CONTRATO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO
CONTRATO DE APERTURA DE LINEA DE CREDITO
N° XXXXXXX
PRIMERA: COMPARECIENTES
Comparecen a la suscripción del presente documento, por una parte, BANCO PROCREDIT S.A., debidamente representado por XXXX XXXX XXXX XXXX, en su calidad de Apoderado Especial, parte a la que en adelante se llamará “el Banco”; por otra, XXXX XXXX XXXX XXXX a quien en adelante se le denominará “el deudor”.
SEGUNDA: OBJETO
a) LINEA DE CREDITO ROTATIVO.- El Banco concede y abre en esta fecha una línea de crédito hasta por la cantidad de xxxx MIL /100 Dólares (US$ x.xxx.xx). El deudor podrá disponer del valor total de la misma a partir de la celebración de este documento, mediante la suscripción de pagarés, todos los cuales se entenderán incorporados al presente contrato. El Banco no estará obligado a realizar ningún desembolso al amparo de esta Línea de Crédito, si se produjera un cambio en la situación del deudor y/o porque las garantías que se encuentran constituidas a su favor, resultaren incorrectas o insuficientes.
b) DESTINO.- El deudor destinará el crédito que se concede al financiamiento de actividades empresariales y/o personales, comprometiéndose a no desviar los valores recibidos a otra actividad de aquella para la que solicitó; en todo caso, se a utilizarlo en actividades lícitas y permitidas por las leyes, eximiendo al Banco de cualquier responsabilidad. El deudor expresamente al Banco o a la entidad o persona que éste designe, a verificar el uso correcto de los fondos derivados del presente contrato.
c) PLAZO.- La presente línea de crédito rotativa tiene un plazo de cinco años, contados a partir de esta fecha, prorrogables a opción del Banco. El deudor hará uso de esta línea de crédito rotativo por medio de retiros de cantidades parciales. Durante la vigencia de este contrato, sus efectos no se extinguirán aun cuando dispuesto del monto total del crédito abierto, pues los abonos o pagos que hagan de las sumas retiradas, constituyen disponibilidades a su favor, pudiendo disponer de ellos dentro de los términos que le fija este documento. En todo caso, el Banco se reserva el derecho de dar por terminado este Contrato a su sola discreción.
d) INTERESES.- Los intereses que devenguen los desembolsos que se realicen a través de esta línea de Crédito, constarán en los pagarés que se suscriban por cada uno de ellos. En caso xx xxxx el deudor se compromete a pagar, sobre el capital vencido y no cancelado, la tasa de interés moratoria de conformidad con las Regulaciones emitidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador.
e) USO DE FONDOS.- El deudor podrá hacer uso del presente crédito hasta el límite concedido, pudiendo solicitar hasta tres desembolsos según la disponibilidad entre saldo pendiente y límite concedido, siempre y cuando se mantenga al día en el pago de sus cuotas. En todo caso, su otorgamiento se sujetará a la disponibilidad de fondos del Banco.
f) FORMA DE PAGO.- Debido a que el monto del presente crédito podrá ser solicitado por el deudor mediante varios desembolsos, éste se obliga a pagar la totalidad de cada uno de ellos, más los intereses y accesorios correspondientes, en la forma que se consigne en los títulos-valores que suscribirá por cada desembolso realizado. El deudor autoriza expresamente al Banco para que cuando cualquiera de las obligaciones se vuelva exigible pueda disponer de valores y documentos a su favor u orden que están en su poder, como pago parcial o total de éstas.
g) LUGAR E IMPUTACION DE PAGOS.- Todo pago lo hará en la misma moneda pactada, en cualquiera de las oficinas del Banco, o en las que‚ este designe.
TERCERA: VENCIMIENTO ANTICIPADO
El Banco podrá dar por vencido el plazo concedido para el pago de las cantidades retiradas
Contrato N° XXXXXX. De NOMBRE DEUDOR LINEA por un monto de USD X.XXX.XX
y costos, y ejercer las demás acciones legales a que tuvieren derecho, en cualquiera de los siguientes casos: a) Por falta de pago de capital o intereses de una o más cuotas de cada pagaré; ya sea que provenga de éste contrato o de cualquier otra deuda con el Banco; b) Por ejecución judicial iniciada por terceros contra el deudor ; c) Por gravar, vender o enajenar los bienes pignorados, sin previa autorización escrita del Banco; d)Por incumplimiento del deudor de cualquiera de las condiciones o cláusulas de este contrato.
CUARTA: GASTOS
Todos los gastos que demande el presente contrato de línea de crédito rotativa, serán de cuenta exclusiva del deudor.
QUINTA: DOMICILIO
En caso de controversia, las partes renuncian fuero y domicilio y se someten a los jueces de la ciudad de XXX y al trámite ejecutivo o verbal sumario a elección del banco.
Para constancia de lo estipulado los comparecientes suscriben este contrato, el día xx xxx XX de XX de XXXX.
f. NOMBRES Y APELLIDOS DEL DEUDOR DE LA LÍNEA C.I.: NO. DE CEDULA DEL DEUDOR DE LA LÍNEA DIRECCIÓN: DIRECCIÓN DEL DEUDOR DE LA LÍNEA
TELÉFONO: CONVENCIONAL/CELULAR DEL DEUDOR DE LA LÍNEA
f. NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE DEL BANCO C.I.: NO. DE CEDULA DEL REPRESENTANTE DEL BANCO BANCO PROCREDIT S.A.
RECONOCIMIENTO DE FIRMAS
En la ciudad de XXXXX , el XX de XXX de XXX, ante mi Doctor XXX XXX XXX XXX del Cantón
, en base a la facultad prevista en el Artículo dieciocho, numeral nueve de la Ley Notarial vigente, acepto la comparecencia del (la) señor (a) XXXX XXXX XXXX XXXX, portador(a) de la cédula No. XXXXXXXXXX en calidad de deudor ; y por último, del (la) señor(a) XXXX XXXX XXXX XXXX , portador(a) de la cédula No. XXXXXXXXXX, en calidad de representante del Banco Procredit S. A, quiénes solicitan reconocer ante mi, sus firmas y rúbricas estampada en el contrato que antecede, quienes previo juramento, efectuado en legal y debida forma, con las advertencias que la ley establece para el caso de perjurio, dicen que dichas firmas, son las suyas propias, las mismas que las usan en todos sus actos y contratos públicos y privados y como tal las reconocen; con lo que termina la presente diligencia notarial, firmado para constancia conjuntamente con el señor notario que certifica.
f. NOMBRES Y APELLIDOS DEL DEUDOR DE LA LÍNEA C.I.: NO. DE CEDULA DEL DEUDOR DE LA LÍNEA
f. NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE DEL BANCO C.I.: NO. DE CEDULA DEL REPRESENTANTE DEL BANCO