INVITACIÓN A COTIZAR SERVICIOS DE CONSULTORÍA
INVITACIÓN A COTIZAR SERVICIOS DE CONSULTORÍA
País: Colombia
PROYECTO DE APOYO A LA PARTICIPACIÓN PRIVADA EN INFRAESTRUCTURA - PAPP
Contrato xx Xxxxxxxx: BID 3090/OC-CO
Proyecto: Estructuración económica, técnica, legal y financiera bajo el mecanismo de Asociación Público Privada para la recuperación de espacios públicos del centro tradicional y representativo de la ciudad de Medellín, el cual comprende el eje de la carrera Junín entre el Parque San Xxxxxxx y Parque Bolívar y el eje de la Avenida la Playa entre la Plazoleta del Teatro Xxxxx Xxxxx Xxxxx y la Plaza de esculturas xx Xxxxxx articulada al Parque xx Xxxxxx.
Solicitud: Cotizar el valor de los servicios abajo mencionados incluyendo una comisión de éxito.
Especialistas mínimos requeridos. Experto Financiero, Experto en Infraestructura y/o obras Civiles, Experto en Gestión Urbana, Experto Legal.
Plazo para presentar cotización: Antes del 2 xx xxxxx de 2015.
1. Caracterización del Proyecto
La Alcaldía de Medellín se encuentra desarrollando un proceso de planeación y gestión articulado bajo el nombre Plan MEDCentro que incluye, entre otras estrategias, la recuperación del espacio público y la revitalización del paisaje y patrimonio de la ciudad.
Dentro de las estrategias del Plan MEDCentro se encuentra la recuperación del espacio público del centro tradicional y representativo de la ciudad de Medellín, el cual comprende, entre otros, el eje de la carrera Junín entre el Parque San Xxxxxxx y Parque Bolívar y el eje de la Avenida la Playa entre la Plazoleta del Teatro Xxxxx Xxxxx Xxxxx y la Plaza de esculturas xx Xxxxxx articulada al Parque xx Xxxxxx, interviniendo tanto en la recuperación del espacio público como en la rehabilitación de la fachadas y culatas con el fin de recuperar la identidad histórica del sector a fin de propiciar el regreso de aquellos que dejaron de frecuentarlo y hacerlo atractivo para nuevos visitantes.
Estas intervenciones se realizan con el apoyo y asesoría del Instituto del Paisaje Urbano de Barcelona, quién mediante convenio con la Alcaldía de Medellín está estructurando con el Departamento Administrativo de Planeación Municipal la creación de la Agencia del Paisaje y Patrimonio de la Ciudad, planteada en el nuevo POT; cuyo objetivo es regular el derecho colectivo e individual del paisaje urbano, del espacio público y del patrimonio con la finalidad de garantizar un equilibrio de los usos que en estos se realizan, preservando así la calidad y armonía de los conjuntos urbanos que integran la ciudad.
Los ejes y el espacio público del ámbito escogido, hacen parte del sistema estructurarte de la ciudad, cuya intervención a mediano plazo, pretende generar conciencia de la importancia de intervenir el espacio público, a la vez actuarán como generador de inercia para extender la recuperación paisajística al resto del tejido, en este caso, del Centro Tradicional y Representativo de Medellín y su área Metropolitana.
Por las razones anteriormente descritas y considerando que el Departamento Nacional de Planeación ha recibido financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo para el Proyecto de Apoyo a la Participación Privada en Infraestructura – PAPP (Contrato xx Xxxxxxxx BID 3090/OC- CO), y se propone utilizar una parte de los fondos para los contratos de servicios de consultoría, escogió como un proyecto que cumple con las características propias para la vinculación de capital
privado en infraestructura a través del mecanismo de Asociación Público Privada el proyecto de recuperación de espacio público contemplado en el programa “Medellín Centro”.
2. Alcance de los servicios
Para el logro de los objetivos enunciados el estudio se ejecutará en dos (2) fases. La primera parte (Fase 1) corresponde a la estructuración del proyecto en sus componentes técnico, financiero, económico, riesgos, valor por dinero, legal, entre otros, teniendo en consideración la guía metodológica del DNP para la estructuración de proyectos de APP1.
La segunda parte (Fase 2) está asociada al acompañamiento a las entidades territoriales en la implementación (apertura del proceso licitatorio, promoción, evaluación de las propuestas y adjudicación) del proyecto formulado y estructurado en la Fase 1 de esta consultoría, hasta la suscripción del contrato con un inversionista privado y la consecución del cierre financiero.
A continuación se presentan las principales actividades que el Consultor deberá adelantar. Sin embargo, se espera que el Consultor realice todas las actividades y gestiones complementarias que considere pertinentes para cumplir con el objetivo de la Consultoría.
2.1. FASE 1 – Estructuración bajo el mecanismo de Asociación Público Privada del proyecto Plan Medellín Centro en su componente de espacio público.
Contempla la estructuración del proyecto2 Plan Medellín Centro en su componente de espacio público. Esta fase incluye la identificación y articulación de negocios complementarios al proyecto y el desarrollo potencial de cualquier requerimiento que se presente para posibilitar y generar mayor eficiencia en la ejecución del proyecto.
El alcance de esta fase se relaciona entonces con las actividades necesarias para la estructuración del proyecto, tal y como lo mencionan los presentes términos de referencia, debiendo ejecutar, entre otras actividades, las que se enuncian adelante.
El consultor deberá realizar el “caso de negocios” del proyecto en cuestión. El caso de negocios consta de cinco justificaciones: Gerencial, Estratégica, Económica, Financiera y Legal/Comercial. El caso de negocios permite exponer mediante una misma línea argumentativa el proyecto y contar con un único documento que resume los aspectos principales de la estructuración y ofrece suficiente información para que la entidad contratante, sus reguladores y el público general puedan entender por qué el proyecto seleccionado y su modalidad de ejecución es la que mejor responde a las necesidades de la entidad pública, a la capacidad financiera del sector público, es atractivo a posibles inversionistas y puede ser desarrollado en virtud de las capacidades técnicas de los operadores privados. Para realizar adecuadamente el “caso de negocios” el consultor deberá realizar entre otras las siguientes actividades para cada justificación:
2.1.1. Dentro de la justificación Gerencial el consultor revisará el esquema institucional de la(s) entidad(es) territorial(es), verificará que posee un equipo competente, con los asesores apropiados, así como un presupuesto suficiente para la ejecución del proyecto, una estrategia de comunicación efectiva y un cronograma realista para llevar a cabo un proyecto APP y en caso necesario recomendará acciones en este sentido. Para el efecto, como mínimo, el consultor deberá realizar las siguientes tareas:
1 La guía metodológica del DNP para estructuración de proyectos de APP se encuentra disponible en: xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxx%X0%X0xXxxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxxxxxxx/XxxxxxxxxxxxX%X0%XXxxxxxXxxxx das/Gu%C3%ADasAPP.aspx
2 Entendiéndose por estructuración la presentación del proyecto bajo la metodología “Caso de negocios”, que se basa en la justificación del proyecto desde un punto de vista estratégico, económico, financiero y comercial para asegurarse que el proyecto es necesario, deseable, asequible y bancable. Presentando adicionalmente la realización de los productos de soporte de la estructuración técnica, legal y financiera contenidos en las notas técnicas 1 y 5 de la guía.
• Desarrollar un cronograma de trabajo para la ejecución del proyecto bajo el esquema de Asociación Público Privada. El consultor deberá proponer al contratista un cronograma de trabajo coherente y realista que le permita visibilizar los tiempos necesarios para ejecutar el proyecto.
• Recopilar toda la información de carácter financiero, técnico y legal existente (Debida Diligencia inicial). Realizar una revisión y análisis de la información existente y disponible para evaluar las necesidades de información adicional.
• Desarrollar una estrategia de comunicación del proyecto. Para ello deberá establecer interlocutores en las diferentes dependencias y entidades relacionadas con el proyecto, recopilar información, experiencias y visiones del sector y definir estrategias para garantizar una comunicación efectiva.
• Identificar las capacidades (técnicas, financieras y/o administrativas) a desarrollar y/o a ser asistidas y fortalecidas por las entidades territoriales para adelantar las labores propias y de gestión en los procesos de ejecución y seguimiento del proyecto en el proceso de estructuración, se deberá evaluar la pertinencia y operación de un centro de control para la administración del contrato de APP.
2.1.2. La justificación estratégica define el alcance del proyecto seleccionado, confirma las necesidades sociales que se atenderán, reafirma el alcance de los requerimientos de la autoridad licitante y corrobora que el proyecto esté alineado a las políticas públicas de los gobiernos territoriales. Dentro de la justificación estratégica el consultor deberá realizar entre otras las siguientes actividades:
2.1.2.1. Avance de la justificación estratégica:
• Efectuar la confirmación de la necesidad social mediante el uso de la Metodología General Ajustada del DNP.
• Efectuar la confirmación de la importancia estratégica del proyecto. Los consultores deberán justificar que el proyecto que se está estructurando a través de la presente consultoría es de importancia estratégica, es decir que se enmarca dentro de la política pública, plan de desarrollo o estrategia de inversión de las entidades territoriales.
• Proponer los indicadores de gestión, servicio y mejora continua a implementarse en el proyecto, incorporando la descripción del requerimiento que debe cumplir el contratista para solucionar una falla que se detecte sin que se produzcan deducciones.
2.1.2.2. Presentación de la justificación estratégica:
Efectuar la definición de requerimientos en términos de resultados del proyecto. Para lograr lo anterior, deberá establecer un programa de medición del cumplimiento de la disponibilidad de la infraestructura, los niveles de servicio y estándares de calidad del proyecto, para lo cual se deberá revisar la normativa colombiana sobre la materia y aplicar los lineamientos estipulados en las guías sobre niveles de servicio y estándares de calidad desarrollados por el DNP, incluyendo, entre otras, las siguientes actividades:
• Definir y desarrollar los indicadores de gestión, servicio y mejora continua. Para cada uno de los indicadores que se establezcan se deberá involucrar la codificación del indicador para su inclusión en las fórmulas de deducciones, en caso de su incumplimiento, la identificación y descripción de los requerimientos que se deben establecer para los indicadores que se propongan, la categoría xx xxxxx del indicador, el tiempo que tiene el Contratista para solucionar
una falla que se detecte sin que se produzcan deducciones, el método de supervisión que utilizará la Entidad Contratante para supervisar o monitorear la prestación de los servicios. Entre estos se deberá analizar la inclusión de indicadores destinados a propender por la sostenibilidad ambiental asociados con la ejecución del proyecto.
• Establecer el mecanismo de valoración de impacto xx xxxxxx contra los indicadores y el mecanismo para el seguimiento y ajuste a los indicadores.
• Estipular la relación de los indicadores y el esquema de fórmula de pago, presentando las deducciones por fallas de servicio a aplicar, los mecanismos para la evaluación del cumplimiento de indicadores y presentando el análisis de la calibración del mecanismo de pago y los indicadores efectuada.
• Efectuar la evaluación socio económica, incluyendo una evaluación costo beneficio de la implementación del proyecto a estructurar.
• Desarrollar un resumen ejecutivo de la estructuración del proyecto que debe incluir: el tipo de activo(s) que será(n) provisto(s) en el contrato, la localización de ese(os) activo(s), la naturaleza de los servicios de operación y/o mantenimiento incluidos en el contrato, la duración del contrato, así como el alcance de los servicios adicionales que las entidades territoriales esperan que el privado provea dentro del proyecto.
2.1.3. La Justificación Económica demuestra que un riguroso análisis costo-beneficio de la mejor opción de proyecto y de la mejor opción xx xxxx de contratación ha sido efectuado, a fin de determinar la solución que ofrece mejor Valor por Xxxxxx (VpD)3. Dentro de la justificación Económica el consultor realiza como mínimo las siguientes actividades pero sin limitarse a las mismas:
2.1.3.1. Avance de la justificación económica:
• Recopilar y analizar los requerimientos técnicos que establece la normativa o manuales sobre las actividades en el sector que incorpora la estructura del proyecto en desarrollo.
• Establecer posibles soluciones técnicas frente al alcance del proyecto.
• Presentar criterios que permitan realizar la selección de actividades que se espera sean realizadas por el privado, plantear las recomendaciones con su debida justificación sobre los servicios que debe suministrar el sector privado bajo el alcance del contrato de APP y precisar cuáles deben ser de responsabilidad exclusiva del sector público.
• Presentar el diseño conceptual de la estructura de la transacción propuesta, identificando actores financieros, operativos y administrativos involucrados, describiendo el rol de cada agente, sus necesidades y obligaciones.
• Efectuar una identificación de oportunidades reales de proyectos o actividades complementarias y formular las opciones para vincular a los diferentes actores del sector privado en la explotación de dichas oportunidades.
• Describir todos los estudios técnicos necesarios, licencias, permisos y/o trámites ambientales requeridos para adelantar el proyecto, identificando aquellos que sean posibles
3 Ver guía metodológica del DNP para estructuración de proyectos de APP se encuentra disponible en: xxxxx://xxx.xxx.xxx.xx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxx%X0%X0xXxxxxxxxxXxxxxxXxxxxxxxxxxxxxx/XxxxxxxxxxxxX%X0%XXxxxxxXxxxx das/Gu%C3%ADasAPP.aspx
obstáculos formulando una evaluación sobre los mismos. Además del cumplimiento de la norma, se deberá verificar la disponibilidad de servicios públicos, vías de acceso y reglamentos de planeación del municipio para las respectivas construcciones.
• Efectuar un análisis de amenaza y vulnerabilidad sobre la generación o reproducción de condiciones de riesgo de desastre.
• Desarrollar un modelo de costos estimado para las actividades que se incorporen en el proyecto de APP.
• Aplicar la metodología multicriterio propuesta en la guía para la ejecución de proyectos de Asociación Público Privada del Departamento Nacional de Planeación a través de la realización de un taller con la entidad pública contratante y demás entidades o representantes que determine el Comité Técnico de Seguimiento.
2.1.3.2. Presentación de la justificación económica:
• Revisar y establecer los requerimientos y estándares técnicos para el desarrollo de las obras mínimas esperadas. Para ello el Consultor debe considerar:
1. Estándares Técnicos. Las propuestas llegaran al nivel de anteproyecto y en términos de estándares técnicos deberán acoger las siguientes normas del municipio de Medellín: Decreto Municipal 1087 de 2002 por medio del cual se adopta el manual de diseño y construcción de los elementos del espacio público para Medellín-MEP, Decreto Municipal
327 de 1997 sobre las ventas estacionarias en espacio público en Medellín, Decreto Municipal 1683 de 2003 sobre Publicidad Exterior Visual en Medellín. Igualmente deberán contemplar lo establecido por la Administración Municipal en diseño urbano de la Galería Bolívar que contempla la adecuación del Parque Xxxxxx y la Plaza xx Xxxxxx, realizados a través de concurso internacional, fichas de Intervención del Proyecto piloto de la futura Agencia de paisaje y Patrimonio de Medellín para la recuperación del paisaje urbano de Junín y el parque Bolívar.
Respecto del Acuerdo 48 de 2014, Plan de Ordenamiento Territorial, se deberá hacer énfasis en la siguiente Área de Intervención Estratégica - AIE:
AIE MEDRío. Corresponde al Corredor del Río Medellín y su área de influencia. Teniendo en cuenta el reconocimiento de características homogéneas desde la estructura urbana y desde aspectos socio económicos, se subdivide en tres zonas: RíoNorte, RíoCentro y RíoSur. En esta área se concentran todos los suelos con tratamiento de renovación asociados a la recuperación del Río Medellín (Aburrá) como eje ambiental y de espacio público de la región y la ciudad, lo que hace de esta AIE el lugar para una nueva ocupación de los suelos próximos al rio con el fin de alcanzar una ciudad compacta que propicie el urbanismo de proximidad y aproveche las infraestructuras existentes.
RíoCentro. Esta zona tiene como objetivo ordenar el área central de la ciudad para la superación de los desequilibrios funcionales a escala local, metropolitana y regional, mediante la reutilización, recuperación y transformación estratégica de su tejido con el fin de revertir los procesos de deterioro y configurar la centralidad metropolitana competitiva del siglo XXI, vinculada al Río Medellín. Se divide, por su complejidad funcional y diversidad morfológica, en las subzonas Frente del Río, Distrito Medellinnovation y Centro, de acuerdo con la Subzona 3 que corresponde al Centro Tradicional de la Ciudad y cuyo objeto es ordenar integralmente el centro a través de estrategias e intervenciones físicas, que contribuyan a mejorar las condiciones de seguridad, movilidad, legalidad y convivencia ciudadana.
Las estrategias para lograr este objetivo hacen parte de la formulación del Plan MEDCentro y son: a) “Re-habitar” el centro con el fin de adecuar los sistemas públicos y habilitar suelo apto para el desarrollo de nueva vivienda, dirigida a diferentes estratos e implementar políticas de reciclaje y subdivisión que recuperen los edificios existentes; b) mejorar el espacio público para la convivencia, la vitalidad, favoreciendo dinámicas de sana apropiación y control. c) Devolver la presencia de la institucionalidad por medio de dotaciones que favorezcan el surgimiento de redes de mercado, el retorno de la población al centro y la presencia institucional representada en servicios para la comunidad. d) Potenciar el “patrimonio cultural” del centro, desarrollando los Planes de Manejo y Protección para zonas patrimoniales como el Barrio Xxxxx. e) Posibilitar nuevos desarrollos a partir de alianzas público/privadas –APP-, diseñando un nuevo sistema de incentivos y de gestión del suelo que armonicen ambas iniciativas en pro del objetivo transformador de ciudad. f) mejorar las condiciones ambientales, dando prioridad a la movilidad peatonal y no motorizada, a la presencia del transporte público en el Centro y potenciando el sistema ecológico presente en esta zona de la ciudad.
De igual manera, la reglamentación técnica que se realice durante el desarrollo de la presente consultoría y que alcance a incluirse antes de concluir la Fase 1 y la demás que trate los temas aquí desarrollados.
2. Definición y Características del Proyecto. El Sistema de Espacio Público de Esparcimiento y Encuentro, a intervenir, corresponde al espacio público efectivo de carácter permanente, destinado a la recreación, esparcimiento, ocio y encuentro ciudadano, adscritos al uso colectivo, prestan diversos servicios a la población cumpliendo funciones ecológicas, ambientales y sociales.
Son espacios representativos del centro tradicional, con características singulares de localización y peso en la conformación de las diferentes estructuras públicas que componen el territorio; por lo tanto la intervención en dichos espacios, posibilitarán bajo un enfoque diferencial y de género, el reconocimiento de la heterogeneidad cultural, pluralidad y diversidad de grupos poblacionales, según sus especificidades, formas de habitar y utilizarlos, con el fin de garantizar la seguridad pública, la inclusión de personas en situación de discapacidad, cognitiva y/o física y todo tipo de población, posibilitando la construcción social, el encuentro y el esparcimiento colectivo.
Igualmente, estos espacios públicos de esparcimiento y encuentro se asocian a la estructura ecológica principal y complementaria de la ciudad, por lo tanto se pretende alcanzar una relación armónica entre el hombre y la naturaleza, especialmente en las áreas de mayor presión sobre los servicios ecosistémicos y de altos índices de contaminación ambiental como las áreas centrales de la cuidad y de la región metropolitana.
Así mismo, todo el espacio público de esparcimiento y encuentro, a intervenir, posee valor patrimonial e importancia en la conformación histórica de la ciudad, en la apropiación ciudadana y en su reconocimiento como símbolo de valor cultural, estético y urbanístico, también hace parte de este subsistema, las áreas verdes asociadas a la avenida La Playa y corredor de Junín, como espacio público articulador, que a su vez conforma el sistema de espacio público verde urbano.
Parque San Xxxxxxx. Es área libre para la recreación pasiva al igual que el Corredor de Junín y Paseo de la Avenida La Playa, dispuestos en forma lineal asociados a vías conformando un corredor verde. Se caracterizan por el predominio de elementos naturales, dotación de amoblamiento urbano y senderos peatonales, favorable para la recreación pasiva, ocio y contemplación sin instalaciones ni escenarios para la recreación activa. Podrán cumplir funciones ambientales como regulación microclimática, infiltración de aguas lluvias, hábitat de fauna entre otras.
Parques Cívicos Bolívar y Xxxxxx: Espacios que actúan como centro cívico y representativo de su entorno, Se diferencia de la plaza porque la vegetación desempeña un papel especial en función de ambientar los elementos arquitectónicos; este factor ambiental hace que genere áreas de descanso o recreación pasiva en sus ejes verdes conservando parte de su área como zonas duras, útil para la realización de encuentros colectivos, expresiones artísticas, ferias y encuentros culturales.
Son espacios abiertos, creados para el uso colectivo, con funciones cívicas, ceremoniales u ornamentales, ampliamente reconocidas, por su valor histórico y cultural. Hacen parte de la conformación histórica tanto de la ciudad como de sectores particulares, considerados de valor por su representatividad histórica y cultural, permanencia en el tiempo, simbolismo y relación con otros sitios.
Plaza Xxxxxx: Lugar público resultante de la agrupación de edificios en torno a este espacio libre, de alta representatividad por sus características singulares de localización, por su peso en la conformación de la estructura del centro tradicional y por los valores culturales que contiene y representa.
3. Actuaciones generales y lineamientos de manejo. Sobre los elementos se llevarán a cabo acciones encaminadas a cubrir el déficit cualitativo del espacio público, a través de actuaciones de mantenimiento, mejoramiento o recuperación y restitución; Todas las actuaciones tendrán por finalidad el mejoramiento de la calidad urbanística de los espacios y la disminución del déficit4.
Mantenimiento Parque Bolívar y Plaza Xxxxxx: Se refiere a las actuaciones orientadas a la consolidación y preservación del conjunto de elementos y calidades del espacio público en aquellas áreas donde este atributo, presenta adecuadas condiciones físicas, ambientales, paisajísticas y funcionales, que requieren intervenciones mínimas para asegurar su permanencia y uso adecuado por parte de la población. Esta actuación propone acciones de reparación continua o preventiva para la conservación de los elementos que componen el espacio público, que sean acordes con el diseño urbanístico y la tipología del espacio.
Adicionalmente, integra acciones asociadas al mantenimiento del componente vegetal y paisajístico, a través de la implementación de prácticas silviculturales adecuadas, la restricción de la fragmentación espacial, la disminución y el aislamiento del área cubierta con vegetación, el mantenimiento de la integridad del espacio verde, el predominio del área cubierta de vegetación sobre cobertura vegetal de piso y su enriquecimiento con predominio de especies nativas adecuadas para el lugar donde se ejecute la actuación, de valor por su longevidad, porte y arquitectura.
Mejoramiento o Recuperación Parque San Xxxxxxx: Este tipo de actuación está orientada a regenerar las condiciones existentes y atributos espaciales de las áreas que cuentan con un nivel aceptable de dotación y características físicas aptas para su uso, a través de la ejecución de acciones y proyectos de restauración, adecuación, rediseño y recuperación del espacio público de esparcimiento y encuentro, con procesos de deterioro, alteración de la intensidad de uso o impacto por obras de desarrollo físico.
Comprende acciones orientadas a recobrar o restaurar los atributos espaciales en los cuales se enmarcan los valores urbanísticos, paisajísticos, históricos y culturales, para recuperar sus condiciones originales y recomponer los elementos que por diseño o intervenciones inadecuadas no están acordes con las características tipológicas de cada espacio, optimizando sus características físicas y estéticas, aprovechando al máximo el área que posee y su potencial como área de esparcimiento y encuentro colectivo. Incluye
4 Artículo 13 del Decreto Nacional 1504 agosto 4 de 1998
acciones de reparación de los pisos duros en mal estado de conservación o que hayan sufrido intervenciones que obstaculicen el paso peatonal, subsanando esas deficiencias y dotándolos de elementos que faciliten la accesibilidad a toda la población. Adicionalmente, se enmarcarán en esta actuación el reemplazo y dotación de elementos de amoblamiento urbano, utilizando elementos durables siguiendo un diseño universal, urbanístico y funcional.
En el componente ecológico y paisajístico se plantea, que en los casos que se requiera, se reemplazarán los espacios verdes deteriorados por cobertura vegetal de piso, vegetación arbórea y arbustiva, con el fin de evitar la fragmentación, disminución y aislamiento del área verde y de mantener los estándares de espacio público verde urbano por habitante. Adicionalmente el incremento y enriquecimiento de la diversidad de especies vegetales nativas adecuadas y de valor para la ciudad por su longevidad, porte y arquitectura.
Restitución Parque Xxxxxx: Esta actuación está orientada a la rehabilitación física del espacio público y al restablecimiento de sus condiciones de esparcimiento y encuentro colectivo que han sido destruidas o alteradas debido a una ocupación indebida o privatización. Dentro de esta actuación se incluye la eliminación de cualquier barrera o elemento arquitectónico que este impidiendo su acceso y disfrute masivo, la construcción de nueva infraestructura física, dotación de arborización y amueblamiento urbano que aseguren accesibilidad, destinación y uso público por parte de la comunidad.
Generación de corredores verdes Xxxxxxx xx Xxxxx x Xxxxxx Xxxxx: Los paseos, senderos y demás conexiones peatonales, deberán ser adecuados con franjas de circulación a proyectar que tendrá una dimensión mínima de dos metros (2,00 m.), los cuales deben proyectarse libres de cualquier obstáculo y deberán:
Garantizar la continuidad y su conexión con los demás elementos constitutivos del Sistema público y colectivo y el Sistema de ocupación5.
El diseño urbano deberá proyectarse en planos sobre el terreno amarrado a la red geodésica, según especificaciones técnicas requeridas por el Municipio de Medellín.
El diseño deberá resolver todas las infraestructuras y obras complementarias para el adecuado funcionamiento del espacio público contemplando su integración con los andenes perimetrales.
Vincular las fachadas de los predios comprometidos en parte o en su totalidad con el Subsistema de espacio público de esparcimiento y encuentro, directamente con el espacio público, mediante fachadas abiertas y con actividades complementarias en zócalo urbano, que permitan la vitalidad del espacio público e incentiven su apropiación adecuada, por parte de la comunidad.
Conservar y mejorar la cobertura vegetal existente con vegetación nativa. Estas especies estarán acordes con las disposiciones del Manual de Silvicultura Urbana6.
4. Actuaciones Específicas a Cada Espacio Público.
Actuaciones específicas en parque recreativo pasivo. Las actuaciones deberán favorecer las actividades contemplativas, el disfrute escénico y la salud física y mental, con infraestructura mínima de muy bajo impacto ambiental. Para su manejo e intervención se deberá considerar:
5 Artículo 3 del Acuerdo 48 de 2014 POT del Municipio de Medellín
6 Decreto 2119 de 2011 del Municipio de Medellín
1. Promover el mantenimiento de las zonas verdes dotadas con un mínimo de amoblamiento urbano, adecuadas con arborización, de descanso, señalización, higiene y ornamentación con juegos infantiles o de adultos. No se permitirán los juegos extremos ni la ocupación con equipamientos deportivos.
2. Permitir la utilización del 10% del área bruta con pisos duros para conformar senderos, terrazas y plazoletas.
3. Contar con una superficie de 6.400 m2 para ser constituidos en nodos dentro de la red de conectividad ecológica del municipio; espacios menores podrán hacer parte de la red.
4. Cumplir funciones ecológicas en la que sobresalga el área cubierta con vegetación de acuerdo con la cantidad de estratos establecidos, la variedad de especies y la presencia de especies nativas, entre otros aspectos. Se incorporará el concepto de diseño ecológico que contemple composición florística, biodiversidad, estratificación, especies adecuadas, circuicidad, métrica y ecología del paisaje.
5. Deberán tener pendientes de terreno máximas del 25%, ajustarse a la topografía natural y a las restricciones morfométricas del terreno. Las áreas de uso intensivo para la recreación y el encuentro tendrán pendientes máximas del 2%y los senderos peatonales, pendientes máximas del 8%.
Actuaciones específicas en Parque Cívico. Los criterios de manejo de los parques cívicos, serán los siguientes:
1. Toda intervención es estos espacios públicos deberán evidenciar y respetar las características y valoraciones estéticas, morfológicas y culturales que poseen. Deberán ser áreas libres públicas, predominantemente arborizadas y ajardinadas, destinadas al esparcimiento, ocio y preservación de los valores paisajísticos ambientales.
2. Dotarlos de amoblamiento urbano y de arborización en articulación con su contexto y paramentalidad.
3. Acondicionar dentro de los parques cívicos, áreas peatonales y de descanso respetando los valores urbanísticos y arquitectónicos del espacio público, planteando un proyecto de diseño urbano que aproveche los valores históricos y culturales y los atributos paisajísticos de cada sitio.
4. Preservar, restaurar y permitir el disfrute público de sus valores naturales y culturales.
5. Contextualizar las intervenciones teniendo en cuenta la distribución espacial la disposición de zonas verdes y arborización, áreas de circulación peatonal y espacios de estar, amoblamiento urbano, los usos del sector, las alturas de los paramentos que las delimitan, los elementos de valor patrimonial del entorno, el paisaje urbano y la distribución equilibrada de acuerdo con el carácter y la función de cada espacio, adicionalmente cumplirán con lo siguiente:
a) Se restringirá la construcción y adecuación de equipamientos y escenarios deportivos, permitiendo solo la permanencia de las existentes, hasta tanto reubiquen en sus áreas de influencia.
b) Se permitirá la permanencia de módulos de venta que cuenten con autorización de instalación previa a la aprobación de la presente reglamentación y de aquellos que se planteen como parte de proyectos especiales e integrales de la Administración Municipal.
c) Se deberá garantizar permanencia de las condiciones ambientales y ornamentales.
d) Se deberá preservar como lugar fundacional, como espacio de gran vitalidad e importancia en la configuración de la estructura urbana de la ciudad, donde
se ha constituido en el centro de la vida urbana representando el poder religioso, económico y político de la Ciudad.
e) Dotarlo con amoblamiento urbano de ornamentación con énfasis en esculturas, fuentes y jardines dentro de su diseño, estableciendo una nueva relación activa con la naturaleza y la cultura e introduciendo elementos contrastantes con gran contenido expresivo, tanto en la arquitectura como en los espacios públicos.
f) Se debe garantizar su uso en armonía con los valores del sitio en especial los ecológicos y paisajísticos; en ellos debe prevalecer su aptitud para el disfrute del paisaje, ocio, lúdica, esparcimiento y en general, actividades de recreación pasiva, sin necesidad de construir pisos duros o infraestructuras que atenten contra sus valores históricos, culturales, ecológicos, estéticos y paisajísticos.
g) Estos espacios deben ser objeto de promoción y divulgación de sus valores patrimoniales tanto en programas de educación formal como no formal, dando a conocer sus valores históricos, culturales, ecológicos, estéticos y paisajísticos, de manera que se fortalezca la valoración y el sentido de pertenencia hacia ellos.
h) Para conservar los atributos valorados en estos espacios, no se debe permitir el establecimiento de infraestructuras para la recreación activa que impliquen la construcción de pisos duros sobre las áreas cubiertas con vegetación, así como tampoco actividades o intervenciones que incentiven o produzcan el fraccionamiento, aislamiento y la disminución de sus áreas verdes; el establecimiento de conjuntos vegetales con predominio de una o pocas especies, prácticas que estimulen la afectación o pérdida de visuales desde el sitio y hacia el sitio, ni las ampliaciones de la sección en las vías circundantes que impliquen la disminución de su área verde.
6. Cualquier actividad que demande afectación del área verde deberá respetar las condiciones históricas, culturales, ecológicas, estéticas y paisajísticas del espacio.
7. La tala o reemplazo de individuos vegetales de valor, debe tener autorización de las entidades ambientales competentes.
Actuaciones específicas en plazas. Los criterios de manejo de las plazas serán los siguientes:
1. Deberá servir de soporte a eventos públicos, por ello predominan los elementos arquitectónicos sobre los paisajísticos naturales, donde el peatón tendrá una condición preponderante con espacios para su cómodo, libre y seguro desplazamiento peatonal.
2. Deberá ser reconocida por su clara relación entre calle-plaza y los edificios que le dan paramento, regida por principios de proporción, escala y simetría.
Para su diseño, manejo e intervención, se deberá considerar:
a) Para cumplir sus funciones de lugar aglutinante, encuentro, conmemoración, multifuncional y de actividad económica y social, podrá albergar en ella eventos transitorios, mercados rotatorios, ventas xx xxxxx entre otros, en concordancia con lo establecido para el efecto, en la reglamentación respectiva.
b) En estos espacios no podrán ser proyectados elementos que obstaculicen el libre acceso, tránsito, disfrute de la población en general y el encuentro masivo de personas. Adicionalmente, en su manejo se contemplarán tanto los elementos naturales, como los construidos y el mobiliario urbano adecuado que garantice el usufructo y funcionamiento seguro, amable y continuo para la población en general.
c) Podrán adecuarse como plazas ornamentadas donde se podrá destinar un porcentaje de cobertura vegetal del 20%, dando prevalencia a las áreas libres para la realización de eventos y encuentros colectivos. Los materiales de piso deben contribuir a mitigar el impacto de la radiación solar, construirse superficies de piso antideslizantes, cómodas y seguras para el tránsito peatonal.
d) Se dotará de amoblamiento con énfasis en monumentos conmemorativos, como mecanismo de mantenimiento de la memoria histórica de la Ciudad.
e) Se restringirá la construcción de equipamientos y escenarios deportivos, que vayan en contravía de las características cívicas y representativas del espacio.
• Estimar las inversiones y costos necesarios para la implementación del proyecto, que abarque el desarrollo de la infraestructura, servicios, operación y mantenimiento. Para estos efectos, el Consultor deberá considerar:
1. La ejecución de intervenciones resumidas a continuación.
a) Instalaciones para la Prestación de Servicios Básicos
a.1. Renovación y adecuación del área de intervención
a.2. Instalación de nueva infraestructura de iluminación
a.3. Instalación de Mobiliario Urbano;
a.4. Manejo Integral de Redes
a.5. Renovación y Adecuación de Áreas Verdes
a.6. Construcción y adecuación del Puesto de Presencia Institucional
a.7. Instalación de Sistema de Seguridad
a.8. Instalación de Centro de Acopio de Basuras
a.9. Adecuación de Zona de Artistas
a.11. Construcción de Sistema de Recolección de Agua Lluvia
a.13. Instalación y adecuación de Zonas de Parqueo de Bicicletas
b) Instalaciones para la Prestación de Servicios Comerciales (depende de la estructuración y no solo se limitan a estos)
b.1. Instalación de Mobiliario para Uso Publicitario
b.2. Instalación de Mobiliario para Extensión de Negocios
b.3. Construcción e instalación de Infraestructura para Ventas
2. La prestación de los siguientes Servicios Básicos y los Servicios Comerciales:
a) Servicios Básicos. Corresponden a aquellos que permiten el uso y disfrute de la Zona de Transformación por parte de la comunidad en general, o sirven de apoyo para la prestación de servicios públicos por parte de entidades estatales, y por los cuales el Asociado Privado no está autorizado a efectuar cobro alguno ni a las entidades estatales ni a los usuarios o beneficiarios del servicio.
a.1. Ejecutar las Intervenciones garantizando que la infraestructura asociada al Proyecto cumpla con los Principios de Operación establecidos para este proyecto
a.2. Mantenimiento de la infraestructura, incluyendo: senderos peatonales, secciones de tránsito peatonal, vehicular, y mixto
a.3. Mantenimiento de elementos adosados a infraestructura de iluminación
a.4. Mantenimiento del Mobiliario Urbano de la Zona de Transformación
a.5. Mantenimiento de las Redes para Servicios de la Zona de Transformación
a.6. Mantenimiento de las Áreas Verdes, incluyendo: Árboles de Bajo, Medio y Alto Porte, y Jardín
a.7. Mantenimiento del Puesto de Presencia Institucional
a.8. Operación y Mantenimiento del Sistema de Seguridad
a.9. Operación y Mantenimiento del Acopio de Basuras
a.10. Mantenimiento de la Zona de Artistas
a.11. Mantenimiento del Sistema de Recolección de Agua Lluvia
a.12. Mantenimiento de la Zona de Parqueo de Bicicletas
b) Servicios Comerciales. Serán todas aquellas actividades que desarrolle el Asociado Privado que impliquen la explotación de la infraestructura de la Zona de Transformación mediante cualquier actividad lícita y que implique alguna forma de ingreso para el Asociado Privado. Asimismo, incluye la explotación de la actividad publicitaria que como Área de Reglamentación Especial es permitida en la Zona de Transformación.
b.1. Operación y Mantenimiento del Mobiliario para Uso Publicitario
b.2. Operación y Mantenimiento del Mobiliario para Extensión de Negocios
b.3. Operación y Mantenimiento de la Infraestructura para Ventas, incluyendo: Módulo de Venta Estacionaria, Módulo de Venta Artesanal y Locales Comerciales
b.4. Operación y Mantenimiento de la Zona de Exposiciones
3. La operación y mantenimiento del Proyecto.
a) Actividades de Mantenimiento Ordinario (Rutinarias y Cíclicas): Incluyen actividades de corrección de defectos o inconformidades y actividades de mantenimiento para asegurar la continuidad de los Servicios Básicos y los Servicios Comerciales y encaminadas a mantener la Zona de Transformación en condiciones adecuadas. Estas actividades también incluyen las relacionadas con la gestión de la conservación y su componente administrativo referido a la continuidad del servicio.
b) Actividades de Mantenimiento Extraordinario (Periódico): Actividades preventivas periódicas de gran envergadura que deben ser planeadas en ciclos más largos que los de la conservación correctiva rutinaria, casi siempre próxima al fin de la vida útil del elemento o cuando el desempeño de un elemento o sistema pueda comprometer la seguridad o el confort de los Usuarios.
c) Actividades de Mantenimiento de Emergencia: Actividades destinadas a reparar, reconstruir, restaurar o reponer elementos obstruidos, dañados o retirados corrigiendo defectos de surgimiento repentino provocados por circunstancias extraordinarias y/o emergencias. La respuesta a estos eventos, tales como vandalismo o accidentes, debe estar a cargo del Asociado Privado, el cual podrá adoptar las medidas necesarias para evitar este tipo eventos.
• Diseñar una estrategia viable y sostenible a implementar actividades complementarias o explotación comercial de tal manera que se minimicen los aportes de recursos de las entidades públicas correspondientes.
• Desarrollar los estudios técnicos determinados como mínimos para lograr la ejecución del proyecto descritos en el informe de avance de las justificaciones del caso de estudio, en caso de que dichos estudios sean responsabilidad del privado determinar en detalle un cronograma y estimación de costos para su realización.
• Apoyar a las entidades territoriales en la ejecución de los trámites ambientales, licencias y/o permisos requeridos para adelantar el proyecto, presentando un informe de la gestión
efectuada. Liderar cualquier gestión que se requiera dentro de la actividad de estructuración, sobre actuaciones administrativas, tales como consultas previas, autorizaciones, licencias y/o permisos ante las oficinas municipales o entidades del orden nacional a quienes competan dichos trámites, de acuerdo con la normativa vigente.
• Efectuar el análisis de valor por dinero del proyecto. Para ello los consultores deberán establecer cuál es la mejor opción de proyecto y cuál es la mejor ruta de contratación. Para definir cuál es la mejor opción de proyecto deberá identificar las posibles opciones del proyecto y valorar cualitativa y cuantitativamente cual genera mayor valor por dinero para la sociedad. Para definir cuál es la mejor ruta de contratación deberá realizar los análisis cualitativos y cuantitativos mencionados en la guía del DNP y realizar la justificación del mecanismo de contratación de conformidad con lo estipulado en la Resolución del Departamento Nacional de Planeación 3656 de 2012, la Ley 1508 de 2012, sus decretos reglamentarios o la norma que los modifique o sustituya.
2.1.4. Dentro de la justificación Financiera, el consultor demuestra que el proyecto es asequible financieramente para las entidades territoriales a lo largo de la vida del contrato, tomando en cuenta los fondos públicos consagrados al proyecto y dando margen a posibles contratiempos. Para hacerlo deberá como mínimo elaborar los siguientes productos:
2.1.4.1. Avance de la justificación Financiera:
• Determinar las posibles fuentes de financiamiento del proyecto y recomendar una estrategia que permita obtener la mayor cantidad de recursos, con un riesgo asequible para el Estado y que signifique un menor costo para el sector público en el proyecto.
• Establecer todas las posibles fuentes de ingreso del proyecto, incluyendo todas las posibles fuentes de recursos públicos y las posibilidades de explotación económica privada del proyecto efectuando una estimación de las mismas.
• Determinar preliminarmente del monto de vigencias futura, definiendo su viabilidad, analizando la fuente de pago y la posibilidad de su obtención.
2.1.4.2. Presentación de la justificación Financiera:
• Determinar los supuestos bajo los cuales el modelo financiero opera garantizando su razonabilidad y realismo.
• Elaborar el modelo financiero del proyecto, detallado para determinar la estructura financiera más eficiente, el pago unitario, las fuentes de financiamiento y de ingreso del proyecto a lo largo del contrato. El consultor deberá incorporar las fuentes posibles de los recursos públicos en función de la posición presupuestal de cada entidad que se involucre en el proyecto e ingresos de terceras fuentes, determinando las necesidades en materia de aportes estatales para su desarrollo, así como de los ingresos provenientes por la explotación comercial de los activos. Igualmente, se deberá determinar las condiciones financieras mínimas o mecanismos de mitigación de riesgos necesarios para asegurar la sostenibilidad del proyecto, de tal forma que la estructura sea de interés para el sector privado.
• Realizar un análisis de sensibilidad del modelo financiero que permita a las entidades territoriales establecer los riesgos para la asequibilidad del proyecto derivados de cambios en las condiciones de financiación, cambios en las condiciones macroeconómicas, expectativas de rentabilidad de los posibles inversionistas o en cualquier otro parámetro que afecte los resultados del ejercicio.
2.1.5. Dentro de la justificación legal / Comercial:
2.1.5.1. Avance de la justificación legal / Comercial:
• Revisar la capacidad de las entidades públicas licitantes para entrar en un contrato de Asociación Público Privado de largo plazo con el sector privado.
• Revisar el marco legal que regula la participación del sector privado en la construcción, operación, y mantenimiento de infraestructura de espacios públicos con las fuentes respectivas para su financiación.
• Presentar una aproximación de la identificación de riesgos del proyecto, una propuesta de distribución y una valoración cualitativa de sus probabilidades e impactos.
• Presentar el bosquejo de los capítulos principales de la minuta del contrato.
• Generar un informe del sondeo xx xxxxxxx que presente una indicación del interés xxx xxxxxxx para el desarrollo del proyecto.
2.1.5.2. Presentación de la justificación Legal / Comercial:
• Desarrollar la matriz de riesgos del proyecto que contenga como mínimo el área, tipo de riesgo, asignación, probabilidad de ocurrencia, impacto, descripción del riesgo y cláusula contractual para la asignación del riesgo. Para cada uno de los riesgos se debe efectuar el análisis respectivo y sustentar el esquema de asignación recomendado, y proponer mecanismos de cobertura o mitigación que deberán utilizar tanto las entidades públicas como el sector privado.
• Realizar la valoración de riesgos a retener y a transferir en el proyecto de conformidad con la normativa y técnicas vigentes y generar la valoración de las obligaciones contingentes y el plan de aportes al Fondo de Contingencias Contractuales de las Entidades Estatales a ser presentado ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo estipulado en las Leyes 448 de 1998, 819 de 2003, 1508 de 2012 y demás normas que la modifiquen o reglamenten.
• Elaborar el borrador de la minuta del contrato, la cual debe contemplar entre otros aspectos, como mínimo pero sin limitarse, los siguientes aspectos:
a) Reglas de interpretación del contrato.
b) Aspectos generales del contrato donde se debe identificar entre otros, las partes, el alcance del proyecto, la división del proyecto, el valor del contrato, la comisión de éxito, plazos estimados de las fases del proyecto, riesgos específicos del proyecto..
c) Aspectos económicos del contrato donde se identifique entre otros: unidades funcionales (de ser pertinente), estructura tarifaria, cálculo de retribución y deducciones, cuentas y subcuentas.
d) Etapas del proyecto.
e) La forma de interventoría y supervisión del contrato.
f) Sanciones.
g) Garantías.
h) Solución de controversias.
i) Y todos los demás aspectos propios del marco normativo y vigente.
• Elaborar los pliegos de licitación y en general toda la documentación que sea requerida por las entidades territoriales para cursar los trámites ante entidades estatales previo el proceso licitatorio y documentación requerida para surtir dicho proceso. Dentro de este punto deberá proponer los mecanismos y criterios para la selección y adjudicación del proponente más
idóneo para la ejecución del proyecto. Así mismo, deberá desarrollar un mecanismo para que la comisión de éxito que incluya el inversionista proponente en su oferta se adapte a la comisión de éxito efectiva a pagar según el número de proponentes elegibles.
• Elaborar los pliegos de la Interventoría y del borrador de la minuta del contrato respectivo.
• Elaborar la minuta para realizar la contratación del administrador de los recursos, recomendando las condiciones idóneas que deberá tener la fiducia a cargo del patrimonio autónomo como experiencia, capacidad operativa, calidad crediticia, entre otras.
• Detallar los procedimientos administrativos, licencias, permisos y habilitaciones necesarias para llevar a cabo el proyecto, con una identificación de costos y tiempos esperados para su desarrollo.
• Realizar la identificación y acercamientos a potenciales inversionistas y sugerir a las entidades territoriales estrategias de pre-mercadeo que sirvan de punto xx xxxxxxx en la evaluación y búsqueda de posibles interesados en participar en el desarrollo total o parcial del proyecto.
• Proponer y redactar los ajustes normativos que eventualmente sean requeridos para poder implementar la estrategia de vinculación de participación privada.
Participación en talleres y reuniones. El equipo consultor deberá participar activamente en las reuniones, organizadas por la(s) entidad(es) territorial(es), el Comité Técnico y el Gobierno Nacional, a través del DNP, y en los talleres o reuniones que se acuerden por las partes. Dichas reuniones podrán realizarse en cualquier parte del territorio nacional.
Presentaciones al Gobierno Nacional o entidad(es) territorial(es). El consultor realizará una serie de presentaciones a fijar por el Comité Técnico del proyecto y una presentación final dirigida al Gobierno Nacional y la(s) entidad(es) territorial(es)en la cual presente el mejor esquema de gestión y las actividades necesarias encaminadas a que el proyecto sea exitoso, entre otros aspectos.
Como insumo para esta fase el consultor revisará los estudios técnicos realizados por la(s) entidad(es) territorial(es), así como, los demás estudios que ésta(s) haya(n) realizado para tal fin.
Una vez finalizada la Fase 1, analizadas las alternativas propuestas y las recomendaciones del consultor, y revisada y aprobada la estructuración, la(s) entidad(es) territorial(es), se reservan el derecho de continuar o no con la Fase 2 del proceso que comprende la concreción de la vinculación del sector privado en las soluciones de infraestructura en el sector.
2.2. FASE 2 – Divulgación comercial, ejecución y acompañamiento para concretar la vinculación de capital privado al proyecto Medellín Centro en su componente de espacios públicos.
Esta Fase de la consultoría se llevará a cabo siempre y cuando el Departamento Administrativo de Planeación Municipal y la Agencia para las Alianzas Público Privadas decidan continuar bajo el esquema de Asociación Público Privada y como resultado de los productos obtenidos en la Fase 1. Esta Fase de la consultoría, comprende todas las actividades necesarias para el cumplimiento de las aprobaciones requeridas por el Gobierno Nacional y la(s) entidad(es) territorial(es), el cumplimiento del objetivo de divulgación comercial y acompañamiento para concretar la vinculación del sector privado y fuentes complementarias de recursos para la implementación del proyecto, se realizará siempre y cuando la(s) entidad(es) territorial(es), dentro de los tres (3) meses siguientes a la aprobación por parte del Comité Técnico de
Seguimiento del Producto No 4 relacionado en el numeral 3 de los presentes Términos de Referencia, hayan: i) manifestado su interés de continuar con el proceso, ii) aceptado expresamente y por escrito la formulación y estructuración propuesta en la Fase 1 de la consultoría objeto de los presentes términos de referencia y, iii) aceptado expresamente y por escrito incluir la estipulación acerca del pago de la comisión de éxito al consultor en el contrato que se genere como resultado de esta Consultoría, de conformidad con lo establecido en el Numeral 2.1.5.2 de los presentes términos de referencia.
El consultor adelantará todas las actividades correspondientes de acompañamiento a la(s) entidad(es) territorial(es) en el proceso requerido para concretar la vinculación del sector privado incluyendo los desarrollos complementarios requeridos, así como para la interventoría del proyecto. Entre otras, se deben adelantar las siguientes:
2.2.1. Apoyar en la elaboración o consecución de la información necesaria para la obtención de las aprobaciones requeridas por parte del Gobierno Nacional o entidades territoriales para la apertura del proceso contractual.
2.2.2. Diseñar y ejecutar un plan de promoción para la licitación, incluyendo un cronograma tentativo para el mismo.
2.2.3. Identificar interesados potenciales, especificando las cualidades idóneas de dichos inversionistas y la racionalidad de su inclusión en el plan de mercadeo.
2.2.4. Dar asistencia en la preparación de la sala de datos con la información disponible para consulta de los inversionistas privados.
2.2.5. Efectuar las gestiones necesarias para adelantar la promoción de oportunidades de desarrollos complementarios de la infraestructura y operación de prestación de servicios en el proyecto objeto de los presentes términos de referencia.
2.2.6. Determinar todos los agentes involucrados en el proyecto que puedan constituirse en factores de éxito o barreras para su desarrollo y llevar a cabo procesos de socialización con ellos con el fin de garantizar un mayor apoyo al proyecto.
2.2.7. Apoyar a la(s) entidad(es) territorial(es) durante la fase de licitación en la administración del proceso, en la atención de las inquietudes de los proponentes, y en participar en las audiencias que se realicen para precisar el contenido de los términos de referencia de la licitación pública para la conformación de la APP, incluyendo el apoyo en la elaboración de respuestas a las preguntas que se formulen y la preparación, en caso de requerirse, de las adendas de modificaciones a dichos términos de referencia.
2.2.8. Asesorar y acompañar a las entidad(es) territorial(es) a potestad de es(a) entidad(es), en el proceso de selección, adjudicación y de legalización del contrato resultante para la vinculación del sector privado bajo el mecanismo de APP al proyecto y de la interventoría del proyecto. Estas actividades incluyen, entre otras, la elaboración de los borradores de minuta de los contratos, el acompañamiento en la evaluación de las propuestas presentadas por los interesados, la presentación a las entidades territoriales del orden de elegibilidad para la adjudicación, la asesoría en todos los aspectos jurídicos, financieros y técnicos relevantes para el desarrollo del proceso, la expedición y/o suscripción de los actos administrativos, contratos y/o actos de comercio necesarios para formalizar la vinculación, conforme a la normatividad vigente.
2.2.9. Apoyar en la elaboración o consecución de la información necesaria para la obtención de los recursos necesarios por parte del inversionista beneficiario. Entre otras, se deberá realizar la siguiente actividad:
• Verificar la consecución del cierre financiero por parte del consultor, de acuerdo con los requisitos previstos que se establezcan en el contrato de APP.
2.2.10. Adelantar todas las demás actividades que el Consultor considere convenientes y que sean necesarias para el logro del objetivo general de la consultoría.
2.3. COMISIÓN DE ÉXITO
Solamente en el caso de que la entidad territorial decida continuar con la Fase 2 de la consultoría bajo el esquema de Asociación Público Privada de iniciativa pública desarrollado en la presente estructuración, el Consultor recibirá el pago de una Comisión de Éxito que será cubierta (incluyendo los impuestos asociados a dicho pago) por el inversionista adjudicatario del contrato de vinculación de capital privado para Infraestructura que efectivamente se suscriba y que sea resultado de la Consultoría objeto de los presentes términos de referencia, que se pagará de la siguiente forma:
- Un setenta por ciento (70%) del valor de la Comisión de Éxito al momento del perfeccionamiento del contrato de vinculación de capital privado para infraestructura.
- Un treinta por ciento (30%) del valor de la Comisión de Éxito al momento de la verificación y no objeción por parte del consultor del cierre financiero exitoso del contrato de vinculación de capital privado para infraestructura y recibo a satisfacción de un informe.
En dicho informe se describirán las actividades adelantadas en la Fase 2, incluyendo el análisis realizado para la verificación del cierre financiero. Tal Informe, deberá ser entregado al Comité Técnico establecido para su aprobación, una vez finalizada esta fase de la Consultoría.
El valor de la comisión podrá ser hasta de XXX MILLONES DE PESOS ($X.XXX.000.000) incluido IVA, dependiendo del número de proponentes elegibles de conformidad con lo establecido a continuación:
Si se presenta una (1) oferta técnica, | 50% de la comisión de éxito máxima |
económica, financiera y legalmente elegible. | establecida. |
Equivalente a XXX millones de pesos (COP$ | |
X.XXX.000.000) incluido IVA | |
Si se presentan dos (2) o tres (3) | 75% de la comisión de éxito máxima |
ofertas técnica, económica, financiera | establecida. |
y legalmente elegibles. | Equivalente a XXX millones de pesos (COP$ |
X.XXX.000.000) incluido IVA | |
Si se presentan cuatro (4) o más | 100% de la comisión de éxito máxima |
ofertas técnica, económica, financiera | establecida. |
y legalmente elegibles. | Equivalente a XXX millones de pesos (COP$ |
X.XXX.000.000) incluido IVA |
La entidad territorial con base en el documento donde conste la elegibilidad de las ofertas recibidas y de acuerdo con la anterior tabla, determinará el valor de la Comisión de Éxito y velará porque se haga efectivo su pago por parte del inversionista adjudicatario del contrato de vinculación de capital privado para Infraestructura que efectivamente se suscriba y que sea resultado de la presente Consultoría. El Departamento Nacional de Planeación no será responsable por el pago de dicha Comisión de Éxito.
2.3.1. PLAZO PARA EJECUCIÓN DE LA FASE 2
Para la Fase 2 el plazo de ejecución no podrá ser superior a veinticuatro (24) meses contados a partir del cumplimiento, por parte de las entidades territoriales, de las condiciones establecidas en el Numeral 2.2 de los presentes Términos de Referencia
3. Productos de la Consultoría
Durante la ejecución de la presente consultoría, el consultor documentará el proceso de análisis, revisión y desarrollo de cada una de las fases propuestas. Esta información quedará consignada en productos consistentes en informes, resúmenes ejecutivos, documentos temáticos y ayudas de memoria de reuniones. Todos los documentos correspondientes serán entregados en archivos digitales modificables en español en Microsoft Word y los soportes serán presentados en Microsoft Excel y Microsoft PowerPoint. Igualmente dichos productos deberán ser presentados en medio físico.
Durante el desarrollo de la consultoría el DNP podrá solicitar informes de avance o reuniones, en el marco de la consultoría, de acuerdo al desempeño o la forma en que el consultor ejecute la consultoría.
El consultor presentará un (1) informe impreso durante el desarrollo de la Fase 1 del contrato para cada uno de los productos solicitados. Estos serán aceptados cuando incluya los cambios y modificaciones requeridos por el Supervisor del Contrato.
Los informes que deben ser presentados en el desarrollo de la Fase 1 son:
Producto 1. Producto que deberá incluir lo concerniente a los resultados de las actividades definidas en los numerales 2.1.1 y del avance de la justificación estratégica contenida en el numeral ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de los presentes términos de referencia.
Producto 2. Producto que deberá incluir la realización de todos los productos técnicos especificados en los avances de las justificaciones económica, financiera y legal/comercial contenidos en los numerales ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia., ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. y ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. Con base en dichos productos y los obtenidos en el producto 1 el consultor compilará un caso de negocios inicial el cual incluirá el desarrollo de las justificaciones que sea posible con base en la información recolectada.
Producto 3. Producto que deberá incluir la realización de todos los productos técnicos especificados en los numerales relacionados con la presentación de la justificación estratégica (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.), económica (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.), financiera (¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.), y legal/comercial (2.1.5.2).
Producto 4. Corresponde a la presentación del caso de negocios, el cual utiliza como insumo los resultados obtenidos en los productos 1, 2 y 3. El caso de negocios debe tener una sola línea argumentativa en concordancia con la metodología para la estructuración de proyectos APP del DNP.
En caso de desarrollarse la Fase 2 el consultor deberá presentar dos informes: