Contract
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VISTO: el Proyecto de Acuerdo Específico denominado “Apoyo al Desarrollo del Proyecto de Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud"’ a suscribirse entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx (FJR) de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República;
RESULTANDO: I) que el Acuerdo Específico referenciado, se enmarca en el Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx Interinstitucional firmado el 26 xx xxxxxx de 2013 entre AGESIC y la FJR, y su respectiva adenda de fecha 23 de octubre de 2014, en virtud del cual se acordó que ambas se apoyarán mutuamente para el más eficaz y eficiente cumplimiento de sus respectivas misiones y líneas estratégicas;
II) que el mencionado Xxxxxxxx establece que las diversas actividades a desarrollarse se instrumentarán en Acuerdos Específicos complementarios;
III) que con fecha 4 de octubre de 2012 AGESIC suscribió un Acuerdo de Cooperación Técnica e Interinstitucional con el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a efectos de establecer pautas, criterios y mecanismos de coordinación y colaboración para el desarrollo del Programa Xxxxx.xx;
IV) que el referido Programa apunta a fortalecer el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), apoyando la conformación de la Red Asistencial a través del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), creando herramientas que contribuyan a mejorar el acceso de los ciudadanos a servicios de salud de calidad, en todo el país, así como generando las condiciones para que los Prestadores de Salud puedan brindar sus servicios en forma integrada, complementaria y centrada en el usuario;
V) que por tal motivo, AGESIC y la FJR han entendido necesario suscribir un Acuerdo Específico con el objeto de brindar apoyo y cooperación a
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AGESIC para el desarrollo del ‘'Proyecto de Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”, así como de continuar y profundizar las acciones xx xxxxx cooperación entre ambas Instituciones;
CONSIDERANDO: I) que para hacer posible el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo a suscribirse, es necesario que AGESIC transfiera a la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx la suma total de hasta $ 70.000.000,00 (pesos uruguayos setenta millones con 00/100), que se materializará mediante una transferencia de hasta $ 10.670.000,00 (pesos uruguayos diez millones seiscientos setenta mil con 00/100) al inicio de las actividades, y el restante monto se materializará en diferentes partidas en función de la evolución de la ejecución del acuerdo, quedando sujeto a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas;
II) que el Area Administración y Finanzas de AGESIC ha expedido la constancia de afectación del crédito N° 696 de fecha 29 xx xxxx de 2019, e informe de disponibilidad del crédito de fecha 4 de julio de 2019, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley N° 17.243, de 29 xx xxxxx de 2000;
III) que se cuenta con la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas de la República, sin observaciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo preceptuado por el artículo 211, literal
b) de la Constitución de la República y a lo dispuesto por el Artículo 33 literal C) numeral 27 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), aprobado por Decreto N° 150/012 de 11 xx xxxx de 2012, y demás normas complementarias y concordantes aplicables;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RESUELVE:
I o. Apruébase la suscripción del Acuerdo Específico denominado “Apoyo al Desarrollo
del Proyecto de Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud” entre la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento y la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx de la Facultad de Ingeniería, cuyo proyecto se adjunta a la presente resolución y forma parte integrante de la misma.
2o. Xxxxx, autorízase la transferencia a la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx de la suma total de
hasta $ 70.000.000,00 (pesos uruguayos setenta millones con 00/100) a efectos de la ejecución del referido Acuerdo Específico, la que se realizará en diferentes partidas y quedará sujeta a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas.
3o. Las transferencias a realizarse se imputarán con cargo al Inciso 24 “Diversos Créditos”, Unidad Ejecutora 002 “Presidencia de la República”, Programa 484 “Política de Gobierno Electrónico”, Proyecto 105 “Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud”, Financiamiento 1.1 “Rentas Generales”.
4o. Autorízase al Director Ejecutivo de AGESIC a suscribir el referido Acuerdo Especifico con la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx y a realizar las transferencias de acuerdo a la evolución de la ejecución del mismo hasta completar la suma total de $ 70.000.000,00 (pesos uruguayos setenta millones con 00/100).
5o. Comuniqúese, publíquese.
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renoao 2015-2020
Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx
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ACUERDO ESPECÍFICO AGESIC xxx-2019
“APOYO AL DESARROLLO DEL PROYECTO DE GESTIÓN DE GOBIERNO ELECTRÓNICO EN EL SECTOR SALUD”
En la ciudad de Montevideo, a lo s .... días del mes d e .........de 2019, comparecen, por una parte: la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (en adelante “AGESIC”), representada por su Director Ejecutivo, Ing. Xxxx Xxxxxxxxxx, con domicilio en la xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxxx 0000, xxxx 0 (Xxxxx Xxxxxxxxx Xxx) de esta ciudad; y por otra parte: la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República (en adelante, la “Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx” o “FJR”), representada por su Presidente, Ing. Xxxxx Xxxxx, con domicilio en Xxxxxx Xxxxxxx 0000 xx xxxx ciudad, quienes convienen en celebrar el siguiente Acuerdo:
PRIMERO: Antecedentes. -
1.- Con fecha 26 xx xxxxxx de 2013 las Instituciones comparecientes suscribieron un Convenio Xxxxx xx Xxxxxxxxxxx Interinstitucional, con el objetivo de apoyarse mutuamente para el eficaz y eficiente cumplimiento de sus respectivas misiones y líneas estratégicas. En ese sentido, acordaron que las diversas actividades a desarrollarse en el marco de dicho Convenio se instrumentarán en Acuerdos Específicos complementarios, que pasarán a formar parte del mismo.
Con fecha 23 de octubre del 2014, tales Instituciones suscribieron una Adenda a dicho Convenio, a efectos de extender el plazo de vigencia del mismo por un período de 2 (dos) años a partir de su suscripción, renovándose automáticamente por plazos anuales.
2 - Con fecha 04 de octubre de 2012 AGESIC suscribió un Acuerdo de Cooperación Técnica e Interinstitucional con el Ministerio de Salud Pública (MSP) y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a efectos de establecer pautas, criterios y mecanismos de coordinación y colaboración para el desarrollo del Programa Xxxxx.xx.
El referido Programa apunta a fortalecer el Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS), apoyando la conformación de la Red Asistencial a través del uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), creando herramientas que contribuyan a mejorar el acceso de los ciudadanos a servicios de salud de calidad, en todo el país, así como generando las condiciones para que los Prestadores de Salud puedan brindar sus servicios en forma integrada, complementaria y centrada en el usuario.
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3. - Por su parte, la Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx, en el marco de su misión institucional, ha desarrollado el “Programa de Apoyo al Desarrollo Científico y Tecnológico del Estado”, el cual permite viabilizar la participación de estudiantes, docentes, grupos académicos especializados y egresados de la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República (FING-UDELAR), servicios del Centro de Ensayos de Software (CES), así como de todo otro personal idóneo o entidad técnica especializada que pueda ser requerido al efecto, en la realización de acciones tendientes al cumplimiento de los cometidos sustantivos que le son propios a éste, en sus diversas unidades y organismos, el cual es ofrecido a la contraparte como forma de cooperación en las áreas de necesidad e interés.
4. - En virtud de que la FJR y AGESIC vienen manteniendo una relación de cooperación mutua desde el año 2008, traducida en sucesivos Convenios de Cooperación y servicios, cuya ejecución ha significado un importante aporte para que la Agencia desarrolle los cometidos sustantivos que le son propios de manera eficaz y eficiente, ambas partes han entendido conveniente suscribir el presente Acuerdo Específico a fin de continuar y profundizar las acciones xx xxxxx cooperación en el marco del Programa Xxxxx.xx.
SEGUNDO: Objeto. -
El presente Acuerdo Específico, se enmarca en el Convenio Xxxxx de Cooperación firmado el 26 xx xxxxxx de 2013 entre AGESIC y la FJR, y su modificación de fecha 23 de octubre de 2014.
El objeto del presente es continuar brindando apoyo y cooperación a AGESIC con el desarrollo del “Proyecto de Gestión de Gobierno Electrónico en el Sector Salud” (en adelante, el “Proyecto”).
TERCERO: Alcance. -
En el marco del presente Acuerdo, AGESIC podrá solicitar a la FJR apoyo para la contratación y coordinación de servicios de consultoría individual y servicios de logística necesarios para la correcta realización de actividades previstas en la planificación del proyecto. A tales efectos, en cada caso AGESIC brindará a la FJR directivas e instrucciones precisas por medio de Términos de Referencia y documentos afines que serán entregados en forma previa a cualquier actividad.
CUARTO: Monto. -
A los efectos de viabilizar el cumplimiento del presente Acuerdo Específico, AGESIC ha decidido destinar las sumas de hasta $ 70.000.000 (pesos uruguayos setenta millones con 00/100) procedentes de sus propios recursos, los que se transferirán en diferentes partidas.
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Fundació>nn ^lk
Xxxxx Xxxxxxxxx
INGENIERIA EX E t URUGUAY
QUINTO: Transferencias y gestión. -
De acuerdo a lo establecido en la Cláusula Cuarta (Monto), contra la suscripción del presente Acuerdo, AGESIC realizará una transferencia inicial de hasta $ 10.670.000 (pesos uruguayos diez millones seiscientos setenta mil) procedentes de sus propios recursos.
El monto restante se transferirá en función de la evolución de la ejecución de este convenio. Las transferencias se gestionarán desde el punto de vista financiero, conforme a las rendiciones de gastos dispuestas por la Ordenanza N° 77 del Tribunal de Cuentas.
La materialización de los compromisos asumidos por la FJR referidos en la Cláusula Tercera (Alcance), implicarán gastos administrativos y de gestión en los que la FJR deberá incurrir. Para atender a los mismos, la FJR queda autorizada a retener un 6,5% (seis con cinco por ciento) de cada ingreso por dicho concepto. El reconocimiento de dicho gasto se hará en forma proporcional al monto ejecutado (siguiendo el criterio de lo devengado).
El total de las comisiones generadas por el presente acuerdo se descontaran de los fondos transferidos por recursos propios xx Xxxxxx Generales.
El saldo que resulte por la no ejecución en su totalidad de las sumas transferidas por AGESIC en cumplimiento del presente Acuerdo Específico, quedará a disposición de dicha Agencia, la cual resolverá su destino, indicando en forma oportuna a la FJR cómo proceder con el remanente.
Toda la documentación de gastos que se emita como consecuencia de la ejecución del presente Acuerdo, será realizada, según corresponda, a nombre de: FJR-AGESIC-SALUD UY xxxx (RRGG). Esta descripción queda sujeta a los cambios que puedan ocurrir por la implementación de la e-factura.
SEXTO: Confidencialidad. No divulgación.-
Sin perjuicio de lo definido en el Convenio Marco vigente, para este Acuerdo Específico, las partes acuerdan que toda información relacionada con la otra parte, o que se generará en el marco del presente Acuerdo, no será divulgada o distribuida directa o indirectamente a ningún tercero, sin el previo consentimiento expreso y por escrito de la otra parte, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente en la materia.
Las obligaciones mencionadas, se mantendrán mientras dure el vínculo entre las partes, sin perjuicio de la información secreta, reservada o confidencial, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008 de Acceso a la Información Pública, modificativas y concordantes.
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SEPTIMO: Propiedad de la Información
XXXXXX y/o quien/es ésta determine, tendrá derecho exclusivo a toda propiedad intelectual y otros derechos de dominio, incluyendo entre otros, patentes, derechos de autor y marcas registradas, con respecto a los productos, procesos, invenciones, ¡deas, conocimientos técnicos o documentos y otros materiales que se generen o desarrollen en el marco del presente Acuerdo.
OCTAVO: Vigencia. -
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción hasta el 30 xx xxxxx de 2020, a menos que cualquiera de las partes comunique a la otra su voluntad de desvincularse con al menos 30 (treinta) días de antelación al vencimiento original o al de cualquiera de sus prórrogas. La pérdida de vigencia de este Acuerdo no afectará las acciones pendientes de finalización que hubieren sido aprobadas por las partes oportunamente.
NOVENO: Acuerdos complementarios
Este Acuerdo Específico, podrá ser modificado y/o ampliado de común acuerdo entre las partes, así como complementado por otros Acuerdos a efectos de interpretar, definir o implementar la regulación del presente.
DÉCIMO: Domicilios. -
A todos los efectos a que diere lugar este Acuerdo, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia, considerándose válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio fehaciente legalmente admitido.
DÉCIMO PRIMERO: Otorgamiento. -
En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y contenido, a un mismo efecto, en el lugar y fecha arriba indicados.
Por AGESIC Por Fundación Xxxxx Xxxxxxxxx
Ing. Xxxx Xxxxxxxxxx Ing. Xxxxx Xxxxx
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