Contract
En la Ciudad xx Xxxxxxx, provincia del mismo nombre, entre el Colegio Público de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial xx Xxxxxxx, CUIT Nº30-62051462-0, con domicilio social en xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xx 000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx, por una parte, en adelante “El Depositario” y por la otra parte el Dr./a
……………………………………………………………......……………, cuyos datos personales constan al pie, en adelante “El Depositante”, se conviene en celebrar el presente Contrato de Depósito, el que estará sujeto a las presentes cláusulas, así como a los Términos y Condiciones Generales que se hallan debidamente publicadas en la página web del Colegio, xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/ y que son asimismo transcriptas en el presente, las que declara el Depositante conocer y aceptar en este acto:
PRIMERA: El Depositante entrega y El Depositario recibe, para su guarda y custodia, en los Términos y Condiciones Generales que se transcriben en el presente y que el Depositante declara conocer y aceptar, los elementos personales que reúnan las condiciones regladas, los que serán guardados personalmente por el Depositante en el interior de un locker con llave. El locker se ubica en el interior de la Sede del Colegio.
SEGUNDA: El presente contrato se realiza sin contraprestación a cargo de El Depositante, sin perjuicio de lo cual éste queda obligado al pago de las multas y/u otras sanciones pecuniarias que se deriven del incumplimiento, las que se encuentran regladas en los Términos y Condiciones Generales del presente.
TERCERA: Los elementos personales a depositar serán colocados personalmente por el Depositante en el interior del “locker” asignado, el cual será cerrado con llave, conservando El Depositante la misma en custodia durante el plazo del contrato.
CUARTA: EL Depositario se obliga especialmente a: a) Ejercer debidamente la guarda y custodia de los lockers habilitados para el depósito de efectos personales del Depositario, empleando para ello toda su diligencia y cuidado. b) Conservar los lockers en buen estado de uso. c) Abstenerse de dar uso alguno a los bienes que en virtud del presente contrato se le confían.
QUINTA: Plazo del depósito: Se establece en DOS Y MEDIA (2,5) HORAS desde la suscripción del contrato, sin perjuicio de lo cual El Depositario podrá concluir el contrato, retirando los bienes depositados, antes del plazo pactado.
SÉXTA: Ambas partes se someten a la Justicia Ordinaria de la Primera Circunscripción de la Provincia xx Xxxxxxx, renunciando a cualquier otro fuero y en especial al Federal. Se fija domicilio especial, El Depositario en calle Xxxxx Xxxxxx Nº 447 de la Ciudad xx Xxxxxxx y El Depositante en el domicilio consignado como “legal” a continuación de la firma del presente, allí se practicarán todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que deban realizarse.
TERMINOS Y CONDICIONES PARA EL DEPOSITO DE OBJETOS EN LOCKERS DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.
Art. 1) El guardado de objetos personales en lockers ubicados en la Sede del Colegio de Abogados de edificio xxx Xxxxxxx Judicial y edificio de Xxx Xxxxxx 000 proveídos por esta Institución se regirá por los presentes Términos y Condiciones. Al utilizar los servicios xx xxxxxxxx en lockers, usted acepta nuestros términos y condiciones sobre el contrato de depósito, en su nombre y/o en nombre de cualquier otra persona que tenga interés, independientemente de si ha firmado o no nuestra hoja de depósito. Nuestros términos y condiciones son de general aplicación, pudiéndose acordar cambios a los mismos sólo por escrito y aprobados por El Directorio.
DESCRIPCION DEL SERVICIO
Art.2) El servicio de locker consiste en mantener en depósito dentro de un locker o casillero con llave ubicado en las instalaciones del Colegio de Abogados, durante el lapso de DOS Y MEDIA (2,5) HORAS a contar desde la suscripción del contrato, los elementos personales que requiera dejar, siempre y cuando no se trate de objetos expresamente excluídos según detalle expuesto a continuación. El servicio es gratuito para los colegiados con su cuota al día, no pudiendo acceder al mismo, ni aún a título oneroso, los colegiados que no se encuentren con su cuota al día o terceros no colegiados.
ELEMENTOS ACEPTADOS PARA SU GUARDA EN LOS LOCKERS
Art.3) Serán aceptados en depósito, dentro del límite de la capacidad de almacenamiento de cada locker, abrigos, carpetas, expedientes, mochilas que contengan estos elementos y similares. El Colegio de Abogados no responde, en cualquier caso, del dinero, joyas, documentos de negocio u otros objetos de valor que fueren guardados en expresa infracción de los contenidos aceptados, como se indica en este y el artículo 4). Es facultad del Colegio de Abogados, a su discreción, no aceptar el o los elementos que pretendan guardarse en los lockers.
ELEMENTOS NO ACEPTADOS PARA SU GUARDA EN LOS LOCKERS
Art. 4) No se aceptarán para el depósito:
a.) Cualquier elemento que contenga materiales inflamables o deteriorables, exhalando malos olores o que pueden causar el deterioro de la infraestructura de los lockers o daños a otros objetos depositados;
b) Sustancias nocivas, peligrosas o prohibidas, así como tampoco productos comestibles.
c) Computadoras portátiles o cualquier otro elemento tecnológico de valor (teléfonos celulares, tablets, etc.) ni en general ningún objeto de valor.
d.) Dinero, joyas, metales preciosos, documentos de negocios y objetos de valor en general.
De hacerlo, quedará bajo absoluta y exclusiva responsabilidad del usuario, tanto en caso de pérdida, sustracción o deterioro de los objetos, declarando que asume a su cargo los riesgos de su guarda dentro del locker.
Art. 5) El Colegio de Abogados no se hace responsable de la pérdida total o parcial de los objetos guardados en el locker asignado. No se hace responsable de las averías y de los deterioros naturales de los elementos guardados y no imputables a su culpa o a causas relacionadas a la conservación en el depósito. No se hace responsable por daños o pérdidas, causas de fuerza mayor y/o acontecimientos naturales como, por ejemplo, terremotos, inundación, etc. Tampoco responderá del contenido no declarado por el depositante o del contenido declarado expresamente no aceptado (art. 4).
USO DE LOS LOCKERS:
Art. 6) El usuario que requiera de este servicio, debe solicitar la asignación de un locker en el mostrador del Colegio de Abogados. Deberá suscribir el contrato pertinente, consignando sus datos personales, un número de teléfono fijo y el de un celular y un correo electrónico. La firma del contrato por parte del colegiado implica aceptación de los Términos y Condiciones Generales aquí expuestos y que manifiesta haber leído y conocer. El contrato se firmará por duplicado conservando el Colegio el original.
Art. 7) La asignación del Locker es personal y se realizará en días hábiles judiciales (de lunes a viernes), por un periodo máximo de DOS Y MEDIA (2,5) HORAS, dentro del horario comprendido entre las 8.00 a las 13.00 hs.
Art. 8) Sólo se asignará un locker por usuario activo.
Art. 9) Nadie puede solicitar un locker a nombre de otra persona, ni ceder su uso a un tercero.
Art. 10) Luego de la suscripción del contrato pertinente, se le proporcionará al usuario una llave individualizada con un número correspondiente al locker con la misma identificación numérica. El usuario guardará personalmente sus elementos personales en el locker y conservará en custodia la llave del mismo.
Art. 11) El usuario será responsable de la llave del locker asignado.
Art. 12) Los objetos guardados serán retirados personalmente por el Colegiado mediante la apertura con su correspondiente llave, sin perjuicio de lo cual deberán en primer lugar exhibir al encargado de la Sede el recibo en copia correspondiente y una identificación personal todo ello previo a proceder a la apertura del locker.
Art. 13) Los usuarios deberán hacer devolución de la llave en forma personal, firmándosele recibo de la misma en el duplicado del contrato, el que constituirá única prueba de tal cumplimiento. No le será suscripto el recibo de la llave en caso de haber incurrido en conducta pasible de multa y no haberse abonado la multa correspondiente.
Art. 14) Transcurrido el plazo del depósito sin que el Colegiado Depositante se presente a retirar los objetos guardados, se dejará constancia en el contrato respectivo y el incumplimiento dará lugar a la sanción que en el capítulo respectivo se establece. Se enviará un mail a la dirección de correo electrónico declarada por el Colegiado Depositante haciendo constar el incumplimiento.
Art. 15) Transcurrido un (un) mes desde la fecha del contrato sin que el usuario proceda a retirar el contenido del locker, se procederá a la apertura del mismo y los elementos no reclamados se entenderán abandonados , pudiendo el depositario proceder a su discreción en la disposición de estos objetos.
Art. 16) Los lockers deberán ser utilizados por los Colegiados-Depositantes con el debido cuidado, sin maltratarlos, rayarlos, forzarlos o dañarlos. No está permitido colocar ningún tipo de letrero, calcomanía o señal. Cualquier daño provocado por el mal uso deberá ser reparado por el usuario responsable, dejándose constancia de tal suceso en el contrato.
SANCIONES:
Art. 15) El Colegio de Abogados se reserva el derecho de no otorgar el uso del locker a cualquier Colegiado que haya incumplido el presente reglamento con anterioridad.
Art. 16) El Colegiado-Depositante es responsable del cuidado de la llave y el candado correspondiente al locker asignado. En caso de extravío o rotura deberá abonar multa por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150) .
Art. 17) El usuario que incurriere en el incumplimiento de la obligación de desocupar el locker al vencimiento del plazo (art. 14 del presente reglamento) deberá abonar una multa de PESOS CIEN ($100) por el vencimiento del plazo horario y asimismo de PESOS CIEN ($100) por día de retraso en la apertura del locker y devolución de la llave en caso de no retirarlos en el día de suscripción del contrato, computándose a partir de la fecha del mismo.
Art. 18) Las multas dispuestas en el presente capítulo deberán ser abonadas al momento de retirar del locker correspondiente los elementos guardados y hacer entrega de la llave. Caso contrario, deberá suscribir pagaré por el monto de la multa a favor del Colegio.
Se suscribe el presente contrato por las partes intervinientes, en la Ciudad xx Xxxxxxx, en dos ejemplares del mismo tenor, uno para cada parte, a los ….….días del mes de…….……del año…..……, siendo las horas.
FIRMA DEL DEPOSITANTE FIRMA P/ EL DEPOSITARIO
ACLARACION Y D.N.I.: ……………………………
DOMICILIO LEGAL y CORREO ELECTRONICO: ……………………..
Nº DE TEL. FIJO Y Nº DE TELEFONO CELULAR:…………………………….
RECIBO DE LLAVES Y OBSERVACIONES:
En la Ciudad xx Xxxxxxx, a los …….. días del mes de ………… de 2.016, siendo las… Horas, el Depositante retira de
conformidad los elementos guardados en el locker asignado mediante el presente contrato y hace devolución de la llave correspondiente, la que es recibida de conformidad por el Depositario.
FIRMA DEL DEPOSITANTE FIRMA P/ EL DEPOSITARIO
OBSERVACIONES: