CONDICIONES GENERALES DE LOS PEDIDOS DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE BILBAO
CONDICIONES GENERALES DE LOS PEDIDOS DE LA AUTORIDAD PORTUARIA XX XXXXXX
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Las presentes Condiciones Generales se aplicarán a todos los contratos menores de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contrato de obras, o a
15.000 euros, IVA excluido, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios (en adelante, todos ellos denominados Pedidos), que realice la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx (en adelante, la APB).
Estas Condiciones Generales formarán parte contractual integrante, a todos los efectos, de los Pedidos que emita la APB, y su contenido íntegro estará disponible en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xxx y en la Sede electrónica.
REQUISITOS GENERALES
El Pedido deberá estar firmado por un responsable autorizado de la APB, de conformidad con la normativa de aplicación a la misma, firma que supondrá la aprobación del gasto derivado del mismo.
En ningún caso o circunstancia, los contratos derivados del Pedido podrán ser de cuantía superior a 40.000 euros, cuando se trate de contrato de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o servicios, IVA excluido. Tampoco podrán tener una duración superior a un año, ni ser objeto de prórroga, revisión de precios o modificaciones como consecuencia de las cuales se rebase el citado importe máximo.
La presentación de oferta a la APB o la recepción del Pedido sin expreso rechazo por parte del contratista, suministrador o prestador (en adelante, todos ellos denominados Proveedor), implicará la aceptación expresa e incondicional de las presentes Condiciones Generales por parte del Proveedor. Cualquier excepción a alguna de estas Condiciones Generales por parte del Proveedor, sólo será válida si ha sido formulada previamente por escrito y está aceptada en la misma forma por la APB.
El alcance de la contratación objeto del Pedido comprende, además de cuanto se detalla en el mismo, todo lo que sea necesario hasta la entrega final en condiciones de utilización y perfecto funcionamiento, conforme a las especificaciones técnicas establecidas.
En ningún caso la APB será responsable de la seguridad, dentro o fuera de los recintos objeto de su competencia, de las personas empleadas por el Proveedor, ni de las infracciones que éste cometa respecto de las patentes de fabricación, permisos de
construcción, licencias, servidumbres o autorizaciones, exigibles de conformidad con la legislación o las ordenanzas vigentes, respondiendo el Proveedor de todos los impuestos, derechos, tasas o compensaciones y demás gravámenes o gastos que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que se señalen.
ORGANIZACIÓN DEL PROVEEDOR
El Proveedor será responsable de la selección y vigilancia de su personal ocupado en la realización del Pedido ejercitando el poder de dirección conforme a la legislación y las disposiciones vigentes, en especial se verá obligado a cumplir todo lo dispuesto en la normativa laboral y en el convenio colectivo de aplicación, Seguridad Social y Seguridad y Salud en el Trabajo, así como en la legislación Medio Ambiental, debiendo poner a disposición de la APB, cuando éste así lo requiera, los documentos que lo acrediten.
El incumplimiento de dichas obligaciones y, en especial, los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios colectivos que sea grave y dolosa, podrá dar lugar a la imposición de penalidades en el precio, cuyas cuantías no podrán ser superiores al 10 por cien del precio del contrato, IVA excluido, ni el total de las mismas superar el 50 por cien del precio del contrato.
En el caso de que el Proveedor concierte con terceros la realización parcial de la prestación, éstos quedarán obligados sólo ante aquél, quien asume la total responsabilidad de la ejecución del contrato frente a la APB. Los subcontratistas no tendrán en ningún caso acción directa frente a la APB por las obligaciones contraídas con ellos por el contratista/proveedor como consecuencia de la ejecución del contrato principal y de los subcontratos, en virtud del artículo 215.8 de la Ley 9/2017.
ENTREGA E INSPECCIÓN
La entrega de las obras, bienes, productos o servicios deberá efectuarse en la fecha, lugar y condiciones señalados en el Pedido. El Proveedor se obliga a cumplir la fecha de entrega final y las fechas de entrega parciales fijadas en el Pedido.
La APB se reserva el derecho de inspeccionar todos los materiales y equipos contratados en el lugar de fabricación, almacenaje o ejecución de los mismos. Irán a cargo del Proveedor los gastos realizados con la prestación de sus equipos y personal para la realización de las pruebas de inspección, obtención de certificados y ensayos especiales, etc., cuyos resultados, necesariamente, deberán ajustarse a las calidades exigidas.
PRECIOS
Los precios convenidos son fijos a todos los efectos y se mantendrán inalterables por parte del Proveedor, sin que puedan ser objeto de revisión o variación alguna en la facturación o en cualquier otro momento.
Los precios incluyen la totalidad del objeto de la contratación y cuanto deba aportar o realizar el Proveedor para su cumplimiento, incluyendo embalajes y transportes hasta el lugar convenido, así como todo tipo de gastos, gravámenes, derechos, impuestos o tasas, a excepción únicamente del IVA.
Cuando se hayan establecido precios unitarios, el importe total de la contratación será el que resulte de aplicar los citados precios a las unidades realmente suministradas o ejecutadas.
CONDICIONES DE FACTURACIÓN
Las facturas, su documentación soporte y la correspondencia sobre las mismas, deberán enviarse al Departamento de Administración de la APB (Edificio de Oficinas Generales de la Autoridad Portuaria xx Xxxxxx, Muelle de la Ampliación-Acceso Ugaldebieta, de Santurtzi).
Las facturas serán emitidas, de conformidad con la normativa mercantil y fiscal de aplicación, a nombre de la APB y, en ningún caso, a nombre de personas o departamentos de la misma, debiendo hacer referencia, necesariamente al número de Pedido de la APB que las motiva. No se aceptará factura alguna en la que falte cualquiera de estos requisitos.
La APB abonará la factura dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados o servicios prestados.
La recepción de la factura, en su caso, por medios electrónicos, producirá los efectos de inicio del cómputo de plazo de pago, siempre que esté garantizada la identidad y la autenticidad del firmante, la integridad de la factura y, en todo caso, siempre que se hayan aprobado las certificaciones de obra o los documentos que acrediten la conformidad con los bienes o servicios prestados.
CONDICIONES DE PAGO
Todos los pagos serán realizados, con carácter general, mediante transferencia bancaria a los 30 días siguientes a la fecha en que tenga lugar la aceptación o
verificación de los bienes o servicios, incluso aunque la factura o solicitud de pago se hubiera recibido con anterioridad a la aceptación o verificación.
El pago podrá realizarse mediante cheque nominativo o mediante la emisión de un recibo a cargo de la APB, siempre y cuando ésta así lo considere conveniente.
En particular, para el caso de posible aparición de xxxxxxx, defectos o vicios en los bienes entregados o en los servicios ejecutados con posterioridad a su aceptación, el pago del precio no supone que la APB considere efectuado correctamente por el Proveedor el Pedido o renuncie a los derechos que puedan corresponderle en virtud del mismo frente al Proveedor.
La APB se reserva el derecho de compensar partidas deudoras o acreedoras con el mismo Proveedor, notificando a éste las operaciones realizadas.
CESIÓN DE CRÉDITO
En ningún caso podrá el Proveedor ceder a terceros los derechos y créditos que para el mismo se deriven del Pedido, ni realizar cualquier otra operación que suponga disposición por cualquier título, gravamen, compromiso y/o transacción, total o parcial, sobre los mencionados derechos o créditos, salvo que haya obtenido previamente la conformidad por escrito de la APB, con carácter expreso para cada operación.
PENALIDAD POR RETRASO
El incumplimiento por el Proveedor de las fechas de entrega o de los plazos de ejecución, tanto parciales, como finales, podrá sancionarse por la APB aplicando al Proveedor, por cada día natural de demora, una penalidad de 0,60 euros por cada 1000 euros del precio del Pedido (IVA excluido), sin que en ningún caso dicha penalidad pueda imponerse a los primeros 15 días a contar desde la fecha de emisión del Pedido.
En el supuesto de que existan defectos de los materiales o equipos (sea cual fuere su procedencia), tanto en su fabricación como en su capacidad de rendimiento, la APB podrá aplicar una penalidad igual a la anterior por cada día natural que transcurra sin haberse iniciado la reparación correspondiente. A los efectos anteriores la APB pondrá en conocimiento del Proveedor de forma fehaciente el defecto observado y la fecha en que deba iniciarse la reparación.
GARANTÍA
El Proveedor garantiza las obras, los productos, bienes y equipos objeto del Pedido contra todo defecto de diseño o fabricación por un periodo de un año a partir de su puesta en servicio, a contar desde su recepción satisfactoria, comprometiéndose a reponer o reparar a satisfacción de la APB los que resulten defectuosos. El coste de la
reposición o reparación y todos los gastos que se originen a la APB con este motivo, serán por cuenta del Proveedor, incluso cuando deban realizarse fuera de sus dependencias.
Los ajustes, tareas, reparaciones o sustituciones deberán efectuarse en el plazo que señale la APB, del modo que resulte menos perjudicial. En caso contrario, la APB podrá llevar a cabo los trabajos necesarios por sí misma o por terceros con cargo al Proveedor y sin pérdida del plazo de garantía. El periodo de garantía quedará prorrogado en el tiempo que se emplee en realizar los ajustes, tareas, reparaciones o sustituciones que en cada caso hayan de efectuarse, que serán garantizadas a su vez, a partir de su terminación, por tiempo igual al periodo de garantía.
El plazo de garantía aquí establecido será, en todo caso, independiente de cualesquiera otros establecidos por las disposiciones legales vigentes, reservándose la APB cualquier posible acción contra el Proveedor que pudiera dimanar de las mismas.
CONDICIONES DE ENVÍO
En los Pedidos relativos a suministros de bienes, productos o servicios, el transporte de los mismos será por cuenta y riesgo del Proveedor. Todos los paquetes, cajas, bultos, etc., deberán ser embalados, en forma adecuada a su naturaleza, dimensiones y fragilidad, para su transporte y almacenamiento.
El Proveedor será responsable de los daños por golpes, oxidación, etc., imputables a defectos de embalaje o protecciones inadecuadas. Los envíos de materiales deberán ir acompañados de un albarán o nota de entrega detallando la mercancía incluida en el envío, cada una con la cantidad que resta por servir e indicando en lugar bien visible el número de Pedido, cantidad, especificación y unidad de medida, así como el ítem correspondiente.
PROPIEDAD
El Proveedor garantiza a la APB y viene obligado a acreditar documentalmente ante ella, si le fuera requerido, que dispone de las patentes, licencias y demás documentos de propiedad industrial precisos para la realización de cuanto es objeto del Pedido.
En caso de que por culpa o negligencia del Proveedor, y como consecuencia de la falta de alguna de las licencias referidas en el párrafo anterior la APB se viera de cualquier modo perjudicada o dificultada en el uso de los bienes objeto de adquisición, el Proveedor mantendrá indemne a la APB ante cualquier reclamación de terceros y abonará a la APB los daños y perjuicios que se produzcan.
En todo caso, todos los diseños y especificaciones facilitados por la APB al ofertante y/o Proveedor, así como los que resulten del Pedido, deberán ser considerados por
éste como confidenciales, no pudiendo ser objeto xx xxxxxxxx, copia o utilización por terceros sin el previo consentimiento de la APB, quien, se entiende, es su exclusiva propietaria, respondiendo de los daños y perjuicios que se pudieran ocasionar por culpa o negligencia en el tratamiento de dicha información.
El Proveedor deberá confeccionar y entregar toda la documentación técnica precisa, en forma de planos, croquis, catálogos e instrucciones, no solo para, en su caso, realizar y supervisar el montaje del material o ejecución de la prestación, sino también para su más adecuada utilización.
RESOLUCIÓN
En el caso de que el Proveedor no cumpla alguna de sus obligaciones contractuales, la APB podrá resolver el contrato, bastando para ello que lo comunique por escrito al Proveedor y abone el importe del Pedido correctamente realizado hasta la fecha, con las deducciones y penalidades que procedan en su caso. El Proveedor no tendrá derecho al pago de ninguna otra cantidad en concepto de indemnización.
PROTECCIÓN DE DATOS
El Proveedor declara que ofrece garantías suficientes para aplicar, en el caso que el pedido comporte el tratamiento de datos de carácter personal, medidas técnicas y organizativas apropiadas, para que el tratamiento se efectúe de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y la normativa de desarrollo, así como, con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
En relación con los datos personales relativos a los medios humanos adscritos y/u ofertados a la ejecución del pedido, el proveedor garantiza que se les ha proporcionado toda la información obligatoria en aplicación de los artículos 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
JURISDICCIÓN
Las partes procurarán solucionar amistosamente todas las cuestiones que pudieran surgir con motivo de la interpretación o cumplimiento de esta contratación. En el supuesto de que no se pudiese resolver de dicha forma, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxx, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.