Contract
CONTRATO COLECTIVO LABORAL DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES, MATERIALES Y CULTURALES QUE CELEBRAN EL H. VIII AYUNTAMIENTO DE BAHÍA XX XXXXXXXX, NAYARIT, DESARROLLO INTEGRAL PARA LA FAMILIA Y EL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO, REPRESENTADOS POR LOS C.C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX, (PRESIDENTE MUNICIPAL), LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX (SINDICO MUNICIPAL), PROFR. XXXX XXXXXXXXX O’XXXXXX XXXXXXX, (SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO), C.P. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, (TESORERO MUNICIPAL), SRA. MA. DEL XXXXXXX XXXXX XXXXX (PRESIDENTA DEL SISTEMA D.I.F. MUNICIPAL), LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, (DIRECTORA DEL SISTEMA D.I.F. MUNICIPAL) Y EL LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX (DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO) Y LA SECCIÓN XIX DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES AL SERVICIO DE LOS PODERES DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE CARÁCTER ESTATAL DE NAYARIT, REPRESENTADA POR LOS C.C. XXXXXX XXXX XXXXXX, (SECRETARIO GENERAL), XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, (SECRETARIO DEL INTERIOR), XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX (SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN), XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX (SECRETARIO DE TRABAJOS Y CONFLICTOS), XXX XXXXXX XXXXX XXXXX (SECRETARIA DE HACIENDA) XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX (SECRETARIA DE ACTAS Y ACUERDOS), XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX (SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA) , XXXXXX XXXXX XXXXX Y XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX (COMISIÓN DE VIGILANCIA), XXXXX XXXXXX XXXX, MA. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX Y XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX (COMISIÓN DE DEFUNCIÓN), XXXXXXXXX XXXXXX XXXX, XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX Y XXXXXX XXXXXXX XXXXX (COMISIÓN DE ESCALAFÓN), MA. DEL XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, MAYTURE XXXXXXXXX XXXXX Y XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX (COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS), XXXXX XXXXXXX (SECRETARIA DE ACCIÓN FEMENIL), XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX (SECRETARIO DE ACCIÓN JUVENIL), XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX (SECRETARIA DE ACCIÓN DEPORTIVA) Y XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX (SECRETARIA DE ACCIÓN POLÍTICA), ASÍ COMO XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, (SECRETARIA GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL), XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXX (SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN), XXXXXX X. XXXXXXX XXXXX (SECRETARIA DEL INTERIOR), XXXXXX XXXXX XXXXXXXX, (SECRETARIO DE HACIENDA), LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX (SECRETARIA DE ACTAS Y ACUERDOS) DEL COMITÉ ESTATAL DEL S.U.T.S.E.M.; QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, “OROMAPAS” Y “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, “OROMAPAS” Y “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” DECLARAN:
QUE ESTÁN FACULTADOS PARA CELEBRAR CONTRATOS POR LO QUE HAN DETERMINADO QUE SE SUSCRIBA EL PRESENTE.
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 1, 2, 3, 4 FRACCIÓN I; 6, 7 Y
9 DEL ESTATUTO JURÍDICO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE CARÁCTER ESTATAL DE NAYARIT; A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” LE CORRESPONDE EL DERECHO DE SINDICALIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” QUE REALIZAN LABORES TABULARES, ASÍ MISMO TIENEN LA OBLIGACIÓN LEGAL DE UTILIZAR LOS SERVICIOS DE TRABAJADORES MIEMBROS DEL SUTSEM.
QUE CON FECHA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (DOS MIL DOCE), “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, “OROMAPAS” Y “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, CELEBRARON UN ACUERDO ÚNICO QUE CONCENTRO TODAS LAS PRESTACIONES LABORALES.
QUE CON ESTA FECHA SE ACTUALIZA DICHO CONTRATO DEJANDO SIN EFECTO EL ANTERIOR.
II. DECLARA “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”.
ES UNA ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES CONSTITUIDA PARA EL ESTUDIO, MEJORAMIENTO Y DEFENSA DE SUS DERECHOS E INTERESES COMUNES.
ESTA LEGAL Y DEBIDAMENTE CONSTITUIDO Y REGISTRADO ANTE EL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE NAYARIT, LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CORRESPONDIENTE Y TIENE PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO.
EL COMITÉ DIRECTIVO SECCIONAL ES SU REPRESENTANTE LEGAL DE ACUERDO A LOS ESTATUTOS INTERNOS, MISMO QUE ESTA INTEGRADO POR SECRETARÍAS Y COMISIONES PERMANENTES.
REPRESENTA EL INTERÉS JURÍDICO PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, Y EL “OROMAPAS”.
LAS RELACIONES COLECTIVAS E INDIVIDUALES DE TRABAJO SE REGULAN POR EL ESTATUTO JURÍDICO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE CARÁCTER ESTATAL.
EL PRESENTE CONTRATO LABORAL, ES PRODUCTO DE LA REVISIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO, ECONÓMICAS, MATERIALES, SOCIALES Y CULTURALES QUE RIGEN LAS RELACIONES INDIVIDUALES Y COLECTIVAS ENTRE LOS TRABAJADORES MIEMBROS DE ESTA ORGANIZACIÓN SINDICAL Y “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”.
C L A U S U L A S
CAPITULO I.- RÉGIMEN CONTRACTUAL PRIMERA.- TITULARIDAD DE LA CONTRATACIÓN COLECTIVA
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, “OROMAPAS” Y “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” RECONOCEN Y ESTÁN DE ACUERDO EN QUE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” REPRESENTA EL INTERÉS PROFESIONAL Y/O LABORAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE ESTAS DEPENDENCIAS Y QUE LE CORRESPONDE LA TITULARIDAD DE LA CONTRATACIÓN COLECTIVA, DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS, MATERIALES, CULTURALES Y DEPORTIVAS, DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO, DE LA SINDICALIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES, DE TODOS LOS ORGANISMOS MIXTOS LABORALES, DE LAS PLAZAS Y PUESTOS DE TRABAJO ACTUALES COMO LOS DE NUEVA CREACIÓN.
SEGUNDA.- DE LA EXCLUSIÓN POR ADMISIÓN.
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” ESTÁN DE ACUERDO Y ACEPTAN, QUE A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” LE CORRESPONDE LA FACULTAD CONTRACTUAL Y SINDICAL DE ASIGNAR EL PERSONAL QUE OCUPARA LAS PLAZAS VACANTES DEFINITIVAS Y NO DEFINITIVAS Y PREVIO ACUERDO CON LAS MENCIONADAS DEPENDENCIAS, CUBRIENDO EL PERFIL REQUERIDO PARA LAS CONDICIONES LABORALES DEL ÁREA RESPECTIVA, TENIENDO LA RESPONSABILIDAD DE RESPETAR EL DERECHO DE PREFERENCIA DE SUS SOCIOS, DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD LABORAL.
LA ASIGNACIÓN DE BASES DE NUEVA CREACIÓN, SE HARÁ A TRAVÉS DE UNA COMISIÓN MIXTA CONFORMADA ENTRE EL PATRÓN Y EL “SUTSEM SECCIÓN XIX”.
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” SE OBLIGAN A HACER DEL CONOCIMIENTO AL “SUTSEM SECCIÓN XIX”, POR ESCRITO, DE LA EXISTENCIA DE TODA PLAZA VACANTE DEFINITIVA Y NO DEFINITIVA, Y DE NUEVA CREACIÓN, EN UN PLAZO MÁXIMO DE TRES DÍAS, PARA SU NOMINACIÓN Y OCUPACIÓN CORRESPONDIENTE; ASIMISMO A ACEPTAR AL PERSONAL DESIGNADO POR “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, QUE CUBRA LOS REQUISITOS DEL PUESTO LABORAL.
TERCERA.- DE LA TITULARIDAD, NOMINACIÓN Y OCUPACIÓN DE LAS PLAZAS VACANTES Y DE NUEVA CREACIÓN.
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, RECONOCEN Y ESTÁN DE ACUERDO EN QUE A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” LE CORRESPONDE LA TITULARIDAD, NOMINACIÓN Y OCUPACIÓN DE TODAS LAS PLAZAS DE BASE VACANTES (DEFINITIVAS Y NO DEFINITIVAS) Y DE NUEVA CREACIÓN.
CUARTA.- ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONTRATO LABORAL.
LAS PARTES RECONOCEN Y ESTÁN DE ACUERDO, EN QUE LA APLICACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO COLECTIVO LABORAL COMPRENDE EL ÁMBITO TOTAL DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA DEL MUNICIPIO DE BAHÍA XX XXXXXXXX, NAYARIT.
CAPITULO II.- RÉGIMEN SALARIAL QUINTA.- SALARIOS
LAS PARTES ACUERDAN EN QUE EL TABULADOR DE SUELDOS FORMADO POR LOS NIVELES DEL 2 (DOS) AL (8) OCHO EN CATEGORÍAS Y SUELDOS, SEAN DE LA SIGUIENTE MANERA:
NIVEL | SUELDO BASE QUINCENAL |
2 (DOS) | $2,870.25 |
3 (TRES) | $3,285.15 |
4 (CUATRO) | $3,611.85 |
5 (CINCO) | $3,937.95 |
6 (SEIS) | $4,684.95 |
7 (SIETE) | $5,592.45 |
8 (OCHO) | $7,078.80 |
ESTOS INCREMENTARAN AUTOMÁTICAMENTE EN IGUAL PORCENTAJE Y FECHA EN QUE SE AUMENTE EL SALARIO MÍNIMO GENERAL DE LA ZONA ECONÓMICA EN QUE ESTE COMPRENDIDA LA ENTIDAD FEDERATIVA, CON EL CARÁCTER DE REVISIÓN SALARIAL ACTUAL, LA INCLUSIÓN A NOMINA, DEL INCREMENTO SALARIAL SERA AUTOMÁTICAMENTE Y A MAS TARDAR UN MES POSTERIOR A LA AUTORIZACIÓN DEL AUMENTO, SIN QUE SE REQUIERA MEDIANTE SOLICITUD EN TAL SENTIDO.
CON LA FINALIDAD DE FORTALECER EL ESCALAFÓN “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” OTORGAN LA CATEGORÍA NÚMERO 7 (SIETE) A LOS TRABAJADORES ACTIVOS DE BASE SINDICALIZADOS DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” QUE CUENTEN CON CARTA DE PASANTE A NIVEL LICENCIATURA, QUE ESTE EN TRAMITE SU TITULACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESIONES Y ESTÉN DESEMPEÑÁNDOSE DE ACUERDO A SU CARRERA, DE IGUAL FORMA A LOS TRABAJADORES DE BASE QUE ESTÉN TITULADOS A NIVEL LICENCIATURA, SE LES OTORGARA EL SUELDO BASE DEL NIVEL 8 (OCHO) SIEMPRE Y CUANDO DESEMPEÑEN EL TRABAJO DE ACUERDO A SU CARRERA.
EL TABULADOR DE SUELDOS AUTORIZADOS PARA “EL AYUNTAMIENTO”, INTEGRADO POR 8 (OCHO) NIVELES EN CATEGORÍAS Y SUELDOS SE CONSIGNA EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
XXXXX XX. 0 $ 2,870.25 SUELDO BASE QUINCENAL. AYUDANTE DE LIMPIEZA (CAJONEROS)
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
1 | 2032 | XXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
2 | 2033 | XXXXX XXXXX XXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
3 | 2034 | XXXXXXX XXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
4 | 2036 | XXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
5 | 3029 | XXXXXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
6 | 3050 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
7 | 1326 | XXXX XXXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
8 | 3036 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
9 | 3035 | XXXXXX XXXXX CUENTA | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
10 | 3038 | XXXXXXX DE SANTIAGO CANALES | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
11 | 3020 | XXXXXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
12 | 3032 | IBAN XXXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
13 | 3023 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
14 | 3022 | XXXXX XXXXXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
15 | 2080 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX. | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
16 | 2084 | XXXX XXXXXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
17 | 2085 | XXXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
18 | 2090 | XXXX XXXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
19 | 2091 | XXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
20 | 2095 | XXXXXX XXXXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
21 | 2103 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
22 | 2124 | XXXXXXXXX XXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
23 | 2130 | XXXX XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
24 | 2144 | XXXX DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
25 | 2145 | XXXX XXXX XXXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
26 | 2147 | XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
27 | 2173 | XXXXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
(SERVICIOS GENERALES)
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
28 | 3095 | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | AYUDANTE DE PIPA(OBRAS PUBLICAS) |
29 | 3105 | XXXXX XXXX XXXXXXXXXXX XXXX | OBRAS PUBLICAS |
30 | 3097 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS |
31 | 3096 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
32 | 2083 | XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX | OBRAS PUBLICAS |
33 | 2089 | XXXX XXXX XXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
34 | 2102 | XXXXXX XXXXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS |
35 | 2126 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
36 | 2134 | XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
37 | 2140 | XXXX XXXX LIMA XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
38 | 2142 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
39 | 2176 | XXXXX XXXX XXXX XXXXXX | AYUDANTE DE PIPA(OBRAS PUBLICAS ) |
40 | 2131 | XXXXXX XXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS |
41 | 2138 | XXXX XXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
JARDINERO Y LIMPIEZA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
42 | 2039 | XXXXXXX XXXXXX XXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE XXXXX XX XXXXXXXX) |
43 | 2041 | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE SAN XXXX XXX XXXXX) |
44 | 2044 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA SAN XXXX DE ABAJO) |
45 | 1300 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE LA XXXX DE HUANACAXTLE) |
46 | 1193 | SANTIAGO XXXXX XXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE SAN XXXX XXX XXXXX) |
47 | 2114 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE EL XXXXXX) |
48 | 2152 | XXXXX XXXXXX XXXXX | OBRAS PUBL. ( PLAZA PUBLICA DE EL COATANTE) |
49 | 2153 | XXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE LOS SAUCES) |
50 | 2154 | XXXXXXXX XXXXX XXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA DE AGUAMILPA) |
51 | 2169 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBL. XXXXX XX XXXXXXXX) |
52 | 2189 | XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA SAN XXXX XXX XXXXX) |
CONSERJE (INTENDENTE)
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
53 | 2001 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | SECRETARIA GENERAL DEL AYTO. (INT. PRESIDENCIA) |
54 | 2007 | XXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXX | PRESIDENCIA (INTERIOR PRESIDENCIA) |
55 | 2179 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | TESORERÍA (INT. PRESIDENCIA) |
56 | 3068 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | CONTRALORÍA (INTERIOR PRESIDENCIA) |
57 | 2107 | MA. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | SECRETARIA GENERAL (XXXXX. SAN XXXX DE ABAJO) |
58 | 2191 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | RECURSOS HUMANOS (INTERIOR DE LA PRESIDENCIA) |
AYUDANTE DE ALBAÑIL
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
59 | 2158 | XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
GUARDARASTRO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
60 | 1085 | XXXXXX XXXXX XXXXX | DESARROLLO RURAL (RASTRO MPAL. XXX XXXX XX XXXXX) |
00 | 0000 | XXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXX | DESARROLLO RURAL (RASTRO MPAL. XXXXX XX XXXXXXXX) |
AYUDANTE DE MECÁNICO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
62 | 2148 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | TRANSITO MUNICIPAL (TALLER MECÁNICO) |
P E N S I O N A D O S
N0. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
63 | 2031 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | PENSIONADO |
64 | 3039 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
65 | 2040 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
66 | 2042 | XXXX DE XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | PENSIONADO |
67 | 2011 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | PENSIONADO |
68 | 1087 | XXXXXX XXXXX XXXXX | PENSIONADO |
69 | 2078 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | PENSIONADO |
70 | 2037 | J. XXXXXXXXX XXXXXX XXXX | PENSIONADO |
71 | 2030 | XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | PENSIONADO |
72 | 2101 | XXXX DE LA XXXX XXXXXXX | PENSIONADO |
73 | 2119 | J. XXXX XXXXX XXXXXXXXX | PENSIONADO |
74 | 2120 | XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX | PENSIONADO |
No. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
75 | 2056 | MA. DEL XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | DELEGACIÓN SAN XXXX DE ABAJO |
76 | 2160 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | DELEGACIÓN DE BUCERIAS |
77 | 2075 | XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | HACIENDA ( CATASTRO) |
78 | 2092 | XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | GOBERNACIÓN (REGIDORES) |
79 | 2133 | XXXXXX XXXX XXXXXX | XXXXXXXXXX XXX XXXXXXX |
XXXXX XX. 0 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL. MECANÓGRAFA
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
80 | 2163 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | COPLADEMUN |
81 | 1050 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
82 | 1207 | MA. DE LA XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | COPLADEMUN |
83 | 2005 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | COPLADEMUN |
84 | 2097 | XXXXXXX XXXXX XXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
85 | 2155 | XXXXXX XXXXXX XXXX | OBRAS PUBLICAS |
86 | 2123 | XXXXXX DE XXXXX XXXXXX XXXXXX | HACIENDA (CATASTRO) |
87 | 2132 | XXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX | XXXXXXXXXXX |
00 | 0000 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX | TRANSITO MUNICIPAL |
89 | 2149 | XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
FOTOCOPIADO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
90 | 2086 | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
91 | 2168 | XXXXXX XXXX XXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
VELADOR
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
92 | 2180 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | GOBERNACIÓN (PRESIDENCIA) |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
93 | 2072 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN , CULTURA Y DEPORTES |
P E N S I O N A DO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
94 | 2071 | XXXXX XXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
95 | 4008 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | PENSIONADO |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
96 | 2048 | XXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
97 | 2110 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | REGISTRO CIVIL XX XXXXX |
98 | 2127 | XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXXX | TRANSITO MUNICIPAL |
99 | 2129 | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX | SEGURIDAD PUBLICA |
100 | 2038 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX | SEGURIDAD PUBLICA |
101 | 2053 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXX | GOBERNACIÓN (COM. SOCIAL) |
XXXXX XX. 0 $ 3,611.85 SUELDO BASE QUINCENAL. TAQUIMECANÓGRAFA
CARPINTERO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
102 | 2112 | XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
103 | 2013 | MA. DEL XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA EGRESOS) |
104 | 1052 | XXXXXX XXXX XXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA CONTABILIDAD) |
105 | 2073 | MA. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | COPLADEMUN |
106 | 2074 | XXXXXXXX XXXXX XXXX XXXX | HACIENDA (TESORERÍA INGRESOS) |
107 | 2093 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA INGRESOS) |
108 | 2057 | MA. XXXXXXXXX XXXXXXX XXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
109 | 2010 | XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
110 | 2088 | XXXXXXXX XXXXX XXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
XXXXX XX. 0 $ 3,937.95 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
FOTÓGRAFO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
111 | 2113 | XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | GOBERNACIÓN (PRESIDENCIA) |
CAPTURISTA DE DATOS
112 | 2077 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXX | DIRECCIÓN DEL REGISTRO CIVIL |
113 | 2081 | MA. DE XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | DIRECCIÓN DEL REGISTRO CIVIL |
114 | 2059 | XXXXXX XXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
115 | 2082 | XXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX | CONTRALORÍA |
116 | 2016 | MA. DEL XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | HACIENDA (RECURSOS HUMANOS) |
117 | 2002 | XXX XXXXXX XXXXX XXXXX | GOBERNACIÓN (REGIDORES) |
118 | 2100 | XXXXX XXXXXXX | COPLADEMUN |
CHOFER
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
119 | 2024 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | DIRECCIÓN DE LA CONTRALORIA |
120 | 2025 | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
121 | 2156 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
122 | 2028 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | OBRAS PUBLICAS (ALUMBRADO PUBLICO) |
123 | 2006 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO |
124 | 1194 | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
125 | 3131 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS (ASEO PUBLICO) |
126 | 3040 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
127 | 3153 | XXXX FLETES XXXXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
128 | 2062 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
129 | 2079 | XXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
130 | 2096 | XXXX DE XXXXX DE SANTIAGO XXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
131 | 2108 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS (PIPA) |
132 | 2115 | XXXXX XXXXX XXXXXXX | XXXXXXXXX XX XXXXXXXX XXXXX |
000 | 0000 | XXXX XX XXXXX XXXXX XXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
134 | 2125 | XXXXXX XXXXX XXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
135 | 2136 | XXXXX XXXXX XXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS PUBL.) |
136 | 2143 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | GOBERNACIÓN (REGIDORES) |
137 | 2146 | XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBL. ( ASEO PUBLICO) |
138 | 2165 | XXXXXXXX XXXXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
XXXXXXXXX XXXXXX | |||
139 | 2050 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
140 | 2141 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS |
141 | 2171 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | (OBRAS PUBLICAS) |
142 | 2049 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | (OBRAS PUBLICAS) |
143 | 1023 | XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO |
144 | 2106 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO |
145 | 3094 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
146 | 2174 | XXXXXX XXXX XXXXXXX | OBRAS PÚBLICAS (ASEO PUBLICO) |
OPERADORES
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
147 | 2076 | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBLICAS (OPERADOR DE RETROEXCAVADORA) |
148 | 2137 | XXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS (OPERADOR DE TRASCAVO) |
149 | 2139 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX | OBRAS PUBLICAS (OPERADOR DE LA MOTOCONFORMADORA) |
AYUDANTE DE ELECTRICISTA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
150 | 2046 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | ALUMBRADO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
151 | 2035 | XXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXX | ALUMBRADO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
152 | 2190 | XXXX XXXX XXXXXX XXXXXX | ALUMBRADO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS) |
JUBILADOS
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
153 | 4001 | XXXXXXXX XXX XXXXXX | JUBILADO |
154 | 4007 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | JUBILADA |
PENSIONADOS
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
155 | 4003 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
156 | 2027 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | PENSIONADO |
157 | 4004 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | PENSIONADO |
158 | 4002 | XXXXXXX XXXXXX XXXX | PENSIONADO |
159 | 4005 | XXXX XXXXXXX XXXXXXX | PENSIONADO |
160 | 2045 | XXXXX XXXXXX XXXXX | PENSIONADO |
161 | 2023 | XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXXX | PENSIONADO |
162 | 2022 | XXXXXXXX XXXXXX XXXX | PENSIONADO |
163 | 4006 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | PENSIONADO |
164 | 3132 | XXXXX XXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
CAJONERO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
165 | 2128 | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS PUBLICAS |
166 | 2167 | XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX | HACIENDA ( NOMINAS) |
167 | 2014 | MA. XXXXXXX XXXX XXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA INGRESOS) |
168 | 2067 | XXX XXXX XXXXXX XXXXXXXX | HACIENDA (NOMINAS) |
XXXXX XX. 0 $4,684.95 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
169 | 3164 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX | EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTE |
170 | 2105 | XXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
NIVEL NO.7 $ 5,592.45 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO
TAQUIMECANÓGRAFA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
171 | 2004 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX | SECRETARIA GRAL. DEL AYTO. |
172 | 2008 | MAYTURÉ XXXXXXXXX XXXXX | PRESIDENCIA |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
173 | 2017 | XXXXX XXXXXX XXXX | REGISTRO CIVIL XX XXXXX |
174 | 2020 | XXXX XXX XXXXXX | REGISTRO CIVIL BUCERIAS |
175 | 2111 | XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX | REGISTRO CIVIL SAN XXXXXXXXX |
176 | 1323 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | XXXXXXXX XXXXX XXX XXXXXXX |
XXXXX Xx. 0 $ 7,078.80 SUELDO BASE QUINCENAL OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL
AUXILIAR CONTABLE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
177 | 2104 | MA. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX. | CONTRALORÍA |
178 | 2118 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
179 | 2012 | XXXXXX XXXX XXXXXX | HACIENDA (TESORERÍA NOMINAS) |
180 | 1060 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX | HACIENDA (TESORERÍA) |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
181 | 2159 | XXXX XXXXXX XXXXX | DIRECCIÓN DE TURISMO |
182 | 2058 | MA. XXXXXXX XXXX XXXXXXX | COPLADEMUN |
TAQUIMECANÓGRAFA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
183 | 2003 | XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX. | PRESIDENCIA |
184 | 2015 | XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX | EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
185 | 1002 | XXXXX XXXXX XXXXXX XXXX | SECRETARIA GRAL. DEL AYTO. |
JUBILADA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
186 | 2019 | XXXXXX XXXXX FLETES XXXXXX | JUBILADA |
187 | 2018 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | JUBILADA |
EL TABULADOR DE SUELDOS AUTORIZADOS PARA EL DESARROLLO INTEGRAL PARA LA FAMILIA DE BAHÍA XX XXXXXXXX “DIF”, INTEGRADO POR 8 (OCHO) NIVELES DE CATEGORÍAS Y SUELDOS SE CONSIGNA EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
188 | 508 | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 2 $ 2,870.25 SUELDO BASE QUINCENAL CONSERJE (INTENDENTE)
JARDINERO Y LIMPIEZA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
189 | 509 | XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXX | DIF MUNICIPAL |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
190 | 005 | XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 3 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR DE TRABAJO SOCIAL
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
191 | 507 | LUZ MA. XXXXXXXXX XXXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 5 $ 3,937.95 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
CHOFER
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
192 | 510 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | DIF MUNICIPAL |
193 | 514 | XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | DIF MUNICIPAL |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
194 | 506 | XXXXX DEL XXXXXXX XXXXXX XXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 6 $ 4,684.95 SUELDO BASE QUINCENAL TRABAJO SOCIAL
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
195 | 502 | XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 7 $ 5,592.45 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
CAPTURISTA DE DATOS
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
196 | 503 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXX | DIF MUNICIPAL |
EL TABULADOR DE SUELDOS AUTORIZADOS DEL ORGANISMO OPERADOR MUNICIPAL DE AGUA POTABLE ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DE BAHÍA XX XXXXXXXX “OROMAPAS”, INTEGRADO POR (8) OCHO NIVELES EN CATEGORÍAS Y SUELDOS SE CONSIGNA EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
XXXXX XX. 0 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL MECANÓGRAFA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
197 | 100 | XXXXX XXXX XXXXXXX | OROMAPAS (MEZCALES) |
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
198 | 007 | XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX | OROMAPAS |
XXXXXX | |||
199 | 000 | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXX | OROMAPAS |
200 | 004 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | OROMAPAS |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
201 | 101 | XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX | OROMAPAS (XXXXX DE BAND.) |
XXXXX XX. 0 $ 3,611.85 SUELDO BASE QUINCENAL CAPTURISTA DE DATOS
LECTURISTA NOTIFICADOR
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
202 | 103 | XXXXXX XXXXXXXX XXX | OROMAPAS (SAN XXXX XXX XXXXX) |
203 | 000 | XXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | OROMAPAS |
TAQUIMECANÓGRAFA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
204 | 080 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | OROMAPAS (DIRECCIÓN) |
205 | 000 | XXXXX XX XXXXX XXXXXX XXXXXX XXXX | OROMAPAS |
PENSIONADO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
206 | 102 | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX | PENSIONADO |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
207 | 021 | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX | OROMAPAS (XXXXX DE BAND.) |
XXXXX XX. 0 $ 3,937.95 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
208 | 019 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | OROMAPAS (XXXXX DE BAND.) |
209 | 023 | XXXX XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | OROMAPAS (BUCERIAS) |
210 | 018 | XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | OROMAPAS (FRACC. BAHÍA XX XXXXXXXX) |
211 | XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX | OROMAPAS (SAN XXXXXXX) |
FONTANERO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
212 | 055 | XXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | OROMAPAS (BUCERIAS) |
213 | 056 | XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | OROMAPAS (BUCERIAS) |
214 | 052 | XXXXXXXX XXXX XXXXX | OROMAPAS (XXXXX DE BAND.) |
215 | 053 | XXXXXXX DE XXXXX XXXXXXXX | OROMAPAS (FRACC. BAHÍA XX XXXXXXXX) |
216 | 058 | XXXX XXXXX XXXX XXXX | OROMAPAS (SAN XXXX XXX XXXXX) |
217 | 075 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | OROMAPAS (BUCERIAS) |
218 | 000 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX | OROMAPAS |
219 | 000 | XXXXXX XXXXX XXXXXXX | OROMAPAS |
PENSIONADO
No. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
220 | 020 | XXXX DE XXXXX XXXXXX DE SANTIAGO | OROMAPAS (XXXXX DE BAND.) |
221 | 054 | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | PENSIONADO (MEZCALES) |
JUBILADOS
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
222 | 022 | XXX XXXXX XXXXX XXXXX | JUBILADA |
223 | 057 | XXXX XXXX XXXXXXX | JUBILADO (SAN XXXX XXX XXXXX) |
224 | 017 | XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX | OROMAPAS (SAN XXXX) |
ENCARGADO DE OPERACIÓN DEL EQUIPO DE BOMBEO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
225 | 051 | XXXXXXXX XXXXXXX XXXX | OROMAPAS (BUCERIAS) |
226 | 000 | J. XXXX XXXX XXXXXX | OROMAPAS |
PENSIONADO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
227 | 048 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | PENSIONADO |
JUBILADO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
228 | 047 | XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | JUBILADO |
LOS TRABAJADORES QUE A CONTINUACIÓN SE RELACIONAN QUEDAN SUJETOS ADEMÁS AL NUEVO RÉGIMEN DE PENSIONES.
DE “AYUNTAMIENTO”
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
229 | 3787 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | XXXXXXX X XXXXXXXX(XXXXX X XXXXXXXXX XXXXXXXX) |
XXXXX XX. 0 $ 2,870.25 SUELDO BASE QUINCENAL AYUDANTE DE PARQUES Y JARDINES
AYUDANTE DE SERVICIOS GENERALES
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
230 | 1450 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
231 | 1452 | XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
232 | 1360 | XXXXXXX XXXXX XXXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
233 | 3569 | XXXX XXXX XXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
234 | 3720 | XXXXXXXXXX XXXX XXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
235 | 3523 | X. XXXXXXXXX DE LA XXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS |
XXXXXXXXX | Y SERVICIOS PÚBLICOS) | ||
236 | 1319 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
237 | 3200 | XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
238 | 5015 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
239 | 3838 | XXXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS |
AYUDANTE DE LIMPIEZA (CAJONERO)
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
240 | 2195 | XXXXXX XXXXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
241 | 3369 | XXXXX XXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
242 | 3202 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
243 | 3206 | XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
244 | 3410 | XXXXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
245 | 2201 | XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
246 | 3837 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) |
CONSERJE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
247 | 2197 | XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | RECURSOS HUMANOS(INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO) |
248 | 5374 | XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | RECURSOS HUMANOS |
GUARDA RASTRO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
249 | 2193 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | DESARROLLO RURAL (XXXXX XX XXXXXXXX) |
JARDINERO Y LIMPIEZA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
250 | 2196 | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS (PLAZA BUCERIAS) |
251 | 1476 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX | OBRAS PUBL. (PLAZA PUBLICA XX XXXXXXX BCA.) |
TELEFONISTA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
252 | 1522 | MA. XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | INFORMÁTICA (CONMUTADOR) |
LIMPIEZA DE CALLES
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
253 | 2208 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX | OBRAS PUBLICAS (LIMPIEZA DE CALLES XXXXX XX XXXXXXXX, NAY.) |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
254 | 1523 | XXXXXXX XXXX XXXXXXXXXX | INGRESOS BUCERÍAS (TESORERÍA) |
255 | 2199 | XXX XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX | OFICIALÍA DE PARTES (SECRETARIA) |
256 | 3605 | MA. XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | TRÁNSITO MUNICIPAL |
257 | 3718 | XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | PROTECCIÓN CIVIL |
258 | 3332 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
259 | 1531 | XXXXX XXXXXX XXXXX | FISCALIZACIÓN (TESORERÍA) |
260 | 1064 | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
261 | 3666 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX | RECURSOS HUMANOS(TESORERÍA) |
262 | 3163 | XXXXXXXX XXXXXXX XXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
NIVEL NO. 3 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO
263 | 3377 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | SINDICATURA (GOBERNACIÓN) |
264 | 1357 | XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | PROTECCIÓN CIVIL |
265 | 2177 | XXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX | TESORERÍA |
MECANÓGRAFA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
266 | 3006 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX | EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
267 | 1546 | XXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX | ÁREA TÉCNICA (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
268 | 2162 | XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX | REGISTRO CIVIL BUCERÍAS |
269 | 3146 | XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | LICITACIONES (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
270 | 1549 | XXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXX | REGISTRO CIVIL SAN XXXX DE ABAJO |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
271 | 3367 | XXXX XXXXXXX XXXX XXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
NIVEL NO. 4 $ 3,611.85 SUELDO BASE QUINCENAL CARPINTERO
REGISTRO CIVIL
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
272 | 2205 | XXXXXXX XXXXXXX XXXX | OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL SAN XXXX XXX XXXXX |
TAQUIMECANÓGRAFA
273 | 2182 | XXX XXXXX XXXX XXXXXX | CAJA GENERAL (TESORERÍA) |
AUXILIAR DE INFORMÁTICA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
274 | 3786 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | INFORMÁTICA (TESORERÍA) |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
275 | 3656 | XXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXX | DIRECCIÓN DE LA CONTRALORÍA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO |
276 | 1239 | XXXXXXX XXXXXXXX XXXX | COMPRAS Y ADQUISICIONES (TESORERÍA) |
277 | 3330 | XXXXXX XXXXX XXXX | DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA |
278 | 1517 | XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX | ÁREA TÉCNICA(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
NIVEL NO. 5 $ 3,937.95 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
CAPTURISTA DE DATOS
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
279 | 1525 | XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX | SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO |
280 | 3813 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXX | DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA |
FOTÓGRAFO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
281 | 1499 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | COMUNICACIÓN SOCIAL(GOBERNACIÓN) |
AYUDANTE DE ELECTRICISTA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
282 | 3658 | XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
CHOFER
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
283 | 3234 | XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX | SERVICIOS GENERALES (OBRAS |
Y SERVICIOS PÚBLICOS) | |||
284 | 3328 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXX | INGRESOS DE XXXXX XX XXXXXXXX(TESORERÍA) |
285 | 1377 | XXXXXXX XXXXX XXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
286 | 3510 | XXXXXX XXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
287 | 3402 | XXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
288 | 2204 | XXXXX XXXXX DE XXXX XXXXXXXX | ASEO PÚBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
289 | 3749 | XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
290 | 2203 | XXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
291 | 2207 | XXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | ASEO PUBLICO (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
292 | 5040 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX | HACIENDA(TESORERÍA ALMACÉN) |
293 | 1433 | XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX | SINDICATURA (GOBERNACIÓN) |
OPERADOR DE RETROEXCAVADORA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
294 | 3133 | XXXXXX XXXX XXXX XXXXXXXX | SERVICIOS PÚBLICOS(OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
295 | 2200 | XXXXXX XXXXX XXXXXXX FLETES | REGISTRO CIVIL DE SAN XXXX DE ABAJO |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
296 | 3464 | XXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX | XXXXXXXX |
XXXXX XX. 0 $ 5,592.45 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO
XXXXX XX. 0 $ 7,078.80 SUELDO BASE QUINCENAL
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
297 | 3744 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX | DESARROLLO ECONÓMICO |
298 | 5197 | XXXXXXX XXXXXX XXXX | DESARROLLO ECONÓMICO |
299 | 3650 | XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | TURISMO |
300 | 3654 | XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX | TURISMO |
301 | 1524 | XXXXXX XXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX | EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE |
302 | 5014 | MARINA DEL XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX | TURISMO |
AUXILIAR CONTABLE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
303 | 1520 | XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | EGRESOS (TESORERÍA) |
304 | 1446 | XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXX | ÁREA TÉCNICA (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
TOPÓGRAFO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
305 | 1202 | XXXX DE XXXXX XXXXXXXX XXXX | ÁREA TÉCNICA (OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS) |
“OROMAPAS”
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE DEL TRABAJADOR | DEPARTAMENTO |
306 | 059 | XXXXXXX XXXX XXXXXX | OROMAPAS (OFICINAS CENTRALES) |
XXXXX XX. 0 $ 2,870.25 SUELDO BASE QUINCENAL INTENDENTE
NIVEL NO. 3 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
307 | 009 | MA. XXXXXX XXXXXXX XXXXXX | OROMAPAS |
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
308 | 016 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX | OFICINA COBRANZA DE JARRETADERAS |
NIVEL NO. 7 $ 5,592.45 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
309 | 006 | XXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX | OROMAPAS |
NIVEL NO. 8 $ 7,078.80 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
“DIF”
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
310 | 519 | XXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 3 $ 3,285.15 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | XXXXXXXXXXXX |
000 | 000 | XX. XXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | DIF MUNICIPAL (REHABILITACIÓN) |
XXXXX XX. 0 $ 3,937.95 SUELDO BASE QUINCENAL ENFERMERA
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
312 | 518 | XXX XXXXX XXXXX XXXX | XXX XXXXXXXXX |
XXXXX XX. 0 $ 5,592.45 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
NO. | XX.XX EMPLEADO | NOMBRE | DEPARTAMENTO |
313 | 511 | XXXXXXX XXXXX XXXXXXXX | DIF MUNICIPAL |
NIVEL NO. 8 $ 7,078.80 SUELDO BASE QUINCENAL AUXILIAR CONTABLE
EN EL CASO DE ESTOS TRABAJADORES, QUE AL CUMPLIR 60, 65 O MAS AÑOS DE EDAD, Y QUE HAYAN TRABAJADO 15 AÑOS DE SERVICIO, EL PORCENTAJE QUE LES CORRESPONDA EN BASE AL SALARIO REGISTRADO ANTE EL I.M.S.S,, LO REINTEGRARÁN A “EL AYUNTAMIENTO ” , “D.I.F” Y AL “OROMAPAS” EL MONTO DE SU PENSIÓN SERA DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TABLA.
PARA EL CASO DE LOS HOMBRES:
ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO | PORCENTAJE DE PENSIÓN |
15 | 50% |
16 | 53.33% |
17 | 56.66% |
18 | 60% |
19 | 63.33% |
20 | 66.66% |
21 | 70% |
22 | 73.33% |
23 | 76.66% |
24 | 80% |
25 | 83.33% |
26 | 86.66% |
27 | 90% |
28 | 93.33% |
29 | 96.66% |
30 | 100% |
PARA EL CASO DE LAS MUJERES:
ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO | PORCENTAJE DE PENSIÓN |
15 | 50% |
16 | 53.85% |
17 | 57.69% |
18 | 61.54% |
19 | 65.38% |
20 | 69.23% |
21 | 73.08% |
22 | 76.92% |
23 | 80.77% |
24 | 84.61% |
25 | 88.46% |
26 | 92.31% |
27 | 96.15% |
28 | 100% |
SEXTA.- NOMBRAMIENTOS
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, ESTÁN OBLIGADOS A ENTREGAR NOMBRAMIENTO A CADA UNO DE LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS AL FINALIZAR LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL DEL PRESIDENTE EN FUNCIONES, CONSIDERÁNDOSE COMO FECHA LIMITE DE ENTREGA EL DÍA 30 XX XXXXX.
DE IGUAL FORMA ESTÁN OBLIGADOS A ENTREGAR NOMBRAMIENTOS A LOS TRABAJADORES DE BASE DE NUEVA CREACIÓN PROPORCIONADAS DURANTE LA GESTIÓN DE CADA ADMINISTRACIÓN PUBLICA.
CADA NOMBRAMIENTO DEBERÁ CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS:
I.- NOMBRE, NACIONALIDAD, EDAD, SEXO, ESTADO CIVIL Y DOMICILIO. II.- CARÁCTER DEL NOMBRAMIENTO: DEFINITIVO.
III.- LA DURACIÓN DE LA JORNADA DE TRABAJO. IV.- LUGAR EN QUE PRESTA SUS SERVICIOS
V.-ANTIGÜEDAD SÉPTIMA.- DEDUCCIONES
A).- “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS” SE OBLIGAN A EFECTUAR EL DESCUENTO DEL 1.5% DE CUOTA SINDICAL AL PERSONAL SINDICALIZADO, SOBRE EL SUELDO INTEGRADO Y SE REFLEJE EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR QUINCENALMENTE Y A LA VEZ SE REEMBOLSE A LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL “SUTSEM SECCIÓN XIX”, A MAS TARDAR EN LOS SIGUIENTES 5 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA RETENCIÓN.
B).- DE IGUAL MANERA SE COMPROMETEN A APLICAR EL DESCUENTO DEL 2.92% DEL FONDO MUTUALISTA AL PERSONAL SINDICALIZADO, SOBRE EL SUELDO INTEGRADO QUINCENAL, REFLEJÁNDOSE EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR Y A SU VEZ SE REEMBOLSE AL TITULAR DE LA COMISIÓN DE DEFUNCIÓN DEL “SUTSEM SECCIÓN
XIX” A MAS TARDAR EN LOS 5 DÍAS HÁBILES DE CADA MES Y EN CASO DE INCURRIR EN INCUMPLIMIENTO DE ÉSTE, PAGARÁN LA SUMA ASEGURADA DE LO QUE ESTABLECE EL FONDO MUTUALISTA, EL CUAL ES DE 65 MESES XX XXXXXX MAS $20,000.00 (VEINTE MIL PESOS 00/100 M.N) DE GASTOS FUNERARIOS DE ACUERDO CON LO QUE LE DESCUENTAN EN EL CONCEPTO ANTES MENCIONADO Y SI EL TRABAJADOR PASA DE 70 AÑOS DE EDAD LA SUMA ASEGURADA ES DE 16 MESES XX XXXXXX, MAS $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) PARA GASTOS FUNERARIOS; ASI COMO LA PERDIDA DE MIEMBROS COMO LO MARCA EL REGLAMENTO DEL FONDO MUTUALISTA, MISMA QUE SE CUBRIRÁ EN UN LAPSO XX XXXX DÍAS HÁBILES A LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE.
C).- ASÍ MISMO SE COMPROMETEN A APLICAR VÍA NOMINA LAS DEDUCCIONES QUE POR ACUERDO DE ASAMBLEA SE TOMEN Y SE REFLEJEN EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO Y A SU VEZ SE REEMBOLSE A LA SECRETARIA DE HACIENDA, A LA COMISIÓN DE DEFUNCIÓN Y/O A LA COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS DEL “SUTSEM SECCIÓN XIX”, SEGÚN SEA EL CASO, A MAS TARDAR EN LOS 5 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA RETENCIÓN.
D).- “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS” PROPORCIONARÁ CONSTANCIA DE LOS INGRESOS PERCIBIDOS Y RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA A CADA TRABAJADOR QUE LO SOLICITE, EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES FISCALES APLICABLES.
E).- “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS” DESCONTARÁ UN DÍA XX XXXXXX INTEGRADO A TODOS LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS, CUANDO SE PAGUE LA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE CADA AÑO, REFLEJÁNDOSE EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR, POR CONCEPTO DE “FONDO DE RESISTENCIA” Y SE REMBOLSARA A LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL “SUTSEM SECCIÓN XIX”, A MAS TARDAR EN LOS 5 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA RETENCIÓN.
CAPITULO III.- PRESTACIONES ECONÓMICAS ORDINARIAS OCTAVA.- AGUINALDO
A) SE RATIFICA ESTA GRATIFICACIÓN ANUAL A RAZÓN DE 75 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO; DISTRIBUIDOS EN DOS PAGOS, 40 DÍAS QUE SE PAGARAN A MAS TARDAR EL DÍA 11 DE DICIEMBRE Y LOS 35 DÍAS RESTANTES EN LOS PRIMEROS CINCO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL SIGUIENTE AÑO. LOS TRABAJADORES QUE HAYAN LABORADO SOLO FRACCIÓN DEL AÑO PERCIBIRÁN ESTE CONCEPTO EN FORMA PROPORCIONAL DE DICHA GRATIFICACIÓN, LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
B) SE RATIFICA EL PAGO ANUAL DE LAS DOS QUINCENAS DEL MES DE DICIEMBRE EN UNA SOLA EMISIÓN LA CUAL DEBERÁ DE CUBRIRSE A MAS TARDAR LOS PRIMEROS QUINCE DÍAS DEL MISMO MES.
NOVENA.- VACACIONES
SE AUTORIZA UN ESQUEMA DE VACACIONES DE ACUERDO A LA ANTIGÜEDAD LABORAL EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
A) DE 6 MESES A 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 10 DÍAS HÁBILES SEMESTRALES |
B) DE 15 A 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 12 DÍAS HÁBILES SEMESTRALES |
C) DE 20 A 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 14 DÍAS HÁBILES SEMESTRALES |
D) DE 25 A 30 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 15 DÍAS HÁBILES SEMESTRALES |
LAS PARTES ACUERDAN QUE EL “SUTSEM SECCIÓN XIX” ASIGNARA AL PERSONAL QUE DEBERÁ CUBRIR EL PUESTO VACANTE DE MANERA INTERINA, COMO VACACIONES, LICENCIAS, PERMISOS, INCAPACIDADES Y/O VACANTES DEFINITIVAS, MISMOS QUE DEBERÁN DE REUNIR EL PERFIL DE ACUERDO CON CADA UNA DE LAS PLAZAS A CUBRIR, HACIÉNDOSE RESPONSABLE “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS” AL PAGO DE SU SALARIO INTEGRADO, EXCEPTO BONO QUINQUENIO, FONDO DE AHORRO, VALES DE DESPENSA, GASTO DOMESTICO Y DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS, A EXCEPCIÓN DE LOS QUE VAYAN A CUBRIR UN PERIODO MAYOR A TREINTA DÍAS, QUE SERÁN ACREEDORES A LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN ESTE CONTRATO, EXCLUYENDO EL DERECHO A LAS NIVELACIONES Y RECATEGORIZACIONES.
DECIMA.- PRIMA VACACIONAL
SE AUTORIZA EL SIGUIENTE ESQUEMA DE PAGO DE PRIMA VACACIONAL SEMESTRAL, EL PAGO SE EFECTUARA LA PRIMERA QUINCENA XX XXXXX Y EN LA PRIMERA QUINCENA DE SEPTIEMBRE DE CADA AÑO.
A) DE 6 MESES A 5 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 5 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
B) DE 5 A 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 7 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
C) DE 10 A 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 9 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
D) DE 15 A 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 11 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
E) DE 20 A 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 13 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
F) DE 25 O MAS AÑOS DE ANTIGÜEDAD | 16 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO |
LAS PARTES ACUERDAN EL PAGO DE UN BONO ESPECIAL PARA TODOS LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS, PAGADERO EN LA MISMA PROPORCIÓN Y FECHA EQUIVALENTE A LA PRIMA VACACIONAL QUE SE PAGA AL PERSONAL EN ACTIVO.
LAS PARTES ACUERDAN QUE EN AMBOS CASOS LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
DECIMA PRIMERA.- DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS
ADICIONALMENTE A LOS DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIOS QUE ESTABLECE EL ARTICULO 33 DEL ESTATUTO JURÍDICO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE CARÁCTER ESTATAL, “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” AUTORIZA LOS SIGUIENTES:
JUEVES Y VIERNES DE LA SEMANA SANTA 5 XX XXXX
EL 10 XX XXXX A LAS MADRES TRABAJADORAS
EL 21 XX XXXX, SI COINCIDE ESTA FECHA CON UN DÍA INHÁBIL, SE PROPORCIONARA EL SIGUIENTE DÍA HÁBIL
EL 22 XX XXXX
EL 2 DE NOVIEMBRE EL 12 DE DICIEMBRE
TAMBIÉN SE AUTORIZA A TODO EL PERSONAL DE BASE SINDICALIZADO, SALIR CON UNA ANTICIPACIÓN DE MEDIA JORNADA ANTES DEL TÉRMINO DE LA ORDINARIA LOS DÍAS:
MIÉRCOLES DE LA SEMANA SANTA 10 XX XXXX
15 DE SEPTIEMBRE
1 DE NOVIEMBRE
24 DE DICIEMBRE
31 DE DICIEMBRE
ASIMISMO SE ESTABLECE QUE LA JORNADA LABORAL SERA DE LUNES A VIERNES DE 9:00 A 15:00 HORAS PARA EL PERSONAL ADMINISTRATIVO, DE 6:00 A 12:00 HORAS PARA EL PERSONAL XX XXXXXXXXXXX Y DE 6.00 A 14:00 HORAS O DE 7.00 A 15.00 HORAS PARA EL PERSONAL DE CAMPO, SEGÚN SEA EL CASO EN EL TURNO MATUTINO, Y DE 14:00 A LAS 22:00 HORAS EL TURNO MIXTO, TENIENDO COMO DESCANSO MEDIA HORA PARA SU DESAYUNO O COMIDA ÚNICAMENTE PARA PERSONAL QUE LABORA 8 HORAS.
DECIMA SEGUNDA.- AJUSTE DE CALENDARIO
SE RATIFICA EL PAGO DE 5 O 6 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO SEGÚN CORRESPONDA A CADA TRABAJADOR DE BASE; 5 DÍAS CUANDO EL AÑO TENGA 365 DÍAS (AÑO NORMAL)
O 6 DÍAS CUANDO EL AÑO TENGA 366 DÍAS (AÑO BISIESTO), MISMOS QUE SERÁN CUBIERTOS EN LA PRIMERA QUINCENA DE OCTUBRE DE CADA AÑO, POR AJUSTE DE CALENDARIO EN RELACIÓN A LOS MESES DEL AÑO QUE CUENTAN CON 31 DÍAS.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
DECIMA TERCERA.- DESPENSA QUINCENAL
EN APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR DEL TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO SE RATIFICA EL PAGO DE $ 168.94 (CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS 94/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO, ASÍ COMO $165.78 (CIENTO SESENTA Y CINCO PESOS 78/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y 8 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO.
DECIMA CUARTA.- AYUDA ESCOLAR
COMO APOYO AL GASTO FAMILIAR DE LOS TRABAJADORES SE RATIFICA EL PAGO EN EL CONCEPTO DE AYUDA ESCOLAR CONSISTENTE EN LA CANTIDAD DE $ 79.95 (SETENTA Y NUEVE PESOS 95/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO ASÍ COMO $ 78.46 (SETENTA Y OCHO PESOS 46/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y 8 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA ORDINARIA.
DECIMA QUINTA.- AYUDA PARA TRANSPORTE
SE RATIFICA LA CANTIDAD DE $ 54.30 (CINCUENTA Y CUATRO PESOS 30/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO ASÍ COMO $ 53.29 (CINCUENTA Y TRES PESOS 29/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y 8 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA ORDINARIA.
DECIMA SEXTA.- BONO ADICIONAL AYUDA XX XXXXX
SE RATIFICA EL PAGO DE $ 195.48 (CIENTO NOVENTA Y CINCO PESOS 48/100 M.N.) QUINCENALES POR CONCEPTO XX XXXX ADICIONAL DE AYUDA PARA RENTA INCORPORADOS A LA NOMINA, PARA CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO.
DECIMA SÉPTIMA.- PREVISIÓN SOCIAL, PRODUCTIVIDAD, ZONA VIDA CARA, AYUDA XX XXXXX, COMPENSACIÓN FIJA O EXTRAORDINARIA.
PREVISIÓN SOCIAL
A).-SE RATIFICA EL PAGO DE $147.81 (CIENTO XXXXXXXX X XXXXX 00/000 X. X.) X XXX XXXXXXXXXXXX QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO ASÍ COMO $ 145.05 (CIENTO CUARENTA Y CINCO PESOS 05/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y 8 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA, PARA CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO.
ZONA VIDA CARA
B).-SE RATIFICA EL PAGO QUINCENAL DEL 27% (VEINTISIETE POR CIENTO) SOBRE EL SUELDO BASE PARA EL CONCEPTO DE ZONA DE VIDA CARA, Y SE REFLEJARA QUINCENALMENTE EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO.
PRODUCTIVIDAD Y AYUDA XX XXXXX
C).- LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS ORDINARIAS, AYUDA PARA RENTA SE APLICARÁ UN 9% SOBRE EL SUELDO BASE Y EL BONO DE PRODUCTIVIDAD UN 4% SOBRE EL SUELDO BASE Y SE REFLEJARA QUINCENALMENTE EN EL RECIBO DE NOMINA DE CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO.
COMPENSACIÓN FIJA O EXTRAORDINARIA.
D).- SE RATIFICA EL PAGO POR CONCEPTO DE COMPENSACIÓN FIJA O EXTRAORDINARIA REFLEJADO EN EL RECIBO DE NOMINA QUINCENALMENTE POR LAS CANTIDADES ESTABLECIDAS PARA EL TRABAJADOR BENEFICIADO, LA CUAL ESTA SUJETA A CUALQUIER TIPO DE INCREMENTO, MÁS NO PODRÁ SER DISMINUIDA O DESAPARECIDA, SIEMPRE Y CUANDO SE HAYA DEVENGADO POR UN PERIODO DE 6 (SEIS) MESES.
DECIMA OCTAVA.- FONDO DE AHORRO
A) SE RATIFICAN LAS POLÍTICAS DE AHORRO Y LA CREACIÓN DE UN FONDO DE AHORRO POR PARTE DEL TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO CON FINES DE PREVISIÓN SOCIAL, AUTORIZÁNDOSE EL DESCUENTO DEL 7% (SIETE POR CIENTO) DE SU SUELDO TABULAR INTEGRADO INCLUYENDO COMPENSACIONES. “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS” APORTARA UNA CANTIDAD IGUAL QUE SE INTEGRARA AL FONDO DE AHORRO DE CADA TRABAJADOR, CUYO MONTO TOTAL LE SERA ENTREGADO EN LA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.
B) LAS PARTES ACUERDAN QUE POR MOTIVO DE CONCLUSIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL EN TURNO, EL PAGO DE ESTA PRESTACIÓN SE ENTREGARA A CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
1. UN PRIMER PAGO EN LA PRIMERA QUINCENA XX XXXXX DEL AÑO EN QUE CONCLUIRÁ LA ADMINISTRACIÓN, QUE COMPRENDE AL PERIODO DE ENERO A LA PRIMERA QUINCENA XX XXXXX DEL MISMO AÑO.
2. EL SEGUNDO PAGO EN LA SEGUNDA XXXXXXXX XX XXXXXX, QUE CORRESPONDE DE LA SEGUNDA QUINCENA XX XXXXX A LA SEGUNDA XXXXXXXX XX XXXXXX DEL MISMO AÑO.
3. EL TERCER PAGO CORRESPONDIENTE A LOS MESES DE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE, SERA CUBIERTO POR LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL ENTRANTE O EN TURNO, APEGÁNDOSE A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO A) DE ESTA CLAUSULA.
DECIMA NOVENA.- DESPENSA MENSUAL.
EN APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR DEL TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO DEL SUTSEM SE ESTABLECE UN BONO DE DESPENSA MENSUAL CON UN VALOR DE $681.59 (SEISCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS 59/100 M. N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO ASÍ COMO
$ 668.85 (SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS 85/100 M.N.), A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES XXXXXXXXXX 0, 0 X 0, XXXXXXXXXXX QUE SERÁN ENTREGADOS EN VALES A CADA UNO DE LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS DE “EL AYUNTAMIENTO”, “OROMAPAS” Y EL “D.I.F.”
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
VIGÉSIMA.- AYUDA PARA GASTOS DOMÉSTICOS
EN APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR DEL TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO SE ESTABLECE UN BONO DE GASTOS DOMÉSTICOS BIMESTRAL CON UN VALOR DE $279.27 (DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 27/100 M. N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 QUINCENALES INCORPORADOS A LA NOMINA POR ESTE CONCEPTO ASÍ COMO
$274.05 (DOSCIENTOS SETENA Y CUATRO PESOS 05/100 M.N.), A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES XXXXXXXXXX 0, 0 X 0, XXXXXXXXXXX QUE SERÁN ENTREGADOS EN EFECTIVO A CADA UNO DE LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS DE “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
CAPITULO IV- PRESTACIONES ECONÓMICAS EXTRAORDINARIAS VIGÉSIMA PRIMERA.- BONO ESPECIAL POR FIN DE ADMINISTRACIÓN
COMO UN ESTIMULO AL TRABAJO REALIZADO POR LOS TRABAJADORES “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y “OROMAPAS”, OTORGARAN UN BONO DE $3, 000.00 (TRES MIL PESOS, 00/100 M.N.) PARA CADA UNO DE LOS TRABAJADORES DE BASE AL FINALIZAR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, LOS CUALES SE CUBRIRÁN A MAS TARDAR EL 15 JUNIO DE CADA TRES AÑOS, DICHO BONO QUEDARÁ EXCENTO DE IMPUESTO.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- MATERIAL DEPORTIVO
SE RATIFICA EL PAGO DE $1,605.00 (UN MIL SEISCIENTOS CINCO PESOS 00/100 M. N.) ANUALES A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 ASÍ COMO LA CANTIDAD DE
$1,575.00 (UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y 8, PARA CADA TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO POR CONCEPTO DE APOYO PARA MATERIAL DEPORTIVO, QUE SE CUBRIRÁ EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES DE FEBRERO DE CADA AÑO.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
VIGÉSIMA TERCERA.- GUARDERÍA Y ACTIVIDADES CULTURALES (DÍA DE LA MADRE)
A).-SE RATIFICA EL PAGO DE $ 750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) ANUALES DE APOYO PARA GUARDERÍAS Y ACTIVIDADES CULTURALES PARA CADA MADRE TRABAJADORA SINDICALIZADA, (DÍA DE LAS MADRES) QUE SE CUBRIRÁN EN LA SEGUNDA QUINCENA DEL MES XX XXXXX DE CADA AÑO.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
B).- SE RATIFICA EL PAGO $ 20,155.00 (VEINTE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS, 00/100 M.N.) POR PARTE DE “EL AYUNTAMIENTO”, $6,030.00 (SEIS MIL TREINTA PESOS
00/100 M.N.) POR PARTE DE “OROMAPAS”, $4,030.00 (CUATRO MIL TREINTA PESOS
00/100 M.N.) POR PARTE DEL “D.I.F”, QUE SE RECIBIRÁ EN UNA SOLA EMISIÓN EL DÍA
30 XX XXXXX DE CADA AÑO, PARA FESTEJAR A TODAS LAS MADRES SINDICALIZADAS DEL “SUTSEM SECCIÓN XIX”.
C).- SE RATIFICA EL PAGO DE $20,155.00 (VEINTE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) POR PARTE DE “EL AYUNTAMIENTO, $6,030.00 (SEIS MIL TREINTA PESOS 00/100 M.N.) POR PARTE DEL “OROMAPAS” Y $4,030.00 (CUATRO MIL TREINTA PESOS 00/100 M.N.) POR PARTE DEL “D.I.F” EL CUAL SE CUBRIRÁ A MAS TARDAR EL DÍA 30 XX XXXXX DE CADA AÑO, PARA EL FESTEJO DEL DÍA DE LA SECRETARIA, A LAS COMPAÑERAS SINDICALIZADAS DEL “SUTSEM SECCION XIX”.
D).- SE RATIFICA EL PAGO PARA EL FESTEJO DEL DÍA DEL PADRE, POR PARTE DE “EL AYUNTAMIENTO” OTORGARÁ LA CANTIDAD DE $20,155.00 (VEINTE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) POR PARTE DEL “OROMAPAS”, OTORGARÁ LA CANTIDAD DE $6,030.00 (SEIS MIL TREINTA PESOS 00/100 M.N.), POR PARTE DEL “D.I.F”. OTORGARÁ LA CANTIDAD DE $4,030.00 (CUATRO MIL TREINTA PESOS 00/100 M.N.) EL CUAL SE CUBRIRÁ A MAS TARDAR EL DÍA 00 XX XXXX XX XXXX XXX.
E).-SE RATIFICA EL PAGO DE $750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100M.N) COMO BONO PARA EL DÍA DEL PADRE, CUBRIÉNDOSE EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES XX XXXXX DE CADA AÑO, A CADA PADRE TRABAJADOR SINDICALIZADO.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
VIGÉSIMA CUARTA.- BONO DE PREVISIÓN SOCIAL (DÍA DEL BURÓCRATA).
SE RATIFICA EL PAGO DE UN PRIMER BONO DE 13 (TRECE) XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO POR PREVISIÓN SOCIAL, EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES XX XXXX DE CADA AÑO, PARA CADA TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO Y UN XXXXXXX XXXX DE 13 (TRECE) XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO POR PREVISIÓN SOCIAL A CADA TRABAJADOR SINDICALIZADO EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES XX XXXXX DE CADA AÑO.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
VIGÉSIMA QUINTA.- APOYO EDUCACIONAL
A).-PARA APOYO EDUCACIONAL SE RATIFICA EL PAGO DE $ 2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) ANUAL A CADA TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO, EL CUAL SE ENTREGARA EN LA PRIMERA QUINCENA DEL MES XX XXXXXX DE CADA AÑO.
LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “DIF” Y EL “OROMAPAS”, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
B).- SE CREA UNA PRESTACIÓN QUE CONSISTE EN UN PAQUETE DE ÚTILES ESCOLARES PARA LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES QUE ESTÉN CURSANDO LA PRIMARIA, MISMO QUE SE CUBRIRÁ AL INICIO DE CADA CICLO ESCOLAR, CABE MANIFESTAR EN EL PRESENTE PUNTO QUE SI EL GOBIERNO DEL ESTADO OTORGA ESTE BENEFICIO A LOS HIJOS DE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS DE “EL AYUNTAMIENTO” Y “D.I.F”, “OROMAPAS” SE DESLINDAN DE OTORGAR DICHO APOYO A LOS MISMOS.
RELACIÓN DE ÚTILES ESCOLARES:
DE PRIMERO A TERCER GRADO
1 CUADERNO XX XXXX, 1 CUADERNO CUADRICULADO, 1 CUADERNO DE HOJA BLANCA,
1 JUEGO GEOMÉTRICO, 1 CAJA DE COLORES, 1 XXXXX XX XXXXXX, 1 LÁPIZ, 1 BICOLOR,
1 SACAPUNTAS, 1 BORRADOR Y 1 RESISTOL.
DE CUARTO A SEXTO GRADO.
1 CUADERNO RAYADO, 1 CUADERNO CUADRICULADO, 1 CUADERNO HOJA BLANCA, 1
JUEGO GEOMÉTRICO, 1 CAJA DE COLORES, 1 XXXXX XX XXXXXX, 1 LÁPIZ, 1 BICOLOR, 1 RESISTOL Y 1 DICCIONARIO.
VIGÉSIMA SEXTA.- ARCÓN NAVIDEÑO
EN APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, SE AUTORIZA LA DOTACIÓN DE UN ARCÓN NAVIDEÑO ANUAL EN ESPECIE PARA CADA TRABAJADOR DE BASE SINDICALIZADO, MISMO QUE SE ENTREGARÁ EN LA PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE CADA AÑO. PAQUETE QUE SE INTEGRARÁ CON LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS, CONTENIDOS NETOS Y CANTIDADES QUE SE ESTABLECEN:
CANTIDAD | ARTICULO |
04 | ACEITE CAPULLO BOTELLA DE 1 LT. |
03 | ARROZ VERDE XXXXX BOLSA DE 1 KG. |
04 | ATÚN HERDEZ LATA DE 174 GR. ACEITE |
02 | AZÚCAR BOLSA 2 KG. ESTÁNDAR MORENA |
02 | BLANQUEADOR CLORALEX BOTELLA 950 LT. |
02 | CAFÉ SOLUBLE NESCAFE CLÁSICO 200 GRS. |
02 | CHILES EN LATA DEL MONTE RAJAS 200 GRS. |
02 | CONCENTRADO DE POLLO KNOR 225 GRS. |
02 | CREMA DENTAL COLGATE TRIPLE ACCION DE 150 GRS. |
02 | DETERGENTE XXXXX POLVO BOLSA DE 1 KG |
02 | DETERGENTE PARA TRASTES SALVO BOLSA DE 1.800 KGS. |
02 | LATAS DURAZNOS EN ALMÍBAR LA COSTEÑA 820 GRS. |
02 | HARINA HOT CAKES TRES ESTRELLAS 800 GRS. |
02 | JABÓN DE TOCADOR LIRIO NEUTRO BARRA 150 GRS. |
02 | LECHE CONDENSADA LA LECHERA LATA 397 GRS |
02 | LECHE EVAPORADA CARNATION LATA 410 GRS. |
02 | LIMPIADOR LIQUIDO XXXXX XX 0 XXX. |
00 | XXXXXXXXX XX XXXXXXX FRASCO 500 GRS |
02 | PAPEL HIGIÉNICO REGIO, 4 ROLLOS DE 500 HOJAS DOBLES |
04 | PASTA PARA SOPA YEMINA 200 GRS. |
02 | SAL MOLIDA XX XXXX LA FINA BOTE 1 KG |
02 | LATA DE CHOCOMILK XXXXXX XXXXXXX DE 800 GRS. |
02 | SERVILLETAS REGIO DE 250 HOJAS |
04 | FABULOSOS DE 1 LT. |
VIGÉSIMA SÉPTIMA- PAGO DE GUARDERÍAS
SE RATIFICA EL PAGO DE $400.00 (CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) MENSUALES A AQUELLOS TRABAJADORES QUE TENGAN A SUS HIJOS EN GUARDERÍAS PARTICULARES Y LO COMPRUEBEN MEDIANTE UN COMPROBANTE CORRESPONDIENTE.
VIGÉSIMA OCTAVA.- AYUDA PARA COMPRA XX XXXXXX
SE RATIFICA LA CANTIDAD DE 22 (VEINTIDÓS) XXXX XX XXXXXXX MÍNIMO GENERAL DE LA ZONA ECONÓMICA, POR CONCEPTO DE AYUDA PARA LA ADQUISICIÓN XX XXXXXX, A AQUELLOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS QUE LO REQUIERAN; AL PERSONAL QUE OPERA COMPUTADORAS EN SUS LABORES, SE LES AUTORIZA EL PAGO DEL 100% DEL COSTO DE LA COMPRA XX XXXXXX, ESTA PRESTACIÓN SE OTORGARA BIANUALMENTE, SALVO CASOS DE EXCEPCIÓN POR RAZONES MEDICAS.
CAPITULO V PRESTACIONES POR ANTIGÜEDAD
VIGÉSIMA NOVENA.- GRATIFICACIÓN POR CADA 5 AÑOS DE SERVICIO.
SE RATIFICA EL OTORGAMIENTO DE LA GRATIFICACIÓN ECONÓMICA QUE SE CUBRE POR CADA 5 AÑOS DE SERVICIO, DENOMINADA QUINQUENIOS, CON BASE AL SIGUIENTE TABULADOR, REFLEJÁNDOSE EN EL TALÓN DE CHEQUE QUINCENAL:
A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5.
A) HASTA 5 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 104.16 QUINCENAL |
B) HASTA 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 206.24 QUINCENAL |
C) HASTA 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 391.30 QUINCENAL |
D) HASTA 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 517.61 QUINCENAL |
E) HASTA 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 641.68 QUINCENAL |
A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 6, 7 Y ESPECIAL.
A) HASTA 5 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 102.22 QUINCENAL |
B) HASTA 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 202.39 QUINCENAL |
C) HASTA 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 383.99 QUINCENAL |
D) HASTA 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 507.94 QUINCENAL |
E) HASTA 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD | $ | 629.69 QUINCENAL |
TRIGÉSIMA.- ESTIMULO POR 15, 20 Y 25 AÑOS DE SERVICIO
A) AQUELLOS TRABAJADORES DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” QUE CUMPLAN 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, POR ÚNICA VEZ SE LES CUBRIRÁ EL PAGO DE $ 5,000.00 (CINCO MIL PESOS, 00/100 M.N.) POR CONCEPTO DE ESTIMULO AL CUMPLIR ESA ANTIGÜEDAD, LIBRE DE IMPUESTOS.
B) AQUELLOS TRABAJADORES DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” QUE CUMPLAN 20 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, POR ÚNICA VEZ SE LES CUBRIRÁ EL PAGO DE $ 10,000.00
(DIEZ MIL PESOS, 00/100 M.N.) POR CONCEPTO DE ESTIMULO AL CUMPLIR ESA ANTIGÜEDAD, LIBRE DE IMPUESTOS.
C) AQUELLOS TRABAJADORES DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” QUE CUMPLAN 25 AÑOS DE ANTIGÜEDAD, POR ÚNICA VEZ SE LES CUBRIRÁ EL PAGO DE $ 22,000.00 (VEINTIDÓS MIL PESOS, 00/100 M.N.) POR CONCEPTO DE ESTIMULO AL CUMPLIR ESA ANTIGÜEDAD, LIBRE DE IMPUESTOS.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD (CEAS)
A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES SALARIALES 2, 3, 4 Y 5 CON UNA ANTIGÜEDAD EFECTIVA DE 25 AÑOS DE SERVICIO SE LES AUTORIZA UNA COMPENSACIÓN ESPECIAL POR AÑOS DE SERVICIO (CEAS) MENSUAL DE $434.74 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO PESOS 74/100 M. N.) ASÍ COMO A LOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN DEVENGANDO EL SALARIO CORRESPONDIENTE A LOS NIVELES 6, 7 Y ESPECIAL CON UNA ANTIGÜEDAD EFECTIVA ANTES MENCIONADA DE $426.62 (CUATROCIENTOS VEINTISÉIS PESOS 62/100 M.N.), QUE SE INCLUIRÁN QUINCENALMENTE EN LA NOMINA ORDINARIA.
ASÍ MISMO SE LES AUTORIZA EL ASCENSO A UN NIVEL SALARIAL MAS DENTRO DEL ESCALAFÓN, DE ACUERDO AL CAPITULO V, ARTICULO 59 FRACCIÓN XI DEL ESTATUTO JURÍDICO PARA LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, MUNICIPIOS E INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS DE CARÁCTER ESTATAL DE NAYARIT. AQUELLOS TRABAJADORES QUE SE ENCUENTREN EN EL NIVEL 7 Y 8 RECIBIRÁN LA DIFERENCIA XX XXXXXX QUE EXISTE ENTRE NIVEL 6 Y 7.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- JUBILACIONES Y PENSIONES
A).-LAS JUBILACIONES SE HARÁN A SOLICITUD DEL TRABAJADOR A LOS 30 AÑOS DE SERVICIO PARA LOS HOMBRES Y 28 AÑOS PARA LAS MUJERES, SIN LIMITE DE EDAD Y CON LAS PERCEPCIONES INTEGRAS QUE RECIBAN EN EL MOMENTO DE SU RETIRO, ASÍ MISMO, SE INCREMENTARAN EN LA PROPORCIÓN O CUANTÍA EN QUE AUMENTEN LAS PERCEPCIONES SALARIALES PARA LOS TRABAJADORES EN ACTIVO Y SE REFLEJE LA CATEGORÍA Y EL SUELDO DEL TRABAJADOR QUE GOZABA AL JUBILARSE, SIENDO ESTE DE UN 100% Y SUJETO A AUMENTOS VENIDEROS CON CARÁCTER DE JUBILACIÓN DINÁMICA.
B).- LOS JUBILADOS O PENSIONADOS TENDRÁN DERECHO A UNA GRATIFICACIÓN ANUAL POR CONCEPTO XX XXXXXXXXX EN LA PROPORCIÓN Y CUANTÍA QUE LES CORRESPONDA A LAS QUE EN SU CASO RECIBAN LOS TRABAJADORES EN ACTIVO. ESTA GRATIFICACIÓN DEBERÁ SER POR 75 XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO, DISTRIBUIDOS EN DOS PAGOS, EL PRIMERO POR 40 DÍAS QUE SE PAGARAN A MAS TARDAR EN DÍA 11 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO Y 35 DÍAS QUE SE PAGARAN EN LOS PRIMEROS CINCO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL SIGUIENTE AÑO, SUJETO A AUMENTOS VENIDEROS CON
CARÁCTER DE JUBILACIÓN DINÁMICA. LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES A ESTA PRESTACIÓN SERÁN SUBSIDIADOS POR EL PATRÓN, DURANTE LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO.
C).- “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” ABSORBERÁN EL PAGO DE LAS CUOTAS OBRERO-PATRONALES DE LOS TRABAJADORES JUBILADOS ANTE EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL AL IGUAL QUE A LOS ACTIVOS.
D).- A LOS TRABAJADORES QUE SE PENSIONAN POR ENFERMEDAD, INVALIDEZ O EDAD, ES DECIR ANTES DE CUMPLIR LOS AÑOS QUE MARCA LA LEY PARA JUBILARSE, ENTREGARAN EL MONTO EFECTIVO EXPEDIDO POR EL I.M.S.S. A “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, A FIN DE GARANTIZAR QUE EN SU RECIBO DE NOMINA QUINCENAL, SE REFLEJE LA CATEGORÍA Y EL SUELDO INTEGRADO DEL TRABAJADOR QUE GOZABA AL PENSIONARSE, SIENDO ESTE DE UN 100% Y SUJETO A AUMENTOS VENIDEROS CON CARÁCTER DE PENSIÓN DINÁMICA.
E).- EL TRABAJADOR QUE SE HAYA JUBILADO POR AÑOS DE SERVICIO Y POSTERIORMENTE CUMPLA CON LA NORMATIVIDAD PARA TRAMITAR SU PENSIÓN ANTE EL I.M.S.S., GOZARÁ XXX XXXXX BENEFICIO; ES DECIR RECIBIRÁ SU SUELDO Y PRESTACIONES EN UN 100% COMO JUBILADO Y SE QUEDARÁ ADEMÁS CON LO QUE OTORGUE EL I.M.S.S. POR CONCEPTO DE PENSIÓN.
F).- EL MONTO QUE OTORGUE EL I.M.S.S. POR CONCEPTO DE INCAPACIDAD A LOS TRABAJADORES DEBERÁN ENTREGARLO INTEGRO A “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, A FIN DE GARANTIZAR QUE EN SU RECIBO DE NOMINA QUINCENAL, SE REFLEJE LA CATEGORÍA, EL SUELDO Y PRESTACIONES DEL TRABAJADOR, RECIBIENDO ÉSTE EL 100% DE SUS PERCEPCIONES.
CON RELACIÓN AL INCISO F) EL TRABAJADOR ESTÁ OBLIGADO A ENTREGAR EL MONTO TOTAL DE LA INCAPACIDAD EN UN LAPSO DE 30 DÍAS, SIEMPRE Y CUANDO EL I.M.S.S. CUBRA EN TIEMPO Y FORMA LA CANTIDAD ESTABLECIDA PARA TAL EFECTO Y EN CASO QUE EL TRABAJADOR COBRE LA INCAPACIDAD Y NO LA REGRESE AL PATRÓN, SE LE DESCONTARÁ EL MONTO CORRESPONDIENTE VÍA NÓMINA.
G) UNA VEZ AUTORIZADA LA PENSIÓN Y/O JUBILACIÓN DE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS, “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, SE COMPROMETEN A PUBLICAR ANTE EL PERIÓDICO OFICIAL LA JUBILACIÓN O PENSIÓN DE DICHO TRABAJADOR Y POSTERIORMENTE YA PUBLICADO ENTREGARÁ UNA COPIA AL COMITÉ MUNICIPAL DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”.
TRIGÉSIMA TERCERA.- ESTIMULO POR JUBILACIÓN
A LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS DE “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F.” Y EL “OROMAPAS”, SE LES OTORGARA UN ESTIMULO POR ÚNICA OCASIÓN LA CANTIDAD DE
$35,000.00 (TREINTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M. N.) POR HABER CUMPLIDO LAS MUJERES 28 AÑOS Y LOS HOMBRES 30 AÑOS DE SERVICIO; Y LOS TRABAJADORES QUE DECIDAN SEGUIR LABORANDO, YA NO TENDRÁN DERECHO AL JUBILARSE AL MISMO PAGO.
TRIGÉSIMA CUARTA.- ESTIMULO POR CONTINUIDAD LABORAL, CUBRIENDO REQUISITOS PARA LA JUBILACIÓN.
AQUELLOS TRABAJADORES QUE REÚNAN LOS REQUISITOS PARA SU JUBILACIÓN Y CONTINÚEN LABORANDO, SE LES OTORGARÁ UN 12% (DOCE POR CIENTO) ADICIONAL SOBRE EL SALARIO BASE POR CADA AÑO DE SERVICIO CON UN LIMITE HASTA 5 AÑOS.
TRIGÉSIMA QUINTA.- VIÁTICOS.
LAS PARTES ACUERDAN EN UN ESQUEMA DE PAGO DE VIÁTICOS EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS.
ZONA | SIN PERNOCTAR | PERNOCTANDO |
ZONA ORDINARIA | $321.00 | $535.00 |
ZONA CARA | $481.50 | $695.50 |
FUERA DEL ESTADO | GASTOS A COMPROBAR | GASTOS A COMPROBAR. |
LOS GASTOS A COMPROBAR SERÁN DE CONFORMIDAD CON LOS LINEAMIENTOS DE LA TESORERÍA MUNICIPAL.
LA ZONA CARA COMPRENDE LOS MUNICIPIOS COSTEROS DESDE BAHÍA XX XXXXXXXX, COMPOSTELA, SAN XXXX, SANTIAGO IXCUINTLA Y TECUALA NAYARIT.
ESTE ESQUEMA DE VIÁTICOS SE APLICARA CUANDO EL TRABAJADOR TENGA QUE SALIR DE LA LOCALIDAD DONDE SE UBICA SU CENTRO DE TRABAJO POR RAZÓN DE CARÁCTER LABORAL Y SE VEA OBLIGADO A REGRESAR DESPUÉS DEL HORARIO DE SUS ALIMENTOS.
CAPITULO VI PRESTACIONES DE PREVISIÓN SOCIAL
TRIGÉSIMA SEXTA.- REDUCCIÓN DE JORNADA PARA LACTANCIA
SE AUTORIZA A LAS MADRES TRABAJADORAS, UNA HORA DE SU JORNADA DE TRABAJO QUE PODRÁN UTILIZAR SOLO A LA ENTRADA O SALIDA DE SU HORARIO LABORAL, POR
EL PERIODO DE SEIS MESES CONTADOS A PARTIR DEL TERMINO DE LA INCAPACIDAD POSTPARTO, LA CUAL SERA UTILIZADA PARA LA LACTANCIA DE SU HIJO.
TRIGÉSIMA SÉPTIMA.- CUIDADOS ESPECIALES DE SALUD
SE CONCEDE POR UNA SOLA VEZ AL AÑO Y HASTA POR CINCO DÍAS HÁBILES COMO MÁXIMO, PERMISO CON GOCE XX XXXXXX A LOS TRABAJADORES BURÓCRATAS, PARA ATENDER A SUS HIJOS, PADRES, ASÍ COMO A SU CÓNYUGE, CUANDO SE TRATE DE CUIDADOS MATERNOS Y PATERNOS O QUE PADEZCAN ALGUNA ENFERMEDAD QUE REQUIERA DE SU ATENCIÓN ESPECIAL CUANDO SEAN DADOS DE ALTA, PRESENTANDO ALGÚN DOCUMENTO EXPEDIDO POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD PUBLICA QUE PRESTE LOS SERVICIOS MÉDICOS DIRECTOS O SUBROGADOS POR “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”.
EN CASO DE QUE EL CÓNYUGE CUENTE CON EL SERVICIO MEDICO DEL I.S.S.S.T.E., SE JUSTIFICARA SU AUSENCIA PRESENTANDO EL DOCUMENTO MEDICO DE DICHA INSTITUCIÓN.
TRIGÉSIMA OCTAVA.- APOYO ESPECIAL POR MUERTE DE FAMILIAR DIRECTO.
SE AUTORIZAN 3 DÍAS HÁBILES CON GOCE XX XXXXXX A LOS TRABAJADORES QUE SUFRAN LA PERDIDA (FALLECIMIENTO) DE UN FAMILIAR DIRECTO (MADRE, PADRE, ESPOSA, ESPOSO, HERMANOS E HIJOS) DICHO APOYO SERÁ A PARTIR DE LA FECHA EN QUE FALLECE EL FAMILIAR, CON AVISO INMEDIATO POR ESCRITO O VERBAL, SIEMPRE Y CUANDO PRESENTEN COPIA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN O COPIA DEL CERTIFICADO MEDICO CORRESPONDIENTES EN UN LAPSO NO MAYOR A LOS TRES DÍAS.
EN CASO DE QUE FALLEZCA ALGÚN TRABAJADOR SINDICALIZADO Y SUS FAMILIARES DECIDAN SEPULTARLO DENTRO DEL HORARIO DE TRABAJO SE AUTORIZA A LA PLANTILLA DE TRABAJADORES SINDICALIZADOS FALTAR A SUS LABORES PARA ACOMPAÑARLOS, SIN AFECTAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS DIFERENTES ÁREAS DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
TRIGÉSIMA NOVENA.- UNIFORMES AL PERSONAL
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F.” Y EL “OROMAPAS” SE COMPROMETEN A PROVEER SEMESTRALMENTE SEGÚN CORRESPONDA, DOS UNIFORMES COMPLETOS QUE INCLUYE: 2 (DOS) PARES XX XXXXXXX (Y PARA LOS TRABAJADORES DIABÉTICOS 2 (DOS) PARES DE ZAPATO ESPECIAL), 2 (DOS) PANTALONES, 2 (DOS) CAMISAS, 2 (DOS) GORRAS, 2 (DOS) FAJAS, 2 (DOS) GABARDINAS IMPERMEABLES E IMPLEMENTOS NECESARIOS PARA EL DESEMPEÑO DE SUS LABORES A LOS TRABAJADORES DE CAMPO, EN LOS MESES DE ENERO Y JULIO DE CADA AÑO, PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES, PROPORCIONARA EL EQUIPO, INSTRUMENTOS E IMPLEMENTOS DE
SEGURIDAD, PARA EVITAR RIESGOS DE TRABAJO Y DE HIGIENE PARA PREVENIR ENFERMEDADES.
PROVEER SEMESTRALMENTE DOS UNIFORMES COMPLETOS (TIPO SASTRE DE TRES PIEZAS QUE CONSTA DE SACO, BLUSA Y FALDA O PANTALÓN) DE BUENA CALIDAD EN LOS MESES DE ENERO Y JULIO AL PERSONAL FEMENINO ADMINISTRATIVO.
PROVEER SEMESTRALMENTE DOS UNIFORMES COMPLETOS QUE CONSISTE EN 2 (DOS) PANTALONES, 2 (DOS) CAMISAS Y 2 (DOS) PARES XX XXXXXXX (Y PARA LOS TRABAJADORES DIABÉTICOS 2 (DOS) PARES DE ZAPATO ESPECIAL), PARA EL PERSONAL MASCULINO ADMINISTRATIVO.
PROVEER SEMESTRALMENTE DOS UNIFORMES COMPLETOS PARA EL PERSONAL XX XXXXXXXXXXX QUE CONSISTE EN 2(DOS) SHORTS, FALDA O PANTALÓN, 2 (DOS) PLAYERAS Y 2 (DOS) PARES XX XXXXXXX.
CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CALIDAD DE LOS UNIFORMES SE FORMARA UNA COMISIÓN MIXTA CON INTEGRANTES DEL COMITÉ MUNICIPAL DEL “SUTSEM SECCIÓN XIX”. Y REPRESENTANTES POR PARTE DEL PATRÓN.
CUADRAGÉSIMA.- SEGURO DE VIDA, PAGO DE MARCHA Y PRIMA DE ANTIGÜEDAD
A).-POR LO QUE RESPECTA AL SEGURO DE VIDA, “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, OTORGARA A LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS UN SEGURO DE VIDA PARA CADA TRABAJADOR POR LA CANTIDAD DE $ 80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS, 00/100 M.N.) POR MUERTE NATURAL Y $ 160,000.00 (CIENTO SESENTA MIL PESOS,
0/100 M.N.) POR MUERTE ACCIDENTAL, ASÍ COMO $80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS
00/100 M.N.) POR PERDIDAS ORGÁNICAS Y SE HACE EXTENSIVA ESTA PRESTACIÓN A LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS; EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES QUE ESTABLEZCA PARA EL CASO LA COMPAÑÍA ASEGURADORA QUE SE CONTRATE, DICHO RECURSO SERA OTORGADO A LOS BENEFICIARIOS CONFORME A LA DISPOSICIÓN TESTAMENTARIA ESTABLECIDA POR EL MISMO TRABAJADOR SINDICALIZADO.
B).- “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, EFECTUARÁ EL PAGO DE MARCHA CORRESPONDIENTE A CUATRO MESES XX XXXXXXX INTEGRADO, MAS EL PAGO DE LA PARTE PROPORCIONAL XXX XXXXXXXXX, FONDO DE AHORRO, Y DEMÁS PRESTACIONES QUE HAYA DEVENGADO EL TRABAJADOR ACAECIDO (A) ANTES DE SU FALLECIMIENTO.
C).- DE ACUERDO CON EL ARTICULO 162 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, CUBRIRÁ EL PAGO DE LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD QUE CONSISTE EN DOCE DÍAS POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO.
D).- “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, ACUERDAN ASEGURAR LOS VEHÍCULOS OFICIALES, CON EL OBJETO DE GARANTIZAR LA PROTECCIÓN DE LOS
TRABAJADORES MIEMBROS DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, EN MATERIA DE ACCIDENTES Y DAÑOS A TERCEROS O EN CASO CONTRARIO EL TRABAJADOR QUEDARÁ LIBRE DE RESPONSABILIDADES, SIEMPRE Y CUANDO NO ESTÉ BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, ALGUNA DROGA O SUSTANCIA TÓXICA.
CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- RIESGO LABORAL.
A) SE AUTORIZA UN BONO POR RIESGO LABORAL QUE SE INCLUIRÁ EN LA NOMINA ORDINARIA POR $500.00 (QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) QUINCENALES, EN BENEFICIO DE AQUELLOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS QUE LABORAN EN ÁREAS QUE REPRESENTAN UN ALTO RIESGO PARA SU SEGURIDAD COMO SON LAS SIGUIENTES:
SEGURIDAD PUBLICA
B) SE AUTORIZA LA CREACIÓN DEL PLAN DE INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDADES POR RIESGOS LABORALES COMO LO ESTABLECE LA LEY. EL PATRÓN SE COMPROMETE A ABSORBER EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LAS INDEMNIZACIONES QUE RESULTEN.
CAPITULO VII.- PRESTACIONES CULTURALES
CUADRAGÉSIMA SEGUNDA.- REDUCCIÓN DE JORNADA A ESTUDIANTES DE NIVEL PROFESIONAL Y VARIOS.
A LOS TRABAJADORES QUE ESTUDIAN CARRERAS PROFESIONALES A NIVEL SUPERIOR, RECONOCIDAS OFICIALMENTE Y PREVIA COMPROBACIÓN A SATISFACCIÓN DE “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, SE LE AUTORIZA LA REDUCCIÓN DE UNA HORA DE SU JORNADA LABORAL A LA ENTRADA O A LA SALIDA DE SU HORARIO ORDINARIO DE TRABAJO, SIN SER REPETIDOR DE GRADO ESCOLAR Y SIN CAMBIO XX XXXXXXX PROFESIONAL.
CUADRAGÉSIMA TERCERA.- ESTIMULO POR TITULACIÓN
COMO ESTIMULO PARA LOS TRABAJADORES DE BASE QUE ACREDITEN HABER CONCLUIDO SATISFACTORIAMENTE SUS ESTUDIOS DE TITULACIÓN, Y PRESENTEN CÉDULA PROFESIONAL, SERÁN ACREEDORES A UN BONO ÚNICO POR LA CANTIDAD DE
$5,350.00 (CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.). QUE PAGARÁ “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, LIBRE DE IMPUESTOS.
CUADRAGÉSIMA CUARTA.- APOYO PARA CURSAR MAESTRÍAS
LAS PARTES ACUERDAN QUE EL “AYUNTAMIENTO”, “D.I.F”, “OROMAPAS” Y “EL CONSEJO”, PAGARÁN A LOS TRABAJADORES DE BASE QUE SOLICITEN CURSAR UNA MAESTRÍA, UN BONO ECONÓMICO DEL 50% DEL COSTO TOTAL AL CONCLUIR LA MISMA, PRESENTANDO LA DOCUMENTACIÓN COMPROBATORIA QUE LO ACREDITE.
CUADRAGÉSIMA QUINTA.- LICENCIAS ECONÓMICAS
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 40 Y 41 DEL ESTATUTO JURÍDICO TODOS LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS TIENEN DERECHO A:
A).- DISFRUTAR DE 3 (TRES) PERMISOS ECONÓMICOS AL AÑO DE 3 (TRES) DÍAS CADA UNO, CON GOCE XX XXXXXX INTEGRADO.
B).- LOS PERMISOS ECONÓMICOS QUE NO SE GOCEN SE PAGARAN A MÁS TARDAR EL DÍA 30 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO.
C).- NO SE CONTARAN COMO PERMISOS ECONÓMICOS AQUELLOS QUE EL TRABAJADOR UTILICE POR ENFERMEDAD, POR CUIDAR O POR LLEVAR A SUS FAMILIARES DIRECTOS (MADRE O PADRE) ESPOSA, (O) HIJOS (AS) A RECIBIR UNA ATENCIÓN MEDICA U HOSPITALIZACIÓN, SIEMPRE Y CUANDO SE JUSTIFIQUE CON LA CONSTANCIA EXPEDIDA POR EL I.M.S.S. O I.S.S.S.T.E.
D).- LOS TRABAJADORES INTEGRANTES DE LA MESA DIRECTIVA DEL COMITÉ MUNICIPAL DEL “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”. SE LES CONCEDERÁ PERMISO CON GOCE XX XXXXXX, PARA FALTAR A SUS LABORES CUANTAS VECES SEA REQUERIDA SU PRESENCIA EN EL ORGANISMO SINDICAL, PREVIA COMUNICACIÓN DEL COMITÉ SECCIONAL DEL MISMO, SIN AFECTAR DE MANERA SIGNIFICATIVA LA OPERACIÓN DE LAS DIFERENTES ÁREAS DEL AYUNTAMIENTO.
E). AL TRABAJADOR SINDICALIZADO QUE TENGA MAS DE UN AÑO DE ANTIGÜEDAD, SERÁ SUSCEPTIBLE DE OBTENER PERMISO DE UN AÑO SIN GOCE XX XXXXXX, SIEMPRE Y CUANDO EL PATRÓN LO AUTORICE.
CUADRAGÉSIMA SEXTA.- SUBSIDIO PARA CASA ALBERGUE.
“EL AYUNTAMIENTO” OTORGARÁ A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” UNA APORTACIÓN DE
$2,000.00 (DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) DE MANERA MENSUAL, COMO SUBSIDIO PARA LA CASA ALBERGUE DE LOS TRABAJADORES DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, UBICADA EN LA CIUDAD DE TEPIC, NAYARIT.
CAPITULO VIII.- ESTÍMULOS
CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA.- “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” CONSIENTE DE QUE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS SON PARTE IMPORTANTE DE UNA GESTIÓN PÚBLICA EFICIENTE Y EFICAZ, AUTORIZA LOS SIGUIENTES ESTÍMULOS:
ESTIMULO POR RENDIMIENTO LABORAL, SE OTORGARA UN ESTIMULO MENSUAL POR DEPARTAMENTO A AQUELLOS TRABAJADORES QUE, A JUICIO DEL DIRECTOR, HAYAN CUMPLIDO CON ESMERO Y PRODUCTIVIDAD SUS LABORES, A PROPUESTA DEL JEFE INMEDIATO, Y CON BASE EN LOS CUESTIONARIOS DE EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO QUE SE APLICARAN MENSUALMENTE.
$ 500.00 (QUINIENTOS PESOS, 00/100 M.N.) EN EFECTIVO PARA EL PRIMER LUGAR.
$ 200.00 (DOSCIENTOS PESOS, 00/100 M.N.) EN EFECTIVO PARA EL SEGUNDO LUGAR.
$ 100.00 (CIEN PESOS,. 00/100 M.N.) EN EFECTIVO PARA EL TERCER LUGAR.
ESTIMULO POR ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD.- SE OTORGARA A LOS TRABAJADORES QUE EN UN PERIODO DE 6 MESES Y UN AÑO NO TENGAN NINGUNA FALTA, NI RETARDO.
SE OTORGARA OBSERVANDO PUNTUALIDAD DE 9:00 A 15:00 HORAS EL PERSONAL ADMINISTRATIVO, DE 6:00 A 14:00 HORAS Y DE 7:00 A 15:00 HORAS EL PERSONAL DE CAMPO Y DE 06:00 A 12:00 HORAS EL PERSONAL XX XXXXXXXXXXX DE LAS 14:00 A LAS 22:00 HORAS EL TURNO VESPERTINO DE LUNES A VIERNES. LA CANTIDAD DE $ 1,000.00 (MIL PESOS 00/100 M.N.) POR SEMESTRE.
CAPITULO IX PRESTACIONES ECONÓMICAS DEL SUTSEM
CUADRAGÉSIMA OCTAVA.- AYUDA PARA EL DEPORTE
“EL AYUNTAMIENTO” RATIFICA EL APOYO A “LA SECCIÓN XIX DEL SUTSEM”, PARA LA PROMOCIÓN DEL DEPORTE PROPORCIONANDO $ 3,800.00 (TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) MENSUALES. LOS CUALES SE OTORGARÁN AL COMITÉ DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”.
CUADRAGÉSIMA NOVENA.- AYUDA PARA JUGUETE
“EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS”, OTORGARA LA CANTIDAD DE $300.00 (TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) POR CADA TRABAJADOR DE BASE QUE TENGA HIJOS DE 13 AÑOS CUMPLIDOS AL 30 XX XXXXX, CUBRIÉNDOSE ESTA PRESTACIÓN A MAS TARDAR EL DÍA 00 XX XXXXX XX XXXX XXX.
QUINCUAGÉSIMA.- FONDO REVOLVENTE PARA PRÉSTAMOS PERSONALES
“EL AYUNTAMIENTO” AUTORIZA EL FONDO PARA PRESTAMOS PERSONALES POR LA CANTIDAD DE $ 360,000.00 (TRESCIENTOS SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), Y EL “OROMAPAS” POR LA CANTIDAD DE $50,000.00 (CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” PARA EL BENEFICIO DE SUS AGREMIADOS. “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” PROGRAMARA LOS PRESTAMOS ENTRE LOS TRABAJADORES AGREMIADOS AL SINDICATO QUE LO REQUIERAN, SOLICITANDO POR OFICIO LOS DESCUENTOS VÍA NOMINA, REEMBOLSANDO EL RECURSO POR ESTE CONCEPTO “EL AYUNTAMIENTO” Y EL “OROMAPAS” AL TITULAR DE LA COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, A MAS TARDAR EN LOS SIGUIENTES 5 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA RETENCIÓN, PARA EFECTUAR NUEVOS PRESTAMOS.
“EL SUTSEM SECCIÓN XIX” REINTEGRARA EL MONTO TOTAL DEL FONDO EN REFERENCIA A “EL AYUNTAMIENTO” Y A “EL OROMAPAS” AL FINALIZAR LA ADMINISTRACIÓN.
QUINCUAGÉSIMA PRIMERA.- BECAS
LAS BECAS EN LO SUCESIVO HABRÁN DE SER CUBIERTAS EN SU TOTALIDAD POR LA ENTIDAD PUBLICA A LA QUE SIRVE EL TRABAJADOR, Y LOS MONTOS SEMESTRALES SERÁN ENTREGADOS A MAS TARDAR LOS DÍAS 15 DE LOS MESES DE FEBRERO Y AGOSTO DE CADA AÑO A LOS TRABAJADORES Y SUS HIJOS, INDEPENDIENTEMENTE DEL NÚMERO DE HIJOS QUE TENGA CADA TRABAJADOR DE BASE ESTUDIANDO, QUE CURSAN EL NIVEL PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIO SUPERIOR CON PROMEDIO DE 8.5 COMO MÍNIMO, Y UN PROMEDIO DE 8 PARA NIVEL SUPERIOR; Y LOS MONTOS SERÁN DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
NIVEL PRIMARIA | $ 750.00 |
NIVEL SECUNDARIA | $ 1,200.00 |
NIVEL MEDIO SUPERIOR | $ 1,800.00 |
NIVEL SUPERIOR | $ 2,700.00 |
QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA.- AYUDA PARA TRANSPORTE
PARA COADYUVAR LOS GASTOS DE TRANSPORTE DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, EL AYUNTAMIENTO LES PROPORCIONARA 2 (DOS) VEHÍCULOS Y MANTENIMIENTO DE LOS MISMOS, PARA EL DESARROLLO DE LAS COMISIONES SINDICALES, ASÍ COMO LA CANTIDAD DE $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 MN.) MENSUALES PARA AYUDA DE COMBUSTIBLE.
ASÍ MISMO “EL AYUNTAMIENTO” OTORGARA UN APOYO ECONÓMICO O EN SU CASO UN VEHÍCULO EN OPTIMAS CONDICIONES PARA EL TRASLADO DEL SECRETARIO GENERAL CON SU COMITÉ A LOS MUNICIPIOS QUE SEAN SEDE DE ALGÚN PLENO ORDINARIO O EXTRAORDINARIO.
QUINCUAGÉSIMA TERCERA.- AYUDA PARA MATERIAL DE OFICINA
ASÍ MISMO CON EL FIN DE APOYAR A “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” EN SUS GASTOS DE OPERACIÓN, “EL AYUNTAMIENTO” APOYARA CON EL MATERIAL DE OFICINA NECESARIO.
QUINCUAGÉSIMA CUARTA.- AYUDA PARA LA FESTIVIDAD DEL DÍA DEL BURÓCRATA.-
“EL AYUNTAMIENTO” AUTORIZA LA CANTIDAD DE $ 20, 155.00 (VEINTE MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO PESOS, 00/100 M.N.) PARA GASTOS CONMEMORATIVOS AL DÍA DEL BURÓCRATA, LOS CUALES SE CUBRIRÁN A MAS TARDAR EL DÍA 15 XX XXXX DE CADA AÑO, CON EL FIN DE SOLVENTAR LOS GASTOS QUE EL EVENTO GENERE.
EL “D.I.F” Y “OROMAPAS” APORTARÁN LA CANTIDAD DE $4,030.00 (CUATRO MIL TREINTA PESOS 00/100M.N.) PARA GASTOS CONMEMORATIVOS AL DÍA DEL BURÓCRATA, LOS CUALES SE CUBRIRÁN A MAS TARDAR EL DÍA 15 XX XXXX DE CADA AÑO, CON EL FIN DE SOLVENTAR LOS GASTOS QUE EL EVENTO GENERE.
QUINCUAGÉSIMA QUINTA.- DESCUENTOS EN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS
COMO UN APOYO A LA ECONOMÍA FAMILIAR DE LOS TRABAJADORES DE BASE SINDICALIZADOS, SON AUTORIZADOS POR “EL AYUNTAMIENTO” Y EL “OROMAPAS” LOS SIGUIENTES DESCUENTOS:
50% EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL (ÚNICAMENTE EN UN PREDIO), SIEMPRE Y CUANDO ESTE A NOMBRE DEL TRABAJADOR, SIENDO ESTE APLICABLE AL MOMENTO DEL PAGO.
50% EN EL PAGO DEL AGUA POTABLE (ÚNICAMENTE EN UN PREDIO) SIEMPRE Y CUANDO ESTE EL CONTRATO A NOMBRE DEL TRABAJADOR, SIENDO ESTE APLICABLE AL MOMENTO DEL PAGO.
50% EN LA CONTRATACIÓN DE DRENAJE SANITARIO (ÚNICAMENTE EN UN PREDIO) SIEMPRE Y CUANDO LA PROPIEDAD ESTE A NOMBRE DEL TRABAJADOR, SIENDO ESTE APLICABLE AL MOMENTO DEL PAGO.
50% EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE (ÚNICAMENTE EN UN PREDIO), SIEMPRE Y CUANDO ESTE A NOMBRE DEL TRABAJADOR, SIENDO ESTE APLICABLE AL MOMENTO DEL PAGO.
50% EN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN HASTA 100 METROS CUADRADOS, (SIEMPRE Y CUANDO EL PREDIO ESTE A NOMBRE DEL TRABAJADOR) SIENDO ESTE APLICABLE AL MOMENTO DEL PAGO.
QUINCUAGÉSIMA SEXTA.- COMISIONADOS AL SUTSEM
SE AUTORIZAN 8 (OCHO) COMISIONES SINDICALES AL COMITÉ DIRECTIVO DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, PARA QUE DISPONGAN DE SU JORNADA LABORAL AL SERVICIOS DE ESA ORGANIZACIÓN SINDICAL, SIN MENOSCABO DE SUS DERECHOS Y PRESTACIONES DE TRABAJO, HASTA EL TERMINO DE SU GESTIÓN SINDICAL; ESTOS COMISIONADOS SERÁN DESIGNADOS POR LA SECCIÓN XIX DEL SUTSEM.
QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA.- COMPENSACIÓN A LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ DE LA SECCIÓN XIX DEL SUTSEM
AL COMISIONADO (SECRETARIO GENERAL) DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX” POR REALIZAR ACTIVIDADES SINDICALES EN REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES, SE LE AUTORIZA UNA COMPENSACIÓN FIJA DE $2,500.00 (DOS MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.) MENSUALES, ADICIONALES A LAS QUE PERCIBE, INCLUYÉNDOSE EN EL RECIBO DE NOMINA QUINCENAL.
A LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ QUE SE ENCUENTRAN COMISIONADOS A LAS GESTIONES SINDICALES, SE LES AUTORIZA LA CANTIDAD DE $1,000.00 (UN MIL PESOS 00/100 M.N.) MENSUALES ADICIONALES A LAS QUE PERCIBEN INCLUYÉNDOSE EN EL RECIBO DE NOMINA QUINCENAL.
ASIMISMO SE AUTORIZA LA CANTIDAD DE $600.00 (SEISCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) MENSUALES ADICIONALES A LAS QUE PERCIBEN, PARA CADA INTEGRANTE TITULAR DE LA MESA DIRECTIVA QUE NO ESTÉN COMISIONADOS EN LAS INSTALACIONES DEL SUTSEM, INCLUYÉNDOSE EN EL RECIBO DE NOMINA QUINCENAL.
DICHAS COMPENSACIONES SE SEGUIRÁN PAGANDO EN FORMA VITALICIA, ES DECIR, EL TRABAJADOR AUN CUANDO HAYA TERMINADO EL PERIODO DE REPRESENTACIÓN EN SU RESPECTIVA CARTERA SINDICAL DEL COMITÉ DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”.
QUINCUAGÉSIMA OCTAVA.- COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA A LOS COMISIONADOS DEL SUTSEM
A LOS COMISIONADOS DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, SE LES AUTORIZA EL PAGO DE UNA COMPENSACIÓN EXTRAORDINARIA DOS VECES AL AÑO, CONSISTENTE EN 15 (QUINCE) XXXX XX XXXXXXX INTEGRADO INCLUYENDO COMPENSACIONES FIJAS Y EXTRAORDINARIAS DURANTE LA VIGENCIA DE SU GESTIÓN SINDICAL, LO ANTERIOR EN VIRTUD DE QUE ELLOS NO DISFRUTAN DE LOS PERIODOS VACACIONALES QUE LES CORRESPONDEN, EL IMPUESTO CORRESPONDIENTE SERA SUBSIDIADO POR EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” SEGÚN CORRESPONDA.
QUINCUAGÉSIMA NOVENA.- INFONAVIT
A).-“EL AYUNTAMIENTO”, EN CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN XX XXXXXXXX 000 XXXXXXXX XXX, XXX XX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX MEXICANOS, 136, 137, 138, 139, 140, 141 Y DEMÁS APLICABLES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SE COMPROMETE A CELEBRAR CONVENIO DE INCORPORACIÓN A FAVOR DE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS, MENCIONADOS EN EL PRESENTE CONTRATO LABORAL, A MAS TARDAR EN EL MES XX XXXXX DEL AÑO 2012, LO ANTERIOR CON EL FIN DE QUE LOS TRABAJADORES TENGAN ACCESO A LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS, EN PROPIEDAD, MEDIANTE CRÉDITOS BARATOS Y SUFICIENTES, COMPROMETIÉNDOSE “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F” Y EL “OROMAPAS” A ABSORBER EL PAGO TOTAL DE LAS CUOTAS QUE MARCA LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA.
SEXAGÉSIMA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE LOS IMPUESTOS GENERADOS DE LAS PRESTACIONES DESCRITAS EN ESTE CONTRATO SERÁN ENTERADOS A LA S.H.C.P. POR “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F.” Y EL “OROMAPAS” CON ARREGLO A LAS DISPOSICIONES FISCALES VIGENTES.
SEXAGÉSIMA PRIMERA.- LAS PARTES ACUERDAN QUE LOS IMPUESTOS GENERADOS POR EL SALARIO BASE Y BONOS DE QUINQUENIOS SERÁN ABSORBIDOS AL 100% (CIEN POR CIENTO) POR EL TRABAJADOR, LAS PRESTACIONES COMO SON: AYUDA ESCOLAR, AYUDA DE TRANSPORTE, BONO ADICIONAL DE RENTA, ZONA DE VIDA CARA, COMPENSACIONES EXTRAORDINARIAS Y FIJAS, PRODUCTIVIDAD, AYUDA PARA RENTA Y COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD (CEAS), BONO POR RIESGO DE TRABAJO, DE LA NOMINA ORDINARIA, SERÁN ABSORBIDOS EN UN 2% (DOS POR CIENTO) POR EL TRABAJADOR, Y EL 98% (NOVENTA Y OCHO POR CIENTO) RESTANTE, SERÁN COSTEADOS POR EL PATRÓN.
LAS PRESTACIONES: FONDO DE AHORRO, PREVISIÓN SOCIAL Y DESPENSA QUINCENAL DE LA NÓMINA ORDINARIA, QUEDAN EXENTAS DE IMPUESTO.
EN LO QUE RESPECTA AL IMPUESTO QUE SE GENERE DE LAS SIGUIENTES PRESTACIONES: VALES DE DESPENSA, AYUDA PARA GASTOS DOMÉSTICOS, MATERIAL DEPORTIVO, PRIMA VACACIONAL, AYUDA PARA JUGUETE, DÍA DE LA MADRE, BONO DEL DÍA DEL BURÓCRATA, DÍA DEL PADRE, BONO DE FIN DE ADMINISTRACIÓN, APOYO EDUCACIONAL, AJUSTE DE CALENDARIO, AGUINALDO, PAGO DE GUARDERÍAS, AYUDA PARA COMPRA XX XXXXXX, ESTÍMULOS POR ANTIGÜEDAD, ESTÍMULOS POR JUBILACIÓN, ESTÍMULOS POR TITULACIÓN, APOYO PARA CURSAR MAESTRÍAS, ESTÍMULOS POR PUNTUALIDAD, COMPENSACIONES EXTRAORDINARIAS A LOS COMISIONADOS DEL SUTSEM (PERIODOS VACACIONALES), ASÍ COMO LOS PERMISOS ECONÓMICOS NO GOZADOS DURANTE EL AÑO, SERÁ ABSORBIDO POR EL PATRÓN AL 100% (CIEN POR CIENTO).
SEXAGÉSIMA SEGUNDA- POR ACUERDO DE LAS PARTES Y EN BENEFICIO DE LOS TRABAJADORES SINDICALIZADOS QUE ACTUALMENTE ESTÁN ADSCRITOS A EL CONSEJO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE SAN XXXX DE ABAJO, PASAN A FORMAR
PARTE DE LA PLANTILLA DE PERSONAL SINDICALIZADO DEL “OROMAPAS”, QUIEN ABSORBERÁ EL PAGO DE SUELDOS Y EL TOTAL DE LAS PRESTACIONES A QUE TIENEN DERECHO COMO INTEGRANTES DE “EL SUTSEM SECCIÓN XIX”, RESPETANDO SU ANTIGÜEDAD Y CATEGORÍA, LO ANTERIOR SURTIRÁ SUS EFECTOS A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2012.
SEXAGÉSIMA TERCERA.- TÉRMINO DEL CONTRATO.
EL PRESENTE “CONTRATO” DEJA SIN EFECTO EL CELEBRADO CON ANTERIORIDAD, DE IGUAL MANERA PERDERÁ SU VALIDEZ HASTA LA CELEBRACIÓN Y FIRMA DE UN NUEVO “CONTRATO”.
SEXAGÉSIMA CUARTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO
LAS PARTES CONVIENEN QUE ESTE “CONTRATO” COLECTIVO INICIE SU VIGENCIA CON FECHA DEL 18 (DIECIOCHO) DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE, Y SE REVISE EN LOS MESES DE ENERO Y FEBRERO DE CADA AÑO, A EXCEPCIÓN DEL INCREMENTO SALARIAL A QUE SE REFIERE LA CLAUSULA QUINTA DEL PRESENTE.
SEXAGÉSIMA QUINTA.- DEPÓSITO PARA EL REGISTRO LEGAL DEL PRESENTE “CONTRATO”
LAS PARTES ESTÁN DE ACUERDO QUE EL PRESENTE CONTRATO SE DEPOSITE ANTE EL H. TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO Y EN LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE CORRESPONDIENTE, PARA QUE SURTA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES.
LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE “CONTRATO” POR LAS PARTES Y ENTERADOS DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN EN LA LOCALIDAD DE XXXXX XX XXXXXXXX, NAYARIT CABECERA MUNICIPAL, A LOS 18 (DIECIOCHO) DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 DOS MIL DOCE.
POR “EL AYUNTAMIENTO”, “D.I.F.” Y EL “OROMAPAS”
C. XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX PRESIDENTE MUNICIPAL | LIC. XXXXXXX XXXXXX XXXXXXX SINDICO MUNICIPAL |
LIC. XXXX XXXXXXXXX O’XXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO. | C.P. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX TESORERO MUNICIPAL |
SRA. MA. DEL XXXXXXX XXXXX XXXXX PRESIDENTA DEL D.I.F. MPAL. | LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX DIRECTORA DEL D.I.F. MUNICIPAL |
LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX DIRECTOR GENERAL DEL OROMAPAS
POR EL SUTSEM DEL ESTADO DE NAYARIT
C. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX
SECRETARIA GENERAL Y REPRESENTANTE LEGAL DEL SUTSEM
C. XXXXXX X. XXXXXXXXX XXXXX SECRETARIO DEL ORGANIZACIÓN | C. XXXXXX XXXXXXX XXXXX SECRETARIA DEL INTERIOR |
C.P. XXXXXX XXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DE HACIENDA | LIC. XXXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXX SECRETARIA DE ACTAS Y ACUERDOS |
POR “EL SUTSEM SECCIÓN XIX BAHÍA XX XXXXXXXX”
C. XXXXXX XXXX XXXXXX SRIO. GRAL. DEL SUTSEM | XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX SECRETARIO DEL INTERIOR |
XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN | XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX SECRETARIO DE TRABAJOS Y CONFLICTOS |
XXX XXXXXX XXXXX XXXXX SECRETARIA DE HACIENDA | XXXX XXXXXX XXXX XXXXXXX SECRETARIO DE ACTAS Y ACUERDOS |
LUIS JORGE FREGOZO LORENZANA SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA | MANUEL AGRAZ REYES SECRETARIO COMISIÓN DE VIGILANCIA |
JUAN ANTONIO SÁNCHEZ MACÍAS SECRETARIO COMISIÓN DE VIGILANCIA | ADELA GARCÍA DÍAZ PRESIDENTA COMISIÓN DE DEFUNCIÓN |
C.P. MA. GUADALUPE DÁVILA FLORES SECRETARIA COMISIÓN DE DEFUNCIÓN | MARITZA MARGARITA MELENDREZ RAMOS SECRETARIA COMISIÓN DE DEFUNCIÓN |
MARGARITA GARCÍA DÍAZ PRESIDENTA COMISIÓN DE ESCALAFÓN | ADRIANA BEATRIZ LARA RODRÍGUEZ SECRETARIA COMISIÓN DE ESCALAFÓN |
JULIÁN MORALES MERAZ SECRETARIO COMISIÓN DE ESCALAFÓN | MA. DEL CARMEN ARREOLA GUTIÉRREZ PRESIDENTA COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS |
MAYTURE CASTAÑEDA NÚÑEZ SECRETARIA COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS | DANIEL CONTRERAS VARGAS SECRETARIO COMISIÓN DE PRESTAMOS Y AHORROS |
MAGDA SÁNCHEZ SECRETARIA DE ACCIÓN FEMENIL | JUAN JESÚS MURILLO SANTOS SECRETARIO DE ACCIÓN JUVENIL |
JOSEFINA MARGARITA LEPE ORTEGA SECRETARIA DE ACCIÓN DEPORTIVA | ALMA DELIA ÁLVAREZ GONZÁLEZ SECRETARIA DE ACCIÓN POLÍTICA |