CONTRATO DE SERVICIOS
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento Abierto según Instrucciones Internas de Contratación
Procedimiento número 141
ANEXO I
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Registro Mercantil de Santa Xxxx de Tenerife, Libro 317, Sección 3ª, Tomo 699, Folio 28, Hoja TF 1257, Inscripción 1ª, CIF: X-00000000.
DOCUMENTACIÓN EN MATERIA DE COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES.
Documentación de obligatoria aportación:
1. Modelo de organización preventiva adoptado por la empresa (si es propio, titulación del responsable y si es concertado con entidad ajena, documento de concierto), acorde al R.D. 39/1997, Reglamento de los servicios de prevención.
2. Certificado que acredite el cumplimiento del artículo 16 de la Ley 31/1995, modificado por la Ley 54/2003.
3. Certificados de los reconocimientos médicos periódicos de los trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo, de acuerdo con las disposiciones vigentes (art. 22 de la L 31/1995)
4. Documento acreditativo de la formación e información preventiva especificas recibida por cada trabajador para el desempeño de su puesto de trabajo.
5. Certificado que acredite el cumplimiento del deber de entrega de EPI´s por parte del empresario a sus trabajadores.
El adjudicatario estará obligado a actualizar la documentación precedente en caso de que se produzcan modificaciones en las instalaciones, el personal destinado al servicio o en cualquier otro elemento que lo haga necesario, sin perjuicio de la obligatoria actualización anual del Certificado de aptitud laboral de los trabajadores para el trabajo que van a desarrollar.
El contratista mantendrá actualizada en todo momento los documentos mencionados, debiendo remitir todas las actualizaciones a ITER, S.A., a lo largo de la ejecución del contrato.
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MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE RELATIVA A LAS CONDICIONES PARA CONTRATAR, DE CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Don [•] con DNI [•] con domicilio en [•] enterado xxx xxxxxx de cláusulas administrativas y del de prescripciones técnicas que habrán de regir la contratación del suministro declaro bajo mi responsabilidad ante el órgano de contratación:
1. El cumplimiento con las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
2. Ostentar la debida personalidad jurídica y plena capacidad de obrar.
3. No estar incurso en ninguna prohibición para contratar con el Sector Público, conforme a lo previsto en el art. 60 del TRLCSP.
4. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, impuestas por las disposiciones vigentes, con la Administración Estatal y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
5. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
6. Reunir los requisitos de clasificación (o solvencia económica y financiera, y técnica o profesional) establecidos en el pliego de cláusulas administrativas que rige la presente contratación.
7. En su caso, xxxxxxxx del compromiso de constituirse en unión temporal para el caso de resultar adjudicatarios.
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ANEXO II
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA Y TÉCNICA.
1.- La solvencia económica y financiera y técnica o profesional, se acreditará mediante la aportación de los documentos a que se refieren los siguientes criterios de selección.
A.- ECONÓMICA Y FINANCIERA.
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los cinco últimos ejercicios disponible en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se dispone de las referencias de dicho volumen de negocios.
B.- TÉCNICA.
a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
b) Relación de documentación acreditativa del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad privada, laboral y administrativa.
2.-Acreditación del cumplimiento de normas de gestión medioambiental y de calidad.
No se exige la aportación de este tipo de certificados en esta licitación.
3.- Los requisitos mínimos de SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA necesarios son los siguientes:
En relación al punto 1. A. a) de este Anexo II los licitadores deberán aportar un certificado emitido por el director de la oficina bancaria en donde la empresa tiene su cuenta, sobre la inexistencia de problemas de pago o deudas con el banco o con terceros o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al triple del presupuesto de licitación.
En relación al punto 1. A. b) de este Anexo II los licitadores deberán aportar copia del balance y cuenta de resultados de ejercicios anteriores, así como copia del informe de auditoría, en su caso, acreditativo de que el volumen promedio de negocio anual de su empresa durante los últimos cinco ejercicios es de al menos el importe xxx xxxxx del presupuesto de licitación.
4.- Los requisitos de SOLVENCIA TÉCNICA necesarios son los siguientes:
En relación con el punto 1. B. a) de este Anexo II los licitadores deberán acreditar, mediante una declaración responsable con mención expresa a servicios concretos prestados, que, entre los principales servicios
efectuados durante los cinco últimos años, al menos un importe no inferior al xxx xxxxx del presupuesto de licitación se correspondió con un contrato de vigilancia y seguridad.
En relación con el punto 1. B. b) de este Xxxxx XX, los licitadores deberán aportar la siguiente documentación:
1. Certificado de inscripción, como empresa de seguridad para la prestación de servicios de Vigilancia y Protección de Bienes con especificación del ámbito territorial de actuación, en el Registro Nacional de Seguridad Privada del Ministerio del Interior, con mención expresa al número de registro.
2. Acreditación de la habilitación de los responsables directos del personal que prestará los servicios en las instalaciones de ITER, S.A. (copia de los CV).
3. Certificado de adaptación de la oferta técnica y económica a los requisitos del convenio colectivo de aplicación, con mención expresa al valor hora, diurna y nocturna, de retribución a los trabajadores.
4. Fotocopia de los modelos TC1 y TC2 de todos y cada uno de los trabajadores de la empresa licitadora respecto de los dos meses anteriores a la presentación de la proposición.
5. Certificado del seguro colectivo a favor de todos y cada uno de sus trabajadores contra riesgo de Incapacidad Laboral Transitoria, Permanente y Muerte, así como de enfermedad profesional.
ITER, S.A., podrá solicitar la presentación de la documentación precedente actualizada en cualquier momento a lo largo de la vigencia del contrato, siendo causa de penalidad y/o resolución el incumplimiento en su presentación. En todo caso, los modelos TC1 y TC2 serán remitidos firmados mensualmente, de forma que conste su presentación ante la Administración.
5.- El empresario podrá acreditar su solvencia aportando el certificado que le acredite la clasificación correspondiente a las prestaciones exigidas.
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ANEXO III
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
Todos los licitadores, nacionales y extranjeros, además de acreditar su solvencia o, en su caso clasificación, deberán acreditar el compromiso de adscripción de los siguientes medios, como criterio de solvencia, a efectos de la admisión en el procedimiento de adjudicación del contrato:
Compromiso de adscripción de medios personales:
Requisitos del personal de la entidad adjudicataria:
Las personas que desempeñen las labores de vigilancia deben tener al menos experiencia en trabajos de vigilancia superior a un año; se requiere tanto para el personal habitual, como los de sustitución.
Los vigilantes tendrán la formación y capacidades necesarias para hacerse cargo de las funciones que tienen.
A efectos acreditativos, el licitador deberá presentar en su propuesta el organigrama de su plantilla, con la identificación del personal, categoría o cualificación profesional y turnos para cada uno de los puestos de vigilancia. Xxxx disponer del personal necesario para cumplir adecuadamente las exigencias del Contrato, ajustando las condiciones de trabajo a lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento de la vida del contrato.
El licitador contemplará en el personal a adscribir una cantidad superior a la que cubre el servicio de cada puesto de vigilancia, por si se diera el caso de cualquier eventualidad y tuvieran que hacer una sustitución.
La cantidad de trabajadores a adscribir será, como mínimo, el doble de la necesaria para la efectiva prestación de los servicios.
Compromiso de adscripción de medios materiales:
Estará a disposición del personal, en todo momento, los siguientes elementos materiales: 1.- Uniformes.
La empresa adjudicataria dotará a todos los vigilantes del uniforme conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 5/2014, de 4 xx xxxxx, de Seguridad Privada.
2.- Material.
En cuanto al material y equipo necesario para desempeñar las funciones el personal de vigilancia contará, como mínimo, con linternas y chalecos reflectantes por cada uno de los trabajadores.
3.- Vehículos.
El personal contará con dos (2) vehículos apropiados con que realizar las tareas de vigilancia, uno para las instalaciones de Granadilla de Abona, y otro para las de Xxxxx xx Xxxxx.
Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio (sin perjuicio de la sustitución justificada de elementos concretos)
Cualquier variación respecto a éstos deberá ser comunicada.
Su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato y/o imposición de penalidades según el ANEXO X.
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ANEXO IV SUBCONTRATACIÓN.
Los licitadores deberán aportar un compromiso de subcontratación para las siguientes partes del contrato:
PARTE DEL CONTRATO. | HABILITACIÓN PROFESIONAL. |
PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUXILIARES DE SERVICIO. | Es la parte no susceptible de subcontratación obligatoria la que requiere una habilitación profesional específica. La identidad de razón en la causa de obligatoriedad en la subcontratación es evidente: la empresa de seguridad del contrato no puede ejecutar una parte de la prestación, siendo indiferente a estos efectos que esa imposibilidad derive de carecer de la habilitación profesional exigida o de limitación legal de la actividad que puede realizar. En consecuencia, resulta de aplicación a este contrato la posibilidad de adjudicación con la obligación de subcontratar parte de la prestación; concretamente, la prestación del servicio de auxiliares de servicio. |
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ANEXO V
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA.
Dº/Xx [•] | con DNI nº [•] |
con domicilio en [•] | |
en nombre 1[•] | con CIF nº [•] |
y con domicilio fiscal en [•] | |
enterado del anuncio publicado en el Boletín/Diario [•] | del día [•] |
y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato de prestación de servicios de seguridad privada, y de auxiliares de servicios, en edificios e instalaciones de ITER, S.A., de acuerdo con las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones, por la cantidad de
2 [•]
Importe Base:
Importe IGIC:
Importe Total:
La anterior cuantía es el resultado global del cálculo, en euros, de las horas necesarias de prestación de servicio conforme al pliego técnico y de los importes asignados a los distintos horarios calculados en euros/hora. Los precios unitarios de cada horario son los siguientes:
Laborable diurno. | Laborable nocturno. | Festivo diurno. | Festivo nocturno. | |
Vigilante de seguridad. | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) |
Auxiliares de Servicio. | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) | [•] €/hora (sin IGIC) |
Todos los campos deben ser cumplimentados a efectos de una posible modificación del contrato.
La no cumplimentación del anterior cuadro supondrá la exclusión del licitador del procedimiento de contratación.
En ningún caso, la oferta de precios unitario supera los siguientes importes:
Laborable diurno. | Laborable nocturno. | Xxxxxx, Xxxxxxx y Festivo diurno. | Xxxxxx, Xxxxxxx y Festivo nocturno. | |
Vigilante de seguridad. | 14,85 €/hora (sin IGIC) | 16,39 €/hora (sin IGIC) | 16,08 €/hora (sin IGIC) | 17,62 €/hora (sin IGIC) |
Auxiliares de Servicio. | 9,63 €/hora (sin IGIC) | 10,17 €/hora (sin IGIC) | 9,95 €/hora (sin IGIC) | 10,81 €/hora (sin IGIC) |
La determinación de la nocturnidad de los vigilantes y auxiliares de servicio seguirá el siguiente ítem:
De 6:00 a.m. a 10:00 p.m., se considerará xxxxxxx xxxxxx.
De 10:00 p.m. a 6:00 a.m., se considerará horario nocturno.
Se entenderán 247 días laborables –sin contar los sábados- por 118 xxxxxxx, xxxxxxxx y/o festivos al año (se computan14 festividades anuales independientemente de su posible coincidencia con sábados o domingos)
Los licitadores asumirán la posible alteración del régimen de festividades y/o la concurrencia de anualidades del contrato con años bisiestos, la coincidencia de días festivos en sábado y domingo (y que no sean trasladados a días entresemana) o cualquier otra causa no prevista en este pliego.
1 Indicar si la oferta se realiza en nombre propio o de la empresa que representa
2 Expresar claramente, escrita en letra y número, la cantidad de euros por la que se compromete el proponente a la ejecución del contrato
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ANEXO VI
CRITERIOS SUJETOS A JUICIO DE VALOR (SOBRE Nº DOS)
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN | PUNTOS | A acreditar en el SOBRE Nº DOS |
Oferta económica. (CRITERIO SUJETO A FÓRMULA MATEMÁTICA) | 50 | |
Plan de Formación. (CRITERIO SUJETO A FÓRMULA MATEMÁTICA-CRITERIO SOCIAL) | 10 | |
Plan de Vigilancia y Seguridad. (CRITERIO SUJETO A JUICIO DE VALOR) | 40 | ◄ |
TOTAL | 100 |
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: Plan de Vigilancia y Seguridad. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Plan de Vigilancia y Seguridad. PONDERACIÓN: 40 puntos sobre 100.
Para obtener los 40 puntos de este criterio de valoración el licitador deberá formalizar un Plan de Vigilancia y Seguridad en el que se recojan los protocolos de actuación ante diferentes situaciones; esto eso, las actuaciones que se proponen para situaciones tales como intrusión, daños, robos o hurtos, incendios, inundación, evacuación, otros. Debe preverse información sobre los medios técnicos, equipamiento y la uniformidad del personal, así como lo relacionado con los recursos humanos que se utilizaran para el servicio, con la información sobre los turnos de trabajo y horarios de los diferentes puestos de trabajo, personal asignado, rotación, personal habitual y de sustitución y cualificación en cada caso. Es necesario incluir, también, el procedimiento utilizado para calcular el número de vigilantes y controladores de accesos necesarios a fin de cumplir con el servicio ofertado y requerido por ITER, S.A.
Las determinaciones concretas de la prestación de los servicios de Seguridad Privada y Auxiliares de servicios a realizar quedarán obligatoriamente reflejadas en el Plan de Vigilancia y Seguridad, que tendrá, además de lo señalado en el párrafo anterior, el siguiente alcance y contenido:
Descripción de las condiciones y necesidades de seguridad de las instalaciones de ITER, S.A.
Atribución de los medios personales y materiales del adjudicatario, indicando los perfiles de los vigilantes de seguridad y auxiliares de servicio para asignar a este servicio.
Política de sustitución de personal (con mención expresa a las circunstancias que pudieran dar lugar a las sustituciones, los tiempos de respuesta, el sistema de comunicación a ITER, S.A., en su caso, el ajuste y mención expresa a la normativa sectorial de aplicación, etc.)
Protocolo de las actuaciones de vigilancia a realizar, con mención a lo ubicación del personal, horarios, rondas de vigilancia, puntos de control, etc.
Mejoras específicas propuestas en la prestación de los servicios.
Potenciales riesgos y anomalías durante la ejecución del contrato (análisis y protocolo de reacción ante los mismos)
Protocolo interno del contratista de cumplimiento de las obligaciones del contratista (con identificación de los recursos administrativos del adjudicatario destinados a dar cumplimiento a todas las obligaciones administrativas del contrato –remisión de documentación, atención de comunicaciones de ITER, S.A., etc.-)
Información adicional no mencionada en los apartados anteriores de especial relevancia que, en todo caso, esté vinculada al objeto del contrato.
A cada uno de los ocho hitos anteriores se le asignará 5 puntos como máximo en la valoración de cada propuesta de cada licitador.
Para la formalización de esta solución técnica, los licitadores podrán acceder a las instalaciones de ITER, S.A, concertando una cita con el Departamento de Administración de la sociedad, en horario de 9:00 a 14:00 durante el plazo de presentación de las proposiciones.
El Plan de Vigilancia y Seguridad deberá ser presentado con la proposición, concretamente, en el Sobre nº DOS.
El contenido del Plan de Vigilancia y Seguridad formará parte integrante del contrato y su contenido será exigible al contratista durante la ejecución del mismo.
En ningún caso se hará mención en el Plan de Vigilancia y Seguridad a cuestiones referidas a la formación del personal. En caso contrario, se excluirá al licitador del procedimiento.
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ANEXO VII
PROPUESTA TÉCNICA Y OFERTA ECONÓMICA (SOBRE Nº TRES)
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN | PUNTOS | A acreditar en el SOBRE Nº TRES |
Oferta económica. (CRITERIO SUJETO A FÓRMULA MATEMÁTICA) | 50 | ◄ |
Plan de Formación. (CRITERIO SUJETO A FÓRMULA MATEMÁTICA-CRITERIO SOCIAL) | 10 | ◄ |
Plan de Vigilancia y Seguridad. (CRITERIO SUJETO A JUICIO DE VALOR) | 40 | |
TOTAL | 100 |
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: Oferta económica.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Modelo previsto en el Anexo V convenientemente formalizado y suscrito.
PONDERACIÓN: 50 puntos sobre 100.
Se otorgará hasta un máximo de 50 puntos a aquella oferta que, sin incurrir en valores anormales o desproporcionados suponga un mayor ahorro respecto al presupuesto de licitación. Las ofertas cuya propuesta sea igual al presupuesto de licitación obtendrán una puntación igual a cero (0). Los precios ofertados por los licitadores no podrán superar el presupuesto de licitación, en caso contrario no será admitida la proposición. Asimismo, deberán contener todos los gastos e impuestos, salvo el IGIC que deba soportar ITER, S.A., y que se incorporará como partida independiente.
Las ofertas económicas se puntuarán de forma proporcional según la siguiente fórmula:
La fórmula de utilización será lineal por tramos, con respecto al porcentaje de desviación de cada oferta y el precio medio de las ofertas, evitando así posibles distorsiones por concentración de los precios de las ofertas admitidas.
Como fórmula se establece la siguiente:
Para Pi tal que 20 x (Pi-Pm)/Pm > 4
PE (i) = (Pi – Pmax) / (1,2 x Pm – Pmax)
· Para Pi tal que 20 x (Pi-Pm)/Pm < - 4 PE (i) = 10 – Pi / (0,8 x Pm)
· Para el resto de Pi
PE (i) = 5 - 20 x (Pi – Pm) / Pm
Siendo PE (i) = Puntuación por los aspectos económicos de la oferta “i”. Pi = Precio total IGIC excluido de la oferta “i”.
Pm = Promedio de los precios totales (Pi) de las ofertas admitidas, IGIC excluido.
Pmax = Presupuesto máximo de licitación, o en caso de que exista escenario hipotético de valoración, presupuesto máximo del escenario, en todo caso, impuestos indirectos aplicables excluidos.
El resultado de esta fórmula puntación obtenida PE(i) será multiplicado por 5.
CRITERIO DE ADJUDICACIÓN: Plan de Formación.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: Compromiso de ejecución de las determinaciones concretas del Plan de Formación definido por el licitador.
PONDERACIÓN: 10 puntos sobre 100.
Para obtener los 10 puntos de este criterio de valoración el licitador deberá presentar un Plan de Formación continua en materia de seguridad, a impartir a los vigilantes que realicen la prestación del servicio de vigilancia y seguridad objeto del contrato, que suponga una mejora de las horas establecidas como mínimas en el Convenio Colectivo Estatal de las empresas de seguridad vigente (o el texto que le sustituya).
CRITERIOS ESPECIFICOS PARA RESOLVER LOS EMPATES EN LA PUNTUACIÓN FINAL.
En el caso de producirse empate en la puntuación final obtenida entre dos o más licitadores, se considerará como oferta económica más ventajosa aquella que se haya comprometido a contratar el mayor número de personas inscritas como demandantes de empleo con al menos 6 meses de antigüedad a la fecha efectiva de contratación, o excepcionalmente, a otro personal cuando se acredite que los puestos que precisan hayan sido ofertados pero no cubiertos por personas inscritas con dicha antigüedad o cuando el personal objeto de contratación haya estado inscrito seis meses completos como demandantes de empleo en periodos no consecutivos en los doce meses anteriores a la fecha efectiva de la contratación.
Si aun así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tiene preferencia conforme al párrafo anterior, se considerará como la oferta económicamente más ventajosa aquella que obtenga una mayor puntuación según el criterio “oferta económica”. Y en el caso de que continuara la igualdad, se procederá a la realización de un sorteo.
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ANEXO VIII
PROPOSICIÓN DESPROPORCIONADA O ANORMAL.
Se considerarán, en principio, desproporcionadas o temerarias las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos:
1. Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.
5. Excepcionalmente, y atendiendo al objeto del contrato y circunstancias xxx xxxxxxx, el órgano de contratación podrá motivadamente reducir en un tercio en el correspondiente pliego de cláusulas administrativas particulares los porcentajes establecidos en los apartados anteriores.
6. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas, el órgano de valoración podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada.
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ANEXO IX
CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
1.- El adjudicatario prestará los servicios de forma que no se minoren las condiciones de trabajo (jornada, salario y mejoras sobre legislación laboral básica) de los trabajadores adscritos al contrato, en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta (sin perjuicio de las mejoras sobre las determinaciones del Convenio Colectivo de aplicación que le sean obligatorias conforme a lo previsto en el presente pliego)
El incumplimiento de esta condición tiene consideración de causa de resolución contractual.
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ANEXO X PENALIDADES.
REGIMEN POTESTATIVO DE PENALIDADES.
Penalidades.
1. Cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato.
ITER, S.A., se reserva el derecho a realizar una evaluación del servicio y podrá levantar actas de disconformidad, o proceder a la resolución del contrato, en su caso, por cualquiera de las siguientes causas:
1. Realización de cambios de personal asignado a los servicios de ITER, S.A., sin ninguna justificación y sin cumplir los requisitos especificados en este pliego.
2. No proceder a la sustitución, cuando se haya solicitado por parte de la empresa contratante con una propuesta de motivos.
3. Incorporar personal en contra de los criterios ya establecidos en el presente concurso.
4. El no cumplimiento de cualquiera de las funciones asignadas a los trabajadores.
5. El no cumplimiento de los horarios de inicio y fin de los turnos, con la uniformidad exigida, con el trato a empleados o visitantes a ITER, S.A.
6. No cumplimiento de servicios adicionales solicitados por la empresa contratante.
7. Abandono injustificado del puesto de trabajo por el personal que se encuentre en su turno de trabajo.
8. No realizar informe detallado en caso de incidencias.
9. No entregar la documentación exigida en la cláusula 11.3.1, en el Anexo I y Anexo II 1. B. b) actualizada a la fecha de su requerimiento, en el plazo de 5 días (siempre que fuera procedente su requerimiento conforme a las determinaciones del presente pliego y no existiera impedimento justificado de su aportación en plazo).
10. Cualquier otra causa que, justificadamente, ponga en peligro el normal desarrollo de los trabajos asignados y las personas relacionadas.
11. Incumplimiento de las obligaciones del presente pliego, después de haber sido advertido el adjudicatario del mismo y mantenerse dicho incumplimiento en el plazo de cinco días.
12. Sanciones impuestas por los Organismos Competentes, causadas por el incumplimiento de la normativa vigente en lo relativo a la normativa de Seguridad Privada.
13. Si se comprobara la falsedad de cualquier dato o documento aportado por el adjudicatario.
14. Si se comprobara la imposibilidad material o normativa de cualquier determinación de la propuesta realizada por el contratista.
Los anteriores incumplimientos tendrán respuesta conforme a las siguientes determinaciones: Respecto de los puntos 1 a 8, ambos incluidos:
El Órgano de Contratación, ante un incumplimiento, levantará Acta de disconformidad, circunstancia que será notificada al adjudicatario mediante la oportuna comunicación.
El Órgano de Contratación, ante un único incumplimiento, podrá imponer una penalidad inferior a TRES MIL EUROS (3.000 €) y, alternativamente, resolver el contrato.
Respecto de los puntos 9 a 13, ambos incluidos:
El Órgano de Contratación, ante un único incumplimiento, podrá imponer una penalidad inferior a CINCO MIL EUROS (5.000 €) y, alternativamente, resolver el contrato.
ITER, S.A., podrá imponer penalidades por cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato de forma sucesiva siempre y cuando medie un plazo de cinco días entre los mismos, salvo que por la entidad de los incumplimientos y las circunstancias en que se produzcan, deba imponerse cada 24 horas.
Penalidades.
2.- Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
El adjudicatario, en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de las condiciones especiales de ejecución del contrato, quedará sujeto a las siguientes determinaciones:
Respecto del impago a la entidad subcontratada para la prestación del servicio de Auxiliares de Servicio por el adjudicatario, el Órgano de Contratación, una vez constatado el incumplimiento al pago del subcontratista en plazo y cuantía previstas en el correspondiente subcontrato, podrá imponer al adjudicatario, al primer incumplimiento, una penalidad de TRES MIL (3.000 €)
Si en el plazo de 5 días desde el correspondiente requerimiento, siendo válida la notificación a través de correo electrónico, el adjudicatario no acredita el cumplimiento de los pagos debidos al subcontratista, el Órgano de Contratación tendrá por constatado el incumplimiento.
Penalidades.
3.- Incumplimiento de los compromisos de adscripción de medios.
El adjudicatario, en caso de incumplimiento de las obligaciones derivadas del régimen de adscripción de medios, quedará sujeto a las siguientes determinaciones:
Al primer incumplimiento por falta de disposición injustificada, tanto respecto de medios personales como materiales, advertida por el Órgano de Contratación, se podrá imponer una penalidad inferior a MIL EUROS (1.000 €).
Ante un segundo incumplimiento por falta de disposición injustificada a lo largo de vigencia del contrato (incluidas las prórrogas y, también, respecto de los servicios prestados con ocasión de las modificaciones previstas en este Pliego) tanto respecto de medios personales como materiales, advertida por el Órgano de Contratación, ITER, S.A., podrá resolver el contrato, y reclamar la indemnización de los daños directos e indirectos que se hubiere ocasionado a la entidad; todo ello, sin perjuicio de la facultad de imponer una penalidad menor a TRES MIL EUROS (3.000 €) en caso de no acordarse la resolución.
Ante sucesivos incumplimientos y de no acordarse la resolución del contrato por ITER, S.A., regirá lo previsto en el punto anterior.
La justificación de la falta de disposición de los medios a lo largo de la vigencia del contrato quedará, en todo caso, sujeto a aprobación del Órgano de Contratación.
Serán vinculantes las notificaciones de actas y comunicaciones realizadas por correo electrónico. A este respecto, la prueba de envío del correo será suficiente.
Con carácter general para todas las causas de penalidades, ITER, S.A., podrá hacer efectivo sobre la garantía definitiva cualquiera de las penalidades mencionadas.
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ANEXO XI
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO
En relación al compromiso de adscripción de medios, constituye una obligación esencial el cumplimiento de los requisitos del personal y material de la entidad adjudicataria y la puesta a disposición permanente de los trabajadores de los elementos previstos en el Anexo III.
Constituye una obligación esencial la subcontratación de los servicios de auxiliares de servicio, la comunicación de los datos del subcontratista y la acreditación del pago al mismo.
MIEMBROS DEL ÓRGANO DE VALORACIÓN |
PRESIDENTE. TÉCNICO DE INGENIERÍA 1 O SUSTITUTO HABILITADO AL EFECTO. |
VOCAL 1. TÉCNICO DE INGENIERÍA 2 O SUSTITUTO HABILITADO AL EFECTO. |
VOCAL 2. TÉCNICO DE INGENIERÍA 3 O SUSTITUTO HABILITADO AL EFECTO. |
SECRETARIO. TÉCNICO LETRADO O SUSTITUTO HABILITADO AL EFECTO. |
Los licitadores aceptan de forma expresa que todas las notificaciones y comunicaciones mencionadas en este pliego se realizarán a través de correo electrónico.
La cuenta de correo electrónico a través de la cual se realizarán las referidas notificaciones y comunicaciones es xxxx@xxxx.xx
Sin perjuicio de lo anterior, la documentación solicitada para cada uno de los sobres que conforman las proposiciones deberá presentarse en papel y, obligatoriamente, en formato electrónico PDF, en el soporte que el licitador considere oportuno (CD, PENDRIVE, DROPBOX, etc.), tal y como se exige en la cláusula “Identificación de los sobres”.
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ANEXO XIV MODIFICACIONES CONTRACTUALES.
De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 106 del TRLCSP, las condiciones en que se podrá modificar el contrato son las que se detallan a continuación:
Condición Uno.- Si por acuerdos con proveedores, clientes o terceros, se establece la necesidad sobrevenida de disposición de un servicio concreto de Seguridad y Vigilancia adicional al previsto, se extenderá la prestación de los servicios.
Condición Dos.- Si por acuerdos con proveedores, clientes o terceros, se establece la necesidad sobrevenida de disposición de un servicio concreto de Auxiliares de servicio adicional al previsto, se extenderá la prestación de los servicios.
Condición Tres.- En las instalaciones de ITER, S.A., ocasionalmente, se celebran eventos, encuentros, ferias y congresos. De producirse estos actos, se extenderá la prestación de los servicios de Vigilancia y Seguridad, si así fuera necesario.
Condición Cuatro.- En las instalaciones de ITER, S.A., ocasionalmente, se celebran eventos, encuentros, ferias y congresos. De producirse estos actos, se extenderá la prestación de los servicios de Auxiliares de Servicio, si así fuera necesario.
El alcance y límites de las modificaciones del contrato que puedan efectuarse, así como el porcentaje máximo que su importe pueda representar respecto al precio inicial del contrato, son los que se detallan a continuación, para cada uno de los supuestos anteriormente enumerados:
Condición Uno.- El alcance de esta modificación podría afectar parcial o totalmente a la ejecución del servicio, y supone un máximo del 40 % del precio del contrato.
Condición Dos.- El alcance de esta modificación podría afectar parcial o totalmente a la ejecución del servicio, y supone un máximo del 20 % del precio del contrato.
Condición Tres.- El alcance de esta modificación podría afectar parcial o totalmente a la ejecución del servicio, y supone un máximo del 20 % del precio del contrato.
Condición Cuatro.- El alcance de esta modificación podría afectar parcial o totalmente a la ejecución del servicio, y supone un máximo del 20 % del precio del contrato.
Las circunstancias y condiciones en que podrían llevarse a cabo dichas modificaciones son las siguientes:
Condición Uno.- ITER, S.A., presta un conjunto de servicios a sus clientes que puede quedar sujeto determinaciones concretas en materia de seguridad. Si con ocasión de acuerdos adoptados con clientes,
aseguradoras u otras entidades, surge la necesidad de contratar servicios adicionales a los previstos en el este pliego se procederá a la extensión de esos servicios de seguridad.
Condición Dos.- ITER, S.A. presta un conjunto de servicios a sus clientes que puede quedar sujeto determinaciones concretas en materia de servicios auxiliares. Si con ocasión de acuerdos adoptados con clientes, aseguradoras u otras entidades, surge la necesidad de contratar servicios adicionales a los previstos en el este pliego se procederá a la extensión de esos servicios de auxiliares de servicio.
Condición Tres.- En las instalaciones de ITER, S.A., ocasionalmente, se celebran eventos, encuentros, ferias y congresos. La celebración de tales eventos habilitaría la disposición de los servicios y se extenderá la prestación de los servicios de Vigilancia y Seguridad, si así fuera necesario.
Condición Cuatro.- En las instalaciones de ITER, S.A., ocasionalmente, se celebran eventos, encuentros, ferias y congresos. La celebración de tales eventos habilitaría la disposición de los servicios y se extenderá la prestación de los servicios de Auxiliares de Servicio, si así fuera necesario.
Aprobada la modificación, ambas partes deberán suscribir la correspondiente adenda al contrato inicial. Las modificaciones serán obligatorias para el contratista.
La retribución al licitador se realizará conforme a la propuesta presentada por éste para los servicios habituales.
Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización de su oferta y de la documentación administrativa exigida en este pliego.
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento Abierto según Instrucciones Internas de Contratación Procedimiento número 141
ANEXO XV
CAUSAS ESPECÍFICAS DE RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
Serán causa de resolución del contrato, además de las establecidas en los artículos 223 y 308 TRLCSP y el Anexo X, las siguientes:
1. El falseamiento comprobado de informes o datos.
2. La evidencia probada de la existencia de fraude por parte del adjudicatario en la ejecución de los servicios contratados.
3. El incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones laborales con los trabajadores que presten sus servicios en las instalaciones de ITER, S.A., especialmente, la obligación de abono de los haberes y sueldos, conforme al Convenio Colectivo de aplicación. Un único incumplimiento del pago –parcial o total- de salarios en plazo que corresponda a cada trabajador es causa expresa de resolución del contrato.
4. No encontrarse, durante la vigencia del contrato y de forma constante e ininterrumpida, al corriente con las cuotas de la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria. La notificación a ITER, S.A., de una o varias diligencias de embargo de créditos o de cualquier otro documento análogo que evidencie este incumplimiento habilitará a ITER, S.A., a la resolución inmediata del contrato.
5. El incumplimiento de lo previsto en la cláusula 11.3.1.
6. El incumplimiento de lo previsto en el Anexo XI.
Las condiciones y plazos de resolución serán notificadas en la propuesta de resolución y en el documento de resolución final al contratista.
El BANCO ..........................................., con domicilio en .............................. de ............., representado por
.................................................................., con poderes suficientes para obligarse en este acto, se constituye, tan ampliamente como en derecho se requiera, ante la entidad mercantil Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A., con domicilio en Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx x/x, 00000 – Granadilla de Abona, Santa Xxxx de Tenerife – España C.I.F. A-38259115, en fiador solidario de la entidad con domicilio social en
....................................., y C.I.F. , hasta la cantidad que constituye límite máximo del compromiso que por
el presente adquiere, por importe de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (19.815,88 €) y en concepto de “Garantía Provisional” en la licitación denominada “CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y AUXILIARES DE SERVICIO, EN EDIFICIOS E
INSTALACIONES DE ITER, S.A.”, todo ello, conforme a los pliegos que rigen la contratación.
El presente Xxxx tendrá validez desde la fecha de emisión hasta la adjudicación del contrato o, en todo caso, hasta seis (6) meses después de su otorgamiento.
El BANCO ................................. como entidad fiadora, renuncia expresamente a cualquier beneficio que pudiere corresponderle y muy especialmente a los de orden, división y excusión comprometiéndose a atender, a primer y simple requerimiento, todas las peticiones que Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A., le realice con respecto a este aval, abonándole los importes que el mismo pudiere solicitar, bastando para ello que se lo comunique fehacientemente por escrito. La atención a la petición, se realizará sin oponer dicha entidad fiadora, excusa alguna, incluyendo la oposición del avalado, en relación con la ejecución del presente Xxxx.
El presente Aval ha sido inscrito con fecha en el Registro Especial de Avales (o Garantías) de esta entidad
con el número ................
En ....................., a ........ de ...................... de ..........
(Sello de la entidad financiera y firma de su apoderado)
NOTA: En caso de presentarse la garantía provisional en otra forma de las previstas en el RGLCAP, el contenido de la misma se ajustará, en todo lo que fuera aplicable, a los modelos previstos en el RGLCAP. En todo caso, se aceptará el depósito en efectivo para la constitución de la garantía.
El BANCO ........................................... con domicilio en .............................. de ............. representado por
.................................................................. con poderes suficientes para obligarse en este acto, se constituye, tan ampliamente como en derecho se requiera, ante la entidad mercantil Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A., con domicilio en Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx x/x, 00000 – Granadilla de Abona, Santa Xxxx de Tenerife – España C.I.F. A-38259115, en fiador solidario de la entidad con domicilio social en
....................................., y C.I.F. hasta la cantidad que constituye límite máximo del compromiso que por
el presente adquiere, por importe de …………………… y en concepto de “Garantía Definitiva” en la licitación denominada “CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA Y AUXILIARES DE
SERVICIO, EN EDIFICIOS E INSTALACIONES DE ITER, S.A.”, todo ello, conforme a los pliegos que rigen la contratación.
El presente aval estará en vigor hasta que el órgano de contratación o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria, por lo que se constituye por período indefinido.
El BANCO ................................. como entidad fiadora, renuncia expresamente a cualquier beneficio que pudiere corresponderle y muy especialmente a los de orden, división y excusión comprometiéndose a atender, a primer y simple requerimiento, todas las peticiones que Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A., le realice con respecto a este aval, abonándole los importes que el mismo pudiere solicitar, bastando para ello que se lo comunique fehacientemente por escrito. La atención a la petición, se realizará sin oponer dicha entidad fiadora, excusa alguna, incluyendo la oposición del avalado, en relación con la ejecución del presente Xxxx.
El presente Aval ha sido inscrito con fecha en el Registro Especial de Avales (o Garantías) de esta entidad
con el número ................
En ....................., a ........ de ...................... de ..........
(Sello de la entidad financiera y firma de su apoderado)
NOTA: En caso de presentarse la garantía provisional en otra forma de las previstas en el RGLCAP, el contenido de la misma se ajustará, en todo lo que fuera aplicable, a los modelos previstos en el RGLCAP. En todo caso, se aceptará el depósito en efectivo para la constitución de la garantía.
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento Abierto según Instrucciones Internas de Contratación
Procedimiento número 141
DECLARACIÓN 1.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
(Declaración de presentación obligatoria en caso de aportar la clasificación, junto con la certificación de inscripción registral)
D/Xx [•] con DNI nº [•] en nombre propio o en representación de la empresa inscrita en el Registro de Licitadores con el número en calidad de 1 [•] al objeto de participar en la contratación denominada [•] convocada por 2 [•] declara bajo su personal responsabilidad:
A- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Canarias no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con la certificación del Registro que acompaña a esta declaración.
B- Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores referentes a:
1
2
3
4
han sufrido alteración según se acredita mediante los documentos que se adjuntan a la presente declaración y que estos extremos han sido comunicados al Registro con fecha [•], manteniéndose el resto de los datos sin ninguna alteración respecto del contenido de la certificación del Registro 3.
En [•], a [•] de [•] de 20[•] (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
1 Indíquese la representación que ostenta el declarante en la empresa
2 Indíquese órgano, unidad o ente que tramita el expediente de contratación.
3 Las opciones A) y B) son incompatibles entre sí, señale solamente la que corresponda. Esta declaración deberá ser emitida por cualquiera de los representantes con facultades que figuren inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Canarias.
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento Abierto según Instrucciones Internas de Contratación
Procedimiento número 141
DECLARACIÓN 2.
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSA LA EMPRESA EN LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR
D/Xx [•] con DNI nº [•] en nombre propio o en representación de la empresa en calidad de al objeto de participar en la licitación del contrato denominado [•] convocado por [•] declara bajo su responsabilidad:
Que la citada empresa no está incursa en las prohibiciones para contratar, conforme a los artículos 60 y 61 TRLCSP y se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Canarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
En [•], a [•] de [•] de 20[•] (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento Abierto según Instrucciones Internas de Contratación
Procedimiento número 141
DECLARACIÓN 3.
DECLARACION DE HABER TENIDO EN CUENTA EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA LAS OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA LABORAL Y MEDIOAMBIENTALES
D/Xx [•] con DNI nº [•] en nombre propio o en representación de la empresa [•] en calidad de [•] al objeto de participar en la licitación del contrato denominado convocado por [•] declara bajo su responsabilidad:
Que en la oferta presentada por la citada empresa se han tenido en cuenta las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, y protección del medio ambiente.
El Órgano de Contratación podrá requerir la documentación acreditativa de tales obligaciones en cualquier momento desde la formalización del contrato.
En [•], a [•] De [•] de 20[•] (SELLO DE LA EMPRESA Y FIRMA AUTORIZADA)