Contract
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDADOR”, Y POR LA OTRA, EL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE XXXXX XXXXXXX, DURANGO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE TESORERO MUNICIPAL, EL C. LICENCIADO XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO Y EL C. INGENIERO XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE OFICIAL MAYOR , A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ARRENDATARIO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
1.- Declara “EL ARRENDADOR” bajo protesta de decir verdad:
1.1.- Llamarse como ha quedado descrito en el encabezado de este contrato, ser mexicano, mayor de edad, en uso de sus derechos y facultades, con capacidad legal absoluta para celebrar contratos.
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1.2.- Que señala como Registro Federal de Contribuyentes el número ROOV6904137W5 y como domicilio fiscal y convencional el ubicado en andador Begonias xxxxxx 0000 Xxxxxxxx, xx xx xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, xx xx xxxxxx xx Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
1.3.- Que el C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, se identifica con credencial para votar con fotografía, expedida por el Registro Federal de Electores, con número identificador XXXXXXXXXX, clave de elector XXXXXXXXXXXXXX, CURP XXXXXXXXXXXXXXX, señalando como su domicilio particular el ubicado en XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
1.4.- Que tiene capacidad y los medios materiales, reuniendo las condiciones técnicas, legales y económicas para obligarse al arrendamiento objeto del presente contrato.
1.5.- Que es legítimo y único propietario de los camiones xxxxx XXXX con tanque de almacenamiento de agua de los denominados “PIPA” con capacidad de 10,000 litros y camión marca KENWORT, con pipa de agua con capacidad de 15,000 litros.
1.6.- Que no se encuentra en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Durango, por lo que es su deseo y voluntad celebrar el presente contrato de arrendamiento de los vehículos antes descritos con la administración pública municipal, con las especificaciones, términos y condiciones que en el se establecen.
2.- Manifiesta “EL ARRENDATARIO”, por conducto de sus representantes:
2.1.- Que es una persona moral oficial, con autonomía propia y personalidad jurídica, conforme a lo previsto por los artículos 115, fracciones I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 147 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango, 1º, 2º, 21 y 23 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango.
2.2.- Que el C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX, en su carácter de Tesorero Municipal, cuenta con facultades para suscribir el presente contrato, conforme al artículo 120, fracción XII del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, que establece que corresponde al mismo, intervenir en las operaciones de crédito público municipal y en los actos y contratos de los que resulten derechos y obligaciones de carácter económico para el municipio.
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2.3.- Que conforme al artículo 119. Fracciones II y X del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, corresponde al C. LICENCIADO XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX en su calidad de Secretario del Republicano Ayuntamiento, vigilar que todos los actos del Ayuntamiento se realicen con estricto apego a derecho, y refrendar y certificar la autenticidad, con su firma, de los documentos y disposiciones que expida el Republicano Ayuntamiento y/o el Presidente Municipal.
2.4.- Que conforme al artículo 122, fracciones XV y XVI del Reglamento Interior del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, corresponde al C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX en su carácter de Oficial Mayor, adquirir y suministrar oportunamente los bienes materiales y servicios generales que requieran las distintas dependencias de la Administración Pública Municipal; y efectuar las adquisiciones de bienes y servicios, a los proveedores, de acuerdo a las leyes, reglamentos, políticas y procedimientos que regulen su operación.
2.5.- Para los efectos legales de este contrato, señala como domicilio convencional y fiscal, el ubicado en avenida Xxxxxxxxx X. Xxxxxx número 400 Norte, Zona Centro, de la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, y como clave de Registro Federal de Contribuyentes el TMU820908-EP0.
3.- Declaran “Las Partes”:
3.1.- Se reconocen mutuamente la personalidad y capacidad legal con que actúan al celebrar el presente contrato; en el que expresan que no existe error, dolo o mala fe, ni se encuentra afectado por vicio alguno del consentimiento o de voluntad, así mismo, en el presente instrumento prevalece el orden público y el interés general que le es inherente al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
3.2.- Que es su voluntad celebrar el presente contrato de arrendamiento para efecto de que el Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, tenga el usufructo de los vehículos
que se describe en el cuerpo del presente instrumento por un termino de tiempo comprendido del 16 de Septiembre de 2017 al 31 de Diciembre de 2018, sin menoscabo de celebrar otro diverso.
Ambas partes acuerdan que, en caso de que el Republicano Ayuntamiento requiera por mas tiempo los vehículos materia de este contrato, dentro del mes de Diciembre de 2018, se reunirán para pactar los términos y condiciones para la continuidad del arrendamiento, caso en el cual, la renta será fijada previo acuerdo de “Las Partes”.
Para todo lo anterior, convienen en sujetarse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO Y DESCRIPCIÓN. “EL ARRENDADOR” conviene en arrendar a “EL
CANTIDAD | DESCRIPCIÓN | No. SERIE. | PLACAS | CAPACIDAD |
1 | CAMION XXXXX XXXX, CON TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS “PIPA” | FG0CCDJ9557 | EY25771 | 10.000 LITROS |
1 | CAMION MARCA KENWORT, CON TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS “PIPA” | 0XXXXX0X0XX000000 | EX52437 | 15,000 LITROS |
ARRENDATARIO” los vehículos que se describen a continuación:
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SEGUNDA.- ENTREGA DE LOS VEHÍCULOS. “EL ARRENDADOR” se obliga a entregar a “EL
ARRENDATARIO” los vehículos en condiciones adecuadas y buen estado de servir para su inmediata utilización para el uso convenido.
TERCERA.- USO DE LOS VEHÍCULOS. “Las Partes” convienen en que los vehículos arrendados se usarán para dar apoyo a las actividades y servicios del Departamento de Parques y Jardines del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, sin ser limitativo a que pueda ser utilizado por alguna otra dependencia perteneciente al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
“EL ARRENDADOR” deberá llevar una Bitácora de Trabajo, en la cual se describa de manera puntual el desarrollo de las actividades realizadas por los vehículos objeto del presente contrato, misma que será indispensable presentar para que se haga efectivo el pago por el arrendamiento de los vehículos en comento.
“EL ARRENDADOR” se obliga a no estorbar ni obstaculizar de manera alguna el uso de el vehículos arrendado, a no ser por causa de reparaciones urgentes e indispensables, previo acuerdo con “EL ARRENDATARIO”.
CUARTA.- CONSERVACIÓN DE LOS VEHÍCULOS. “EL ARRENDADOR” hará las reparaciones
necesarias para conservar los vehículos arrendados en estado satisfactorio de servir para el uso estipulado, y conviene que cuando se trate de reparaciones urgentes e indispensables, no se lleven a cabo en un plazo de ocho días después de recibido el aviso por escrito de “EL ARRENDATARIO”, éste quedará autorizado para hacerlas y deducir su costo del importe de las rentas posteriores.
QUINTA.- MEJORAS, ADAPTACIONES Y MODIFICACIONES. “EL ARRENDADOR” expresa su
conformidad para que “EL ARRENDATARIO” lleve a cabo las mejoras, adaptaciones y modificaciones a los vehículos arrendados, que contribuyan al mejoramiento del servicio proporcionado por el Departamento de Parques y Jardines del Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
“EL ARRENDATARIO será propietario de las mejoras, adaptaciones, modificaciones e instalaciones de equipos especiales que se le hayan hecho a los vehículos materia de este contrato, y podrá retirarlas en cualquier momento durante o a la conclusión del arrendamiento, sin requerir del consentimiento de “EL ARRENDADOR”.
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SEXTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
a) “EL ARRENDADOR” se obliga a:
1.- Transmitir a “EL ARRENDATARIO”, el uso y goce pacífico del vehículos objeto del presente contrato.
2.- Garantizar la posesión útil a “EL ARRENDATARIO” para el cumplimiento de su fin.
3.- Entregar a “EL ARRENDATARIO” los vehículos en comento, limpios, en buen estado, y en condiciones útiles para su uso y fin.
4.- Responder de los daños y perjuicios que sufra “EL ARRENDATARIO”, por defectos y vicios ocultos.
5.- Permitir a “EL ARRENDATARIO” hacer las modificaciones y en su caso rotulaciones a los vehículos objeto del presente contrato a su xxxxx, para que éstos le sean útiles y funcionales para el desempeño de las actividades destinadas, siempre y cuando no se afecte la estructura del mismo.
6.- Realizar las mejoras y reparaciones que requieran los vehículos para su conservación y utilidad.
7.- Responder en caso de evicción.
8.- Tener vigente la póliza que aseguran los vehículos arrendados, que comprenda responsabilidad civil, daños a terceros y daños a los vehículos.
b) “EL ARRENDATARIO” se obliga a:
1.- Pagar la renta en la forma y términos convenidos.
2.- Usar los vehículos arrendados única y exclusivamente para los fines convenidos.
3.- Dejar a favor de “EL ARRENDADOR” las mejoras o reparaciones realizadas a los vehículos arrendados, salvo cualquier excepción establecida en el presente contrato.
4.- Devolver los vehículos arrendados en buen estado, salvo por el deterioro natural que sufran los vehículos por su utilización.
SÉPTIMA.- SINIESTROS. “EL ARRENDATARIO” no es responsable de los daños y perjuicios causados a los vehículos arrendados por sismos, incendios, inundaciones, colisión y demás accidentes que provengan de caso fortuito o fuerza mayor.
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Para el caso de siniestros no imputables a “EL ARRENDATARIO”, “EL ARRENDADOR” lo autoriza para llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias, cuyo costo será deducido del importe de las rentas, y que a juicio de “EL ARRENDATARIO” así convenga a sus intereses, en caso contrario “EL ARRENDADOR” se compromete a llevar a cabo las reparaciones que resulten necesarias.
“Las Partes” convienen en que si por cualquiera de las circunstancias anteriores no se pueden seguir utilizando los vehículos arrendados, “EL ARRENDADOR” los sustituirá con otra unidad con similares características, o en caso de no poder hacerlo, el contrato quedará rescindido automáticamente, sin responsabilidad para “EL ARRENDATARIO”.
OCTAVA.- IMPORTE DE LA RENTA. “EL ARRENDATARIO” conviene en pagar a “EL ARRENDADOR”
a partir de la firma del presente contrato, por concepto xx xxxxx semanal por el periodo comprendido del 16 de Septiembre de 2017 al 31 de Diciembre de 2018, las cantidades que se describen en el siguiente cuadro:
CAN TIDA D | DESCRIPCIÓN | No. SERIE. | PLACA S | CAPACID AD | RENTA SEMANAL CON IVA INCLUIDO |
1 | CAMION XXXXX XXXX, CON TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS “PIPA” | FG0CCDJ9557 | EY257 71 | 10.000 LITROS | $13,920.0 0 |
1 | CAMION MARCA KENWORT, CON | 1NKDLR9X5SR6 | EX524 | 15,000 | $13,920.0 |
TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS “PIPA” | 73652 | 37 | LITROS | 0 | |
TOTAL RENTA SEMANAL | $27,840.0 0 |
“Las Partes” convienen que la cantidad descrita bajo el concepto xx xxxxx semanal no sufrirá incremento bajo ningún concepto, por lo que el costo de la renta será congelado durante la vigencia del presente contrato
NOVENA.- FORMA DE PAGO. La renta se pagará en un plazo no mayor de 10 días hábiles contados a partir de la fecha de vencimiento de la semana respectiva, mediante la presentación previa del recibo o comprobante correspondiente, mismo que deberá reunir los requisitos fiscales que establece la legislación vigente en la materia, desglosando el Impuesto al Valor Agregado, en el domicilio de “EL ARRENDATARIO”. Además “EL ARRENDADOR” deberá entregar la bitácora de trabajo descrita en la CLÁUSULA TERCERA, para que se haga efectivo el pago correspondiente.
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DÉCIMA.- PAGO DE SERVICIOS, CUOTAS E IMPUESTOS. El pago de impuestos y derechos como lo son placas de circulación, tenencia, revisión vehicular y cualquier otro derivado de su utilización, operación y traslado, correrán a cargo de “EL ARRENDADOR”.
DÉCIMA PRIMERA.- PAGO DE COMBUSTIBLE. Será por cuenta de “EL ARRENDATARIO” el pago de los gastos que se originen por concepto de combustible que se derive por el uso y traslado de los vehículos arrendados.
DÉCIMA SEGUNDA.- VIGENCIA DEL CONTRATO. LA vigencia del presente contrato dará inicio a partir del 16 de Septiembre de 2017 y concluye el día 31 de Diciembre de 2018.
En el caso de que al término de la vigencia del contrato, “EL ARRENDATARIO” manifieste su interés de continuar arrendando los vehículos en comento, tendrá preferencia sobre cualquier otro interesado, siempre y cuando exista igualdad de condiciones.
DÉCIMA TERCERA.- SUBSISTENCIA DEL CONTRATO. “Las Partes” convienen en que el presente contrato de arrendamiento subsistirá aún en el caso de que, los vehículos arrendados, se ocupen por cualquier diversa dependencia pública vinculada al Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango.
DÉCIMA CUARTA.- TERMINACIÓN ANTCIPADA. “EL ARRENDATARIO” podrá dar por terminado de manera anticipada el presente contrato de arrendamiento, sin responsabilidad alguna a su cargo, bastando la comunicación que por escrito haga a “EL ARRENDADOR”, con treinta días naturales de anticipación.
DÉCIMA QUINTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente contrato, dará lugar a su rescisión, sin responsabilidad para la parte que si haya cumplido sus obligaciones, previa notificación que se realice por escrito con treinta días naturales de anticipación.
DÉCIMA SEXTA.- PAGO EN CASO DE TERMINACIÓN O RESCISIÓN. A la terminación o rescisión de este contrato, “EL ARRENDATARIO” cubrirá únicamente el importe de la renta que corresponda hasta el día en que se verifique la devolución de los vehículos arrendados.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DEVOLUCIÓN DE LOS VEHÍCULOS ARRENDADOS. “EL ARRENDATARIO” se
obliga a devolver los vehículos arrendados a “EL ARRENDADOR” con el deterioro natural causado por el uso.
DÉCIMA OCTAVA.- DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES. “Las Partes” convienen en que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las disposiciones del Código Civil del Estado de Durango y demás disposiciones aplicables.
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DÉCIMA NOVENA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, “Las Partes” se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, renunciando al fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio actual o futuro o por cualquier otra causa.
El presente contrato de arrendamiento se firma en tres ejemplares, en la ciudad de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, a los 14 días del mes de Septiembre de 2017.
Por “EL ARRENDADOR” XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX |
Por “EL ARRENDATARIO Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango |
C.P. XXXXX XXXXXX XXXXXXXXXX Tesorero Municipal y Apoderado Legal |
LIC. XXXXX XXXXXXXXX XXX XXXXXXX Secretario del Republicano Ayuntamiento | C. XXXXXXXXX XXXXXX XXXXXX Oficial Mayor |
Las firmas que anteceden forman parte del contrato de arrendamiento de 2 camiones con tanque de almacenamiento de líquidos “PIPA” descritos en la CLÁUSULA PRIMERA, celebrado entre el C. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, y el Republicano Ayuntamiento de Xxxxx Xxxxxxx, Durango, de fecha 14 de Septiembre de 2017.
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