REUNIDOS
CONVENIO REGULADOR DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIÓN DIRECTA A FAVOR DE LA ONGD SOLIDARIDAD MANCHEGA CON LOS PUEBLOS DEL TERCER MUNDO, SOLMAN
En Ciudad Real, 27 xx xxxxx de dos mil veinte
REUNIDOS
De una parte Xx. Xx xxx Xxxxx Xxxxxx Bastante con D.N.I.05657059W, actuando en nombre y en representación del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, con C.I.F. P-1303400-D y domicilio en Xxxxx Xxxxx xx 0, 00000 Xxxxxx Xxxx, en su calidad de Alcaldesa/Presidenta.
Y de otra D. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx con D.N.I. nº 28.757.079H en nombre y representación de la ONGD SOLIDARIDAD MANCHEGA CON LOS PUEBLOS DEL TERCER MUNDO, SOLMAN, con C.I.F. G13216122 y domicilio
en C/ Xxxxxxx nº 19, entreplanta X x X, X.X. 00000 xx Xxxxxx Xxxx, en su calidad de
Presidente.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para otorgar este convenio, y en su virtud
MANIFIESTAN
I.- Que constituye motivo de preocupación creciente para la sociedad española en general, la situación de abandono, pobreza y miseria que sufren los países subdesarrollados y en vías desarrollo del Planeta, por lo que es un compromiso irrenunciable de todos y muy particularmente de las Instituciones Públicas, la búsqueda de fórmulas eficaces que lleven a paliar la situación de desigualdad y dependencia en la que se encuentran las poblaciones de aquellos países, máxime cuando dichas poblaciones son objeto de catástrofes naturales.
II.- Se reconoce, asimismo, que en esta tarea por mejorar las condiciones de vida y en favor de un desarrollo sostenible y no dependiente de los países más desfavorecidos, vienen desempeñando un papel protagonista y destacable las ONGDs y otras entidades similares, dado su conocimiento y proximidad directa con esta problemática.
III.- Con fecha 27 xx xxxxx de 2020, la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real ha dispuesto la concesión directa de subvención a la ONGD Solidaridad Manchega con los Pueblos del Tercer Mundo, SOLMAN para el proyecto “emergencia alimentaria y de salubridad para hacer frente a la pandemia del covid19 y a las consecuencias socioeconómicas del confinamiento
obligatorio en togo y honduras”. Se destina una ayuda por importe de 5.000 € con cargo al ejercicio económico de 2020.
IV.- El presente Convenio se formaliza al amparo del art. 22.2 c) y 28 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativos al procedimiento de concesión directa de subvenciones. El artículo 22.2 dispone que podrán concederse de forma directa: “c) Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública”. En el artículo 28.1 establece que “la resolución de concesión y, en su caso, los convenios a través de los cuales se canalicen estas subvenciones establecerán las condiciones y compromisos aplicables de conformidad con lo dispuesto en esta ley”.
Por su parte, el Reglamento General de la Ley General de Subvenciones, en su artículo 67.1, prevé que en estos supuestos “será de aplicación lo previsto en la Ley General de Subvenciones y en este Reglamento, salvo en lo que en una y otro afecte a la aplicación de los principios de publicidad y concurrencia”.
V.- Que la finalidad de este Convenio es canalizar a favor del Beneficiario una subvención dentro del crédito consignado en la aplicación presupuestaria nº 2312.48019 que figura en el vigente Presupuesto de esta Entidad, con el fin de colaborar con la ONGD Solidaridad Manchega con los Pueblos del Tercer Mundo, SOLMAN, para su destino a ayuda humanitaria de emergencia a Togo y Honduras, a raíz de la situación generada por la pandemia delcoronavirus, así como establecer las condiciones y compromisos que asume el Beneficiario.
La ONGD Solidaridad Manchega con los Pueblos del Tercer Mundo, SOLMAN, se encuentra inscrita en el Registro Ciudadano del Ayuntamiento de Ciudad Real, formando parte del Consejo Local de Cooperación Internacional, y dispone de experiencia en el sector de actuación y en el país donde se va a ejecutar el proyecto objeto del presente compromiso.
Por su parte, el Ayuntamiento de Ciudad Real, a través de su Concejalía de Acción Social y Cooperación Internacional, tiene entre sus fines apoyar las actuaciones de las organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos humanos, mostrando especial sensibilidad con las poblaciones más empobrecidas que además son “azotadas” por enfermedades y catástrofes naturales.
De conformidad con lo establecido en las citadas disposiciones, ambas partes acuerdan suscribir el presente Xxxxxxxx, el cual se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS PRIMERA.-OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Ambas partes convienen que la subvención que se otorga a la ONGD Solidaridad Manchega con los Pueblos del Tercer Mundo, SOLMAN se destinará a la elaboración y venta de jabón y a la adquisición de 140 kits de alimentos y material de higiene, para ayudar a luchar contra la pandemia del coronavirus. Además se va a realizar una labor de información/sensibilización sobre la necesidad de realizar el lavado de manos y otras acciones higiénicas preventivas.
Para la ejecución del proyecto, la ONGD Beneficiaria contará con el apoyo de las distintas contrapartes de la zona, con las que SOLMAN colabora de forma permanente:
- CCD del Xxxxxx xx Xxxx y CVD de Defalé.
- Grupos de mujeres APC de Defalé y D´XXXXX xx Xxxx.
- Centro Médico Social xx Xxxx y el Comité Cantonal de Salud que lo dirige
- Asociación Colaboración y Esfuerzo (ACOES)
SEGUNDA.-FINANCIACIÓN
La cuantía de la subvención asciende a la cantidad de 5.000 €, con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria nº 2312.48019 y que será abonada en un pago único tras la firma del presente convenio por ambas partes.
TERCERA.-RÉGIMEN DE COMPATIBILIDADES
Esta subvención será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos Internacionales, siempre que su importe, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, no supere el coste de la actividad subvencionada.
CUARTA.-VIGENCIA DEL CONVENIO
El presente Convenio surtirá efectos desde la fecha de suscripción hasta que haya tendido lugar su completa y correcta justificación. No obstante, serán imputables al presente Xxxxxxxx y admitidos como justificantes los gastos que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, siempre que sean posteriores a la aprobación del Presupuesto en el que figura el crédito señalado en la cláusula segunda.
QUINTA.- DOCUMENTACIÓN.
La ONGD SOLMAN, deberá presentar:
- Proyecto a ejecutar con desglose de gastos.
- Declaración responsable donde conste las subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin por entidades públicas o privadas.
SEXTA.-OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO
Constituyen obligaciones de Beneficiario:
- No estar incurso en las prohibiciones del art. 13.2 y art. 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, formulando declaración expresa responsable al efecto.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social, aportando declaración expresa responsable al efecto.
- Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal y Local Tributaria, autorizando con la suscripción de este convenio la obtención del certificado acreditativo de esta circunstancia por parte del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real.
- Hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Realizar la actividad subvencionada y justificar su financiación, conforme lo establecido en la cláusula quinta de este Convenio.
- Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad, así como al control financiero efectuado por la Entidad concedente de la subvención.
- El Beneficiario se compromete a reflejar en las actividades de difusión del proyecto, la financiación de Excmo. Ayuntamiento para el desarrollo del mismo.
SÉPTIMA.-JUSTIFICACION
El Beneficiario deberá presentar a través de registro electrónico, dirigido a la Concejalía de Cooperación Internacional del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, en el plazo de dos meses a contar desde la realización del objeto del proyecto, justificación de la subvención concedida, que deberá contener la siguiente documentación:
1.-Certificado o declaración, expedido por el Órgano competente, en el que conste:
- Convenio en el que se enmarca la subvención.
- Importe de la subvención.
- Que la subvención ha sido aplicada a los fines para los que fue concedida.
- En su caso, mención de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.
2.- Memoria de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos. 3.- Memoria económica, que contendrá:
- Relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con indicación del acreedor y número de factura, su importe, fecha de emisión, y en su caso, fecha de pago.
- Facturas originales o fotocopias compulsadas de las facturas justificativas de los gastos efectuados, por el importe de la ayuda concedida.
El incumplimiento de la obligación de justificación, la justificación insuficiente o cualesquiera otras causas contempladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar al reintegro total o parcial de la subvención.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 30.4 de la Ley General de Subvenciones, “cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.”
OCTAVA.- ÓRGANO GESTOR.
El órgano gestor de esta subvención será la Jefatura de Servicio de la Concejalía de Cooperación Internacional. Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con la Concejalía de Cooperación Internacional del Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, sita en la Xxxxx Xxxxxxxxx x/x, 00000-Xxxxxx Xxxx, por e-mail: xxxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxx.xx.
NOVENA.-REGIMEN JURIDICO
Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa. En lo no previsto en él, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Ciudad Real para 2.020 y demás normativa estatal o autonómica que resulte de aplicación.
Las cuestiones litigiosas que surjan en aplicación del presente Convenio, serán sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio por duplicado ejemplar y fecha indicada en el encabezamiento.
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ONGD SOLMAN CIUDAD REAL
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, PRESIDENTE,