfermos o heridos originado por afecciones o lesiones que puedan ser tratadas “in situ”.
2. Los gastos de gafas y lentillas, así como la adquisición, implantación-sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas de cualquier tipo.
3. El reembolso de los gastos médicos, quirúrgicos y farmacéuticos cuyo importe sea inferior a 9 euros.
SERVICIO DE ASISTENCIA HOGAR (NACIONAL)
Envío de Profesionales: Siempre que un beneficiario lo requiera, SEGUROS BILBAO facilitará en su domicilio en España, el profesional cualificado para atender los servicios relacionados a continuación:
Acuchilladores *Fontaneros
Póliza de Asistencia en Viaje
Albañiles Limpiacristales
Antenistas Limpieza General
*A.T.S. Mudanza
Barnizadores Parquetistas
Carpinteros Persianistas
Carpintería Metálica Pintores
*Cerrajeros Tapiceros
*Cristaleros Técnicos en Electrodomésticos (*)
*Electricistas Técnicos en TV/ Video
Enmoquetadores Técnicos en Porteros automáticos
*Guardas de Seguridad Jardineros Escayolistas
Además del Envío de Profesionales, Seguros Bilbao también gestionará:
1.- Envío de Enfermera: en caso de accidente en su domicilio le organizamos el envío de una Enfermera, para dar asistencia al accidentado.
2.- Envío de Medicamentos: en caso de accidente en su domicilio le organizamos el envío de medicamentos cuando sea necesario, para dar asistencia al accidentado. El coste de los medicamentos será a cargo del Asegurado.
3.- Envío de mensajeros a cargo del Asegurado.
4.- Transmisión de mensajeros urgentes (gratuitamente) cuya necesidad venga determinada por el accidente ocurrido en su domicilio.
5.- Servicio de ambulancia.
Traslado gratuito en ambulancia a causa de accidente o enfermedad sufrido por alguno de los asegurados en la vivienda.
En este caso, el Asegurador se hará cargo de la primera asistencia y se encargará de enviar con la máxima urgencia al domicilio asegurado una ambulancia para efectuar el traslado hasta el hospital más próximo.
Sólo serán a cargo del Asegurador los gastos inherentes al traslado cuando el Asegurado no tenga derecho a ellos a través de la Seguridad Social u otra Entidad pública, privada o régimen de previsión colectiva.
Las características del servicio son las siguientes:
Póliza de Asistencia en Viaje
1º. Servicio de atención telefónica 24 horas los 365 días del año.
Los servicios que pueden pedirse con carácter de urgencia, (señalados con * en el apartado anterior) serán prestados en el menor plazo posible.
Para el resto de los servicios se sugiere que la solicitud telefónica se efectúe en días
laborables entre las 9 y las 18 horas. Será atendido en el plazo máximo de 48 horas y de común acuerdo con el profesional correspondiente.
2º. Las tarifas de mano de obra son fijas. Los materiales serán facturados al precio de adquisición. Tanto el coste de la mano de obra como el de los materiales empleados serán por cuenta del Asegurado.
3º. Todos los trabajos realizados tienen garantía de tres meses.
4º. Presupuestos gratuitos de reparación para las visitas dentro de los núcleos urbanos, previa solicitud al profesional enviado por SEGUROS BILBAO y, en todo caso, para todos los trabajos que se estime puedan superar los 150 euros.
El profesional podrá facturar la localización de averías ocultas cuando ésta sea imprescindible para realizar el presupuesto y puede solicitar un anticipo del 50% antes de comenzar un trabajo previamente presupuestado.
5º. El profesional emitirá una sola factura por cada intervención, debiendo entregarle las piezas sustituidas si el beneficiario lo desea, y efectuar las tareas necesarias de limpieza y recogida.
6º. El Profesional dispondrá de un Seguro de Responsabilidad Civil con una cobertura de hasta 30.100 euros.
Tarifas de Mano de Obra
SEGUROS BILBAO se reserva el derecho a modificar las tarifas de forma anual, en cualquier momento, el titular puede solicitar información sobre las tarifas anuales en vigor.
El precio de mano de obra para cualquier gremio (€/hora) será de 33,64 más IVA. Recargos por Servicios de Urgencia
Los servicios realizados entre las 20.00 h y las 8.00 h, sábados a partir de las 13.00 h y festivos llevarán un recargo adicional del 50% sobre la mano de obra.
Póliza de Asistencia en Viaje
Desplazamiento
El desplazamiento de los profesionales será gratuito para aquellos servicios prestados en un radio inferior a 30 Km., a contar desde capitales de provincia, o ciudades con más de 50.000 habitantes.
En el resto de servicios se aplicará una sola vez por cada intervención la tarifa siguiente:
Desde 0 hasta 30 Km (Ida) Sin Coste Desde 31 hasta 45 Km (Ida) 21.20€
Desde 46 hasta 60 Km (ida) 29.04€ Desde 61 Km en adelante (Ida) 0.29€
Servicios de Urgencia:
1- Fontanería de Urgencia
Cuando se produzcan roturas de las conducciones fijas de agua en la vivienda habitual del cliente, SEGUROS BILBAO enviará con la mayor prontitud posible el operario que realizará la reparación de urgencia precisa para que la avería quede atajada. En este supuesto, los costes de desplazamiento y mano de obra (máximo 2 horas), de la reparación de urgencia serán gratuitos para el cliente, quien únicamente deberá abonar el coste de materiales o exceso de mano de obra, si fuera necesaria su utilización y/o sustitución.
Como causa del envío del operario, quedan excluidas las reparaciones de averías propias de grifos, cisternas, depósitos y, en general, de cualquier elemento ajeno a las conducciones de agua propias de la vivienda habitual. Asimismo quedan excluidas las reparaciones de averías que se deriven de humedades o filtraciones de agua del exterior del edificio.
2- Electricidad de Urgencia
Cuando a consecuencia de avería en las instalaciones particulares de la vivienda habitual del cliente, se produzca falta de energía eléctrica en toda ella o en alguna de sus dependencias, SEGUROS BILBAO enviará, con la mayor prontitud posible, un operario que realizará la reparación de urgencia necesaria para establecer el suministro de fluido eléctrico, siempre que el estado de la instalación lo permita. En este supuesto, los costes de desplazamiento y mano de obra (máximo 2 horas), de la reparación de urgencia serán gratuitos para el cliente, quien únicamente deberá abonar el coste de materiales o exceso de mano de obra, si fuera necesaria su utilización y/o sustitución.
Póliza de Asistencia en Viaje
Como causa del envío del operario quedan excluidas las reparaciones de averías propias de mecanismos tales como enchufes, conductores, interruptores, etc. Así mismo quedan excluidas las propias de aparatos de calefacción, electrodomésticos y, en general, cualquier avería propia de cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico.
3- Cerrajería de Urgencia
Cuando a consecuencia de robo o intento de robo, sea necesario restablecer el cierre de la vivienda habitual del cliente mediante la reparación o sustitución de la correspondiente cerradura, SEGUROS BILBAO enviará, con la mayor prontitud posible, un cerrajero que realizará la reparación de urgencia necesaria para instaurar el cierre de la vivienda.
En este supuesto, los costes de desplazamiento y mano de obra (máximo 2 horas), de la reparación de urgencia serán gratuitos para el cliente, quien únicamente deberá abonar el coste de materiales o exceso de mano de obra, si fuera necesaria su utilización y/o sustitución.
4- Cristalería de Urgencia
Cuando como consecuencia de incendio, explosión o robo, sea necesario reponer con carácter urgente un cristal situado en un elemento exterior de la vivienda habitual del cliente, a fin de impedir el libre acceso a la misma por el lugar de la rotura, SEGUROS BILBAO enviará, con la mayor prontitud posible, un cristalero que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer la seguridad del inmueble.
En este supuesto, los costes de desplazamiento y mano de obra (máximo 2 horas), de la reparación de urgencia serán gratuitos para el cliente, quien únicamente deberá abonar el coste de materiales o exceso de mano de obra, si fuera necesaria su utilización y/o sustitución.
5- Envío de Personal de Seguridad
Cuando a consecuencia de robo, incendio, inundación o explosión, su vivienda habitual fuera fácilmente accesible desde el exterior, SEGUROS BILBAO enviará personal de seguridad durante un período máximo de 24 horas, contadas a partir de su llegada a la vivienda afectada, dando por finalizado este servicio desde el momento en que quede restablecida la no accesibilidad.
6- Reposición de Televisión y/o DVD
Póliza de Asistencia en Viaje
Como consecuencia de un robo, incendio, caída xx xxxx, explosión o daños eléctricos se produjera la destrucción o inutilización de su televisor y/o DVD, y éstos quedaran sin la posibilidad de reparación inmediata, SEGUROS BILBAO gestionará la sustitución de los aparatos afectados hasta su reposición o, en su defecto, durante un plazo máximo de 15 días.
Queda excluida la aplicación de esta garantía cuando los aparatos de TV y/o DVD estén en periodo de garantía del fabricante, o los que en el momento de la solicitud del servicio tuvieran más xx xxxx años de antigüedad, así como los daños debidos al uso, desgaste, o al propio funcionamiento mecánico de los mismos.
Se entiende por:
- Incendio, la combustión y abrasamiento con llama capaz de propagarse, de objetos que no estaban destinados a ser quemados en el lugar y momento que se produzca dicha combustión y abrasamiento.
- Explosión, la acción súbita y violenta de la presión o depresión de los gases y/o vapores.
- Caída xx xxxx, las descargas provenientes de la atmósfera que causen daños en los aparatos incluidos en esta garantía, produzcan o no incendio.
- Daños eléctricos, los derivados de sobretensiones producidas por la electricidad.
- Robo o intento de robo, el debidamente denunciado a la mayor brevedad en dependencias policiales.
DERECHOS DEL CLIENTE
1. SEGUROS BILBAO, garantiza la calidad de todos los trabajos que le hayan sido solicitados, así como la presente relación de derechos.
Póliza de Asistencia en Viaje
2. Le aseguramos que las tarifas aplicadas por las reparaciones efectuadas son razonables. No obstante nos pondremos a disposición del beneficiario para atender cualquier consulta que desee realizarnos.
3. Toda reparación está garantizada por un período de TRES MESES. Para realizar cualquier tipo de reclamación el beneficiario deberá conservar copia de los partes de trabajo o de las facturas de los servicios realizados en su domicilio, hasta la conclusión del período garantizado.
4. Si los operarios, en el transcurso de su reparación, produjeran algún desperfecto, éste será reparado sin cargo alguno para el beneficiario.
5. En todos los trabajos que superen los 150 euros el beneficiario tiene derecho a la confección de un presupuesto gratuito, si la reparación es finalmente realizada. En el caso de rechazo por parte del beneficiario, los operarios están autorizados a facturarle el desplazamiento realizado.
6. En todos los presupuestos aceptados, el operario podrá solicitar únicamente el anticipo de un máximo del 50% de lo presupuestado (más impuestos, I.V.A. o I.G.I.C., según corresponda) en concepto de compra de materiales.
7. El operario no podrá facturar los desplazamientos por compra de materiales, si éstos se encontraran dentro xxx xxxxx urbano de su localidad.
8. El operario está obligado a dispensar un trato correcto y educado, debiendo tener un aspecto aseado.
9. Sin permiso del beneficiario el operario no podrá: fumar, poner música, beber alcohol, utilizar su teléfono o ausentarse por otro motivo que no fuera el de la comida o compra de materiales.
10. El operario está obligado a recoger y limpiar el lugar de trabajo una vez finalizado el mismo.
11. El operario deberá entregar las piezas sustituidas como justificante, salvo que por expreso deseo del beneficiario quiera que éstas sean retiradas.
12. El operario emitirá una sola factura que recogerá el importe total por todos los trabajos realizados, y que de acuerdo con la Legislación Fiscal vigente, incluirá los impuestos correspondientes (I.V.A. o I.G.I.C.). Así mismo deberá extenderse recibo por todas las cantidades a cuenta.
Exclusiones hogar.
Póliza de Asistencia en Viaje
SEGUROS BILBAO no se hará responsable de los trabajos solicitados directamente a los profesionales sin conocimiento de la misma.
SERVICIO DE INFORMACIÓN
SEGUROS BILBAO, a petición del cliente, proporcionará información relacionada con:
- Callejeros: principales ciudades europeas, información para orientar sobre como dirigirse de un lugar a otro dentro de la ciudad.
- Estado de las carreteras españolas y las incidencias que surjan por problemas de climatología, circulación intensa u obras.
- Autopistas de peaje (nacional): teléfonos de autopistas, de áreas de servicio, precio de peajes, puestos xx xxxxxxx a nivel nacional.
- Teléfonos de urgencias: información de teléfonos relacionados con urgencias (bomberos, guardia civil).
- Talleres y concesionarios (europeos): teléfonos y direcciones del concesionario de la marca que solicite el cliente, o taller más próximo al lugar indicado, servicios abiertos 24 horas, como de reparación de neumáticos o cristales del automóvil.
- Estaciones de servicio: ubicación de gasolineras a nivel nacional, indicación de gasolineras más próximas a una población.
- Instituciones y Entidades de turismo: direcciones y teléfonos de Ministerios, Cámaras, Diputaciones, Oficinas de turismo (extranjeras en España y españolas), Embajadas y Consulados (extranjeros en España y españoles en el extranjero).
- Trámites Administrativos relacionados: de policía, de entrada por países (información relativa a trámites administrativos exigidos por las autoridades para ciudadanos que viajen al extranjero).
- Diferencias horarias con países: diferencia horaria de cualquier capital del país o ciudad del mundo con España.
SERVICIO TRAVELHELP
Póliza de Asistencia en Viaje
Seguros Bilbao se compromete a prestar un servicio de Atención, Asesoramiento, Ayuda y Asistencia a todos los clientes que contacten con este servicio durante las 24 horas del día, en cualquier parte del mundo y sea cual sea el problema.
El cliente será atendido por gestores expertos en el mundo del viaje, operaciones, seguros y derechos del viajero, buscando en todo momento la solución más adecuada en base al conocimiento, experiencia y medios técnicos a nuestro alcance para la resolución.
Se atenderá teniendo en cuenta la cobertura del seguro, interrelacionando el servicio siempre que requiera una asistencia garantizada por esta misma cobertura o asesorando sobre los documentos necesarios y acciones a seguir para obtener el reembolso de gastos o la indemnización garantizada por este seguro.
Asimismo se asesorará sobre los derechos que les corresponden a los viajeros en función a regulaciones existentes y actualizadas que afectan a compañías de transporte, agencias de viaje, consumidores y usuarios, etc.
También se gestionará el asesoramiento en situaciones de crisis como por ejemplo cierres de fronteras, catástrofes naturales, golpes de estado, huelgas, etc.
El servicio Travelhelp se presta habitualmente ante situaciones como:
- Pérdidas de un vuelo, incluyendo sus enlaces y conexiones
- Cancelación, denegación de embarque o retraso en el medio de transporte
- Problemas con los alojamientos contratados, overbooking, etc.
- Problemas con servicios extras contratados en un viaje como coches de alquiler, excursiones, etc.
- Situaciones sociales o políticas conflictivas en el país de destino
- Catástrofes naturales
- Huelgas de proveedores de servicios o cualquier colectivo que afecte a la situación del viaje
- Etc.
SERVICIOS DE AGENCIA SEGUROS BILBAO TRAVEL
Póliza de Asistencia en Viaje
Servicios a cargo del cliente:
1. Reserva, emisión y envío de billetes de avión (nacional/internacional): SEGUROS BILBAO realizará la reserva, tras la información facilitada por el cliente y en su caso de la compra y emisión del billete con envío al domicilio del cliente.
2. Reserva, emisión y envío de billetes de RENFE (nacional e internacional): SEGUROS BILBAO realizará la reserva y en su caso de la compra y emisión del billete enviándolo al domicilio del cliente.
3. Reserva de hoteles y programas de viaje (nacional e internacional) y emisión de bonos. Realización de la reserva y en su caso la compra y emisión xxx xxxx del hotel seleccionado, enviándolo al domicilio del cliente. Viajes programados: SEGUROS BILBAO realizará la reserva y en su caso compra y emisión del viaje seleccionado entre las propuestas de mayoristas. Igualmente se envía al domicilio del cliente la documentación necesaria (billetes, bonos, etc).
Madrid, a de de 20
FIRMADO Y SELLADO EL TOMADOR DEL SEGURO
Teléfono de Asistencia en Viaje
Póliza de Asistencia en Viaje
Desde España: 902 547 255 - Desde el extranjero: x00 00 000 00 00