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AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE MOHERNANDO
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Xxxxx Xxxxx x/xx XX 00000
Xxxxxxxxxxx
MODELO XX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato |
Constituye el objeto del contrato el arrendamiento mediante el sistema de concurso del inmueble (finca rústica), propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicado en Xxxxxxxx 0, Xxxxxxx 00, Xxxxxx Xx Xxxxxx xx xxxx Municipio, para su uso como Cultivo (Labor).
La superficie Total en Hectáreas de esta finca es de 197,1550 Ha, siendo la tierra de labor 74, 3087 Has.
CLÁUSULA SEGUNDA. Régimen Jurídico del Contrato |
El contrato tendrá carácter privado. Se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y Normativa administrativa, y en cuanto a sus efectos y extinción por las Normas de Derecho privado, que sean de aplicación.
Así, su preparación y adjudicación se regirá por lo establecido en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato, respecto de su preparación y adjudicación y el Orden Civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes, respecto a los efectos y extinción del presente contrato.
CLÁUSULA TERCERA. Tipo de Licitación |
Se establece un tipo mínimo de licitación de 7.000,00 € anuales que podrá ser mejorado al alza por los licitadores.
La renta se actualizará cada año de vigencia del contrato, aplicando a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización.
CLÁUSULA CUARTA. Duración del Contrato |
La duración del contrato de arrendamiento se fija en 4 años, de carácter improrrogable.
CLÁUSULA QUINTA. Licitadores |
Podrán concurrir al presente concurso todas aquellas personas físicas y jurídicas que gocen de capacidad jurídica y de obrar conforme a las Normas de Derecho civil común.
A efectos de causas de incapacidad e incompatibilidad para contratar con este Ayuntamiento, se aplicará lo dispuesto en Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su Reglamento de desarrollo.
CLÁUSULA SEXTA. Garantías |
Los licitadores deberán constituir una fianza provisional de 350,00 € (TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS), equivalente al 5% del valor de licitación.
El adjudicatario deberá constituir una fianza definitiva equivalente al 5% del importe de adjudicación, en los términos indicados en la Legislación de contratos de las Administraciones Públicas.
CLÁUSULA SÉPTIMA. Gastos |
El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios e Impuestos que procedan. Asimismo, serán de su cuenta los gastos notariales en el caso de que deberán formalizar el contrato en Escritura Pública.
CLÁUSULA OCTAVA. Criterios de Adjudicación |
Los criterios objetivos que servirán para valorar las ofertas y la puntuación máxima que se asignará a cada uno de ellos serán los siguientes:
Se adjudicará a la propuesta más ventajosa económicamente.
CLÁUSULA NOVENA. Obligaciones del Arrendatario |
— El arrendatario estará obligado a utilizar las fincas rústicas, conforme a su propia naturaleza, para Cultivo (labor).
— Solicitar las licencias y autorizaciones que sean pertinentes para el desarrollo de la actividad en su caso, sin las que no se podrá ejercer la actividad que se pretende en el caso de que la autorización sea preceptiva.
— Abonar el canon anual dentro de los quince primeros días de cada año, salvo en el primer ejercicio que deberá abonarse a los quince días de la fecha de formalización del contrato.
— Orientar la explotación ocasionando los mínimos perjuicios al medio ambiente y a los habitantes de los Municipios colindantes.
— No superar los límites de la explotación.
— Solicitar autorización para la apertura de caminos y pistas de acceso a la explotación, abonando en su caso los gastos que se deriven de ellos.
— Finalizada la actividad, eliminar la totalidad de instalaciones utilizadas para llevar a cabo esta y efectuar las reposiciones oportunas.
CLÁUSULA DÉCIMA. Obligaciones del Arrendador (Ayuntamiento) |
— Facilitar la realización de la actividad dentro del respeto al entorno humano y natural.
— Finalizada la explotación, reutilizar el terreno afectado en función de las necesidades de la población local.
CLÁUSULA UNDÉCIMA. Presentación de las Proposiciones |
Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento, en horario de atención al público, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Cuando las proposiciones se envíen por correo o por algún otro de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el licitador deberá justificar la fecha y hora de la presentación del envío y anunciar al órgano de contratación, dentro de la fecha y hora establecidos como plazo de presentación, la remisión de la oferta mediante fax o telegrama en el que se consigne el título completo del contrato y el nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional de las cláusulas de este Xxxxxx, sin salvedad alguna.
Los interesados podrán consultar y obtener fotocopias del presente Xxxxxx, desde la publicación de la convocatoria de la licitación hasta el día en que finalice el plazo de presentación de proposiciones, solicitándolo en el Ayuntamiento, en días y horas de oficina, o en el Perfil del Contratante que este Ayuntamiento tiene a través de la página web de la Excma. Diputación de Guadalajara.
Las proposiciones para tomar parte en el concurso se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar al arrendamiento del inmueble (finca rústica), propiedad de este Ayuntamiento y calificado como bien patrimonial, ubicado en Xxxxxxxx 00, Xxxxxxx 0, Xxxxxx Xx Xxxxxx, para destinarlo a Cultivo (Labor). La denominación de los sobres es la siguiente:
Sobre «A»: Documentación Administrativa.
Sobre «B»: Proposición.
Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor.
Dentro de cada sobre se incluirá una relación numerada de los documentos que se aportan y los siguientes documentos:
SOBRE «A»
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del licitador y la representación del firmante de la proposición.
Documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces [artículo 79.2.a) del TRLCAP y artículo 21 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre] del firmante de la proposición y Escritura de otorgamiento en su favor de poder suficiente para presentar la oferta.
b) Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica.
Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera y su solvencia técnica o profesional por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 16 y 19 del TRLCAP o a través de una declaración jurada.
c) Declaración responsable de no hallarse incurso el licitador en ninguna de las causas que prohíben contratar con la Administración, previstas en el artículo 20 del TRLCAP.
En esta declaración se mencionará expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias con el Estado y con el Ayuntamiento, salvo que se aporten certificaciones acreditativas de esta circunstancia.
d) Resguardo acreditativo de haber depositado la fianza provisional, por importe del 5%, del tipo de licitación.
Si la garantía se constituye en aval o seguro de caución, se incorporará el documento en que se ha formulado.
Si se constituye en metálico o valores, deberá incluirse en el sobre el resguardo acreditativo de haber depositado la garantía en la Caja de Depósitos del Ayuntamiento o en cuenta abierta a nombre del Ayuntamiento en cualquier Entidad bancaria.
SOBRE «B»
PROPOSICIÓN
a) Proposición económica.
Se presentará conforme al siguiente modelo:
«D. ______________________________________, con domicilio a efecto de notificaciones en ________________, c/ _____________________, n.º _____, con DNI n.º _____________, en representación de D. ______________________, enterado de la convocatoria de concurso para el arrendamiento del inmueble (finca rústica), propiedad del Ayuntamiento de _________________ y calificado como bien patrimonial, ubicado en ______________________ [parcela, polígono y paraje], para destinarlo a ____________________, manifiesta que conoce y acepta el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rige el concurso y ofrece por el citado inmueble la cantidad de ___________ €.
b) Presenta además, anexos, los siguientes documentos para que sean tenido en cuenta en el concurso Relacionar y adjuntar):
— ______________________________________________________.
— ______________________________________________________.
— ______________________________________________________.
Lugar, fecha y firma».
CLÁUSULA DUODÉCIMA. Mesa de Contratación y Apertura de Proposiciones |
La Mesa de Contratación estará integrada del siguiente modo:
Presidente:
— El Alcalde-Presidente o miembro de la Corporación en quien delegue.
Vocales:
— Cuatro concejales de la Corporación.
Secretario de la Mesa:
— Un funcionario de la Corporación actuará como Secretario de la Mesa.
La Mesa de Contratación se constituirá en el día y hora que señale su Presidente, y calificará los documentos presentados en tiempo y forma, ordenando el Presidente la apertura de los Sobres A y B, certificando el Secretario la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. La Mesa podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada.
La Mesa de Contratación se reunirá en el Salón de Plenos de este Ayuntamiento para realizar el acto público de apertura de las proposiciones admitidas a las 14:00 horas del 29 xx xxxxxx de 2012. En caso de que se hubiera presentado alguna proposición por correo o por algún otro de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 y no hubiere llegado al Ayuntamiento en el día hábil siguiente de la conclusión del plazo para presentar ofertas, el acto público de apertura de las proposiciones admitidas se realizará el día y hora que señale el Sr. Alcalde-Presidente, y será comunicado previamente a los licitadores.
Concluido el acto público de apertura de proposiciones, que se desarrollará conforme al artículo 83 del Real Decreto 1098/2001, la Mesa solicitará, en su caso, los informes técnicos que considere pertinentes en relación con el objeto del contrato. Emitidos estos, la Mesa efectuará la valoración de las ofertas admitidas, formulará la propuesta de adjudicación, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en este Pliego, y elevará las ofertas, su propuesta y las Actas de las sesiones que haya celebrado al órgano de contratación.
CLÁUSULA DECIMOTERCERA. Adjudicación y Formalización del Contrato |
El órgano de contratación adjudicará el contrato a la proposición más ventajosa o declarará desierto el concurso, motivando en todo caso su resolución con referencia a los criterios de adjudicación que figuran en este Xxxxxx. Si el órgano de contratación no adjudica el contrato de acuerdo con la propuesta de la Mesa de Contratación, deberá motivar su decisión.
El órgano de contratación adjudicará el contrato en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de proposiciones. En caso de que el licitador al que se proponga adjudicar el contrato no hubiere presentado con la oferta las certificaciones acreditativas de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, se le exigirá su presentación, antes de efectuar la adjudicación, concediendo al efecto un plazo de cinco días hábiles.
Realizada la adjudicación del contrato, se procederá a la devolución de la garantía provisional prestada por los licitadores, excepto la correspondiente al adjudicatario, que quedará retenida hasta la constitución de la garantía definitiva.
En el plazo de quince días desde la notificación de la adjudicación, el adjudicatario deberá presentar resguardo acreditativo de haber constituido fianza definitiva por importe de una mensualidad xx xxxxx.
El Ayuntamiento, firmado el contrato y presentada la fianza, pondrá la finca rústica a disposición del arrendatario (en caso de escritura pública, el arrendatario será el encargado de costear la misma).
En Robledillo de Mohernando a 01 xx xxxxxx de 0000
Xx Xxxxxxx,
Xxx.: X. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx.