REGLAMENTO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
REGLAMENTO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS
En este Reglamento FINKY S.A.S explica los diferentes productos y servicios que ofrece a las personas naturales, así como los términos y condiciones que rigen los mismos. Para contratar cualquiera de ellos, usted debe completar el formulario de conocimiento de persona natural, el cual hace parte integral del presente Reglamento, y proporcionar la información que FINKY requiera, la cual debe ser veraz y mantenerse actualizada cada año.
Por una parte, FINKY S.A.S., y por la otra el “ESTUDIANTE” que solicite los productos y servicios ofrecidos por FINKY y/o el “RESPONSABLE DEL PAGOS” que será quien asuma la obligación económica, en su conjunto se denominarán los “BENEFICIARIOS”, cuyos datos de identificación y domicilio se encuentran en el formulario de vinculación y conocimiento que ha sido diligenciado en el momento de registro y solicitud.
En su conjunto FINKY y los BENEFICIARIOS se denominan las “PARTES” y celebran el presente ACUERDO, teniendo en cuenta los productos seleccionados previamente por los BENEFICIARIOS para cada una de las solicitudes efectuadas por ellos y que se regirán por las siguientes CLÁUSULAS:
PRIMERA. PRODUCTO. FINKY S.A.S. ofrece a los BENEFICIARIOS UN (1) PRODUCTO que
consiste en un CUPO DE CRÉDITO EDUCATIVO afianzado por COOPHUMANA, para la financiación de la matrícula que deba pagar cada ESTUDIANTE a la INSTITUCIÓN. El monto aprobado para el cupo de crédito no excederá el valor de la matrícula o de los gastos relacionados con esta y será pagadero al plazo máximo que esté determinado para cada programa.
SEGUNDA. COMUNICACIÓN. Los BENEFICIARIOS aceptan los medios electrónicos que FINKY S.A.S pone a su disposición como medios legítimos de comunicación entre ambas PARTES y se comprometen a monitorear y atender, de forma regular, el portal web que FINKY
S.A.S ha diseñado para tal fin.
Los medios de comunicación puestos a disposición de los BENEFICIARIOS por XXXXX S.A.S. incluyen: (i) los contactos de atención al cliente incluyendo correos electrónicos; (ii) el portal web que ofrece FINKY S.A.S. para el monitoreo de estado de cuenta de los BENEFICIARIOS que incluye Chat y Buzón de contáctanos; y (iii) cualquier otro medio que esté habilitado para la comunicación de ambas PARTES.
A través de estos medios de comunicación, XXXXX S.A.S. podrá comunicar estados de cuenta, de cobranza, avisos de ajustes en el portal web, realizar comunicaciones publicitarias y demás comunicaciones que FINKY S.A.S. considere relevantes. En todo caso, durante la totalidad de la vigencia de este ACUERDO, FINKY S.A.S. pondrá a disposición de los BENEFICIARIOS todos los temas pertinentes relacionados con los PRODUCTOS, incluyendo: fechas clave, monto adeudado, estado de transacciones y cambios a la naturaleza del ACUERDO.
TERCERA. APROBACIÓN DEL PRODUCTO. Para la aprobación del CUPO DE CRÉDITO,
FINKY S.A.S. exige a los BENEFICIARIOS como mínimo: (i) Que el ESTUDIANTE y/o el RESPONSABLE DE PAGOS tengan correo electrónico propio; (ii) que cada uno tenga número de celular propio; (iii) que el ESTUDIANTE y/o el RESPONSABLE DE PAGOS proporcione información veraz y demostrable en el formulario de conocimiento de persona natural ; (iv) que el ESTUDIANTE esté inscrito en uno de los programas académicos de las INSTITUCIONES con las cuales FINKY S.A.S. tiene suscrito un convenio, (v) y que los BENEFICIARIOS cumplan correctamente con el proceso definido por XXXXX S.A.S. para acceder al estudio del cupo de crédito.
La aprobación de los PRODUCTOS se realizará con base en las políticas de FINKY S.A.S., previa evaluación de las condiciones de los BENEFICIARIOS y podrá exigir mayor información y/o requisitos adicionales a los BENEFICIARIOS si así se requiera.
CUARTA. COBRO POR SERVICIOS Y TARIFAS APLICABLES. FINKY S.A.S. cobrará en su
tarifa todos los servicios que preste tales como: uso de la tecnología, administración, fianza, seguros, cobranza y cualquier otro necesario para la utilización del servicio. Este valor oscila entre un 9% y 15% del valor solicitado en el cupo de crédito, y varía según la cantidad de cuotas y monto solicitado; es decir, de conformidad con las tarifas que para el efecto disponga FINKY S.A.S. Las cuales se encuentran disponibles para conocimiento de los BENEFICIARIOS en su portal web, y también en la documentación que disponga FINKY S.A.S para la legalización del cupo.
QUINTA. INCREMENTOS. Cuando se presenten incrementos en las tarifas, éstas serán dadas a conocer al BENEFICIARIO por parte de FINKY S.A.S. por los canales establecidos en la cláusula segunda. Por lo cual se conviene que a todos los anteriores conceptos se aplicarán las sumas convenidas por las partes o en su defecto a lo que establezcan las normas legales o a los costos que FINKY esté cobrando por los mismos servicios. Se acuerda que la totalidad de estos cobros están en cabeza de los BENEFICIARIOS.
SEXTA. VIGENCIA. Dado que el PRODUCTO consiste en la financiación que hace una INSTITUCIÓN al valor de las matrículas de los programas que esta ofrece, la oferta del PRODUCTO estará vigente solamente durante la época de inscripciones del programa elegido. De esta manera, para hacer uso del PRODUCTO, su oferta debe estar vigente y los BENEFICIARIOS deberán encontrarse al día en las demás obligaciones contraídas con FINKY
S.A.S. Los pagos se diferirán en cuotas mensuales de acuerdo con el plazo y el monto establecidos para cada una de las solicitudes.
SÉPTIMA. GARANTÍAS. De acuerdo con el análisis de riesgo realizado por XXXXX S.A.S. a los BENEFICIARIOS, FINKY S.A.S. podrá solicitar previo a la aprobación del PRODUCTO, garantías adicionales a favor de XXXXX S.A.S. con el fin de respaldar las obligaciones que surgirán en virtud del presente ACUERDO.
OCTAVA. CANALES DE PAGO. Las formas de pago utilizadas son: (i) el convenio de recaudo; (ii) PSE (iii) Los demás dispuestos por FINKY S.A.S y estarán sujetos a lo convenido con las INSTITUCIONES con las cuales FINKY S.A.S. tiene suscrito un convenio, en los cuales pueden existir variaciones.
NOVENA. ESTADOS DE CUENTA: FINKY S.A.S pone a disposición de los BENEFICIARIOS los estados del CUPO DE CRÉDITO a través del portal web de FINKY S.A.S , en el cual, mediante el ingreso a la página web xxx.xxxxx.xx, opción iniciar sesión y seleccionando la opción mi portal, y luego opción “mis pagos” puede consultar la información al detalle; la consulta de los estados del CUPO DE CRÉDITO no genera ningún costo adicional para los BENEFICIARIOS.
DÉCIMA. XXXX. Los BENEFICIARIOS pagarán los intereses xx xxxx correspondientes a los días adicionales que tomen para realizar el pago, a la tasa moratoria máxima permitida en Colombia.
DÉCIMA PRIMERA. LEGALIZACIÓN. Los BENEFICIARIOS tendrán como fecha máxima de pago, para legalizar la aprobación del PRODUCTO ante la INSTITUCION la indicada en su orden o recibo de matrícula, mediante el pago de la primera cuota del CUPO DE CREDITO solicitado.
Después de cinco (5) días hábiles del pago y como fecha máxima el día antes de la terminación del periodo de inscripciones de la INSTITUCIÓN, FINKY S.A.S. informará a la INSTITUCIÓN el cumplimiento del pago de la primera cuota para proceder a la LEGALIZACIÓN de la matrícula con la INSTITUCIÓN. De la misma forma FINKY S.A.S. informará a la INSTITUCIÓN del incumplimiento del pago de la primera cuota en caso que este pago no se efectúe y se dará por terminado y revocado este ACUERDO.
El ACUERDO se reactivará a discreción de XXXXX S.A.S. en las mismas condiciones para LOS BENEFICIARIOS que previa suscripción del pagaré, realicen el pago de la primera cuota del PRODUCTO y que se encuentren alineados con las vigencias expresadas en la cláusula sexta.
DÉCIMA SEGUNDA. RENOVACIÓN. La renovación se realiza en concordancia con los periodos académicos, siempre y cuando: (i) el ESTUDIANTE mantenga su estatus como matriculado en alguno de los programas académicos que ofrecen LAS INSTITUCIONES con las que FINKY S.A.S. tiene suscrito un convenio; (ii) los BENEFICIARIOS manifiesten su interés y soliciten una renovación de PRODUCTO por medio de la plataforma de FINKY S.A.S.; (iii) los BENEFICIARIOS confirmen que toda la información suministrada a FINKY S.A.S. esté actualizada a la fecha; (iv) los BENEFICIARIOS realicen el pago completo y por todo concepto a FINKY S.A.S del CUPO DE CRÉDITO vigente que desean renovar; y (v) los BENEFICIARIOS sigan cumpliendo con todos los requisitos establecidos para acceder al CUPO DE CRÉDITO.
DÉCIMA TERCERA. CANCELACIONES, SUSPENSIONES O RETIROS. Si se presenta
el caso que el ESTUDIANTE desee retirarse del programa académico y busque la devolución del PRODUCTO o su anulación, deberá presentar dicha solicitud a la INSTITUCIÓN, que será la que defina la viabilidad de la devolución o anulación del PRODUCTO de acuerdo con su REGLAMENTO ESTUDIANTIL. Los BENEFICIARIOS debenconsiderar que los cobros por servicios no son reembolsables bajo ninguna circunstancia una vez se haya formalizado la matrícula y pagado la primera cuota.
Toda transacción de pago a terceros que FINKY X.XX. haya procesado, impedirá su reversión o reclamo a FINKY especialmente por circunstancias tales como la calidad, cantidad, cumplimiento de condiciones del servicio objeto de adquisición, o cualquier incumplimiento a disposición contractual, legal o reglamentaria, las cuales competen exclusivamente a la relación subyacente al pago procesado entre el BENEFICIARIO con la institución educativa o tercero.
DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIÓN Y CANCELACIÓN DEL ACUERDO. FINKY S.A.S podrá
cancelar, limitar, adicionar o modificar el presente ACUERDO, de lo cual dará aviso previo a los BENEFICIARIOS a través de la página web o en otro medio y/o canal. Una vez notificados del cambio, los BENEFICIARIOS deberán pronunciarse para su aceptación sobre la modificación o la terminación del ACUERDO, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la notificación. Si los BENEFICIARIOS no manifiestan su rechazo dentro del término establecido, se dará por modificado el ACUERDO.
DÉCIMA QUINTA. REVOCATORIA DE LOS PRODUCTOS. Los PRODUCTOS serán
revocables por XXXXX S.A.S por las causas establecidas en este ACUERDO, y en particular por las siguientes circunstancias: (i) Cuando se compruebe que las informaciones, certificaciones o documentos que hayan suministrado los BENEFICIARIOS sean inexactos o falsos. (ii) Cuando alguno de los BENEFICIARIOS sea demandado por terceros y se le persigan o embarguen bienes, o entre en liquidación obligatoria o cualquier otro proceso concursal. (iii) Cuando los BENEFICIARIOS no realicen el pago de la primera cuota en la fecha pactada. (iv) Cuando los
BENEFICIARIOS cometieran cualquier tipo de fraude contra FINKY S.A.S., establecimientos financieros o contra la INSTITUCIÓN. (v) Cuando incumplan cualquiera de las obligaciones establecidas en este ACUERDO o en cualquier otro documento suscrito por las PARTES. (vi) Cuando alguno de los BENEFICIARIOS llegara a ser: (a) vinculado por parte de las autoridades competentes a cualquier tipo deinvestigación por delitos de narcotráfico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades terroristas u otros delitos relacionados con el lavado de activos y financiación del terrorismo; (b) incluido en listas para el control xx xxxxxx de activos y financiación del terrorismo administradas por cualquier autoridad nacional o extranjera, tales como la lista de la Oficina de Control de Activos en el Exterior - OFAC emitida por la Oficina xxx Xxxxxx de los Estados Unidos de Norte América, la lista de la Organización de las Naciones Unidas y otras listas públicas relacionadas con el tema xxx xxxxxx de activos yfinanciación del terrorismo; o (c) condenado por parte de las autoridades competentes en cualquier tipo de proceso judicial relacionado con la comisión de los anteriores delitos. En ninguno de los anteriores eventos, ni en cualquier otro de los eventos de revocatoria del PRODUCTO por parte de FINKY S.A.S., se generará indemnización a favor de los BENEFICIARIOS.
XXXXX S.A.S., previo aviso a los BENEFICIARIOS, estará facultado para suspender, por las causas referidas en la presente Cláusula y demás causas señaladas en el presente ACUERDO. En el evento de revocación de los PRODUCTOS por cualquier causa, los BENEFICIARIOS no se exoneran de cumplir las obligaciones que hayan surgido a su cargo por la utilización de los PRODUCTOS.
DÉCIMA SEXTA. ACELERACIÓN. La ocurrencia de cualquiera de las causales de revocación contempladas en la Cláusula DÉCIMA QUINTA del presente ACUERDO, facultará a FINKY S.A.S. para acelerar el plazo pendiente de pago de todas las obligaciones y/o exigir el pago de la totalidad del monto adeudado bien sea de manera inmediata o mediante acuerdo suscrito con el área de cartera de FINKY S.A.S.
DÉCIMA SÉPTIMA. CESIÓN. Las PARTES acuerdan que FINKY S.A.S. puede ceder el presente ACUERDO, así como los derechos derivados del mismo, y los comprobantes de la aplicación del PRODUCTO sin necesidad de autorización, siempre y cuando notifique previamente a los BENEFICIARIOS a través de los medios que disponga para tal efecto. Por su parte, los BENEFICIARIOS no podrán ceder este ACUERDO, ni los derechos derivados del mismo.
DÉCIMA OCTAVA. AUTORIZACIONES. Los BENEFICIARIOS otorgan las siguientes autorizaciones: (i) REINTEGRO DE SUMAS: Los BENEFICIARIOS autorizan a la INSTITUCIÓN para reintegrar a FINKY S.A.S. las sumas aportadas en el evento que los BENEFICIARIOS hayan decidido cancelar el periodo académico o retirarse de dicha INSTITUCIÓN. (ii) CONSULTA Y REPORTE EN CENTRALES DE RIESGO: Los BENEFICIARIOS autorizan a
FINKY S.A.S. y a sus terceros aliados para que soliciten información y realicen reportes relativos a su comportamiento financiero ante centrales de riesgo, de conformidad con la autorización otorgada para tal efecto durante la solicitud del PRODUCTO. (iii) REPORTE EN ASEGURADORAS Y AFIANZADORAS. Los BENEFICIARIOS autorizan a FINKY S.A.S. y a sus
terceros aliados a conocer y reportar la información adquirida a aseguradoras y afianzadoras para su evaluación del riesgo de otorgarles un servicio de cualquier clase en razón de este ACUERDO.
DÉCIMA NOVENA. PAGARÉ. Los BENEFICIARIOS declaran que han firmado y entregado a FINKY S.A.S. un pagaré en blanco con carta de instrucciones, los cuales están destinados al cobro de las obligaciones a cargo de los BENEFICIARIOS y a favor de COOPHUMANA con ocasión a las operaciones que se celebren del presente ACUERDO.
VIGÉSIMA. FIRMA ELECTRÓNICA. La firma electrónica será el mecanismo utilizado para la firma de los documentos y por tanto para la materialización del pagaré, bajo la Ley de Comercio Electrónico 527 de 1999. Por lo anterior, los BENEFICIARIOS aceptan que a través de la firma electrónica se suscriba el correspondiente pagaré. Asimismo, los BENEFICIARIOS aceptan que a través de la firma electrónica se suscriba el presente ACUERDO, la carta de instrucciones del pagaré y todos los documentos relacionados con el CUPO DE CRÉDITO y su legalización.
Adicionalmente con la firma electrónica se acepta la política de privacidad y términos y condiciones de uso de la plataforma.
VIGÉSIMA PRIMERA. ACEPTACIÓN. Queda entendido que los BENEFICIARIOS al finalizar la SOLICITUD y hacer clic en “Finalizar”, leyeron la totalidad de este documento, entendieron todas las obligaciones mencionadas, aceptan el presente ACUERDO y todas las obligaciones establecidas en el mismo. La aceptación del ACUERDO es necesaria para utilizar el PRODUCTO.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PAGO DE LAS OBLIGACIONES. Los BENEFICIARIOS se
comprometen a pagar las obligaciones derivadas de la utilización del PRODUCTO en los medios de recaudo habilitados por FINKY S.A.S., sin lugar a previo aviso, y según la cuantía, fechas, y valor de cuotas fijas mensuales que fueron establecidos en la solicitud, y que FINKY
S.A.S. pone a su conocimiento, en el estado de cuenta del portal web.
Las cuotas mensuales comprenderán capital, intereses xx xxxx, intereses remuneratorios (aplican cuando se haya estipulado con alguna de las INSTITUCIONES con las cuales FINKY
S.A.S. tiene suscrito un convenio), cobro por servicios y cualquier otro concepto que se generen en virtud del PRODUCTO.
PARÁGRAFO. PAGO ANTICIPADO. A los BENEFICIARIOS les asiste el derecho de efectuar pagos anticipados de las cuotas o saldos en forma total o parcial con la consiguiente liquidación de intereses al día del pago, sin que en ningún caso pueda exigirse intereses no causados ni sanciones económicas.
VIGÉSIMA TERCERA. ORDEN DE PAGOS. Todo pago efectuado por los BENEFICIARIOS se imputará en el siguiente orden: (i) cobro por servicios; (ii) intereses moratorios, si los hubiere;
(iii) intereses remuneratorios generados por el PRODUCTO vigente si aplica; y (iv) capital.
VIGÉSIMA CUARTA. REGISTRO Y USO DE LA INFORMACIÓN. La recopilación y el uso que hace FINKY S.A.S de la información personal en virtud del presente ACUERDO es conforme a lo que se dispone en la Política de Privacidad y tratamiento de datos personales que está disponible en el siguiente enlace y en cumplimiento de las normas vigentes que regulan el tema. xxxxx://xxx.xxxxx.xx/XXXXXXXX_XX_XXXXXXXXXX_X_XXXXXXXXXXX_XX_XXXXX_xxx_0000.xxx
MODIFICACIÓN DE ESTA REGLAMENTO
Esta política puede ser modificada en cualquier momento, avisándole del cambio y se pondrá a su disposición la última versión de esta política o los mecanismos para obtener una copia de la misma.
Fecha de entrada en vigencia: 01 xx xxxx de 2020 Fecha de última modificación: 01 xx xxxxxx de 2022