CONSIDERANDO:
Resolución Xxxxxx Xx 000/0000 XXX xxxxxxxx, 05/05/2021
AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA, APRUEBA BASES TÉCNICAS, ADMINISTRATIVAS Y SUS ANEXOS, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES, Y DESIGNA COMISIÓN EVALUADORA.
VISTO: Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los Decretos con Fuerza xx Xxx N° 343, de 1953 y N° 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda, relativos a la organización, obligaciones y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el Decreto Xxx Xx 000, xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, que creó el Ministerio de Transportes; en el Decreto Supremo N° 32, de 2008, que delegó facultades en el Subsecretario de Transportes y en el Decreto Supremo N° 34, de 2018, que nombró a don Xxxx Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx, en el cargo de Subsecretario de Transportes, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la Resolución Exenta N° 7, de 19 de enero de 2021, de la Subsecretaría de Transportes, que aprobó el Plan de Compras 2021 de la Subsecretaría de Transportes, Secretaría General de Transportes y Programas dependientes; en la Ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público para el año 2021; en las Resoluciones N° 7, de 2019 y N° 16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y determinan los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda; y en la demás normativa aplicable.
CONSIDERANDO:
1. Que, la Subsecretaría de Transportes requiere contratar los servicios de obras menores para habilitar el primer piso del edificio ubicado en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xx xx xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx.
Por medio de dichas obras se pretende crear los espacios físicos necesarios para unificar todas las unidades que atienden público en un solo lugar y de esa forma facilitar a los usuarios la realización de los diversos trámites que deben ser gestionados en las oficinas de la Subsecretaría de Transportes.
Para tales efectos, a través de Memorándum N° 2270/2021 DAF, de 31 xx xxxxx de 2021, el Encargado de la Unidad de Servicios Generales, remitió al Jefe del Departamento Administrativo de esta Subsecretaría, las bases técnicas y administrativas de licitación con las especificaciones del servicio requerido.
2. Que, revisado el catálogo de Productos y Servicios del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, se concluyó que el servicio requerido no se encuentra disponible a través del sistema de Convenio Marco de la Dirección de
Compras y Contratación Pública, en conformidad con lo indicado en el formulario “Antecedentes proceso de adquisición o contratación de bien o servicios”, de la presente contratación, por lo que, acorde con lo preceptuado en el artículo 9° del X.X. Xx 000, xx 0000, xxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Compras y Contratación Pública, corresponde realizar una Licitación Pública para la contratación del servicio indicado en el primer considerando de la presente Resolución Exenta.
3. Que, en el marco del Plan de Compras 2021, aprobado por la Resolución Exenta N° 7, de 2021, citada en el Visto, y atendidas las circunstancias expuestas, mediante el presente acto administrativo se aprobarán las bases de licitación y los correspondientes anexos para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx, y se convocará al proceso concursal correspondiente.
4. Que, conforme se establece en las bases de licitación que por este acto se aprueban, corresponde, además, designar en este acto a los integrantes de la Comisión Evaluadora.
5. Que, existe disponibilidad presupuestaria para la contratación del servicio en referencia, conforme lo establecido en la Ley N° 21.289, que aprobó el Presupuesto para el Sector Público para el año 2021.
6. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, se redactaron las bases de licitación que se aprueban por el presente acto administrativo, las que observan los principios de igualdad y libre concurrencia de los oferentes al llamado, que rigen los procedimientos concursales y cumplen con los requerimientos técnicos y jurídicos, las que deben publicarse en la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
R E S U E L V O:
1. AUTORÍZASE el llamado a Licitación Pública para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, de la Subsecretaría de Transportes.
2. APRUÉBANSE las Bases de la Licitación Pública y sus respectivos anexos, cuyo texto íntegro se inserta a continuación:
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL DE AMUNÁTEGUI N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES.
Las presentes Bases establecen los requerimientos administrativos, técnicos y económicos que regirán el presente proceso de licitación pública y contienen las disposiciones generales que regirán las relaciones entre la Subsecretaría de Transportes, en adelante e indistintamente, la “Subsecretaría”, y quienes proporcionen el servicio a que se refiere el presente llamado, en adelante “proveedores”, “oferentes” o “proponentes”, “adjudicatario” y “contratista”, según corresponda, de acuerdo a cada una de las etapas del proceso de licitación, y en todas las materias relacionadas con la contratación del servicio que se licita.
La entidad contratante del servicio objeto de estas Bases será para todos los efectos la Subsecretaría de Transportes, quien realizará las labores de supervisión y coordinación del contrato.
1. BASES TÉCNICAS
1.1. ANTECEDENTES
La Subsecretaría de Transportes, llama a los proveedores del rubro, a presentar sus ofertas para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional xx Xxxxxxxxxx N° 139, Santiago, de la Subsecretaría de Transportes.
La sola presentación de la oferta, significa la aceptación por parte del oferente de la totalidad de los requisitos, tanto técnicos como administrativos, establecidos en las presentes bases.
1.2. NECESIDAD Y PERTINENCIA
Se requiere realizar un proyecto de habilitación en el primer piso del edificio ubicado en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, consistente en la ejecución de obras menores, con la finalidad de unificar, en un solo lugar, los trámites presenciales que realiza el público general en la Subsecretaría de Transportes y en la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana (en adelante e indistintamente, “Seremitt de la Región Metropolitana”).
De acuerdo a lo anterior y en concordancia con la Ley de Compras Públicas, resulta pertinente licitar la prestación de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx.
1.3. JUSTIFICACIÓN
La ejecución de las obras menores que se licita por medio de esta convocatoria, permitirá proporcionar un espacio físico adecuado para la atención de público, considerando el flujo normal de personas que habitualmente realizan trámites presenciales en la Subsecretaría de Transportes y en la Seremitt de la Región Metropolitana, y para que los servidores que atienden a dicho público puedan realizar sus tareas óptimamente.
1.4. OBJETIVO
Contar con un espacio físico que permita mejorar la atención de público que realiza la Subsecretaría de Transportes y la Seremitt de la Región Metropolitana, de acuerdo al proyecto arquitectónico desarrollado para este fin. La información relacionada al proyecto se encuentra en los Anexos 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14.
1.5. NORMATIVA TÉCNICA Y DEFINICIONES
A continuación, se describen ciertas consideraciones generales y definiciones que deben tomarse en cuenta en el desarrollo del proyecto de habilitación objeto de la presente licitación.
Normativa aplicable al proyecto de habilitación en cuanto corresponda:
1) Ley General de Urbanismo y Construcciones y sus modificaciones. D.F.L. Nº 458/75 del MINVU y sus modificaciones.
2) Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, DS Nº 47, del MINVU 1992 y sus modificaciones posteriores.
3) Circulares de División de Desarrollo Urbano del MINVU.
4) Plan Regulador Comunal, Seccional y Ordenanza de la I. Municipalidad respectiva.
5) Normas del Fabricante en el empleo de materiales.
6) Normas Chilenas oficiales obligatorias del Instituto Nacional de Normalización referentes a materias de construcción.
7) Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Alcantarillado y Agua Potable.
8) Reglamento para Instalaciones domiciliarias de gas de cañería y envasado.
9) Reglamento Sanitario de los Alimentos X.X. Xx 000/00 xxx XXXXXX.
10) Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo D.S. Nº 594/99 xxx XXXXXX.
11) Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
12) Ley N° 20.422 / febrero 2010 Establece Normas Sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad.
13) Documento Técnico de Referencia (DTR) SENADIS N° 1010 del 27 xx xxxxx de 2016 respecto Accesibilidad Universal.
14) Normativa Sísmica para elementos secundarios.
15) Todo Reglamento o Norma que se aplique al diseño y a la construcción para este tipo de edificio.
16) Normativa contra incendio americana de la NFPA (National Fire Protection Association).
17) Normas y Reglamentos vigentes para instalaciones eléctricas, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
18) NCH 2/84 Elaboración y Presentación de Proyectos.
19) NCH 4/2003 Instalaciones Interiores en Baja Tensión.
20) NSEG 5 En 71 Electricidad Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes.
21) NCH 10/84 Trámite para la Puesta en Servicio de una Instalación Interior.
22) NSEG 21 En 78 ELECTRICIDAD. Alumbrado Público en Sectores Residenciales.
23) Normas I. N. N.
24) Recomendaciones de: National Electric Safety Code.
25) ANSI/TIA/EIA–568–B.1, Estándar de Cableado de Telecomunicaciones de Edificios Comerciales, Parte 1: Requerimientos Generales, abril del 2001.
26) ANSI/TIA/EIA–568–B.2, Estándar de Cableado de Telecomunicaciones de Edificios Comerciales, Parte 2: Componentes de Cableado de Par Trenzado Balanceado, abril del 2001.
27) ANSI/TIA/EIA–568–B.3, Estándar de Cableado de Telecomunicaciones de Edificios Comerciales, Parte 3: Componentes de Cableado de Fibra Óptica, marzo del 2000.
28) ANSI/TIA/EIA–569–A, Estándar de Canalizaciones y Espacios de Telecomunicaciones para Edificios Comerciales, febrero de 1998.
29) ANSI/TIA/EIA–606–A, Estándar de Administración para Infraestructura de Telecomunicaciones de Edificios Comerciales, febrero del 2002.
30) ANSI/J–STD–607–A, Requerimientos de Conexión (Aterrizaje) y Puesta a Tierra para Telecomunicaciones en Edificios Comerciales, octubre del 2002.
31) Estándar de referencia ISO 11801. TIA/EIA 568–D.1–4, “Normativa de Cableado de Telecomunicaciones en Edificios Comerciales”.
32) TIA/EIA-569 D, “Espacios y Rutas de Telecomunicaciones”
33) TIA/EIA-526-14, “Método estandarizado de prueba de cables de fibra óptica”.
34) IEEE 802.3ae 10Gigabit Ethernet (10-GbE)
35) IEEE 802.3an 10Gigabit Ethernet (10-GbE) 36) UL444/UL1581/UL1666
37) ANSI/TIA-968-B-3-2016.
38) IEC 60603-7-81:2015/COR1:2017, “Conectores para equipamiento electrónico - Part 7-81”.
39) ISO/IEC 8877.
40) IEC 00000-0-0, “Especifica el procedimiento para probar la resistencia a la propagación vertical de la llama para un único conductor o cable vertical aislado, o cable de fibra óptica, en condiciones de incendio”
41) IEEE 802.3af, “Estándar XxX”
42) IEEE 802.3at, “Estándar PoE+”
43) IEEE 802.11n, “Estándar WiFi”
44) TIA-162-A Telecommunications Cabling Guidelines for Wireless Access Points.
45) NCh 934/935/2095 para la Prevención de Incendios.
46) ANSI/J–STD–607-C, Requerimientos de Conexión y Puesta a Tierra para Telecomunicaciones en Edificios Comerciales.
47) Normas IEC (International Electrotechnical Commission).
48) NEC Código Nacional Eléctrico - EE.UU.
49) Normas CENELEC (Comité Europeo de Normalización Electrotécnica).
50) Las recomendaciones del instituto ECRI (Emergency Care Research Institute).
51) Norma UNE (Unión Europea) que abarca la materia de estas bases de licitación.
52) Normas NFPA (National Fire Protection Association) relativas a materiales eléctricos).
53) NFPA70 Código Eléctrico Nacional - EE.UU.
54) NFPA-72: Código eléctrico nacional Sistema de Intrusión: de incendio y señalización (versión vigente).
55) Normas IEC 601-1, VDE y UL (seguridad).
56) BICSI – TDMM, Servicio Consultivo Internacional de la Industria de la Construcción (Building Industry Consulting Service International – BICSI), Manual de Métodos de Distribución de Telecomunicaciones (Telecommunications Distribution Methods Manual – TDMM).
57) ANSI/TIA/EIA–526–14B: OFSTP–14–B (multimodo).
58) ANSI/TIA/EIA–526–7: OFSTP–7 (monomodo).
59) ANSI/TIA/EIA–455–78B.
60) ANSI/TIA/EIA–568–C.0.
61) TIA/TSB–4979.
62) ANSI/TIA–606–B.
63) Ley N° 18.168 de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.
64) Resolución Exenta N° 840 de 2007, que modifica el artículo 1° de la Resolución Exenta N° 755 de 2005, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija norma técnica de equipos de alcance reducido.
65) ASHRAE American Society of Heating, Refrigerating and Air Conditioning Engineers.
66) SMACNA Sheet Metal & Air Conditioning Contractor’s National Association.
67) NCH 148 - Cemento, Terminología, Clasificación y Especificaciones Generales.
68) NCH 161 - Cementos, Puzolana para usos de cementos. Especificaciones.
69) NCH 163 - Áridos para Morteros y hormigones – Requisitos Generales.
70) NCH 170 - Hormigón, Requisitos Generales.
71) NCH 171 - Hormigón, Extracción de muestras de hormigón fresco.
72) NCH 203 - Acero para uso estructural.
73) NCH 204 - Acero, barras laminadas en caliente para hormigón armado.
74) NCH 211 - Acero, barras con resaltes para hormigón armado. Requisitos de los resaltes.
75) NCH 227 - Alambres xx xxxxx para usos generales. Especificaciones.
76) NCH 429 - Hormigón armado, parte I.
77) NCH 1017 - Hormigón confección y curado en la obra de probetas para ensayo de compresión y tracción.
78) NCH 1019 - Hormigón. Determinación de la docilidad. Método del asentamiento del Xxxx xx Xxxxxxx.
79) NCH 144/1 - Áridos para morteros y hormigones. Determinación de sales. Parte I: determinación de cloruros y sulfatos.
80) NCH 1498 - Hormigón. Agua de amasado, Requisitos.
81) DS Nº 60, (V. y U.), de 2011 Reglamento que fija los requisitos de diseño y cálculo para el hormigón armado y deroga Decreto Nº 118, de 2010.
82) 000-CCD-001 “Criterios de Diseño Civil Estructural”.
83) SPC-1000-SC-001 “Materiales, Transporte, colocación y fabricación de Hormigones”.
84) SPC-1000-CE-001 “Especificaciones Generales de Movimiento de Tierra”.
85) ACI 318S-08 “Reglamento para Concreto Estructural”, American Concrete Institute.
86) ACI 117-81 Standard Tolerances for concrete construction and materials.
87) ACI 301-72 Specifications for structural Concrete for buildings.
88) ACI 347-78 Recomended for Structural Concrete Formwork.
89) ACI 315-80 Manual of Standard Practice for Detailing Concrete Structures.
90) ACI SP-2 ACI Manual of Concrete Inspection.
91) NCH 427E - Construcción. Especificaciones para el cálculo de estructuras xx Xxxxx para edificios.
92) NCH 428 - Ejecución de construcciones xx xxxxx.
93) NCH 203 - Acero para uso estructural. Requisitos.
94) NCH 206 - Acero laminado en barras para pernos corrientes.
95) NCH 208 - Acero laminado en barras para tuercas corrientes.
96) NCH 209 - Acero planchas gruesas para usos generales.
97) NCH 212 - Acero planchas delgadas laminadas en calientes, para usos generales.
98) NCH 217 - Acero planchas delgadas para usos estructurales.
99) NCH 300 - Ingeniería mecánica. Pernos, tuercas y accesorios. Terminología, nomenclatura y designación.
100) NCH 301 - Pernos xx xxxxx con cabeza y tuerca hexagonales.
101) NCH 304 - Electrodos para soldar al arco manual. Terminología y clasificación.
102) NCH 305 - Electrodos para soldar al arco manual. Aceros al carbono y aceros de baja aleación.
103) NCH 306 - Electrodos revestidos para soldar al arco manual. Aceros al carbono y aceros de baja aleación.
104) NCH 308 - Examen de soldadores que trabajan con arco eléctrico.
105) NCH 701 Acero - Planchas delgadas xx xxxxx al carbono laminadas en caliente.
106) NCH 703 Acero - Planchas gruesas xx xxxxx al carbono laminadas en caliente.
107) NCH 730 - Acero. Perfiles estructurales soldados al arco sumergido.
108) NCH 776 - Electrodos desnudos para soldar al arco sumergido.
109) SPC-1000-SS-001 - Suministro, detallamiento, fabricación y montaje de estructuras xx Xxxxx.
110) ANSI/AISC 360-10 Specification for the design, fabrication and erection of structural steel for buildings.
111) RCSC-2004 Specification for estructural joints using ASTM A325 or A490 bolts.
112) ASTM A 325-14 Specification for high strenghth bolts for structural steel joints including suitable nuts and plain hardened washers.
113) AWS D1.1-2008 Structural Welding Code.
114) AWS A5.1-91 Specification for coverd Carbon steel Arc welding electrodes
115) AWS A5.17-97 Specification for carbon Steel Electrodes and fluxes for Submerged Arc Welding.
116) AWS A5.18-93 Specification for carbon steel filler metals for gas metal arc welding
117) NCH 1001 - Pinturas. Determinación de la densidad.
118) NCH 1003 - Pinturas. Determinación de la viscosidad mediante el viscosímetro Storner.
119) NCH 1007 - Pinturas. Determinación del espesor de película seca.
120) NCH 1008 - Pinturas. Determinación de la resistencia a la abrasión.
121) NCH 1010 - Pinturas. Determinación del brillo.
122) Steel Structures Painting Council (SSPC) para preparación de superficies.
123) Steel Structures Painting Council (SSPC) Volumen 1. "Good Painting Practice", última edición.
124) Steel Structures Painting Council (SSPC) Volumen 2. "System and Specifications", última edición.
Definiciones
a) Contraparte Técnica: El funcionario profesional que, nombrado a través de un acto administrativo, asume el derecho y la obligación de fiscalizar la correcta ejecución de las obras y el fiel cumplimiento de un contrato de habilitación.
b) Propuesta a Xxxx Xxxxxx: La propuesta a precio fijo, en la que las cantidades de obras se entienden inamovibles, salvo que la contratación permita su modificación por razones fundamentadas.
c) Contratista: Persona natural o jurídica o Unión Temporal de Proveedores que, en virtud del contrato, contrae la obligación de ejecutar una obra material.
d) Obras nuevas o extraordinarias: Las obras que se incorporen o agreguen al proyecto para llevar a un mejor término la obra contratada.
e) Modificación de obras: El reemplazo de parte de las obras contenidas en el proyecto de la Subsecretaría por obras nuevas o extraordinarias.
f) Programa de Trabajo: La ordenación dentro del plazo de vigencia del contrato, del desarrollo de las diversas etapas, partidas o ítem de la obra, sea que ellas deban ser ejecutadas en forma simultánea o sucesiva.
g) Libro de Obras: Libro que contiene toda comunicación que la contraparte técnica dirija al contratista en relación al cumplimiento del contrato, además de las anotaciones relativas al desarrollo de un contrato de obras, tales como el acto administrativo que aprueba el contrato, identificación de la contraparte técnica, del profesional residente, de los subcontratistas que participaron en la obra con sus correspondientes autorizaciones, de los especialistas que participaron en el contrato de obra, del prevencionista de riesgos, etc. Este Libro será sustentado en soporte de papel.
h) Ítems Globales: Ítems que estipula el valor total de la obra identificada con esta medida sin diferenciar el valor de cada componente que la conforma. Considera su pago contra la obra terminada.
i) Día Corrido: Cuando los plazos establecidos en este pliego de condiciones estén dispuestos en días corridos, se considerará como tales, todos los días, de lunes x xxxxxxx, incluyendo festivos. En cualquier caso, si el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
j) Día Hábil: Cuando los plazos establecidos en este pliego de condiciones estén dispuestos en días hábiles, se entenderá por tales los días lunes a viernes, con exclusión de los festivos.
k) Día Inhábil: Se entenderá por días inhábiles los días domingo y festivos.
1.6. PROYECTO DE HABILITACIÓN.
Las obras del proyecto de habilitación del primer piso del edificio institucional de Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx, serán efectuadas a través de la contratación tipo “Suma Alzada”, y contemplarán ítems donde el contratista deberá considerar los costos completos (gastos de ejecución más provisión de materiales) e ítems respecto de los cuales solo deberá considerar costos de instalación, debido a que los materiales serán provistos por la Subsecretaría de Transportes.
El itemizado del proyecto es el siguiente:
Ítem | Partida |
1 | OBRAS DE CONSTRUCCION PRELIMINARES. |
1.1 | Instalación de faenas. |
1.2 | Instalación de electricidad. Tableros de distribución y extensiones. |
1.3 | Instalación xx xxxxx y camarines provisorios en primer piso. |
2 | OBRAS DEMOLICIONES RETIROS Y DESARMES. |
2.1 | Retiro y Desarme de Obra Gruesa. |
2.1.1 | Demolición y retiro xx xxxxx de albañilería. |
2.1.2 | Demolición y retiro xx xxxx de Hormigón Armado (H.A.) |
2.1.3 | Demolición y retiro de pilares metálicos. |
2.1.4 | Demolición y retiro xx xxxx H.A. |
2.2 | Retiro y Desarme de Terminaciones, Equipos y Cableados. |
2.2.1 | Retiro de puertas, ventanas y xxxxxx. |
2.2.2 | Retiro de cielos de yeso cartón, cielo modular, perfiles y otros existentes. |
2.2.3 | Retiro de escombros. |
2.2.4 | Retiro de pavimentos: piso flotante, cerámica. |
2.2.5 | Retiro de mobiliario. |
2.2.6 | Retiro de artefactos sanitarios (WC, urinarios, lavamanos). |
2.2.7 | Demolición y retiro de tabiques. |
2.2.8 | Retiro de equipos de aire acondicionado en desuso y traslado a bodega de baja. |
2.2.9 | Retiro de cableado de red en desuso. |
2.2.10 | Retiro de cableado eléctrico en desuso. |
2.2.11 | Retiro de cableado de telefonía en desuso. |
2.2.12 | Retiro de tuberías de equipos de aire acondicionado. |
2.3 | Reubicación de equipos, estructuras y terminaciones. |
2.3.1 | Reubicación de equipos de aire acondicionado. |
2.3.2 | Reubicación de Grupo Electrógeno. |
2.3.3 | Reubicación de shafts de descarga de alcantarillado desde pisos superiores. |
2.3.4 | Retiro y reubicación de protecciones metálicas de fachada principal. |
2.3.5 | Retiro y reubicación de baranda terraza piso 3. |
2.3.6 | Reubicación de tuberías de Bajadas de Aguas Lluvias. |
3 | OBRA GRUESA. |
3.1 | Trazado de obra. |
3.2 | Refuerzo cielo subterráneo en rampa de accesibilidad. |
3.2.1 | Viga acero IPE 300. |
3.2.2 | Canal 150X50X3mm. |
3.2.3 | Contrachapado 18mm. |
3.2.4 | Malla electrosoldada Acma C92 o equivalente. |
3.2.5 | Hormigón rampa. |
3.3 | Ejecución xx xxxx de hormigón armado en patio. |
3.3.1 | Viga acero IPE 200. |
3.3.2 | Ángulo Metálico 100X100X6 mm. |
3.3.3 | Losa tipo Instadeck 12 o equivalente. |
3.3.4 | Hormigón Losa. |
3.3.5 | Malla electrosoldada Xxxx X-000 o equivalente. |
3.3.6 | Puente de Adherencia tipo COLMAFIX o equivalente. |
3.3.7 | Epóxico SET-XP o equivalente. |
3.4 | Reemplazo pilares metálicos primer piso. |
3.4.1 | Canal 150X50X3 mm. |
3.4.2 | Contrachapado 18 mm. |
3.4.3 | Malla electrosoldada Acma C92 o equivalente. |
3.4.4 | Hormigón Losa. |
3.4.5 | Perno Titen HD Tipo Hilti o equivalente. |
3.5 | Refuerzo muro hormigón armado en patio. |
3.5.1 | Refuerzo estructural en muro de hormigón armado que se demuele. |
3.5.2 | Pilares Metálicos Estructura de Refuerzo. |
3.5.3 | Vigas Metálicas Estructura de Refuerzo. |
3.5.4 | Escalera Metálica 1 al -1. |
3.5.5 | Parrilla para ubicación de EAA. |
3.5.6 | Instalación y adaptación de estructura metálica existente para soporte de pantallas led. |
3.6 | Cierro xx xxxx vano escalera. |
3.7 | Estructuras metálicas. |
3.8 | Techo metálico patio. |
3.8.1 | Pilares y Vigas Metálicas 200x100x3mm. |
3.8.2 | Vigas y Diagonales Metálicas 75x75x3mm. |
3.8.3 | Xxxxxx liso 25mm. |
3.8.4 | Plancha 12mm. |
3.9 | Pasadas de ductos. |
3.9.1 | Pasadas de ductería sanitaria. |
3.9.2 | Pasadas de ductería eléctrica. |
3.9.3 | Pasadas de ductería de E.A.A. (Equipos de Aire Acondicionado). |
3.9.4 | Ducterías para B.A.LL. |
3.10 | Estructura de cielo falso para placa de yeso cartón y cielo americano. |
4.0 | TABIQUERIAS. |
4.1 | Tabique acero galvanizado seco acústico (T1). |
4.2 | Tabique acero galvanizado seco-húmedo acústico (T2). |
4.3 | Tabique acero galvanizado húmedo acústico (T3). |
4.4 | Tabiques Media altura acero galvanizado y vidrio empavonado (T4). |
4.5 | Tabiques acero galvanizado seco simple sin aislación (T6). |
4.6 | Tabiques acero galvanizado húmedo acústico simple (T7). |
4.7 | Tabiques Acero Tradicional impermeabilizado al exterior (T8). |
4.8 | Tabiques acero galvanizado seco acústico con revestimiento baldosa microvibrada (T9). |
4.9 | Tabique vidriado (TV1) |
5.0 | TERMINACIONES XX XXXX. |
5.1 | Empaste de yeso. |
5.2 | Sellado vinílico. |
5.3 | Esmalte sintético. |
5.4 | Pintura látex. |
5.5 | Oleo semibrillo. |
5.6 | Revestimiento baldosa microvibrada. |
5.7 | Revestimiento cerámico en baños 30x60cms y kitchenette 10x30cms. |
5.8 | Espejos en baños. |
5.9 | Reparación y pulido de cubierta xx xxxxxx existente |
5.10 | Esmalte Anti-grafiti en fachada exterior previa limpieza de superficie. |
5.11 | Instalación de televisores en estructura metálica. |
6.0 | CIELOS |
6.1 | Placa tipo Volcanita ST o equivalente con empaste de yeso. |
6.2 | Sellado vinílico. |
6.3 | Cielo falso americano. |
6.4 | Revestimiento acústico perforado tipo Masisa MDF enchapado en melamina o equivalente. |
6.5 | Cornisa de PVC. |
6.6 | Pintura Látex. |
6.7 | Cristal laminado reflectivo con sistema spider. |
6.8 | Hojalatería y forros. |
7.0 | PAVIMENTOS |
7.1 | Piso flotante alto tráfico. |
7.2 | Baldosa xxxx microvibrada para piso y escaleras. |
7.3 | Pavimento epóxico antideslizante y lavable. |
8.0 | PUERTAS. |
8.1 | Puertas. |
8.1.1 | Puerta HDF o equivalente. |
8.1.2 | Puertas aluminio con vidrio. |
8.2 | Quincallería. |
8.3 | Mamparas de aluminio de alto tráfico. |
8.4 | Reposición de compuerta y marco metálico de medidor agua potable. |
9.0 | VENTANAS. |
9.1 | Ventana de Aluminio Termopanel. |
9.2 | Impermeabilización de ventanas existentes de aluminio. |
9.3 | Empavonado de ventanas. |
9.4 | Ventanilla de Atención a Público Vidrio Laminado 10 mm perforado según plano. |
10.0 | ARTEFACTOS XX XXXXX |
10.1 | WC. |
10.2 | Lavamanos. |
10.3 | Urinarios. |
10.4 | Lavamanos Accesibilidad Universal. |
10.5 | WC Accesibilidad Universal. |
10.6 | Barandas Acero Inoxidable Accesibilidad Universal. |
10.7 | Mudador Retráctil. |
10.8 | Jabonera xx Xxxxx Inoxidable. |
10.9 | Dispensador Papel Higiénico Jumbo xx Xxxxx con xxxxx Xxxxx. |
10.10 | Dispensador Rollo de Papel Jumbo. |
11.0 | MUEBLES KITCHENETTE. |
11.1 | Mueble Lavaplatos en Melamina tipo Vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo Qstone color Pure Gray o equivalente. |
11.2 | Mueble seco de Melamina tipo Vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo Qstone color Pure Gray o equivalente. |
12.0 | MUEBLES EN OBRA |
12.1 | Mueble de Informaciones en Melamina tipo Vesto o equivalente color blanco. |
12.2 | Mueble oficina de partes con cubierta antimicrobial de cobre. |
12.3 | Tótem Atención Digital. |
12.4 | Cubierta lavamanos xx xxxxx resina en base a cuarzo. |
12.5 | Banca-Jardinera en xxxx de espera. |
13.0 | LUMINARIAS LED PROVISTAS POR LA SUBSECRETARÍA. |
13.1 | Luminarias Led provistas por la Subsecretaría. |
14.0 | PROYECTO DE ESPECIALIDADES. |
14.1 | Instalaciones Proyecto de Ingeniería. |
14.2 | Instalaciones Proyecto Eléctrico. |
14.3 | Instalaciones Proyecto Corrientes Débiles. |
14.4 | Instalaciones Proyecto Sanitario. |
14.5 | Instalaciones Proyecto de Climatización. |
15.0 | OBRAS COMPLEMENTARIAS E IMPLEMENTOS. |
15.1 | Protecciones para pavimentos nuevos, muros y muebles. |
15.2 | Andamios. |
15.3 | Xxxx y Entrega. |
15.4 | Flete. |
15.5 | Xxxxxxxx xx Xxxxx Inoxidable. |
15.6 | Señalética de Recintos y Seguridad. |
15.7 | Sellos en barandas y cubierta de H.A. en terraza piso 3. |
1.7. PLANOS Y PROYECTOS TÉCNICOS
El proyecto de habilitación primer piso del edificio institucional de Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx, considera los siguientes planos arquitectónicos e informes de proyecto técnicos, que se adjuntan como anexos a las presentes bases:
a) Planos Proyecto (incluye todos los planos de arquitectura y detalles, planos de ingeniería, planos proyecto eléctrico y de corrientes débiles), planos proyecto sanitario y planos de climatización (Anexo N° 8).
b) Especificaciones Técnicas de Arquitectura (Anexo N° 9)
c) Especificaciones Técnicas de Ingeniería (Anexo N° 10)
d) Especificaciones Técnicas Proyecto Eléctrico (Anexo N° 11).
e) Especificaciones Técnicas Proyecto Corrientes Débiles (Anexo N° 12).
f) Especificaciones Técnicas Proyecto Sanitario (Anexo N° 13).
g) Especificaciones Técnica Proyectos de Climatización (Anexo N°14).
En el evento que exista diferencia entre los requerimientos contenidos en las especificaciones técnicas y alguna normativa, aplicará el requerimiento más estricto.
1.8. CONTRAPARTE TÉCNICA
Se entenderá por contraparte técnica al profesional funcionario, nombrado por la autoridad competente, quien asume el derecho y la obligación de fiscalizar la correcta ejecución de las obras y el fiel cumplimiento del contrato.
Para el desempeño de su cometido, la contraparte técnica deberá contar, entre otros antecedentes, con un libro denominado Libro de Obras, foliado y en triplicado, en el cual se singularizará la obra a ejecutar, el contratista y la contraparte técnica, con mención de los actos administrativos pertinentes. Cualquier orden o comunicación que la contraparte técnica dirija al contratista, a través del Libro de Obras, deberá ser recibida por el profesional residente de obra que designe el contratista a cargo de los trabajos, y en su ausencia por el profesional que lo reemplace, dejando constancia de la recepción con su nombre, firma y fecha en el folio respectivo. Si el contratista se negare a firmar, la contraparte técnica deberá dejar constancia de tal hecho y se considerará como un incumplimiento a las órdenes impartidas por la Contraparte Técnica.
Toda comunicación en faena entre el personal de la Subsecretaría que actúe dentro de la obra y el personal del contratista, se canalizará a través de la contraparte técnica, quien definirá el medio a través del cual transmitirá la información, según sea el caso y deberá tomar las medidas de seguridad necesarias para resguardar a las personas y la obra.
Toda comunicación escrita cursada entre las partes – contraparte técnica y contratista
- se considerará como antecedente anexo al Libro de Obras.
El libro comenzará indicando la fecha de entrega del edificio y del trazado y continuará señalando los hechos más importantes durante el curso de la ejecución de la obra, en especial, el cumplimiento por parte del contratista de las especificaciones técnicas y de las obligaciones contraídas en conformidad al presente pliego de condiciones. En dicho libro sólo podrá hacer anotación la contraparte técnica sobre materias inherentes a la ejecución de la obra, debiendo dejar constancia de las notas o informes que le requiera el contratista.
El contratista deberá someterse a las órdenes de la contraparte técnica, las que se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del contrato, dejándose constancia en el Libro de Obras, en donde se establecerá la respectiva orden y el plazo para cumplirla. El incumplimiento de las órdenes impartidas por la contraparte técnica será sancionado con una multa aplicada administrativamente, correspondiente a 5 unidades tributarias mensuales por cada día hábil de atraso en su cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en la letra a) del numeral 2.28 de las bases administrativas. Para tales efectos, se entenderá que el contratista ha tomado conocimiento de la respectiva orden por el solo hecho de constar aquélla en el Libro de Obras al día hábil siguiente desde que se haya dejado constancia en ese Libro.
La contraparte técnica podrá exigir la separación de cualquier subcontratista o trabajador del contratista, por insubordinación, desorden, incapacidad u otro motivo grave que haya comprobado. El contratista quedará siempre responsable de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada.
El contratista tiene la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no hayan sido aceptados por la contraparte técnica. La contraparte técnica podrá ordenar el retiro fuera de la zona de faenas, de los materiales que sean rechazados por su mala calidad, cuando exista peligro de que ellos sean empleados en la obra sin su consentimiento. En el Libro de Obras se registrará la orden respectiva y el plazo para cumplirla. La falta de cumplimiento de esta orden estará sujeta a la aplicación de la multa dispuesta en la letra b) del numeral 2.28 de las bases administrativas, sin perjuicio de ordenar la paralización de los trabajos en los cuales se hubiera utilizado el material rechazado.
Todo reclamo o solicitud del contratista que se relacione con los trabajos, deberá registrarse en el Libro de Obras. La contraparte tendrá 5 días hábiles para responder a dicha solicitud por la misma vía.
1.9.PROGRAMA DE TRABAJO Y ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS
Dentro de los primeros 15 días corridos siguientes a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato, el contratista someterá a la aprobación de la contraparte técnica un Programa de Trabajo y Análisis de los Precios Unitarios.
En el caso del Programa de Trabajo, se deberá aplicar la metodología de programación del tipo Last-Planner, que contenga la ruta crítica y su consiguiente carta Xxxxx, incluyendo todos los ítems, cantidades de obras, las holguras principales y toda la información pertinente a este tipo de diagramas; en cuanto al orden de obra, deberá considerar metodología 5S para el manejo de stock en obra.
Respecto al Análisis de los Precios Unitarios (APU), deberá detallar los costos de cada ítem, cuyo desglose será el establecido en el presente requerimiento, ciñéndose al mismo esquema considerado en éste; separadamente, se indicarán los montos y
porcentajes correspondientes a gastos generales desglosados detalladamente, y utilidades.
El programa y el análisis de precios unitarios deberán ser consistentes con el proyecto de habilitación y deberán ser aprobados por la contraparte técnica. En caso de ser rechazados por la contraparte técnica, el contratista tendrá 5 días corridos contados desde la comunicación del rechazo para enviar una nueva versión, y, en caso de un segundo rechazo, dispondrá de 3 días corridos para enviar una nueva propuesta. En el evento que el contratista no envíe una nueva versión luego de transcurrido este último plazo, se aplicará la multa establecida en el literal c) del punto 2.28 de las bases administrativas.
El plazo de ejecución del proyecto no podrá ser superior al indicado en el punto 1.11 de las presentes bases de licitación.
Si el contratista no entrega el programa de trabajo y el análisis de precios unitarios en el plazo estipulado en el presente punto o en caso de verificarse un tercer rechazo consecutivo al Programa de Trabajo o al Análisis de precios Unitarios, se considerará que el Contratista se encuentra en incumplimiento de las obligaciones que le impone la contratación y se aplicará, por cada día hábil de atraso, una multa de 5 U.T.M., conforme con lo establecido en la letra c) del numeral 2.28 de las bases administrativas. En caso de ocurrir un tercer rechazo consecutivo, se considerará que el Contratista se halla en incumplimiento desde el día en que la contraparte técnica certifique el rechazo hasta obtener la aprobación del programa. Para la aplicación de la multa, no se considerarán los días que la contraparte técnica demore en realizar la revisión del programa e informar el rechazo.
El Contratista actualizará el programa de trabajo basado en el avance efectivo de las obras, el que deberá ser reportado mensualmente a la Contraparte Técnica. Estas actualizaciones deben estar aprobadas previamente por la Contraparte Técnica.
1.10. CONTROL DE EJECUCIÓN DE OBRAS
El número de trabajadores que se ocupe en la obra deberá tener relación con la cantidad de obras por ejecutar, de acuerdo con el programa de trabajo.
Si el programa de trabajo se está realizando con retraso, la contraparte técnica estará facultada para tomar las medidas necesarias para normalizar el ritmo de las faenas como, por ejemplo, exigir trabajo xx xxxxx turno o aumentar la dotación de trabajadores. El contratista deberá dar cumplimiento a las instrucciones dadas con este fin, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde que se le notifiquen, bajo apercibimiento de ponerse término anticipado al contrato.
El contratista deberá entregar mensualmente a la contraparte técnica una nómina de los trabajadores que estén en actividad en las diversas faenas, incluyendo los trabajadores de subcontratistas, dentro de los cinco primeros días corridos del mes siguiente al que se informa.
1.11. VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto considera un plazo de vigencia de 240 días corridos del contrato y un plazo máximo de ejecución de 180 días corridos del proyecto de habilitación.
El plazo de vigencia del contrato comprenderá el plazo máximo de ejecución del proyecto de habilitación antes señalado más 60 días corridos, y se computará desde la entrega del inmueble, según se establece el numeral 1.12 de las presentes bases técnicas. Durante este plazo deberán estar vigentes la garantía de fiel cumplimiento y los seguros asociados.
El plazo de ejecución del proyecto de habilitación tendrá una extensión máxima de 180 días corridos y en él deberán desarrollarse todos los trabajos de obras que considera el presente proyecto. Se entenderá que la ejecución de los trabajos comenzará una vez efectuada la entrega del inmueble, según lo establecido
en el numeral 1.12 de las presentes bases técnicas y una vez concluidos se dará paso a la recepción de obras de acuerdo a lo señalado en el numeral 2.31 de estas bases de licitación.
Por otra parte, de acuerdo al desarrollo de las obras, se podrá aumentar el plazo de ejecución de las mismas a través de un acto administrativo que apruebe la modificación del contrato de habilitación, conforme lo indicado en el numeral 1.15 de las bases técnicas.
Los proponentes podrán ofertar un plazo menor de ejecución del proyecto de habilitación, el cual será evaluado según el criterio definido en el numeral 2.18 de las bases administrativas, dando mayor puntaje a quién oferte un plazo menor de ejecución.
El incumplimiento del plazo máximo de ejecución estipulado en el presente punto o del plazo menor de ejecución que hubiere ofertado el contratista, dará lugar a la aplicación de una multa de 30 UTM por cada día corrido de retraso, de acuerdo a la letra f) del numeral 2.28 de las bases administrativas.
1.12. INICIO DE TRABAJOS
El contratista deberá iniciar los trabajos después de la entrega del espacio a habilitar y proseguirlos según el programa de trabajo aprobado, situación que deberá quedar registrada en el Libro de Obras. La entrega xxx xxxxxxx se realizará una vez que el acto administrativo que apruebe el contrato esté totalmente tramitado y notificado al contratista mediante su publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en conformidad con el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 19.886, esto es, luego de transcurridas 24 horas desde la publicación en el portal del acto administrativo aprobatorio del contrato.
La demora por más de 30 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure más de 10 días corridos, siempre que no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificada ante la contraparte técnica, dará derecho a la Subsecretaría para poner término anticipado administrativamente al contrato, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en el numeral 2.34 de las bases administrativas.
El contratista debe ejecutar los trabajos de habilitación en concordancia a las condiciones contractuales y técnicas detalladas en las presentes bases y en el contrato que se suscriba, las que deberán identificarse en la primera hoja del Libro de Obras con indicación de los datos de los respectivos actos administrativos que las aprobaren. Dichos antecedentes se interpretarán siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a las reglas de la técnica.
El contratista no podrá dar inicio a los trabajos en el inmueble si no entregare previamente el respectivo Seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, según lo establecido en el numeral 2.30 de las bases administrativas.
1.13. HORARIOS DE TRABAJOS
La Subsecretaría asignará un área para que el contratista realice los trabajos, incluyendo espacio para la instalación de faenas.
Los trabajos podrán ser realizados durante las 24 horas del día, de lunes a domingos. Sin embargo, en casos específicos en que la Contraparte Técnica lo estime conveniente, algunas labores que puedan afectar el normal funcionamiento del edificio situado en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx, deberán realizarse estrictamente de lunes a viernes entre las 20:00 y las 06:00 horas y/o durante los fines de semana.
1.14. MATERIALES
Los materiales que se empleen en la obra deberán ser de la mejor calidad y procedencia en su especie.
Antes de emplear cualquier material en la obra, el contratista deberá dar aviso a la contraparte técnica, para que ésta, vistos los análisis y pruebas de los mismos, resuelva y formule por escrito su aceptación o rechazo.
No obstante, si durante el período de construcción o del plazo de garantía, se comprobare que el material aceptado por la contraparte técnica ha resultado deficiente, el contratista tendrá la obligación de reemplazarlo y de reconstituir a su xxxxx la obra en que fue empleado.
Serán de cuenta del contratista la provisión de los materiales, de la maquinaria y de las herramientas necesarias para los trabajos, la instalación de faenas, almacenes y depósitos de materiales, la construcción de andamios y, en general, todos los gastos que se originen con la obra.
Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría proporcionará los materiales a que expresamente se obligó, para lo cual, la contraparte técnica y el profesional residente de obras deberán firmar un acta de entrega, indicando la cantidad de material entregado y el estado en que se encuentra. En caso de necesitarse mayor cantidad de material al inicialmente entregado por la Subsecretaría, el Contratista deberá enviar un informe a la contraparte técnica explicando los motivos de esta solicitud, la cual deberá analizar la información y evacuar la respuesta respectiva. Esta comunicación deberá quedar registrada en el Libro de Obras. Los materiales o equipos proporcionados por la Subsecretaría se indican en las presentes bases.
El material de desecho (entiéndase escombros o cualquier otro de similar naturaleza), sólo podrá ser reutilizado en la obra si la Contraparte Técnica lo autoriza previamente de forma escrita.
1.15. MODIFICACIÓN DE OBRAS Y PLAZOS
La Subsecretaría podrá modificar las obras y/o el plazo de ejecución de las mismas, previo acuerdo con el contratista, debiendo justificarse técnicamente por la contraparte técnica y aprobarse previamente por acto administrativo.
En todo caso, las modificaciones deberán encontrase totalmente tramitadas antes del vencimiento del plazo de ejecución de las obras.
1.15.1. Modificación de obras:
La Subsecretaría podrá ordenar, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, la modificación de las obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias, o el empleo de materiales inicialmente no considerados. En caso de requerir un aumento de las obras previstas en las partidas que componen el presupuesto de la obra, se mantendrá el precio de los ítems cotizados y en el caso de requerir obras nuevas o extraordinarias deberán convenirse previamente con el contratista los precios respectivos. También se podrá convenir una disminución de las obras, según los requerimientos del proyecto.
El precio total de las modificaciones acordadas, considerando aumentos y disminuciones de obras, no podrá ser mayor al 30% (treinta por ciento) del monto originalmente pactado.
Para efectuar las modificaciones a que se refiere el presente apartado, la Contraparte Técnica deberá efectuar un informe que detalle las modificaciones que deben realizarse al proyecto y que indique su procedencia técnica y presupuestaria, el cual deberá enviarse por oficio a la Jefatura de la División de Administración y Finanzas para su autorización. Una vez autorizada la modificación por la Jefatura antes indicada, se suscribirá el respectivo acuerdo de voluntades, el que se aprobará a través del correspondiente acto administrativo.
1.15.2. Modificación de plazos:
Si dentro del plazo de vigencia del contrato no alcanzaren a desarrollarse, por causa no imputable al contratista, la totalidad de las obras previstas en este pliego de condiciones y en el contrato que se suscriba, las partes podrán, de común acuerdo, prorrogar la vigencia del contrato mediante la modificación de éste, con la finalidad de evitar perjuicios fiscales y perseverar en el cumplimiento del objeto de la contratación, modificación que deberá aprobarse mediante acto administrativo de la Subsecretaría de Transportes, debidamente fundado.
Previo a la tramitación del acto administrativo que apruebe la respectiva modificación de obras o de plazos, el contratista deberá renovar la garantía de fiel cumplimiento en los mismos términos referidos en el punto 2.23 de las bases administrativas y acreditar la vigencia del o de los seguros regulados en estas bases.
1.16. CONTRATISTA
El contratista deberá designar un profesional residente de obras, de acuerdo al número
i) de la letra c) del numeral 2.9.1 de las bases administrativas, para dirigir personalmente los trabajos y atenderlos en forma que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado y de modo que las actividades se ejecuten cumpliendo, en todo, con lo establecido en los documentos contractuales. Este profesional deberá estar disponible para atender cualquier requerimiento de la contraparte técnica y ante su ausencia deberá ser reemplazado por el profesional nombrado para estos fines, previa autorización de la Contraparte Técnica. Además, el contratista deberá designar a un profesional eléctrico que cumpla con lo definido en el número ii) de la letra c) del punto 2.9.1 de las bases administrativas, quién será responsable de las partidas eléctricas y corrientes débiles.
La Subsecretaría podrá, por causas que a su juicio lo justifiquen, ordenar al contratista el término de las funciones del profesional residente de obras o del profesional eléctrico.
El contratista deberá dar cumplimiento a lo determinado en este requerimiento, respecto a la calidad y número de profesionales que debe mantener en terreno durante la ejecución de la obra.
El contratista o el profesional residente de obras, estará obligado a acompañar a los servidores estatales de la Subsecretaría que visiten o inspeccionen la obra, debiendo dar todas las facilidades que les permitan hacer una revisión prolija de ella y, asimismo, verificar los controles y otros documentos que guarden relación con el contrato.
En el caso que el contratista, durante la vigencia del contrato, cambie alguno de los profesionales identificados precedentemente, deberá reemplazarlo por un profesional de igual o mayor experiencia. Para lo anterior, el contratista contará con 24 horas previas al reemplazo para enviar a la Contraparte Técnica los documentos que acrediten la experiencia del nuevo profesional, los cuales serán evaluados por la Contraparte Técnica, quien informará al contratista si el nuevo profesional cumple o no con los requisitos dispuestos en estas bases dentro de las 24 horas siguientes a la solicitud del contratista. En caso que el nuevo profesional no cumpla con los requisitos establecidos en estas bases, el contratista contará con 24 horas desde la comunicación del rechazo para informar un nuevo reemplazo. Este procedimiento se aplicará hasta que la Contraparte Técnica acepte a los profesionales informados.
En caso que exista una ausencia de 3 días corridos no justificada por el contratista del profesional residente de obras, la Subsecretaría aplicará una multa de 2 UTM por cada día hábil de atraso, conforme con lo establecido en la letra g) del numeral 2.28 de las bases administrativas.
El contratista deberá proporcionar a la contraparte técnica y a la Subsecretaría los datos que éstas le soliciten, en conformidad a las instrucciones y formularios que para este objeto se proporcionen, si corresponde, y en el plazo que se le indique.
Si el contratista no entregare oportunamente estos antecedentes, incurrirá en una multa de 5 UTM (cinco unidades tributarias mensuales) por cada día hábil de atraso, la que se aplicará administrativamente, conforme con lo dispuesto en el literal d) del numeral 2.28 de las bases administrativas.
Es obligación del contratista efectuar la denuncia de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en conformidad con la normativa vigente, debiendo informar a la contraparte técnica de lo ocurrido dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos. Su incumplimiento estará sujeto a la aplicación de multa indicada en el párrafo anterior.
El contratista debe cumplir con toda la normativa vigente en materias laborales y de protección a los trabajadores, contenidas en el Código del Trabajo y otros cuerpos normativos que regulan las relaciones con los trabajadores. Además, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente en relación a la contratación de trabajadores extranjeros. En caso de que la contraparte técnica observe faltas a la normativa dará pie para no aprobar los estados de pago respectivos.
El contratista debe mantener los dispositivos de seguridad en equipos y maquinarias que se empleen en las obras y suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal necesarios, que cuenten con certificaciones de calidad emitidos por organismos competentes, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor.
El contratista deberá, asimismo, tomar todas las medidas necesarias para mantener en la obra, la higiene y seguridad en el trabajo, en conformidad a las normas legales que regulan estas materias. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este párrafo estará sujeto a la aplicación de la multa indicada en la letra e) del numeral
2.28 de las bases administrativas.
Para la ejecución de las obras, el contratista deberá ceñirse a lo establecido en los planos o especificaciones que sirvan de base al contrato, no pudiendo efectuar, por iniciativa propia, cambio alguno a los mismos, y si lo hiciere, deberá enmendar las obras sin cargo para la Subsecretaría, o reemplazar por su cuenta los materiales que, a juicio de la contraparte técnica, se aparten de las condiciones del contrato.
Será responsabilidad del contratista mantener el aseo general de la obra durante la ejecución del proyecto hasta la recepción provisional, prohibiéndose la acumulación de basura y escombros. Es importante destacar que no se debe acumular sobre el piso escombros de las demoliciones. En este caso, la Contraparte Técnica instruirá lo pertinente a través del Libro de Obras y en caso de incumplimiento se aplicará lo dispuesto en la letra a) del numeral 2.28 de las bases administrativas.
1.17. SUBCONTRATACIÓN
El contratista sólo podrá subcontratar parcialmente las obras, siempre que obtenga la autorización previa de la contraparte técnica. Para ello, deberá informar con 3 días de anticipación a la contraparte técnica sobre la asistencia del subcontratista, registrándose en el Libro de Obras la aprobación de aquella para la ejecución de los trabajos respectivos.
Se entenderá, en todo caso, que aquél se mantiene como responsable de todas las obligaciones contraídas con la Subsecretaría en virtud del contrato que se suscriba, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores que omita pagar el subcontratista, siendo aplicable la orden de no pago, según lo establecido en el numeral 2.24 de las bases administrativas.
En caso que el contratista emplee subcontratistas en la ejecución de las obras sin haber obtenido la autorización correspondiente, la Subsecretaría queda facultada para
poner término anticipado al contrato conforme a lo dispuesto en el numeral 2.34 de las bases administrativas.
La persona del subcontratista o sus socios o administradores no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92, en relación con lo indicado en el numeral 2, del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
1.18. MEDIDAS DE RESGUARDO SANITARIO
La Subsecretaría de Transportes entregará al contratista el “Instructivo de Limpieza y Desinfección de las Dependencias y Otros de la Subsecretaría de Transportes”, y sus modificaciones si las hubiere, el cual establece las medidas de resguardo contra el COVID-19 en los recintos de la Institución, al momento de la entrega de los espacios a intervenir, de conformidad con lo regulado en el punto 1.12 de estas bases.
El contratista deberá aplicar el instructivo referido en el párrafo precedente, respetar los aforos máximos que le comunique la contraparte técnica del contrato y dotar a sus trabajadores de mascarillas desechables o reutilizables para la protección contra el COVID-19, quienes deberán utilizarlas durante todo el tiempo que permanezcan en el edificio situado en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx. Asimismo, los trabajadores del contratista deberán someterse al control de temperatura al momento de ingresar a dicho inmueble, oportunidad en que se podrá prohibir su ingreso de constatarse que aquellos tienen una temperatura superior a 37,5°C. El contratista deberá disponer de una copia del listado diario llevado por los guardias a cargo de la seguridad del edificio en que se desarrollarán las obras, en el que constará las personas asistentes a la obra con su correspondiente temperatura.
En caso que el contratista no adopte las medidas sanitarias antes referidas o no aplique el instructivo señalado en el primer párrafo de este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por evento según lo establecido en el literal h) del numeral 2.28 de las bases administrativas.
1.19. DAÑOS
Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad del contratista.
Sin perjuicio de lo anterior, se exigirá al contratista un seguro de responsabilidad civil ante terceros, derivado de la ejecución de la obra, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.30 de las bases administrativas, el que deberá tener una validez equivalente al plazo de vigencia del contrato y no podrá contemplar un deducible.
Dentro del mismo contexto, todo daño de cualquier naturaleza, incluyendo fuerza mayor o caso fortuito que, por razones ajenas a la Subsecretaría, sufran las obras durante el período de construcción, será de exclusiva responsabilidad del contratista y deberá ser reparado a su xxxxx y cargo, pudiendo aquel tomar los seguros que estime pertinentes, en cuyo caso, cualquier costo eventualmente no cubierto por tales seguros, incluyendo deducibles, será igualmente de cargo del contratista.
1.20. RESGUARDO DE OBRAS
Los accidentes que deterioren o derriben la obra, o que ocasionen pérdidas de materiales, serán soportados exclusivamente por el contratista, a menos que la Subsecretaría califique el caso como extraordinario y ajeno a toda previsión.
Las pérdidas causadas por incendio u otros accidentes, serán de cargo del contratista, quien podrá asegurar la obra por su cuenta, hasta la recepción provisional.
1.21. PLANOS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS QUE DEBE ENTREGAR EL CONTRATISTA
Una vez ejecutados los trabajos, de conformidad con lo regulado en el numeral 2.31 de las bases administrativas, el contratista deberá entregar de forma completa y detallada lo siguiente:
1.21.1. ARQUITECTURA Y OBRA.
a) Planos As-Built.
b) Manuales y fichas técnicas de los materiales utilizados en obra.
1.21.2. PROYECTO ELÉCTRICO.
a) Memoria explicativa del proyecto ejecutado.
b) Memorias de Cálculo realizadas por el Profesional Eléctrico en caso de hacer modificaciones al proyecto inicial informado en este pliego de condiciones.
c) Planos As-Built eléctricos.
d) Certificado de garantía de las instalaciones por un año, contado desde la Recepción Provisional.
e) Todos los ensayos y pruebas de puesta en servicio, y como mínimo los indicados en el punto 16.0 Ensayos y Pruebas del Anexo N°11.
1.21.3. PROYECTO DE CORRIENTES DÉBILES
a) Memoria explicativa del proyecto. Debe presentar una Ingeniería de Detalles completa del sistema instalado, indicando: ubicación de cada uno de los equipos y/o componentes instalados, incorporando cualquier información relevante sobre lo detectado en terreno.
b) Listado de los puntos de datos del proyecto, junto con la certificación de cada uno de los puntos de datos correspondientes.
c) Listado de los puntos de fibra óptica del backbone, junto con la certificación y fusión de cada uno de los filamentos de la fibra óptica.
d) Listado de puntos de red con identificación (TAG) de cada uno de ellos. Esta identificación se deberá utilizar en terreno en cables y puntos de conexionado. El sistema de marcación debe ser previamente aprobado por la Contraparte Técnica.
e) Listado enumerando el suministro e instalación de cada uno de los gabinetes del proyecto, previamente registrado en el Libro de Obras y firmado por el contratista.
f) Listado enumerando los etiquetados “TAG” de cada gabinete.
g) Listado enumerando los etiquetados “TAG” de cada switch y de cada puerto.
h) Listado enumerando los etiquetados “TAG” de cada Access Point (AP).
i) Listado enumerando los etiquetados “TAG” de cada caja de conectividad.
j) Check list del trabajo de amarre de cables, fijación e identificación de cables y accesorios.
k) Listado con el detalle de terminación para todos los dispositivos.
l) Planos “As – Built”.
m) Listado de “TAG/ As – Built”.
n) Reportes con resultados de pruebas de cada cable y enlace probado.
o) Reportes con resultados de pruebas en archivo digital, en el formato original generado por los instrumentos de certificación, incluyendo los resultados y el programa para abrir y revisar dichos archivos. No se aceptará la entrega de reportes de certificación en formato impreso, o cualquier otro formato de carácter gráfico (PDF, JPG, etc.), sin el archivo digital original que lo respalde.
p) Listado en el que conste que se utilizaron los instrumentos y métodos adecuados para cada tipo de prueba, medición o certificación, y medio de transmisión, firmado por el contratista.
q) Entrega de protocolo de pruebas mediante informe suscrito por el contratista, de las mediciones realizadas de la certificación del cableado.
r) Entrega de Certificado que dé cuenta de la calidad exigida para la totalidad de los cableados instalados y ejecutados por el contratista, durante el período de puesta en servicio de los distintos sistemas. El contratista deberá efectuar pruebas operativas aleatorias sobre, al menos, un 10% de los distintos sistemas instalados para verificar la veracidad y consistencia de los reportes de certificación previamente entregados.
1.22. REQUERIMIENTOS ECONÓMICOS Y DE EXPERIENCIA
El oferente deberá cumplir con las siguientes exigencias para demostrar que cuenta con la idoneidad técnica y financiera para realizar el proyecto de habilitación encomendado. Los requerimientos son los siguientes:
a) Capacidad económica mínima.
b) Experiencia del oferente.
c) Experiencia del Profesional Residente de la Obra y del Profesional Eléctrico.
CAPACIDAD ECONÓMICA MÍNIMA
El oferente deberá acreditar, al momento de ofertar, que cuenta con una capacidad económica mínima equivalente al 20% del valor del presupuesto máximo.
Para acreditar la capacidad económica mínima, el oferente deberá presentar estados financieros preparados conforme a principios contables generalmente aceptados del año 2019 y las declaraciones xx xxxxx presentada a Impuestos Internos en el ejercicio 2019.
La capacidad económica corresponderá al patrimonio disminuido en:
a) Los valores del activo que no representan inversiones reales,
b) Las reservas susceptibles de retiro. Las reservas susceptibles de retiro netas al 31 de diciembre de 2019 consideradas, total o parcialmente, para incrementar la capacidad económica. La opción anterior será válida sólo si se manifiesta en declaración jurada ante notario y autorizada por el Acta de la Junta de Accionistas o Directorio, cuando corresponda.
En dicha declaración deberá indicarse explícitamente el compromiso que no se procederá al retiro de los referidos valores en el ejercicio financiero siguiente.
El no cumplimiento, parcial o total, de dicho compromiso, ameritará la rebaja del valor no cumplido y la no aceptación futura de esta opción.
La fórmula para determinar la capacidad económica, es la siguiente: CE = P - ANI - RSR + DJ
Siendo:
CE: Capacidad Económica.
P: Patrimonio; corresponde al total de activos menos los pasivos (circulante, largo plazo e interés minoritario).
ANI: Valores de activo que no representan inversiones reales. RSR: Reservas susceptibles de retiro.
DJ: Total o parte de las Reservas Susceptibles de Retiro que no se retirarán en el próximo ejercicio, acreditadas a través de una declaración jurada simple (opcional).
La Subsecretaría de Transportes revisará la capacidad económica que corresponda al oferente, de acuerdo a esta metodología y revisará que se cumpla el requisito de capacidad económica mínima.
Si el oferente no cumple o no informa su capacidad económica mínima, la oferta será desestimada por la Subsecretaría.
1.23. EXPERIENCIA
La experiencia del Oferente, del Residente de Obras y del Profesional Eléctrico, deberá cumplir con lo definido en el punto 2.9.1, literales b) y c) de las bases administrativas y será evaluada según los criterios de evaluación establecidos en el numeral 2.18 de dichas bases.
1.24. DERECHOS E IMPUESTOS
Todos los gastos que, por concepto de derechos, aranceles, impuestos u otros se originen con ocasión de la celebración del contrato, serán exclusivamente de cargo del contratista.
1.25. PRESUPUESTO MÁXIMO
El presupuesto máximo del proyecto de habilitación es de UF 13.560.- (Trece mil quinientas sesenta unidades de fomento), incluyendo impuestos.
La propuesta del oferente no podrá sobrepasar el presupuesto máximo indicado en el presente punto; en caso contrario, será desestimada.
Las cantidades de obras deben ser determinadas por el proponente, por lo que las cantidades de obras que entregue la Subsecretaría de Transportes solo tendrán carácter ilustrativo.
De acuerdo con lo definido en el punto 1.6 de estas bases, el proyecto de habilitación es a suma alzada, por lo que el valor de la contratación quedará fijado por la suma total ofertada por el contratista
En consecuencia, el valor convenido para la suma alzada de las obras contratadas se considerará invariable, sin perjuicio de las modificaciones de obras que signifiquen un aumento o disminución del presupuesto que pudieran justificarse técnicamente, según lo establecido en el punto 1.15.1 de las bases técnicas.”
2. BASES ADMINISTRATIVAS
2.1 NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Técnicas, Bases Administrativas y sus respectivos anexos.
Las presentes Bases son obligatorias tanto para los proveedores que participen en la licitación pública, como para la entidad licitante.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
1. Las correspondientes propuestas técnicas y ofertas económicas presentadas por los proponentes.
2. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
3. Las eventuales consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la Subsecretaría de Transportes.
4. Las eventuales modificaciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de la Subsecretaría de Transportes.
5. Las eventuales aclaraciones a las ofertas que solicite la Subsecretaría de Transportes.
2.2 TIPO DE CONCURSO Y PARTICIPANTES
2.2.1 TIPO DE LICITACIÓN, OFERENTES E INHABILIDADES.
La contratación de los servicios requeridos se realizará a través de una licitación pública, la que se desarrollará en una sola etapa, mediante adjudicación simple.
Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de los requerimientos establecidos en las presentes Bases. Cualquier condición, prohibición, plazo o limitación que contengan las ofertas, se entenderá como no escrita.
La presente licitación pública se formalizará mediante la suscripción de un contrato con el adjudicatario.
En la licitación pública que por este acto se convoca podrán participar, en calidad de oferentes o proponentes, personas naturales y jurídicas, chilenas o extranjeras, quienes, cumpliendo los requisitos especificados en las presentes bases de licitación, presenten una propuesta en la forma y plazo establecidos en éstas.
Los oferentes no podrán incurrir en las siguientes inhabilidades o prohibiciones:
a) Las establecidas en el artículo 4°, incisos 1° y 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
b) La dispuesta en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos xx xxxxxx de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, respecto de las personas jurídicas que, al momento de la presentación de la oferta, se encuentren inhabilitadas para celebrar actos y contratos con organismos del Estado.
c) Del mismo modo, tampoco podrán contratar con la Administración, quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Para estos efectos, el proponente deberá suscribir la declaración jurada simple que se acompaña como Anexo N° 2-A o 2-B “Declaración Jurada de Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades”, de estas Bases, según corresponda.
No obstante, la Subsecretaría se reserva la facultad de confirmar la información declarada en el registro de sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales, de la Dirección del Trabajo y en el registro de personas jurídicas condenadas a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de la Dirección de Compras y Contratación Pública o en otros registros públicos análogos.
2.2.2 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
Los oferentes podrán asociarse entre sí, como personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta con el fin de complementar y fortalecer en términos técnicos sus respectivas ofertas y, en dicho caso, deberán formalizar la unión estableciendo la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Subsecretaría con una vigencia no inferior a la vigencia del contrato, mediante escritura pública, la que deberá acompañarse como antecedente para contratar.
Las participaciones que se realicen de manera conjunta por varias personas naturales y/o jurídicas deberán individualizar a cada una de ellas, indicando expresamente que actúan de la forma señalada e indicar el nombre del representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo al formulario adjunto en el Anexo N° 1 de estas bases administrativas. Con todo, para la presentación de la oferta deberán ajustarse a lo
señalado en el numeral 2.11 “Antecedentes Administrativos”, letra D., de estas bases de licitación.
Como consecuencia de la Unión Temporal de Proveedores, la Subsecretaría podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza.
De igual forma, el pago efectuado por la Subsecretaría a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha, sin perjuicio de la representación que los miembros de la Unión establezcan para los efectos del proceso de licitación.
Los oferentes que participen de manera conjunta deberán acompañar una sola garantía de seriedad de la oferta, tomada de conformidad a lo establecido en el punto
2.10 “Garantía de seriedad de la oferta” de las bases administrativas, y presentar una única oferta que comprenda todos los antecedentes requeridos en estas bases administrativas para las ofertas técnica y económica.
2.3 PUBLICACIÓN DE BASES Y LLAMADO A PRESENTAR PROPUESTAS
Las Bases de Licitación y el llamado a presentar propuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que las apruebe; en suma, todo el proceso se efectuará a través del Sistema de Información.
2.4 COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, se harán solo por medio del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Los plazos de días establecidos en estas Bases corresponden a días corridos, salvo que en éstas se exprese que se trata de días hábiles. Se entenderá por días inhábiles los días xxxxxx, xxxxxxx y festivos. En cualquier caso, si el último día de un plazo recayere en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, los plazos establecidos en estas bases comenzarán a correr una vez notificado el documento, acto o resolución de que se trate, esto es, 24 horas después de su publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; lo anterior, con excepción del plazo para presentar propuestas, contenido en el punto 2.5 de las presentes bases, que comenzará a correr desde la publicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, del llamado a licitación, dados sus efectos generales.
2.5 ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
a) Recepción de la garantía de seriedad de la oferta: dentro del plazo de cierre de recepción de ofertas, de conformidad con lo establecido en el punto
2.10 de estas bases.
b) Visita a Terreno: Se realizará la visita a terrena de carácter no obligatoria el tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, de acuerdo al numeral 2.6 de las presentes bases administrativas.
c) Cierre de recepción de ofertas: hasta las 15:00 horas del trigésimo primer día corrido, siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; en caso de recaer en un día inhábil, se prorrogará al día hábil siguiente.
d) Acto de apertura electrónica: a partir de las 15:10 horas del trigésimo primer día corrido, siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx; en caso de recaer en un día inhábil, se prorrogará al día hábil siguiente.
e) Preguntas o consultas sobre las bases: hasta las 23:59 horas xxx xxxxxxx día corrido siguiente a la fecha de publicación de las presentes Bases, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
f) Publicación de las respuestas a las preguntas y consultas sobre las bases y aclaraciones: hasta las 19:00 horas, xxx xxxxxx día hábil siguiente al vencimiento del plazo establecido para formular preguntas o consultas.
g) Evaluación técnica y económica, y adjudicación: ambos procesos serán realizados dentro del plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo previsto precedentemente, se informará dentro de los cinco días hábiles siguientes, a través de Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, las razones de dicha situación y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
2.6 VISITA A TERRENO
Se desarrollará una visita a terreno de carácter opcional y no obligatoria a las dependencias de la Subsecretaría de Transportes, la que se llevará a cabo el tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de las presentes bases en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y será guiada por el Encargado de la Unidad de Servicios Generales de la Subsecretaría de Transportes o por el servidor estatal que éste designe para tales efectos.
La visita se iniciará a las 10:00 horas en la recepción de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxx 0x, xx xx xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxxxxxxx.
De la visita se levantará un Acta firmada por todos los asistentes, que consigne, a lo menos, el nombre completo y número de Cédula Nacional de Identidad o Rol Único Tributario del proveedor y el nombre y Rol Único Nacional de la persona que asista en su representación.
No se aceptarán visitas fuera del horario señalado en las presentes bases.
La asistencia o inasistencia a la visita no eximirá a ningún postulante de cumplir con los requisitos establecidos en estas bases de licitación en la presentación de su oferta.
En esta visita no se responderán consultas de ningún tipo, las que deberán ser realizadas única y exclusivamente por medio del ID del llamado del proceso en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en conformidad con lo señalado en el literal e) del punto 2.5 precedente, en relación con lo dispuesto en el punto 2.7 siguiente.
2.7 CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
Los oferentes podrán formular consultas a las Bases sólo a través del foro que estará habilitado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, desde la fecha de publicación del llamado en dicho portal y hasta el día y hora señalados en el literal e) del punto 2.5 precedente. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, durante el período comprendido entre el vencimiento del plazo para formular consultas a las Bases y el día y hora señalados en el literal f) del numeral 2.5 precedente. Las respuestas que se
entreguen serán consideradas como parte integrante de las presentes Bases de Licitación.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, la Subsecretaría podrá efectuar por iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de ofertas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases.
Con todo, la Subsecretaría podrá modificar de oficio las presentes Bases antes del plazo establecido para el cierre de recepción de ofertas, mediante acto administrativo totalmente tramitado y publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, otorgando un plazo prudencial para que los proveedores interesados en participar, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
2.8 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Los proveedores que participen en la presente licitación, deberán suscribir e ingresar su oferta en formato electrónico, a través del Sistema de Información, en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en el plazo señalado en el literal c) del punto 2.5 precedente, mediante archivo adjunto. Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del
D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Las ofertas deberán efectuarse a través de los formularios respectivos, contenidos en los Anexos de las presente Bases, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos en las bases técnicas y deberán adjuntarse todos los documentos solicitados en soporte electrónico (formato PDF o digitalizado), debidamente llenados y firmados por oferente o su(s) respectivos(s) representante(s), según corresponda.
No se evaluarán ofertas que no hayan sido recibidas a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
Sólo se considerarán las ofertas presentadas dentro del plazo señalado en el literal c) del punto 2.5 de estas Bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Asimismo, los proponentes no podrán retirar las propuestas, ni modificarlas una vez presentadas, sin perjuicio de efectuar las aclaraciones que le solicite la Comisión Evaluadora.
Cada proveedor deberá presentar una sola oferta en el proceso licitatorio regido por estas bases; en el caso de presentar más de una oferta, se considerará aquélla que haya sido ingresada primero al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, rechazándose las siguientes al momento del acto de apertura.
2.9 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta técnica y económica deberá ajustarse a lo previsto en las bases técnicas y en los puntos 2.9.1 y 2.9.2 de estas bases, debiendo ser presentada a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx en formato electrónico, en los formularios contenidos en los anexos y documentos que se indican en los siguientes apartados.
En caso de no presentar dentro del plazo el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, o de acompañar este último incompleto, la oferta será desestimada y será declarada inadmisible.
Tendrá lugar la misma consecuencia si dentro de dicho plazo el oferente no acompaña el Anexo N° 5 “Oferta Técnica” o no indica cumplir con los requerimientos mínimos de las bases técnicas.
2.9.1 DE LA OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica deberá ajustarse a lo previsto en las bases técnicas y en el presente punto y deberá ser presentada a través del portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, en formato electrónico o digital, en los anexos y documentos que a continuación se indican:
a) Anexo N° 5 “Oferta Técnica”
En este Anexo deberá constar que el oferente cumple con todos los requerimientos mínimos que se señalan en los puntos 1.6, 1.7 y 1.21 de las bases técnicas.
Además, a través de este Anexo, el proponente podrá ofertar un plazo menor a 180 días corridos para la ejecución del proyecto de habilitación, de conformidad con lo regulado en el punto 1.11 de las bases técnicas. Dicho plazo será evaluado según lo establecido en el punto 2.18, literal c) de estas bases.
b) Experiencia del Oferente
Experiencia deseable en obras de similares características, que será evaluada de conformidad con lo establecido en el punto 2.18, letra d) de estas bases, en donde al menos una de ellas se haya ejecutado, a más tardar, en el mes xx xxxx de 2016.
Se entenderán como obras similares todas aquellas relacionadas con construcción de edificaciones, habilitación de oficinas, reparación o mantención de edificaciones, que dispusieran de un presupuesto hasta 30% menor al presupuesto máximo informado en el punto 1.25 de las presentes bases.
Para estos efectos, se entenderá por obra ejecutada la que se encuentre terminada y recibida sin observaciones por parte del mandante al momento de la recepción provisional de obras o de cualquier otra etapa o fecha en que finalicen las obras y comience el período de garantía.
El oferente deberá acreditar su experiencia a través de certificado simple, carta de recomendación o correo electrónico emitido por la institución, empresa o persona natural respecto de la cual el oferente efectuó las obras que presenta como experiencia. Para que los certificados, cartas y/o correos electrónicos sean evaluados deberán estar debidamente firmados por la Contraparte Técnica o por el representante de la entidad que lo emite.
Dichos documentos deberán señalar como información mínima: el nombre o razón social del oferente, el nombre de la institución, empresa o persona natural respecto de la cual realizó las obras de similares características, el nombre o identificación de la obra ejecutada, la fecha de inicio y la fecha de recepción provisional de la obra o de cualquier otra etapa o fecha en que finalicen las obras y comience el periodo de garantía, el monto total del contrato, la cantidad de metros cuadrados construidos por el oferente, un medio de contacto y quien suscribe el certificado, carta o correo.
En caso que la información consignada en el certificado, carta de recomendación o correo electrónico no cumpla con las indicaciones mínimas señaladas en este punto, no se considerará al momento de evaluar el criterio “Experiencia del proponente en obras similares”, dispuesto en el punto 2.18, letra d) de las presentes bases.
A través del literal A-, del Anexo N° 7, se adjunta un modelo de certificado que podrá ser utilizado por los oferentes. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptarán otros certificados, cartas de recomendación o correos electrónicos en la medida que contengan la información mínima solicitada en el presente literal.
c) Experiencia de los Profesionales
Debido a la naturaleza de las obras de habilitación, el oferente deberá considerar en su propuesta un equipo de trabajo adecuado para desarrollar las labores relacionadas con este requerimiento. En razón de ello el proponente deberá incluir profesionales con la siguiente experiencia:
i. Profesional Residente de Obras.
La persona designada como Residente de Obras estará a cargo de la obra por parte del contratista, deberá relacionarse oficialmente con la Contraparte Técnica del contrato y será responsable de supervisar todos los aspectos técnicos del proyecto.
Este profesional deberá tener título de alguna institución chilena acreditada o de alguna institución extranjera con título validado en Chile por la institución que corresponda. El profesional deberá contar con el título de Ingeniero Civil, Arquitecto, Constructor Civil o afín.
Se pide experiencia profesional deseable de 3 años, calculados desde la titulación hasta la fecha de publicación de las bases en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, además de participación como Profesional Residente, Jefe de la Inspección Técnica de Obra o Director de Proyecto en 2 obras de presupuesto similar al del presente proyecto. Para tales efectos, se entenderá como obras similares a todas aquellas relacionadas con construcción de edificaciones, habilitación de oficinas, reparación o mantención de edificaciones, que dispusieran de un presupuesto hasta 30% menor al presupuesto máximo informado en el punto 1.25 de las presentes bases.
Para acreditar la experiencia del profesional residente de obras, el oferente deberá adjuntar una copia simple del título profesional, el currículo vitae firmado por el profesional y un listado de las obras ejecutadas por aquel, detallando, como mínimo, nombre del contrato, monto del contrato, metros cuadrados construidos por el profesional, nombre del mandante respectivo y funciones cumplidas por el profesional en tales obras.
A través del literal B-, del Anexo N° 7, se adjunta un modelo de listado de obras ejecutadas por el profesional residente de obras que podrá ser utilizado por los oferentes. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptarán otros formatos en la medida que contengan la información mínima solicitada en el presente numeral.
En caso que no se acompañe la documentación antes exigida o que la información proporcionada no cumpla con lo requerido en este numeral, no se considerará al momento de evaluar el subcriterio “Experiencia del profesional residente de obras”, dispuesto en el punto 2.18, letra b), numeral i) de las presentes bases.
ii. Profesional Eléctrico.
La persona designada como profesional eléctrico estará a cargo de las partidas eléctricas y corrientes débiles de la obra de habilitación y deberá reportar al residente de obras sobre tales aspectos técnicos del proyecto.
Este profesional deberá tener título de alguna institución chilena acreditada o de alguna institución extranjera con título validado en Chile por la institución que corresponda. El profesional deberá contar con título de Ingeniero Civil, Ingeniero de Ejecución Eléctrica, Constructor Civil o afín. Además, deberá tener acreditación clase A en la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), al momento de la oferta y durante la vigencia del contrato.
Se pide experiencia profesional deseable de 2 años en proyectos eléctricos calculados desde la fecha de publicación de las bases en el portal
xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, además de participación como profesional eléctrico en 1 obra de presupuesto similar al del presente proyecto. Para tales efectos, se entenderá como obras similares a todas aquellas relacionadas con construcción de edificaciones, habilitación de oficinas, reparación o mantención de edificaciones, que dispusieran de un presupuesto hasta 50% menor al presupuesto máximo informado en el punto 1.25 de las presentes bases.
Para acreditar la experiencia del profesional eléctrico, el oferente deberá adjuntar una copia simple del título profesional, el currículo vitae firmado por el profesional, copia de la certificación clase A de la SEC vigente, y un listado de las obras ejecutadas por aquel, detallando, como mínimo, nombre del contrato, monto del contrato, metros cuadrados construidos por el profesional, nombre del respectivo mandante y funciones cumplidas por el profesional en tales obras.
A través del literal C-, del Anexo N° 7, se adjunta un modelo de listado de obras ejecutadas por el profesional eléctrico que podrá ser utilizado por los oferentes. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptarán otros formatos en la medida que contengan la información mínima solicitada en el presente numeral.
En caso que no se acompañe la documentación antes exigida o que la información proporcionada no cumpla con lo requerido en este numeral, no se considerará al momento de evaluar el subcriterio “Experiencia del profesional eléctrico”, dispuesto en el punto 2.18, letra b), numeral ii) de las presentes bases.
2.9.2 DE LA OFERTA ECONÓMICA.
El detalle de la oferta económica deberá presentarse a través del Anexo N° 4 “Oferta Económica”, en el que se deberán indicar los precios netos para cada uno de los ítems especificados en el punto 1.6 de la Bases Técnicas, expresado en UF. Además, a través del Anexo N° 4 se deberá indicar el precio total neto (correspondiente a la sumatoria de los precios netos de los ítems en señalados en ese anexo), el impuesto respectivo y el valor total del proyecto.
Al momento de ingresar su oferta económica en el formulario electrónico del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, se deberá consignar el valor total del proyecto. En caso que existiera diferencia entre la información ingresada al portal y lo informado en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, prevalecerá este último, sin perjuicio de que se pueda solicitar aclaración en virtud del punto 2.16 de las presentes bases.
2.10 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para garantizar la seriedad de las obligaciones emanadas de la oferta, cada proponente deberá presentar, dentro del plazo de cierre de recepción de las propuestas técnicas y económicas, una garantía de seriedad de la oferta, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva.
Con todo, la garantía de seriedad de la oferta deberá ser tomada por el oferente, por uno o varios integrantes de la unión temporal de proveedores o por un tercero a su nombre, emitida en pesos chilenos, por una entidad con sucursal en Chile, pagadera a la vista e irrevocable, cuyo monto será de $300.000.- (trescientos mil pesos chilenos), a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vencimiento no inferior a 90 días hábiles, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso que la Subsecretaría efectuare modificaciones a las bases, de conformidad con lo dispuesto en el punto 2.7 del presente pliego de condiciones, el plazo de vencimiento antes referido se contará desde la nueva fecha de cierre de recepción de ofertas que se fije con el objeto de que los interesados en participar del proceso de licitación, puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales
modificaciones.
En el evento de que la garantía de seriedad de la oferta esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva.
Asimismo, en el caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento, y deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que se describen en este punto o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, al momento de su entrega, el proponente deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2.2 “Unión Temporal de Proveedores” de estas bases, la garantía de seriedad de oferta deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxx 0x, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del oferente. En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o podrá subirse al portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx junto con los antecedentes administrativos de la respectiva oferta.
El instrumento que garantice la seriedad de la oferta deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Garantía de seriedad de la oferta en la licitación pública para la contratación del servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional xx Xxxxxxxxxx N° 139, de la Subsecretaría de Transportes”, o una redacción similar.
Si dentro del plazo de vigencia de la garantía, la adjudicación respectiva no estuviera totalmente tramitada o suscrito el contrato, la Subsecretaría solicitará a los oferentes, antes de la fecha de expiración de la garantía, su prórroga por 90 días hábiles, entendiéndose prorrogada la vigencia de las ofertas por igual plazo. Si el oferente no renovare el documento de garantía, se le tendrá por desistido de su oferta.
En el evento que la garantía no se presente dentro del plazo establecido en el literal
a) del punto 2.5 o no cumpla con lo dispuesto en el presente punto, la oferta será declarada inadmisible.
La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva unilateralmente, por la vía administrativa, por la Subsecretaría, en los siguientes casos:
a) Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma,
b) Si siéndole adjudicada la licitación:
i. No proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo dentro de los plazos previstos en estas bases, o
ii. No suscribe el contrato dentro del plazo previsto en esta Bases, o
iii. No se encuentre inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, a la época de suscripción del contrato, o
iv. No entregase la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en la oportunidad indicada en estas bases, o
v. La oferta presenta información no fidedigna.
La devolución de la garantía de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido
declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la adjudicación o declare desierto el proceso concursal, según corresponda. El oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas, podrá retirar su documento de garantía en el Departamento Administrativo de la Subsecretaría de Transportes, luego que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado, acontecimiento que se le informará vía correo electrónico.
La garantía de seriedad de la oferta presentada por el adjudicatario le será devuelta una vez que se efectúe la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
2.11 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Los siguientes documentos, de no encontrarse acreditados electrónicamente en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, deberán adjuntarse en formato electrónico o digital a la propuesta, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx:
A. Persona Jurídica:
1. Información del oferente de acuerdo al formato del Anexo N° 1, “Formulario de Presentación de Ofertas”.
2. Copia de e-RUT de la persona jurídica.
3. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad del o de los representante(s) legal(es).
4. Antecedentes legales:
i. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada:
- Documento que dé cuenta de la vigencia de la persona jurídica y el documento en que conste la personería de su(s) representante(s) legal(es), de acuerdo a la naturaleza de la sociedad.
ii. Tratándose de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales: certificado de vigencia y certificado de estatuto actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades.
iii. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada: antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del o de los representante(s) legal(es), emitidos por las autoridades que correspondan.
5. Declaración jurada simple, debidamente firmada, acreditando que no afectan al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4°, incisos 1° y 6°, de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de no encontrarse condenado a alguna de las penas establecidas en los artículos 8° N° 2 y 10° de la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, y de no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia (según formato contenido en el Anexo N° 2-A).
Los anexos y declaraciones precedentemente señalados deberán ser firmados por el o los representante(s) legal(es) de la persona jurídica, información que deberá ser
consistente con los antecedentes exigidos en este punto.
B. Persona Natural:
1. Información del oferente de acuerdo al formato del Anexo N° 1, “Formulario de Presentación de Ofertas”.
2. Fotocopia simple de la Cédula Nacional de Identidad y/o copia de e-RUT, según corresponda, en un giro en virtud del cual el oferente tribute en primera categoría de la Ley de Impuesto a la Renta.
3. Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
4. Declaración jurada simple, debidamente firmada, acreditando que no afectan al oferente las inhabilidades e incompatibilidades del artículo 4°, incisos 1° y 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, de no encontrarse condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, y de no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 26, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia (según formato contenido en el Anexo Nº 2-B).
C. Persona Natural o Jurídica Extranjera:
1. Éstas deberán acompañar copia simple de la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería de quien(es) presenta(n) la propuesta en su representación.
2. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación debe entregarse traducida al español.
D. Unión Temporal de Proveedores:
1. Información de los oferentes, de acuerdo al formato del Anexo N° 1 “Formulario de Presentación de Ofertas” el que debe ser presentado de manera conjunta.
2. Conforme lo dispuesto en el artículo 67 bis del citado D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, cada uno de sus miembros deberá presentar los antecedentes indicados en las letras precedentes, según corresponda, con excepción del Anexo 1.
Los proponentes, sean éstos personas naturales o jurídicas, que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, y que mantengan acreditados en dicho portal los respectivos antecedentes, podrán exceptuarse de adjuntar a la propuesta los documentos señalados, a excepción de las declaraciones juradas.
Los oferentes que no se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores deberán presentar los antecedentes legales mencionados en este punto, por vía electrónica, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, dentro del plazo de recepción de ofertas señalado en el punto 2.5 de las presentes bases de licitación. La misma regla se aplicará en el caso de los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, respecto de aquellos antecedentes que no se encuentren acreditados en éste.
2.12 VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días hábiles, contados desde el vencimiento del plazo para su presentación.
2.13 APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las propuestas técnicas y económicas se efectuará en el día y horas fijado para tales efectos en el punto 2.5, de las presentes Bases, en un solo acto, esto quiere decir que tanto las Propuestas Técnicas como Económicas serán abiertas en una misma y única oportunidad a través del Sistema de Información.
Solo se procederá a revisar las ofertas enviadas electrónicamente, a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, la Subsecretaría podrá declarar inadmisibles las ofertas presentadas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases, sin perjuicio de lo indicado en el numeral 2.15. Asimismo, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos la declaración debe ser por acto administrativo fundado.
Lo anterior, no obsta a que por cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, se desestime aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
2.14 REVISIÓN DE ANTECEDENTES
Se verificará en la etapa de apertura electrónica de las ofertas que la presentación de éstas cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 2.9, 2.10 y 2.11 de las presentes Bases y, de verificarse que ello no ocurre, serán desestimadas y no serán evaluadas. Lo anterior, es sin perjuicio de lo regulado en el punto 2.15 siguiente.
2.15 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora señalada en el punto 2.17 “Comisión Evaluadora”, podrá solicitar a los oferentes, a través de la funcionalidad disponible en el portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, portal web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
A través de estos documentos no podrá presentarse una oferta técnica o económica distinta a la presentada dentro del período establecido en estas Bases para recibir ofertas.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas hábiles, que se contarán una vez transcurridas 24 horas desde la publicación del requerimiento en el portal, conforme a lo señalado en el artículo 6° del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, para responder a lo solicitado a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el Acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación en la forma y dentro del plazo requerido de los antecedentes solicitados en virtud de este punto, será considerada por la
Comisión Evaluadora al momento de evaluación de la respectiva oferta, conforme al criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”.
En el evento que los antecedentes requeridos por la Subsecretaría conforme a este punto, no fuesen presentados en tiempo y forma por los oferentes, serán evaluados con 0 puntos en el ítem respectivo, según se regula en el punto 2.18 de estas bases.
2.16 SOLICITUD DE ACLARACIONES A LOS PROPONENTES
Durante el período de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes, a través del foro inverso disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, aclaraciones con respecto a sus ofertas.
Las aclaraciones que se soliciten o se den, en ningún caso podrán complementar o modificar las ofertas o el precio de la misma o, en virtud de ellas, incorporarse documentos adicionales a las ofertas ya presentadas, ni transgredir el principio de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción a las bases.
Las aclaraciones que realicen los oferentes en razón de este punto, deberán efectuarse dentro del plazo establecido en el punto 2.15 precedente, a través del Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
De dicha solicitud se deberá dejar constancia en el Acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
2.17 COMISIÓN EVALUADORA
Las propuestas presentadas en el presente proceso de licitación serán evaluadas por una Comisión Evaluadora cuyos integrantes serán designados, tanto en su calidad de titulares, como de reemplazantes, en la parte resolutiva del acto administrativo que apruebe las presentes bases.
La Comisión Evaluadora estará integrada por 3 funcionarios públicos, ya sean personal de planta o a contrata, de la Subsecretaría, de sus Programas dependientes, o de otros servicios públicos. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrá integrarse por personas ajenas a la Administración, con calidad de agente público y cuyos convenios contemplen la tarea de integrar comisiones evaluadoras.
Los integrantes de la Comisión Evaluadora, no podrán tener conflictos de interés con los oferentes al momento de la evaluación, debiendo abstenerse de integrarla cuando se hubiere manifestando el impedimento. En consecuencia, los integrantes de la Comisión Evaluadora designados deberán emitir, previo a la apertura de las ofertas, una declaración jurada de:
a) No tener conflicto de interés con los oferentes del presente proceso licitatorio;
b) Comprometerse a mantener una confidencialidad en cuanto al contenido de las bases y a las deliberaciones durante el proceso de evaluación; y
c) Comprometerse a no aceptar donativos de terceros durante el proceso de evaluación.
La Comisión Evaluadora deberá emitir un informe (Acta de Evaluación), fundado en los criterios de evaluación y ponderación señalados en el siguiente punto de estas bases.
Este informe deberá establecer el orden de prelación entre los seleccionados, de acuerdo al puntaje obtenido en la evaluación técnica y económica de las ofertas, proponiendo al Subsecretario de Transportes la adjudicación de la oferta que estime más conveniente a los intereses del Servicio o, en su caso, proponer declarar la inadmisibilidad de las ofertas o declarar desierta la licitación.
La Subsecretaría informará a través del portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, el resultado del llamado a licitación.
El Acta de Evaluación, deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
a) El listado de todas las ofertas que fueron objeto de análisis por parte de la Comisión;
b) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación -establecidos en estas bases-, así como los puntajes asignados a cada oferta de acuerdo con tales criterios;
c) Deberá dejarse constancia tanto de la evaluación de las ofertas técnicas como de la evaluación de las ofertas económicas;
d) Las solicitudes de aclaración de ofertas, rectificación de errores u omisiones formales comunicadas a través del Sistema de Información de Compras y la individualización de los oferentes a quienes se les hubieren cursado;
e) La circunstancia de haberse recibido o no las respuestas a las mencionadas solicitudes de aclaración de ofertas, rectificación de errores u omisiones;
f) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiendo especificarse los requisitos incumplidos y otras consideraciones que la Comisión estime conveniente consignar;
g) La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a la Subsecretaría de Transportes;
h) Los puntajes finales obtenidos por cada oferente y una propuesta de adjudicación a aquel proveedor que haya obtenido el máximo puntaje; e
i) Individualización de cada uno de los integrantes de la Comisión Evaluadora.
2.18 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Criterios de evaluación | Ponderación |
a) Precio | 40% |
b) Experiencia de los profesionales | 25% |
c) Plazo de ejecución | 20% |
d) Experiencia del proponente en obras similares | 10% |
f) Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta | 5% |
TOTAL | 100% |
Las propuestas se evaluarán de acuerdo a los siguientes criterios:
a) Criterio de evaluación “Precio”:
Para evaluar la oferta económica se considerará el Valor Total del Proyecto declarado en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”. El cálculo de este criterio se realizará dividiendo el Valor Total de menor monto entre todas las ofertas admisibles (VFmin), por el Valor Total de la oferta en evaluación (VFi), multiplicando el resultado por el porcentaje asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Dónde:
Pi = VF min * %
VFi
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i. VFi = Valor Total de la oferta en evaluación i.
VFmin = Valor Total de menor monto entre todas las ofertas admisibles.
% = Porcentaje asignado al criterio específico, ingresado como número entero (Ej. 40% se ingresa como 40).
b) Experiencia de los Profesionales:
i. Experiencia del Profesional Residente de Obras
Para la evaluación de este subcriterio se estará a lo dispuesto en el apartado i., del literal c) del punto 2.9.1 de las presentes bases.
El profesional cuenta con 3 o más años de experiencia y ha realizado 2 o más obras de similares características como Profesional Residente, Jefe de la Inspección Técnica de Obra o Director de Proyecto. | 20% |
El profesional cuenta con menos de 3 años de experiencia o ha realizado menos de 2 obras de similares características como Profesional Residente, Jefe de la Inspección Técnica de Obra o Director de Proyecto. | 10% |
El profesional cuenta con menos de 3 años de experiencia y ha realizado menos de 2 obras de similares características como Profesional Residente, Jefe de la Inspección Técnica de Obra o Director de Proyecto. | 5% |
La información proporcionada no cumple con lo señalado en el numeral i) del literal c) del punto 2.9.1 de las presentes bases, o el oferente no informa la experiencia del profesional residente de obra. | 0 |
ii. Experiencia del Profesional Eléctrico
Para la evaluación de este subcriterio se estará a lo dispuesto en el apartado ii., del literal c) del punto 2.9.1 de las presentes bases.
El profesional cuenta con 2 o más años de experiencia y ha participado en 1 o más obras de similares características como Profesional Eléctrico. | 5% |
El profesional cuenta con menos de 2 años de experiencia o no ha realizado 1 obra de similares características como Profesional Eléctrico. | 2,5% |
La información proporcionada no cumple con lo señalado en el numeral ii) del literal c) del punto 2.9.1 de las presentes bases, o el oferente no informa experiencia del profesional eléctrico. | 0 |
c) Plazo de ejecución:
El cálculo del presente criterio se realizará dividiendo el menor plazo de ejecución entre todas las ofertas (PEmin) admisibles, por el plazo de la oferta en evaluación (PEi), multiplicando el resultado por el porcentaje asignado al criterio específico, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Dónde:
Pi = PE min * %
PEi
Pi = Puntaje ponderado del criterio en evaluación de la oferta i. PEi = Plazo de ejecución de la oferta en evaluación i.
PEmin = Menor plazo de ejecución entre todas las ofertas admisibles.
d) Experiencia del proponente en obras similares:
Para la evaluación de este criterio se estará a lo dispuesto en el punto 2.9.1, letra b) de las presentes bases.
El oferente presenta 7 o más cartas de recomendación, certificados simples y/o correos electrónicos que acreditan experiencia en obras similares a la requerida en las bases técnicas y al menos una de esas obras se ejecutó, a más tardar, en el mes xx xxxx de 2016. | 10% |
El oferente presenta entre 4 y 6 cartas de recomendación, certificados simples y/o correos electrónicos que acreditan experiencia en obras similares a la requerida en las bases técnicas | 7% |
y al menos una de esas obras se ejecutó, a más tardar, en el mes xx xxxx de 2016. | |
El oferente presenta entre 1 y 3 cartas de recomendación, certificados simples y/o correos electrónicos que acreditan experiencia en obras similares a la requerida en las bases técnicas y al menos una de esas obras se ejecutó, a más tardar, en el mes xx xxxx de 2016. | 4% |
La información consignada en las cartas de recomendación, en los certificados simples y/o en los correos electrónicos no cumple con las indicaciones mínimas señaladas en el literal b) del punto 2.9.1 de las presentes bases y/o ninguno de ellos refiere a una obra que permita acreditar la experiencia deseable, o bien, el oferente no informa experiencia. | 0 |
e) Criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”:
Criterio | Ponderación Obtenida |
Presenta en tiempo y forma los antecedentes establecidos en el punto 2.11 de las Bases Administrativas, en el plazo de presentación de ofertas, dispuesto en el punto 2.5 de las referidas Bases. | 5% |
No presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en el punto 2.11, dentro del plazo de presentación de ofertas dispuesto en el punto 2.5 de las Bases Administrativas, pero subsana la omisión en virtud de lo dispuesto en el punto 2.15 de las referidas Bases. | 3% |
El oferente no presenta la totalidad de los antecedentes solicitados en el punto 2.11 de las Bases Administrativas, dentro del plazo para recibir ofertas, ni tampoco subsana la omisión en el plazo dispuesto en el punto 2.15 de las referidas bases. | 0% |
2.19 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”.
En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la oferta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Experiencia de los profesionales”. De mantenerse el empate, la oferta se adjudicará al oferente con mejor puntaje en el criterio “Plazo de ejecución”. De continuar el empate, la oferta se adjudicará al proponente con mejor puntaje en el criterio “Experiencia del proponente en obras similares”. De mantenerse el empate, la oferta se adjudicará al oferente que hubiere ingresado primero su oferta en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx. Finalmente, si el empate persiste será resuelto mediante sorteo.
2.20 ADJUDICACIÓN
La Subsecretaría adjudicará la licitación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, de conformidad a los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones establecidos en las presentes bases.
En conformidad con el artículo 41 del DS N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 19.886, previo a la adjudicación, se les solicitará a aquellos oferentes que hayan omitido presentar los antecedentes relativos a los poderes de quien(es) lo(s) represente(n) y que fueren requeridos en virtud del artículo 40 del DS N° 250, ya citado, en la oportunidad correspondiente. Si requeridos los antecedentes para la adjudicación estos no se entregaren, se declarará inadmisible
la oferta y se adjudicará a la propuesta que le siga en puntaje, pues en conformidad con el artículo 41 citado, no podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente.
La adjudicación se formalizará a través del correspondiente acto administrativo dictado por la Subsecretaría, el que deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que regula la adjudicación de la oferta y su notificación.
La Subsecretaría se reserva el derecho de rechazar fundadamente las propuestas, ya sea porque no cumplen con los requisitos de admisibilidad establecidos en las presentes bases de licitación o porque no son convenientes a sus intereses, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
En caso que la adjudicación no se realice dentro del plazo indicado en el literal g) del punto 2.5, se informará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al plazo de adjudicación, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones de dicha situación y se indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
El acto administrativo que declare desierta la licitación, inadmisibles las propuestas o que la adjudique, será publicado en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo a lo indicado en estas bases.
En caso que un adjudicatario se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación, y así sucesivamente con todas las ofertas que fueron consideradas admisibles.
La adjudicataria se entenderá desistida de su oferta en los siguientes casos:
a) Cuando no se inscriba o no se encuentre hábil, en forma oportuna, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de acuerdo al plazo establecido en el punto 2.22.1 de estas bases.
b) Si no concurre a suscribir el contrato dentro del plazo señalado en el punto
2.22.1 “Formalización del Contrato”, de estas bases.
c) Si no entrega, dentro del plazo, los documentos requeridos en el punto 2.22.2 “Antecedentes Legales y Administrativos para ser Contratado”, de estas bases.
d) Si no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato prevista en el punto 2.23, de las presentes bases.
e) Si concurre cualquier otra causal de desistimiento, contemplada en estas bases, en la Ley N° 19.886, de Compras Públicas o en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de Compras Públicas.
La Subsecretaría, en el acto de la adjudicación, requerirá, tratándose de adjudicatario extranjero, el cumplimiento de cualquiera de las exigencias, según correspondiere, establecidas en el inciso 4° del artículo 4° de la Ley N° 19.886, y en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
2.21 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS DE LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán enviar sus consultas referentes a la adjudicación, hasta dentro del tercer día hábil de notificada. Las consultas se efectuarán a través de los correos electrónicos xxxxxxxxxxxx00@xxx.xxx.xx y/o xxxxxxxx@xxx.xxx.xx, ambas casillas de la Subsecretaría de Transportes, o bien, mediante el Sistema de Información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, y serán respondidas por la misma vía a través de la cual hubieren sido ingresadas.
2.22 CONTRATACIÓN
2.22.1 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Adjudicada la presente licitación, la Subsecretaría redactará el respectivo contrato, que deberá ser suscrito dentro de los 30 días corridos contados desde la notificación de la adjudicación en el Sistema de Información y Contratación Pública, esto es, una vez transcurridas 24 horas desde la publicación de la adjudicación en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, a menos que la Subsecretaría requiera un plazo mayor para un mejor estudio de los antecedentes del caso. El contrato se suscribirá por el valor total del precio adjudicado, incluidos los impuestos que pudieran corresponder.
Previo a la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá acreditar su habilidad para ser proveedor del Estado, encontrándose inscrito y figurando en estado “hábil” en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
En caso que el adjudicatario no se encuentre inscrito o en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx, deberá inscribirse o adquirir la calidad referida, en el plazo máximo de 15 (quince) días hábiles contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación de su oferta. Si transcurrido este plazo, el adjudicatario no se hubiere inscrito, o no hubiere adquirido el estado “hábil” referido, se entenderá que se desiste de su oferta y la Subsecretaría dejará sin efecto la adjudicación y podrá readjudicar la licitación a quien haya obtenido el siguiente mejor puntaje en el proceso de evaluación o desestimarse la licitación. El procedimiento anterior, podrá repetirse las veces que resulte necesario.
En el evento que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, la inscripción y habilidad exigida precedentemente, aplicará para cada uno de los integrantes de dicha Unión.
Finalmente, si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo señalado, o no acompaña los documentos requeridos para la suscripción del contrato, entre ellos los mencionados en el numeral siguiente, o no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento solicitada en las presentes bases, la oferta adjudicada podrá desestimarse, pudiendo en este caso dejarse sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación al proponente que cuente con el siguiente mejor puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, siguiendo el procedimiento fijado en las presentes bases, o bien, desestimar la licitación, declarándola desierta. El procedimiento de readjudicación recién señalado, podrá repetirse las veces que sea necesario.
2.22.2 ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATADO
Para proceder a la contratación del adjudicatario, la Subsecretaría verificará que éste o las personas naturales y/o jurídicas que lo integran sea(n) hábil(es) para contratar con el Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 19.886 y en el artículo 92 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y que no concurra la inhabilidad de haber sido condenado por prácticas antisindicales, dentro de los dos años anteriores, revisando para ello el registro de “Empresas Condenadas por Prácticas Antisindicales” que lleva la Dirección del Trabajo y que está disponible en su página web xxx.xx.xxx.xx.
Previo a la suscripción del contrato, en caso que la documentación que se indica a continuación no se encuentre acreditada en Chile Proveedores (con la vigencia indicada, en los casos que corresponda), el adjudicatario deberá presentar dentro del plazo de 10 (diez) días corridos, contados desde la notificación de la adjudicación, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, entre las 09:00 y las 14:00 horas, o enviar a los correos electrónicos xxxxxxxxxxxx00@xxx.xxx.xx y/o xxxxxxxx@xxx.xxx.xx, ambas casillas de la Subsecretaría de Transportes, los siguientes antecedentes:
A. Persona Jurídica:
1. Antecedentes legales:
i. Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada:
a) Fotocopia simple del instrumento público en el que conste el poder del o de los representante(s) legal(es).
b) Documento que acredite la vigencia del poder del o de los representante(s) legal(es), de acuerdo a la naturaleza de la sociedad, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
ii. Tratándose de personas jurídicas acogidas a la Ley N° 20.659, que simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales:
a) Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
b) Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
iii.Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada:
a) Antecedentes que acrediten su vigencia y la de la personería de su(s) representante(s) legal(es), emitidos por las autoridades que correspondan, con una antigüedad no superior a 60 (sesenta) días corridos contados desde su emisión.
2. Declaración jurada de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. (Anexo N° 3-A). Para acreditar este hecho, el adjudicatario deberá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien, el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. Se exceptúa sin embargo de esta obligación, el adjudicatario cuya información relativa a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se encuentre disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
3. Declaración jurada simple de persona jurídica en cumplimiento de la letra e) del artículo 7º de la Ley N° 20.285. (Anexo N° 6).
B. Persona Natural:
1. Declaración jurada de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (Anexo N° 3-B). Para acreditar este hecho, el adjudicatario deberá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien, el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo, en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo. Se exceptúa sin embargo de esta obligación, el adjudicatario cuya información relativa a saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones se encuentre disponible en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xx.
C. Persona Extranjera:
1. Éstas deberán acompañar la documentación necesaria para acreditar su existencia legal y la personería del o de los representante(s) legal(es), otorgados o acreditados por las instituciones o funcionarios que, según las leyes
o prácticas del país de origen, estén autorizados para su emisión. Adicionalmente, lo documentos deben ser certificados por el Agente Consular Chileno en el país de origen y finalmente, deben ser legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
2. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación debe entregarse traducida al español.
D. Unión Temporal de Proveedores:
1. Fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores, en que conste, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Subsecretaría y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y que la vigencia de la Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba.
2. Cada uno de sus miembros deberá presentar los antecedentes indicados en las letras A., B. y C. precedentes, según corresponda.
Sin embargo, con ocasión de la revisión de los antecedentes precedentemente indicados, la Subsecretaría podrá requerir documentación complementaria en el evento de estimarlo necesario.
En caso que el adjudicatario no entregue la documentación dentro del plazo a que se refiere el párrafo segundo del presente punto o se formulen reparos a algún documento entregado, la Subsecretaría otorgará por escrito, mediante carta certificada o correo electrónico, un plazo adicional de hasta 5 (cinco) días hábiles para completar la documentación y/o subsanar las observaciones. Si transcurrido este plazo el adjudicatario no hace entrega de los documentos faltantes o no subsana las observaciones que se le hubieren formulado, la Subsecretaría estará facultada para evaluar la conveniencia de conferir un nuevo plazo, o bien, dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar la segunda oferta mejor evaluada si ésta es conveniente a sus intereses. Si la segunda oferta tampoco cumple con lo recién señalado, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar la tercera oferta mejor evaluada, procedimiento que se podrá realizar tantas veces como sea necesario.
2.23 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, según lo ordena la Ley N° 20.238, el adjudicatario deberá presentar, a más tardar a la fecha de firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, que podrá estar constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro, vale vista, certificado de fianza a la vista u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser emitida en pesos chilenos, por una entidad chilena o con sucursal en Chile, pagadera a la vista, irrevocable, cuyo monto será equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio total del contrato, a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0, con un plazo de vigencia no inferior a 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato.
En el evento de que la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato esté constituida por un Certificado de Fianza, éste deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento, a fin de asegurar el pago de manera rápida y efectiva.
En caso que el instrumento esté constituido por una Póliza de Seguro, ésta, además de los requisitos indicados en los párrafos anteriores, deberá ser a favor de organismos públicos, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral, extendida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero a nombre
de la Subsecretaría de Transportes, pudiendo emitirse en Unidades de Fomento. Deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas del incumplimiento de las presentes Bases y del contrato respectivo o, en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el adjudicatario deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
En caso que el adjudicatario corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía podrá ser otorgada física o electrónicamente. En caso de otorgarse físicamente, deberá ser presentada en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Transportes, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxxx Xx 000, xxxxxx x xxxxxx xx Xxxxxxxx, en horario de 09:00 a 14:00 horas, en un sobre cerrado señalando el nombre de la licitación, el ID correspondiente y en su anverso el nombre del adjudicatario.En caso de otorgarse electrónicamente, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y deberá ser enviada al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
El instrumento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá llevar, en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago, y de las obligaciones que ordena el artículo 11 de la Ley N° 19.886”.
En caso de cobro del instrumento de garantía por incumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en las bases y en el contrato, el contratista deberá renovar dicha garantía en los mismos términos establecidos en este punto, dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro, bajo sanción de término del contrato, según lo previsto en el punto 2.34 de las presentes Bases.
La garantía, sólo será devuelta a aquella persona con quien se suscribió el contrato de prestación de servicios. También se podrá hacer la devolución de la garantía a aquella persona a quien el contratista haya mandatado para hacer recepción conforme de dichos documentos; para esto se levantará, en su oportunidad, un acta de recepción y devolución de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se efectuará una vez vencido el plazo de 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato correspondiente, siempre que los servicios contratados se encuentren recibidos a plena conformidad de la Subsecretaría.
2.24 ESTADO DE PAGOS
El pago de la obra de habilitación ejecutada se hará contra estado de pago mensual, informado por el contratista, cuyo monto mínimo no podrá ser inferior a un 15% de avance de la obra, en caso contrario, el pago se diferirá al mes siguiente.
Para cursar los estados de pago el acto administrativo que apruebe el contrato deberá estar totalmente tramitado. Asimismo, el contratista deberá entregar previamente, a la contraparte técnica, los antecedentes que acrediten que no existen deudas con los trabajadores de la obra por concepto de remuneraciones, imposiciones, Seguro Social Obligatorio contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y de impuestos retenidos a dicho personal de sus sueldos y salarios. En el caso que el contratista se encuentre utilizando subcontratistas, deberá entregar copia de las mismas cancelaciones efectuadas por dichos subcontratistas a los organismos pertinentes.
La Contraparte Técnica revisará el estado de pago y en caso de estar de acuerdo con los avances de obras estipulados dará recepción conforme del estado de pago y firmará el estado de avance de obra.
El estado de pago será fechado el día que firme la Contraparte Técnica, y se pagará de acuerdo con el desarrollo de la obra, en el porcentaje que el valor de los trabajos ejecutados represente dentro del valor total del contrato y según el precio convenido en el mismo. En caso que la Contraparte Técnica rechace el estado de avance, el contratista deberá enmendar las observaciones detectadas.
Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa la Subsecretaría al contratista, a cuenta del valor de la obra que aquél está realizando. En ningún caso se estimarán estos abonos como la aceptación por parte de la Subsecretaría de la cantidad y calidad de la obra ejecutada.
La Subsecretaría queda facultada para no dar curso a los estados de pago cuando el contratista no acredite el pago oportuno de las remuneraciones, imposiciones previsionales, el pago de cotizaciones de la ley 16.744 de los trabajadores ocupados en las faenas o exista un impedimento judicial para proceder con el pago, o bien, podrá ordenar que se retenga de dichos estados de pago las cantidades adeudadas por tales conceptos, las que serán pagadas por cuenta del contratista a las personas o a las instituciones que correspondan.
2.25 PAGO DE LOS SERVICIOS
Una vez que el estado de pago esté firmado por la Contraparte Técnica, el contratista podrá generar la factura respectiva. El pago de la factura se realizará en pesos chilenos, de acuerdo al valor que tenga la Unidad de Fomento el día en que la Contraparte Técnica apruebe el estado de pago respectivo y se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida la respectiva factura, mediante transferencia electrónica de fondos, para lo cual se requerirá la información necesaria para realizar dicha transferencia al contratista, una vez recibida conforme la factura.
Las facturas deberán ser extendidas con los siguientes datos:
a) Nombre: Subsecretaría de Transportes
b) RUT: 00.000.000-0
c) Giro: Gobierno Central.
d) Dirección: Xxxxxxxxxx Xx 000, Xxxxxxxx.
En todo caso, el contratista deberá verificar dicha información con la Contraparte Técnica antes de proceder a la emisión de la factura.
Las facturas deberán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.
La Subsecretaría pagará el precio de los servicios prestados por el contratista, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado y que la orden de compra esté aceptada por el contratista.
b) Que el avance de la obra objeto de la presente contratación, esté recibido de manera conforme por parte de la contraparte técnica de la Subsecretaría de Transportes.
c) Que el contratista, junto con la factura, entregue un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales con una antigüedad no anterior a 60 días hábiles desde su presentación, o bien, el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.
En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley N°
19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, la Subsecretaría tendrá un plazo de 8 (ocho) días corridos contados desde la recepción de las respectivas facturas, para reclamar en contra de su contenido.
En conformidad con el artículo 4° de la ley N° 19.886, en el evento que existieran saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores del contratista o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago generado en razón de la presente contratación deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones. En este caso, se deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la contratación. El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista, dará derecho a la Subsecretaría a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en que el contratista no podrá participar.
2.26 RETENCIONES
En cada estado de pago parcial se retendrá un 10% del valor de la obra pagada, hasta enterar un 5% del valor total del contrato, incluidos sus aumentos. Dicha cantidad se resguardará como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato. Para efectuar estas retenciones, se considerará el valor que tenga la Unidad de Fomento el día en que la contraparte técnica apruebe el estado de pago respectivo.
Estas retenciones no estarán afectas a ningún tipo de reajuste y podrán reemplazarse por boletas de garantía o pólizas de seguro u otro documento financiero que sea pagadero a la vista y que tenga carácter de irrevocable, cuyo plazo de vigencia será equivalente al plazo pendiente del contrato. Esta garantía especial no excluye la que sirve de caución al contrato, ni autoriza para disminuirla, y se devolverá después de efectuada la recepción provisional conforme a lo dispuesto en el numeral 2.31 de las bases administrativas.
En caso que el plazo de ejecución de las obras se aumente, según se establece en los puntos 1.15 y 2.29 del presente requerimiento, el contratista deberá renovar la garantía que reemplaza a las retenciones para cubrir el nuevo plazo de ejecución.
2.27 ANTICIPO Y GARANTÍA POR ANTICIPO
Totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato y, si el contratista así lo estima, podrá solicitar un anticipo equivalente al 30% del precio del contrato, el que será pagado de acuerdo al valor que tenga la Unidad de Fomento el día de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el contrato. Previo al pago del mismo deberá otorgar una garantía o caución emitida por una entidad con sucursal en Chile, constituida por una boleta bancaria, póliza de seguro de ejecución inmediata, vale vista, certificado de fianza pagadero “a la vista” o “a primer requerimiento”, u otros instrumentos financieros que aseguren su cobro, por la Subsecretaría de Transportes, de manera rápida y efectiva, la que deberá ser extendida a la orden de la Subsecretaría de Transportes, Rol Único Tributario N° 00.000.000-0 y contener en caso que la naturaleza del instrumento lo permita, la siguiente glosa: “Para garantizar el anticipo del “servicio de ejecución de obras menores para la habilitación del primer piso del edificio institucional de Amunátegui N° 139, Santiago”.
La garantía deberá ser pagadera a la vista, podrá ser tomada por el contratista o por un tercero a su nombre y tener el carácter de irrevocable. En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2.2 de las bases administrativas, la póliza deberá estar constituida por un instrumento único.
La garantía deberá corresponder al monto total del anticipo solicitado y ser expresada en pesos chilenos, salvo tratándose de póliza de seguro, que podrá extenderse en Unidades de Fomento.
El documento de garantía por anticipo deberá tener una vigencia que cubra el tiempo que transcurra desde la fecha de inicio de ejecución de las obras de habilitación hasta 30 días corridos posteriores a la fecha de término de las obras.
En caso que aumente el plazo para la ejecución de las obras, el cual deberá estar aprobado de acuerdo al punto 2.29 de las presentes bases, el contratista deberá renovar esta garantía que reemplaza al anticipo en el nuevo plazo de ejecución establecido. En caso que el proveedor no reemplazare o renovare el documento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato antes de 30 días de su vencimiento, la Subsecretaría avisará el hecho al contratista dentro de los primeros 10 días corridos de dicho plazo, lo que no modifica los plazos ni la responsabilidad del contratista, quedando la Subsecretaría facultada para hacer efectivo dicho documento a la fecha de su vencimiento.
En caso que el documento se otorgue en forma electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá ser enviado al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx.
La devolución de la garantía se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la recepción conforme de los avances de obras que cubran el 30% de las obras contratadas, sin considerar las retenciones.
2.28 MULTAS
La Subsecretaría estará facultada para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que se indican:
a) Si el contratista no cumple alguna orden de la contraparte técnica registrada en el Libro de Obras, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día hábil de atraso en su cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.8 de las bases técnicas.
b) Si el contratista no cumple con la orden de retiro de material rechazado en el plazo y forma establecidos en el Libro de Obras, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día hábil de atraso en su cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.8 de las bases técnicas.
c) Si el contratista no entrega el Programa de Trabajo y Análisis de Precios Unitarios en los plazos establecidos en el numeral 1.9 de las bases técnicas o si el referido programa y Análisis de Precios Unitarios es rechazado por tercera vez consecutiva, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día hábil de atraso en su cumplimiento. En caso de que el programa sea rechazado por tercera vez, se considerará que el contratista se halla en incumplimiento desde el día en que la contraparte técnica certifique el rechazo hasta la aprobación del programa y Análisis de Precios Unitarios.
d) Si el contratista no entrega la información solicitada por la contraparte técnica en la forma y plazos indicados en el punto 1.16 de las bases técnicas, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por cada día hábil de atraso en su cumplimiento. Asimismo, si el contratista no informa sobre algún accidente de trabajo o enfermedad laboral a la contraparte
técnica dentro de las 48 horas siguientes de ocurridos los hechos, se aplicará una multa de 5 UTM por día hábil de retraso.
e) Si el contratista no cumple con las medidas necesarias para mantener en la obra, la higiene y seguridad del trabajo, de acuerdo a las normas legales que regulan estas materias, según lo establecido en el numeral 1.16 de las bases técnicas, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 3 UTM por cada evento que registre en el Libro de Obras la contraparte técnica.
f) Si el contratista no cumple con el plazo máximo de ejecución del proyecto establecido en el numeral 1.11 de las bases técnicas o con el plazo menor de ejecución que hubiere ofertado para la ejecución de los trabajos, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor, caso fortuito o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 30 UTM por cada día corrido de retraso.
g) En caso de una ausencia injustificada del profesional residente de obras, según lo establecido en el numeral 1.16 de las bases técnicas, siempre que la ausencia no haya sido causada por fuerza mayor o caso fortuito, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 2 UTM por cada día hábil de ausencia no justificada por el contratista.
h) En caso que el contratista no cumpla con las medidas de resguardo sanitario establecidas en el numeral 1.18 de las bases técnicas, siempre que el incumplimiento no haya sido causado por fuerza mayor o caso fortuito, o no se encuentre justificado ante la contraparte técnica, de conformidad con el procedimiento descrito en este punto, se aplicará una multa de 5 UTM por cada evento que registre en el Libro de Obras la contraparte técnica.
Procedimiento para hacer efectivas las multas:
En el evento de que el contratista incurra en los incumplimientos contractuales señalados precedentemente, la Subsecretaría, a través de la Contraparte Técnica, comunicará por escrito al contratista la aplicación de la multa y el descuento respectivo, otorgando un plazo de 10 (diez) días hábiles para que éste efectúe sus descargos. Presentados los descargos por el contratista o transcurrido el plazo de 10 (diez) días hábiles sin que ello se realice, la Contraparte Técnica realizará un estudio de los antecedentes presentados. Si el examen de éstos justifica el incumplimiento, la Contraparte Técnica archivará los descargos, junto con los demás antecedentes del caso. En caso contrario, es decir, si los antecedentes presentados por el contratista no son suficientes para justificar el incumplimiento, la Contraparte Técnica deberá elaborar un informe técnico definitivo, adjuntando todos los antecedentes para la elaboración del acto administrativo de aplicación de multa, el cual deberá ser publicado y notificado al contratista.
Estas multas se harán efectivas descontándose del pago pendiente más próximo al de su aplicación.
Para estos efectos, se considerará el valor de la UTM correspondiente a la fecha en que la contraparte técnica notifique por correo electrónico al contratista de la aplicación de la multa. Dicho descuento no afectará el impuesto que corresponda pagar o retener en su caso.
En el evento que se hubieren verificado todos los pagos previstos en el contrato, el pago de la(s) multa(s) deberá efectuarse a través del depósito del monto correspondiente en la cuenta corriente bancaria de la Subsecretaría, conforme al detalle que se informará en el acto administrativo respectivo. De no efectuarse el depósito dentro del plazo señalado, las multas se descontarán de la garantía de fiel cumplimiento constituida por el contratista.
Aplicada una multa, procederán en favor del contratista, los recursos de reposición, jerárquico y extraordinario de revisión, que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N° 19.880.
Cabe señalar que el monto máximo a cobrar por concepto de multas no podrá superar el 30% del precio total del contrato, en tal caso, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en conformidad con lo dispuesto en el punto 2.34 de las bases administrativas.
2.29 MODIFICACIONES DEL CONTRATO
Solo se efectuarán modificaciones al contrato cuando exista mutuo acuerdo entre las partes contratantes, en tanto estas no signifiquen una alteración de fondo en lo convenido, afectación al principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y siempre que dichas modificaciones cedan en ventaja de la Administración. Las modificaciones que se acuerden conforme con lo establecido en el punto 1.15.1 de las bases técnicas, considerando aumentos y disminuciones de obras, no podrán aumentar el precio total del contrato en más de un 30% (treinta por ciento). Dichas modificaciones deberán ser aprobadas previamente por el acto administrativo correspondiente.
2.30 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL ANTE TERCEROS
En esta habilitación se considera un seguro de Responsabilidad Civil ante Terceros, a fin de cubrir todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de la obra se cause a terceros.
La póliza de seguro de responsabilidad civil deberá ser tomada a favor de la Subsecretaría de Transportes por un monto equivalente al 5% del precio total del contrato, pudiendo emitirse en unidades de fomento (UF) y deberá tener el mismo plazo de vigencia que el contrato, considerando todos los aumentos de plazo que existieran.
Asimismo, deberá contener en forma explícita una cláusula de rehabilitación y renovación automática hasta la recepción definitiva de las obras. Ella no debe estar condicionada unilateralmente por el asegurador.
La póliza de responsabilidad civil deberá ajustarse a la aprobada por la Comisión para el Mercado Financiero bajo el Código POL 1 91 086, de cuyo artículo 2 referente a los Riesgos Excluidos, deberán eliminarse los numerales 2.3, 2.5, 2.10, 2.10.1, 2.10.2,
2.15 y 2.17, y deberá contemplar, además, la cláusula adicional de cobertura para trabajos de empresas de la construcción, Código CAD 1 91 092, o la que se encuentre vigente.
Esta póliza, cuya prima deberá ser pagada al contado por parte del contratista, contendrá en forma específica, dentro de la glosa correspondiente, la materia asegurada, los daños e indemnizaciones asegurados.
La póliza deberá ser entregada previo al inicio de los trabajos referidos en el numeral
1.12 de las bases técnicas. La no presentación de dicho instrumento en la oportunidad antes señalada, impedirá que el contratista comience los trabajos en los términos regulados en el citado numeral 1.12 de las bases técnicas.
En caso de oferentes que se presenten en forma conjunta, conforme lo dispuesto en el punto 2.2.2 de las bases administrativas, la póliza deberá estar constituida por un instrumento único.
El contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena, incluyendo edificaciones u otros que se encuentren ubicados en o cerca del sitio de las obras.
Este seguro deberá estar extendido a nombre de la Subsecretaría de Transportes sin deducibles, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula arbitral y no
podrá estar condicionado a resoluciones judiciales ni transacciones aceptadas por los aseguradores, sino limitarse a señalar el riesgo que se asegura.
2.31 RECEPCIÓN PROVISIONAL DE LAS OBRAS
Una vez terminada la ejecución de los trabajos, el contratista deberá entregar todos los planos, documentos y certificaciones indicados en el punto 1.21 de las bases técnicas y solicitará por escrito la recepción de la obra a la contraparte técnica, quien deberá verificar dicho término y el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato, con la debida certificación de calidad de las obras que se indique en el proyecto y en el plazo que se indique en el mismo.
Constatado lo anterior, la Contraparte Técnica deberá comunicar a la jefatura de la División de Administración y Finanzas de la Subsecretaría por oficio, en un plazo no superior a 5 días hábiles, la fecha en que el contratista puso término a la obra. Se entenderá como fecha de término el día en que el contratista hubiere terminado de construir el 100% de las obras contratadas e informado por escrito a la contraparte técnica de tal hecho.
La Subsecretaría designará, mediante acto administrativo, a tres funcionarios públicos para la creación de una comisión que efectúe la recepción provisional de las obras correspondientes. La Contraparte Técnica del contrato no podrá ser parte de esta comisión.
A la recepción podrán asistir, además de la comisión, la contraparte técnica y el contratista o su representante, los que deberán ser previamente citados. Una vez verificada por la comisión la correcta ejecución de la obra, ésta dará curso a la recepción provisional y levantará un acta que será firmada por todos sus miembros y, si lo deseare, por el contratista o su representante. Se consignará como fecha de término de la obra, la que haya indicado la contraparte técnica en el oficio a que se refiere el párrafo segundo y se incluirá como anexo el presupuesto de las obras recibidas, el cual también será firmado por todos los miembros de la comisión.
Si de la verificación de la obra efectuada por la comisión, resulta que los trabajos no están terminados o ejecutados en conformidad con los planos, especificaciones y reglas de la técnica, o se constata que se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, ésta no dará curso a la recepción provisional y elaborará un informe detallado a la Subsecretaría, proponiendo un plazo para que el contratista ejecute, a su xxxxx, los trabajos o reparaciones que determine. Con dicha información, la Subsecretaría oficiará al contratista, indicándole las reparaciones que deben realizarse y los plazos para su subsanación.
Una vez subsanados los defectos observados por la comisión, el contratista solicitará nuevamente la recepción a la Contraparte Técnica, quien verificará su término e informará a la comisión para que ésta proceda a efectuar la recepción provisional en un plazo no superior a 10 días corridos desde dicho informe, fijando como fecha de término de la obra, la indicada en el oficio de la Contraparte Técnica, adicionada con el plazo que el contratista empleó en ejecutar las reparaciones, plazo este último que deberá ser certificado por la Contraparte Técnica.
En caso que subsistan las observaciones a los trabajos realizados, la Comisión no dará curso a la recepción provisional, debiéndose repetir el procedimiento regulado en los párrafos anteriores, tantas veces sea necesario. En el evento que la fecha de término de la obra, determinada de conformidad con lo indicado precedentemente, exceda el plazo de ejecución del proyecto de habilitación, se cursará la multa establecida en el literal f) del numeral 2.28 de estas bases.
Cuando el contratista no hiciere las reparaciones y cambios dentro del plazo que la Subsecretaría le fije por oficio, ésta podrá ejecutar las garantías de fiel cumplimiento
En ningún caso el contratista podrá excusar su responsabilidad por los trabajos defectuosos o negarse a reconstruirlos, bajo pretexto de haber sido aceptados por la contraparte técnica.
Si después de efectuada la recepción provisional de la obra, resulta que los trabajos están ejecutados sin defecto alguno y en conformidad a los planos, especificaciones y reglas de la técnica; que no hay saldos pendientes en contra del contratista, y que éste y sus subcontratistas nada adeudan a los trabajadores de la obra por concepto de remuneraciones o imposiciones, se devolverán las retenciones efectuadas.
2.32 PERÍODO DE GARANTÍA
Durante el período de garantía, la Subsecretaría usará o explotará la obra como estime conveniente, siendo el contratista responsable de todos los defectos que presente la obra por él ejecutada, a menos que se deban a un uso o a una explotación inadecuada, o bien, a errores de diseño no imputables al contratista.
La explotación de la obra se iniciará normalmente una vez efectuada la recepción provisional y se extenderá por un plazo de 60 días corridos.
Cuando la autoridad ordene el uso o la explotación de la obra con anterioridad a la recepción provisional, no serán de cargo del contratista las fallas que ésta experimente, siempre que no sean imputables a su mala construcción o al empleo de materiales deficientes.
Si durante el período de garantía referido en este punto el contratista no subsanare, dentro del plazo que se indique, los defectos de construcción que presente la obra y que le son imputables, la Subsecretaría podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
2.33 RECEPCIÓN FINAL O DEFINITIVA
La recepción definitiva se hará en la misma forma y con la misma comisión que efectuó la recepción provisional, después que haya transcurrido el período de garantía indicado en el numeral precedente.
Antes de solicitar la recepción final, la Contraparte Técnica deberá certificar que todos los planos y estudios técnicos señalados en el numeral 1.21 de las bases técnicas hayan sido entregados por el contratista y cumplan con los requerimientos establecidos. En caso que el contratista no los haya entregado o la contraparte técnica tenga observaciones al respecto, no se podrá comenzar con la recepción final de obras. En caso que la comisión detecte defectos imputables al contratista, éste deberá repararlos a su xxxxx en el plazo que a proposición de la comisión establezca la Subsecretaría. Si el contratista no hiciera las reparaciones en el plazo fijado, la Subsecretaría podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En el caso de que la recepción final de obras no se pueda realizar dentro de las fechas establecidas, el contratista deberá seguir realizando los trabajos de reparación que se produzcan en la obra de habilitación y deberá aumentar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento por un período adicional de 90 días corridos.
Efectuada por la comisión la recepción definitiva sin observaciones, se procederá al término del contrato, el cual se comunicará mediante un oficio de la Subsecretaría dirigido al contratista. Cumplida esta formalidad y si no existen saldos pendientes a favor de la Subsecretaría, se devolverán al contratista las cauciones que hubiere constituido, en la forma y plazo establecidos en el presente requerimiento.
2.34 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Subsecretaría estará facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, si concurre alguna de las causales previstas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886, en el artículo 77 de su Reglamento, contenido en el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de, en caso de término anticipado, hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y las multas que procedieren.
Se entenderán como incumplimiento grave del contrato las siguientes conductas:
i. Si el monto de las multas aplicadas sobrepasa el 30% del valor total de la contratación.
ii. Si el contratista demora más de 30 días corridos en la iniciación de los trabajos o cualquier interrupción en el curso de ellos que dure más de 10 días corridos.
iii. Si durante el desarrollo del contrato emplee un subcontratista en la ejecución de las obras sin haber obtenido la autorización de la Contraparte Técnica.
iv. Si durante el desarrollo del contrato se comprobare que el contratista ha efectuado la cesión del mismo.
v. Si habiéndose cobrado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el contratista no la reemplaza dentro de los 10 días hábiles siguientes de notificado el acto administrativo que ordena su cobro.
vi. Si concurre cualquier otra causal contemplada expresamente en estas Bases.
La decisión de declarar administrativamente el término anticipado del contrato será calificada por la Subsecretaría, previo procedimiento descrito en este punto, y será adoptada en relación con los antecedentes puestos en conocimiento por la Contraparte Técnica y por los descargos del contratista, si se hubieran presentado en conformidad con lo regulado en el presente punto. Dicha decisión se efectuará a través de un acto administrativo fundado en el que constará la calificación de los hechos que constituyen el incumplimiento.
En el evento de que el contratista incurra en los incumplimientos contractuales señalados en los párrafos precedentes, la Subsecretaría de Transportes, a través de la Contraparte Técnica del contrato, comunicará al contratista la aplicación de la medida por incumplimiento dispuesta en el presente punto de las bases, otorgándole un plazo de 5 días hábiles para que éste efectúe sus descargos. Presentados los descargos por el contratista o transcurrido el plazo de 5 días hábiles sin que ello se realice, la Contraparte Técnica realizará un estudio de los antecedentes presentados. Si en el examen de éstos resulta justificado el incumplimiento, la Contraparte Técnica archivará los descargos, junto con los demás antecedentes del caso. En caso contrario, es decir, si los antecedentes presentados por el contratista no son suficientes para justificar el incumplimiento, la contraparte técnica deberá elaborar un informe técnico definitivo, adjuntando todos los antecedentes para la elaboración del acto administrativo de aplicación de la medida.
El acto administrativo fundado que ponga término anticipado al contrato, se publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y se notificará al contratista por carta certificada, fijándose un plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la comunicación por parte de éste para que la Subsecretaría proceda a liquidar los saldos que se devenguen en favor xxx Xxxxx o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual se acreditará mediante la presentación de la(s) factura(s) correspondiente(s).
Aplicada la medida, procederá a favor del contratista los recursos de reposición, jerárquico y extraordinario de revisión, los que deberán interponerse en el plazo y resolverse en la forma y condiciones establecidas en la Ley N° 19.880.
2.35 CESIÓN DEL CONTRATO
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que norma legal especial permita las referidas cesiones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos, puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común.
La infracción a esta obligación autorizará a esta Subsecretaría a poner término inmediato al contrato, de conformidad a lo establecido en el punto 2.34.
Cesión de crédito contenido en una factura
En el evento de que el contratista ceda el crédito contenido en una factura electrónica, la cesión del crédito expresado en ella se pondrá en conocimiento del obligado al pago de aquélla mediante su anotación en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos, administrado por el Servicio de Impuestos Internos. Se entenderá que la transferencia ha sido puesta en conocimiento del deudor el día hábil siguiente a aquél en que ella aparezca anotada en el registro señalado, lo que se corroborará con el acuse de recibo electrónico que recibirá el deudor.
Esta Subsecretaría cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el contratista, siempre que se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
2.36 CONFIDENCIALIDAD
El contratista deberá guardar absoluta confidencialidad sobre la información, reservada o no, que ponga a su disposición la Subsecretaría de Transportes y, en general, de toda aquélla que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios.
El contratista deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto de sus dependientes, reservándose la Subsecretaría el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a la normativa vigente, y especialmente, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida, por parte del contratista y/o sus dependientes, durante la vigencia del contrato, o después de su finalización, dará lugar a la Subsecretaría para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria que le atañe al contratista por los actos que hayan ejecutado sus empleados o dependientes, y quienes resulten responsables.
De contravenirse la obligación señalada en este punto, se considerará éste un incumplimiento grave del contrato y se pondrá término anticipado al mismo, conforme a lo dispuesto en el punto 2.34 anterior.
2.37 PROCEDIMIENTOS PARA RESOLVER DISCREPANCIAS
Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las bases, como marco básico de la presente licitación y del contrato resultante.
En la eventualidad que durante el curso de la vigencia del contrato se produjeran discrepancias en cuanto a lo previsto en los diversos documentos que rigen la realización de los trabajos, la controversia se resolverá de acuerdo a lo que al respecto dispongan tales antecedentes, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
a) Las bases administrativas, técnicas y sus eventuales modificaciones, incluidas las consultas, respuestas y aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las bases administrativas;
b) El contrato respectivo;
c) La oferta técnica y económica.
Todos los documentos antes mencionados formarán un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación o servicio, que aparezca en uno u otro de los documentos señalados.
2.38 JURISDICCIÓN
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública. Las eventuales diferencias que existieren durante la ejecución del contrato, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
I. ANEXOS
ANEXO N° 1
FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
Fecha:
A) OFERENTE(S) PERSONA(S) JURÍDICA(S)
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Proveedor actúa de manera individual o conjunta, de conformidad a lo señalado en el punto 2.2.2 de las bases (marcar con X) |
individual conjunta |
Firma de representante(s) legal(es) de persona jurídica
Completar los siguientes antecedentes en caso de haber marcado la opción de proveedor que actúa de manera conjunta: | |
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Razón Social o nombre del oferente | |
Nombre de Fantasía si lo tiene | |
Domicilio Comercial | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Nombre y N° RUN representante legal | |
Representante de los proveedores que actúan conjuntamente para efectos de la licitación |
Firma de representante(s) legal(es) de la Unión Temporal de Proveedores
B) OFERENTE PERSONA NATURAL
Nombre | |
Giro | |
Rut | |
Domicilio | |
Número de Teléfono, fax y/o Correo electrónico | |
Página web (si tuviere) |
Firma de la persona natural
ANEXO N° 2-A
DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
(Persona Jurídica)
, de de 2021
Don(ña) , RUT , representante legal de la persona jurídica
RUT , de acuerdo a la orientación y normas indicadas en las Bases de Licitación para la prestación del “SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
y a las disposiciones legales vigentes, declaro, bajo juramento:
1) Que no afecta a este oferente la inhabilidad del Artículo 4°, inciso 1° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, al no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.
2) Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el artículo 4°, inciso 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3) Que no se encuentra este oferente condenado a las penas establecidas en el artículo 8° N° 2 y 10° de la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho.
4) Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Firma Representante(s) Legal(es) de la persona jurídica
ANEXO N° 2-B
DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
(Persona Natural)
, de de 2021
Xxx(ña) , propone ejecutar el “SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”, de acuerdo a la
orientación y normas indicadas en las Bases de Licitación para la contratación del presente servicio en referencia y a las disposiciones legales vigentes. El suscrito declara:
1) Que no afecta a este oferente la inhabilidad del Artículo 4°, inciso 1° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, al no haber sido condenado el oferente por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.
2) Que no afectan a este oferente las incompatibilidades previstas en el Artículo 4°, inciso 6° de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
3) Que este oferente no ha sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia.
Firma de la persona natural
ANEXO N° 3-A
DECLARACIÓN JURADA DE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CON SUS ACTUALES TRABAJADORES O CON TRABAJADORES CONTRATADOS EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
(Persona Jurídica)
, de de 2021
, representante legal de la persona jurídica
declara que la persona jurídica (SI/NO) tiene saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Para los efectos previstos en los artículos 4° y 11 de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886.
Firma Representante(s) Legal(es) de la persona jurídica
ANEXO N° 3-B
DECLARACIÓN JURADA DE SALDOS INSOLUTOS DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL CON SUS ACTUALES TRABAJADORES O CON TRABAJADORES CONTRATADOS EN LOS ÚLTIMOS DOS AÑOS
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
(Persona Natural)
, de de 2021
Don(ña) , declara que
(SI/NO) tiene saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Para los efectos previstos en los artículos 4° y 11, de la Ley de Compras Públicas Nº 19.886.
Firma
de la persona natural
ANEXO N°4 OFERTA ECONÓMICA
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
, de de 2021
, Representante legal de la persona jurídica
RUT viene en formular la siguiente Oferta Económica:
Ítem | Partida | Xxxxxx Xxxx en UF |
1 | OBRAS DE CONSTRUCCION PRELIMINARES. | |
1.1 | Instalación de faenas. | |
1.2 | Instalación de electricidad. Tableros de distribución y extensiones. | |
1.3 | Instalación xx xxxxx y camarines provisorios en primer piso. | |
2 | OBRAS DEMOLICIONES RETIROS Y DESARMES. | |
2.1 | Retiro y Desarme de Obra Gruesa. | |
2.1.1 | Demolición y retiro xx xxxxx de albañilería. | |
2.1.2 | Demolición y retiro xx xxxx de Hormigón Armado (H.A.) | |
2.1.3 | Demolición y retiro de pilares metálicos. | |
2.1.4 | Demolición y retiro xx xxxx H.A. | |
2.2 | Retiro y Desarme de Terminaciones, Equipos y Cableados. | |
2.2.1 | Retiro de puertas, ventanas y xxxxxx. | |
2.2.2 | Retiro de cielos de yeso cartón, cielo modular, perfiles y otros existentes. | |
2.2.3 | Retiro de escombros. | |
2.2.4 | Retiro de pavimentos: piso flotante, cerámica. | |
2.2.5 | Retiro de mobiliario. | |
2.2.6 | Retiro de artefactos sanitarios (WC, urinarios, lavamanos). | |
2.2.7 | Demolición y retiro de tabiques. | |
2.2.8 | Retiro de equipos de aire acondicionado en desuso y traslado a bodega de baja. | |
2.2.9 | Retiro de cableado de red en desuso. | |
2.2.10 | Retiro de cableado eléctrico en desuso. | |
2.2.11 | Retiro de cableado de telefonía en desuso. | |
2.2.12 | Retiro de tuberías de equipos de aire acondicionado. | |
2.3 | Reubicación de equipos, estructuras y terminaciones. | |
2.3.1 | Reubicación de equipos de aire acondicionado. | |
2.3.2 | Reubicación de Grupo Electrógeno. | |
2.3.3 | Reubicación de shafts de descarga de alcantarillado desde pisos superiores. | |
2.3.4 | Retiro y reubicación de protecciones metálicas de fachada principal. | |
2.3.5 | Retiro y reubicación de baranda terraza piso 3. | |
2.3.6 | Reubicación de tuberías de Bajadas de Aguas Lluvias. | |
3 | OBRA GRUESA. |
3.1 | Trazado de obra. | |
3.2 | Refuerzo cielo subterráneo en rampa de accesibilidad. | |
3.2.1 | Viga acero IPE 300. | |
3.2.2 | Canal 150X50X3mm. | |
3.2.3 | Contrachapado 18mm. | |
3.2.4 | Malla electrosoldada Acma C92 o equivalente. | |
3.2.5 | Hormigón rampa. | |
3.3 | Ejecución xx xxxx de hormigón armado en patio. | |
3.3.1 | Viga acero IPE 200. | |
3.3.2 | Ángulo Metálico 100X100X6 mm. | |
3.3.3 | Losa tipo Instadeck 12 o equivalente. | |
3.3.4 | Hormigón Losa. | |
3.3.5 | Malla electrosoldada Xxxx X-000 o equivalente. | |
3.3.6 | Puente de Adherencia tipo COLMAFIX o equivalente. | |
3.3.7 | Epóxico SET-XP o equivalente. | |
3.4 | Reemplazo pilares metálicos primer piso. | |
3.4.1 | Canal 150X50X3 mm. | |
3.4.2 | Contrachapado 18 mm. | |
3.4.3 | Malla electrosoldada Acma C92 o equivalente. | |
3.4.4 | Hormigón Losa. | |
3.4.5 | Perno Titen HD Tipo Hilti o equivalente. | |
3.5 | Refuerzo muro hormigón armado en patio. | |
3.5.1 | Refuerzo estructural en muro de hormigón armado que se demuele. | |
3.5.2 | Pilares Metálicos Estructura de Refuerzo. | |
3.5.3 | Vigas Metálicas Estructura de Refuerzo. | |
3.5.4 | Escalera Metálica 1 al -1. | |
3.5.5 | Parrilla para ubicación de equipos de EAA. | |
3.5.6 | Instalación y adaptación de estructura metálica existente para soporte de pantallas led. | |
3.6 | Cierro xx xxxx vano escalera. | |
3.7 | Estructuras metálicas. | |
3.8 | Techo metálico patio. | |
3.8.1 | Pilares y Vigas Metálicas 200x100x3mm. | |
3.8.2 | Vigas y Diagonales Metálicas 75x75x3mm. | |
3.8.3 | Xxxxxx liso 25mm. | |
3.8.4 | Plancha 12mm. | |
3.9 | Pasadas de ductos. | |
3.9.1 | Pasadas de ductería sanitaria. | |
3.9.2 | Pasadas de ductería eléctrica. | |
3.9.3 | Pasadas de ductería de E.A.A. (Equipos de Aire Acondicionado). | |
3.9.4 | Ducterías para B.A.LL. | |
3.10 | Estructura de cielo falso para placa de yeso cartón y cielo americano. | |
4.0 | TABIQUERIAS. | |
4.1 | Tabique acero galvanizado seco acústico (T1). | |
4.2 | Tabique acero galvanizado seco-húmedo acústico (T2). | |
4.3 | Tabique acero galvanizado húmedo acústico (T3). |
4.4 | Tabiques Media altura acero galvanizado y vidrio empavonado (T4). | |
4.5 | Tabiques acero galvanizado seco simple sin aislación (T6). | |
4.6 | Tabiques acero galvanizado húmedo acústico simple (T7). | |
4.7 | Tabiques Acero Tradicional impermeabilizado al exterior (T8). | |
4.8 | Tabiques acero galvanizado seco acústico con revestimiento baldosa microvibrada (T9). | |
4.9 | Tabique vidriado (TV1) | |
5.0 | TERMINACIONES XX XXXX. | |
5.1 | Empaste de yeso. | |
5.2 | Sellado vinílico. | |
5.3 | Esmalte sintético. | |
5.4 | Pintura látex. | |
5.5 | Oleo semibrillo. | |
5.6 | Revestimiento baldosa microvibrada. | |
5.7 | Revestimiento cerámico en baños 30x60cms y kitchenette 10x30cms | |
5.8 | Espejos en baños. | |
5.9 | Reparación y pulido de cubierta xx xxxxxx existente | |
5.10 | Esmalte Anti-grafiti en fachada exterior previa limpieza de superficie. | |
5.11 | Instalación de televisores en estructura metálico. | |
6.0 | CIELOS | |
6.1 | Placa tipo volcanita ST con empaste de yeso. | |
6.2 | Sellado vinílico. | |
6.3 | Cielo falso americano. | |
6.4 | Revestimiento acústico perforado tipo Masisa MDF enchapado en melamina o equivalente. | |
6.5 | Cornisa de PVC. | |
6.6 | Pintura Látex. | |
6.7 | Cristal laminado reflectivo con sistema spider. | |
6.8 | Hojalatería y forros. | |
7.0 | PAVIMENTOS | |
7.1 | Piso flotante alto tráfico. | |
7.2 | Baldosa xxxx microvibrada para piso y escaleras. | |
7.3 | Pavimento epóxico antideslizante y lavable. | |
8.0 | PUERTAS. | |
8.1 | Puertas. | |
8.1.1 | Puerta HDF o equivalente. | |
8.1.2 | Puertas aluminio con vidrio. | |
8.2 | Quincallería. | |
8.3 | Mamparas de aluminio de alto tráfico | |
8.4 | Reposición de compuerta y marco metálico de medidor agua potable. | |
9.0 | VENTANAS. | |
9.1 | Ventana de Aluminio Termopanel. | |
9.2 | Impermeabilización de ventanas existentes de aluminio. | |
9.3 | Empavonado de ventanas. |
9.4 | Ventanilla de Atención a Público Vidrio Laminado 10 mm perforado según plano. | |
10.0 | ARTEFACTOS XX XXXXX | |
10.1 | WC. | |
10.2 | Lavamanos. | |
10.3 | Urinarios. | |
10.4 | Lavamanos Accesibilidad Universal. | |
10.5 | WC Accesibilidad Universal. | |
10.6 | Barandas Acero Inoxidable Accesibilidad Universal. | |
10.7 | Mudador Retráctil. | |
10.8 | Jabonera xx Xxxxx Inoxidable. | |
10.9 | Dispensador Papel Higiénico Jumbo xx Xxxxx con xxxxx Xxxxx. | |
10.10 | Dispensador Rollo de Papel Jumbo. | |
11.0 | MUEBLES KITCHENETTE. | |
11.1 | Mueble Lavaplatos en Melamina tipo Vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo Qstone color Pure Gray o equivalente. | |
11.2 | Mueble seco de Melamina tipo Vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo Qstone color Pure Gray o equivalente. | |
12.0 | MUEBLES EN OBRA | |
12.1 | Mueble de Informaciones en Melamina tipo Vesto o equivalente color blanco. | |
12.2 | Mueble oficina de partes con cubierta antimicrobial de cobre. | |
12.3 | Tótem Atención Digital. | |
12.4 | Cubierta lavamanos xx xxxxx resina en base a cuarzo | |
12.5 | Banca-Jardinera en xxxx de espera. | |
13.0 | LUMINARIAS LED PROVISTAS POR LA SUBSECRETARÍA. | |
13.1 | Luminarias Led provistas por la Subsecretaría. | |
14.0 | PROYECTO DE ESPECIALIDADES. | |
14.1 | Instalaciones Proyecto de Ingeniería. | |
14.2 | Instalaciones Proyecto Eléctrico. | |
14.3 | Instalaciones Proyecto Corrientes Débiles. | |
14.4 | Instalaciones Proyecto Sanitario. | |
14.5 | Instalaciones Proyecto de Climatización. | |
15.0 | OBRAS COMPLEMENTARIAS E IMPLEMENTOS. | |
15.1 | Protecciones para pavimentos nuevos, muros y muebles. | |
15.2 | Andamios. | |
15.3 | Xxxx y Entrega. | |
15.4 | Flete. | |
15.5 | Xxxxxxxx xx Xxxxx Inoxidable. | |
15.6 | Señalética de Recintos y Seguridad | |
15.7 | Sellos en barandas y cubierta de H.A. en terraza piso 3. | |
PRECIO TOTAL NETO EN UF (1) | ||
IMPUESTO 19% EN UF (2) | ||
VALOR TOTAL DEL PROYECTO (1+2) EN UF |
ANEXO N°5 OFERTA TÉCNICA
SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES
Nombre o razón social del Proponente: | |
Rol Único Tributario Proponente: |
REQUERIMIENTO TÉCNICOS MÍNIMOS DEL SERVICIO
Marcar con una “X” si cumple con los siguientes requerimientos técnicos | Si | No |
El contratista cumplirá con las obras señaladas en el numeral 1.6 de las bases técnicas. | ||
El contratista cumplirá con los planos y proyectos técnicos de las obras señaladas en el numeral 1.7 de las bases técnicas. | ||
El contratista cumplirá con la entrega de los Planos y Documentos Técnicos establecidos en el numeral 1.21 de las bases técnicas. |
PLAZO DE EJECUCIÓN
180 días corridos desde el inicio de las obras.
Completar en el evento de ofertar un plazo menor a 180 días corridos | |
PLAZO DE EJECUCIÓN OFERTADO, EN DÍAS CORRIDOS | -------------- días corridos ofertado de ejecución de obras |
Este plazo será evaluado según lo señalado en el literal c) del punto 2.18 de estas bases.
El Plazo de ejecución de obras no podrá ser mayor a 180 días corridos, en caso contrario se desestimará la oferta.
ANEXO Nº 6
DECLARACIÓN JURADA SOCIOS O ACCIONISTAS PRINCIPALES PERSONA JURÍDICA
En Santiago de Chile, a ........ de ..............de ……………., don / doña
...................................................................., cédula de identidad
N°..............................................................., representante legal de
...................., RUT: ......................................................., viene en declarar bajo
juramento que:
La entidad que representa tiene los siguientes socios y accionistas principales:
Nº | Nombre completo o razón social | RUT |
1 | ||
2 | ||
3 | ||
4 | ||
5 | ||
6 | ||
7 | ||
8 |
..........................................................
Firma Representante(s) legal(es)
Se entenderá por “socios o accionistas principales” a las personas naturales o jurídicas que tengan una participación del 10% o más en los derechos de la entidad y, en caso de tener un porcentaje inferior, a aquellos socios o accionistas que, por sí o en acuerdo con otros, tengan el control en su administración, esto es, puedan nombrar al administrador de la entidad o a la mayoría del Directorio, en su caso.
ANEXO N° 7
MODELO DE CERTIFICADO DE EXPERIENCIA
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
A- MODELO DE CERTIFICADO DE EXPERIENCIA DEL OFERENTE
Fecha:
Nombre o razón social del oferente | |
Nombre de la institución, empresa o persona natural respecto de la cual realizó las obras de similares características. | |
Nombre o identificación de la obra ejecutada. | |
Fecha inicio de la obra | |
Fecha de recepción provisional de la obra o de cualquier otra etapa o fecha en que finalicen las obras y comience el periodo de garantía | |
Monto total del contrato | |
Cantidad de metros cuadrados construidos por el oferente | |
Medio de contacto (número telefónico, email u otros) |
Firma de la contraparte técnica o representante de la entidad que lo emite
Notas:
(1) Los certificados simples de experiencia, cartas de recomendación y/o correos electrónicos deben estar debidamente firmados por la Contraparte Técnica o representante de la entidad que lo emite.
(2) No se aceptarán copias de órdenes de compra para acreditar experiencia.
(3) Los certificados, cartas de recomendación y/o correos electrónicos, serán evaluados según el criterio establecido en el literal d), del punto 2.18 de las bases de licitación.
B- MODELO DE LISTADO DE OBRAS EJECUTADAS POR EL PROFESIONAL RESIDENTE DE OBRAS
Fecha:
Nombre o razón social del oferente | ||||||
Nombre del Profesional Residente de obras | ||||||
Título Profesional | ||||||
Año de Titulación | ||||||
Nombre Del | Monto del | Metros | Nombre | Del | Funciones | |
Contrato | Contrato | Cuadrados | Mandante | Cumplidas por | ||
Construidos | el profesional | |||||
por | el | |||||
profesional | ||||||
Firma del Profesional Residente de Obra
Notas:
(1) Debe adjuntar copia simple de título Profesional y Currículo Vitae firmado por el profesional.
(2) El listado será evaluado según el criterio establecido en el literal b), del punto 2.18 de las bases de licitación.
C. MODELO DE LISTADO DE OBRAS EJECUTADAS POR EL PROFESIONAL ELÉCTRICO.
Fecha:
Nombre o razón social del oferente | ||||||
Nombre del Profesional Eléctrico | ||||||
Título Profesional | ||||||
Año de Titulación | ||||||
Nombre | Del | Monto | del | Metros | Nombre Del | Funciones |
Contrato | Contrato | Cuadrados | Mandante | Cumplidas | ||
Construidos | por el | |||||
por el | profesional | |||||
profesional | ||||||
Firma del Profesional Eléctrico
Notas:
(1) Debe adjuntar copia simple de título Profesional, Currículo Vitae firmado por el profesional, y certificación clase A de la SEC vigente.
(2) El listado será evaluado según el criterio establecido en el literal b), del punto 2.18 de las bases de licitación.
ANEXO N° 8
PLANOS PROYECTO (INCLUYE TODOS LOS PLANOS DE ARQUITECTURA Y DETALLES, PLANOS DE INGENIERÍA, PLANOS PROYECTO ELÉCTRICO Y DE CORRIENTES DÉBILES), PLANOS PROYECTO SANITARIO Y PLANOS DE CLIMATIZACIÓN
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
A continuación, se presenta el listado de planos, y las láminas correspondientes para el presente proceso, se adjuntará un enlace Dbox con acceso a los archivos en formato digital vectorial (PDF y DWG), para realizar cálculos y cubicaciones.
1.- Proyecto de Clima
• AIRE_MTT_01
2.- Proyecto de Arquitectura
• ARQ_MTT_01
• ARQ_MTT_02
• ARQ_MTT_03
• ARQ_MTT_04
• ARQ_MTT_05
• ARQ_MTT_06
• ARQ_MTT_07
• ARQ_MTT_08
• ARQ_MTT_09
• ARQ_MTT_10
• ARQ_MTT_11
• ARQ_MTT_12
• ARQ_MTT_13
• ARQ_MTT_14
• ARQ_MTT_15
• ARQ_MTT_16
3.- Proyecto de Ingeniería
• CALC_MTT_01
• CALC_MTT_02
• CALC_MTT_03
• CALC_MTT_04
4.- Proyecto Eléctrico
• ELE_MTT_01
• ELE_MTT_02
• ELE_MTT_03
• ELE_MTT_04
• ELE_MTT_05
• ELE_MTT_06
5.- Proyecto Sanitario
• SANIT_MTT_01
• SANIT_MTT_02
• SANIT_MTT_03
1.- Proyecto de Clima
2.- Proyecto de Arquitectura
3. Proyecto de Ingeniería
4. Proyecto Eléctrico
5. Proyecto Sanitario
ANEXO N° 9 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE ARQUITECTURA
“SERVICIO DE EJECUCIÓN DE OBRAS MENORES PARA LA HABILITACIÓN DEL PRIMER PISO DEL EDIFICIO INSTITUCIONAL XX XXXXXXXXXX N° 139, SANTIAGO, DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES”
1.0 OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PRELIMINARES. -
1.1. Instalación de faenas:
Considerando las características del proyecto a ejecutar, el contratista será responsable de realizar las instalaciones de faenas que estime conveniente, de acuerdo al espacio disponible. Si para ello se requiriera la utilización de infraestructura existente, el contratista será el único responsable de hacer entrega de las dependencias ocupadas según lo entregado e inventariado en terreno.
El contratista deberá evaluar la conveniencia de ejecutar construcciones provisionales para la instalación de las faenas como oficinas, comedores, bodegas, servicios higiénicos, etc.
Estas instalaciones, tanto en su ubicación como en los materiales que se utilicen, deberán estar aprobadas por la Contraparte Técnica, debiendo dejarse registro de ello en el Libro de Obras.
1.2. Instalación de electricidad. Tableros de distribución piso y extensiones.
Todas las obras de construcción o habilitación deberán contar con empalme de electricidad de a lo menos 50 kw de potencia, a no ser que el respectivo proyectista de la obra indique otra. Si el inmueble en que se efectuarán los trabajos cuenta con un empalme de menor capacidad, el contratista deberá solicitar el aumento para cumplir con lo requerido.
Estas instalaciones, tanto en su ubicación como en los materiales que se utilicen, deberán estar aprobadas por la Contraparte Técnica, debiendo dejarse registro de ello en el Libro de Obras.
1.3. Instalación xx xxxxx y camarines provisorios en primer piso.
La ubicación xx xxxxx y camarines se definirá según organización de la faena, pudiendo utilizar instalaciones sanitarias existentes que se contemplen para demolición. La cantidad de urinarios, lavamanos y módulos de ducha deberá tener relación con la cantidad de trabajadores por turno.
2.0 OBRAS DEMOLICIONES, RETIRO Y DESARME.
Para todo evento que implique retiro de escombros para llevar a botadero autorizado, se exigirá al proveedor presentar el Certificado de Disposición Final.
2.1. Retiro y Desarme de Obra Gruesa.
El desarme y demolición de tabiques xx xxxxx cincado galvanizado o de estructuras xx xxxxxx, según corresponda, debe considerar el retiro de todos los elementos que lo conforman y que no corresponden al proyecto según plano de demolición y construcción. Especial precaución se deberá tener en la desconexión de los elementos electrificados.
2.1.1 Demolición y retiro xx xxxxx de albañilería.
Considera la demolición xx xxxxx de albañilería según correspondan al proyecto y sus remates respectivos, especificados en los planos de arquitectura. Especial precaución se deberá tener en la desconexión de los elementos electrificados, de datos, ductos de agua potable y alcantarillado, así como cualquier otro elemento diferente del material principal.
2.1.2 Demolición y retiro xx xxxx de Hormigón Armado (H.A.)
Considera la demolición xx xxxxx de hormigón según correspondan al proyecto y sus remates respectivos, especificados en los planos de arquitectura. Se deberá tener especial precaución con aquellos muros estructurales que requieran ser reforzados según proyecto de cálculo, para no debilitar su comportamiento estructural.
2.1.3 Demolición y retiro de pilares metálicos.
Considera la demolición y retiro de pilares metálicos según correspondan al proyecto y sus remates respectivos. Se deberá tener especial precaución con ejecutar la nueva configuración de pilares metálicos según proyecto de cálculo, antes de demoler los pilares identificados en plano de demolición, para no debilitar el comportamiento estructural de la losa del segundo piso.
2.1.4 Demolición y retiro xx xxxx H.A.
Considera la demolición y retiro xx xxxx de H.A., según corresponda al proyecto y sus remates respectivos. Para el área de demolición donde posteriormente se ubicará rampa de accesibilidad universal, se deberá tener especial precaución con generar los refuerzos necesarios según proyecto de cálculo, previo a la demolición de la losa propuesta, para no comprometer la estabilidad estructural de la losa perimetral.
2.2. Retiro y Desarme de Terminaciones, Equipos y Cableados.
Considera la demolición, desarme y retiro de terminaciones, equipos y cableados según correspondan al proyecto, especificados en los planos de arquitectura.
2.2.1. Retiro de puertas, ventanas y xxxxxx.
Considera el desarme y retiro de puertas, ventanas y xxxxxx según proyecto, eliminando todo elemento para la etapa posterior de empaste. Si al retirar es posible recuperar elementos en buen estado, estos se guardarán en bodegas de la Subsecretaría.
2.2.2. Retiro de cielos de yeso cartón, cielo modular, perfiles y otros existentes.
Considera el desarme y retiro de cielos de yeso cartón, cielo modular, perfiles y otros existentes según proyecto. Si al retirar es posible recuperar palmetas de cielo modular u otro material en buen estado, estos se guardarán en bodegas de la Subsecretaría.
2.2.3. Retiro de escombros.
Esta labor deberá ser realizada de forma periódica, definiendo como criterio para el retiro del material el volumen de escombros suficientes para completar un camión de 9 a 11 metros cúbicos.
2.2.4. Retiro de pavimentos: piso flotante, cerámica.
Considera la demolición, desarme y retiro de pavimentos de piso flotante y cerámica según correspondan al proyecto, especificados en los planos de arquitectura.
2.2.5. Retiro de mobiliario.
Considera la demolición, desarme y retiro de mobiliario. El destino del mobiliario deberá ser consultado con la Contraparte Técnica quien coordinará su retiro con el contratista. En caso de que algún mueble se destruya al retirarlo, será considerado como escombro, por lo que el contratista será el responsable de su retiro de la obra junto con todo el material de acuerdo a lo establecido en el punto 2.2.3 anterior.
2.2.6. Retiro de artefactos sanitarios (WC, urinarios, lavamanos).
Considera la demolición, desarme y retiro de artefactos sanitarios según correspondan al plano de demolición, especificados en los planos de arquitectura.
2.2.7. Demolición y Retiro de Tabiques.
Considera la demolición, desarme y retiro de tabiquería según correspondan al plano de demolición, especificados en los planos de arquitectura. Se deberá tener precaución con ductos de electricidad, datos, alcantarillado y agua potable que alimenten otros pisos.
2.2.8. Retiro de equipos de aire acondicionado en desuso y traslado a bodega de baja.
Considera el desarme y retiro de equipos de aire acondicionado según corresponda al proyecto. Se deberá tener precaución en identificar, para excluir de esta partida, aquellos equipos que se encuentren en buen estado y vayan a ser utilizados según proyecto de clima.
2.2.9. Retiro de cableado de red en desuso.
Considera el desarme y retiro de cableado de red (datos) en desuso, contempla la red del piso 1 como también aquella ductería que pasa a pisos superiores y que se encuentra en desuso.
2.2.10. Retiro de cableado eléctrico en desuso.
Considera el desarme y retiro de cableado de circuitos eléctricos en desuso, contempla el cableado del piso 1 como también aquellos que pasan a pisos superiores y que se encuentran en desuso.
2.2.11. Retiro de cableado de telefonía en desuso.
Considera el desarme y retiro de cableado de telefonía en desuso, contempla la red del piso 1 como también aquella ductería que pasa a pisos superiores y que se encuentra en desuso.
2.2.12. Retiro de tuberías de equipos de aire acondicionado.
Considera el desarme y retiro de tuberías de equipos de aire acondicionado, contempla la red del piso 1 como también aquella ductería que xxxx xx xxxx 0 y que se encuentra en desuso.
2.3 Reubicación de equipos, estructuras y terminaciones.
Considera la reubicación de equipos, estructuras y terminaciones que al encontrarse en buen estado puedan ser reutilizadas según el proyecto.
2.3.1. Reubicación de equipos de aire acondicionado.
Considera la reubicación de equipos de aire acondicionado en buen estado, según proyecto de clima. Las ubicaciones de estos equipos serán en fachadas del edificio sobre parrilla metálica, en shaft sobre grupo electrógeno y también en borde de terraza del piso 3. Esta partida contempla la reubicación de equipos en buen estado ubicados al interior del edificio como también las unidades exteriores que se logren recuperar. Además, la Subsecretaría cuenta con equipos usados que se han retirado de otras dependencias y que están disponibles para reubicarlos en el piso 1 según lo especificado en el proyecto de clima.
2.3.2. Reubicación de Grupo Electrógeno.
Considera la reubicación de grupo electrógeno según proyectos de arquitectura y eléctrico. Contempla dejar el equipo conectado al edificio según especificación de proyecto eléctrico.
2.3.3. Reubicación de shafts de descarga de alcantarillado desde pisos superiores.
Considera la reubicación de shafts de descarga de alcantarillado desde pisos superiores. Se identifican ubicación de descargas y sus posiciones finales en planos de arquitectura y sanitario. Sin embargo, se hace presente que pudiese haber otra descarga no identificada que aparezca producto de la demolición xx xxxxx y tabiquería, la cual, si se encuentra operativa, deberá ser reubicada previa aprobación de la Contraparte Técnica.
2.3.4. Retiro y reubicación de protecciones metálicas de fachada principal.
Considera el retiro y la reubicación de protecciones metálicas en fachada principal. Aquellas protecciones en buen estado que se deban retirar producto de la apertura del nuevo acceso, se reubicarán en vanos donde la protección metálica presentare algún tipo de daño, según proyecto de arquitectura. Esta labor debe considerar la protección de aquellas ventanas que se mantengan en el proyecto para evitar cualquier daño.
2.3.5. Retiro y reubicación de baranda terraza piso 3.
Considera el retiro y la reubicación de barandas de terraza en piso 3, para la ubicación de unidades externas de equipos de aire acondicionado en borde de terraza.
2.3.6. Reubicación de tuberías de Bajadas de Aguas Lluvias.
Considera la reubicación de tuberías de Bajadas de Aguas Lluvias. Se identifica ubicación de algunas descargas existentes y sus posiciones finales en planos de arquitectura. Sin embargo, se hace presente que pudiese haber otra bajada no identificada que aparezca producto de la demolición xx xxxxx y tabiquería, la cual, si se encuentra operativa, deberá ser reubicada en posición previamente aprobada por la Contraparte Técnica.
3. OBRA GRUESA.
3.1. Trazado de obra.
Los trazados y niveles se harán de acuerdo a planos de arquitectura, y deberán ser previamente aprobados por la Contraparte Técnica.
Como criterio general, primarán por sobre lo indicado en las cotas de planos y detalles, los elementos organizadores y estructurales como pilares, plomos xx xxxxx y tabiques existentes en los pisos. De haber un replanteo de ejes durante la ejecución, este deberá ser recibido por la Contraparte Técnica, dejando constancia en el libro de obras, antes de iniciar las obras.
3.2. Refuerzo cielo subterráneo en rampa de accesibilidad.
Se considera ejecución xx xxxx con pendiente para rampa de acceso, previo a la demolición xx xxxx existente, se deberá generar refuerzo estructural según indicaciones del proyecto de cálculo, así como también la reubicación de shaft existente en zona de rampa. Se debe contemplar el nivel de piso terminado con los espesores de xxxxxxx y su mortero de pega para obtener las alturas según proyecto de arquitectura y cálculo.
3.3 Ejecución xx xxxx de hormigón armado en patio.
Se considera ejecución xx xxxx en patio, previa demolición de tramo xx xxxx en mal estado, según proyectos de arquitectura y de cálculo estructural. Previo a la ejecución de la losa se deberá generar reubicación de shaft existentes. Se debe contemplar el nivel de piso terminado con los espesores de xxxxxxx y su mortero de pega para obtener las alturas según proyecto de arquitectura.
3.4 Reemplazo pilares metálicos primer piso.
Se considera reemplazo de pilares metálicos según proyecto de ingeniería.
3.5 Refuerzo muro hormigón armado en patio.
Se considera ejecución de refuerzo en muro de patio del primer piso, para recibir posteriormente estructura de techo metálico en patio, según proyecto de arquitectura y cálculo.
3.6 Cierro xx xxxx vano escalera.
Se considera ejecución xx xxxx en vano xx xxxxxxxx que se elimina. Se debe contemplar el nivel de piso terminado con los espesores de xxxxxxx y su mortero de pega para obtener las alturas según proyecto de arquitectura.
3.7 Estructuras metálicas.
Se considera ejecución de estructuras metálicas según proyectos de arquitectura y proyecto de ingeniería, en shafts y escalera del 1 al -1.
3.8 Techo metálico patio.
Se considera ejecución de Techo Metálico según proyectos de arquitectura y de proyecto de ingeniería.
3.9 Pasadas de ductos.
Se considera ejecución de pasadas de ductos por muros, tabiques, losas y vigas según proyectos de arquitectura y especialidades. Cualquier perforación en elementos estructurales existentes debe ser previamente consultada con la Contraparte Técnica.
3.10 Estructura de cielo falso para placa de yeso cartón y cielo americano.
Se considera ejecución de estructura de cielo falso para placa de yeso-cartón compuesta por pies derechos y xxxxxxx xx xxxxx galvanizado de 60 mm anclados con
clavos HILTI o equivalentes a la losa o a vigas metálicas de estructura. Los cielos en esta deberán ser confeccionados con planchas de yeso cartón de 10 mm, atornilladas mediante tornillo cincado del tamaño que corresponda, según el soporte al que se vaya a fijar, a una distancia de 30 cm en ambas direcciones. Esta estructura deberá ser presentada mediante plano de fabricación previamente a la Contraparte Técnica, quien determinará si procede o no su ejecución.
Para la estructura del cielo americano la suspensión se consultará en perfiles xx xxxxx galvanizado de 15x38 mm u otro que recomiende el instalador. Para el remate se consulta perfil angular de aluminio 19x19 mm.
Se consideran también refuerzos diagonales xx xxxxxx galvanizado, para dar una mayor resistencia sísmica al cielo.
La instalación comenzará desde el centro xxx xxxxxxx y desde allí se colocarán las planchas hacia los cuatro lados. Así, se evitan posibles descuadres y la aparición de
«cuchillos». La instalación de la estructura, unida a la losa de hormigón a través de anclajes y cables xx xxxxx, se hará mediante anclaje universal para cargas livianas HA 8-R, de Hilti o equivalente de igual resistencia (80 Kg.). Para las luminarias se considerará sistema de sujeción independiente, fijado a la losa o estructura metálica y no sobre los perfiles, para evitar el colapso de la estructura. La fabricación de colgantes se hará con alambre galvanizado N°14 como mínimo o, en su defecto, se podrán utilizarse varillas con nivelador. El último suspensor quedará a máximo 450 mm de la pared adyacente.
4.0. TABIQUERÍAS
En áreas indicadas en planos se consulta tabiquería con perfil xx xxxxx galvanizado y cincado, de altura total o parcial, según lo indicado en plano, estructurado con perfiles metálicos galvanizados tipo Cintac o equivalente, especificados de la siguiente manera:
Soleras: Perfil 62C085; Montantes y Pies Derechos: Perfil 60CA085; Esquineros: Perfil 35A085. El primer montante y las soleras superior e inferior se anclarán a la estructura existente, si es hormigón, mediante clavos de impacto tipo Hilti o equivalente y si es otro tipo de estructura con tornillos y tarugo, según indica fabricante. Tabiques T7 y T8 llevarán otra medida de perfil metálico detallada en planos de arquitectura.
La colocación de montantes y pies derechos irá en el interior de las soleras superior e inferior. En el interior de tabiques, se instalará una capa de aislante de xxxx xx xxxxxx, tipo Aislanglass o equivalente, de 50mm espesor y se instalará de acuerdo a normas vigentes. La estructura metálica irá revestida por ambas caras según detalles de cada tabique. La plancha se fijará a la estructura metálica a partir del segundo montante, el cual irá instalado inmediatamente a continuación del primer montante. En cabezas de tabiques se consultan esquineros metálicos. La juntura entre planchas de yeso cartón se hará con huincha adhesiva reticulada para traslape, rematada con masilla base. Una vez seco se debe lijar y sellar con fijador sellante acrílico tipo Sipa o similar, aplicándolo según indicaciones del fabricante. Los tabiques se recibirán aplomados y alineados perfectamente.
Se consulta una aislación extra de fibra xx xxxxxx con papel por las dos caras, instalado a presión, para todos los shaft de bajadas de aguas u otros elementos que emitan ruidos molestos, de tal manera de asegurar una total aislación acústica.
Todo tabique xx xxxxx galvanizado debe considerar banda acústica de xxxx xx xxxxxx de baja densidad, también puede ser de espuma de polietileno y respaldo de papel siliconado, de 3 mm de espesor y 40 mm de ancho, que se instala en la junta que se forma en todo el perímetro del encuentro de tabiques con elementos como muros, losas y otros tabiques.
4.1. Tabique acero galvanizado seco acústico (T1).
Considera doble plancha de yeso cartón de 15 mm, instalación de la segunda capa en traslape con la juntura de la primera capa para evitar puente acústico.
4.2. Tabique acero galvanizado seco-húmedo acústico (T2).
Considera doble plancha de yeso cartón de 15 mm, instalación de la segunda capa en traslape con la juntura de la primera capa para evitar puente acústico. En el caso de la cara del tabique que da a zona húmeda se debe considerar usar placa de yeso cartón resistente a la humedad.
4.3 Tabique acero galvanizado húmedo acústico (T3).
Se deberán ejecutar según planos de arquitectura. En caso de que el tabique deba soportar urinarios o cubierta de lavamanos, deberá ejecutarse un refuerzo por la mayor carga que recibirá.
4.4. Tabiques Media altura acero galvanizado y vidrio empavonado (T4).
Se deberán ejecutar según planos de arquitectura. Sujeción xxx xxxxxx deberá quedar sólida sin que esta se mueva al contacto. Deberá instalarse una goma de 1 cm de ancho y 4 mm de espesor para recibir vidrios sobre perfil especificado.
4.5. Tabiques acero galvanizado seco simple sin aislación (T6).
Se deberán ejecutar según planos de arquitectura.
4.6. Tabiques acero galvanizado húmedo acústico simple (T7).
Se deberán ejecutar según planos de arquitectura.
4.7 Tabiques Acero Tradicional impermeabilizado al exterior (T8).
Esta partida considera perfiles xx xxxxx tradicional según planos de arquitectura. Se aplicará a dichos perfiles, una vez correctamente instalados y aprobados por la Contraparte Técnica, la cantidad necesaria de capas de pintura antioxidante. Hacia cara exterior deberán ser revestidos con placa tipo internit o equivalente e impermeabilizados en su superficies y bordes perimetrales. Hacia el interior irán revestidos con palmeta de baldosa microvibrada según plano de arquitectura.
4.8 Tabiques acero galvanizado seco acústico con revestimiento baldosa microvibrada (T9).
Se deberán ejecutar según planos de arquitectura y seguir las recomendaciones del fabricante de placa de baldosa microvibrada tipo Budnik o equivalente para la correcta sujeción de esta al muro.
4.9 Tabique vidriado (TV1)
En áreas indicadas en planos se debe considerar la instalación xx xxxxxxx, los cuales serán transparentes, espesor de acuerdo al rasgo, según normas, afianzados a losa y a dintel mediante junquillo y silicona transparente. Los junquillos se afianzarán a los perfiles del tabique mediante tornillos cabeza de barril.
5.0 TERMINACIONES XX XXXX. Muros
Consideraciones Generales
Todas las superficies deberán ser prolijamente limpiadas y preparadas en forma conveniente, las cuales deberán encontrarse exentas de polvo, grasa, aceite y estar perfectamente secas antes de recibir las sucesivas manos de pintura.
Como mínimo se deberán ejecutar 3 manos de pintura, considerando el estado actual de las paredes, las cuales presentan manchas de distinto tamaño e intensidad. Para el desmanche se deberán aplicar las manos que sean necesarias de látex blanco respecto del cual el fabricante garantice poder cubritivo para la tarea indicada, resistencia a la humedad y con un rendimiento estándar de 35-40 m²/gl./mano, según porosidad del sustrato. Una vez obtenida la homogeneidad de color se deberá pintar para el remate de los muros con esmalte al agua, de acuerdo a lo especificado en el punto 5.2 de este anexo.
Los defectos que pudiera presentar cualquier estructura serán corregidos antes de proceder a pintarla; los trabajos se retocarán esmeradamente una vez concluidos.
5.1. Empaste de yeso.
Se realizará un empaste general para obtener una superficie más xxxx, adecuada y de mejor terminación para la aplicación de las pinturas. Antes de empastar, se aplicará una mano de Sellador Vinílico base solvente tipo Xxxxxxx Xxxxxxxx o equivalente, nunca inferior en términos técnicos, en todos los muros, tabiques, pilares, cenefas y cielos de yeso cartón, dejando una superficie completamente xxxx para recibir la pintura.
5.2. Sellado vinílico.
Se realizará un empaste general para obtener una superficie más xxxx, adecuada y de mejor terminación para la aplicación de las pinturas. Antes de empastar, se aplicará una mano de Sellador Vinílico base solvente tipo Xxxxxxx Xxxxxxxx o equivalente, nunca inferior en términos técnicos, en todos los muros, tabiques y pilares de yeso cartón, dejando una superficie completamente xxxx para recibir la pintura.
5.3. Esmalte sintético.
Se considera la aplicación de esmalte sintético (color blanco cuyo tono exacto será definido en obra según muestra), mate, Xxxxxxx Xxxxxxxx o equivalente.
5.4 Pintura látex.
A fin de asegurar estanqueidad en todas las zonas donde existan áreas con posibilidades de infiltración de lluvias, se debe considerar retirar todos los sellos de lucarnas, mamparas, barandas y techos de cristal, y realizar un nuevo sellado que asegure la correcta impermeabilidad en dichos lugares. Se debe prestar especial atención a la terraza ubicada en el piso 3 y realizar las pruebas de impermeabilización pertinentes en presencia de la Contraparte Técnica para que ésta dé su aprobación o rechazo. En caso de rechazo, el contratista deberá realizar los trabajos correctivos correspondientes hasta contar con la conformidad requerida.
5.5 Oleo semibrillo.
Se consulta aplicar óleo semibrillo en puertas terciadas interiores, xxxxxx xx xxxxxxx y guardapolvos xx xxxxxx. Antes de pintar, los elementos no podrán tener partículas sueltas en ninguna de sus caras, por lo que, de ser necesario, se debe lijar hasta lograr una superficie xxxx para recibir pasta y/o pintura. Las puertas irán empastadas y pintadas por todos sus cantos y caras en color Quaker Grey 3245 xx Xxxxx o similar. Los xxxxxx xx xxxxxxx y guardapolvos irán en color Xxxxx Xxxx 3242 xx Xxxxx o similar.
5.6 Revestimiento baldosa microvibrada.
Se considera revestimiento de baldosa microvibrada de textura xxxx y color en base blanca tipo Budnik o equivalente, de dimensiones nominales de 400x100x12 mm, el
peso por placa es de aproximadamente 1,125 Kg. Se instalarán con adhesivo semi- flexible en polvo o pasta dependiendo de la superficie. Se recomienda la utilización de Bekron DA o equivalente, con carga de 1 cm. Se recomienda que exista una separación entre franjas tanto horizontal como verticalmente de 2mm. Después de instalar, aplicar juntas de rellenos (fraguar con material cimenticio de similar color).
5.7 Revestimiento cerámico en baños 30x60cms y kitchenette 10x30cms
En todos los baños se considera cerámico de 30 x 60 cms instalado en aparejo horizontal. Irán pegados con adhesivo tipo Bekron o equivalente y fraguado con tipo befragüe según indicaciones del fabricante de cerámicas, dejando juntas de 1 mm.
En ambas kitchenettes se considera cerámico de 10 x 30 cms instalado en aparejo horizontal. Irán pegados con adhesivo tipo Bekron o equivalente y fraguado con tipo befragüe según indicaciones del fabricante de cerámicas, dejando juntas de 1 mm.
5.8 Espejos en baños.
Esta partida contempla el suministro e instalación de espejos en todos los baños del piso 1 según las medidas de planos de arquitectura. Serán con cantos pulidos, irán pegados con huinchas adhesivas especiales para este uso contra el muro, debiendo quedar a ras del revestimiento cerámico y cuidándose especialmente su aplome, observando la alineación del reflejo de las líneas horizontales concurrente.
5.9 Reparación y pulido de cubierta xx xxxxxx existente.
Se deberá reparar revestimiento existente xx xxxxxx, lo que implica limpiar superficies, rellenar agujeros y grietas con pasta constituida de polvo de la misma piedra y cambiar secciones que presenten mal estado y sea imposible reparar con pasta. De las áreas a ser demolidas se retirará revestimiento xx xxxxxx, el que podrá ser usado para la reparación de otras áreas donde se va a ocupar ese tipo de revestimiento.
5.10 Esmalte Anti-grafiti en fachada exterior previa limpieza de superficie.
Esta partida contempla el suministro e instalación de pintura anti-grafiti en muros exteriores que den a la vía pública, se aplicará esmalte en base a poliuretano, terminación transparente satinado para la protección anti grafiti tipo Xxxxxxx Xxxxxxxx, o equivalente con las manos necesarias según recomendación de fabricante.
5.11 Instalación de televisores en estructura metálica.
Se deberán instalar televisores led con soporte desplegable horizontalmente sobre estructura metálica. La Subsecretaría provisionará los televisores, mientras que el contratista proveerá soportes de televisores proyectantes para registrar zona de cables.
6.0. CIELOS
6.1. Placa tipo volcanita ST o equivalente con empaste de yeso.
En áreas indicadas en plano, se consulta cielo de yeso cartón ST de 10 mm de espesor tipo volcanita o equivalente, con borde rebajado con junta invisible. Las planchas se colocarán traslapadas para no producir uniones en xxxx.
Tornillos serán los especificados por el fabricante. Se deberán respetar distancias máximas entre tornillos, y se sellarán con antióxido antes de pintar. No se aceptarán los tornillos que rompan el cartón de la plancha.
En juntas se aplicará cinta y pasta tipo Procol o equivalente, quedando dichas juntas lisas para la aplicación de pintura de terminación. No se aceptarán planchas quebradas o despuntadas. El cielo deberá quedar correctamente nivelado y con soluciones adecuadas en relación a los encuentros.
6.2. Sellado vinílico.
Se realizará un empaste general para obtener una superficie más xxxx, adecuada y de mejor terminación para la aplicación de las pinturas. Antes de empastar, se aplicará una mano de Sellador Vinílico base solvente tipo Xxxxxxx Xxxxxxxx o equivalente, nunca inferior en términos técnicos, en todos las cenefas y cielos de yeso cartón, dejando una superficie completamente xxxx para recibir la pintura.
6.3. Cielo falso americano.
Se consulta instalación de cielo suspendido de fibra mineral en áreas indicadas en plano. El trazado de la perfilería colgante para cielo debe ser coincidente con la modulación estructural existente, el que será consensuado y deberá contar con aprobación de la Contraparte Técnica del proyecto antes de su instalación. Según la modulación, se consultarán planchas de fibra mineral incombustible antifuego de 600x600 mm, de 5/8" de espesor, tipo Dune de Xxxxxxxxx - Xxxxxx Xxxxxxx o equivalente.
6.4. Revestimiento acústico perforado tipo Masisa MDF enchapado en melamina o equivalente.
Esta partida contempla el suministro e instalación de revestimiento acústico tipo Masisa o equivalente, de MDF enchapado en Melamina Nogal Ceniza, con placas dimensionadas a 1214 x 299 x 9mm. Perforado Progresivo Dispar 16/26. Entre cada placa se instalará perfil canal a la vista de 10 mm de ancho, la estructura de fijación a cielo deberá realizarse según recomendaciones del fabricante en áreas definidas por plano de arquitectura.
6.5. Cornisa de PVC.
Se consulta la instalación de Cornisas de PVC según detalle de arquitectura, instaladas según detalle de tabiques.
6.6. Pintura Látex.
Los muros y tabiques deberán estar completamente libres de grietas y manchas. Se recorrerán las superficies con pasta xx xxxx tipo F-15 de Tajamar o equivalente. Se retirarán pinturas sueltas y se lijará hasta obtener superficies planas, lisas, sin imperfecciones. Los elementos xx xxxxxx deberán estar libres de grasas, óxidos, etc. Para su limpieza se podrá emplear solventes y elementos manuales o mecánicos. No se aceptarán goteos ni chorreaduras de pinturas. Se aplicarán las manos necesarias para lograr un perfecto recubrimiento de las superficies a pintar. Las pinturas serán de calidad reconocida en el mercado tipo Revor, Xxxxxxx Xxxxxxxx o equivalente. Los colores serán definidos por la Contraparte Técnica. En caso de ser necesario, el contratista preparará muestras de 1 m2 de los colores seleccionados, que serán sometidas a aprobación de la Contraparte Técnica. Se deberán aplicar las manos necesarias para que la terminación sea óptima.
Previo a la aplicación de pintura látex se deberá aplicar sellador vinílico según punto
5.2 que disminuya la porosidad de las superficies.
6.7. Cristal Laminado Reflectivo con sistema spider.
Cristal laminado reflectivo con sistema spider tipo Glasstech o equivalente, en donde el soporte es provisto por estructura metálica, que se ubica adosada a la superficie xx xxxxxx mediante herrajes estructurales llamados arañas de 4, 3, 2 y 1 brazos, con agujero para rótula.
6.8 Hojalatería y forros.
Se consulta para la techumbre la instalación de hojalatería de Zinc alum de 0,5 mm. Perimetral a techumbre de cristal. Se consultan forros de terminación Zinc alum de 0,5 mm de espesor, en ventilaciones y demás elementos que sobresalgan sobre los techos como igualmente en los bordes superiores de entretechos, antepechos, encuentro xx xxxxx con techos y en el término superior de los muros.
Las canaletas serán de zinc aluminio y xxxxxx galvanizado de 1 mm. Los tramos irán soldados entre sí para obtener una continuidad total. Además, estarán impermeabilizados mediante lámina asfáltica. Las bajadas irán de forma oculta dentro de las edificaciones y serán de PVC. Se considera la aislación interior del canal de aguas lluvias, para evitar la condensación y humedad hacia el interior. Esta aislación se realizará con lana mineral de 50 mm.
7.0. PAVIMENTOS.
7.1 Piso flotante alto tráfico.
Piso flotante diseñado para el alto tráfico de fácil mantención, alta resistencia al impacto. Textura color roble. Espesor de 8mm. Instalación con sistema de ensamblaje click sobre una lámina de polietileno espumado. Superficie deberá estar nivelada dentro de los rangos especificados por el fabricante para evitar desniveles. Se deberán dejar los distanciamientos recomendados perimetralmente según especificación del fabricante del piso.
7.2. Baldosa xxxx microvibrada para piso y escaleras.
Luego de preparar la superficie, se deberá reestructurar la escalera en forma total de acuerdo a la baldosa que se va a instalar, respetando que la altura de estas sea entre los 17.0 y 18.0 cm., de alto (contrahuella), y de 30.0+-1 cm de profundidad (huella). De existir cerámico en gradas y descansos el contratista debe proceder a su retiro antes de restituir la grada y/o descanso.
Si aplica, el pasamanos central existente debe ser retirado para la ejecución de los trabajos e instalado de forma totalmente segura sólo una vez que la escalera quede habilitada en su 100%.
Retirados los escombros producidos durante la demolición de las gradas existentes, incluidas las cantoneras, se procederá a realizar una limpieza general del área retirando todo el material suelto resultante de los trabajos con la finalidad de hacer un replanteo de las nuevas gradas con la mayor claridad posible.
La construcción de las nuevas gradas se hará con hormigón pre-dosificado, que será preparado con aditivo “Sika Látex” o similar. Este aditivo se debe utilizar tanto en el agua de amasado como xx Xxxxxx de Adherencia, en ambos casos, en proporción 1:3.
Con la finalidad de mantener la presentación de pavimentos, gradas y los descansos, se deberán fraguar prolijamente las baldosas sobre la superficie, de tal modo que se
deberá respetar los colores de cada palmeta. Se deberán seguir las instrucciones entregadas por el fabricante de estos productos para su correcta aplicación.
El trazado del circuito no vidente será aprobado por Contraparte Técnica antes de ser ejecutado, para asegurar el correcto desplazamiento de usuarios no videntes.
Los modelos de baldosa a utilizar según plano de arquitectura son los siguientes:
• Grada Prefabricada de baldosa tipo Budnik o equivalente, textura xxxx base gris color “V Arroz” con 1 franja antideslizante tipo carborundum.
• Baldosa Circuito No Vidente tipo Budnik Sevilla Recta o equivalente y Minvu Tactil tipo Budnik o equivalente. Textura xxxx base blanca color azul 40x40 cms. Espesor 3.4 cms.
• Baldosa tipo Budnik o equivalente, textura xxxx base gris color “V Arroz” de 40x40 cms. Espesor 3.4 cms.
• Guardapolvo xxxxxxx 40x7.5. Gris V Arroz, tipo Budnik o equivalente.
Las baldosas a utilizar pueden ser “Budnik” o equivalente, con características técnicas iguales o superiores a las siguientes:
• Flexión: 200 a 300 kg.
• Compresión: 200 a 300 kg./cms²
• Desgaste: 0,18 a 0,22 gr/cm² (1)
• Peso: 75 kg./mt²
• Unidades: 6,25 Un/mt²
• Espesor: 34mm
7.3. Pavimento epóxico antideslizante y lavable.
Considera la instalación de revestimiento de pintura epóxica tipo SIKAFLOOR 261 o equivalente, el color del piso será gris y tendrá pendiente de 1,5% para escurrir agua al lavar a través de descarga a la losa.
8.0. PUERTAS.
8.1. Puertas.
8.1.1 Puerta HDF o equivalente.
Se consulta la colocación de puerta interior fibra HDF estilo Milano o equivalente. Con refuerzo a la altura de la cerradura, con bastidor de xxxxxx xx xxxx radiata y recubiertas de HDF. Irá empastada y pintada por todos sus cantos y caras. Los xxxxxx serán xx xxxx secado en horno, tipo finger-joint, afianzados a tabiques con tornillos sobre tarugos de fibra. Las hojas, una vez colgadas, se detendrán en cualquier punto de su giro y cerrarán suavemente. El rasgo en que será colocada la puerta será recorrido y rematado de tal manera que sus cantos se observen perpendiculares entre sí. Cada cara del rasgo estará aplomada y/o nivelada según corresponda.
8.1.2 Puertas Aluminio con vidrio.
Se reutilizarán aquellas puertas de aluminio que se encuentren en buen estado.
8.2 Quincallería.
Bisagras puertas 3.1/2".
En xxxxx xx xxxxxx para puertas, se consultan 3 bisagras de 3 ½” x 3 ½" xx xxxxx inoxidable, Art. 35x35-AI de Scanavini o equivalente.
Cerraduras baños.
En baños, y en acceso a zona exclusiva, se consultan cerraduras de pomo, con seguro interior y ranura de emergencia por exterior, tipo Art. 4044, tipo Scanavini o equivalente, acabado acero inoxidable satinado, las cuales deberán contar con la aprobación de la Contraparte Técnica previo a su instalación. Sólo corresponde el reemplazo de cerradura en puertas indicadas.
Cerradura oficinas.
En las puertas indicadas se consultan cerraduras de embutir con cilindro solo por el exterior, acabado acero inoxidable, cerrojo de dos pitones, instaladas a 90cm de altura desde el eje de la manilla, tipo Scanavini art. 1182-AI, o equivalente. Manilla por ambos lados, xx xxxxx inoxidable tubular, tipo Scanavini Art. 960U-AIC/AIC o equivalente. Deberán contar con la aprobación de la Contraparte Técnica previo a su instalación.
Cierrapuerta hidráulico.
Se consulta la provisión de cierrapuerta hidráulico marca Scanavini o equivalente para puertas de mamparas de acceso, xxxxxxx xx xxxx de basura y baños.
Tope de Puertas.
En todas las puertas se consulta tope para puerta fijado al piso con tornillo y tarugo, asegurando su adecuada fijación. Serán tipo semi esfera, acabado acero inoxidable, con goma negra, tipo ¼ xx xxxx, tipo Art. TOP 001-AI de Scanavini o equivalente.
8.3 Mamparas de aluminio de alto tráfico.
Puerta de vaivén con cristal de seguridad de 10mm y marco de aluminio tipo Indalum Puerta Alto Tráfico o equivalente. Perfil zócalo y cabezal de dimensiones adecuadas para quicio hidráulico de alta resistencia. El contratista proporcionará todos los elementos accesorios (quicio, manilla, clavos, tornillos, tuerca y pernos) que sean necesarios para el correcto funcionamiento de la cerrajería y quincallería.
8.4 Reposición de Compuerta y Xxxxx Xxxxxxxx de Medidor Agua Potable.
Marco metálico con perfil Ángulo 30x30 mm, adherido a radier perimetral. La puerta metálica deberá reponerse, siguiendo el diseño del modelo actual que se encuentra en mal estado, al igual que chapa para ubicar candado.
9.0 VENTANAS.
9.1. Ventana de Aluminio Termopanel.
Contempla hojas de termopanel con su cámara de aire hermética de 6+10+6 mm, ambos cristales laminados. La estructura corresponde a perfiles de aluminio tipo INDALUM línea Superba o equivalente. El asiento de las ventanas a antepecho se realizará conforme a instrucciones del fabricante, asegurando estanqueidad al agua y al viento, y se practicará una pendiente en todo el borde exterior de la ventana para escurrimiento. Se deberán utilizar vidrios laminados de seguridad resistente al impacto.
El diseño de las ventanas se ejecutará según planos de arquitectura.
9.2. Impermeabilización de ventanas existentes de aluminio.
Aquellas ventanas que se mantengan en el piso 1, deberán ser impermeabilizadas en sus juntas y perfilerías, para evitar filtración de aire y agua.
9.3. Empavonado de ventanas.
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Se considera lámina empavonada con filtro solar en ventanas del proyecto.
9.4. Ventanilla de Atención a Público Vidrio Laminado 10 mm perforado según plano.
Diseño y perforaciones según planos de arquitectura.
10.0. ARTEFACTOS XX XXXXX.
10.1. WC.
Definido en proyecto sanitario.
10.2. Lavamanos.
Definido en proyecto sanitario.
10.3. Urinarios.
Definido en proyecto sanitario.
10.4. Lavamanos accesibilidad universal.
Definido en proyecto sanitario.
10.5. WC accesibilidad universal
Definido en proyecto sanitario.
10.6. Barandas acero inoxidable accesibilidad universal.
Según instrucciones de normativa referida a Accesibilidad Universal.
10.7. Mudador retráctil.
Según planos.
10.8. Jabonera xx Xxxxx Inoxidable.
Según planos.
10.9. Dispensador Papel Higiénico Jumbo xx Xxxxx con xxxxx Xxxxx.
Según planos.
10.10. Dispensador Rollo de Papel Jumbo.
Según planos.
11.0 MUEBLES KITCHENETTE.
11.1. Mueble lavaplatos en melamina tipo vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo qstone color pure gray o equivalente.
Se debe considerar la provisión e instalación de un lavaplatos simple xx xxxxx inoxidable de acuerdo a lo especificado en los planos de Detalle en Kitchenette. Estos deberán ser considerados bajo cubierta. Cualquier opción que proponga el contratista deberá ser revisada por la Contraparte Técnica, quien podrá aprobarla o rechazarla.
Color: Cromado Material: Acero Inoxidable Medidas: 80x43x15,5 cm.
11.2. Mueble seco de melamina tipo vesto 15 mm con cubierta cuarzo tipo Qstone color pure gray o equivalente.
Se debe considerar la provisión e instalación de mueble de cocina según detalle de arquitectura. Cualquier opción que proponga el contratista deberá ser revisada por la Contraparte Técnica, quien podrá aprobarla o rechazarla.
12.0 MUEBLES EN OBRA.
Según plano de Arquitectura y detalle de muebles, se deberá considerar todo mobiliario indicado como “Muebles a ejecutar por el contratista”.
12.1. Mueble de Informaciones en Melamina tipo Vesto o equivalente color blanco.
La partida se refiere a la provisión e instalación de mesón de Informaciones según detalle de planos de arquitectura. Medidas deberán ser rectificada en terreno.
12.2. Mueble oficina de partes con cubierta antimicrobial de cobre.
La partida se refiere a la provisión e instalación de mesón de oficina de partes según detalle de planos de arquitectura. Medidas deberán ser rectificadas en terreno. Deberá llevar cubierta de cobre con certificación antimicrobial.
12.3. Tótem Atención Digital.
La partida se refiere a la provisión e instalación de tótem de atención digital según detalle de planos de arquitectura. Medidas deberán ser rectificadas en terreno.
12.4. Cubierta lavamanos xx xxxxx resina en base a cuarzo.
La partida se refiere a la provisión e instalación de Cubiertas de Lavamanos en Baños de servidores estatales y usuarios en base a mezcla de resina cuarzo tipo Qstone, Silestone o equivalente, color “Pure Gray”. Ejecución según detalle de planos de arquitectura. Medidas deberán ser rectificadas en terreno. Debe considerar remate en muro y faldón en el mismo material y color.
12.5. Banca-Jardinera en Xxxx de Espera.
La partida se refiere a la provisión e instalación de banca-jardinera según detalle de planos de arquitectura. Medidas deberán ser rectificadas en terreno.
13.0 LUMINARIAS LED PROVISTAS POR LA SUBSECRETARÍA.
13.1. Luminarias Led provistas por la Subsecretaría.
Se deberá considerar todo lo necesario para la instalación de las luminarias, las cuales serán suministradas por la Subsecretaría, según condicionantes establecidas en los planos de cielo e iluminación y lo regulado en las bases.
14.0 PROYECTO DE ESPECIALIDADES.
14.1. Instalaciones proyecto de ingeniería.
La ejecución del proyecto eléctrico deberá atenerse a las especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo N° 10 de las bases.
14.2. Instalaciones proyecto eléctrico.
La ejecución del proyecto eléctrico deberá atenerse a las especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo N° 11 de las bases.
14.3. Instalaciones proyecto de corrientes débiles.
La ejecución del proyecto de corrientes débiles deberá atenerse a las especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo N° 12 de las bases.
14.4. Instalaciones proyecto sanitario.
La ejecución del proyecto sanitario deberá atenerse a las especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo N° 13 de las bases.
14.5. Instalaciones proyecto de climatización.
La ejecución del proyecto de climatización deberá atenerse a las especificaciones técnicas que se adjuntan como Anexo N° 14 de las bases.
15.0 OBRAS COMPLEMENTARIAS E IMPLEMENTOS.
15.1. Protecciones para pavimentos nuevos, muros y muebles.
Será responsabilidad del contratista mantener la integridad de los muebles y pavimentos durante la ejecución del proyecto hasta la recepción provisional de las obras, asegurando el buen estado de los bienes muebles que permanecen en el piso 1 del inmueble ubicado en Amunátegui N°139 y pisos adyacentes, según se indica en los planos del proyecto, como también de los pavimentos nuevos a instalar, mediante los elementos técnicamente más apropiados, según el tipo de elemento que se desea proteger.
15.2. Andamios.
Según lo exija el avance de la obra, se debe considerar la utilización de andamios para el apoyo de desmontaje de elementos en el cielo, como luces y estructura, y para dar apoyo a las terminaciones según la etapa que lo requiera. El contratista debe asegurar la disponibilidad de estos elementos en la obra.
15.3. Aseo y Entrega.
Será responsabilidad del contratista mantener el aseo general de la obra durante la ejecución del proyecto hasta la recepción provisional, prohibiéndose la acumulación de basura y escombros. Es importante destacar que no se debe acumular sobre el piso escombros de las demoliciones de manera de no producir sobrecargas en losas.
Asimismo, será responsabilidad del contratista preservar el orden en la metodología de trabajo, definiendo los sectores en que los equipos de trabajo del contratista podrán mantener sus herramientas y materiales, de manera que la inspección y visita de la obra sea expedita.
15.4. Flete.
Será de responsabilidad del contratista contar con el o los materiales necesarios para abastecer los distintos frentes de trabajo, debiendo dejar constancia en el Libro de Obras cada vez que se efectúe una entrega de materiales.
15.5. Xxxxxxxx xx Xxxxx Inoxidable.
Los pasamanos deberán cumplir con la Norma AISI 304 y serán tubos xx xxxxx inoxidable terminación espejo de 0” xx xxxxxxxx x 0 xx xx xxxxxxx, xxx xxxxxxxx