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BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ES- PECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPA- CIOS DE LA FUNDACIÓN CANARIA DE ARTES ESCÉNI- CAS Y DE LA MÚSICA DE GRAN CANARIA Y DE LA FUN- DACIÓN CANARIA AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PAL- MAS DE GRAN CANARIA
§.1 CONDICIONES ECONÓMICO-JURÍDICAS.-
I) DISPOSICIONES GENERALES.-
1. ANTECEDENTES.-
1.1 La FUNDACIÓN CANARIA DE ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA DE GRAN CANARIA y la FUNDACIÓN AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (en adelante, las Fundaciones o, indistintamente, la institución, FAAEE y FAT) son fundaciones privadas de iniciativa pública que carecen de naturaleza instrumental, que se rigen por el derecho privado y que, dotadas de personalidad jurídica propia, tienen plena autonomía funcional y material.
LAS FUNDACIONES, que ostentan la condición de poder adjudicador de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), aprobaron las Instrucciones Inter- nas de Contratación a que se refiere el art. 191 del reseñado texto legal, todo ello con la finali- dad de garantizar la efectividad de los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, así como la directriz de que cada contrato se adjudique a quien presente la oferta económicamente más ventajosa.
Por lo demás, la FUNDACIÓN CANARIA DE ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA DE
GRAN CANARIA gestiona el Teatro Cuyás, un edificio de oficinas anexas al reseñado Teatro, la nueva xxxx Xxxxxxxx de la Torre y la Sala Insular de Teatro, y, por su parte, la FUNDACIÓN AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA gestiona los siguientes espacios: Auditorio Xxxxxxx Xxxxx – Xxxxxxx de Congresos de Canarias, Teatro Xxxxx Xxxxxx, y xxx Xxxxxxxx de La Luz el sistema de visitas, el sistema de ventas, las azafatas, el mantenimiento y la seguridad. Pretendiéndose con el presente procedimiento de concurrencia competitiva, en fin, identificar la oferta económicamente más ventajosa en el contexto de la adjudicación del contrato relativo a los servicios que se enuncian en el apartado siguiente.
1.2 Necesidad de la licitación.- De un lado, tras varios años de funcionamiento con un con- creto sistema de venta de entradas se hace necesaria la licitación de este servicio al requerirse una serie de prestaciones que impliquen una puesta al día con las más modernas actualizaciones de estas aplicaciones informáticas.
Y de otro lado, en lo que hace a la conveniencia y oportunidad de que ambas Fundaciones lici- ten este servicio de forma conjunta mediante la técnica colaborativa de una plataforma de con- tratación, es de ver que el vigente entorno financiero y presupuestario, hostil y restrictivo, im- pone la búsqueda de soluciones en términos de contratación que, con pleno respeto a los princi- pios y determinaciones contempladas en las Instrucciones Internas de Contratación de ambas instituciones —que recogen, a su vez, los contenidos en el TRLCSP—, permitan la consecución de economías de escala y, correlativamente, de notables ahorros y sinergias en los entes del sector público, todo ello en armonía con lo dispuesto en los artículos 37 a 39 de la Directiva 2014/24/UE de 00 xx xxxxxxx xx 0.000, 00.0 xx xx Xxxxxxxxxxxx y 2.1 y 22.2 del TRLCSP, con la necesidad de centrar la normativa de contratación pública en la racionalidad económica en pos de resultados más eficientes según se recomienda en el Informe IPN/CNMC/010/15 de octubre de 2.015 de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia —a la vista de la previsible mejora de las condiciones económicas debido al mayor volumen a contratar— y, además, con la STJUE de 9 xx xxxxx de 2.009 (Comisión Vs. República Federal de Alemania, apto. 47), que
admite la posibilidad de articular una colaboración entre poderes adjudicadores a través de vínculos convencionales al considerar que con esta técnica de cooperación horizontal no existe un contrato público sino, antes bien, una mera fórmula organizativa, como acontece en méritos del convenio de colaboración suscrito entre ambas Fundaciones; siendo así que, mediante esta cooperación, simplemente se escogerá la oferta económicamente más ventajosa para ambas instituciones, si bien desde la adjudicación cada Fundación formalizará un contrato indepen- diente con quien resulte adjudicatario, preservándose así la independencia presupuestaria y con- table de cada poder adjudicador.
La implementación, impulso y articulación de una plataforma específicamente diseñada para licitar este concreto servicio se presenta, pues, como una solución idónea para tal fin al partici- par las Fundaciones promotoras de idénticas necesidades operativas a satisfacer (demanda agre- gada) y, a un tiempo, al tratarse de requerimientos técnicos y escénicos de naturaleza similar; nutriéndose de recursos financieros de ambas corporaciones locales, el Ayuntamiento Las Pal- mas de Gran Canaria y el Cabildo de Gran Canaria, siendo este último, además, partícipe de los patronatos de ambas fundaciones y de su financiación, con la consecuente necesidad de propo- ner y ejecutar un marco presupuestario común responsable y eficiente, optimizando los recursos públicos.
2. OBJETO DEL CONTRATO.-
2.1 El objeto del contrato consiste en la explotación del servicio de gestión integral para la reserva, emisión y venta multicanal de entradas a espectáculos y/o eventos a celebrar en los espacios de ambas Fundaciones, todo ello en las condiciones y especificaciones técnicas que se contienen en las presentes Bases.
2.2 La codificación del presente contrato conforme a la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea es la siguiente: 48481000-3 (Paquetes de software de ventas o mercadotecnia).
2.3 Los servicios se prestarán conforme a las especificaciones de estas Bases y demás do- cumentación del contrato, que podrá ser examinada en los perfiles del contratante de ambas Fundaciones y en su oficinas, sitas en la calle Viera y Xxxxxxx s/n (FAAEE) y en la Avenida Príncipe xx Xxxxxxxx, s/n, Auditorio Xxxxxxx Xxxxx (FAT), Las Palmas de Gran Canaria, España, todo ello hasta el día y hora especificados en el anuncio de licitación.
3. REGIMEN JURIDICO.-
3.1 El presente contrato de servicios lo es de carácter privado y no sujeto a regulación ar- monizada por no alcanzar su valor el umbral a que se refiere el art. 16.1 del TRLCSP, todo ello en atención a lo dispuesto en los artículos 13.1 y 191 de la citada norma legal y 8.b.2.i (FAAEE) y cláusula VIII.a (FAT) de las respectivas Instrucciones Internas de Contratación. Al propio tiempo, se significa que, al ser el valor estimado del contrato inferior al umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, en ningún caso será admisible recurso especial en materia de contra- tación.
La contratación, en consecuencia, se regirá por lo establecido en estas Bases, que incorporan e implementan las reseñadas Instrucciones; supletoriamente, serán de aplicación cualesquiera otras normas de derecho privado.
Por lo demás, las eventuales remisiones que se operen al TRLCSP o a cualquier otra norma se entenderán realizadas al concreto precepto o trámite de que se trate y serán vinculantes en virtud
del principio de libertad de pactos del art. 1.255 del Código Civil (Dictamen Abogacía General del Estado 31/02, ref. AG entes públicos).
3.2 El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto, tramitación ordinaria, figurando publicada la información de la licitación en el perfil de contratante de la institución.
4. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN.-
4.1 Valor estimado del contrato.- El valor estimado del contrato a efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, calculado sobre la base de la duración máxima estimada del contrato (dos años más otros dos de prórroga) y los ingresos reales del servicio en el último ejercicio corriente con relación a las ventas producidas en cada institución, es de dos- cientos cuatro mil euros (204.000 euros).
4.2 Precio del contrato.- El contratista tendrá derecho a percibir la siguiente remuneración:
— Comisión de servicio por venta de entradas a asumir por cada usuario sobre el precio de cada entrada emitida/vendida en canales remotos (telefónico, internet, etc., distintos del pago en taquilla, canal expresamente excluido de esta licitación):
La propuesta por el adjudicatario, que no podrá ser superior al 3% ni inferior al 2% de la recaudación total obtenida en canales remotos (IGIC no incluido). Asimismo se establece/garantiza en favor del adjudicatario una remuneración mínima de 1 euro/entrada para las ventas en canales remotos en relación con aquellas entradas de precio igual o superior a 15 euros (IGIC no incluido). A las entradas de precio inferior a 15 euros (IGIC no incluido) se les aplicará el por- centaje ofertado por el adjudicatario —a no ser que renuncie, como mejora vo- luntaria en los términos que luego se dirán, a la percepción de comisión de ser- vicio respecto de estas concretas entradas—.
En relación con la enunciada comisión de servicio (remuneración) serán de aplicación las si- guientes determinaciones:
- Cada Fundación se hará cargo de los medios de pago con tarjeta en sus respectivas taquillas, tanto de la recaudación como de la instalación y mantenimiento de los datáfonos, ex- cluyéndose cualquier responsabilidad del contratista al respecto. En consecuencia, la compra de entradas que se realice a través de taquilla, bien en metálico bien mediante tarjeta de crédito o débito, queda expresamente excluida de comisión alguna en favor del adjudicatario.
- En las citadas comisiones no está incluido el IGIC.
- Invitaciones gratuitas base de licitación e invitaciones gratuitas de mejora.- El adju- dicatario emitirá sin coste alguno 10.000 invitaciones anuales en favor de cada Fundación (invi- taciones gratuitas base de licitación). Adicionalmente, se valorará como criterio de adjudicación el ofrecimiento, por los licitadores, de hasta 10.000 invitaciones anuales por Fundación por en- cima de las reseñadas invitaciones gratuitas base de licitación (invitaciones gratuitas de mejora)
—total posibles invitaciones gratuitas por Fundación, 20.000—. De emitirse invitaciones o en- tradas gratuitas por encima de las invitaciones gratuitas base de licitación y/o de las invitaciones gratuitas de mejora el contratista percibirá un precio de 0,10 euros por cada invitación-entrada gratuita.
- Los precios incluyen cualesquiera gastos, directos e indirectos, que asumirá el contra- tista por razón del normal desarrollo y ejecución del servicio licitado.
- Los licitadores asimismo podrán ofertar, valorándose como criterio de adjudicación, no cobrar comisión alguna de servicio en relación con entradas con un precio inferior a 15,00 euros (IGIC no incluido).
- No se abonará comisión ni remuneración alguna al adjudicatario por razón de las even- tuales devoluciones y anulaciones de entradas sueltas que se produzcan.
4.3 Pago del precio.- Se abonará al contratista el precio del contrato mediante el sistema de liquidaciones semanales conforme al procedimiento establecido en este apartado.
Las cantidades abonadas por los usuarios mediante tarjeta de crédito en canales remotos serán inicialmente ingresadas en una cuenta bancaria de titularidad del adjudicatario, que podrá ser consultada por personal de cada Fundación debidamente autorizado para este fin.
Dicha cuenta será de uso exclusivo para la gestión de los ingresos derivados de este servicio y estará dotada de una cantidad mínima inicial que garantice su saldo positivo.
En los tres (3) primeros días hábiles de cada semana y refiriéndose a la semana vencida, el adju- dicatario facilitará a la Fundación, desglosando los diferentes tipos de entradas expedidas y a qué espacios o eventos se refieren, así como la copia del repositorio de datos destinada a la uni- dad de informática y comunicaciones, una propuesta de liquidación expresiva asimismo de las ventas totales en ese periodo vencido, de su fecha y de las comisiones que pretende apli- car/descontar sobre la recaudación total obtenida en canales remotos. Cada Fundación dispondrá de cinco (5) días naturales para comprobarla y expresar su conformidad o los reparos que tenga por conveniente; aprobada la respectiva propuesta semanal, el adjudicatario procederá a ingresar en la cuenta de cada Fundación, en un plazo máximo de quince días naturales —se entenderá que con la presentación de su proposición el adjudicatario presta su plena conformidad en rela- ción con este plazo de pago, que se reputará desde entonces de mutuo acuerdo en los términos del art. 4.1 de la Ley 3/2.004 de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha con- tra la morosidad en las operaciones comerciales—, las cantidades derivadas de la liquidación.
En el supuesto de no existir conformidad respecto de la propuesta de liquidación el contratista deberá transferir en el reseñado plazo el importe con el que exista acuerdo, quedando pendientes hasta su aclaración aquellos otros conceptos con respecto a los cuales exista controversia.
A efectos meramente informativos, los datos relativos a la gestión de entradas a los eventos y espectáculos organizados en los espacios de las Fundaciones, referidos a los ejercicios 2.013 a 2.015, fueron los siguientes:
FAAEE | ||
PROMEDIO 2013 AL 2015 | ||
Canales | RECAUDACIÓN | ENTRADAS |
Remoto | 482.881,00 | 22.869 |
Taquilla | 567.419,00 | 48.476 |
FAT | ||
PROMEDIO 2013 AL 2015 | ||
Canales | RECAUDACIÓN | ENTRADAS |
Remoto | 705.796,60 | 44.070 |
Taquilla | 1.012.471,80 | 32.335 |
Siendo así que con la implantación del sistema objeto del presente contrato se prevé un incre- mento sustancial de la venta de entradas mediante procedimientos electrónicos.
4.4 Revisión de precios.- No se admite.
5. PLAZO DE LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS.-
5.1 La adjudicación se realiza por el plazo de dos (2) años a contar desde la formalización del acta de inicio de prestación del servicio, pudiéndose prorrogar de forma expresa por ambas partes, de año a año hasta un máximo total de cuatro años (computadas las dos únicas eventua- les prórrogas), antes del vencimiento de cada anualidad previa constitución o, en su caso, reno- vación de la garantía definitiva debidamente actualizada. En ningún caso se admitirá la prórroga tácita.
El acta de inicio de prestación del servicio deberá formalizarse en el plazo máximo de quince días naturales a contar desde la firma del contrato, debiendo remitirse seguidamente un ejemplar al servicio de contratación de LA FUNDACIÓN para su incorporación al expediente.
5.2 La fecha estimada de inicio del servicio para la FAAEE será el 17 xx xxxxx de 2.017 y, por su parte, para la FAT el 10 de julio de 2017. En consecuencia el proceso, software, hardwa- re, formación, etc. deberá estar totalmente terminado para la reseñada fecha.
5.3 Vencido el plazo a que se refiere el apartado 5.1 se entenderá que el contrato habrá fina- lizado por expiración de su término convencional, debiendo la adjudicataria dejar libre y a dis- posición de LA FUNDACIÓN, dentro de los quince (15) días naturales siguientes, los espacios que para la prestación de los servicios haya ocupado, en su caso, durante la vigencia del contra- to, todo ello sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial por parte de LA FUNDACIÓN y sin que por este motivo ninguna de las partes tenga derecho a reclamar a la otra indemnización alguna distinta de las cantidades pactadas pendientes de pago.
No obstante lo anterior, siempre que preceda una petición expresa de LA FUNDACIÓN en el contexto de una nueva licitación de los servicios que constituyen el objeto del presente contrato y hasta tanto no se produzca su adjudicación, el contratista saliente se obliga a garantizar la prestación del servicio hasta el momento en que el contratista entrante comience la prestación. Dicho periodo tendrá una duración máxima de nueve meses, no tendrá la consideración de pró- rroga ni generará derecho indemnizatorio alguno en favor del contratista saliente, siendo de aplicación las condiciones económicas vigentes al tiempo de la fecha del vencimiento del con- trato con relación a los servicios que se presten en este periodo excepcional y transitorio.
6. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.-
El órgano de contratación estará compuesto por dos miembros de la Comisión Ejecutiva de la FAAEE o, en su caso, aquellos órganos unipersonales o colegiados en quien delegue, y, a un tiempo, por el Patronato de la FAT o, en su caso, aquellos órganos unipersonales o colegiados en quien delegue.
En todo caso las decisiones que adopte dicho órgano en cuanto a la interpretación, modificación, ampliación, resolución y efectos del contrato serán aceptados y ejecutados por la adjudicataria, prestando su conformidad con este proceder por el mero hecho de participar en la licitación, sin perjuicio de que pueda someter al orden jurisdiccional civil cuantas cuestiones litigiosas se sus- citen sobre estas cuestiones.
A tal efecto el adjudicatario se somete a las determinaciones contenidas en estas Bases, en las citadas Instrucciones Internas de Contratación de la respectiva Fundación, en su oferta y en el contrato, por lo que el desconocimiento por éste de las referidas estipulaciones no le eximirá de su más estricta observancia.
7. CAPACIDAD Y CRITERIOS DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA.-
7.1 Capacidad.- Se recabarán ofertas de empresas que estén capacitadas para la realización del objeto del contrato. A estos efectos:
Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranje- ras, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias pre- vistas en el art. 60 del TRLCSP, extremo que se acreditará con la aportación de la decla- ración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u orga- nismo profesional cualificado según dispone el art. 73 del TRLCSP.
Conforme al artículo 72 del TRLCSP, quien resulte adjudicatario deberá ser persona fí- sica o jurídica cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contra- to, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales; circunstancia que se acreditará cumplidamente mediante la aportación de la escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil correspondiente. En concreto, en la escri- tura de constitución y, por consiguiente, en los estatutos deberá figurar expresamente la prestación de la actividad licitada o de alguna otra actividad que los englobe a juicio de la mesa de contratación.
Además, las licitadoras deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional a través de los medios que seguidamente se dirán. Para acreditar la solven- cia necesaria para celebrar el contrato el empresario podrá basarse en la solvencia y me- dios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispon- ga efectivamente de esos medios.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrá te- ner en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasifi- cación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando éste acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constitu- yan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 del TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la do- cumentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes. La duración de las uniones temporales de empresarios será, como mínimo, coincidente con la del contrato hasta su extinción.
La presentación de proposiciones comportará la aceptación incondicional, por parte del licitador, de las Bases de la concurrencia y de las instrucciones internas de contratación de la institución. Adicionalmente, la presentación de ofertas supondrá por parte de los licitadores el estudio de la naturaleza de los trabajos a realizar, de los medios personales y materiales a emplear, así como la adecuada ponderación de los riesgos, imprevistos y demás circunstancias que pudieran afectar a su oferta y su composición. Todos los gas- tos, honorarios y tributos que se devenguen como consecuencia de la participación en la licitación serán de exclusiva cuenta y cargo de los licitadores, con completa indemnidad para la institución.
Los licitadores no adquirirán ningún derecho frente al poder adjudicador por el hecho de participar en la licitación.
Los licitadores deberán solicitar y obtener del servicio de contratación de la institución un acto expreso y formal de bastanteo de la documentación que pretendan aportar a los efectos de acre- ditar su representación para licitar y/o contratar, con carácter previo a la presentación de la misma. En este sentido el bastanteo de poderes deberá verificarse ante el servicio jurídico xxx Xxxxxxx; y los eventuales bastanteos de avales, ante el Órgano de Apoyo previa inscripción de los apoderamientos bancarios en el Servicio Jurídico.
7.2 Las licitadoras asimismo deberán acreditar su solvencia económica y financiera por uno de los siguientes medios de acuerdo con el artículo 75.1 párrafo a) del TRLCSP:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras de acuerdo con el modelo Anexo I que figura en el presente pliego, acompañando al tiempo (i.) las cuentas anuales correspondien- tes al último ejercicio, así como (ii.) una declaración relativa a la cifra de negocios global en los últimos tres ejercicios.
b) Justificante de existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales; siguiendo las directrices sentadas en el Informe 78/09 de 00 xx xxxxx xx 0.000 xx xx Xxxxx Con- sultiva de Contratación Administrativa, este medio de acreditación de la solvencia se justificará aportando un proyecto de póliza de seguro, emitido por una entidad aseguradora de reconocida solvencia, en los términos descritos en estas Bases; siendo así que este proyecto de póliza debe- rá convertirse en póliza de seguros antes de la formalización del contrato.
A un tiempo, las licitadoras deberán acreditar la solvencia técnica, con carácter obligatorio, mediante la experiencia en la prestación de servicios similares a los que constituyen el objeto del presente contrato, con alusión a sus respectivos objetos, fecha de inicio, plazo, Administra- ción Pública o entidades contratantes, etc.
En todo caso deberá acreditarse al menos un contrato de naturaleza similar en términos de vo- lumen de entradas vendidas y número de eventos al que constituye el objeto del presente contra- to en los últimos cinco años; comprometiéndose el adjudicatario, además de acreditar los extre- mos anteriores, a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materia- les suficientes para ello, integrándose este compromiso en el contrato con el carácter de obliga- ción esencial a los efectos previstos en el art. 223.h del TRLCSP. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el des- tinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, me- diante un certificado expedido por éste o, en su defecto, mediante una declaración responsable del empresario.
Deberá acreditarse y/o aportarse, además:
- Indicación e identificación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, que participarán en la ejecución del contrato. Se aportará organigra- ma, funciones, etc.
- Declaración indicando el promedio anual de personal en la empresa, grado de estabili- dad en el empleo, plantilla, así como de la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación acreditativa pertinente.
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar del art. 60 del TRLCSP, que incluirá la manifestación de estar al corriente en el pago de las obli- gaciones tributarias, estatales e I.G.I.C. y de la Seguridad Social según impone el art.
146.1.c del TRLCSP.
- Relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital social en los términos que luego se dirán.
Aquellos licitadores que aporten un certificado vigente de su inscripción, con relación a la acti- vidad objeto del presente contrato (Grupo V ―«Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones»― Subgrupo 2 —«servicios de desarrollo y mantenimiento de programas de ordenador»; o Subgrupo 3 —«Servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instala- ciones informáticos y de telecomunicaciones»—; o Subgrupo 4 —«servicios de telecomunica- ciones—, o Subgrupo 5 —«servicios de explotación y control de sistemas informáticos e infra- estructuras telemáticas»— y/o Subgrupo 8 —«otros servicios informáticos o de telecomunica- ciones»—), en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, del Cabildo Insular de Gran Canaria o de la Comunidad Autó- noma de Canarias se verán liberados de aportar acreditación alguna respecto a su solvencia eco- nómica o financiera y técnica. En todo caso, aun aportando un certificado vigente de clasifica- ción, los licitadores deberán unir a su proposición la relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital social, en caso de sociedades de capital; siendo así que la clasifi- cación no suple dicha obligación informativa, que debe ser expresa.
7.3 En ningún caso podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren partici- pado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto a las demás empresas licitadoras.
II) ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.-
8. TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.-
8.1 Determinación del procedimiento de adjudicación.-
A efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado de la contratación a realizar sin incluir el IGIC se fija en doscientos cuatro mil euros (204.000 eu- ros).
En consecuencia, siendo un contrato privado y no sujeto a regulación armonizada, todo ello en consonancia con lo dispuesto en los artículos 13.1, 16.1 y 191 del TRLCSP, y, además, estando su valor por debajo del umbral a que se refiere el art. 40.1.a del TRLCSP, el contrato se adjudi- cará por el procedimiento abierto, tramitación ordinaria.
8.2 Anuncio de licitación.-
Se publicará el anuncio de licitación en un periódico de gran difusión en la provincia de Las Palmas, en el Boletín Oficial de la Provincia y en los perfiles del contratante de ambas Funda- ciones, debiendo presentarse las proposiciones dentro de los quince (15) días naturales siguien- tes a la última de las reseñadas publicaciones.
Los gastos de publicación del anuncio de licitación, cuyo importe máximo será de novecientos cincuenta (950 €) euros, serán de cuenta del adjudicatario y se descontarán de la primera factura expedida por el adjudicatario.
8.3 Exposición de la documentación.-
La exposición de las Bases y del anuncio de licitación se realizará en unidad de acto, pudiéndo- se presentar reclamaciones contra el presente Pliego durante los cinco (5) días hábiles siguientes a la última de las publicaciones del anuncio de licitación.
9. MESA DE CONTRATACIÓN.-
La mesa de contratación estará compuesta por:
- La Sra. Concejal de Presidencia y Cultura del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, que la presidirá;
- Xx Xx. Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx x Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx xx Xxxx Xxxxxxx;
- El Director General de la FAT o persona en quien delegue;
- El Gerente de la FAAEE o persona en quien delegue;
- El Subdirector General de la FAT; y
- El Director Técnico de la FAAEE.
La mesa de contratación podrá recabar la asistencia técnica de una consultoría externa para la redacción del informe de adjudicación.
10. GARANTÍA PROVISIONAL.-
Para participar en esta licitación no será necesario constituir una garantía provisional.
11. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.-
11.1 Lugar de presentación.-
11.1.1 Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indi- cada en los apartados siguientes, bien en las oficinas de la FAAEE —Teatro Cuyás, sita en la calle Viera y Xxxxxxx s/n, de Las Palmas de Gran Canaria—, bien en las oficinas de la FAT
—Dirección General, Avenida Príncipe xx Xxxxxxxx, s/n, Auditorio Xxxxxxx Xxxxx (FAT), Las Palmas de Gran Canaria—, en todo caso en horario de 9:00 a 13:00, de lunes a viernes y hasta las 13:00 horas del último día que se señale. En caso de que el vencimiento sea en sábado, do- xxxxx o cualquier día festivo, aquel se traslada al día hábil inmediato posterior.
11.1.2 Cuando las proposiciones se envíen por correo deberá justificarse la fecha y la hora de imposición del envío en la oficina de Correos, debiendo asimismo anunciar al órgano de contra- tación la remisión de la oferta mediante, correo electrónico a xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx o tele- grama en el mismo día, en el que se consignarán la clave, el título del contrato y el nombre del
licitador. A estos efectos, se entenderá como único habilitado para recibir tal anuncio la ya cita- da oficina del Teatro Cuyás o de la Fundación Auditorio y Teatro. No serán aceptadas las pro- posiciones remitidas por esta vía que no hayan sido impuestas en la oficina de Correos dentro del plazo a que se refiere la cláusula 11.1.1 y, además, que no hayan sido entregadas en la ofici- na del Teatro Cuyás dentro de las 48 horas siguientes al fin del plazo de presentación. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la documentación por el órgano de contrata- ción.
De cada proposición que se presente se expedirá un recibo cuya devolución será indispensable para retirar la documentación.
11.2. Contenido de las proposiciones.-
11.2.1. Bases para su redacción y presentación.-
11.2.1.1 La presentación de proposiciones supone por parte del licitador la acep- tación incondicional de las cláusulas de esta Bases, así como que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar.
11.2.1.2 Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por persona que la represente.
11.2.1.3 LAS FUNDACIONES podrán pedir justificación documental o aclara- ciones de todos los datos aportados por el licitador antes de la adjudicación, condicionando ésta a que dicha justificación o aclaraciones sean suficientes a su juicio.
11.2.1.4 Si durante la tramitación del expediente y antes de la adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una entidad licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la entidad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que acredite ante el órgano de contratación reunir las condiciones de capa- cidad y ausencia de prohibiciones de contratar y la solvencia exigida en este Xxxxxx para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
11.2.1.5 Todos los documentos que se presenten, de no ser originales, deberán tener carácter de auténticos conforme a la legislación vigente.
11.2.1.6 Todos los documentos en idioma extranjero que se presenten deberán ir acompañados de su correspondiente traducción oficial al castellano. Deberá expresarse en todo caso:
La licitación a la que se concurre.
Licitador o representante, nombre de la persona, apellidos y firma.
Razón social.
Teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
En el interior de cada sobre un índice o sumario del contenido, enunciado numéricamen- te.
Se entregarán tres sobres, denominados respectivamente:
- SOBRE A: Documentación General.
- SOBRE B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de valor.
- SOBRE C: Documentación de los criterios económico y evaluables por aplicación de fórmulas.
11.2.1.6.1 Sobre A: Documentación GENERAL.-
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo si- guiente:
SOBRE A DOCUMENTACIÓN GENERAL
Título del Contrato: «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTE- GRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT»
LICITADOR: (Nombre y C.I.F.)
Teléfono:
Fax:
Fecha y Firma:
Correo electrónico:
1.- Los documentos a presentar para personas físicas y jurídicas españolas serán los que siguen, todo ello en carpeta foliada con el correspondiente índice:
a) Si el empresario fuere persona física: Documento Nacional de Identidad o el que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, junto con el resto de datos identifica- tivos y de contacto (teléfono, fax y una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones), así como el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe que corresponda con el objeto del contrato.
b) Si la empresa fuera persona jurídica, los siguientes:
1. Declaración de la composición accionarial así como los datos relativos a la sede social, teléfono, fax, dirección electrónica, etc., que deberá acompañarse de la relación de los distintos socios en función de las distintas clases de acciones, de existir.
2. Escritura pública de constitución y/o modificación, en su caso, con diligencia acreditativa de su inscripción en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil aplicable; si no fuera exigible, escritura o documento de constitución, modificación, estatuto o acto fundacio- nal en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
3. En el supuesto de que se comparezca o firmen las proposiciones en nombre de otra persona jurídica: Poder bastante al efecto, así como D.N.I., o documento que reglamentariamente le sustituya, del apoderado. Si el representante lo es de persona jurídica, el poder deberá estar debidamente inscrito en el Registro Mer- cantil, salvo en el supuesto previsto en el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil
4. Copia compulsada de la Tarjeta del Número o Código de Identificación Fis- cal.
c) Los que acrediten justificación de requisitos de solvencia económica.
d) Los que acrediten solvencia técnica.
e) Declaración responsable de relación de empresas vinculadas con el oferente, de conformidad con el Anexo II del presente Xxxxxx.
f) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado de no estar incurso en prohibición de contratar, conforme al artículo 60 del TRLCSP, y que incluirá la manifestación de hallarse al co- rriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social im- puestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta, de conformidad con el Anexo III del presente pliego.
g) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, en caso de resultar adjudicataria, del cumpli- miento con la obligación de tener empleados durante la vigencia del contrato, al me- nos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía si la plantilla de la em- presa alcanza un número de 50 o más trabajadores/as, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su caso, la obligación de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, todo ello conforme al modelo de declaración que se adjunta como Anexo IV.
h) Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de conformidad con el Anexo V, de elaborar y aplicar un plan de igualdad, tal y como se establece en el artículo 45 xx Xxx Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de conformi- dad con el Anexo V del presente pliego siempre que se halle en alguna de las circuns- tancias siguientes:
- Disponer de más de 250 trabajadores/as.
- Cuando así lo establezca el convenio colectivo que le sea aplicable.
- Cuando la autoridad laboral lo hubiere acordado como medida que sustituye la sanción en un procedimiento sancionador.
La presentación del distintivo empresarial en materia de igualdad eximirá a la licitado- ra de la aportación de dicha declaración.
En el caso de estar exenta de las obligaciones —tanto en materia social como en igualdad entre hombres y mujeres— por no encontrarse en ninguna de las circunstan- cias señaladas en los apartados h) y g) anteriores deberá, en su lugar, presentar decla- ración responsable que acredite dicha exención.
i) La relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital so- cial, en caso de sociedades de capital.
j) Cuando dos o más empresas presenten ofertas conjuntas de licitación constitu- yendo una unión temporal, cada una acreditará su personalidad y capacidad, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participa- ción de cada uno de ellos y designará a la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación de todas ellas ante el poder adjudicador. En el supuesto de resultar adjudicatarios del contrato, deberán acreditar ante el poder adjudicador la constitución de la misma en escritura pública. Asimismo deberán nom- brar un representante o apoderado único de la Unión con poderes bastantes para ejerci- tar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extin- ción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
k) En una hoja independiente se hará constar la relación de documentos que con- tiene el sobre, enunciados numéricamente (artículo 80.1 del RGLCAP).
2.- Las empresas no españolas de Estados Miembros de la Unión Europea, además de los requi- sitos señalados en el apartado 1º de la presente cláusula, en aquello que les afecte, deberán apor- tar los siguientes documentos:
a) La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de los certificados correspondientes.
b) Declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para las incidencias que de modo directo o indirecto pu- dieran surgir del contrato.
c) Certificado expedido por la autoridad competente del Estado miembro afectado, traducido oficialmente al Castellano con la oportuna apostilla de La Haya, por la que se acredite que la empresa cumplimenta sus obligaciones relativas al pago de sus im- puestos y a las cuotas de la Seguridad Social, según las disposiciones de su país.
d) Acreditarán, igualmente, su solvencia económica, financiera y técnica conforme a los términos previstos en este Pliego; así como la inscripción, en su caso, en un Regis- tro profesional o comercial en las condiciones previstas por la legislación del Estado donde están establecidos.
3.- Las empresas extranjeras de países no miembros de la Unión Europea acreditarán también:
a) Su capacidad mediante certificación expedida por la respectiva representación di- plomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro Lo- cal profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del con- trato.
b) Además deberá acompañarse informe de la representación diplomática española so- bre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, el informe de reciprocidad; esto es que en el Estado de procedencia de la empresa extranjera se admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con el poder adjudicador, en forma sustancialmente análoga.
c) Deberán contar con sucursal abierta en España con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que están inscritas en el Registro Mercantil.
d) Declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los juzgados y tribunales es- pañoles de cualquier orden para las incidencias que de modo directo o indirecto pudie- ran surgir del contrato.
4.- Los citados documentos deberán presentarse en original o mediante copia de los mismos que tengan el carácter de auténticas conforme a la legislación vigente.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la adjudicación del contrato sin que se haya procedido a la recogida de la documentación presentada por los no adjudicatarios, la institución podrá acordar su destrucción.
11.2.1.6.2 Sobre B: Documentación de los criterios que dependen de un juicio de va- lor.-
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo si- guiente:
SOBRE B
DOCUMENTACIÓN DE LOS CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR
Título del Contrato: «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTE- GRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT»
LICITADOR:
Teléfono: Fax:
Fecha y Firma:
(Nombre y C.I.F.)
Correo electrónico:
Contenido:
― En él se incluirá la documentación a que se refieren los criterios de ad- judicación consistentes en (i.) una memoria técnica en los términos que luego se dirán; y (ii.) las mejoras voluntarias ofrecidas por el licitador para la prestación del servicio a partir de las espe- cificaciones técnicas expresadas en estas Bases.
― Además, se incluirá en este sobre una relación de los medios materiales que se adscriben al contrato, un índice con los documentos incluidos en el mismo, así como las descripciones de la aplicación ofertada y cualesquiera otros requerimientos técnicos exigidos en la cláusula 24 de las presentes Bases.
11.2.1.6.3 Sobre C: Documentación de los criterios económicos y evaluables por apli- cación de fórmulas.-
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo si- guiente:
SOBRE C
DOCUMENTACIÓN DE LOS CRITERIOS ECONÓMICO Y EVALUABLES POR APLICACIÓN DE FÓRMULAS
Título del Contrato: «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTE- GRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT»
LICITADOR:
Teléfono: Fax:
Fecha y Firma:
(Nombre y C.I.F.)
Correo electrónico:
Contenido:
― En este sobre se incluirá la documentación a que se refieren los criterios de adjudicación consistentes en la proposición económica constituida por la OFERTA según Anexo VI, que integra los distintos criterios objetivos de adjudicación.
― En lo que hace a la proposición económica regirán las siguientes reglas:
a) Se presentará escrita a máquina y no se aceptarán aquellas que tengan omisio- nes, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que LAS FUNDACIONES estimen fundamental para considerar la oferta.
b) Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá sus- cribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho indi- vidualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de este principio producirá la desestimación de todas las propuestas por él suscritas.
c) A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica ofertada com- prende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del contrato, y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes.
d) En el caso de que se presente una proposición económica por una unión tempo- ral de empresas, deberá estar firmada por las personas que representen a cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la oferta en caso contrario.
e) Si algún licitador no aporta la documentación relativa a alguno de los criterios a que se refiere este apartado, o la misma no contiene todos los requisitos exigi- dos en estas Bases, la proposición de dicho licitador no será valorada respecto del criterio de que se trate, a no ser que se trate de un supuesto de exclusión asimismo según las determinaciones de este Pliego.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.-
12.1 El órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición económicamente más ventajosa atendiendo a los siguientes criterios establecidos por orden decreciente de importancia y con su ponderación relativa con respecto al índice de 100 puntos, atribuibles como máximo a cada licitador.
En concreto, los criterios de valoración y ponderación para determinar la oferta más ventajosa serán los siguientes:
Criterios subjetivos | Puntuación (máximo 50 puntos) |
Memoria técnica | De 0 a 15 puntos |
Mejoras voluntarias respecto de «requisitos pun- tuables» según cláusula 24.3.3.4 de las Bases | De 0 a 15 puntos |
Mejoras voluntarias respecto de «requisitos de valor añadido» según cláusula 24.3.3.4 de las Ba- ses | De 0 a 12 puntos |
Otras mejoras voluntarias ofrecidas por el licitador para la prestación del servicio | De 0 a 8 puntos |
Criterios objetivos | Puntuación (máximo 50 puntos) |
Proposición económica | De 0 a 50 puntos |
Precio más bajo: | |
Comisión de servicio por venta de entradas a asu- mir por cada usuario | De 0 35 puntos |
Invitaciones gratuitas de mejora | De 0 a 8 puntos |
Renuncia, en su caso, a percepción de comisión de servicio en relación con entradas con precio infe- rior a 15 euros (IGIC no incluido). | De 0 a 7 puntos |
TOTAL CRITERIOS | 100 puntos |
12.2 Ponderación.-
12.2.1 Ponderación de los criterios que dependen de un juicio de valor (subjetivos): propuesta técnica.-
Se establecen cuatro criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor; siendo así que los mismos se valorarán de la siguiente forma:
- Memoria técnica (hasta 15 puntos): Deberá aportarse una memoria desarrollando, con el debido detalle, los siguientes aspectos (subcriterios) sobre los cuales se verificará la valora- ción:
a.) Organigrama de la empresa y metodología de trabajo (de 0 a 1 pun- tos). Deberá aportarse un organigrama de la empresa y expresarse la metodolo- gía de trabajo de sus directivos/empleados en relación con el objeto del contra- to.
b.) Plan de formación específica (de 0 a 5 puntos). Deberán aportarse un plan de formación para los usuarios del servicio objeto del contrato. Se deberá
hacer constar como mínimo en la memoria: denominación de los seminarios, planificación de los mismos, contenido delimitando los mismos por nivel de usuarios, duración y cronograma de impartición de los cursos a impartir en Las Palmas de Gran Canaria.
c.) Tiempo medio de respuesta a una caída de la aplicación o cualesquiera otras incidencias del sistema de ventas (de 0 a 2 puntos).
d.) Relación de los medios humanos que se destinen al servicio (de 0 a 3,5 puntos). Según se autoriza en la Resolución número 156/2013 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de 18 xx xxxxx de 2.013 (re- curso núm. 178/2013) habida cuenta de las especiales necesidades que deben sa- tisfacerse deberán relacionarse con la debida precisión los recursos humanos que se adscribirán al reseñado servicio, detallándose su cualificación y cometi- dos específicos de cada uno de ellos y valorándose especialmente los cursos de software o cualesquiera otros vinculados con el objeto de la licitación que repre- senten un valor añadido en la prestación del servicio a juicio discrecional de los técnicos.
Cualquier variación del personal cuya adscripción se ofrezca deberá ser inme- diatamente cubierta por el contratista con otro trabajador con la misma idonei- dad, presentando al respectivo director del contrato los documentos acreditati- vos.
e.) Relación de medios técnicos que se destinen al servicio: servidor, papel de las entradas, hardware, y elementos físicos para la conectividad (de 0 a 3,5 puntos). Deberá aportarse asimismo una relación de recursos técni- cos (material, suministros y consumibles, herramientas, útiles y maquinaria) que, sin ser mejoras ni formar parte de los medios materiales exigidos en estas Bases, se adscribirán y destinarán no obstante al servicio sin coste adicional al- guno para la institución durante la vida del contrato; estableciendo, en su caso, referencias de calidad o similares, frecuencia de reposición, etc.).
*
El adjudicatario vendrá obligado (i.) a plasmar en el sobre B un compromiso explícito a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materia- les expresados en su oferta; y (ii.) a aportar todos los recursos e inversiones cu- ya adscripción haya ofertado en su proposición dentro del mes siguiente a la suscripción del acta de inicio; configurándose sendas obligaciones con el carác- ter de esencial, y no meramente accesorio.
- Mejoras voluntarias respecto de los «requisitos puntuables» según cláusula
24.3.3.4 —«requisitos específicos para el sistema de información propuesto»— de las Bases (hasta 15 puntos). En aras de identificar la oferta económicamente más ventajosa se asignará la puntuación máxima arriba reseñada al licitador que incluya en la aplicación ofertada todos los llamados «requisitos puntuables» de la tabla contenida en la cláusula 24.3.3.4 —«requisitos es- pecíficos para el sistema de información propuesto»— de las presentes Bases; al que no pro- ponga ninguno de los anunciados requisitos puntuables, 0 puntos.
- Mejoras voluntarias respecto de los «requisitos de valor añadido» según cláusula
24.3.3.4 —«requisitos específicos para el sistema de información propuesto»— de las Ba-
ses (hasta 12 puntos). En aras de identificar la oferta económicamente más ventajosa se asignará la puntuación máxima arriba reseñada al licitador que incluya en la aplicación ofertada todos los llamados «requisitos de valor añadido» de la tabla contenida en la cláusula 24.3.3.4
—«requisitos específicos para el sistema de información propuesto»— de las presentes Bases; al que no proponga ninguno de los anunciados requisitos de valor añadido se le asignarán 0 puntos.
- Otras mejoras voluntarias ofrecidas por el licitador para la prestación del servi- cio (hasta 8 puntos). Los licitadores podrán proponer en sus ofertas las siguientes mejoras vo- luntarias:
― Máquinas autónomas para recogida y venta de entradas con destino a los edi- ficios (hasta 8 puntos), a razón de la siguiente distribución: - Tres (3) máquinas au- tónomas para recogida y venta de entradas, 8 puntos; resto, 0 puntos.
En relación con las reseñadas máquinas y su instalación completa en los edificios se- gún indicaciones de cada institución, su importe no será repercutido en ningún caso a las Fundaciones y deberán ser de nueva adquisición o con una antigüedad no supe- rior a cuatro años, estar homologadas o en proceso de homologación y contar con las autorizaciones administrativas correspondientes; obligándose el contratista, a su car- go, a superar dichos trámites y las inspecciones técnicas reglamentarias de los mis- mos durante la ejecución del contrato.
En su oferta (sobre B) deberá acompañarse bien el documento acreditativo de la ad- quisición o posesión pacífica e ininterrumpida de las máquinas que se oferten duran- te la vigencia del presente contrato, bien un compromiso expreso de adquisición e instalación de las máquinas ofertadas, que, terminado el contrato, pasarán a formar parte del patrimonio de destino del servicio en favor de cada institución sin que por este hecho nazca derecho indemnizatorio alguno en favor del contratista; viniendo obligado éste a adquirir e instalar las máquinas dentro de los sesenta días naturales siguientes a la suscripción del acta de inicio; configurándose esta obligación con el carácter de esencial, y no meramente accesorio. Deberá exhibirse al órgano de con- tratación, para su compulsa, los documentos originales acreditativos de la adquisi- ción y de su reglamentación técnica (homologación y autorizaciones).
*
Serán exigibles al adjudicatario todas las mejoras propuestas en su oferta, incluso las no valora- das o rechazadas por alguna de las causas expresadas en el párrafo anterior, todo ello sin coste alguno para LAS FUNDACIONES.
12.2.2 Ponderación de los criterios económicos y evaluables por aplicación de fórmulas (obje- tivos).-
a) Proposición económica (hasta 50 puntos).-
El licitador que presente la oferta más económica podrá obtener hasta 50 puntos. Se ponderarán tres subcriterios, a saber:
a.1) Precio más bajo (hasta 35 puntos):
- Comisión de servicio por venta de entradas a asumir por cada usuario (hasta 35 puntos). A fin de identificar la oferta económicamente más ventajosa en términos del subcriterio «comisión de servicio por venta de entradas a asumir por cada usuario» se asignará la puntuación máxima arriba reseñada al licitador que ofrezca la comisión más baja. Aquellas ofertas que propongan una comisión inferior al 2% o superior al 3% que- darán automáticamente excluidas de la licitación.
Para la puntuación del resto de licitadores se utilizará la siguiente fórmula:
Px= 35 * Mo / Ox
Donde,
“P” es la puntuación;
“Mo” es la mejor oferta (comisión más baja de entre las ofrecidas por los licitadores); y “O” es el valor cuantitativo de la oferta que se valora (comisión objeto de valoración).
*
Con todo, en las comisiones ofertadas se entienden incluidos todos los costes directos e indirectos imputables al personal (a título meramente enunciativo, Seguridad Social, sustitución por vacaciones, antigüedad y otros pluses o conceptos, así como la sustitu- ción por motivos de absentismo laboral, etc.) o de cualquier otra índole, los materiales fungibles y otros productos necesarios para la ejecución del contrato, así como los me- dios auxiliares y maquinaria propia de la actividad que se contrata. También se entende- rán incluidos los gastos generales y el beneficio industrial, y cualquier tipo de impuesto sea estatal, autonómico o local que grave la ejecución del contrato (con la sola excep- ción del IGIC). Del mismo modo, todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución del contrato se considerarán incluidos en los reseñados precios unitarios aunque no figuren especificados en su descomposición o descripción.
a.2) Invitaciones gratuitas de mejora (hasta 8 puntos): A fin de identificar la oferta más ventajosa en términos del subcriterio «invitaciones gratuitas de mejora»:
— Se asignará la puntuación máxima arriba reseñada a los licitadores que ofrezcan 10.000 invitaciones anuales por Fundación por encima de las invita- ciones gratuitas base de licitación a que se refiere la cláusula 4.2 de las presen- tes Bases (OPCIÓN A).
— Se asignarán 4 puntos a los licitadores que ofrezcan 5.000 invitaciones anuales por Fundación por encima de las invitaciones gratuitas base de licita- ción a que se refiere la cláusula 4.2 de las presentes Bases (OPCIÓN B).
— Al licitador que no ofrezca invitaciones gratuitas de mejora se le asignarán 0 puntos (OPCIÓN C).
En el sobre C cada licitador deberá marcar la casilla correspondiente a la opción desea- da según el siguiente modelo, sin que quepa variante alguna al mismo:
Subcriterio «invitaciones gratuitas de mejora»:
Se propone la OPCIÓN A.
Se propone la OPCIÓN B.
Se propone la OPCIÓN C.
a.3) Renuncia, en su caso, a percepción de comisión de servicio en relación con entradas con precio inferior a 15 euros (hasta 7 puntos): A fin de identificar la oferta más ventajosa en términos del citado subcriterio se asignarán 7 puntos a los licitadores que renuncien voluntariamente a percibir la comisión de servicio en relación con entra- das de precio inferior a 15 euros (IGIC no incluido). A quienes no ofrezcan renuncia al- guna se les asignará 0 puntos.
12.3 Determinada por la mesa de contratación la proposición económicamente más ventajo- sa, en favor de la cual formulará propuesta de adjudicación, se elevará ésta al órgano de contra- tación para proceder a la adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno en favor del empresario propuesto.
En caso de empate entre dos o más ofertas se resolverá en favor de:
a) La propuesta presentada por una empresa que supere el porcentaje del 2% de trabajado- res con discapacidad en su plantilla. De reproducirse el empate por contar los licitadores afectados con un porcentaje superior al 2%, se hará prevalecer en la adjudicación al lici- tador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
b) La propuesta presentada por entidad dedicada específicamente a la promoción e inser- ción laboral de personas en situación de exclusión social en los términos del apartado 2º de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
c) La propuesta presentada por entidad sin ánimo de lucro, de acuerdo con el apartado 3º de la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP.
d) Cuando no existan propuestas presentadas por entidades con las características enuncia- das en los apartados a), b) y c), recaerá en la propuesta que tenga una mayor puntuación en el criterio de adjudicación referente al precio.
12.4 Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo —entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio— presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación de un contrato, se to- mará únicamente, para aplicar el régimen de apreciación de ofertas desproporcionadas o temera- rias, la oferta más baja, produciéndose los efectos derivados del procedimiento establecido para la apreciación de las ofertas desproporcionadas o temerarias respecto de las restantes ofertas formuladas por las empresas de grupo. Cuando se presenten distintas proposiciones por socie- dades en las que concurra alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio respecto de los socios que las integran, se aplicarán respecto de la valo- ración económica las mismas reglas descritas en los párrafos precedentes.
13. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.-
13.1 Calificación de la documentación.- Una vez constituida la mesa su Presidente ordenará la apertura y calificación de la documentación general incluida en el sobre A de conformidad con lo dispuesto en el art. 81.2 del RGLCAP; a efectos de esta calificación la mesa podrá solici- tar los informes técnicos que estime oportunos.
13.2 Aclaraciones y requerimientos de documentos.- La mesa de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados para acreditar la
solvencia o el cumplimiento de las normas de garantía y de gestión medioambiental, en su caso, o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo cual deberá cumplimentarse en el plazo de tres días hábiles.
13.3 Subsanación de defectos u omisiones en la documentación.- Si a la vista de la califica- ción la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los licitadores; esta comunicación se hará pública mediante anuncio suscrito por el presidente de la mesa de contratación insertado en el perfil del contratante de L LAS FUNDACIONES. Esta publicación servirá de notificación para todos los licitadores en el procedimiento, incluso para los que no hubieran estado presentes durante la celebración de la mesa de contratación. Sin perjuicio de lo anterior, a los licitadores que hubieran facilitado pre- viamente núm. de fax o dirección del correo electrónico podrá serles remitida la comunicación por uno de estos medios, sin que en ningún caso la comunicación efectuada por los citados me- dios sea preceptiva para LAS FUNDACIONES.
El plazo para subsanar no será superior a tres días hábiles. El cómputo de este plazo se hará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la inserción de la comunicación en el perfil del contratante. A tal efecto, junto a la inserción del anuncio figurará diligencia de la mesa de con- tratación acreditativa de la fecha de publicación.
La presentación de los documentos subsanados deberá ir acompañada por un oficio de remisión en que se hará constar con detalle los documentos que se aportan.
A efectos de la presente cláusula se reputará como un defecto sustancial o una deficiencia mate- rial no subsanable la no aportación de documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera y técnica para la realización del contrato.
Por su parte, se consideran defectos materiales subsanables en un plazo no superior a tres días los siguientes, a saber:
a) No aportación del documento nacional de identidad para las personas físicas y es- critura de constitución y/o de modificación, en su caso, para las personas jurídicas.
b) No aportación, si el proponente fuera persona jurídica, del documento de poder no- tarial bastante en derecho que justifique que la persona que firma la proposición xxxxx- ta cargo que, con arreglo a los estatutos de la sociedad, le confiera la representación de la misma a tales efectos; o si el proponente fuese o actuase como mandatario, no apor- tación del poder notarial bastante de dicha calidad y representación debidamente ins- crito en el Registro Mercantil para ello.
c) No aportación de la declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar, con expresión de la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposicio- nes vigentes.
d.) No aportación de la relación de la composición de accionistas o socios que integran el capital social.
La falta de subsanación en plazo de cualesquiera defectos apreciados por la Mesa comportará la exclusión de la proposición.
13.4 Admisión a la licitación.-
― La mesa de contratación, en acto público cuya fecha se anunciará en el perfil del contratante, dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general presentada
por los licitadores indicando los licitadores admitidos y excluidos de acuerdo con los criterios de selección de estas Bases.
Antes de la apertura de proposiciones, se invitará a los asistentes al acto a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que consideren oportunas, procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en ese momento pueda aquella hacerse cargo de documentos que no hubieran sido entregados durante el plazo de admi- sión o subsanación de defectos, en su caso.
Seguidamente se procederá a la apertura del sobre B relativo a los criterios no cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; procediéndose a su evaluación conforme a los crite- xxxx de valoración recogidos en las presentes Bases, todo ello dejando constancia documental de ello en el acta de la mesa.
A continuación los licitadores serán formalmente convocados para la realización, en audiencia pública a celebrar en algún lugar aún por determinar en Las Palmas de Gran Canaria, de una demostración preceptiva y presencial de las funcionalidades, versatilidad y usabilidad de la apli- cación, así como responder a las posibles consultas y verificaciones que se les demande. A di- cha presentación, además de los componentes de la mesa de contratación, asistirá un asesor externo dotado de plena capacidad para intervenir y evaluar durante el proceso de demostración para la selección de los licitadores. Siendo que tanto la falta de asistencia a la enunciada pre- sentación como la constatación de que la aplicación ofrecida por el licitador no cumple con los llamados «requisitos indispensables» de la tabla de la cláusula 24.3.3.4 —«requisitos específi- cos para el sistema de información propuesto»— de estas Bases comportarán la exclusión au- tomática de la oferta de dicho licitador. La demostración de la propuesta de software y hardwa- re deberá realizarse sobre una plataforma real utilizando los mismos medios de conectividad que los ofertados en la licitación. Los gastos de traslado para realizar la presentación en Las Palmas de Gran Canaria serán por cuenta de los licitadores.
La mesa de contratación podrá solicitar cuantos informes técnicos considere necesario en lo que concierne tanto a la valoración de los criterios de adjudicación que comportan un juicio de valor como al cumplimiento, por las aplicaciones propuestas por los licitadores, de los requisitos téc- nicos a que se refiere la tabla de la enunciada cláusula 24.3.3.4 —«requisitos específicos para el sistema de información propuesto»— de las presentes Bases.
― Verificados los trámites anteriores se procederá, asimismo en nuevo acto públi- co cuya fecha se anunciará en los respectivos perfiles del contratante, a la apertura del sobre C de las proposiciones admitidas. La mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen en el este Pliego.
― La mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en estas Bases acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actua- ciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras no se formalice el contrato.
13.5 Rechazo de proposiciones.- La mesa rechazará en resolución motivada las proposicio- nes que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:
- No guardar concordancia con la documentación admitida.
- Exceder del presupuesto base de licitación o exceder de los valores máximos admitidos, en su caso.
- Variar sustancialmente el modelo establecido.
- Comportar error manifiesto en el importe.
- Adolecer de error o inconsistencia, reconocidos por el licitador, que la hagan inviable.
- Falta de aportación de algún elemento subsanable, cuando, tras verificarse el correspondien- te requerimiento de subsanación por la Mesa de Contratación, éste hubiese sido desatendido o atendido deficientemente.
- Incumplir, según informe técnico de valoración, los llamados «requisitos indispensables» de la tabla de la cláusula 24.3.3.4 —«requisitos específicos para el sistema de información propuesto»— de estas Bases.
- Cualquier otro supuesto de rechazo o exclusión automática de proposiciones contemplado de manera expresa en las presentes Bases.
El cambio u omisión de algunas palabras del modelo, si no alteran su sentido, no serán causas del rechazo de la proposición.
III) ADJUDICACIÓN Y PERFECCIÓN DEL CONTRATO.-
14. PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.-
14.1 Adjudicación.- A la vista de la propuesta de la mesa, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el reque- rimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documenta- ción, de acuerdo con los artículos 13 y 15 del RGLCAP:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago. El alta deberá adjuntarse en todo caso cuando en el recibo aportado no conste el epígrafe de la actividad. Esta documentación deberá estar referida al epígrafe correspondiente al obje- to del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejer- cen, debiendo complementarse con una declaración responsable del licitador de no ha- berse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
El licitador que no esté obligado a presentar todas o alguna de las declaraciones o documentos correspondientes a las obligaciones tributarias que se relacionan en el artículo 13 del RGLCAP, habrá de acreditar tal circunstancia mediante declaración responsable.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente. En el supuesto que haya de tenerse en cuenta alguna exención, se habrá de acreditar tal circuns- tancia mediante declaración responsable.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expe- dida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su naciona- lidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
El propuesto adjudicatario deberá aportar también en este plazo una declaración responsable expresiva de que dispone efectivamente de los medios que se hubiese comprometido adscribir a la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en estas Bases —la institución podrá reque- rir en cualquier momento al adjudicatario al objeto de que acredite la realidad de tal disposición efectiva de dichos medios, perfilándose tal obligación con el carácter de esencial, y no mera- mente accesorio—, así como:
(i.) Acreditar la constitución de la garantía definitiva; y
(ii.) Aportar sendas certificaciones, expedidas por ambas Fundaciones, acreditativas de no ostentar posición deudora alguna con las mismas.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento ni aportarse la documentación a que se refieren los párrafos anteriores dentro del plazo descrito, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado sus respectivas ofertas.
15. GARANTÍA DEFINITIVA.-
15.1 La garantía definitiva afianzará las responsabilidades que puedan derivarse de la ejecu- ción del contrato.
La adjudicataria deberá acreditar, dentro del plazo descrito en la cláusula anterior, la constitu- ción de una garantía definitiva por importe del 5 por 100 del valor estimado del contrato (ordinal
4.1 de estas Bases) en favor de cada FUNDACIÓN; de no cumplirse este requisito por causa imputable a la adjudicataria el órgano de contratación podrá declarar resuelto el contrato.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo y ante la respectiva FUNDACIÓN, garantía global por importe suficiente ante el órgano de contratación, en los términos previstos en el artículo 104 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio se reajustará la garantía en el plazo de quince días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato.
En el plazo de quince días naturales contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
15.2 En particular, la garantía constituida estará afecta:
a) A la satisfacción de penalidades impuestas al contratista por razón de la ejecución del contrato, en su caso.
b) Al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, incluidos los gastos de cuenta del contratista por virtud del presente Xxxxxx; al pago de los gastos originados a LAS FUNDACIONES por demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones; y al resar- cimiento de los daños y perjuicios ocasionados a LAS FUNDACIONES con motivo de la eje- cución del contrato o por su incumplimiento o cumplimiento meramente defectuoso, cuando no proceda su resolución.
c) A la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del contrato.
Cuando la garantía no sea bastante para satisfacer las responsabilidades a las que está afecta, LAS FUNDACIONES procederán al cobro de la diferencia del importe de las facturas pendien- tes de pago que existan en ese momento, sin perjuicio de las reclamaciones judiciales que estime oportunas.
15.3 La garantía se mantendrá vigente en poder de cada institución durante un plazo de seis meses a contar desde la terminación del contrato, momento en que, verificado el cumplimiento de las enunciadas obligaciones, se procederá a su devolución al contratista.
16. ADJUDICACIÓN.-
16.1 El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación descrita en las disposiciones anteriores. La adju- dicación deberá acomodarse a la propuesta de la mesa de contratación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con in- fracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto.
La adjudicación deberá dictarse siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la lici- tación. No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la institución antes de dictar la adjudicación podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés pú- blico, o desistir del procedimiento tramitado cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, con los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado; en el bien entendido de que tales gastos sólo alcanzarán a los de presentación de oferta (gastos de correos, mensajería) pero en ningún caso a los de preparación de la misma.
16.2 La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante de la institución. La notificación contendrá la información necesaria que permita al licitador excluido interponer reclamación fundada, en la vía jurisdiccional civil, con- tra la adjudicación. En particular se expresará los siguientes extremos:
a. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b. Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposi- ción del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Será de aplicación al presente expediente de contratación e incluso a las proposiciones que pre- senten los licitadores la excepción de confidencialidad contenida en el art. 153 del TRLCSP.
En todo caso, en la notificación y en el perfil de contratante se indicará el plazo en que debe procederse a la formalización del contrato.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recep- ción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones. En caso de no aportarse la documentación anterior se procederá conforme al procedimiento descrito en esta cláusula para la no formalización del contrato por causas imputables al adjudicatario.
17. FORMALIZACIÓN DE LOS CONTRATOS.-
Los contratos se perfeccionarán con su formalización por escrito, ajustados a las condiciones de la licitación, a los que se unirán, formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario y un ejemplar de estas Bases debidamente suscritos por las partes. El contratista podrá solicitar que cada contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cuenta los correspondientes gastos.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del plazo consignado en la cláusula 14.1 y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
Cada FUNDACIÓN requerirá por separado al adjudicatario para que formalice el contrato ati- nente a cada institución en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo descrito en el párrafo ante- rior.
Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el órgano de contratación podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación al en- tender que el adjudicatario ha perdido interés en el contrato incautando la garantía definitiva constituida y proponiendo nuevo adjudicatario al siguiente licitante según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, con sujeción al procedimiento previsto en estas Bases.
Si las causas de la no formalización fueren imputables a LAS FUNDACIONES se indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar, atendiendo al plazo de inicio de la prestación regulado en las Bases.
18. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL.-
Tendrán carácter contractual:
Las presentes Bases con sus anexos.
La oferta de la entidad adjudicataria.
El contrato que se formalice tras la adjudicación.
El compromiso de adscripción de medios a la ejecución del contrato según oferta.
Las pólizas de seguros que el contratista deba suscribir en los términos regulados en este pliego, en su caso.
IV) EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
19. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
19.1 El adjudicatario se obliga a la ejecución del contrato con exacto cumplimiento de las condiciones recogidas en el presente Pliego, así como de cuantas normas sectoriales incidan sobre las actividades objeto del contrato, comprometiéndose a aportar todos los elementos nece- sarios para llevar el mismo a buen término y a realizar cuantas gestiones sean necesarias para ello. Deberá observar, asimismo, cuantas instrucciones le dieren LAS FUNDACIONES.
Cada FUNDACIÓN, a través del respectivo director del contrato, podrá exigir del adjudicatario la modificación, ampliación o reducción de los servicios contratados, aplicándose en estos casos los precios unitarios consignados en la proposición del adjudicatario.
19.2 Director o responsable del contrato.-
El órgano de contratación podrá designar, de entre el personal al servicio de la institución, un director de los trabajos o responsable del contrato, quien supervisará la ejecución del mismo comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en estas Bases, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación, que deberán ser observadas por aquél.
A falta de designación expresa se entenderá que el Responsable de Servicios Generales de la FAAEE y el Subdirector General de la FAT tienen atribuidas esta función o responsabilidad y, además, que sus órdenes son expresión de la voluntad técnica del órgano de contratación.
19.2.1 Facultades de control.-
El órgano de contratación, a través del responsable del contrato, podrá acordar la realización de las correcciones y/o modificaciones que estime oportunas en la prestación de los servicios adju- dicados si ello resulta conveniente o necesario a la vista de los informes que evacuados como resultado de las actuaciones de revisión y control llevadas a cabo a su instancia. Dichas correc- ciones y/o modificaciones deberán ser efectuadas por el contratista de acuerdo con lo dispuesto en el presente Xxxxxx.
A estos efectos, el responsable del contrato tendrá libre acceso a la documentación del servicio en los términos previstos en este pliego. El contratista pondrá a disposición del responsable del contrato, a solicitud de éste, cuantos datos sean requeridos en relación a los servicios contrata- dos, ya sea sobre medios personales o materiales, que permitirá tener un conocimiento adecuado y actualizado de la ejecución y facilitará la adopción de medidas que a este respecto sean preci- sas.
El responsable del contrato podrá recabar del contratista, a efectos de representación ante el órgano de contratación, la designación de aquel personal directivo representante del mismo y, en su caso, de cualquier facultativo que de él dependa cuando así lo justifique la marcha de los servicios.
19.2.2 De la fiscalización e inspección.-
El responsable del contrato podrá en cualquier momento fiscalizar el servicio; para ello tendrá acceso a toda la documentación contable y financiera que sea necesaria para realizar la labor, siéndole facilitado cuantos datos precisen para llevar a efecto esta fiscalización. En particular tendrá acceso y podrá solicitar:
- Libros oficiales del contratista (entre otros el libro diario, libro mayor, cuenta de pér- didas y ganancias, balance de situación y memoria) y sus cuentas anuales (acompaña-
das de la memoria/informe de gestión del órgano de administración) del ejercicio ante- rior, según contenido del artículo 34.1 del Código de Comercio;
- Auditoría de las cuentas anuales y su presentación en el registro mercantil;
- Información mercantil actualizada;
- Información publicada en los periódicos económicos;
- Facturación del servicio.
También dispondrá el contratista de un libro de Inspecciones, encuadernado, para uso exclusivo del responsable del contrato, en el que quedarán reflejadas las actuaciones de control y fiscali- zación que se lleven a cabo, así como las instrucciones dadas aquél para garantizar la correcta ejecución del contrato, y cuantas observaciones e incidencias puedan hacerse constar para el mejor funcionamiento de los servicios.
19.3 Obligaciones del adjudicatario.-
Sin perjuicio de las que seguidamente se expondrán de naturaleza técnica, con carácter general son obligaciones del adjudicatario las siguientes, a saber:
1. Explotar directamente los servicios, no pudiendo subcontratar, subrogar, sub- arrendar, ceder o traspasar, directa o indirectamente, su explotación, así como cual- quier instalación, mobiliario y enseres cedidos.
2. Cumplir con todas las normas sectoriales que le afecten, así como ser titular de las correspondientes licencias y/o autorizaciones para ejercer la/s actividad/es objeto del presente contrato durante el plazo de su ejecución; adicionalmente, se obliga a ob- servar cualesquiera requisitos legales que sean de aplicación durante la vida del con- trato.
3. Estará en comunicación constante con cada FUNDACIÓN y sus técnicos a fin de que los servicios se adapten a las necesidades periódicas de la primera, exista una plena coordinación y, por consiguiente, se produzcan y/o propicien actuaciones homo- géneas y coherentes con los objetivos de la institución. Además, el adjudicatario, en el desarrollo de su prestación, deberá observar las siguientes condiciones generales, a sa- ber:
a. Desarrollar los servicios de forma que no se produzcan perturbaciones, alteraciones, molestias o inconvenientes en el correcto funcionamiento de los edificios o instalaciones de cada FUNDACIÓN, o en la organiza- ción, celebración y desarrollo de otras actividades o de sus usuarios.
b. Cumplir escrupulosamente las instrucciones que pudiera dirigirle cada FUNDACIÓN con relación a la prestación de los servicios objeto de es- ta licitación, y ello en aras de lograr una adecuada coordinación de las diversas actividades que pudieran tener lugar en los edificios e instala- ciones de cada FUNDACIÓN.
c. En general, el servicio deberá prestarse con la adecuada atención, dili- gencia, categoría y decoro.
4. Al vencimiento del plazo del contrato, o a su resolución o declaración de inefi- cacia, en su caso, el adjudicatario deberá entregar los espacios o lugares que hubiese venido ocupando, en su caso, en perfecto estado de conservación, toda vez que no se
concierta el arriendo de los mismos en favor del adjudicatario, sino su mera cesión to- lerada en los términos a que se refiere el artículo 444 del Código Civil para el normal desarrollo de los servicios adjudicados.
5. Deberá indemnizar a cada FUNDACIÓN, aun después de finalizado el presente contrato, con la cantidad que se haya visto obligada a pagar en virtud de resolución ju- dicial o administrativa firme, que sea consecuencia de alguna actuación u omisión del adjudicatario, incrementado en los gastos de cualquier índole que se incurran por tal motivo, incluido abogado y procurador aun cuando su intervención no fuese necesaria o preceptiva.
6. En caso de que algunda de las FUNDACIONES se viese, mediante resolución xxxx- cial firme, obligada a reconocer algún trabajador del adjudicatario como suyo propio, éste deberá indemnizar a la primera con el importe fijado en ese momento para el des- pido improcedente o injustificado.
7. Deberá cumplir y hacer cumplir a su personal las disposiciones vigentes en ma- teria laboral, de Seguridad Social y Seguridad e Higiene en el Trabajo, así como cual- quier otra que afecte a su actividad. El adjudicatario, en lo tocante al desarrollo del servicio, manifiesta cumplir íntegramente la normativa prevista en la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales y, en especial, al cumplimiento del artículo 24.3 de dicha Ley, así como del Real Decreto 171/2.004, de 30 de enero, que lo desarrolla, asumiendo el deber de cooperación, facilitando la información y cumpliendo las instrucciones que LA FUNDACION curse en este sentido; en el bien entendido de que la función de coordinación y, en particular, la garantía de la seguri- dad en el centro de trabajo competen directamente a LAS FUNDACIONES ex artículo 24 de la LPRL y normas concordantes, sin perjuicio del ejercicio, por la institución, de eventuales acciones de repetición contra el contratista para el caso (i.) de incumpli- miento, por éste, de aquellas disposiciones legales; o (ii.) de eventuales sanciones im- puestas a LAS FUNDACIONES, en mérito de su responsabilidad legal solidaria, que tengan su origen en el incumplimiento por el adjudicatario de sus obligaciones legales.
8. Será de cuenta exclusiva del adjudicatario todo el personal que emplee en la realización de los servicios objeto del presente contrato, por lo que una vez finalice el mismo por expiración de su término convencional o por cualquier otra causa, deberá entregar a LAS FUNDACIONES las dependencias que se le hubieren cedido sin per- sonal alguno. Ostentará respecto de todos los trabajadores, a todos los efectos, la con- dición de empresario. Asimismo el contratista asumirá los costes relativos a las insta- laciones, medios auxiliares, maquinaria, herramientas y productos necesarios para rea- lizar una correcta prestación de los servicios contratados.
El contratista, en fin, ostenta los derechos y asume las obligaciones en su calidad de patrono respecto del personal que utilice para la realización de los servicios contrata- dos, quedando LAS FUNDACIONES libres de toda responsabilidad en este respecto. Xxxxx, pues, de cuenta del contratista las indemnizaciones y gastos que, en su caso, procedan del personal que contrate. LAS FUNDACIONES no intervendrán bajo nin- gún concepto en las relaciones laborales o de cualquier índole que puedan existir entre el contratista y su personal.
El órgano de contratación reconoce el derecho a la negociación colectiva de los traba- jadores del servicio, si bien en ningún caso participará directamente en dicha negocia- ción ni tomará parte alguna en la ejecución de los acuerdos que ambas partes alcancen.
El adjudicatario será, pues, empresario único a todos los efectos, y como tal deberá cumplir las obligaciones que le incumban en materia salarial, seguros sociales y cua- lesquiera otros de naturaleza análoga, siendo exclusivo responsable de todos los daños y accidentes laborales y de explotación que se originen, así como de las posibles in- fracciones derivadas de la normativa vigente a consecuencia de la prestación de los servicios.
Por lo demás, el contratista deberá de un lado justificar a la institución, mediante la presentación de los modelos TC-1 y TC-2 durante la vigencia del presente contrato, el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social; y de otro, facilitar cada trimestre un lis- tado identificativo y actualizado de los trabajadores que adscriba a la prestación de los servicios objeto de estas Bases.
20. PROHIBICIONES.-
20.1 Queda prohibido al adjudicatario ejecutar cualquier servicio distinto a los que específi- camente se conceden en virtud del presente Xxxxxx.
20.2 En la organización y desarrollo de los servicios, a no ser que cuente con el consenti- miento expreso por escrito de LAS FUNDACIONES, queda expresamente prohibido al adjudi- catario:
a) Realizar, en el interior o exterior de los edificios e instalaciones de cada FUNDA- CIÓN, actividades que no estén explícitamente contempladas en el contrato.
b) La modificación o alteración, en cualquier forma, de los edificios e instalaciones de cada FUNDACIÓN o de la/s sala/s, su distribución, sus servicios, elementos, equi- pos, mobiliario o decoración y el uso de unos y otros para finalidades distintas a las que están destinados. Explícitamente, queda prohibido pintar, fijar tacos, hacer ta- ladros, xxxxx, colgar o sostener letreros, xxxxxx o cualquier objeto en xxxxxxx, xxx- los, techos o columnas.
c) El entorpecimiento, en cualquier forma, de vestíbulos, pasillos, escaleras o puertas de la Sala/s de los edificios e instalaciones de cada FUNDACIÓN, dificultando las vías de evacuación, así como de las actividades que se celebren o desarrollen en el mismo.
21. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL ADJUDICATARIO.-
21.1 Será de cuenta y cargo del adjudicatario el abono de todo género de contribuciones, impuestos, tasas, tributos, arbitrios y derechos de toda índole que graven la prestación del servi- cio, bien sean del Estado, Provincia, Comunidad Autónoma o municipio.
21.2 Correrán de cargo del adjudicatario los gastos, incluidos los eventuales desplazamien- tos, que le origine la explotación de los diversos servicios, pues se entienden incluidos en el precio.
En este sentido y a no ser que las presentes Bases realicen una mención expresa en contrario, tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores como en los criterios de adjudicación se entenderán comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, que graven la ejecución del contrato, que correrán en efecto por cuenta del contratista.
21.3 Serán asimismo de cuenta del adjudicatario los gastos de publicación del anuncio de licitación hasta un máximo de 950 euros por FUNDACIÓN, así como todos los gastos deriva- dos de la formalización del contrato si se decidiese su elevación a público.
El adjudicatario deberá acreditar, con antelación a la tramitación de la devolución de la garantía definitiva, haber satisfecho los gastos a que se refiere esta cláusula. De no haberlos liquidado, cada FUNDACIÓN podrá retener o descontar su importe en el momento en que se proceda a la devolución de aquella garantía.
V) FINALIZACIÓN DEL CONTRATO.-
22. TERMINACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO O CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES.-
22.1 El contrato terminará xx xxxxxxxxx por la finalización del plazo contractual.
Adicionalmente, serán causas de resolución del contrato: a.) Las previstas en el artículo 223 del TRLCSP;
b.) El incumplimiento de lo previsto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de carácter personal;
c.) El incumplimiento, por el contratista, de sus obligaciones tributarias y con la Xxxxxx- ría General de la Seguridad Social correspondientes a dos mensualidades, consecutivas o no; y
d.) Cualesquiera otras que específicamente se contemplen como tal en las presentes
Bases.
Todo ello con los efectos previstos en el art. 225 del TRLCSP.
La concurrencia de alguna de las anteriores causas facultará a la parte cumplidora para resolver el contrato de manera unilateral y sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial, y compor- tará asimismo el nacimiento de la correspondiente indemnización de daños y perjuicios a cargo del infractor; siendo de cuenta y cargo de éste, además, el pago de las costas que la reclamación origine, si a ella diere lugar, incluido el pago de honorarios de peritos, abogados y procuradores aunque su intervención fuese meramente extrajudicial o no preceptiva.
Si el incumplimiento fuese atribuible al adjudicatario, ello facultará a cada FUNDACIÓN a compensar las cantidades aportadas por el primero en concepto de garantía, o a ejecutarla en su caso, en el importe a que asciendan los daños sufridos o los menoscabos en las instalaciones y equipos, sin perjuicio de su derecho a reclamar el exceso y, en su caso, los perjuicios causados; quedando asimismo facultada cada FUNDACIÓN, por este motivo, para suspender el cumpli- miento de sus obligaciones, sin que por ello pueda el adjudicatario dirigir reclamación alguna frente a aquélla.
22.2 En caso de que, por resolución judicial, el presente expediente de contratación fuese declarado ineficaz o suspendido cautelarmente, ello no producirá el nacimiento de derecho in- demnizatorio alguno en favor de cualesquiera de los licitadores o del adjudicatario distinto de la devolución, sin intereses, de las garantías prestadas en virtud de estas Bases, en su caso.
La suspensión del expediente de contratación, por causas no imputables a LAS FUNDACIO- NES, por un periodo superior a dos meses será motivo suficiente para declararlo desierto y con- vocar una nueva licitación, operando las consecuencias expresadas en el párrafo precedente.
Adicionalmente y en aplicación de la doctrina fijada en Sentencia de 19 de noviembre de 2.013 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Las Palmas, confirmada en Sentencia de 7 de noviembre de 2.014 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Con- tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en protección xxx xxxxx- monio fundacional la impugnación por cualquier ente o persona física o jurídica, mediante cual- quier recurso o reclamación, de las presentes Bases, de los actos dictados en su aplicación por la mesa o por el órgano de contratación, incluso de la adjudicación, comportará la suspensión au- tomática de la licitación hasta que recaiga resolución administrativa firme —en la hipótesis de recurso especial— y, en caso de impugnación judicial, resolución jurisdiccional firme; sin que nazca derecho indemnizatorio alguno en favor de ninguno de los licitadores ni del eventual ad- judicatario por razón de esta circunstancia.
22.3 Penalidades por incumplimiento o cumplimiento defectuoso de obligaciones contrac- tuales.-
22.3.1 Delimitación general.- Se establece ex art. 1.152 del Código Civil un sistema de imposición de penalidades convencionales, que en modo alguno participa de la naturaleza de sanciones administrativas, por razón de los incumplimientos o cumplimientos defectuosos que seguidamente se dirán.
22.3.2 Procedimiento.- Para la imposición de las penalidades convencionales reguladas en las presentes Bases se observará el siguiente procedimiento:
― Por parte de la Fundación de que se trate se recabará un informe técnico expresivo de los eventuales incumplimientos o cumplimientos defectuosos del contratista, que le será notifi- cado junto a la resolución de iniciación.
― A continuación se conferirá al contratista un trámite de audiencia al objeto de que, en un plazo de quince días naturales contados desde la notificación del reseñado informe técnico, xxxxxx y aporte las pruebas en su descargo que estime de su interés.
― Expirado tal plazo y/o a la vista de las alegaciones formalizadas, en su caso, por el contratista el órgano de contratación, órgano en quien delegue, resolverá la imposición o no de la penalidad convencional de que se trate. En caso de imposición su importe se detraerá automá- ticamente bien de la facturación pendiente de cobro por el contratista bien de la garantía defini- tiva, sin perjuicio del derecho de aquél de promover la correspondiente reclamación en la juris- dicción correspondiente.
22.3.2 Incumplimientos o cumplimientos defectuosos.- Serán objeto de penalidades convencionales las siguientes conductas, que a su vez se califican en leves, graves y muy gra- ves, a saber:
a.) Leves:
El incumplimiento de la obligación de aportar, con anterioridad al vencimiento de la va- lidez de los certificados inicialmente presentados y hasta la finalización del contrato, así como en caso de prórroga del mismo, nuevas certificaciones acreditativas de encontrar-
se al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad So- cial.
Falta de diligencia en la prestación del servicio.
Retraso injustificado en las tareas y obligaciones encomendadas.
Retraso en el cumplimiento de las instrucciones o indicaciones emanadas de los respon- sables de las Fundaciones.
Falta de atención del servicio técnico
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en las Bases y que no constituyan incumplimiento grave o muy grave.
b.) Graves:
Modificación de los precios sin la previa autorización del órgano de contratación de que se trate.
Realizar modificaciones, alta de espectáculos, habilitación de consultas a empresas promotoras y otro tipo de gestiones sin la previa autorización del órgano de contrata- ción.
Retraso injustificado en el traspaso de los fondos por ventas de entradas.
Devolución de entradas sin la previa autorización de las Fundaciones.
No efectuar devolución de entradas tras la autorización de las Fundaciones.
Efectuar traspasos de fondos por ventas de entradas a empresas promotoras de espec- táculos sin la previa autorización de las Fundaciones.
El incumplimiento de las instrucciones impartidas por el responsable del contrato de acuerdo con las obligaciones contenidas en las Bases.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas al adjudicatario del contrato en el art.
227 del TRLCSP en relación con la subcontratación. c.) Muy graves:
Retraso en el traspaso de fondos por ventas de entradas después de ser requerido su in- greso por la Fundación de que se trate.
El incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por el responsable del con- trato.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones contenidas en la oferta del licitador y que hayan sido objeto de valoración para su adjudicación.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales del contra- to.
Para la calificación de un incumplimiento, se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes en cada caso, tales como la intencionalidad, negligencia y el mayor o menor perjuicio que se ocasione a los servicios prestados.
23.4 Importe de las penalizaciones convencionales.- La acreditación de las enunciadas con- ductas según el citado procedimiento llevará aparejada la obligación de indemnizar a la institu- ción de que se trate con los siguientes importes, que no admiten baremación, moderación ni ponderación al alza ni a la baja habida cuenta su naturaleza convencional civil:
Incumplimientos o cumplimientos defectuosos leves | Apercibimiento o indemnización de hasta el 2% del valor estimado del contrato |
Incumplimientos o cumplimientos defectuosos graves | Indemnización por una cuantía comprendida entre el 2% hasta el 5% del valor estimado del contrato |
Incumplimientos o cumplimientos defectuosos muy graves | Indemnización por una cuantía comprendida entre el 5% hasta el 10% del valor estimado del contrato |
En caso de concurrencia de dos o más incumplimientos o cumplimientos defectuosos la penali- zación total será la suma de las cantidades anudadas a cada uno de ellos individualmente consi- derados, si bien su imposición conjunta podrá tramitarse en un único procedimiento.
No podrá ser oponible por el contratista el hecho de que los incumplimientos o cumplimientos defectuosos detectados hubiesen sido provocados por algún subcontratista o persona por él de- signado, toda vez que el contratista asume íntegramente el control y la responsabilidad de la ejecución de los servicios convenidos.
La aplicación de estas penalidades por razón de incumplimientos parciales no impedirá la insti- tución resolver el contrato por las causas y en los términos previstos en este contrato, ni exigir las eventuales indemnizaciones que nazcan por cualesquiera otros comportamientos distintos de los enumerados en esta cláusula.
23. JURISDICCIÓN.-
Cualesquiera cuestiones litigiosas que afecten a la preparación y adjudicación, así como las relativas a la ejecución, interpretación o resolución del contrato, después de adjudicado, serán dirimidas por los tribunales ordinarios del orden jurisdiccional civil de Las Palmas de Gran Ca- naria, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponder a las partes.
Adicionalmente, se entenderá que con la presentación de su proposición cada licitador acepta libre y expresamente esta cláusula a los efectos del artículo 55 de la Ley 1/2.000 de Enjuicia- miento Civil y, además, que conoce y acepta las siguientes circunstancias:
a.) Que, según enseña el art. 21.2 del TRLCSP, «el orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efec- tos, cumplimiento y extinción de los contratos privados», añadiendo que «este orden jurisdic- cional será igualmente competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de los contratos privados que se celebren por los entes y entidades sometidos a esta Ley que no tengan el carácter de Administración Pública, siempre que estos contratos no estén sujetos a una regulación armonizada», como acontece.
b.) Que el presente contrato es de carácter privado y no está sujeto a regulación armoni- zada según se explicó.
c.) Y que, según su título constitutivo, ambas Fundaciones lo son de carácter privado, es decir, son fundaciones privadas de iniciativa pública. De lo que se sigue, por una parte, que no son Administración local ni entidades de derecho público (entidad pública empresarial local ni organismo autónomo); y por otra, que se rigen por el derecho privado en todas sus manifesta- ciones.
§.2 CONDICIONES TÉCNICAS.-
24. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.-
En lo atinente al servicio que se contrata, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes especifi- caciones técnicas:
i. DESCRIPCION GENERAL.-
1. El objeto de este ordinal es definir las características técnicas necesarias para la contra- tación del servicio de gestión integral para la reserva, emisión y venta multicanal de entradas a espectáculos y/o eventos a celebrar en los espacios de ambas Fundaciones.
Dichas especificaciones tienen la consideración de requerimientos mínimos y no excluyen cualquier otra actuación necesaria para el cumplimiento de los fines del servicio, en particular las indicadas en 24.3.3.4 como requisitos indispensables.
2. Para ello, el adjudicatario deberá, además de responsabilizarse de una serie de servi- cios, poner a disposición del contrato un equipamiento físico o material y, además, un soporte lógico para la mejor operatividad del sistema.
3. En el soporte lógico se incluyen como mínimo las siguientes herramientas informáti- cas, todas ellas formando parte de un mismo sistema:
- Una herramienta que permita la gestión de reserva y venta anticipada de entradas por medio de un enlace con la página web del organismo, y eventualmente, por cualquier otro sistema que proponga la empresa adjudicataria en su oferta.
- La herramienta que permita la venta de entradas tanto en taquillas, como en máquinas autónomas de recogida y adquisición.
- Una herramienta adecuada para el control de acceso de los visitantes.
- Una herramienta que permita obtener toda la información económico-financiera refe- rente a la venta de entradas por los distintos canales de pago, y que pueda ser integrada en los sistemas contables propios de ambas Fundaciones. Igualmente, facilitará las operaciones de cierre y arqueo de Caja en las taquillas.
- Una herramienta de gestión de clientes, que permita conocer el perfil del visitante y otros datos estadísticos.
- Una herramienta que permita la integración con un CRM-Business Intelligence, orien- tado a Marketing de resultados en eventos. Este CRM, permitirá visualizar, de un solo vistazo, el ó los recintos seleccionados, permitiendo ver gráficos de porcentaje de ocupación, recauda- ción, canales de venta, estadísticas rápidas, información por rangos de fecha por espectáculo o recinto. Esta herramienta, permitirá calcular, precios medios, el valor de cada butaca, tiempo de venta anticipada, canal de recogida de entradas, identificación canales B2B. La herramienta debe facilitar conocer el público asistente, mediante la base de datos generada. Los datos in- formativos del público son el consumo de entradas e importe, recurrencia del público, reacción del público a las campañas de email marketing, sus preferencias de espectáculos. Esta herra- mienta deberá estar conectada a herramientas de análisis en buscadores de internet.
Toda la información conformará un único repositorio lógico que será propiedad de la Funda- ción de que se trate. La información se almacenará en servidores proporcionados por el adjudi- catario. Las personas designadas al efecto, podrán realizar un seguimiento en tiempo real del sistema y explotarán la información de acuerdo con las necesidades del organismo.
En el contrato se incluyen todas las actividades formativas y de asistencia técnica necesarias para garantizar el correcto funcionamiento del sistema en todo momento, así como los medios personales adecuados para llevar a cabo este servicio.
4. En cuanto al equipamiento físico, el adjudicatario tendrá que proveer básicamente el siguiente:
- Los equipos necesarios para la gestión, venta y emisión de entradas en las taquillas.
- Los equipos adecuados para el control de accesos.
- Dispositivos móviles para venta de entradas.
- Líneas de comunicaciones y servidores necesarios para prestar el servicio.
- Los consumibles necesarios para todos los equipos mencionados.
- Servidor de seguridad.
En particular, el adjudicatario deberá proveer a las Fundaciones de los siguientes equipos:
FAAEE:
TEATRO CUYÁS
3 ordenadores completos: torre, pantalla, ratón, teclado. ( dos para taquilla y uno para oficinas)
1 Servidor de seguridad.
1 pantalla para el público o en su defecto un dispositivo para que el público vea el plano de butacas en una pantalla.
3 impresoras de entradas.
2 impresoras de folios din A 4 para arqueos e informes.
3 Lectoras de entradas 2D para el control de accesos.
En las campañas de abonados (2 veces al año): 2 ordenadores completos y 1 impresora de entradas.
SALA INSULAR DE TEATRO
1 ordenador completo: torre, pantalla, ratón, teclado.
1 pantalla para el público o en su defecto un dispositivo para que el público vea el plano de butacas en una pantalla.
1 impresora de entradas.
1 impresora de folios din A 4 para arqueos e informes.
1 Lectora de entradas 2D para el control de accesos.
FAT:
TEATRO XXXXX XXXXXX
3 ordenadores completos: torre, pantalla, ratón, teclado. ( dos para taquilla y uno para oficina)
1 Servidor de seguridad.
1 pantalla para el público o en su defecto un dispositivo para que el público vea el plano de butacas en una pantalla.
3 impresoras de entradas.
2 impresoras de folios din A 4 para arqueos e informes.
3 Lectoras de entradas 2D para el control de accesos.
AUDITORIO XXXXXXX XXXXX
4 ordenadores completos: torre, pantalla, ratón, teclado. ( dos para taquilla y dos para oficina)
1 Servidor de seguridad.
1 pantalla para el público o en su defecto un dispositivo para que el público vea el plano de butacas en una pantalla.
4 impresoras de entradas.
1 impresoras de folios din A 4 para arqueos e informes.
3 Lectoras de entradas 2D para el control de accesos.
XXXXXXXX DE LA LUZ
1 ordenadores completos: torre, pantalla, ratón, teclado. ( uno para taquilla)
1 impresoras de entradas.
1 impresoras de folios din A4 para arqueos e informes.
5. Adicionalmente, el adjudicatario deberá:
- Suministrar el papel de las entradas de las Fundaciones, sin coste económico adicio-
nal.
- Proveer de la conectividad necesaria para la implementación del sistema de venta de entradas (router, swicth, cables red, solución inalámbrica para las PDA en el xxxx del Teatro Xxxxx Xxxxxx, Auditorio, Xxxxxxxx de La Luz, Teatro Cuyás, Xxxx Xxxxxxxx y SIT, y 4G).
- Suministrar y asumir su mantenimiento del hardware necesario con capacidad sufi- ciente para el funcionamiento del sistema, o así como la reposición de los equipos averiados en menos de 24 horas.
6. El licitador podrá proponer en su oferta (memoria técnica, sobre B, apartado e) cua- lesquiera otros equipamientos que, adaptándose a la singularidad de los espacios de ambas Fundaciones, garanticen la mejor operatividad del sistema.
7. El adjudicatario se responsabilizará durante la vigencia del contrato del mantenimiento preventivo y correctivo del sistema, tanto del soporte lógico, como del equipamiento físico, de forma que se garantice la operatividad del mismo en todo momento.
8. Con la implantación del sistema los fines básicos que se persiguen son los siguientes: Ofrecer al usuario facilidades de reserva y compra de entradas, así como de otro mate-
rial de apoyo a la visita, a través de múltiples canales.
Ofrecer al usuario información completa y clara por vía telefónica, telemática u otros canales de comunicación.
Dotar a las Fundaciones de autonomía operativa, control y decisión en la gestión del sistema.
Sincronización y automatización telemática de las operaciones de reserva, venta, anu- lación y devolución de entradas.
Garantizar la seguridad de las transacciones electrónicas y el control de acceso a los recintos.
Obtención de información en tiempo real por parte de las Fundaciones de todo lo refe- rente a la operatividad del sistema.
Posibilitar a las Fundaciones la obtención de informes con el perfil y tipología de los usuarios de sus espectáculos y eventos con fines estadísticos, promocionales y de difusión.
Proveer a las Fundaciones de las herramientas y materiales necesarios para el control de accesos, incluida la provisión de material fungible y consumible.
ii. ÁMBITO DE APLICACIÓN.- El servicio de gestión integral contratado tendrá plena operatividad y cobertura en los espacios ya descritos de ambas Fundaciones.
Asimismo, el sistema de gestión integral dará análoga cobertura a exposiciones temporales y eventos culturales que eventualmente puedan organizarse y desarrollarse en estos espacios.
Las Fundaciones podrán modificar (aumentar, disminuir o trasladar) los puntos de venta ante- riormente reseñados, debiéndose adaptar el servicio a estas eventuales modificaciones sin me- noscabo de su operatividad. El cierre temporal o definitivo de un espacio no dará lugar a indem- nización de ninguna naturaleza al adjudicatario del contrato.
Durante la vigencia del contrato la FAT podrá ceder temporalmente el uso del sistema a la «So- ciedad Filarmónica de Las Palmas», a la «Asociación Amigos Canarios de la Ópera» (ACO), a la «Fundación Orquesta Filarmónica de Gran Canaria» (FOFGC) y al «Festival de Música de Canarias» para que éstos gestionen de manera directa las ventas de sus producciones, espectácu- los y/o eventos en los espacios fundacionales, sin que ello comporte una modificación del con- trato y, a un tiempo, debiendo el adjudicatario colaborar con las enunciadas entidades en la im- plementación del sistema en sus respectivos equipos, facilitando además el papel de las entradas sin coste adicional alguno.
iii. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.-
3.1. Sistema de gestión integral para la reserva, emisión, venta y anulación de entradas a los espacios de las Fundaciones.-
3.1.1. Modalidades de entradas, tarifas y precios a los espacios.-
En este momento, las entradas actualmente en vigor son las que resultan de combinar las si- guientes posibilidades:
Tipología de entradas:
o Entradas ordinarias a los diferentes espacios de las Fundaciones.
o Entradas a exposiciones temporales.
o Bonos.
o Entradas para asistencia a actividades de carácter cultural, educativo y divulgativo (visita de grupos educativos, conciertos, conferencias, etc.).
o Otras entradas especiales (entradas conjuntas con otras instituciones).
Los formato de entradas deben ser:
o Ticket de taquilla
o Passbook
o Passwalet
o QR
o Impresión en casa
o Bonos
o Fidelización
Tipología de visitantes:
o Individual.
o Grupo:
Turístico:
Concertado mediante Agencia.
Concertado mediante Guía oficial de turismo.
Educativo.
Cultural.
Xxxxxxx aplicables: son las que figuran a continuación, pudiendo aprobar ambas Funda- ciones cualesquiera otras durante la vigencia del contrato:
o Básica.
o Reducida.
o Gratuita.
o Agencias.
o Servicios complementarios (guía, folleto, trípticos, etc.).
o Abonos
Precios de las entradas: los precios y modalidades de las entradas, así como los supues- tos de acceso gratuito y los horarios de visita, son fijados por las respectivas Fundaciones. Los precios, tarifas y horarios actuales se pueden consultar en la página web de ambas instituciones. Cada Fundación se reserva la prerrogativa de modificar el precio y las distintas modalidades de entradas durante la vigencia del contrato.
Formas de pago habilitadas:
o Mediante tarjeta de crédito o débito (venta por Internet, en taquilla o en máquinas autónomas de expedición de entradas).
o Efectivo (sólo en taquilla).
o Promotor y transferencia (solo para taquillas) para pagos mediante transferencia banca- ria o que se liquiden con posterioridad a la emisión de las entradas.
3.2. Líneas de comunicación.-
Las líneas de comunicación de datos deberán ser provistas por el adjudicatario del contrato, y contemplarán la existencia de líneas backup con operador diferente a las líneas ADSL de ta- quillas para cada una de las líneas de comunicación propuestas (al menos una para cada recinto donde exista venta de entradas en taquilla).
En caso de caída de la línea principal, el cambio a la línea de respaldo se efectuará de forma automática y sin afectación al trabajo habitual de la operativa en los espacios gestionados por cada Fundación (en un tiempo no apreciable en este sentido).
Asimismo, la recuperación de la conexión por la línea principal también se efectuará de forma automática y bajo las mismas condiciones.
Las líneas de comunicaciones de datos deberán estar implementadas dentro de una red privada virtual (VPN) que garantice la integridad y confidencialidad de los datos que circulen a través de dichas líneas.
Todos los costes a los que se hace referencia en este apartado serán por cuenta del contratista.
3.3. Migración de datos.-
El contratista incorporará a la aplicación los datos básicos para iniciar el servicio (precio de las entradas, modalidades, etc.), que estén vigentes en el momento del comienzo del contrato.
Finalizada la relación contractual, quedarán igualmente todos los datos dispuestos para poder dar continuidad al servicio, especialmente en caso de que el adjudicatario del contrato sea dis- tinto.
3.4. Requisitos específicos para el sistema de información propuesto.-
La empresa adjudicataria deberá disponer del software necesario para gestionar de manera unitaria la reserva, expedición, venta, anulación, en su caso, y gestión del sistema y control de accesos o aforos de los diferentes recintos adscritos a cada Fundación. Toda la actividad debe- rá quedar reflejada en un punto de integración que permita una gestión unificada, sea cual sea el espacio, recinto o el canal de venta utilizado. En este sentido se prevén varios canales de venta:
• Venta directa en las taquillas asistida por taquillero y en su caso, máquina expendedo- ra autónoma (sólo pago con tarjeta).
• Venta, reserva, cambio, anulación o devolución a través de Internet, mediante página Web dedicada.
La aplicación deberá/podrá tener al menos las siguientes funcionalidades, que se dividen a su vez en «requisitos indispensables» —de no reunir la aplicación estos concretos requisitos la oferta será excluida de manera automática—, en «requisitos puntuables» y en «requisitos de valor añadido» —que se perfilan, a su vez, como mejoras voluntarias a ofrecer en su caso por los licitadores, a continuación se adjunta la tabla donde se definen los tres tipos de requisitos:
Funcionalidad sistema de venta de entradas | Requisito indispensable | Requisito puntuable | Requisito valor añadido |
Customer Relationship Management y Fidelización | |||
Módulo de fidelización de clientes CRM: Gestión de Contactos, Clientes, listas de marketing, campañas de marketing, envío de mailing, etc. El sistema ofertado por la empresa adjudicataria deberá contemplar al menos una funcionalidad básica adicional: Gestión de la que se dará en llamar «Tarjeta Amiga de la Fundación». | X | ||
Todos los datos del usuario deben pertenecer y estar bajo el control de LAS FUNDACIONES. El sistema debe permitir a LAS FUNDACIONES disponer de controles jerárquicos sobre los accesos y uso de los datos del usuario. Cada teatro/sala/auditorio deberá poder tener acceso a los datos de sus usuarios por separado y establecer dentro de cada unidad accesos jerárquicos a la información. | X | ||
Los registros de los usuarios deben contener campos para gestionar los datos de contacto, incluyendo, dirección postal y de email, teléfono, y fecha de nacimiento | X | ||
El sistema debe enseñar en los registros de los usuarios el estado actual de sus compras, paquetes y suscripciones, membresías y esquemas de ami- gos/lealtad, donaciones y captación de fondos, más la información pasa- da, incluyendo el tiempo que hayan estado "inactivos" (lapsed status). | X | ||
El sistema debe permitir que se pueda pedir permiso para comunicarse con los usuarios desde cada unidad cumpliendo con las normativas espa- ñolas y europeas sobre protección de datos. | X | ||
Capacidad para registrar automáticamente en una base de datos central, todos los datos de contacto del usuario, transacciones y otras interaccio- nes (incluyendo la actividad de envíos postales, emails, actividad web, redes sociales, etc.) Por favor indicar qué no puede ser monitorizado. | X | ||
Capacidad para que el personal de atención directa con el usuario tenga acceso inmediato al historial reciente de compras y comunicaciones de ese usuario | X | ||
Capacidad para buscar en la base de datos de los usuarios por un rango múltiple de criterios - tales como teatro/sala/auditorio visitados, eventos a los que ha asistido, frecuencia de asistencia o código postal | X | ||
Ayuda para la captura rápida de información en taquilla, departamento de marketing/patrocinios y call center sobre la dirección (código postal, di- rección postal parcial, etc.) y si es posible, también números de teléfonos, y que todo se recoja en el formato adecuado antes de ser introducido en el sistema. Posibilidad de que se pueda asociar una compra en taquilla con un móvil | X |
Posibilidad de agrupar registros de usuarios de acuerdo con la relación que tengan, p.e. viven en la misma casa, trabajan en el mismo lugar, pro- fesores de una escuela. | X | ||
Capacidad para duplicar y combinar registros de los usuarios y gestionar agrupaciones de usuarios (p.e. Por lugar de residencia o lugar de trabajo) | X | ||
Capacidad para acceder rápidamente a la información del usuario y a su historial de actividad - permitiendo rápidamente la producción de listados de distribución de correos postales e email. Inclusión de los envíos posta- les/emails previos a los usuarios para reducir duplicidades. | X | ||
Capacidad para importar datos de otras bases de datos compatibles y sin- cronizar/hacer espejo con otras bases de datos SQL. Por favor, detallar los formatos permitidos | X | ||
Capacidad de marcar los registros de los usuarios con datos sobre su per- fil y con cualquier información relacionada con los permisos para contac- tarlos/protección de datos | X | ||
Capacidad para añadir usuarios a la base de datos sin que hayan tenido que comprar tickets previamente, incluyendo los registros en la web | X | ||
Capacidad para extraer los registros de los usuarios, limpiarlos o xxxxxxx- xxx la información contenida en los mismos | X | ||
Posibilidad de establecer un Ranking de los usuarios en función de su gasto global anual o interanual (entradas, abonos, donaciones, programas de fidelización...) por teatro/sala/auditorio | X | ||
Funcionalidad de reconocimiento del usuario en los distintos canales de venta: taquilla, call centre, Internet, mostrando siempre la ficha de cliente con su histórico e compras así como afiliaciones (abonos, membresías) en caso de que las haya. | X | ||
Acceso a la base de datos de clientes, ya sea porque es propiedad de cada Fundación o porque tenemos acceso a la del soporte con consentimiento expreso del cliente, cumpliendo la LOPD y poder gestionar el envío de contenidos y/u ofertas adaptada por segmentos | X | ||
Mailing sin límite de envíos | X | ||
Google Analytics o herramienta similar para segmentación xx xxxxxxx (edades / gustos / sexo / ubicación / plataformas...); y poder valorar el impacto de las acciones de marketing. Poder incorporar la herramienta de venta de entradas al apartado ecommerce de Analytics, y poder ver la tasa de conversión y carritos abandonados. | X | ||
Asistencia CM; SEO; SEM | X | ||
Posibilidad de enfocar ofertas por fidelización | X | ||
Permitir a los AAT la posibilidad de adquirir sus entradas con descuento con su usuario a través de Internet (tarjeta de AMIGO = fidelización) | X | ||
Gestión, Seguridad, Accesos del sistema | |||
Sistema integrado de control de accesos en tiempo real (entradas y sali- das) | X | ||
Uso de lectores de códigos xx xxxxxx, pdas, móviles, etc… dedicados. | X | ||
Informes de accesos, planos de ubicación, etc…. (También en tiempo real). Listado entradas validadas sesión | X |
Detención de tickets para los recintos, funciones, horarios y fechas con- cretas. | x | ||
Tickets at home. Soporte de cualquier código xx xxxxxx 1D, 2D o QR. | X | ||
Compatible con Android, iOS y Windows Phone. (PDF, Passbook, Pass- wallet, etc...) | X | ||
El sistema debe ser accesible vía remota | X | ||
El sistema, en la prestación de servicios, debe ser único, sin la necesidad de instalación software adicional, para gestiones de marketing, comunica- ción, análisis | X | ||
Diseño responsive, que permita la correcta visualización de la página del sistema de ventas desde cualquier dispositivo | X | ||
Histórico registro usuarios, que permitan identificar los movimientos en taquilla de los usuarios que han realizado bloqueos, reservas, anulaciones, ventas. | X | ||
La aplicación permitirá trabajar con facilidad sobre una reserva (poder anular alguna entrada, ampliar la reserva, cambiar descuento, venderla por partes, etc…) sin tener que anularla para realizar algún cambio | X | ||
Pago con tarjeta integrado , con cualquier entidad bancaria | X | ||
Terminales PinPad, pago con tarjeta bancaria, integrado en sistema | X | ||
Atención, asistencia técnica a recintos 7días x 24 horas. | X | ||
Generación de urls únicas, para diferentes colectivos, colaboradores, afi- liados, otros canales de venta. | X | ||
El sistema puede integrarse sin coste adicional con otros software de en- cuestas, analítica, fidelización y email marketing. Detallar | X | ||
El sistema cuenta con una aplicación para dispositivo móvil y Tablet des- de la que se pueda acceder a los datos de un evento, espectáculo, infor- mes, alta de ofertas, etc. | X | ||
Habilidad para que el responsable de ventas de cada teatro pueda crear, editar eventos y representaciones fácilmente y gestionar la fechas de ven- ta, la venta en Internet y período de compra prioritaria así como asignar tareas de administración y acceso al sistema a cualquier persona del equi- po si fuera necesario. | X | ||
Habilidad para el responsable de ventas de cada sala para crear, editar eventos y representaciones fácilmente, así como crear varios perfiles de acceso al sistema para los promotores que les permitan ver información relevante para ellos, como la venta. | X | ||
Habilidad para el promotor externo pueda dar de alta, aplicar promocio- nes, gestión abonados, y vender eventos | X | ||
Funcionalidad para restringir el número de localidades a la venta a través de cupos de entradas (tanto por número de entradas como por zona). | X | ||
Posibilidad de venta contra el mismo aforo, de distintos operadores exter- nos, como Groupon, Atrápalo, Acuerdos agencias, B2B. | X | ||
Capacidad del sistema para crear o usar una identificación, numérica o nominal, de un evento para identificar toda la información del evento o una representación de forma sencilla y rápida. | X | ||
Posibilidad de que el responsable de ventas pueda diseñar y modificar sin problemas el diseño y la información de las entradas: lugar, evento o re- | X |
presentación y logos. | |||
El sistema debe generar a cada usuario una contraseña única para que garantizar que los accesos al mismo sean seguros y puedan ser monitori- zados. | X | ||
Funcionalidad de impresión automática al final del día de los informes seleccionados como por ejemplo la hoja de venta, etc. | X | ||
Asignación de distintos niveles de acceso a los usuarios con restricciones previamente creadas que se refieran a cierto tipo de acciones como por ejemplo: modificación de datos, creación de informes, alta de espectácu- los a la venta. Controles jerárquicos sobre los accesos. Posibilidad de monitorización de los accesos. | X | ||
Licencias multi-uso de acceso para el equipo que no esté en el departa- mento de ventas pero necesite acceso al sistema. No hay límites en el número de usuarios simultáneos. | X | ||
La venta de eventos podrá bloquearse, pero seguir apareciendo en las búsquedas para que el staff pueda ver que los eventos seguirán teniendo lugar. | X | ||
Posibilidad de añadir distintos métodos de pago por parte del cliente: transferencia, Paypal, tarjetas, etc. | X | ||
El sistema cumplirá con la legislación impositiva española y europea, incluyendo aquella relativa a las donaciones, así como la inclusión del IGIC y otros impuestos será configurable en caso de que haya más de una aplicación del mismo. | X | ||
El sistema debe permitir de forma sencilla y rápida al responsable de ven- tas la gestión de cupos de entradas que se vendan con terceras partes, así como debe incluir el precio y las comisiones en los informes de ventas. | X | ||
El sistema debe incluir la funcionalidad de trabajo en línea para que los distintos departamentos puedan comunicarse a través del mismo y asig- narse tareas a distintos miembros del equipo. | X | ||
El sistema debe contar con un sistema de alertas para los distintos miem- bros del equipo del teatro/sala/auditorio para hitos como: pagos pendien- tes, inicio de período de renovación, incidencias pendientes de resolución, entradas agotadas, etc. | X | ||
Abonos y ciclos: el sistema debe contemplar la posibilidad de crear abo- nos compartidos en ambos espacios y salas diferentes | X | ||
El sistema debe permitir la integración de Marca Blanca en las webs de los teatros y venta a través de Redes Sociales, dejando de manifiesto que se está en entorno https | X | ||
Contemplar salas adicionales como sala de ensayo y espacios sin numerar | X | ||
Capacidad para generar eventos con entradas + cena / entrada + transfer / entradas, y otras variaciones. | X | ||
Creación de planos flexibles por Sala y Eventos (sin coste) | X | ||
Combinación de aforos numerados y no numerados por evento (y Sala) | X | ||
Diseño flexible de entrada (con inclusión de leyendas específicas por zona) | X | ||
Bloqueo / Disposición de venta de zonas por canal de venta de entradas | X |
Posibilidad de impresión en Taquilla de entradas compradas vía web (con número de localizador u otros campos igual y eficazmente operativos (telf.., e-mail, numeración tarjeta de crédito, ...) | X | ||
Inclusión fila 0 | X | ||
Interacción con otras plataformas de venta | X | ||
Acceso a información sobre venta de una butaca marcando sobre el plano | X | ||
Funcionamiento sincronizado real de las pistolas de acceso al recinto con el servidor de venta | x | ||
Posibilidades fiables de ubicar las entradas extraviadas compradas en Taquilla en efectivo | X | ||
Funcionalidad con solo pinchar en la butaca para obtener toda informa- ción (día de compra, forma de pago, reimpresión, si la compró un abona- do, usuario que la vendió, etc…), reimpresión o anulación anularla. No tener que tener la entrada física para poder ver toda esa información | X | ||
El sistema deberá permitir destacar las reservas en color diferente, en el plano de butacas, a las localidades vendidas y disponibles | X | ||
El sistema dispondrá de actualizaciones periódicas sin coste adicional para LAS FUNDACIONES. | X | ||
La aplicación permitirá trabajar con facilidad sobre una reserva (poder anular alguna entrada, ampliar la reserva, cambiar descuento, venderla por partes, etc…) sin tener que anularla para realizar algún cambio | X | ||
Tienda on line de Merchandising | X | ||
Módulo de restauración | X | ||
Compatibilidad de sistemas para gestionar puestos de venta virtuales. | X | ||
La información, datos del sistema debe estar alojado en la nube | X | ||
Seguridad de la información con instalación redundante de seguridad. El sistema debe permitir dos niveles de seguridad en servidores alojamiento del sistema e información. El primer nivel de seguridad, dispondrá de servidores alojados en los recintos. | X | ||
Data Center de alta capacidad alojado en España, con nivel seguridad Tier IV | X | ||
Data Center de alta capacidad alojado en España, con nivel seguridad Tier II o Tier III | X | ||
Data Center debe cumplir con la ley de protección de datos LOPD vigente en España | X | ||
Seguridad pago con Tarjeta Visa PCI DSS level II | X | ||
Asistencia Técnica local. Servicio técnico en la zona. | X | ||
Deberá aportarse los protocolos de actuación en caso de incidencia o caí- da del sistema. Los documentos donde se explica el protocolo en caso de incidencia o caída deberán ser aportados como documentación física y digital. | X | ||
Seguridad pago con Tarjeta Visa PCI DSS | X | ||
El adjudicatario del contrato, proveerá al sistema líneas ADSL, haciéndo- se cargo del coste de las mismas. | X |
El proveedor de servicios adicionalmente para las comunicaciones pro- veerá de un backup por 4G y router de conmutación entre ambas redes de forma automática. | X | ||
Papel de seguridad en la emisión de tickets, taquilla | X | ||
Detención de tickets falsos y validados. | X | ||
El sistema alertará de duplicidades en los registros de usuarios. | X | ||
Registro, en sistema de histórico movimientos de usuarios. El sistema debe permitir, conocer quién realizó una reserva, quién la vendió, quién bloqueó, quién levantó el bloqueo,… | X | ||
Ticketing, informes, call center | |||
El sistema debe incluir la funcionalidad de "cesta de la compra" , compra diferentes eventos, diferentes recintos | X | ||
El sistema debe permitir la gestión de las comisiones variando su cuantía en porcentajes o valor único, según los permisos del usuario. Esta modifi- cación de comisiones se debe permitir en cualquier momento de la venta del espectáculo, evento, temporada, ciclo, o promotor, aunque el evento ya tenga entradas vendidas. | X | ||
El sistema debe incluir la funcionalidad de Print-at-home para las entra- das compradas on line y a través del call centre. En las entradas print-at- home la publicidad será gestionada por LAS FUNDACIONES y será de su entero beneficio los contratos que se consigan. | X | ||
El sistema debe permitir, implementar diferentes precios de un evento, para diferentes días, zonas de venta del aforo. | X | ||
El sistema debe incluir la funcionalidad de Pass-Book para la entradas compradas on line | X | ||
El sistema debe incluir la posibilidad de crear listas de espera para los eventos en los que se agoten las localidades. | X | ||
El sistema debe ofrecer distintos métodos de devolución según el canal de compra y el método de pago. | X | ||
Entrada personalizable, logo recinto, imagen evento, textos libres, desglo- se precios | X | ||
Capacidad para la colocación de logos, tanto xxx xxxxxxx como del ciclo, patrocinador/es, etc. | X | ||
LAS FUNDACIONES tendrán uso exclusivo de los espacios publicitarios en los diferentes soportes, como entradas en todos en sus formatos y pla- taformas on-line | X | ||
Flexibilidad en los formatos gráficos. | X | ||
Adaptación al recinto de las normas del reverso de la entrada | X | ||
El sistema debe contar con una funcionalidad que permita la no devolu- ción del dinero al usuario sino la creación de crédito que se asocie al per- fil del usuario. LAS FUNDACIONES deben poder gestionar la duración de validez del crédito, así como las limitaciones en su aplicación: por ejemplo solo puede gastarse en entradas y no en servicios. | X | ||
Posibilidad de la gestión venta de grupos online entre 15 y 40 entradas por operación. Con opciones de pago, tarjeta bancaria, transferencia, efec- tivo | X |
Buscador, eventos, recintos, promotor, identificación cliente final, identi- ficación operación, bloqueos, reservas, tarjetas bancarias, email, direc- ción, cif. | X | ||
El sistema debe permitir, redondeado del precio de venta. | X | ||
El sistema debe tener la funcionalidad de "vale regalo" tanto para entradas sueltas como en paquetes de entradas, abonos y membresías. | X | ||
Informe de control de aforo (online desde lectores de entradas/ móvil/ equipo) con claves individuales para cada responsable de evento. | X | ||
Informe de venta con datos del concierto, fecha/s, salas, espacio, datos de entradas vendidas, protocolo, e ingresos brutos. | X | ||
Informe de ventas por zona, precio, canal de venta | X | ||
Acceso del promotor al servicio de venta para realizar informe de la venta diaria por funciones: número de entradas vendidas por zonas; ingresos brutos; descuentos aplicados e invitaciones expedidas. Acceso limitado a su/s eventos y clave exclusivamente para ese evento en concreto, con caducidad. | X | ||
Informes personalizables, para promotores, en los que NO aparezcan las comisiones a usuario. | X | ||
Informe por recinto de venta | X | ||
Informes de caja por usuario | X | ||
Informes de reservas por evento y usuario. | X | ||
Informes de venta por promotores externos. | X | ||
Informes de venta por operadores externos de venta, Atrápalo, Groupón, Groupalia, Agencias de viaje, agencias de turismo. | X | ||
Informes porcentaje ocupación y venta por evento | X | ||
Informes devolución evento, usuario, recinto | X | ||
Informe de invitaciones. | X | ||
El sistema debe permitir la visualización de los datos de los usuarios ya registrados | X | ||
Marketing y Ofertas | |||
El sistema debe proveer una serie de herramientas de análisis y reportes estándar al servicio del marketing, junto con un generador de informes "user-friendly" que refleje verdaderamente y de manera precisa los datos. Asimismo, debe proporcionar una herramienta de análisis de datos o mó- dulo Bussines Inteligence. | X | ||
La capacidad para producir selecciones de usuarios para campañas de envíos postales, emails o SMS basados en búsquedas según múltiples criterios de la base de datos, incluyendo las preferencias que hayan podi- do seleccionar, comportamiento real de compra, frecuencia de asistencia, criterios geográficos, tipo de usuario, tipo de evento, carácter reciente de la visita y tantos otros criterios como sea posible | X | ||
Los criterios para crear estas listas deberán permitir múltiples selecciones Y, O y NO en su lógica y habilitar "incluir selección" o "excluir selec- ción" y poder manejar el estatus sobre la protección de los datos. | X |
Capacidad de retener detalles de los criterios utilizados en la selección de las listas y de ponerles nombre fácilmente identificables a las selecciones o tipos de informes | X | ||
Capacidad para retener una lista sobre la base de una selección realizada anteriormente o de repetir la selección en una base de datos actualizada | X | ||
El sistema debe permitir la personalización de los mails automáticos tras la compra, por sala/evento/representación/promotor. | X | ||
Capacidad para monitorizar las respuestas a las campañas y canales de marketing, con herramientas de seguimiento de campañas y de analizar desde cualquier punto de venta las respuestas a las campañas y cómo los usuarios se han informado sobre un evento o grupo de eventos | X | ||
La capacidad de seleccionar y "modificar globalmente" los registros o grupo de registros. P.e. Añadiendo un campo e información o editando información | X | ||
La capacidad de exportar e importar, los registros seleccionados en múlti- ples formatos, incluyendo csv, txt y xls, para realizar marketing directo o para seguir procesando los datos. P.e. Exportar desde a Excel y Word, hasta a software de email marketing, software de SMS o software de en- cuestas. | X | ||
Posibilidad de automatizar mensajes de agradecimiento vía email tras la primera compra de entradas o celebración del evento. También los que repiten por segunda vez, 3ª ... | X | ||
Capacidad para reconocer a los usuarios que vienen por primera vez vs. Usuarios existentes. | X | ||
Capacidad de segmentar a los usuarios a través de su respuesta a las cam- pañas de email marketing: ha abierto, no ha abierto, ha hecho click, etc. Además de incluirlo envío y el comportamiento en su ficha de cliente. | X | ||
El sistema debe permitir la integración con la web del teatro, sala, audito- rio por sistema de I-frames, pudiendo verificar el usuario que está en en- torno seguro https, cuando la web corra sobre este entorno | X | ||
El sistema debe ofrecer un plug in de temporizador con el que avisar al cliente cuánto tiempo de sesión le queda para poder tramitar la compra de sus entradas. | X | ||
La funcionalidad de recuperación de contraseña para el inicio de sesión debe proveerse al usuario de forma clara. | X | ||
El sistema debe poder integrarse con los perfiles sociales del usuario: plug-in de compartir en Facebook y tuitear en twitter. | X | ||
El sistema debe incluir la funcionalidad de "ver localidad" en el plano de entradas. | X | ||
Posibilidad de personalizar el plano de localidades con el "look and feel" de la web del teatro/sala/auditorio. | X | ||
Funcionalidad de incluir información en el plano de localidades como "visibilidad reducida" o "localidades minusválidos" | X | ||
El sistema ya dispone de acuerdos con otros canales de venta y o recogi- da, como Tour Operadores, Agencias de Turismo, Bancos, Xxxxx xx Xxx- rro, etc.,….. | X | ||
El sistema debe contar con la posibilidad de crear ofertas a partir de códi- gos promocionales. | X | ||
El sistema debe diferenciar entre ofertas universales no limitadas a seg- mentos y ofertas limitadas a ciertos segmentos como por ejemplo abona- dos o compradores recurrentes. | X |
El sistema debe permitir que desde el teatro/sala/auditorio se pueda ges- tionar el código promocional: personalización del mismo, duración, nú- mero de aplicaciones, tipo de descuento (porcentaje o precio fijo). | X | ||
El sistema debe permitir la creación de ofertas relacionadas: si compras para A te hacemos descuento en B | X | ||
El sistema debe proveer de una herramienta que permita hacer ofertas por acumulación de entradas/gasto. Por ejemplo: si compras 5 entradas te regalamos la 6 o si gastas más 100€ te regalamos 20€ en tu próxima com- pra. | X | ||
El sistema debe incluir la posibilidad de ofrecer ofertas según segmentos, tanto en venta en taquilla como por canales remotos. Por ejemplo des- cuentos a jóvenes, jubilados, parados. | X | ||
El sistema debe reconocer al cliente tanto online, como presentando acre- ditación necesaria en taquilla o identificándose por teléfono y en caso de que pueda aprovecharse de alguna promoción debe recomendar la aplica- ción de dicha promoción a lo largo del proceso de compra de las entradas. Esta funcionalidad debe estar disponible en la venta por todos los canales. | X | ||
El sistema tiene que mostrar el precio final con la oferta ya aplicada antes de la realización del pago de las entradas. | X | ||
El sistema debe contar con la funcionalidad de venta cruzada, tanto para entradas como para productos y servicios asociados. Esta funcionalidad debe estar disponible en todos los canales. | X | ||
Funcionalidad de creación de "períodos de compra prioritaria" para seg- mentos seleccionados de clientes como abonados o compradores de clien- tes. Dicha funcionalidad debe permitir la gestión y administración de dichos períodos de forma total desde el teatro siendo el equipo quién de- cida los días, la duración y quiénes son los usuarios sujetos a dicho perío- do. | X | ||
Todas las ofertas deben poder aplicarse tanto en la venta por canales re- motos (internet/call centre) como en la taquilla del teatro/auditorio/sala. | X | ||
Todas las ofertas deben ser incluidas en los informes, así como debe exis- tir un informe específico sobre cada oferta. | X | ||
El sistema debe permitir el envío de e-mails automatizados a aquellos clientes que hayan realizado la compra y no hayan impreso su entrada. | X | ||
El sistema debe permitir visualizar si una entrada ha sido impresa o no. | X | ||
Paquetes y abonos | |||
Capacidad para crear paquetes de eventos/representaciones y aplicar a los paquetes y a los tickets individuales precios específicos. | X | ||
Capacidad para crear paquetes de eventos/representaciones y aplicar a los tickets individuales descuentos específicos. | X | ||
Capacidad para ofrecer una selección de eventos/representaciones de un grupo de eventos p.e. Puedes escoger 6 de los siguientes 12 eventos | X | ||
Capacidad para ofrecer paquetes múltiples de una misma lista larga de eventos/representaciones p.e. Escoge 4 de 12 o 6 de 12 o 9 de 12 | X | ||
Capacidad potencial para ofrecer una selección de even- tos/representaciones de un paquete con descuentos acumulativos: p.e. Escoge 5 eventos cualquiera=15% descuento; escoge 10=30% descuento | X | ||
Capacidad potencial para ofrecer una selección de even- tos/representaciones y ofrecer descuentos acumulativos, pero esta vez sin | X |
cargo alguno ("compra 3 obtén 1 gratis), escogiendo el evento de menor precio sobre el que hacer la oferta gratis y calculando el total que se le cargará al usuario | |||
Capacidad para crear paquetes basados en una misma butaca - misma butaca ocupada durante todo el paquete de eventos/representaciones | X | ||
Capacidad para crear paquetes basados en asientos disponibles - asientos diferentes ocupados en cada representación/evento | X | ||
Capacidad para crear paquetes basados en una misma butaca o en la me- jor butaca disponible para eventos en más de un auditorio/teatro | X | ||
Capacidad para ofrecer a los usuarios una selección de donde sentarse basado en los asientos disponibles - asientos diferentes ocupados en cada representación/evento | X | ||
Capacidad para ofrecer la renovación de los paquetes o abonos asignados a una butaca concreta | X | ||
Capacidad para realizar devoluciones y cambios | X | ||
Capacidad para realizar abonos mixtos con entradas de diferentes ciclos | X | ||
Capacidad para realizar pagos diferidos y pagos fraccionados | X | ||
Funcionalidad que permita regalar abonos mediante tarjeta con un saldo a cargar y reponer en puntos asignados a tal efecto. | X | ||
Capacidad de crear ofertas asociadas a los abonos como por ejemplo la funcionalidad de compra prioritaria de localidades para eventos no inclui- dos en su abono. | X | ||
Capacidad potencial para ofrecer una selección de even- tos/representaciones de un paquete con descuentos acumulativos: p.e. Escoge 5 eventos. Cualquiera=15% descuento; escoge 10=30% descuen- to. Incluyendo la posibilidad de que algún/os espectáculos no tenga des- cuento | X | ||
Capacidad del sistema para que durante el proceso de compra de abonos se pueda asignar más de una localidad al mismo tiempo (abonos de pare- ja, de grupos de amigos, …) | X | ||
Capacidad para venta de abonos on line con identificación usuario. Venta online anticipada de usuarios abonados, de forma preferente. | X | ||
Membresías y Círculos de Amigos | |||
El sistema debe permitir esquemas de lealtad, de amigos, benefactores y tantos como se vayan implementando por el XXXX pudiendo ofrecer beneficios como compra prioritaria, ofertas y descuentos de precios de entradas, Merchandising, determinados eventos y servicios especiales, y cargarles un coste de suscripción anual de varias maneras. | X | ||
El sistema debe permitir la venta de membresías u otros esquemas de lealtad, a) como una transacción solitaria o b) como parte de la compra de otro ticket | X | ||
Capacidad para recoger el derecho a un beneficio determinado que puede cambiar en el tiempo, para cualquier membresía u otro status que ofrezca ese beneficio | X | ||
El sistema debe permitir la compra de una membresía o esquema de ami- gos por una tercera persona y recoger el nombre y dirección del compra- dor y del beneficiario | X |
El sistema es configurable para el periodo y tipo de membresía/esquema de amigos p.e. Durante 12 meses; membresías con calendario de inicio fijo; membresía por tiempos determinados en el año. | X | ||
El sistema soporta la posibilidad de pagos recurrentes p.e. Cuando alguien se ha suscrito a una membresía, esta se renueva automáticamente, reali- zándose el cargo, para la renovación anual | X | ||
El sistema soporta pagos a plazos, por todos los métodos de pagos permi- tidos para el resto de compras | X | ||
Posibilidad de acceso directo sin pasar por taquilla con Tarjeta xx xxxxxx- zación | X | ||
Establecimiento de distintos periodos de prioridad en la elección de loca- lidades según distintos perfiles de amigos, mecenas o benefactores | X | ||
Permite a amigos y benefactores inscripción preferente en actividades complementarias (visitas guiadas, talleres, charlas, encuentros con los artistas…) | X | ||
Posibilidad de establecer la venta de paquetes de entradas corporativas ubicados en zonas designadas a aquellos teatros/salas/auditorios que lo requieran por ciclo, temporada completa o grupo de eventos | X | ||
Inclusión de códigos promocionales para regalar tarjetas de amigos, o establecer descuentos o invitaciones a eventos y para adquisición de pro- ductos de Merchandising. | X |
A efectos de gestión de la aplicación:
Deberá disponer de punto de acceso único desde donde se pueda monitorizar y parametrizar las diversas opciones del aplicativo, dejando huella del usuario que lo realiza:
• Gestión de usuarios, roles y permisos.
• Gestión de TPVs.
• Gestión de tipos de entradas, promociones, bonos, tarifas, formas de pago y divisas aceptadas.
• Gestión de espacios y recintos de cada Fundación.
• Gestión de aforos/sesiones y canales.
• Gestión de guías e idiomas.
• Gestión de calendarios.
• Gestión de cierres sobrevenidos.
• Gestión de grupos y cupos.
• Gestión de ventas manuales.
• Resto de la parametrización de la aplicación.
Desde las dependencias administrativas de cada Fundación se deberá tener acceso en tiempo real a las pantallas que gestionen la aplicación en función de los usuarios y permisos que se definan, si bien debe existir la figura de, al menos, un superusuario perteneciente a la plantilla de la FAT y otro de la FAAEE con acceso a la totalidad de los elementos de parametrización, a las salidas de información y a las bases de datos correspondientes a cada Fundación.
La aplicación deberá proporcionar información detallada diaria tanto de ventas, como de acce- sos, desglosado al menos por espacio, recinto, usuario (taquillero o canal), taquilla física e intervalo de fechas y horas, pudiendo obtenerse esta información al menos de forma visual y en formato de fichero plano de intercambio y formatos ofimáticos. Se valorará la puesta a dis- posición de las Fundaciones de aplicaciones de gestión de listados y estadísticas que permitan la personalización.
3.5. Seguridad del sistema.-
La oferta incluirá una descripción de los mecanismos para garantizar la seguridad y disponibi- lidad del sistema, así como la seguridad de los datos almacenados, de acuerdo con lo estable- cido en el artículo 15.3 del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esque- ma Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
3.5. Gestión de incidencias.-
El licitador está obligado a garantizar la calidad de servicio en todo momento.
3.6. Mantenimiento.-
El adjudicatario estará obligado al mantenimiento del servicio prestado, en tres variantes:
3.6.1. Mantenimiento correctivo.-
El adjudicatario pondrá a disposición de cada Fundación un servicio de mantenimiento correc- tivo, relativo a las incidencias y a los correctivos sobre las integraciones y las personalizacio- nes. Los compromisos asumidos en el mantenimiento correctivo deben estar expresados por escrito.
3.6.2. Mantenimiento evolutivo.-
El adjudicatario se compromete a ir incorporando mejoras funcionales y tecnológicas a la apli- cación, de acuerdo con su hoja xx xxxx de evolución, notificando cualquier tipo de cambio a cada Fundación, sin que ello suponga una alteración en el precio del contrato.
3.6.3. Mantenimiento preventivo.-
El adjudicatario deberá mantener en todo momento un correcto funcionamiento y buen estado de todo el sistema, tanto hardware (ordenadores, impresoras y resto de equipamiento) software (aplicaciones y bases de datos) y de comunicaciones (con los distintos espacios y el CPD don- de se alojen los servidores).
3.7. Supervisión y coordinación del servicio.-
La empresa adjudicataria designará a una persona responsable que actuará como interlocutor con cada Fundación, y estará disponible, como mínimo, en horario de 10:00 a 18:00 h. Ade- más, el servicio se completará con un número de teléfono de emergencia, 24 h.
Este responsable tendrá un perfil adecuado para realizar labores de soporte y gestión de la interfaz de venta de entradas y servicios y/o apoyo a las labores de edición del contenido vin- culado a las distintas tipologías de entradas en venta en cada momento.
Durante su tiempo de prestación de servicios en las instalaciones de cada Fundación dicho profesional servirá a su vez de enlace entre la empresa adjudicataria y las instituciones en todo lo relativo al funcionamiento y actualización del sistema de venta y reserva de entradas y ser- vicios en línea.
3.8. Horario de venta y atención al cliente.-
El servicio de venta y reserva de entradas a través de Internet estará operativo las 24 horas del día, todos los días del año. Este servicio podrá ser interrumpido únicamente por motivos de mantenimiento, previa consulta y aprobación por parte de cada Fundación.
3.9. Pasarela de pago.-
El adjudicatario deberá disponer de una plataforma de venta por Internet con protocolo de seguridad https y pasarela de pago fácilmente personalizable, de manera que permita realizar las adaptaciones oportunas derivadas de las exigencias de diseño de cada Fundación para su imagen corporativa.
La plataforma de venta proporcionada por la empresa adjudicataria anotará en tiempo real la venta de entradas y reservas que lleve a cabo y permitirá realizar venta de entradas fuera de línea, en caso de pérdida de conexión entre los mencionados sistemas.
La comunicación entre el sistema de venta de entradas y el sistema de la institución financiera receptora de los pagos deberá ser autenticada y cifrada.
iv. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.-
4.1. Protección de datos y medidas de seguridad.-
a.) El adjudicatario, en su condición de responsable del tratamiento, reconoce expresamente que los datos y registros que se contengan en los ficheros que se generen a partir de la actividad del servicio aquí descrito, son de exclusiva propiedad de cada Fundación. Por lo tanto, única- mente los tratará conforme a sus instrucciones, y no podrá aplicarlos o utilizarlos con fines dis- tintos a los previstos en este contrato, ni los comunicará, ni los cederá, ni siquiera para su con- servación, a otras personas.
En caso de que destine los datos a otra finalidad, los comunique, ceda o utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado responsable del fichero, respondiendo de las in- fracciones en que hubiera incurrido.
b.) El adjudicatario mantendrá el deber xx xxxxxxx profesional en virtud del artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, (en adelante LOPD), que le corresponde como encargado del tratamiento de los datos de carácter personal que se recaben al prestar los servicios objeto del presente contrato.
c.) El adjudicatario, como encargado del tratamiento, devolverá a cada Fundación al tér- xxxx del contrato cuantos soportes contengan datos de carácter personal del Fichero, procedien- do al borrado de aquellos que se encuentren en su poder, ya sean manuales o automatizados, de forma que se garantice plenamente la destrucción de todos los datos, salvo cuando una Ley en vigor obligue al adjudicatario a conservar dichos datos durante un período de tiempo determina-
do, en cuyo caso se procederá al bloqueo de los mismos durante el período de tiempo que im- ponga dicha legislación.
d.) El adjudicatario se compromete a proteger y salvaguardar los datos que se alojen en sus servidores como consecuencia de la prestación del servicio objeto de este contrato.
e.) El adjudicatario deberá facilitar quincenalmente una copia del repositorio, en la forma que se determine, a cada Fundación.
f.) El adjudicatario está obligado a implementar las medidas de seguridad de índole técnica y organizativa a que se refiere el artículo 9 de la LOPD, que garanticen la seguridad de los datos contenidos en el Fichero y adoptará, al menos, las medidas de seguridad de los datos correspon- dientes al nivel medio, que se definen en el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, aprobado por Real Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx.
g.) El adjudicatario se obliga a no divulgar la información obtenida por razón de la ejecu- ción del presente contrato, comprometiéndose a guardar dicha obligación aun con posterioridad a la finalización de la prestación objeto del presente contrato.
La confidencialidad no se aplicará a la información que sea o se convierta en públicamente dis- ponible, siempre que las partes hayan cumplido sus compromisos de confidencialidad anterio- res.
h.) El adjudicatario no se responsabilizará de los daños y perjuicios derivados de actuacio- nes u omisiones imputables a cada Fundación.
4.2. Protección de la propiedad intelectual e industrial.-
La adjudicación del contrato y posterior ejecución de los servicios no supondrá, en ningún caso, la cesión por las Fundaciones al adjudicatario de ningún derecho de propiedad intelectual o in- dustrial, ni de derechos económicos análogos sobre los signos o distintivos de cada Fundación y sus centros, ni sobre los contenidos que se faciliten al adjudicatario para actividades de difusión, ni sobre cualquier otro material o soporte empleado por el adjudicatario, a excepción de los aportados por el mismo para el desarrollo y desempeño de las acciones propias del servicio des- crito.
Cada Fundación será la única titular de los todos los derechos de propiedad intelectual sobre la información que se suministre con relación a sus espacios y espectáculos, la configuración de los servicios y gestiones no administrativas que el adjudicatario realice para los espectadores y cualquier otra creación que se realice específicamente para la ejecución del servicio.
v. CALIDAD DEL SERVICIO.-
Con el fin de comprobar el grado de ejecución del contrato y la calidad de los servicios que con el mismo se presten, se establecerán tanto de forma ordinaria como extraordinaria, los siguientes controles:
Si alguna de las Fundaciones lo considera necesario, se solicitará un informe anual de calidad del servicio a una empresa auditora especializada.
El adjudicatario elaborará mensualmente un informe de actividad, cuyo contenido deberá ser aprobado por cada Fundación, y que deberá permitir la evaluación de:
• Venta:
Número de entradas vendidas por canal de venta.
Número de entradas vendidas por tipo de entrada.
Número de entradas vendidas según destino (espectáculos, eventos, exposiciones tem- porales y otras actividades).
Hábitos de compra. Momentos de máxima y mínima venta.
Detalle de todas las ventas realizadas diariamente.
Número de devoluciones y causa.
• Reserva:
Número de reservas realizadas por canal de venta.
Número de reservas por tipos de grupos: turísticos, culturales, etc.
Reservas ya realizadas / Plazas de grupo disponibles.
Número de cancelaciones.
• Datos estadísticos sobre el perfil del visitante:
Datos de perfil sociodemográfico de todos los usuarios; procedencia: país, provincia; etc.
En el caso de las reservas de grupos, se solicitarán datos con carácter general sobre pro- cedencia, y en el caso de los grupos educativos se pedirá la información del centro, nivel de estudios del grupo y procedencia.
El servicio de venta de entradas tendrá que dar, de forma directa y sencilla, información detallada y en vivo acerca del sistema por espectáculo, ciclos y fechas:
Gráfica de evolución de ventas por fecha.
Páginas vistas del espectáculo/ciclo.
Porcentaje de rebote.
Porcentaje de conversión incompleta (pulsaciones en "comprar" que no completan la proceso).
Porcentaje de conversión completa.
Nº de entradas vendidas
Nº de entradas pendientes de venta.
El personal de plantilla de cada Fundación que actúe como administrador del sistema tendrá completo acceso al módulo de informes de la aplicación.
vi. FORMACIÓN DEL PERSONAL DE LAS FUNDACIONES.-
Los usuarios del sistema pertenecientes a la plantilla de ambas Fundaciones deberán recibir por parte del adjudicatario y a su cargo la formación necesaria para el desarrollo de sus funcio- nes, todo ello dentro del plazo de veinte días hábiles antes de la puesta en funcionamiento del servicio con plena operatividad.
Asimismo, se deberán proponer cursos específicos en BI y CRM.
§.3 ANEXOS.-
Anexo I: Modelo de informe de solvencia económica y financiera. Anexo II: Modelo de declaración de empresas vinculadas.
Anexo III: Modelo de declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Anexo IV: Modelo de declaración responsable del cumplimiento de obligaciones sociales Anexo V: Modelo de declaración responsable en materia de igualdad.
Anexo VI: Modelo de oferta económica.
Anexo I: Modelo de informe de solvencia económica y financiera.-
(1) , con CIF Nº , y con domicilio fiscal en
y en su nombre y representación Don/doña
provisto del D.N.I. Nº y con poderes suficientes.
INFORMA
Que (2) , con D.N.I. /
C.I.F. Nº , y con domicilio fiscal en
, posee solvencia económica y financiera suficiente para desarrollar el «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT».
Los firmantes del presente informe están debidamente autorizados para representar a
(1) , de conformidad con las escrituras de apoderamiento, con núm. de protocolo , de fecha y otorgado ante el Xxxxxxx Xxx/Xxxx xx xx xxxxxx xx .
Xx , x xx xx 0.000
(1) Nombre de la Institución Financiera.
(2) Nombre de la Persona Jurídica / Persona Física.
Anexo II: Modelo de declaración de empresas vinculadas.-
D/Xx.………….., mayor de edad, con domicilio en…………..C/ o Plaza……………, con D.N.I.……………….., actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………, en su calidad de ; en relación a la proposición pre-
sentada para desarrollar el «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVI- CIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS
DE LA FAAEE Y DE LA FAT» y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 145 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
DECLARO:
Que son empresas vinculadas con la empresa oferente las incluidas en la relación adjunta, sin que exista ninguna otra empresa en la que concurra los requisitos señalados en el citado precep- to.
RELACIÓN DE EMPRESAS VINCULADAS CON LA EMPRESA OFERENTE
Nombre o razón social………………………….., NIF/CIF………………………..:
1.-
2.-
3.-
Lugar, fecha y firma de la licitadora. Dirección de correo electrónico: …
Anexo III: Modelo de declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tri- butarias y con la Seguridad Social.-
Ante mí, (Notario Público, Autoridad Administrativa u Organismo Profesional cualificado). COMPARECE
D./Dña. ..........................., DNI ..............., en nombre y representación de
..........................., CIF: ..........., domicilio en , constituida por tiempo indefinido
en escritura autorizada por el notario de ………., D./Dña. ……......................., el día .. de .........
de ....., inscrita en el Registro Mercantil de ....., al tomo ..., folio ..., hoja n.º ...., inscripción ...
Ostenta dicha representación en virtud de escritura de poder, otorgada ante el/la Notario/a de
………………….. D./Dña. …………………......................., el día , n.º de proto-
colo ....
Y en tal concepto, ME REQUIERE a mí, (Notario Público, Autoridad Administrativa u Organismo profesional cualificado), para que haga constar en Acta, las manifestaciones que hace en mi presencia, y que son del tenor literal siguiente:
I.- Que la empresa que representa, ni él mismo ni ninguna otra persona que forma parte de dicha sociedad, se hallan incursas en causa alguna de prohibición para contratar de las previs- tas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
II.- Que asimismo el Sr. , declara que la empre- sa , se encuentra al corriente del cumplimiento de las obliga- ciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
III.- Que tales manifestaciones las formula el compareciente para que surta efecto en el expediente relativo al «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT».
IV.- Que el compareciente, en la representación con que interviene, se compromete a acreditar documentalmente estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la adjudicación y en el plazo legalmente establecido.
Tales son las manifestaciones hechas por el Sr. , de las que extiendo la presente Acta, que xxx al mismo, a su elección, la encuentra conforme y firma conmigo.
Lugar y fecha
Anexo IV: Modelo de declaración responsable del cumplimiento de obligaciones sociales en caso de ser adjudicataria.-
D/Xx.………….., mayor de edad, con domicilio en…………..C/ o Plaza……………, con D.N.I.……………….., actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………, en su calidad de ; en relación a la proposición presentada para
el «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PA- RA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT».
DECLARO: Que de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o con las medidas alternativas desarrolladas por el Real Decreto 27/2000, de 14 de enero, cumpliré con la obligación de emplear, durante la vigencia del contrato, al menos un dos por ciento (2%) de trabajadores/as con minusvalía.
Lugar, fecha y firma de la licitadora. Dirección de correo electrónico: …
Anexo V: Modelo de declaración responsable en materia de igualdad.-
D/Xx.………….., mayor de edad, con domicilio en…………..C/ o Plaza……………, con D.N.I.……………….., actuando en su propio nombre y derecho o en representación de
……………………, en su calidad de ; en relación a la proposición presentada para
desarrollar el «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTE- GRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICANAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCU- LOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE LA FAAEE Y DE LA FAT».
DECLARO: Que de conformidad con lo establecido en el artículo 45 xx Xxx Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, cumpliré con la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad.
Lugar, fecha y firma de la licitadora. Dirección de correo electrónico: …
Anexo VI: Modelo de oferta económica.-
D. ........................................................................................................, mayor de edad, de nacionali-
dad..........................., con D.N.I. o Pasaporte en vigor número. , actuando en nombre pro-
xxx o en representación de la Sociedad. , enterado de la convocato-
ria del procedimiento abierto que efectúan la FUNDACIÓN CANARIA DE ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA DE GRAN CANARIA y la FUNDACIÓN CANARIA AUDITORIO Y TEATRO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA con relación al «CONTRATO RELATIVO A LA EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO DE GESTIÓN INTEGRAL PARA LA RESERVA, EMISIÓN Y VENTA MULTICA- NAL DE ENTRADAS A ESPECTÁCULOS Y/O EVENTOS A CELEBRAR EN LOS ESPACIOS DE
LA FAAEE Y DE LA FAT», así como de la legislación aplicable a la expresada licitación, y aceptando íntegramente el contenido de las Bases (Pliego), por medio de la presente, libremente, se compromete a la prestación del objeto del contrato conforme a la siguiente oferta económica:
a.) Precio más bajo (IGIC no incluido):
Comisión de servicio por venta de entradas a asumir por cada usuario | … % |
b.) Invitaciones gratuitas de mejora:
Se propone la OPCIÓN A.
Se propone la OPCIÓN B.
Se propone la OPCIÓN C.
c.) Comisiones de servicio en relación con entradas con precio inferior a 15,00 euros:
Se renuncia voluntaria y expresamente a la citada comisión.
No se renuncia.
Notas:
- En lo atinente a la comisión de servicio por venta de entradas a asumir por cada usua- rio, aquellas ofertas que propongan una comisión inferior al 2% o superior al 3% que- darán automáticamente excluidas de la licitación.
- Las cifras deberán expresarse en letra y número, excluidos los impuestos u otros tri- butos. En caso de discordancia entre las cifras expresadas en letra y en número preva- lecerán las primeras (letra).
Firma, lugar y fecha.
Dirección de correo electrónico: …