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EXTRACTO DE DOCUMENTOS ESENCIALES CONTENIDOS EN EL EXPEDIENTE RELATIVO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERIA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL, Y LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
1. Propuesta de la Consejera a Consejo de Gobierno.
2. Orden de la Consejera aprobando el texto del Convenio.
3. Informe Jurídico sobre el Convenio.
4. Borrador del texto del convenio
5. Propuesta de la Directora General de Mujer y Diversidad de Género.
6. Informe propuesta de la Jefa de Servicio de Planificación y Programas.
30/04/2021 10:36:16
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLITICA SOCIAL, Y LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Por esta Consejería se ha tramitado expediente (Nº 2-2021) de autorización del Convenio de Colaboración a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la asociación Escan para la divulgación de información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a víctimas de violencia de genero.
La Asociación Proyecto Escan, conforme al artículo 2 de sus estatutos, tiene entre sus fines:
a) Adiestramiento y educación canina con finalidad terapéutica y de protección de las víctimas de violencia.
b) Realización de acciones formativas como centro de formación de educadores caninos con personas víctimas de violencia.
c) Realización de cualquier tipo de actividades Cinologicas relacionadas con el objetivo a), en particular las propias de una escuela de adiestramiento y educación canina, centro de formación de educadores caninos con titulación oficial de la FCE, adiestramiento en positivo, obediencia básica, avanzada, deportivo, agility y adiestramiento profesionales. Resolución de problemas conductuales, terapia de comportamiento y grupos de trabajo donde la persona participa de forma activa en el adiestramiento.
d) Coordinación de entidades relacionadas con la actividad de PROYECTO ESCAN.
La Asociación Proyecto Escan, de acuerdo con el artículo 3 de los citados estatutos, establece que para el cumplimiento de los fines mencionados en el párrafo anterior, promoverá, como parte de sus actividades, el desarrollo de acciones colaborativas con instituciones.
Habiéndose adoptado Orden de aprobación sobre la base de que su contenido sustantivo es coincidente con las finalidades de servicio público atribuidas a esta Consejería en materia de asistencia integral a mujeres víctimas de violencia de género, de acuerdo con lo previsto en el Estatuto de Autonomía en su artículo 00.Xxx apartado 18 y a los efectos del artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno
30/04/2021 10:36:16
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
de la Región xx Xxxxxx, el artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, que otorgan competencias para su autorización a ese órgano de gobierno, así como el artículo 8.2 del Decreto número 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx, se eleva el expediente tramitado proponiendo se adopte el siguiente
ACUERDO
Autorizar la celebración del Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la Asociación Proyecto Escan que tiene por objeto establecer los términos para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género, cuyo texto se adjunta a la presente.
LA CONSEJERA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
Fdo: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y
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POLITICA SOCIAL, Y LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en su calidad de Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, cargo para el que fue nombrada por el Decreto de la Presidencia n.º 31/2019, de 31 de julio (BORM de 1 xx xxxxxx), actuando en representación de la misma en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y facultada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha xxxxxxxxxxxx
Y de otra parte, de la Asociación Proyecto Escan, la presidenta Dña. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx en representación de dicha entidad, y con facultad para la celebración del presente Convenio de Colaboración por el artículo 22 de sus Estatutos.
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para la suscripción del presente Convenio y, al efecto,
MANIFIESTAN
PRIMERO. Que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género recoge en su artículo 2.h), como principio rector, la coordinación de los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género.
SEGUNDO. Que dicha ley, en su artículo 19, recoge el derecho de las mujeres víctimas de violencia de género a recibir una asistencia social integral. Además, establece que la organización de estos servicios por
parte de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, responderá a los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
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TERCERO. Respecto de la legislación autonómica, la Ley 7/2007, de 4 xx xxxxx, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región xx Xxxxxx, establece en su artículo 47.1 que las administraciones públicas de la Región xx Xxxxxx proporcionarán a las mujeres una asistencia integral, para paliar las consecuencias físicas y psíquicas que la violencia cause sobre ellas, comprendiendo dicha asistencia integral el aseguramiento de su seguridad, la atención a su salud física y mental, así como a sus necesidades económicas, jurídicas y sociales.
CUARTO. Que, de conformidad con el Decreto del Presidente nº 34/2021, de 3 xx xxxxx, de Reorganización de la Administración Regional (modificado por el Decreto de la Presidencia número 47/2021, de 9 xx xxxxx) la Consejería de Mujer, Igualdad LGTBI, Familias y Política Social es la unidad organizativa competente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de políticas de la mujer, donde ha de incluirse la lucha contra la violencia de género.
QUINTO. Que la Asociación Proyecto Escan, conforme al artículo 2 de sus estatutos, establece que serán fines de la Asociación:
a) Adiestramiento y educación canina con finalidad terapéutica y de protección de las víctimas de violencia.
b) Realización de acciones formativas como centro de formación de educadores caninos con personas víctimas de violencia.
c) Realización de cualquier tipo de actividades Cinologicas relacionadas con el objetivo a), en particular las propias de una escuela de adiestramiento y educación canina, centro de formación de educadores caninos con titulación oficial de la FCE, adiestramiento en positivo, obediencia básica, avanzada, deportivo, agility y adiestramiento profesionales. Resolución de problemas
conductuales, terapia de comportamiento y grupos de trabajo donde la persona participa de forma activa en el adiestramiento.
d) Coordinación de entidades relacionadas con la actividad de PROYECTO ESCAN.
30/04/2021 10:36:16
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SEXTO. Que la Asociación Proyecto Escan, de acuerdo con el artículo 3 de los citados estatutos, establece que para el cumplimiento de los fines mencionados en el párrafo anterior, promoverá, como parte de sus actividades, el desarrollo de acciones colaborativas con instituciones.
SÉPTIMO. Que para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tienen encomendadas la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y la Asociación Proyecto Escan, se hace necesaria la colaboración entre las partes firmantes de este Convenio de Colaboración para la realización de las actividades tendentes a la divulgación de información de Mujeres Víctimas de Violencia de Genero en el ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx.
Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en cooperar para conseguir los objetivos comunes antes mencionados, las partes ACUERDAN la suscripción del presente CONVENIO que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL ACUERDO
Este convenio de colaboración tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y la Asociación Proyecto Escan, para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE LAS PARTES
Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior,
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social se compromete a:
30/04/2021 10:36:16
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a) Dar conocimiento de la actividad desarrollada por la Asociación Proyecto Escan que se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que afecte a las víctimas de la violencia de género.
b) Divulgar información de los programas desarrollados por Asociación Proyecto Escan en el ámbito de la prevención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En particular dicha divulgación podrá llevarse a cabo, entre otros medios, difundiendo cartelería de la Asociación para su publicación en la Red Regional de Centros de Atención Especializada para Víctimas de Violencia de Género (Red CAVI).
c) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
La Asociación Proyecto Escan se compromete a:
a) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios.
b) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación.
c) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.
30/04/2021 10:36:16
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d) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
e) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.
TERCERA. FINANCIACIÓN
Este Convenio de Colaboración no supone ni conlleva obligaciones económicas para la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ni para la Asociación Proyecto Escan. Del mismo modo, tampoco contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación, ya que las obligaciones a las que se comprometen las partes no implican el incremento de los programas ordinarios de gasto e inversión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ni de la Asociación Proyecto Escan. A este respecto, cada parte interviniente asumirá con sus propios medios materiales y personales las acciones a emprender para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en este Convenio de Colaboración.
CUARTA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
De cara a asegurar un adecuado despliegue y seguimiento del presente Convenio de Colaboración, y para velar por su adecuado cumplimiento y desarrollo, se constituirá una Comisión de Seguimiento, a la que se le asignarán las siguientes funciones:
a) Supervisar y realizar el seguimiento de las actuaciones contempladas en este Convenio de Colaboración.
b) Interpretar su contenido y aplicación.
c) Resolver las cuestiones litigiosas a las que pudiera dar lugar su interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio.
d) Evaluar y coordinar el desarrollo de los compromisos del Convenio.
30/04/2021 10:36:16
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La Comisión de Seguimiento de este Convenio de Colaboración estará compuesta por:
1) Dos personas en representación de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de las cuales al menos una estará adscrita a la Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero.
2) Dos personas en representación de la Asociación Proyecto Escan.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con la periodicidad necesaria para cumplir su función y, al menos, dos veces al año. Además, podrá ser convocada con carácter extraordinario, a petición de cualquiera de las partes.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
QUINTA. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
El tratamiento y la gestión de datos personales por ambas partes en el ámbito de este Convenio de Colaboración, se regirán por lo establecido en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
30/04/2021 10:36:16
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Las partes se obligan a utilizar los datos que gestionen única y exclusivamente para los fines del presente Convenio de Colaboración y a guardar secreto profesional respecto de todos los datos de carácter personal que conozcan, así como a los que tengan acceso en las actuaciones a desarrollar como cumplimiento de este Convenio. Igualmente, las partes se obligan a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno al presente Convenio. Estos datos podrán emplearse exclusivamente para los fines previstos en este Convenio, no pudiendo utilizar con ningún otro objeto, incluyendo estudios o investigaciones.
Las obligaciones en materia de protección de datos contenidas en esta cláusula se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase de ejecución de las actuaciones a desarrollar para dar cumplimiento a este Convenio. Así, las partes se comprometen a hacer conocedoras del contenido de esta cláusula a dichas personas.
Las obligaciones aquí señaladas en materia de protección de datos subsistirán para ambas partes aun después del fin de la vigencia del Convenio de Colaboración.
SEXTA. DURACIÓN
El presente Convenio de Colaboración tendrá vigencia por un periodo de
48 (XXXXXXXX Y OCHO) meses, a partir del día de su firma, salvo denuncia expresa de alguna de las partes.
Con anterioridad a la finalización del plazo de duración previsto, el Convenio de Colaboración podrá prorrogarse de forma expresa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que establece que cabe la prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
SÉPTIMA. MODIFICACIONES
30/04/2021 10:36:16
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Los términos del presente Convenio de Colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes. La Comisión de Seguimiento será la encargada de proponer, en su caso, la modificación del texto del Convenio, que se hará efectiva mediante acuerdo de las partes firmantes. El acuerdo que incluya tal modificación, deberá incorporarse como adenda al presente Convenio.
OCTAVA. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN
El Convenio de Colaboración podrá extinguirse por las siguientes causas:
1. Los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
NOVENA. TRANSPARENCIA
30/04/2021 10:36:16
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El convenio suscrito será puesto a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como en la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y demás normativa de desarrollo de la misma.
DECIMA. JURISDICCIÓN
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir el presente acuerdo con firma electrónica.
POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX
XXXXXX
Sra. Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social
POR LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN
Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Presidenta
ORDEN
30/04/2021 10:36:12
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Visto el Convenio de Colaboración a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la Asociación Proyecto Escan, estimándose que su contenido sustantivo es coincidente con las finalidades de servicio público atribuidas a esta Consejería, en materia de asistencia integral a mujeres víctimas de violencia de género y estando facultado para ello por lo establecido en el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se aprueba el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx y de conformidad con lo previsto en el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar el texto del Convenio de Colaboración a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y la Asociación Proyecto Escan para la divulgación de información a víctimas de violencia de género.
SEGUNDO.- Elevar Propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización del citado Convenio.
Documento firmado electrónicamente al margen
LA CONSEJERA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLÍTICA SOCIAL
Fdo: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
INFORME DEL SERVICIO JURÍDICO EN RELACIÓN CON EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLITICA SOCIAL, Y LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
29/04/2021 12:58:42
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 y siguientes de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, por el Servicio Jurídico de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social se emite el presente informe en relación con el citado convenio:
1.- OBJETO Y FINALIDAD:
Según se desprende del texto del Convenio, en su artículo 1, el objeto del presente Convenio consiste establecer los términos de la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y la Asociación Proyecto Escan, para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género.
29/04/2021 12:26:24
Asimismo, según la Memoria Justificativa de la Técnica de Gestión del Servicio de Planificación y Programas de la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género, de fecha 22 xx xxxxx de 2021: “La suscripción del convenio conlleva un impacto social y de género al perseguir el objetivo de mejorar la protección y la asistencia integral a las mujeres víctimas de violencia de género, así como a sus hijos e hijas menores a su cargo el ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx.”
2.- NATURALEZA:
El Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículos 47 y siguientes, regula los convenios estableciendo un marco jurídico general de referencia en el que se definen los convenios y se regulan los tipos; se expresan los requisitos de validez y eficacia de los mismos, así como su contenido, los trámites preceptivos para su suscripción y sus efectos; y finalmente regula la extinción, los efectos de su resolución y la remisión al Tribunal de Cuentas.
En este Convenio, no hay contraprestación, ni relación traditicia alguna entre las partes porque no se está pagando un precio a cambio de una contraprestación, hay dos personas jurídicas, en las que su actividad principal no consiste en la producción en régimen xx xxxxxxx de bienes y servicios destinados al consumo individual o colectivo, las mismas actúan sin ánimo de lucro, las funciones que realizan persiguen el interés general, y no tienen carácter mercantil o industrial.
29/04/2021 12:58:42
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Las consideraciones precedentemente expuestas en este informe y en la memoria justificativa, permiten confirmar la calificación del negocio que se pretende concertar como un convenio de colaboración.
3.- COMPETENCIA:
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género recoge en su artículo 2.h, como principio rector, la coordinación de todos los recursos e instituciones de cara a la prevención de la violencia de género. La citada norma, en su artículo 1.2, establece que la mencionada ley abarca medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género prestando asistencia a las mujeres víctimas de esta violencia.
En lo que respecta al ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx, la Ley 7/2007, de 4 xx xxxxx, para la igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región xx Xxxxxx, establece en su artículo
29/04/2021 12:26:24
47.1 que: “las administraciones públicas de la Región xx Xxxxxx proporcionarán a las mujeres una asistencia integral, para paliar las consecuencias físicas y psíquicas que la violencia cause sobre ellas, comprendiendo dicha asistencia integral el aseguramiento de su seguridad, la atención a su salud física y mental, así como a sus necesidades económicas, jurídicas y sociales”, en el artículo
47.2 define como personas beneficiarias de estos recursos a las mujeres víctimas y a los menores que se encuentren bajo su patria potestad, guarda o tutela y, en su caso, cualquier otra persona dependiente de la mujer víctima de violencia de género.”
El Decreto del Presidente nº 34/2021, de 3 xx xxxxx, de Reorganización de la Administración Regional (modificado por el Decreto de la Presidencia número 47/2021, de 9 xx xxxxx), establece en su artículo 3 que: “La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en las siguientes materias: asistencia y bienestar social; desarrollo comunitario; promoción, protección y apoyo a la familia e infancia; protección y reforma de menores; políticas de promoción e integración de las personas inmigrantes, de personas con discapacidad, de personas mayores, de promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia y en general de protección
de personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social, incluida la creación de centros para la atención de los destinatarios de dichas políticas; así como competencias en materia de voluntariado, de gestión de las subvenciones con cargo a la asignación tributaria del 0.7% del Impuesto xx xxxxx de las personas física (IRPF), y de parejas de hecho.
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Asimismo, le corresponde el desarrollo y ejecución de las políticas de la mujer, incluidas las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, y de las políticas contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, sin perjuicio de las que le corresponda a otros departamentos regionales y cualesquiera otras que le asigne la legislación vigente.
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Queda adscrito a esta consejería el Organismo Autónomo Instituto Murciano de Acción Social.”
4.- APROBACIÓN, AUTORIZACIÓN Y SUSCRIPCIÓN:
El texto del mencionado Xxxxxxxx debe ser aprobado por la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8.1 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
29/04/2021 12:26:24
La competencia para autorizar el presente convenio está atribuida al Consejo de Gobierno, en virtud de lo dispuesto en el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno, en relación con el artículo 6.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, así como por el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el registro general de convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx. Este trámite exige elevar la oportuna propuesta del texto aprobado a dicho órgano de gobierno, al que se someterá con los antecedentes el expediente.
Dicha propuesta debe ser elevada por la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, a la vista de lo establecido por el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre.
En cuanto a la suscripción del convenio corresponde a la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, de acuerdo con lo establecido por los artículos 7.2 y 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, y el artículo
8.3 del Decreto 56/1996, sin perjuicio de la posible avocación de la citada competencia por el Presidente de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
5.- CONTENIDO Y TRAMITACIÓN:
El Convenio no supone ni conlleva obligaciones económicas para la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, por lo que no procede su fiscalización previa.
29/04/2021 12:58:42
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
De acuerdo con la Memoria Justificativa de la Técnica de Gestión del Servicio de Planificación y Programas de la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género, de fecha 22 xx xxxxx de 2021: “Las obligaciones del presente Convenio no suponen ni conllevan obligaciones económicas para la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Del mismo modo, tampoco se contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación, ya que los compromisos de a los que se comprometen las partes no implican el incremento de los programas ordinarios de gasto e inversión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. A este respecto, cada parte interviniente asumirá con sus propios medios materiales y personales las acciones a emprender para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en este Convenio de Colaboración.”
Se comprueba que el presente Convenio de Colaboración, contiene mención de los órganos que celebran el convenio y la capacidad jurídica con la que actúa cada parte, regulación del objeto, compromisos de las partes, plazo de vigencia y seguimiento del Convenio.
29/04/2021 12:26:24
El Convenio cuya suscripción se pretende llevar a cabo se adecúa en cuanto a su contenido al régimen jurídico de los convenios previsto en el capítulo VI (“De los convenios”) del Título Preliminar (“Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público”) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. También se ajusta el convenio, en cuanto a su contenido, al Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el registro general de convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración regional xx Xxxxxx.
La tramitación del convenio cumple con lo dispuesto en la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, en particular con lo establecido en el artículo 50.1. Así la Memoria Justificativa que consta en el expediente recoge la necesidad y oportunidad del convenio, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como el cumplimiento de lo previsto en dicha Ley.
Por último, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como en la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y demás normativa de desarrollo de la misma, el Convenio ha de ser puesto a disposición de la ciudadanía con la publicación en el correspondiente Portal de Transparencia.
CONCLUSIÓN:
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
A la vista de lo anterior, por este Servicio Jurídico se INFORMA FAVORABLEMENTE el presente Convenio, que se eleva a Consejo de Gobierno, en cuanto al contenido del mismo así como en cuanto a su tramitación, considerándose que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, y por el Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, en relación con el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
29/04/2021 12:58:42
(Documento firmado electrónicamente al margen)
LA ASESORA DE APOYO JURÍDICO
Vº Bº
29/04/2021 12:26:24
LA JEFA DE SERVICIO JURÍDICO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLITICA SOCIAL, Y LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN PARA LA DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en su calidad de Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, cargo para el que fue nombrada por el Decreto de la Presidencia n.º 31/2019, de 31 de julio (BORM de 1 xx xxxxxx), actuando en representación de la misma en virtud del artículo 16.2 a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y facultada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha xxxxxxxxxxxx
Y de otra parte, de la Asociación Proyecto Escan, la presidenta Dña. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx en representación de dicha entidad, y con facultad para la celebración del presente Convenio de Colaboración por el artículo 22 de sus Estatutos.
Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para la suscripción del presente Convenio y, al efecto,
MANIFIESTAN
PRIMERO. Que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género recoge en su artículo 2.h), como principio rector, la coordinación de los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género.
SEGUNDO. Que dicha ley, en su artículo 19, recoge el derecho de las mujeres víctimas de violencia de género a recibir una asistencia social integral. Además, establece que la organización de estos servicios por
parte de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, responderá a los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
TERCERO. Respecto de la legislación autonómica, la Ley 7/2007, de 4 xx xxxxx, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región xx Xxxxxx, establece en su artículo 47.1 que las administraciones públicas de la Región xx Xxxxxx proporcionarán a las mujeres una asistencia integral, para paliar las consecuencias físicas y psíquicas que la violencia cause sobre ellas, comprendiendo dicha asistencia integral el aseguramiento de su seguridad, la atención a su salud física y mental, así como a sus necesidades económicas, jurídicas y sociales.
CUARTO. Que, de conformidad con el Decreto del Presidente nº 34/2021, de 3 xx xxxxx, de Reorganización de la Administración Regional (modificado por el Decreto de la Presidencia número 47/2021, de 9 xx xxxxx) la Consejería de Mujer, Igualdad LGTBI, Familias y Política Social es la unidad organizativa competente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de políticas de la mujer, donde ha de incluirse la lucha contra la violencia de género.
QUINTO. Que la Asociación Proyecto Escan, conforme al artículo 2 de sus estatutos, establece que serán fines de la Asociación:
a) Adiestramiento y educación canina con finalidad terapéutica y de protección de las víctimas de violencia.
b) Realización de acciones formativas como centro de formación de educadores caninos con personas víctimas de violencia.
c) Realización de cualquier tipo de actividades Cinologicas relacionadas con el objetivo a), en particular las propias de una escuela de adiestramiento y educación canina, centro de formación de educadores caninos con titulación oficial de la FCE, adiestramiento en positivo, obediencia básica, avanzada, deportivo, agility y adiestramiento profesionales. Resolución de problemas
conductuales, terapia de comportamiento y grupos de trabajo donde la persona participa de forma activa en el adiestramiento.
d) Coordinación de entidades relacionadas con la actividad de PROYECTO ESCAN.
SEXTO. Que la Asociación Proyecto Escan, de acuerdo con el artículo 3 de los citados estatutos, establece que para el cumplimiento de los fines mencionados en el párrafo anterior, promoverá, como parte de sus actividades, el desarrollo de acciones colaborativas con instituciones.
SÉPTIMO. Que para el cumplimiento de los fines de interés general y social cuya consecución tienen encomendadas la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y la Asociación Proyecto Escan, se hace necesaria la colaboración entre las partes firmantes de este Convenio de Colaboración para la realización de las actividades tendentes a la divulgación de información de Mujeres Víctimas de Violencia de Genero en el ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx.
Por todo lo manifestado, y en virtud del interés en cooperar para conseguir los objetivos comunes antes mencionados, las partes ACUERDAN la suscripción del presente CONVENIO que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL ACUERDO
Este convenio de colaboración tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y la Asociación Proyecto Escan, para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género.
SEGUNDA. COMPROMISOS DE LAS PARTES
Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior,
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social se compromete a:
a) Dar conocimiento de la actividad desarrollada por la Asociación Proyecto Escan que se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que afecte a las víctimas de la violencia de género.
b) Divulgar información de los programas desarrollados por Asociación Proyecto Escan en el ámbito de la prevención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En particular dicha divulgación podrá llevarse a cabo, entre otros medios, difundiendo cartelería de la Asociación para su publicación en la Red Regional de Centros de Atención Especializada para Víctimas de Violencia de Género (Red CAVI).
c) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
La Asociación Proyecto Escan se compromete a:
a) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios.
b) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación.
c) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.
d) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
e) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.
TERCERA. FINANCIACIÓN
Este Convenio de Colaboración no supone ni conlleva obligaciones económicas para la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ni para la Asociación Proyecto Escan. Del mismo modo, tampoco contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación, ya que las obligaciones a las que se comprometen las partes no implican el incremento de los programas ordinarios de gasto e inversión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx ni de la Asociación Proyecto Escan. A este respecto, cada parte interviniente asumirá con sus propios medios materiales y personales las acciones a emprender para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en este Convenio de Colaboración.
CUARTA. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
De cara a asegurar un adecuado despliegue y seguimiento del presente Convenio de Colaboración, y para velar por su adecuado cumplimiento y desarrollo, se constituirá una Comisión de Seguimiento, a la que se le asignarán las siguientes funciones:
a) Supervisar y realizar el seguimiento de las actuaciones contempladas en este Convenio de Colaboración.
b) Interpretar su contenido y aplicación.
c) Resolver las cuestiones litigiosas a las que pudiera dar lugar su interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio.
d) Evaluar y coordinar el desarrollo de los compromisos del Convenio.
La Comisión de Seguimiento de este Convenio de Colaboración estará compuesta por:
1) Dos personas en representación de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, de las cuales al menos una estará adscrita a la Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero.
2) Dos personas en representación de la Asociación Proyecto Escan.
La Comisión de Seguimiento se reunirá con la periodicidad necesaria para cumplir su función y, al menos, dos veces al año. Además, podrá ser convocada con carácter extraordinario, a petición de cualquiera de las partes.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se regirá por lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx.
QUINTA. PROTECCIÓN DE DATOS Y CONFIDENCIALIDAD
El tratamiento y la gestión de datos personales por ambas partes en el ámbito de este Convenio de Colaboración, se regirán por lo establecido en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
Las partes se obligan a utilizar los datos que gestionen única y exclusivamente para los fines del presente Convenio de Colaboración y a guardar secreto profesional respecto de todos los datos de carácter personal que conozcan, así como a los que tengan acceso en las actuaciones a desarrollar como cumplimiento de este Convenio. Igualmente, las partes se obligan a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno al presente Convenio. Estos datos podrán emplearse exclusivamente para los fines previstos en este Convenio, no pudiendo utilizar con ningún otro objeto, incluyendo estudios o investigaciones.
Las obligaciones en materia de protección de datos contenidas en esta cláusula se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase de ejecución de las actuaciones a desarrollar para dar cumplimiento a este Convenio. Así, las partes se comprometen a hacer conocedoras del contenido de esta cláusula a dichas personas.
Las obligaciones aquí señaladas en materia de protección de datos subsistirán para ambas partes aun después del fin de la vigencia del Convenio de Colaboración.
SEXTA. DURACIÓN
El presente Convenio de Colaboración tendrá vigencia por un periodo de
48 (XXXXXXXX Y OCHO) meses, a partir del día de su firma, salvo denuncia expresa de alguna de las partes.
Con anterioridad a la finalización del plazo de duración previsto, el Convenio de Colaboración podrá prorrogarse de forma expresa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que establece que cabe la prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción.
SÉPTIMA. MODIFICACIONES
Los términos del presente Convenio de Colaboración podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes. La Comisión de Seguimiento será la encargada de proponer, en su caso, la modificación del texto del Convenio, que se hará efectiva mediante acuerdo de las partes firmantes. El acuerdo que incluya tal modificación, deberá incorporarse como adenda al presente Convenio.
OCTAVA. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN
El Convenio de Colaboración podrá extinguirse por las siguientes causas:
1. Los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.
NOVENA. TRANSPARENCIA
El convenio suscrito será puesto a disposición de la ciudadanía en el correspondiente Portal de Transparencia, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, así como en la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y demás normativa de desarrollo de la misma.
DECIMA. JURISDICCIÓN
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la jurisdicción contencioso- administrativa.
Y en señal de plena conformidad se procede a suscribir el presente acuerdo con firma electrónica.
POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN XX XXXXXX | POR LA ASOCIACIÓN PROYECTO ESCAN |
Sra. Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social | Sra. Dña. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Presidenta |
PROPUESTA
22/04/2021 11:05:13
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
Vista la memoria justificativa de la Jefa de Servicio de Planificación y Programas de la Dirección General de Mujer y Diversidad de Género, así como el Convenio de Colaboración a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la Asociación Proyecto Escan, estimándose que su contenido sustantivo es coincidente con las finalidades de servicio público atribuidas a esta Consejería, en materia de asistencia integral a mujeres víctimas de violencia de género y estando facultado para ello por lo establecido en el artículo 16.2.ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, en el artículo 8.2 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se aprueba el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de estos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx y de conformidad con lo previsto en el artículo 22.18 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región xx Xxxxxx,
PROPONGO
A la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social:
PRIMERO.- Aprobar el texto del Convenio de Colaboración a suscribir entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social y la Asociación Proyecto Escan para la divulgación de información a víctimas de violencia de género.
SEGUNDO.- Elevar Propuesta de Acuerdo al Consejo de Gobierno para la autorización, si procede, del citado Convenio.
Documento firmado electrónicamente al margen
LA DIRECTORA GENERAL DE MUJER Y DIVERSIDAD DE GÉNERO
Fdo: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx
22/04/2021 10:26:22
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen Jurídico del Sector Público, se acompaña al Proyecto de Convenio la presente Memoria Justificativa, en la que se analizan su necesidad y oportunidad, su impacto económico, el carácter no contractual de la actividad en cuestión, así como lo previsto en esta Ley.
A. FUNDAMENTOS DE DERECHO
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección integral contra la Violencia de Género recoge en su artículo 2.h, como principio rector, la coordinación de todos los recursos e instituciones de cara a la prevención de la violencia de género. La citada norma, en su artículo 1.2, establece que la mencionada ley abarca medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar la violencia de género prestando asistencia a las mujeres víctimas de esta violencia.
En lo que respecta al ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx, la Ley 7/2007, de 4 xx xxxxx, para la igualdad entre Mujeres y Hombres y de Protección contra la Violencia de Género en la Región xx Xxxxxx, establece en su artículo 47.1 que las administraciones públicas de la Región xx Xxxxxx proporcionarán a las mujeres una asistencia integral, para paliar las consecuencias físicas y psíquicas que la violencia cause sobre ellas, comprendiendo dicha asistencia integral el aseguramiento de su seguridad, la atención a su salud física y mental, así como a sus necesidades económicas, jurídicas y sociales. La anterior norma autonómica, en su artículo 47.2, define como personas beneficiarias de estos recursos a las mujeres víctimas y a los menores que se encuentren bajo su patria potestad, guarda o tutela y, en su caso, cualquier otra persona dependiente de la mujer víctima de violencia de género.
La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx al que corresponde, conforme al Decreto de la Presidencia n.º 44/2019, de 3 de septiembre, por el que modifica el Decreto del Presidente n.º 29/2019, de 31 de julio, de reorganización de la Administración Regional, la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en
materia de políticas de la mujer, incluidas las destinadas a combatir la violencia contra las mujeres.
22/04/2021 10:26:22
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
De acuerdo con lo anterior, y dado el contenido del texto acordado entre los órganos promotores, se observa que se está, en efecto, ante un Convenio de Colaboración conforme a los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y al que le es de aplicación, asimismo, lo dispuesto en Decreto 59/1996, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional xx Xxxxxx.
B. OBJETO Y FINALIDAD DEL CONVENIO
Con base en los anteriores fundamentos de Derecho, se propone la firma de un Convenio de Colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la Asociación Proyecto Escan.
Este convenio de colaboración tiene por objeto establecer los términos de la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, y la Asociación Proyecto Escan, para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género.
En síntesis, las actuaciones en que se concreta este Convenio de Colaboración son las siguientes:
La Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, se compromete a:
a) Dar conocimiento de la actividad desarrollada por la Asociación Proyecto Escan, que se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y que afecten a las víctimas de la violencia de género.
b) Divulgar información de los programas desarrollados por Asociación Proyecto Escan en el ámbito de la prevención y protección de las mujeres víctimas de violencia de género. En particular dicha divulgación podrá llevarse a cabo, entre otros medios, difundiendo cartelería de la Asociación para su publicación en la Red Regional de Centros de Atención Especializada para Víctimas de Violencia de Género (Red CAVI).
c) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
La Asociación Proyecto Escan se compromete a:
22/04/2021 10:26:22
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
d) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios.
e) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación.
f) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social
g) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
h) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.
C. NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO
Con fecha 6 julio de 2016 se suscribió un Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, y la Asociación Proyecto Escan publicado en el BORM 6 xx xxxxxx de 2016. Realizada la prórroga, el 8 de octubre de 2018 se publica en el Boletín Oficial de la Región xx Xxxxxx el texto de “Prórroga del convenio de colaboración suscrito el 6 de julio de 2016 entre la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y la Asociación Proyecto Escan, para la divulgación de la información relativa a la actividad desarrollada por la asociación a las víctimas de violencia de género”.
Vencido el plazo de la prórroga, se considera necesario y conveniente la suscripción de un nuevo convenio, a fin de asegurar la realización de las actuaciones que en él se contemplan, que se determinan en sus estatutos en:
22/04/2021 10:26:22
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
a) Divulgar la información que, en el ámbito temático de este convenio, le sea suministrada desde La Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social proporcionando a las víctimas de la violencia de género información específica sobre la Red Regional de Recursos de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, especialmente en lo referido a la Red Regional CAVI, en cuanto a su funcionamiento y cartera de servicios.
b) Xxxxxxxxx, cuando así se le requiera por la Consejería, en actividades informativas y de divulgación.
c) Asistir a las reuniones de coordinación y de seguimiento a las que se le convoque desde la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social.
d) Nombrar a una persona o personas responsables de esta Dirección General de Mujer y Diversidad de Genero para la ejecución de los compromisos contenidos en este Convenio de Colaboración.
e) En caso necesario, hacerse responsable del cuidado de los perros de las mujeres que ingresen en los recursos de acogida de la CARM, durante el tiempo en que las usuarias permanezcan en ellos.
D. IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO
Las obligaciones del presente Convenio no suponen ni conllevan obligaciones económicas para la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. Del mismo modo, tampoco se contempla la existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación, ya que los compromisos de a los que se comprometen las partes no implican el incremento de los programas ordinarios de gasto e inversión de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx. A este respecto, cada parte interviniente asumirá con sus propios medios materiales y personales las acciones a emprender para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos en este Convenio de Colaboración.
Por otra parte, la suscripción del convenio conlleva un impacto social y de género al perseguir el objetivo de mejorar la protección y la asistencia integral a las mujeres víctimas de violencia de género, así como a sus hijos e hijas menores a su cargo el ámbito territorial de la Región xx Xxxxxx.
E. CARÁCTER NO CONTRACTUAL
22/04/2021 10:26:22
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo archivado por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, según artículo 27.3.c) de la Ley 39/2015. Los firmantes y las fechas de firma se muestran en los recuadros. Su autenticidad puede ser contrastada accediendo a la siguiente dirección: xxxxx://xxxx.xxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx e introduciendo del código seguro de verificación
El artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre establece que son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común sin que los convenios no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos.
En el Convenio que se informa no existe naturaleza contractual del objeto, ya que no existe contraprestación económica, lo que excluye el carácter oneroso exigido por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, así como, se trata de establecer una colaboración institucional para llevar a cabo una actuación en respuesta de objetivos compartidos (fin común exigido por el artículo 47 de la Leu 40/2015) dado que se pretende desarrollar acciones comunes entre la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx y la Asociación Proyecto Escan.
En conclusión, de conformidad con lo expuesto a lo largo del presente informe, y estando ambas partes de acuerdo en la continuidad de estos canales de colaboración, entendemos que se dan razones de interés público y social, a la vez que se considera pertinente y necesario para el cumplimiento del objetivo de mejorar la protección y la asistencia integral a las mujeres víctimas de violencia de género, la suscripción por parte de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, a través de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social, del Convenio de Colaboración con la Asociación Proyecto Escan.
LA TECNICA DE GESTION DEL SERVICIO DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMAS