Contract
INSTRUCTIVO DE REQUISITOS Y CONDICIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | CÓDIGO: I-5-6-5 | |
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PROCEDIMIENTO RELACIONADO: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL | ||
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Contenido
3 ROLES Y RESPONSABILIDADES 10
3.1 CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA 10
3.2 SUPERVISOR DEL CONTRATO 10
3.3 LIDER DEL SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO12
3.4 LÍDER HSE OPERATIVO DE OBRA CIVIL 12
3.5 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y DISPOSICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL 13
4 PROHIBICIONES PARA EL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA 15
5 REQUISITOS GENERALES DE CUMPLIMIENTO PARA EL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA 16
5.1 CONSIDERACIONES SOBRE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL 19
5.2 REPORTE DE INCIDENTES DEL PERSONAL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA 19
5.3 CONDICIONES DE ORDEN, ASEO Y MANEJO DE RESIDUOS 20
5.4 PREPARACION Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS 20
5.5 MANEJO DE SUSTANCIAS QUIMICAS 20
EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES 21
6 REQUISITOS ESPECIFICOS DE CONTRATACIÓN EN SST SEGÚN ACTIVIDAD Y
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6.7 COMPRA, ALQUILER O ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPOS O HERRAMIENTA 26
6.8 OBLIGACIONES APLICABLES TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE AUTOMOTOR PARA EL PERSONAL 26
6.9 MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LUMINARIAS 28
6.11 COMPRA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS 28
6.12 TRANSPORTE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Decreto 1609/2002 29
6.13 LAVADO DE TANQUES. Decreto 1575 del 9 xx Xxxx de 2007 29
6.14 FUMIGACION Y DESRATIZACION 30
6.15 CALIBRACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS 30
6.16 ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE OFICINA 31
6.18 COMPRA DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA USO INSTITUCIONAL 32
6.19 SERVICIOS DE VIGILANCIA 32
6.20 MANTENIMIENTO DE ASCENSOR 32
6.21 CALIBARACIONES DE EQUIPOS DE LECTURA DE LOS DOSIMETROS 33
PERSONALES Y AMBIENTALES
6.22 CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EXTERNOS DE LABORATORIO 34
7Anexos. Listas de Verificación de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para Contratación de Bienes y Servicios de acuerdo a la actividad contratada. 35
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INTRODUCCIÓN
Para la Universidad Nacional Abierta y a Distancia es importante dar cumplimiento legal al proceso de contratación de bienes y servicios, por tal fin se elabora este instructivo para definir los parámetros relacionados con los requisitos de contratación aplicables a los procesos de contratación que la UNAD (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) celebre con terceros, clasificados como personas naturales o jurídicas y así evitar sanciones y minimizar los riesgos que pueden generar accidentes de trabajo y enfermedades laborales de contratistas y/o subcontratistas.
Este instructivo orienta a las dependencias encargadas de adelantar los procesos precontractuales, al contratista y/ o subcontratista en el cumplimiento legal y facilita el control que ejerce el supervisor del contrato quien será el responsable del cumplimiento de los requisitos en seguridad y salud en el trabajo por parte del contratista y/o subcontratista.
Los requisitos aquí mencionados son de obligatorio cumplimiento para que las actividades que han de ser realizadas por estos, se hagan de forma segura.
El presente Instructivo ha sido elaborado con base en la normatividad vigente aplicable en la materia
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1 MARCO LEGAL DE REFERENCIA
A continuación, se presentan las normas jurídicas y técnicas vigentes que soporten los requerimientos en Seguridad y Salud en el Trabajo que se plantean en este instructivo para contratistas y/o subcontratistas de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991:
Art. 25 El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la protección especial por parte del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
Art. 48 La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.
LEY 9 DE 1979: Código Sanitario Nacional,
Señala medidas sanitarias sobre protección del medio ambiente, suministro de agua, alimentos, drogas, vigilancia y control epidemiológico.
Art. 82. Las disposiciones del presente título son aplicables en todo lugar de trabajo y a toda clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización o prestación, regulan las acciones destinadas a promover y proteger la salud de las personas.
Todos los empleadores, contratistas y trabajadores quedarán sujetos a las disposiciones del presente Título y sus reglamentaciones.
Parágrafo. Los contratistas que empleen trabajadores por este solo hecho, adquieren el carácter de empleadores para los efectos de este título y sus reglamentaciones.
Artículo 84. Todos los empleadores están obligados a:
a) Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer métodos de trabajo con el mínimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de producción.
b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente ley y demás normas legales relativas a la salud ocupacional.
c) Responsabilizarse de un programa permanente de medicina, higiene y seguridad en el trabajo destinado a proteger y mantener la salud de los trabajadores de conformidad con la presente ley y sus reglamentaciones.
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d) Adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores, mediante la instalación, operación y mantenimiento en forma eficiente de los sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes en los lugares de trabajo.
e) Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo, así como de las actividades que se realicen para la protección de la salud de los trabajadores.
f) Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecución de inspecciones e investigaciones que juzguen necesarias dentro de las instalaciones y zonas de trabajo.
g) Realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que están expuestos los trabajadores y sobre los métodos de su prevención y control.
Parágrafo. Los trabajadores independientes están obligados a adoptar durante la ejecución de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente los riesgos a que puedan estar expuestas su propia salud o la de terceros de conformidad con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentaciones.
RESOLUCIÓN 2400 DE 1979: Establece disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en los puestos de trabajo.
Capítulo II. Obligaciones de los patronos
Art. 2. Son obligaciones del Patrono:
a. Proveer y mantener el medio ambiente ocupacional en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, de acuerdo a las normas establecidas en la presente Resolución.
b. Suministrar instrucción adecuada a los trabajadores antes de que se inicie cualquier ocupación, sobre los riesgos y peligros que puedan afectarles, y sobre la forma, métodos y sistemas que deban observarse para prevenirlos o evitarlos.
DECRETO 614 DE 1984: Sienta las bases para la organización y administración gubernamental de la salud ocupacional en el país, y señala el objeto de la salud ocupacional y el campo de aplicación de las normas en esta materia.
Art. 3 las disposiciones sobre salud ocupacional se aplicarán en todo lugar y clase de trabajo, cualquiera que sea la forma jurídica de su organización y prestación; así mismo regularán las acciones destinadas a promover y proteger la salud de las personas.
Todos los empleadores, tanto públicos como privados, contratistas, subcontratistas y
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trabajadores, así como las entidades públicas y privadas estarán sujetas a las disposiciones que sobre la organización y administración de la Salud Ocupacional se establecen en este decreto y en las demás disposiciones complementarias que expidan los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social, y de Salud Pública; sea que presten los servicios directamente, a través del respectivo organismo de seguridad o prevención social o contratando con empresas privadas.
RESOLUCIÓN 2013 DE 1986: Elecciones, funciones y actividades del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, hoy Comité Paritario de Salud Ocupacional.
RESOLUCIÓN 1016 DE 1989: Organización, funcionamiento y formas de los programas de Salud Ocupacional en las empresas y establece pautas para el desarrollo de los subprogramas de:
● Subprograma de Medicina Preventiva.
● Subprograma de Medicina del Trabajo.
● Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial.
● Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con la reglamentación vigente.
Artículo 1. Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un programa de Salud Ocupacional de acuerdo con la presente resolución.
LEY 100 DE 1993: Libro Tercero por el cual se establece el Sistema General de Riesgos Profesionales.
LEY 55 DEL 0 XX XXXXX XX 0000 Por medio de la cual se aprueba el "Convenio número 170 y la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el Trabajo", adoptados por la 77a. Reunión de la Conferencia General de la OIT, Ginebra, 1990.
DECRETO 1295 DE 1994: Determina la organización y la administración del Sistema General de Riesgos Profesionales (S.G.R.P.) que es el conjunto de normas y procedimientos destinados a prevenir, proteger, y atender los efectos que puedan ocasionar el Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional (ATEP).
Es la columna del S.G.R.P., en el cual se encuentra consagrada la responsabilidad laboral que es asumida por las entidades Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), este sistema es
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aplicable a todos los trabajadores que laboren bajo la legislación colombiana, vinculados por contrato de trabajo de cualquier naturaleza. Ya sea del Sector Público o privado con la excepción prevista en el artículo 279 de la ley 100 de 1993.
Art. 3 El Sistema General de Riesgos Profesionales, con las excepciones previstas en el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, se aplica a todas las empresas que funcionen en el territorio nacional y a los trabajadores, contratistas y subcontratistas, de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general.
Artículo 26. Tabla de Clases de Riesgo.
Para la Clasificación de Empresa se establecen cinco clases de riesgo:
TABLA DE CLASES DE RESGO | |
CLASE I | Riesgo mínimo |
CLASE II | Riesgo bajo |
CLASE III | Riesgo medio |
CLASE IV | Riesgo alto |
CLASE V | Riesgo xxxxxx |
XXX 776 DE 2002: Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
RESOLUCION 181434 DE 2002: Por la cual se adopta el reglamento de protección y seguridad radiológica.
RESOLUCION 181289 DE 2004: Por la cual se establecen los requisitos para la obtención de licencia para la prestación del servicio de dosimetría personal.
RESOLUCIÓN 1401 DE 2007: Por medio de esta norma se establece la obligatoriedad de realizar las investigaciones de los accidentes e incidentes de trabajo; cuando la persona accidentada sea subcontratada o preste servicios a nombre de otra empresa, la responsabilidad de la investigación del accidente es compartida, tanto por la empresa contratante como por la empresa contratada.
ACUERDO 470 DE 2011 “Por el cual se establece como obligatoria la revisión general anual de
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los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
DECRETO 663 DE 2011. Art.1 Objeto: este decreto tiene por objeto reglamentar las disposiciones normativas establecidas en el Acuerdo Distrital 470 de 2011 para prevenir la ocurrencia de accidentes en los sistemas de transporte vertical en edificaciones.
RESOLUCIÓN 1409 DE 2012: Por medio del cual se establece el reglamento Técnico de Trabajo en Alturas. Artículo 1°. Objeto y campo de aplicación. La presente resolución tiene por objeto establecer el reglamento técnico para trabajo seguro en alturas y aplica a todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.
LEY 1562 DE 2012. Por medio de la cual se modifica el Sistema General de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones.
DECRETO 1607 de 2002. (Julio 31) "Por el cual se modifica la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales y se dictan otras disposiciones.
Las actividades que se determinan actividades críticas son las siguientes:
● Trabajos en alturas (Mayor de 1.50 mts.)
● Trabajos con energías peligrosas
● Trabajos en Caliente
● Trabajos en Espacios Confinados.
RESOLUCIÓN 1903 DE 2013: Por medio de la cual se modifica el reglamento Técnico de Trabajo en Alturas en lo que corresponde a la intensidad horaria y los cursos de certificación de Trabajo en Alturas, así como de la creación de las UVAES (Unidades Vocacionales Empresariales).
DECRETO 1477 XX XXXXXX DE 2014: Por la cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales emitida por el Ministerio del Trabajo.
RESOLUCIÓN 092 DE 2014 “Por medio de la cual se adoptan los lineamientos técnicos para la revisión general anual de los sistemas de transporte vertical en edificaciones y puertas eléctricas en el Distrito Capital y se adopta el procedimiento para las visitas de verificación por parte del FOPAE”.
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Artículo Tercero. Certificación de Inspección. Las personas naturales y/o jurídicas contratadas por los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas certificarán la óptima operación del medio de transporte de conformidad con la correspondientes Normas Técnicas Colombianas señaladas en el presente acto administrativo.
Parágrafo 1. Las personas naturales y/o jurídicas contratadas por los administradores y/o propietarios de sistemas de transporte vertical y puertas eléctricas, deberán estar acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia-ONAC o entidad que la reemplace o sustituya, en cumplimiento del Acuerdo 470 de 2011.
Parágrafo 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Acuerdo 470 de 2011, el certificado tendrá vigencia de un (1) año.
Artículo Séptimo. Reporte de incumplimiento para aplicación de sanciones.
El IDIGER informará a la Alcaldía Local respectiva en caso de que la visita de verificación arroje como resultado el incumplimiento del numeral 1 del artículo segundo de la presente resolución, con el fin de que adelante la respectiva actuación de acuerdo a las sanciones previstas en el Parágrafo del Artículo 15 del Acuerdo 79 de 2003.
RESOLUCION 90874 DE 2014. “Por medio de la cual se establecen los requisitos y procedimientos para la expedición de autorizaciones para el xxxxxx xx xxxxxxx radiactivas y de las inspecciones de las instalaciones radiactivas”
DECRETO 1072 DE 2015. Decreto Único Reglamentario Sector Trabajo Libro 2 - Parte 2 - Título 4 - Capítulo 6. Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
RESOLUCION 0312 DE 2019. “Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST”
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2 ALCANCE
El Instructivo de requisitos y condiciones en seguridad y salud en el trabajo y condiciones de contratación de bienes y servicios, está dirigido a las personas naturales y jurídicas, contratistas y/o subcontratistas que suscriban contratos para la ejecución de las actividades que aquí se relacionan.
En caso de que la actividad a contratar no se encuentre especificada en este instructivo debe comunicarlo a Seguridad y Salud en el Trabajo, para que se emita concepto técnico que permita identificar los requerimientos adicionales que debe cumplir la actividad contratada.
3 ROLES Y RESPONSABILIDADES
3.1 CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA
Para efectos de este instructivo se entiende como contratista a toda persona natural o jurídica con autonomía técnica, administrativa y financiera, con quien la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD, contrata la ejecución de una labor o la prestación de un servicio a cambio de una contraprestación en dinero.
Se entiende como subcontratista a toda persona natural o jurídica contratada directa o indirectamente (subcontratista) por el contratista para realizar actividades dentro de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.
El contratista y/o subcontratista tiene como responsabilidad leer y cumplir lo establecido en este instructivo y los requisitos específicos que apliquen al trabajo a realizar cumpliendo con la normatividad legal vigente en relación con seguridad y salud en el trabajo.
3.2 SUPERVISOR DEL CONTRATO
Es el representante designado por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD o el HSE contratado por el contratista podrá efectuar el seguimiento y vigilancia del cumplimiento del contrato quien tiene, entre otras, las siguientes funciones:
● Realizar la entrega al contratista del instructivo de requisitos y condiciones de contratación
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de bienes y servicios de seguridad y salud en el trabajo y diligenciar la evidencia del recibido.
● Solicitar al contratista la certificación por escrito firmada por la persona con quien se firmó el contrato, en donde indique que cumple los requisitos en seguridad y salud en el trabajo: Inducción, capacitación, identificación de peligros, plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.
● Incluir en los términos de referencia, en los estudios previos y en los estudios xx xxxxxxx (cuando éstos últimos procedan) la obligación a cargo del contratista consistente en “Dar cumplimiento a la Política, lineamientos y normas establecidos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y las que regulen la materia y se expidan durante el plazo de ejecución”, con el propósito de que la misma sea incorporada en la minuta contractual para asegurar su cumplimiento efectivo.
● Garantizar que la empresa contratada cumpla con las disposiciones del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo acorde a la normatividad vigente.
● Aplicar las LISTAS DE VERIFICACIÓN DE REQUISITOS Y CONDICIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS de acuerdo a la actividad contratada que se encuentran como anexos en este mismo documento.
● Disponer de las evidencias de cumplimiento de todos los requisitos de contratación aplicables a la actividad que va a desarrollar.
● Conocer y entender el contenido de este instructivo y velar por el cumplimiento del mismo.
● Verificar que todo el personal contratista y/o subcontratista que se encuentra laborando cuente con la afiliación vigente al sistema general de seguridad social de Colombia, mediante certificaciones que para el efecto le xxxxxxx el contratista (certificación de parafiscales o planillas de pagos).
● Ejercer la autoridad de suspender parcial o total la actividad por incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo.
● Para supervisar el cumplimiento de requisitos en Seguridad y Salud en el Trabajo, debe contar con el curso virtual gratuito de 50 horas de capacitación obligatoria sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, (Decreto 1072/2015 artículo 2.2.4.6.35).
● Para supervisar actividades de trabajo en alturas, la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD, debe disponer de un coordinador de trabajo en alturas, certificado en la norma de competencia laboral vigente para trabajo en alturas (Resolución 1409 del 23 de Julio del 2012). La Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD asumirá el costo.
● En caso en que el contratista ingrese sustancias químicas al establecimiento, debe verificar que las sustancias estén etiquetadas y en envases adecuados para tal fin.
● La lista de verificación diligenciada y los soportes de la verificación deben estar en el expediente contractual.
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3.3 LÍDER DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Es la persona designada por la Universidad para realizar las siguientes acciones:
● Gestionar acciones preventivas y/o correctivas frente a las condiciones inseguras o sub estándares que puedan generar accidentes y enfermedades laborales.
● Brindar lineamentos sobre las normas de seguridad en los diferentes estamentos, requerimientos adicionales a cumplir por un contratista en caso de que no se encuentre contemplada dentro de las actividades descritas más adelante.
● Presenta autoridad de suspender parcial o total la actividad por incumplimiento de las normas de seguridad en el trabajo durante la ejecución de la misma e informará al supervisor del contrato.
● El líder que diseñe, ejecute e implemente el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser profesional en salud ocupacional o en seguridad y salud en el trabajo o profesional especializado en salud ocupacional o en seguridad y salud en el trabajo y contar con la licencia vigente en salud ocupacional o en seguridad y salud en el trabajo, tener aprobado y certificado el curso virtual de 50 horas de capacitación obligatoria sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, (Decreto 1072/2015 artículo 2.2.4.6.35).
3.4 LÍDER HSE OPERATIVO DE OBRA CIVIL
Cuando se realice un contrato de obra civil (Obra civil de mantenimiento, reforzamiento estructural, construcción nueva) de mínima, menor y mayor cuantía se debe exigir al contratista que tenga alguna de las siguientes alternativas:
● Un profesional que cuente con formación en seguridad y salud en el trabajo; que además tenga licencia vigente en salud ocupacional o en seguridad y salud en el trabajo, aprobado y certificado el curso virtual de 50 horas de capacitación obligatoria sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, (Decreto 1072/2015 artículo 2.2.4.6.35)., con experiencia laboral certificada con relación al objeto contractual y contar con el curso de coordinador de trabajo en alturas si se realiza tarea que implique trabajo de alto riesgo.
● Tecnólogo en higiene y seguridad industrial, u otras especialidades tecnológicas con licencia en salud ocupacional o seguridad y salud en trabajo, o que tengan relación con el objeto del contrato, aprobado y certificado el curso virtual de 50 horas de capacitación obligatoria
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sobre el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, (Decreto 1072/2015 artículo 2.2.4.6.35).Deberá acreditar experiencia laboral y contar con el curso de coordinador de trabajo en alturas si se realiza tarea que implique de alto riesgo.
● Técnico en cualquier especialidad que tenga relación con el objeto del contrato. con licencia en salud ocupacional o en seguridad y salud en trabajo, curso virtual del SG-SST de 50 (horas). Deberá acreditar una experiencia laboral. y contar con el curso de coordinador de trabajo en alturas si se realiza tarea que implique de alto riesgo.
Las funciones que tendrá a cargo esta persona mientras realice la supervisión serán:
● Xxxxxxx, hacer extensivo al equipo de trabajo y cumplir con el instructivo
● Garantizar que los sistemas y equipos de protección contra caídas, cumplan con los requerimientos normativos.
● Asegurar que se realice la firma de los respectivos permisos de trabajo de alturas y espacio confinado.
● Tener ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas.
● Inspeccionar y verificar que sus trabajadores cumplan con los requisitos y normas de seguridad antes, durante y después de la actividad contratada.
● Garantizar la entrega, reposición, inspección de los elementos de protección personal que cumplan con los requisitos legales vigentes aplicables.
● Xxxxx e instruir a sus trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo mediante metodologías apropiadas en la ejecución de la labor garantizando que no ocurran accidentes y eventos que afecten la terminación oportuna del trabajo, así como fallos en la operación de la universidad.
● Detener un trabajo hasta tanto no garantice la empresa contratista o subcontratista que las condiciones mínimas de seguridad se cumplen en el trabajo.
● Debe reportar accidentes de trabajo a la empresa contratista y a la Administradora de Riesgos Laborales - ARL a la cual están afiliados los contratistas o subcontratistas.
3.5 SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y DISPOSICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL
En el evento que ocurra alguna deficiencia, daño o accidente por la falta de adopción de medidas de seguridad industrial, el contratista deberá asumir por su cuenta y riesgo las consecuencias que se deriven de ello, de igual forma el incumplimiento a las normas y disposiciones establecidas y definidas en este instructivo constituirán infracción grave a las obligaciones contraídas por el contratista, estando facultada la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD, para tomar
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las medidas correctivas que sean del caso como son:
● Suspensión temporal del trabajo: Según lo evidenciado, una suspensión temporal será aquella donde se retire de la obra o sitio de trabajo al contratista y sus empleados por un lapso de tiempo, en el cual se busca poder reevaluar las condiciones de trabajo, identificar las fallas y corregirlas, además de sugerir nuevas estrategias, ante lo cual el contratista y sus empleados deben acatar y estar totalmente de acuerdo, esto con el fin de no retrasar los trabajos generados y afectar la operación de la universidad, algunas causas de suspensión temporal serán:
✓ No uso de elementos de protección personal
✓ Omisión de protocolos previamente comunicados a la universidad.
✓ Uso de productos químicos sin previa autorización y sin haber comentado de su uso.
✓ Transitar y alejarse de la zona de trabajo en actividades totalmente diferentes a las contratadas.
✓ Trabajar y prolongar horarios diferentes a los pactados con el supervisor del contrato por parte de la universidad.
✓ La ejecución incorrecta de actividades diferentes a las consideradas como de alto riesgo (alturas, confinados, eléctrico, excavaciones, demoliciones, obra civil catalogada como de mayor cuantía).
✓ No tener disponible en el sitio de trabajo el ATS (Análisis de trabajo seguro) para las actividades de alto riesgo.
● Suspensión total del trabajo: Según lo evidenciado, una suspensión total, será donde se suspenda el trabajo de forma indefinida, hasta tanto no se solucionen y potencien situaciones de seguridad, serán aquellas actividades donde se ha evidenciado una falta grave, podemos enunciar:
✓ No uso de elementos de protección específicos contra caídas, confinados o eléctricos.
✓ No tener los permisos de trabajo de las actividades consideradas de alto riesgo, alturas, confinadas y eléctricas, debidamente firmadas.
✓ Identificar personas en flagrancia realizando actividades peligrosas, considerados actos inseguros que afecten la integridad de la persona, por ejemplo manipulando químicos sin autorización y sin comunicar de su uso, usando herramientas y elementos de trabajo sin previa inspección y donde se evidencie un potencial de riesgo alto que puede afectar significativamente a la persona, usando escaleras de 6 pies (ft) en adelante, andamios,
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subido en tejados y paredes sin previa autorización y análisis en el ATS o permiso
✓ Ignorar y no tener identificados protocolos de trabajo, atención de emergencias para actividades consideradas como peligrosas (obra civil de mínima, menor y mayor cuantía, alturas, confinados y eléctrico)
✓ No contar con la afiliación y pago vigente a la seguridad social antes de inciar la actividad a contratar.
✓ Cuando en actividades consideradas de mínima, menor y mayor cuantía no se evidencia la presencia de personal supervisor en HSE en actividades peligrosas (alturas, espacio confinado y eléctrico)
● Reincorporación, retiro y cambio de contratista: cuando se determine suspender de manera total el trabajo se le otorgará una segunda y única oportunidad de retomar el trabajo realizando la corrección de los hallazgos evidenciados en el sitio de trabajo, si se ha determinado una buena gestión y compromiso de mejora por parte del contratista se procederá a reincorporarlo al trabajo contratado.
Se dará el retiro de un trabajador, cuando la actividad no fue eficiente y tampoco realizó las mejoras en el proceso de la actividad, incumpliendo con las exigencias de la labor contratada, ante lo cual la Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD, procederá a evaluar el objeto contractual.
El cambio de un contratista se dará cuando se cumplan ciertas condiciones, cuando sea posible encontrar otro contratista que preste un servicio similar y con condiciones mejores a las del contratista que no continua con disponibilidad inmediata, cuando la tarea no requiera una ejecución inmediata o de origen correctivo donde se vea afectada la operatividad de la universidad, cuando no se vea afectado el presupuesto asignado por la universidad para la actividad pendiente de ejecutar, cuando la tarea ejecutada por el contratista que sale no lleve un avance superior al 40%, de lo contrario y forzosamente por costos la universidad deberá identificar y proponer planes que lleven a que el contratista termine de manera satisfactoria la labor contratada con el mínimo de seguridad establecido.
4 PROHIBICIONES PARA EL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA
● Queda totalmente prohibido el ingreso de menores de edad en calidad de acompañante o trabajador, salvo con un permiso escrito por el Ministerio de la Protección Social ahora
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Ministerio del Trabajo (Código Sustantivo y del trabajo, Resolución 2400 de 1979, título XIII).
● No debe realizar ninguna actividad que este fuera del alcance del contrato pactado entre la Universidad Nacional Abierta y a Distancia y el contratista para el cual labora.
● No debe ingresar armas, explosivos, bebidas embriagantes, narcóticas, ni radiotransmisores a las instalaciones de la Universidad.
● No debe operar o mover equipos o válvulas o cualquier otro dispositivo en las instalaciones de la universidad sin estar autorizado.
● No debe transitar y/o permanecer en zonas diferentes a donde se ejecute la labor asignada.
● No se debe retirar del sitio de labores sin antes verificar que los equipos eléctricos estén desconectados y que no existan posibilidades de originar incendio.
● No se debe maltratar los cables eléctricos ni producir raspaduras o peladuras en los mismos. En caso de generar o identificar algún daño deberá comunicarlo para evitar daños en la propiedad.
● No debe hacer uso de maquinaria, herramientas, materiales y/o elementos de protección personal propiedad de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, salvo cuando el supervisor designado por la Universidad así lo autorice.
5 REQUISITOS GENERALES DE CUMPLIMIENTO PARA EL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA
Se deben cumplir con los siguientes requisitos:
● Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019)
● Todos los contratistas y/o subcontratistas, sean personas naturales y jurídicas deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, aplica a los empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a los trabajadores dependientes e independientes.
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● Las empresas xx xxxx (10) o menos trabajadores clasificadas con riesgo I, II ó III, el diseño del Sistema de Gestión de SST para empresas podrá ser realizado por técnicos en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) o en alguna de sus áreas, con licencia vigente en Seguridad y Salud en el Trabajo, que acrediten mínimo un (1) año de experiencia certificada por las empresas o entidades en las que laboraron en el desarrollo de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo y que acrediten la aprobación del curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas en SST.
Esta actividad también podrá ser desarrollada por tecnólogos en SST, profesionales en SST y profesionales con posgrado en SST, que cuenten con licencia vigente en SST y el mencionado curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas.
Las personas que solo cuentan con el curso virtual de cincuenta (50) horas en Seguridad y Salud en el Trabajo, están facultadas para administrar y ejecutar el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo en las empresas xx xxxx (10) o menos trabajadores clasificadas en riesgo I, II ó III, pero no pueden diseñar dicho sistema, en concordancia con lo señalado en la Resolución 4927 de 2016 del Ministerio del Trabajo. (Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019).
● Las empresas de once (11) a cincuenta (50) trabajadores clasificadas en riesgo I, II ó III, el diseño e implementación del Sistema de Gestión de SST, podrá ser realizado por tecnólogos en SST o en alguna de sus áreas, con licencia vigente en SST, que acrediten mínimo dos (2) años de experiencia certificada por las empresas o entidades en las que laboraron en el desarrollo de actividades de Seguridad y Salud en el Trabajo y el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas en SST
Estas actividades también podrán ser desarrollada por profesionales en SST y profesionales con posgrado en SST, que cuenten con licencia vigente en SST y el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas (Resolución 0312 del 13 de febrero de 2019).
● Las empresas de más de cincuenta (50) trabajadores, clasificadas con riesgo I, II, III, IV ó V y las de (50) o menos trabajadores con riesgo IV ó V, El diseño e implementación del Sistema de Gestión de SST, podrá ser realizado por profesionales en SST, profesionales con posgrado en SST; que cuenten con licencia en SST vigente y el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas en SST, quienes igualmente están facultados para asesorar, capacitar, ejecutar o diseñar el Sistema de Gestión de SST en cualquier empresa o entidad, sin importar la clase de riesgo, número de trabajadores o actividad económica (Resolución 0312 del 13 de Febrero de 2019).
● Certificar la afiliación y pagos de seguridad Social de los trabajadores que van a ejecutar la actividad durante la vigencia del contrato de acuerdo al tipo de vinculación y dando
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cumplimiento a la clasificación del riesgo de la actividad y a la legislación vigente.
El contratista debe garantizar la afiliación y pago de la seguridad del personal subcontratado de acuerdo al nivel del riesgo de la actividad a ejecutar.
● Entregar listado de nombres y números de cédula de sus trabajadores y subcontratistas que van a ejecutar la actividad.
● Cada vez que se presenten cambios de personal se debe notificar al supervisor de la orden contractual y cumplir con los requisitos de contratación.
● Cuando el contratista y/o subcontratista deba desarrollar su trabajo en zonas endémicas, debe contar con los certificados de vacunaciones aplicables para los peligros identificados en las zonas a las que se dirija él y todo el personal a su cargo.
● Debe registrarse diariamente y quedar reportado en la minuta el ingreso y salida de la institución.
● Respetar y hacer cumplir a su personal contratado las normas y procedimientos de seguridad que la Universidad Nacional Abierta y a Distancia tienen establecidos.
● Los trabajos que generen ruido, material particulado (polvo), gases y vapores (trabajos con sustancias químicas como solventes) y que por tanto dificultan la realización de las actividades laborales y académicas en los horarios establecidos de trabajo y clases, deben ser notificados a la oficina de infraestructura de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia antes de su realización, con el fin de acordarse las condiciones en las cuales se podrá realizar dicho trabajo, ocasionando los menores inconvenientes y perturbación posible.
● El contratista y/o subcontratista debe, en caso de ser necesario, determinar y aislar la zona de trabajo (acordonamiento, señalización, bloqueos, etc.).
● Hacer uso única y exclusivamente de los vestidores y los baños asignados por la Universidad, además estos deberán mantenerse en perfecto orden de aseo y limpieza.
● El contratista está obligado a realizar las capacitaciones y entrenamientos necesarios para evitar accidentes y enfermedades laborales y mantener los debidos registros en caso que sean solicitados.
● El personal contratista y/o subcontratista debe acatar la señalización y normas que se encuentren vigentes en cada centro de trabajo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD.
● Todo vehículo, equipo, maquinaria y herramienta empleada por el contratista y/o subcontratista en desarrollo de la obra o servicio, deberá estar y mantenerse en perfectas condiciones de operación y disponer de todos los dispositivos, elementos de seguridad y resguardos necesarios.
● En ningún caso obstruir equipos para atención de emergencias como extintores, gabinetes contra incendio, hidrantes, entre otros. Cualquier daño en estos equipos por parte del
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contratista por malas prácticas será responsabilidad propia y deberá realizar su compensación o pago
5.1 CONSIDERACIONES SOBRE ELEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL
● El contratista y/o subcontratista debe asumir el costo y suministro de los elementos de protección personal acordes a la actividad a ejecutar y a los peligros que va a estar expuesto.
● El contratista y/o subcontratista está obligado a inspeccionar y mantener el inventario suficiente de elementos de protección personal para reemplazarlos en caso de deterioro o pérdida y el supervisor del contrato debe verificar que los elementos de protección personal se encuentren en buenas condiciones y no se generen riesgo en sus actividades laborales.
● Los elementos de protección personal, sin distinguir marca deben ser siempre los indicados al tipo de actividad que se va a ejecutar, teniendo en cuenta que estén fabricados tomando como referencia las normas técnicas nacionales e internacionales y estar certificados.
●El Supervisor del contrato debe verificar mediante el formato de entrega por parte del contratista los elementos de Protección.
● Todo trabajador contratista y/o subcontratista debe utilizar los elementos de protección personal (EPP) requeridos y específicos según la naturaleza del riesgo al cual se encuentra expuesto.
5.2 REPORTE DE INCIDENTES DEL PERSONAL CONTRATISTA Y/O SUBCONTRATISTA
● El personal contratista y/o subcontratista debe reportar los actos y condiciones inseguras identificadas en el área de trabajo de la UNAD (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) para su respectiva gestión y cierre.
● Cada vez que se presente un accidente de trabajo leve, grave o mortal el trabajador contratista y/o subcontratista está obligado a reportar el accidente de trabajo a la empresa donde labora para que lo reporte a la ARL, EPS a la que se encuentra afiliada, al supervisor del contrato y líder del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (Gerencia xx Xxxxxxx Humano) de la UNAD (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) y garantizar
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el traslado y la atención inmediata del accidentado hasta centro médico autorizado por la ARL como lo establece la ley y seguir el procedimiento que tenga establecido para solventar este tipo de eventos.
● El personal contratista debe reportar el accidente de trabajo dentro de los dos días hábiles siguientes a la ocurrencia del evento y dentro de los siguientes 15 (quince días calendario) a la fecha del reporte realizar la respectiva investigación del accidente decidiendo y comunicando los planes de acción a tomar para evitar que se repita el evento.
5.3 CONDICIONES DE ORDEN, ASEO Y MANEJO DE RESIDUOS
● El contratista debe cumplir con las normas legales aplicables al manejo de escombros, y disposición de residuos sólidos y líquidos que genere la ejecución del contrato.
● Disponer todos los residuos generados en los sitios aprobados por las autoridades ambientales y autoridades para el caso de escombros y madera.
● Será responsabilidad del contratista y/o subcontratista la recolección y disposición final de los residuos peligrosos y no peligrosos que se generen durante su labor.
5.4 PREPARACION Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
● El Contratista debe contar con un procedimiento para atención de emergencias para todos los trabajadores a cargo.
● Para trabajo en alturas se debe incluir un procedimiento para la atención y rescate en alturas acorde con la actividad a ejecutar.
5.5 MANEJO DE SUSTANCIAS QUIMICAS
● Mantener un listado actualizado de las sustancias químicas utilizadas durante la ejecución del contrato. Las hojas de seguridad y los productos químicos, deben contener aspectos del sistema y deben estar etiquetadas y envasadas en los recipientes adecuados para tal fin.
● Contar con las hojas de datos de seguridad de los productos químicos, además deben
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estar disponibles en los lugares donde se utilicen los productos.
● En caso de requerir almacenar productos químicos, debe elaborar y cumplir con lo estipulado en la matriz de compatibilidad de sustancias químicas.
● Asegurar que todos los productos químicos usados en cualquier labor en la universidad cuenten con una etiqueta que permita su identificación.
Manejo de Plaguicidas:
● Entregar el Carné de aplicadores de plaguicidas otorgado por la secretaria de salud (vigente).
● Contar con Capacitación en manejo adecuado de plaguicidas.
● Entregar copia de la licencia de operación para la aplicación de plaguicidas, expedida por la Dirección de Salud o el documento que lo soporte.
● Contar con las hojas de seguridad de las sustancias químicas a utilizar
● Contar con los elementos de protección personal acorde a la actividad a desarrollar
EXÁMENES MÉDICOS OCUPACIONALES
Los contratistas y subcontratistas que realicen trabajo de alto riesgo y estén expuestos a trabajos en alturas deben cumplir con la realización de los exámenes médicos ocupacionales de trabajo en alturas.
Los contratistas y/o subcontratistas que trabajen en las cafeterías y tengan contacto o preparen alimentos deben tener vigentes los exámenes médicos específicos para la manipulación de alimentos.
Los contratistas y/o subcontratistas que realicen trabajo de fumigación y desratización, lavado de tanques, deben contar con el eximen de aptitud medico ocupacional vigente y apto para realizar el trabajo.
Como personas independientes deben asumir el costo del examen médico ocupacional como
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lo establece la normatividad legal vigente (Decreto 1072/2015).
6 REQUISITOS ESPECIFICOS DE CONTRATACIÓN EN SST SEGÚN ACTIVIDAD Y RIESGO
6.1 TRABAJO EN ALTURAS
● Se considera trabajo en alturas, toda tarea que exista el riesgo de caer a 1.50 mts o más sobre un nivel inferior.
En el caso de la construcción de nuevas edificaciones y obras civiles, se entenderá Trabajo en altura una obra que haya alcanzado una altura de 1.80 m o más
sobre un nivel inferior.
● El contratista y/o subcontratista debe contar y entregar copia de los certificados de capacitación para trabajo seguro en alturas vigente y en el nivel correspondiente (Avanzado para el operario y Coordinador para trabajo en alturas)
● El contratista y/o subcontratista debe diligenciar su propio formato de permiso para trabajos de alto riesgo (alturas, espacios confinados, electricidad, caliente), antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo, en el cual debe participar el trabajador contratista o subcontratista autorizado, y por el coordinador de trabajo en alturas (HSE) quienes realizaran las respectivas firmas.
● El contratista debe disponer de formato ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas.
● El contratista y/o subcontratista debe disponer de un coordinador de trabajo en alturas para realizar todas las actividades descritas en la resolución 1409 de 2012, además para elaborar, revisar y verificar en el sitio de trabajo el permiso de trabajo correspondiente.
● Asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgo de caídas de alturas, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas); este acompañante debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en caso que sea necesario.
● Suministrar a sus trabajadores los elementos de protección personal específicos para trabajos en alturas, certificados por las instancias competentes del nivel nacional o internacional (certificado del fabricante) y deben ser resistentes a la fuerza, al envejecimiento, a la abrasión, la corrosión y al calor.
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● El contratista debe contar con los formatos de inspección de elementos y equipos de protección contra caídas, sistema de acceso y barreras para trabajo en alturas.
● El contratista debe contar con los sistemas de acceso para el trabajo en alturas, certificados por el fabricante, contar con inspecciones, antes de cada uso por parte del trabajador usuario y mínimo una vez al año por el coordinador de trabajo en alturas.
● El contratista debe identificar los peligros y riesgos generales y específicos de su zona de trabajo los cuales debe estar contemplados en su matriz de peligros.
● El contratista debe contar con un procedimiento para rescate y auto rescate en alturas, con personal entrenado; y tenerlo disponible al momento de realizar trabajos en alturas.
● Deberá acatar todas las responsabilidades y obligaciones que sean necesarias para evitar accidentes y enfermedades laborales de su personal.
● Señalizar la zona donde se estén realizando trabajos en alturas.
6.2 TRABAJOS ELÉCTRICOS
● Acreditar por cada trabajador experiencia o formación en trabajo eléctrico mediante la presentación de una copia de la tarjeta profesional, tarjeta CONTE expedida por el órgano competente del personal competente (técnico, tecnólogo o ingeniero formado en el campo de la electrotecnia) de los trabajadores que intervengan instalaciones o equipos eléctricos.
● El contratista y/o subcontratista debe contar con un procedimiento para la atención y rescate de emergencia por descargas eléctricas.
● Contar con elementos de protección personal correspondientes (dieléctricos).
● Según el trabajo a realizar deberá contar con candados y tarjetas de bloqueo y etiquetado según la actividad y la zona que ha evaluado previamente para determinar si es posible este tipo de aislamiento de la fuente, debe contar con señalización, implementos de trabajo suficientes para la tarea evitando retrasos.
● Si realiza tareas eléctricas que impliquen trabajo en altura debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas.
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6.3 ESPACIOS CONFINADOS
● El contratista debe contar con formato de permiso para trabajos en espacios confinados, diligenciarlo y autorizarlo antes de iniciar la ejecución de cada una de las actividades que impliquen este riesgo.
● Garantizar que el personal que va a ingresar a espacios confinados, cuente con la capacitación en prevención de riesgos en espacios confinados enfocado al servicio que se va a prestar.
● Contar con un procedimiento de seguridad documentado para la prevención de los riesgos generados en espacios confinados.
● Asegurar que cuando se desarrollen trabajos con riesgos de atrapamiento en espacios confinados, exista acompañamiento permanente de una persona (Trabajar mínimo entre 2 personas). Esta persona debe estar en capacidad de activar el plan de emergencias en el caso que sea necesario.
● Si realiza tareas de espacio confinado que impliquen trabajo en altura debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas.
6.4 OBRAS CIVILES
● Disponer de manera permanente en el tiempo que dure el trabajo una persona líder HSE supervisando trabajos en el sitio, estos trabajos a supervisar son excavaciones, alturas, eléctrico y confinado, o los que se consideren dentro del contrato firmado en la UNAD (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) como mínima, menor o mayor cuantía y requieran el acompañamiento.
● Utilizar de manera adecuada los elementos de protección personal acorde con las actividades desempeñadas.
● El contratista debe disponer de formato ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas, asi no ejecute tareas de alto riesgo.
● El lugar en el que se encuentren los escombros debe encontrarse debidamente señalizado; en ningún caso los escombros deben permanecer en zonas verdes o áreas de circulación, con el fin de evitar accidentes posteriores al personal que realiza trabajos de poda y jardinería por trozos de metal, piedras, entre otros.
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● Definir e implementar acciones para controlar ruidos que intervengan con la actividad normal de la Universidad para realizar las actividades y/o barreras físicas en caso de que se requieran.
● Demarcación y control de áreas donde se desarrolle la actividad, para evitar el ingreso de personas y que brinden una separación segura contra la caída de materiales, objetos, etc.
● El contratista deberá cumplir con el suministro de equipos y herramientas de trabajo en buen estado, suficientes y de acuerdo al tipo de trabajo a realizar, deberá presentar el formato con la inspección realizada a herramientas como taladros, pulidoras y otras de uso común en obras civiles.
● Si realiza tareas de obras civiles que impliquen trabajo en altura debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas.
6.5 CAFETERIAS Y RESTAURANTES
● Contar con el registro sanitario emitido por la Secretaría de Salud
● Tener el carné del curso de manipulación de alimentos (actualizado cada año).
● Tener el certificado médico de aptitud clínica para la manipulación de alimentos (actualizado cada año).
● Tener disponible copia de los carnés de vacunación de todos sus trabajadores que incluyan vacunas contra Tétanos y Hepatitis B.
● Tener y aplicar protocolo de limpieza y desinfección diseñado por cada contratista.
● Toda sustancia química que se utilice para realizar labores de limpieza y desinfección debe contar con las hojas de seguridad de los productos químicos
● Debe solicitar los certificados a los proveedores de los alimentos que adquiere con ellos el concepto sanitario emitido por la secretaria de salud
● Debe contar con equipos para la medición de temperatura en caso de utilizar refrigeradores y/o neveras ubicadas en las cafeterías.
● Cumplir con las normas legales y técnicas colombianas aplicables al manejo de desechos contemplados.
● Usar los elementos de protección personal: guantes, tapabocas, delantal blanco, cofia.
● El lugar debe estar en perfecto orden y aseo durante su operación.
● El lugar en el que se almacenen los desechos debe encontrarse debidamente señalizado, en perfecto estado de limpieza y orden y apartado de la zona de almacenamiento de alimentos, de tal forma que se evite la contaminación cruzada.
● Durante la vigencia del contrato de arrendamiento, el arrendatario es responsable de asumir el costo y garantizar la fumigación en las áreas de las cafeterías y restaurantes, cumpliendo con la normatividad legal vigente
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6.6 SERVICIO DE ASEO INTERNO
● El contratista debe tener copia del carné de vacunación de todos sus trabajadores que incluyan vacunas contra Tétanos y Hepatitis B.
● El contratista debe realizar capacitaciones en normas básicas de bioseguridad y mantener los registros de asistencia.
● El contratista debe suministrar los elementos de protección personal acorde a la actividad a realizar y debe hacer el seguimiento del uso y reposición de los mismos.
● El contratista debe contar con las hojas de seguridad de los productos químicos de limpieza y desinfección in situ en caso de utilizar.
● El contratista debe ubicar señales de advertencia con elementos visibles en las áreas objeto de limpiezas con el fin de evitar caídas por humedad, etc.
6.7 COMPRA, ALQUILER O ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA, EQUIPOS O HERRAMIENTA
● Cuando se alquila un equipo, máquina o herramienta se le debe exigir al proveedor la ficha técnica y hoja de mantenimiento.
● Cuando se compra equipos, máquinas o herramientas se debe solicitar al proveedor el manual de operación y ficha técnica.
6.8 OBLIGACIONES APLICABLES TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE AUTOMOTOR PARA EL PERSONAL
● Licencia de conducción vigente durante todo el plazo de la ejecución del contrato
● Tarjeta de Propiedad, tarjeta de operación nacional.
● Revisión técnico mecánica vigente durante todo el plazo de la ejecución del contrato.
● Certificado de emisión de gases vigente durante todo el plazo de la ejecución del contrato
● Seguro obligatorio de accidentes de tránsito –SOAT, vigente durante todo el plazo de la ejecución del contrato.
● Pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual.
● Acreditar la afiliación de los conductores de todos los vehículos a los Sistemas de Seguridad Social de acuerdo al tipo de vinculación y a la legislación vigente.
● Cada uno de los conductores deben portar carné del contratista que lo identifique ante las autoridades de tránsito y personas que lo exijan como responsable del vehículo que conduce para el servicio contratado por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.
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● Las infracciones, multas y en general todos aquellos costos derivados de infringir las normas de tránsito correrán por cuenta del contratista y/o subcontratista.
● El contratista debe responder por los daños y perjuicios que por culpa o negligencia suya o de sus conductores y/o colaboradores se cause la Universidad Nacional Abierta y a Distancia o a un tercero, sin comprometer a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.
● La empresa de transporte debe garantizar al supervisor del contrato que los conductores se hayan realizado su examen de optometría y audiometría antes de la iniciación del contrato con la Universidad Nacional Abierta y a Distancia, se reserva el derecho de verificar dichos exámenes.
● Los vehículos preferiblemente deben contar con equipos de radio comunicación en los vehículos o en su defecto, debe suministrar a cada uno de los conductores un teléfono móvil con sistema de manos libres para mantener comunicación permanente, con sus respectivos permisos y licencias.
● Los vehículos deben estar dotados del equipo de carretera reglamentario (botiquín de primeros auxilios, extintor, linterna, taco, caja de herramientas, gato, cruceta señales reflectivas) y cualquier otro elemento que las autoridades o el código de transito requiera.
● Los vehículos deben estar dotados con un dispositivo para el control de la velocidad, de conformidad con lo estipulado por el Ministerio de Transporte que establece, la normatividad vigente, la obligación para los operadores de Transporte Intermunicipal y de Transporte Especial, la incorporación de dicho dispositivo en los vehículos de Transporte Público.
● Los vehículos deben dotarse con un sistema de rastreo satelital, el cual hace referencia a la localización remota en tiempo real basado en el uso del GPS (Global Positioning System) permitiendo recopilar información como: coordenadas geográficas, velocidad, latitud, longitud y rumbo de un vehículo.
● Debe contar con censores para controlar variables tales como: botón xx xxxxxx, kilómetros recorridos, encendidos y apagados, excesos de velocidad
● El contratista debe suministrar insumos, equipos, herramientas, materiales, lubricante, combustible o cualquier otro elemento o material necesario para la normal operación de los vehículos y debida prestación del servicio.
● Los vehículos serán de uso exclusivo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia y no podrán ser utilizados en otras labores mientras se encuentre asignado al servicio de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia.
● El vehículo debe encontrarse al día en el pago de multas e impuestos durante el plazo de ejecución del contrato.
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6.9 MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LUMINARIAS
● Uso de elementos de protección personal acordes a la tarea a ejecutar y al peligro al que se va a a exponer.
● Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada.
● Si realiza tareas que impliquen trabajo en altura y/o contacto con electricidad debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas y/o Riesgo Eléctrico.
6.10 JARDINERÍA- ROCERÍA
● Contar con la hoja de vida y evidencia de último mantenimiento realizado a la guadaña usada en la actividad.
● La Universidad no acepta el uso de cuchillas en la labor de poda, debe usar el yoyo, con fibra nylon u otro material (El rompimiento de una cuchilla puede generar una fatalidad).
● Uso de los elementos de protección personal requeridos de acuerdo a la actividad a ejecutar.
● El contratista debe proveer y asegurar el sitio de la poda con mallas, poli sombra, aislamientos que impidan la proyección de objetos hacia ventanas de edificios, vehículos, personas que circulen por el sitio entre otros.
● En las labores de rocería, el uso de tijeras de poda, machetes, cuchillos, rastrillos, se debe garantizar el buen estado de la herramienta, sin piezas desgastadas, refaccionadas o alteradas que impliquen un cambio en el funcionamiento de estas herramientas manuales, junto al supervisor del contrato y de la labor se debe garantizar una tarea segura.
● Si realiza tareas que impliquen trabajo en altura debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas.
6.11 COMPRA DE SUSTANCIAS QUÍMICAS
● El supervisor del contrato deberá exigir el cumplimiento de las especificaciones que la ley exige para su almacenamiento, manipulación y transporte: Ley 55 de 1993, Decreto 1973 de 1995, Ley 430 de 1998, Ley 253 de 1996 y Decreto 1609 del 2002.
● Entregar hoja de datos de seguridad de cada una de las sustancias químicas.
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● El supervisor de contrato deberá revisar el estado de las sustancias químicas entregados a la universidad.
● Los productos químicos deben estar etiquetados de acuerdo al Sistema Globalmente Armonizado, y en el envase adecuado.
● Permiso de transporte de sustancias químicas
6.12 TRANSPORTE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Decreto 1609/2002
● El vehículo que transporta mercancías de sustancias químicas en Colombia, debe contar con etiqueta y rotulado. De acuerdo a la norma (NTC 1692).
● Contar con tarjeta de registro nacional de transporte de carga: Tarjeta expedida por el Ministerio de Transporte
● Tener el manifiesto de carga
● Contar con la hoja de seguridad de cada sustancia transportada, así como la tabla de compatibilidad de sustancias químicas
● Diligenciar la planilla para el transporte de sustancias de uso restringido
● Remesa terrestre de carga
● Contar con la tarjeta de emergencia.
● Disponer el plan de contingencias.
● Tener el número de CAS.
● Contar con los documentos de responsabilidades: Dentro de la cadena de transporte, responsabilidades del remitente y/o propietario de mercancía, responsabilidades del destinatario de la carga, del que transporta mercancías, del conductor del vehículo que transporta mercancías químicas, propietario o tenedor del vehículo que se destine al transporte de mercancías químicas
● Contar el kit de emergencias.
● Tener el certificado de capacitación de los conductores de vehículos de carga que transportan mercancías peligrosas.
6.13 LAVADO DE TANQUES. Decreto 1575 del 9 xx xxxx de 2007
● Disponer del concepto sanitario de la secretaria de Salud.
● Contar con el protocolo de seguridad xxx xxxxxx de tanques.
● Utilizar los elementos de protección personal acorde a la actividad a ejecutar
● Entregar el listado de sustancias químicas a utilizar.
● Contar con las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas a utilizar.
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● Los productos e insumos que se utilizan deben estar aprobados por el Ministerio de Protección Social y con registro INVIMA.
● El contratista que realiza el contrato debe entregar a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD el informe técnico del tanque.
● El contratista que realiza el lavado de tanques entrega a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia – UNAD, la certificación de cumplimiento de limpieza y desinfección xxx xxxxxx de tanques.
● Tener el certificado del curso actualizado xx xxxxxx de tanque.
● Si realiza tareas que impliquen trabajo en altura o en espacios confinados debe cumplir requisitos para Trabajo Seguro en Alturas y/o Trabajo seguro en espacios confinados.
● Se debe contar con registros fotográficos o video del desarrollo de la actividad.
6.14 FUMIGACION Y DESRATIZACION
● El contratista y/o subcontratista debe expedir el certificado de desinsectación y desratización.
● El contratista debe tener el certificado del curso actualizado de desinsectación y desratización
● El contratista debe tener y aplicar el protocolo de seguridad de la actividad de desinsectación y desratización
● El contratista debe disponer de formato ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas
● El contratista debe tener la ficha técnica de los productos que utiliza en el proceso de fumigación.
● El contratista y/o subcontratista debe usar de elementos de protección personal.
● Los productos e insumos que se utilizan deben estar aprobados por el Ministerio de Protección Social y con registro INVIMA.
● El contratista y/o subcontratista que realiza el contrato debe entregar a la UNAD (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) la certificación y el informe técnico del Desinsectación y desratización.
6.15 CALIBRACIÓN Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS
● El contratista que realiza la calibración de equipos debe garantizar que el laboratorio debe ser acreditado.
● El contratista debe expedir la certificación de calibración de equipos.
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● El contratista debe entregar un informe técnico de calibración y cumplimiento
● El contratista debe entregar un informe técnico cuando se realiza el mantenimiento de los equipos.
6.16 ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO DE OFICINA
● Para la adquisición de cualquier elemento de oficina (escritorio, silla, otros) se debe contar con un concepto técnico de un profesional especializado para tal fin, en caso que la universidad no cuente con dicha recomendación, el contratista o suministradora de estos elementos debe demostrar que los elementos a comercializar se encuentran ajustados a normas técnicas nacionales e internacionales.
● Siempre que se haga una adquisición xx xxxxxx, escritorios, u otros elementos que interactúen con la ergonomía del trabajador, es necesario un concepto por parte de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia - UNAD para evitar posibles inconvenientes o inconformidades posteriores a la adquisición del mobiliario.
● Solicitar al proveedor la ficha técnica xx xxxxxx, mesas, elementos ergonómicos
6.17 ALQUILER DE RECINTOS
● El supervisor del contrato debe verificar los protocolos y atención de emergencias donde se va a desarrollar el evento para garantizar las condiciones de seguridad al personal de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD, que participa en dicho evento.
● El supervisor del contrato debe reportar al líder del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (Gerencia xx Xxxxxxx Humano), la base de datos del personal que participa en eventos fuera de las instalaciones universitarias, con el fin de notificar a la administradora de riesgos laborales, para la atención de incidentes, accidentes e investigaciones en caso de presentarse un evento.
● El sitio debe disponer de un espacio para la atención de emergencias, puede ser la enfermería.
● El recinto debe contar con: botiquines, camillas móviles en el recinto en caso de
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emergencia.
6.18 COMPRA DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA USO INSTITUCIONAL
● Se debe contar con un concepto técnico por parte de la líder de seguridad y salud en el trabajo de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia- UNAD para la adquisición de los elementos de protección personal ya que deben ser los adecuados al tipo de trabajo a ejecutar, para ello, la universidad debe en lo posible indicar marca y referencia según normativa técnica de la parte del cuerpo para la que solicita protección
6.19 SERVICIOS DE VIGILANCIA
● El contratista debe contar con licencia de funcionamiento de seguridad y vigilancia expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada.
● Los contratistas deben tener el certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia xx xxxxx de fuego.
● El contratista debe contar con el permiso para la tenencia y porte xx xxxxx de los funcionarios in house
● El contratista debe tener la certificación de la empresa, acreditando que no tiene sanciones en la superintendencia de vigilancia y seguridad privada
● El contratista debe tener el certificado de aptitud médica para los funcionarios in house
● El contratista debe contar con la constancia de entrega de elementos de protección personal y dotaciones entregadas
● Debe tener el listado de personas que estarán prestando el servicio dentro de la Universidad.
● El contratista debe tener certificados de capacitación al personal para desarrollar la actividad de vigilancia y seguridad privada
● El contratista debe contar con el registro de capacitación en primeros auxilios, prevención y control de incendios y derechos humanos.
● Se debe portar en un lugar visible la credencial de identificación expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada para los vigilantes y supervisores.
6.20 MANTENIMIENTO DE ASCENSOR
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe estar acreditado por el
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Organismo Nacional de Acreditación de Colombia-ONAC o entidad que la reemplace o sustituya, en cumplimiento del Acuerdo 470 de 2011.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe certificar a la UNAD, (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) la óptima operación del ascensor de conformidad con la correspondientes Normas Técnicas Colombianas. XXX 0000-0, XXX 0000-0.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor otorgara una certificación de la revisión anual y debe estar ubicada a la entrada del ascensor, en un lugar visible.
● Si durante la revisión y/o mantenimiento del ascensor se realizan tareas de trabajo en alturas se debe cumplir con los requisitos en trabajo en altura enunciado en este instructivo en el numeral 6.1.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe contar con el protocolo de seguridad para revisión y mantenimiento del ascensor, el supervisor del contrato de la UNAD, (Universidad Nacional Abierta y a Distancia) debe conocer y verificar el cumplimiento del mismo.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe entregar el protocolos y procedimientos para atención de incidentes y/o emergencias en ascensor
● El contratista que realiza el mantenimiento deben estar certificados en mantenimiento de ascensores.
● Cuando se realiza inspección al ascensor el contratista debe dejar registro en la hoja de vida.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe entregar la hoja de vida de mantenimiento con los registros de mantenimientos realizados.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe colocar el aviso que el ascensor se encuentra en fuera de servicio.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe suministrar la garantía técnica del mantenimiento realizado.
● El contratista responsable del mantenimiento del ascensor debe contar con el listado de sustancias químicas y suministrar las hojas de seguridad de las sustancias químicas
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utilizadas en el mantenimiento.
● El contratista para realizar el mantenimiento debe utilizar los elementos de protección personal acorde a la actividad a desarrollar.
● En caso de presentarse una falla en el funcionamiento del ascensor ya sea por desgaste de los componentes o simplemente por fallas inesperadas del sistema, se debe repararar la falla dejando el equipo en buen funcionamiento.
● El contratista debe suministrar al personal encargado del mantenimiento del ascensor los elementos de protección personal acordes con la actividad.
● El supervisor del contrato debe verificar durante todo el desarrollo de la actividad el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo como uso de elementos de protección personal, protocolo de seguridad.
6.21 CALIBARACIONES DE EQUIPOS DE LECTURA DE LOS DOSIMETROS PERSONALES Y AMBIENTALES
• Licencia del Ministerio de Minas y Energía para la prestación del servicio de dosimetría personal.
• La empresa que realiza las calibraciones de los equipos de dosimetrías deben estar acreditada por el Organismo nacionales o internacional.
• Ficha técnica otorgada por la casa fabricante del dosímetro ofertado en la cual se deberá identificar claramente las especificaciones técnicas mínimas y/o traducidas en español.
• Lectura en idioma castellano de dosimetría.
• Entrega de informe con el reporte de dosis equivalentes según la normatividad vigente.
• El dosímetro debe contar con la identificación del nombre del proveedor, nombre del usuario, No. de cédula, periodo del uso dentro del dosímetro.
• Lectura y reporte de dosimetría en medio impreso y magnético en el que se incluya el record acumulativo de lecturas para cada persona particular y trazabilidad de los datos reportados.
• La calibración de los equipos de lectura de los dosímetros depende de la ficha técnica del equipo (mínimo cada dos años).
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6.22. CONTRATACIÓN DE SERVICIOS EXTERNOS DE LABORATORIO
Para la contratación externa del servicio de laboratorio, además de los documentos xx xxx debe adjuntarse el formato F-7-6-4 “Formato de Inspección Física de Laboratorio”, permite evaluar a las instituciones externas en los siguientes aspectos:
Equipos y materiales, infraestructura, almacenamiento y manipulación de sustancias químicas, seguridad y gestión ambiental y certificaciones.
El formato F-7-6-4 “Formato de Inspección Física de Laboratorio” debe ser diligenciado por el supervisor del contrato acompañado de un docente de componente práctico de la zona.
Al formato se sugiere adicionar registros fotográficos que avalen el levantamiento de la información.
7. VERIFICACIÓN Y ACEPTACION DEL CONTRATISTA
Para la selección del contratista y contratación del mismo se deben tener en cuenta los siguientes factores:
● Cumplir con el 100% de los requisitos establecidos.
El supervisor del contrato debe diligenciar el formato de verificación de requisitos de contratación de bienes y servicios para seguridad y salud en el trabajo
Nota: Los Anexos corresponden a las listas de verificación que deben ser diligenciadas por parte del supervisor del contrato para dar cumplimiento a los Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo, por lo tanto, es el único documento que debe ser impreso para adjuntar a la carpeta de Orden de Servicio como registro de comprobación, junto con los respectivos soportes de la lista de verificación.
7 Anexos. Listas de Verificación de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para Contratación de Bienes y Servicios de acuerdo a la actividad contratada.
1. TRABAJO EN ALTURAS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del instructivo de requisitos y condiciones de contratación de bienes y servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Copia del certificado de aptitud médico ocupacional vigente para trabajo en alturas menor a un año. | ||||
5 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
6 | Certificados de equipos de protección contra caídas, sistema de acceso y barreras para trabajo en alturas del contratista. | ||||
7 | Formatos de inspección de equipos de protección contra caídas, sistema de acceso y barreras para trabajo en alturas del contratista. | ||||
8 | Certificado de elementos de protección personal acorde a la actividad a ejecutar. | ||||
9 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
10 | Certificado de capacitación o competencia para trabajo en alturas en el nivel correspondiente de todos los trabajadores que ejecutan la actividad. | ||||
11 | Procedimiento para la atención y rescate en alturas acorde con la actividad a ejecutar. | ||||
12 | Coordinador de trabajo en alturas asignado por el contratista certificado en el nivel de coordinador | ||||
13 | Coordinador de trabajo en alturas nivel coordinador | ||||
14 | Certificado de trabajo en alturas nivel avanzado ( operarios) | ||||
15 | Tener permiso de trabajo debidamente diligenciado y firmado por el HSE y trabajadores de los contratistas. | ||||
16 | Tener ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, y firmado por el HSE y trabajadores del contratista. | ||||
17 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
18 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
19 | Las sustancias químicas en su envase original y re envasadas están etiquetadas. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
2. OBRAS CIVILES
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
6 | Persona HSE con licencia en Salud Ocupacional o en Seguridad y Salud en el Trabajo para supervisar trabajos de obras civiles de mínima, menor y mayor cuantía que ejecute tareas de alto riesgo. | ||||
7 | Tener permiso de trabajo debidamente diligenciado y firmado por el HSE y contratistas. | ||||
8 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento. | ||||
9 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
10 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
11 | Las sustancias químicas en su envase original y re envasadas están etiquetadas | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
3. CAFETERIA Y RESTAURANTES
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas, que van a desarrollar la obra. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
6 | Registro o concepto sanitario emitido por la secretaría de salud (actividad de cafetería) | ||||
7 | Carnet(s) del curso de manipulación de alimentos (actualizado cada año). | ||||
8 | Certificado del examen médico para la manipulación de alimentos (actualizado cada año). | ||||
9 | Carné de vacunación de todos sus trabajadores y/o subcontratistas que incluyan vacunas contra Tétanos y Hepatitis B para el personal que manipula alimentos. | ||||
10 | Protocolo de limpieza y desinfección y hojas de seguridad de productos químicos que pueda usar en labores de desinfección del área de cafetería | ||||
11 | Instructivo para el trabajo seguro con superficies calientes (grecas, estufas, hornos, parrillas, otros) en áreas de cafetería | ||||
12 | Certificado de proveedores y registro sanitario emitido por la secretaria de Salud | ||||
13 | Equipo de medición de temperatura e caso de usarse refrigeradores y/o neveras | ||||
14 | Copia de los listados de asistencia a capacitaciones en normas básicas de bioseguridad para el personal que presta el servicio de aseo. | ||||
15 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
16 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
17 | Las sustancias químicas en su envase original y re envasadas están etiquetadas | ||||
OTROS REQUISITOS: |
4. SERVICIO DE ASEO
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
N o. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019). | ||||
5 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
6 | Protocolo de limpieza y desinfección y hojas de seguridad de productos químicos que pueda usar en labores de limpieza y/o desinfección de áreas. | ||||
7 | Copia de los listados de asistencia a capacitaciones en normas básicas de bioseguridad para el personal que presta el servicio de aseo. | ||||
8 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
9 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
10 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
OTROS REQUISITOS: |
5. TRABAJOS ELECTRICOS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Procedimiento para la atención y rescate de emergencia por descargas eléctricas. | ||||
6 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
7 | Designar un jefe de trabajo quien será el responsable de recibir el equipo o instalación a intervenir en las condiciones operativas definidas y aprobadas, definir señalización y demarcación en el lugar de trabajo. | ||||
8 | Contar con Protocolo bloqueo energías peligrosas, establecido por el contratista. | ||||
9 | Certificado xxx XXXXX de acuerdo la actividad o del ministerio de minas y energía | ||||
10 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
11 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
12 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
13 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
6. ESPACIOS CONFINADOS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Procedimiento para la atención y rescate en espacios confinados. | ||||
6 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
7 | Contar con persona líder en seguridad y salud en el trabajo para supervisar trabajos de alturas y espacios confinados. | ||||
8 | Tener ATS (Análisis de trabajo seguro) debidamente diligenciado y firmado por el HSE y trabajadores del contratista. | ||||
9 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
10 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
11 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
12 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento. (ascenso, descenso) | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
7. COMPRA DE MAQUINARIA, EQUIPOS Y HERRAMIENTAS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Concepto técnico por parte de Seguridad y Salud en el Trabajo para la adquisición de máquinas, herramientas y equipos. | ||||
3 | Ficha técnica del equipo, máquina o herramienta se va a comprar, alquilar o en arrendamiento | ||||
4 | Certificado que la máquina, equipos y herramienta que se va a comprar, alquilar o arrendar debe ser igual o superior al año 2011 | ||||
5 | Hoja de vida de la máquina, equipos y herramienta que se va a alquilar o arrendar. | ||||
6 | Copia del Manual de Operación de la Maquinaria o herramienta donde se especifique cada cuanto se deberá realizar mantenimiento. | ||||
7 | Último reporte de mantenimiento realizado a máquinas, equipos o herramientas | ||||
8 | Tarjetas o títulos que acrediten la propiedad de la maquinaria o equipo del contratista o subcontratista. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
8. CONTRATACION DE TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Contar con los registros de mantenimiento preventivo cada 10.000 km para contratos específicos de servicio de transporte masivo de personal. | ||||
6 | Copia de Licencia de conducción | ||||
7 | Copia de Tarjeta de propiedad y Tarjeta de operación nacional | ||||
8 | Certificado de Revisión técnico mecánica | ||||
9 | Certificado de emisión de gases | ||||
10 | Seguro obligatorio del SOAT | ||||
11 | Permiso para vidrios polarizados | ||||
12 | Carné del contratista que lo identifique ante las autoridades de tránsito y personas que lo exijan como responsable del vehículo que conduce para el servicio contratado por la Universidad Nacional Abierta y a Distancia. | ||||
13 | Los vehículos deben estar dotados del equipo de carretera reglamentario (botiquín de primeros auxilios, extintor, linterna, taco, caja de herramientas, gato, cruceta señales reflectivas) y cualquier otro elemento que las autoridades o el código de transito requiera | ||||
OTROS REQUISITOS: |
9. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LUMINARIAS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmada por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
6 | Designar un jefe de trabajo quien será el responsable de recibir el equipo o instalación a intervenir en las condiciones operativas definidas y aprobadas, definir señalización y demarcación en el lugar de trabajo. | ||||
7 | Contar con Protocolo bloqueo energías peligrosas, establecido por el contratista. | ||||
8 | Certificado xxx XXXXX o del ministerio de minas y energía | ||||
9 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
10 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
11 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas. | ||||
12 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento | ||||
OTROS REQUISITOS: |
10. JARDINERIA – PODA
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Certificación por escrito, firmado0 por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
5 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
6 | Contar con protocolo de señalización e instalación xx xxxxxxxx en caso labores de guadañado y poda de árboles. | ||||
7 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
8 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
9 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
10 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
11. COMPRA DE SUSTANCIAS QUIMICAS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019). | ||||
3 | Listado de sustancias químicas a entregar. | ||||
4 | Hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas (deben ser entregadas a la UNAD inmediatamente junto con las sustancias químicas adquiridas). | ||||
5 | Las sustancias químicas deben estar etiquetadas de acuerdo al Sistema Globalmente Armonizado y en el envase adecuado. | ||||
6 | Permiso de Transporte para sustancias químicas. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
12. TRANSPORTE DE SUSTANCIAS QUIMICAS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
3 | Contar con listado de las sustancias químicas a transportar. | ||||
4 | Número de registro CAS (Chemical Abstracts Service) | ||||
5 | El vehículo en el que se transporta las sustancias químicas deben contar con etiqueta y rotulado, de acuerdo a la norma NTC 1692 de 2012 (rotulo y código UN) | ||||
6 | Los vehículos deben estar dotados del equipo de carretera reglamentario (botiquín de primeros auxilios, extintor, linterna, taco, caja de herramientas, gato, cruceta señales reflectivas) además del kit de control de derrames de sustancias químicas. | ||||
7 | Manifiesto de carga | ||||
8 | Hojas de seguridad de los productos químicos a transportar. | ||||
9 | Remesa terrestre de carga | ||||
10 | Tarjeta de registro nacional de transporte de carga. | ||||
11 | Planilla para el transporte de sustancias químicas de uso restringido. | ||||
12 | Tarjeta de emergencias de las sustancias químicas transportadas. | ||||
13 | Planes de contingencia, acordes a las sustancias químicas transportadas y/o almacenadas. | ||||
14 | Certificado del curso básico obligatorio de capacitación para conductores que transporten mercancías peligrosas. | ||||
15 | Documentos de responsabilidades del remitente y/o propietario de mercancía, del destinatario de la carga, del que transporta mercancías, del conductor del vehículo que transporta mercancías químicas, propietario o tenedor del vehículo que se destine al transporte de sustancias químicas. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
13. LAVADO DE TANQUES
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
5 | Certificados de vacunación aplicables para las zonas endémicas a donde viaja por razón de las actividades a ejecutar con la Universidad. | ||||
6 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
7 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
8 | Protocolos de seguridad xxx xxxxxx de tanques. | ||||
9 | Los productos e insumos para el lavado de tanque deben estar aprobados por el ministerio de Protección social y con registro INVIMA | ||||
10 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
11 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
12 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
13 | Certificado del curso actualizado xxx xxxxxx de tanques. | ||||
14 | En caso de realizar labores de ascenso o descenso superior a 1,50 m, debe cumplir con los requisitos para trabajo en alturas numeral 1 y espacios confinados numeral 6, de este documento. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
14. FUMIGACION Y DESRATIZACION
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Copia del Certificado de aptitud médico ocupacional vigente para el trabajo a ejecutar. | ||||
5 | Certificados de vacunación aplicables para las zonas endémicas a donde viaja por razón de las actividades a ejecutar con la Universidad. | ||||
6 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019). | ||||
7 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
8 | Registro o concepto sanitario emitido por la secretaría de salud (desinfección y desratización). | ||||
9 | Certificado del curso fumigación, desinsectación, y desratización | ||||
10 | Protocolos de seguridad para fumigación y desratización. | ||||
11 | Se debe garantizar la socialización a todos los trabajadores y visitantes de la universidad acerca de la realización de esta actividad. | ||||
12 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
13 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
14 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
15 | Los productos e insumos para desinsectación y desratización deben estar aprobados por el ministerio de Protección social y con registro INVIMA. | ||||
16 | El contratista debe disponer de formato ATS (Análisis de Trabajo Seguro) debidamente diligenciado, socializado y firmado por el HSE y contratistas | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
15. ADQUISICION DE MOBILIARIO
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Cedula: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Concepto técnico por parte de Seguridad y Salud en el Trabajo durante la adquisición del mobiliario. | ||||
3 | Ficha técnica del mobiliario se va a adquirir. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
16. MANTENIMIENTO Y CALIBRACION DE EQUIPOS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Protocolo de calibración y/o mantenimiento seguro de equipos | ||||
5 | Acreditación del laboratorio para la calibración y mantenimiento de equipos. | ||||
6 | Certificado vigente de calibración de equipos. | ||||
7 | El contratista debe entregar un informe técnico de calibración y cumplimiento | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
17. ALQUILER DE RECINTOS
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado con nombres y números de cédula de trabajadores que van participar de la actividad para reportar a la ARL. | ||||
3 | Procedimiento para atención de emergencias y contingencias. Debe incluir evacuación, rescate, primeros auxilios y extinción de incendios. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
18. ADQUISICION DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Concepto técnico por parte de Seguridad y Salud en el Trabajo durante la adquisición de elementos de protección personal EPP. | ||||
3 | Ficha técnica de los elementos de protección personal que se van a adquirir. | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
19. SERVICIO DE VIGILANCIA
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Copia del Certificado de aptitud médico ocupacional vigente para el trabajo a ejecutar. | ||||
5 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
6 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
7 | Copia de la licencia de funcionamiento de seguridad y vigilancia expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada | ||||
8 | Permiso para la tenencia y porte xx xxxxx de los funcionarios in house | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
20. MANTENIMIENTO DEL ASCENSOR
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Listado de nombres y números de cédula de trabajadores del contratista y sus subcontratistas. | ||||
3 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
4 | Acreditación por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia-ONAC o entidad que la reemplace o sustituya | ||||
5 | Protocolo de mantenimiento de seguridad para revisión y mantenimiento del ascensor | ||||
6 | Protocolos y procedimientos para atención de incidentes y/o emergencias en ascensor | ||||
7 | Certificación de la revisión anual y ser ubicada a la entrada del ascensor, en un lugar visible | ||||
8 | Certificación ubicada a la entrada del ascensor en un lugar visible | ||||
9 | Certificación por escrito, firmado por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
10 | Diligenciamiento del Formato de entrega e Inspección de elementos de protección personal por parte del contratista. | ||||
11 | Hoja de vida de mantenimiento con los registros de mantenimientos realizados | ||||
12 | Señalización de advertencia que el ascensor se encuentra en fuera de servicio. | ||||
13 | Certificado de garantía técnica del mantenimiento realizado | ||||
14 | Hoja de vida con registro de inspección y/o mantenimiento del ascensor | ||||
15 | Listado de las sustancias químicas a utilizar durante la ejecución de la actividad contratada. | ||||
16 | Las sustancias químicas utilizadas cuentan con la hoja de seguridad | ||||
17 | Las sustancias químicas en su envase original y reenvasadas están etiquetadas | ||||
18 | En caso de realizar labores de altura superior a 1,50 m, deberá cumplir con todos los requisitos aplicables para trabajo en alturas del numeral 1, de este documento | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
21. CALIBARACIONES DE EQUIPOS DE LECTURA DE LOS DOSIMETROS PERSONALES Y AMBIENTALES
Nombre del Contratista: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
Nombre de Supervisor del Contrato: | |||||
N° documento identificación: | |||||
Fecha: | |||||
No. | REQUERIMIENTO | CUMPLE | OBSERVACIONES | ||
SI | NO | N/A | |||
1 | Entrega y firma de recibido del Instructivo de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para la Contratación de Bienes y Servicios | ||||
2 | Certificación de afiliación y registro del último pago a la entidad promotora de salud (EPS), administradora de fondos de Pensiones (AFP) y administradora de riesgos laborales ARL en el nivel de riesgo correspondiente. | ||||
3 | Licencia del Ministerio de Minas y Energía para la prestación del servicio de dosimetría personal. | ||||
4 | La empresa que realiza las calibraciones de los equipos de dosimetrías deben estar acreditada por el Organismo nacionales o internacional | ||||
5 | Ficha técnica otorgada por la casa fabricante del dosímetro ofertado en la cual se deberá identificar claramente las especificaciones técnicas mínimas y/o traducidas en español. | ||||
6 | Lectura de los resultados de la dosimetría en idioma castellano | ||||
7 | Entrega de informe con el reporte de dosis equivalentes según la normatividad vigente | ||||
8 | El dosímetro debe contar con la identificación del nombre del proveedor, nombre del usuario, No. de cédula, periodo del uso dentro del dosímetro | ||||
9 | Lectura y reporte de dosimetría en medio impreso y magnético en el que se incluya el record acumulativo de lecturas para cada persona particular y trazabilidad de los datos reportados. | ||||
10 | La calibración de los equipos de lectura de los dosímetros depende de la ficha técnica del equipo (mínimo cada dos años). | ||||
11 | Certificación por escrito, firmada por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) | ||||
OTROS REQUISITOS: |
Firma del Supervisor Firma del Contratista
INSTRUCTIVO DE REQUISITOS Y CONDICIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | CÓDIGO: I-5-6-5 | |
VERSIÓN: 10-13-03-2019 | ||
PROCEDIMIENTO RELACIONADO: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL | ||
PÁGINAS: Página 57 de 59 |
8 CONTROL DE CAMBIOS
MODIFICACIONES O ACTUALIZACIONES AL INSTRUCTIVO | ||
VERSIÓN | FECHA | DESCRIPCIÓN RESUMIDA DEL CAMBIO |
0 | 07-09-2014 | Primera versión emitida. |
1 | 07-07-2015 | Se actualizó condiciones de contratación en relación con certificados médicos |
2 | 29-03-2016 | Se incluyó Empresas que Transportan Sustancias Químicas |
3 | 10-10-2016 | Se actualizó la normatividad legal sobre el decreto 1072 del 2015 del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en Trabajo. Decreto 1563 de 2016. Adición del capítulo 2 del título 4 de la parte 2 del libro 2 |
4 | 01-03-2017 | Se incluye como requisito en Lavado de Tanques el certificado del curso actualizado xxx xxxxxx de tanques. Se incluye como requisito en desinsectación y desratización el certificado del curso actualizado de desinfección y desratización. |
5 | 18-07-2017 | Se da mayor alcance al nombre del instructivo, se actualiza la normatividad legal vigente relacionado con el Decreto 1072/2015 |
6 | 09-11-2017 | Revisión y actualización de la normatividad, se omite del Decreto 2800/2003, derogado por el art. 26, Decreto Nacional 0723 de 2013. |
INSTRUCTIVO DE REQUISITOS Y CONDICIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | CÓDIGO: I-5-6-5 | |
VERSIÓN: 10-13-03-2019 | ||
PROCEDIMIENTO RELACIONADO: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL | ||
PÁGINAS: Página 58 de 59 |
Se modifica el nombre del Instructivo de Verificación de Requisitos y Condiciones en Seguridad y Salud en el Trabajo para Contratación de Bienes y Servicios. Se incorpora la actividad de mantenimiento de ascensor Se incluye dentro del instructivo las Listas de verificación de requisitos y condiciones en seguridad y salud en el trabajo para contratación de bienes y servicios de acuerdo a la actividad contratada. Se realiza ajustes técnicos y normativos. Inclusión persona natural / se incluye en la lista de verificación N/A, se realiza corrección de estilo. Se modifica el nombre del Instructivo de verificación de requisitos y condiciones en seguridad y salud en el trabajo para contratación de bienes y servicios | ||
7 | 29-01-2017 | En los requisitos de servicio y vigilancia se cambia el requerimiento de certificación por la licencia de funcionamiento de seguridad y vigilancia expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada. |
8 | 29-08-2018 | Se incluye el perfil del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones xxxxxxxxxx. Xx incluye calibraciones de equipos de lectura de los dosímetros personales y xxxxxxxxxxx. Xx incluye normatividad relacionada con radiaciones xxxxxxxxxx. Xx incluye contratación de servicios externos de laboratorio |
9 | 22-10-2018 | Se incluye en el ítem de cafetería -restaurante la responsabilidad del arrendatario asumir el costo y realizar la fumigación del área. |
10 | 13-03-2019 | Se elimina la Resolución 1111 de 2017. Se incluye en Marco Legal de referencia la Resolución 0312 del 13 de febrero del 2019. |
INSTRUCTIVO DE REQUISITOS Y CONDICIONES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | CÓDIGO: I-5-6-5 | |
VERSIÓN: 10-13-03-2019 | ||
PROCEDIMIENTO RELACIONADO: HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL | ||
PÁGINAS: Página 59 de 59 |
Se incluyen artículos de la Resolución 0312 del 13 de febrero del 2019: En consideraciones generales se incluye la solicitud a contratistas y/o subcontratistas certificación de la implementación de los estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y salud en el Trabajo. Se incluye el objeto y campo de aplicación de la Resolución 0312 del 13 de febrero del 2019. El perfil del que diseña e implementa el Sistema de Gestión de SST en las empresas contratistas y/o subcontratistas Se actualiza en anexo de verificación la certificación por escrito, firmada por la persona con quien se firmó el contrato en donde indique el cumplimiento de Implementación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de acuerdo al No. Trabajadores y Nivel del riesgo ( Resolución 0312 del 13 de Febrero del 2019) |