CONTENIDO
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TÍTULO II: FASE PRE CONTRACTUAL O PRE CONVENCIONAL 3
TÍTULO III: FASE CONTRACTUAL O PRE CONVENCIONAL 3
CAPÍTULO 1: SELECCIÓN DE CONTRATISTAS 3
CAPÍTULO 2: CONTRATACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 6
XXXXX 0: REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE CONTRATISTAS 7
ANEXO 2:GRADOS DE XXXXXXXXXX 0
XXXXX 0: CRITERIOS Y SUBCRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATISTAS . 10
1. GLOSARIO
a. Contratista: Persona natural o jurídica que oferta sus servicios técnicos y profesionales para la consultoría, construcción, provisión de equipos, mobiliario, instalaciones especiales y fiscalización de obras de infraestructura.
a. Contratante. - Universidad Técnica Particular xx Xxxx.
b. Fiscalización. - Es el control y aval permanente y especializado en los ámbitos técnico, jurídico y económico en el proceso de adecuación, construcción, ampliación, remodelación, etc. de obras de infraestructura física.
c. Fiscalizador. - Es el o los encargados de supervisar y avalar la correcta ejecución de los trabajos de obra, según lo establecido en los documentos técnicos, jurídicos y económicos, de cada fase de la construcción.
2. DESARROLLO
INSTRUCTIVO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATISTAS DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA Y GESTIÓN CONTRACTUAL Y CONVENCIONAL
TÍTULO I: GENERALIDADES
Artículo 1.- Objetivo. - Este instructivo regula la calificación de contratistas de infraestructura física para la adecuación, construcción, ampliación, remodelación, etc., de bienes inmuebles a nivel nacional, de propiedad de la UTPL o que están bajo su responsabilidad por cualquier figura contractual o convencional; y, la gestión de selección, adjudicación y contratación de estas obras.
Artículo 2.- Xxxxx jurídico y principios. – Este instructivo se aplicará en concordancia y estricto cumplimiento de la normativa aplicable, especialmente, a título enunciativo y no limitativo: a nivel nacional: Ley Orgánica de Educación Superior y su Reglamento, Reglamento de Ejercicio de la Potestad Sancionadora del CES; y, en el ámbito institucional: Estatuto Orgánico, Código de Ética Institucional, Política de Prevención en Materia de Anticorrupción, Política para la Gestión de Egresos; observando los principios de transparencia, igualdad de oportunidades, alternancia, calidad, pertinencia y seguridad jurídica.
Artículo 3.- Listado de Contratistas de Infraestructura Física. - Todas las obras, prestación de servicios, y provisión de bienes, se contratarán a las personas naturales o jurídicas que previamente se califiquen como contratista de infraestructura física, para lo cual deben cumplir con los requisitos establecidos y haber pasado el proceso de verificación, de acuerdo al Anexo 1.
El proceso de calificación de contratistas será responsabilidad del Vicerrectorado Administrativo a través de la Gerencia de Infraestructura. Anualmente la Gerencia presentará, en el primer trimestre, el listado de contratistas de infraestructura física para aprobación del Vicerrector Administrativo y Rector. Para efectuar cambios en el listado, en el transcurso del año, la Gerencia de Infraestructura Física deberá solicitar aprobación al Vicerrector Administrativo y Rector.
La Universidad se reserva el derecho de excluir del listado a cualquiera de los contratistas que se encuentran incluidos en el mismo, sin que para ello tenga que mediar justificación alguna ni notificación previa.
Adicionalmente se establecerá un apartado de contratistas no elegibles, que servirá de base para el análisis y verificación de requisitos.
Artículo 4.- Información adulterada. - En los casos que se detecte que la información o documentación proporcionada para la inclusión en el listado de contratistas de infraestructura física es falsa o adulterada, la Universidad procederá a eliminarlo del listado, dará por terminado los contratos que mantenga, dará aviso a las autoridades competentes en caso de considerarlo pertinente y demás acciones que se considere.
Artículo 5.- Expediente de la obra de infraestructura física. - La Gerencia de Infraestructura será la responsable de mantener un Expediente de la Obra de Infraestructura Física, en el que se archivará toda la documentación relacionada con la fase contractual y de ejecución de la obra.
El archivo físico y digital de los expedientes será responsabilidad de la Gerencia de Infraestructura Física y su tiempo de conservación será definido en virtud de la normativa interna sobre este tema.
El expediente podrá ser proporcionado a la autoridad competente que lo solicite; y, a las autoridades universitarias cuya función esté relacionada de forma directa con el proceso de selección o contratación. Si otra instancia universitaria requiere tener acceso al expediente, lo solicitará, de forma motivada y por escrito al Vicerrector Administrativo, quien podrá autorizar la entrega en caso de considerarlo pertinente.
Artículo 6.- Conflicto de intereses y control compensatorio. - Las fases pre contractual o pre convencional y la contractual o convencional, deberán contener controles de verificación de conflictos de interés, según los grados de parentesco detallados en el Anexo 2 de este
instrumento, entre los profesionales que solicitan registrarse en el listado de contratistas de infraestructura física; o, que ya forman parte de este y van a ser convocados para la presentación de ofertas.
En caso de existir un conflicto de intereses entre los profesionales detallados anteriormente con los funcionarios encargados de cualquier parte de las fases detalladas, podrá contratarse a este profesional, previa comunicación al jefe inmediato, para que autorice la contratación con la existencia de conflicto de intereses; y, en caso de que se autorice formalmente la selección o contratación, el funcionario objeto de este conflicto deberá excluirse de todos los procesos relacionados a la contratación o selección, de esta manera se establece las medidas compensatorias ante el conflicto de interés real o aparente
TÍTULO II: FASE PRE CONTRACTUAL O PRE CONVENCIONAL
Artículo 7.- Calificación. - Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en las contrataciones o convenciones reguladas por este Instructivo, deberán inscribirse al proceso de verificación cumpliendo los requisitos determinados por la UTPL, y determinados en el Anexo 1 del presente Instructivo. La UTPL comunicará a través de sus canales oficiales el cronograma y particularidades del proceso de calificación.
Artículo 8.- Verificación. - El Vicerrectorado Administrativo, a través de la Gerencia de Infraestructura Física, ejecutará de forma anual un proceso de análisis y verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la UTPL para que las personas naturales o jurídicas puedan ser incluidos en el Listado de Contratistas de Infraestructura Física.
Dicho análisis y verificación se realizará durante el primer trimestre del año, en función de un cronograma debidamente aprobado por el Vicerrector Administrativo.
El Oficial de Prevención y Cumplimiento en materia de Anticorrupción brindará asesoría en el proceso de verificación para procurar que los controles realizados sean adecuados para la mitigación de los riesgos y objetivos del programa de anticorrupción y brindar el soporte y acompañamiento necesario en relación este tema.
Artículo 9.- Registro. - Una vez concluido el proceso de verificación, la Gerencia de Infraestructura Física realizará el registro de los contratistas, que cumplen con todos los requisitos exigidos, en el Listado de Contratistas de Infraestructura Física, para gestionar su aprobación.
Artículo 10.- Proceso extraordinario de registro. - En el caso de que las características especiales de un proyecto de construcción no puedan ser solventadas por los contratistas registrados en el Listado de Contratistas de Infraestructura Física, se podrá invitar a otros profesionales que cumplan con el perfil para que realicen un proceso extraordinario de registro.
Todo proceso de registro extraordinario, deberá ser debidamente justificado para la aprobación del Vicerrector Administrativo y Rector.
TÍTULO III: FASE CONTRACTUAL O PRE CONVENCIONAL CAPÍTULO I: SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
Artículo 11.- Convocatoria. - Identificada una necesidad relacionada con la infraestructura física institucional, que ha sido previamente contemplada en el Plan de Inversión Anual aprobado por el Consejo Superior de la UTPL, la Gerencia de Infraestructura Física planificará y ejecutará una convocatoria a los profesionales que constan en el Listado de Contratistas de Infraestructura Física a fin de cubrir dicha necesidad. De forma anticipada se elaborará el Acta Previa a la Convocatoria de Contratistas.
Esta convocatoria será realizada en la forma y tiempo establecidos por el Vicerrectorado Administrativo, a través del correo electrónico señalado por el profesional o por comunicación escrita, y contendrá toda la información y términos de referencia para la presentación de las propuestas por parte de los profesionales.
Si existiere una necesidad de infraestructura física no contemplada en el Plan de Inversión Anual, la Gerencia de Infraestructura Física, deberá gestionar la aprobación según el nivel que corresponda en cumplimiento de la Política para la Gestión de Egresos de la UTPL.
Artículo 12.- Principio de alternancia y rotación. – Para la selección de los contratistas del Listado de Contratistas de Infraestructura Física que serán invitados a presentar sus ofertas para una obra de infraestructura física, la Gerencia de Infraestructura Física analizará la experiencia en el campo técnico especifico requerido y el monto de obras ejecutadas por los contratistas; y, se deberá aplicar el principio de rotación y alternancia, a fin de evitar la recurrencia de contrataciones. Como una medida para garantizar este principio no se podrá invitar a profesionales que tengan una obra en curso para la UTPL o hayan culminado un proyecto de obra en el periodo previo de tres meses hasta la fecha de selección. Para este efecto, en el Acta Previa a la Convocatoria de Contratistas, se incluirá un apartado que evidencie la aplicación de este principio.
La Gerencia de Infraestructura Física podrá aplicar otras medidas que considere pertinente, las que deberán quedar evidenciadas en el Acta de forma expresa.
Artículo 13.- Presentación de Oferta. - Los profesionales del Listado de Contratistas de Infraestructura Física, conforme a los cronogramas y planificación propuesta por la Gerencia de Infraestructura Física, revisada por la Dirección Administrativa Financiera y aprobada por el Vicerrector Administrativo, presentarán sus ofertas para cubrir la necesidad institucional convocada, en función de las características técnicas del proyecto y los precios unitarios establecidos por la Universidad.
La presentación deberá contener al menos la propuesta técnica y el presupuesto, se entregará en sobre cerrado a la Gerencia de Infraestructura Física, en las instalaciones de la UTPL. Únicamente en casos de fuerza mayor que impidan esta presentación a todos los oferentes, la Gerencia citada establecerá medidas y condiciones de forma excepcional.
Todos los documentos que presenten los contratistas deberán estar debidamente firmados; ser legibles y su contenido claro y completo; sin enmiendas o borrones; y, en los formatos establecidos en los términos de referencia.
Artículo 14.- Selección de Oferta. – Una vez culminado el tiempo de presentación de ofertas, el equipo de la Gerencia de Infraestructura Física, realizará el análisis técnico sobre el cumplimiento de las condiciones y términos de referencia de las ofertas presentadas. Una vez efectuada esta revisión, a través de una comisión conformada por el Director Administrativo
Financiero, el Gerente de Infraestructura Física y el Gerente Administrativo, se aplicarán los “Criterios y subcriterios para la selección de contratistas” establecidos en el Anexo 3 del presente Instructivo, que concluirá con la emisión del “Informe de Análisis y Contratación” en el cual se presenta las mejores ofertas y la recomendación de contratación para aprobación de la autoridad universitaria correspondiente de conformidad a los niveles de aprobación establecidos en la Política para la Gestión de Egresos de la UTPL.
El informe deberá contener la propuesta de al menos dos oferentes calificados, que se ajusten a las características técnicas constructivas de la obra. De no alcanzar el mínimo número de oferentes, la Gerencia de Infraestructura Física realizará un proceso extraordinario de registro, según proceso establecido en el artículo 10 de este instructivo.
La comisión podrá solicitar asesoría a las diferentes instancias y funcionarios de la universidad en caso de considerarlo necesario.
Artículo 15.- Adjudicación. - Una vez aprobada la selección del contratista, se notificará a todos los contratistas con los resultados del proceso.
La adjudicación de la obra se ajustará a los siguientes criterios generales:
1. Valor y tiempo de ejecución del contrato. – El monto y tiempo del contrato no podrán ser ajustados por el contratista bajo ninguna circunstancia, salvo el caso de que exista una justificación de fuerza mayor que sea advertida por el contratista y debidamente analizada y validada por la fiscalización, la cual notificará a la Gerencia de Infraestructura Física, para el análisis y toma de decisión que corresponda, según los niveles de aprobación.
Una vez aprobado el alcance del monto y cronograma de obra se procederá a la elaboración de la adenda al contrato inicial, por tanto, el contratista no podrá ejecutar rubros que previamente no estén formalizados contractualmente. La Universidad no reconocerá ningún valor invertido por parte del contratista si no existe la adenda de incremento al monto, plazo y características técnicas del contrato inicial.
2. Monto de anticipo. - El monto de anticipo en una contratación de infraestructura física dependerá de la naturaleza del contrato, pudiendo ser de hasta máximo el 70% del total. Este porcentaje será negociado con el contratista y se incluirá en el Informe de Análisis y Contratación.
De forma excepcional y previa justificación documentada por el contratista se podrá incrementar este porcentaje, con la aprobación de los mismos niveles de aprobación requeridos.
3. Garantías. – Para efectuar el desembolso de los valores contractuales, el contratista deberá entregar garantías bancarias o pólizas originales con la condición de irrevocable y de cobro inmediato. Las garantías requeridas por la Universidad dependerán del tipo de contratación, de la siguiente forma:
a. Contratación por obra cierta: Se requerirá la entrega de las siguientes garantías:
i. Buen uso del anticipo: Equivalente al 100 % del anticipo entregado, que debe estar vigente hasta devengar en monto entregado en calidad de anticipo.
ii. Fiel cumplimiento: Por un valor igual al 5 % del monto total del proyecto, que debe estar vigente hasta la entrega recepción definitiva.
b. Para el caso de la contratación de dirección técnica y administración delegada de fondos se entregará las siguientes garantías:
i. Buen uso del anticipo de los honorarios por dirección técnica y administración delegada de fondos: Equivalente al 100 % del anticipo entregado, que debe estar vigente hasta devengar en monto entregado en calidad de anticipo.
ii. Fiel cumplimiento: Por un valor igual al 5 % del monto total del proyecto, que debe estar vigente hasta la entrega recepción definitiva.
iii. Por el fondo rotativo de obra: Equivalente al 100% del fondo y debe estar vigente hasta devengar el monto entregado.
El manejo y control de las garantías, corresponde a la Gerencia de Infraestructura Física.
4. Multas. - La Universidad podrá establecer al contratista multas por las siguientes causas:
a. Por incremento no justificado en el monto contratado.
b. Por retraso injustificado del cronograma de obra.
c. Por incumplimiento de obligaciones contractuales.
d. Por incumplimiento de las condiciones técnicas propuestas por el contratista.
Las especificaciones de las multas se establecerán por el Vicerrectorado Administrativo, bajo propuesta de la Gerencia de Infraestructura Física, las cuales se incluirán en los contratos de obra correspondientes.
5. Subcontratación. - El contratista no podrá subcontratar el objeto del contrato adjudicado, únicamente se podrá subcontratar bienes o servicio contemplados en la oferta presentada por el contratista, que no formen parte del giro de su negocio, respetando las características técnicas establecidas en los términos de referencia y la declaración que realice el contratista en el Anexo 2: “Criterios y subcriterios para la selección de contratistas”.
CAPÍTULO II: CONTRATACIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA
Artículo 16.- Proceso de contratación. - Una vez realizada la notificación de la adjudicación, la Gerencia de Infraestructura Física gestionará la elaboración y formalización del contrato, en estricto cumplimiento del proceso y medio establecido por Procuraduría Universitaria, teniendo que acompañar a la solicitud de contratación al menos la siguiente documentación:
1. Informe de Análisis y Contratación.
2. Oferta del contratista adjudicado.
3. Documentos habilitantes del contratista: Ruc, cédulas, nombramientos, etc.
4. Autorizaciones que justifiquen excepcionalidades relacionadas con el monto y tiempo de ejecución, porcentajes de anticipo, condiciones especiales, no técnicas, a fijarse en el contrato.
5. Formulario de Visto Bueno en el formato y forma establecido por Procuraduría Universitaria.
6. Otros en virtud de las particularidades de cada contratista y obra a ejecutarse.
Artículo 17.- Tipo de Contratación. - La contratación de las obras de infraestructura reguladas por el presente instructivo se realizará bajo los siguientes tipos de contratación civiles establecidos por la UTPL:
1. Contrato de Ejecución por obra cierta. - Aplica para obras hasta USD $150.000,00. En este tipo de contrato, el contratista ejecuta la obra de forma total según la oferta técnica presentada y los términos de referencia establecidos por la UTPL.
2. Contrato de ejecución por Dirección Técnica y administración delegada de fondos. Se realiza este tipo de contrato para obras por montos mayores a USD $150.000,00. En este tipo de contratación, la UTPL establece la relación con el contratista para que se haga cargo de la ejecución técnica y administrativa de la obra conforme a la oferta presentada y términos de referencia del proyecto. La UTPL entregará un fondo rotativo de obra al contratista, que no podrá exceder del 40 % del monto total del proyecto. Este Fondo debe ser administrado e invertido en la ejecución de la obra y justificado de acuerdo al cronograma valorado para su reposición hasta el término de la misma.
Artículo 18.- Excepciones- El Rector resolverá todo cuanto no esté normado en el presente Instructivo o las situaciones excepcionales que se presentaren, a propuesta del Vicerrectorado Administrativo, acorde a los lineamientos institucionales y la normativa nacional vigente.
3. APROBACIÓN
Aprobado por la Rectora Subrogante de la Universidad Técnica Particular de lo Loja, con fecha 29 de julio del 2022, de conformidad a la facultad establecida en el Reglamento de Gestión de la Normativa Institucional de la UTPL.
4. ANEXOS
ANEXO 1
REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE CONTRATISTAS
Persona Natural | Persona Jurídica | ||
Criterios | 1. Cumplimiento | ||
1.1 Identificación | a. Formulario de Debida Diligencia. b. Cédula de ciudadanía. c. Hoja de vida del profesional que puntualice información sobre especialidad. d. Detalle de procesos judiciales impreso desde la página web del Consejo de la Judicatura (eSATJE). | a. Formulario de Debida Diligencia firmada por el representante legal. b. Confirmación de no tener causas procesales ejecutoriadas o en proceso por temas de corrupción. c. Carta de presentación, suscrita por el representante legal incluyendo la puntualización de la especialidad o |
Persona Natural | Persona Jurídica | ||
especialidades en obras civiles. d. Nómina actualizada de socios o accionistas en la que consten montos de acciones o participaciones. | |||
1.2 Cumplimiento tributario | Certificado de cumplimiento tributario (CCT) emitido por el Servicio xx Xxxxxx Internas (SRI). | Certificado de cumplimiento tributario (CCT) emitido por el Servicio xx Xxxxxx Internas (SRI). | |
1.3 Cumplimiento IESS | Certificado de cumplimiento de obligaciones patronales emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). | Certificado de cumplimiento de obligaciones patronales emitido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). | |
1.4 Cumplimiento societario | N/A | Certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías. | |
2. Experiencia general | |||
2.1 Proyectos realizados: | Actas de entrega recepción de los proyectos ejecutados de mayor relevancia por parte del contratista. | Actas de entrega recepción de los proyectos ejecutados de mayor relevancia por parte del contratista. | |
3. Capacidad técnica general | |||
3.1 Personal técnico base | Referencia del personal de apoyo que trabaja con el contratista, como maestro mayor, maestros de obra y mano de obra especializada. | Listado y experiencia del personal de apoyo de la empresa como maestro mayor, y maestros de obra y mano de obra especializada. | |
3.2 Equipo y maquinaria base | Listado de equipo y maquinaria propio para la ejecución de su actividad. | Listado de equipo y maquinaria propio para la ejecución de su actividad. | |
4. Apoyo administrativo | |||
4.1 Referencias comerciales | Certificados de las principales casas comerciales que forman parte de sus proveedores referente a su actividad. (Mínimo 3 certificados). | Certificados de las principales casas comerciales que forman parte de sus proveedores referente a su actividad. (Mínimo 3 certificados). | |
4.2 Personal soporte administrativo | Referencia del personal de apoyo administrativo que trabaja con el contratista, como xxxxxxxx, secretaria etc. | Listado y experiencia del personal de la empresa de apoyo administrativo como contador, secretaria, choferes etc. | |
4.3 Vinculación con UTPL | Aceptación de que en una obra asignada se pueda realizar | Aceptación de que en una obra asignada se pueda realizar |
Persona Natural | Persona Jurídica | ||
prácticas académicas con el apoyo del contratista. | prácticas académicas con el apoyo de la empresa. | ||
4.4 Situación financiera | a. Balance general firmado por el oferente persona natural con los siguientes cortes: i. Al 31 de diciembre del año anterior. b. Certificado bancario actualizada con saldo promedio y deudas por vencer y vencidas. c. Declaración de impuesto a la renta del último año. | a. Balance general y estado de resultados firmados por el representante legal y contador con los siguientes cortes: i. Al 31 de diciembre del año anterior. d. Certificado bancario actualizada con saldo promedio. y deudas por vencer y vencidas. b. Declaración de impuesto a la renta del último año. | |
Nota: La documentación requerida en cada subcriterio de la categoría “Cumplimiento” deberá ser presentada por el interesado, caso contrario será descartado. Así también, cada subcriterio de la categoría mencionada permitirá sumar para la valoración final. |
ANEXO 2 GRADOS DE PARENTESCO
1. Conyugue o Unión de hecho
2. Por consanguinidad
Grado | Por consanguinidad |
1° | Padres e hijos |
2° | Abuelos, nietos y hermanos |
3° | Bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos carnales |
4° | Tatarabuelos, tataranietos, tíos segundos, primos hermanos y sobrinos segundos |
3. Por afinidad
Grado | Por Afinidad | |||||
1° | Suegros, entenados | nueras | y | yernos, | hijastros | o |
2° | Padres de los suegros, cuñados y nietos |
ANEXO 3
CRITERIOS Y SUBCRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATISTAS
Rango 1 | Rango 2 | |||
Criterios | 1. Experiencia específica (20%) | |||
1.1. Proyectos similares | 10% | Actas de entrega recepción definitivas que acrediten la experiencia de proyectos similares de al menos USD $30.000 – 150.000,00. | Actas de entrega recepción definitivas que acrediten experiencia de proyectos similares entre USD $150.001,00 en adelante. | |
1.2. Experiencia con UTPL | 10% | Actas de entrega recepción definitivas de proyectos relevantes ejecutados para la UTPL. | Actas de entrega recepción definitivas de proyectos relevantes ejecutados para la UTPL. | |
2. Capacidad técnica específica (35%) | ||||
2.1. Personal técnico a ser asignado en obra | 15% | Listado y experiencia del personal a ser asignado en la oferta y su tiempo de asignación en el proceso de ejecución. | ||
2.2. Equipo y maquinaria a ser asignado en la obra | 10% | Listado del equipo a ser usado en el proceso constructivo de la obra. | ||
2.3. Calidad y experiencia de los proveedores | 10% | Certificados de los proveedores a ser utilizados en el proceso constructivo de la obra. | ||
3. Costo de obra (45%) | ||||
3.1. Oferta del proyecto (costos directos) | 30% | Se calificará la oferta presentada en función de los costos directos referenciales de la UTPL, que fueron entregados al oferente para que presente su oferta. | ||
3.2. Oferta del proyecto (costos indirectos) | 15% | Se calificará la oferta presentada en función de los costos indirectos presentados. |