CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
ANEXO 1 CLAUSULA DE PERMANENCIA MINIMA Y PRÓRROGA AUTOMÁTICA
(Resolución de la CRC sobre Régimen de protección de los Usuarios) - Resolución 3066 de 2011
Señor SUSCRIPTOR
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El presente contrato lo obliga a estar vinculado con CABLE & TV YOPAL SAS – OPERADOR, sociedad comercial colombiana debidamente constituida, identificada con NIT 900047715 - 5, durante un tiempo mínimo de VENTICUATRO (24) meses, además cuando venza el plazo indicado el presente contrato se renovará automáticamente por el plazo igual al originalmente pactado, y así sucesivamente, Para las prórrogas automáticas no aplica la permanencia mínima, y finalmente, en caso de que usted decida terminar el contrato antes de que venza el periodo de permanencia mínima señalado, usted deberá pagar los siguientes valores por concepto de subsidio del cargo de conexión o suscripción, una tarifa especial, o el comodato de equipos para el uso del servicio, como se estipula la siguiente tabla:
VALORES A PAGAR POR TERMINACION ANTICIPADA EN MESES | ||||||||||||
Mes de retiro del servicio | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
Valor total cláusula de permanencia | $185.000 | $165.000 | $150.000 | $135.000 | $120.000 | $105.000 | $90.000 | $75.000 | $60.000 | $45.000 | $30.000 | $0 |
La oferta aceptada por el usuario consiste en:
Una vez esta condición sea aceptada expresamente por usted, debe permanecer en el contrato por el tiempo acordado en la presente cláusula, y queda vinculado con el CABLE & TV YOPAL SAS de acuerdo con las condiciones del presente contrato. Cuando el SUSCRIPTOR quiera dar por terminado el contrato o la(s) orden(es) de servicio después de vencido el término inicialmente pactado en ellos, podrá hacerlo siempre y cuando el OPERADOR, reciba aviso en tal sentido con una antelación no inferior a treinta (30) días calendario.
Si la terminación anticipada del contrato o la(s) orden(es) de servicio es imputable al OPERADOR, no se generarán los efectos indicados en el presente anexo. En el caso de dar anticipadamente por terminado uno de los varios servicios incluidos dentro del contrato o la(s) orden(es) de servicio, se aplicará igualmente lo señalado en la tabla anterior, debiendo el SUSCRIPTOR, pagar los valores adeudados por cada servicio, hasta la fecha de terminación anticipada, dentro del plazo indicado en la factura.
Para constancia se firma a los _ días del mes de _del año 20 _
Acepto:
FIRMA
NOMBRES Y APELLIDOS: C.C:
HUELLA
Calle 9 Nº 22-30 – PBX. : (0) 0000000 Web: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx Línea gratuita nacional: 018000961456
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