CONTRATO ADMINISTRATIVO
CONTRATO ADMINISTRATIVO
En la Casa Consistorial de Burriana, a 00 xx xxxxxxxxx xx 0000
XXXXXXXX:
De una parte Xx. XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXX, Alcaldesa Presidenta del MAGNÍFICO AYUNTAMIENTO DE BURRIANA, en representación legal del mismo, asistida de la Secretaria General de la Corporación Xx. XXXXXXXXX XXXX XXXXXX.
De otra D. XXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, con DNI núm. XXXXXXXXXX, en nombre y representación de MADERAS MENUR- SL, CIF num.X00000000 con domicilio social en Xxxxx Xxx xx Xxxxxxxxxx xxx. 00 00000 XXXX (Xxxxxx),(xxxxx escritura de poder, otorgada ante el Xxxxxxx X. Xxxxx Xxxxxx Xxxxx de la Xxxxx, en Coín el día 24 de noviembre de 2006, con el número de protocolo 2.391) reconociéndose mutuamente capacidad legal para obligarse DICEN:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de julio de 2017, se aprobó el expediente para la contratación del suministro de mobiliario urbano (módulo de aseo/vestuario y pasarela articulada reforzada) para la playa de l’Arenal y los pliegos de prescripciones técnicas suscrito por el Jefe de Servicios Técnicos y la Ingeniera Técnica de Obras Públicas y el de clausulas administrativas elaborado por la Jefa de la Sección Primera de Contratación, asi como un gasto de 22.391,05, con cargo a la aplicación presupuestaria 1531.60900005, denominada “Accesibilidad via pública”. RC 201700018156.”.
SEGUNDO.- El anuncio de licitación se publicó en el BOP xx Xxxxxxxxx el 00 xx xxxxx 0000 y en el perfil del contratante y durante el período de licitación se presentaron tres ofertas.
TERCERO.- De conformidad con las actuaciones de la Mesa de Contratación, la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de septiembre, acordó no admitir las proposiciones presentadas por MADERAS IMPREGNADAS PARA EL EXTERIOR SL y SIDO MADERA SL y requirió a la mercantil Maderas Menur SL, para que presentara la documentación e ingresara la garantía.
CUARTO.- La Junta de Gobierno Local de 19 de octubre de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:
“DESESTIMAR RECURSO REPOSICIÓN INTERPUESTO Y ADJUDICAR LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE ACCESIBILIDAD EN PLAYA DE L’ARENAL (EXPTE. 8234/2017).
Examinado el expediente tramitado para la contratación del SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LA PLAYA DEL
ARENAL DE BORRIANA, mediante procedimiento abierto (Exp. 50/2017- Gestiona 8.234/2017).
Visto que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 21 de septiembre de 2017, acordó, no admitir las proposiciones presentadas por MADERAS IMPREGNADAS PARA EL EXTERIOR SL y SIDO MADERA SL, al no acreditar las exigencias xxx xxxxxx ni ajustar el mobiliario que proponen a las características requeridas y requerir a MADERAS MENUR SL para la presentación de documentación, con carácter previo a la adjudicación del contrato, al ser la única oferta que cumple los requisitos.
Visto que, en el plazo hábil al efecto, la mercantil MADERAS MENUR SL ha depositado la garantía definitiva por importe de 819,5€ y ha aportado la documentación requerida.
Visto el recurso interpuesto por MADERAS IMPREGNADAS PARA EL EXTERIOR SL , en fecha 25 de septiembre, contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de 21 del mismo mes, en el que solicita información sobre la fecha de presentación de la plicas presentadas en el procedimiento y se opone a la exclusión de la suya.
Visto el informe del Jefe de los Servicios Técnicos de 27 de septiembre, en cuanto a la reclamación técnica, dice:
“El informe técnico de las ofertas constataba que la oferta xx Xxxxxxx Para Exterior presentaba una serie de deficiencias e incumplimientos respecto a los parámetros señalados y que constan descritos en el punto 2 xxx xxxxxx; a saber:
MÓDULO DE ASEO VESTUARIO
El pliego establece que su composición será de xxxxxx xx xxxx nórdico con clasificación estructural tipo GL 24h en madera laminada y C24 en madera maciza, con pavimento, cerramiento y cubierta de tablero xxxxxx de 15, 15 y 18 mm de espesor, respectivamente, y con techo interior raso de tablero plastificado de 16 mm. La cubierta va revestida con placa asfáltica termosellada. Tendrá puertas macizas de 60 mm, y todos los herrajes xx xxxxx inoxidable.
- Maderas Para Exterior oferta xxxxxx xx xxxx xxxxxxxxx, sin acreditación de la capacidad estructural requerida. No cita las características del techo raso ni el espesor de las puertas. El revestimiento de cubierta es con teja asfáltica sin mayor especificación.
PASARELA ARTICULADA
El pliego establece que su composición será xx xxxxxx articulada y reforzada xx xxxx nórdico con clasificación de uso 4, de dimensiones 2400*1150 mm, formada por duelas de 2400*95*45 mm, con herrajes xx xxxxx inox.
- Maderas Para Exterior propone duelas de 1200*95*45 mm, conformando módulos de menor longitud con mayor número de articulaciones.
El recurso formulado hace hincapié en la calidad y adecuación de sus productos al pliego de contratación, con especial referencia a la aceptación de sus condiciones. No obstante, no comenta ni rebate ninguna de las cuestiones técnicas a que se ha hecho mención, que inciden, precisamente, sobre especificaciones xxx xxxxxx omitidas o no justificadas en la oferta de que se trata
En consecuencia, y considerando que no se acreditan suficientemente las exigencias xxx xxxxxx ni se ajusta el mobiliario de su oferta a las características requeridas, se propone DESESTIMAR el recurso presentado por la empresa Maderas Para Exterior,, y RATIFICAR la propuesta de adjudicación establecida en el informe técnico precedente.“
Visto el informe de la Jefa de la Sección Primera y la propuesta que contiene, de fecha 10 de octubre de 2017.
Visto el informe de Intervención, la Junta de Gobierno Local, en uso de las atribuciones que tiene delegadas por Resolución de la Alcaldía de 22 xx xxxxx de 2015, acuerda:
Primero.- Desestimar el recurso interpuesto por MADERAS IMPREGNADAS PARA EL EXTERIOR SL por los motivos que figuran en el informe técnico transcrito, comunicando a la citada mercantil que las fechas de recepción de las otras dos plicas presentadas en el procedimiento son las siguientes:
Maderas Menur S.L., 4 xx xxxxxx de 2017. Nº Reg. Entrada 10.40 Xxxx Xxxxxx, S.L., 10 xx xxxxxx de 2017. Nº Registro Entrada 10633
Segundo.- Adjudicar la contratación del SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LA PLAYA DEL ARENAL DE BORRIANA, a la
mercantil MADERAS MENUR SL con CIF X00000000 y con domicilio en Xxx. Xxx. Xx Xxxxxxxxxx, 00 00000 Xxxx (Xxxxxx), por el importe total de 19.831,90 € (16.390 € más 3.441,90 de IVA 21%), de conformidad con los pliegos reguladores de la contratación y la oferta presentada.
Tercero.- Autorizar y disponer un gasto de 19.831,90 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 1531.60900005 “ACCESIBILIDAD VÍA PÚBLICA”.
Las facturas que, en su momento, se presenten en relación con este contrato deberán acompañarse necesariamente de una copia de este acuerdo.
Cuarto.- Publicar este acuerdo en el perfil del contratante.
Quinto.- Requerir al adjudicatario para la formalización del contrato en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación del presente acuerdo, previamente deberá presentar en el Ayuntamiento:
• El justificante del ingreso en la Tesorería municipal por importe de 249,01 euros correspondiente al precio del anuncio de la licitación en el BOP.
Sexto.- Contra el dispositivo PRIMERO del presente acuerdo, se podrá interponer en el
plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de esta jurisdicción de Castellón de la Plana, de conformidad con lo dispuesto en el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas y art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Ello sin perjuicio de que puedan utilizar otros recursos si lo estimaren oportuno.
QUINTO.- Maderas Menur SL ha ingresado el importe de 249,01 euros, correspondiente al precio del anuncio de licitación en el BOP.
Y conviniendo a ambas partes en calidad de adjudicante y adjudicatario el presente contrato lo formalizan en documento administrativo con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Maderas Menur SL se compromete a la prestación del SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LA PLAYA DEL
ARENAL DE BORRIANA, con sujeción a los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares que forman parte, como Anexos, de este documento contractual y a las determinaciones que constan en la oferta presentada, por el importe anual de 19.831,90 € (16.390 € más 3.441,90 de IVA 21%).
SEGUNDA.- La ejecución del contrato tendrá una duración de cuatro semanas, desde el día siguiente de la formalización del presente contrato.
TERCERA.- Ambos contratantes quedan obligados al cumplimiento de este contrato y se someten expresamente a las disposiciones de régimen local que le sean de aplicación en lo no previsto en este contrato de naturaleza administrativa, y de la competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, así como a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público 3/2011, de 14 de noviembre y del Reglamento General aprobado por Real Decreto 1098/01 de 12 de octubre, en todo aquello que no este derogado y demás disposiciones concordantes.
Y para que conste, los otorgantes se afirman y ratifican en lo expuesto, firmando en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en lugar y fecha indicado; de lo que como Secretaria, doy fe.
EL CONTRATISTA LA ALCALDESA
LA SECRETARIA GENERAL
00000000000000000
A N E X O
“PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LA PLAYA DEL ARENAL DE BORRIANA.
I. OBJETO Y CODIFICACIÓN DEL CONTRATO
1. El objeto del presente contrato lo constituye el suministro de mobiliario urbano para la mejora de la accesibilidad a la playa del Arenal de Borriana, según las características y condiciones fijadas en el pliego de prescripciones técnicas (a partir de ahora PPT) elaborado conjuntamente por el Ingeniero de Caminos Municipal y la Ingeniera Tca de Obras Públicas Municipal. En caso de contradicción entre ambos pliegos, prevalecerá lo dispuesto en el Pliego de Clausulas Administrativas (a partir de ahora PCA).
De la documentación obrante en el expediente se desprenden además, las necesidades administrativas que se pretenden satisfacer con este contrato, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del TRLCSP.
2. Códigos nomenclatura CPV, según Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de 28 de noviembre de 2007 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV): 37535200-9 “Equipamiento para terrenos de juego”
II. RÉGIMEN JURÍDICO Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
1. El presente contrato tiene carácter administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego, por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP, en adelante), por el Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxx que lo desarrolla y en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Se trata de un contrato de suministro que se adjudicará por el procedimiento abierto previsto en el art. 138 y regulado en los artículos 157 al 161 del TRLCSP, por tramitación ordinaria.
2. El órgano de contratación competente es la Alcaldía Presidencia, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP y por delegación de 22 xx xxxxx de 2015 la Junta de Gobierno Local.
III. PERFIL DEL CONTRATANTE
La forma de acceso público al perfil del contratante propio del Ayuntamiento de Borriana es xxxx://xxxxxxxx.xx/xxxxx.xxx
IV. TIPO DE LICITACIÓN Y EXISTENCIA DE CRÉDITO.
1. El presupuesto máximo y el tipo de licitación es de 18.505.- euros más el IVA al 21% de IVA, total de 22.391,05 euros, mejorable a la baja por los licitadores.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores comprenden los tributos que le sean de aplicación según las disposiciones vigentes, a excepción del IVA, que figurará en cuantía aparte.
Valor estimado del contrato 22.3091,05 euros
2. La aplicación presupuestaria de las obligaciones económicas que se derivan del cumplimiento de este contrato, es 1531-60900005 “Accesibilidad en vía pública”.
V. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración máxima de la ejecución del contrato, incluyendo suministro y transporte de todos los elementos será de 4 semanas, desde la formalización del contrato.
VI. CONDICIONES DEL CONTRATO
Los productos ofertados deberán cumplir la normativa española y comunitaria vigente, y ajustarse a las características que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
VII. EMPRESAS PROPONENTES.
1. Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando este acredite que tiene efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.
2. Xxxxxx, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
3. Igualmente, la presentación de proposiciones diferentes por empresas vinculadas supondrá la exclusión del procedimiento de adjudicación, a todos los efectos, de las
ofertas formuladas. No obstante, si sobreviniera la vinculación antes de que concluya el plazo de presentación de ofertas, podrá subsistir la oferta que determinen de común acuerdo las citadas empresas. Se considerarán empresas vinculadas las que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el art. 42 Código de Comercio.
4 La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
VIII. DOCUMENTACIÓN
Los licitadores presentarán dos sobres identificado cada uno de ellos (sobre A: Documentación administrativa y sobre B: Documentación Técnica y Proposición Económica) cerrados y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicando el título del procedimiento y el nombre y apellidos o razón social de la empresa y contendrán:
1. Documentación administrativa. Sobre A
En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos:
a) Declaración responsable indicando que el licitador cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la administración, según Xxxxx X de este pliego.
b) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica y financiera, según el artículo 11.4.a) del Real Decreto 773/2015, de 28 xx xxxxxx, preferentemente:
- Acreditación de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales con cobertura mínima de 300.000 euros.
c) En su caso, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
d) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
2. Sobre B: Documentación técnica y proposición económica.
El sobre B contendrá:
2.1.- La documentación descriptiva de los elementos a suministrar que acredite el cumplimiento de todas y cada una de las características requeridas en el PPT.
2.2.- La proposición económica según el modelo siguiente:
“D/Xx................................, con DNI , actuando en nombre propio o en
representación de ........................., CIF nº ........................ y domicilio
social ................................., teléfono …............... y correo electrónico , hace constar:
Que acepta todas y cada una de las condiciones contenidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el de Cláusulas Administrativas particulares aprobados por la Junta de Gobierno Local para regular la adjudicación del Suministro de Mobiliario Urbano para la Mejora de la Accesibiidad a la Playa del Arenal de Borriana, por el importe de euros más el IVA (21
%) que asciende a euros, resultando un total de euros. Lugar, fecha y firma.”
2.3.- Acreditación, en su caso, de estar la empresa en posesión de la ISO 14001 de gestión medioambiental.
Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas.
IX. PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y LUGAR DE ENTREGA
1. El plazo de presentación de proposiciones será de 16 días naturales desde el siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín oficial de la Provincia, si el último día fuera sábado o festivo, se prorroga hasta el primer día hábil siguiente. Xxxxx anuncio se publicará en el perfil del contratante.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de la apertura pública de ofertas.
2. Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados dentro del plazo establecido en el punto anterior, en horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, en el Registro General del Ayuntamiento, situado en la planta baja del Ayuntamiento de Borriana, Xxxxx Xxxxx, 0, o enviadas por correo dentro del plazo señalado. Los sobres se entregarán junto con la instancia de presentación (Xxxxx XX) debidamente cumplimentada.
Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto.
Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax, telegrama o correo electrónico en el mismo día (xxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx). Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
X. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Todos los criterios que se establecen para la adjudicación del contrato tienen carácter objetivo y son los que figuran en el punto 6 del PPT.
los siguientes:
XI. MESA DE CONTRATACIÓN
1. La Mesa de contratación estará integrada por:
- Presidente: La Alcaldesa o Concejal en quien delegue.
- Vocales: La Secretaria o funcionario en quien delegue. La Interventora o funcionario en quien delegue.
El Ingeniero de Caminos Municipal o funcionario en quien delegue.
- Secretaria: La Jefa de la Sección Primera o funcionario en quien delegue
2. La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en los sobres A). A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente a los interesados y concederá un plazo de tres días para que el licitador subsane el error.
La Mesa, una vez calificada la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los arts. 54 y ss TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el artículo 11 del RGLCAP, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Se
El acto de apertura del sobre B, que contendrá la documentación técnica y la proposición económica, relativa a los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor, se efectuará públicamente a las 12:30 horas xxx xxxxxx día natural siguiente a aquél en que finalice el plazo de presentación de proposiciones. En el caso de que el día de celebración del acto coincida con día inhábil, éste se celebrará a la misma hora del primer día hábil siguiente.
Comenzará el acto de apertura dando conocimiento al público del número de proposiciones recibidas y el nombre de los licitadores, dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los sobres se encuentran en idénticas condiciones en que fueron entregados. Así mismo, la Mesa se pronunciará expresamente sobre los licitadores admitidos, los rechazados en su caso y las causas de su rechazo.
La Mesa remitirá, si procede, las proposiciones junto con el acta al servicio municipal competente para que emita el correspondiente informe sobre las documentaciones presentadas y su adecuación al PPT.
3. Finalmente, la Mesa de Contratación valorará las distintas proposiciones, en los términos previstos en los artículos 150 y 151 de la TRLCSP, clasificándolas en orden decreciente de valoración.
XII. CLASIFICACIÓN Y ADJUDICACIÓN
1. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, atendiendo a los criterios de adjudicación y pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más
ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a). Acreditación de la capacidad de obrar. La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga.
En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad.
b) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
c) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorización al Ayuntamiento para obtener de forma directa la acreditación de ello.
Los documentos de los apartados a), b) y c) podrán sustituirse por la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o de la Comunidad Valenciana, acompañada de una declaración responsable formulada por el licitador en la que se manifieste que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado variación.
d) Documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva.
e) Para empresas de más de 50 personas empleadas: Acreditación del cumplimiento de lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de
29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de pertenencia a la plantilla de, al menos, el 2% de trabajadores con discapacidad, o de estar la empresa en
algún supuesto de excepcionalidad previsto en la normativa de aplicación. La acreditación deberá referirse al último día de presentación de proposiciones y se realizará mediante documento de organismo competente, en donde conste esta circunstancia o bien declaración responsable donde se haga constar el promedio de la plantilla de la empresa de trabajadores/as (según las reglas establecidas en la disposición adicional 1ª del Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, que desarrolla la ley 13/1982) y el de trabajadores con discapacidad.
f) Para empresas de más de 250 personas empleadas: Acreditación de tener elaborado y en aplicación un plan de igualdad con el contenido establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. La acreditación deberá referirse al último día de presentación de proposiciones.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedo clasificadas las ofertas.
2. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante.
El plazo máximo para efectuar la adjudicación será de dos meses a contar desde la apertura de las proposiciones. De no producirse la adjudicación en los plazos señalados los licitadores tendrá derecho a retirar su proposición.
La valoración de las proposiciones formuladas por distintas empresas pertenecientes a un mismo grupo se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del RGLCAP.
Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del Contrato, y NIF asignado a la Agrupación.
XIII. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiera presentado la oferta económicamente mas ventajosa, deberá acreditar en el plazo señalado en el párrafo segundo de la clausula XII.1, la constitución de la garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los
requisitos establecidos en el art. 55 y ss del RGLCAP o mediante la garantía global con los requisitos establecidos en el art. 98 TRLCSP. De no cumplir este requisito por causas imputables al mismo, se declarará resuelto el contrato
La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el art. 100 TRLCSP y de cualquier daño o perjuicio al Ayuntamiento o a terceros que resulte indemnizable.
La devolución y cancelación de las garantías se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 TRLCSP y 65.2 y 3 del RGLCAP.
Se establece un periodo de garantía de 1 año contado a partir de la fecha del acta de recepción de los trabajos, tal y como se estable en el condicional 7 del PPT.
XIV. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO/CESIÓN/SUBCONTRATACIÓN
1. El contrato se formalizará en documento administrativo, sin perjuicio de que a petición del contratista se elevará el contrato a escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos del otorgamiento. En este caso, el contratista viene obligado a la entrega de una copia autorizada a la administración contratante.
La formalización del contrato se efectuará dentro de los 15 días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación en la forma prevista en el art. 151.4 del TRLCSP.
Con carácter preceptivo y previo a la formalización, el adjudicatario deberá aportar, el justificante del ingreso en la Tesorería municipal del precio del anuncio de la licitación en el BOP.
2. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 TRLCSP.
3. La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 227 TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a los dispuesto en el art. 228 TRLCSP.
XV. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
a) El empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna para la Administración.
b) El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del contrato con estricta sujeción a los pliegos de condiciones reguladores y al contenido de la oferta que formule, al plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán a la cuantía que determine el órgano de contratación en el contrato o, en su defecto, a las fijadas por el art. 212 TRLCSP. la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la
imposición de penalidades económicas.
c) Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato.
d) Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias.
XVI. PAGOS
Una vez realizado el suministro objeto del contrato se formalizará el acta de recepción y por la empresa adjudicataria se podrá presentar la correspondiente factura, que requerirá la conformidad del concejal delegado de vía pública y del técnico municipal responsable para su aprobación. Dicha factura deberá contener los datos exigidos en la legislación vigente y deberá constar:
• Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad: Intervención.
• Órgano de Contratación: Junta de Gobierno Local.
• Destinatario: Ayuntamiento de Borriana
XVII. GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO
Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, con un importe máximo estimado de 300 €.
XVIII MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato solo podrá ser modificado por razones de interés público en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I (art 105 al 108) del TRLCSP y de acuerdo con el procedimiento regulado en el art. 211 del mismo texto legal.
Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato se produzcan aumento, reducción o supresión de equipos a mantener o la sustitución de unos equipo por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de equipos a reclamar indemnización por dichas causas.
XIX RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Además de las previstas en los arts. 223 y 308 de la TRLCSP serán causas básicas de resolución contractual el incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego o en el PPT, el abandono de las funciones objeto del contrato por parte del contratista y la manifiesta incapacidad o negligencia técnica o profesional; en el caso de tratarse de un equipo, la sustitución de los profesionales del mismo que no hubiese sido autorizada previamente por el Ayuntamiento.
En el supuesto de resolución del contrato por incumplimiento por parte del contratista, éste deberá indemnizar a la Administración de los daños y perjuicios ocasionados. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se
hubiese constituido sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que excede del de la garantía incautada.
En los demás supuestos de resolución se estará a lo dispuesto en la normativa vigente sobre contratos, art. 225 del TRLCSP.
En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración.
Las sanciones de carácter económico se harán efectivas de forma automática descontando su importe de la primera factura que se apruebe una vez firme en vía administrativa la imposición de la sanción se deducirá de las facturas, conformidad con lo dispuesto en el art. 99 RGLCAP.
La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista.
XX. SUSPENSIÓN DEL CONTRATO.
En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en los artículos 220 TRLCSP y normas de desarrollo. Si la Administración acordara una suspensión de los trabajos, se levantará un acta en la que se consignaran las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél.
XXI. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN.
Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la TRLCSP, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, debiendo seguirse el procedimiento recogido en el artículo 212 de la TRLCSP.
XXI. JURISDICCIÓN COMPETENTE
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Borriana. La J. de la Sección 1ª
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“PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE MOBILIARIO URBANO PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD A LA PLAYA DEL ARENAL DE BURRIANA
1.- OBJETO Y ÁMBITO DE LA PRESTACIÓN.
El presente pliego de prescripciones técnicas tiene por objeto la contratación del suministro del mobiliario urbano para la mejora de la accesibilidad en la playa de el Arenal de Burriana.
A la vista de su alcance y contenido, la presente prestación tiene el carácter de contrato de suministros, al amparo de lo establecido en el art.12 del TRLCSP.
2.- ALCANCE Y DESGLOSE DE LOS TRABAJOS.
Los trabajos consisten en el suministro del mobiliario urbano que a continuación se detallan:
2.1.SUMINISTRO DE MÓDULO DE ASEO/VESTUARIO ADAPTADO PARA LA PLAYA XXX XXXXXX
1ud *Módulo de aseo/vestuario adaptado , prefabricado y transportable, de dimensiones aproximadas 5400x2400 mm formado por dos estancias. Realizado completamente en madera laminada con clasificación estructural GL 24h y madera maciza con clasificación estructural C24 xx xxxx nórdico, tratada en autoclave clase de uso 3, excepto estructura de base realizada con vigas xx xxxx nórdico macizo de escuadría 200x70mm, tratadas en atoclave clase de uso 4.
El pavimento del módulo será mediante tablero contrachapado xxxxxx antideslizante de 15mm de espesor (cara superior con lámina vinílica antideslizante en color gris y cara inferior con revestimiento protector vinílico).
Cerramiento exterior mediante tablero xxxxxx ranurado de 15mm, estructura portante, aislamiento térmico y cerramiento interior en tablero antihumedad en color crema de 16mm de espesor),
La cubierta será a dos aguas, realizada con tablero xxxxxx WBP de 18 mm de espesor (visto desde el interior, techo raso, realizado mediante tablero plastificado antihumedad de 16 mm de espesor), estructura portante,alquitranado completo de la misma mediante mastico butiminoso y revestimiento exterior mediante placas asfálticas autoprotegidas con gránulos minerales, termosellada y grapada mediante grapas xx xxxxx inox.
Instalación interior de iluminación mediante sistema de presencia y enchufes suficientes con una capacidad de 3,2 Kw. Además contemplará rejillas de ventilación en la zona de aseos, realizadas mediante malla troquelada xx xxxxx inox y metracrilatos correderas en el interior.
El vestuario incluye ventana de 1 hoja, realizada mediante sistema estanco, provista de contraventana con tablero ranurado de 15mm, metracrilato interior y reja de barrotes embutida en el marco de la ventana.
Las puertas de acceso son macizas de 60 mm de espesor y estarán compuestas por: cerradura de seguridad en acero inox. de 4 puntos, 4 bisagras inox antivandálicas y manivela inox. Herrajes en acero inoxidable y bricomatizados. Todo el conjunto estará barnizado con protector decorativo a poro abierto con propiedades fungicidas e insecticidas. Además se incluye toda la instalación interior de fontanería, sanitarios en porcelana vitrificada (lavabos) inodoro químico y placa de ducha enrasada con el pavimento en fibra xx xxxxxx y accesorios de aseos y vestuarios (espejos inox, antivandálicos, dosificadores de jabón, portarrollos de papel, papeleras, escobillas de
limpieza, perchas y asideros abatibles y fijos homologados).
El vestuario contara con camilla de volteo para transferencias con asideros fijos anclados al paramento . Incluye rampas de acceso a ambas salas.
Incluye suministro, transporte y descarga del material.
Se admitirán variaciones en características accesorias y acabados siempre que no alteren sustancialmente la calidad y diseño básicos expresados.
2.2.SUMINISTRO DE PASARELAS ARTICULADAS REFORZADAS PARA EL PASO DE VEHÍCULOS PARA LA PLAYA ACCESIBLE DE EL ARENAL
19ML *Suministro de pasarela articulada reforzada para el paso de vehículos, de dimensiones 2400x1150 mm aproximadamente, realizada completamente en xxxxxx xx xxxx nórdico, tratada en autoclave clase de uso 4. Compuesta por duelas de dimensiones 2400x95x45 mm, cepilladas a 4 caras y con cantos volteados y rastreles de dimensiones 1250x95x70 mm. Como herrajes se utilizarán : tornilleria antiroscante en acero inoxidable para el anclaje de las duelas de superficie a los rastreles y para la unión entre pasarelas tornillería pasante en acero inoxidable con arandelas y tuercas. Incluye suministro, transporte y descarga del material.
Se admitirán variaciones en características accesorias y acabados siempre que no alteren sustancialmente la calidad y diseño básicos expresados.
3.- PRECIO DEL SUMINISTRO
Los portes de los suministros de este contrato están incluidos en los precios. .Se requiere que realicen presupuesto detallado de cada una de las unidades que se incluyen en este pliego, así como una ficha técnica con descripción detallada de los elementos ofertados para conocer sus características.
La valoración de las unidades que recoge este PLIEGO es la siguiente:
*.SUMINISTRO DE MÓDULO DE ASEO/VESTUARIO ADAPTADO PARA LA PLAYA XXX
XXXXXX 15.750,-€
*.SUMINISTRO DE PASARELAS ARTICULADAS REFORZADAS PARA EL PASO DE VEHÍCULOS PARA LA PLAYA DE EL ARENAL
Pasarela…………………………………………….19ml x 145 €/ml 2.755,-€
El importe total de las unidades de este PLIEGO se estima en 18.505,-€ (DIECIOCHO MIL QUINIENTOS CINCO EUROS ) (IVA no incluido) 22.391´05,-€ (VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UN EUROS CON CINCO CÉNTIMOS) (IVA incluido)
4.- DURACIÓN DEL PLAZO DE LA PRESTACIÓN.
La duración del plazo de la prestación, incluyendo suministro y transporte de todos los elementos será de 4 SEMANAS, computable desde el día siguiente de su formalización.
5.- PLAZO DE GARANTÍA
Se establecerá un PERÍODO DE GARANTÍA de 1 AÑO contado a partir de la fecha del acta de recepción de los trabajos.
6.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
- Precio: Máx. 95 puntos.
-Se dará la mayor puntuación a la oferta más barata y las demás de forma proporcional, de acuerdo con la fórmula:
Puntuación = 95 * oferta menor / oferta que se considera
- Acreditación, en su caso, de estar la empresa en posesión de la ISO 14001 de gestión medioambiental: 5 puntos.
En caso de empate tendrá preferencia las empresa que haya presentado la oferta más económica, y si continúa el empate se decidirá por sorteo.
El ingeniero de caminos municipal; Xx X.X.X.X xxxxxxxxx”