FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT) Fecha 30/05/2018
FICHA DE CONDICIONES TÉCNICAS ESENCIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y/O ENTREGA DEL BIEN (FCT) | Fecha | 30/05/2018 |
1. DENOMINACIÓN DEL BIEN O SERVICIO
Realizar la Interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica y ambiental a la ejecución de las actividades de los contratos de suministro e instalación cuyo objeto es “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”.
2. CÓDIGO ESTÁNDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE NACIONES UNIDAS (UNSPSC, V.14.080)
Grupo | Segmento | Familia | Clase |
[F] Servicios | [40000000] Componentes y Equipos para Distribución y Sistemas de Acondicionamiento | [40100000] Calefacción, ventilación y circulación del aire | [40101700] Enfriamiento |
[F] Servicios | [80000000] Servicios de gestión, servicios profesionales de Empresa y servicios administrativos | [80100000] Servicios de asesoría de gestión | [80101600] Gerencia de proyectos |
3. UNIDAD DE MEDIDA
Unidad
4. DESCRIPCIÓN GENERAL
El ICBF requiere adelantar un proceso de selección para la contratación de una persona natural y/o jurídica que realice la interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica y ambiental, a la ejecución de los 2 contratos de suministro e instalación, uno por macroregión, cuyo objeto es “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”.
Los inmuebles en los cuales se instalarán los equipos de aire acondicionado están ubicados en todo el territorio nacional, divididos en dos (2) Macroregiones. En cada una de ella se ejecutará un (1) contrato de Suministro e Instalación de acuerdo con la distribución por Macroregiones y sedes presentadas en el Anexo 1A o Anexo 1B, Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado.
Para el estudio de sector se considerarán dos escenarios con diferente distribución proyectada, un escenario 1A con 187 equipos y un escenario 1B con 292 equipos. Una vez realizado el estudio de sector, a juicio del ICBF y de acuerdo con la disposición de recursos, se seleccionará la contratación de uno de los dos escenarios propuestos.
Los 2 contratos de Suministro e instalación tienen como objeto el Suministro e instalación de equipos de aire acondicionado tipo confort, de las capacidades, condiciones técnicas y ubicación por macroregión especificadas en el Anexo 1A o 1B, Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado, Split y Piso-techo, incluyendo garantía de un (1) año con mantenimiento preventivo y correctivo, debidamente instalados y puestos en funcionamiento en las sedes Regionales y/o en Centros Zonales del ICBF a nivel nacional, en los sitios y lugares indicados por el ICBF.
Los inmuebles en los cuales se encuentran los equipos están ubicados en todo el territorio nacional, por lo cual el ICBF estructuró cada escenario en dos (2) Macroregiones a fin de adjudicar dos (2) contratos de adquisición y puesta en funcionamiento de acuerdo con la entrega por Macroregiones por escenario que a continuación se presenta:
ESCENARIO 1A
ESCENARIO 1B
REGIONAL | CANTIDAD DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO | REGION | TOTAL DE EQUIPOS A INSTALAR |
ANTIOQUIA | 12 | 1 | 94 |
CALDAS | 17 | ||
CESAR | 12 | ||
CORDOBA | 10 | ||
XXXXXXX | 0 | ||
XXXXX XX XXXXX | 00 | ||
XXXXXXX | 5 | ||
RISARALDA | 5 | ||
SAN XXXXXX | 2 | ||
SANTANDER | 9 | ||
SUCRE | 5 | ||
XXXXXXXX | 0 | 0 | 00 |
XXXXXX | 3 | ||
XXXXXX | 0 | ||
XXXXXXX | 00 | ||
XXXXX | 1 | ||
CHOCÓ | 5 | ||
XXXXXXXX | 0 | ||
XXXXX | 0 | ||
XXXX | 0 | ||
XXXXXX | 7 | ||
PUTUMAYO | 3 | ||
TOLIMA | 15 | ||
VALLE | 22 | ||
VAUPÉS | 3 | ||
VICHADA | 2 | ||
CASANARE | 1 | ||
TOTAL EQUIPOS | 187 |
REGIONAL | CANTIDAD DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO | REGION | TOTAL DE EQUIPOS A INSTALAR |
ANTIOQUIA | 17 | 1 | 161 |
ATLÁNTICO | 16 | ||
CALDAS | 17 | ||
CESAR | 16 | ||
CORDOBA | 20 | ||
XXXXXXX | 0 | ||
XXXXX XX XXXXXXXXX | 00 | ||
XXXXXXX | 5 | ||
RISARALDA | 13 | ||
SAN XXXXXX | 4 | ||
SANTANDER | 15 | ||
SUCRE | 5 | ||
XXXXXXXX | 0 | 0 | 000 |
XXXXXX | 3 | ||
XXXXXX | 0 | ||
XXXXXXX | 00 | ||
XXXXX | 1 | ||
CHOCÓ | 5 | ||
XXXXXXXX | 0 | ||
XXXXX | 0 | ||
XXXX | 0 | ||
XXXXXX | 7 | ||
PUTUMAYO | 6 | ||
TOLIMA | 19 | ||
VALLE | 43 | ||
VAUPÉS | 7 | ||
VICHADA | 2 | ||
TOTAL EQUIPOS | 292 |
En los contratos de suministro e instalación, están incluidos todos y cada uno de los equipos, elementos, materiales y mano de obra que sean necesarios para la puesta en funcionamiento de los equipos en el ICBF, como son: Controles de alta y baja presión, termostatos, Breakers
de protección, tableros eléctricos, cableado de fuerza y control, tubos, codos y anclajes en EMT, accesorios, ductería, rejillas, difusores, tubería y codos de cobre tipo M de 7/8” y 3/8” o de las dimensiones requeridas para cada instalación, varillas de soldadura xx xxxxx, mangueras, gas refrigerante ecológico R-410A, filtros, demás elementos y materiales, adecuaciones civiles asociadas, instalación de drenajes y/o mangueras para condensados de las unidades manejadoras/evaporadoras y de las unidades condensadoras, reparación xx xxxxx o placas, resanes y pinturas, etc. Igualmente, estará a cargo del contratista el transporte a las Regionales y Centros Zonales y la mano de obra capacitada para la instalación de los equipos.
Al respecto de la necesidad de un contrato de interventoría, la Ley 1474 de 2011, en su artículo 83 establece lo siguiente:
“Con el fin de mantener la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o una interventoría, según corresponda (…)
(…) La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado en la materia, o cuando la complejidad o la extensión del mismo lo justifiquen. No obstante lo anterior cuando la entidad lo encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto del contrato dentro de la interventoría. (…)”
Por lo anterior, y con el fin de ejercer control en las actividades a ejecutar y así mismo, certificar la correcta entrega en operación de los equipos de aire acondicionado contratados, el ICBF requiere contratar la interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica y ambiental, sobre la ejecución de los contratos de suministro e instalación cuyo objeto es: “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”.
5. NORMATIVIDAD APLICABLE (específica para el servicio y/o bien)
RESOLUCIÓN 1409 DE 2012, Por la cual se establece el Reglamento de Seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas.
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 3714, Aire Acondicionado, Acondicionadores de Aire para recintos.
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5183, ventilación para una calidad aceptable del aire en espacios interiores.
NTC 2050, Código Eléctrico Colombiano.
RETIE, Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas.
NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 4435, Transporte de mercancías, hojas de seguridad para materiales, preparación.
LEY 1259 DE 2008, por medio de la cual se instaura en el territorio nacional la aplicación del comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo, limpieza y recolección de escombros; y se dictan otras disposiciones.
DECRETO 4741 DE 2005, por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
Norma Técnica Colombiana NTC 3575, Documentación. Presentación de Informes Científicos y Técnicos.
Las demás normas que modifiquen o complementen las anteriormente citadas.
6. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS INSUMOS, BIENES, PRODUCTOS, OBRAS O SERVICIOS A ENTREGAR
Para realizar el seguimiento y control al cumplimiento de los contratos de suministro e instalación cuyo objeto es el: “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”, la interventoría deberá realizar las siguientes actividades:
6.1. Gestión Técnica y Operativa
Realizar los procesos y actividades relacionadas con la verificación de la ejecución, calidad de los materiales, pruebas, evaluación, control y verificación de procedimientos, cronogramas, intervenciones y desempeño del contratista quien ejecuta el contrato de suministro e instalación, en lo correspondiente a la parte técnica y operativa, durante la ejecución del contrato. De igual forma, en la emisión de conceptos técnicos y operativos que se requieran o se soliciten; para ello deberá vigilar el cumplimiento de las especificaciones técnicas contenidas en el contrato en mención en el presente documento.
6.1.1. Actividades de carácter técnico
Sin perjuicio de aquellas actividades establecidas en el manual de supervisión del ICBF, serán actividades de carácter técnico a cargo del interventor aquellas relacionadas con la vigilancia y verificación del cumplimiento de las condiciones técnicas generales y específicas requeridas para la correcta ejecución, entre ellas:
• Revisar y validar técnicamente en el sitio de instalación, la correcta instalación y el perfecto estado de funcionamiento de todos los equipos de aire acondicionado instalados de acuerdo a la capacidad, cantidad y especificaciones de los equipos ofertados y a las especificaciones establecidas en la Ficha de condiciones técnicas del contrato de Suministro.
• Revisar y validar la instalación de todas las acometidas de acuerdo a la norma NTC 2050 hasta los tableros de circuitos, con su respectiva protección eléctrica.
• Revisar y validar la instalación de todos los drenajes de aguas condensadas, los soportes internos y externos de los equipos, la tubería de refrigeración debidamente anclada y aislada y las demás actividades y materiales requeridos para garantizar que los muros, pisos y/o techos o cubiertas intervenidas, pinturas, impermeabilizaciones y/o resanes queden en perfecto estado.
• Revisar y validar las capacitaciones al personal del área usuaria de los equipos de aire acondicionado en su funcionamiento y recomendaciones técnicas.
• Revisar y validar la instalación de equipos y materiales nuevos libres de defectos. En caso de que no cumplan con las características solicitadas se deben devolver al contratista y no se autorizará la instalación. El contratista de suministro e instalación cuenta con ocho (8) días hábiles para realizar el reemplazo de los equipos que no cumplan con las especificaciones requeridas.
• Revisar y validar que todo el personal del contratista de Suministro e instalación que vaya a realizar instalaciones a más de 1,5 metros de altura, haya presentado el certificado de trabajo seguro en alturas.
• Revisar y validar las garantías otorgadas por el fabricante o su representante en Colombia y la garantía de un (1) año sobre la instalación y los trabajos efectuados entregada por el contratista del contrato de Suministro e instalación.
• Revisar y validar las capacitaciones sobre la operación de los equipos que realice el contratista en cada sede donde se instalen los equipos.
• Revisar y validar la entrega por parte del contratista en cada Regional y/o Centro Zonal de manera física (impresa) del manual de instrucciones y manuales de Operación y Mantenimiento de cada equipo.
• Revisar y validar la limpieza de las superficies de las zonas donde se realicen labores de instalación de equipos.
• Requerir al contratista de Suministro e Instalación los respectivos arreglos y reparaciones en caso de presentarse daños causados durante la instalación por malos manejos o manipulación no adecuada de los equipos.
• Revisar y validar el listado de personal encargado de realizar las visitas de instalación de los equipos y la entrega de la programación de las visitas con una antelación de ocho (8) días.
• Revisar y validar la identificación mediante un carné a los empleados que prestarán el servicio de Suministro e Instalación de los equipos.
• Suscribir las actas de recibo y entrega a satisfacción conjuntamente con el Coordinador Administrativo respectivo de la Sede Regional o Centro Zonal del ICBF a Nivel Nacional y el contratista de suministro, mediante la cual quede constancia de la entrega y recibo a satisfacción de los equipos e instalación, soportada con los registros fotográficos correspondientes. Como resultado de la validación, el profesional y técnico encargado por parte de la empresa contratista de interventoría de realizar la validación deberán firmar el acta suscrita. Al inicio de los contratos de Suministro e Instalación e Interventoría y antes de iniciar la instalación de los equipos, por parte del ICBF se entregará el formato de acta de entrega y recibo a satisfacción que se utilizará durante la ejecución por cada uno de los 2 contratos de Suministro e Instalación de acuerdo a las Macroregiones definidas.
• Exigir al contratista del suministro, la disponibilidad de recursos, de personal, materiales y equipos, acorde al contrato.
• Exigir al contratista del suministro, el cambio de procedimientos o equipos de construcción y la disposición de medidas que considere necesarias por razones de seguridad, con el fin de minimizar el riesgo de perjuicios o para garantizar la buena calidad, uniformidad y correcta ejecución del contrato de suministro.
• Relacionar por escrito en sus informes, los retrasos que se presenten para la firma del acta de inicio y para el inicio de las actividades de suministro e
instalación de los equipos, si el contratista no cumple con las condiciones y términos exigidos en el cronograma de ejecución.
• Exigir al contratista, la presentación de los cronogramas de ejecución del contrato de suministro por cada una de las sedes, indicando cantidad de frentes de trabajo y ruta crítica, de igual forma, verificar y avalar el mismo y realizar seguimiento a su cumplimiento. En el caso en que se presenten retrasos en los cronogramas, se determinarán responsabilidades, se identificará el impacto del retraso respecto de la ruta crítica, para proceder a entregar el respectivo plan de contingencia a fin de mitigar el impacto de lo ocurrido.
• Revisar los procedimientos presentados por el contratista de suministro, para la ejecución del contrato, de acuerdo al cronograma propuesto presentado por el contratista. La interventoría deberá solicitar los cambios correspondientes de ser necesario.
• Llevar una bitácora de las actividades realizadas para el suministro de los equipos; en este documento se llevarán registro de todas las actividades diarias realizadas, debe indicarse el nombre, apellido y firma del interventor y del contratista; por último se registrarán sugerencias, observaciones, visitas de asesores o especialistas, llegada de material, de equipos y personal y los demás hechos relevantes para el seguimiento de los contratos de suministro e instalación.
• Realizar mensualmente un análisis del avance de las actividades y el suministro de los equipos con los debidos soportes, a fin de prever, con la suficiente anticipación, la necesidad de modificar el contrato, o de realizar requerimientos para adelantar acciones jurídico administrativas o cualquier otra medida que el ICBF deba tomar para asegurar el cumplimiento del contrato.
• Verificar el cumplimiento por parte del contratista de suministro de los equipos, lo relacionado a la afiliación y pago del Sistema General de Seguridad Social (Salud, pensiones y riesgos laborales), así como el cumplimiento de pago de obligaciones parafiscales de todo el personal a su cargo, de acuerdo con lo dispuesto en la ley. Ahora bien, cuando la interventoría establezca que existe incumplimiento en este aspecto por parte del contratista que ejecuta el contrato de suministro, deberá informar en primera instancia al supervisor ICBF.
• Exigir al contratista que ejecuta el proceso de las actividades de suministro, la implementación de las obligaciones del sistema integrado de gestión.
• Informar de manera inmediata y por escrito al ICBF los accidentes de trabajo que se presentan con motivo del desarrollo del suministro e instalación de los equipos, su análisis y acciones a tomar para que no se vuelvan a presentar.
• Exigir al contratista que ejecuta el proceso de suministro y su equipo de trabajo, el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene, salud ocupacional y ambiental que sean aplicables al proyecto, y de igual forma verificar el cumplimiento al interior de su equipo de trabajo.
• Verificar y garantizar la disposición final de los escombros en los sitios autorizados para ello.
• Realizar conjuntamente con el contratista del contrato de suministro e instalación, para cada equipo de aire acondicionado instalado, las respectivas pruebas técnicas de funcionamiento y diligenciar el acta de entrega y recibo, la cual debe estar soportada con los registros fotográficos correspondientes. El formato de entrega y recibo debe ser firmado por la interventoría y por la empresa contratista. Las pruebas deben demostrar el correcto funcionamiento de los equipos instalados; de no ser así, se debe requerir al contratista del contrato de suministro e instalación, los ajustes necesarios para que funcionen correctamente.
• Revisar y validar el resane xx xxxxx y pintura, de acuerdo con el acabado que tenían antes de ser intervenidos y se realice la reparación y pintura de pisos, paredes o techos en el mismo estado original en que se encontraban antes de su intervención, de modo que queden en perfecto estado. El registro fotográfico antes y después de las intervenciones en pisos y muros y su resane y reparación posterior debe presentarse en los informes de interventoría.
• Revisar y validar que los materiales suministrados e instalados sean nuevos y libres de defectos. En caso de que no cumplan con las características solicitadas se deben devolver al contratista y no se autorizará la instalación. Los contratistas de los contratos de suministro cuenta con ocho (8) días hábiles para realizar el reemplazo de los materiales y elementos que no cumplan con las especificaciones requeridas.
VISITA TÉCNICA: Con el fin de conocer y verificar físicamente los sitios donde se ejecutarán las actividades objeto de la presente interventoría, la entidad fijará dentro xxx xxxxxx de condiciones definitivos, la fecha, hora y lugar exacto donde tendrá lugar las citadas visitas. Por otra parte, el ICBF no brindará transporte o similares para los interesados en realizar la visita,
por lo que se debe entender que dichos gastos y medios de transporte deberán ser asumidos directamente por el posible oferente.
NOTA: La visita técnica previa al sitio donde se ejecutarán las actividades de suministro e instalación objeto de la presente interventoría no es obligatoria, sin embargo, la no realización de la misma no será excusa válida para que a futuro el contratista alegue desconocimiento de las labores a desarrollar y el desconocimiento de los riesgos inherentes a la labor a contratar o mayores valores para la ejecución del contrato adjudicado.
6.2. Gestión Administrativa: Realizar los procesos y actividades para la gestión administrativa de los contratos de suministro e instalación cuyo objeto es: “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional.”, que pudieran implicar interacción con el contratista, terceros directamente relacionados con la ejecución de los proyectos y/o el ICBF.
Lo anterior implica el establecimiento de un sistema de coordinación y comunicación eficiente entre las partes, incluyendo la entrega y archivo de información de forma oportuna y organizada, la digitalización de correspondencia y documentación de los proyectos, la recepción y verificación de quejas y reclamos, la revisión y control de los indicadores de gestión del contrato, la revisión y aprobación de informes presentados por el contratista del suministro, entre otras.
6.3. Gestión Financiera: Realizar los procesos y actividades relacionadas con el seguimiento, control y verificación de los contratos objeto de interventoría, en lo correspondiente a los aspectos financieros entre los contratistas del proceso de suministro y el ICBF, de igual forma controlar y realizar las revisiones necesarias para el cierre financiero de tipo presupuestal, contable y de tesorería por parte de los contratistas del proceso de suministro. Realizar el control y seguimiento de los ingresos y egresos establecidos en los contratos de suministro, así como ejecutar las demás funciones en la gestión financiera y tributarias necesarias para el adecuado cumplimiento de los contratos.
6.4. Gestión Jurídica: Realizar todos los procesos y actividades relacionadas con el control jurídico de la ejecución de los contratos de suministro e instalación, verificación y auditoría al cumplimiento de las obligaciones contractuales, ejercer seguimiento al cumplimiento del objeto de los contratos y adelantar las acciones necesarias para dar cabal cumplimiento de los mismos.
Presentar los informes soportados sobre los presuntos incumplimientos en los que incurra el contratista y comunicar oportunamente al supervisor, para que adelante las acciones correspondientes.
6.5. Gestión Ambiental: Realizar los procesos y actividades enfocadas en la coordinación de las diferentes actividades y métodos de control, así como el apoyo y seguimiento a las actividades y obligaciones del plan de manejo ambiental, tendientes a propiciar que los programas y medidas planteadas sean implementadas para minimizar los efectos ambientales negativos y maximizar los positivos, de acuerdo con la normativa aplicable. Igualmente, la Interventoría debe establecer los requerimientos correspondientes a los incumplimientos generados por los contratistas de suministro en materia ambiental y contractual, estableciendo términos y tiempos específicos de cumplimiento.
6.6. Prohibiciones de interventoría: Sin perjuicio de las normas que regulan las inhabilidades e incompatibilidades, las prohibiciones y deberes, el ICBF se abstendrá de designar interventor a quien se encuentre en situación de conflicto de intereses que pueden afectar el ejercicio imparcial y objetivo de la Interventoría o esté incurso en alguna conducta contemplada en la ley 734 del 2002. A los Interventores les está prohibido:
• Adoptar decisiones que impliquen la modificación del contrato o el aumento en valor de los presupuestos asignados.
• Solicitar y/o recibir, directa o indirectamente, para sí o para un tercero, dádivas, favores o cualquier otra clase de beneficios o prebendas del contratista.
• Xxxxxxxx, denegar u omitir cualquier asunto que le corresponda atender por razón de sus funciones.
• Constituirse en acreedor o deudor del contratista o de cualquier persona interesada en el contrato cuya ejecución controla.
• Facilitar acceso indebido a la información del contrato.
• Gestionar indebidamente a título personal asuntos relacionados con el contrato.
• Exigir al contratista renuncias a cambio de modificaciones o adiciones al contrato.
• Exonerar al contratista del cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones.
• Celebrar acuerdos o suscribir documentos que tengan por finalidad o como efecto establecer obligaciones a cargo del Instituto, salvo aquellas relacionadas directamente con la actividad de Interventoría y que no modifiquen, adicionen o prorroguen las obligaciones a cargo del ICBF.
6.7. Informes a entregar por el contratista
6.7.1 Informes parciales
El contratista deberá entregar al supervisor del contrato, de forma impresa y en archivo magnético, informes parciales mensuales a más tardar el quinto día hábil del mes siguiente por cada uno de los 2 contratos de suministro e instalación por macroregión, que describan los resultados del mes anterior a las inspecciones realizadas a la instalación de los equipos de aire acondicionado en sitio, y los resultados de cada una de las actividades descritas en el numeral 6.2., de este documento, donde se reflejen todas las gestiones, actividades, labores o demás acciones que se adelantaron por parte de la empresa contratista en conjunto con su equipo de profesionales y que permitieron la revisión, ajuste y aprobación de las instalaciones realizadas, los documentos, los registros y soportes presentados por parte del contratista de acuerdo con el alcance y objetivos del contrato de suministro e instalación. Con cada informe mensual debe entregarse copia de las actas de entrega y recibo suscritas entre contratista, interventoría e ICBF.
En caso de presentarse retraso en la programación inicial de ejecución de alguno de los dos contratos, el contratista deberá explicar las medidas y acciones a tomar con el fin de ajustar el cronograma, indicando el impacto financiero y la ruta crítica del mismo.
6.7.2 Informe final
El contratista deberá entregar al supervisor del contrato de forma impresa y en archivo magnético, un informe final por cada uno de los 2 contratos de suministro e instalación por macroregión, donde se presentará el consolidado y resumen de las verificaciones totales realizadas a la instalación de los equipos de aire acondicionado en sitio, y los resultados de cada una de las actividades descritas en el numeral 6.2 de la ficha de condiciones técnicas. Este informe final, además deberá contener:
- Archivos resumen en formato Excel que muestren el consolidado de equipos instalados con soporte fotográfico.
- Registro en formato tipo PDF de cada acta de recibo a satisfacción firmada y validada por cada una de las partes.
- Consolidados de verificación del cumplimiento de las obligaciones del contrato de Suministro e Instalación.
Al inicio de los contratos de Suministro e Instalación e Interventoría, a más tardar el quinto día hábil de iniciado el contrato se realizara comité técnico en conjunto con el supervisor de los contratos por parte del ICBF y el Director del contrato de Interventoría en la cual se realizará el diseño de los archivos resumen en formato Excel que se presentarán con el informe final.
6.8. Recurso Humano Mínimo Requerido
Para la ejecución del Contrato se requiere como MÍNIMO el personal señalado en el Anexo No. 2 – Personal Mínimo requerido para la prestación del servicio, el cual debe cumplir con la formación y experiencia mínima requerida para cada uno de los cargos. El número de profesionales y técnicos que se requieren se detallan en los respectivos cuadros.
Los proponentes deberán presentar las hojas de vida y los respectivos soportes que acrediten los requisitos de formación académica, certificaciones y experiencia mínimos requeridos de acuerdo con los perfiles descritos.
6.9. Reuniones periódicas de control y entrega de informes parciales
Se llevarán a cabo reuniones mensuales en la Sede de Dirección General del ICBF ubicada en la ciudad de Bogotá, a las cuales deberá asistir por lo menos el Director de Interventoría, con el propósito de presentar los productos parciales y evaluar el avance de las actividades descritas en el numeral 6. En las reuniones que se considere pertinente se convocarán al grupo de especialistas del interventor.
7. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
7.1. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
7.1.1 Controlar, exigir y verificar el cumplimiento de las obligaciones del contrato de suministro e instalación resultante del proceso de selección cuyo objeto corresponde a “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”, en los componentes técnicos, administrativos, financieros, jurídicos y ambientales.
7.1.2 Revisar y verificar desde el componente técnico, administrativo, financiero, jurídico y ambiental, los documentos e información que dieron origen a los contratos de suministro e instalación sobre los cuales se realizará la interventoría, con el propósito de establecer criterios claros y precisos sobre el alcance del contrato, que le permitan adelantar con efectividad las labores encomendadas.
7.1.3 Verificar el inventario de equipos entregados e instalados de conformidad con la ficha técnica que hace parte del proceso de selección cuyo objeto corresponde a “Adquisición y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado tipo confort para las sedes regionales y/o Centros Zonales del ICBF a nivel Nacional”.
7.1.4 Verificar que las actividades ejecutadas por el contratista del contrato de suministro e instalación de aires, correspondan a lo establecido en la propuesta económica y especificaciones técnicas.
7.1.5 Elaborar y entregar al ICBF los informes técnicos relacionados en el presente documento.
7.2 Obligaciones de Carácter Técnico
7.2.1 Verificar que las condiciones técnicas y las actividades se ejecuten en cumplimiento de las especificaciones técnicas descritas en la ficha de condiciones técnicas de los contratos de suministro e instalación.
7.2.2 Aprobar la programación de actividades presentada por el contratista. Así mismo dentro de la programación se deberá incluir la distribución detallada del recurso humano requerido para la verificación de la ejecución del proyecto.
7.2.3 Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo del contrato de interventoría lo establecido en el contrato de suministro e instalación, referente a los requisitos exigidos de los perfiles profesionales del recurso humano y el tiempo de dedicación de los mismos, así como el equipo exigido para la ejecución de los trabajos.
7.2.4 Exigir el cambio de personal o equipos, siempre y cuando esté de acuerdo con lo establecido en el contrato. En caso de que el contratista solicite cambios de personal durante la ejecución del contrato, la Interventoría deberá revisar y aprobar cualquier relevo o cambio en el equipo de trabajo del contratista, y verificar que cumpla con lo establecido en el Anexo 2 - Personal mínimo requerido, reportar todos los registros e informar al supervisor del contrato.
7.2.5 Solicitar informes, aclaraciones sobre el desarrollo contractual cuando sea necesario.
7.2.6 Asegurar y verificar el cumplimiento de todas las condiciones, entregables y especificaciones técnicas contenidas en la ficha de condiciones técnicas y los documentos anexos que hacen parte del contrato de suministro e instalación del proceso objeto de esta interventoría y emitir los conceptos técnicos que considere necesarios para la correcta ejecución.
7.2.7 Suscribir las actas de entrega y recibo a satisfacción de cada equipo de aire acondicionado instalado y puesto en las sedes de Regionales y/o Centros Zonales del ICBF indicados en el Anexo 1A o Anexo 1B. Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado, del contrato de suministro.
7.2.8 Velar porque la ejecución del contrato no se retrase injustificadamente.
7.2.9 Cumplir con las actividades descritas en el numeral 6.1.1., de la ficha de condiciones técnicas.
7.3 Obligaciones de Carácter Administrativo
7.3.1 Asegurar que el contratista se ciña a los plazos, términos, especificaciones técnicas, cronograma y demás condiciones pactadas en el contrato de suministro e instalación objeto de la interventoría.
7.3.2 Mantener permanente comunicación con el contratista y realizar el seguimiento periódico al avance, según el cronograma pactado tanto para la ejecución de los trabajos como la presentación de informes.
7.3.3 Verificar que el personal propuesto por el contratista se encuentre vinculado, mediante contrato de trabajo y/o de prestación de servicios.
7.3.4 Programar y coordinar con el contratista y el supervisor del contrato del ICBF, las reuniones de seguimiento a la ejecución del contrato y comités semanales del avance del contrato.
7.3.5 Convocar, cuando se requiera, a los comités de seguimiento que se desarrollen semanalmente durante la ejecución del contrato y realizar comités técnicos semanales donde se haga seguimiento a los diferentes aspectos sociales, técnicos, financieros y de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (SISOMA), el cual estará integrado como mínimo por el contratista e Interventoría.
7.3.6 Xxxxxxx y/o responder las observaciones o aclaraciones que solicite el ICBF, a través de supervisor del contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al requerimiento.
7.3.7 Presentar de manera ordenada en medio físico y en medio magnético, la documentación producida en la ejecución del proyecto, de tal manera que el ICBF a través de la supervisión tenga acceso a la misma en cualquier momento en que sea requerido.
7.3.8 Levantar actas de todas las reuniones que se produzcan con ocasión de la ejecución del contrato y entregar copia de la misma al supervisor del contrato.
7.4 Obligaciones de Carácter Financiero
7.4.1 Efectuar las gestiones necesarias ante el Contratista para que remita la información financiera tanto al ICBF como a la Interventoría dentro de los plazos establecidos.
7.4.2 Revisar y Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de los requisitos y controles financieros establecidos en los contratos de suministro e instalación.
7.4.3 Realizar todos los cálculos, estimativos financieros y conceptos que el ICBF solicite.
7.4.4 Proyectar los documentos en caso de requerirse: (i) Estado financiero del contrato.
(ii) Estado financiero del contrato en el evento de terminación anticipada (iii) Multas;
(iv) Estimación de perjuicios; (v) Compensación por cualquier tipo de desequilibrio que llegare a presentarse.
7.4.5 Construir un modelo financiero de los Contratos de suministro e instalación, de conformidad con las instrucciones dadas por el Supervisor del contrato sobre el
particular, con base en los datos de propuesta de los contratistas, así como en los datos de la ejecución de los contratos reportados en los estados financieros y entregar al ICBF junto el Diagnóstico Estratégico por proyecto.
7.4.6 Proponer correctivos en el menor tiempo posible, de presentarse desajustes económicos o financieros, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución de los Contratos de suministro e instalación.
7.4.7 Controlar en detalle el estado financiero y contable de los contratos de suministro llevando un registro de cada una de las operaciones.
7.5 Obligaciones de Carácter Jurídico
7.5.1 Gestionar oportunamente con los contratistas, toda la documentación requerida y suscribir las Actas de Inicio.
7.5.2 Revisar y verificar que los amparos correspondientes a las garantías suscritas por los contratistas, se hallen conforme lo exigido en el contrato objeto de esta interventoría.
7.5.3 Informar de forma escrita al supervisor del contrato, para que se inicien las acciones pertinentes en caso de cualquier tipo de incumplimiento de los contratos de suministro e instalación.
7.5.4 Tramitar oportunamente las solicitudes de aplicación de sanciones contractuales y requerimientos a los contratistas. El interventor antes de la solicitud de aplicación de sanciones contractuales debe requerir a los contratistas para el cumplimiento, otorgándole un plazo prudencial para ello, siempre que resulte procedente.
7.5.5 Proyectar los documentos jurídicos requeridos y participar en el trámite de liquidación y determinación de: (i) Multas; (iI) Estimación de perjuicios; (iii) Compensación por cualquier tipo de desequilibrio que llegare a presentarse.
7.5.6 Presentar Actas de recibo final debidamente firmadas por los contratistas y la Interventoría, como evidencia de la correcta ejecución de los contratos de suministro.
7.5.7 Verificar que los certificados de garantía cumplan con lo señalado en el contrato de suministro.
7.6 OBLIGACIONES GENERALES
7.6.1 Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno entre EL CONTRATISTA y el ICBF.
7.6.2 Constituir y allegar a EL ICBF las garantías requeridas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato.
7.6.3 Participar y apoyar a EL ICBF en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución del contrato.
7.6.4 Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación objeto del presente contrato.
7.6.5 Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del Contrato le imparta EL ICBF a través del supervisor del mismo, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones.
7.6.6 Entregar al supervisor del Contrato los informes que se soliciten sobre cualquier aspecto y/o resultados obtenidos cuando así se requiera.
7.6.7 Presentar la factura de conformidad con la forma de pago estipulada en el contrato, junto con el informe de las actividades realizadas para cada pago.
7.6.8 Guardar estricta reserva sobre toda la información y documentos que tenga acceso, maneje en desarrollo de su actividad o que llegue a conocer en desarrollo del contrato y que no tenga carácter de pública. En consecuencia se obliga a no divulgar por ningún medio dicha información o documentos a terceros, sin la previa autorización escrita del ICBF.
7.6.9 Mantener correctamente actualizados cada uno de los sistemas de información que maneje en desarrollo de su actividad.
7.6.10 Asumir un buen trato para con los demás colaboradores internos y externos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y actuar con responsabilidad, eficiencia y transparencia.
7.6.11 Devolver al ICBF, una vez finalizado la ejecución del contrato los documentos que en desarrollo del contrato se hayan producido, e igualmente todos los archivos que se hayan generado en cumplimiento de sus obligaciones
7.6.12 Colaborar con el ICBF en el suministro y respuesta de la información correspondiente, a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano en relación con la ejecución, desarrollo o implementación del contrato objeto del presente documento.
7.6.13 Utilizar la imagen del ICBF de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes, no se podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.
7.6.14 Realizar los pagos al SISS (salud, pensión y riesgos laborales) y parafiscales, de acuerdo con la normatividad vigente aportando los soportes de pago correspondientes
7.6.15 Respetar la política medioambiental del ICBF, política que incluye todas las normas internas sobre el uso de los recursos ambientales, como el agua y la energía, racionamiento de papel, normas sobre parqueaderos y manejo de desechos residuales.
7.6.16 Cumplir con las disposiciones establecidas en el Capítulo “Buenas Prácticas en la Gestión Contractual” del Manual de Contratación vigente.
7.6.17 Remitir al supervisor del contrato, dentro de los tres (3) días siguientes a la consignación, copia del documento donde conste la operación que, por concepto de reintegros, rendimientos financieros, multas o cualquier otro, se causen a favor de la Entidad en razón a la ejecución del contrato. PARÁGRAFO: Las consignaciones a que hace referencia esta obligación deben realizarse únicamente en la cuenta informada por escrito por el supervisor del contrato.
7.7 OBLIGACIONES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN
7.7.1 Obligaciones del Eje de Gestión de Calidad
7.7.1.1. Asegurar que el personal requerido para la ejecución del contrato cuente con el perfil de: Educación (formal: pregrado, posgrado), formación (cursos específicos de la actividad a desarrollar como diplomados, seminarios, talleres entre otros) o experiencia para garantizar la óptima prestación del servicio.
7.7.1.2 Socializar con el equipo de trabajo que realiza las actividades definidas en el contrato, la información básica del ICBF (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos y Políticas del Sistema Integrado de Gestión SIGE) así como dar a conocer los diferentes documentos (lineamientos técnicos, manuales, procedimientos, guías, formatos entre otros) necesarios para la operación de los servicios.
7.7.1.3 Demostrar que selecciona y evalúa sus proveedores de bienes y servicios, relacionados directamente con la prestación del servicio contratado, haciendo cumplir las normas legales vigentes, así como las normas y especificaciones técnicas según corresponda
7.7.2 Obligaciones del Eje de Seguridad de la Información
7.7.2.1 Suscribir un documento de compromiso de confidencialidad el cual deberá ser entregado al supervisor del contrato una vez se firme el contrato.
7.7.2.2 Informar al supervisor, en el momento que ocurran incidentes de seguridad que afecten la disponibilidad, integridad y/o confidencialidad de la información del ICBF, en el marco de la ejecución del contrato.
7.7.3 Obligaciones del Eje de Seguridad y Salud en el Trabajo
7.7.3.1. Socializar la Política de Salud y Seguridad en el Trabajo del ICBF, en virtud de la ejecución del objeto del contrato o convenio.
7.7.3.2 Designar por escrito un representante de seguridad y salud en el trabajo, que cumpla con el perfil establecido en la Resolución 1111 de 2017 del Ministerio de Trabajo y garantice el cumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en el marco de la ejecución del contrato o convenio y la normatividad vigente.
7.7.3.3 Garantizar la identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, documentados, en el marco de la Seguridad y Salud en el trabajo durante la ejecución del contrato o convenio.
7.7.3.4 Garantizar que todos los colaboradores vinculados para la ejecución del contrato o convenio se encuentren afiliados al Sistema de Seguridad Social, incluido los riesgos laborales.
7.7.3.5 Realizar la inducción al equipo de trabajo que se empleará durante la ejecución del contrato o convenio en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.
7.7.3.6 Garantizar que los colaboradores vinculados para la ejecución del contrato o convenio cuentan con los Elementos de Protección Personal requerido para la realización de sus actividades. En caso de deterioro, daño o pérdida deberá contemplarse los protocolos correspondientes para la reposición, sin afectar la ejecución del contrato o convenio.
7.7.3.7 Realizar los exámenes médicos ocupacionales requeridos de acuerdo con las actividades propias del objeto contratado y la normatividad vigente.
7.7.3.8 Informar al ICBF los Accidentes de Trabajo y enfermedad Laboral – ATEL del personal a cargo del operador/contratista, reportados a la ARL y EPS, durante el plazo de ejecución del contrato o convenio.
7.7.3.9 Realizar trabajos en alturas en cumplimiento de lo establecido en la normatividad vigente.
7.3.4. Obligaciones del Eje de Gestión Ambiental
7.3.4.1 Cumplir con la política ambiental del ICBF, implementando buenas prácticas ambientales relacionadas con el ahorro y uso eficiente de agua, energía y papel, y manejo de residuos.
7.3.4.2 Utilizar productos, empaques y materiales amigables con el medio ambiente.
7.3.4.3 Adoptar las medidas necesarias para el manejo adecuado y la disposición final de los residuos especiales y/o peligrosos que se generen durante la ejecución del contrato.
7.3.4.4 Presentar los permisos, licencias y/o autorizaciones ambientales vigentes requeridas para la ejecución del contrato.
7.3.4.5 Adoptar las medidas necesarias para el Transporte, almacenamiento y manejo adecuado de los productos químicos y/o combustibles utilizados durante la ejecución del contrato; de acuerdo a la normatividad vigente.
7.3.4.6 Aplicar buenas prácticas en el uso de refrigerantes y lubricantes en instalaciones de refrigeración y climatización (RC), según normatividad ambiental. El personal técnico para realizar las labores de mantenimiento preventivo o correctivo de los aires acondicionados dentro de la institución, deberá presentar certificado vigente en la Norma de Competencia Laboral 280501022.
7.4 Obligaciones del ICBF
7.4.1 Obligaciones Generales del ICBF
7.4.1.1 Suministrar la información que previamente requiera EL CONTRATISTA en relación con el objeto del presente contrato.
7.4.1.2 Exigir a EL CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del presente contrato.
7.4.1.3 Efectuar la supervisión y seguimiento del presente contrato.
7.4.1.4 Cumplir con las demás señaladas en el artículo 4º de la Ley 80/1993 y otras normas concordantes.
8 LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El lugar de ejecución del contrato corresponde a los sitios de instalación en las sedes Regionales y/o en los Centros Zonales donde se deben entregar los equipos de aire acondicionado de la Contratación resultante del presente proceso, relacionados en el Anexo 1A o Anexo 1B. Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado.
9 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será de cuatro (4) meses contados a partir del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución.
NOTA: Por tratarse de un proceso de interventoría, la suscripción del contrato depende de la adjudicación y suscripción de los contratos de suministro e instalación a intervenir, los cuales se están adelantando mediante proceso de selección de Licitación Pública. Por lo tanto en caso de declararse desierto el proceso de Licitación en mención, se procederá de la misma forma a declarar desierto el proceso de la referencia. En caso de que se encuentre adjudicado, no se procederá con la firma del contrato respectivo.
10 FORMA DE PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO
EI ICBF pagará al contratista mensualmente, de conformidad con el valor mensual del personal efectivamente utilizado en el contrato, en el mes de ejecución objeto de cobro.
Los pagos se realizarán acorde a los valores presentados en su propuesta; menos el porcentaje promedio de retraso de la ejecución, registrado en las actas xx xxxxx de actividades e informes aprobados por la interventoría.
Los pagos se realizarán previa presentación del informe mensual. Lo anterior de conformidad a la siguiente formulación:
VPMn = VM - %Atr(VM).
VPMn = valor a pagar en el mes n.
VM = Valor del mes del personal que utilizó la interventoría, de acuerdo a la propuesta. (Incluye los costos indirectos de acuerdo al porcentaje de la propuesta y el IVA).
%Atr = porcentaje promedio de retraso del contrato de suministro e instalación, entendido el atraso como la diferencia entre el porcentaje de avance programado menos el porcentaje de avance real ejecutado.
La retención realizada por concepto de atraso del contrato de suministro e instalación, será pagada una vez se complete el 100% de la ejecución y sea recibida a satisfacción por el supervisor del ICBF.
En el eventual caso de presentarse un presunto incumplimiento del contratista, y las instalaciones se paralicen, pero sea necesaria la participación del interventor en el desarrollo del proceso administrativo de carácter sancionatorio, el interventor deberá pactar con el supervisor del contrato, el personal requerido para esta etapa, así como el porcentaje de dedicación de cada profesional, para efectos de pago.
Los pagos se realizarán previa presentación de cada uno de los informes solicitados, de la factura correspondiente, la certificación de recibo a satisfacción por parte del supervisor, y la certificación del revisor fiscal o representante legal, según corresponda, sobre el cumplimiento en el pago de los aportes parafiscales y de seguridad social de sus empleados o profesionales vinculados de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
El pago se realizará dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura acompañada de las certificaciones requeridas, previa aprobación del PAC (Programa Anual Mensualizado de Caja).
Si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para este solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del contratista y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
Todos los pagos se realizarán conforme al PAC del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
11 TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES
Con el fin de conocer los riesgos que afectarían el contrato que se pretende adelantar, tanto en aspectos favorables como adversos; y con el fin de contribuir a asegurar los fines que el estado persigue con la contratación, el ICBF ha preparado este anexo, el cual permite dilucidar aspectos que deben ser considerados en la adecuada estructuración de ofertas y planes de contingencia y continuidad del proyecto.
De este modo, corresponderá al contratista seleccionado la xxxxxxxx del riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo del ICBF en el Pliego de Condiciones.
Los riesgos que podrían afectar el normal desarrollo de las actividades previstas en esta contratación se detallan en el Anexo No. 3 “MATRIZ DE TIPIFICACIÓN, VALORACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS”, elaborada de conformidad con la metodología propuesta por Colombia Compra Eficiente (CCE) detallada en el “Manual para la Identificación y Cobertura del Riesgo en el Proceso de Contratación”1.
12 ANEXOS
1. Anexo 1A. Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado.
2. Anexo 1B. Entrega y puesta en funcionamiento de los equipos de aire acondicionado.
3. Anexo No. 2 – Personal mínimo requerido
4. Anexo No. 3 –Matriz de tipificación, valoración y asignación de riesgos
13 ACEPTACIÓN CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Señor proveedor o contratista potencial: Al remitir cotización y/o propuesta, usted está aceptando que la misma cumple con la totalidad de los requerimientos incluidos en el presente documento y que incluye la totalidad de costos y gastos, directos e indirectos, así como los impuestos, asociados a la ejecución del contrato. Así mismo, que en caso de resultar
1 Agencia Nacional para la Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx-x- documentos-tipo, disponible en internet, fecha de consulta 23 de enero de 2016.
adjudicatario del proceso de selección correspondiente, podrá prestar el servicio y/o entregar el bien, con las condiciones técnicas descritas en el presente documento.
14 APROBACIONES ICBF
Concepto | Nombre y apellidos | Cargo – Dependencia | Firma |
Elaboró | Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Contratista Grupo de Infraestructura Inmobiliaria | |
Revisó | Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | Coordinadora Grupo de Infraestructura Inmobiliaria | |
Aprobó | Xxxxx Xxxxx Xxxxx | Director Administrativo (E) |