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CONTRATO DE SUMINISTRO PROCEDIMIENTO ABIERTO, Varios Criterios de adjudicación |
Sistema de Presentación Electrónica de Ofertas: PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO (PLACSP) OTRO SISTEMA |
Tramitación ordinaria
Tramitación urgente
Tramitación anticipada
Expte. nº SAS_Z3_2024_PA_025
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
CUADRO RESUMEN
A. PODER ADJUDICADOR
ADMINISTRACIÓN CONTRATANTE | A D M I N I S T R A C I Ó N D E L A C . A . D E A R A G Ó N |
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN | El Gerente del Servicio Aragonés de Salud, por delegación, el Gerente de Sector Zaragoza III, por Resolución de 27 de julio de 2018 (BOA de 3 de septiembre de 2018) |
SERVICIO GESTOR | Hospital Clínico Universitario “Xxxxxx Xxxxx” xx Xxxxxxxx – Dirección de Gestión y XX.XX. – Servicio de Suministros |
Fecha Resolución inicio del expediente de contratación: 9 xx xxxxx de 2024 | |
Dirección del órgano de contratación y correo electrónico: Avda. Xxx Xxxx Xxxxx, 00 (00000 Xxxxxxxx) contratación- xxxxxx0@xxxxx.xxxxxx.xx |
B. DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
Suministro de productos alimenticios: embutidos, carnes y aves | |
Lote 1: Embutidos | CPV: 15000000-8 |
Lote 2: Carnes | CPV: 15000000-8 |
Lote 3: Aves | CPV: 15000000-8 |
POSIBILIDAD DE LICITAR POR LOTES: SI NO POSIBILIDAD DE LICITAR POR SUBLOTES/PARTIDAS: : SI NO | Limitaciones en lotes: SI, ver Anexo I NO |
C. CONTRATO RESERVADO
SI NO | Centros especiales de empleo Empresas de inserción social Otros (especificar organización ): |
D. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (Ver Anexo II)
Importe de licitación (IVA excluido) | Tipo IVA aplicable: 10 % | Presupuesto base de licitación (IVA incluido) |
Importe IVA | ||
Total: 218.017,74 € | Total: 21.801,77 € | Total: 239.819,50 € |
Lote 1: 27.854,55 | 2.785,45 | 30.640,00 |
Lote 2: 111.665,45 | 11.166,55 | 122.832,00 |
Lote 3: 78.497,73 | 7.849,77 | 86.347,50 |
Pago mediante entrega de bienes: SI NO | ||
Aplicación Presupuestaria: G/4121/221005/91002 | ||
SISTEMA DE DETERMINACION DEL PRECIO: Precios unitarios |
E. VALOR ESTIMADO
SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA | SI NO |
LOTE 1 | LOTE 2 | LOTE 3 | TOTAL | |
Importe de licitación (IVA excluido) | 27.854,55 € | 111.665,45 € | 78.497,73 € | 218.017,74 € |
Incremento de unidades de ejecución | ||||
Importe de las modificaciones previstas (IVA excluido) | 5.570,91 € | 22.333,09 € | 15.699,55 € | 43.603,55 € |
Importe de los premios o primas pagaderos a los licitadores (IVA excluido) | ||||
Importe de las opciones eventuales (IVA excluido) | ||||
Prórroga (IVA excluido) | 55.709,10 € | 223.330,90 € | 156.995,46 € | 436.035,46 € |
TOTAL VALOR ESTIMADO | 697.656,75 € |
F. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN
Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx | 100 % |
% | |
% |
FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA – NextGenerationEU | SI NO |
PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA | |
COMPONENTE: | |
INVERSIÓN/REFORMA: | |
Enlace para consultar el plan antifraude del órgano de contratación: |
G. ANUALIDADES
EJERCICIO | A cargo de la Admón. de la C.A. Aragón | 100 % | TOTAL | |
2024 | 239.819,50 € | 239.819,50 € |
2
TOTAL | 239.819,50 € | 239.819,50 € |
H. PLAZO DE DURACIÓN
Duración del contrato: Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2024. | ||
Prórroga: SI NO | Duración de la prórroga: Hasta el 31 de diciembre de 2025; la prórroga se hará efectiva por periodos de seis meses. | Plazo de preaviso: General Específico: |
I. PLAZO DE GARANTÍA
Duración: El establecido en la legislación vigente
J. MANTENIMIENTO
SI, PLAZO: El de la duración total del contrato NO
K. ADMISIBILIDAD DE VARIANTES
SI, ver Anexo IX NO
L. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Establecidas en el Anexo XII
M. REVISIÓN DE PRECIOS
SI Fórmula: NO
N. PLAZO DE ENTREGA
El establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas
X. XXXXX DE RECEPCIÓN
Almacén General del Hospital Clínico Universitario “Xxxxxx Xxxxx”. Avda. Xxx Xxxx Xxxxx, 00 (Zaragoza) y Almacén de Cocina del
C.R.P. “Nuestra Xxxxxx xxx Xxxxx”. Duquesa Villahermosa, 66-68 (Zaragoza)
P. GARANTÍA PROVISIONAL
SI, Importe: NO
Q. GARANTÍA DEFINITIVA
NO
SI | ||
% del importe de adjudicación IVA excluido 5 % del presupuesto base de licitación, en caso de adjudicación por precio | COMPLEMENTARIA |
3
unitarios Admitida constitución mediante retención de precio | Exigida: % No Exigida |
R. ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS
SI, ver Anexo V NO
S. SUBCONTRATACIÓN
Condiciones de subcontratación para prestaciones parciales:
Tareas críticas que NO admiten subcontratación (Ver Anexo VI)
Obligación de indicar en la oferta la parte del contrato que tenga previsto subcontratar:
SI
NO
T. MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
SI, ver Anexo XV NO
U. DATOS DE FACTURACIÓN
Entidad contratante | Servicio Aragonés de Salud – Sector Zaragoza III | ||
Órgano de contratación | Gerente de Sector Zaragoza III | CODIGO DIR 3 | A02006770 |
Órgano con competencias en materia de contabilidad (Oficina contable) | Intervención Delegada OO.AA. | CODIGO DIR3 | GE0000675 |
Destinatario de la prestación (Unidad tramitadora) | Gerente de Sector Zaragoza III | CODIGO DIR 3 | A02006770 |
V. RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LOS PLIEGOS
Contrato sometido a recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxx | |
Contrato sometido a recurso ordinario: Recurso de alzada Recurso potestativo de reposición | Órgano ante el que interponer el recurso: Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxx |
W. CESIÓN DE CONTRATO
SI, ver Anexo VI NO
X. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Responsable del tratamiento | |
Denominación de la Actividad de Tratamiento | |
Información básica de la actividad de tratamiento | Ver Anexo XIX |
En el presente contrato el adjudicatario tratará datos de carácter personal: NO SI, ver Acuerdo de Encargado del tratamiento en Anexo XX |
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Y. ÍNDICE DE ANEXOS
ANEXO I | LIMITACIONES EN LOTES |
ANEXO II | PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (DESGLOSE) |
XXXXX XXX | INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU) |
ANEXO IV | SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA |
ANEXO V | ADSCRIPCIÓN OBLIGATORIA DE MEDIOS AL CONTRATO |
ANEXO VI | SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN |
ANEXO VII | MODELO OFERTA ECONÓMICA (SOBRE C) |
ANEXO VIII | PRECIOS UNITARIOS |
ANEXO IX | ADMISIBILIDAD DE VARIANTES |
ANEXO X | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE B) |
ANEXO XI | CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C) |
ANEXO XII | CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN |
ANEXO XIII | PENALIDADES |
ANEXO XIV | OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO |
ANEXO XV | MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS |
ANEXO XVI | CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL |
ANEXO XVII | DECISIÓN DE NO ADJUDICAR O CELEBRAR EL CONTRATO / DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO |
ANEXO XVIII | COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN |
ANEXO XIX | INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS (LICITADORES) |
ANEXO XX | ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO (ADJUDICATARIO) |
ANEXO XXI | CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN |
Z. ÍNDICE DE ANEXOS (NextGenerationEU)
ANEXO MRR | INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LAS DECLARACIONES RESPONSABLES RELATIVAS AL MECANISMO DE RECUPERACIÓN Y RESILIENCIA (MRR) |
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ÍNDICE DEL CLAUSULADO
1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
8
8
2.1.1 Objeto y necesidad del contrato 8
2.1.2 Valor estimado del contrato 8
2.1.3 Presupuesto base de licitación 8
2.1.6 Plazo de duración del contrato 9
2.1.7 Plazo y lugar de entrega del suministro 9
2.1.9 Notificaciones telemáticas 9
2.2 Cláusulas especiales de licitación 10
2.2.2 Presentación electrónica de proposiciones 10
2.2.3 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial 11
2.2.4 Subsanación de documentos 11
2.2.5 Contenido de las proposiciones 11
2.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones 14
2.2.8 Apertura y examen de las proposiciones 14
2.2.9 Valoración de las ofertas 15
2.2.10 Ofertas con valores anormalmente bajos 15
2.3.1 Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación 15
2.3.2 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta 16
2.3.4 Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato / desistimiento del procedimiento 19
2.4 Formalización del contrato 19
3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
19
3.2 Obligaciones del contratista 20
3.2.1 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente 20
3.2.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación 20
3.2.3 Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones 20
3.2.4 Obligaciones de transparencia 21
6
3.2.5 Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos) 21
21
4.1 Valoración de los trabajos 21
4.2 Condiciones especiales de ejecución del contrato 22
4.4 Responsable del contrato 22
4.5 Condiciones de instalación y prestaciones complementarias del suministro 22
4.7 Evaluación de riesgos profesionales 23
4.8.1 Penalidades por demora 23
23
5.1 Recepción y liquidación 23
5.2 Plazo y devolución de garantía de los bienes 24
24
7 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
24
7.1 Modificaciones previstas 24
7.2 Modificaciones no previstas 25
25
9 RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
25
10 RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN
26
11 FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
26
11.1 Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses 27
11.2 Normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión 27
11.3 Obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre 28
7
1 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato que se adjudique siguiendo el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares tendrá carácter administrativo, y le resultará de aplicación la normativa sobre contratación de las administraciones públicas.
El presente pliego y demás documentos anexos revestirán carácter contractual. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá este pliego.
El desconocimiento de las cláusulas del contrato en cualquiera de sus términos, de los otros documentos contractuales, y de las instrucciones o de la normativa que resulten de aplicación en la ejecución de lo pactado, no exime al adjudicatario de la obligación de cumplirlas
Se adjudicará por procedimiento abierto, a tenor de lo previsto en el artículo 156 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
El presente contrato estará o no estará sujeto a regulación armonizada según lo previsto en el
apartado E del cuadro-resumen en función del valor estimado del mismo.
2 CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS
2.1 Disposiciones Generales
2.1.1 Objeto y necesidad del contrato.
El objeto del contrato al que se refiere el presente pliego es el señalado en el apartado B del cuadro- resumen, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y, en su caso, las modificaciones que puedan tramitarse.
Si así se señala en el apartado B del cuadro-resumen existirá la posibilidad de licitar por lotes. Las limitaciones en la adjudicación de los mismos se indicarán en su caso en el Anexo I conforme a los criterios allí indicados. Todas las referencias efectuadas en el presente pliego al contrato o adjudicatario se entenderán hechas a cada lote en los que se divida el objeto del contrato en su caso.
Si así se señala en el apartado C la participación quedará reservada a las entidades allí indicadas, a todo el contrato o por lotes según lo indicado en el Anexo I.
Las necesidades a satisfacer mediante el contrato son las contenidas en la resolución administrativa de iniciación del expediente cuya fecha de aprobación consta en el apartado A del cuadro-resumen.
2.1.2 Valor estimado del contrato
El valor estimado del contrato recogido en el apartado E del cuadro-resumen, ha sido tenido en cuenta para elegir el procedimiento de licitación aplicable a este contrato y la publicidad a la que va a someterse.
2.1.3 Presupuesto base de licitación
El importe del presupuesto base de licitación del contrato es el señalado como máximo en el apartado D del cuadro-resumen. El desglose de costes será el recogido en el Anexo II. Cuando se indique en apartado D del cuadro–resumen que el sistema de determinación del precio sea por precios unitarios y las prestaciones estén subordinadas a las necesidades de la Administración, el presupuesto base de licitación tiene carácter estimativo.
Si el sistema de determinación del precio del contrato indicado en el apartado D del cuadro-resumen es el de precios unitarios, los precios máximos unitarios de licitación de los bienes a suministrar, IVA excluido, serán los establecidos en el Anexo VIII.
8
2.1.4 Precio del contrato
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo. En el precio del contrato se considerarán incluidos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el pliego.
2.1.5 Existencia de crédito
Existe crédito suficiente hasta el importe del presupuesto máximo fijado por la Administración. En los expedientes que se tramiten anticipadamente la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para garantizar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente.
2.1.6 Plazo de duración del contrato
El plazo de ejecución será el que figure en el apartado H del cuadro-resumen. Este plazo comenzará a contar a partir de la formalización del contrato o desde la fecha fijada en el documento contractual.
El contrato podrá ser prorrogado por el órgano de contratación, siendo la prórroga obligatoria para el contratista, siempre que su preaviso se produzca al menos con la antelación prevista en el apartado H del cuadro resumen, que no podrá ser inferior al plazo general de dos meses, respecto de la finalización del plazo de duración del contrato.
2.1.7 Plazo y lugar de entrega del suministro
Los plazos de entrega, parciales o totales, del suministro serán los que figuran en el apartado N del cuadro-resumen.
El lugar de entrega del suministro será el señalado en el apartado O del cuadro-resumen.
El plazo de mantenimiento del suministro, en su caso, será el que figure en el apartado J del cuadro- resumen.
2.1.8 Perfil de contratante
La información relativa al presente contrato que, de acuerdo con lo dispuesto en este pliego, vaya a ser publicada a través del perfil de contratante podrá ser consultada en la siguiente dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Toda la información contenida en el perfil de contratante se publicará en formatos abiertos y reutilizables.
2.1.9 Notificaciones telemáticas.
Todas las notificaciones y comunicaciones que realice la Administración se practicarán por comparecencia electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx) o en su caso a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas del Gobierno xx Xxxxxx (xxxxx://xxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxx_xx_x0).
El cómputo de los plazos de la notificación electrónica se regirá por lo dispuesto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la LCSP.
Asimismo, el envío de documentación que pueda ser requerida al licitador por parte de los servicios correspondientes se podrá realizar a través de la propia Plataforma estatal (PLACSP) y, en su defecto, por medio del Servicio de Aportación de Documentos a Procedimientos en Trámite xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxxx, o, de manera subsidiaría, a través del registro electrónico o el medio que se señale en el requerimiento.
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En ningún caso se podrá utilizar el Sistema de Notificaciones Telemáticas ni el Servicio de Aportación de Documentos a Procedimientos en Trámite ni otra aplicación informática de envío de documentación para presentar las ofertas objeto de licitación, al no poder garantizar el secreto de las mismas hasta el momento en que proceda su apertura, teniendo que presentarse como indica la cláusula 2.2.
En el caso de que los sistemas informáticos señalados no estuvieran habilitados, los licitadores podrán presentar la documentación requerida a través del registro que se señale en el requerimiento.
2.2 Cláusulas especiales de licitación
2.2.1 Garantía provisional
De forma excepcional y justificada en el expediente, el órgano de contratación podrá exigir para el presente contrato la constitución de una garantía provisional cuyo importe será el que figure en el apartado P del cuadro-resumen, que no podrá ser superior al 3% del presupuesto base de licitación, IVA excluido. El régimen de la devolución, en su caso, de la garantía provisional será el previsto en el artículo 106.4 LCSP.
2.2.2 Presentación electrónica de proposiciones
Las proposiciones se presentarán única y necesariamente a través del sistema electrónico señalado en el cuadro resumen del presente pliego, atendiendo a las condiciones señaladas a continuación para cada sistema y a los plazos de presentación establecidos en el anuncio de licitación publicado en el perfil de contratante y, en su caso, en el Diario Oficial de la Unión Europea, y sin que se admitan aquellas proposiciones que no se presenten en la forma y plazos indicados.
2.2.2.1 Presentación de proposiciones a través DE LA PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO (PLACSP):
El acceso a la citada plataforma PLACSP se realizará a través de la siguiente dirección electrónica (URL): xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, mediante certificado electrónico.
Los requisitos funcionales y técnicos para su utilización, así como la descripción del proceso de presentación electrónica de ofertas, se detallan en las Guías de Ayuda para Empresas puestas a disposición de los licitadores en la citada Plataforma.
En los procedimientos en los que alguno de los sobres, por su naturaleza, no se pueda remitir telemáticamente (maquetas, muestras, etc.), la herramienta permite la generación de etiquetas que vinculan la huella electrónica del sobre con el elemento que se presentará en el registro físico del órgano de contratación que se haya detallado en el anuncio de licitación.
Asimismo, en el caso de que no pueda completarse el envío de la oferta/documentación como consecuencia de problemas técnicos, se obtendrá un justificante de presentación de la huella electrónica y se dispondrá de un plazo de 24 horas para remitir la oferta completa de acuerdo con lo dispuesto en la Guía de Servicios de Licitación Electrónica para empresas. Si el licitador opta por la alternativa de descargar el fichero de la documentación en un soporte electrónico, éste se presentará en el registro indicado en el anuncio de licitación.
2.2.2.2 Presentación de proposiciones a través de OTROS SISTEMAS
Cuando el sistema de presentación electrónica de proposiciones señalado en el cuadro resumen del presente pliego sea OTRO SISTEMA, los licitadores presentarán sus ofertas de conformidad con las condiciones que se publiquen en el anuncio de licitación.
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2.2.3 Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial
Los licitadores deberán indicar qué documentos (o parte de los mismos) o datos de los incluidos en las ofertas tienen la consideración de «confidenciales», sin que resulten admisibles las declaraciones genéricas de confidencialidad de todos los documentos o datos de la oferta. La condición de confidencial deberá reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma claramente identificable) en el propio documento que tenga tal condición, señalando además los motivos que justifican tal consideración. No se considerarán confidenciales documentos que no hayan sido expresamente calificados como tales por los licitadores.
La información que los licitadores hayan considerado confidencial deberá presentarse de forma individualizada en un archivo electrónico diferenciado del resto y haciendo constar en su nombre la palabra confidencial, de forma que pueda asegurarse su confidencialidad en el sistema.
2.2.4 Subsanación de documentos
La presentación de declaraciones responsables de cumplimiento de requisitos de participación será objeto de subsanación por los licitadores a requerimiento de los servicios dependientes del órgano de contratación o la mesa de contratación, cuando no se hubiera presentado, o no estuviera adecuadamente cumplimentada la presentada.
Igualmente, el propuesto como adjudicatario podrá subsanar la falta o incompleta presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos de participación que le sean requeridos con carácter previo a la adjudicación del contrato.
En ambos casos se concederá al licitador un plazo de tres días naturales, a contar desde el envío del requerimiento de subsanación.
Si no se subsanase en plazo lo requerido, el órgano o la mesa de contratación entenderán que el licitador desiste de su oferta.
2.2.5 Contenido de las proposiciones
Las proposiciones constarán de los sobres que a continuación se indican, en formato electrónico y firmados electrónicamente por el licitador o persona que lo represente, haciendo constar en cada uno de ellos el órgano de contratación al que se dirige, el procedimiento al que concurre, su respectivo contenido y el nombre del licitador.
No obstante, cuando en los criterios de adjudicación de las propuestas reflejados en los Anexos X y XI se concreten diferentes fases de valoración en que operarán los mismos, se presentarán, además del sobre A tantos sobres B y C como fases de valoración se hayan fijado.
Toda la documentación deberá presentarse redactada en castellano. Las traducciones deberán hacerse en forma oficial. Se presentará en el formato electrónico exigido en cada caso en el anuncio de licitación o en la documentación que rige la misma, debidamente firmada por el licitador o su representante. En su defecto, se presentará preferentemente en los siguientes formatos: Documentos de tipo texto en formato tipo .doc o similares, PDF, documentos que incluyan tablas de datos en formato Excel y documentos que incluyan imágenes en formatos PNG / JPEG /SVG.
2.2.5.1 SOBRE A. TÍTULO: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
CONTENIDO:
1º. DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA (DRU). Cumplimentado conforme a las indicaciones contenidas en el Anexo III, firmado por el licitador o su representante. En el caso de licitación por lotes con diferentes requisitos de solvencia y capacidad, deberá presentarse tantas declaraciones como lotes en los que participa, debidamente firmadas.
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Esta DRU incorpora el Documento único Europeo de Contratación (DEUC) y otras declaraciones responsables, tales como:
- Compromiso de constitución de unión temporal de empresarios (UTE), en el caso de que dos o más empresas acudan a una licitación con el compromiso de constituirse en Unión Temporal, firmado por los representantes de cada una de las Empresas componentes de la Unión. Cada una de las empresas deberá presentar su DRU.
- Declaración responsable relativa al grupo empresarial.
- Compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato.
- Declaración inscripción en el en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Sector Público o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
2º. DOCUMENTO ACREDITATIVO DE LA GARANTÍA PROVISIONAL. Si se exige garantía
provisional conforme al apartado P del cuadro-resumen, ésta se presentará en alguna de las formas previstas en el artículo 108 LCSP y se presentará de la siguiente forma:
- Cuando se trate de garantías en efectivo, se depositará en la Caja de Depósitos de la Diputación General xx Xxxxxx, debiendo entonces incluir en el “sobre A” el correspondiente resguardo que acredite dicho depósito.
- Cuando se trate de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución, ante el órgano de contratación, mediante su incorporación al “sobre A”.
- En el caso de UTE las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el apartado P del cuadro-resumen y se garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal
3º. ESPECIALIDADES EN LA DOCUMENTACIÓN QUE HAN DE PRESENTAR LOS EMPRESARIOS EXTRANJEROS.
Los empresarios extranjeros deberán presentar además de la documentación señalada anteriormente, la documentación específica que a continuación se detalla.
Todas las empresas no españolas deben aportar:
- Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, renunciando en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante (artículo 140.1 f. LCSP).
Las empresas de Estados que no sean miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán aportar:
- Informe que acredite la capacidad de obrar expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
- Informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 68 LCSP. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
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Comprobación de la veracidad de las declaraciones responsables
Los servicios del órgano de contratación o la Mesa de contratación podrán, en cualquier momento, solicitar la justificación documental del cumplimiento de las condiciones sobre las que los licitadores hubieran declarado responsablemente su cumplimiento.
El licitador deberá presentar la documentación requerida en el plazo concedido, con un máximo de cinco días hábiles, a contar desde el envío del requerimiento. De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y será excluido del procedimiento.
2.2.5.2 SOBRE B. TÍTULO: PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN PREVIA
CONTENIDO: Si en el Anexo X se han incluido criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, que deberán ser objeto de evaluación previa, el licitador deberá aportar un Sobre B en el que incluya la documentación allí exigida. En ningún caso deberán incluirse en este sobre documentos propios del Sobre C.
2.2.5.3 SOBRE C. TÍTULO: OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR
En este sobre se deberá incluir la OFERTA ECONÓMICA y el resto de documentos relativos a la propuesta ofertada por el licitador y que estén considerados de evaluación posterior por ser susceptible de evaluación automática por aplicación de fórmulas, de conformidad con lo indicado en el Anexo XI.
La OFERTA ECONÓMICA será formulada conforme al modelo que se adjunta como Anexo VII de este pliego, formando parte inseparable del mismo. Las ofertas de los contratantes deberán indicar, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir una proposición en unión temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la exclusión de todas las presentadas.
La proposición económica se presentará en caracteres claros y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente, lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta.
2.2.5.4 Referencias técnicas
Asimismo, el licitador deberá presentar cualesquiera otros documentos que se indiquen expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas y que permitan verificar que la oferta cumple con las especificaciones técnicas requeridas, pero que no van a ser objeto de valoración. Se incluirán en el Sobre B en el caso de que sea obligatoria la presentación de este sobre y en caso contrario en el Sobre C.
2.2.5.5 Variantes
En el supuesto de que según el apartado K del cuadro–resumen se admita la presentación de variantes, los licitadores podrán ofertar alternativas en la forma establecida en el Anexo IX y con los requisitos, modalidades y características técnicas fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas y resumidas en dicho Anexo, sin que puedan superar el presupuesto máximo del contrato. Cada licitador, en la proposición que presente, deberá incluir obligatoriamente la solución al trabajo o suministro básico requerido.
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2.2.6 Efectos de la presentación de proposiciones
La presentación de proposiciones supone por parte del empresario la aceptación incondicional de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.
2.2.7 Mesa de contratación
La mesa de contratación será el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas y calificar la documentación administrativa. Su composición podrá estar prevista en el Anexo XVIII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
2.2.8 Apertura y examen de las proposiciones
2.2.8.1 Apertura de los Sobres A y calificación de la documentación administrativa
Concluido el plazo de presentación de proposiciones la mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de la documentación administrativa presentada por los licitadores en tiempo y forma en el denominado Sobre A verificándose que constan los documentos exigidos o en caso contrario realizando el trámite de subsanación.
Finalmente, la mesa de contratación procederá a determinar las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, con carácter previo a la apertura de los sobres B y C.
2.2.8.2 Apertura y examen de los sobres B
En el caso de que la presentación del Sobre B sea obligatoria, la mesa procederá, en un plazo no superior a 7 días a contar desde la apertura de los Sobres A, a su apertura electrónica al objeto de evaluar su contenido con arreglo a los criterios expresados en el Anexo X. Esta apertura no se realizará en acto público ya que se hará uso de un dispositivo electrónico automático.
Se excluirá del procedimiento de licitación a aquellos licitadores que incorporen en el Sobre B, documentación que deba ser objeto de evaluación posterior (Sobre C).
2.2.8.3 Apertura y examen de los sobres C
Con carácter previo a la apertura de los sobres C se hará pública la calificación de las proposiciones efectuada por la mesa, identificando las admitidas a licitación, las rechazadas y en este caso, las causas de su rechazo, así como el resultado de la valoración de la propuesta sometida a juicio de valor.
La mesa de contratación procederá a la apertura electrónica de los sobres C, denominados “OFERTA ECONÓMICA Y PROPUESTA SUJETA A EVALUACIÓN POSTERIOR”, de los licitadores
admitidos. Esta apertura se realizará en sesión pública en el lugar y fecha señalados en el anuncio de licitación o en anuncios posteriores.
La documentación contenida en estos sobres será evaluada conforme a los criterios expresados en el
Anexo XI.
2.2.8.4 Publicidad del resultado de los actos de la mesa de contratación y notificación a los licitadores afectados
De todo lo actuado conforme a los apartados anteriores se dejará constancia en las actas correspondientes, que se publicarán en el perfil de contratante, en las que se reflejará el resultado del procedimiento, con indicación de las empresas admitidas y las rechazadas a la licitación y sus incidencias. Se excluirá aquella información que no sea susceptible de publicación de conformidad con la legislación vigente.
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Todo ello, sin perjuicio de la necesaria comunicación o notificación, según proceda, a los licitadores afectados.
El acto de exclusión de un licitador será notificado a éste, con indicación de los recursos que procedan contra dicha decisión.
2.2.9 Valoración de las ofertas
No serán objeto de valoración y quedarán excluidas del procedimiento aquellas ofertas que no contengan toda la documentación exigida en el PCAP cuando impidan la valoración de los criterios de adjudicación, o cuando ésta presente defectos que no puedan ser objeto de subsanación; asimismo tendrán el mismo tratamiento aquellas ofertas que no cumplan con las especificaciones técnicas requeridas o cuando falte la documentación exigida necesaria para verificar dicho cumplimiento.
Los criterios de adjudicación de las propuestas son los que figuran en el anuncio de licitación y en los
Anexos X y XI, que son parte inseparable de este pliego.
Dichos criterios podrán concretar la fase de valoración de las proposiciones en que operarán los mismos y, en su caso, el umbral mínimo de puntuación que en su aplicación pueda ser exigido al licitador para continuar en el proceso selectivo.
En el supuesto en que el procedimiento se articule en fases sucesivas, los licitadores deberán presentar tantos sobres como fases se prevean, según lo previsto en los Anexos X y XI y corresponderá a la mesa de contratación aplicar los criterios de adjudicación a fin de ir reduciendo progresivamente el número de ofertas, elevando la correspondiente propuesta al órgano de contratación.
Cuando los criterios subjetivos del Anexo X tengan atribuida una ponderación mayor que los criterios objetivos del Anexo XI, la valoración previa se realizará por el órgano, distinto de la mesa, expresamente indicado en dicho Anexo y publicado en el perfil del contratante, siendo vinculante dicha evaluación para la mesa de contratación a efectos de formular su propuesta de adjudicación. En dicho Anexo se harán constar los criterios concretos que deben someterse a valoración por el comité de expertos o por el organismo especializado, el plazo en que éstos deberán efectuar la valoración, y los límites máximo y mínimo en que ésta deberá ser cuantificada.
Si se trata de un comité de expertos, su composición se detallará en el mismo Anexo X o se hará pública en el perfil de contratante con carácter previo a la apertura de los Sobres B.
Si se trata de un organismo técnico especializado, su designación se efectuará en el mismo Anexo X
del presente pliego, que se hará público en el perfil de contratante junto con el anuncio de licitación.
2.2.10 Ofertas con valores anormalmente bajos
En el Anexo XI se establecen los parámetros objetivos en virtud de los cuales se entenderá que la proposición no puede ser cumplida por ser considerada anormalmente baja.
Cuando se identifique una proposición que pueda estar incursa en presunción de anormalidad, la mesa o en su defecto, el órgano de contratación, antes de llevar a cabo la valoración de todas las ofertas dará audiencia al licitador afectado y tramitará el procedimiento legalmente previsto. En vista del resultado, se propondrá motivadamente al órgano de contratación su aceptación o rechazo, en cuyo caso se excluirá de la clasificación.
2.3 Adjudicación
2.3.1 Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación
Una vez valoradas las ofertas, la mesa de contratación remitirá al órgano de contratación la correspondiente propuesta de clasificación y de adjudicación, en la que figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente incluyendo la puntuación otorgada a cada una de las ofertas admitidas
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por aplicación de los criterios indicados en los Anexos X y XI e identificando la mejor oferta puntuada.
Cuando se produzca empate entre ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en el artículo 74.4 de la Ley 5/2019, de 21 xx xxxxx, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón. De persistir la situación de empate, se acudirá a los criterios específicos señalados en el Anexo XI. A tal efecto, los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán la documentación pertinente a las empresas afectadas.
2.3.2 Presentación de la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos por el licitador que haya presentado la mejor oferta.
Los servicios correspondientes del órgano de contratación requerirán a los licitadores propuestos como adjudicatarios la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos que no obre ya del poder de la Administración contratante, con el objeto de que sea validada y calificada por la mesa de contratación. Para ello se otorga un plazo xx xxxx días hábiles. Los documentos justificativos deberán presentarse mediante originales o copias compulsadas.
En aplicación del artículo 12 ter de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx el órgano de contratación, en aquellos expedientes de contratación en los que lo exija la complejidad de la documentación a aportar, podrá ampliar el plazo general xx xxxx días hábiles contemplado en la legislación hasta un máximo de veinte días hábiles, de forma motivada y en el momento de aprobación del expediente.
En los supuestos en que la propuesta de adjudicación de un contrato recaiga sobre una unión temporal de empresarios o sobre una agrupación de estos con el compromiso de constituir una sociedad, el plazo para presentar la documentación referida a los servicios correspondientes del órgano de contratación de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación pública será de veinte días hábiles.
La relación de documentos que han de aportarse es la siguiente:
1º. Documentos que acrediten la personalidad del empresario y su ámbito de actividad. Si la empresa fuese persona jurídica la personalidad se acreditará mediante la presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito sea exigible según la legislación mercantil aplicable. Si dicho requisito no fuere exigible, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Si se trata de un empresario individual la unidad técnica o la mesa de contratación comprobará sus datos de identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
2º. Documentos que acrediten, en su caso, la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Diputación General xx Xxxxxx.
Datos de la persona que ostenta la representación del licitador cuya identidad comprobará la o la mesa de contratación técnica mediante el Servicio de Verificación y Consulta de Datos.
Si la empresa fuera persona jurídica el poder deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
En cualquier caso, la presentación del certificado actualizado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, eximirá al licitador de
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la presentación de la documentación exigida en los apartados 1º y 2º de la presente cláusula.
La presentación del certificado de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado tendrá los efectos previstos en el artículo 96 LCSP y 19 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP.
Deberá acompañarse de una declaración responsable de que no han variado las circunstancias que en él se acreditan.
3º. Solvencia económica y financiera, y técnica. Acreditación de su solvencia económica, financiera y técnica por los medios que se especifiquen en el anuncio de licitación y en el presente pliego (Anexo IV).
En las Uniones Temporales de Empresarios, a efectos de determinación de su solvencia, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma.
La acreditación de la solvencia mediante medios externos exigirá demostrar que para la ejecución del contrato dispone efectivamente de esos medios mediante la exhibición del correspondiente documento de compromiso de disposición, además de justificar su suficiencia por los medios establecidos en el Anexo IV. El órgano de contratación podrá prohibir, haciéndolo constar en el Anexo IV que un mismo empresario pueda concurrir para completar la solvencia de más de un licitador.
El licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que ha aportado para acreditar su solvencia. Sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios que acrediten solvencia equivalente y con la correspondiente autorización de la Administración.
4º. Cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental. Si así se prevé en el Anexo IV el licitador deberá aportar los certificados allí indicados, que operarán como criterio de solvencia a acreditar incluso cuando se aporte el certificado acreditativo de la clasificación.
5º. Habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación objeto de contrato.
Si resulta legalmente exigible como condición de aptitud para contratar, deberá aportarse la documentación que acredite la correspondiente habilitación empresarial o profesional para la realización de la prestación que constituya el objeto del presente contrato.
Si el contrato está reservado, conforme al apartado C del cuadro-resumen, deberá aportar el certificado oficial que acredite su condición como centro especial de empleo, empresa de inserción social, o acreditar las condiciones de organización calificada de acuerdo con la Disposición Adicional Cuadragésima octava LCSP.
6º. Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto sobre Actividades Económicas: Alta, referida al ejercicio corriente, o último recibo, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto o, en su caso, declaración responsable de encontrarse exento.
7º. Cuando así se señale en el apartado R del cuadro-resumen, acreditación de la efectiva disposición de los medios personales y/o materiales que para la ejecución del contrato determine en su caso el Anexo V del presente Xxxxxx. En este caso, el licitador ejecutará el contrato con los mismos medios que haya aportado, y sólo podrá sustituirlos, por causas imprevisibles, por otros medios equivalentes y con la correspondiente autorización de la Administración.
8º. Constitución de la garantía definitiva que, en su caso, sea procedente.
9º. Documentación acreditativa de la subcontratación con aquellas empresas con las que el adjudicatario tenga previsto subcontratar, de acuerdo con el apartado S del cuadro-resumen. Tendrá que aportar según corresponda, una declaración en la que indique la parte del
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contrato que va a subcontratar, señalando el importe, y el nombre o el perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica, de los subcontratistas a los que vaya a encomendar su realización, firmada por ambas partes junto con el resto de documentación que se solicite por la Administración.
10º.Documentación acreditativa de la obligación legal de reserva de empleo a personas con discapacidad. Se deberá aportar una declaración responsable indicando el número de trabajadores de la empresa dados de alta en la Seguridad Social, así como el porcentaje del mismo que se corresponda a la cuota de reserva legal establecida por el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. En el caso de que la empresa licitadora haya adoptado alguna de las medidas alternativas previstas reglamentariamente en vez de aplicar la cuota de reserva, la declaración responsable versara sobre las mismas. Igualmente, en la declaración responsable deberá indicarse que el licitador está en posesión de la documentación acreditativa pertinente, la cual podrá ser requerida en cualquier momento por parte del órgano de contratación para comprobar el efectivo cumplimiento de la cuota de reserva o, en su caso, de las medidas alternativas que se hayan adoptado.
11º.Documentación necesaria en caso de recibir financiación a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En caso de que el contrato reciba financiación a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia conforme al apartado F del cuadro-resumen, el adjudicatario deberá aportar:
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR.
- Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar perjuicio significativo» a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852.
- Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (en adelante, DACI).
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas declaraciones se cumplimentarán conforme a las instrucciones establecidas en el
Anexo MRR.
Igualmente, el adjudicatario deberá aportar las declaraciones responsables de los subcontratistas, en su caso.
Cláusula de verificación de la documentación aportada:
La mesa de contratación verificará que el propuesto como adjudicatario acredita documentalmente el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, y se solicitará a los organismos correspondientes la acreditación de no existencia de deudas tributarias y con la Seguridad Social.
De no cumplimentarse adecuadamente con la presentación de toda la documentación indicada en los apartados anteriores y en el plazo, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
2.3.3 Garantía definitiva
La garantía definitiva que figura en el apartado Q del cuadro-resumen podrá constituirse en cualquiera de las formas legalmente previstas en el artículo 108 LCSP.
Si así se prevé en el citado apartado del cuadro-resumen podrá constituirse mediante retención en el precio. En este supuesto la garantía definitiva será repercutida al contratista, previa autorización
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expresa, deduciéndose su importe de la primera factura y sucesivas hasta alcanzar la totalidad de la misma.
2.3.4 Decisión de no adjudicar o celebrar el contrato / desistimiento del procedimiento
La decisión de no celebrar o no adjudicar el contrato y el desistimiento del procedimiento determinará la compensación a los licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido en los términos señalados en el Anexo XVII o de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración.
2.3.5 Adjudicación
La adjudicación del contrato deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante. La notificación contendrá la información necesaria que permita a los interesados interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación a la que se refiere la cláusula 2.3.2
2.4 Formalización del contrato
El contrato se perfecciona con su formalización. En ningún caso podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Los servicios dependientes del órgano de contratación requerirán al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde aquel en que hubiera sido enviado requerimiento. Si se tratara de una UTE, su representante deberá presentar ante el órgano de contratación la escritura pública de su constitución, NIF asignado y nombramiento de representante con poder suficiente. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas, previa presentación de la documentación establecida en la cláusula 2.3.2.
La formalización se realizará en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación. En ningún caso podrán incluirse cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
La formalización de los contratos deberá asimismo publicarse en el perfil de contratante y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada.
3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
3.1 Abonos al contratista
El pago del suministro se efectuará una vez sea entregado y recibido de conformidad, previa presentación de factura debidamente conformada, que podrá ser comprensiva de una o varias entregas, y Acta de Recepción cuando proceda.
Las facturas deberán contener los datos correspondientes al DIR3 según aparecen en el apartado U
del cuadro-resumen:
El contratista deberá presentar la factura en un registro administrativo en el plazo de 30 días desde la fecha de la prestación. En el caso de suministros de tracto sucesivo las facturas deberán presentarse en el plazo máximo de 10 días desde la entrega en el periodo de que se trate.
La factura deberá presentarse en formato electrónico en los supuestos que fija Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso a la Factura Electrónica y Creación del Registro Contable de Facturas del Sector Público. En estos casos la presentación de la factura en el Punto General de Acceso equivale
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a la presentación en un registro administrativo. Estarán exentas de dicha obligación las facturas cuyo importe total (IVA incluido) sea igual o inferior a 5.000 euros, de acuerdo con la Orden de 15 de enero de 2015, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el importe mínimo para la remisión de facturas electrónicas al Gobierno xx Xxxxxx.
Por otra parte, la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los suministros entregados, dentro de los treinta días siguientes a la entrega efectiva de los bienes.
Si en la financiación de este contrato participan dos o más departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o está cofinanciado por otras Entidades u Organismos, al Contratista se le abonará por cada una de las partes comprometidas en la financiación, el trabajo ejecutado en la proporción en que participan en el mismo y que se refleja en los apartados F y G del cuadro-resumen.
Si así se dispone en el apartado D del cuadro - resumen el pago del precio del suministro podrá consistir en la entrega de bienes de la misma clase en los términos y condiciones establecidos legalmente y en el Pliego de prescripciones técnicas.
3.2 Obligaciones del contratista
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes:
3.2.1 Obligaciones laborales, sociales, fiscales y de protección de medio ambiente
El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad, de prevención de riesgos laborales y de protección del medio ambiente que se establezcan tanto en la normativa vigente como en los pliegos que rigen la presente contratación.
El órgano de contratación podrá señalar en el Pliego de Prescripciones Técnicas el organismo u organismos de los que los licitadores puedan obtener la información pertinente relativa a las citadas obligaciones.
3.2.2 Obligaciones del contratista en supuestos de subcontratación
El contratista podrá concertar la realización parcial de la prestación con los requisitos y alcance que se establezcan en el Anexo VI
La celebración de subcontratos por el contratista estará sometida al cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 215 LCSP.
Para la celebración de subcontratos por parte del contratista será necesario que éste comunique al órgano de contratación, en todo caso, de forma anticipada y por escrito la intención de celebrar los subcontratos, junto con la documentación que justifique la aptitud del subcontratista para ejecutar la parte de la prestación que se pretende subcontratar, y una declaración responsable del subcontratista de no estar incurso en prohibición de contratar con la Administración.
En el caso de que la subcontratación afecte al tratamiento de datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, el adjudicatario tendrá además las obligaciones señaladas en el Anexo XX del presente pliego (Acuerdo de Encargado del Tratamiento).
3.2.3 Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones
El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida encargarse directamente y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o
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privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.
3.2.4 Obligaciones de transparencia
El contratista deberá suministrar a la entidad administrativa, previo requerimiento y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por ésta de las obligaciones de transparencia. Una vez transcurrido el plazo conferido en el requerimiento sin que el mismo hubiera sido atendido, la entidad administrativa podrá acordar, previo apercibimiento y audiencia al interesado, la imposición de multas coercitivas por importe de 1.000 euros, reiteradas por períodos de quince días hasta el cumplimiento, y hasta alcanzar la cantidad correspondiente al 5 % del importe de adjudicación.
El suministro de la información se realizará en formatos abiertos y reutilizables.
3.2.5 Obligaciones relativas a la reutilización de la información (datos abiertos)
La reutilización de la información asociada a la presente licitación se realizará por la Administración mediante conjuntos de datos abiertos basados en licencias abiertas que permitan su uso libre y gratuito, sin necesidad de autorización previa, y que gocen de amplia aceptación nacional e internacional.
Así mismo, si de la ejecución del presente contrato se obtiene información que pueda ser reutilizable, el adjudicatario deberá proporcionar la misma cumpliendo con los criterios de apertura de datos y reutilización, garantizando la efectiva liberación de los conjuntos de datos generados durante la prestación del servicio.
3.3 Tributos
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos, excepto el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente de acuerdo con la legislación vigente.
3.4 Revisión de precios
Si procediera la revisión se indicará así en el apartado M del cuadro-resumen que recogerá la fórmula aplicable.
3.5 Cesión del contrato
Los derechos y obligaciones derivados del contrato podrán ser objeto de cesión por el contratista a un tercero en los términos del artículo 214 LCSP, cuando así se hubiese establecido en el apartado W del cuadro-resumen y conforme a las condiciones adicionales que se establezcan en el Anexo VI.
4 EJECUCIÓN DEL CONTRATO
4.1 Valoración de los trabajos
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en este pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas aprobados por el órgano de contratación y conforme a las instrucciones que, en interpretación técnica de éste diere al contratista el órgano de contratación o el responsable del contrato.
La valoración de los suministros se realizará, conforme al sistema de determinación de precios fijados en el apartado D del cuadro-resumen, en los vencimientos que se hubieran establecido en los
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pliegos, y si este fuera de tracto sucesivo y no se hubiera dispuesto otra cosa, se realizará mensualmente.
Podrán realizarse valoraciones parciales por suministros efectuados antes de que se produzca la entrega parcial de los mismos, siempre que se solicite por parte del contratista y sean autorizados por el órgano de contratación.
Si el sistema de determinación del precio se realiza mediante precios unitarios, se podrá incrementar el número de unidades a suministrar hasta el porcentaje del 10 por ciento del precio del contrato, sin que sea preciso tramitar el correspondiente expediente de modificación, siempre que se haya acreditado la correspondiente financiación en el expediente originario del contrato.
4.2 Condiciones especiales de ejecución del contrato
Las condiciones especiales de ejecución se describirán en el Anexo XII y su incumplimiento tendrá las consecuencias que en el mismo se establezcan. Asimismo, se podrán prever en el Anexo XIII penalidades para el incumplimiento de las mismas.
4.3 Plazo de duración
El plazo general de ejecución será el que se fija en el apartado H del Cuadro-resumen, o el que resulte de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario.
El plazo de las entregas sucesivas y el lugar de recepción de los bienes objeto del contrato, son los que se fijan en los apartados N y O del cuadro – resumen o los que resulten de la adjudicación del contrato de acuerdo con la oferta presentada por el adjudicatario. El plazo de entrega se computará desde que se remita al contratista el correspondiente formulario de suministro de material.
4.4 Responsable del contrato
El órgano de contratación designará un responsable del contrato con facultades de supervisión y capacidad para dictar instrucciones sobre la ejecución del contrato.
4.5 Condiciones de instalación y prestaciones complementarias del suministro
El adjudicatario vendrá obligado a realizar a su xxxxx todo tipo de operaciones inherentes a las instalaciones requeridas por el suministro, incluyendo los elementos auxiliares necesarios que por su escasa entidad y dificultad de definición previa no figuren expresamente en la composición de aquél, salvo que el pliego de prescripciones técnicas establezca otra cosa.
Si así se establece en el pliego de prescripciones técnicas la firma adjudicataria llevará a cabo los cursos de formación u otras prestaciones complementarias que sean necesarios para la adecuada utilización de los bienes suministrados. Todo ello, sin coste alguno para el órgano de contratación.
4.6 Programa de trabajo
Si la Administración estima conveniente exigir un Programa de Trabajo éste será presentado por el empresario para su aprobación por la Administración al mismo tiempo que se aprueben los documentos de la solución elegida, fijándose los plazos parciales correspondientes.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este Programa, siguiendo las instrucciones que, a estos efectos, reciba.
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4.7 Evaluación de riesgos profesionales
El contratista en todo caso deberá realizar la correspondiente evaluación de riesgos laborales y además estará obligado a poner a disposición del contrato los recursos preventivos adecuados, conforme al artículo 22.bis del Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de Prevención.
En función de las prestaciones contratadas, deberá adecuarse la coordinación de actividades empresariales que corresponda, conforme al Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
4.8 Penalidades
4.8.1 Penalidades por demora
El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Caso de sobrepasarse el plazo establecido o en el caso de incumplimiento de plazos parciales por causas imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en los artículos 193 y 195 LCSP.
Si atendiendo a las especiales características del contrato se considera necesario para su correcta ejecución el establecimiento de penalidades distintas a las establecidas en el párrafo anterior, éstas se especificarán en el Anexo XIII del presente pliego.
4.8.2 Otras penalidades
El cumplimiento defectuoso de las prestaciones objeto del contrato, el incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios, o de las condiciones especiales de ejecución del contrato, o el incumplimiento de alguno de los criterios que sirvieron de base para la valoración de las ofertas, dará lugar a la imposición de penalidades cuando así se indique en el Anexo XIII de este pliego y en la forma en él previstas.
4.9 Mantenimiento
Cuando así se establezca en el apartado J del cuadro-resumen el adjudicatario realizará el mantenimiento de los bienes objeto del suministro en las condiciones que se recogen en el pliego de prescripciones técnicas.
En cualquier caso, si el objeto del contrato es la compra de equipos o sistemas para el tratamiento de la información, el mantenimiento incluirá las revisiones preventivas, reparaciones de averías de las máquinas o dispositivos de las mismas, reposición de piezas y sustitución del equipo averiado mediante otro de reserva y actualización o adaptación de programas.
5 RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN
5.1 Recepción y liquidación
El contratista deberá entregar los bienes a suministrar dentro del plazo estipulado, efectuándose por el responsable del contrato un examen de la documentación presentada o de la prestación realizada y propondrá que se lleve a cabo la recepción.
La recepción o conformidad se manifestará en un acto formal y positivo dentro del mes siguiente a la realización del objeto del contrato o en el plazo que se establezca en el Pliego de Prescripciones Técnicas en función de las características del contrato. Asimismo, podrán efectuarse recepciones parciales sobre aquellas partes del contrato susceptibles de ser utilizadas de forma independiente.
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En caso de contratos cuya ejecución sea de tracto sucesivo, la recepción se realizará a la terminación de la prestación contratada o al término del plazo contractual.
5.2 Plazo y devolución de garantía de los bienes
El plazo de garantía será el establecido en el apartado I del cuadro-resumen o, en su caso, el ofertado por el adjudicatario. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya formalizado ningún reparo, el contratista quedará relevado de toda responsabilidad por razón de la prestación efectuada, procediéndose a la devolución o cancelación de la garantía definitiva.
6 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causa de resolución del contrato, además de las legalmente establecidas, las previstas en el Anexo XVI del presente Pliego. La resolución contractual se tramitará con arreglo al procedimiento detallado en el artículo 109 y siguientes del RGLCAP en el plazo de 8 meses contados desde la fecha de incoación del procedimiento de resolución.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las establecidas como obligaciones esenciales por el órgano de contratación en el Anexo XIV, debiendo figurar de manera precisa, clara e inequívoca.
En el supuesto de UTE, cuando alguna de las integrantes se encuentre comprendida en el supuesto del artículo 211 a) y b) LCSP, la Administración estará facultada para exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales al resto de las empresas que constituyan la unión temporal o acordar la resolución del contrato.
El incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios personales o materiales a la ejecución del contrato recogidos en el Anexo V podrá ser causa de resolución del contrato cuando así se determine expresamente en dicho Anexo o dará lugar, en su caso, a la imposición de las penalidades que se señalen en el Anexo XIII.
7 PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público, cuando así se prevea en el apartado T del cuadro-resumen, en el Anexo XV o en los supuestos y con los límites establecidos en los artículos 204 y 205 LCSP. Estas modificaciones deberán ser acordadas por el órgano de contratación, previa tramitación del procedimiento oportuno, formalizarse en documento administrativo, y publicarse en el perfil de contratante y en el Diario Oficial de la Unión Europea si el contrato está sujeto a regulación armonizada. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el Contratista queda obligado a la actualización del Programa de Trabajo.
7.1 Modificaciones previstas
Estas modificaciones serán en todo caso obligatorias para el contratista.
El procedimiento para acordar estas modificaciones incluirá un trámite de audiencia al contratista por un plazo de hasta 5 días, así como el resto de trámites que resulten preceptivos
En caso de prever modificaciones, el Anexo XV deberá especificar las circunstancias, las condiciones, alcance y los límites, indicando expresamente el porcentaje del precio de adjudicación del contrato al que como máximo puedan afectar, así como el procedimiento a seguir. En caso de prever varias causas de modificación las circunstancias, condiciones, alcance, límites y porcentaje deberá quedar referido a cada una de ellas.
En los contratos en los cuales el empresario se obligue a entregar una pluralidad de bienes de forma sucesiva y por precio unitario, sin que el número total de entregas se defina con exactitud al tiempo de celebrar este, por estar subordinadas las mismas a las necesidades de la Administración, en el
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caso de que, dentro de la vigencia del contrato, las necesidades reales fuesen superiores a las estimadas inicialmente, deberá tramitarse la correspondiente modificación antes de que se agote el presupuesto máximo inicialmente aprobado, reservándose a tal fin el crédito necesario para cubrir el importe máximo de las nuevas necesidades
7.2 Modificaciones no previstas
Sólo podrán introducirse modificaciones distintas de las previstas en el apartado anterior por razones de interés público, cuando se justifique suficientemente la concurrencia de alguno o varios de los supuestos tasados del artículo 205 LCSP.
Estas modificaciones serán obligatorias para los contratistas cuando impliquen, aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido. Cuando, por razón de su importe, la modificación no resulte obligatoria para el contratista, dicha modificación exigirá la conformidad expresa del contratista.
8 RÉGIMEN DE CONFIDENCIALIDAD
El órgano de contratación, así como sus servicios dependientes, no podrán divulgar la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial en el momento de presentar su oferta y que tenga carácter xx xxxxxxx técnico o comercial o pueda ser utilizada para falsear la competencia.
El deber de confidencialidad del órgano de contratación en ningún caso podrá extenderse a documentos que sean públicamente accesibles de conformidad con las obligaciones impuestas a la Administración por la normativa vigente.
Así mismo los licitadores deberán respetar el carácter confidencial de la información facilitada por la Administración cuando contenga datos de carácter personal o cuando por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
El contratista, así como todas las personas que intervengan en la ejecución del contrato, estarán sujetos tanto al deber de confidencialidad al que se refiere el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 (en adelante, RGPD), en relación con el tratamiento de datos personales, como a la confidencialidad prevista en la LCSP respecto a la información confidencial a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución del contrato, que se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de la información, salvo que el contrato establezca un plazo mayor.
El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo al deber de confidencialidad señalado para el adjudicatario.
9 RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
El tratamiento de los datos de carácter personal deberá respetar en su integridad la LCSP, el RGPD, la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el resto de normativa vigente en la materia.
Los datos personales de los licitadores, obtenidos por la Administración en el presente procedimiento, serán tratados por la Unidad Responsable de la Actividad de Tratamiento con la finalidad de tramitar el presente expediente de contratación, así como para aquellos otros fines identificados en la correspondiente Actividad de Tratamiento conforme a lo establecido en el Anexo XIX, relativo a la INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS
LICITADORES, y en el Registro de Actividades de Tratamiento del Gobierno xx Xxxxxx.
En el caso de que la presente contratación implique el acceso del adjudicatario a datos de carácter personal de cuyo tratamiento sea responsable la entidad contratante, según se señala en el apartado
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X del cuadro-resumen, aquél actuará en calidad de Encargado del Tratamiento. En este caso, el tratamiento de los datos personales por el Encargado se regirá por la presente cláusula y por las condiciones establecidas en el Anexo XX, relativo al ACUERDO DE ENCARGADO DEL TRATAMIENTO, del presente pliego.
El subcontratista o el cesionario del presente contrato, en su caso, estará sujeto asimismo a las obligaciones impuestas para el adjudicatario en el Acuerdo de Encargado del Tratamiento.
10 RÉGIMEN DE RECURSOS CONTRA LA DOCUMENTACIÓN QUE RIGE LA CONTRATACIÓN
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas, el Pliego de Prescripciones Técnicas que describa las prestaciones, así como el resto de documentos contractuales que deba regir la contratación, podrán ser recurridos mediante el recurso indicado en el apartado T del cuadro-resumen.
• Si procede la interposición de recurso especial en materia de contratación pública del artículo 44 LCSP, el escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxx, en el plazo de quince días hábiles. El plazo contará desde el día siguiente al de la publicación en el perfil de contratante.
Para los contratos licitados en aplicación de lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto- ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el plazo para la interposición del recurso especial en los contratos que se vayan a financiar con fondos procedentes de dicho Plan será xx xxxx días naturales y se computará en la forma establecida en el artículo 50.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a computar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
• Si procede la interposición de recurso ordinario contra los pliegos que rigen la licitación, el recurso se interpondrá ante el órgano indicado en el apartado T del cuadro-resumen, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante y su tramitación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015.
Alternativamente al recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxx en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante.
11 FONDOS MRR DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Estas cláusulas serán de aplicación únicamente en caso de que el contrato reciba financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, conforme al apartado F del cuadro-resumen.
Asimismo, en relación al régimen jurídico establecido en la primera cláusula de este pliego, será de aplicación el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el cual se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
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medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Decreto 5/2022, de 26 de enero, del Gobierno xx Xxxxxx, de medidas para impulsar la gestión urgente y coordinada de los procedimientos financiados con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
11.1 Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses
En relación al refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, resultan de aplicación obligatoria a este órgano de contratación las medidas de específicas incluidas en el Plan antifraude del órgano de contratación a que se refiere el apartado A del cuadro-resumen, que puede consultarse en el enlace que se especifica en el apartado F.
La participación en la licitación que se refiere el presente pliego supone la xxxxxxxx por parte de los licitadores y del ulterior adjudicatario del contrato de la obligación de cumplimiento de las medidas contenidas en el plan de medidas antifraude del órgano de contratación, con pleno respeto a la normativa española y europea en relación con la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses y a los pronunciamientos que al respecto de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea hayan realizado o puedan realizar las instituciones de la Unión Europea.
Son de aplicación las definiciones de fraude, corrupción y conflicto de intereses contenidas a la Directiva (UE) 2017/1371, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión Europea (Directiva PIF), y en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (Reglamento financiero de la UE).
La presentación de proposiciones supone por parte de los licitadores la aceptación incondicional de la obligación de respetar los principios de igualdad, libre concurrencia, transparencia e integridad durante la fase de licitación, comunicando inmediatamente al órgano de contratación las posibles situaciones de conflicto de intereses, aparentes o reales de las que tuvieran conocimiento y que puedan afectar al procedimiento de contratación. A su vez, se comprometen a no realizar acciones que pongan en riesgo el interés público, aplicando la máxima diligencia en el cumplimiento de la legalidad vigente.
Este expediente de contratación y su ejecución estará sujeto a los controles establecidos por la Comisión Europea, la Oficina de Lucha Antifraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo y la Fiscalía Europea, para lo cual se facilitará a estos órganos el acceso a toda la información requerida sobre el contrato.
11.2 Normas sobre conservación de la documentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018 sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión
Los contratistas y subcontratistas mantendrán un registro y conservarán los documentos justificativos, los datos estadísticos y demás documentación concerniente a la financiación, así como los registros y documentos en formato electrónico, durante un período de cinco años a partir del pago del saldo o, a falta de dicho pago, de la operación. Este período será de tres años si la financiación es de un importe inferior o igual a 60.000 euros.
Los registros y documentos relativos a auditorías, recursos, litigios, la tramitación de reclamaciones relativas a compromisos jurídicos o relativos a investigaciones de la OLAF se conservarán hasta que dichas auditorías, recursos, litigios, tramitación de reclamaciones o investigaciones hayan concluido. En el caso de los registros y documentos relativos a investigaciones de la OLAF, la obligación de
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conservar los registros y documentos se aplicará una vez que dichas investigaciones hayan sido notificadas al contratista o subcontratista.
Los registros y documentos se conservarán, bien en forma de originales, bien en forma de copias compulsadas de originales, bien en soportes de datos comúnmente aceptados, entre ellos versiones electrónicas de documentos originales o documentos existentes únicamente en versión electrónica. Cuando existan versiones electrónicas, no serán necesarios originales si dichos documentos cumplen los requisitos legales aplicables para que puedan ser considerados equivalentes a originales y fiables a efectos de auditoría.
11.3 Obligaciones en materia de comunicación, encabezamientos y logos conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre
En todas las actuaciones que se realicen en ejecución del contrato en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, los contratistas y subcontratistas deberán exhibir de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga «Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU» junto con el logo del PRTR. Cuando el emblema de la Unión Europea se muestre en asociación con otro logotipo (Gobierno xx Xxxxxx, PRTR), deberá mostrarse al menos de forma tan prominente y visible como los otros logotipos.
El emblema debe permanecer distinto y separado y no puede modificarse añadiendo otras marcas visuales, marcas o texto. Aparte del emblema, no podrá utilizarse ninguna otra identidad visual o logotipo para destacar el apoyo de la UE. Estas medidas de información y comunicación de las actuaciones desarrolladas se incluirán en carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc. Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público.
DILIGENCIA: Se hace constar que el presente pliego se ajusta al modelo que ha sido aprobado por el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud con fecha 28/02/2022, previos informes de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa xx Xxxxxx y de la Dirección General de Servicios Jurídicos de fecha 28 de febrero de 2022. | A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación) |
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Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO II
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
Artículo 100.2 LCSP
(Especificar para cada lote, en su caso)
Desglose de costes directos e indirectos:
COSTES DIRECTOS | |
Elemento | Valoración (€) |
Lote 1 | 25.069,00 € |
Lote 2 | 100.500,00 € |
Lote 3 | 70.650,00 € |
TOTAL: | 196.219,00 € |
COSTES INDIRECTOS | |
Elemento | Valoración (€) |
Lote 1: Beneficio industrial + gastos de administración | 2.785,55 € |
Lote 2: Beneficio industrial + gastos de administración | 11.165,45 € |
Lote 3: Beneficio industrial + gastos de administración | 7.847,73 € |
TOTAL: | 21.798,73 € |
Desglose de costes salariales de mano de obra:
Costes salariales de mano de obra por CATEGORÍA PROFESIONAL | Valoración (€) |
TOTAL: |
Costes salariales de mano de obra por DESAGREGACIÓN DE GÉNERO | Valoración (€) |
TOTAL: |
A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación)
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Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO III
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE ÚNICA EN MATERIA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA (DRU)
1) La presentación del modelo de Declaración Responsable Única en materia de contratación pública (DRU) por el licitador sirve como prueba preliminar del CUMPLIMIENTO de los REQUISITOS PREVIOS especificados en el presente pliego para participar en este procedimiento de licitación.
La DRU, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público xx Xxxxxx, es un modelo de declaración responsable aprobado mediante Resolución 1/2021, de 4 xx xxxxx, de la Dirección General de Contratación, ajustado al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), que incluye las demás declaraciones responsables que deban cumplimentarse de acuerdo con los pliegos que rijan la licitación y que no formen parte del contenido de la oferta.
La DRU se divide en dos partes: el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) y el apartado relativo a otras declaraciones responsables. El DEUC consiste en una declaración responsable de la situación financiera, las capacidades y la idoneidad de las empresas para participar en un procedimiento de contratación pública, de conformidad con el artículo 59 Directiva 2014/24 y el Reglamento de Ejecución de la Comisión (UE) 2016/7 de 5 de enero de 2016 que establece el formulario normalizado del mismo y las instrucciones para su cumplimentación. Por su parte, el apartado de otras declaraciones recoge la declaración responsable relativa al grupo empresarial; el compromiso, en su caso, de constitución de unión temporal de empresarios (UTE); la declaración responsable, en su caso, sobre inscripción en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonomía xx Xxxxxx o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público; y el compromiso de adscripción obligatoria de medios al contrato; sin perjuicio de que el modelo de DRU pueda verse modificado en un futuro por resolución de la persona titular de la Dirección General de Contratación, para incluir otras declaraciones.
El órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación de las declaraciones responsables previamente presentadas requiriendo al efecto la presentación de los correspondientes justificantes documentales, en los términos del artículo 69 de la Ley 39/2015.
La DRU deberá presentarse FIRMADA POR REPRESENTANTE CON PODER SUFICIENTE.
En cualquier caso, la presentación de la DRU por el licitador conlleva el compromiso de que, en caso de que la propuesta de adjudicación del contrato recaiga a su favor, se aportarán los documentos justificativos pertinentes a los que sustituye de conformidad con lo previsto en la cláusula 2.3.2.
2) Formulario normalizado DRU.
El formulario normalizado de DRU se encuentra a disposición de los licitadores en las siguientes direcciones electrónicas:
xxxxx://xxx.xxxxxx.xx/-/xxxxxxx-xxxx
3) Instrucciones para rellenar la DRU y, singularmente, dentro de ella, el DEUC.
Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento.
En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse una DRU por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato.
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Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará una DRU por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia.
Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado de la DRU.
Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado de la DRU. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario.
Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes
documentos:
▪ Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx
▪ Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016, disponible en: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xx/xxx/0000/00/00/(0)/xxx
▪ Recomendación 2/2016 de 21 xx xxxxx de 2016, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, relativa a la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), disponible en:
xxxx://xxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxx/XxxxxxxXxxxxxxxxxx/XxxxxXxxxxxxxxxXxxxxxx acionAdministrativa/Areas/02_Informes_Actuaciones/22016B.pdf
Dentro de la DRU, en relación al DEUC deberán cumplimentarse necesariamente los apartados
(del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo:
PARTE I: INFORMACIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y EL PODER
ADJUDICADOR (Identificación del contrato y la entidad contratante; estos datos deben ser facilitados o puestos por el poder adjudicador)
PARTE II: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
Sección A: INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO
▪ Identificación. Como n º de IVA se deberá indicar el NIF (ciudadanos o empresas españolas), el NIE (ciudadanos extranjeros residentes en España), y el VIES o DUNS (empresas extranjeras).
▪ Información general
▪ Forma de participación
Sección B: INFORMACIÓN SOBRE LOS RERESENTANTES DEL OPERADOR ECONÓMICO
▪ Representación, en su caso (datos del representante)
Sección C: INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES
▪ Recurso (Sí o No)
Sección D: INFORMACIÓN RELATIVA A LOS SUBCONTRATISTAS
▪ Subcontratación (Sí o No y, en caso afirmativo, indicación de los subcontratistas conocidos)
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PARTE III: MOTIVOS DE EXCLUSIÓN (en el servicio electrónico DEUC los campos de los apartados A, B y C de esta parte vienen por defecto con el valor 'No' y tienen la utilidad de que el operador pueda comprobar que no se encuentra en causa de prohibición de contratar o que, en caso de encontrarse en alguna, puede justificar la excepción)
Sección A: MOTIVOS REFERIDOS A CONDENAS PENALES. Motivos referidos a condenas penales establecidos en el art. 57, apartado 1, de la Directiva
Sección B: MOTIVOS REFERIDOS AL PAGO DE IMPUESTOS O DE COTIZACIONES A LA
SEG. SOCIAL. Pago de impuestos o de cotizaciones a la Seguridad Social (declara cumplimiento de obligaciones)
Sección C: MOTIVOS REFERIDOS A LA INSOLVENCIA, LOS CONFLICTOS DE
INTERESES O LA FALTA PROFESIONAL. Información relativa a toda posible insolvencia, conflicto de intereses o falta profesional
Sección D: OTROS MOTIVOS DE EXCLUSIÓN QUE ESTÉN PREVISTOS EN LA
LEGISLACIÓN NACIONAL. Motivos de exclusión puramente nacionales (si los hay, declaración al respecto)
PARTE IV: CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 1: INDICACIÓN GLOBAL DE CUMPLIMIENTO DE TODOS LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
OPCIÓN 2: El poder adjudicador exige la declaración de cumplimiento de los criterios específicamente (cumplimentar todas las secciones)
▪ Sección A: IDONEIDAD: (información referida a la inscripción en el Registro Mercantil u oficial o disponibilidad de autorizaciones habilitantes).
▪ Sección B: SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
▪ Sección C: CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL (datos a facilitar según las indicaciones xxx xxxxxx, anuncio o invitación).
▪ Sección D: SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Y NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL.
PARTE V: REDUCCIÓN DEL NÚMERO DE CANDIDATOS CUALIFICADOS
PARTE VI: DECLARACIONES FINALES (declaración responsable de veracidad y disponibilidad de documentos acreditativos de la información facilitada, y consentimiento de acceso a la misma por el poder adjudicador).
Dentro de la DRU, en relación a las OTRAS DECLARACIONES deberán cumplimentarse necesariamente aquellas que se encuentran marcadas en este Anexo:
DECLARACIÓN RELATIVA A PERTENENCIA A GRUPO EMPRESARIAL
Debe cumplimentarse obligatoriamente, incluyendo la relación de empresas del grupo en su caso.
COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS
Sólo se cumplimentará en caso de licitación como UTE, indicando las empresas que la componen.
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DECLARACIÓN DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA XX XXXXXX
La inscripción tiene carácter obligatorio para licitar en el procedimiento abierto simplificado, por lo que deberá figurar inscrito antes del plazo en el que finalice la presentación de ofertas.
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Deberá cumplimentarse cuando así se exija en el Anexo V
A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación)
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Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO IV
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, Y TÉCNICA
(Especificar para cada lote, en su caso)
1.- La solvencia económica y financiera y técnica, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los criterios de selección marcados.
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP)
a) Declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos.
CRITERIOS |
Volumen de negocios global del licitador, deberá ser igual o superior al 1,5 del valor de la anualidad media del presupuesto máximo de licitación – IVA excluido – del lote adjudicado. En caso de fusión o absorción de empresas, se aportará la relación de los suministros realizados o las empresas fusionadas o absorbidas. Si se trata de empresas de nueva creación, la solvencia económica y financiera se justificará con la cifra de negocios del periodo correspondiente a la actividad de la empresa. |
Declaración firmada del adjudicatario |
Se acreditará mediante: |
Declaración expresa responsable del licitador |
b) Seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado del contrato.
CRITERIOS | |
Seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe superior a €. | |
Riesgos cubiertos: | |
Se acreditará mediante: |
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c) Declaración del Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales.
CRITERIOS |
Patrimonio neto con valor mínimo por importe de €. |
Ratio mínimo de entre activos y pasivos al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. |
Se acreditará mediante: |
SOLVENCIA TÉCNICA (artículo 89 LCSP)
* Para los contratos no sujetos a regulación armonizada, las empresas de nueva creación acreditarán su solvencia técnica con otros medios previstos distintos de los establecidos en la letra a).
a) Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
CRITERIOS |
Suministros realizados de la misma naturaleza que el objeto del contrato, por cada uno de los tres últimos ejercicios fiscales, cuya suma sea igual o superior al 1,5 del valor de la anualidad media del presupuesto máximo de licitación – IVA excluido – del lote en el que participen, indicando su importe y destinatario de los mismos. En caso de fusión o absorción de empresas, se aportará la relación de los suministros realizados por las empresas fusionadas o absorbidas. Si se trata de empresas de nueva creación, la solvencia técnica se justificará con la relación de los suministros realizados en el periodo correspondiente a la actividad de la empresa. |
Certificados en caso de ventas a la Administración o Declaraciones en caso de operaciones entre privados. |
Se acreditará mediante: |
Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. |
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b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
d) Control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin particular. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
e) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
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f) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
g) Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las Convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo, y de seguimiento que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
CRITERIOS |
Se acreditará mediante: |
2.- Acreditación del cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad, el licitador deberá aportar los certificados siguientes (artículos 93 y 94 LCSP):
CERTIFICADOS A APORTAR |
3.- En virtud de lo dispuesto en el artículo 11.5 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por el Real Decreto 773/2015, se exime a los licitadores de la acreditación de la solvencia económica y financiera, y técnica y profesional.
SI NO
4. Un mismo empresario podrá concurrir para completar la solvencia de más de un licitador SI NO
A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación)
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Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO VI
SUBCONTRATACIÓN / CESIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
Condiciones de subcontratación para la realización parcial de la prestación:
PRESTACIÓN PARCIAL DEL CONTRATO | % DE LA PRESTACIÓN | HABILITACIÓN PROFESIONAL / CLASIFICACIÓN |
Tareas críticas que NO admiten subcontratación:
En caso de financiación procedente del MRR en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el contratista deberá comunicar al órgano de contratación los siguientes datos, antes del inicio de la prestación a realizar por el subcontratista:
a) NIF de cada subcontratista.
b) Nombre o razón social.
c) Domicilio fiscal de cada subcontratista.
d) Firma de las declaraciones responsables que se indican en el Anexo MRR:
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión.
- Declaración responsable de cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente o principio XXXX.
- Declaración Ausencia Conflicto De Intereses (DACI).
- Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Condiciones de cesión del contrato adicionales a las establecidas en el artículo 214.2 LCSP1:
A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación)
1 No podrán cederse los derechos y obligaciones dimanantes del contrato cuando las cualidades técnicas o personales del cedente hayan sido determinantes para la adjudicación del contrato o resulte una restricción efectiva de la competencia.
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Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Lotes)
Dº/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: suministro de fiambres, carnes y aves. | |
se compromete, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de 2 - Lote nº 1 - Lote nº 2 - Lote nº 3 | |
Indicar % del tipo impositivo de IVA: | |
Lote 1 | Importe Base: Importe IVA: Importe Total: |
Lote 2 | Importe Base: Importe IVA: Importe Total: |
Lote 3 | Importe Base: Importe IVA: Importe Total: |
A fecha de firma electrónica (El licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa.
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
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Nº Expediente: SAS_Z<3_2024_PA_025
ANEXO VII
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA (Precios unitarios)
Dº/Xx | |
en nombre 1 | con NIF nº |
y con domicilio fiscal en | |
Enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de: | |
se compromete, a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por los siguientes precios unitarios: 2 |
La oferta total del contrato asciende a:
El licitador hace constar que la oferta presentada se desglosa del modo que sigue:
Importe Base:
Importe IVA:
Importe Total:
VER MODELO DE PETICIÓN DE OFERTA ECONÓMICA, ANEXO VII BIS, EN FORMATO EXCEL. OTROS CRITERIOS DE EVALUACIÓN POSTERIOR:
CRITERIO 2 | |
LOTE | Bonificación ofertada |
1 | |
2 | |
3 | |
15 % / 10% / 5 % / 0 |
A fecha de firma electrónica (El licitador)
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
40
Nº Expediente: SAS_Z3_2024_PA_025
ANEXO VIII
PRECIOS UNITARIOS
(Especificar para cada lote, en su caso)
VER MODELO DE PETICIÓN DE OFERTA ECONÓMICA EN FORMATO EXCEL.
A fecha de firma electrónica (El órgano de contratación)
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ANEXO X
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN SUBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN PREVIA (SOBRE B)
(Especificar para cada lote, en su caso)
1 - | PARA TODOS LOS LOTES: Calidad de los productos Se valorará a través de los parámetros generales definidos en las fichas técnicas de cada uno de ellos. Documentación: Fichas técnicas y muestras Se valorará aplicando los siguientes criterios: Aquellas ofertas que no alcancen la puntuación de 10 puntos en este apartado, no serán objeto de consideración ni ponderación con arreglo a los demás criterios de adjudicación. En caso de que no se presenten muestras o las muestras presentadas no cumplan todas las prescripciones recogidas en el anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (PPT), la oferta de ese producto se valorará con 0 puntos y, por lo tanto, quedará excluida de la licitación. Documentación a presentar: Documentación técnica en sobre B y muestras según lo establecido en el PPT | 25 PUNTOS |
2 - | Respuesta del licitador ante una urgencia (puede producirse en xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos, en casos excepcionales) Documentación a presentar: declaración expresa del licitador estableciendo el plazo en el que se compromete a entregar el producto desde la recepción de la petición de urgencia (incluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos o indicar si se incluyen). | 10 PUNTOS |
3 - | Sistema de distribución y entrega de los productos (trazabilidad) Documentación: memoria del licitador sobre su sistema de distribución y entrega de productos | 5 PUNTOS |
4 - | Sistema de limpieza y desinfección del vehículo de transporte Documentación a presentar: informe sobre el sistema de limpieza y desinfección del vehículo de transporte (productos y frecuencia) | 5 PUNTOS |
TOTAL | 45 PUNTOS |
Comité de Expertos: (Composición) Organismo Técnico especializado: (Nombre)
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ANEXO XI
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN OBJETIVOS SUJETOS A EVALUACIÓN POSTERIOR (SOBRE C)
(Especificar para cada lote, en su caso)
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN | FÓRMULA | PONDERACIÓN |
1- CRITERIO: Precio DOCUMENTACIÓN A APORTAR: Oferta económica (Anexo VII y VII bis) en sobre C. | Puntuación oferta = Baja correspondiente oferta lote completo x 40 Max (Bs, Bmax) %Baja de la oferta = 1- (Importe Oferta/Importe máximo) Bs = Baja significativa (5 %) Bmax : Valor máximo entre la baja significativa y la baja máxima de las ofertas presentadas | Hasta 40 puntos |
2- CRITERIO: Bonificación (% de bonificación cuando el importe del contrato durante su período de vigencia, incluidas las prórrogas, supere el importe adjudicado en el contrato) Documentación: Cumplimentar tabla incluida en el anexo VII de este PCAP. Oferta económica sobre C | 15 % bonificación 10% bonificación 5% bonificación Sin bonificación | 15 puntos 10 puntos 5 puntos 0 puntos |
TOTAL | 55 puntos |
1. PARÁMETROS PARA DETERMINAR EL CARÁCTER ANORMALMENTE BAJO DE LA OFERTA EN SU CONJUNTO:
Lo establecido en los seis supuestos del artículo 85 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
2. CRITERIOS ESPECÍFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES DE LA PUNTUACIÓN FINAL:
Cuando se produzca empate entre dos o más ofertas se aplicarán los criterios de desempate previstos en el artículo 74.4 de la Ley 5/2019, de 21 xx xxxxx, de derechos y garantías de las
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personas con discapacidad en Aragón. De persistir la situación de empate se acudirá a los siguientes criterios específicos:
Criterios específicos:
Criterios establecidos en el artículo 147.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
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ANEXO XII
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
Condiciones especiales de ejecución de acuerdo con el artículo 202 LCSP del contrato. Será obligatorio establecer:
• Social y/o ético: Acreditar mediante declaración responsable que la empresa cuenta con una plantilla con un porcentaje superior al 2% de trabajadores con discapacidad.
• Innovación:
• Medioambiental: Declaración responsable de que la empresa tiene adoptadas medidas para la promoción de reciclado de productos y el uso de envases reutilizables.
No procederá la adjudicación al licitador que no cumpla con al menos uno de los dos requisitos establecidos.
También tendrán la consideración de condiciones especiales de ejecución del contrato las siguientes:
-
-
-
-
El incumplimiento de las mismas tendrá la consideración de: Causa de resolución del contrato.
Infracción grave a los efectos de imposición de penalidades.
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ANEXO XIII PENALIDADES
(Especificar para cada lote, en su caso)
RÉGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES
Penalidades por incumplimiento de plazos Penalidades: 20% del valor de la entrega, en caso de demoras en las entregas parciales superiores a 48 horas a partir de la fecha de recepción del pedido. |
Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato Penalidades: 10% del importe xxx xxxxxxx, por cada albarán que no tenga completos los datos que se indican en el pliego de prescripciones técnicas, sobre todo lo referente a la caducidad |
Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios Penalidades: |
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato Penalidades: |
Incumplimiento de características de la oferta vinculadas a los criterios de adjudicación Penalidades: Hasta un 30 % del importe de la facturación de cada entrega de producto que incumpla la oferta del sobre 2 “criterios de evaluación previa”, en cualquiera de los criterios establecidos y ofrecidos por el adjudicatario |
Incumplimiento de obligaciones en materia laboral: Subrogación de trabajadores Cotización en la Seguridad Social Impago de salarios Penalidades: |
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ANEXO XIV
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
(Especificar para cada lote, en su caso)
Se consideran obligaciones esenciales del contrato:
Compromiso de adscripción de medios (artículo 76.2 LCSP) |
Condiciones especiales de ejecución del contrato (artículo 202 LCSP) |
Criterios de adjudicación de las ofertas (artículo 122.3 LCSP) |
Cumplimiento del régimen de pagos a los subcontratistas o suministradores establecido (artículo 217.1 LCSP) |
(Otras) |
En caso de que el contrato reciba financiación procedente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia conforme al apartado F del cuadro-resumen, también se considerarán obligaciones esenciales del contrato:
El cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm-XXXX) |
(otras condiciones relativas al etiquetado verde y digital, en su caso) |
(otras condiciones específicas si la medida del PRTR las tuviese) |
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ANEXO XV
MODIFICACIONES CONTRACTUALES PREVISTAS
(Especificar para cada lote, en su caso)
CIRCUNSTANCIAS (supuesto de hecho objetivo que debe de darse para que se produzca la modificación):
Ampliación del número de unidades determinado en modelo de petición de ofertas Anexo VII bis, debido a un posible incremento de la actividad durante el plazo de ejecución del contrato.
ALCANCE DE LAS MODIFICACIONES PREVISTAS (elementos del contrato a los que afectará):
Todos los materiales que conforman los tres lotes.
CONDICIONES DE LA MODIFICACIÓN (reglas de tramitación que se seguirán para determinar los nuevos precios, procedimiento de fijación de nuevo plazos…):
PORCENTAJE DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO AL QUE COMO MÁXIMO PUEDAN AFECTAR: 20%
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ANEXO XVIII
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
• Presidente: Xx. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx (Directora de Gestión y SS. GG.)
• Presidente suplente: X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx (Subdirector de Gestión y XX.XX.).
• Vocales: Un Letrado de los Servicios Jurídicos Un representante de la Intervención.
X. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxx (Subdirector de Gestión y XX.XX.).
Xx Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxxx (Jefe de Servicio de Suministros).
Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx (Grupo Técnico F. Administrativa)
• Vocales suplentes:
D. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx (Subdirector de Gestión y XX.XX.)
D. Xxxx Xxx Xxxxx (Jefe de Sección de Suministros)
• Secretario: D. Xxxx Xxx Xxxxx (Jefe de Sección de Suministros).
• Secretario suplente: Xx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx (Técnico de Gestión adscrita al Servicio de Suministros).
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ANEXO XIX
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LOS LICITADORES
Denominación de la actividad de tratamiento: Contratación Pública Servicio Aragonés de Salud
Responsable del tratamiento de los datos personales: (nombre de la unidad responsable y correo electrónico de contacto)
Servicio Aragonés de Salud xxxxxxxxx@xxxxx.xxxxxx.xx
Finalidad del tratamiento: Contratación Pública
Legitimación para realizar el tratamiento de los datos: Reglamento (U.E.) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas sobre el tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD).
Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
No se comunicarán los datos personales a terceros destinatarios salvo a aquellas entidades o administraciones a las que resulte necesario para el cumplimiento de la finalidad del tratamiento y de las obligaciones legales derivadas del presente contrato.
Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos o de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx con los formularios normalizados disponibles.
Puede obtener información adicional en el Registro de Actividades de Tratamiento del Gobierno xx Xxxxxx.
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ANEXO XXI
CONTROL DE CALIDAD EN LA EJECUCIÓN
(Especificar para cada lote, en su caso)
MECANISMOS DE CONTROL
Además de inspecciones aleatorias para constatar el ajuste de la prestación del suministro a lo estipulado en el contrato, durante la ejecución del contrato podrán utilizarse los siguientes mecanismos de control:
Auditorías sobre los indicadores de calidad Descripción del sistema de auditoría: |
Evaluación de la calidad: Evaluación del rendimiento en base a los indicadores de calidad, de conformidad con el artículo 61.1 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx Encuestas u otras formas de medición de satisfacción, de conformidad con el artículo 61.2 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx Balance de ejecución sobre la volumetría de la aplicación, de acuerdo con su objeto, y el número y tipología de las incidencias técnicas producidas en su utilización durante el periodo de vigencia del contrato, de conformidad con el artículo 61.3 de la Ley 11/2023, de 30 xx xxxxx |
(Otros) |
INDICADORES DE CALIDAD
Indicador | Definición | Criterio de cumplimiento |
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