CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
EXPEDIENTE No: 022/2010
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
CONTRATO DE OBRA PUBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMAN, REPRESENTADO POR EL C.P. XXXX XXXXXX XXXXXXXX, L.A. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX, L.A.E. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX; PRESIDENTE, XXXXXXX Y SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO; QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMIEAZÁ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z WKZ >A OTRA LA EMPRESA CONSTRUCCIONES ELECTRICAS DE TECOMAN REPRESENTADA POR EL ING. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, A Yh/EE EE >K ^hCE^/sK ^E >E DEEKD/EAZA ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ E> CUAL CONSIGNA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S :
PRIMERA:- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ DEC>AZA YhE͗
A.1.- ESTAR INVESTIDO DE PERSONALIDAD JURÍDICA Y CONTAR CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA MANEJAR SU PATRIMONIO CON ARREGLO A LA LEY, SEGÚN LO DISPONE XX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX 000 XX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX MEXICANOS, ARTICULO 87 FRACCION I, II, IV, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO XX XXXXXX Y LOS ARTICULOS 2 Y 3 DE LA LEY DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO XX XXXXXX.
A.2.- EL C. C.P. XXXX XXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL DE TECOMAN, COLIMA, SEGÚN CONSTA EN LA SESIÓN SOLEMNE XX XXXXXXX DE FECHA 15 DE OCTUBRE DEL 2009, ACTA NUMERO 142, Y TIENE FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO BASÁNDOSE EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 47 FRACCION I, INCISO C), DE LA LEY DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO XX XXXXXX.
A.3.- LA C. L.A. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX, EN SU CARÁCTER DE SINDICO MUNICIPAL DE TECOMAN, COLIMA, SEGÚN CONSTA EN LA SESIÓN SOLEMNE XX XXXXXXX DE FECHA 15 DE OCTUBRE DEL 2009, ACTA NUMERO 142, Y TIENE FACULTADES PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO BASÁNDOSE EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 51 FRACCION II Y III, DE LA LEY DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO XX XXXXXX.
A.4.- EL C. L.A.E. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO DE TECOMAN, COLIMA, SEGÚN CONSTA EN LA PRIMERA SESION ORDINARIA XX XXXXXXX DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2009, ACTA NUMERO 1, Y TIENE FACULTADES PARA VALIDAR TODOS LOS DOCUMENTOS OFICIALES DEL AYUNTAMIENTO, BASÁNDOSE EN LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 69 FRACCION X, DE LA LEY DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO XX XXXXXX.
A.5.- DEBIDO A QUE LA BITACORA DE OBRA ES UN INSTRUMENTO DE CARÁCTER JURIDICO, IDEADO PARA ESTABLECER UN ORDEN Y UN EQUILIBRIO ENTRE QUIEN ORDENA Y QUIEN PAGA LA OBRA, Y QUIEN LA EJECUTA A CAMBIO DE UNA RETRIBUCION ECONOMICA, ESTE DOCUMENTO PASA A SER UN ANEXO DEL PRESENTE CONTRATO; ES POR ELLO QUE LOS REPRESENTANTES DE
͞E> ,͘ AzhEdAD/EEdK͟ AhdKZ/AE A> WEZ^KEA> DE >A D/ZECC/KE DE KBZA^ WhB>/CA^ WAZA YhE ^EAE E> s/ECh>K >E'A> DE>
PRESENTE CONTRATO CON EL DESARROLLO DE TODO EL PROCESO DE LA BITACORA.
B.- QUE PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO SE EJERCERAN FONDOS COMPRENDIDOS DENTRO DE LOS RECURSOS XXX XXXX 33 (FISM 2010), AUTORIZADOS POR EL X. XXXXXXX EN SU DECIMA OCTAVA SESION EXTRAORDINARIA DEL X. XXXXXXX, PLASMADOS EN EL ACTA No. 27, DE FECHA 00 XX XXXX XX 0000, XXX XXXXX PRESUPUESTARIA No. 19-01-010-03-0003.
C.- QUE TIENE ESTABLECIDO SU XXXXXXXXX XX XXXXXXXX Xx. 000, XXXXXXX XXXXXX DE ESTE MUNICIPIO DE TECOMAN, COL., MISMO QUE SEÑALA PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO; DE IGUAL FORMA, PARA LAS DISPOSICIONES FISCALES APLICABLES, SE IDENTIFICA FISCALMENTE CON REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: MUNICIPIO DE TECOMAN, COL. R.F.C. MTC-850101-K92.
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D.- YhE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ AC>AZA YhE DE AChEZDK A> KZ/'EE DE >K^ ZEChZ^K^͕ >A >Ez AW>/CAB>E A E^dE
CONTRATO QUEDA SUJETO A LO ESTIPULADO EN LA LEY ESTATAL DE OBRAS PUBLICAS, DENOMINADA EN LO SU SECESIVO ͞>A
>Ez͟.
E.- QUE LA ADJUDICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 27, NUMERAL III, DE ͞>A >Ez͘͟
F.- YhE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ AD:hD/CA E> WZE^EEdE CKEdZAdK A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WAZA >A^ KBZA^ YhE ^E DE^d/EA
LA INVERSION AUTORIZADA YhE ^E DEEC/KEA EE >A DEC>AZAC/KE ͞B͕͟ DE AChEZDK CKE E> D/CdADEE WAZA >K ChA> ͞E>
AzhEdAD/EEdK͟ ,/K ^ABEZ ^h ZE^K>hC/KE &/EA> KdKZ'AEDK A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E> WZE^EEdE CKEdZAdK WAZA >A
REALIZACION DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL MISMO.
SEGUNDA.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ DEC>AZA YhE͗
A.- QUE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD CON LA ESCRITURA PÚBLICA No. 11050 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXXXXXXX ANTE EL NOTARIO PUBLICO No. 1, EN TECOMAN, COLIMA, LIC. XXXXXX XXXXXXXX SANTA XXX DE LA TORRE EN EL REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO BAJO EL FOLIO MERCANTIL No. 139954.
B.- EL C. ING. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX ACREDITA SU PERSONALIDAD COMO REPRESENTANTE DE LA EMPRESA, CON EL TESTIMONIO DE LA ESCRITURA PÚBLICA No. 11050 DE FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXXX XX XX XXX XXXXXXX PUBLICO No. 1, LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXX DE LA TORRE.
C. QUE TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y OBLIGARSE A LA EJECUCION DE LA OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO Y TIENE CAPACIDADES TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS NECESARIA Y ADEMAS DISPONE DE LA ORGANIZACIÓN Y ELEMENTOS SUFICIENTES PARA ELLO.
D.- QUE TIENE ESTABLECIDO SU XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXX Xx. 000, XXX. XXX XXXXXX XXXXXXX, XXX. X.X.
00000, MISMO QUE SEÑALA PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DE ESTE CONTRATO.
E.- YhE CKEKCE W>EEADEEdE E> CKEdEE/DK z >K^ ZEYh/^/dK^ YhE E^dAB>ECEE ͞>A >Ez͕͟ A^1 CKDK DE >A^ EKZDA^
DE CKE^dZhCC/ME s/'EEdE^ EE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z EE ^h CA^K DE >A^ DEWEEDEEC/A^ &EDEZA>E^ EKZDAd/sA^ CORRESPONDIENTES, LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES DE LA OBRA, EL PROYECTO Y EL DOCUMENTO EN QUE SE CONSIGNAN LOS PRECIOS UNITARIOS CON LAS CANTIDADES DE TRABAJO APROXIMADAS, ASI COMO LOS PROGRAMAS DE EJECUCION, TODOS ELLOS COMO ANEXOS DEBIDAMENTE FIRMADOS POR LAS PARTES Y QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
F.- QUE HA INSPECCIONADO DEBIDAMENTE EL SITIO DE OBRA OBJETO DE ESTE CONTRATO, A FIN DE CONSIDERAR TODOS LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN SU EJECUCION Y QUE HA TOMADO EN CUENTA CULQUIER CONTINGENCIA QUE PUDIERA AFECTAR EL DESARROLLO Y ENTREGA OPORTUNA DE LA OBRA.
G.- QUE BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, NO SE ENCUENTRA EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 51 DE ͞LA LEY͟.
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C L A U S U L A S :
PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ EECKD/EEDA A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ hEA KBZA CKE^/^dEEdE EN: ͞AMPLIACION DE LA RED DE ALUMBRADO PUBLICO, ENTRE REVOLUCION Y MORELOS, EN LA LOCALIDAD XX XXXXXXXXx Y ESTE SE OBLIGA A REALIZARLA HASTA SU TOTAL TERMINACIÓN ACATANDO PARA ELLO LO ESTABLECIDO POR LOS DIVERSOS KZDEEAD/EEdK^͕ EKZDA^ ^EHA>ADA^ EE E> /EC/^K ͞E ͟ DE >A DEC>AZAC/ME ^E'hEDA DE E^dE CKEdZAdK͕ A^1 CKDK LAS NORMAS DE CONSTRUCCIÓN VIGENTES EN EL LUGAR DONDE DEBEN REALIZARSE LOS TRABAJOS, ASÍ MISMO LOS PROYECTOS, PLANOS, ESPECIFICACIONES DE CATÁLOGOS DE CONCEPTOS, PROGRAMAS Y PRESUPUESTOS CORRESPONDIENTES, MISMOS QUE SE TIENE POR REPRODUCIDOS COMO PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
SEGUNDA: MONTO DEL CONTRATO.- EL MONTO TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO ES DE $64,152.27 MAS IVA (SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 27/100 M. N. MAS I V A.)
TERCERA: PLAZO DE EJECUCIÓN.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A /E/C/AZ >A KBZA KB:EdK DE E^dE CKEdZAdK E> X/X 00 XX XXXXX XX 0000 X X XXXXXXXXXX A MAS TARDAR EL DIA 30 XX XXXXXX DE 2010, DE CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE OBRA APROBADO.
CUARTA: DISPONIBILIDAD DEL INMUEBLE Y DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ^E KB>/'A A WKEEZ A D/^WK^/C/KE DE ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ E> K >K^ /EDhEB>E^ EE YhE DEBAN DE LLEVARSE A CABO LOS TRABAJOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, ASI COMO LOS DICTAMENES, PERMISOS, LICENCIAS Y DEMAS AUTORIZACIONES QUE SE REQUIERAN PARA SU REALIZACION.
QUINTA: ANTICIPOS.- PARA LA CONSTRUCCIÓN DE OFICINAS, ALMACENES, BODEGAS E INSTALACIONES, TRASLADO DE
XXXx/EAZ/A z EYh/WK DE CKE^dZhCC/ME E /E/C/K DE >K^ dZABA:K^ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ KdKZ'A hE AEd/C/WK WKZ EL 10 % (DIEZ POR CIENTO) DE LA ASIGNACIÓN APROBADA AL CONTRATO CORRESPONDIENTE PARA EL PRIMER EJERCICIO PRESUPUESTARIO QUE IMPORTA LA CANTIDAD DE $6,415.23 MAS IVA (SEIS MIL CUATROCIENTOS QUINCE PESOS 23/100 M. N. MAS IVA) Y EL CONTRATISTA SE OBLIGA A UTILIZARLOS EN DICHOS TRABAJOS.
EN CASO DE QUE EL CONTRATISTA NO RECIBA EL ANTICIPO EN LOS TIEMPOS ACORDADOS POR CAUSAS IMPUTABLES A
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ >K^ d/EDWK^ DE E:EChC/KE WZK'ZADADK^ ^E DE&/E/ZAE EE >K^ D/^DK^ d/EDWK^ YhE ^E DE^&ACEE
>A EEdZE'A DE> AEd/C/WK͘ A^/D/^DK͕ ChAEDK ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EK EEdZE'hE >A 'AZAEd/A DE LOS ANTICIPOS DENTRO DEL PLAZO DE 15 DIAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE ADJUDICACION, NO PROCEDERA EL DIFERIMIENTO Y POR LO TANTO DEBERA INICIAR EN LA FECHA ESTABLECIDA.
AD/C/KEA>DEEdE A> AEd/C/WK YhE ^E ZE&/EZE E> WÁZZA&K AEdEZ/KZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ KdKZ'AZA A ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ E> 20% (VEINTE POR CIENTO) DE LA ASIGNACIÓN APROBADA EN EL EJERCICIO DE QUE SE TRATE, EL CUAL DEBERÁ APLICARSE EXCLUSIVAMENTE PARA LA COMPRA Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS QUE SE INSTALEN PERMANENTEMENTE Y DEMÁS INSUMOS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO Y QUE PARA LA PRESENTE ASIGNACIÓN TIENE UN IMPORTE DE $12,830.45 MAS IVA (DOCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA PESOS 45/100 M. N. MAS IVA). EL ANTICIPO DEBERÁ SER AMORTIZADO PROPORCIONALMENTE CON CARGO A CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EFECTUADOS QUE SE FORMULEN, DEBIÉNDOSE LIQUIDAR EL FALTANTE POR AMORTIZAR EN LA ESTIMACION FINAL.
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͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZA KdKZ'AZ AEd/C/WK WAZA >K^ CKEsEE/K^ YhE ^E CE>EBZEE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 59 DE ͞LA LEY͟, SIN QUE PUEDA EXCEDERSE EL PORCENTAJE ORIGINALMENTE AUTORIZADO EN EL CONTRATO.
WAZA ADKZd/AC/KE DE >K^ AEd/C/WK^ EE CA^K DE ZE^C/^/KE DE E^dE CKEdZAdK ͞E> CKEdZAd/^dA ^E KB>/'A A ZE/EdE'ZAZ A ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ EL SALDO POR AMORTIZAR DE LOS ANTICIPOS EN UN TERMINO NO MAYOR DE 15 DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LE SEA COMUNICADA LA RESCISION POR LA CUAL SE RECONOCERAN LOS MATERIALES QUE TENGA EN OBRA O EN PROCESO DE ADQUISICION DEBIDAMENTE COMPROBADOS MEDIANTE LA EXHIBICION CORRESPONDIENTE, CONFORME A LOS PRECIOS UNITARIOS DEL CATALOGO DE CONCURSO, CONSIDERANDO LOS AJUSTES DE COSTOS AUTORIZADOS A
>A &EC,A DE ZE^C/C/KE͕ ^/EDWZE z ChAEDK ^EAE DE >A CA>/DAD ZEYhEZ/DA z WhEDAE hd/>/AZ^E EE >A KBZA͖ ͞E>
CONTRATI^dA͟ ^E CKDWZKDEdE A EEdZE'AZ>K^ EE E> ^/d/K DE >K^ dZABA:K^͘
EN CASO DE QUE EL CONTRATISTA NO REINTEGRE EL SALDO POR AMORTIZAR ESTE SE OBLIGA A PAGAR GASTOS FINANCIEROS CONFORME A UNA TASA QUE SERA IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION, LOS CASOS DE PRORROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITO FISCAL, LOS GASTOS FINANCIEROS SE CALCULAN SOBRE EL SALDO NO AMORTIZADO Y SE COMPUTARAN POR DIAS CALENDARIO DESDE QUE SE VENCIO EL PLAZO HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGA LA
CAEd/DAD A D/^WK^/C/KE DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟
SEXTA: PROGRAMA Y BITÁCORA.- LA OBRA DEBERÁ DESARROLLARSE DE ACUERDO CON EL PROYECTO, CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y PROGRAMAS DE MONTOS MENSUALES DE OBRA, QUE SE ANEXAN AL PRESENTE CONTRATO Y FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL MISMO.
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ XXXX WKZ E^CZ/dK A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ >A^ MZDEEE^ YhE E^d/DE WEZd/EEEdE^ WAZA E>
DESARROLLO DE LAS OBRAS Y ÉSTE QUEDA OBLIGADO A ACUSAR RECIBO DE LAS MISMAS Y A PROCEDER A SU CUMPLIMIENTO. LAS ÓRDENES SE DARÁN A TRAVÉS DEL LIBRO BITÁCORA DE LA OBRA O MEDIANTE K&/C/K͘ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A
A &/ZDAZ DE EEdEZADK >A^ EKdA^ A^EEdADA^ EE >A B/dÁCKZA z ZE^WKEDEZ >K YhE A ^x XXXXX,K CKEsEE'A͘ ^/ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EK &/ZDA DE EEdEZADK EE >A EKdA K EK >A ZE^WKEDE EE hE W>AK DE DK^ D1A^ ,ÁB/>E^͕ ^E dEEDZÁ WKZ ACEPTADK >K A^EEdADK EE >A EKdA͘ E> >/BZK DE B/dÁCKZA͕ CKE ,K:A^ &K>/ADA^ z CKE CKW/A^ WAZA ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ESTARÁ PERMANENTEMENTE Y DURANTE LAS HORAS DE TRABAJO EN EL LOCAL DE LA RESIDENCIA DE SUPERVISIÓN, PARA
CKE^h>dA z A^/EEdK^ DE EKdA^ WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z ͞E> CKEdZAd/^dA͘͟
SEPTIMA: ESPECIFICACIONES.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E:EChdAZÁ >K^ dZABA:K^ DE CKE&KZD/DAD CKE >A^ E^WEC/&/CAC/KEE^ 'EEEZA>E^ DE CKE^dZhCC/ME s/'EEdE^ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ A >A^ DE >A DEWEEDEEC/A EKZDAd/sA CORRESPONDIENTE SEGÚN EL TIPO DE OBRA, ESPECIFICACIONES ESPECIALES PARTICULARES Y COMPLEMENTARIAS, CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y AL PROYECTO, QUE COMO ANEXOS FORMAN PARTE INTEGRANTE DE ESTE CONTRATO.
OCTAVA: SUPERVISIÓN DE LA OBRA.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ E^dAB>ECEZÁ >A ZE^/DEEC/A DE ^hWEZs/^/ME CON ANTERIORIDAD A LA INICIACIÓN DE LA OBRA, Y SERÁ LA RESPONSABLE DIRECTA DE LA SUPERVISIÓN, VIGILANCIA, CONTROL Y REVISIÓN DE LOS TRABAJOS, PARA QUE LA OBRA RESULTE DE ACUERDO AL PROYECTO, ESPECIFICACIONES, CALIDAD, PLAZO Y TODO AQUELLO CONVENIDO EN EL PRESENTE CONTRATO.
PARA LOS EFECTOS DE ESTA CLÁUSULA, LA SUPERVISIÓN TENDRÁ A SU CARGO. I.- LLEVAR LA BITÁCORA DE LA OBRA;
II.- VERIFICAR QUE LOS TRABAJOS SE AJUSTEN A LO PACTADO EN EL PRESENTE CONTRATO A LO QUE ESTIPULA EL MARCO NORMATIVO, ASÍ COMO A LO KZDEEADK WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͖͟
III.- ZEs/^AZ >A^ E^d/DAC/KEE^ DE dZABA:K^ E:EChdADK^ EE CKKZD/EAC/ME CKE ͞>A CKEdZAd/^dA͕͟ AWZKBAZ>A^ z
&/ZDAZ>A^͕ DAEDK dZÁD/dE AEdE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WAZA ^h WA'K͖
IV.- MANTENER LOS PLANOS DEBIDAMENTE ACTUALIZADOS;
V.- INTEGRAR UN ALBUM FOTOGRÁFICO COMPLETO DE LA OBRA; VI.- CONSTATAR LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS;
VII.- ELABORAR EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE DE LAS OBRAS EN LOS TÉRMINOS DEL PRESENTE CONTRATO Y DEL MARCO NORMATIVO;
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VIII.- ELABORAR EL ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN;
IX.- ZEED/Z /E&KZDE^ CKE WEZ/KD/C/DAD ^EDAEA> z hEK 'EEEZA> A> &/EA> DE> ChDW>/D/EEdK DE ͞>A CKEdZAd/^dA͟ EN LOS ASPECTOS TÉCNICOS, ECONÓMICOS, FINANCIEROS, ADMINISTRATIVOS Y LEGALES RELACIONADOS CON EL CONTRATO, Y;
X.- >A^ DEDÁ^ YhE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ CONSIDERE CONVENIENTES.
E^ &ACh>dAD DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ZEA>/AZ >A /E^WECC/ME DE dKDK^ >K^ DAdEZ/A>E^ YhE sAzAE A h^AZ^E EE
>A E:EChC/ME DE >A KBZA͕ zA ^EA EE E> ^/d/K DE É^dA K EE >K^ >h'AZE^ DE ADYh/^/C/ME K &ABZ/CAC/ME͕ WKZ >K YhE ͞E>
CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A WEZD/d/Z E> ACCE^K A> WEZ^KEA> DE ^hWEZs/^/ME DE^/'EADK WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ A >K^
MENCIONADOS LUGARES.
WKZ ^h WAZdE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A dEEEZ EE E> >h'AZ DE >K^ dZABA:K^ A hE WZK&E^/KEA> YhE >K REPRESENTE QUIEN DEBERÁ ESTAR REGISTRADO ANTE LA COMISIÓN DE ADMISIÓN DE DIRECTORES RESPONSABLES DE OBRAS Y CORRESPONSABLES O SIMILAR DEL AYUNTAMIENTO Y, EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONALES DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, ESPECIALIZADO EN LA MATERIA, CON SUFICIENTE EXPERIENCIA EN OBRAS DE LA ÍNDOLE DE LAS QUE AQUÍ
^E CKEdZAdAE z YhE XXXXXX ^EZ WZEs/ADEEdE ACEWdADK WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ ACEWdAC/ME YhE E^dA WKDZÁ
REVOCAR A SU JUICIO.
E> ZEWZE^EEdAEdE DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ dEEDZÁ >A KB>/'AC/ME DE CKEKCEZ ADW>/ADEEdE >A^ E^WEC/&/CAC/KEE^ GEEEZA>E^ DE CKE^dZhCC/ME s/'EEdE EE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ >A^ DE >A EKZDAd/sA CKZZE^WKED/EEdE ^E'jE E> CA^K͕ EL PROYECTO Y LAS ESPECIFICACIONES ESPECIALES Y/O COMPLEMENTARIAS Y DEBERÁ ESTAR FACULTADO LEGALMENTE PARA EJECUTAR LOS TRABAJOS A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO PARA ACEPTAR U OBJETAR LAS ESTIMACIONES DE OBRA YhE ^E &KZDh>EE z͕ EE 'EEEZA>͕ WAZA ACdhAZ EE EKDBZE z WKZ ChEEdA DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EE dKDK >K ZE&EZEEdE A> PRESENTE CONTRATO.
NOVENA: AMPLIACIÓN DEL PLAZO.- EN LOS CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR, O CUANDO POR CUALQUIER OTRA
CAh^A EK /DWhdAB>E A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ >E &hEZE /DWK^/B>E A É^dE ChDW>/Z CKE E> WZK'ZADA ^K>/C/xXXX OPORTUNAMENTE Y POR ESCRITO LA PRÓRROGA QUE CONSIDERE NECESARIA, EXPRESANDO LOS MOTIVOS EN QUE APOYA SU SOLICITUD. ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ZE^K>sEZÁ ^KBZE >A :h^d/&/CAC/ME z WZKCEDEEC/A DE >A WZMZZK'A z CKECEDEZÁ >A YhE
,AzA ^K>/C/dADK ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ K >A YhE CKE^/DEZE CKEsEE/EEdE z ^E ,AZÁE >A^ DKD/&/CAC/KEE^
CORRESPONDIENTES AL PROGRAMA.
EN LA MISMA FORMA SE PROCEDERÁ EN AQUELLOS CASOS EN QUE LA OBRA SUFRA DEMORA POR NO HABERSE PODIDO REGULARIZAR LA ADQUISICIÓN DE LOS TERRENOS QUE SE REQUIEREN PARA INTEGRAR EL DERECHO DE VÍA O EL AWZKsEC,AD/EEdK DE >K^ XXXXX^ XX XXxXX/A>E^ ^EHA>ADK^ WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟
SI SE PRESENTAREN CAUSAS QUE IMPIDAN LA TERMINACIÓN DE LA OBRA DENTRO DE LOS PLAZOS ESTIPULADOS
XxX &hEZAE /DWhdAB>E^ A ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ É^dE WKDZÁ ^K>/C/dAZ dADB/ÉE hEA WZMZZK'A͕ WEZK ^EZÁ KWdAd/sA WAZA
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ E> CKECEDEZ>A K EE'AZ>A͘ EE CA^K DE CKECEDEZ>A͕ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ DEC/D/ZÁ ^/ WZKCEDE
/DWKEEZ A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ >A^ ^AEC/KEE^ A YhE ,AzA >h'AZ͘ DE EE'AZ>A͕ WKDZÁ Ey/'/Z A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E> CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, ORDENÁNDOLE QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE LA OBRA QUEDE CONCLUIDA OPORTUNAMENTE O BIEN PROCEDERÁ A RESCINDIR EL CONTRATO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA VIGESIMA TERCERA.
DECIMA: MODIFICACIONES Y VARIACIONES AL CONTRATO.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ DEEdZK DE> WZE^hWhE^dK AUTORIZADO, BAJO SU RESPONSABILIDAD Y POR RAZONES FUNDADAS Y EXPLÍCITAS, MODIFICAR ESTE CONTRATO, MEDIANTE CONVENIOS, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTOS, CONSIDERADOS CONJUNTA O SEPARADAMENTE NO REBASEN EL 25% (VEINTICINCO POR CIENTO) DEL MONTO O DEL PLAZO PACTADO EN ESTE CONTRATO, NI IMPLIQUEN VARIACIONES SUSTANCIALES AL PROYECTO ORIGINAL.
SI LAS MODIFICACIONES EXCEDEN EL PORCENTAJE INDICADO PERO NO VARIA EL OBJETO DEL PROYECTO, SE CELEBRARÁN CONVENIOS ADICIONALES ENTRE LAS PARTES RESPECTO DE LAS NUEVAS CONDICIONES. ESTOS CONVENIOS ADICIONALES DEBEZÁE ^EZ AhdKZ/ADK^ BA:K >A ZE^WKE^AB/>/DAD DE> d/dh>AZ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟ D/C,A^
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MODIFICACIONES NO PODRÁN EN MODO ALGUNO AFECTAR LAS CONDICIONES QUE SE REFIERAN A LA NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DEL OBJETO DEL CONTRATO ORIGINAL.
QUEDA EXPRESAMENTE ESTIPULADO QUE LAS CANTIDADES DE TRABAJO CONSIGNADAS EN EL PRESENTE CONTRATO SON APROXIMADAS Y POR LO TANTO SUJETAS A VERIFICACIONES, SIN QUE POR ESTE CONCEPTO LOS PRECIOS UNITARIOS CONVENIDOS DEBAN MODIFICARSE.
͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E CKDWZKDEdE A WRESENTAR UN CATÁLOGO ACTUALIZADO DE CONCEPTOS, CADA VEZ QUE EN LA OBRA RESULTEN VOLÚMENES EXCEDENTES, CONCEPTOS FUERA DE CATÁLOGO O EXISTAN MODIFICACIONES AL PROYECTO O ESPECIFICACIONES QUE INCIDAN EN EL MISMO, ELLO EN COORDINACIÓN CON LA SUPERVISIÓN DESIGEADA WKZ ͞E>
AzhEdAD/EEdK͘͟
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ WKZ ZAKEE^ &hEDADA^ z EyW>1C/dA^ ZEDhC/Z E> DKEdK DE> CKEdZAdK z ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ACEWdA E:EChdAZ >A^ KBZA^ WKZ E> DKEdK ZEDhC/DK A >K^ WZEC/K^ hE/dAZ/K^ ^EHA>ADK^ EE E^dE CONTRATO CONFORME AL NUEVO CALEEDAZ/K YhE ^E E^dAB>ECA͘ EE E^dE CA^K z ChAEDK >K E^d/DE EECE^AZ/K ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ ZEDhC/Z E> W>AK DE E:EChC/ME DKD/&/CAEDK E> WZK'ZADA͕ >K YhE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A ACEPTAR.
DECIMA PRIMERA.- FORMA DE PAGO.- LAS PARTES CONVIENEN QUE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE PAGUEN MEDIANTE LA FORMULACION DE ESTIMACIONES QUE ABARQUEN EL PERIODO DE UN MES MAXIMO, ACOMPAÑADAS WKZ 'EEEZADKZE^ &/ZDADK^ WKZ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ z sA>/DADK^ WKZ >A D/ZECC/KE DE KBZA^ PUBLICAS, ANEXANDO LA FACTURA CORRESPONDIENTE, REPORTES FOTOGRAFICOS Y DEMAS DOCUMENTACION REQUERIDA, LAS QUE SERÁN
WZE^EEdADA^ WKZ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ A >A ZE^/DEEC/A DE >A ^hWEZs/^/KE DEEdZK DE >K^ ^E/^ D/A^ ,AB/>E^ ^/'h/EEdE^ A >A FECHA XX XXXXX, PARA LA ELABORACION DE LAS MISMAS, QUE PODRAN SER SEMANALES, QUINCENALES O MENSUALES; CUANDO LAS ESTIMACIONES NO SEAN PRESENTADAS EN EL TERMINO ANTES SEÑALADO, SE INCORPORARAN EN LA SIGUIENTE E^d/DAC/KE WAZA YhE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ A dZAsE^ DE ^h DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS INICIE SU TRAMITE DE PAGO.
LA RESIDENCIA DE OBRA PARA LA REALIZAR LA REVISION Y AUTORIZACION DE LAS ESTIMACIONES CONTARA CON UN PLAZO NO MAYOR DE QUINCE DIAS NATURALES SIGUIENTES A SU PRESENTACION. EN EL SUPUESTO DE SURJAN DIFERENICAS TECNICAS O NUMERICAS QUE NO PUEDAN SER AUTORIZADAS DENTRO DE DICHO PLAZO, ESTAS SE RESOLVERAN E INCORPORARAN EN LA SIGUIENTE ESTIMACION.
LOS PAGOS DE CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EJECUTADOS SON INDEPENDIENTES ENTRE SI Y, POR LO TANTO CUALQUIER TIPO Y SECUENCIA SERA SOLO PARA EFECTO DE CONTROL ADMINISTRATIVO. POR LO QUE DEBERAN
E&ECdhAZ^E WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ BA:K ^h ZE^WKE^AB/>/DAD͕ EE hE W>AK EK DAzKZ DE A sE/EdE D/A^ EAdhZA>E^͕
CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE HAYAN SIDO AUTORIZADOS POR LA RESIDENCIA DE OBRA DE QUE SE TRATE.
dZAdÁEDK^E DE WA'K^ EE EyCE^K YhE >>E'A^E A ZEC/B/Z ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E^dE ^E KB>/'A A ZE/EdE'ZAZ >A^ CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO, MAS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A UNA TASA QUE SERA IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION EN LOS CASOS DE PRORROGA PARA EL PAGO DE CREDITO FISCAL, LOS CARGOS SE CALCULARAN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO Y SE COMPUTARAN POR DIAS CALENDARIO DE LA FECHA DEL PAGO HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICION DE
͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟
EK ^E CKE^/DEZAZA WA'K EE EyCE^K ChAEDK >A^ D/&EZEEC/A^ YhE ZE^h>dEE CKE CAZ'K A ͞E> CKEdZAd/^dA͟
SEAN COMPENSADAS EN LAS ESTIMACIONES SIGUIENTES.
NI LAS ESTIMACIONES, NI LA LIQUIDACION, AUNQUE HAYAN SIDO PAGADAS SE CONSIDERAN COMO ACEPTACION DE LOS dZABA:K^͕ WhE^ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ^E ZE^EZsA E> DEZEC,K DE ZEC>ADAZ WKZ KBZA &A>dAEdE K DA> E:EChdADA K WKZ E> PAGO DE LO INDEBIDO.
DÉCIMA SEGUNDA: TRABAJOS ORDINARIOS.- LOS TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, COMPRENDIDOS EN EL CATÁLOGO, EL PROYECTO Y EN EL PROGRAMA, SE PAGARÁN A BASE DE PRECIOS UNITARIOS. DICHOS PRECIOS UNITARIOS
/EC>xxXX >A ZEDhEEZAC/ME K WA'K dKdA> YhE DEBE ChBZ/Z^E A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WKZ dKDK^ >OS GASTOS DIRECTOS E INDIRECTOS QUE ORIGINEN A LAS OBRAS, LA UTILIDAD Y EL COSTO DE LAS OBLIGACIONES ESTIPULADAS EN ESTE CONTRATO A CARGO DEL PROPIO CONTRATISTA.
EXPEDIENTE No: 022/2010
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
LOS PRECIOS UNITARIOS QUE SE CONSIGNAN EN EL ANEXO DE ESTE CONTRATO, SON RÍGIDOS Y SOLO PODRÁN SER MODIFICADOS EN LOS CASOS Y BAJO LAS CONDICIONES PREVISTAS EN ESTE CONTRATO.
DÉCIMA TERCERA: TRABAJOS EXTRAORDINARIOS.- ChAEDK A :h/C/K DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ^EA EECE^AZ/K
>>EsAZ A CABK >K^ dZABA:K^ YhE EK E^dÉE CKDWZEED/DK^ EE E> CAdÁ>K'K͕ E> WZKzECdK z EE E> WZK'ZADA ͞E>
AzhEdAD/EEdK͟ DED/AEdE >A ^hWEZs/^/ME KZDEEAZÁ A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^h E:EChC/ME z É^dE ^E CKDWZKDEdE A
>>EsAZ>K^ A CABK͕ WZE^EEdAEDK A ZEs/^/ME DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ >A^ dAZ:EdA^ DE WZEC/K^ hE/dAZ/K^ EE hE W>AK DE ϭϱ ;Yh/ECEͿ D1A^ EAdhZA>E^ CKEdADK^ A WAZd/Z DE >A &EC,A ^K>/C/dADA WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟
LAS TARJETAS DE PRECIOS EXTRAORDINARIOS DEBERÁN DE CUMPLIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS.
a) DESCRIPCIÓN COMPLETA Y DETALLADA DEL CONCEPTO QUE SE VA A EJECUTAR, MISMA QUE DETERMINARÁ LA SUPERVISIÓN MEDIANTE LA NOTA DE BITÁCORA;
b) UNIDAD DE CONCEPTO (M2, KG., PZA., ETC.) EVITANDO UNIDADES DE MEDIDAS DE TIPO GENERAL, TALES COMO LOTE O SIMILARES;
c) VOLUMEN APROXIMADO A EJECUTAR;
d) EXPRESAR EN LO POSIBLE LAS MARCAS Y MODELOS, DE LOS INSUMOS QUE LOS INTEGREN; Y,
e) &/ZDA^ AhdM'ZA&A^ DE ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ DE> ^hWEZs/^KZ AD^CZ/dK A >A KBZA YhE KZDEEM >A E:EChC/ME
DE LOS TRABAJOS Y DEL DIRECTOR DEL ÁREA RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS.
ANEXO A LAS MISMAS DEBERÁN DE INTEGRARSE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:
a) EKdA DE B/dÁCKZA EE DKEDE ^E CKE^/'EE >A /E^dZhCC/ME WKZ WAZdE DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ DE >A EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, EN LA CUAL TAMBIÉN SE INDICARÁ EL MOTIVO POR EL CUAL SE ORDENA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO EXTRAORDINARIO (NO SE CONTEMPLA EN CATÁLOGO, CAMBIO DE ESPECIFICACIÓN, MODIFICACIONES DEL PROYECTO, ETC.);
b) PLANOS, CROQUIS O FOTOGRAFÍAS EXPLICATIVAS, SOBRE TODO, EN LOS CONCEPTOS ATÍPICOS;
c) FACTURA O EN SU CASO PRESUPUESTOS, CUANDO EL CONCEPTO TRATE DE SUMINISTROS DE INSUMOS NO CONTENIDOS EN LAS BASES DE CONCURSO; Y,
d) TARJETAS DE BÁSICOS CUANDO ESTAS NO SE INCLUYAN EN LAS BASES DE LICITACIÓN.
PREVIAMENTE A LA REVISIÓN DE LOS CONCEPTOS EXTRAORDINARIOS SE VERIFICARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ANTERIORMENTE SEÑALADOS Y SE PROCEDERÁ DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
I. SI EXISTEN CONCEPTOS Y PRECIOS UNITARIOS ESTIPULADOS EN EL CONTRATO QUE SEA APLICABLE A LOS TRABAJOS DE YhE ^E dZAdE͕ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ E^xXXX &ACh>dADA WAZA KZDEEAZ A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^h E:EChC/ME z ÉSTE SE OBLIGA A REALIZAR CONFORME A DICHOS PRECIOS.
II. ^/ WAZA E^dK^ dZABA:K^ EK Ey/^dEE CKECEWdK^ z WZEC/K^ hE/dAZ/K^ EE E> CKEdZAdK z ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ CONSIDERA FACTIBLE DETERMINAR LOS NUEVOS PRECIOS CON BASE EN ELEMENTOS CONTENIDOS EN EL ANÁLISIS DE LOS PRECIOS YA ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO, PROCEDERÁ A DETERMINAR LOS NUEVOS CON LA
/EdEZsEEC/ME DE ͞E> CKEdZAd/^dAΗ z E^dE E^xXXX KB>/'ADK A E:EChdAZ CKE&KZDE A dA>E^ WZEC/K^͘
III. SI NO FUERA POSIBLE DETERMINAR LOS NUEVOS PRECIOS UNITARIOS EN LA FORMA ESTABLECIDA EN LOS INCISOS AEdEZ/KZE^͕ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ AW>/CAZÁ >K^ EhEsK^ WZEC/K^ hE/dAZ/K^ CKEdEE/DK^ EE >K^ dABh>ADKZE^ QUE TENGA EN VIGOR LA SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO O EN SU DEFECTO, PARA CALCULAR LOS NUEVOS PRECIOS TOMARÁ EN CUENTA LOS ELEMENTOS QUE SIRVIERON DE BASE PARA FORMULAR LOS PRECIOS XXX xXXx>ADKZ͘ EE hEK h KdZK CA^K͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E^xXXX KB>/'ADK A E:EChdAZ >K^ dZABA:K^ CKE&KZDE A LOS NUEVOS PRECIOS.
IV. SI NO FUERA POSIBLE DETERMINAR LOS NUEVOS PRECIOS UNITARIOS EN LA FORMA ESTABLECIDA EN LOS INCISOS I,
//͕ /// ͞E> CKEdZAd/^dA͟ A ZEYhEZ/D/EEdK DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z DEEdZK DE> W>AK YhE E^dE ^EHA>E͕ SOMETERÁ A SU CONSIDERACIÓN LOS NUEVOS PRECIOS UNITARIOS ACOMPAÑADOS DE SUS RESPECTIVOS ANÁLISIS, EN LA INTELIGENCIA QUE PARA LA FIJACIÓN DE ESTOS PRECIOS DEBERÁ APLICAR EL MISMO CRITERIO QUE SE HUBIERA SEGUIDO PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO.
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CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
SI AMBAS PARTES LLEGARAN A UN ACUERDO RESPECTO A LOS PRECIOS UNITARIOS A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO
AEdEZ/KZ͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A E:EChdAZ >K^ dZABA:K^ EydZAKZD/EAZ/K^ CKE&KZDE A D/C,K^ WZEC/K^ UNITARIOS, LOS QUE JUNTO CON SUS ESPECIFICACIONES CORRESPONDIENTES QUEDARÁN INCORPORADOS A ESTE CONTRATO, PARA TODOS SUS EFECTOS.
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ DEdEZD/EAZÁ hE/>AdEZA>DEEdE >K^ WZEC/K^ hE/dAZ/K^͕ ChAEDK͕ A> dZAE^ChZZ/Z E> W>AK DE ϭϱ ;Yh/ECEͿ D1A^ EAdhZA>E^ CKEdADK^ A WAZd/Z DE YhE ^E KZDEEA ^h E:EChC/ME͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EK ,AzA PRESENTADO LAS TARJETAS DE PRECIOS UNITARIOS PARA SU REVISIÓN, O SI HABIÉNDOLAS PRESENTADO NO SE PRESENTA PARA CON SU INTERVENCIÓN DETERMINAR LOS PRECIOS, EN LOS TÉRMINOS INDICADOS EN ESTA CLÁUSULA.
^/ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ EK KWdA WKZ E/E'hEA DE >A^ ^K>hC/KEE^ ^EHA>ADA^ EE LOS INCISOS DE ESTA CLÁUSULA, PODRÁ ENCOMENDAR LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS EXTRAORDINARIOS A TERCERAS PERSONAS.
DECIMA CUARTA: GARANTIAS.- PARA GARANTIZAR LA CORRECTA INVERSION DE> AEd/C/WK͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A WZE^EEdAZ AEdE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ &/AEA YhE 'AZAEd/CE >A dKdA>/DAD DE> DKEdK CKECED/DK CONSIDERANDO EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, OTORGADA POR INSTITUCION DE FIANZAS DEBIDAMENTE AUTORIZADA, A &AsKZ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ D/^DA YhE ^EZA WZE^EEdADA WZEs/ADEEdE A >A EEdZE'A DE> AEd/C/WK DEEdZK DE >K^ Yh/ECE D/A^ EAdhZA>E^ CKEdADK^ A WAZd/Z DE YhE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ZEC/BA CKW/A DE> ACdA DE> &A>>K DE ADJUDICACION.
WAZA 'AZAEd/AZ E> ChDW>/D/EEdK DE> CKEdZAdK͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A WZE^EEdAZ &/AEA WKZ E> ϭϬй
(DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS, EN LOS MISMOS TERMINOS DEL PARRAFO ANTERIOR.
A^/D/^DK͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WZEs/ADEEdE A >A ZECEWC/ME DE >K^ ^EZs/C/K^͕ 'AZAEd/AZA >K^ D/^DK^ EE >K^ TEZD/EK^ DE> AZd/Ch>K ϲϲ DE ͞>A >Ez͕͟ WAZA ZE^WKEDEZ DE >K^ DE&ECdK^ YhE ZE^h>dEE DE >X XXX>/AC/ME DE >K^ MISMOS, DE VICIOS OCULTOS O DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EN SU EJECUCIÓN
DECIMA QUINTA: AJUSTE DE COSTOS.- CUANDO A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA OCURRAN CIRCUNSTANCIAS DE ORDEN ECONÓMICO NO PREVISTAS EN EL CONTRATO, QUE DETERMINEN UN AUMENTO O REDUCCIÓN DEL COSTO DE LOS TRABAJOS AÚN NO EJECUTADOS CONFORME AL PROGRAMA PACTADO, DICHOS COSTOS, CUANDO PROCEDAN, DEBERÁN SER AJUSTADOS ATENDIENDO A LO ACORDADO POR LAS PARTES EN LA PRESENTE CLÁUSULA. EL AUMENTO O REDUCCIÓN CORRESPONDIENTE DEBERÁ CONSTAR POR ESCRITO.
NO DARÁ LUGAR A AJUSTE DE COSTOS LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, QUE CONFORME A LA LEY DE LA MATERIA, PUDIERA ESTAR SUJETA LA IMPORTACIÓN DE BIENES CONTEMPLADOS EN LA REALIZACIÓN DE UNA OBRA.
EL AJUSTE DE COSTOS SE LLEVARÁ A CABO MEDIANTE LA REVISIÓN DE CADA UNO DE LOS PRECIOS DEL CONTRATO PARA OBTENER EL AJUSTE; AJUSTÁNDONOS AL PROCEDIMIENTO CONTENIDO EN LA &ZACC/ME / DE> AZd1Ch>K ϱϳ DE ͞>A >Ez͘͟
LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR SE SUJETARÁ A LO SIGUIENTE:
I.- LOS AJUSTES SE CALCULARÁN A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE HAYA PRODUCIDO EL INCREMENTO O DECREMENTO EN EL COSTO DE LOS INSUMOS, RESPECTO DE LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR, CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN PACTADO EN EL CONTRATO O, EN CASO DE EXISTIR ATRASO NO IMPUTABLE AL CONTRATISTA, CON RESPECTO AL PROGRAMA QUE SE HUBIERE CONVENIDO.
CUANDO EL ATRASO SEA POR CAUSA IMPUTABLE AL CONTRATISTA, PROCEDERÁ EL AJUSTE DE COSTOS EXCLUSIVAMENTE PARA LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR CONFORME AL PROGRAMA QUE SE HUBIERE CONVENIDO.
PARA EFECTOS DE LA REVISIÓN Y AJUSTE DE LOS COSTOS, LA FECHA DE ORIGEN DE LOS PRECIOS SERÁ LA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES;
II.- >K^ /ECZEDEEdK^ K DECZEDEEdK^ DE >K^ CK^dK^ DE >K^ /E^hDK^͕ ^EZÁE CA>Ch>ADK^ WKZ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ CON BASE EN LOS ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS PRODUCTOR CON SERVICIOS QUE DETERMINE EL BANCO DE MÉXICO. ChAEDK >K^ 1ED/CE^ YhE ZEYh/EZA ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EK ^E EEChEEdZEE DEEdZK DE >K^ WhB>/CADK^ WKZ E> XXXXX DE MEXICO, SE PROCEDERÁ A CALCULARLOS CONFORME A LOS PRECIOS QUE SE INVESTIGUEN, UTILIZANDO LA METODOLOGÍA QUE EXPIDA EL REFERIDO BANCO;
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III.- LOS PRECIOS ORIGINALES DEL CONTRATO PERMANECERÁN FIJOS HASTA LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS. EL AJUSTE SE APLICARÁ A LOS COSTOS DIRECTOS, CONSERVANDO CONSTANTES LOS PORCENTAJES DE INDIRECTOS Y UTILIDAD ORIGINALES DURANTE EL EJERCICIO DEL CONTRATO; EL COSTO POR FINANCIAMIENTO ESTARÁ SUJETO A LAS VARIACIONES DE LA TASA DE INTERÉS QUE EL CONTRATISTA HAYA CONSIDERADO EN SU PROPUESTA, Y
IV. A LOS DEMÁS LINEAMIENTOS QUE PARA TAL EFECTO EMITA LA CONTRALORÍA.
LA AUTORIZACIÓN DEL AJUSTE DE COSTOS, EN MONEDA NACIONAL, DEBERÁ EFECTUARSE MEDIANTE EL OFICIO DE RESOLUCIÓN QUE ACUERDE EL AUMENTO O REDUCCIÓN CORRESPONDIENTE, EN CONSECUENCIA, NO SE REQUIERE DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIO ALGUNO.
EL PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS EN MONEDA NACIONAL NO PODRÁ SER MODIFICADO DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO.
E> A:h^dE DE CK^dK^ EE DKEEDA EydZAE:EZA ^E ^h:EdAZÁ A >K^ AZd1Ch>K^ ϯϯ͕ &ZACC/ME s/ DE ͞>A >Ez͟ z ϭϱϯ
A DEL REGLAMENTO.
LOS ÍNDICES BASE QUE SERVIRÁN PARA EL CÁLCULO DEL OS AJUSTES DE COSTOS EN EL CONTRATO, SERÁN LOS QUE CORRESPONDAN A LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
LOS PRECIOS ORIGINALES DE LOS INSUMOS CONSIDERADOS POR EL LICITANTE, DEBERÁN SER LOS QUE PREVALEZCAN AL MOMENTO DE LA PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS PROPOSICIONES Y NO PODRÁN MODIFICARSE O SUSTITUIRSE POR NINGUNA VARIACIÓN QUE OCURRA ENTRE LAS FECHA DE SU PRESENTACIÓN Y EL ÚLTIMO DÍA DEL MES EN EL QUE SE PRESENTÓ.
WAZA >K^ E&ECdK^ DE> dEZCEZ WÁZZA&K DE >A &ZACC/ME / DE> AZd1Ch>K ϱϴ DE ͞>A >Ez͟, Y CON EL OBJETO DE ACTUALIZAR LOS PRECIOS DE LA PROPOSICIÓN A LA FECHA DE INICIO DE LOS TRABAJOS, EL CONTRATISTA PODRÁ SOLICITAR, POR UNA SOLA OCASIÓN, LA DETERMINACIÓN DE UN PRIMER FACTOR DE AJUSTE, EL CUAL DEBERÁ CALCULARSE CONFORME AL PROCEDIMIENTO DE AJUSTE QUE SE HAYA ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LICITACIÓN Y EN ESTE CONTRATO. ESTE FACTOR DE ACTUALIZACIÓN NO DEBERÁ AFECTARSE POR LA ENTREGA DE ANTICIPOS. ESTO NO APLICARÁ EN LAS OBRAS O SERVICIOS QUE INICIEN DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, PREVIA JUSTIFICACIÓN, AUTORIZARÁN DICHO FACTOR, EL QUE SERÁ APLICADO A CADA ESTIMACIÓN Y REPERCUTIRÁ DURANTE TODO EL EJERCICIO DEL CONTRATO, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS AJUSTES DE COSTOS QUE LE SUCEDAN.
SI AL INICIO DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS O DURANTE EL PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS MISMOS SE OTORGA ALGÚN ANTICIPO, EL O LOS IMPORTES DE AJUSTES DE COSTOS DEBERÁN AFECTARSE EN UN PORCENTAJE IGUAL AL DEL ANTICIPO CONCEDIDO.
PARA LA REVISIÓN DE CADA UNO DE LOS PRECIOS QUE INTERVIENEN EN EL CÁLCULO DE LOS AJUSTES DE COSTOS CKE&KZDE A >K^ WZKCED/D/EEdK^ ^EHA>ADK^ EE E^dE CKEdZAdK ͞E> CKEdZAd/^dA͟ XXXXXX ACKDWAHAZ A ^h ^K>/C/dhD LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
A.- LA RELACIÓN DE LOS ÍNDICES NACIONALES DE PRECIOS PRODUCTOR CON SERVICIOS QUE DETERMINE EL BANCO XX
XXx/CK K͕ EE ^h CA^K͕ >K^ 1ED/CE^ /EsE^d/'ADK^ WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z ^EZ WZKWKZC/KEADK^ A> CKEdZAd/^dA͖
B.- EL PRESUPUESTO DE LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR, DE ACUERDO AL PROGRAMA CONVENIDO, DETERMINADO A PARTIR DEL INICIO DEL PERIODO EN EL CUAL SE PRODUZCA EL INCREMENTO EN LOS COSTOS, VALORIZADO CON LOS PRECIOS UNITARIOS DEL CONTRATO;
C.- EL PRESUPUESTO DE LOS TRABAJOS PENDIENTES DE EJECUTAR, DE ACUERDO AL PROGRAMA CONVENIDO, DETERMINADO A PARTIR DEL INICIO DEL PERIODO EN EL CUAL SE PRODUZCA EL INCREMENTO EN LOS COSTOS, VALORIZADO CON
>K^ WZEC/K^ hE/dAZ/K^ DE> CKEdZAdK͕ A:h^dADK^ CKE&KZDE A >K ^EHA>ADK EE >A &ZACC/ME /// DE> AZd1Ch>K ϱϴ DE ͞>A
>Ez͕͟ D/^DK YhE ^E /ED/CA EE >A &ZACC/ÓN III DEL PROCEDIMIENTO CONTENIDO EN ESTA CLÁUSULA.
D.- EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS PENDIENTES POR EJECUTAR, ACORDE AL PROGRAMA QUE SE TENGA CONVENIDO, A PARTIR DEL INICIO DEL PERIODO EN EL CUAL SE PRODUZCA EL INCREMENTO EN LOS COSTOS;
E.- EL ANÁLISIS DE LA DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE AJUSTE, Y
F.- LAS MATRICES DE PRECIOS UNITARIOS ACTUALIZADOS QUE DETERMINEN CONJUNTAMENTE EL CONTRATISTA Y LA DEPENDENCIA O ENTIDAD, EN FUNCIÓN DE LOS TRABAJOS A REALIZAR EN EL PERIODO DE AJUSTE.
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PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS AJUSTES DE COSTOS, SE DEBERÁN PRECISAR LAS CANTIDADES QUE SE ENCUENTRAN PENDIENTES DE EJECUTAR, CONFORME AL PROGRAMA CONVENIDO A PARTIR DEL INICIO DEL PERIODO EN EL CUAL SE PRODUZCA EL INCREMENTO EN LOS COSTOS.
EL AJUSTE DE COSTOS, SE PODRÁ DETERMINAR UTILIZANDO LAS MATRICES DE CÁLCULO DE LOS ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS DE LOS TRABAJOS NO EJECUTADOS DEL CONTRATO, CONFORME AL PROGRAMA CONVENIDO, A PARTIR DEL INICIO DEL PERIODO EN EL CUAL SE PRODUZCA EL INCREMENTO EN LOS COSTOS, EN LOS QUE SE SUSTITUYAN LOS COSTOS BÁSICOS DE CADA INSUMO DEL COSTOS DIRECTO, ACTUALIZADOS CON LOS ÍNDICES APLICABLES DE LOS PUBLICADOS POR EL BANCO DE MÉXICO.
ChAEDK E> WKZCEEdA:E DE> A:h^dE DE >K^ CK^dK^ ^EA A> A>A͕ ^EZÁ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ Yh/EE >K WZKDhEsA
DENTRO DE LOS SESENTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA PUBLICACIÓN DE LOS ÍNDICES APLICABLES AL PERIODO QUE LOS
D/^DK^ /ED/YhEE͖ ^/ E^ A >A BA:A͕ ^EZÁ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ Yh/EE >K ZEA>/CE EE /'hA> W>AK͘ ChAEDK ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WZKDhEsA E> A:h^dE DE CK^dK^͕ DEBERÁN PRESENTAR POR ESCRITO LA SOLICITUD RESPECTIVA A LA DEPENDENCIA O ENTIDAD EN TÉRMINOS DE ESTA CLÁUSULA, MISMA QUE SE FUNDAMENTA EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 148 Y 152 DEL REGLAMENTO. TRANSCURRIDO DICHO PLAZO, PRECLUYE EL DERECHO DEL CONTRATISTA PARA RECLAMAR EL AJUSTE DE COSTOS DEL PERÍODO DE QUE SE TRATE; PARA ESTOS CASOS SE DEBERÁ CONSIDERAR PARA EL PAGO DE LA ESTIMACIÓN CORRESPONDIENTE, EL ÚLTIMO PORCENTAJE DE AJUSTE QUE SE TENGA AUTORIZADO.
͞E> AzhEdAD/EEdK͟ K EEd/DAD DEEdZK DE >K^ ^E^EEdA D1A^ NATURALES SIGUIENTES A LA RECEPCIÓN DE LA
^K>/C/dhD DE ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ XXXXXX XX/d/Z WKZ E^CZ/dK >A ZE^K>hC/ME YhE WZKCEDA͘ EE CA^K CKEdZAZ/K͕ >A
SOLICITUD SE TENDRÁ POR APROBADA.
EL PAGO DE LOS AJUSTES DE COSTOS Y DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO SE EFECTUARÁ EN LAS ESTIMACIONES SIGUIENTES AL MES EN QUE SE HAYA AUTORIZADO EL AJUSTE CONCEDIDO, APLICANDO AL IMPORTE DE LAS ESTIMACIONES EL INCREMENTO DESGLOSADO CORRESPONDIENTE A DICHOS FACTORES A CADA TIPO DE AJUSTE; DEBIÉNDOSE APLICAR LOS ÚLTIMOS QUE SE TENGAN AUTORIZADOS.
TODOS LOS FACTORES DE AJUSTE CONCEDIDOS DEBERÁN ACUMULARSE.
DECIMA SEXTA: RECEPCION DE LOS TRABAJOS.- ChAEDK ͞E> CKEdZAd/^dA͟ CKDhE/YhE A ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ A TRAVES DE SU DIRECCION DE OBRAS PUBLICAS LA TERMINACION DE LOS TRABAJOS QUE LE FUERON ENCOMENDADOS, ESTA ULTIMA EN UN PLAZO DE 15 (QUINCE) DIAS HABILES, VERIFICARA QUE LOS TRABAJOS ESTEN DEBIDAMENTE CONCLUIDOS, MEDIANTE EL LEVANTAMIENTO DEL ACTA RESPECTIVA QUEDANDO LA OBRA BAJO SU RESPONSABILIDAD.
INDEPENDIENTEDEEdE DE >K AEdEZ/KZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ E&ECdhAZ ZECEWC/KEE^ WAZC/A>E^ DE KBZA EE
LOS CASOS QUE A CONTINUACION SE DETALLAN, SIEMPRE Y CUANDO SE SATISFAGAN LOS REQUISISTOS QUE SE SEÑALEN.
A).- CUANDO SIN ESTAR TERMINADA LA TOTALIDAD DE LAS OBRAS, LA PARTE EJECUTADA SE AJUSTE A LO CONVENIDO,
^EA /XXXx/&/CAB>E z ^h^CEWd/B>E DE hd/>/AZ^E z WhEDA ^EZ hd/>/ADA A :h/C/K DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟ EE E^dE CA^K ^E
>/Yh/XXXX A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ >K E:EChdADK͘
B).- ChAEDK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ DEdEZD/EE ^h^WEEDEZ >A^ KBZAS Y LO EJECUTADO SE AJUSTE A LO PACTADO. EN E^dE CA^K͕ ^E ChBZ/ZÁ A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E> /DWKZdE DE >A^ KBZA^ E:EChdADA^͕ DE AChEZDK CKE >A C>Áh^h>A DÉC/DA NOVENA.
C).- ChAEDK DE CKDjE AChEZDK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z ͞E> CKEdZAd/^dA͟ CKEsEE'AE EE DAZ WKZ dEZD/EADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO. EN ESTE CASO LAS OBRAS QUE SE RECIBAN SE LIQUIDARÁN EN LA FORMA QUE LAS PARTES CONVENGAN, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN ESTE CONTRATO.
D).- ChAEDK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ZE^C/EDA E> CKEdZAdK EE >K^ dÉZD/EK^ DE >A C>Áh^h>A DÉC/DA QUINTA, EN E^dE CA^K͕ >A ZECEWC/ME WAZC/A> YhEDAZÁ A :h/C/K DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ >A YhE >/Yh/XXXX E> /DWKZdE DE >K^ TRABAJOS QUE DECIDA RECIBIR.
E).- CUANDO LA AUTORIDAD JUDICIAL DECLARE RESCINDIDO EL CONTRATO.- EN ESTE CASO, SE SUJETARÁ A LO DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN JUDICIAL.
EXPEDIENTE No: 022/2010
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
RECIBIDOS FISICAMENTE LOS TRABAJOS, LAS PARTES DEBERAN ELABORAR DENTRO DE UN PLAZO QUE NO EXCEDERA DE 60 DIAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE ELABORACION DE DEL ACTA DE RECEPCION FISICA DE LOS TRABAJOS EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, LEVANTANDO EL ACTA CORRESPONDIENTE, EN LA QUE SE HARAN CONSTAR LOS CREDITOS A FAVOR Y EN CONTRA QUE RESULTEN PARA CADA UNA DE LAS PARTES, DESCRIBIENDO EL CONCEPTO GENERAL QUE LE DIO ORIGEN Y EL SALDO RESULTANTE, TODO ELLO, DE CONFORMIDAD CON E> AZd͘ ϲϰ DE ͞>A >Ez͘͟
DE Ey/^d/Z DE^AChEZDK EEdZE >A^ WAZdE^ ZE^WECdK E> &/E/Yh/dK͕ K B/EE͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ EK AChDA A ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WAZA ^h E>ABKZAC/ME DEEdZK DE> W>AK ^EHA>ADK EE E> WÁZZA&K AEdEZ/KZ͕ É^dA WZKCEDEZÁ A ELABORARLO, DEBIENDO COMUNICAZ ^h ZE^h>dADK A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ DEEdZK DE hE dEZD/EK DE D/E D1A^ EAdhZA>E^͕ CONTADOS A PARTIR DE SU EMISIÓN, UNA VEZ NOTIFICADO EL RESULTADO DE DICHO FINIQUITO, ÉSTE TENDRÁ UN PLAZO DE QUINCE DÍAS NATURALES PARA ALEGAR LO QUE A SU DERECHO CONVENGA, SI TRANSCURRIDO ESTE PLAZO NO REALIZA ALGUNA GESTIÓN, SE TENDRÁ POR ACEPTADO.
DEdEZD/EADK E> ^A>DK dKdA>͕ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKEDZÁ A D/^WK^/C/ME DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ E> WA'K CORRESPONDIENTE, MEDIANTE SU OFRECIMIENTO O LA CONSIGNACIÓN RESPECTIVA, O BIEN, SOLICITARÁ EL REINTEGRO DE LOS IMPORTES RESULTANTES, DEBIENDO, EN FORMA SIMULTÁNEA, LEVANTAR EL ACTA ADMINISTRATIVA QUE DE POR EXTINGUIDOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ASUMIDOS POR AMBAS PARTES EN ESTE CONTRATO.
CKEC>h/DK^ >K^ dZABA:K^͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ YhEDAZÁ KBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTEN EN LOS MISMOS EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
YhEDAZÁE A ^A>sK >K^ DEZEC,K^ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WAZA Ey/'/Z E> WA'K DE >A^ CAEd/DADE^ EK ChB/EZdA^
DE LA INDEMNIZACIÓN QUE A SU JUICIO CORRESPONDA, UNA VEZ QUE SE HAGAN EFECTIVAS LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS.
DECIMA SEPTIMA.- REPRESENTACION DEL CONTRATISTA.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A E^dAB>ECEZ ANTICIPADAMENTE A LA INICIACION DE LOS TRABAJOS, EN EL SITIO DE REALIZACION DE LOS MISMOS, UN REPRESENTANTE QUE FUNGIRÁ COMO SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCION EL CUAL DEBERA TENER PODER AMPLIO Y SUFICIENTE PARA TOMAR DE^/C/KEE^ EE dKDK >K ZE>AC/KEADK A> ChDW>/D/EEdK DE E^dE CKEdZAdK͕ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ^E ZE^EZsA E> DEZEC,K DE SU ACEPTACION, EL CUAL PODRÁ EJERCER EN CUALQUIER MOMENTO.
DECIMA OCTAVA.- RELACIONES LABORALES.- ͞ E> CKEdZAd/^dA͟ CKDK EDWZE^AZ/K z WAdZKE DE> WEZ^KEA> YhE OCUPA CON MOTIVO DE LOS TRABAJOS MATERIALES DE ESTE CONTRATO, SERÁ EL UNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE >A^ D/^WK^/C/KEE^ >E'A>E^ z DEDA^ KZDEEAD/EEdK^ EE DAdEZ/A DE dZABA:K z DE ^E'hZ/DAD ^KC/A>͘ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ CKEs/EEE WKZ >K D/^DK DE ZE^WKEDEZ DE dKDA^ >A^ ZEC>ADAC/KEE^ YhE ^h^ dZABA:ADKZE^ WZE^XXxXX EE ^h CKEdZA K EE CKEdZA DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ EE ZELACION CON LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO.
DECIMA NOVENA: RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A YhE dKDK^ >K^ MATERIALES Y EQUIPO QUE SE UTILICEN EN LOS TRABAJOS OBJETO DE LA OBRA MOTIVO DEL PRESENTE CONTRATO, CUMPLAN CON LAS NORMAS DE CALIDAD ESTABLECIDAS EN LAS ESPECIFICACIONES. ASI COMO A RECONOCER A SU CUENTA Y RIESGO DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LA MISMA Y DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE POR INOBSERVANCIA DE INSTRUCCIONES, VIOLACION XX XXXXX Y REGLAMENTOS APLICABLES, UTILIZACION DE MATERIALES DEFECTUOSOS, APLICACIÓN DE
WZKCED/DE/EdK^ CKE^dZhCd/sK^ /ECKZZECdK^K Ϭ EE'>/'EEC/A DE ^h WAZdE ^E >>E'hEE A CAh^AZ A ͞E> AzhEdAD/EEdK͟
O A TERCERAS PERSONAS.
LOS RIESGOS Y LA CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS HASTA EL MOMENTO DE ^h EEdZE'A ^EZÁE A CAZ'K DE ͞E> CKEdZAd/^dA͘͟ ChAEDK AWAZEC/EZEE DE&ECdK^ K s/C/K^ EE >A KBZA DEEdZK DE> AHK ^/'h/EEdE A >A &EC,A DE ZECEWC/ME DE >A D/^DA WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ É^dA KZDEEAZÁ ^h ZEWAZAC/ME K ZEWK^/C/ME /EDED/AdA͕ YhE ,AZÁ WKZ ^h
CUENTA ͞E> CKEdZAd/^dA͘͟ ^/ EK AdEED/EZA >K^ ZEYhEZ/D/EEdK^ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ É^dA WKDZÁ EECKDEEDAZ A hE dEZCEZK K ,ACEZ D/ZECdADEEdE >A ZEWAZAC/ME K ZEWK^/C/ME DE >K YhE ^E dZAdE͕ CKE CAZ'K A ͞E> CKEdZAd/^dA͕͟ Y EN SU CASO, SE PROCEDERA A HACER EFECTIVA LA GARANTIA DE VICIOS OCULTOS OTORGADA.
͞E> CKEdZAd/^dA͟ E^dA KB>/'ADK A WZE^EEdAZ A >A dEZD/EAC/ME DE >A KBZA CKEdZAdADA͕ >K^ W>AEK^ ACTUALIZADOS DE LA MISMA INCLUYENDO LAS INSTALACIONES. ESTA ACTUALIZACIÓN DEBERÁ LLEVARSE CONFORME AL TRANSCURSO DE LA A OBRA z BA:K >A ^hWEZs/^/ME DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ Yh/EE &/ZDAZÁ WKZ AWZKBAC/ME EE >K^
EXPEDIENTE No: 022/2010
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
MENCIONADOS PLANOS. ASIMISMO DEBERA ENTREGAR EL ACHIVO DIGITALIZADO DEL TODOS LOS DOCUMENTOS GENERADOS POR LA OBRA (OFICIOS, ESTIMACIONES, FOTOGRAFIAS, ETC.)
VIGESIMA: SUBCONTRATACIÓN.- ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A EK CEDEZ EE &KZDA WAZC/A> K dKdA> A dEZCEZA^ PERSONAS FISICAS Y XXXXXXX SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO, ASI COMO LOS DERECHOS DE COBRO SOBRE LOS BIENES O TRABAJOS EJECUTADOS QUE AMPARA E^dE CKEdZAdK ^/E WZEs/A AWZKBAC/KE EyWZE^A DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ PERO PODRÁ SUBCONTRATAR PARTE DE LA OBRA SIN QUE ELLO IMPLIQUE QUE EL SUBCONTRATISTA SE
^hBZK'hE E/E'hEK DE >K^ DEZEC,K^ DE> WZ/DEZK͕ AjE EE E> CA^K DE ^hBCKEdZAdAZ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E'h/ZÁ
^/EEDK E> jE/CK ZE^WKE^AB>E AEdE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKZ >A E:EChC/ME DE >A KBZA z E> ChDW>/D/EEdK DE E^dE
CONTRATO.
PARA QUE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WhEDA ^hBCKEdZAdAZ WAZdE DE >A KBZA ^EZÁ EECE^AZ/K YhE ^Ad/^&A'A >K^
SIGUIENTES REQUISITOS:
a) SOLICITAR POR ESCRITO >A AhdKZ/AC/ME WZEs/A DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ EyWKE/EEDK >K^ DKd/sK^ YhE d/EEE
PARA PEDIR LA SUBCONTRATACIÓN;
b) ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ KdKZ'AZÁ ^h AhdKZ/AC/ME ChAEDK A ^h :h/C/K E> ^hBCKEdZAd/^dA dEE'A >A D/^DA
EXPERIENCIA, CAPACIDAD TÉCNICA, ECONÓMICA Y MORAL DE ͞E> CKEdZAd/^dA͖͟ z͕
c) QUE EXISTA INSCRIPCIÓN PREVIA DEL SUBCONTRATISTA EN EL DIRECTORIO DE CONTRATISTAS Y PROYECTISTAS DE
͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟
VIGESIMA PRIMERA: PENAS CONVENCIONALES POR INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA.- SE APLICARÁN PENAS CONVENCIONALES POR ATRASOS EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS FECHAS ESTABLECIDAS EN EL PROGRAMA GENERAL DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, ASÍ COMO POR EL ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO EN LA FECHA DE TERMINACIÓN DE LOS dZABA:K^ WACdADA EE E> CKEdZAdK͘ >K AEdEZ/KZ͕ ^/E WEZ:h/C/K DE YhE ͞E> AzhEdAD/EEK͟ KWdE WKZ >A ZE^C/^/ME DE> CONTRATO.
LAS PENAS SERÁN DE 2% (DOS POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS QUE NO SE HAYAN EJECUTADO O PRESTADO OPORTUNAMENTE CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS Y SE APLICARÁN CONSIDERANDO LOS AJUSTES DE COSTOS, SIN APLICAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, CONSIDERANDO PARA EL CÁLCULO DE LAS MISMAS, EL AVANCE EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS CONFORME A LA FECHA XX XXXXX PARA EL PAGO DE ESTIMACIONES PACTADA EN EL CONTRATO.
LAS PENAS CONVENCIONALES ÚNICADEEdE WZKCEDEZÁE ChAEDK KChZZAE CAh^A^ /DWhdAB>E^ A ͞E> CKEdZAd/^dA͖͟ >A DEdEZD/EAC/ME DE> AdZA^K ^X XXX>/AZÁ CKE BA^E EE >A^ &EC,A^ WAZC/A>E^ K DE dEZD/EAC/ME͕ FIJADAS EN EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS CONVENIDO. NO DARÁ LUGAR A LA APLICACIÓN XX XXXXX CONVENCIONALES, EL PERIODO EN EL CUAL SE PRESENTE UN CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR DURANTE LA EJECUCIÓN DE TRABAJOS.
LAS PENAS SE ESTABLECEN ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, COMPLEJIDAD Y MAGNITUD DE LOS TRABAJOS A CONTRATAR, TIPO DE CONTRATO, GRADOS DE AVANCE Y POSIBILIDAD DE ESTABLECER FECHAS DE CUMPLIMIENTO PARCIAL DE LOS TRABAJOS.
DURANTE LA VIGENCIA DEL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS, LAS PENAS CONVENCIONALES SE APLICARÁN MEDIANTE RETENCIONES ECONÓMICAS A LAS ESTIMACIONES QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO EN LA FECHA QUE SE DETERMINE EL ATRASO, MISMAS QUE EL CONTRATISTA PODRÁ RECUPERAR EN LAS SIGUIENTES ESTIMACIONES SI REGULARIZA LOS TIEMPOS DE ATRASO CONFORME AL CITADO PROGRAMA, SALVO QUE EN EL CONTRATO SE HAYA PACTADO QUE DICHAS PENAS NO SERÁN DEVUELTAS EN CASO DE ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS FECHAS CRÍTICAS PACTADAS CONFORME AL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS.
LAS RETENCIONES ECONÓMICAS TENDRÁN EL CARÁCTER DE DEFINITIVAS, SI A LA FECHA PACTADA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, ÉSTOS NO HAN SIDO CONCLUIDOS.
DE EXISTIR RETENCIONES DEFINITIVAS A LA FECHA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS PACTADA EN EL CONTRATO Y YhEDAZAE dZABA:K^ WEED/EEdE^ DE E:EChdAZ͕ É^dA^ ^E'h/ZÁE EE WKDEZ DE ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ >A CAEd/DAD DETERMINADA POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES QUE SE CUANTIFIQUE A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL
W>AK͕ ^E ,XXX E&ECd/sA CKEdZA E> /DWKZdE DE >A^ ZEdEEC/KEE^ DE&/E/d/sA^ YhE ,AzA AW>/CADK ͟E> AzhEdAD/EEdK͘͟
EXPEDIENTE No: 022/2010
CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
DE ZE^h>dAZ ^A>DK A &AsKZ DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WKZ CKECEWdK DE ZEdEEC/KEE^ hEA sE CKEC>h/DA >A
TOTALIDAD DE LOS TRABAJOS Y DETERMINADAS LAS PENAS CONVENCIONALES, PROCEDERÁ SU DEVOLUCIÓN DE ÉSTE.
ChAEDK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ZE/EdE'ZE A ͞E> CKEdZAd/^dA͟ A>'jE DKEdK ZEdEE/DK͕ EK ^E 'EEEZAZÁ 'A^dK
FINANCIERO ALGUNO.
EL PAGO DE LAS PENAS CONVENCIONALES SEÑALADAS EN LA PRESENTE CLÁUSULA NO PODRÁN SER SUPERIORES EN SU CKE:hEdK A> DKEdK DE >A 'AZAEd1A DE ChDW>/D/EEdK ;D/E WKZ C/EEdKͿ͕ ChAEDK E^dE >1D/dE ^EA ZEBA^ADK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WZKCEDEZÁ A >A ZE^CISIÓN DEL CONTRATO EN LOS TÉRMINOS DE LA SIGUIENTE CLÁUSULA.
VIGESIMA SEGUNDA: SUSPENSION TEMPORAL DEL CONTRATO.-DE CKE&KZD/DAD CKE >K^ AZd/Ch>K^ ϲϬ z ϲϮ DE ͞>A
>Ez͕͟ ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ ^h^WEEDEZ dEDWKZA>DEEdE dKDK K EE WAZdE >A KBZA CKEdZAdADA EE CUALQUIER MOMENTO POR CAUSAS JUSTIFICADAS O POR LAS RAZONES DE INTERES GENERAL, SIN QUE ELLO IMPLIQUE SU TERMINACION DEFINITIVA.
EL PRESENTE CONTRATO PODRÁ CONTINUAR SURTIENDO TODOS LOS EFECTOS LEGALES UNA VEZ QUE HAYAN DESAPARECIDO LAS CAUSAS QUE MOTIVARON DICHA SUSPENSION.
VIGESIMA TERCERA: RESCISION ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ WKDZÁ EE ChA>Yh/EZ
MOMENTO RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO
DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ DE CKE&KZD/DAD CKE E> AZd/Ch>K ϲϭ DE ͞>A >Ez͘͟
>A CKEdZAsEEC/KE A >A^ D/^WK^/C/KEE^͕ >/EEAD/EEdK^͕ BA^E^͕ WZKCED/D/EEdK^ z ZEYh/^/dK^ YhE E^dAB>ECE ͞>A
>Ez͟ z DEDA^ D/^WK^/C/KEE^ ADD/E/^dZAd/sA^ ^KBZE >A DAdEZ/A͖ A^/ CKDK E> /EChDW>/D/EEdK XX XxX>Yh/EZA DE >A^ OBLIGAC/KEE^ DE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ YhE ^E E^d/Wh>AE EE E> WZE^EEdE CKEdZAdK z ^h^ AEEyK^ DA DEZEC,K A ^h RESCICION, ADEMAS DE QUE SE LE APLIQUEN AL CONTATISTA LAS PENAS CONVENCIONALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO POR ESTE CONTRATO, Y QUE SE HAGA EFECTIVA LA GARANTIA OTORGADA PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
ChAEDK ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ,AzA DEdEZD/EADK :h^d/&/CADADEEdE >A ZE^C/^/KE ADD/E/^dZAd/sA DE> CKEdZAdK͕ >A DEC/^/ME CKZZE^WKED/EEdE ^E CKDhE/CAZÁ WKZ E^CZ/dK A ͞ E> CKEdZAd/^dA͟ DEEdZK DE >K^ ϭϬ ;D/EͿ D/A^ HABILES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE SE EMITA LA RESPECTIVA RESOLUCION EXPONIENDO LAS RAZONES QUE AL EFECTO SE TUVIEREN PARA QUE ESTE, DENTRO DEL TERMINO DE 15 (QUINCE) DIAS HABILES A LA FECHA EN QUE RECIBA LA NOTIFICACION DE RESCICION, MANIFIESTE LO QUE A SU DEREC,K CKEsEE'A EE ChzK CA^K ͞E> AzhEdAD/EEdK͟ ZE^K>sEZA >K PROCEDENTE, DENTRO DEL PLAZO DE 15 (QUINCE) DIAS HABILES A LA FECHA EN QUE HUBIERE RECIBIDO EL ESCRITO DE
CKEdE^dAC/KE DE> ͞E> CKEdZAd/^dA͘͟
VIGESIMA CUARTA: TERMINACION ANTICIPADA DEL CONTRATO.-͞E> AzhEdAD/EEdK͟ z ͞E> CKEdZAd/^dA͟ WKDZAE DAR POR TEMINADO ANTICIPADAMENTE EL CONTRATO POR RAZONES DE INTERES GENERAL; EXISTAN CAUSAS JUSTIFICADAS QUE LE IMPIDAN LA CONTINUACION DE LOS TRABAJOS, Y SE DEMUESTRE QUE DE CONTINUAR CON LAS OBLIGACIONES PACTADAS SE OCASIONARIA UN DAÑO O PERJUICIO GRAVE AL ESTADO; NO SEA POSIBLE DETERMINAR LA TEMPORALIDAD DE LA SUSPENSION DE LOS TRABAJOS O POR CASO FORTUITO O POR FUERZA MAYOR SEGÚN CORRESPONDA, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 60
h>d/DK XXXXX&X z E> AZd/Ch>K ϲϮ DE ͞>A >Ez͘͟
VIGESIMA QUINTA: SOMETIMIENTO A LA LEY.- LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE ESTRICTAMENTE PARA LA EJECUCION DE LA OBRA, OBJETO DE ESTE CONTRATO A TODAS Y CADA UNA DE LAS CLAUSULAS QUE LO INTEGRAN, ASI COMO A LOS TERMINOS, LINEAMIENTOS, WZKCED/D/EEdK^ z ZEYh/^/dK^ YhE E^dAB>ECEE ͞>A >Ez͟ z DEDA^ EKZDA^ z D/^WK^/C/KEE^ ADMINISTRATIVAS QUE LE SEAN APLICABLES.
VIGESIMA SEXTA: INTERVENCION.- ͞E> AzhEdAD/EEdK͕͟ dEEDZAE EE E^dE CKEdZAdK >A /EdEZsEEC/KE YhE >E
SEÑALAN LAS LEYES Y DEMAS DISPOSICIONES APLICABLES.
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CONTRATO DE OBRAS PUBLICAS No. OPTEC-FISM-001/22-10
VIGESIMA SEPTIMA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- PARA LA INTERPRETACION Y CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, ASI COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ÉSTE EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES Y A LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES EN EL ESTADO XX XXXXXX, POR
>K dAEdK ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ZEEhEC/A A> &hEZK YhE WhD/EZA CKZZE^WKEDEZ>E WKZ ZAME DE ^h DKD/C/>/K͕ WZE^EEdE͕
FUTURO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.
VIGESIMA OCTAVA: KB>/'AC/KEE^ DE BEEE&/C/K ^KC/A> DE ͞E> CKEdZAd/^dA͘͟- EL CONTRATISTA SE OBLIGA A LO SIGUIENTE:
I.- A COADYUVAR EN LA EXTINCION DE INCENDIOS EN LOS BOSQUES COMPRENDIDOS EN LAS ZONAS EN QUE SE EJECUTEN LAS OBRAS OBJETO DE ESTE CONTRATO, PARA LO CUAL DEBERA PROVEER AL PERSONAL A SUS ORDENES DEL EQUIPO
WZKW/K WAZA ^h &/E͘ /'hA>DEEdE ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A DAZ As/^K A >A K&/C/EA &KZE^dA> DA^ CEZCAEA͕ DE >A
EXISTENCIA DE INCENDIOS EN LOS BOSQUES, DE SU LOCALIZACION Y MAGNITUD.
II.- A COMUNICAR A LA SECRETARIA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL, LA APARICION DE CUALQUIER BROTE EPIDEMICO EN LA ZONA DE LAS OBRAS OBJETO DE ESTE CONTRATO Y DE COADYUVAR DE INMEDIATO A COMBATIRLO CON LOS MEDIOS DE QUE DISPONGA.
III.- CUANDO POR CAUSAS NATURALES, TALES COMO SISMOS, CICLONES, CRECIMIENTO XX XXXX, SE DECLARE ESTADO DE DE^A^dZE EE A>'hE >h'AZ DE> DhE/C/W/K͕ ͞E> CKEdZAd/^dA͟ ^E KB>/'A A CK>ABKZAZ EE >X XXX>/AC/KE DE >K^ dZABA:K^ URGENTES PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES NORMALES PRESTANDO PARA ELLO SU MAQUINARIA CON
KWEZADKZ z CKDBh^d/B>E WKZ hE >AW^K DE Ϯϰ ,KZA^͕ A WAZd/Z DE YhE ^EA ^K>/C/dADK WKZ ͞E> AzhEdAD/EEdK͘͟ sEEC/DK
EL PLAZO MENCIONADO SE ATENDERA A LO QUE SE CONVENGA.
IV.- QUE LA MANO DE OBRA X XXXXXXXX SEA ORIGINARIA EN LO POSIBLE DE LA LOCALIDAD DONDE SE EJECUTAN LOS TRABAJOS
V.- ACEPTA QUE A LAS ESTIMACIONES QUE SE LE CUBRAN SE HAGAN LAS SIGUIENTES DEDUCCIONES:
A.- El 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) DEL IMPORTE DE CADA ESTIMACION, PARA CUMPLIR CON EL ARTICULO 191 DE LA LEY FEDERAL DE DERECHOS EN VIGOR, POR CONCEPTOS DE DERECHOS DE INSPECCION, CONTROL Y VIGILANCIA DE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.
B.- EL 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO DE AREAS RECREATIVAS DEL MUNICIPIO. (ART. 70 LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE TECOMAN, COL.).
C.- EL 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) PARA TERMINACIÓN DEL EDIFICIO DE LA ASOCIACIÓN DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE TECOMAN A.C., POR ACUERDO REALIZADO CON MENCIONADA ASOCIACION EL DIA 00 XX XXXXX XX 0000 XX XX XXXXXXX SESION ORDINARIA, ACTA No. 21.
D.- EL 0.2% (CERO PUNTO DOS POR CIENTO) PARA CAPACITACION, POR ACUERDO REALIZADO CON LA CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (CMIC) EN LA SEXTA SESION ORDINARIA, ACTA No. 19, CON FECHA 00 XX XXXXXXX XX 0000. (CUANDO PROCEDA).
E.- EL 0.5% (CERO PUNTO CINCO POR CIENTO) PARA MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES, POR ACUERDO REALIZADO CON LA CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (CMIC) EL DIA 00 XX XXXXXXX XX 0000 XX XX XXXXX SESION ORDINARIA, ACTA No. 19. (CUANDO PROCEDA).
VIGESIMA NOVENA: NACIONALIDAD DEL CONTRATISTA.-͞E> CKEdZAd/^dA DEC>AZA ^EZ DEy/CAEK z CKEs/EEE͕ CUANDO LLEGASE A CAMBIAR SU NACIONALIDAD, EN SEGUIRSE CONSIDERANDO COMO MEXICANO POR CUANTO A ESTE CONTRATO SE REFIERE Y A NO INVOCAR LA PROTECCION DE NINGUN GOBIERNO EXTRANJERO, BAJO PENA DE PERDER EN BENEFICIO DE LA NACION MEXICANA LOS DERECHOS DERIVADOS DE ESTE CONTRATO.
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EL PRESENTE CONTRATO QUE FUE LEIDO Y ENTERADO DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, FIRMAN DE CONFORMIDAD LAS PARTES QUE INTERVIENEN EN EL MISMO, EN LA CIUDAD DE TECOMÁN, COLIMA, EL DIA 00 XX XXXXX XX 0000.
POR EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TECOMAN
C.P. XXXX XXXXXX XXXXXXXX PRESIDENTE MUNICIPAL
L.A. XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX L.A.E. XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX SINDICO MUNICIPAL SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO
POR EL CONTRATISTA CONSTRUCCIONES ELECTRICAS DE TECOMAN
R.F.C.: CET9902235A8
ING. XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL
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