INDICE
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA INSPECCIÓN PERIÓDICA DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LOS LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA DE TITULARIDAD MUNICIPAL.
INDICE
1. OBJETO DEL CONTRATO. 3
2. LEGISLACIÓN APLICABLE. 3
3. ACEPTACIÓN DE LAS INSTALACIONES ACTUALES 4
4. DURACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN. 4
5. RESCISIÓN DEL CONTRATO. 4
6. REQUISITOS DEL ADJUDICATARIO. 5
7. CONDICIONES DEL SERVICIO. 5
8. DESARROLLO DEL SERVICIO. 6
8.1. Periodicidad de las inspecciones. 6
8.2. Calendario de las inspecciones periódicas. 7
8.3. Inventario, identificación y marcado xx xxxxxxx 7
8.4. Inspección periódica. Acta y adhesivo de Inspección. 8
8.5. Documentación. 9
8.6. Control del Servicio. 10
9. FORMA DE PAGO. CERTIFICACIONES. 10
10. REVISIÓN DE PRECIOS. 11
11. SANCIONES. 12
12. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE LAS OFERTAS. 13
13. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 13
14. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN. 16
ANEXO I INVENTARIO 18
1. Objeto del contrato.
El presente Pliego contrato de “Inspección Periódica de las Instalaciones Eléctricas en los Locales de Pública Concurrencia de Titularidad Municipal", tiene por objeto establecer las condiciones técnicas necesarias para la inspección periódica de las instalaciones eléctricas de baja tensión, así como la elaboración de informes detallados del estado de conservación y de las posibles adecuaciones necesarias según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión e instrucciones complementarias aprobado por Real Decreto 842/2002 de 2 xx Xxxxxx.
Para conseguir la finalidad u objeto antes prescrito, los licitadores dispondrán de los medios humanos y materiales necesarios, con la dotación de los técnicos y equipos necesarios para que pueda quedar garantizada la prestación de dicho servicio.
2. Legislación aplicable.
Seguidamente se indica una relación de legislación aplicable para la Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas en Locales de Pública Concurrencia, que no tiene carácter limitativo ni excluyente, y que deberá asimismo ser tenida en cuenta por la empresa adjudicataria durante la prestación del servicio:
- Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 xx Xxxxxx y sus instrucciones técnicas correspondientes.
- Orden de 31 de enero de 1990, de la Consellería de Industria, Comercio y Turismo, sobre mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia.
- Orden de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia.
- Demás disposiciones vigentes que le sean de observación y aplicación.
3. Aceptación de las instalaciones actuales
La empresa contratista deberá aceptar las instalaciones existentes en su estado real, al comienzo de la efectividad del contrato, haciéndose cargo de las mismas en las condiciones que se encuentren, sin que pueda plantear ningún inconveniente ó reparo por ello, ni sustituir por otro modelo ó sistema. Los licitadores podrán visitar las instalaciones para su estudio, previamente a la presentación de las ofertas, contando para ello con la debida autorización de los Servicios Técnicos Municipales, y sin interferir en absoluto en su funcionamiento.
4. Duración de la adjudicación.
La duración del contrato regulado por el presente Pliego de Condiciones será de dos años, prorrogable por un año más, hasta de un máximo de dos años. Para la efectividad de la prórroga es preciso que ésta se realice con la conformidad expresa, tanto por parte del Ayuntamiento como por parte del adjudicatario, con antelación a la finalización del contrato o de su prórroga.
La fecha de inicio de la ejecución del contrato será el primer día del mes siguiente al de su formalización.
A la finalización del contrato, quedarán extinguidos cuantos derechos y obligaciones nazcan del mismo para el contratista y el Ayuntamiento. El adjudicatario no podrá exigir que el Ayuntamiento le adquiera el equipo utilizado, siendo el Ayuntamiento totalmente ajeno a la relación laboral con el personal de la empresa.
5. Rescisión del contrato.
Si el adjudicatario dejara de prestar el servicio a que se obliga, sea cual fuese el motivo, el Ayuntamiento se hará cargo del mismo, bien por sus servicios o por la entidad que designe, pudiendo disponer de cuanto material y elementos tuviera la empresa adjudicataria. Si se produjese este abandono del servicio, el contrato quedará automáticamente rescindido, perdiendo el adjudicatario la fianza, y corriendo por cuenta de la adjudicataria los perjuicios y gastos que se ocasione al Ayuntamiento.
6. Requisitos del adjudicatario.
El adjudicatario deberá disponer de los medios humanos y materiales necesarios, con la dotación de los técnicos y equipos necesarios para que pueda quedar garantizada la prestación del servicio.
Será requisito necesario para poder licitar al servicio de “Inspección Periódica de las Instalaciones Eléctricas en los Locales de Pública Concurrencia de Titularidad Municipal”, la inscripción como empresa Mantenedora Autorizada en Baja Tensión en el Registro que existe a tal efecto en los servicios Territoriales de Industria y Seguridad Industrial, dependiente de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia y cumplan por tanto con lo exigido en las disposiciones vigentes que le son de aplicación en materia de personal y medios técnicos y con la capacidad suficiente para realizar las inspección periódicas de las instalaciones de acuerdo con la potencia eléctrica instalada en las dependencias de que se trate.
7. Condiciones del Servicio.
El servicio de “Inspección Periódica de las Instalaciones Eléctricas en los Locales de Pública Concurrencia de Titularidad Municipal" se compone de:
- Realización de inspecciones periódicas en la totalidad de las dependencias municipales relacionadas en el Anexo I, algunas de las cuales incluyen varios edificios, realizando para ello todas aquellas comprobaciones, mediciones y pruebas establecidas por las disposiciones vigentes para el Mantenimiento e Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas en locales de Pública Concurrencia.
- Realización de informes detallados, sobre el estado de las instalaciones eléctricas, mencionando: las pruebas realizadas, resultados obtenidos, deficiencias detectadas y su clasificación de acuerdo con la repercusión que puedan tener sobre la seguridad de las personas y bienes, posibles soluciones, observaciones, incluyendo presupuesto de reparación completamente desglosado y priorizado.
- Tramitación del correspondiente boletín de reconocimiento anual ante la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia, según inspecciones realizadas.
- Creación de inventario, que recoja: cuadros existentes, ubicación, tipo, esquemas unifilares, etc..
- Identificación, marcado y realización de esquemas unifilares de todos los cuadros de protección y mando existentes, según inventario xx xxxxxxx eléctricos.
8. Desarrollo del Servicio.
8.1. Periodicidad de las inspecciones.
De acuerdo con la normativa vigente, Orden de 31 de enero de 1990 y la Orden de 00 xx xxxx xx 0000, xx xx Xxxxxxxxxxx de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula la inspección periódica de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia, se realizarán inspecciones periódicas en los locales de pública concurrencia relacionados en el Anexo I, con una periodicidad:
- trimestral, en aquellas dependencias con potencia instalada superior a 100 kW.
- anual, en aquellas con potencia inferior a 100 kW.
Además, anualmente y para cada edificio, se tramitará el correspondiente boletín de reconocimiento de locales de publica concurrencia ante órgano competente.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá finalizar el proceso de inspección anual (incluida la entrega de informes y su tramitación ante órgano competente) de todos los locales relacionados en el Anexo I durante el primer semestre del año natural. Sin embargo, aquellos que les corresponda, por su potencia instalada, inspecciones trimestrales, el periodo de ejecución finalizará obviamente cada tres meses.
Calendario Anual | |||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
Insp. LPCs <100kW | |||||||||||
Insp. LPCs >100kW | Insp. LPCs >100kW | Insp. LPCs >100kW | Insp. LPCs >100kW | ||||||||
1ª certificación | 2ª certificación | 3ª certificación | 4ª certificación | ||||||||
Tramitación boletín reconocimiento LPCs |
8.2. Calendario de las inspecciones periódicas.
La empresa adjudicataria, deberá planificar y comunicar con antelación la ejecución de los trabajos a realizar, con el fin de coordinar con el Departamento de Mantenimiento de este Ayuntamiento la revisión de todas las dependencias relacionadas en el Anexo I, incluyendo aquellas que se encuentren temporalmente cerradas.
Los trabajos se efectuarán preferentemente durante las horas en las que no estén ocupados por los usuarios de dichos locales. Este horario podrá ser modificado por este Ayuntamiento para que en ningún caso pueda alterarse el uso previsto del edificio. En caso de existir compatibilidad del horario de realización de las operaciones con el normal funcionamiento de las dependencias, podría admitirse la realización de los trabajos y operaciones durante la jornada laboral de la mañana.
8.3. Inventario, identificación y marcado xx xxxxxxx
La empresa adjudicataria deberá diseñar, durante el primer mes de contrato, un inventario y una codificación para la identificación de los cuadros eléctricos existentes en las dependencias municipales.
El inventario deberá detallar claramente cada cuadro de protección y mando existente, ya se trate de un cuadro general, secundario, etc. e incluirá como mínimo los siguientes datos: dependencia, ubicación, código identificativo asignado, tipo del cuadro (empotrado, superficie, con cerradura, etc.), otros datos de interés.
La identificación de los cuadros se realizará según la siguiente codificación:
Nº dependencia (Anexo I) - ubicación planta (S,0, 1, 2, ...) / tipo cuadro (Gral, Sec, ...) Ej: Cuadro secundario nº2, en 3ª planta, en centro Cívico Camí Real 42-3/S2
Cuadro general, en planta baja, en piscina almudafer 11/0/G
Una vez finalizado el inventario se entregará a los Servicios Técnicos Municipales en soporte digital mediante un archivo .xls para su aprobación.
Posteriormente, según el inventario aprobado, la empresa adjudicataria procederá a la identificación, mediante etiqueta autoadhesiva en lugar visible, de cada uno de los cuadros existentes con el código asignado.
Durante el primer semestre del contrato, la empresa adjudicataria confeccionará los esquemas unifilares de cada cuadro de mando y procederá al marcado (con dispositivo adecuado, tipo DYMO o similar) de cada uno de los circuitos según su correspondiente esquema unifilar.
Toda esta documentación se entregará a los Servicios Técnicos Municipales tanto en formato papel como en digital.
8.4. Inspección periódica. Acta y adhesivo de Inspección.
Durante la inspección periódica se realizarán todas aquellas comprobaciones, mediciones y pruebas establecidas por las disposiciones vigentes para el Mantenimiento e Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas en locales de Pública Concurrencia.
Las inspecciones periódicas podrán ser efectuadas en presencia de funcionario/s designados por los Servicios Técnicos de Mantenimiento de este Ayuntamiento, que podrá firmar el acta de inspección que al efecto se extienda.
Podrá exigirse que las inspecciones periódicas de las instalaciones eléctricas de los locales de pública concurrencia, se realicen por Ingeniero o Ingeniero Técnico Industrial.
Durante la inspección se cumplimentará la correspondiente acta, en la que constará: dependencia, fecha, operario/s encargado/s, hora de inicio y fin, cuadros revisados, pruebas, resultados, etc. Una vez cumplimentada deberá ser firmada y sellada por el funcionario encargado del edificio. El acta de inspección servirá de base para la creación del Informe Técnico correspondiente al edificio y será justificante de la inspección realizada por lo que se archivará para posibles aclaraciones.
Además, se procederá a la fijación en cada cuadro revisado de un autoadhesivo justificativo de la inspección realizada, que indicará: fecha de revisión, fecha de la próxima revisión y otros datos de interés, como son: el código del cuadro y la medida de puesta a tierra. El formato de dicho adhesivo será aprobado por los Servicios Municipales de Mantenimiento a propuesta de la empresa mantenedora.
8.5. Documentación. Informes Técnicos.
Una vez completadas las correspondientes inspecciones (anuales o trimestrales) de las instalaciones eléctricas en los locales de pública concurrencia de titularidad municipal y dentro de los plazos marcados en el aptdo. 8.1., se procederá necesariamente a la entrega de la siguiente documentación (en soporte escrito y en soporte digital):
- un Informe Técnico General, que resuma todas las averías observadas durante la inspección correspondiente y priorice aquellas más urgentes.
- Informe Técnico por Xxxxxxxxxxx (identificado según inventario) sobre el estado de cada instalación, redactado y firmado por técnico competente (Ingeniero o Ingeniero Técnico Industrial), sobre aquellas deficiencias y particularidades de las instalaciones eléctricas que incumplan la vigente normativa de obligado cumplimiento que les sean de aplicación. Dichas deficiencias deberán estar debidamente detalladas (código cuadro, anomalía, falta, medición, etc.), clasificadas según el grado de importancia de la falta
observada (muy grave, grave y leve) y presupuestadas, desglosando materiales y mano de obra necesarios.
- copia del boletín de reconocimiento anual de locales de pública concurrencia debidamente diligenciado por órgano competente.
8.6. Control del Servicio
El servicio contratado podrá estar sometido a control y vigilancia por los Servicios Técnicos Municipales y les serán facilitados cuantos datos precisen respecto a la organización y funcionamiento del servicio.
Los servicios Técnicos de Mantenimiento de este Ayuntamiento levantarán acta de incumplimiento, si se produjera alteración en el plazo o forma de ejecución de los trabajos y operaciones a realizar o no fueran conforme con lo contenido en este pliego de condiciones técnicas.
El Ayuntamiento podrá, si las circunstancias lo exigen, requerir a otra empresa para realizar el trabajo pendiente o defectuoso, o lo realizará con sus propios medios, descontando dicho importe de la certificación correspondiente.
9. Forma de pago. Certificaciones.
El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de 16 xx Xxxxx de 2.000, y en el contrato, con arreglo al precio convenido.
Una vez completadas las inspecciones (anuales o trimestrales) y dentro de los plazos marcados en el aptdo. 8.1, se extenderán las Certificaciones Trimestrales correspondientes, previa medición y aplicación de los precios que resulten de la adjudicación, deduciendo el importe de las sanciones que pudieran aplicarse.
Los pagos se efectuarán abonando el Ayuntamiento al contratista los trabajos que realmente ejecute, con arreglo al presente Pliego de Condiciones, ó según las modificaciones que legalmente se autoricen.
Previa a la aprobación de cada Certificación se adjuntará toda la documentación solicitada en el aptdo. 8.5. como requisito necesario.
El formato de las certificaciones será aprobado por los Servicios Técnicos del Departamento de Mantenimiento, debiéndose aportar en cualquier caso cinco copias en papel firmadas y selladas por el representante de la empresa adjudicataria y una copia en soporte digital.
10. Revisión de precios.
Los precios no serán objeto de actualización alguna hasta que haya transcurrido un año desde la fecha de inicio de la prestación del Servicio. A partir de esa fecha se podrá realizar la revisión de precios previa solicitud de la empresa adjudicataria, siendo el período de revisión de un año, con las variaciones de aumento ó disminución de los precios, en función del Índice de Precios al Consumo Nacional, según información que aporte el Instituto Nacional de Estadística para el periodo motivo de la revisión.
La formula de actualización de precios será la siguiente:
Pf = Pa · (1 + IPC)
donde:
Pf : precio actualizado, que se aplicará durante el año en curso.
Pa : precio aplicado durante el año anterior a la fecha de actualización.
IPC : Índice de Precios al Consumo Nacional anual, resultante en el año anterior a la fecha de actualización, con su signo.
La empresa estará obligada a facilitar cuantos datos y documentos contables le sean exigidos por los servicios técnicos, económicos ó fiscales del Ayuntamiento. En concreto, a la
solicitud de revisión se deberá adjuntar certificado emitido por el Instituto Nacional de Estadística sobre el incremento del I.P.C. correspondiente.
11. Sanciones.
Las faltas cometidas por el adjudicatario en la prestación de los diferentes servicios objeto de este contrato, serán calificadas como muy graves, graves y leves.
• Se considerarán muy graves:
- La reiteración o reincidencia en dos faltas graves consecutivas o tres alternativas en un periodo de dos meses.
- La no realización de las inspecciones o la no presentación de la documentación requerida según los plazos señalados.
• Se considerarán faltas graves:
- La utilización de elementos materiales o personales ajenos a la oferta, sin la autorización expresa del Ayuntamiento.
- La reiteración o reincidencia de dos faltas leves consecutivas o tres alternativas, en un periodo de dos meses.
• Se considerarán faltas leves:
- Todas aquellas infracciones del presente Pliego de Condiciones y el incumplimiento de la organización contenidas en las proposiciones y aceptadas por el Ayuntamiento, no tipificadas como faltas muy graves y/o graves.
Según la tipología de las faltas a que se refieren los apartados anteriores, el Ayuntamiento podrá imponer las sanciones siguientes:
• La comisión de una falta tipificada como muy grave y en función de la intencionalidad, perturbación del servicio, reiteración o reincidencia, podrá ser sancionada por el Ayuntamiento hasta con el quíntuplo del importe del importe de los servicios dejados de cumplir o con la rescisión del contrato.
• La comisión de una falta tipificada como grave y en función de la intencionalidad, perturbación del servicio, reiteración o reincidencia, podrá ser sancionada por el
Ayuntamiento con la cuantía máxima autorizada a la Alcaldía por la legislación vigente, en el momento de aplicación de ésta.
• Ante la comisión de una falta tipificada como leve y en función de la intencionalidad, perturbación del servicio, reiteración o reincidencia, el Ayuntamiento podrá imponer una sanción equivalente a la mitad de la cuantía máxima autorizada por la legislación vigente, en el momento de la aplicación.
12. Documentación técnica de las ofertas.
Con independencia de la documentación exigida en el Pliego de Condiciones Administrativas, los licitadores deberán detallar en su oferta técnica los conceptos que se indican a continuación:
- Memoria explicativa de la forma como pretende desarrollar el Servicio teniendo en cuenta el número y categoría del personal, medios materiales, elementos auxiliares, locales, sistema de control y vigilancia, etc.
- Planificación concreta de los trabajos a realizar (inspecciones, informes, inventario, marcado, esquemas, etc.) indicando los medios personales y materiales a emplear.
- Propuesta de Informe Técnico Tipo para inspecciones de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia, detallando los datos, medidas y comprobaciones realizadas, defectos, anomalías, clasificación xx xxxxxx, presupuesto, etc.
- Certificado del Registro como Empresa Mantenedora Autorizada en Baja Tensión otorgado por el Servicio Territorial de Industria y Seguridad Industrial de la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia.
- Relación de los principales servicios ó trabajos, similares a los que son objeto del contrato, realizados durante los dos últimos años, especificando importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Dicha relación deberá venir acompañada de los correspondientes justificantes acreditativos.
13. Criterios de adjudicación.
Se desecharán todas las propuestas que no satisfagan las exigencias de estos pliegos, valorándose, a fin de determinar la idoneidad del adjudicatario, los aspectos siguientes:
APARTADO | CONCEPTO | VALORACION |
A | Oferta económica | 45 |
B | Memoria y capacidad operativa | 35 |
C | Mejoras complementarias | 15 |
D | Certificado de aseguramiento de la calidad | 5 |
A - Oferta económica.
Se ofertará un porcentaje de baja aplicable a la totalidad de los precios del Presupuesto de Adjudicación, para todas las operaciones que realice el adjudicatario, con independencia de su cuantía. El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se realizará teniendo en cuenta la baja propuesta según la valoración siguiente:
- baja propuesta igual a la Baja Media más 10% 45 puntos
- baja propuesta igual a la Baja Media más 5 % 43 puntos
- Baja Media (media aritmética) 40 puntos
- baja propuesta igual a la Baja Media menos 5% 36 puntos
- baja propuesta igual a la Baja Media menos 10% 31 puntos
La puntuación correspondiente a las bajas comprendidas entre valores anteriormente indicados será obtenida mediante interpolación lineal.
A las ofertas cuyas bajas queden situadas fuera del intervalo comprendido entre la baja media más 10% y la baja media menos 10% se les asignará 0 puntos.
Se considerarán en baja temeraria aquellas ofertas que queden situadas por encima de la baja media más 10%. El contratista incurso en la referida baja temeraria, será requerido a este respecto, con el fin de justificar la pertinencia de su oferta.
B – Memoria y capacidad operativa.
En este apartado se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- Memoria de organización del servicio, en la que se detalle la forma en la que se pretende desarrollar el servicio (horarios, personal, etc.), su planificación, la forma de comunicar los resultados de las inspecciones realizadas durante el servicio, etc. Se valorarán especialmente las propuestas tendentes a la simplificación, clasificación y valoración económica de cada falta observadas en las instalaciones, así como la prioridad en sus reparaciones. hasta 25 puntos.
- Capacidad operativa: se valorarán los medios materiales y humanos que se vayan a emplear para la prestación del servicio. hasta 10 puntos.
C – Mejoras complementarias.
En este apartado se valorarán con un máximo de 15 puntos en total aquellas propuestas que, sin coste económico para el Ayuntamiento, estén debidamente detalladas y valoradas económicamente y afecten principalmente a:
- mantenimiento de los grupos electrógenos relacionados en el Anexo I, se realizarán operaciones periódicas y comprobaciones con los grupos parados y en funcionamiento y se entregará Informe Técnico después de cada revisión. Comprobación de niveles, baterías, alternador, cuadro eléctrico, conexiones, salida de humos, filtros, medidas de tensión, intensidades, frecuencia, limpieza general sala, etc..
- mejora del servicio (inventarios más completos, fotografías, acortamiento plazos, etc.)
- aportación singular de equipos o actualización de zonas especificas.
- actuaciones singulares de seguridad en zonas específicas.
D – Certificado de aseguramiento de la calidad.
Se valorará con 5 puntos el disponer de documentación acreditativa del Certificado ISO- 9000 otorgado por órgano competente.
14. Presupuesto de licitación.
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN ANUAL | ||||
Uds. | CONCEPTO | Nº Insp. | €/Ud. | € |
29 | Unidad de Inspección Periódica de la instalación eléctrica en local de pública concurrencia de potencia contratada inferior a 10 kW. Generación de informe técnico, tramitación boletín de reconocimiento, identificación, marcado y esquema unifilar incluido. | 1 | 85,80 | 2.488,07 |
15 | Unidad de Inspección Periódica de la instalación eléctrica en local de pública concurrencia de potencia contratada superior a 10 kW e inferior a 25 kW. Generación de informe técnico, tramitación boletín de reconocimiento, identificación, marcado y esquema unifilar incluido. | 1 | 106,86 | 1.602,95 |
24 | Unidad de Inspección Periódica de la instalación eléctrica en local de pública concurrencia de potencia contratada superior a 25 kW e inferior a 100 kW. Generación de informe técnico, tramitación boletín de reconocimiento, identificación, marcado y esquema unifilar incluido. | 1 | 143,52 | 3.444,36 |
7 | Unidad de Inspección Periódica de la instalación eléctrica en local de pública concurrencia de potencia contratada superior a 100 kW. Generación de informe técnico, tramitación boletín de reconocimiento, identificación, marcado y esquema unifilar incluido. | 4 | 165,10 | 4.622,85 |
SUMA | 12.158,22 | |||
13% DE GASTOS GENERALES | 1.580,57 | |||
6% DE BENEFICIO INDUSTRIAL | 729,49 | |||
SUMA | 14.468,29 | |||
16% DE IVA | 2.314,93 | |||
PRESUPUESTO DE LICITACIÓN ANUAL (€) | 16.783,21 |
El presupuesto de licitación anual previsto para la contratación del Servicio de “Inspección Periódica de las Instalaciones Eléctricas en los Locales de Pública Concurrencia de Titularidad Municipal" asciende por tanto a la cantidad de dieciséis mil setecientos ochenta y tres euros con veintiún céntimos (16.783,21 €).
En las distintas unidades que componen el presupuesto de licitación para la inspección periódica de las instalaciones eléctricas en los locales de pública concurrencia, se incluyen las operaciones, desplazamientos y empleo de los medios técnicos y humanos, necesarios para el cumplimiento de lo exigido por la Conselleria de Empresa, Universidad y Ciencia y demás disposiciones vigentes para la Inspección Periódica de las Instalaciones Eléctricas en Locales de Pública Concurrencia, por parte del adjudicatario del contrato objeto de esta licitación.
Los licitadores podrán incorporar en sus ofertas el porcentaje de baja que aplicarán a este presupuesto de licitación, así como las posibles mejoras en las condiciones establecidas en este Pliego de condiciones.
El porcentaje de baja incidirá sobre los precios unitarios indicados en este Pliego de Condiciones; sin embargo, anualmente será fijo el importe disponible para la ejecución de este contrato, que será igual al Presupuesto de Licitación, actualizado según los incrementos del
I.P.C. Independientemente de esto, el contratista tendrá derecho únicamente a que se le abonen los trabajos que realmente haya ejecutado.
Sagunto, a 23 de Julio de 2.007 El Ingeniero Técnico Industrial,
Fdo.: Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx
ANEXO I.
Inventario dependencias Municipales y grupos electrógenos.
LOCALES MUNICIPALES DE PUBLICA CONCURRENCIA
DEPENDENCIA | DIRECCIÓN | Kw | |
1 | CAMPO FÚTBOL BALADRE | POETA XXXXXX, 1 | 19,8 |
2 | CAMPO FÚTBOL XXXXXX | XX. XXXX XX XXXXXXXX, 00 | 00,0 |
0 | XXXXX FÚTBOL XULLA | XXXXXXXX 00 (XXXXX XXX XXXXXXXX) | 9,9 |
4 | CAMPO FÚTBOL FERRODISA | XX. XXXX XX XXXXX, 00 | 0,0 |
0 | XXXXX FÚTBOL MENERA | AV. MEDITERRANEO, 34 | 3,3 |
6 | CAMPO FÚTBOL S. FCO. XXXXX | VENT XX XXXXXX, S/N | 41,5 |
8 | POLIDEPORTIVO MUNICIPAL | XX. XXXXXX XXXXXXX, 0 | 000 |
0 | XXXXXXXX XXXX XXXXX | XX. 0 XX XXXXX, X/X | 00 |
0 | XXXXXXXX XXXX XXXXXXX | XX. X'XXXX 0000, X/X | >100 |
10 | TRINQUETE COMARCAL | CRONISTA XXXXXXXX XXX X XXXXX, S/N | 33,5 |
13 | POLIDEPORTIVO Y CASA DE LA JUVENTUD | ALBALAT, 1 | 41,6 |
12 | PISCINA CASA DE LA JUVENTUD | SAN XXXXXXXXX, 32 | 49,5 |
11 | XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXX, X/X | x000 |
00 | X.X. XXXXXX MARCH | XXXXXXXX XXXXXXXX XXX X XXXXX, X/X | 00,0 |
00 | PARV. AUSIAS MARCH | CRONISTA XXXXXXXX XXX X XXXXX, S/N | 9,9 |
16 | C.P. XXXXXXX | XXXX XXXXXXXXX, 2 | 23,1 |
17 | PARV. BALADRE | AUSIAS MARCH, 2 | 19,8 |
18 | C.P. XXXX. XXX. XX XXXXXX | XX. XXX XXX, 0 | 00 |
00 | X.X. XXXXXXXXX | XX. XXXXX XX XXXXXXX, 00 | 49,5 |
20 | PARV. XXXXXXXXX | XX. XXXXX XX XXXXXXX, 00 | 0,0 |
00 | X.X. XXXXXXXX XXXXXXX | XX. XXXXXXXX XXXXXXX, 00 | 00,0 |
00 | X.X. XXXX XXXXX | XXXXXX, 42 | 23,1 |
23 | C.P. MAESTRO XXXXXXXXX | PAPA XXXXXXXXX XX S/N | 45 |
24 | C.P. MEDITERRANEO | XX. XXXX XX XXXXXXXX, 000 | 00 |
00 | X.X. XXXXXXX | XXXXXX MARCH, 8 | 33 |
26 | C.P. XXX XXXXXXX XXXXXX | PAPA XXXXXXXXX XX, 11 | 9,9 |
27 | C.P. XXXXXX XXXXXX + PARV | AV. NUEVE DE OCTUBRE, 124 | 33 |
28 | C.P. X. X X. XXXXXXX | XX. XXXX XX XXXXXXX, 00 | 40 |
29 | PARV. V. Y X. XXXXXXX | XXXXXXX, 12 | 13,2 |
30 | C.P. VILAMAR | ISLA DE MENORCA, S/N | 33 |
31 | PARV. VILAMAR | XXXX XXXXXXX, 0 | 00,0 |
00 | X.X. XXXXXX XXXXXX + PARV | CRONISTA XXXXXXXX XXX X XXXXX, S/N | >100 |
33 | E.P.A. XXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXX XXXXXXXX, X/X | 00,0 |
00 | XXXXXX XX XXXXXXXXX PERSONAS ADULTAS RACO DE L' XXXXX + AFACAM | PUZOL, 13 | 23,1 |
35 | X.X.X. XXX XXXXXXXXX | XXXXX XXX XXXXXXXXX | 00 |
XXXXXXXXXXX | DIRECCIÓN | Kw | |
36 | CASA CONSISTORIAL | AUTONOMIA, 2 | 49,5 |
37 | AUDITORIO MUNICIPAL XXXXXXX XXXXXXX | PL CRONISTA CHABRET, 6 | 250 |
38 | BIBLIOTECA CIUDAD | XX. XXXXXXXX XXXXXXX, 00 | 0,0 |
00 | XXXXXXX XXXXXXXXX | XXXXXXX, 7 | 3,3 |
40 | FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA | XXXXXXXX, 24 | 19,8 |
41 | CINES CAPITOL | CAMI REAL, 9 | 66 |
42 | CENTRO CIVICO CAMI REAL | CAMI REAL, 65 | >100 |
43 | EDIFICIO MANTENIMIENTO | XX XXXXXX XXXXXXX, 00 | 0,0 |
00 | XXXXXXX XXXXXXX XXXXX (x ALMACEN, EDUCACION VIAL) | XX XXXXXX XXXXXXX, 0 | 00,0 |
00 | XXXX XXXXXX | XXXXXXXX, 40 | 19,8 |
46 | CASA MUNICIPAL DE CULTURA PUERTO Y ANEXO | PROGRESO, 7 Y 9 | 49,5 |
47 | PROGRAMA VORAMAR, CENTRO DE DISCAPACITADOS PSIQUICOS | AV MEDITERRANEO, 38 | 6,6 |
48 | CONSELL AGRARI | PL. TRINIDAD, 2 | 39,6 |
49 | CONSELL AGRARI PARQUE MOVIL | ROMA, 9 | 6,6 |
50 | TENENCIA ALCALDIA BALADRE | XXXXXXXX XXXXXX XXXXX, 5 | 9,9 |
51 | TENENCIA ALCALDIA PUERTO | PROGRESO, 37 | 33 |
52 | OFICINAS TURISMO. CIUDAD | PL CRONISTA CHABRET, 15 | 5,5 |
53 | OFICINAS TURISMO Y PLAYAS. GABINETE PSICOLOGICO | AV MEDITERRANEO, 67 | 19,8 |
54 | MERCADO CIUDAD | PL CRONISTA CHABRET, 9 | 19,8 |
55 | MERCADO XXXXXX | XX XXX XXX, X/X | 00 |
00 | XXXXXXXXXX XXXXXX | XXXXX, 00 | 1,5 |
57 | CEMENTERIO PUERTO | CRTRA. PUERTO SAGUNTO X XXXXX, 50 | 1,5 |
58 | CENTRO CIVICO | PARQUE XXXX XXXXXX X (AV HISPANIDAD) | 200 |
59 | PETANCA | PARQUE XXXX XXXXXX X (AV HISPANIDAD) | 3,3 |
60 | UDP | PARQUE XXXX XXXXXX X (PERIODISTA AZZATI) | 3,3 |
61 | CENTRO DE PLANIFICACION FAMILIAR | PARQUE XXXX XXXXXX X (PERIODISTA AZZATI) | 5,5 |
62 | RESIDENCIA INFANTIL LES MORERES | PARQUE XXXX XXXXXX X (PERIODISTA AZZATI) | 9,9 |
63 | JOVEMPLEO | PARQUE XXXX XXXXXX X (PERIODISTA AZZATI) | 5,5 |
64 | PROYECTO EQUAL | PARQUE XXXX XXXXXX X (DOCTOR XXXXXXX) | 9,9 |
65 | OFICINA DE PROMOCION ECONOMICA | PARQUE XXXX XXXXXX X (DOCTOR XXXXXXX) | 5,5 |
66 | AUDITORIO TRIÁNGULO XXXXXX | XXXXXX XXXX XXXXXX X (XX 0 X'XXXXXXX) | 00,0 |
XXXXXXXXXXX | DIRECCIÓN | Kw | |
67 | LOCAL C/NUMANCIA | NUMANCIA, 3 | 5,5 |
68 | UNIDAD DE COMPORTAMIENTOS ADICTIVOS (U.C.A.) | NUMANCIA, 5 | 8,8 |
69 | ANTIGUAS ESCUELAS ALMARDA (CENTRO CIVICO ALMARDA Y RETEN) | XX XX XXXXXX, 000 | 5,5 |
70 | EDIFICIO BALADRE | XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | 9,9 |
71 | XXXXXX XX XXXXX XXXXX | XX. XXXXXX XXXXXX, 0 | 39,9 |
72 | CENTRO DE SALUD BALADRE | XXXXXXXX XXXXXX XXXXX | <25 |
73 | CENTRO DE SALUD ALMARDA | CATARROJA, S/N | 9,9 |
74 | XXXX. XXXXXXX XXXX XXXX | XX XXX XXXXXX, 0 (trasera) | 3,3 |
00 | XXXXXX XXX XXXXXXXXX | XXXXX XXX XXXXXXXXX | 3,3 |
GRUPOS ELECTRÓGENOS
DEPENDENCIA | DIRECCIÓN | kVAs | TIPO | COMBUSTIBLE |
PABELLÓN XXXX XXXXX | AV. 3 XX XXXXX, S/N | 40 | 3F | DIESEL |
PABELLÓN XXXX XXXXXXX | XX. X'XXXX 0000, X/X | 00 | 0X | XXXXXX |
XXXX XXXXXXXXXXXX | AUTONOMIA, 2 | 10 | 3F | DIESEL |
AUDITORIO MUNICIPAL XXXXXXX XXXXXXX | PL CRONISTA CHABRET, 6 | 32 | 3F | DIESEL |
CENTRO CIVICO SANATORIO | PARQUE XXXX XXXXXX X (AV HISPANIDAD) | 12,5 | 3F | DIESEL |
CENTRAL DE POLICIA LOCAL | AV XXXXXX XXXXXXX, 5 | 30 | 3F | DIESEL |