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PLIEGO DE CLAUSULAS ECONOMICO ADMINISTRATIVAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
1- OBJETO DEL CONTRATO, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO.-
1.1 OBJETO: El objeto de este contrato es el servicio de explotación, mantenimiento y conservación de las estaciones depuradoras de aguas residuales del Ayuntamiento xx Xxxx, relacionadas en el Anejo 1
xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
1.2. NATURALEZA JURÍDICA: El contrato es de naturaleza administrativa según se desprende del artículo 19 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público(en adelante TRFLCSP). Se trata de un contrato de servicios conforme a lo establecido en el art. 10 del TRFLCSP, categoría 16 de los contemplados en el anexo II del citado Texto Refundido.
El número de referencia es CPV 45259100-8.
1.3. RÉGIMEN JURÍDICO: Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirá por lo establecido en este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, supletoriamente por las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto por las normas de derecho privado.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato.
2- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y PRERROGATIVAS.-
2.1. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: De acuerdo con la disposición adicional segunda del TRFLCSP, corresponden al Alcalde las competencias como órgano de contratación.
2.2. PRERROGATIVAS: El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del TRFLCSP, ostenta las siguientes
prerrogativas:
a) Interpretación del contrato.
b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento.
c) Modificación del contrato por razones de interés público.
d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta.
En todo caso se dará audiencia al contratista, debiendo seguirse los trámites previstos en el art. 211 del TRFLCSP, de 30 de octubre.
3- CONTENIDO DEL SERVICIO.-
Se estará a los dispuesto en los Capítulos III, V, VI, VII y VIII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
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4- PERFIL DEL CONTRATANTE.-
Se efectuara la publicación en el perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxx. xxx.xxxx-xxxx.xx. 5- PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
El plazo de ejecución del contrato será de tres años (36 meses), iniciándose la prestación del servicio el 1.7.2012., y finalizando el 30.6.2015.
No se admiten prórrogas.
6- FINANCIACIÓN, EXISTENCIA DE CRÉDITO Y ANUALIDADES.-
Los servicios objeto del presente contrato, se financiarán íntegramente con cargo a la subvención concedida por Resolución del Presidente de la Junta de Saneamiento del Principado xx Xxxxxxxx de fecha 11 xx Xxxxx de 2012, con la siguiente distribución plurianual:
Anualidad | Importe |
2012 | 21.994,66€ |
2013 | 43.989,31€ |
2014 | 43.989,31€ |
2015 | 21.994,65€ |
Por tratarse de una servicio de carácter plurianual y de conformidad con lo dispuesto en el art. 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 0 xx xxxxx) x xxxx 00 x xx xxx Xxxxxxx 500/90, el gasto se imputará a los ejercicios presupuestarios que se detallan a continuación. En consecuencia el presente gasto queda subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en el presupuesto correspondiente.
La distribucíón del crédito por anualidades según la Resolución de concesión de la subvención es:
Anualidad Importe |
2012 21.994,66€ 2013 43.989,31€ 2014 43.989,31€ 2015 21.994,65€ |
TOTAL 131.967,93€ |
7- CONTROL DEL SERVICIO.-
El Alcalde o Concejal en quien delegue asumirá el control y seguimiento del servicio en ejercicio de las facultades que le otorga el artículo 21.1.d) de la LRBRL. Se tendrá en cuenta también lo dispuesto en el Capítulo VII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
8- TRAMITACION Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACION.-
La adjudicación del contrato se efectuará por procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria, conforme a los artículos 157 a 161 del TRFLCSP. El Ayuntamiento no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
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Se efectuara la publicación en el BOPA, y en el perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxx xxx.xxxx-xxxx.xx.
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación hasta un importe de: 1.000€.
9- PRESUPUESTO BASE DE LICITACION.-
El presupuesto base de licitación que podrá ser mejorado a la baja será de (IVA excluido) que se desglosa en:
- Presupuesto de explotación, conservación y mantenimiento: 122.192,53€
- 8% IVA de explotación, conservación y mantenimiento: . 9.775,40€ Total del contrato, IVA incluido 131.967,93€
En el Capítulo XI xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares se contempla en detalle el presupuesto del presente contrato.
10- CRITERIOS DE ADJUDICACION.-
Los criterios para determinar la adjudicación del contrato serán los señalados en el Capítulo XII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares. Ofertas con valores anormales o desproporcionados. Para su consideración como tales se estará a lo dispuesto en el art. 152 del TRFLCSP.
11- CAPACIDAD PARA CONCURRIR.-
1.- Están facultadas para tomar parte en esta licitación y contratar con el Ayuntamiento las personas, naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, y no se encuentren incursas, ni ellas ni sus representantes, en ninguna de las circunstancias o prohibiciones del artículo 60 del TRFLCSP.
2.- En el supuesto de Uniones Temporales de Empresarios, cada uno de éstos deberá reunir los requisitos señalados en el apartado 1.
3.- La finalidad o actividad de las empresas deberá tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente. Asimismo, las empresas deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
12- CLASIFICACIÓN.-
De acuerdo con el artículo 65 del TRFLCSP, es exigible la clasificación:
Grupo 0.- Servicios de conservación y mantenimiento de bienes inmuebles Subgrupo 4.- Conservación y mantenimiento integral estaciones depuradoras. Categoría A.- Anualidad media inferior a 150.000 euros.
13- DOCUMENTOS: ORIGINALES Y COPIAS
Los documentos que se aporten con las proposiciones deberán ser originales. No obstante, se admitirán fotocopias autenticadas notarialmente o por el Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.
14- PRESENTACION DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACION COMPLEMENTARIA.
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Las proposiciones para poder tomar parte en este procedimiento se presentarán acompañadas de la documentación exigida en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento, de 9,00 a 14,00 horas durante el plazo de 15 días naturales desde el siguiente al de la publicación en el BOPA del anuncio de licitación.
También podrán presentarse proposiciones por correo; en este caso, el interesado deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar el mismo al órgano de contratación por FAX o Telegrama. Sin cumplir tales requisitos no será admitida la proposición en el caso de que se recibiera fuera del plazo fijado.
Transcurrido el plazo de cinco días siguientes al de la finalización del plazo para presentar las proposiciones sin haber recibido las proposiciones, no serán tenidas en consideración en ningún caso.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitraran los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por el suscritas.
15- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones se presentarán en tres sobres cerrados que podrán ser lacrados o precintados, firmados por el licitador o persona que lo represente en los que se indicará en cada uno de ellos además de el nombre del licitador o persona que lo represente y la razón social de la empresa, los títulos y subtítulos correspondientes que seguidamente se indican y contendrán la documentación que a continuación se señala.
La inclusión de documentación en un sobre distinto al que se prevé en los presentes pliegos implicará la exclusión automática del licitador.
15.1. SOBRE A: Titulo: "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACION, MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX.
Subtitulo: “DOCUMENTACION GENERAL “.
15.1.1. Contendrá la siguiente documentación encabezada con el índice de los documentos presentados:
a) Si es empresario individual: Fotocopia del N.I.F., Pasaporte o documento que lo sustituya.
Si es una Persona Jurídica: Escritura de Constitución o Modificación en su caso, inscrita en el Registro Mercantil y fotocopia del D.N.I. de la persona que actúe como representante.
b) Poderes.- Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, deberá aportar poder notarial para representar a la Persona o Entidad en el nombre del que concurre ante la Administración contratante.
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c) Bastanteo de Poderes.- Los poderes a los que se refiere el apartado b) de la presente cláusula, deberán bastantearse previamente.
d) Las empresas extranjeras no comunitarias además de acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su Estado y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Por tratarse de un contrato de obras será necesario, además que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
e) Declaración responsable del licitador o de su representante comprensiva de los siguientes extremos:
- Que la empresa no está incursa en prohibición alguna para contratar con el Ayuntamiento, conforme al artículo 60 del TRFLCSP.
- Que la empresa está inscrita o afiliada, si se trata de persona natural, en la Seguridad Social; que ha afiliado y dado de alta a sus trabajadores, y que está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- Que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto estatales y autonómicas como con el Ayuntamiento xx Xxxx, y que está dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el correspondiente epígrafe y ha abonado las correspondientes liquidaciones.
- Que, caso de resultar la empresa propuesta como adjudicataria del contrato, se compromete a presentar los certificados positivos acreditativos de lo anterior, remitidos por la Agencia Tributaria, Tesorería Municipal del Ayuntamiento, Servicio competente del Principado xx Xxxxxxxx y Tesorería General de la Seguridad Social, u organismos competentes, en el plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles desde el siguiente al requerimiento efectuado por la Mesa de Contratación.
f) Acreditación de la Solvencia Económica y Financiera y Técnica o Profesional:
Se incluirá el certificado expedido por la Junta Consultiva de Contratación que acredite que la empresa licitadora esta clasificada en los términos exigidos en este pliego.
Las empresas que se encuentren pendientes de obtener la clasificación, deberán aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar que ha obtenido la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
La falta o insuficiencia de la clasificación no podrá suplirse mediante la integración de la solvencia con medios externos.
Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar la clasificación mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que este establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
15.1.2. Los licitadores que presenten certificación de su inscripción en el Registro de Documentación
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Administrativa de Licitadores del Principado xx Xxxxxxxx quedan dispensados de presentar la documentación vigente y anotada en el mencionado registro según se desprenda de la citada certificación siempre que acompañen una declaración responsable en la que manifiesten que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
15.1.3. En el supuesto de Uniones Temporales de Empresarios, éstas se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 59 del TRFLCSP, debiendo cumplimentar cada una de ellas los documentos, además del referido a su compromiso de constitución de la U.T.E., señalando el porcentaje de participación de cada empresa, y la persona o entidad que ostentará su representación.
En el supuesto de adjudicación a una U.T.E. las empresas deberán acreditar su constitución en escritura pública, dentro del plazo de 10 días naturales siguientes a la notificación del acuerdo.
15.1.4. En el caso de empresas extranjeras, además de la documentación reseñada, deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto puedan surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante, en su caso.
15.2. SOBRE B: Titulo: "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX”.
Subtitulo:“DOCUMENTACION TÉCNICA NO VALORABLE MATEMÁTICAMENTE”.
Se incluirá en este sobre la documentación relacionada en el Capítulo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
Incluirá aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios de adjudicación diferentes del precio y recogidos en el Capítulo XII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
15.3. SOBRE C: Titulo: " PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL SERVICIO DE EXPLOTACIÓN, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LAS ESTACIONES DEPURADORAS DE AGUAS RESIDUALES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXX. “
Subtitulo: “OFERTA ECONÓMICA VALORABLE MATEMÁTICAMENTE”.
Este sobre deberá contener la oferta ajustada al modelo que se recoge como ANEXO I al presente pliego.
En aquellos supuestos en los que la oferta expresada en letra no coincida con la expresada en cifra se considerará como válida la primera.
16. MESA DE CONTRATACIÓN.
De conformidad con la Disposición Adicional Segunda 10 del TRFLCSP, la Mesa de Contratación estará constituida de la siguiente manera:
Presidente:
Alcalde Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue.
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Vocales:
La Secretaria del Ayuntamiento. La Interventora del Ayuntamiento.
Dos concejales designados por el Alcalde. El Arquitecto Técnico Municipal.
Secretario: La Secretaria Municipal.
La Mesa podrá constituirse válidamente con la asistencia, al menos, de su Presidente, Secretario y de la mitad de sus miembros, entre los que deberán de encontrarse, necesariamente, los vocales Secretario e Interventor. En el curso de sus funciones podrá pedir los informes y asesoramientos que estime convenientes.
La calificación de la documentación presentada a que se refiere el articulo 146 del TRFLCSP, se efectuara por la Mesa de contratación constituida al efecto. El Presidente ordenara la apertura de los sobres que la contengan, y el Secretario certificara la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos.
17. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN.
17.1. Clasificación de los documentos
La Mesa u órgano de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, procediendo a abrir los SOBRES A.
Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se podrá conceder, si se estima conveniente, un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones observados en la documentación presentada. Las proposiciones que adolezcan de defectos insubsanables serán rechazadas.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada la mesa declarara admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos previos indicados en el articulo 146 del TRFLCSP, procediéndose, en su caso, al examen y valoración de la solvencia, conforme se prevé en el articulo 82 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas, haciendo declaración expresa de los rechazados y de las causas de su rechazo.
17.2.- Acto de apertura.
Una vez realizadas las actuaciones previstas en el apartado anterior, en acto público, se procederá a la apertura de los SOBRES "B" (DOCUMENTACION TÉCNICA ECONOMICA NO VALORABLE
MATEMÁTICAMENTE) de las proposiciones admitidas previa notificación del resultado de la calificación de la documentación contenida en los sobres "A".
Los interesados podrán solicitar, tras la apertura de todas las proposiciones técnicas, las aclaraciones o formular las reservas que estimen convenientes.
La Mesa de Contratación solicitará a la Junta de Saneamiento la evacuación de los informes técnicos oportunos de valoración de las ofertas técnicas por aplicación de los criterios establecidos en el Pliego.
Una vez recibida la valoración de las ofertas técnicas, se convocará nuevo acto público en el que se dará cuenta de dicha valoración y se procederá a realizar la apertura de los SOBRES “C” (OFERTA
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ECONÓMICA VALORABLE MATEMÁTICAMENTE).
La Mesa de Contratación valorará las ofertas presentadas y formulará la propuesta de adjudicación al órgano de contratación, indicando el orden de preferencia para la adjudicación.
Antes de formular la propuesta de adjudicación, se podrán solicitar cuantos informes técnicos se consideren precisos. Igualmente, podrán solicitarse estos informes cuando sea necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas xxx xxxxxx. Caso de resultar necesario y previamente a la formulación de la propuesta, la Mesa u órgano de Contratación podrá solicitar, por escrito, las aclaraciones que considere necesarias a las Empresas admitidas, que deberán efectuarlas, también por escrito y en el plazo que se señale para ello, sin que por ello puedan introducirse modificaciones en las proposiciones presentadas.
Recibidos los informes, se realizará propuesta de adjudicación que incluirá la ponderación de los criterios de valoración fijados en este Pliego, elevándola, conjuntamente con las ofertas y el acta de la sesión de apertura de las mismas, al órgano de contratación competente para la adjudicación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
17.3.- El acto público de apertura de las proposiciones se realizará en el Salón de Plenos del Ayuntamiento. Se publicará la fecha en el perfil del contratante del Ayuntamiento xx Xxxx www.ayto- xxxx.xx.
17.4.- Se levantará acta en la que se recojan las incidencias de la calificación de la documentación y del contenido del acto de licitación.
La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido excluidas, desechadas o declaradas desproporcionadas o anormales. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en el Pliego pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Cuando el único criterio a considerar sea el precio, se entenderá que la oferta económicamente más ventajosa es la que incorpora el precio más bajo.
La Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
1. Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice a la mesa de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello,
2. De haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación clasificará las proposiciones presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios de adjudicación contenidos en el presente pliego, a cuyo efecto, cuando deban tenerse en cuenta una pluralidad de criterios de adjudicación, podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la que resulte
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económicamente más ventajosa.
El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
Si se estima que la oferta más ventajosa resulta anormal o desproporcionada, se procederá conforme a lo dispuesto por el art. 152 del TRFLCSP.
De lo actuado se dejará constancia en el expediente. 18.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO .
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la documentación contenida en la cláusula 17.4., y concretará y fijará los términos definitivos del contrato.
La adjudicación será motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación contendrá, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación. En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
En el citado acuerdo, se notificará al adjudicatario el importe de los gastos de anuncios de licitación.
La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores.
19. CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE PARA LA ADJUDICACION.
Las proposiciones admitidas serán valoradas conforme a los criterios y puntuaciones que se determinan en el capítulo XII xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares.
20. GARANTIA PROVISIONAL. No se exige.
21. GARANTIA DEFINITIVA.
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que deberá prestar una garantía del 5% del importe de la adjudicación del contrato, sin incluir el IVA.
La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 del TRFLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del RGLCAP.
De conformidad con el artículo 99 del TRFLCSP, en caso de que se hagan efectivas sobre la garantía las penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario, este deberá reponer o ampliar aquélla, en
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la cuantía que corresponda, en el plazo de quince días desde la ejecución,incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
La devolución o cancelación de la garantía definitiva se efectuará transcurridos seis meses desde la terminación del contrato, una vez depuradas, en su caso, las responsabilidades a que se refiere el artículo 100 del TRFLCSP.
22. VIGENCIA DE LA OFERTA
El plazo en el que queda obligado el contratista, por la oferta que presenta, se fija en tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación.
23.FORMALIZACION DEL CONTRATO.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En el caso de que el contrato se adjudique a una Unión Temporal de Empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato.
Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
El contrato se formalizará en documento administrativo en la fecha que señale el Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
La formalización del contrato se publicará en el perfil de contratante y en el Boletín Oficial del Principado xx Xxxxxxxx cuando proceda según lo dispuesto en el artículo 154 del TRFLCSP.
24. GASTOS.-
El abono del servicio prestado por el adjudicatario le será realizado mediante un coste mensual que incluirá todos los costes inherentes al servicio de acuerdo con lo establecido en el presente Xxxxxx. Dicho coste será el resultado de dividir el total del servicio por el número de meses que figuran en el Capitulo XI (36), periodo de prestación del servicio.
Dicho coste mensual, incrementando en los gastos generales (13%) y el beneficio industrial (6%), servirá como precio unitario básico para la realización de las correspondientes certificaciones mensuales. El IVA se aplicara adicionalmente.
Con los resultados de aplicación de los conceptos anteriores, y las eventuales modificaciones debidas a deducciones, sanciones, bonificaciones, primas y revisiones de precios, se extenderán al adjudicatario
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certificaciones mensuales expedidas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento. 25- RÉGIMEN DE PAGOS. -
El abono del servicio prestado por el adjudicatario le será realizado mediante un coste mensual que incluirá todos los costes inherentes al servicio de acuerdo con lo establecido en el presente Xxxxxx. Dicho coste será el resultado de dividir el total del servicio por el número de meses que figuran en el Capítulo XI (36), periodo de prestación del servicio.
Dicho coste mensual, incrementado en los gastos generales (13%) y el beneficio industrial (6%), servirá como precio unitario básico para la realización de las correspondientes certificaciones mensuales. El IVA se aplicará adicionalmente.
Con los resultados de aplicación de los conceptos anteriores, y las eventuales modificaciones debidas a deducciones, sanciones, bonificaciones, primas y revisiones de precios, se extenderán al adjudicatario certificaciones mensuales expedidas por los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
26- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.-
Las obligaciones de carácter genérico (enunciadas de modo no exhaustivo) del adjudicatario serán las siguientes:
a)Colocación de reja de desbaste (10 mm. de paso y en acero inoxidable) en la arqueta de entrada de la instalación de Cesa.
b)Colocación de tapa xx xxxxx lagrimada galvanizada (incluido marco y elementos de sujeción) en la arqueta de desbaste; y ejecución xx xxxxxxx de salida (conexiones, marco y tapa) en la instalación xx Xxxxxx.
c)Mantener el funcionamiento estable y continuo de las EDAR de forma ininterrumpida, consiguiendo en todo momento unos resultados en el proceso, que, como mínimo, serán los indicados en el Capitulo VI del presente Pliego.
d)Retirar en las debidas condiciones higiénicas, transportar y verter en contenedores de residuos urbanos, de acuerdo con las instrucciones municipales, las arenas y residuos de rejillas y tamices recogidos en las EDAR. Será igualmente a cargo del adjudicatario, la gestión total de los lodos producidos, de acuerdo con la normativa en vigor. Estando obligado a presentar los justificantes de entrega de los lodos generados a un gestor autorizado.
e)Mantener en perfecto estado de conservación todas las obras fijas, civiles y de edificación, y elementos de las EDAR.
f)Realizar los trabajos de mantenimiento preventivo de todos los equipos, en orden a minimizar las averías.
g)Ejecutar todas las actuaciones de mantenimiento correctivo necesarias para reparar o reponer los elementos deteriorados.
h)Adquirir todos los materiales, productos y suministros precisos para el debido mantenimiento, conservación y reparación de las obras fijas y equipos.
i)Aplicar la pintura y tratamientos superficiales con la frecuencia que garantice, en todo momento, el perfecto estado de las obras fijas y equipos de las EDAR.
j)Labores de jardinería que aseguren el perfecto estado de las zonas verdes y ajardinadas.
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k)Mantener en perfecto estado de limpieza todos los edificios, elementos y obras.
l)Efectuar la desinfección, desinsectación y desratización de edificios, urbanización, áreas industriales e instalaciones en general, así como evitar la producción incontrolada de olores e impactos ambientales de cualquier tipo.
m)Optimizar el rendimiento de los diferentes procesos y sistemas unitarios de que constan las instalaciones.
n)Tomar muestras y realizar análisis precisos, con la frecuencia establecida para obtener los valores de todas las variables que definen la eficacia del tratamiento de acuerdo con lo indicado en el Capítulo VI del presente Pliego.
o)Enviar al Ayuntamiento información sobre la marcha de las EDAR con periodicidad mensual.
p)Comunicar al Ayuntamiento cualquier incidencia inusual que afecte a las instalaciones o a su funcionamiento en las dos horas siguientes a su detección.
q)Mantener un servicio de vigilancia que garantice la seguridad del personal y de las instalaciones.
r)Suscribir las pólizas de seguros necesarias para dar cobertura para cualquier persona que de manera temporal o permanente se encuentre en el recinto de las EDAR, por los posibles daños ocasionados a terceros y por los daños que puedan sufrir las propias obras e instalaciones, así como la responsabilidad civil de contaminación.
s)Suscribir los oportunos contratos de mantenimiento, seguridad y revisiones de homologación de los equipos que puedan afectar a la seguridad de personas y/o cosas.
El adjudicatario será responsable de realizar todas las actuaciones necesarias y pertinentes al desarrollo de la explotación, mantenimiento y conservación de las instalaciones encomendadas, con independencia de su inclusión expresa en la relación precedente.
El Ayuntamiento, sin perjuicio de las obligaciones antes indicadas, podrá establecer, previa comunicación al adjudicatario, las modificaciones oportunas para adecuar el contenido del servicio y/o de este Pliego a nuevas situaciones o necesidades que pudieran presentarse en el transcurso del contrato. Igualmente, el adjudicatario podrá proponer modificaciones al contenido del servicio y/o de este Pliego, en orden a mejorar la presentación del servicio contratado. En este caso, el Ayuntamiento decidirá sobre la conveniencia o no de aceptar las modificaciones propuestas.
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos, y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista el órgano de contratación.
El órgano de contratación podrá designar, de entre el personal para el servicio de la Administración, a un Director del trabajo, que supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y en el Prescripciones Técnicas, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Además son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
— El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o
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materiales suficientes para ello (artículo 64.2 del TRFLCSP).
— Xxxxxx exigibles al contratista. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen.
— El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TRFLCSP, para los supuestos de subcontratación.
27- REVISIÓN DE PRECIOS. -
El precio de este contrato podrá ser objeto de revisión siempre y cuando se hubiese ejecutado, al menos, en el 20% de su importe, y hubiese transcurrido un año desde su adjudicación. En consecuencia, el primer 20 por ciento y el primer año de ejecución del contrato quedarán excluidos de la revisión (artículo 89 del TRFLCSP).
La formula de revisión de precios será mediante la aplicación del índice de precios del consumo general de la nación, conforme lo dispuesto en el artículo 90.3 del TRFLCSP.
28- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.-
El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación.
29- EJECUCIÓN DEFECTUOSA Y DEMORA, PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO.-
Será de aplicación el artículo 212 del TRFLCSP. 30- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.-.
La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos señalados en el art. 308 del TRFLCSP.
Se acordará por el órgano de contratación mediante procedimiento en el que se garantice la audiencia del adjudicatario y con los efectos del art. 309 del TRFLCSP, así como los art. 110 al 113 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
31- EXAMEN DE DOCUMENTACION Y PLIEGOS.-
Se podrá examinar toda la documentación del expediente en la Secretaría Municipal en horas de oficina y obtener documentación hasta el día hábil anterior a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones. Asimismo los pliegos podrán examinarse en el perfil de contratante del Ayuntamiento.
Se publicará en el perfil del contratante la fecha de visita de las instalaciones por los licitadores. 32- INFORMACION A LOS LICITADORES SOBRE PERSONAL A SUBROGAR.
El personal que procede subrogar, de conformidad con el Convenio Colectivo Estatal de las Industrias de Captación, Elevación, Conducción, Tratamiento, Distribución, Saneamiento y Depuración de Aguas Potables y Residuales, según declaración aportada por el actual adjudicatario del servicio Aquagest S.A.:
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NOMBRE Y APELLIDOS | CATEGORIA PROFESIONAL | ANTIGUEDAD | COSTE TOTAL ANUAL (Incluida Seguridad Social) |
D. M.M. | GP I | 15/06/06 | 24.948,33 € |
33- JURISDICCION.-
Las cuestiones que puedan plantearse durante el desarrollo del contrato serán resueltas por el órgano de contratación. Los acuerdos adoptados para su resolución pondrán fin a la vía administrativa, y podrán ser impugnados ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Xxxx 4 xx Xxxx de 2012. EL ALCALDE ,
X. Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxx.
DILIGENCIA.- Para hacer constar que el precedente Pliego de Xxxxxxxxx ha sido aprobado por el órgano de contratación competente y que, asimismo, ha acordado aprobar el expediente de contratación, el gasto correspondiente y la apertura del procedimiento de adjudicación, mediante procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación
Xxxx 4 xx Xxxx de 2012. LA SECRETARIA,
Xx. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
ANEXO I. MODELO PROPOSICIÓN U OFERTA. (SOBRE C).
«D. , con domicilio a efectos de notificaciones en , c/
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, n.º , con DNI n.º , en representación de la Entidad
, con CIF n.º , enterado del expediente para la contratación del servicio de por procedimiento abierto, y varios criterios de adjudicación, anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º , de fecha y en el Perfil de contratante, hago constar que conozco el Pliego de Cláusulas Económico Administrativas que sirve de base al contrato, y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de:
Precio
SIN IVA. | IVA | TOTAL |
(En núm. y letra) | (En núm. y letra) | (En núm. y letra) |
En , a de de 20 .
Firma del licitador,
Fdo.: .
ANEXO II: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE D....................................................................................................................con domicilio
en.......................................................,calle y
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provisto del D.N.I......................................................, en nombre propio o en representación de la empresa......................
Teléfono........................................Móvil..............................................Fax....................................................
E- mail
DECLARO:
1.Que ostento poder suficiente para representar a la empresa.........................................................
2.Que ni la empresa a la que represento, ni sus administradores ni representantes están incursos en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por el que se aprueba la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
3.Que la empresa a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal, con la del Principado xx Xxxxxxxx, y con el Ayuntamiento xx Xxxx y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones vigentes.
4.Que la empresa a la que represento cumple todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento.
Domicilio que se señala a efectos de notificaciones: Calle.............................................................................................................................................
Número.................................Escalera.......................Piso..................................Letra.................
Código Postal....................Localidad..................................Provincia..........................................
Teléfono........................................Móvil..............................................Fax.....................................
E-mail.................................................................................................
En ......................, a...........de.................. de ................
Fdo:....................................................
ANEXO III: MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
NIF con domicilio (a efectos de
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notificaciones y requerimientos) en en la calle/plaza/avenida
C.P. y en su nombre (nombre y
apellidos de los Apoderados)
con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
A V A L A
A (nombre y apellidos o razón social del avalado)
NIF en virtud de lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, con los requisitos establecidos en los artículos 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, para responder de las obligaciones siguientes : (garantía provisional para poder tomar parte en la licitación _ ó garantía definitiva para responder del cumplimiento del contrato de
)
ante el AYUNTAMIENTO XX XXXX, por importe de: (en letra)
Euros (en cifra)
Euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo
56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO XX XXXX, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos
El presente aval estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO XX XXXX o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORIA JURIDICA DE LA C.G.D O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia : | Fecha : | Número o Código : |
(lugar y fecha) (razón social de la entidad) (firma de los apoderados)
ANEXO IV: MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCION Certificadonúmero........................................................................ ................................................................
................................................................. (en adelante, asegurador), con domicilio en
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………………….calle/plaza/Avda. ………………………..…...C.P. ……….y N.I.F…………………
debidamente representado por Xxx……………………………………………(nombre y apellidos de los apoderados), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento.
A S E G U R A
A (nombre y apellidos o razón social del asegurado)……… .……………………………………………
N.I.F./C.I.F en concepto de tomador del seguro, ante el AYUNTAMIENTO XX
XXXX, en adelante asegurado, hasta el importe de (en letra)
………………………………………………..Euros (en cifra)………...………Euros, en los términos y condiciones establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato………………………en concepto de garantía (provisional o definitiva)……………………………..
para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del Seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del AYUNTAMIENTO XX XXXX, en los términos establecidos en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el AYUNTAMIENTO XX XXXX, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria.
En ................................................ , a.............. de.................................. de ............
Firma: Asegurador
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número o Código |