PLIEGO DE CONDICIONES POR EL QUE HA DE REGIRSE LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE BILLETAJE SIN CONTACTO DE LOS OPERADORES TITSA Y MTSA Y DEL SISTEMA DE AYUDA A...
PLIEGO DE CONDICIONES POR EL QUE HA DE REGIRSE LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE BILLETAJE SIN CONTACTO DE LOS OPERADORES TITSA Y MTSA Y DEL SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE TITSA
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES
1. Objeto del contrato
2. Órgano de contratación y Mesa de Contratación
3. Régimen jurídico y jurisdicción
4. Capacidad para contratar
5. Presupuesto máximo de licitación y valor estimado
6. Revisión de precios
7. Duración del contrato. Plazo de ejecución.
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. Procedimiento y criterios de adjudicación
9. Plazo y presentación de proposiciones
10. Contenido de las proposiciones
11. Calificación documental y apertura de ofertas
12. Apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación
13. Adjudicación
14. Constitución de la garantía definitiva
15. Documentación a presentar por el adjudicatario
III. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
16. Formalización
IV. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. Responsable de los trabajos objeto del contrato
18. Obligaciones del consultor
19. Gastos e impuestos
20. Facturación y abonos al consultor
21. Cumplimiento de plazos
22. Penalizaciones
23. Cláusula Social
V. SUBCONTRATACIÓN
24. Subcontratación y cesión
VI. MODIFICACIÓN
25. Modificación del contrato
26. Suspensión del contrato
VII. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
27. Recepción de los trabajos
28. Resolución y extinción del contrato
29. Plazo de garantía
30. Devolución o cancelación de la garantía
ANEXOS
I DISPOSICIONES GENERALES
1. OBJETO DEL CONTRATO
Es objeto del contrato al que se refiere el presente Pliego de Condiciones y el pliego de prescripciones técnicas que lo acompaña, la prestación de los servicios de apoyo, coordinación y supervisión en la implantación de un sistema de billetaje, el diseño de las tarjetas sin contacto de dicho sistema y de todos los procesos asociados para los operadores Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A. (en adelante XXXXX) y a Metropolitano de Tenerife, S.A. (en adelante MTSA), así como el suministro e implementación de un nuevo Sistema de Ayuda a la Explotación (SAE) para TITSA.
A los efectos de identificar el contenido y alcance exactos de cada una de las prestaciones a contratar en virtud de esta licitación, se estará a lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, la asistencia técnica, de forma enunciativa, deberá contemplar las siguientes actividades:
1. Diseño general del sistema, de la tarjeta y elementos asociados.
2. Supervisión completa de los desarrollos relativos a la tarjeta diseñada, pudiendo realizar las pruebas que sean necesarias, tanto sean locales en Tenerife, como en el suministrado o en sesiones remotas
3. Proporcionar asistencia técnica a TITSA y MTSA en el proceso de implantación y puesta en marcha de los diferentes equipamientos y de los Sistemas Centrales
■ Condición de contrato accesorio o complementario
Simultáneamente con este procedimiento de contratación para adjudicar la asistencia técnica, MTSA y XXXXX han convocado otra licitación identificada como “Contratación, en régimen de arrendamiento, del Sistema de Billetaje sin Contacto de los Operadores TITSA y MTSA y del Sistema de Ayuda a la Explotación de TITSA”
En virtud de lo anterior, la ejecución del contrato de asistencia técnica quedará en todo caso condicionada (condición resolutoria) a la adjudicación del contrato principal del que aquél trae causa. En consecuencia, cuando por cualquier razón la adjudicación del contrato principal no se produjese, se extinguirá automáticamente, por pérdida de su objeto, el contrato de asistencia técnica que en su caso haya podido celebrarse con anterioridad, sin que ello comporte indemnización o compensación alguna.
El adjudicatario del contrato principal no podrá coincidir en ningún caso con el adjudicatario de este contrato de asistencia técnica, debiendo existir por tanto absoluta independencia entre los adjudicatarios de uno y otro contrato. En todo caso, esta incompatibilidad se extenderá también a los supuestos en los que los licitadores que concurran a uno y otro procedimiento sean personas o entidades vinculadas de acuerdo a la definición establecida en la Ley del Impuesto de Sociedades (art.16.3)
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN Y MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación competente para la adjudicación del contrato será el Consejo de Administración de cada una de las entidades contratantes (TITSA-MTSA)
El examen de la capacidad y solvencia de los licitadores, así como la valoración de las ofertas recibidas se llevará a cabo por la Mesa de Contratación, constituida a estos efectos e integrada por los siguientes miembros:
Presidente. Presidente Administración (TITSA) | del | Consejo | de | Vocal. Director Económico-Financiero (TITSA) |
Vocal. Consejero Delegado (TITSA) | Vocal. Director Económico-Financiero (MTSA) | |||
Vocal. Director Gerente (TITSA) | Vocal. Director de Informática y Nuevas Tecnologías (TITSA) | |||
Vocal. Director Gerente (MTSA) | Vocal. Responsable de informática e ingeniería de sistemas (MTSA) | |||
Secretario. Letrado asesor (TITSA) |
3. NATURALEZA DEL CONTRATO, RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
El contrato objeto de licitación se califica como contrato de servicios de naturaleza privada y se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación por las prescripciones jurídicas, económicas y técnicas previstas en este pliego, elaborados conforme a las Instrucciones de Contratación de TITSA y de aplicación para los contratos no sujetos a regulación armonizada según la disposición adicional cuarta de la Ley 31/2007, de 30 de octubre sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, de la energía, los transportes y los servicios postales (LSE) y la disposición adicional octava del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato se regirá por las estipulaciones previstas a tal fin en los pliegos y aquellas que se recojan expresamente en el documento de su formalización, aplicándose con carácter supletorio las disposiciones del derecho privado. Además del documento en el que se formalice el contrato, tienen carácter contractual el pliego y la oferta adjudicataria.
En el supuesto de discrepancias entre las partes, relativas a la interpretación y ejecución de las normas y cláusulas que rigen la prestación del servicio contratado, éstas renuncian a sus fueros propios, sometiéndose a la competencia de los Jueces y Tribunales de la ciudad de Santa Xxxx de Tenerife.
4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar con MTSA-TITSA las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y acrediten el cumplimiento de los criterios establecidos en este Pliego de Condiciones.
Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica a través de los medios de justificación que se reseñan a continuación:
- Cuentas anuales y auditoría de los últimos 3 años.
- Experiencia en la ejecución de proyectos similares al objeto del contrato:
o Superior a 15 años en sistemas de billetaje.
o Superior a 8 años en el diseño de mapas de tarjetas sin contacto
o Certificados de al menos 3 mapas diferentes de tarjeta MIFARE DESFIRE.
o Certificados de al menos 2 mapas de tarjeta MIFARE ULTRALIGHT
o Certificados de diseños de 3 mapas de otras tarjetas MIFARE
o Certificados de al menos 1 diseño de seguridad con Mifare XXX AV2
o Certificados de al menos 3 diseños de seguridad con Xxxxxx XXX
- Experiencia en Asistencia Técnica a la Implantación de Sistemas Integrados de Billetaje sin Contacto.:
o Experiencia superior a 7 años en Asistencia Técnica a implantación sin contacto
o Certificados de Asistencia Técnica en 4 implantaciones de tarjetas sin contacto
Los certificados deberán incluir lugar, fechas (inicio y finalización de la asistencia), presupuesto del proyecto, persona de contacto del cliente que recibió el servicio y número telefónico, y descripción del servicio: asistencia a la implantación, definición xx xxxx de datos, diseño de seguridad, etc.
Al margen de acreditar su solvencia técnica por los medios antes indicados, los licitadores deberán asumir el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales suficientes para llevarla a cabo adecuadamente, medios que, de acuerdo con lo dispuesto en este Pliego de Condiciones, deberán detallar en su oferta.
Los que contraten con MTSA-TITSA, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello. La documentación que los licitadores pretendan aportar para acreditar su representación para licitar debe ser original o tener tal carácter atendiendo a la legislación vigente.
No podrán contratar con MTSA-TITSA aquellas personas, físicas o jurídicas, en las que concurran las circunstancias previstas en el art. 60.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de , de Contratos del Sector Público.
Estarán autorizadas a licitar las agrupaciones de operadores económicos, sin que sea requisito tener ninguna forma jurídica determinada. No obstante, en caso de resultar adjudicatario del contrato, tiene la obligación de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas.
5. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO
► Presupuesto de licitación.- El presupuesto máximo de licitación asciende a un importe total de 181.865,00 euros (sin IGIC)
En la cantidad anterior se entienden incluidos todo tipo de gastos en los que pudieran incurrir los adjudicatarios, incluyendo dietas, desplazamientos, muestras, impuestos y gravámenes, excepto el IGIC que deba ser repercutido como partida independiente.
No se aceptarán ofertas con presupuestos superiores al de licitación.
El precio del contrato será el ofertado por el licitador que resulte adjudicatario.
► Valor estimado.- El valor estimado del contrato asciende a 218.238,00 euros (sin IGIC)
El valor estimado representa el importe total al que podría ascender el contrato, teniendo en cuenta el presupuesto de licitación, la duración prevista y las eventuales modificaciones que pudieran acordarse conforme lo dispuesto en este pliego.
6. REVISIÓN DE PRECIOS
En el presente contrato no habrá revisión de precios.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo para la ejecución de los trabajos objeto de este contrato será de aproximadamente 2 AÑOS, computados a partir de la firma del mismo. No obstante, la vigencia del contrato se mantendrá en todo caso hasta el momento en que se certifique la recepción definitiva del contrato principal enunciado en la cláusula 1 de este pliego.
II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por procedimiento abierto y a la oferta económicamente más ventajosa según resulte de los siguientes criterios de adjudicación:
VALORACIÓN TÉCNICA (70 PUNTOS)
Concepto | Max. | Criterio |
Experiencia adicional Sistemas de Billetaje | 10 | 1 puntos/año |
Certificado adicional mapa DESFIRE® | 15 | 5 puntos/Certificado |
Certificado adicional mapa ULTRALIGHT® | 10 | 5 puntos/Certificado |
Certificado adicional otros mapas MIFARE® | 10 | 2 puntos/Certificado |
Certificado adicional MIFARE XXX® | 10 | 5 puntos/Certificado |
Experiencia adicional en implantación de Sistemas Sin Contacto | 10 | 5 puntos/año |
Certificado implantación adicional | 10 | 5 puntos/Certificado |
Valoración memoria técnica | 15 | |
Valoración Control de Calidad | 10 | |
TOTAL | 100 puntos x 0,7 (70 puntos) |
Nota: En la valoración de los criterios técnicos, habrá de obtenerse al menos el 50% de la puntuación máxima señalada para el conjunto de ellos, siendo automáticamente rechazada la oferta que no alcance dicho mínimo.
PRECIO (30 PUNTOS)
Se asignarán 30 puntos a la propuesta que presente el precio más bajo. La puntuación de las restantes ofertas se obtendrá con la siguiente fórmula:
Punt.oferta = [ (P.licitación – P.menor)*Punt.Max ] – [ (P.oferta - P.menor) * (Punt.Max. - Punt.min.) ]
(P.licitación – P.menor)
Donde:
Punt. Oferta= Puntuación de la oferta a valorar
P. licitación= presupuesto de licitación
P. menor= precio más bajo ofertado
Punt. Máx.= puntuación máxima (30 puntos)
P. Oferta= precio de la oferta a puntuar
Punt. Mín= puntuación mínima (asignada a la cuota más alta) = Punt.Max*60/100= 18 puntos
9. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las proposiciones y la documentación complementaria se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, y en el lugar y plazo señalado en los anuncios de licitación.
La presentación se realizará en las oficinas principales de TITSA que se indiquen en los párrafos siguientes, bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado dentro del plazo señalado
Cuando las ofertas se envíen por correo, se dirigirán a la dirección de TITSA sita en X/Xxxxx xx Xxxxx, 0– 00000 Xxxxx Xxxx xx Xxxxxxxx, debiendo justificarse la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciando la remisión de la oferta mediante telegrama el mismo día. En el telegrama se consignará el código, el título completo del procedimiento de contratación y el nombre del participante. A efectos de justificar que el envío se hace dentro de la fecha y horas límites señaladas para la admisión de ofertas, se exigirá como medio de prueba que en el texto del telegrama se haga referencia al número del certificado del envío hecho por correo. Sin el cumplimiento de ambos requisitos no será admitida la oferta si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Las ofertas enviadas por correo que no tengan entrada en la dirección anteriormente indicada en un plazo máximo de 10 días naturales a contar desde la fecha señalada para la recepción de ofertas, no serán admitidas.
La presentación de las proposiciones supone la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido de este pliego de condiciones y el de prescripciones técnicas, sin salvedad alguna.
Los licitadores se comprometen a mantener la validez de las ofertas hasta la apertura pública de las proposiciones y durante noventa días más a contar desde la fecha de dicha apertura. Transcurrido el plazo señalado pueden retirar sus ofertas sin penalización alguna.
La presentación de la proposición se deberá realizar en las oficinas principales de TITSA, sitas en C7Punta xx Xxxxx, 1 – 38111 Santa Xxxx de Tenerife.
Las proposiciones deben presentarse en un único ejemplar original, o que tenga tal carácter conforme a la legislación aplicable.
10. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones constarán de tres sobres cerrados, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax, y dirección de correo electrónico, de disponer de ellos, así como con la firma del licitador o persona que le represente.
El contenido de cada sobre, que se relacionará en un índice independiente incluido en cada uno de ellos, deberá reunir los requisitos que se señalan a continuación:
Sobre número 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Su contenido será el siguiente:
El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente:
Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escritura de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP.
Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga
constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato.
Así mismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar. Deberá adjuntarse igualmente el DNI del representante.
Si varios empresarios acuden a la licitación como una agrupación de empresarios, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban y la participación de cada uno de ellos. Además, en caso de resultar adjudicatarios del contrato, tienen la obligación de constituirse formalmente en Unión Temporal de Empresas, para lo cual designarán un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta su extinción, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
Las agrupaciones de empresarios deberán suscribir y aportar un compromiso de constitución en Unión Temporal de Empresas en caso de resultar adjudicatario del contrato.
Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en el presente Pliego de Condiciones.
Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica.
Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público., comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias de carácter estatal y autonómico y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Así mismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
Sobre número 2: OFERTA TÉCNICA
Los licitadores incluirán en este sobre la documentación relacionada con los criterios de adjudicación a que se refiere la cláusula 8 “Valoración Técnica”
Sobre número 3: OFERTA ECONÓMICA
El contenido de la oferta económica será redactado según el modelo anexo A al presente Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. En la proposición económica, que no deberá superar el presupuesto de licitación, deberá indicarse como partida independiente, el importe del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser repercutido.
Cada licitador podrá presentar sólo una proposición al procedimiento de contratación, sin que se puedan presentar variantes o alternativas.
El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas.
- Oferta desproporcionada o anormalmente baja.- Se llevará a cabo un control sobre las bajas de licitación en las proposiciones económicas presentadas por las empresas. Se considerará oferta desproporcionada o anormalmente baja aquella que sea inferior en 20 puntos porcentuales al presupuesto máximo de licitación.
11. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN GENERAL. SOBRE 1
Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación general contenida en los sobres número uno presentados por los licitadores, y si observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane. Ahora bien, si la documentación de un licitador contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, no será admitido a la licitación.
Al margen de la subsanación a que se refiere el párrafo anterior, la Mesa, a efectos de completar la acreditación de la solvencia de los licitadores, podrá recabar de éstos las aclaraciones que estime oportunas sobre las certificaciones y documentos presentados, así como requerirlos para la presentación de otros documentos complementarios, requerimiento que deberá ser cumplimentado en el plazo máximo de cinco días naturales y siempre antes de la declaración de admisión de las proposiciones.
12. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN. SOBRES 2 y 3
La Mesa realizará en acto público la apertura de las ofertas técnicas y de las proposiciones económicas de los licitadores admitidos, en el lugar y hora señalados en el anuncio de licitación y en el perfil del contratante, con arreglo al siguiente procedimiento:
En primer lugar, se dará cuenta a los asistentes del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobres nº 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de su exclusión, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa de Evaluación hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas, o el de subsanación de defectos u omisiones.
A continuación se procederá a la apertura de los sobres nº 2 y 3 de los licitadores admitidos, dando lectura a la oferta económica.
Concluida la apertura de las proposiciones, se invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación, en el plazo máximo de dos días hábiles.
A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de proposiciones, de cuyo desarrollo se dejará constancia en acta.
La Mesa analizará las ofertas para hacer la valoración de acuerdo con los criterios del presente Pliego de Condiciones y elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el Pliego de Condiciones, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación.
13. ADJUDICACIÓN
A la vista de la propuesta de la Mesa, el Órgano de Contratación dictará la adjudicación del contrato en el plazo máximo 90 días naturales, a contar desde la apertura pública de las proposiciones. Transcurrido el indicado plazo sin haberse dictado acuerdo sobre la adjudicación, los licitadores podrán retirar sus ofertas y las garantías constituidas.
La adjudicación que realice el órgano de contratación deberá acomodarse a la propuesta de la Mesa de Evaluación, salvo que expresamente se justifiquen los motivos para apartarse de tal propuesta, o que ésta se haya efectuado con infracción del ordenamiento jurídico, en cuyo caso la convocatoria quedará sin efecto.
La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que alguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos exigidos en el Pliego de Condiciones, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación. No obstante, MTSA-TITSA, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
La adjudicación deberá notificarse a los licitadores y publicarse en el diario oficial en que se publicó el anuncio de licitación, y/o en el perfil de contratante de la página Web del órgano de contratación.
14. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo de 15 días hábiles desde que se notifique o se publique la adjudicación en un diario oficial y en el perfil del contratante de la página Web del órgano de contratación, la constitución de la garantía definitiva por valor del 5 por 100 del importe de adjudicación del contrato, excluido el IGIC.
Las garantías definitivas deberán constituirse de forma independiente con respecto a TITSA y MTSA, debiendo corresponder al cinco por ciento de los importes que corresponda a cada uno de los contratos que se firmará con cada uno de los operadores.
La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval o por contrato de seguro de caución, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Caja de MTSA-TITSA.
Los operadores se reserva el derecho de solicitar a los licitadores la documentación que considere oportuna a los efectos de comprobar la autenticidad de los avales entregados
El adjudicatario podrá retirar la garantía provisional en el acto de depósito de la garantía definitiva.
Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación su precio, se reajustará la garantía en el plazo de quince días, contados desde la fecha en que se notifique al adjudicatario la resolución de modificación del contrato.
En el plazo de quince días, contado desde la fecha en que se hagan efectivas, en su caso, las penalidades o indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO
El adjudicatario deberá acreditar, en el plazo máximo de 15 días naturales, contados desde el día siguiente a la notificación o a aquel en que se publique la adjudicación en un diario oficial y en el perfil del contratante de la página Web del órgano de contratación, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará presentando la siguiente documentación:
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas o el documento de alta en el mismo, cuando ésta sea reciente y no haya surgido aún la obligación de pago.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración del Estado, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con este último.
- Certificación administrativa expedida por el órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, por lo que respecta a las obligaciones tributarias con la misma.
La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social se realizará mediante certificación expedida por la autoridad administrativa competente.
Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
III FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
16. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario queda obligado a suscribir, dentro del plazo de 15 días naturales desde la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento de formalización del contrato con cada uno de los operadores, por el importe que corresponda a cada uno de ellos, al que se unirá, formando parte del mismo, la oferta del adjudicatario y un ejemplar de los Pliegos debidamente firmados.
Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal.
El contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el consultor, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, MTSA-TITSA podrá acordar su resolución. En tal supuesto, procederá la incautación de la garantía y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Forman parte del contrato los siguientes documentos con la siguiente prelación:
1. Las Modificaciones del contrato.
2. El Contrato
3. El Pliego de Condiciones.
4. La Oferta, en aquellos aspectos que mejoren lo requerido en el Pliego de Condiciones.
El adjudicatario deberá aportar copia de póliza de seguro de responsabilidad civil y profesional con indicación de las coberturas y límites y económicos. Esta póliza deberá mantenerse vigente durante toda la ejecución del contrato,
IV
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
17. RESPONSABLE DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO
El Director Gerente podrá designar una persona física o jurídica, vinculada a MTSA-TITSA o ajena a él, como Responsable del Contrato, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al consultor las órdenes e instrucciones.
El Responsable de los Trabajos podrá exigir la sustitución de aquellos miembros del personal asignado por el consultor para la ejecución del contrato cuando, a juicio de MTSA-TITSA, su rendimiento profesional o conducta sean inadecuados para el correcto desarrollo y cumplimiento del Contrato. La sustitución habrá de practicarse en el plazo de 7 días naturales y el sustituto asignado habrá de reunir, cuando menos, la misma cualificación técnica y experiencia que el sustituido. Esta sustitución no justificará demora en la realización de los trabajos ni dará lugar a responsabilidad alguna de MTSA- TITSA.
18. OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones, así como las instrucciones que, en su caso, le diere el responsable del contrato designado por el Órgano de Contratación.
Será obligación del consultor indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de MTSA-TITSA, éstas serán responsables dentro de los límites señalados en la normativa aplicable.
El consultor será responsable igualmente de los daños y perjuicios que se originen durante la ejecución del contrato, tanto para MTSA-TITSA como para terceros, por defectos o insuficiencias técnicas de su trabajo, o por los errores de proyecto o materiales, omisiones e infracciones de preceptos legales o reglamentarios en los que el trabajo haya incurrido. Si el contrato se ejecutara de forma compartida con más de un profesional, todos responderán solidariamente de las responsabilidades a que se refiere esta cláusula.
El consultor deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de empresario.
El consultor deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
El alcance e importes abonados por los trabajos incluye la cesión a MTSA-TITSA de la propiedad intelectual de todos los trabajos objeto del contrato desde su inicio, siendo responsabilidad del consultor las posibles reclamaciones de terceros en esta materia.
El consultor queda obligado al cumplimiento de aquellas órdenes e instrucciones que les sean cursadas por el responsable del Contrato, en su función supervisora de la ejecución del mismo. Dicho cumplimiento, en ningún caso, puede justificar una demora en la realización de los trabajos ni dará lugar a responsabilidad alguna de MTSA-TITSA.
En el caso de que el consultor realizara defectuosamente el objeto del contrato, o incumpliera el compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales ofertados para ello, a que se refieren las cláusulas 4.2 y 13.3.4, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una
penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.
Cuando el consultor, por causas imputables al mismo, hubiere incumplido parcialmente la ejecución de las prestaciones definidas en el contrato, el órgano de contratación podrá optar, indistintamente, por su resolución o por imponer las penalidades indicadas en la cláusula anterior.
19. GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONSULTOR
Son de cuenta del consultor todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública.
Los citados gastos de publicación se deberán abonar antes de la firma del contrato.
Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del consultor, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que se indicará como partida independiente.
Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del mismo, los necesarios para la obtención de todo tipo de autorizaciones, permisos, etc., incluso honorarios colegiales en los casos en que sean legalmente necesarios, incluidos los posibles gastos de desplazamientos y dietas.
20. FACTURACIÓN Y ABONOS AL CONSULTOR
A los efectos del pago, el adjudicatario deberá emitir factura mensual y previa conformidad por los responsables del seguimiento del contrato, será abonada a los 30 días.
21. CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS
El consultor queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato en los términos previstos en el presente Pliego de Condiciones.
En caso de incumplimiento se atenderá a las penalidades establecidas en la cláusula siguiente.
22. PENALIZACIONES POR INCUMPLIMIENTO
Si llegado el final del trabajo, el consultor hubiere incurrido en demora, por causa no imputable a MTSA- TITSA, éstas podrán optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades diarias en la proporción de 0,2% del precio total del contrato en vigor.
Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades.
La imposición de penalidad no excluye la indemnización a que pueda tener derecho MTSA-TITSA por los daños y perjuicios ocasionados por el retraso imputable al consultor.
Si se produjera retraso en el cumplimiento de los plazos por causas no imputables al consultor, MTSA- TITSA podrá a petición de éste conceder la prórroga por un tiempo igual al tiempo perdido, salvo que el consultor solicite otro menor.
Ritmos de avance incompatibles con el plazo límite de los trabajos, obligarán al consultor a presentar un nuevo plan para la aprobación de MTSA-TITSA. La desestimación de este nuevo plan supondrá la rescisión del contrato sin derecho a reclamación por parte del Consultor salvo los trabajos realizados a satisfacción de MTSA-TITSA. Éstas podrán reclamar daños y perjuicio por la rescisión.
23. CLÁUSULA SOCIAL
►Condición especial de ejecución del contrato.- Contratación de personal en situación legal de desempleo
En caso de que la entidad adjudicataria necesite contratar personal para la ejecución de la prestación, ya sea al inicio o bien durante la vigencia del contrato, se obliga a hacerlo entre personas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx, y con al menos seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de contratación. Excepcionalmente, se podrá contratar a otro personal cuando se acredite que los puestos que se precisan han sido ofertados, pero no cubiertos por personas inscritas como demandantes de empleo y con la antigüedad mínima exigida.
SUBCONTRATACIÓN
24. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN
No se permitirá la subcontratación ni cesión de los trabajos contratados, sin la previa autorización por escrito de MTSA-TITSA.
Las empresas o personal subcontratado deben reunir los requisitos relativos a la capacidad de obrar y solvencia financiera, económica, técnica y profesional exigidos a los licitadores, debiendo acreditar a MTSA-TITSA los abonos realizados al personal subcontratado en caso de ser requerido para ello.
VI MODIFICACIÓN DE CONTRATO
25. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
MTSA-TITSA tendrá derecho a realizar modificaciones en el contrato que no superen el 20% del valor de adjudicación. Si el consultor y MTSA-TITSA no llegaran a un acuerdo en 15 días, se contratará a un tercero, sin incidencia en plazo y presupuesto, con quién el consultor quedará obligado a colaborar.
26. SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO
Si MTSA-XXXXX acordare la suspensión del contrato, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
FINALIZACIÓN DEL CONTRATO
27. RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
A la terminación del Contrato, los trabajos se entenderán que están en condiciones de ser recibidos cuando el Consultor haya realizado la totalidad de los mismos, de conformidad con lo establecido en este Pliego de Condiciones.
Si los servicios no se hallan en condiciones de ser recibidos, la Dirección dejará constancia expresa de tal circunstancia y se darán las instrucciones precisas al consultor para que subsane los defectos observados. Si pese a ello, los trabajos efectuados no se adecuan a la prestación contratada, como consecuencia de vicios o defectos imputables al consultor, MTSA-TITSA podrá rechazarla, quedando exenta de la obligación de pago, y teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho hasta entonces.
28. RESOLUCIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Además de los supuestos de incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones contenidas en este pliego, el contrato se extinguirá por resolución en caso de concurrencia de alguna de las siguientes causas:
• La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica del contratista.
• El mutuo acuerdo entre MTSA-TITSA y el Contratista.
• La no formalización del contrato en plazo.
• La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista.
• Las establecidas expresamente en el contrato.
Producirá igualmente la resolución del contrato, el incumplimiento por el consultor de la obligación de guardar sigilo y respetar la estricta confidencialidad respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
En ningún caso, el personal empleado por el contratista se incorporará a la plantilla de MTSA-TITSA, ni ésta se subrogará en las relaciones laborales o de otra naturaleza existentes entre el contratista y el personal empleado, siendo MTSA-TITSA totalmente ajena a las referidas relaciones jurídicas, así como a las eventuales obligaciones y responsabilidades que, de ellas, pudieran derivarse y que el contratista acepta expresamente, siendo de su cuenta y cargo.
Igualmente, el contratista asume todas las obligaciones y responsabilidades que se deriven de las relaciones que, durante la vigencia del contrato, pudiera contraer con terceros para desarrollar su objeto, siendo MTSA-TITSA totalmente ajena a las mismas.
29. PLAZO DE GARANTÍA
El objeto del contrato quedará sujeto a un plazo de garantía de 2 años, a contar desde la fecha de finalización del servicio prestado durante los cuales MTSA-TITSA podrá comprobar que el trabajo realizado se ajusta a lo contratado y a lo estipulado en el presente Pliego de Condiciones. Transcurrido el plazo de garantía sin que se hayan formulado reparos a los trabajos ejecutados, quedará extinguida la responsabilidad del consultor.
Durante el periodo de garantía, el consultor estará obligado a subsanar, a su xxxxx, todas las deficiencias que se puedan observar en el servicio prestado, con independencia de las consecuencias que se pudieran derivar de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir.
30. DEVOLUCIÓN O CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Cumplidas por el consultor las obligaciones derivadas del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, y transcurrido el periodo de garantía, en su caso, se procederá a su devolución.
ANEXO I.
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D./Xx...........................................................................,con D.N.I. nº.................................., en nombre y
representación de…………………………………………………………………………….…, con domicilio en………………………………………………………………..enterado de la licitación de referencia LCMT-SER 2/032014, para la adjudicación del CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA DE BILLETAJE SIN CONTACTO DE LOS OPERADORES TITSA Y
MTSA Y DEL SISTEMA DE AYUDA A LA EXPLOTACIÓN DE TITSA y conociendo la totalidad de los pliegos de condiciones que la rigen, presenta la siguiente oferta:
Precio
…..…………………..……euros (sin IGIC)
En……………………………………………a………………de de 2014
Firma y sello de la Empresa
ANEXO II. MODELO DE AVAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)……………………………………………………………………..NIF con
domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en……………………………………………….
Calle/plaza/avenida………………………………………………………….CP…………………………….y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) con
poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado)………………………………………………….................
NIF……………………………………………, por importe de……………………………………euros (en cifra)……………………………………………… en concepto de garantía para
responder de las obligaciones derivadas de…………………………………………………………………....
………………………………………………………………………………………………………………… ANTE: TRANSPORTES INTERRUBANOS DE TENERIFE, S.A.U. (TITSA) /METROPOLITANO DE TENERIFE, S.A.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art.56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento.
Este aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el núm……………………………………………
(Xxxxx y fecha)………………………………………………………………….
Razón social de la entidad……………………………………………………..
Firma de los apoderados………………………………………………………..
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número de Código: |
ANEXO III
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
EMPRESA……………………………………………………………………………..
D/D.ª …………………………………………………, en calidad de…………….……………………………
y en representación de la misma,
DECLARA
Que la empresa adquiere el compromiso formal con Transportes Interurbanos de Tenerife, S.A.U. y Metropolitano de Tenerife, S.A., (en adelante TITSA y MTSA) de satisfacer o haber satisfecho, antes del inicio de los trabajos, las siguientes exigencias referidas a los servicios o actividades incluidos en el objeto del contrato y respecto de los trabajadores, equipos y maquinaria que la empresa destine a la realización de los mismos:
• Cumplimentación de un documento en formato Excel enviado por el servicio de prevención vía correo electrónico (SIGEST_DOCAc) y que debe ser remitido por parte de la empresa contratada en formato papel y por correo electrónico al servicio de prevención.
• Certificado de vida y de invalidez establecidos en Convenio. Frecuencia de entrega Anual.
• Póliza de responsabilidad civil y recibo de pago. Frecuencia de entrega Anual.
• Impresos TC1 y TC2 del mes anterior al inicio de los trabajos donde figuren los nombres de las personas que trabajarán en las instalaciones de TITSA-MTSA. Actualización mensual.
• Contrato o Certificado de haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el art. 10 del capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97) en lo relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias para el desarrollo de su actividad.
• Carta de pago o certificado de haber pagado a una entidad acreditada los servicios de prevención.
• Nombre y apellidos, teléfono de contacto, fax y correo electrónico de la persona responsable en materia de seguridad y salud, durante la ejecución del trabajo.
• Evaluación de riesgos sobre los trabajos asociados al objeto de la contratación.
• Certificado de haber informado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de TITSA-MTSA sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deban adoptar.
• Certificado de haber formado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de TITSA-MTSA sobre el desempeño de su trabajo en adecuadas condiciones de seguridad y salud.
• Certificado de entrega de los equipos de protección individual adecuados al puesto de trabajo.
• Certificado de la aptitud médica de los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
• Establecer los adecuados medios de coordinación con TITSA-MTSA y/o con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro de trabajo y estaciones de guaguas durante la ejecución de la actividad o servicio por el que se le contrata.
• Aceptar el compromiso de que, en caso de que se decida contratar alguna parte del trabajo a desarrollar (lo cual se comunicará con la debida antelación), se requerirá de la contrata que satisfaga todos los puntos aquí mencionados, lo que se acreditará mediante la cumplimentación y firma de este mismo modelo de declaración responsable.
Y para que conste donde proceda, firmo la presente declaración responsable.
En _ _ _ a de _ _ de
_.
Firma y sello de la empresa