PETROLEOS DEL PERU - PETROPERÚ S.A. REFINERÍA CONCHÁN BASES
Petróleos
del Perú. – PETROPERU S.A. - Refinería Conchán 29
PETROLEOS DEL PERU - PETROPERÚ S.A.
REFINERÍA CONCHÁN
BASES
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU
(Segunda Convocatoria)
“Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø
xx Xxxxx Carcasa”
Conchán, Febrero 2004
Comité Especial
Índice
Pág.
CRONOGRAMA ¡Error! Marcador no definido.
BASES ADMINISTRATIVAS 4
1.0 OBJETO 4
2.0 MARCO LEGAL 4
3.0 DE LOS POSTORES 4
4.0 VALOR REFERENCIAL 4
5.0 MODALIDAD DE CONTRATACIÓN 5
6.0 SISTEMA DE CONTRATACIÓN 5
7.0 PLAZO DE ENTREGA 5
8.0 ADELANTO, FORMA Y CONDICIONES DE PAGO 5
9.0 CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL CONTRATO 5
10.0 PENALIDADES 5
11.0 RESOLUCION DEL CONTRATO 5
12.0 SOLUCION DE CONTROVERSIAS 5
13.0 LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN 5
14.0 VISITA AL LUGAR (Opcional) 5
15.0 DE LAS CONSULTAS, ABSOLUCIONES Y OBSERVACIONES A LAS BASES 6
16.0 ACTOS DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS 7
17.0 DE LAS PROPUESTAS: Rotulado, Contenido, Requisitos y Validez de la Oferta 8
18.0 IDIOMA (Artículo 54º del Reglamento) 9
19.0 DECLARACION O INFORMACION FALSA 10
20.0 CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS 10
21.0 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 10
22.0 RECURSOS IMPUGNATIVOS 10
23.0 DOCUMENTOS A PRESENTAR PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO 11
24.0 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 12
25.0 NORMAS DE SEGURIDAD 12
26.0 DISPOSICIÓN FINAL 12
BASES TÉCNICAS 13
1.0 FACILIDADES 13
2.0 RESPONSABILIDADES 13
3.0 ALCANCE DE LA ENTREGA DEL MATERIAL 13
4.0 GARANTIA DE CALIDAD 13
5.0 CERTIFICADO DE GARANTÍA DEL FABRICANTE 14
6.0 EMBALAJE 14
7.0 DESPACHO, TRANSPORTE Y LUGAR DE ENTREGA 14
8.0 CONDICIONES PARA LA ENTREGA DEL BIEN 14
9.0 RECEPCION Y CONFORMIDAD DEL BIEN 14
10.0 DESCARGA Y APILADO DEL MATERIAL 14
11.0 LIQUIDACION DEL CONTRATO 15
ANEXO N° 01 - PROFORMA DE CONTRATO 16
ANEXO N° 02 - EVALUACIÓN DE PROPUESTAS 21
ANEXO N° 03 - “CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA” 23
ANEXO N° 04 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 24
ANEXO N° 05 - Manipuleo de Mangueras Submarinas 27
ANEXO N° 06 - Pronunciamiento N° 042-2003(GTN) del CONSUCODE 29
FORMATO N° 01 - Experiencia en la Actividad (operaciones comerciales similares ) del Postor 30
FORMATO A - DECLARACION JURADA (Numeral a) del Art. 60° del Reglamento) 31
FORMATO B - DECLARACION JURADA (Artículo 56° del Reglamento) 32
FORMATO C - PROMESA FORMAL DE CONSORCIO 33
FORMATO D - DECLARACIÓN JURADA DE SER PEQUEÑA O MICROEMPRESA 34
FORMATO E - PLAZO DE ENTREGA 35
FORMATO F - Modelo de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato 36
Adjunto N° 01 - Presupuesto Base de PETROPERU 37
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERÚ S.A. REFINERÍA CONCHÁN RUC Nº 20100128218 CRONOGRAMA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (Segunda Convocatoria)
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I. |
OBJETO DEL PROCESO Adquisición. |
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II. |
DESCRIPCIÓN BÁSICA DEL OBJETO DEL PROCESO Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”X. Xx Xxxxx Carcasa |
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III. |
CÓDIGO CIIU DEL OBJETO DEL PROCESO 251907 |
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IV. |
VALOR REFERENCIAL US$ 283,683.29 Doscientos Ochenta y Tres Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 29/100 Dólares Americanos (Inc. I.G.V.) |
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V. |
FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Propios |
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VI. |
LUGAR DE ENTREGA Almacenes de Refinería Conchán. Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0 - Xxxxx, Xxxx |
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VII. |
BASES |
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1. |
Lugar de Venta |
: |
Oficina del Comité Especial Refinería Conchán Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0 - Xxxxx, Xxxx Teléfono: 000-0000 anexo 4243 |
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2. |
Horario |
: |
08:30 a.m. a 11:30 a.m. 01:30 p.m. a 04:00 p.m. | |||
3. |
Costo |
: |
S/. 5.00 (Cinco Nuevos Soles). Pago en Efectivo. |
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VIII. |
CALENDARIO |
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1. Venta de Bases |
(Del 27/02/2004 al 18/03/2004) |
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2. Presentación de Consultas, Aclaración; por escrito en la Oficina de Trámite Documentario, hasta las 4:00 p.m. |
(Del 27/02/2004 al 04/03/2004) |
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3. Visita a las Instalaciones (Opcional) |
(El 03/03/2004 a las 10:30 a.m.) |
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4. Absolución de Consultas |
(El 11/03/2004) |
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5. Presentación de Observaciones, hasta las 4:00 p.m. |
(Del 12/03/2004 al 16/03/2004) |
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6. Integración de Bases |
(El 17/03/2004) |
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7. Presentación de Propuestas (Sobre N° 01 y 02) |
(El 30/03/2004 a las 10:30 a.m.) |
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8. Apertura de Propuestas Técnicas (Sobre N° 01) |
(El 30/03/2004 a las 10:30 a.m.) |
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9. Apertura de Propuestas Económicas (Sobre N° 02) |
(El 05/04/2004 a las 10:30 a.m.) |
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10. Otorgamiento de la Buena Pro |
(El 07/04/2004 a las 10:30 a.m.) |
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LUGAR DE ACTOS PUBLICOS Auditorio de Refinería Conchán - Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0, Xxxxx COMITÉ ESPECIAL
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BASES ADMINISTRATIVAS
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. con RUC Nº 20100128218, en adelante PETROPERU, convoca al Proceso de Selección por Licitación Pública Internacional, para la “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”; material requerido para mantener la operatividad del amarradero en condiciones de atender las operaciones de carga y descarga de hidrocarburos a/desde los buques tanque.
El Proceso de Selección se realizará en los términos y condiciones que se detallan en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos; de acuerdo al Cronograma adjunto.
Constitución Política del Perú.
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, en adelante la Ley.
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, en adelante el Reglamento.
Resolución N° 063-2003-CONSUCODE/PRE aprobando Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/ PRE, sobre disposiciones complementarias para la participación de postores en Consorcio en las Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.
Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito del FONAFE para el año 2004, aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE.
Ley Nº 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 26887- Ley General de Sociedades.
Todas las disposiciones legales y normas complementarias vigentes que sean aplicables.
Puede participar como Postor cualquier persona natural o jurídica que sea fabricante, representante o distribuidor formalmente constituido y autorizado por el fabricante para suministrar los bienes materia de la presente Licitación Pública Internacional, a condición que hayan adquirido las presentes Bases, sometiéndose al cumplimiento de las mismas y al Marco Legal arriba descrito.
Pueden participar, asimismo, Postores en Consorcio, de acuerdo al Artículo 37º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con lo establecido por la Ley General de Sociedades Nº 26887. Para ello uno de los miembros necesariamente deberá adquirir las Bases.
Los Adquirientes de Bases dejarán constancia escrita del nombre o razón social con que participarán, precisando su domicilio legal, teléfono y/o fax, a los que se remitirán las comunicaciones pertinentes.
Están impedidos de ser postores y/o contratistas las personas naturales o jurídicas, funcionarios públicos, entre otros, que estén taxativamente comprendidos en el artículo 9° de la Ley.
No puede participar aquél Postor (en caso de Consorcio las partes) que está(n) incluido(s) en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.
Los postores en un Proceso de Selección están prohibidos de celebrar acuerdos, entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de libre competencia, de conformidad con lo señalado en el Artículo 10° de la Ley. En tal sentido, ninguna persona natural o jurídica podrá representar a más de un Postor.
El Valor Referencial de la presente Licitación Pública Internacional es de US$ 283,683.29 (Doscientos Ochenta y Tres Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 29/100 Dólares Americanos), en términos DDP Almacén Refinería Conchán - DELIVERED DUTY PAID (Entregada derechos pagados - Almacén Refinería Conchán) - INCOTERMS 2000, incluidos todos los tributos, costos arancelarios, seguros, impuestos, certificados de calidad, pruebas, embalaje, inspección, transporte, fletes, estiba y desestiba (de ser el caso), alquiler de montacargas, etc. y las coordinaciones del caso para la entrega y descarga de las mangueras en el lugar indicado por PETROPERU dentro de los almacenes de Refinería Conchán, y en general todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, y demás gastos.
Cabe remarcar que el término DDP va asociado siempre al punto de destino acordado; el cual, en este caso, es el Almacén de Refinería Conchán. En tal sentido, el CONTRATISTA deberá entregar y descargar las mangueras en el lugar que se le indique, dentro de los almacenes de Refinería Conchán. Sírvanse ver el Adjunto Nº 1 de las Bases y la Cláusula Cuarta de la Pro forma de Contrato (Anexo Nº 01).
Las propuestas serán formuladas en Dólares Americanos, con dos (02) cifras decimales, incluidos el IGV. Aquellas propuestas que excedan en más del 10% al Valor Referencial US$ 312,051.61 (Trescientos Doce Mil Cincuenta y Uno y 61/100 Dólares Americanos), o sean inferiores al 70% del Valor Referencial US$ 198,578.31 (Ciento Noventa y ocho mil quinientos setenta y ocho y 31/100 Dólares Americanos), serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.
El Valor Referencial fue calculado con los costos del mes de Febrero del 2004.
Con financiación de Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.
A Precios Unitarios, de acuerdo a la estructura de la “Carta de Propuesta Económica” (Anexo N° 03).
El plazo de entrega requerido por PETROPERU es de Ciento Veinte (120) días naturales, contabilizados desde el día siguiente de firmado el Contrato hasta su entrega en el Almacén de Refinería Conchán. Este plazo es referencial. Se evaluará el plazo propuesto por el Postor.
ADELANTO, FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
Adelanto.- No se contemplan adelantos.
Pago.- Una vez recibidas conforme la totalidad de las mangueras, PETROPERÚ efectuará el pago dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes de presentada correctamente la factura, la guía de entrega y la conformidad de la recepción de las mangueras. Las facturas no presentadas correctamente serán devueltas al CONTRATISTA para su respectiva subsanación, rigiendo el plazo de los treinta (30) días calendarios a partir de la fecha de su correcta presentación.
En caso de requerirse efectuar el pago a una cuenta bancaria en el extranjero, éste se realizará mediante transferencia cablegráfica, luego de recibidos los bienes a conformidad. Los gastos bancarios serán por cuenta de PETROPERU S.A.
Asimismo, puede considerarse como término de pago, una carta de crédito “a la vista”, lo cual garantizaría el pago al proveedor, luego de recibidos los bienes a conformidad.
Deducciones.- PETROPERU queda autorizado a deducir cualquier gasto que por acción u omisión del CONTRATISTA le genere un desembolso económico, el que deberá acreditar posteriormente con la documentación pertinente; así como a solicitar la ejecución de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, de no efectuar el CONTRATISTA el reembolso directa y voluntariamente en el lapso que fije PETROPERU.
CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL CONTRATO
El Postor que obtenga la Buena Pro, se compromete a cumplir con el objeto del Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
PENALIDADES
Si el Postor favorecido con el otorgamiento de la Buena Pro incumple con la entrega de la(s) garantía(s) como también se negase a suscribir el Contrato, PETROPERÚ pondrá en conocimiento del Tribunal del CONSUCODE los hechos para la aplicación de las sanciones conforme al Artículo 205° del Reglamento. Similar acción procede si el CONTRATISTA incumple con las obligaciones a su cargo y PETROPERÚ tuviera que imponer una penalidad o Resolver el Contrato.
Si el CONTRATISTA incumple con sus obligaciones establecidas en el Contrato, las presentes Bases y su propuesta técnica, PETROPERU aplicará la penalidad máxima establecidas en el artículo 142° del Reglamento; quedando facultado para resolver el Contrato de conformidad con los artículos 143° y 144° del Reglamento. Asimismo, solicitará al Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado la imposición de la sanción determinada en el artículo 205° del Reglamento e iniciará las acciones correspondientes al establecimiento de la responsabilidad civil y penal de las infracciones cometidas y los daños causados.
RESOLUCION DEL CONTRATO
PETROPERU podrá resolver el Contrato por las causales señaladas en los artículos 143° y 144° del Reglamento.
En caso de existir controversia después de suscrito el Contrato, esta será resuelta mediante Arbitraje conforme al artículo 186º y 187º del Reglamento.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Los contratantes dejan constancia para todos los efectos que la presente relación contractual se sujeta a las disposiciones de las leyes del Perú, renunciando expresamente el CONTRATISTA, a toda jurisdicción extranjera o a cualquier reclamación diplomática.
VISITA AL LUGAR (Opcional)
PETROPERU proporcionará una visita al lugar o charla informativa a los Adquirientes de Bases sólo en la fecha y hora indicada en el cronograma. La asistencia es recomendable y se efectuará con la finalidad de:
Verificar en sitio, la magnitud y dificultades de las obligaciones contractuales.
Aclarar las consultas sobre aspectos señalados en las Bases.
Confrontar lo dispuesto en las Bases y lo observado en el área.
Y en general todas las aclaraciones necesarias que sea pertinente.
La inasistencia del Adquiriente de Bases a la visita del lugar no dará lugar a reclamos derivados de este acto. Cualquier consulta efectuada durante la visita debe ser oficializada por el Adquiriente de Bases en la Etapa de Consultas.
Las Consultas y las observaciones a las Bases se formularán por escrito, en original y en idioma español, en el plazo y horario descrito en el Aviso de la Convocatoria y el Cronograma de las Bases, debiendo entregarse únicamente en la Oficina de Trámite Documentario de Refinería Conchán, sito en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0 Xxxxx, Xxxx. El documento debe dirigirse de la siguiente manera:
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERU S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria) “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Formulación de Consultas:
Los adquirientes de Bases podrán formular consultas o solicitar la aclaración de cualquiera de sus extremos, o plantear solicitudes respecto a ellas.
Absolución de Consultas
El Comité Especial absolverá las consultas, aclarará las Bases o se pronunciará sobre las solicitudes, según corresponda, en la fecha establecida en el Cronograma, mediante un pliego absolutorio que, debidamente fundamentado y sustentado, se hará de conocimiento de todos los adquirientes en forma simultánea y quedará a disposición de éstos en la Oficina del Comité Especial, sito en la Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0 Xxxxx, Xxxx.
La Absolución de Consultas así como los documentos complementarios que emita el Comité Especial, formarán parte integrante de las Bases del presente Proceso de Selección.
Observación a las Bases
Las Observaciones a las Bases serán presentadas dentro de los tres (03) días hábiles siguientes de haber finalizado el término para la Absolución de las Consultas.
El Comité Especial evaluará las observaciones, presentadas por los adquirientes de Bases en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. Si acoge las observaciones, notificará su decisión a todos los adquirientes al día siguiente de adoptada la decisión.
Si el Comité Especial no acoge las observaciones, oficiará al Adquiriente de las Bases cuyas observaciones no hayan sido acogidas, para que cumpla con cancelar la tasa que por dicho concepto prevé el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del CONSUCODE.
En el caso que el adquiriente de Bases observante, no cumpla con cancelar el monto de la tasa a su cargo dentro de las 48 horas siguientes a la recepción del oficio de requerimiento; el Presidente del Comité Especial aplicará lo prescrito en la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, teniendo como no presentadas las observaciones no acogidas.
Si el Comité Especial no acoge las observaciones, elevará todo lo actuado al CONSUCODE dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de vencido el término para evaluarlas. El Consejo resolverá en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles y notificará su pronunciamiento al Comité Especial dentro del día siguiente de emitido.
El Comité Especial procederá a integrar las Bases a mas tardar al día siguiente de haber sido notificado con el pronunciamiento del CONSUCODE, debiendo notificar dicha integración en forma simultánea, tanto a los adquirientes de Bases como al CONSUCODE, al día siguiente de producida la citada integración.
Integración de las Bases
Una vez acogidas o resueltas, en su caso, todas las observaciones, o si éstas no se han presentado dentro del plazo indicado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas del proceso.
Interpretación de las Bases
Una vez integradas las Bases, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas, durante el ejercicio de sus funciones y sólo para los efectos de su aplicación, sin perjuicio de lo que eventualmente resuelva el CONSUCODE a raíz de una impugnación.
Prórroga o Postergación del proceso
El Comité Especial podrá acordar prorrogar o postergar las etapas de la presente Licitación Pública Internacional, comunicando en forma oportuna a todos los Adquirientes de Bases y publicando en los mismos diarios en los que se efectuó la convocatoria.
Cancelación del Proceso
PETROPERU, por las causales previstas en el artículo 34° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, podrá cancelar la presente Licitación Pública Internacional. El Comité Especial comunicará dicha decisión a todos los adquirientes de las Bases conforme a la forma y procedimientos señalados por Xxx.
Los actos públicos de Presentación de Propuestas, Apertura de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro se realizarán en presencia del Comité Especial y con la participación de un Notario Público; y se llevará a cabo en el Auditorio de Refinería Conchán, sito en la Antigua Panamericana Sur Km. 26.5 Lurín - Lima, de acuerdo al Cronograma.
Acreditación de Representantes
Para los actos de Presentación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro los postores concurrirán personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité Especial mediante carta simple. Una persona natural o jurídica no podrá representar a más de un Postor.
El Postor o su representante se identificarán ante el Notario, con su credencial (DNI o Carnet de Extranjería) y la carta de presentación.
Acto de Recepción de Propuestas y Apertura de Sobres N° 01 (Propuestas Técnicas)
Se llevará a cabo en público en el lugar de actos públicos, en la fecha y hora establecidas en el Aviso de la Convocatoria y en el Cronograma de las Bases, ante el Comité Especial y con intervención de un Notario Público.
En caso el Notario Público no asistiera en la hora indicada, el Comité Especial podrá postergar el acto de recepción, a menos que la totalidad de los postores presentes den su conformidad para extender una hora más, el que en ningún caso se excederá de dicho término.
El Presidente del Comité Especial iniciará el acto disponiendo que se dé lectura al aviso de convocatoria; a continuación se llamará a los postores en el orden en que adquirieron las Bases para la entrega de sus propuestas. Si el Postor no se encuentra presente se tendrá por desistido de participar. Si algún Postor fuera omitido, podrá acreditarse con la presentación del Comprobante de Pago de las Bases y hará entrega de sus sobres. Los integrantes de un Consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un Consorcio.
Públicamente se abrirán los sobres de las propuestas técnicas y se verificará si está completo el contenido de cada uno, las cuales serán evaluadas y calificadas posteriormente, en consecuencia, los sobres de las propuestas económicas serán introducidos en un sobre que será cerrado y firmado en los puntos de cierre por los miembros del Comité Especial y el Notario Público, dicho sobre quedará en custodia xxx Xxxxxxx.
Es obligatoria la presentación de todos los documentos requeridos y el Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada Postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento, de no ser así el Comité Especial los devolverá teniéndolos por no presentados, salvo que el Postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el Acta y el Notario Público autenticará una copia de la propuesta, la cual mantendrá en su poder hasta el momento en que el Postor formule apelación o deje consentir la devolución. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.
Si durante el acto el Postor o su representante, que hubiera presentado oferta válida, formulara reclamación, se dejará constancia de ello en el Acta. El Comité Especial en el mismo acto resolverá la reclamación y tomará decisión fundamentada sobre ella, lo que constará en Acta y no dará lugar a debate alguno. El Acta será firmada por los miembros del Comité Especial y los postores o sus representantes que así lo deseen y que hayan presentado sus propuestas. Para presentar las reclamaciones de que trata el párrafo anterior es necesario acreditar la condición de representante autorizado del Postor. En todos los demás casos, se entenderá que puede obrar en nombre del Postor cualquier persona que sea portadora de los sobres.
En el caso que por hecho imprevisto no pueda llevarse a cabo el acto público para la recepción de propuestas, el Comité Especial señalará nueva fecha, la que será comunicada a todos los adquirientes de Bases y será publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el diario que se publicó la convocatoria.
Acto de Apertura de Sobres Nº 02 (Propuestas Económicas)
Una vez evaluada y calificada la propuesta técnica, el Comité Especial se reunirá en el lugar de actos públicos en la fecha y hora prevista en el Aviso de la Convocatoria y en el Cronograma de las Bases para la apertura de los sobres de las propuestas económicas en presencia xxx Xxxxxxx Público.
El Presidente del Comité Especial iniciará el acto dando lectura del resultado de la evaluación técnica y el orden de prelación de las propuestas. A continuación el Notario Público mostrará, para su debida verificación por los miembros del Comité Especial y los Postores, los sobres Nº 02 que quedaron bajo su custodia en el Acto anterior, que se encuentran debidamente encintados y con las firmas correspondientes.
Luego el Notario Público procederá a la apertura de los sobres Nº 02 (propuestas económicas) de aquellos postores que calificaron técnicamente y dará lectura a las ofertas respectivas. El Comité Especial revisará si las propuestas cumplen con los requisitos señalados e informará si son válidas o no, lo cual se anotará en Acta.
El Comité Especial, cuando corresponda, devolverá los sobres Nº 02 (propuesta económica) de el/los Postor/es que no alcanzaron el puntaje mínimo señalado en las Bases.
DE LAS PROPUESTAS: Rotulado, Contenido, Requisitos y Validez de la Oferta
Rotulado de Sobres
Las propuestas serán presentadas en Acto Público en dos sobres cerrados (en original y dos copias): Propuesta Técnica (Sobre N° 01) y Propuesta Económica (Sobre N° 02), deberán estar perfectamente cerrados y rotulados como:
-
Sobre N°:
01
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU S.A. - REFINERÍA CONCHAN
Comité Especial
LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
“Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Propuesta Técnica
<Nombre del Postor>
-
Sobre N°:
02
PETRÓLEOS DEL PERÚ - PETROPERU S.A. - REFINERÍA CONCHAN
Comité Especial
LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
“Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Propuesta Económica
<Nombre del Postor>
Contenido de las Propuestas
Los sobres de acuerdo con los artículos 60° y el 4to párrafo del artículo 59° del Reglamento, contendrán y es obligatoria la presentación de todos los documentos siguientes:
Sobre N° 01 - Propuesta Técnica
Declaración Jurada señalando el nombre o razón social del Postor o representante legal, domicilio, Objeto Social, inscripción en los Registros Públicos, cuando se trate de postores nacionales, para los postores extranjeros la inscripción en los Registros Públicos del país de origen e indicación del documento de identidad. (Formato A). En caso de Consorcios, cada empresa que la integre deberá presentar la presente Declaración Jurada.
Declaración Jurada de acuerdo a lo establecido en el Art. 56° del Reglamento (Formato B). En caso de Consorcios, cada empresa que la integre deberá presentar la presente Declaración Jurada.
Promesa de Consorcio, de ser el caso. (Formato C).
Declaración Jurada de ser una pequeña o microempresa, si fuera el caso. (Formato D). En caso de Consorcios, cada empresa que la integre deberá presentar la presente Declaración Jurada.
De ser el caso, si el Postor es representante o distribuidor, obligatoriamente presentar Copia simple de la autorización del fabricante.
Documentación probatoria de la información consignada para los factores de evaluación:
Referidos a los Bienes y Suministros:
Especificaciones Técnicas: debidamente detalladas de acuerdo al Anexo N° 04, sustentadas, según corresponda, con folletos, planos, catálogos, certificados de calidad, entre otros.
Referidos al Postor:
Experiencia en la Actividad: copia simple de constancias tales como: Contratos, Órdenes de Compra, Facturas, Guía de Entrega y/o Actas de Recepción de Bienes excepto: certificados, cartas y/o informes técnicos, fotografías); consignar información de acuerdo al Formato Nº 01.
Para que sean aceptados los documentos sustentatorios a los que se hace referencia, deben ser legibles, expresar la razón social del Postor, los montos, moneda, fecha y descripción detallada de las mangueras.
Plazo de Entrega: Plazo de Entrega de los Bienes, en días naturales propuesto por el Postor. (Formato E).
Procedimiento de Entrega de Bienes calendarizado, propuesto por el Postor en un diagrama xx XXXXX, acorde con el Plazo de Entrega propuesto.
Sobre N° 02 - Propuesta Económica
El Monto total de la propuesta a Precios Unitarios, de acuerdo a la estructura de la “Carta de Propuesta Económica” del Anexo N° 03.
Requisitos de las Propuestas
Toda propuesta deberá cumplir con los siguientes requisitos:
La documentación contenida en cada sobre no tendrá borraduras, enmendaduras o corrección alguna; deberá estar foliada correlativamente empezando por el número uno, sellada y rubricada en cada hoja y firmada en la última hoja por el Postor o su representante legal.
En los casos de consorcios, los documentos deberán estar foliados correlativamente empezando por el número uno, sellados y rubricados en cada hoja y firmado en la última hoja por cada uno de los socios o su representante legal; o por el representante legal común.
Si existieran defectos de forma como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de dos días hábiles desde la presentación de la misma, para que el Postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto a condición de la efectiva enmienda del defecto dentro del plazo previsto, teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 59° del Reglamento, dejándose constancia en el Acta.
En el caso de presentarse errores u omisiones en la propuesta económica, ésta no podrá subsanarse, de acuerdo al Art. 59° literal d) del Reglamento.
Si las propuestas económicas exceden el límite máximo o son menores al límite mínimo del Valor Referencial señalado en las Bases, se tendrán por no presentadas y serán devueltas por el Comité Especial (artículo 33° de la Ley).
No se aceptarán ofertas alternativas.
Validez de la Oferta
El plazo mínimo de validez de la oferta se extenderá hasta la fecha de la firma del Contrato por el ganador de la Buena Pro o el que quedase en el segundo lugar, de ser el caso. Las propuestas que no se ajusten a este requisito se tendrán por no presentadas.
Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas en el proceso de selección se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original.
El Postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Son Documentos con información “esencial”, todos aquellos documentos necesarios para evaluar la propuesta presentada por el Postor y que están descritos según corresponda, en el numeral 17.2 de las Bases Administrativas.
PETROPERU no tiene una relación de traductores oficiales, los mismos que, de requerirse, deberán ser solicitados al Ministerio de Relaciones Exteriores, según normas establecidas al respecto.
Las declaraciones o afirmaciones falsas acarrearán la descalificación de las propuestas en la medida que exista prueba de su comisión, comunicándose este hecho al CONSUCODE, sin perjuicio de las acciones legales que se deriven de tales hechos.
Asimismo, se precisa claramente que incurre en la comisión del delito tipificado en el Artículo 411º del Código Penal, quien presente una falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que le corresponde probar, violando la presunción de veracidad establecida en la Ley.
El Comité Especial evaluará y calificará las propuestas técnicas y económicas sobre la base de los criterios y factores de evaluación que figuran en el Anexo N° 02. La evaluación de propuestas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º del Reglamento.
OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Elaborados los cuadros y determinado el otorgamiento de la Buena Pro, en el Lugar de Actos Públicos en la fecha y hora prevista en el Aviso de la Convocatoria y en el Cronograma de las Bases, se reiniciará el acto público y el Comité Especial anunciará el resultado de la evaluación técnico-económica de las propuestas, a través de un cuadro comparativo, indicando la razón social de los postores, su puntaje total alcanzado y el orden de prelación de las propuestas, señalando a continuación la propuesta ganadora de la Buena Pro.
Cualquier Postor podrá solicitar por escrito copia del Acta y detalle de las calificaciones otorgadas a las propuestas, la misma que le será entregada dentro del día siguiente de presentada su solicitud. En el supuesto que dos o más propuestas empaten, la adjudicación se decidirá de conformidad con lo determinado en el artículo 73° del Reglamento.
Si durante el acto, algún Postor manifiesta su intención de impugnar el Otorgamiento de la Buena Pro, se dejará constancia de ello en el acta y no dará lugar a debate alguno. Cualquier reclamación que quede sentada en el acta por parte del Postor, sólo tendrá efectividad cuando sea presentado y admitido el recurso de apelación respectivo.
La impugnación al otorgamiento de la Buena Pro está reservada sólo para aquellos postores que participaron en este acto (Ref. Acuerdo del Tribunal del CONSUCODE Nº 014/009 del 12/08/2002), es decir aquellos que tuvieron propuestas técnicas y económicas válidas.
El informe con los resultados de la evaluación así como el acuerdo de otorgar la Buena Pro adoptados por el Comité Especial, o en su caso, la decisión de declarar desierto el proceso, constará en el Acta en la que figurará la decisión fundamentada del Comité Especial. La decisión adoptada será notificada a los postores participantes y una vez consentida se publicará, por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano de acuerdo a lo señalado en el artículo 91° del Reglamento.
En el caso de que el otorgamiento de la Buena Pro quedase sin efecto, ya sea por incumplimiento de la entrega de las garantías, establecidas en los Artículos 122° y 123° del Reglamento, o por no suscribir el Contrato dentro del plazo señalado, se otorgará la Buena Pro al Postor que hubiere ocupado el segundo lugar, sin perjuicio de las sanciones al Postor que hubiera incumplido.
RECURSOS IMPUGNATIVOS
Los recursos impugnativos que pueden interponerse acerca de actos de Licitación Pública son: el Recurso de Apelación y el Recurso de Revisión, los mismos que podrán ser presentados de acuerdo a lo dispuesto en el Título IV, Capítulo I del D.S. Nº 013-2001-PCM.
Los recursos de apelación están regulados por los Artículos 166º al 171º del Reglamento. Con ellos se impugnan los actos dictados dentro del desarrollo del Proceso de Selección, con excepción de las resoluciones de la máxima autoridad administrativa.
El recurso de apelación se presentará ante el Comité Especial, quien lo elevará, para su correspondiente resolución, a la máxima autoridad administrativa.
Las Bases no podrán impugnarse por esta vía.
Los recursos de revisión están regulados por los Artículos 172º al 180º del Reglamento.
Con ellos se impugnan:
La declaración de inadmisible, improcedente o infundado el recurso de apelación.
La denegatoria ficta, recaída sobre el recurso de apelación.
Las resoluciones de la máxima autoridad administrativa, distintas a las derivadas de la interposición del recurso de apelación.
El recurso de revisión se presentará ante el Tribunal, quien lo tramitará y resolverá con arreglo a lo establecido en los Artículos 178º y siguientes del Reglamento.
DOCUMENTOS A PRESENTAR PREVIOS A LA FIRMA DEL CONTRATO
Consentida la Buena Pro, el Postor ganador presentará a la Oficina de Logística, como requisito indispensable para suscribir el Contrato, los siguientes documentos:
Garantías (de acuerdo al Formato F, adjunto)
Garantía de Fiel Cumplimiento.- Debe tener un importe equivalente al 10% del monto total del Contrato incluido el IGV y una vigencia hasta la aprobación de la liquidación final del Contrato. En el caso que fuese renovado el plazo del Contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento deberá también ser renovada por un término igual al señalado para el cumplimiento del mismo. Las Garantías se ejecutarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta.- Debe ser presentada por el Postor favorecido en el caso que su propuesta económica fuese inferior al Valor Referencial en más del 20% de aquel (el monto incluye IGV). Debe ser presentada conjuntamente con la Garantía de Fiel Cumplimiento, cumpliendo las mismas condiciones y vigencia. Esta garantía adicional es por un monto equivalente a la diferencia entre el Valor Referencial y la Propuesta Económica.
Nota:
Las mencionadas garantías deberán ser emitidas por entidades sujetas al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o estar consideradas en la última lista de Bancos Extranjeros de Primera Categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva.
Devolución de Garantías
Las garantías se devolverán una vez que la liquidación final esté aprobada y en caso no se configure ninguno de los supuestos del artículo 124° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Constancia de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado (en el caso de Consorcio, de cada una de los miembros)
Fotocopia Simple de:
Registro Único de Contribuyente del Postor (RUC).
Ficha de Inscripción en los Registros Públicos de la empresa.
Vigencia de Poder del Postor o su Representante Legal emitido por los Registros Públicos.
Documento de identidad del Postor o de su Representante Legal.
En caso de ganar la Buena Pro una empresa extranjera no domiciliadas en el país, presentará solo lo descrito en los literales (c) y (d), y cumplir con los requisitos establecidos por la legislación peruana para la firma de Contratos dentro del territorio nacional.
En el caso que la Buena Pro fuese otorgada a un Consorcio, éstas adicionalmente deberán presentar la siguiente documentación:
Documento en el que conste la Constitución del Consorcio, la responsabilidad solidaria y el grado o porcentaje de participación que las empresas integrantes asumen ante PETROPERU. Este Documento deberá ser legalizado notarialmente y en él debe aparecer el convenio de las empresas para contratar en forma asociada el Servicio a que se refiere el presente concurso, asumiendo ellas responsabilidad solidaria en forma individual o conjunta frente a PETROPERU.
Copia Certificada Notarialmente de las autorizaciones otorgadas y aprobadas por los órganos competentes de cada una de las empresas, según lo determinen la naturaleza de éstas y sus estatutos, para la constitución del Consorcio.
Documento Notarial por el cual se designe un representante o apoderado común con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que se deriven del Contrato.
Los requisitos para la formalización del Consorcio que eventualmente gane la Buena Pro, se ceñirán a lo dispuesto en el acápite VI de la Directiva Nº 001-2001-CONSUCODE/PRE, sobre formalización de consorcios a los que se haya otorgado la Buena Pro en los Procesos de Selección sujetos a la Ley Nº 26850 y su Reglamento, aprobada por Resolución Nº 019-2001-CONSUCODE/PRE.
El Postor al que se haya otorgado la Buena Pro deberá cumplir con suscribir el Contrato cuya proforma Anexo N° 01 se adjunta, en la fecha que PETROPERU indique de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118° del Reglamento.
En caso que el Postor ganador no se presente en el día previsto se aplicará lo señalado en el numeral 3 del Art. 118° del Reglamento.
En aplicación a lo dispuesto por el Artículo 19° de la Ley Nº 26790 y el Artículo 82° de su Reglamento, mediante los cuales se crea el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo; y a lo señalado en el Anexo 5 del Reglamento antes citado, aprobado por D.S. Nº 009-97-SA y modificado por el D.S. Nº 003-98-SA, las refinerías de petróleo están consideradas como actividades de alto riesgo; por lo que, los contratistas y subcontratistas que destacan a su personal a las instalaciones de la Refinería Conchán, están obligados a contratar para este personal, las pólizas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo con las correspondientes coberturas para las prestaciones de salud y para la de invalidez y sepelio.
El Contratista presentará copia de los contratos del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo para todo el personal que destaque a Refinería Conchan de PETROPERU, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 83° y 84° del D.S. N° 009-97-SA., celebrados con:
ESSALUD o una EPS, con los que se acrediten la contratación de la cobertura de prestaciones de salud.
La ONP o una Compañía de Seguros, con los que se acrediten la contratación de la cobertura de invalidez y sepelio.
Todo el personal del Contratista dentro de las instalaciones de Refinería Conchán, estará dotado de los implementos exigidos por las normas de seguridad, siendo de obligatorio cumplimiento las normas de seguridad contempladas en Folleto M-040, “Manual de Seguridad para Contratistas” de PETROPERU, cuya copia se incluye.
Todo aquello no previsto en las Bases de este Proceso de Selección se sujetará a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobado por D.S. N° 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por D.S. N° 013-2001-PCM, así como a las normas complementarias y modificatorias.
La preparación de ofertas o cualquier otro gasto relacionado con el presente Proceso de Selección, no genera ningún derecho al Postor de cobro por dichos gastos.
Los postores tendrán en cuenta que la interpretación de lo preceptuado en estas Bases, en el acto de recepción, y apertura de propuestas, y después de él, hasta la culminación del Proceso de Selección, es atribución del Comité Especial quien goza de plena autonomía en el ejercicio de sus funciones.
El Comité Especial
BASES TÉCNICAS
PETROPERU no otorgará al Contratista facilidades como son: embalaje, estiba, desestiba, desaduanaje, manipuleo, montacargas o grúa, equipos, pasajes, transporte, movilidad, alimentación, telefonía, etc.; excepto los que expresamente se indiquen. Por ello, las facilidades requeridas deben ser consideradas en sus costos.
RESPONSABILIDADES
El CONTRATISTA es responsable de la entrega de los bienes, conforme a las Bases, Consultas, Absoluciones y a su Propuesta Técnica - Económica.
El CONTRATISTA usará sus propios recursos y entregará los bienes proporcionando labor, dirección técnica, financiera y administrativa necesaria para la completa ejecución del Contrato.
El CONTRATISTA acepta liberar y eximir a PETROPERU de toda responsabilidad cuando ésta se genere por el incumplimiento de las normas aplicables a la ejecución del objeto del Contrato.
El CONTRATISTA estará impedido de asumir obligaciones pecuniarias, adquirir crédito o efectuar adquisiciones a nombre de PETROPERU.
En caso que por comisión, omisión o negligencia del CONTRATISTA resultara con ocasión de la ejecución del Contrato, perjudicando a terceros, su personal, inclusive al personal y/o bienes de PETROPERU, el CONTRATISTA responderá civil y/o penalmente en forma exclusiva.
El CONTRATISTA procederá por su propia cuenta a indemnizar el daño causado al personal antes mencionado y a reparar los deterioros que ocasione el CONTRATISTA o su personal a los bienes de PETROPERU o de terceros.
El CONTRATISTA cuidará que toda información, de cualquier origen, referida a las instalaciones y personal de PETROPERU, que por razones de trabajo llegue a conocimiento de su personal, se mantenga en estricta reserva. Cualquier infidencia que a criterio de PETROPERU pueda afectarle, será considerada como falta grave, siendo causal suficiente para resolver el Contrato.
El CONTRATISTA permitirá al personal de PETROPERU supervisar o examinar lo concerniente al objeto del Contrato en cualquier momento, brindando las facilidades necesarias para realizar dichos controles. Los gastos de supervisión estarán a cargo de PETROPERU.
PETROPERU a su costo, se reserva el derecho de designar a terceros para velar por la correcta realización y cumplimiento de los aspectos técnicos del Contrato, lo cual no disminuye en nada la responsabilidad del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA suministrará materiales nuevos. No se admitirán materiales que muestren signos de uso previo, mal almacenaje, manipuleo, oxidación, etc.
PETROPERÚ tiene derecho de rechazar el equipo o material que se encuentre dañado, defectuoso, no cumpla con las especificaciones técnicas o no preste las garantías debidas de funcionamiento y podrá solicitar su cambio.
En caso fortuito, que se presentasen fallas posteriores a la entrega, imputables al CONTRATISTA, este deberá asumir a su costo, la inspección, pruebas, coordinación, y/o de ser el caso el reemplazo. De acuerdo a esto, se requiere especial dedicación para el cumplimiento correcto del objeto del contrato.
ALCANCE DE LA ENTREGA DEL MATERIAL
Entregar a PETROPERU los materiales especificados en el Anexo N° 03 que cumplan las Especificaciones Técnicas del Anexo N° 04, con las diversas pruebas, inspección, certificación y embalaje; incluye los costos arancelarios, impuestos, seguros, fletes, transporte, estiba y desestiba, etc. y las coordinaciones del caso para la entrega y descarga de los bienes (incluye alquiler de montacargas, grúa, o equipo similar) en el lugar indicado por PETROPERU, dentro de los almacenes de Refinería Conchán, y en general todo cuanto de hecho y de derecho es necesario para el cabal cumplimiento del Objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, y demás gastos.
El CONTRATISTA garantizará que todos los bienes suministrados son nuevos, sin uso, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas e incorporan todas las mejoras tecnológicas recientes. El CONTRATISTA garantiza además que todos los bienes entregados estarán libres de defectos atribuibles al proceso de fabricación o a cualquier acto u omisión del CONTRATISTA, que puedan manifestarse durante el uso normal de los bienes en las condiciones imperantes en el destino final.
El CONTRATISTA presentará en original el CERTIFICADO DE GARANTÍA DE FÁBRICA de las mangueras.
El tiempo de garantía mínimo aceptable es de dos (02) años calendario, contados a partir de la fecha de su puesta en operación, durante ese período reemplazará las mangueras que presenten fallas de fabricación, sin costo alguno para PETROPERU, en los almacenes de Refinería Conchán.
PETROPERU comunicará al CONTRATISTA de inmediato y por escrito cualquier reclamo, debiendo el CONTRATISTA reemplazar las mangueras en un plazo no mayor al tiempo especificado en el Formato E - Plazo de Entrega, sin costo alguno para PETROPERU.
Si el CONTRATISTA al recibir la comunicación de PETROPERU, no reemplace dentro de los plazos antes mencionados los bienes requeridos, PETROPERU podrá tomar las medidas correctivas que sean necesarias por cuenta y riesgo del CONTRATISTA y sin perjuicio de las demás acciones que PETROPERU tenga derecho a asumir contra el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA deberá proporcionar el embalaje de los bienes, de acuerdo con las Especificaciones Técnicas del Anexo N° 04, para prevenir el daño de los bienes durante el transporte hacia su destino final.
El CONTRATISTA es responsable del embalaje apropiado de acuerdo a las normas internacionales asegurando su protección durante su manipuleo y transporte por barco o carretera.
Para el despacho y transporte, el CONTRATISTA deberá tomar todas las medidas previsoras del caso a fin de garantizar que los suministros lleguen a los almacenes de PETROPERU en Refinería Conchán (Antigua Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxx Xx. 00.0 - Xxxxx, Xxxx) en perfectas condiciones.
El horario de atención en las instalaciones de Refinería Conchán, es de 08:30 a 16:00 horas, sólo los días hábiles. PETROPERU no está obligado a recibir los bienes, fuera de los días y xxxxxxx de entrega señalados.
La entrega de los bienes se acreditará con la presentación obligatoria de los siguientes certificados o documentos de control de calidad:
Reportes de Inspección avalados por la Lloyds Register of Shipping, Los certificados deberán ser remitidos en original para que puedan ser identificados y garantice el material.
Certificación ISO 9001 del proceso de fabricación de las mangueras.
Certificado original de Garantía del fabricante de las mangueras. Ver numeral 5.0 de las Bases Técnicas.
El personal autorizado xxx Xxxxxxx de PETROPERU firmará un “Acta o Guía de Recepción” del suministro, luego de:
Verificar y Aceptar que el CONTRATISTA ha presentado correctamente los documentos descritos en el numeral anterior;
Efectuar la Inspección visual y la(s) prueba(s) necesaria(s) para comprobar la calidad del bien; y
Verificado el fiel cumplimiento de lo establecido en las Bases.
De no ser encontradas conformes las mangueras, el CONTRATISTA deberá reponer las mangueras observadas dentro del plazo máximo consignado en el Formato E, contados a partir del día siguiente de la notificación. Luego de subsanar las observaciones los bienes se someterán a una nueva revisión. En todos los casos se continuará respetando el plazo de entrega y la aplicación de penalidades.
La conformidad no invalida cualquier reclamo posterior por parte de PETROPERU, al detectarse alguna deficiencia en el bien durante su uso.
El CONTRATISTA realizará la entrega, descarga, manipuleo y apilado de los bienes con equipos adecuados en el lugar indicado por PETROPERU dentro xxx xxxxxxx de Refinería Conchán.
De acuerdo a lo descrito en el acápite “Normas de Seguridad” de las Bases Administrativas, el CONTRATISTA para el personal que designará a fin de realizar la actividad arriba descrita, debe con anterioridad presentar una Programación a la Oficina de Contratos, quien verificará que el personal programado cuente con los seguros de alto riesgo (salud, pensiones) y que no tenga otro impedimento; luego la Programación pasará para la aprobación del Dpto. de Administración y Finanzas, y la Unidad de Seguridad y Protección Ambiental.
Al finalizar el servicio, y dentro de los 15 días siguientes, el CONTRATISTA presentará la Liquidación del Contrato. Art.139° del Reglamento, donde se estipulará:
Memoria descriptiva. Descripción somera del suministro, calidad de los materiales, pruebas, reportes de inspección, certificaciones, etc.
Generalidades. Características del Suministro (Descripción, Modalidad, Plazo de Entrega, etc.)
El Balance Económico. Monto contractual, adicionales, deducciones.
Plazos. Ampliaciones
Penalidades. Multas
ANEXO N° 01 - PROFORMA DE CONTRATO
CONTRATO GRCO-.…-2004
“Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Conste por el presente documento el Contrato para la Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa, que celebran de una parte Petróleos del Perú - PETROPERU S.A, con R.U.C Nº 20100128218, con domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xx 0000, Xxx Xxxxxx - Xxxx, debidamente representada por su …, el Sr. …, con DNI Nº …, con Poder inscrito en la Partida Nº 00000000 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, a quién en adelante se denominará PETROPERU, y de la otra parte … con RUC Nº …, con domicilio en …, inscrita en la Partida Nº…….del Registro………., debidamente representada por su….., Sr…., con DNI Nº … según Poder inscrito en la Ficha/Partida Nº …del Registro de Personas Jurídicas de …, a quién en adelante se denominará el CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:
CLAUSULA PRELIMINAR - ANTECEDENTES
PETROPERU, mediante Avisos publicados en el Diario Oficial “El Peruano” y el diario “…..”, convocó al proceso de selección Licitación Pública Internacional Nº LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria), para la Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa.
La Recepción y Apertura de Sobres de las Propuestas se llevó a cabo el … de … de 2004.
Efectuada la Evaluación Técnico - Económica resultó ganador de la Buena Pro el CONTRATISTA, según consta en el Acta de Otorgamiento de Buena Pro, de fecha … de … de 2004 y en la Carta GRCO-...-…-2004 dirigida al adjudicatario.
CLAUSULA PRIMERA - GENERALIDADES
El presente Contrato se rige por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM y los documentos citados a continuación que forman parte integrante de este Contrato y supletoriamente por las demás normas que resulten de aplicación.
a) Las Bases de la Licitación Pública Internacional No. LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria).
b) Las consultas, aclaraciones, observaciones a las Bases y absoluciones del Proceso de Selección.
c) La Propuesta Técnica y Económica presentada por el CONTRATISTA.
En la eventualidad que pudiera originarse contradicción entre el presente Contrato y las Bases, o en caso de diferencia por omisión en el Contrato de determinadas condiciones contempladas en las Bases, será de aplicación lo establecido en las Bases del Proceso de Selección.
CLAUSULA SEGUNDA - OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente documento, el CONTRATISTA se obliga a entregar, a PETROPERU, Xxxxxxxxx Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa, cumpliendo todo lo establecido en las Bases, el presente Contrato así como en las especificaciones y Anexos que dieron origen al mismo.
El CONTRATISTA manifiesta que ha tenido oportunidad de examinar cuidadosamente las condiciones, requisitos y las especificaciones señaladas en las Bases y el Contrato; visitado el lugar donde entregará los bienes; tomando cabal conocimiento de todas las demás condiciones inherentes al Contrato y que se necesitarán antes y/o durante la ejecución del mismo y demás circunstancias que de cualquier forma pudieran afectar su cumplimiento.
EL CONTRATISTA, se obliga a efectuar la entrega de los bienes adjudicados, en el almacén de Refinería Conchán, ubicada en la Antigua Carretera Panamericana Sur Km. 26.5 Lurín - Lima, de acuerdo a lo establecido en las especificaciones de las Bases materia de este Contrato.
CLAUSULA TERCERA - PLAZO DE ENTREGA
El CONTRATISTA entregará y descargará los bienes en el lugar indicado por PETROPERU dentro de los almacenes de Refinería Conchán, en el plazo de …………. (….) días naturales, contabilizados desde el día siguiente de firmado el Contrato hasta su entrega en el Almacén de Refinería Conchán.
CLAUSULA CUARTA - MONTO DEL CONTRATO - FORMA DE PAGO
El monto del Contrato asciende a la suma de US$ … (… y … Dólares Americanos), en términos DDP Almacén Refinería Conchán - DELIVERED DUTY PAID (Entregada derechos pagados - Almacén Refinería Conchán) - INCOTERMS 2000, incluidos todos los tributos, costos arancelarios, seguros, impuestos, certificados de calidad, pruebas, embalaje, inspección, transporte, fletes, estiba y desestiba (de ser el caso), alquiler de montacargas, etc. y las coordinaciones del caso para la entrega y descarga de los bienes en el lugar indicado por PETROPERU dentro de los almacenes de Refinería Conchán, y en general todo cuanto de hecho y de derecho sea necesario para el cabal cumplimiento del objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, y demás gastos.
PETROPERÚ efectuará el pago, una vez recibido conforme la totalidad de los bienes, bajo una de las siguientes modalidades a ser propuesta por el CONTRATISTA:
Dentro de los treinta (30) días naturales siguientes de presentadas correctamente y aprobadas la factura, la guía de entrega y la conformidad de recepción de los bienes. Las facturas no presentadas correctamente serán devueltas al CONTRATISTA, para la subsanación, rigiendo el plazo a partir de la fecha de su correcta presentación.
Mediante transferencia cablegráfica a una cuenta bancaria en el extranjero, cuyos gastos bancarios serán por cuenta de PETROPERU S.A.
Mediante Carta de Crédito a la Vista, a ser abierta luego de recibidos los bienes a conformidad.
CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Son obligaciones del CONTRATISTA:
EL CONTRATISTA, se obliga por el presente Contrato a cumplir con el objeto del Contrato efectuar la entrega de los bienes, de acuerdo con las características, Especificaciones Técnicas, cantidades y lugar señalado en las Bases, de acuerdo a su propuesta Técnico - Económica y documentos complementarios que forman parte del presente Contrato, los cuales no podrán ser alterados, modificados ni sustituidos durante la ejecución del Contrato.
EL CONTRATISTA, efectuará la entrega cumpliendo estrictamente las cantidades y plazos fijados en su propuesta técnico - económica.
EL CONTRATISTA, ejecutará las prestaciones a su cargo en estricta observancia de las Especificaciones Técnicas y demás consideraciones que se encuentran contenidas en las Bases, así como mantener la calidad de las mismas durante la vigencia del presente Contrato.
EL CONTRATISTA, contará con una organización que garantice el cumplimiento de sus actividades en forma plena y eficiente durante la vigencia del Contrato.
CLAUSULA SEXTA: OBLIGACIONES DE PETROPERU
Son obligaciones de PETROPERU pagar el monto del Contrato en las oportunidades señaladas en la Cláusula Cuarta.
CLAUSULA SETIMA: GARANTÍAS
A la suscripción del Contrato EL CONTRATISTA entrega a PETROPERU:
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, por un importe equivalente al 10% del monto total del Contrato y una vigencia hasta la aprobación de la liquidación final del Contrato.
(En caso corresponda) Con idéntico objeto y vigencia que la garantía arriba mencionada, el CONTRATISTA entrega a PETROPERU una Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta, equivalente a la diferencia entre el Valor Referencial y la Propuesta Económica. Esta Garantía sólo será entregada cuando la Propuesta Económica fuese inferior al Valor Referencial en más del 20%.
Las garantías se devolverán una vez que la liquidación final esté aprobada y en caso no se configure ninguno de los supuestos del Artículo 124° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
CLAUSULA OCTAVA - GARANTIA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento, tal como lo establece el artículo 122° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CLAUSULA NOVENA - TRIBUTACION
El CONTRATISTA asumirá como de su exclusiva responsabilidad, el pago de todos los tributos creados o por crearse, que de acuerdo x Xxx le corresponda pagar y que graven su prestación.
CLAUSULA DECIMA – INSPECCIONES
PETROPERU tiene el derecho reconocido aquí por el CONTRATISTA, de inspeccionar permanentemente la correcta realización de la prestación objeto del Contrato y el cumplimiento de todos los aspectos materia del mismo.
CLAUSULA DECIMO PRIMERA - CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR
PETROPERU y el CONTRATISTA convienen en definir como caso fortuito o de fuerza mayor, aquellos actos o hechos que, afectando la normal ejecución del presente Contrato, estén fuera del control racional de las partes contratantes y que no pueden ser previstos o que si previstos no pueden ser evitados, siempre que tales hechos no acontezcan por negligencia de la parte que la invoca o de sus dependientes, definido por el artículo 1315º del Código Civil.
Con carácter enunciativo mas no limitativo, se consideran casos fortuitos o de fuerza mayor los que deriven de acciones militares, invasiones, guerra civil, catástrofes naturales, entre otros.
CLAUSULA DECIMO SEGUNDA - OBLIGACIONES CON TERCEROS
El CONTRATISTA está impedido de asumir obligaciones pecuniarias, adquirir créditos o efectuar adquisiciones a nombre de PETROPERU.
CLAUSULA DECIMO TERCERA - PROHIBICION DE TRANSFERIR
El CONTRATISTA no podrá transferir parcial ni totalmente el presente Contrato.
CLAUSULA DECIMO CUARTA - CONTRATISTA INDEPENDIENTE
Las partes de mutuo acuerdo, dejan expresa constancia que el presente Contrato es de naturaleza civil y que no existe ninguna relación laboral entre PETROPERU y el CONTRATISTA, ni entre PETROPERU y el personal del CONTRATISTA.
El CONTRATISTA cumplirá fielmente con todas las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes, y entregará los respectivos certificados de cumplimiento que dispongan tales leyes, reglamentos o disposiciones vigentes. El CONTRATISTA conviene en liberar y eximir a PETROPERU de responsabilidad en cuanto esté originada en la falta de cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes por parte del CONTRATISTA.
CLAUSULA DECIMO QUINTA - SEGUROS
En aplicación del Art. 19 de la Ley 26790 y el D.S. N° 009-97-SA, las refinerías, son consideradas como organizaciones que desarrollan actividades de alto riesgo, por ello y en aplicación de la norma indicada, las compañías contratistas que ejecutan trabajos y destacan a su personal en nuestras instalaciones deben presentar los siguientes documentos:
Copia de la Póliza Complementaria para la cobertura de su personal por los riesgos de pensión de invalidez generados por Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional (Art. 19 Ley 26790 y Art. 82 D.S. N° 009-97-SA).
Copia de tener inscrito a su personal en ESSALUD, las coberturas por Prestaciones de Salud por Trabajo de Alto Riesgo (D.S. N° 003-98-SA).
CLAUSULA DECIMO SEXTA - NORMAS BASICAS DE SEGURIDAD
El CONTRATISTA está obligado a cumplir y hacer cumplir a su personal las "Normas Básicas de Seguridad” para Contratistas de PETROPERU, contenidas en el Manual M-040, un ejemplar del cual será entregado al CONTRATISTA al momento de firmarse el Contrato.
Sin embargo el hecho de que PETROPERU le imparta indicaciones al respecto no lo libera de la obligación de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias, que son de su exclusiva responsabilidad y cargo.
CLAUSULA DECIM0 SETIMA - CESION DE POSICION CONTRACTUAL
Ambas partes contratantes, acuerdan que debido a que PETROPERU se encuentra en el proceso de Promoción de la Inversión Privada, es necesario convenir que PETROPERU podrá ceder unilateralmente en favor de terceros todos los derechos y obligaciones contemplados en este Contrato. En consecuencia el CONTRATISTA autoriza desde ya a PETROPERU a ceder su posición contractual.
La relación contractual que surja entre la Cesionaria y el CONTRATISTA será exactamente igual a la que mantengan a la fecha de la cesión PETROPERU y el CONTRATISTA, para que la cesión surta efectos, PETROPERU deberá comunicar por escrito al CONTRATISTA su suscripción, según lo establece el artículo 1435º del Código Civil, quedando PETROPERU liberado de todos los derechos y obligaciones provenientes del presente Contrato desde el momento en que se produce dicha comunicación.
CLAUSULA DECIMO OCTAVA - SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja desde la celebración del Contrato será resuelta mediante Arbitraje de Derecho, conforme a las disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
El Arbitraje será resuelto por un Tribunal Arbitral conformado por tres miembros, según lo dispuesto en el artículo 189º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley 26850. A falta de acuerdo en la designación del (los) mismo(s) o del Presidente del Tribunal, o ante la rebeldía de una de las partes en cumplir con dicha designación, la misma será efectuada por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
El Laudo Arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa.
CLAUSULA DECIMO NOVENA - PENALIDADES
En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del Contrato, PETROPERU aplicará al CONTRATISTA una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final o si fuere necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías a que se refieren los artículos 122° y 123° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
En todos los casos, la penalidad se aplicará y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad diaria = 0.05 x Monto del Contrato
F x Plazo en días
Donde F = 0.40 ó 0.25 (De acuerdo al Art. 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado)
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, la Entidad podrá resolver el Contrato por incumplimiento.
CLAUSULA VIGESIMA - RESOLUCIÓN DE CONTRATO
En caso alguna de las partes incumpla sus obligaciones, la parte perjudicada deberá requerir, mediante Carta Notarial, a la otra el cumplimiento de su obligación, en un plazo máximo de 15 días calendario. En caso persista el incumplimiento remitirá otra Carta Notarial resolviendo el Contrato. PETROPERU S.A. ejecutará las garantías otorgadas por el Contratista, sin perjuicio de la indemnización ulterior que pueda exigirse.
Asimismo, PETROPERÚ, aplicará la penalidad establecida en la cláusula anterior y solicitará al Tribunal del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la imposición de la sanción determinada en el Artículo 205° literal b) del Reglamento, e iniciará las acciones correspondientes al establecimiento de la responsabilidad civil y penal de las infracciones cometidas y a los daños causados, de ser el caso.
PETROPERU podrá resolver el Contrato, de conformidad con el inciso c) del Artículo 41° de la Ley y los Artículos 143° y 144° del Reglamento, en los casos en que el CONTRATISTA, de manera enunciativa:
Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales esenciales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello. En el caso de obligaciones contractuales no esenciales, PETROPERU podrá resolver el Contrato sólo si, habiéndolo requerido dos (2) veces, el CONTRATISTA no ha verificado su cumplimiento;
No cuente con la capacidad económica o técnica para continuar con la prestación a su cargo, pese a haber sido requerido para corregir tal situación;
Haya llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por xxxx en la ejecución de la prestación a su cargo.
XXXXXXXX XXXXXXXX PRIMERA - CAMBIO DOMICILIO LEGAL
Cualquiera de las partes contratantes, tendrá derecho a cambiar de domicilio o de sus representantes legales. Sin embargo, para que el cambio tenga validez, debe notificarse con Carta a la otra parte contratante, por lo menos con cinco (05) días naturales de anticipación a la fecha en que se efectúe el cambio, salvo caso de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se notificará el cambio dentro de los cinco (05) días naturales posteriores a la fecha de producido el evento.
Las partes convienen que las notificaciones a cursarse entre ellas serán consideradas como válidamente dirigidas, si se entregan con cargo.
Cualquiera de las partes contratantes podrá elevar este Contrato a Escritura Pública, corriendo los gastos que esto origine, por parte del que lo solicite.
Las partes suscriben dos ejemplares del presente Contrato, correspondiendo el primero a PETROPERU y el segundo al CONTRATISTA, en la ciudad de Lima a los ... días del mes de ... del año dos mil cuatro.
Por PETROPERU S.A. Por el CONTRATISTA
ANEXO N° 02 - EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Se evaluará solamente al Postor que haya cumplido en presentar toda la documentación requerida en el numeral 17.0 de las Bases Administrativas. La evaluación de las propuestas tendrá en cuenta dos etapas:
Evaluación de la propuesta técnica del Sobre Nº 01; se verificará que las propuestas cumplan con lo establecido como mínimo en las Especificaciones Técnicas contenidas en el Anexo N° 04. De no cumplir con lo requerido la oferta será descalificada y no se procederá a la evaluación de los demás factores técnicos.
Evaluación de la propuesta económica del Sobre Nº 02; esta última será abierta sólo si la propuesta técnica ha calificado con un puntaje mínimo de VEINTICINCO (25) PUNTOS.
EVALUACIÓN TÉCNICA. (Sobre N° 01) máximo: 40 puntos
-
Factor Referido al (los):
DESCRIPCIÓN
Xxx. Puntaje
Suministro
Requerimientos Técnicos Mínimos
Cumplimiento
Postor
Experiencia en la Actividad
36
40
Plazo de Entrega
04
REFERIDO A LOS BIENES
Requerimientos Técnicos Mínimos Cumplimiento
Si cumple con las Especificaciones Técnicas : Se acepta la propuesta
Si no cumple con las Especificaciones Técnicas : Se desestima la propuesta
REFERIDO AL POSTOR (Max. 40 pts)
Experiencia en la Actividad (max. 36 pts)
Se evaluará hasta un máximo de dos (02) operaciones comerciales similares concluidas (ventas y entregas de mangueras submarinas de simple y/o doble carcasa para transferencia de hidrocarburos de 8”Ø o mayores) realizadas por el postor o por el fabricante al que representa, en el periodo comprendido entre el 01.enero.1995 hasta el 31.diciembre.2003, sustentados con copia simple de constancias tales como: Contratos, Órdenes de Compra, Facturas, Guía de Entrega y/o Actas de Recepción de Bienes excepto: certificados, cartas y/o informes técnicos, fotografías).
Para que sean aceptados los documentos sustentatorios a los que se hace referencia, deben ser legibles, expresar la razón social del Postor, los montos, moneda, fecha y descripción detallada de las mangueras.
El puntaje se determinará de la siguiente manera:
-
Monto Resultante de Cada Venta o Similar (ver Formato N° 01)
puntos por cada suministro
Mas de:
Hasta:
US$ 30,000.00
US$ 50,000.00
15.0
US$ 50,000.00
18.0
Consignar información necesariamente según Formato N° 01 y Formato C (de ser el caso). Así mismo, para el caso de evaluación de consorcios ver el Anexo N° 06.
Plazo de Entrega (max. 04 pts)
Se calificará el Plazo de Entrega de la totalidad de los bienes, propuesto por el Postor. Consignar información necesariamente según Formato E, asignándose el puntaje de acuerdo a:
De 90 hasta 120 días naturales 4.0 puntos
De 121 hasta 150 días naturales 3.0 puntos
De 151 hasta 180 días naturales 1.0 puntos
De 181 días naturales a más 0 puntos
Tener en cuenta lo descrito en las Notas 1 y 2 del Formato E (pág.35)
EVALUACIÓN ECONÓMICA. (Sobre N° 02) máximo: 60 puntos
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo de sesenta (60) puntos a la oferta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se le asignará puntaje aplicando la fórmula siguiente:
PEi = 2*(PMPE) – (Oi/Om)*PMPE
Donde:
PEi = Puntaje de la Oferta Económica “i”.
Oi = Oferta Económica “i”.
Om = Oferta Económica de Monto más bajo.
PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica (PMPE=60)
i = Propuesta.
ADJUDICACIÓN DE LA BUENA PRO.
Para determinar el puntaje total de cada propuesta será la suma de la evaluación técnica y la evaluación económica; conforme a la siguiente función:
PTPi = PTi + PEi
Donde:
PTPi = Puntaje Total del Postor i.
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del Postor i.
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del Postor i.
Se adjudicará la Buena Pro, de acuerdo al estricto Orden de Prelación del Puntaje Final obtenido, el mismo que, se determinará de la siguiente manera:
-
Propuesta
Puntaje Oferta Técnica
Puntaje Oferta Económica
Puntaje Total
Bonificación Ley
N° 276333
(20% adicional)
Puntaje Final
Orden de Prelación
PTi
PEi
PTPi
20%*PTPi
PTPi + 20%* PTPi
Postor 1
Postor 2
:
Postor n
En caso de producirse un empate, se procederá de acuerdo al Art. 73° del Reglamento.
ANEXO N° 03 - “CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA”
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Estimados señores:
La presente tiene por objeto alcanzar nuestra propuesta económica, referente a la venta y entrega de los bienes, mediante el proceso indicado en la referencia, de acuerdo a las condiciones establecidas en las Bases.
En tal sentido, nuestra propuesta a Precios Unitarios es la siguiente:
Partida |
Descripción |
Cant. |
Unidad |
P.Unitario <*> |
P.Parcial |
01 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “TANKER RAIL” |
01 |
Und |
US$ |
US$ |
02 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “ONE END REINFORCED” |
01 |
Und |
US$ |
US$ |
03 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “MAINLINE” |
05 |
Und |
US$ |
US$ |
-
COSTO DIRECTO
CD =P.Parcial
US$
I.G.V.
IGV = 19%*CD
US$
COSTO TOTAL
CT = CD+IGV
US$
Son: US$ …………………….. (………………… con …. /100 dólares americanos), incluido el I.G.V.
Atentamente,
Nombre, firma y Sello del representante legal del Postor
Nota : <*> El Precio Unitario, debe consignarse en términos DDP Almacén Refinería Conchán - DELIVERED DUTY PAID (Entregada derechos pagados - Almacén Refinería Conchán) - INCOTERMS 2000, incluyendo todos los tributos, costos arancelarios, seguros, impuestos (excepto I.G.V.), certificados de calidad, pruebas, embalaje, inspección, transporte, fletes, estiba y desestiba (de ser el caso), etc. y las coordinaciones del caso para la entrega y descarga (incluye alquiler de montacargas, grúa o equipos adecuados) de los bienes en el lugar indicado por PETROPERU dentro de los almacenes de Refinería Conchán, y en general todo cuanto de hecho y de derecho es necesario para el cabal cumplimiento del Objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, y demás gastos.
** El Postor respetará la Estructura de este Anexo y consignará sus propios precios unitarios por cada partida.
*** Ver Adjunto N° 01 - Presupuesto Base de PETROPERU (Pág. 37)
ANEXO N° 04 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Características Técnicas del Bien: |
SOLICITADAS POR PETROPERU S.A. |
PROPUESTAS POR EL POSTOR (El Postor debe describir en esta columna, las Características Técnicas del Bien que está Ofertando) |
Xxxxxxx Xx 00 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “TANKER RAIL” |
|
Marca |
----- |
|
Modelo |
----- |
|
Diámetro Nominal |
16 in |
|
Longitud estándar |
30 ft |
|
Tipo |
TANKER RAIL - DOUBLE CARCASS |
|
Material interior de la Carcasa Primaria |
Caucho sintético resistente al petróleo crudo e hidrocarburos aromáticos, con reforzamiento de alambre xx xxxxx en forma helicoidal, anillos o similares. |
|
Material exterior de la Carcasa Secundaria |
Caucho sintético resistente a la abrasión, desgaste por rasgadura, luz solar, acción de la atmósfera, penetración de agua de mar e hidrocarburos, fatiga y al envejecimiento. De acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Continuidad eléctrica |
Eléctricamente DISCONTINUA. |
|
Presión de prueba |
225 psi |
|
Presión de Operación |
110 psi |
|
Presión de ruptura |
Mínimo 1125 psi para la Carcasa Primaria y mínimo 450 psi para la Carcasa Secundaria. |
|
Velocidad de flujo |
70 ft/seg |
|
Tipo de fluido |
Petróleo crudo y productos de petróleo líquidos con contenido de aromáticos de 25% en volumen como máximo. |
|
Rango de temperatura del fluido |
De 15 ºC a 82 ºC |
|
Temperatura ambiente |
De 12 ºC a 35 ºC |
|
Radio mínimo de doblez |
Cuatro veces el diámetro nominal. |
|
Prueba de la manguera |
de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Sistema de Seguridad para Detección de Fugas |
tipo Spindle o similares. |
|
Especificaciones de las conexiones bridadas |
Welding Neck. Raised Face o Flat Face. Forged Steel ASTM A105. Flange Rating de acuerdo a norma ANSI B16.5 Clase 150. Recubrimiento con acabado Hot Dip Galvanizado de acuerdo a estándar XX 000 Part I, con una cobertura de 600 g/m2. |
|
Estándar de fabricación |
O.C.I.M.F., última edición. |
|
Método estándar de embalaje |
Steel Pallet, de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
pruebas e inspecciones |
de acuerdo a estándar O.C.I.M.F. |
|
Certificación |
Realizada por Lloyd's Register Quality Assurance Limited |
|
Características Técnicas del Bien: |
SOLICITADAS POR PETROPERU S.A. |
PROPUESTAS POR EL POSTOR (El Postor debe describir en esta columna, las Características Técnicas del Bien que está Ofertando) |
Xxxxxxx Xx 00 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “ONE END REINFORCED” |
|
Marca |
----- |
|
Modelo |
----- |
|
Diámetro Nominal |
16 in |
|
Longitud estándar |
30 ft |
|
Tipo |
ONE END REINFORCED - DOUBLE CARCASS |
|
Material interior de la Carcasa Primaria |
Caucho sintético resistente al petróleo crudo e hidrocarburos aromáticos, con reforzamiento de alambre xx xxxxx en forma helicoidal, anillos o similares. |
|
Material exterior de la Carcasa Secundaria |
Caucho sintético resistente a la abrasión, desgaste por rasgadura, luz solar, acción de la atmósfera, penetración de agua de mar e hidrocarburos, fatiga y al envejecimiento. De acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Continuidad eléctrica |
Eléctricamente CONTINUA. |
|
Presión de prueba |
225 psi |
|
Presión de Operación |
110 psi |
|
Presión de ruptura |
Mínimo 1125 psi para la Carcasa Primaria y mínimo 450 psi para la Carcasa Secundaria. |
|
Velocidad de flujo |
70 ft/seg |
|
Tipo de fluido |
Petróleo crudo y productos de petróleo líquidos con contenido de aromáticos de 25% en volumen como máximo. |
|
Rango de temperatura del fluido |
De 15 ºC a 82 ºC |
|
Temperatura ambiente |
De 12 ºC a 35 ºC |
|
Radio mínimo de doblez |
Cuatro veces el diámetro nominal. |
|
Prueba de la manguera |
de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Sistema de Seguridad para Detección de Fugas |
tipo Spindle o similares. |
|
Especificaciones de las conexiones bridadas |
Welding Neck. Raised Face o Flat Face. Forged Steel ASTM A105. Flange Rating de acuerdo a norma ANSI B16.5 Clase 150. Recubrimiento con acabado Hot Dip Galvanizado de acuerdo a estándar XX 000 Part I, con una cobertura de 600 g/m2. |
|
Estándar de fabricación |
O.C.I.M.F., última edición. |
|
Método estándar de embalaje |
Steel Pallet, de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
pruebas e inspecciones |
de acuerdo a estándar O.C.I.M.F. |
|
Certificación |
Realizada por Lloyd's Register Quality Assurance Limited |
|
Características Técnicas del Bien: |
SOLICITADAS POR PETROPERU S.A. |
PROPUESTAS POR EL POSTOR (El Postor debe describir en esta columna, las Características Técnicas del Bien que está Ofertando) |
Xxxxxxx Xx 00 |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “MAINLINE” |
|
Marca |
----- |
|
Modelo |
----- |
|
Diámetro Nominal |
16 in |
|
Longitud estándar |
35 ft |
|
Tipo |
MAINLINE - DOUBLE CARCASS |
|
Material interior de la Carcasa Primaria |
Caucho sintético resistente al petróleo crudo e hidrocarburos aromáticos, con reforzamiento de alambre xx xxxxx en forma helicoidal, anillos o similares. |
|
Material exterior de la Carcasa Secundaria |
Caucho sintético resistente a la abrasión, desgaste por rasgadura, luz solar, acción de la atmósfera, penetración de agua de mar e hidrocarburos, fatiga y al envejecimiento. De acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Continuidad eléctrica |
Eléctricamente CONTINUA. |
|
Presión de prueba |
225 psi |
|
Presión de Operación |
110 psi |
|
Presión de ruptura |
Mínimo 1125 psi para la Carcasa Primaria y mínimo 450 psi para la Carcasa Secundaria. |
|
Velocidad de flujo |
70 ft/seg |
|
Tipo de fluido |
Petróleo crudo y productos de petróleo líquidos con contenido de aromáticos de 25% en volumen como máximo. |
|
Rango de temperatura del fluido |
15 ºC a 82 ºC |
|
Temperatura ambiente |
De 12 ºC a 35 ºC |
|
Radio mínimo de doblez |
Cuatro veces el diámetro nominal. |
|
Prueba de la manguera |
de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
Sistema de Seguridad para Detección de Fugas |
tipo Spindle o similares. |
|
Especificaciones de las conexiones bridadas |
Welding Neck. Raised Face o Flat Face. Forged Steel ASTM A105. Flange Rating de acuerdo a norma ANSI B16.5 Clase 150. Recubrimiento con acabado Hot Dip Galvanizado de acuerdo a estándar XX 000 Part I, con una cobertura de 600 g/m2. |
|
Estándar de fabricación |
O.C.I.M.F., última edición. |
|
Método estándar de embalaje |
Steel Pallet, de acuerdo al estándar O.C.I.M.F., última edición. |
|
pruebas e inspecciones |
de acuerdo a estándar O.C.I.M.F. |
|
Certificación |
Realizada por Lloyd's Register Quality Assurance Limited |
|
ANEXO N° 05 - Manipuleo de Mangueras Submarinas
(Procedimiento Referencial para el Manipuleo y Entrega de las Mangueras Submarinas en los Almacenes de Refinería Conchán)
1. La mejor manera de levantar una manga para el movimiento es usando una extensión horizontal de tres ganchos como mínimo las cuales deben tener correas. Coloque las correas de elevación bajo los extremos y centro de la manguera según lo mostrado en la figura 1. L as correas de elevación deben ser por lo menos de 6" de ancho y deben estar hechas de nylon o de algún otro material resistente para prevenir la deformación del medio y del daño de la flotación a la cubierta de la manguera. Si las correas de elevación son más estrechas de 6", el número de los puntos de elevación se debe aumentar para dispersar la presión según lo demostrado en el figura 2. P recaución: Evite a toda xxxxx la elevación del centro del punto mostrado en la figura 3 y la elevación de los extremos de dos puntos mostrada en el figura 4. Evitar el rozamiento con la tierra. ¡Elévela! |
|
|
|
|
|
2. Si la barra de extensión de ganchos no está disponible, use uno de los métodos siguientes: 2.1. Elevación con dos tractores elevadores (montacargas). Con las correas de elevación en cada bifurcación de los dos carros de la elevación, cuatro puntos de elevación se utilizan de forma segura para transportar la manguera. (figura 5). |
|
2.2. El remolque con los Ganchos: Si la manguera se monta en dos sistemas de carretes, y uno de los extremos es levantado por un carro tractor (pato), y se ayuda con carretes móviles. Ahí se tendría tres puntos espaciados que ayuden a soportar la carga entonces la manguera puede ser remolcada. (figura 6) |
|
3. La manguera de Seaflex se embala generalmente en porciones de dos o tres para el envío (el número depende del tamaño de la manguera). Las mangueras se embalan en un xxxxxxx xx xxxxx del almacenaje y se envuelven con la hoja sintética de los borde los cuales son protegidos contra daño causados por el tránsito por las placas xx xxxxxx. Este empaquetado permite que el cargamento, la descarga, el transporte, y el almacenaje sea seguro, fácil, además que éstos se pueden levantar por una grúa (véase figura 7) pudiendo ser apilado hasta tres niveles para el uso eficiente del espacio de almacenaje que suele ser limitado. (Véase figura 8). |
|
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ANEXO N° 06 - Pronunciamiento N° 042-2003(GTN) del CONSUCODE
A continuación se transcribe parte del Pronunciamiento N° 042-2003(GTN), (a ser tomado en cuenta en el numeral 1.2.1. del Anexo N° 02 y el Formato N° 01), referido a la aplicación de los factores de evaluación en caso de postores que presentan propuestas en consorcio:
“En cuanto a la participación de consorcios, cabe anotar que, conforme al numeral 8 del artículo 2° del Reglamento, el consorcio es definido como el contrato asociativo por el cual dos(2) o más personas se asocian, con cierto criterio de complementariedad de recursos, capacidades y aptitudes, para participar de un proceso de selección y, eventualmente, contratar con el Estado. De ello se desprende que, en virtud del criterio de complementariedad, las obligaciones que asumen los miembros integrantes de un consorcio, a efectos del cumplimiento de un contrato, no necesariamente deben encontrarse referidas a la directa ejecución de su objeto.
Así, podría darse el caso que en un consorcio constituido por dos (2) empresas, una haya prestado efectivamente el servicio4 contratado y, la otra, haya brindado, por ejemplo, los recursos económicos y financieros necesarios. Asimismo, podría suceder que ambas partes hayan participado de la ejecución efectiva de la prestación materia del contrato pero en proporciones distintas, habiendo tenido una más injerencia que la otra.
De otro lado, cabe tener presente que conforme al artículo 40° del Reglamento, los factores de evaluación tiene por finalidad que el Comité Especial pueda determinar la propuesta de mejor calidad; en tal sentido, a efectos de la evaluación de ofertas resultará necesario que la calificación se realice sobre la base de la participación efectiva de los postores en la ejecución de las prestaciones materia del contrato. Para cumplir con el citado cometido, será necesario que se distinga en la promesa formal de consorcio, las obligaciones que cada uno de los miembros del consorcio Postor se compromete a realizar como parte del servicio convocado. Asimismo, deberá identificarse en la propuesta el grado de participación del Postor en la ejecución de los contratos que ofrece como materia de evaluación.
Ahora bien, en relación con la “experiencia” cabe anotar, como ya ha sido señalado, que ésta es entendida como la práctica prolongada que proporciona conocimiento o habilidad para hacer algo, de lo cual se desprende que la experiencia en un determinado ámbito proviene de la reiteración de una conducta en el tiempo. En aplicación de la definición anotada, en el caso de empresas prestadoras de servicios, la experiencia puede ser determinada por la frecuencia de sus transacciones y el monto de las mismas en cierto periodo de tiempo, así como también por la calidad demostrada en la ejecución de prestaciones similares.
Considerando lo expuesto, cuando el Postor sea un consorcio, y la aplicación del factor “Experiencia” implique la calificación de montos facturados, la evaluación demandaría que, primero, se calcule la facturación de cada miembro del consorcio, la misma que resultará de aplicar a los montos facturados, su porcentaje de participación en la ejecución del objeto del contrato, para luego sumar los resultados correspondientes a cada miembro.
Por otro lado, en el caso que el Postor presente contratos ejecutados en consorcio, el monto que finalmente le corresponderá por dicho contrato será el resultado de la aplicación del porcentaje de su participación en tal contrato al monto facturado.
En consecuencia, […] corresponderá al Comité Especial, precisar el procedimiento para la aplicación de los factores de evaluación en caso de postores que presentan propuestas en consorcio, y respecto de postores que presentan contratos que ejecutaron en consorcio. A dicho efecto, resultará necesario que se identifique en la promesa formal de consorcio los porcentajes de participación de los miembros del consorcio Postor, así como se indique en la propuesta el grado de participación de la empresa postora en los contratos que ejecutó en consorcio y que ofrece para calificación.”
FORMATO N° 01 - Experiencia en la Actividad (operaciones comerciales similares ) del Postor
A) Si el Postor NO se Presenta en Consorcio:
ÍtemA |
Nº Documento sustentatorio (Contrato, Orden de Compra, Acta de Recepción, etc.) |
Descripción del Bien Similar |
Si anteriormente vendió bienes en consorcio, especificar cual fue su % de Participación B |
Monto Contractual (US$)C |
Monto Resultante del Bien Similar (US$)D |
Fecha o período de Ejecución |
Cliente y Ubicación |
Referencias y teléfonos |
D |
E |
= DxE |
||||||
1 |
|
|
|
|
|
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|
|
2 |
|
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3 |
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B) Si el Postor se Presenta en Consorcio: (Ver Anexo N° 06)
ÍtemA |
Nº Documento sustentatorio (Contrato, Orden de Compra, Acta de Recepción) |
Descripción del Bien Similar |
Nombre de la empresa miembro quien realizó la Venta |
Especificar el % de Participación en el Consorcio |
Si anteriormente vendió bienes en consorcio, especificar cual fue su % de Participación B |
Monto Contractual (US$) C |
Monto Resultante del Bien o Similar (US$) D |
Fecha o período de Ejecución |
Cliente y Ubicación |
Referencias y teléfonos |
A |
B |
C |
= AxBxC |
|||||||
1 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
2 |
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|
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|
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3 |
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|
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|
|
|
|
|
|
Atentamente,
Firma, Sello y Nombre (Representante Legal)
Nota:
A Los documentos Sustentatorios deberán adjuntar e identificarse correlativamente de acuerdo al ítem consignado.
B Consignar 100%, Si la venta del (los) bien(es) fue prestado anteriormente sin consorciarse.
C Para los Contratos que describan montos en moneda nacional (nuevos soles), afín de asignar el Tipo de Cambio Oficial de acuerdo a la fecha de prestación, se recurrirá a xxxx://xxx.xxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx . Para el caso de Contratos que describan montos en otros sistemas monetarios, el Postor debe especificar el tipo de cambio aplicado en la fecha de la entrega del bien.
D Este Monto Resultante se aplicará en el Cuadro de Calificación del numeral 1.2.1. del Anexo N° 02 - Evaluación de Propuestas.
FORMATO A - DECLARACION JURADA (Numeral a) del Art. 60° del Reglamento)
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Estimados señores:
Por el presente documento, yo ……………………………………….., de nacionalidad…………, identificado con DNI/LE/Carnet de extranjería Nº …………………….,RUC ……………….. con domicilio en ………………………………, declaro bajo juramento lo siguiente:
Ser representante Legal de la Empresa………………………….. con Registro Único del Contribuyente (RUC) Nº ………………………con domicilio Legal en ………………, inscrita en la Ficha / Partida N° ……………..del Registro de Personas Jurídicas de ……………………….con el Objeto Social de………………………………………….y con poder vigente inscrito en el Asiento N°…………………….de la Ficha / Partida N°……………… del Registro de Personas Jurídicas de ………………….
Atentamente,
Firma, Nombre Representante Legal
Nombre de la Empresa
En caso de ser un POSTOR extranjero, presentar la siguiente información: Razón Social, País, la inscripción en los Registros Públicos del país de origen e indicación del documento de identidad Dirección, Teléfono, Fax, E-mail.
FORMATO B - DECLARACION JURADA (Artículo 56° del Reglamento)
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
(Indicar Razón Social), con N° de RUC……………..….. y domicilio Fiscal en ……………, representada por su……………… Sr. …………………… …identificado con (L.E. o D.N.I.) ………………, declaramos bajo juramento lo siguiente:
Que no tenemos impedimento de participar en el Proceso de Selección ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9°, Numeral 1 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Que conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del Proceso de Selección de la referencia.
Que somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del proceso de selección.
Que nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el Proceso de Selección y a suscribir el Contrato, en caso de resultar favorecidos con al Buena Pro.
Que conocemos las sanciones contenidas en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, así como las establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850 y su Reglamento.
Que los bienes solicitados, son producidos dentro del territorio nacional, y en consecuencia, estamos sujetos al beneficio del 20% adicional a la sumatoria de las evaluaciones técnica y económica, de conformidad con la Ley N° 27143, modificada por la Ley N° 27633.
Sin otro particular, quedamos de ustedes.
Atentamente
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nombre de la Empresa
Nota Importante: El literal f) 5 de esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente.
FORMATO C - PROMESA FORMAL DE CONSORCIO
(esta Declaración Jurada, sólo se incluirá cuando sea pertinente)
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Estimados señores:
Por el presente documento, nosotros …… (indicar los nombres, apellidos y número de documentos de identidad de los representantes legales de las empresas que conforman el Consorcio) representantes legales de las empresas “…” y “ …” con domicilio en … y … respectivamente, declaramos bajo juramento que estamos asociándonos como postores para intervenir en el concurso de la referencia, y nos comprometemos a cumplir con los requisitos que señala la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento.
Designamos al Sr.…………………………………………………………… (*) como representante legal común del Consorcio, ................................; el mismo que cuenta con poderes suficientes para ejercitar los derechos y obligaciones que deriven de nuestra calidad de postores y, de ser el caso, del Contrato hasta la liquidación del mismo; fijando nuestro domicilio legal común en ….........................................................(**) y fax número…………….
En tal sentido, de ser adjudicados con la Buena Pro, nos comprometemos luego que el otorgamiento quede consentido, a formalizar el Contrato tal como lo establece la Directiva N° 003-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución N° 063-2003-CONSUCODE/PRE:
-
Integrantes
Porcentaje o el Grado de Participación
Obligación de cada integrante (***)
empresa “A”
empresa “B”
:
________________________________ ________________________________
Representante Legal de la empresa “A” Representante Legal de la empresa “B”
Nombre y Firma Nombre y Firma
___________________________________
Representante Legal Común del Consorcio
Nombre y Firma
Notas:
(*) Las declaraciones juradas y todos los folios de las Propuestas, deben ser rubricados y sellados en todas sus hojas y firmada la última hoja por el Representante Legal común del Consorcio; o en su defecto por cada representante legal o mandatario de cada miembro integrante. (Se debe tener en cuenta lo dispuesto en la Resolución N° 063-2003-CONSUCODE/PRE, publicado en el diario oficial El Peruano el 13-Mar-2003).
(**) Indicar el domicilio legal común en la ciudad de Lima Metropolitana o Callao.
(***) Ver Anexo N° 06.
FORMATO D - DECLARACIÓN JURADA DE SER PEQUEÑA O MICROEMPRESA
(Sólo para el caso que la empresa sea una pequeña o microempresa)
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Estimados señores:
Yo, (Nombres y Apellidos del Representante legal de la empresa), identificado con Libreta Electoral/D.N.I. N°… domiciliado en ... , Representante Legal de …. (nombre de la empresa) declaro bajo juramento que la empresa que represento es una PEQUEÑA o MICRO EMPRESA (según corresponda), de conformidad con la Ley N° 28015.
______________________________
Nombre, Firma, Sello y DNI del
Representante Legal de la Empresa
FORMATO E - PLAZO DE ENTREGA
Lima, …….de ………… de 2004
Señores:
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presidente del Comité Especial
Referencia : LPI-0002-2003-RCO/PETROPERU (2da. Convocatoria)
Objeto : “Adquisición de Mangueras Submarinas de 16”Ø xx Xxxxx Carcasa”
Estimados señores:
Yo............................................... Representante Legal de la Empresa ........................................,de acuerdo a las condiciones establecidas en las Bases y conociendo las penalidades contempladas en el Art. 142° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a Entregar la totalidad de los bienes en el plazo de …………………………..( …….) días naturales, contados a partir del día siguiente de la suscripción del Contrato.
Atentamente,
Firma, Nombre Representante Legal
Nombre de la Empresa
Notas:
1 únicamente se aceptará plazos de entrega expresados en días naturales; las expresiones como “inmediato”, ”a tratar”, “una o dos semanas”, “a requerimiento”, “de noventa y cinco a ciento setenta días”… etc., serán calificados con un puntaje xx xxxx (0) puntos, y para fines del cálculo de la penalidad diaria (Art.142° del Reglamento) se considerará un plazo de entrega de noventa (90) días naturales.
2 Si el Postor propone entregar la totalidad de los bienes en un plazo menor al descrito en el numeral 1.2.2 del Anexo N° 01 (menor a 90 días naturales), se le asignará el máximo puntaje en ese subfactor, y el cálculo de la penalidad diaria se aplicará sobre el plazo de entrega propuesto.
FORMATO F - Modelo de Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato
(Este texto es obligatorio)
Lima, ... de … del 2004
Señores
Petróleos del Perú, PETROPERU S.A.
Presente
De nuestra consideración:
Por la presente, prestamos Fianza/Póliza de Caución por …, irrevocable, solidaria, incondicionada, de realización automática y sin beneficio de excusión, a favor de ustedes, por la cantidad de US$… (… y … Dólares Americanos), para garantizar el fiel cumplimiento del Contrato de …
Esta Fianza/Póliza de Caución garantiza, ante Petróleos del Perú - PETROPERU S.A., el cumplimiento por … (nombre del CONTRATISTA), de todas las obligaciones que le corresponde, según el Contrato mencionado en el párrafo anterior.
Queda entendido que esta garantía, no podrá exceder en ningún caso y por ningún concepto, la cantidad de US$ … ( … con …/100 Dólares Americanos) siendo su plazo de vigencia hasta el ….
Esta Fianza/Póliza de Caución puede ser renovada, a solicitud de la parte interesada y previa confirmación por escrito.
Es expresamente entendido por nosotros, que esta garantía será ejecutada por ustedes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1898° del Código Civil vigente, indicándonos posteriormente el monto que debemos pagarles.
Toda demora por nuestra parte para honrar la presente Fianza/Póliza de Caución, a favor de ustedes, devengará la tasa máxima de interés convencional compensatorio y la tasa máxima de interés moratorio, permitidas por dispositivos legales para personas ajenas al sistema financiero. Los intereses y gastos serán calculados a partir de la fecha del requerimiento de pago, a que se refiere el párrafo anterior.
Atentamente,
Nombre (s) y firma (s) autorizada (s)
Adjunto N° 01 - Presupuesto Base de PETROPERU
De conformidad con el artículo 26° del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Valor Referencial del presente proceso de selección fue calculado con los costos del estudio xx xxxxxxx realizado en el mes de Febrero del 2004.
Partida |
Descripción |
Cant. |
Unidad |
P.Unitario <*> |
P.Parcial |
01 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “TANKER RAIL” |
01 |
Und |
US$38,339.44 |
US$38,339.44 |
02 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “ONE END REINFORCED” |
01 |
Und |
US$ 44,900.15 |
US$ 44,900.15 |
03 |
Manguera Submarina de 16 pulgadas de diámetro xx Xxxxx Carcasa, tipo “MAINLINE” |
05 |
Und |
US$ 40,088.74 |
US$ 200,443.70 |
TOTAL
|
US$ 283,683.29 |
-
COSTO DIRECTO
US$ 238,389.32
I.G.V.
IGV = 19% xCD
US$ 45,293.97
COSTO TOTAL
CT = CD+IGV
US$ 283,683.29
Son: US$ 283,683.29 (Doscientos Ochenta y Tres Mil Seiscientos Ochenta y Tres y 29/100 Dólares Americanos), incluido el I.G.V.
Nota : <*> El Precio Unitario esta considerado en términos DDP Almacén Refinería Conchán - DELIVERED DUTY PAID (Entregada derechos pagados - Almacén Refinería Conchán) - INCOTERMS 2000, incluyendo todos los tributos, costos arancelarios, seguros, impuestos (excepto I.G.V.), certificados de calidad, pruebas, embalaje, inspección, transporte, fletes, estiba y desestiba (de ser el caso), etc. y las coordinaciones del caso para la entrega y descarga (incluye alquiler de montacargas, grúa o equipos adecuados) de los bienes en el lugar indicado por PETROPERU dentro de los almacenes de Refinería Conchán, y en general todo cuanto de hecho y de derecho es necesario para el cabal cumplimiento del Objeto del Contrato, incluyendo leyes y beneficios laborales del personal a cargo del CONTRATISTA, imprevistos de cualquier naturaleza, y demás gastos.
3 Aplicación de la Ley N° 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional:
Mediante Ley N° 27633 se prorrogó la vigencia de la Ley N° 27143 - Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, por el cual se otorgará una bonificación del veinte por ciento (20%) sobre la sumatoria de las calificaciones técnica y económica de las propuestas de bienes elaborados dentro del territorio nacional; siempre y cuando los postores hayan precisado en su declaración jurada a que hace referencia el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que el producto afectado tiene origen nacional de acuerdo a los requisitos establecidos en el Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM y en la Resolución Ministerial Nº 043-2001-ITINCI/DM; de lo contrario no se le otorgará la referida bonificación al momento de ser calificada y evaluada su propuesta.
4 Entiéndase Servicio, como Suministro.
5 APLICACIÓN DE LA BONIFICACIÓN DEL 20% A LAS PROPUESTAS DE BIENES Y SERVICIOS ELABORADOS O PRESTADOS DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL (LEY N° 27633).
“Para la aplicación del Art. 31° de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en los procesos de adquisiciones de bienes y para efectos del otorgamiento de la buena pro, se agregará un 20% adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaborados o prestados dentro del territorio nacional, conforme al Reglamento de la materia”
Siempre y cuando el postor declare bajo juramento que: “los bienes o servicios son elaborados o se prestan dentro del territorio nacional y/o que es una persona jurídica constituida, autorizada o domiciliada en el Perú y que realiza operaciones sustanciales en territorio nacional; es decir, que más del 50% del total de sus activos fijos están ubicados en el país y que al menos el 60% de su facturación total ha sido realizada en territorio nacional, de conformidad con los establecido en el D.U. No. 064-2000, en el D.S. No. 003-2001-PCM y en la Resolución Ministerial No. 043-2001-ITINCI-DM a efectos de hacerse acreedor al 20% adicional sobre el puntaje total obtenido”.