Contract
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, DEL SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE CONECTIVIDAD PARA EL CPD DE RESPALDO EN IBERMUTUAMUR MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 274, EXPEDIENTE Nº CG-2017/2821/0159
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1. El contrato al que se refiere el presente pliego tiene por objeto el suministro de elementos de conectividad para el centro de proceso de datos de respaldo en IBERMUTUAMUR Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274, IBERMUTUAMUR en adelante, de acuerdo con la configuración y servicios requeridos en el pliego de prescripciones técnicas que rige este procedimiento.
1.2. Conforme a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, establecida en el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de las Comunidades Europeas de 28 de noviembre de 2007, el suministro objeto de la presente licitación se corresponde con la codificación: 48800000-6 Sistemas y servidores de información.
1.3. La ejecución del contrato, se ajustará además de a las previsiones contenidas en el presente documento, a las condiciones expresadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable, estableciéndose salvo error material o manifiesto, la siguiente prelación en el supuesto de que surjan contradicciones de contenido entre los diversos documentos contractuales:
1 Pliego de Condiciones Particulares.
2 Pliego de Prescripciones Técnicas.
3 Contrato a suscribir.
4 Proposición formulada por el licitador.
En relación con esta última, se dará asimismo preferencia en caso de discrepancia, a la cuantía resultante de aplicar los importes unitarios de los elementos ofertados en el desglose de la propuesta económica.
SEGUNDA.- RÉGIMEN JURÍDICO
2.1 El contrato al que se refiere el presente Xxxxxx se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, además de por lo establecido en el mismo, por la Ley de Contratos del Sector Público, según redacción dada por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba su texto refundido (TRLCSP).
Supletoriamente será de aplicación el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga a la referida Ley, y demás disposiciones de desarrollo, aplicándose, supletoriamente, las normas de derecho privado.
En lo que se refiere a sus efectos, cumplimiento y extinción de este contrato se regirá, además de por lo establecido en el mismo, por el derecho privado. No obstante, las modificaciones del contrato se regirán por lo regulado en el Título V del Libro I del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (art. 20.2).
2.2 El empresario acepta de forma expresa su sumisión a la legislación anteriormente citada, así como al presente pliego de condiciones particulares y el de prescripciones técnicas que rige esta licitación.
2.3 El empresario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes, con respecto al personal que emplee en la ejecución del objeto de esta licitación, especialmente en lo que respecta a la legislación laboral y fiscal, así como de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales.
Dicha obligación, se extiende a las normas que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato, debiendo el contratista, en todo momento, acomodar sus actuaciones a dichas normas.
TERCERA.- PRESUPUESTO
3.1 El presupuesto máximo de licitación del presente contrato se fija en cuatrocientos veinte mil euros (420.000,00 €), IVA excluido.
3.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 88 del TRLCSP, el valor estimado de esta licitación asciende a la cantidad de cuatrocientos veinte mil euros (420.000,00 €), IVA excluido.
3.3 IBERMUTUAMUR dispone en la prórroga de presupuestos para el 2017 del Presupuesto de Gastos y Dotaciones para 2016 de los créditos precisos para atender las obligaciones económicas generadas por esta licitación, imputándose al capítulo 6 de Inversiones Reales.
A estos efectos, podrán comprometerse créditos con las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias vigentes en cada momento aplicable a las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
3.4 En el presente procedimiento de contratación no se han previsto lotes, debiendo el licitador, en consecuencia, ofertar por la totalidad del objeto del contrato.
CUARTA.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
4.1 El contrato al que se refiere el presente pliego se adjudicará por procedimiento abierto.
4.2 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación de este concurso serán los siguientes, adjudicándose a aquel licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa:
4.3
Criterio | Puntuación Máxima |
1. Valoración Económica | 60 |
2. Plazo de mantenimiento | 20 |
3. Valoración subjetiva de los equipos ofertados | |
Integración de los elementos ofertados en la infraestructura actual de IBERMUTUAMUR. | 4 |
Disponibilidad de protocolos en el software de los elementos incluidos en la oferta. | 4 |
Posibilidad de ampliación de la solución propuesta. | 4 |
Criterio | Puntuación Máxima |
Compatibilidad con los equipos actualmente montados en el CPD de IBERMUTUAMUR. | 4 |
Adaptación al diseño del CPD de respaldo que ha decidido IBERMUTUAMUR. | 4 |
TOTAL | 100 |
4.4 Metodología de Valoración:
4.3.1 Precio ofertado: Su ponderación será de 60 puntos. A la oferta más económica se le asignará la puntuación máxima. Al resto de ofertas se le asignará la puntuación proporcional que le corresponda en función de la oferta más ventajosa determinada por la siguiente fórmula:
4
. = 60 − 60
�.x . x . x
.x 0
donde es la valoración de la Oferta; á es el descuento máximo de las ofertas admitidas respecto al presupuesto máximo de licitación indicado en el apartado 3.1 y; es el descuento ofertado por el licitador.
Podrán ser excluidas las ofertas con valores desproporcionados, entendiéndose aquellas en que la baja económica ofertada sea superior en más de 10 unidades porcentuales respecto a la media aritmética de las bajas ofertadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas, cuya baja económica sea inferior a dicha media en más de 10 unidades porcentuales se procederá del mismo modo, pero calculando una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en último el supuesto indicado.
De resultar alguna oferta desproporcionada, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, de conformidad con lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 152 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
4.3.2 Mantenimiento: Se valorará hasta un máximo de 20 puntos aquellas ofertas que incrementen el periodo de mantenimiento, en las mismas condiciones solicitadas en el PPT, desde los 36 meses requeridos hasta un máximo de 60 meses de acuerdo a la siguiente tabla:
− Se otorgarán 5 puntos para 48 meses de mantenimiento
− Se otorgarán 20 puntos para 60 meses de mantenimiento Las puntuaciones no son acumulables
4.3.3 Valoración subjetiva de los equipos ofertados. Se valorará hasta un máximo de 20 puntos los siguientes aspectos de la oferta.
• Integración de los elementos ofertados en la infraestructura actual de IBERMUTUAMUR.
• Disponibilidad de protocolos en el software de los elementos incluidos en la oferta.
• Posibilidad de ampliación de la solución propuesta.
• Compatibilidad con los equipos actualmente montados en el CPD de IBERMUTUAMUR.
• Adaptación al diseño del CPD de respaldo que ha decidido IBERMUTUAMUR.
La valoración se realizara de manera que cada uno de estos cinco apartados puede recibir un máximo de 4 puntos, en función de:
− Se adapta plenamente al criterio correspondiente: 4 puntos
− Se adapta parcialmente al criterio correspondiente: 2 puntos
− Se adapta poco al criterio correspondiente: 1 punto
− No se adapta al criterio correspondiente: 0 puntos
QUINTA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
5.1 Podrán tomar parte en esta contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica financiera y técnica o profesional, y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que se señalan en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
5.2 Las personas jurídicas sólo podrán optar a la ejecución del contrato, si las prestaciones del mismo están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo.
5.3 Podrán también tomar parte en esta licitación aquellas uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, en las cuales, los interesados quedarán obligados solidariamente ante IBERMUTUAMUR, nombrando un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgarse para cobros y pagos de cuantía significativa. En todo caso, todas las empresas integradas en la unión, deberán acreditar su personalidad y capacidad, aportando asimismo el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y la participación de cada uno de ellos. Este acuerdo de unión, deberá elevarse a Escritura Pública en el caso de que la adjudicación se efectúe en favor de la misma. La duración de las uniones temporales de empresarios, será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
5.4 Podrán contratar con IBERMUTUAMUR las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él la actividad de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
5.5 Igualmente, podrán contratar con esta Mutua las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en el art. 55 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las empresas extranjeras, comunitarias y no comunitarias, que pretendan contratar con IBERMUTUAMUR deberán presentar la documentación traducida de forma oficial al castellano.
5.6 La documentación personal que habrá de aportarse por el licitador que se proponga como adjudicatario, y en su caso, por cualquier otro licitador al que se le requiera, se presentará en un sobre cerrado dirigido al órgano de contratación y habrá de presentarse en original o mediante copia compulsada o legalizada (salvo donde expresamente se indica que es suficiente una simple fotocopia), conforme a la legislación vigente de los siguientes documentos:
5.6.1 Índice numerado de los documentos presentados en este sobre.
5.6.2 La documentación acreditativa de la capacidad de obrar del licitador, lo que se llevará a cabo de la forma siguiente:
La persona jurídica, mediante la presentación de la Escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, adaptada en sus Estatutos a la vigente legislación sobre la materia; acompañando igualmente la Escritura, inscrita en dicho Registro Mercantil, que contenga los Estatutos vigentes en la actualidad; si no fuera exigible, conforme a la legislación mercantil, dicha inscripción, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Para los empresarios individuales, será obligatorio la presentación del D.N.I. en vigor, o el documento que, en su caso, legalmente le sustituya (pasaporte, y en su caso, tarjeta comunitaria o autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.).
Particularmente, las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su capacidad de obrar mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I, apartado 2, del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Por su parte, el resto de empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
En este último supuesto, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o del Ministerio de Economía y Hacienda sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, informe de reciprocidad expedido por la respectiva representación diplomática, en el que se justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración o Sector Público, en forma sustancialmente análoga.
5.6.3 Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del licitador, deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad de este representante (Documento Nacional de Identidad en vigor para españoles o
documento que legalmente lo sustituya: pasaporte y, en su caso, tarjeta comunitaria o de autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.), y, además, poder bastante en Derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de personas jurídicas por imperativo de la legislación Mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración de contratos.
5.6.4 Declaración responsable de la capacidad del licitador para contratar con el Sector Público por no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con el Sector Público definidas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Dicha declaración deberá ser otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado; igualmente podrá otorgarse ante el Órgano de contratación de IBERMUTUAMUR mediante el modelo que se adjunta (Anexo 3) a este Pliego. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
Dicha declaración responsable, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, a cuyo efecto deberá acompañarse la siguiente documentación:
a) Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano Tributario competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, conforme a lo previsto en el artículo 13, apartados b), c), d) y e) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
b) Último recibo abonado del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Para las empresas que hayan iniciado su actividad en el transcurso del presente ejercicio económico, será suficiente la presentación de la documentación acreditativa del alta en el impuesto referido.
c) Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano de Seguridad Social competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
5.6.5 Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera del licitador, lo que se justificará con la aportación de una Declaración responsable sobre el volumen anual de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, en el que se certifique que en el año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, fue al menos de setecientos mil euros (700.000 €), IVA excluido.
Para acreditar la información anterior, se adjuntará a dicha declaración las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
(Bastarán simples fotocopias).
5.6.6 Documentación acreditativa de la solvencia técnica o profesional del licitador, que se justificará con la relación de los principales contratos o suministros relacionados con el objeto de la presente licitación realizados durante los últimos cinco años, avalada, al menos, por certificados de buena ejecución, de tal manera que el importe anual acumulado de estos certificados en el año de mayor ejecución sea igual o superior a trescientos veinticinco mil euros (325.000
€), XXX excluido. Estos certificados indicarán el importe, el cliente, la descripción objeto del contrato, las fechas del suministro y si se llevaron Normalmente a buen término. (Bastarán simples fotocopias de los certificados).
Sólo se considerarán válidos los certificados expedidos a favor de la empresa que presente la oferta, no considerándose los expedidos a nombre de otras empresas del grupo. La fecha de expedición de los certificados deberá ser anterior o igual al plazo señalado, en el correspondiente anuncio, para presentación de ofertas.
SEXTA.- PROPOSICIONES. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
6.1. Todo empresario interesado, podrá presentar una proposición, por sí o por medio de representante/s debidamente autorizado/s. A tal efecto, cumplimentará la solicitud cuyo modelo se une al presente pliego -Anexo 1-, y su sola presentación implica la aceptación incondicional del firmante respecto de todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como la declaración responsable de que reúne las condiciones exigidas para tomar parte en el presente procedimiento de contratación. Esta solicitud, se acompañará de forma independiente a los sobres citados a continuación, al objeto de que sea debidamente sellada por la Unidad de Registro.
6.2. El licitador presentará, además de la solicitud a que se refiere el apartado anterior, TRES sobres cerrados, firmados por el oferente o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos el objeto, nº de expediente, nombre y apellidos o razón social de la empresa, una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones y si se trata del correspondiente a la oferta económica y técnica o el de la documentación personal.
La documentación que debe incluirse en los sobres indicados podrá presentarse en cualquier lengua cooficial en el territorio del Estado, si bien deberá acompañarse el documento traducido al castellano si está escrito en otra lengua distinta de ésta.
6.3 En el sobre nº 1, figurará la oferta económica formulada por el licitador y la documentación correspondiente a todos los elementos que la integran, incluidos todos los aspectos técnicos-económicos de la misma.
A tal efecto, en este sobre nº 1, se incluirán dos carpetas independientes (A y B), con el siguiente contenido:
CARPETA A: OFERTA ECONÓMICA
6.3.1. Se incluirá en esta carpeta sólo y exclusivamente la oferta económica que formule el licitador, ajustándose a las siguientes reglas:
6.3.1.1 La proposición, debidamente firmada, será formulada en letra y número debidamente firmado con arreglo al modelo unido (Anexo 2).
En documento aparte se deberá incluir en esta Carpeta A un desglose de la propuesta económica ofertada.
6.3.1.2 Periodo de mantenimiento ofertado para poder ser valorado de forma automática conforme el apartado 4 de este pliego con arreglo al modelo unido (Anexo 2) a este pliego.
6.3.1.3 El precio total de la oferta comprenderá toda clase de gastos e impuestos derivados del contrato, excluyendo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que no obstante, será repercutido como partida independiente en los documentos que el adjudicatario presente al cobro.
El importe total de la oferta no debe superar el importe indicado en el apartado 3.1 de este pliego.
6.3.1.4 El licitador no podrá presentar más de una proposición económica ni tampoco variantes de aquella, que implique la eventual valoración y selección de alternativas sobre la prestación final a obtener. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
6.3.1.5 El licitador deberá indicar en el Anexo 2 de este pliego el importe por la totalidad del suministro objeto de contratación, por cuanto en el presente procedimiento de contratación no se establecen lotes.
CARPETA B: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y TÉCNICA-ECONÓMICA
6.3.2. Se incluirá en esta carpeta la Oferta Técnica en que se concreta el suministro. Con independencia de que el licitador pueda adjuntar a su oferta cuanta información considere de interés, deberá facilitar al menos:
6.3.2.1 Relación y detalle del equipamiento ofertado, indicando la marca, modelo y características del mismo.
6.3.2.2 Descripción detallada del alcance de la gestión del suministro y de los servicios en relación a los requerimientos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
La Oferta Técnica, que vendrá numerada y con un índice en el que se especifiquen cada uno de los apartados, no podrá tener una extensión superior a veinticinco (25) hojas a doble cara, en tamaño DIN-A4. Dentro de esta extensión se computarán todas las hojas (portada, índices, fotografías, anexos,..).
Además de la documentación aportada en soporte papel, el licitador entregará una copia de toda la documentación en soporte electrónico: CD-ROM, DVD o Pen-drive, utilizando herramientas de la suite ofimática MS Office o en formato pdf.
6.4 En el sobre nº 2, figurará la información y documentación relativa a los siguientes aspectos (apartado 4.3.3 de este pliego) valorables de forma no automática.
• Integración de los elementos ofertados en la infraestructura actual de IBERMUTUAMUR.
• Disponibilidad de protocolos en el software de los elementos incluidos en la oferta.
• Posibilidad de ampliación de la solución propuesta.
• Compatibilidad con los equipos actualmente montados en el CPD de IBERMUTUAMUR..
• Adaptación al diseño del CPD de respaldo que ha decidido IBERMUTUAMUR.
La documentación, que vendrá numerada y con un índice en el que se especifiquen cada uno de los apartados, no podrá tener una extensión superior a veinticinco (25) hojas a doble cara, en tamaño DIN-A4. Dentro de esta extensión se computarán todas las hojas (portada, índices, fotografías, anexos,..).
La superación del límite de extensión señalado (número de hojas y caras), la no numeración de las mismas supondrá la no valoración de este apartado y, por tanto, que la oferta se valore en este ítem con cero (0) puntos.
Además de la documentación aportada en soporte papel, el licitador entregará una copia de toda la documentación en soporte electrónico: CD-ROM, DVD o Pen-drive, utilizando herramientas de la suite ofimática MS Office o en formato pdf.
Toda la documentación de este sobre nº 2, salvo aquella que el licitador califique, justificadamente, como confidencial por razones de intereses comerciales legítimos o por competencia desleal, será susceptible de ser examinada por el resto de los licitadores.
6.5 En el sobre nº 3, relativo a la documentación personal, los licitadores incluirán los documentos que seguidamente se relacionan, que podrán presentarse en original o copia compulsada o legalizada (salvo donde expresamente se indica que es suficiente una simple fotocopia), conforme a la legislación vigente:
6.5.1 Índice numerado de los documentos presentados en este sobre, que además consignarán:
− Empresa (Nombre completo).
− Persona de contacto.
− Dirección de correo electrónico donde se efectuarán las notificaciones.
− Número de teléfono.
− Número de Fax.
− Dirección postal.
6.5.2 De conformidad con lo previsto en el artículo 146.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se incluirá la declaración responsable que se une como Anexo nº 4, sin perjuicio de que los documentos que acrediten el cumplimiento de las condiciones establecidas para participar en este procedimiento se requieran, antes de la adjudicación, a aquel licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, según lo previsto en la cláusula 5.6 de este pliego, y dentro de los plazos que se definen en la cláusula 7.8 del mismo.
En todo caso, dicha documentación podrá requerirse por el órgano de contratación de cualquiera de los licitadores participantes en cualquier momento anterior a la adjudicación, antes de la apertura del sobre de la oferta económica, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento.
Asimismo, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán incluir en este sobre nº 2 un documento en el que se indiquen los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
6.5.3 Documentación que acredite tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100 (2%), a los efectos previstos en la cláusula
7.12 de este pliego.
6.5.4 Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6.6 Si durante la tramitación de este procedimiento y antes de la adjudicación se produjese extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
6.7 La oferta económica presentada, incluso si fuera rechazada sin abrir o desestimada una vez abiertas, quedará en poder de IBERMUTUAMUR, para su archivo en el expediente de contratación tramitado. La documentación aportada por el adjudicatario pasará a formar parte del expediente de contratación. Adjudicado el contrato, la documentación de carácter personal que acompaña a dichas proposiciones económicas quedará a disposición de los interesados, que podrán recogerla por sí o por medio de un representante en las mismas dependencias en que fue entregada, o solicitar su expresa remisión por correo. La documentación aportada por el adjudicatario pasará a formar parte del expediente de contratación.
SÉPTIMA.- PLAZO DE ADMISIÓN Y EXAMEN DE PROPOSICIONES
7.1 El anuncio de esta licitación se remitirá al Diario Oficial de la Unión Europea, con una antelación mínima de 52 días naturales, a contar desde la fecha de remisión, a aquel en que haya de terminar el plazo de para la presentación de proposiciones. Dicho plazo podrá ser reducido en los siguientes casos y plazos:
- Cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria: 5 días.
- Cuando el anuncio se prepare y envíe por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: 7 días.
Igualmente, el anuncio será publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx, que será accesible directamente, tanto desde la referida página Web, dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, como desde la página Web de IBERMUTUAMUR xxx.xxxxxxxxxxxx.xx.
7.2 La solicitud para participar en este procedimiento y los sobres conteniendo la documentación señalada en la cláusula anterior y dirigido al Órgano de contratación - Director General- se presentarán en mano, en el Registro General de la Dirección General de IBERMUTUAMUR, x/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 00 xx Xxxxxx (XX 00000), durante todos los días hábiles en el horario de apertura de las oficinas de dicho Registro, y hasta el día que se señale como último en el anuncio anteriormente referido.
El horario de apertura del Registro, a efectos de recepción de las ofertas, es de 8 a 14:30 horas, ininterrumpidamente, de lunes a viernes, en días laborables.
Igualmente, será de aplicación lo establecido en el art. 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, a efectos de presentar la oferta en CORREOS.
7.3 Para la adopción de la propuesta de adjudicación que proceda en esta licitación, se reunirá la Mesa de Contratación de IBERMUTUAMUR, que estará constituida por:
• Presidenta: La Directora de los Servicios de Apoyo a la Gestión, pudiendo delegar esta función en el Subdirector de Contrataciones.
• Vocales:
− El Director Jurídico que podrá delegar su asistencia en un letrado de su Dirección funcional.
− La Directora Económica y Financiera que podrá delegar su asistencia en el Asesor Económico o en un empleado con categoría mínima de jefe de Departamento.
− El Director médico de Contingencias Profesionales que podrá delegar su asistencia en un empleado con categoría mínima de jefe de Departamento.
• Secretario: Un jefe de Departamento de la Subdirección de Contrataciones, que actuará con voz pero sin voto.
7.4 La Mesa de Contratación procederá, en sesión privada, a calificar los documentos presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente ordenará la apertura, exclusivamente, del sobre nº 3 (documentación personal). Dicha documentación será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquella que no sea considerada bastante.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación personal presentada, lo comunicará mediante correo electrónico a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación.
Sin perjuicio de ello, los licitadores podrán igualmente interesarse sobre la eventual existencia de defectos u omisiones en su documentación, mediante llamada telefónica a la Secretaría de la Mesa de Contratación, dentro del plazo antes citado.
7.5 En sesión privada, la Mesa de Contratación solicitará a la Unidad proponente de la licitación a que proceda a valorar las ofertas técnicas formuladas por los licitadores admitidos que incluyen las características técnicas cuya valoración es ponderable en función de un juicio de valor (valoración no automática - sobre nº 2). La referida Unidad podrá ser asistida por el personal técnico que, siendo o no empleado de IBERMUTUAMUR, en su momento se determine.
7.6 El acto de apertura de los sobres que contengan la oferta económica (sobre nº 1) se celebrará ante la Mesa de contratación, públicamente, en el lugar, día y hora reflejados en el anuncio del presente procedimiento en el DOUE y en el Perfil de contratante de la Entidad, que reside en la Plataforma de Contratación del Sector Público xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx.
Antes de procederse a la apertura de las proposiciones económicas, por la Mesa de contratación se informará del resultado de la valoración efectuada de las ofertas técnicas formuladas (sobre nº 2).
Igualmente, antes de la apertura de la primera proposición económica, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o en su caso, el de subsanación de defectos u omisiones a que se ha aludido en la cláusula anterior.
La Mesa de contratación invitará a los licitadores a que comprueben que los sobres que contienen sus ofertas económicas se encuentran en idénticas condiciones en que fueron entregados.
7.7 A continuación comenzará el acto de apertura de proposiciones económicas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la misma, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en resolución motivada.
Terminada la lectura de las proposiciones económicas, se invitará a los licitadores manifiesten cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de dicho acto, dirigidas al Director General de IBERMUTUAMUR, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, el cual, resolverá el procedimiento en el acuerdo de adjudicación del contrato.
7.8 La Mesa de contratación, una vez efectuada la valoración de las ofertas, de acuerdo con lo indicado en la cláusula cuarta del presente pliego, y antes de formular la propuesta de adjudicación al Órgano de contratación, solicitará a la empresa valorada en primer lugar, que presente -en un plazo xxxxxx xx xxxx días hábiles- los documentos citados en la cláusula 5.6 de este Pliego.
En el caso de que esta documentación se presentara incompleta o con defectos subsanables, se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. No obstante, esta posibilidad de subsanación no se aplicará a los documentos indicados en las letras a), b) y c) del apartado 5.6.4 de manera que la presentación defectuosa o incompleta de dichos documentos en el citado plazo xx xxxx días dará lugar que se entienda retirada de la oferta en los términos señalados en el párrafo siguiente.
7.9 Igualmente, deberá igualmente presentar -en el mismo plazo anteriormente indicado- la documentación acreditativa de haber constituido a disposición del órgano de contratación una garantía, mediante aval o contrato de seguro de caución, de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el IVA, conforme a lo establecido en el apartado 10 del presente pliego.
7.10 Si la empresa valorada en primer lugar no aportara en plazo establecido toda la documentación requerida o esta fuera insuficiente, la oferta será rechazada y por la Mesa de contratación se procederá de igual forma con la empresa valorada en segundo lugar y así sucesivamente hasta poder formular la correspondiente propuesta de adjudicación.
7.11 La Mesa de contratación elevará al Director General de IBERMUTUAMUR, en su calidad de Órgano de Contratación, las proposiciones presentadas por los licitadores, junto con el Acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso, la ponderación de los criterios indicados en la cláusula cuarta del presente pliego.
7.12 En caso de igualdad entre dos o más ofertas, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que tuviera en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 (2%).
En el supuesto que, tras la aplicación de lo reseñado en el párrafo anterior, se mantuviera la igualdad entre dos o más ofertas, se adjudicará a la oferta más económica de éstas.
OCTAVA.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
8.1 El Órgano de contratación, vista la propuesta formulada por la Mesa de contratación, requerirá al licitador que haya presentado la oferta económica más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en los términos que se reseñan en la cláusula 5.6.4 de este pliego.
8.2 De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
8.3 El Órgano de contratación podrá apartarse de la propuesta formulada por la Mesa de contratación motivando, en todo caso, su acuerdo de adjudicación con referencia a los criterios de adjudicación que rigen esta licitación.
El Órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en este pliego.
8.4 El Órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación anteriormente señalada.
8.5 La adjudicación deberá recaer dentro del plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de las proposiciones.
De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición.
8.6 Serán nulas de pleno derecho, las adjudicaciones de contratos en favor de personas que carezcan de la capacidad de obrar o de la solvencia necesaria, o que estén incursas en cualquiera de las prohibiciones recogidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
8.7 La adjudicación será motivada y se notificará por escrito (correo electrónico) a todos los licitadores, sean o no favorecidos por la adjudicación y, simultáneamente, se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx.
NOVENA.- RECURSO ESPECIAL
9.1. De conformidad con lo establecido en el art. 40 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán susceptibles de recurso especial, el presente Pliego y el de Prescripciones Técnicas, en su caso, los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deben regir la contratación, los anuncios de licitación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos últimos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, y el acuerdo de adjudicación.
Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los mencionados podrán ser puestos de manifiesto por los interesados a la Unidad Tramitadora de este expediente (Dirección de Servicios de Apoyo a la Gestión) o al Órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación.
9.2. El recurso especial tendrá carácter potestativo.
9.3. El recurso podrá interponerse por las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso y, en todo caso, por los licitadores.
9.4. Será competente para resolver este recurso el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas).
9.5. Antes de interponer el recurso especial, las personas legitimadas para ello podrán solicitar ante el citado Tribunal la adopción de medidas provisionales, conforme con lo establecido en el art. 43 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
9.6. Todo aquel que se proponga interponer el recurso especial deberá anunciarlo previamente mediante escrito especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo, presentándolo en el Registro de IBERMUTUAMUR c/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 27 (28043) de Madrid, en el plazo previsto para la interposición del recurso.
9.7. El plazo para interponer este recurso especial, de conformidad con lo dispuesto en el art.
44.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado.
9.8. La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el Registro de IBERMUTUAMUR c/ Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 27 (28043) de Madrid o en el Registro del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas), por vía electrónica conforme con lo establecido en el art. 38 del Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, aprobado por Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre.
9.9. Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
9.10. Contra la resolución dictada en el procedimiento del recurso solo cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DÉCIMA.- GARANTÍA DEFINITIVA
10.1 De conformidad con lo establecido en el artículo 95 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía, mediante aval o contrato de seguro de caución, de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el IVA.
10.2 La garantía responderá de los siguientes conceptos:
a) De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato, de los gastos originados a IBERMUTUAMUR por la demora del contratista en el cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados a la misma con motivo de la ejecución del contrato o por su incumplimiento, cuando no proceda su resolución.
b) De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista.
UNDÉCIMA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
11.1. La formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. Transcurrido este plazo, IBERMUTUAMUR requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, si no se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
11.2. La eficacia del contrato quedará condicionada suspensivamente a la presentación, en el plazo de quince (15) desde la fecha de su formalización, de la certificación emitida por el
fabricante/s de los sistemas ofertados, en la que se refleje el periodo de duración en meses que comprende el mantenimiento gratuito, así como la descripción detallada del nivel de mantenimiento que se incluye en la propuesta y que como mínimo será el previsto en el apartado 2.2 Servicios asociados xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
En el supuesto de que la antedicha documentación no se presentase o, su contenido no se adecuase a los términos previstos en el pliego, el contrato xxxxxxxx nulo e IBERMUTUAMUR, antes de proceder a una nueva convocatoria, podrá efectuar una nueva adjudicación al licitador o licitadores siguientes, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo xx xxxx días hábiles para presentar la documentación señalada en el apartado 5.6 de este Pliego.
11.3. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso un documento privado. No obstante, se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
11.4. El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquellos.
11.5. La formalización del contrato se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxxxxx.
11.6. No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.
DUODÉCIMA.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.
12.1 El plazo máximo de ejecución del contrato será de un mes desde la formalización del contrato, estando previsto que su inicio el 1 de noviembre de 2017.
La entrega e instalación del equipamiento se realizará en el Centro de IBERMUTUAMUR, sito en la xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, 00 xx (00000) Xxxxxx, conforme al apartado 2.2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
12.2 El pago del precio se realizará una vez terminada la instalación del equipamiento ofertado.
La factura incluirá obligatoriamente el número de serie de los equipos suministrados a efectos de control de inmovilizado y estará referenciada al número de expediente del presente procedimiento de licitación (CG-2017/2821/0159).
12.3 En cumplimiento de la Ley 25/2013 de 27 de diciembre de “Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público” los proveedores recogidos en la misma tienen la obligación de presentar las facturas en formato electrónico para las facturas de importe superior a cinco mil euros (5.000€). xxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx.xx/.
Las facturas serán abonadas, por transferencia bancaria, en un plazo máximo de treinta días contados a partir de su presentación en esta Entidad.
12.4 El plazo mínimo de garantía de este contrato, atendiendo a la naturaleza del mismo, se fija en 36 meses desde la fecha aceptación de la instalación del equipamiento y conlleva la obligación de mantenimiento conforme a lo requerido en el Apartado 2.2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
DECIMOTERCERA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
13.1 IBERMUTUAMUR velará por el cumplimiento de los términos contractuales suscritos con la empresa adjudicataria, con arreglo a lo establecido a las cláusulas de este Pliego, a las del de Prescripciones Técnicas y a la propuesta ofertada por el adjudicatario. A tal efecto, la adjudicataria designará a un interlocutor con el que coordinar y verificar la correcta ejecución del contrato.
13.2 El contratista será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y que realice, así como de las consecuencias que se deduzcan para IBERMUTUAMUR o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
13.3 El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo IBERMUTUAMUR ajeno a dichas relaciones laborales.
13.4 Para el caso de demora o deficiente cumplimiento -imputable al contratista- de los distintos plazos fijados en esta contratación, se establecen las siguientes penalidades
− Por cada semana de retraso en la entrega y configuración del equipamiento ofertado (cláusula 2.1 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas) se fija una penalización de 100 €.
− Por cada cuatro horas de retraso en los niveles de servicio establecidos para el mantenimiento (cláusula 2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas) se fija una penalización de 50 €
Las penalizaciones se harán efectivas mediante:
− Ejecución del suministro: deducción en la factura.
− Servicio de mantenimiento: garantía definitiva.
En todo caso, y por analogía con lo señalado en el artículo 212.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la cuantía total de las penalidades no podrá ser superior al 10% del presupuesto del contrato.
13.5 El contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información.
Esta obligación se hace expresamente extensiva al personal que emplee en la ejecución del contrato, y con ocasión de la documentación o información de la que aquél pueda tener conocimiento dentro o fuera de las dependencias de IBERMUTUAMUR, debiendo guardar absoluto secreto en relación con dicha documentación o información.
De igual manera, IBERMUTUAMUR respetará la confidencialidad de la información y documentación así calificada por los empresarios y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de la oferta.
En todo caso, el contratista asume la obligación de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
DECIMOCUARTA.- REVISIÓN DE PRECIOS
El precio del contrato no será objeto de revisión.
DECIMOQUINTA.- MODIFICACIÓN, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
15.1 Sin perjuicio de los supuestos previstos en este pliego respecto a la sucesión en la persona del contratista y cesión del contrato, el contrato que se formalice por el presente procedimiento, sólo podrá modificarse con los límites establecidos en el artículo 107 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
15.2 Ninguna de las partes podrá ceder ni transmitir los derechos u obligaciones que se derivan del contrato sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Toda cesión o transmisión de derechos u obligaciones contrarias a esta cláusula será nula de pleno derecho.
No se considerará cesión la sustitución de IBERMUTUAMUR por otra Entidad de su misma naturaleza y condición jurídica, cuando ello sea debido a procesos de fusión o absorción que resulten autorizados por la autoridad administrativa competente al efecto.
Igualmente, tampoco se considerará cesión, si durante la ejecución del contrato se produjese extinción de la personalidad jurídica de una empresa adjudicataria por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial. Sucediéndose en su posición la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
15.3 La empresa adjudicataria podrá subcontratar hasta un máximo del 20 % del importe adjudicado las prestaciones que son objeto del presente contrato, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
1. El contratista, a requerimiento de IBERMUTUAMUR, viene obligado a informar, en cada caso, de la parte del contrato que tenga previsto subcontratar señalando la identidad del subcontratista e importe. IBERMUTUAMUR se reserva el derecho de vetar al subcontratista propuesto si éste no justificara suficientemente su aptitud para ejecutarla por referencia a elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia.
2. Que en todo caso se dé conocimiento por escrito a IBERMUTUAMUR del contrato a celebrar con indicación de las partes del contrato a realizar por el subcontratista.
3. Que el adjudicatario se obligue a abonar a los subcontratistas el pago del precio pactado en los plazos y condiciones que no sean más desfavorables que los establecidos entre IBERMUTUAMUR y el contratista. No obstante, el contratista podrá pactar con los suministradores y subcontratistas plazos de pago superiores al señalado, siempre que dicho pacto no constituya una cláusula abusiva de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 9 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y que el pago se instrumente mediante un documento negociable que lleve aparejada la acción cambiaria, cuyos gastos de descuento o negociación corran en su integridad de cuenta del contratista. Adicionalmente, el suministrador o subcontratista podrá exigir que el pago se garantice mediante aval.
4. IBERMUTUAMUR podrá comprobar el estricto cumplimiento de los pagos que el contratista adjudicatario ha de hacer a todos los subcontratistas o suministradores que participen en este contrato.
En tal caso, el contratista adjudicatario remitirá a IBERMUTUAMUR, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud de IBERMUTUAMUR,
justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. Estas obligaciones se consideran condiciones esenciales de ejecución, cuyo incumplimiento, además de las consecuencias previstas por el ordenamiento jurídico, permitirá la imposición de las penalidades reseñadas en este pliego.
DECIMOSEXTA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
16.1 Serán causas de resolución del contrato las siguientes:
1 El incumplimiento o deficiente cumplimiento del objeto de la presente contratación acordado con el adjudicatario.
2 La disolución de cualquiera de las partes, sin perjuicio de que la otra parte pueda acordar la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. Se exceptúa la disolución por causa de fusión o absorción.
3 La demora en el pago por IBERMUTUAMUR por plazo superior a 3 meses, sin perjuicio al derecho del contratista al resarcimiento de los perjuicios.
4 La declaración de concurso o la declaración de insolvencia.
5 Si no pudiese producirse la subrogación, en el supuesto de fusión de empresas, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de actividad, por no reunir la entidad a la que se atribuye el contrato las condiciones de solvencia necesarias. A todos los efectos se considera como un supuesto de resolución por culpa del adjudicatario.
6 La imposibilidad de ejecutar el suministro en los términos inicialmente pactados cuando no sea posible modificar el contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 107 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
7 La demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista, cuando se alcance la penalización máxima del 10% prevista en la cláusula 13.4 de este pliego.
8 El mutuo acuerdo entre las partes.
9 El incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones legales relativas a la Seguridad Social o tributarias y de Prevención de Riesgos Laborales.
10 Aquellas otras que se establezcan en la legislación aplicable.
16.2 Asimismo, podrán motivar la resolución del contrato, las causas siguientes:
1. Incurrir el contratista durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. El incumplimiento de la obligación del contratista y su personal de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes de que conozca con ocasión de la ejecución del contrato, en los términos previstos en la cláusula 13.5 de este Pliego. De igual manera, podrá ser causa de resolución el incumplimiento por parte de IBERMUTUAMUR de la obligación de respetar la confidencialidad de la información y documentación así calificada por el empresario, todo ello en los términos previstos en la citada cláusula 13.5.
16.3 La resolución será potestativa para aquella parte a la que no le sea imputable la circunstancia que diera lugar a la misma.
Resuelto el contrato se procederá a su liquidación por las cantidades devengadas y no pagadas, todo ello sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicios que a favor de una u otra parte fueran procedentes.
DECIMOSEPTIMA.- JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de cuantas cuestiones litigiosas afecten a la preparación y adjudicación de este contrato. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
Con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, las partes se someten de modo expreso a los Juzgados y Tribunales de Madrid, para la resolución de cuantas cuestiones litigiosas pudieran derivarse de la presente licitación y ejecución del contrato.
APROBACIÓN:
Visto el presente Pliego de Condiciones Particulares, tramitado mediante procedimiento abierto y sujeto a regulación armonizada, para la contratación del suministro de elementos de conectividad para el CPD de respaldo en IBERMUTUAMUR Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274, expediente nº CG-2017/2821/0159, junto con el pliego de prescripciones técnicas que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable- esta Dirección General ha tenido a bien dar su aprobación.
Madrid, 4 xx xxxx de 2017 El Director General,
Xxxxxxxx Corrales Romeo
ANEXO 1 MODELO DE SOLICITUD
Don ,, con DNI nº , y domicilio en -------------------------------------- c/ -------------------------------------------------------- nº , actuando en su propio nombre y derecho,
o en representación de la empresa ---------------------------------------------------- por su calidad de ;
teléfono: fax: Correo electrónico:
EXPONE
Que enterado del anuncio publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de suministro de elementos de conectividad para el CPD de respaldo en IBERMUTUAMUR Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274, tramitado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, expediente nº CG-2017/2821/0159, y estando interesado en su licitación
SOLICITA:
Tomar parte en la mencionada contratación, para lo cual acompaña, junto con esta solicitud, los tres
(3) sobres que se citan en el apartado 6.2 xxx xxxxxx de condiciones particulares que rige la adjudicación.
Y a tal efecto, expresamente
DECLARA
a) Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos para contratar con IBERMUTUAMUR, en su condición de Entidad integrante del sector público.
b) Que acepta incondicionalmente la totalidad de las cláusulas xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas que rigen esta licitación.
En a de de 2017
Firma y sello del licitador.
ANEXO 2
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
Don , con DNI nº , y domicilio
en
c/
nº , actuando en su
propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa -------------------------------------------------------------------------------------
-------------- con N.I.F.-----------------------------, a la cual representa por su calidad de --.
PRIMERO: que, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato del suministro de elementos de conectividad para el CPD de respaldo en IBERMUTUAMUR Mutua Colaboradora con la Seguridad Social Nº 274, tramitado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, expediente nº CG-2017/2821/0159, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Particulares y al de Prescripciones Técnicas que los definen, por el siguiente importe y desglose(*):
(Importe en letra y número, en euros, excluido IVA),
(*) En documento adjunto reflejará el desglose económico de los componentes del equipamiento ofertado. Los importes unitarios deberán estar redondeados al céntimo de euro. En caso de discrepancia, se considerará el importe resultante después de aplicar los importes unitarios ofertados en el documento adjunto sobre las unidades requeridas.
SEGUNDO: que enterado del criterio 2 de valoración automático, la propuesta incluye, sin ningún tipo de coste adicional para IBERMUTUAMUR, un periodo de mantenimiento de meses en total en los mismos términos requeridos en el pliego de prescripciones técnicas. Este periodo incluye el mínimo exigido de 36 meses.
TERCERO: que a todos los efectos debe de entenderse que, dentro de la presente oferta, ha sido comprendido no sólo el precio de ejecución del suministro objeto de contratación, sino asimismo la totalidad de gastos que se definen en el Pliego de Condiciones Particulares obligatorios para el contratista, y especialmente el Impuesto sobre el Valor Añadido, que será repercutido como partida independiente, indicando el tipo impositivo aplicado, sin que el importe global contratado experimente variación como consecuencia de la consignación del tributo.
CUARTO: que se compromete a la estricta observancia de las disposiciones vigentes con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, especialmente en materia de legislación laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Protección de Datos.
En a de de 2017 Firma y sello del licitador
ANEXO 3
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR QUE SE ESTABLECEN EN EL ARTÍCULO 60 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.
Don , con N.I.F nº , y domicilio en , c/ nº ----------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ---------------------------------
con N.I.F. , a la cual represento por su calidad de .
Ante el Órgano de contratación de IBERMUTUAMUR, y en relación con la licitación convocada para adjudicar el contrato de suministro de elementos de conectividad para el CPD de respaldo en IBERMUTUAMUR Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, tramitado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, expediente nº CG-2017/2821/0159,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
Que ni el firmante de la declaración ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en la indicada referencia legal.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración, en ---
, a de de 2017.
Firma y sello del licitador
ANEXO 4
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIR LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR CON ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO (ARTÍCULO 146.4 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO)
Xxx , con D.N.I. nº , y domicilio en c/ nº , actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ----------------------------------------------------
------------------------------------- con N.I.F. --------------------------, a la cual represento por su calidad de --.
Ante el Órgano de contratación de IBERMUTUAMUR, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 274, y en relación con la licitación convocada para adjudicar el contrato de suministro de elementos de conectividad para el CPD de respaldo en IBERMUTUAMUR, tramitado mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada, expediente nº CG-2017/2821/0159, y según lo previsto en el artículo
146.4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la cláusula 6.5.2 xxx xxxxxx de condiciones particulares que rige la licitación
DECLARO RESPONSABLEMENTE
1) Que la persona física/jurídica licitadora de este contrato cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar con las entidades del Sector Público, y reúne a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones la capacidad de obrar y requisitos de solvencia y en su caso habilitación necesarios para participar en la licitación de este contrato, conforme a lo previsto en la cláusula 5.6 xxx xxxxxx de condiciones particulares que rige la licitación.
2) Que ni la persona física/jurídica licitadora de este contrato ni, en su caso, ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en el artículo 60 del texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en la indicada referencia legal.
En todo caso, y de forma expresa, se hace constar que la persona física/jurídica licitadora de este contrato se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
3) Que, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 6.5.2 y 7.8 xxx xxxxxx de condiciones particulares que rige la licitación, la persona física/jurídica licitadora de este contrato se compromete a aportar en los plazos que en las mismas se indica, la documentación acreditativa de la personalidad y resto de circunstancias que se describen en la cláusula 5.6 de dicho pliego, entendiendo que de no cumplimentar adecuadamente dicho requerimiento, la proposición que se presenta se considerará retirada de esta licitación.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración, en
, a de de 2017.