CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL Nº 02 Y EL ARZOBISPADO DE LIMA
CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL Nº 02 Y EL ARZOBISPADO DE LIMA
Conste por el presente documento el convenio que celebran de una parte la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Rímac, que en adelante se denominará “UGEL 02”, representada por la Directora Educadora. Xxxxxx Xxxxxx XXXXX XXXXX, con DNI Nº 00000000, designada mediante Resolución Ministerial Nº 0194-2004 ED, de fecha 22 xx xxxxx del 2004, con domicilio legal en el xxxxx Camino de Amancaes s/n del Distrito xxx Xxxxx, y de otra parte el Arzobispado de Lima, que en adelante se denominará EL ARZOBISPADO DE LIMA, representado Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxx, identificado con DNI N° 00000000 Director Sindicatura Eclesiástica del Arzobispado de Lima con ficha registral N°00000000 y representante de la promotoría de la Institución Educativa Privada “Externado Xxxxx Xxxxxxx” con domicilio Legal en Xx. Xxxxxxxx x/x. Xxxxxx 0, Xxxxxxx xx Xxxx en los términos y condiciones que se especifican en las siguientes cláusulas:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
1.1 La UGEL 02, es un órgano descentralizado del Ministerio de Educación que tiene finalidad contribuir a la formación integral de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos en su desarrollo como personas; dirigiendo y gestionando el proceso educativo en las instituciones educativas en los niveles de inicial, primaria y secundaria en el ámbito de su jurisdicción, asimismo el crecimiento de su comunidad basado en la practica de valores y generando alternativas de cambio que satisfagan y respondan a mejorar las condiciones de vida y desarrollo humano de la población de los distritos xx Xxxxx, Independencia, San Xxxxxx xx Xxxxxx y Los Olivos.
1.2 EL ARZOBISPADO DE LIMA, es una jurisdicción eclesiástica del Perú, de conformidad con el Xxxxxxx xxxxx xx Xxxxx Xxxx x xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx, gozando de la personería jurídica de carácter público. En el ejercicio de sus facultades es promotor de la Institución Educativa “Externado Xxxxx Xxxxxxx”, reconocido por Resolución Ministerial N° 13234-58 como Colegio Particular para los niveles de Educación Primaria y Secundaria de Menores de Varones, brindando los servicios educativos con gestión autónoma y sostenida por sus tres pilares básicos: el personal del plantel, el alumnado y los padres de familia basados en los principios religiosos que la guían.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETIVO DEL CONVENIO
Mediante el presente Xxxxxxxx, la UGEL 02 y el ARZOBISPADO DE LIMA expresan su voluntad y acuerdo de contribuir a la formación integral del educando, centrada en los valores conocidos para tal desarrollo por la Iglesia Católica. Afianzar una sólida democracia, cultivar los sentimientos patrios , la integración cultural a lo propio, desde una amplia perspectiva latino americana, fundar ésta en principios que atiendan el bien común, respeto a la vida y que salvaguarden los derechos humanos de todos por igual, orientar el desarrollo del educando en base a principios axiológicos que les permitan
asumir un compromiso concreto en su fe y sanas verdades para su Patria como hombres del futuro.
CLAUSULA TERCERA :DEL OBJETO DEL CONVENIO
El presente convenio es promovido por las partes y tiene por objeto establecer acciones conjuntas sumar esfuerzos para el mejoramiento de la gestión escolar y el servicio educativo, dando lugar las correspondientes consideraciones legales vigentes en este tipo de convenio.
CLAUSULA CUARTA : DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES
La UGEL 02, se compromete a:
a) Ratificar la autorización y funcionamiento de la Institución Educativa “Externado Xxxxx Xxxxxxx”, xx Xxxxxxx Publica Privada Católica promovido por el Arzobispado de Lima.
b) Asignar plazas docentes en función a la demanda, metas de atención previstas y disponibilidad presupuestal, las mismas que serán cubiertas mediante acciones de personal, a propuesta del Director de la Institución educativa. Recibida la propuesta la UGEL 02, efectuará las acciones de personal correspondientes, cautelando que se cumplan los requisitos xx Xxx. El personal al que se refiere estará sujeto a legislación del personal que presta servicios al Estado.
c) Las plazas docentes serán consideradas en el presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local 02.
d) Xxxxxxxx y capacitar al personal directivo, docente y auxiliares de educación en aspectos técnico pedagógico y de gestión.
e) Supervisar y evaluar la gestión Técnico Pedagógica, Institucional y Administrativa de la Institución Educativa.
EL ARZOBISPADO DE LIMA, se compromete a:
a) Xxxxxxxx, crear y mantener dentro de sus posibilidades el esfuerzo por dignificar la educación en su demarcación arzobispal.
b) Prestar servicios educativos de preferencia a los alumnos que provengan de familias de escasos recursos económicos previa verificación de su situación Socio- Económica y que vivan en el ámbito de su jurisdicción.
c) Garantizar el funcionamiento de la Institución Educativa.
d) Organizar el escalafón del personal asignados por la UGEL 02, que labore en la Institución Educativa , donde se registran los méritos y deméritos del personal que presta servicios en la Institución.
e) Designar al Director de la Institución Educativa, tomando en cuenta el perfil para el cargo y los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
f) Las plazas docentes, otorgadas por la UGEL 02, serán cubiertas necesariamente a propuesta del Director de la Institución Educativa en coordinación con el Promotor.
g) Proporcionar el local y equipamiento educativo para el funcionamiento de la Institución Educativa Externado “Xxxxx Xxxxxxx”, quedando entendido que será de uso exclusivo de estos y no podrán ser utilizados por instituciones y/o personas
ajenas a la institución salvo autorización del Promotor. El aporte de los padres de familia se rige por las normas establecidas para las instituciones de gestión privada.
h) Contribuir a la formación continua del maestro, mediante acciones de capacitación y actualización.
XXXXXXXX XXXXXX .- DE LA EJECUCIÓN, EVALUACIÓN Y COORDINACIÓN
Para la coordinación, ejecución y evaluación del presente Xxxxxxxx, el ARZOBISPADO DE LIMA nombra al Director de la Institución Educativa como responsable de su implementación. Representa a la UGEL 02, un especialista del Área de Gestión Pedagógica, designado por la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local 02.
CLAUSULA SÉXTA.- DE LA VIGENCIA DEL CONVENIO
El Período de vigencia del presente Convenio será de dos (02) años, a partir de la suscripción y autorización por Resolución Directoral, previa evaluación podrá ser renovado de mutuo acuerdo de las partes.
Asimismo, las partes se reservan el derecho de resolver el Convenio cuando se produzca el incumplimiento de alguno de los compromisos contraídos en él. Lo que deberá comunicarse con un plazo de treinta (30) días hábiles de anticipación.
Estando de acuerdo con todas y cada una de las cláusulas del presente Convenio, se suscribe , dando fe y conformidad en tres ejemplares de igual valor, a los veinte (20) días del mes xx Xxxxx del año dos mil cinco.
Edc. Xxxxxx Xxxxxx XXXXX XXXXX Directora de la Unidad de Gestión Educativa Local 02
Xx. Xxxxxx XXXXX XXX Director
Sindicatura Eclesiástica Arzobispado de Lima